MATRIZ ICA

November 1, 2017 | Author: HenryMesa | Category: Prescription Drugs, Cattle, Veterinary Medicine, Foods, Meat
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Descripción: MATRIZ ICA...

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SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL

LISTA DE CHEQUEO DE PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO

INFORMACIÓN GENERAL Fecha Anterior Auditoría:

Fecha de Auditoría*: Nombre del predio*: Número de inscripción del predio*: Departamento*: Vereda*: Altura s.n.m

Oficina ICA donde esta Registrado el Predio* Municipio*: Latitud: Longitud

Frigorífico de destino*: F.V Brucelosis:

F.V. Tuberculosis:

Propietario o representante legal*: Número de identificación*: Teléfono* Correo electrónico:

Área destinada de potreros: Razas: Fin zootécnico*: Cría [ ] Total Bovinos*

(Ha) Levante [ ]

Ceba [ ]

Administrador /Responsable del predio Médico veterinario responsable: Teléfono: Tipo de visita*:

Matrícula profesional No.: Inspección [ ]

Vigilancia [ ]

Certificación [ ]

Recertificación[ ]

Nombre del Auditor*: [ √ ] Marcar cuando se determine el cumplimiento (puntaje a sumar).

Total Criterios

1.

Criterios NA

No. Criterios a Cumplir

% Criterios a Cumplir

Criterios Cumplidos

% Criterios Cumplidos

CONCEPTO X

Fundamentales (F)

24

Mayores (My)

24

24 20

100% 85%

Certificable Aplazado

Menores (Mn)

5

3

60%

No. Certificable

SANIDAD ANIMAL Y BIOSEGURIDAD

1.1 1.2 1.3 1.4 1.5 1.6 1.7 1.8 1.9 1.10 1.11 1.12

Existe constancia de inscripcion de predio ante la oficina local del ICA Existe certificación oficial vigente que acredite el Hato como libre de Brucelosis. Existe certificación oficial vigente que acredite el Hato como libre de Tuberculosis. Se encuentra vigente la vacunación contra las enfermedades de control oficial Delimitación del predio Existen registro de ingreso y salida de personas y vehículos Área de cuarentena Manejo de animales enfermos Instrucciones de manejo sanitarios sobre enfermedades de control oficial Identificación de animales Plan sanitario Asistencia técnica 1.13 Desinfección de vehículos para su ingreso al predio 2 SUMINISTRO Y CALIDAD DE AGUA 2.1 Calidad del agua. 2.2 Almacenamiento del agua

[√]

TIPO F My My F F F My F F F F F Mn

NNA NNA NNA NNA NNA NNA NNA NNA NNA NNA NNA NNA NNA

My My

NNA NA

F My My My

NNA NNA NNA NNA

F F F F

NNA NNA NNA NNA

3 CONTROL DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS E INSUMOS AGROPECUARIOS 3.1 Registro ICA 3.2 Almacenamiento de medicamentos y equipos veterinarios. 3.3 Clasificación de medicamentos veterinarios 3.4 Almacenamiento de alimentos para animales 3.5 Uso de suplementos en alimentación animal 3.6 Vigencia de los insumos pecuarios 3.7 Almacenamiento y transporte de productos biológicos 3.8 Manejo de medicamentos de control oficial

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL

LISTA DE CHEQUEO DE PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO

3.9 Responsable para el manejo de los medicamentos y biológicos veterinarios. 3.10 Inventario de medicamentos biológicos veterinarios

F My

NNA NNA

3.11 Inventario de alimentos para animales 3.12 Prescripción veterinaria de medicamentos 3.13 Respeto del tiempo de retiro de medicamentos veterinarios 3.14 Manejo de potreros. 3.15 Registros de aplicación de medicamentos veterinarios 3.16 Instrumentos para la administración de medicamentos biológicos veterinarios 3.17 Uso de alimentos medicados para los animales 3.18 Notificación de efectos indeseables o adversos 4 INSTALACIONES Y OTRAS ÁREAS

My F F

NNA

F F

NNA NNA NNA NA NNA

My F My

4.1 El predio esta localización de acuerdo al plan de ordenamiento territorial del municipio 4.2 Condición limpieza alrededores

F My

4.3 Identificación de áreas. 4.4 Instalaciones de manejo animal

My

NNA NNA

NNA NNA

My

NNA NNA

5.1 Se mantiene archivo de todos los registros

My

NNA

5.2 Registro o ficha individual de cada reproductos y de lotes para animales de ceba

My

NNA

F

NNA

6.1 Clasificación de basuras

My

NNA

6.2 Manejo de residuos peligrosos 6.3 Acciones para el control de plagas 6.4 Manejo y disposición de estiércol.

My F

NNA NNA

Mn

NNA

5 REGISTROS Y DOCUMENTACION

5.3 Guías sanitarias de movilización. 6 PROGRAMA DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS

7 BIENESTAR ANIMAL 7.1 Disponibilidad de agua y alimento.

F

NNA

7.2 Condiciones de manejo animal.

My

NNA

7.3 Instalaciones y elementos para el manejo animal. 7.4 Intervenciones quirúrgicas y no quirúrgicas 8 PERSONAL

My My

NNA NNA

My

NNA

Mn Mn Mn My

NNA NNA

8.1 Evidenciar el estado sanitario del personal de ordeño y la existencia de un examen medico 8.2 Cuentan con Implementos de trabajo y dotación 8.3 Cuenta con seguridad social 8.4 Existe un botiquin y al menos una persona cuenta con el curso de primeros auxilios 8.5 Existe un programa de capacitación soportado por los certificados de asistencia NA: No Aplica. Tener en cuenta al momento de hacer el cálculo.

NNA NNA

NNA: No No Aplica. De obligatoria evaluación durante la Auditoria

OBSERVACIONES

FIRMA DEL RESPONSABLE PREDIO

FIRMA AUDTITOR ICA

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL

LISTA DE CHEQUEO DE PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO

* Los campos marcados con un asterisco deben ser llenados de forma obligatoria.

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL PUNTOS DE CONTROL Y CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO PUNTOS DE CONTROL

No.

CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO

[X] TIPO REFERENTES NORMATIVOS

1. SANIDAD ANIMAL Y BIOSEGURIDAD

1.1

Existe constancia de inscripcion de predio ante la oficina local del ICA

Existe certificación oficial vigente 1.2 que acredite el Hato como libre de Brucelosis.

Se debe presentar una constancia de registro del predio ante la oficina local del ICA o a quien esta delegue [ ] Se debe evidenciar el certificado vigente emitido por el ICA a través de la Gerencia Seccional. Para ganaderías puras este criterio es fundamental de acuerdo a lo establecido por el programa de erradicación. Si el predio no esta certificado, se debe dejar la recomendación en el informe de adelantar el proceso.

F

NNA

[ ] My

NNA

Cuando el predio certificado se determina positivo a la enfermedad, perderá el estado de certificado. Artículo 5.d. Res 2341/2007

Existe certificación oficial vigente 1.3 que acredite el Hato como libre de Tuberculosis.

Se debe evidenciar el certificado vigente emitido por el ICA a través de la Gerencia Seccional. Para ganaderías puras este criterio es fundamental. Si el predio no esta certificado, se debe dejar la recomendación en el informe de adelantar el proceso. Cuando el predio certificado se determina positivo a la enfermedad, perderá el estado de certificado.

[ ] My

Se encuentra vigente la vacunación Se debe verificar la existencia del ultimo RUV de vacunación de 1.4 contra las enfermedades de control [ ] Fiebre Aftosa y Brucelosis. oficial 1.5 Delimitación del predio

1.6

Existen registro de ingreso y salida de personas y vehículos

Disponer de cercos, broches, puertas y otros mecanismos con cierres en buen estado, que permitan delimitar la propiedad y limitar el paso de animales y personas ajenos al predio.

NNA

F

NNA

[ ]

F

Articulo 8.b. Res. 2341/2007

NNA

La finca cuenta con registros de ingreso de personas y vehículos. (nombre, fecha, No. de identificación o placa del vehículo, origen, [ ] teléfono y objeto visita)

F

Artículo 11 e) . Res 2341/2007

NNA

1.7 Área de cuarentena

Se debe contar con un procedimiento documentado de cuarentena y aislamiento que establezca las acciones a seguir para el ingreso de animales. Este procedimiento deberá considerar la observación [ ] My Artículo 8.e. Res. 2341/2007 de signos de enfermedad de control oficial por lo menos durante 30 días.

NNA

1.8 Manejo de animales enfermos

Debe existir un potrero destinado para la atención de animales enfermos. Identificar de manera diferencial los animales sometidos a tratamientos veterinarios y un procedimiento [ ] documentado para su manejo.

F

Artículo 11. c.i (Res 2341/2007)

NNA

Instrucciones de manejo sanitarios 1.9 sobre enfermedades de control oficial

Se cuenta con un instructivo visible a todo el personal de la granja que contenga lo siguiente: Sintomatología de las enfermedades de control oficial, las personas a notificar de la finca y a los técnicos [ ] del ICA y números de teléfono de contactos. Evidenciar que el personal tiene conocimiento del instructivo.

F

Artículo 11. Parágrafo. (Res 2341/2007)

NNA

F

Artículo 12. a.b. Trazabilidad. (Res 2341/2007)

NNA

1.10 Identificación de animales

1.11 Plan sanitario

Los animales deben estar identificados de manera individual con un número único e irrepetible. Cuando se adopte el Sistema de identificación e información de ganado bovino, se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la reglamentación para tal fin.

[ ]

Cuenta con un plan sanitario documentado elaborado y firmado por un médico veterinario o medico veterinario zootecnista con el numero de tarjeta profesional, que considere las enfermedades de control oficial y las enfermedades endémicas en predio, así como prácticas de manejo preventivas o curativas y planes de vacunación, vermifugación cuando sea necesario; y [ ] procedimientos para diagnósticos en predio soportados con pruebas serológicas, resultados de laboratorio, de igual manera puede contemplar los tratamientos comunes realizados en el predio.

F

NNA Artículo 11. a.b. (Res 2341/2007)

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL PUNTOS DE CONTROL Y CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO Artículo 11. a.b.

(Res

2341/2007)

No.

PUNTOS DE CONTROL

1.12 Asistencia técnica

1.13

Desinfección de vehículos para su ingreso al predio

CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO

[X] TIPO REFERENTES NORMATIVOS

Presentar certificación por parte del medico veterinario o MVZ que presta asistencia técnica al predio. verificar con el registro de ingreso al predio, seguimiento al registro de uso de medicamentos [ ] y formulaciones realizadas.

F

Cuando el ICA adopte una medida de control o de protección sanitaria, todos los vehículos, implementos y equipos que vayan a traspasar el perímetro del predio, al ingreso y a la salida del Artículo 11. f. (Res [ ] Mn 2341/2007) predio, deben ser lavados y desinfectados con un producto idóneo. Debe existir un procedimiento que contemple la desinfección de vehículos cuando el ICA adopte la medida.

2 SUMINISTRO Y CALIDAD DE AGUA Se debe realizar un análisis de agua para uso pecuario por lo menos una vez al año y conservar los resultados del laboratorio 2.1 Calidad del agua por dos años. Se debe indicar la fuente de toma de las muestra [ ] My para análisis.

2.2 Almacenamiento del agua

Los tanques para el almacenamiento del agua, deben estar construidos con materiales que faciliten su limpieza, deben permanecer tapados y su capacidad debe ser suficiente para garantizar el abastecimiento permanente.

3 CONTROL DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS E INSUMOS AGROPECUARIOS Los medicamentos, biológicos , plaguicidas y alimentos deben contar registro del ICA. Los productores de alimentos para autoconsumo deberán estar registrados ante el ICA o haber 3.1 Registro ICA iniciado el trámite de registro. Verificar por inspección visual. Cuenta con áreas cerradas y separadas físicamente para el almacenamiento de medicamentos veterinarios y equipos e Almacenamiento de medicamentos implementos usados en su administración. Los plaguicidas son 3.2 y equipos veterinarios. almacenados en área independiente de los medicamentos veterinarios.

3.3

Clasificación de medicamentos veterinarios

NNA

NNA Artículo 9.b, Artículo 14. e. (Res 2341/2007)

My

[ ]

F

NNA

NA

Artículo 13. a. (Res 2341/2007)

Artículo 10. a.b. (Res

[ ] My 2341/2007)

Los medicamentos veterinarios se encuentran clasificados de acuerdo a acción farmacológica e indicación y almacenados siguiendo las condiciones de conservación consignadas en el rotulado y bajo llave. No se deben encontrar envases con producto [ ] My Artículo 13. f. (Res 2341/2007) sin rotulado. El almacenamiento debe minimizar el riesgo de confusión y de contaminación cruzada entre productos.

NNA

NNA

NNA

Los alimentos balanceados se encuentran sobre estibas, separados de la pared. Los productos y subproductos agrícolas Artículo 9. e,i. Artículo 10. a. Almacenamiento de alimentos para están debidamente almacenados, identificados y no constituyen 3.4 un riesgo para la inocuidad de la carne. El diseño de las [ ] My c. d, Articulo 1. i. (Resolución NNA animales 2341/2007) instalaciones de almacenamiento impiden el ingreso y proliferación de insectos y roedores. No se utiliza en alimentación de los animales proteína de origen de rumiante, cebos, socas de algodón, arroz y de cultivos ornamentales. Teniendo en cuenta el estatus sanitario frente a Salmonella y el riesgo para la inocuidad en la carne Se prohíbe el uso de pollinaza, gallinaza y porquinaza fresca o procesada o cualquier otro estiércol en la alimentación de bovinos y bufalinos.

F

Artículo 14. a. c (Res 2341/2007)

NNA

3.6 Vigencia de los insumos pecuarios

Los medicamentos veterinarios, alimentos, biológicos y plaguicidas [ ] no se encuentran vencidos.

F

Artículo 13. d. (Res. 2341/2007)

NNA

Almacenamiento y transporte de 3.7 productos biológicos

Los productos biológicos son almacenados y transportados manteniendo la temperatura de refrigeración consignada en el rotulado. Se debe llevar un registro diario de control de [ ] temperatura.

F

Articulo 13.f. (Res. 2341/2007)

NA

3.5

Uso de suplementos en alimentación animal

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL PUNTOS DE CONTROL Y CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO No.

PUNTOS DE CONTROL

CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO

[X] TIPO REFERENTES NORMATIVOS

Se debe evidenciar la fórmula expedida en formato oficial para la utilización del producto en el predio. De acuerdo a la normativa expedida por la Dirección Nacional de Estupefacientes. La Oxitocina, las prostaglandinas, la Ketamina, Clorhidrato, Pentobarbital Sódico y Tiopental Sódico, Etiproston, DCloprospenol, Cloprostenol Sódico, Butorfanol Base, Lupostiol, Manejo de medicamentos de control 3.8 Tiaprost Prometamina y los productos que la autoridad competente [ ] especial adicione o elimine de esta lista. La formula médica deberá ser conservada en los archivos de la granja por un periodo mínimo de dos (2) años. No se aceptan fotocopias.

Verificar que se haya designado de manera formal (por escrito) a Responsable para el manejo de los una persona para la aplicación de los medicamentos y biológicos veterinarios. Corroborar que en el registro de uso se encuentra la [ ] 3.9 medicamentos y biológicos firma de la persona designada. Verificar la habilidad del designado. veterinarios.

F

Artículo 13. b (Res 2341/2007)

F

Manual del inspector bovinos carne

Inventario de medicamentos 3.10 biológicos veterinarios

Existe un inventario de medicamentos y biológicos veterinarios donde se incluya entradas, salidas y existencias.

My 2341/2007)

Inventario de alimentos para 3.11 animales

Existe un un inventario de alimentos para animales, que incluya entradas , salidas , existencias, registro del ICA y numero de lote: Para el caso de subproductos de cosecha y de la industria de alimentos se debe registrar el origen.

My 2341/2007)

3.12

3.13

Prescripción veterinaria de medicamentos

Respeto del tiempo de retiro de medicamentos veterinarios

3.14 Manejo de potreros

Artículo 13. g. (Res

Artículo 14. b. c (Res

Los tratamientos veterinarios hormonales, antibióticos anestésicos, relajantes musculares y plaguicidas son prescritos únicamente por un médico veterinario o médico veterinario zootecnista con matrícula profesional y en la administración de los mismos se siguen las recomendaciones del rotulado. Corroborar la existencia de las formulas ( en el caso de que exista plan de tratamientos este sustituye la formula del MV) y su archivo será por dos (2) años. En el caso de la primera visita deben existir formulas de los últimos tres (3) meses. En el caso de que exista un plan de tratamientos autorizado por el MV o MVZ este debe contener la siguiente información: Nombre comercial del medicamento a utilizar, concentración, volumen a utilizar por unidad de peso, frecuencia, vía de administración, duración del tratamiento, tiempo [ ] de retiro y en que casos utilizar, el cual será renovado por lo menos una vez al año. El auditor debe corroborar que los designados conozcan el plan de tratamientos, se registren los tratamientos efectuados y el registro este validado por la firma del Médico Veterinario. En el caso de que exista un plan de tratamientos autorizado por el MV o MVZ solo debe indicar el uso de un solo producto No se deberán utilizar medicamentos que no estén indicados para la especie bovina. .

Se respeta el tiempo de retiro de los medicamentos en los animales que están bajo tratamiento de acuerdo con lo establecido para cada producto. Dicho tiempo de retiro se encuentra consignado en el registro de uso de medicamentos veterinarios. Los animales bajo tratamiento están claramente identificados y el [ ] corral donde se encuentran los animales esta identificado de manera visible, hasta finalizar el tiempo de retiro.

Se respeta el periodo de carencia de plaguicidas. Existen registros de la rotación de potreros, uso de plaguicidas, fertilizaciones químicas u orgánicas. Los potreros deben estar identificados.

NA

NNA

NNA

NNA

F

Artículo 13. b.e. Parágrafo 2. (Res 2341/2007)

NNA

F

Artículo 13. c. (Res 2341/2007)

NNA

F

Artículo 14. g. (Res 2341/2007)

NNA

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL PUNTOS DE CONTROL Y CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO PUNTOS DE CONTROL

No.

3.15

Registros de aplicación de medicamentos veterinarios

CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO

[X] TIPO REFERENTES NORMATIVOS

Debe existir un registro del uso de medicamentos veterinarios que contenga como mínimo la siguiente información: fecha de aplicación, nombre del producto, laboratorio productor, dosis aplicada, registro ICA, No. de lote, tiempo de retiro, vía de administración, No. del animal y responsable de la administración. [ ] En caso de que haya plan de tratamientos, este registro deberá estar validado por la firma y tarjeta profesional del Médico Veterinario.

F

Artículo 13. e. g. (Res 2341/2007)

Para la administración de medicamentos y biológicos veterinarios Instrumentos para la administración inyectables se deben emplear agujas desechables. Los equipos Artículo 13. 3.16 de medicamentos biológicos [ ] My para la administración de los medicamentos veterinarios , deben 2341/2007) veterinarios estar limpios, desinfectados y calibrados. 3.17

Uso de alimentos medicados para los animales

En caso de la utilización de alimento medicado, verificar que exista [ ] la correspondiente formula médica.

F

Artículo 14. 2341/2007)

NNA

i.

(Res

h.

(Res

NNA

NA

Debe existir un procedimiento de manejo de efectos indeseables. 3.18

Notificación de efectos indeseables Cuando se presentan efectos indeseables asociados al uso de un Artículo 13. Parágrafo 1. NNA [ ] My o adversos medicamento veterinario o producto biológico se notifica de (Res. 2341/2007) inmediato a la oficina del ICA más cercana, donde se diligencia el formato correspondiente.

4 INSTALACIONES Y OTRAS ÁREAS El predio esta localización de 4.1 acuerdo al plan de ordenamiento territorial del municipio

4.2 Condición limpieza alrededores

4.3 Identificación de áreas.

4.4 Instalaciones de manejo animal

El predio está localizado de acuerdo al Plan o esquema de Ordenamiento Territorial del municipio POT. Se debe presentar el concepto de uso del suelo, expedida por la Oficina de Planeación Municipal o quien haga sus veces.

[ ]

F

Artículo 8. (Res 2341/2007), NNA Artículo 12. (Dec 1500/2007)

Verificar la ausencia de basuras, artículos innecesarios, maquinaria en desuso alrededor de las instalaciones y condiciones anexas que faciliten la proliferación de plagas y enfermedades. Artículo 10. Los alrededores deben permanecer libres de desechos orgánicos, [ ] My 2341/2007) escombros, maquinaria y equipos inhabilitados. Las diferentes áreas del predio como potreros e instalaciones deberán estar identificadas. En particular deben estar identificados las bodegas, oficinas, instalaciones sanitarias, separación de Artículo 10. [ ] My 2341/2007). basuras, zonas de manejo animal y potreros de cuarentena, enfermería u hospital y maternidad. Se debe contar con un corral para manejo de animales que garantice condiciones de seguridad y bienestar para las personas y animales.

Artículo

[ ] My 2341/2007)

8.

c.

d.

(Res

e.

(Res

d.

(Res

NNA

NNA

NNA

5 REGISTROS Y DOCUMENTACION

5.1

Se mantiene archivo de todos los registros

Todas las actividades que se llevan a cabo y que se registran, deben ser soportadas por un documento que las respalde. Estos documentos deberán permanecer por un periodo de mínimo de dos (2) años. En el caso de la primera visita deben existir registro de los últimos tres (3) meses. en el caso de que la información sea digital, este debe tener respaldo.

articulo 11 e, 12 b, 13 g, 16 c,

My resolución 02341/2007

NNA

Registro o ficha individual de cada 5.2 reproductor y de lotes para animales de ceba

Registro o ficha individual para reproductores y hembras de cría y un registro por lote para animales de ceba, donde se consigna todos los eventos relacionados con los animales durante su estadía en el predio.

[ ] My Artículo 12. Res 2341/2007

NNA

5.3 Guías sanitarias de movilización

Existe original o copia de la guía sanitaria de movilización de los animales que han ingresado al predio.

[ ]

NNA

6 PROGRAMA DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS Las basuras deben ser clasificadas en la fuente de acuerdo a su naturaleza: biodegradables, plásticos, vidrio, papel y cartón, corto 6.1 Clasificación de basuras punzantes y residuos biológicos.

F

Artículo 11 d) Res 2341/2007

[ ] My

NNA Artículo 9 e. ii. (Res 2341/2007)

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL PUNTOS DE CONTROL Y CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO PREDIOS PRODUCTORES DE BOVINOS CON DESTINO AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO PUNTOS DE CONTROL

No.

6.2 Manejo de residuos peligrosos

[X] TIPO REFERENTES NORMATIVOS

CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO La disposición de los residuos peligrosos como anatomopatológicos, biosanitarios, corto punzantes, envases de biológicos, medicamentos veterinarios y plaguicidas deberá llevarse a cabo de conformidad con la reglamentación ambiental vigente.

Artículo 9 e. ii. (Res 2341/2007)

[ ] My

6.3 Acciones para el control de plagas.

Se cuenta con un programa documentado para el manejo integral de plagas . Existen evidencias de la ejecución de los [ ] procedimientos utilizados y registro de los productos aplicados.

6.4 Manejo y disposición de estiércol

Se utilizan métodos apropiados para la disposición del estiércol que minimicen la proliferación de plagas. Tener en cuenta solo [ ] Mn para estiércol en corrales e instalaciones de manejo animal.

F

NNA

Artículo 9e. iii. (Res 2341/2007). Artículo 13. 4 NNA (Dec 1500/2007).

Artículo 9 e. ii. (Res 2341/2007). Artículo 13. 3 (Dec 1500/2007)

NNA

Artículo 15.a. (Res. 2341/2007)

NNA

7 BIENESTAR ANIMAL 7.1 Disponibilidad de agua y alimento

Los animales deben disponer de agua de bebida a voluntad y de alimento en condiciones higiénicas que no afecte la salud de los animales ni la inocuidad de la carne.

[ ]

7.2 Condiciones de manejo animal

Evitar el maltrato, el dolor, el estrés y el miedo mediante un manejo adecuado. No utilizar en el manejo de los animales instrumentos contundentes, corto punzantes, eléctricos o de otra naturaleza que puedan causar lesiones y sufrimiento a los animales. Durante el manejo de los animales evitar los gritos y ruidos, presencia de animales de otras especies.

[ ] My

Artículo 15. b.c. (Res 2341/2007)

NNA

[ ] My

Artículo 15. d. f. (Res 2341/2007)

NNA

7.3

7.4

Instalaciones y elementos para el manejo animal

Intervenciones quirúrgicas y no quirúrgicas

F

Las mangas, bretes, básculas y otro tipo de construcciones o instalaciones para la sujeción y manejo de los animales, deben permitir una operación eficiente y segura para éstos y los operarios. En condiciones de confinamiento y estabulación los animales deben disponer de espacio suficiente para manifestar su comportamiento natural. Los animales deben contar con suficiente sombrío natural o artificial.

Las intervenciones como descornado, topizado, marcado y otras que produzcan dolor a los animales, deben ser realizadas por Artículo 15. d. Artículo personal capacitado, bajo condiciones de higiene y empleando las prácticas adecuadas. Debe existir un procedimiento documentado [ ] My 16.b.c. (Res 2341/2007) y un registro de la capacitación a los operarios de la finca

NNA

8 PERSONAL Evidenciar el estado sanitario del 8.1 personal de ordeño y la existencia de un examen medico 8.2

Cuentan con Implementos de trabajo y dotación

El personal que entra en contacto con los animales, debe presentar un buen estado de salud. Se debe presentar los Artículo 16. a. (Res certificados médicos anual y vigentes que reconozca el estado de [ ] My 2341/2007). salud. Revisar soportes.

NNA

Los trabajadores cuentan con implementos necesarios garantizar la bioseguridad y la salud ocupacional.

[ ] Mn 2341/2007).

NNA

NNA

para

Artículo 16. d. (Res

8.3 Cuenta con seguridad social

Se deben presentar los documentos de afiliación o carnets vigentes de la ARP y EPS o carnet del SISBEN en caso que el propietario sea también operario

[ ] Mn

Existe un botiquin y al menos una 8.4 persona cuenta con el curso de primeros auxilios

Existe un botiquín de primeros auxilios en un lugar de acceso de todos los trabajadores del predio. Al menos un trabajador debe estar capacitado para brindar primeros auxilios. Soporte de capacitación.

[ ] Mn Artículo 16.f. (Res 2341/2007) NNA

Se debe presentar un programa documentado de capacitación y los soportes que den cuenta que se esta llevando a cabo. Los Existe un programa de capacitación temas a capacitar deben ser: higiene, seguridad y riesgos ocupacionales, manejo de alimentos para animales, manejo y 8.5 soportado por los certificados de [ ] My asistencia movilización animal, sanidad animal y bioseguridad, uso seguro de insumos agropecuarios, enfermedades de control oficial y labores propias de cada cargo.

Articulo 16. b.c. (Res 2341/2007)

Forma 3-138 Versión 2.0 2014

NNA

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