Medidas Preventivas

November 16, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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POLÍCIA NACIONAL DEL PERÚ DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA POLICIAL ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR TÉCNICO PROFESIONAL DE LA PNP - TRUJILLO

“MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES POR LA POLICÍA ASIGNADA AL CONTROL DE TRÁNSITO EN ACCIONES DE FISCALIZACIÓN EN EL ÁMBITO URBANO”

ASINATURA MANEJO DE VEHICULOS MENORES CATEDRATICO CMDT PNP

ESTUDIANTE

MOCHE - PERÚ 2022

 

DEDICATORIA  Agradezco a Dios quien  principalmente me ha ha guiado y me ha dado la fortaleza

para

seguir 

adelante en el desarrollo de nuestra monografía.  A mis padres por estar ahí  cuando cuan do más más lo lo neces necesito ito y  que gra graci cia as a su apoyo  puedo

estar

en

esta

 prestigiosa escuela de la PNP.

 

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN.......................................................................................................4 POLICIA NACIONAL DEL PERÚ................. PERÚ......................... ................. .................. .................. ...................................5 ..........................5 DEFINICIÓN...........................................................................................................5 Finalidad fundamental......... fundamental.................. .................. .................. ................. ................. .................. .................. .................. .....................5 ............5 Competencias de la Policía Nacional del Perú......... Perú .................. .................. .................. ...........................5 ..................5 Medidas preventivas a cargo de la Policía Nacional del Perú..................................6  Aplicación de medidas preventivas................. preventivas.......................... .................. .................. ................. ................. ....................6 ...........6 a. b.

Reten Retención ción ele Licenc Licencia ia de conduc conducir.... ir........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ......... ........... ............ ...........6 .....6 Reten Retención ción del Vehícu Vehículo... lo....... ....... ....... ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ......... ........... ............ ............9 ......9

c.

Remoción Remoción del vehícu vehículo:.. lo:..... ....... ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ......... ..........11 .....11

d. Inter Internamien namiento to del Vehíc Vehículo.-. ulo.-..... ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ........ ......... ........... ............ ...........13 .....13 CONCLUSIONES............... CONCLUSIONES...... ................. ................. .................. .................. .................. ................. ................. .................................17 ........................17 RECOMENDACIONES............................................................................................18 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS...... BIBLIOGRÁFICAS............... .................. ................. ................. .................. ...............................19 ......................19

 

INTRODUCCIÓN El Estado promueve la utilización de técnicas modernas de Gestión de Transito con el fin de optimizar el uso de la infraestructura existente. Para tal efecto impulsa la definición de estándares mediante reglamentos y normas técnicas nacionales que garanticen el desarrollo coherente de sistemas de control de tránsito. De acuerdo a las normas y marco legal, la Policía Nacional del Perú, garantiza y controla la libre circulación en las vías públicas del territorio nacional el tránsito vehicular, fiscalizando el cumplimiento de las normas y ordenanzas municipales de tránsito y seguridad vial por los usuarios de la infraestructura vial, brindando el apoyo de la fuerza pública que requieren las autoridades competentes. Este ejerce funciones de control dirigiendo y vigilando el normal desarrollo del tr tráns ánsitito o te terre rrest stre re,, pre previ viene ene in inves vestitiga ga y den denunc uncia ia ante ante la lass au auto tori rida dade dess qu que e corresponda las infracciones previstas en el presente reglamento y los accidentes de tránsito. Por ello, el M Ministerio inisterio de Transporte y Comunicaciones a través de un decreto supremo, endureció el cuadro de sanciones para los conductores que cometan infracciones de tránsito, como una de las medidas que implementa el sector para combatir los constantes accidentes de tránsito en las pistas del país. De tal manera es así que se utiliza medidas preventivas para vehículos que no están en las condiciones de circular, puesto que entorpecen el tránsito y atentan contra la seguridad de los demás. Es así que como estudiante y futuro Suboficial Suboficial de la gloriosa Policía Policía Naci Nacional onal del Perú, com como o deber tengo dar a conocer sobre estas medidas en este presente trabajo monográfico, para así poder identificarlas, ya que creemos que somos los primeros en dar el ejemplo a la población civil en su conjunto, representando a nuestra institución a través de nuestros actos a realizar en forma responsable.

 

POLICIA NACIONAL DEL PERÚ DEFINICIÓN La Policía Nacional del Perú es una institución del Estado creada para garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas. Es profesional y jerarquizada. Sus integrantes representan la ley, el orden y la seguridad en toda la República y tienen competencia para intervenir en todos los asuntos que se relacionan con el cumplimiento de su finalidad fundamental. Finalidad fundamental  fundamental  La finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.  Así como también esta se encarga en el ámbito terrestre para controlar la circulación de vehículos no autorizados del cual genera congestión y accidentes de tal manera que es preciso saber sus competencias y principalmente las medidas preventivas. Competencias de la Policía Nacional del Perú En el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 003-2014-MTC, publicado el 24 abril 2014, cuyo texto nos menciona lo siguiente: En materia de tránsito terrestre, la Policía Nacional del Perú, a través del efectivo asignado al control del tránsito o al control de carreteras, de conformidad con el presente Reglamento, es competente para:

 

a) Garantizar y controlar la libre circulación en las vías públicas del territorio nacional. b) Fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito y seguridad vial por los usuarios de la infraestructura vial; así como aplicar las medidas preventivas dispuestas en el presente Reglamento. c) Ejercer funciones de control, dirigiendo y vigilando el normal desarrollo del tránsito. d) Prevenir, investigar y denunciar ante las autoridades que corresponda, las infracciones previstas en el presente Reglamento. e) Inscribir en el Registro Nacional de Sanciones, las papeletas de infracción y medidas preventivas que imponga en la red vial (vecinal, rural y urbana, regional y nacional).

Medidas preventivas a cargo de la Policía Nacional del Perú Aplicación de medidas preventivas En el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 003-2014-MTC, publicado el 24 abril 2014,nos dice: Las medidas preventivas tienen carácter provisorio y se ejecutan con el objeto de salvaguardar la seguridad y la vida de los usuarios de la vía. Las medidas preventivas persiguen restablecer el cumplimiento de las normas de tránsito. Es así que en el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1216,en articulo 12 enciso 1 nos menciona que la policía realiza las siguientes medidas preventivas en materia de tránsito en los términos establecidos por la Rentra como:

Retención ción ele Licencia Licencia de conduci conducir. r. a. Reten Es el Acto de incautación del documento que habilita al conductor del Vehículo, esta medida será ejecutada en los siguientes Casos:

 

a) por la Comisión de Infracc cciión que de deba ba recaer la Sanción de suspens sus pensión ión,, canc cancela elació ción n def defini initiv tiva a e inh inhabi abilit litaci ación ón del titula titularr de la Licencia de conducir. Es decir, Cuando el conductor haya llegado al tope máximo de Cíen (100) o más puntos firmes acumulados en el Registro Nacional de Sanciones. b) Tambi También én se da en casos de Accide Accidente nte de ttránsit ránsito o con dañ daños os person personales ales a terceros, cuando el conductor conductor de un vehículo particul particular ar o el conductor  que presta el servicio de Transporte Público de personas, con la última papeleta de Infracción impuesta y acumulado dos o más infracciones cuya calificación sea muy Grave se procederá a la retención de la licencia de conducir.

CASOS DE RETENCIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR

CASO 1 La pol policí icía a nac nacion ional al del Perú Perú ha veni venido do desa desarrol rrollan lando do distint distintos os ope operat rativo ivoss en diferentes difere ntes punto puntoss de Callao con el fin de garantizar la segur seguridad idad la segurida seguridad d en la lass zo zona nass con di dist stin into toss op opera eratitivo voss de co cont ntrol rol de al alco coho hole lemi mia a en la cu cual al ha intervenido a más de 2500 personas. Tal y como lo dice Infobae (2022). En la que tiene como titular lo siguiente : “2.500 conductores intervenidos por manejar en estado de ebriedad en el Callao”. De lo cual en los datos proporcionados por la Policía de dicha región promedio, que son detenidas 280 personas al mes por dar  positivo a alcoholemia en lo que va del 2022. La que indicó que en el mes de marz ma rzo o se re regi gist stró ró 35 357 7 inte interv rven enci cion ones es,, segu seguid ido o de dell me mess de ab abri rill con con 35 352 2 intervenidos y el mes de junio con 327. En las cuales también se impuso multas

 

por conduci conducirr un vehículo despu después és de haber consumido consumido alcohol es una inf infracción racción denominada como M02, y la multa ascien asciende de a S/2.3 S/2.300, 00, además de la suspensió suspensión n de la licencia de conducir por un periodo de tres años, internamiento del vehículo y la retención de la licencia. Si el conduc conductor, tor, a causa de manej manejar ar en estado de ebriedad, adem además ás protagoniza un accidente vehicular que pone en riesgo la vida de otras personas, la sanción aumenta a S/4.600 y la cancelación definitiva del brevete quedando imposibilitado de tramitar una nueva licencia en el futuro.

CASO 2 El comercio comercio (2020) nos mencio menciona na un caso de Julio ‘Coyot ‘Coyote’ e’ Rivera, quien es un exjugador exjuga dor de fútbo fútboll profesiona profesional,l, qu que e fue de detenid tenido o un doming domingo o por haber estado manejando en estado de ebriedad, en San Borja. Tenía casi el doble de alcohol permititid perm ido o en la san sangr gre. e. Pese Pese a su esta estado do,, no ca caus usó ó da daño ñoss a te terce rcero ros; s; sin embargo, en los primeros días del año se han presentado otros casos con graves consecuencias.

De

este este tipo tipo de situ situac acio ione ness es cons consid ider erad ado o un una a falt falta a mu muyy gr grav ave e po porr el

Reglamento Nacional de Tránsito. Del cual esta se complicaría si el conductor  causaría un accidente de tránsito. De esta manera, el conductor podría recibir una multa de S/2.150 (50% de UIT), en el primer caso, o S/4 .300. Además, su licencia de conducir podría ser suspendida o cancelada. De lo cual ante estos casos la Policía N Nacional acional del Perú, dejara constancia de la la Retención de la Licencia en la Papeleta impuesta y dentro de un plazo de Veinte

 

(24) horas de reteni retenida, da, inscribi inscribirá rá la medida medida preventiva de retención de la Licencia de conducir en el Registro Nacional de Sanciones. Asimismo retira dentro del plazo la Licencia de conducir a la Municipalidad Provincial o a la SUTRAN, para el procedimiento Sancionador y custodia de la misma, la retención de la Licencia de cond co nduc ucir ir se man ante tend ndrá rá vige vigent nte e ha hast sta a el pa pago go en efec efecttivo ivo de la multa ulta correspondiente o hasta la expedición de la Resolución de absolución del presunto infractor. Cuando se aplique la medida preventiva por la comisión de infracción sobre la que deba recaer la sanción de cancelación definitiva e inhabilitación del conductor conduct or para obtene obtenerr la Licencia de conduci conducir, r, esta medid medida a se mantendrá hasta que quede firme la Resolución de Sanción, se procederá a la inutilización o destrucción de la Licencia de Conducir, en la que la Autoridad competente emitirá la Resolución de sanción dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de vencido el plazo o tiempo que transcurre entre la retención física de la Licencia de conducir y la imposición de la sanción de ser el caso, será compensado a favor del Infractor. b. Retención del Vehículo es el acto de inmovilización del vehículo en la Comisaria de la Jurisdicción dispuesta por la Policía Nacional del Perú, por un plazo máximo de (24) horas, se ejecuta por la comisión de una infracción sobre la que expresamente recaiga esta medida en el cuadro de tipificación de sancio san ciones nes y med medidas idas pre prevent ventiva ivass apl aplica icable bless a las Inf Infrac raccio ciones nes al Trán Tránsit sito o Terrestre, Terrest re, en caso no se haya superad superado o las falta faltass o deficiencias deficiencias que motivo la retención del vehículo dentro del plazo máximo señalado en el párrafo anterior, el ve vehí hícul culo o se sea a In Inte tern rnad ado o en el De Depo posi sito to ve vehi hicu cula larr de la Mu Muni nici cipa palilidad dad Provincia! o SUTRAN, por la Comisaria interviniente. El traslado del vehículo lo realizara el conductor o caso contrario que' este se ni nieg egue ue el efec efectitivo vo PN PNP P debe debe ord orden enar ar el tr tras asla lado do de dell ve vehí hícu culo lo a cu cuen enta ta del del propietario, una vez en el local Policial se debe levantar un Acta donde se dejará const co nstanc ancia ia de dell estado estado de dell ve vehí hícu culo lo,, en entr treg egán ándos dose e un una a co copi pia a al co cond nduc ucto tor  r  encar en carga gado do de dell mi mism smo. o. El Comi Comisa sari rio o de la Po Polilicí cía a Na Naci ciona onall del del Pe Perú, rú, será será responsable responsa ble del vehícu vehículo lo en tanto permane permanezca zca retenido en las instalac instalaciones iones de la

 

Comisaria a su cargo en relación de infracciones cometidas por el conductor que no sea propietario del vehículo, este último podrá retirarlo el vehículo de la Comisaria sin perjuicio a ser sancionado contra el presunto infractor. 1.

Co Cond nduc ucir ir un vveh ehíc ícul ulo o aut autom omot otor or sin sin te tene nerr Li Lice cenc ncia ia d de e con condu duci cirr o pe perm rmis iso o

provisional e Inhabilitación para obtener Licencia de conducir por tres (3) Años, del vehículo. 2.

Co Cond nduc ucir ir Ve Vehí hícu culo lo es esta tand ndo o la Lice Licenc ncia ia de con condu duci cirr Rete Reteni nida da,, sus suspe pend ndid ida, a,

Cancelada o encontrarse inhabilitada para obtener Licencia de conducir por tres años se est está á estuvi estuviera era ret reteni enida da o can cancel celada ada def defini initiv tiva a de la Lic Licenci encia. a. Com Como o también no tener la Licencia de conducir cuya clase o categoría no corresponda al tipo de vehículo que conduce 3.

Conducir y ocasionar un Acc cciidente de tránsito con dañ año os pers rson ona ales

inobservado las normas de tránsito conforme al Reglamento, será determinada con la suspensión de la Licencia de conducir por un Año y internamiento del vehículo como retención de Licencia acorde al DS -003-14-MTCL 4.

No pr pres esen enta tarr la Tar Tarje jeta ta de id iden entitififica caci ción ón Ve Vehi hicu cula lar. r. Li Lice cenc ncia ia de co cond nduc ucir ir o

DNI será Retención del Vehículo 5.

Co Cond nduc ucir ir un vehí vehícu cullo cu cuya yass ca cara ract cter eríístic sticas as Re Regí gíst stra rale less o co cond ndic icio ione ness

técnicas que han sido modificadas, alteradas o agregadas con ello atentando contra la seguridad de los usuarios o no correspondan los datos consignados en la Tarjeta de Identificación vehicular con el vehículo, la acción será retención del vehículo.

Casos de retención de vehículo vehículo En RPP (2019) en una noticia publicada por dicho diario que tiene como titular  “Policía de tránsito apuntó con su arma a conductor que se resistía a ser 

intervenido”. En el que tra ratta de un cond nduc ucttor llamado

Walter Arman rmand do Cés ésp pedes

Rodríguez (28), quién fue intervenido por invadir el carril exclusivo del Corredor 

 

Rojo, tener llunas unas pol polarizada arizadass del ccual ual no ttenia enia pe permiso rmiso y tenía ssu u lice licencia ncia de conduc con ducir ir vencid vencida a por lo que fue puest puesto o a dis disposi posició ción n de la Com Comisa isaria ria de San Isidro. De esto, cabe mencionar que según el Reglamento Nacional de Tránsito, Tránsito , el conductor siempre debe portar y mostrar al Efectivo de la Policía Nacional del Perrú asign Pe signad ado o a co cont ntro roll de tr trán ánsi sitto su lice icenc ncia ia de co cond nduc ucir ir vige vigent nte e y correspondiente al tipo de vehículo que conduce (Art. 91º). Además de ello debe de contar con un permiso de portar lunas polarizadas y sumado a eso se encuentra que su licencia de conducir se encuentra vencida por lo que pasa a la retención del vehículo. Tamb Ta mbié ién n ca cabe be ag agreg regar ar que que si es está táss co cond nduc ucie iend ndo o un ve vehí hícu culo lo que que no está está relacionado con tu licencia, estarás cometiendo una infracción “Muy Grave” y serás multado. multado.

c. Remoción del vehículo: vehículo:   Es el acto mediante el cual un vehículo será retirado de su ubicación en caso constituya un peligro o un obstáculo para el tránsito y la seguridad pública. Se ejecuta por la comisión de una infracción sobre la que expresamente recaiga esta medida en el Cuadro de Tipificación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre. Terrest re. Es facul facultad tad del Cuerpo General de Bombe Bomberos ros Voluntarios del Perú, la remoción de un vehículo por razones de seguridad, sólo en emergencias de su competencia. En caso que el conductor se niegue o no se encuentre presente al momento de la intervención, el vehículo será internado en el depósi dep ósito to vehi vehicul cular ar corresp correspond ondien iente. te. El trasla traslado do del veh vehícu ículo lo lo rea realiz liza a el conductor o, en caso éste se niegue, el efectivo de la Policía Nacional del Perú debe ordenar el traslado del vehículo a cuenta del propietario.

Caso de Remoción de vehículo

 

Este Es te es el ca caso so de Mar ariian ana a quien uien est esta man anej ejan ando do y de dejja su ca carr rro o ma mall estacionado, estropeando el pase vehicular y congestionando el trafico del cual puede causar un accidente de tránsito.  Ante este tipo de situaciones podemos mencionar a que un conductor estaciona su auto en un lugar donde genera más congestión vehicular o interpone el pase, etc.. Se pasará etc pasará a la rem remoci oción ón del ve vehíc hículo ulo en el que el S Sere erenazg nazgo o debe deberá rá de colocar inmovilizador vehicular a través del dispositivo mecánico, para lo cual se adosará al parabrisas de la unidad un sticker o distintivo donde se consignará la in infr frac acci ción ón detect detectad ada, a, co con n el cód códig igo o de liliber berac ació ión n co corre rresp spon ondi dien ente te se segú gún n el procedimiento descrito en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la municipalidad, los cuales permanecerán hasta que el propietario del vehículo o conductor se apersone a retirar el vehículo, sin perjuicio de la imposición de la multa respectiva. En caso aquel no proceda al retiro de su vehículo en el lapso de 30 minutos, se procede procederá rá al intern internamient amiento o del mismo en el depósito munici municipal pal de tal manera que al al Internar Internar el vehículo en el depósit depósito o municip municipal, al, se debe pegar  previam prev iament ente e un sticker sticker de not notifi ificac cación ión al adm admini inistr strado ado,, en el lug lugar ar donde donde se encontraba el vehículo, además de levantar un acta conteniendo el lugar y fecha de la intervención, el código del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la municipalidad, las características del vehículo y reportará al encargado del depósito el material fotográfico que acredite la comisión de la infracción y estado del vehículo.

 

d. Internamiento del Vehículo.- Es el acto mediante el cual se procede a ingresar un vehículo en un depósito vehicular correspondiente en los siguientes casos: a) Por la comisión de una infracción sobre la que expresamente recaiga esta medi me dida da en el Cu Cuad adro ro de Ti Tipi pifificac cació ión, n, Sa Sanc ncio ione ness y Medi Medida dass Pre Preve vent ntiv ivas as aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre. b) Cuando se haya procedido a la retención de la licencia de conducir por los supuestos señalados en el presente reglamento.  c) Cuando el conductor se fuga abandonando el vehículo. d) Cuando no se hayan superado las faltas o deficiencias que motivaron la medida med ida prev prevent entiva iva de retenci retención ón del vehí vehícul culo o den dentro tro del pla plazo zo máx máximo imo de veinticuatro (24) horas. e) Cuando el conductor se niegue a ejecutar la medida preventiva de remoción del vehículo o no se encuentre presente al momento de la intervención. Al ingresar el vehículo en el depósito vehicular se debe levantar un Acta en la que se deje constancia del estado e inventario del vehículo entregándose copia al co cond nduct uctor, or, al ef efec ectitivo vo de la Poli Policí cía a Na Naci cion onal al del del Pe Perú rú interv intervin inie ient nte e y al administrador del depósito vehicular, quien será responsable de preservar el vehículo en las condiciones que lo recibió.  La autoridad competente, bajo responsabilidad, no podrá hacer uso de medidas preve pr event ntiv ivas as en si situ tuaci acion ones es no con conte temp mpla lada dass expre expresa same ment nte e en el pre prese sent nte e Reglamento. Cabe agregar agregar que en el articul articulo o 13 del decreto decreto legisl legislativo ativo nos men menciona ciona que la medi me dida da pre preve vent ntiv iva a de in inte tern rnam amie ient nto o de dell veh vehíc ícul ulo o pu puede ede ejec ejecut utars arse e en lo loss siguientes depósitos vehiculares: a. Depósitos Municipales de Vehículos (DMV), en los términos señalados en el artículo 2 de RETRAN b. Depósitos de Internamiento Vehicular de la Policía Nacional del Perú (DIVPNP), de conformidad con lo señalado en el numeral 6.2. del artículo 6 de la Ley y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2019-IN.

 

Casos de La ATU (2019) en un titular nos menciona :”ATU: 14 vehículos fueron internados en el dep depósi ósito to mu muni nici cipa pall po porr pr prest estar ar se serv rvic icio io in info form rmal al”. ”. En esta esta no notitici cia a no noss menciona que los inspectores de la ATU, en estrecha colaboración con efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) realizan fiscalizaciones en el cruce de la avenida Garcilaso de la Vega con Nicolás de Piérola (Cercado de Lima). En la que que pr produ oduct cto o de la lass in inte terv rven enci cion ones es,, se de dete tect ctaro aron n 14 un unida idade dess qu que e prestaban servicio de transporte de personas de manera informal, las mismas que fueron fue ron intern internadas adas en el dep depósi ósito to munici municipal pal y sus con conduct ductores ores,, reci recibie bieron ron las sanciones pecuniarias correspondientes.

Caso

2 Según la plataforma digital

únic ún ica a de dell es esta tado do pe peru ruano ano (2021 (2021). ). En un tititu tula larr nos me menc ncio iona: na: “I “Int nten ensi sififica can n operativos de internamiento de vehículos mal estacionados en Cajamarca”. En esta noticia  nos dice que con el fin de recuperar los espacios públicos el libre trán tránsi sito to vehi vehicu cula larr y peat peaton onal al,, la ge gere renc ncia ia de Vi Vial alid idad ad y Tr Tran ansp spor orte te de la Municipalidad de Cajamarca, continúa intensificando operativos de fiscalización para retirar vehículos mal estacionados en diferentes arterias de la ciudad.  Ante tales situaciones el vehículo pasa a su internamiento en el cual el conductor  tiene que pagar todos los gastos que se realizaron para su liberación.

 

 

Límite al uso de medidas preventivas.   En el articulo 300 del reglamento Nacional de Administración de Transporte nos menc me ncio iona na qu que: e: La Auto Autori rida dad d co comp mpet eten ente te no pu pued ede e hac hacer er uso uso de me medi dida dass preve pr event ntiv ivas as en si situ tuaci acion ones es no con conte temp mpla lada dass expre expresa same ment nte e en el pre prese sent nte e Reglamento, bajo responsabilidad. Claro ejemplo ejemplo de ello, en la noticia expu expuesta esta por RPP (2017) que nos menci menciona ona Reportaje Report aje | Munici Municipalid palidades ades llevan autos al depósito de manera ilegal” ilegal”.. Ante este caso esta David Motta que trabaja para una empresa de catering desde hace dos años. El lunes 17 de julio estacionó su camioneta en la cuadra 4 de la calle Virrey Toledo Tole do en Sa San n Is Isid idro ro para para entr entreg egar ar un pe pedi dido do.. Al reg regre resar sar,, su auto auto ha habí bía a desaparecido. desapar ecido. En esta sit situación uación el agr agraviado aviado me menciona nciona que est estaba aba el auto a 3 metros met ros del pase pea peaton tonal al y eso se cons conside idera ra una infracci infracción, ón, sin emb embargo argo El internamiento y remoción de un vehículo que infringe las leyes de tránsito debe ser  realizado únicamente por la Policía Nacional, según el Reglamento Nacional de Tránsito.  Es decir estos  no puede hacer uso de las medidas preventivas en dete de term rmin inad adas as situ situac acio ione ness ya qu que e no se en encu cuen entr tran an expr expres esam amen ente te en el Reglamento de Tránsito y de las cuales no tienen autorización alguna ya que no esta estipulado.

Conclusión del internamiento. 

 

En el caso de internamiento de un vehículo en el DMV, la medida preventiva culminará cuando, según la naturaleza de la falta o deficiencia que motivó la medi me dida da,, se subsa subsane ne o se su supe pere re la def defic icie ienc ncia ia que que la mo motitivó, vó, except excepto o la lass infracciones vinculadas a estacionamiento y detención; y cuando se cancelen únicamente los derechos por permanencia en el DMV y remolque del vehículo; o al vencimiento del plazo establecido. Entonces, el diario El Peruano (2014) respecto a esta medida de sustenta que el “internamiento finaliza cuando de acuerdo a la falta o deficiencia que motivo la medida para su internamiento sea subsanada, es decir, cuando se cancele la multa establecida por el Reglamento de Tránsito” (p. 4). No obstante, si vence el pl plaz azo o estab estable leci cido do y de pr prod oduc ucir irse se la abs absolu oluci ción ón del del pr pres esunt unto o in infr frac acto tor, r, se procederá inmediatamente al levantamiento de la respectiva medida preventiva, devolviéndose el vehículo a su propietario sin costo alguno de internamiento y remolque. Cuando el vehículo no sea retirado del depósito vehicular dentro de los plazos establecidos, se procede conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia.

 

CONCLUSIONES En síntesis, las medidas preventivas tienen carácter provisorio y se ejecutan con el objeto de salvaguardar la seguridad y la vida de los usuarios de la vía, por ende, persiguen restablecer el cumplimiento de las normas de tránsito. Asimismo, son disposiciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) con el fin de resguardar las condiciones de seguridad y salud, protegiendo el ambiente y la comunidad. Por ello, la aplicación de estas medidas garantiza el respeto y la preservación no solo de nuestra propia vida, sino también, la de los demás ciudadanos en las vías públicas, ya que las sanciones disciplinarias ante el incumplimiento estas medidas preventivas buscan corregir o instigar al conductor de dichos vehículos o al responsable del mismo a evitar una repetición de dicho acto.

 

RECOMENDACIONES La educación cívica debería implementarse desde los hogares seguidos por las escuelas, en vista que nos formamos desde pequeños en el respeto y cumplimiento a las normas cívicas se podría evitar bochornosas situaciones con el fin de salvaguardar nuestra integridad y de los demás. Otro punto clave es la frase “ SI TOMAS NO MANEJES”. Este es un principal problema ya que el alcohol y el manejar un vehículo se ha vuelto muy común ahora, puesto que no está dando resultado las infracciones que se les establece por lo que a la mayoría de los accidentes de tránsito se dan por los conductores en estado etílico. Es así que el Estado debería ser el principal gestor para dotar a la policía nacional encargada del control de tránsito vehicular de una adecuada logística modernizada, para su lucha constante contra los malos conductores, así evitar los muchas infracciones y también situaciones situaciones que enlutan las carreteras y pistas de nuestro país. En tal sentido como brillante y futuro miembro de la Policía Nacional del Perú, creo que debemos dar el ejemplo en todas nuestras acciones al realizar respetando los derechos humanos, como también con respecto a las normas vigentes, ya sea de tras de un vehículo o como peatones, es por ello que conocer y aplicar todas las medidas preventivas nos evitaremos de lamentables sucesos; por ello es más que un deber entre los efectivos policiales como también de los conductores.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS El Peruano (2014). Normas legales. Recuperado de: http://www.sutran.gob.pe/wpcontent/uploads/2017/05/DS-003-2014-MTC-modif-M-1-4-M27-M37-39G13-C4c.pdf  SUTRAN SUT RAN (20 (2020). 20). Conozca los documentos que deben portar los transportistas  para realizar traslados humanitarios. Recuperado de: https://www.gob.pe/institucion/mtc/noticias/163860-sutran-conozca-losdocumentos-que-deben-portar-los-transportistas-para-realizar-trasladoshumanitarios RPP (2017). Reportaje | Municipalidades llevan autos al depósito de manera ilegal. https://rpp.pe/peru/lima/reportaje-municipalidades-de-lima-estan-internan-autosde-manera-ilegal-noticia-1075883?ref=rpp Plat Plataf afor orma ma digi digita tall ún únic ica a del del Es Esta tado do Pe Perua ruano no (2 (2021 021). ). In Inte tens nsifific ican an op oper erat ativ ivos os de internamiento

de

vehículos

mal

estacionados

en

Cajamarca.

https://www.gob.pe/institucion/municajamarca/noticias/592006-intensificanoperativos-de-internamiento-de-vehiculos-mal-estacionados-en-cajamarca  ATU (2019). ATU: 14 vehículos fueron internados en el depósito municipal por prestar  serv servic icio io info inform rmal al.. https://portal.atu.gob.pe/atu-14-vehiculos-fueron-internados-enel-deposito-municipal-por-prestar-servicio-informal/

Pabl Pa blo o Pá Pávez vez(2 (2022 022). ).

RE REMO MOCI CIÓN ÓN DEL DEL VE VEHÍ HÍCU CULO LO:: ¿E ¿EN N QUÉ QUÉ CA CASO SOS S PUED PUEDEN EN

REMOVER

MI

CARRO?.

https://www.autofact.pe/blog/mi-auto/infracciones/remocion-delvehiculo#:~:text=G41%3A%20Estacionar%20o%20detener%20el,crucero %20peatonal%20(paso%20peatonal).&text=G42%3A%20Estacionar%20frente %20a%20la,espect%C3%A1culos%2C%20centros%20deportivos%20en %20funcionamiento.. %20funcionamiento

 

RPP(2019). Policía de tránsito apuntó con su arma a conductor que se resistía a ser  inte interv rven enid ido o [VID [VIDEO EO]. ]. https://rpp.pe/lima/policiales-crimenes/san-isidro-policia-detransito-apunto-con-su-arma-a-conductor-que-se-resistia-a-ser-intervenido-videonoticia-1208190?ref=rpp El Comercio (2020). El alcohol al volante: las sanciones que enfrentaría un conductor en estado de ebriedad. https://elcomercio.pe/lima/transporte/el-alcohol-al-volante-lassanciones-que-enfrentaria-un-conductor-en-estado-de-ebriedad-noticia/?ref=ecr  El Peruano (2021). Conozca qué tipos de infracciones pueden ocasionar la suspensión del

brevete.

https://elperuano.pe/noticia/126276-conozca-que-tipos-de-

infracciones-pueden-ocasionar-la-suspension-del-brevete Infobae (2022). 2.500 conductores intervenidos por manejar en estado de ebriedad en el Callao.

https://www.infobae.com/america/peru/2022/10/09/callao-2500-

conductores-intervenidos-por-manejar-en-estado-de-ebriedad-en-lo-que-va-delano/

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