Material Contabilidad I 1er semestre UTCD

November 18, 2017 | Author: Omar Mendoza Bareiro | Category: Accounting, Limited Liability Company, Profit (Economics), Financial Statement, Business
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Descripción: Manual de introducción a contabilidad del paraguay....

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Contabilidad I

Material Didáctico recopilado por el Prof.: Lic. Javier Vazquez

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez CONTABILIDAD Definición de contabilidad Se define la contabilidad como el sistema de información cuyas funciones son recolectar, clasificar, registrar, resumir, analizar y evaluar, en términos monetarios, y de forma clara, completa y fidedigna, las operaciones y transacciones de una empresa. LA CONTABILIDAD es una técnica auxiliar de la Economía, cuya finalidad es apoyar los procesos en la Administración de una empresa de manera de aportarle eficiencia. La información que entrega sirve a los Ejecutivos para orientar la Toma de Decisiones con respecto al futuro de la organización. Es el arte de registrar, clasificar y sintetizar en forma significativa expresándolos en dinero los actos y las operaciones que tengan aunque sea parcialmente características financieras y de interpretar sus resultados Ciencia: Puesto que es un conocimiento verdadero. No es una suposición de hechos sin relevancia alguna, al contrario, analiza cada hecho económico y en todos aplica un conocimiento adquirido. Es un conocimiento sistemático, verificable y falible. Busca, a través de la formulación de hipótesis, la construcción de conjuntos de ideas lógicas (teorías) que sirvan para predecir y explicar los fenómenos relativos a su objeto de estudio. Con el propósito de identificar fenómenos o sucesos que aporten gran información para su mejor desempeño. Técnica: Porque trabaja con base en un conjunto de procedimientos o sistemas para acumular, procesar e informar datos útiles referentes al patrimonio. Es una serie de pasos para realizar una tarea y en contabilidad la tarea es el registro, la teneduría de libros. Sistema de información: De acuerdo con las opiniones y enfoques profesionales que intentan dejar de lado el debate acerca de la naturaleza de lo contable, al definir la contabilidad recurren a un término que no implica asumir un carácter científico, técnico o tecnológico. Dicen, por lo tanto, que se trata de "un subsistema dentro del sistema de información del ente" (dado que no solamente se refiere a empresas), toma toda la información del ente referente a los elementos que definen el patrimonio, la procesa y la resume de tal forma que cumpla con los criterios básicos que uniforman la interpretación de la Información Financiera (contable), de esta manera analistas financieros y no financieros usan la información contable, de ahí se concluye que independientemente de las definiciones anteriores, la contabilidad es en sí un sistema de información. Objetivos de la contabilidad El objetivo primordial de la contabilidad es proporcionar información financiera, de la empresa u organización, a personas naturales y entidades económicas interesadas en conocer los resultados operacionales y la verdadera situación económica de la misma, con el fin de que puedan tomarse decisiones. La contabilidad suministra información de la empresa: - A los administradores, como contribución a sus funciones de planeación, control y toma de decisiones; de igual manera, ellos mismos requieren información financiera confiable, comprensible, objetiva, razonable y oportuna.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez - A los accionistas o propietarios de la empresa, quienes requieren información financiera con el fin de determinar el rendimiento de su capital invertido y confiado a la administración. - A los acreedores y entidades crediticias que solicitan a la organización información financiera, con el fin de determinar su capacidad de pago y decidir la autorización de un préstamo. - A las entidades del sector público, quienes hacen uso de la información suministrada por la contabilidad cuando tienen que determinar el monto de los impuestos de renta y complementarios y otros tributos a cargo de la empresa. Historia. La historia de la contabilidad y de su técnica está ligada al desarrollo del comercio, la agricultura y la industria. Desde que comenzó el comercio de bienes, se buscó la manera de conservar el registro de las transacciones y de los resultados obtenidos en la actividad comercial. Los arqueólogos han encontrado en las civilizaciones delImperio inca, del Antiguo Egipto y de Roma variadas manifestaciones de registros contables, que de una manera básica constituyen un registro de las entradas y salidas de productos comercializados y del dinero. La utilización de la moneda fue importante para el desarrollo de la contabilidad, ya que no cabía una evolución semejante en una economía de trueque. Contabilidad en Roma En primer lugar hay que destacar la dificultad para proporcionar datos objetivos sobre el desarrollo de la contabilidad en Roma, por la escasez de documentos conservados sobre la materia y por el desconocimiento de la materia contable por los romanistas. Si se conoce que gozaba de un papel relevante, así se admitía como medio de prueba la inscripción de préstamos en el libro contable del acreedor ("Codex rationum") y en el libro de ingresos y gastos, (codees acceti et expensi). Caton, el censor, en su obra "De rustica", incluye los datos fundamentales que se requerían a la contabilidad y su utilización como herramienta para evaluar la gestión de los negocios por los "factores" frente a los propietarios agrícolas que solían residir en las ciudades. Algunos historiadores han creído observar en los fragmentos incompletos que se conservan de contabilidad un primer desarrollo del principio de la partida doble, aunque existe mucha diversidad de opiniones sobre esta tesis, hay algunas citas de grandes autores, como Cicerón, que parecen sustentar tal hecho, pero son demasiado confusas como para establecer esta tesis de que el método de la partida doble era conocido en la Antigüedad. Periodo medieval Las prácticas contables más o menos evolucionadas habituales en el mundo antiguo desaparecieron, debido a la casi completa desaparición del comercio en Europa en los siglos posteriores a la caída del Imperio romano. La contabilidad tuvo que desarrollarse partiendo de cero, especialmente al compás del auge comercial, que tuvo su primer gran impulso con las Cruzadas. De grandes órdenes militares, la de los Templarios y la de los caballeros teutónicos, desarrollaron durante los siglos XII y XIII sistemas de contabilidad perfeccionados, influidos probablemente por las prácticas de los comerciantes libaneses con los que ambas órdenes tuvieron contacto en sus inicios. Página |3

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Los caballeros teutónicos trasladaron su actividad a las regiones bálticas y allí mantuvieron contacto con las ciudades comerciales de la Liga Hanseática. Esta Liga desarrolló con profecía la «contabilidad de factor», es decir, la del comisionista que debe rendir cuentas a su comitente. En tanto que los mercaderes italianos presentaron mayor atención a una contabilidad de carácter patrimonial, más adaptada al contrato del comerciante sobre sus empleados. Las repúblicas comerciales italianas y los Países Bajos serían durante los últimos siglos de la Edad Media las regiones europeas en que la vida comercial iba a ser más intensa. Como consecuencia natural, la práctica contable iría desarrollando nuevos métodos en estos países, y sería sobre todas estas repúblicas italianas donde había de surgir la moderna contabilidad. De los primitivos memoriales, en los que los comerciantes anotaban sin ningún orden particular las diversas operaciones que precisan recordar posteriormente, se fue evolucionando poco a poco hacia un sistema contable de partida simple, a medida que gran número de anotaciones necesarias aconsejó a los comerciantes y prestamistas ir desglosando del memorial diversas cuentas, en las que anotaban grupos de operaciones poseedoras de alguna característica común, tales como ir referenciadas a una determinada mercadería o bien a una misma persona. El modo de llevar a cabo las anotaciones fue perfeccionándose cada vez más y originó el progresivo desarrollo de ciertas reglas prácticas, hasta que en un momento determinado con exactitud por los historiadores apareció en la zona de influencia económica italiana el método de la partida doble. La Partida Doble tuvo su origen probablemente en la región de la Toscana antes de finales del siglo XIII, el ejemplo más antiguo de su uso son las cuentas públicas de la ciudad de Génova del año 1340. En el siglo XV, parece ser que los banqueros y comerciantes toscanos disponían de una técnica contable tan desarrollada o más que la empleada por los venecianos, y diferente en algunos puntos importantes de la de estos. Sin embargo fue la contabilidad a la veneziana la que impuso, gracias a la imprenta, que permitió su difusión antes que ninguna otra. La contabilidad a la veneciana. Benedetto Cotrugli El primer autor del que tenemos noticia que estableció claramente el uso del método de la partida doble fue Benedetto Cotrugli (en eslavo, Kotruljevic) Raugeo, nacido en la actual Dubrovnik en Croacia, entonces una ciudad comercial adriática del área de influencia veneciana, llamada Ragusa. Cotrugli residió en Nápoles gran parte de su vida, y fue comerciante y consejero de Fernando I de Aragón. Su obra Della Mercature e del Mercante Perffeto fue escrita en 1458. De forma casi incidental, dedica uno de sus capítulos al modo de llevar las cuentas mencionando distintos libros: El Memorial, el Diario y el Mayor, al que denomina Quaderno. Enumera también algunas reglas generales para contabilizar las operaciones comerciales, pero en conjunto las referencias del Raugeo a la contabilidad del comerciante son incompletas. El libro de Cotrugli tardó casi ciento quince años en ser llevado a la imprenta, lo que, unido al carácter incompleto de su exposición, impide que pueda adjudicar a su autor en la historia de la contabilidad un papel comparable al de Luca Pacioli. El trabajo de este último fue impreso y conocido muchos años antes, aunque escrito con posterioridad al del Raugeo. Página |4

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez El Primer texto impreso. Fray Luca Pacioli

Fray Luca Pacioli, o Luca de Borgo Sancti Sepulchri, nació en el pueblecito toscano de Borgo San Sepolcro a mediados del siglo XV. Estudió en Venecia, donde fue preceptor de los hijos de un rico mercader de la ciudad, del que probablemente aprendió los procedimientos contables que luego expuso en su magna obra Summa de Aritmética, Geometría, Proportioni e Proportionalitá impresa en Venecia en 1494. Pacioli, que parece no ingresó en la orden de San Francisco hasta la edad madura, fue un gran matemático, un auténtico humanista del Renacimiento, amigo de Leonardo da Vinci y de otros grandes pensadores de la época, que impartió enseñanza en varias universidades italianas. Un hito fundamental se considera la publicación, en 1494 en Venecia, por parte de Luca Pacioli(1445-1517) de su obra Summa de Arithmetica, Geometría, Proportioni e Proportionalita. En ella, Pacioli dedicó treinta y seis capítulos a la descripción de los métodos contables empleados por los principales comerciantes venecianos. El autor destinó, además, parte de sus trabajos a la descripción de otros usos mercantiles, tales como contratos de sociedad, el cobro de intereses y el empleo de las letras de cambio. Se dice que en la antigüedad usaban o sabían leer la famosa lengua parda o "lengua del diablo" que era usada para investigar la contabilidad en la época clásica, donde la contabilidad y los contadores de esa época eran los que manejaban todos los intercambios en el mercado. Según Pacioli las anotaciones en el libro diario constan de dos partes claramente diferenciadas: una comenzando con la palabra Por (el Debe del asiento contable) y la otra con la palabra A (el Haber del asiento contable), antecedente del modelo de asiento contable tradicional. Dado que en aquella época no era costumbre la utilización del balance de situación, sólo describe los usos en la elaboración del balance de comprobación de sumas y saldos, que era utilizado al agotarse las páginas del libro mayor. Estas anotaciones eran efectuadas bajo las normas de la partida doble, la cual Pacioli aseguraba que él solo enseñaba, lo cual ya se ejecutaba mucho antes por los mercaderes. La partida doble asegura que por cada aumento del activo (en el debe) hay un aumento en las cuentas del pasivo y capital (dentro del haber). Asimismo, habiendo una disminución en las cuentas del activo (dentro del debe), hay igualmente una disminución en las cuentas del pasivo y capital (dentro del haber), así efectuándose las normas de la partida doble. Página |5

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez FUNCIONES DE LA CONTABILIDAD Históricas, se manifiesta por el registro cronológico de los hechos económicos que van apareciendo en la vida de la empresa Ejemplo: La anotación por orden de fechas de todos los cobros y pagos que se van realizando. Estadística, es el reflejo de los hechos económicos en cantidades que dan una visión real de la forma como queda afectada la situación de la empresa Ejemplo: Ver el crecimiento de la empresa en cinco años. Económica, estudia el proceso que se sigue para la obtención del producto Ejemplo: Costo – beneficio. Financiera, analiza la obtención de los recursos, para hacer frente a los compromisos de la empresa Ejemplo: Ver con qué dinero cuenta la empresa, conocer los plazos de cobros a clientes y compromisos de pago a acreedores. Fiscal, es saber cómo le afecta las disposiciones fiscales, conocer todos los impuestos existentes Ejemplo: IVA, IRACIS, IRPC, IRP etc. Legal, conocer los artículos del código de comercio, código del trabajo y otras leyes que puedan afectar a la empresa para que la contabilidad refleje de manera legal el contenido de la actividad Ejemplo: IPS, MJT, Poder Judicial, etc. Clasificación de la contabilidad Según el origen del capital La contabilidad puede ser:

- Privada o particular, si se ocupa del registro de transacciones y preparación de estados financieros de empresas particulares. - Oficial o gubernamental, si se ocupa del registro de información del Estado en sus instituciones y diferentes organismos.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Según la clase de actividad La contabilidad también puede clasificarse de acuerdo con la actividad económica desarrollada por la empresa:

- Agropecuarias: aquellas que se dedican a actividades de agricultura y ganadería. Pertenecen al sector primario de la economía; por ejemplo: granjas agrícolas, porcinas, haciendas agrícolas. - Mineras: empresas cuyo objetivo primordial es la explotación de los recursos del subsuelo. Ejemplo: empresas petroleras, auríferas, piedras preciosas y otros minerales. - Industriales: aquellas empresas dedicadas a la compra de materias primas para transformarlas en nuevos productos que más tarde serán vendidos al consumidor final. En este proceso de manufactura intervienen recursos humanos, maquinarias y equipos. Estas empresas pertenecen al sector secundario de la economía. - Comerciales: se dedican a la compra y venta de productos, sin transformar o cambiar las características iniciales del mismo. Por lo general, este grupo de empresas o negocios compra directamente a los productores o mayoristas con el fin de reducir sus costos de operación; por ejemplo: empresas distribuidoras, almacenes de cadena. Se registran las operaciones de empresas o negocios dedicados a la compra y venta de bienes o mercancías, sin ningún proceso adicional de transformación de éstas. - Servicios: su actividad económica es vender servicios o capacidad profesional, es decir productos intangibles; por ejemplo centros de educación, agencias de viajes, equipos profesionales de fútbol, bancos, centros hospitalarios. Se registran las operaciones de empresas dedicadas a la venta y prestación de servicios, o a la venta de capacidad profesional. Cualidades de la información contable Para cumplir sus objetivos, la contabilidad debe reunir las siguientes características básicas: - Comprensibilidad: la información contable debe ser clara y fácil de entender por sus usuarios internos y externos. Página |7

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez - Utilidad: la información debe ser relevante ante la necesidad de tomar decisiones; confiable, libre de errores y de sesgos para que los usuarios puedan ver en ella la imagen fiel de los hechos o transacciones realizadas. - Comparabilidad: la información debe prepararse y presentarse sobre bases uniformes que permitan comparar los resultados a lo largo del tiempo.

Según su constitución legal De acuerdo con la constitución legal de un ente económico o empresa, ésta puede clasificarse en: empresa unipersonal y empresa multipersonal. - Empresa Unipersonal. Una persona natural o jurídica que reúna las calidades requeridas para ejercer el comercio, podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. La empresa unipersonal, una vez inscrita en el registro mercantil, constituye una persona jurídica. La responsabilidad del propietario está limitada al valor de los bienes aportados, el respaldo de la empresa es el aporte del propietario; la razón social debe estar seguida de la expresión “empresa unipersonal”. Las sociedades por cuotas son de tres tipos: colectivas, de responsabilidad limitada y en comandita simple. Los principales aspectos legales y contables que rigen cada una de estas sociedades son: - Sociedad Colectiva: es la sociedad formada por dos o más personas llamadas socios colectivos, que administran la empresa ante otras personas (terceros), en forma personal, ilimitada y solidariamente, La razón social se forma de los apellidos de todos los socios, o de algunos de ellos, con la agregación de las expresiones y compañía, hermanos e hijos u otra análoga; cuando no incluye los apellidos de todos los socios. Existe diferencia jurídica y contable entre la sociedad y los propietarios. - De Responsabilidad Limitada: esta sociedad debe tener por lo menos dos socios capitalistas, y el número de socios no debe exceder de veinticinco. En las empresas de responsabilidad limitada los socios responden hasta por el monto de sus aportes. En los estatutos se puede responden hasta por el monto de sus aportes; no obstante, en los estatutos, pueden estipular, para todos o para algunos de ellos, una mayor responsabilidad, expresándose su naturaleza, duración, cuantía y modalidades. El capital social debe estar pagado en su totalidad al constituirse la sociedad y debe dividirse en cuotas de igual valor cada una. La sociedad girará bajo una denominación o razón social y debe estar seguida de la palabra “limitada” o de su abreviatura “Ltda.”, y en caso de no aparecer, la responsabilidad de los socios se asimilará a los de la colectiva. De sus utilidades anuales, la sociedad está obligada a constituir una reserva legal del 10%, hasta completar el 50% de su capital. La administración, al igual que en las colectivas, puede ser ejercida por todos y cada uno de los socios, pero la junta de socios podrá delegar la representación y la administración en un gerente. - En Comandita Simple: para su constitución se requieren dos tipos de socios: colectivos y comanditarios. Los colectivos, llamados también gestores, comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones de la sociedad. Los comanditarios o capitalistas limitan su responsabilidad de acuerdo con sus respectivos aportes. La constitución es idéntica a las sociedades antes mencionadas. La razón Página |8

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez social se forma con el nombre completo o el apellido de uno o más socios gestores, y se agrega la expresión “y compañía” o la abreviatura “& Cía.”, seguida de las letras “S en C”. La administración de la sociedad corresponde a los socios gestores, directamente o por delegación, pudiendo estos últimos delegarla en los comanditarios mediante un poder. Las utilidades se distribuyen se distribuyen entre los socios gestores y comanditarios tal como se estipule en la escritura de constitución. Las sociedades por acciones se subdividen e dos tipos: comanditas por acciones y sociedad anónima. - En comanditas por acciones: al igual que la sociedad en comandita simple, ésta requiere dos tipos de socios: colectivos y comanditarios; estos últimos con un mínimo de cinco accionistas. Los primeros comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales, y los segundos limitan la responsabilidad a sus aportes. La razón social se forma con el nombre completo o el apellido de uno o más socios colectivos, agregando la expresión “y compañía” o la abreviatura “& Cía.”, seguida de las palabras “Sociedad Comanditaria por Acciones” o la abreviatura “SCA”, el capital social debe estar representado en títulos de igual valor. Al constituirse la sociedad se debe suscribir por lo menos el 50% de las acciones en que se divide el capital autorizado, y pagar por lo menos la tercera parte del valor de cada acción suscrita. La sociedad debe apropiar un 10% de las utilidades líquidas de cada ejercicio contable como reserva legal, hasta completar el 50% del capital suscrito. - Sociedad Anónima: este tipo de sociedad, también conocida con el nombre de Corporación, requiere para su constitución un mínimo de cinco socios o accionistas. El capital de la sociedad se divide en cuotas de igual valor que se representan en títulos negociables. La responsabilidad de los socios se limita únicamente a sus respectivos aportes de capital La sociedad anónima tendrá una denominación que haga referencia a las actividades de la empresa, seguida de las palabras “sociedad anónima” o de las letras “S.A.”. Si en la razón social no se anuncian las palabras anteriores, los administradores responden solidariamente por las operaciones de la sociedad. Al constituirse la sociedad se debe suscribir por lo menos el 50% de las acciones en que se divide el capital autorizado y se debe pagar al menos la tercera parte del valor de cada acción, la cual se considera indivisible. Las acciones pueden ser al portador o nominativas, y deben permanecer como nominativas hasta tanto se haya pagado su totalidad. El plazo máximo para el pago del saldo pendiente es de un año. Principios de contabilidad Son el conjunto de normas y postulados, conceptos y limitaciones que deben tenerse en cuenta para efectuar los registros contables de todas las actividades desarrolladas por las empresas o personas para que la contabilidad cumpla sus fines u objetivos. Los principios contables más importantes son: Entidad o ente económico Este principio establece que la actividad económica es realizada entidades independientes, las cuales tienen personalidad jurídica propia y distinta de la de sus dueños. Cada empresa es un sujeto individual, con independencia absoluta de las personas dueñas de la misma. Página |9

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Equidad La contabilidad y la información contable deben basarse en la equidad; es decir, el registro de los hechos económicos y la información sobre los mismos han de fundarse en la igualdad y la justicia para todos los sectores, sin favorecer a ninguno en particular. Continuidad o negocio en marcha Este principio supone que todo negocio opera sin interrupción desde su inicio, salvo especificación en contrario, pensando que los dueños invierten su capital con el convencimiento de que la empresa tendrá una vida lo suficientemente larga, que les permita recuperar su inversión y generar utilidades. Período contable Ante la necesidad de toma de decisiones, deben hacerse cortes convencionales que permitan enfrentar los ingresos de un período con sus costos y gastos correspondientes y el tiempo transcurrido entre la emisión de una información y la otra. Por ejemplo, las empresas pueden tener cortes de información mensual, bimestral, trimestral, semestral o anual. Unidad de medida Los recursos de la empresa y los hechos económicos deben manejarse con la misma unidad de medida monetaria funcional. Se entiende como funcional el signo monetario del medio económico en el cual la empresa recibe efectivo y lo usa. Valuación o medición Los hechos económicos que el proceso contable cuantifica se registran al costo; es decir, la adquisición de activos está conformada por su precio más todos los costos y gastos ocurridos en su adquisición Clasificación de las empresas De acuerdo con el artículo 25 del Código de Comercio “por empresa se entiende toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o destinada a la prestación de servicios”.

La ecuación contable La contabilidad basa sus registros en una ecuación matemática que representa la situación financiera de la empresa. En el lado izquierdo de la ecuación figuran los recursos o propiedades que posee la empresa y en el lado derecho, figuran las participaciones constituidas por los acreedores, proveedores, gobierno, trabajadores y propietarios del negocio. Debe existir, en consecuencia, un permanente equilibrio entre las propiedades y los derechos de propietarios y de terceros. La ecuación contable se puede expresar de la siguiente manera: Esta expresión matemática conocida como ecuación contable, señala que todos los bienes de propiedad de la empresa provienen de dos fuentes: Las personas naturales o jurídicas que otorgan crédito al negocio, y los propietarios que aportan capital. Los recursos o propiedades que tiene la empresa para cumplir con sus operaciones o desarrollar su actividad económica se denominan Activos. Sus obligaciones con terceras personas (acreedores, proveedores, gobierno, empleados y trabajadores) se definen como Pasivos, y el derecho de los propietarios en los activos se define como Patrimonio.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Las definiciones anteriores se pueden expresar mediante la siguiente ecuación: O mediante el siguiente esquema: PROPIEDADES = PARTICIPACIONES Bienes poseídos Acreedores y propietarios ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO Estados financieros Los estados financieros son el conjunto de informes preparados en forma resumida bajo la responsabilidad de los administradores de los negocios o empresas, con el fin de darle a conocer a los usuarios la situación financiera y los resultados operacionales de la empresa en un período determinado. El decreto 2649 de 1993, en su artículo 20, teniendo en cuenta las características de los usuarios a quienes van dirigidos, clasifica los estados financieros de la siguiente manera: estados financieros de propósito general y de propósito especial. Estados financieros de propósito general Son aquellos que se preparan al cierre de un período determinado, para darle a conocer a usuarios indeterminados la situación financiera y la capacidad de generación de fondos favorables por el ente económico. Estos estados caracterizados por su claridad, neutralidad, concisión y fácil consulta, son de dos tipos: estados financieros básicos y estados financieros consolidados. Estados financieros básicos Se denominan estados financieros básicos a aquellos que obligatoriamente debe preparar y presentar una empresa para el período contable anual. Son estados financieros básicos los siguientes: Balance general Estado de Resultados Estado de Flujo de Efectivo Estado de Variación del patrimonio Cuadro de Revalúo y Depreciación de Bienes. Estados financieros consolidados Los estados financieros consolidados son aquellos que presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y los flujos de efectivo de un ente económico matriz y sus subordinados, como si fuesen una sola empresa.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez RECURSOS Y TRANSACCIONES CONTABLES DE UNA EMPRESA: Toda empresa requiere una serie de recursos para su existencia y consecución de sus fines, estos recursos pueden ser: Humanos y Materiales los recursos humanos, la empresa los obtiene a través del proceso de reclutamiento y selección de personal y los recursos materiales, se obtienen mediante la aportación del dueño y además recurriendo a préstamos y créditos que le conceden otras personas ó entidades comerciales. Podemos concluir entonces, que los recursos materiales de la empresa los obtiene a través de dos fuentes: 1) fuentes propias - Propietarios: aportaciones, utilidades 2) Fuentes ajenas - Acreedores: Préstamos, créditos. Transacciones Contables (operaciones contables) todas las empresas de cualquier tipo que sea, realizan una serie de transacciones u operaciones que requieren registrarse contablemente. Una transacción contable puede definirse como un acontecimiento comercial que produce efectos financieros sobre los recursos y fuentes de donde proceden esos recursos y que por lo tanto deben registrarse en los libros contables. Ejemplo compra de un escritorio, pago de servicios públicos, etc. 1. LAS CUENTAS: Es el elemento básico y central de la contabilidad y en los servicios de pagos. Las cuentas suponen la clasificación de todas las transacciones comerciales que tiene una empresa o negocio. Se refiere al nombre debidamente codificado o numerado que se da a los valores que posee la empresa. La cuenta facilita el registro de las operaciones contables en los libros de contabilidad, representa bienes, derechos y obligaciones de los que dispone una empresa en una fecha determinada. La cuenta contable es la representación gráfica de los movimientos económicos que sufre un bien, un derecho, una obligación, un gasto o un ingreso. 2. CLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS: Según la función contable las cuentas se clasifican en: CUENTAS PRINCIPALES, REALES O DE BALANCE: Muestran la situación financiera de la empresa, son cuentas de duración permanente, no se cancelan a la terminación del ciclo contable. Las cuentas reales son: Activo, Pasivo y Patrimonio, que se integran en la ecuación del Balance General. CUENTAS DE RESULTADOS, NOMINALES O TRANSITORIAS: Son una subestructura de la cuenta del patrimonio, las cuales muestran los resultados financieros de ganancias o pérdidas obtenidos de las operaciones de la empresa. Los ingresos por ejemplo aumentan el patrimonio de los socios, en cambio los gastos y los costos disminuyen el patrimonio. La representación de las cuentas nominales es el análisis de la función de: (Utilidad o Pérdida)= Ingresos – (Gastos + Costos); siendo la utilidad o pérdida un aumento o disminución del patrimonio. las cuentas nominales se denominan así, por corresponder al período en el cual se incurrieron, se llaman también temporales porque estas cuentas son saldadas y dejadas en cero a la terminación del ciclo contable. Con estas cuentas se elabora el Estado de Resultados.

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CUENTAS REALES, PRINCIPALES O DE BALANCE ACTIVO: Agrupa el conjunto de las cuentas que representan los bienes y derechos tangibles e intangibles de propiedad del ente económico, que en la medida de su utilización son fuente potencial de beneficios presentes o futuros. Un ente tiene un activo cuando debido a un hecho ya ocurrido, controla los beneficios económicos que produce un bien (material o inmaterial, con valor de uso o de cambio para el ente). Es la representación financiera de un recurso obtenido por el ente económico como resultado de eventos pasados, de cuya utilización se espera que fluyan a la empresa beneficios económicos futuros. Un bien tiene valor de cambio cuando existe la posibilidad de: • Canjearlo por efectivo o por otro activo. • Utilizarlo para cancelar una obligación. • Distribuirlo entre los propietarios del ente. Un bien tiene valor de uso cuando el ente puede emplearlo en alguna actividad productora de ingresos. PASIVOS: Agrupa el conjunto de las cuentas que representan las obligaciones contraídas por el ente económico en el desarrollo de su actividad, pagaderas en dinero, bienes o en servicios. Es la representación financiera de una obligación presente del ente económico, derivada de eventos pasados, en virtud de la cual se reconoce que en el futuro se deberá transferir recursos o proveer servicios a otros entes. PATRIMONIO: Agrupa el conjunto de las cuentas que representan el valor residual de comparar el activo total menos el pasivo externo, producto de los recursos netos del ente económico que han sido suministrados por el propietario de los mismos, ya sea directamente o como consecuencia del giro ordinario de sus negocios. Es el valor residual de los activos del ente económico, después de deducir todos sus pasivos. El patrimonio está constituido por los aportes de los socios, las utilidades del ejercicio y de ejercicios anteriores, reservas, superávit por valorizaciones, revalorización del patrimonio y la prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social entre otros. P á g i n a | 13

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez CUENTAS DE RESULTADOS O TRANSITORIAS: INGRESOS: Agrupa las cuentas que representan los beneficios operativos y financieros que percibe el ente económico en el desarrollo de sus actividades en un ejercicio determinado. GASTOS: Agrupa las cuentas que representan los cargos operativos y financieros en que incurre el ente económico en el desarrollo de sus actividades en un ejercicio determinado. COSTOS: Agrupa las cuentas que representan la acumulación de los costos directos e indirectos necesarios en la elaboración y/o prestación de los servicios vendidos, de acuerdo con la actividad desarrollada por el ente económico, en un período determinado. CUENTAS DEL ACTIVO: Comprende los siguientes grupos ACTIVO CORRIENTE: Este grupo lo integran los elementos o partidas que representan efectivo y los convertibles en efectivo, en un plazo no mayor a un año, o en el ciclo financiero a corto plazo. También se define como los elementos o partidas en efectivo disponibles o los que están en movimiento o rotación constante, que tienen como principal característica la fácil conversión o transformación en flujos de efectivo. Ciclo financiero a corto plazo. En las entidades comerciales es el periodo después del cual se repite en el orden la adquisición de mercancías, la de su venta y finalmente la de su recuperación en efectivo. El orden de representación de las principales cuentas del activo circulante de una entidad comercial, en atención a su mayor y menor grado de disponibilidad, es el siguiente:

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez DEUDORES: Son aquellas personas que adquieren bienes o servicios distintos a los que normalmente proporciona la empresa, por lo que no tienen la condición estricta de clientes. Entre estos tenemos los siguientes:

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO: Simboliza todos los activos tangibles adquiridos, construidos o en proceso de construcción, con la intención de emplearlos en forma permanente, para la producción o suministro de otros bienes y servicios, para arrendarlos o para utilizarlos en la administración, que no están destinados para la venta y cuya vida útil sobrepasa el año de utilización.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez ACTIVOS DIFERIDOS: Son todos los recursos que son pagados para obtener un beneficio futuro, entre los cuales se encuentran los Gastos Pagados Por Anticipados, como intereses, seguros, arrendamientos, suscripciones etc. Los Cargos Diferidos: Que presentan bienes o servicios recibidos de los cuales se espera obtener beneficios económicos en otros periodos, como organización y preoperativos, remodelaciones, estudios, investigaciones y proyectos, programas para computador (software), útiles y papelería, mejoras a propiedades ajenas, dotación y suministros a trabajadores, etc.

TERMINOS CONTABLES CICLO CONTABLE: Es el proceso para garantizar que todos los hechos económicos se reconocen y se transmiten correctamente a los usuarios de la información dentro de un período contable. PERIODO CONTABLE: El ente económico debe preparar y difundir periódicamente estados financieros, durante su existencia. Por lo menos una vez al año, con corte al 31 de diciembre. TANGIBLES: Que se puede percibir de forma precisa, real.

CUENTAS DEL PASIVO:

Agrupa el conjunto de las cuentas que representan las obligaciones contraídas por el ente económico en el desarrollo de su actividad, pagaderas en dinero, bienes o en servicios. Es la representación financiera de una obligación presente del ente económico, derivada de eventos pasados, en virtud de la cual se reconoce que en el futuro se deberá transferir recursos o proveer servicios a otros entes. CLASIFICACION CUENTAS DEL PASIVO: Comprende los siguientes grupos

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CUENTAS DEL PATRIMONIO: Agrupa el conjunto de las cuentas que representan el valor residual de comparar el activo total menos el pasivo externo, producto de los recursos netos del ente económico que han sido suministrados por el propietario de los mismos, ya sea directamente o como consecuencia del giro ordinario de sus negocios. CLASIFICACION CUENTAS DEL PATRIMONIO: Comprende los siguientes grupos

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Hechos contables: Se pueden definir como aquellos acontecimientos que afectan o pueden afectar al patrimonio de la empresa. Según las modificaciones que se produzcan en el activo, en el pasivo y neto o en los resultados, podemos clasificar los hechos contables en:

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Permutativos: Son los hechos que se pueden alterar (activo, pasivo o neto) pero sin afectar a los resultados. Por ejemplo la compra de un coche al contado, o el ingreso de efectivo en el banco. Se cambia un elemento de activo que sube por otro que baja. Modificativos: Son hechos que alteran los resultados, bien aumentando o bien disminuyendo el activo o el pasivo. Por ejemplo, el pago de una reparación al contado, o el abono de intereses de una cuenta corriente. Mixtos: Son hechos que son a la vez permutativos y modificativos. Por ejemplo la venta al contado de un coche usado por más o menos de su costo.

REGLAS DEL CARGO Y EL ABONO: Para registrar correctamente en las cuentas las variaciones de los valores que representan es necesario considerar tanto la causa como el efecto que produce cada operación, por sencilla que ésta sea afectará cuando menos a dos cuentas. Con el propósito de analizar lo anterior, veamos los siguientes ejemplos: 1. Si compramos mercancías y las pagamos en efectivo, debemos considerar, al mismo tiempo y por la misma cantidad, tanto el aumento del Activo en mercancías, como la disminución del Activo en caja. 2. Si pagamos en efectivo una letra de cambio a nuestro cargo, debemos considerar, al mismo tiempo y por la misma cantidad, tanto la disminución del Pasivo en documentos por pagar, como la disminución del Activo en caja. 3. Si pagamos en efectivo algún gasto, debemos considerar, al mismo tiempo y por la misma cantidad, tanto la disminución que por el gasto sufre el Capital, como la disminución del Activo en clientes. Como puede verse en los ejemplos anteriores, cualquiera que sea la operación que se haya efectuado, siempre habrá una causa y un efecto que, por la misma cantidad, variará nuestros valores del Balance. Las variaciones, o sea, los aumentos y disminuciones que sufran los valores del Activo, Pasivo y del Capital, por las operaciones que se efectúan en el negocio, se deben registrar en las cuentas correspondientes por medio de cargos y abonos. Ahora bien, como las cuentas representan valores de distinta naturaleza, se presenta el problema de saber qué cargos y qué abonos van a significar los aumentos o las disminuciones en las diferentes cuentas del Activo, Pasivo y del Capital. Reglas o principios: Con base en la causa y el efecto, se instituyeron las siguientes reglas. Toda cuenta del Activo debe empezar con un cargo, es decir, con una anotación en el debe. Toda cuenta del Pasivo debe comenzar con un abono, o sea, con una anotación 2. en el haber. 1.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez 3.

La cuenta del Capital debe empezar con un abono, es decir, con una anotación en el haber

Principios que deben observarse. a)

Los aumentos del Activo se cargan.

b) Las disminuciones del Activo se abonan. c)

Los aumentos del Pasivo se abonan.

d) Las disminuciones del Pasivo se cargan. e)

Los aumentos del Capital se abonan.

f)

Las disminuciones del Capital se cargan.

El Saldo de la cuenta de Capital contable por lo regular es acreedor, porque casi siempre los aumentos del Capital contable son mayores que las disminuciones del mismo, solamente en el caso contrario tendrá saldo deudor. Reglas del cargo y del abono: Tomando en consideración los casos en los cuales se cargan y se abonan las diferentes cuentas del Activo, del Pasivo y del Capital, se instituyeron las siguientes reglas: Se debe cargar:

Se debe abonar:

{

• Cuando aumenta el Activo • Cuando disminuye el Pasivo • Cuando disminuye el Capital

{

• Cuando disminuye el Activo • Cuando aumenta el Pasivo • Cuando aumenta el Capital

CUENTA “Es una agrupación sistemática de los cargos y abonos relacionados a una persona o situación de la misma naturaleza, que se registran bajo un encabezamiento o título que los identifica.” Ejemplo: Ingresos y salidas de dinero en efectivo, se registrará en la cuenta llamada “Caja”. Los dineros que están depositados en el Banco, se registrarán en Cuenta Banco.” P á g i n a | 22

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez La teoría de la partida doble como elemento fundamental para el registro de las transacciones empresariales CONCEPTO: La partida doble es el sistema que consiste en registrar dos veces la misma cantidad como consecuencia de una operación para siempre mantener la igualdad básica. La partida doble es el sistema del doble asiento, es decir que por cada partida deudora se da otra que es inversa, es decir que es acreedora. PRINCIPIO FUNDAMENTAL DE LA PARTIDA DOBLE: El principio fundamental de la partida doble dice:

""N NO OH HA AY YD DE EU UD DO OR RS SIIN NA AC CR RE EE ED DO OR RN NII A AC CR RE EE ED DO OR RS SIIN ND DE EU UD DO OR R"" y de este principio se derivan los siguientes:

Para las personas: "TODA PERSONA QUE RECIBE ES DEUDORA, TODA PERSONA QUE ENTREGA ES ACREEDORA". Para las cosas: "TODO VALOR QUE INGRESA ES DEUDOR, TODA VALOR QUE SALE ES ACREEDOR". Para los resultados: "TODA PERDIDA ES DEUDORA, TODA GANANCIA ES ACREEDORA".

Para la igualdad básica: "TODA SALIDA ES EQUIVALENTE A UNA ENTRADA Y TODA ENTRADA ES EQUIVALENTE A UNA SALIDA". "TODO VALOR QUE INGRESA, DEBE AL VALOR QUE SALE".

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez COMERCIO Concepto. Art. 3 Ley Del Comerciante Comerciante es: la persona que comercia. La persona propietaria de un comercio ó la persona a quien son aplicables las especiales leyes mercantiles (Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española). Son comerciantes: Las personas que realizan profesionalmente actos de comercio; Las sociedades que tengan por objeto principal la realización de actos de comercio. Las personas que realicen accidentalmente actos de comercio no son considerados comerciantes. Quedan, sin embargo, sujetos en cuanto a las disposiciones de dichos actos, a la legislación comercial (art. 5 Ley Del Comerciante). Quiénes pueden ejercer el comercio. Art. 6 – 7 Ley Del Comerciante Toda persona que tenga libre administración de sus bienes puede ejercer el comercio (art. 6 Ley Del Comerciante). Todo menor que haya cumplido diez y ocho años, podrá ejercer el comercio si se halla autorizado legalmente o emancipado. En caso de oposición del representante legal deberá resolver el Juez de Menores. La autorización otorgada no podrá ser retirada al menor sino por dicho Juez, a instancia del padre, de la madre o del tutor según el caso (art. 7 Ley Del Comerciante). Los que tienen la calidad de comerciantes según la ley, están sujetos a la legislación comercial en los actos que realicen como tales (art. 4 Ley Del Comerciante). En el caso de las mujeres que desarrollan actividades como comerciantes, su matrimonio no altera sus derechos y obligaciones relativos al comercio (art. 8 Ley Del Comerciante). Quienes no pueden ejercer el comercio. Art. 9 Ley Del Comerciante No pueden ejercer por incompatibilidad de estado: a) Las corporaciones eclesiásticas. b) Los representantes del Ministerio Fiscal y de la Defensa Pública. c) Los funcionarios públicos, conforme a la ley Nº 200/70. d) Las demás personas inhabilitadas por las leyes especiales. En este punto debemos tener presente que, el art. 10 de la Ley Del Comerciante hace la salvedad de que, el art. 9 de la Ley Del Comerciante, no incluye el realizar contratos de préstamos a interés, siempre y cuando no lo convierta en profesión habitual de comercio. Igualmente, menciona que esas personas a las que la Ley no permite ejercer el comercio, sí pueden formar sociedades mercantiles, aunque sin dirigir o administrar las mismas (art. 10 Ley Del Comerciante).

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Obligaciones del Comerciante. Art. 11 Ley Del Comerciante Son obligaciones del comerciante: a. Someterse a formalidades de la ley mercantil, en actos que realice. b. Inscribir en el Registro Público de Comercio su matrícula y documentos exigidos. c. Seguir un orden cronológico y regular de contabilidad, llevando los libros necesarios a ese fin. d. Conservar los libros de contabilidad, la correspondencia y los documentos que tengan relación con el giro de su comercio, por el plazo establecido en el art. 85. Matrícula del comerciante. Art. 12 Ley Del Comerciante La matricula de comerciante es expedida por el Juez de Comercio, debiendo informar sobre: a. Personas físicas: nombre, domicilio, estado civil y nacionalidad. b. Personas jurídicas: nombre de los socios y firma social adoptada. c. La determinación del género de su actividad. d. El lugar o domicilio del establecimiento y oficina. e. El nombre del gerente o factor encargado del establecimiento. f. Los documentos que justifiquen su capacidad. Desde la inscripción de la matricula de comerciante, queda sometido a los efectos legales como tal. Los tutores y curadores acreditados, están igualmente sometidos a las obligaciones y responsabilidades del comerciante. De la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Toda persona física capaz de comerciar podrá establecer empresas individuales de responsabilidad limitada, asignándoles un capital determinado. Los bienes que formen el capital constituirán un patrimonio separado o independiente de los demás bienes pertenecientes a la persona física, y éstos a su vez deberán responder por las obligaciones de las empresas respectivas. Se llama “De Responsabilidad Limitada” porque el capital con el que se constituyo la empresa limita la responsabilidad de ésta. En caso de dolo, fraude o incumplimiento de las disposiciones ordenadas en esta ley, el responsable de la empresa responderá ilimitadamente con los demás bienes de su patrimonio (art. 15 Ley Del Comerciante). Constitución de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Art. 16 Ley Del Comerciante. a) Nombre y apellido, estado civil, nacionalidad, profesión y domicilio del constituyente. b) La denominación de la empresa, que deberá incluir siempre el nombre y apellido del instituyente seguido de la locución: "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada", el monto del capital, y ubicación de la empresa. c) La designación específica del objeto de la empresa d) El monto del capital afectado, con indicación de si es en dinero o bienes de otra especie. e) El valor que se atribuye a cada uno de los bienes. P á g i n a | 25

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez f)

La designación del administrador, que puede ser el instituyente u otra persona que le represente

La empresa individual de responsabilidad limitada será considerada comercial para todos los efectos jurídicos (art. 17 Ley Del Comerciante). Ésta no podrá iniciar sus actividades antes de su inscripción en el Registro Público de Comercio (art. 18 Ley Del Comerciante), por ello el Juez ordenará la publicación previa de un resumen del acto constitutivo de la empresa en un diario de gran circulación, por cinco veces en el lapso de quince días (art. 19 Ley Del Comerciante). En dicha publicación, además de libros y documentos, deberá mencionar el nombre y apellido del instituyente, la locución completa: "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada", y el monto de su capital. El incumplimiento hará al incurrir al empresario en responsabilidad ilimitada (art. 20 Ley Del Comerciante). Capital, Quiebra y Reserva Legal de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Art. 21 – 24 y 91 Ley Del Comerciante. El capital de una empresa individual de responsabilidad limitada será como mínimo el equivalente a dos mil jornales mínimos legales establecidos para actividades diversas no especificadas de la Capital, éste deberá ser íntegramente aportado en el acto de constitución. El Juez ordenará la inscripción de los inmuebles en el Registro de Inmuebles de la Dirección General de Registros Públicos, y el depósito del dinero efectivo en una cuenta bancaria a nombre de la empresa. La quiebra de la empresa no equivale la del instituyente, pero si éste o el administrador designado no cumplen las obligaciones impuestas por ley o por el acto de creación, y esto ocasionaré perjuicio contra terceros, o la empresa quiebra culposa o dolosamente, la responsabilidad ya no es limitada. El instituyente responderá ilimitadamente por el exceso del valor asignado a los bienes que no sean dinero, así como la parte del capital en efectivo no integrado. Las empresas de responsabilidad limitada y las sociedades que cuentan con acciones, deben efectuar una reserva legal mínima de 5% de las utilidades netas del ejercicio, hasta alcanzar el 20% del capital suscripto. Causas del Cierre de una Empresa de Responsabilidad Limitada. Art. 25 Ley Del Comerciante a. Las previstas al constituirse. b. La decisión del instituyente, observando las mismas formalidades prescriptas para su creación. c. La muerte del empresario. d. La quiebra de la empresa. e. La pérdida de por lo menos el 50% del capital declarado o capital inferior al mínimo legal determinado en artículo 21. En todos los casos el instituyente o sus herederos procederán a la liquidación de la empresa por la vía que corresponda.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez DE LOS ACTOS DE COMERCIO Concepto. Art. 71 – 73 Ley Del Comerciante a.

Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o inmueble, de derecho sobre ella, o de derechos intelectuales, para lucrar con su enajenación, sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor. b. La transmisión a que se refiere el inciso anterior. c. Las operaciones de banco, cambio, seguro, empresas financieras, warrants, corretaje o remate. d. Las negociaciones sobre letras de cambio, cheques o cualquier otro documento de crédito endosable o al portador. e. La emisión, oferta, suscripción pública, y en general, las operaciones realizadas en el mercado de capitales, respecto de títulos-valores y documentos que le sean equiparados. f. La actividad para la distribución de bienes y servicios. g. Las comisiones, mandatos comerciales y depósitos. h. El transporte de personas o cosas realizado habitualmente. i. La adquisición o enajenación de un establecimiento mercantil. j. La construcción, compraventa o fletamento de buques y aeronaves y todo lo relativo al comercio marítimo, fluvial, lacustre o aéreo. k. Las operaciones de los representantes, factores y dependientes. l. Las cartas de crédito, fianzas, prendas y demás accesorios de las operaciones comerciales. m. Los demás actos especialmente legislados. Todos los actos que realizan los comerciantes se consideran actos de comercio, excepto se demuestre que no lo son. Si el acto de comercio los es para una de las partes, se considera para ambas partes. DE LOS LIBROS Y LA DOCUMENTACIÓN COMERCIAL Disposiciones Generales. Art. 74 Ley Del Comerciante El comerciante que posea un capital mayor a mil jornales mínimos, que corresponde a lo establecido para actividades diversas no especificadas de la capital, queda obligado a registrar una contabilidad ordenada y regular adecuada a sus actividades; y que permita conocer su situación patrimonial y resultados de su actividad. Igualmente debe conservar correspondencia mercantil y documentación contable. De los Libros y otros sistemas de contabilidad. Art. 75, 76, 78 - 81 Ley Del Comerciante El número de libros y el sistema de contabilidad quedan al criterio del comerciante, sin olvidar los libros que sean obligatorios de acuerdo a su actividad. Para utilizar sistemas modernos de contabilidad se requiere autorización judicial, fundada por resolución y con dictamen de la autoridad de contralor competente, que será inscripta en el Registro Público de Comercio. Los libros de comercio y cualquier otro sistema de contabilidad, deben ser presentados al Registro Público de Comercio con todas sus hojas numerados, a fin de rubricarlas y sellarlas haciendo constar en su primera página, fechada, el número de folios que P á g i n a | 27

Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez contengan. Para el cierre de libros, el Registro Público de Comercio indicando la última página de la fecha y del número de folios utilizado. Los libros de contabilidad deben contener información en el idioma oficial, los asientos de las operaciones cronológicamente sin interlineaciones, transportes al margen ni espacios en blanco. No pueden hacerse enmiendas, raspaduras ni cualquier otra alteración, si fuese necesaria alguna rectificación, ésta debe practicarse mediante el correspondiente contra asiento. Está prohibido mutilar cualquier libro, arrancar o inutilizar hojas, así como alterar la encuadernación y foliación. Los asientos deben ser globales y asentarlos mensualmente, además deben permitir conocer cada una de las operaciones realizadas así como las cuentas deudoras y acreedoras, para hacer más fácil su verificación. En el libro Diario se asientan las operaciones diarias en el orden en que se realizaron, de modo que de cada partida resulte la persona del acreedor y la del deudor en la negociación rechazada. Si existe un libro de Caja, éste es parte del diario, es innecesario asentar en el Diario los pagos efectuados o recepcionados en efectivo. Los libros y registros de contabilidad, al igual que sus comprobantes, deberán ser conservados por cinco años, contados a partir de la fecha de la última anotación efectuada en ellos, de modo que sea posible su verificación. De la obligación de un Contador. Art. 77 Ley Del Comerciante La ley estipula que esta categoría de comerciantes debe tener un contador matriculado, con quien el propietario compartirá la responsabilidad de que los asientos se registren con fidelidad a los documentos y constancias en que se basan. Si el propietario es contador matriculado podrá llevar él mismo la contabilidad de su empresa. El contador no es responsable de la autenticidad de las operaciones, en los que no participo. Del Libro Inventario. Art. 82 Ley Del Comerciante En éste libro se registra: a. b.

La situación patrimonial al iniciar las operaciones, con indicación y valoración del Activo y Pasivo. La situación patrimonial y los resultados que correspondan a la finalización de cada ejercicio, con el cuadro demostrativo de ganancias y pérdidas.

Si el inventario no figura en otro registro, se debe asentar en el Libro Inventario, también puede contener los estados contables complementarios.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Libros

Disposición que lo establece

Diario

Ley Nº 1.034/83

Inventario

Ley Nº 1.034/83

Mayor

Resolución Nº 412/04 artículo 5º

En caso de contabilidades analíticas que impliquen llevar: - caja, - compras, - ventas y - otros De las que solo se trasladen totalizadores al libro Diario.

Resolución Nº 412/04 artículo 5º

Libro de asistencia a las asambleas,

Código Civil Artículo 1.084, Ley Nº 1.034/83 del Comerciante Artículo 87 inc. c)

Libro de registro de acciones

Ley Nº 1.034/83 del Comerciante Artículo 87 inc. a)

Libro de registro de obligaciones, Acta de Asambleas

Acta de Directorio

Código Civil Artículo 1.135 y Ley Nº 1.034/83 del Comerciante Artículo 87 inc. b) Código Civil Art. 1096 Ley Nº 1.034/83 del Comerciante Artículo 87 inc. d)

Rubricado o No Debe ser rubricado por Registro Público de Comercio (Art. 78 Ley del Comercio) Debe ser rubricado por Registro Público de Comercio (Art. 78 Ley del Comercio) Debe ser rubricado por Registro Público de Comercio (Res. 412 art. 5º) Deben ser rubricado por Registro Público de Comercio, (Res. 412 art. 5º) (SOLO EN EL CASO DE QUE EN LOS LIBROS OBLIGATORIOS SE TRANSLADEN SALDOS DE LOS MOVIMIENTOS PORMENORIZADOS QUE CONSTEN EN ESTOS LIBROS) Debe ser rubricado por Registro Público de Comercio, (Art. 78 Ley del Comercio) Debe ser rubricado por Registro Público de Comercio, (Art. 78 Ley del Comercio) Debe ser rubricado por Registro Público de Comercio, (Art. 78 Ley del Comercio) Debe ser rubricado por Registro Público de Comercio, (Art. 78 Ley del Comercio)

Debe ser rubricado por Ley Nº 1.034/83 del Registro Público de Comerciante Artículo 87 Comercio, (Art. 78 Ley del inc. d) Comercio)

LIBROS DE VENTAS Y DE COMPRA Los contribuyentes que deban llevar registros contables, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1º y 2º de esta reglamentación y todos aquellos que realizan operaciones gravadas por el Impuesto al Valor Agregado, deberán llevar libros de ventas y de compras en los que se anotarán las transacciones realizadas. También se podrá exigir otros registros especiales que permitan controlar el movimiento de las operaciones gravadas, de las exentas y las de exportación. También deberán llevar en sus registros contables, una cuenta especialmente identificada que se denominará "IMPUESTO AL VALOR AGREGADO", en la que se acreditará el impuesto generado en cada operación gravada y se debitará el monto del impuesto incluido en los comprobantes de compra de bienes y servicios. En la misma, también se reflejarán los restantes actos que la afecten. La mencionada cuenta no integrará los rubros de pérdidas ni de ganancias del estado de resultados a los efectos del Impuesto a la Renta.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Los contribuyentes deberán discriminar en sus registros contables de caja, ventas, compras y diario, las operaciones gravadas, exoneradas y de exportación, así como las que eventualmente se realicen fuera del ámbito jurisdiccional del impuesto. El IVA correspondiente a las operaciones gravadas deberá estar registrado en forma separada, en la cuenta que llevará su misma denominación. CONTABILIDAD COMPUTARIZADA Será admitido contabilizar las operaciones en registros elaborados a base de sistemas computarizados, siempre que el programa respectivo permita obtener los datos que la Administración requiere para el cumplimiento de sus fines. La Administración tendrá la facultad para acceder directamente a los programas y a los datos de contabilidad a los efectos de la fiscalización de los impuestos que administra. El contribuyente que desee utilizar un sistema computarizado para el registro de sus operaciones contables deberá comunicar a la Administración MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO Todos los empleadores de la República están obligados a inscribirse en el Registro Patronal habilitado por la Autoridad Administrativa del Trabajo en un plazo máximo de sesenta (60) días desde el inicio de la relación laboral. Todos los empleadores que ocupen personal asalariado están obligados a llevar los siguientes libros: a) Registro de Empleados y Obreros, en el que se anotarán los datos personales mencionados a continuación: nombre y apellido, domicilio, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, cargo desempeñado, número de hijos, fecha de inicio y conclusión de la relación laboral, así como las observaciones que se estimen necesario establecer. b) Registro de Sueldos y Salarios, en el que se anotarán las horas trabajadas, el sueldo o salario percibido especificándose si es por unidad de tiempo, por unidad de obra o por comisiones, horas extraordinarias trabajadas y el importe total percibido. c) Registro de Vacaciones anuales, en el que se anotarán las fechas en que cada uno de los trabajadores tomen sus vacaciones anuales pagadas, la duración de las mismas y la remuneración de las mismas y la remuneración correspondiente a ellas. d) Registro de Menores, en donde se harán constar los siguientes datos de los trabajadores menores de diez y ocho (18) años: nombre y apellido, edad, domicilio, cargo desempeñado, honorarios de trabajo, fecha de inicio y conclusión de la relación laboral, situación escolar, fecha de nacimiento, certificado de capacidad física y mental, y en la casilla de observación la autorización exigida por el Código del Trabajo. Los trabajadores están obligados a suministrar al empleador todos los datos preindicados, así como las modificaciones correspondientes para su inscripción en los registros respectivos.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez En los meses enero y febrero de cada año deberán los empleadores remitir a la Autoridad Administrativa del Trabajo las siguientes planillas correspondientes al año fenecido. 1. Empleados y Obreros 2. Sueldos y Jornales 3. Resumen General de Personas Ocupadas

Las planillas deberán ser llenadas en orden alfabético, y para su validez, sin enmienda ni raspadura. INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Todas las personas físicas o jurídicas que inicien una actividad tienen la obligación de inscribirse en el Instituto de Previsión Social, como así también, cualquier denominación o cambio de razón social, de dirección, de teléfono, de clase o cese de actividades, sea esta temporal o definitiva NUMERO PATRONAL Al momento de inscribirse a la nueva empresa se le asigna un código identificatorio para el I.P.S, el cual consta de diez (10) dígitos distribuidos de la siguiente manera: LLLL-AA-NNNN En donde LLLL : AA : NNNN :

lugar en el cual se encuentra afincada la empresa actividad de la empresa número secuencial asignado por el sistema

Por ejemplo, el Nº Patronal 0055-19-0013 corresponde a una empresa afincada en la ciudad de San Lázaro – Dpto. Concepción, dedicada a la extracción de minerales no metálicos, siendo su número orden el 13, dicho de otra manera, es la décima tercera empresa en dicha área dedica a la actividad antes citada. Salario: es la remuneración total que recibe el trabajador de sus empleadores en dinero, especies o regalías, incluyendo lo que correspondiere a trabajos extraordinarios, suplementarios o a destajo, comisiones, sobresueldos, gratificaciones, indemnizaciones por despido, premios, honorarios, participaciones y cualesquiera otras remuneraciones accesorias que tengan carácter normal en al empresa o trabajo, exceptuando los aguinaldos. Se estable que los aportes no podrán ser inferiores a los salarios o sueldos mínimos legalmente fijados, aunque se trate de aprendices.

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez LIBROS CONTABLES - MODELOS LIBRO INVENTARIO

I. ACTIVO

S/.

S/.

10 CAJA Y BANCOS: 101 CAJA

50.000,00 50.000,00

TOTAL ACTIVO

50.000,00

II.PASIVO NO EXISTE III.RESÚMEN TOTAL ACTIVO TOTAL PASIVO 50 CAPITAL

50.000,00 50.000,00

IV.BALANCE 10 CAJA Y BANCOS:

50.000,00

50 CAPITAL:

50.000,00 50.000,00

50.000,00

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez LIBRO DIARIO

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez LIBRO MAYOR

EJEMPLO DE RAYADO EN “T” DEBE

10 CAJA Y BANCOS 10,000.00

HABER 3,000.00

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez LIBRO CAJA

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez CUADRO DE REVALUO DE BIENES

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Esquema del Balance General

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Materia: CONTABILIDAD I Profesor: Lic. Javier Vazquez Esquema del Estado de Resultado

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