Memorial de Proposicion de Testigos Parte Demandada Juicio Sumario

October 19, 2020 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Sumario No. 938-2016 oficial 2º. Notificador IV

SEÑOR JUEZ PRIMERO DE PAZ CIVIL

DEL DEPARTAMENTO DE

ESCUINTLA. Ángel Tenas Ordoñez, de datos de identificación personal conocidos en el juicio identificado, en forma atenta comparezco y para el efecto;

E X P O N G O: Encontrándose abierto a prueba el juicio según resolución de fecha ---- de ---- de 2016 por el juzgado ut supra identificado comparezco a solicitar que se reciban, con citación de la partes, lo siguiente:

Declaración de Testimonial:

a) Del señor Diego David Marroquín Santos de veintisiete años de edad, soltero, guatemalteco, estudiante, de este domicilio, el cual deberá declarar como testigo el interrogatorio respectivo en este memorial, sobre el conocimiento de los hecho que le consten, bajo apercibimiento del Juez de imponerle los apremios legales que juzgue conveniente si se negare a declarar sin justa causa, y quien puede ser notificado en la décima calle veinte guión diez de la zona dos del municipio y departamento de escuintla.

b) Del señor Carlos Castañeda, de treinta y nueve años de edad, casado, guatemalteco, estudiante, de este domicilio, el cual deberá declarar como testigo el interrogatorio respectivo en este memorial, sobre el conocimiento de un hecho que le conste, bajo apercibimiento del Juez de imponerle los apremios legales que juzgue conveniente si se negare a declarar sin justa

causa, y quien puede ser notificado en la décima calle veinte guión quince del municipio y departamento de escuintla.

c) De la señorita Carmen Sarahí Mansilla Ramos, de veintitrés años, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, el cual deberá declarar como testigo el interrogatorio respectivo en este memorial, sobre el conocimiento de un hecho que le conste, bajo apercibimiento del Juez de imponerle los apremios legales que juzgue conveniente si se negare a declarar sin justa causa, y quien puede ser notificado en la décima calle veinte guión treinta del municipio y departamento de escuintla.

Los testigos propuestos deberán ser cuestionados de conformidad con el siguiente:

INTERROGATORIO: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga el testigo si le consta que el señor Ángel Tenas Ordoñez habita en el bien inmueble ubicado en la décima calle veinte guion veinticinco de la zona dos del municipio y departamento de Escuintla? SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga el testigo, si es de su conocimiento que el señor Ángel Tenas Ordoñez le manifestó al señor Salvador Guzmán que el inmueble antes identificado necesita reparaciones urgentes? TERCERA PREGUNTA: ¿Diga el testigo si es de su conocimiento cuales son las reparaciones que necesita el bien inmueble antes mencionado? CUARTA PREGUNTA: ¿Diga el testigo, si sabe cuáles son los hechos o circunstancias en los cuales se funda la pretensión de las reparaciones en el bien inmueble?

QUINTA PREGUNTA: ¿Diga el testigo, si es de su conocimiento que el señor Ángel Tenas Ordoñez ha retenido el pago de la renta desde el mes de julio hasta la fecha? SEXTA PREGUNTA: ¿Diga el testigo, si es de su conocimiento que el señor Ángel Tenas Ordoñez retuvo las rentas antes mencionas con el fin de presionar al señor Salvador Guzmán Vélez para que haga las reparaciones solicitadas? SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga el testigo, la razón del conocimiento de los hechos?

FUNDAMENTO DE DERECHO: Las disposiciones 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163 del Código Procesal Civil y Mercantil que norma lo relativo a la declaración de testigos, el testimonio es una prueba que persigue obtener convicción de alguien sobre la existencia o inexistencia de un hecho o ciertos datos.

P E T I C I O N: 1º. Que se incorpore a sus antecedentes el presente memorial; 2º. Que encontrándose abierto a prueba el proceso, solicito que se señale día y hora para practicarse la diligencia y con citación de la partes, por lo menos, con tres días de anticipación; 3º.Que

los

testigos

deberán

responder

oportunamente

al

siguiente

interrogatorio: CITA DE LEYES: ARTICULOS: 25-29-44-51-61-62-63-123-126-127-128-134-142-143-144-145-146147-148-149-150-151-152-153-154-155-156-157-158-159-160-161-162-163-230-

231-232-233-234-235-236-237-238-239-240 del Código Procesal civil y mercantil. Adjunto 6 copias Escuintla, 13 de mayo de 2016 A RUEGO DEL PRESENTADO QUE DE MOMENTO NO PUEDE FIRMAR Y EN SU AUXILIO.

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