modelo de requerimiento de pago judicial

November 15, 2017 | Author: juan jimenez | Category: Evidence (Law), Lawsuit, Payments, Sentence (Law), Social Institutions
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Descripción: modelo de requerimiento de pago jkudicial...

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Especialista : Huaranga Arias, Ruth Mary Expediente : 04783-2016-0-0401-JR-LA-05 Escrito

:

Cuaderno

: Principal

Sumilla

: Se requiera Ejecución de Sentencia

y otro

SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE TRABAJO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA.

SANCHEZ

YUNEZ

DE

CACERES

MARIA

ANTONIETA, identificada con DNI. Nro-29400004, En autos que

sobre demanda Contenciosa Administrativa sigo en contra de la

UGEL

AREQUIPA SUR Y

OTRO, señalando domicilio procesal en Calle San José 322 ,Oficina D-1 Interior ELECTRONICA

y

señalando CASILLA

NRO- 11419 emitida por el Poder

Judicial de Arequipa , a Ud. Respetuosamente: PETITORIO : Que, habiendo

quedado consentida

la SENTENCIA Nro-898-2016-

5JET, de fecha 30 de septiembre del 2016,

QUE DECLARA

FUNDADA MI DEMANDA , la misma que toma el CARÁCTER DE COSA JUZGADA, es que SOLICITO SE REQUIERA EN EJECUCION DE LA SETENCIA Y SE HAGA EFECTIVO EL PAGO DE

LA DEUDA de la

bonificación especial por preparación de clases y evaluación del 30% de la

remuneración

Total,

reconocido

mediante

RESOLUCION

ADMINISTRATIVA : RESOLUCION DIRECTORAL Nro-00619-2017UGEL.AS de fecha 13 de febrero del 2017, por el que se reconoce ADEUDOS

hasta por el monto de S/42,523.05 nuevos soles, e

INTERESES LEGALES por el monto de S/19,615.42 nuevos soles por

BONIFICACION

POR

PREPARACION

EVALUACION , bajo apercibimiento

DE

CLASES

Y

de imponerle multa sucesiva y

compulsiva , por los fundamentos siguientes: FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO: 1.- Que, mediante la ley 30137 ley se ha establecido los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales y su reglamento el D.S.001-2014-JUS, en la que en el

art. 8 ha establecido

el procedimiento , siendo uno de los requisitos la Resolución judicial de Requerimiento de pago . 2.-Que, mediante la SENTENCIA Nro-898-2016-5JET, de fecha 30 de septiembre del 2016, ,

QUE DECLARA

DEMANDA Y DISPONE

ENTIDAD DEMANDADA

CON PAGAR

A LA

A LA DEMANDANTE

LA

FUNDADA

MI

CUMPLA

BONIFICACION POR

PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION, LA QUE DEBE SER CALCULADA CON LA REMUNERACIÓN TOTAL

la misma que toma

el CARÁCTER DE COSA JUZGADA. 3.- Que habiéndose

expedido la RESOLUCION DIRECTORAL Nro-

00619-2017-UGEL.AS de fecha 13 de febrero del 2017, por el que se reconoce ADEUDOS soles, e

hasta por el monto de S/42,523.05 nuevos

INTERESES LEGALES

por el monto de S/19,615.42

nuevos soles, por BONIFICACION POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION , sin embargo , dicha resolución y Sentencia se torna en ilusoria , por cuanto desde que quedo consentida la

sentencia , la

entidad demanda , no ha realizado pago alguno , no obstante

la

sentencia ordenaba el plazo de 15 días . 4.- Por tal razón de conformidad a lo dispuesto en el art. 45 y 46 del TUO

de

la

ley

27584

Administrativo , es

que

Ley

que

SOLICITO

regula

el

en vía

Proceso de

Contencioso

EJECUCION DE

SENTENCIA

y

se

REQUIERA

al

DIRECTOR

DE LA UNIDAD DE

GESTION EDUCATIVA LOCAL UGEL AREQUIPA SUR, representado por el Dr. MARCO ANTONIO SALAZAR GALLARDO, en su

calidad de

Autoridad de más alta jerarquía de la UGEL Arequipa Sur, con domicilio Legal en Manzana “E” Urbanización Tasahuayo- José Luís Bustamante y Rivero, cumpla en el plazo de 15 días con la ejecución de la sentencia , a fin de que se haga efectivo

el pago de los ADEUDOS por el

monto de S/42,523.05 nuevos soles, e INTERESES LEGALES por el monto de S/19,615.42 nuevos soles. Bajo apercibimiento de multa compulsiva y sucesiva hasta el pago total de la deuda. 5.- Que, conforme

lo dispuesto en el inc. 2 del art. 139 de la

Constitución Política del Estado y el art. 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ,las Resoluciones judiciales deben ser cumplidas por el personal al servicio de la administración Publica , sin que estos puedan calificar su contenido o sus fundamentos , restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa , estando obligados a realizar todos los actos para la completa ejecución de la resolución Judicial. El responsable del cumplimiento del mandato judicial será la autoridad de más alta jerarquía de la entidad, el que podrá comunicar

por escrito

al Juez que funcionario será el encargado

en

forma específica de la misma , el que asumirá la responsabilidad que señala el inciso anterior . MEDIOS DE PRUEBA : 1.- Ofrezco en calidad de prueba la Sentencia que obra en el expediente principal 2.- La RESOLUCION DIRECTORAL Nro-00619-2017-UGEL.AS de fecha 13 de febrero del 2017,

por el que se

reconoce

ADEUDOS

hasta por el monto de S/42,523.05 nuevos soles e INTERESES LEGALES por el monto de S/19,615.42 nuevos soles. ANEXOS : 1-A Copia del DNI

1-B

Copia

de la RESOLUCION DIRECTORAL Nro-00619-2017-

UGEL.AS 1-C Copia simple de la sentencia POR LO EXPUESTO : A Ud. Señor Juez, pido acceder a lo solicitado requiriendo a la entidad demandada

el cumplimiento de la

sentencia judicial, conforme la

normatividad vigente. PRIMER OTROSI : SOLICITO de ser el caso , el DESARCHIVAMIENTO del expediente , de ser el caso , se curse oficio al Archivo Central a fin de que remita el Expediente Judicial , y se proceda al requerimiento de la entidad demandada . SEGUNDO OTROSI : SOLICITO ; SE ME EXPIDA COPIA CERTIFICADA DE

LA

SENTENCIA,

en

UN

JUEGO

NOTIFICACION DE LA SENTENCIA,

Y

CONSTANCIA

DE

haciendo presente , que por

constituir derechos laborales , me encuentro exonerado del pago por Arancel judicial . TERCER OTROSI : Solicito así mismo , se expida

resolución que

declare que la SENTENCIA judicial SE ENCUENTRA CONSENTIDA Y CON LA CALIDAD DE COSA JUZGADA . CUARTO OTROSI ; Se notifique Gobierno regional de

Arequipa ,

Johanny Osorio Delgado PRESUPUESTAL AREQUIPA ,

y REQUIERA

al PRESIDENTE del

representada

por la Dra. Yamila

, en su calidad de Titular del

,

con

DOMICILIO

-

sito

en

Av. Unión 200

GOBIERNO

PLIEGO

REGIONAL

DE

( Cuadra 17 A.V. Kenedy ) –

(Urbanización Cesar Vallejo ) - Paucarpata , sede institucional .

Arequipa, 2017 mayo 08

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