Modelo Accion de Proteccion

November 22, 2018 | Author: Geovanny Paredes | Category: Due Process, Constitution, Virtue, Society, Social Institutions
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SEÑORES JUECES DEL TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA ---------------, de -- años de edad, de profesión ------------------------------------ del --------------------------------, domiciliada en esta ciudad de --------------, estado civil casada, ante usted respetuosamente comparezco con la presente Acción de Protección, amparado en los artículos 86 y 88 de la Constitución de la República, en concordancia con los artículos 3941 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en los siguientes términos: PRIMERO. - Mis nombres, apellidos y más generales de ley son los indicados anteriormente. SEGUNDO. - LEGITIMADO PASIVO El Legitimado Pasivo de la presente causa, es FREDDY PEÑAFIEL LARREA, en calidad de Ministro de Educación, a quien se les notificará en su despacho ubicado en las calles Av. Amazonas y Juan Pablo Sanz de la ciudad de Quito, así como en sus correos electrónicos institucionales fpeñ[email protected], por ser quien ha emitido el acto violatorio de los derechos constitucionales. En virtud de lo señalado en el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, sírvase notificar al doctor Diego García, en su calidad de Procurador General del Estado con la presente demanda, a quien se le citará en su despacho ubicado en las calles Amazonas N39-123 y Arizaga de la ciudad de Quito.

TERCERO. - ACTO VIOLATORIO DE DERECHOS CONSTITUCIONALES El acto violatorio de derechos constitucionales es el contenido de la Resolución No. 1319ME-SG-2016 emitida el 30 de septiembre de 2016. (ANEXO 1).

CUARTO. - ANTECEDENTES 4.1.- El 30 de agosto de 2016, se me comunico sobre la realización de un acto cultural, social y académico organizado por la Unión Nacional de Educadores, gremio al cual  pertenezco hace 8 años y en el cual me desempeño como secretaria. 4.2.- Dicho evento se dio con carácter de la reunión de todas las filiales de la UNE de todo el país y discutir temas relacionados con la problemática problemá tica en lo educativo 4.3.- En virtud del acto antes en mención, el Ministerio de Educación emite la resolución  No. 1319-ME-SG-2016 emitida el 30 de septiembre de 2016, en la cual en su parte  pertinente dice: “Todo el personal docente que concurra a cualquier evento organizado por la UNE, dentro de su jornada laboral, se le descontará el 10% de su remuneración por día” (lo subrayado y en negrillas me pertenece).

4.4.- Debo manifestar su señoría que mi concurrencia a dicho evento lo realice fuera de mi horario de trabajo, la cual inicia a las 07:00 y finaliza a las 13:00, lo cual demuestro con el registro del reloj biométrico donde se detallan las marcaciones que realice los días en que se dio lugar el evento (ANEXO 2) 4.5.- El día 5 de noviembre, recibí el rol de pagos de mi remuneración correspondiente al mes de octubre y al revisarlo pude constatar que se me habían hecho descuentos ilegales e ilegítimos ya que no existe un documento en el que exista una autorización expresa de mi  parte para que se hagan estos descuentos. (ANEXO 3) 4.6.- Con este hecho, acudí de inmediato donde la contadora de la institución para realizarle la consulta respectiva a lo cual me supo manifestar la existencia de esta resolución y que, en caso de incumplimiento, el acto administrativo señala “La institución educativa que no cumpliere la presente resolución recibirá la sanción correspondiente contemplada en la Ley Orgánica de Educación Intercultural”  (lo subrayado y en negrillas me pertenece) 5.- DERECHOS CONSTITUCIONALES CONCULCADOS Con los antecedentes expuestos, sin perjuicio de que Usted señor Juez, determine en su resolución otros derechos conexos amenazados conforme a lo dispuesto en los artículos 11, número 3, y 426, inciso segundo, de la Constitución y, 4, número 13, de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional manifiesto cuales son mis derechos constitucionales conculcados:

5.1.- Derecho al debido proceso estipulado en el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador En concordancia con lo señalado por la Corte Constitucional, entre otras, en la Sentencia  N° 014-10-SEP-CC dictada en el caso N° 0371-09-EP, que, con respecto al debido proceso, dice que: “La garantía del debido proceso consolida, a su vez, la seguridad jurídica que constituye el elemento esencial y patrimonio común de la cultura del Estado de derechos y justicia;  garantiza la sujeción de todos los poderes del Estado a la Constitución y la ley; es la confiabilidad en el orden jurídico, la certeza sobre el derecho escrito y vigente, es decir, el reconocimiento y la previsión de la situación jurídica. Las Constituciones de nuestros  países garantizan la seguridad jurídica a través de algunas concreciones, como el  principio de la legalidad y el debido proceso

Por lo tanto, no se puede imponer una sanción de forma inmediata, sin que haya un sumario administrativo debidamente motivado; algo que en mi caso no se lo realizó

6.2.- El pleno respeto a su remuneración Artículo 33 inciso 1

Tal y como lo señala la Carta Magna, el Estado es quien debe garantizar para que se respete el pago de las remuneraciones justas y que estas no sufran ningún detrimento, esto también en concordancia con lo que señala el art. 91 del código del trabajo que trata sobre la inembargabilidad de la remuneración.

6.- PETICIÓN CONCRETA Señor Juez, conforme los argumentos expuestos comedidamente solicito: que en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 86 de la Constitución de la República, acepte la  presente acción de protección y mediante Resolución ordene: a) Que declare violatorio de derechos constitucionales la resolución No. 1319-ME-SG2016 emitida el 30 de septiembre de 2016 y deje sin efecto el mismo.  b) Que se me restituyan los valores ilegalmente descontados de mi remuneración correspondiente al mes de octubre del 2016. c) Que se señalen las diligencias que se deban cumplir a fin de obtener la reparación integral del derecho lesionado

7.- DECLARACIÓN Declaro, bajo juramento, que no he presentado de manera conjunta o individual, otra  petición de Acción de Pr otección, conforme lo exige el artículo 32, inciso tercero, de la LOGJCC.

8.- NOTIFICACIÓN A LA PARTE ACCIONADA Las notificaciones al legitimado activo se la hará tal cual he señalado en el acápite segundo de la demanda, es decir en sus despachos ubicados en las calles Av. Amazonas y Juan Pablo Sanz de la ciudad de Quito, así como en su correo electrónico institucional: fpeñ[email protected]

9.- DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑO A pesar de que el artículo 86.3 de la Constitución invierte la carga de la prueba,  presumiendo la validez de los fundamentos de la demanda, nos permitimos acompañar los siguientes documentos:

1. Resolución del Ministerio de Educación. 1319-ME-SG-2016 emitida el 30 de septiembre de 2016. 2. El registro del reloj biométrico donde se detalla mi asistencia al lu gar de trabajo 3. Rol de pagos del mes de octubre de 2016 10.- AUTORIZACIÓN Y NOTIFICACIONES

 Nombro como mi defensor al abogado, profesional del derecho a quien faculto para que en mi nombre y con su sola firma presente cuanto escrito fuere necesario en la presente causa.  Notificaciones las recibiré en el casillero judicial No Firmo conjuntamente con mi defensor

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