Minuta.

September 26, 2017 | Author: Julio César Portilla | Category: Decision Making, Social Institutions, Society, Politics, Government
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Minuta. La minuta es un documento escrito de la naturaleza informa que hace las veces de acta, solo que con una redacción muy breve y escueta que servirá de base para elaborar, cuando sea indispensable, el acta forma. Consigna el desarrollo de la reunión, el nombre de los participantes y la síntesis de sus proposiciones, así como la relación de acuerdos que tomaron los asistentes y los asuntos que fueron rechazados. Contiene también la relación de asistentes, la hora y lugar de la celebración y el objetivo de la reunión. El agrupamiento de las minutas en un expediente para archivo, recibe el nombre de minutario. Con esta misma denominación en forma extensiva se llama también al conjunto de piezas postales (cartas, documentos e información escrita que tiene destino externo), así como a la correspondencia interna, cartas, memorados, memopartes y otros, cuyas copias se ordenan cronológicamente y en orden progresivo de referencia, a fin de que se conozca el movimiento de documentación escrita en un determinado periodo y se puedan hacer consultas en función de la fecha de expedición. La referencia es una palabra que antecede a un número secuencia para contar con información que permita identificar la documentación escrita. El formato del encabezado de un texto puede apegarse al siguiente modelo: Minuta de la sesión de trabajo. Lugar de la reunión (despacho del director x). Fecha de la sesión (día, mes y año). Relación de asistentes (nombre y puesto de los participantes). Objetivo de la reunión: concluir sobre las ventajas y desventajas para cerrar la operación de compraventa con x proveedor que ofrece x equipo. (Se numeran las intervenciones, señalando en cada una el nombre del participante y las conclusiones a las que se van llegando). Sírvase observar el modelo No. 5 del anexo de este trabajo para un ejemplo de la minuta.

Elaboracion de la Minuta viernes 22 de febrero de 2008

Poder por Escritura Pública - Minuta La Escritura Pública es el acto jurídico más solemne que conoce la legislación peruana, por lo que es indispensable guardar todas las formalidades que señala la ley para su elaboración, bajo sanción de anulabilidad o nulidad. Estas formalidades, detalladas en la Ley del Notariado, se sustentan en el imperativo de garantizar la seguridad jurídica del ordenamiento legal peruano, teniendo en consideración que por medio de las Escrituras Públicas se pueden disponer transferencias o gravámenes de patrimonios de muy alto nivel u otros actos de especial relevancia que no son apreciables en dinero, como por ejemplo la Renuncia Expresa a la Nacionalidad Peruana o el Reconocimiento de Paternidad. Por lo expuesto, actos o contratos que son por una cuantía mayor de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT = actualmente 3,500.00 Soles) tienen que realizarse por Escritura Pública, al igual que los actos y contratos que estén destinados a producir efectos jurídicos en el

territorio del Perú o fuera de él, conforme a la legislación nacional, y que no se opongan al orden público, la moral o a las buenas costumbres y siempre y cuando lo permiten los acuerdos internacionales, y a falta de éstos, que no se opongan a las leyes y reglamentos del Estado receptor. Las Escrituras Públicas se preparan en base de una "Minuta", salvo en los siguientes actos: 1.

Otorgamiento, aceptación, sustitución, revocación y renuncia del mandato

2.

Renuncia a la nacionalidad

3.

Nombramiento de tutor o curador en los casos que se puede hacer por Escritura Pública

4.

Reconocimiento de hijos

5.

Adopción de mayores de edad

6.

Autorización para el matrimonio de menores de edad, otorgada por quienes ejercen la patria potestad

7.

Aceptación y renuncia expresa de la herencia

8.

Declaración jurada de bienes y rentas

9.

Declaración de voluntad de constitución de pequeña o microempresa.

Concepto de la "Minuta": La Minuta es el documento privado que presenta el o los interesados a la autoridad consular a fin de que sea elevado a Escritura Pública, para lo cual su contenido es transcrito íntegramente en ella. En otras palabras, es la "solicitud" que contiene la voluntad del interesado y que inicia el trámite para extender una Escritura Pública. Requisitos para otorgar un poder por Escritura Pública: El/los ciudadano(s) que desea(n) otorgar en una oficina consular del Perú un poder por escritura pública debe(n) cumplir con los siguientes requisitos: 1.

Presentar al Consulado la Minuta firmada por el o los poderdantes. Para mayor seguridad, se recomienda que

dicha Minuta sea redactada por un abogado en el Perú; con indicación de su número de colegiatura. La autorización por un abogado no es obligatoria y queda al criterio del poderdante, quien puede redactar la Minuta también sin ayuda de un abogado, asumiendo los riesgos del caso.

1.

2.

Presentar su documento de identidad; en el caso de los ciudadanos peruanos el DNI válido

3.

Asimismo, el poderdante tiene que proporcionar los siguientes datos personales:

nombres y apellidos completos (en la misma forma como figuran en su DNI o en el Documento de Identidad, tratándose de extranjeros)

2.

estado civil

3.

profesión u ocupación

4.

No. del documento de identidad

5.

dirección domiciliaria

La Minuta debería contener además los nombres y apellidos completos del o de los apoderados, así como en lo posible, la dirección y el número del documento de identidad de los mismos. 4.- El poderdante debe saber castellano; si no es el caso, tiene que presentarse con un intérprete oficial para que intervenga en el acto. En este caso se necesitan también los siguientes datos personales del intérprete: 1.

Nombres y apellidos completos

2.

dirección domiciliaria

3.

No. del documento de identidad

El trámite es personal, ya que el poderdante tiene que firmar la Escritura Pública y poner su huella digital en ella. La demora es de aproximadamente una semana a partir de la presentación de la Minuta. MODELO BASICO DE MINUTA DE PODER POR ESCRITURA PUBLICA

Minuta Señor (Cónsul/Cónsul General/Jefe de la Sección Consular de ...............): Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de Poder (según el caso, p. ej.General/Especial) que otorgo yo, (nombres y apellidos completos del poderdante, tal como figuran en su DNI/Documento extranjero de identidad), identificado(a) con (DNI/Documento extranjero de Identidad) No. ..................., de profesión .........................., de estado civil ..........................., de nacionalidad ......................, domiciliado(a) en (calle, número, código postal, ciudad/localidad), República Federal de Alemania, a favor de (nombres y apellidos del apoderado, tal como figuran en su DNI), identificado(a) con (DNI/Documento extranjero de Identidad/pasaporte) No................................, domiciliado(a) en (calle, número, distrito, ciudad), Perú, para que (enumeración de las facultades/autorizaciones que el poderdante le otorga al apoderado). Agregue usted, señor (Cónsul General/Cónsul/Jefe de la Sección Consular) la introducción y conclusión de Ley y en su oportunidad pase los partes al Registro de Mandatos de (Departamento en el Perú que corresponda), para la inscripción del presente Lugar y fecha Firma del Poderdante Postfirma ELABORACIÓN DE MINUTAS El termino Minuta de Reunión viene a reemplazar el ya poco usado en el mundo empresarial de Acta de Reunión, aun cuando algunos consideran que este último término es el más apropiado. El DRAE define minuta de la siguiente manera: 1. (Del lat. mediev. minūta, borrador). f. Extracto o borrador que se hace de un contrato u otra cosa, anotando las cláusulas o partes esenciales, para copiarlo después y extenderlo con todas las formalidades necesarias para su perfección.

2. Borrador de un oficio, exposición, orden, etc., para copiarlo en limpio. 3. Borrador original que en una oficina queda de cada orden o comunicación expedida por ella. 4. Apuntación que por escrito se hace de algo para tenerlo presente. 5. Cuenta que de sus honorarios o derechos presentan los abogados y curiales. 6. Lista o catálogo de personas o cosas. Las minutas son el expediente escrito de una reunión o audiencia. Proporcionan una descripción de la estructura de la reunión, comenzando con una lista de los presentes, seguido de los planteamientos de y las respuestas de cada uno de los asistentes. Son elaboradas a menudo en el momento de la audiencia por un mecanógrafo o secretario, que puede registrar la reunión en taquigrafía, y posteriormente la mecanografía y la distribuye a los participantes. Alternativamente, la reunión puede ser grabada en audio y después mecanografiada. Las minutas de ciertas entidades, tales como una junta directiva corporativa, se deben guardar y son documentos jurídicos importantes. Las palabras de participantes se registran con precisión, o con ligeras modificaciones, de modo que los comentarios de cada uno quedan incluidos. Las minutas pueden ser tan detallados y comprehensivos como una trascripción, o tan brevemente y sucintas como una lista simple de las resoluciones o decisiones tomadas. Aun cuando la mayoría de los minutas en las empresas y entes no gubernamentales no estarán disponibles al publico general, muchas de las personas relacionadas que las leen encuentran que una simple lista de decisiones es frustrante, pues desean más información sobre los puntos que los participantes apoyaron, atacaron o defendieron. En un grupo grande que se ocupa de varios puntos controversiales puede ser muy difícil presentar una versión de minuta que complazca a todos, pues la gente tiende a tener ideas diversas sobre cualquier discusión, o la importancia de un asunto específico. Por lo tanto, la mayoría de las organizaciones van a cualquiera extremo, dependiendo sobre todo de su noción de privacidad (los participantes pueden desear hacer preguntas sin miedo de ser percibido como ignorantes) o de responsabilidad (los participantes y allegados pueden desear saber a quién dirigir las responsabilidades). Contenido de las Minutas Generalmente, las minutas comienzan con el nombre de la organización, el lugar, la fecha, la lista de los presentes, el tiempo de duración y la agenda de la reunión. Las

minutas entonces registran lo qué sucede en una reunión, en el orden que los eventos suceden, sin prestar mucha importancia a si la reunión sigue (o no hace caso) a la agenda preestablecida. Función de las Minutas La función primaria de las minutas es la de registrar las decisiones tomadas, todas las decisiones, sin distingo de su importancia, deben ser incluidas. Si las decisiones se toman a través de mociones y votaciones, todas las proposiciones, acciones de secundar y el conteo del votos deben ser registrados. Es generalmente suficiente registrar el número de la gente que vota por y contra un movimiento (o que abstiene), pero las peticiones de los participantes de registrar sus votos por nombre es valida. Es muy usual incluir en las minutas ciertos aspectos que pudieran se catalogados de irrelevantes pero que los participantes prefieren adherirse a la máxima de “es mejor que sobren a que falten”: por ejemplo, informes financieros fueron presentados, una cuestión legal (tal como un conflicto del interés potencial) fue diligentemente discutida, un aspecto particular de un punto controversial fue debidamente considerado, o que una persona llegó tarde (o se fue temprano), o tuvo una participación parcial. Muchas minutas terminan con una nota de la hora en que la reunión fue cerrada y la pecha de la próxima reunión si es que la va a haber. Las minutas en negocios y otras organizaciones privadas generalmente son elaboradas por o a cuenta de un empleado de la organización por lo que generalmente queda registrado el responsable que llevó la minuta. Si los miembros del comité o del grupo convienen que la minuta escrita refleja lo qué sucedió en la reunión, entonces ésta es queda aprobada. Si hay errores u omisiones, estos pueden ser corregido o amentados más posteriormente. Los cambios de menor importancia se pueden realizar inmediatamente, y las minutas enmendadas pueden ser aprobadas “según la enmienda prevista.” Generalmente no se considera apropiado aprobar las minutas para una reunión a la que uno no asistió. Tampoco es sabio aprobar las minutas que uno no ha leído. http://www.mitecnologico.com/Main/ElaboracionDeMinutasDeLasJunt asDeTrabajo http://www.robertexto.com/archivo5/comunic_escrita.htm http://asociadoscontablesminuta.blogspot.com/ http://www.sunat.gob.pe/exportaFacil/pasos/paso1.pdf

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