Margarita Belen 1976 Victimas Del Terrorismo de Estado Judicial 2003

September 16, 2017 | Author: Fiscal General | Category: Guerrilla Warfare, Cuba, Government, Politics, Politics (General)
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AGRADECIMIENTOS… Al Doctor Don RC, caballero, soldado de Cristo y mejor amigo, quien desde lejanas tierras, sintiendo vergüenza ajena, colaborara juntamente a su aguda inteligencia, su sentido crítico y su amplia visión con la posibilidad cierta de que estas páginas se hicieran realidad.

Al Doctor Don Carlos Martín Pujol, hombre de bien, consagrado al Derecho, probo en sus acciones y consecuente con su pensamiento; por su tenacidad y valentía, y por habernos renovado el sentido de la esperanza.

A mis dos hijos Lorena y Jorge Hernán, mi yerno Cristhian y a mis pequeños nietos, Milagros, Thomás y Martina quienes, representando a la generación intermedia y a los niños de esta Argentina asolada, me obligarán desde su inocencia a continuar la lucha por un futuro más justo y con valores que den sustento a nuestras vidas.

A mi hermano Raúl y su esposa que con su contención y apoyo me permitiera plasmar este ensayo en haras de iluminar la verdad.

A todos gracias

“Al Rey mi vida y mi hacienda, mi honor pertenece al alma, y el alma a Dios” Calderón de la Barca

PRÓLOGO La lucha armada que se desarrolló en nuestros campos y ciudades hasta casi las postrimerías de los años setenta terminó con el triunfo militar de las fuerzas del orden estatal, pero quienes la suscitaron alcanzaron muchos de los objetivos que – lo supieran o no – un movimiento revolucionario contra el Poder del Estado, pueda proponerse: comprometió ante la sociedad el papel de las instituciones de defensa de la Nación y demostró la incapacidad de la justicia para mantener la paz, actuando el Derecho; el de la dirigencia estatal para abortar estos éxitos; de los hombres de la democracia, en cuanto fueron ilusos al creer que luego de lo ocurrido, bastaba reanudar los eslabones de una historia que se había quebrado; y todas las culpas, de los unos y de los otros, hoy se hacen recaer sobre los militares, convidados de piedra a la fiesta del horror.

Anarquía y muerte desatada en nuestro país por la irresponsable acción u omisión de una dirigencia estatal vacía de contenido y de respuestas políticas y jurídicas, con la absurda pretensión actual (de los mismos que en su momento o tuvieron activa participación en el terrorismo o no supieron contener su avance delictivo) de que se detuvieran las balas, las bombas, y terminaran los secuestros con sólo un ejemplar del Código Penal.

Es, sobre la base de este pensamiento ilógico y al relevamiento de culpas muy concretas e innegables de quienes hoy, a treinta años de los hechos, detentan sus sillones en los tres poderes del Estado desde el rol que les tocó asumir durante la década de los setenta o en la actualidad, pretensión de deslindar sus responsabilidades, sin asumir el compromiso que, como Estado, tuvieron y tienen ante la comunidad de las Naciones, encontrando la liviana solución de que el hilo se corte por lo más delgado.

Esto se presenta hoy ante los ojos del mundo como el efecto purificador de la democracia derramada sobre la reestructuración del Estado. Pero la opinión pública se ha visto y se ve sensibilizada por otros sentimientos, la mayoría de la gente común no entiende esa purificación cuando ve llover enjuiciamientos por hechos que consideran fue una respuesta lógica al caos y a la barbarie de la Argentina de los años setenta.

Quienes vociferan su mea culpa aduciendo la existencia de un terrorismo de estado en aquella época, no tienen que echar al olvido que, lo que quieren hacer aparecer pomposamente, con bombos y platillos como una respuesta a los tratados internacionales suscritos con posterioridad, es a la vista de todos, la flagrante violación a nuestra carta fundamental, a los deberes, a los derechos y a las garantías en ella contenidas, lo que indiscutiblemente, es una infamia.

Sólo basta referirnos a la marea legislativa de proyectos y leyes sobre el tema, que es ya una característica del mundo occidental de nuestros días, principalmente en toda Latinoamérica. El legislador argentino aspira a mostrarse útil, elaborando leyes de cualquier manera, como un modo de captar la fracción de publicidad que algunos necesitan o, directamente, para justificar el cargo que ocupa.

Comúnmente mal asesorados, los legisladores han acudido a infinitas variaciones sobre los mismos temas (sumando en oscura ¿?) tornando leyes a contradicciones, inconstitucionales y desprovistas de todo sentido jurídico y legal.

Así es como han contraído una responsabilidad delictiva al sancionar la Ley 25.779 de nulidad e inconstitucionalidad de las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida. De la simple lectura de los fundamentos y justificación de su dictado, con absoluta y meridiana claridad surge que, mediante ello, han asumido el rol de encubridores del delito de Alta Traición a la Patria (artículo 29 de la Constitución Nacional y artículo 227 del Código Penal) en cuanto no desconocían que muchos de sus pares (aún en actividad); miembros del Poder Judicial (aún en funciones) y del Poder Ejecutivo, han encubierto la violación de los derechos humanos con la sanción, promulgación y aplicación de las leyes del perdón y obediencia debida y todavía no han sido denunciados como expresamente y con carácter obligatorio para los funcionarios públicos, lo prevé el Código de Procedimientos Penal de la Nación.

El Coronel (R) Jorge D. R. Carnero Sabol, hoy es preso político por el hecho que aquí se relata. Desde entonces y a casi tres décadas, sus actores principales siguen viviendo la conmoción de aquellos sucesos. El pasado frecuenta nuestro presente, y la verdad, aún soslayada por las valoraciones personales o las que el tiempo le carga, busca explicarse en el Siglo XXI.

Dr. Carlos Martín Pujol

RECONOCIMIENTO Valgan estas líneas en memoria de los héroes de esta nuestra historia, contemporánea: a nuestros muertos, heridos, y perseguidos durante la Guerra Contra el Terrorismo Subversivo. Son quienes inmolaron no solo sus vidas sino también las de sus familias para que esta Patria viva…

A ellos, a los que hoy: olvidados, denostados, perseguidos o encarcelados, forman parte de una sociedad que se empeña en desconocerlos o no vibra con sus glorias y deben soportar en silencio y estoicamente, la promovida acción disolvente de las propias estructuras del Poder del Estado. Pero no del recuerdo de sus paisanos, civiles y militares, que como los hombres de bien de esta maltratada Argentina, no descansan en su asombro.

No sin cierto atrevimiento, deseo mencionar las palabras de un preclaro pensador de la Nación e indiscutido legionario de Cristo, el Duque de Rivas quien escribió una larga pieza poética titulada “El Aniversario”.

“…Suponía en ella el desdichado caso de la ciudad de Badajoz, en la cual, en cierta ocasión, y como consecuencia de sus miserias y luchas políticas, se habían olvidado sus dirigentes de homenajear su principal fasto patrio.

Ocurrió entonces que los conquistadores denodados, que a Badajoz ganaron para Cristo, salieron con los suyos de las tumbas, a adorar a Dios vivo. Llenándose la Catedral de esqueletos con sus armas y los más altos distintivos, ya que sus descendientes infernales los tienen en olvido.

Un simple pero hidalgo sacerdote les celebró la misa a aquellos gloriosos espectros. En recompensa de su fervor el premio, el Señor le concedió la muerte y el cielo al mismo instante.

Que aprendan la lección los artífices de nuestra derrota, sean, ora obispos, generales, o los siniestros Fariseos de la ley, ocupen desde el lugar que ocupen, ejerzan el Mandato que ejerzan…

Tengan por cierto, que seguiremos, incansablemente, Orándole al Señor, para que libere a ésta, La Patria Cautiva.

No claudicaremos, jamás, aún desde la mazmorra, infecta, en que nos sumerjan… Continuaremos batallando por su Rescate, y por su Reconquista. Y cuando, ya no estemos…

Cuando no seamos nosotros, sino esa sombra de un Ejercito de Gloria… Volverán Nuestro Muertos, Vuestros Mártires…

Y lo harán, por sus fueros.- Pues, los muertos mandan. Y ese día, sabrán los ateos, los apátridas, los inmorales los tibios todos… El porqué de las Escrituras, cuando nos Enseña que: La espada es un remolino de fuego, que todo lo purifica, lo restaura, y lo lava… (Rivas…)

LOS HÉROES YA ESTÁN CANSADOS (Autor anónimo)

Los héroes ya están cansados.

Son páginas fratricidas.

De aquello no queda nada.

Que es preferible olvidar.

Ya no es suya ni la guerra.

Qué lejos están los muertos.

Ni la paz de la cruzada.

De los viejos camaradas.

Unos hundieron la pluma.

Que lejana la epopeya.

Otros guardaron la espada.

Que lejos los combatientes.

Y así se quedaron solos.

Los que al despuntar el alba.

Los muertos por esta Patria.

Con Padrenuestro en la boca,

Sin gloria, sin ideales.

Dieron su adiós a la Patria.

Sin honor, sin remembranzas. Porque ellos ya no son héroes.

Qué lejos están los muertos.

Sólo son muertos sin alma.

Qué seca su sangre amarga. Creyeron morir por algo.

Su historia la escriben otros.

Y no murieron por nada.

Que no son sus camaradas.

Ya no cayeron por Dios.

Sus gestas ya no son gestas.

Aunque empuñaron sus armas.

Pues nadie entenderlas quiere.

Para acabar una lacra.

Porque es mejor olvidarlas.

Para quien Dios no contaba.

Porque avergüenza a los tibios.

Ni cayeron por la Patria.

Pacifistas y cobardes.

Aunque murieron por ella.

Traidores de misma laya.

En el campo de batalla. O en una cárcel del pueblo.

Ya no existen los combates.

Invento de la antipatria.

Que asolaron Tucumán.

O en la cobarde emboscada.

La gloria de Manchalá.

De cara a la madrugada.

Y en los surcos la emboscada.

La traición frente al coraje.

Porque si hubieran caído.

En la tarde formoseña.

Por su Dios, y por su Patria.

Y tantas venas abiertas en Azul.

Nadie podría pactar.

Villa María, San Lorenzo y Capital. Monte Chingolo, Acheral. Catamarca y tantos lados. Para arrojar los demonios. Nacidos en Taco Ralo.

Con la frente levantada. Su voto, límpido y claro. Está escrito con las armas. Quien lo ignore dará cuenta. Ante Dios, y ante la Patria.

RESEÑA Margarita Belén 1976 – Víctimas del terrorismo Judicial del Estado 2003. Es la narración de un combate en el campo militar-jurídico-político dentro de un esquema mayor donde se desarrolla una agresión contra la Argentina por medio de una Estrategia de Neocolonialismo y por ende de dominación por medio de la Aproximación Indirecta de fuerzas multinacionales con sede en la City de Londres y de Wall Street en New York y por supuesto llevada a la ejecución con sus personeros locales o como antiguamente se los llamaba cipayos a esas fuerzas auxiliares. Abocado a la narración de un hecho conocido como Combate de Margarita Belén de la década del 70 y su interrelación con la Sentencia de la Causa 13, Caso 678 y sus Conexos, remarcando la liviandad procesal y avergonzando al Poder Judicial, conque condenaran al Sr. D Jorge Rafael Videla y por carácter traslativo a los ejecutores materiales, obviando la comunicabilidad que debe existir en el ámbito judicial. Los militares que participaran en este Combate y fueran juzgados en la Justicia Militar salieran con Sobreseimiento en primera instancia y en segunda instancia para Revisión y Sentencia con una Falta de Mérito en la Cámara Federal de Rosario, con causa archivada y finiquitada, según sus propias expresiones. Contiene una sucinta puesta en escena nacional de 1959 al 76 y el accionar terrorista en el Nordeste. Se desarrolla Antecedente – Relación de Causa que permite interpretar el desaguisado judicial que hoy los mantiene presos desde hace cinco años con virtual condena la que sin lugar a dudas es el Proceso y para vergüenza toda del Poder Judicial, que se prestara en hacer añicos el andamiaje de los Principios Jurídicos que nos sostenían. La presunta Hipótesis, que tratan de instalar los Querellantes, y el Ministerio Publico Fiscal, es la figura de tormentos, según lo tipificado en el Ordenamiento Represivo. Esto es que efectivos policiales, y Personal del Ejército Argentino, torturaron, hirieron, golpearon, mataron, y castraron, a todos, o a parte de los detenidos, previo a comenzar el Traslado. Acusación fácilmente rebatible, por las declaraciones testimoniales confrontadas de los testigos, ninguno directo, dictadas, en sendas testimoniales, o de los padres o familiares de las victimas que recibieron los restos de los mismos; algunos con profesionales en medicina que constataron la ausencia de tortura en los cuerpos entregados y probados dentro del expediente. De haber ocurrido tal, y como se describen en algunas de ellas, los detenidos trasladados, por su deterioro físico, hubiese podido no solo emprender la fuga, ni intentado hacerlo, en la parcial recuperación, y liberación, por parte de la OPM Montoneros tal cuál efectivamente ocurriera. No hubiesen podido ante personal preparado en mejores condiciones físicas, dar huida, a través de la geografía que enmarca el lugar del hecho. Menos aun hubiesen tenido los días que tuvieron, desplegados en sentido y a 360 Grados, a parte de una Brigada, con fuerzas auxiliares buscándolos. Excepto que se trate, como es, de una versión tan increíble, y fantástica que estuviese –mejordestinada a un guión cinematográfico, que a una Causa Judicial. La que, además, se precia de ser tantas veces instruida, como revocada, y que será sin dudas un modelo para el escarnio -ante el concierto Internacional, ultimo destino de la misma- por el desatino, y la falta de seriedad, que pondrá en ridículo al Sistema Judicial entero de Nuestra Nación, cuestión que son incapaces de prever los que así la motorizan. Planteado así, además tiene un doble efecto deseado: es rebatible el enfrentamiento, y aceptable el fusilamiento. Por último la penetración de Montoneros en las estructuras del Estado que bien vale la pena denominarla Operación Caballo de Troya por su parangón con ese hecho histórico.

ÍNDICE ÍNDICE ........................................................................................................................ 0 Derecho de Autor ......................................................................................................... 3 1) Capítulo 1 – Introducción .......................................................................................... 4 2) Capítulo 2 - Situación Nacional 1959 a 1976............................................................... 7 3) Capítulo 3 – Margarita Belén ....................................................................................20 A) El Hecho .....................................................................................................20 B) Los Transportados .......................................................................................29 4) Capítulo 4 – La farsa – Destrucción de la Justicia.......................................................29 A) Noticia Criminis............................................................................................29 B) Gait… ¿El autor detrás del autor?..................................................................31 C) Tortura de los DDHH en el Hospital Perrando!!! .............................................33 1. Eric Edwin Tissembaum ....................................................................34 2. Felipe Germán Bittel .........................................................................41 3. José María Romero ...........................................................................45 4. Juan Manuel Pedrini .........................................................................46 5. Hugo Osvaldo Macarrein ...................................................................49 6. Andrés Obal .....................................................................................50 D) Tissembaum consolida la estrategia - Informe de la APDH .............................51 E) Nuevo soporte de la estrategia desarrollada. - Informe de la Cámara de Diputados........................................................................................................53 F) La novela Tissembaum & Gait en escena .......................................................55 G) Competencia ...............................................................................................56 H) Diligencias del JIM 59 sobre el fallo de la Cámara Federal de la Capital que figuran en su elevación ....................................................................................57 1. Consideraciones generales ................................................................57 2. Consideraciones particulares .............................................................58 3. La Resolución del JIM 59 en el Sumario por las torturas el 12/12/76 a la noche ..................................................................................................58 4. ¿Torturas previas? – Algo más de la noticia criminis ...........................59 5. Declaraciones testimoniales prestadas por internos alojados entre el 12 y 13/12/76 en la Alcaidía Policial de Resistencia (Chaco).........................59 6. Declaraciones testimoniales de ex detenidos subversivos ....................59 7. Declaraciones testimoniales de ex detenidos comunes........................67 8. Declaración testimonial prestada por personal administrativo que se desempeñaba a la fecha de los hechos en el Cementerio Municipal de la ciudad de Resistencia ...........................................................................67 9. Declaración testimonial del profesional médico policial interviniente en las diligencias de exámenes de los cadáveres.........................................68

10. Otras diligencias practicadas por esta Instrucción .............................68 I) Fundamentos de Sentencia de la Cámara Federal de la Capital Federal – CFCF en la Causa 13 Caso 678 y conexos – Su análisis ...............................................69 1. ¿Sugestivo?......................................................................................69 2. Contraste… ¿Cuál es la discrepancia? ................................................70 3. ¿No condicen con el normal traslado – Borrar huellas?........................71 4. ¿…media un solo paso? ....................................................................75 5. ¿Objeto del traslado – Bajas – Cementerio? .......................................75 6. Zamudio ..........................................................................................82 7. ¿Normas Legales vigentes - Sumario – Impactos de balas – Peritaje? ..83 8. ¿Indefensión? ..................................................................................86 9. PEN .................................................................................................89 10. Zamudio – Misiones ........................................................................89 11. ¿Origen Cordobés? .........................................................................90 12. ¿Libro de Novedades de la Alcaidía? ................................................91 13. ¿Preparativos U10? .........................................................................92 14. ¿Otra contradicción – Zamudio? ......................................................93 15. ¿Ingreso de cadáveres al Cementerio? .............................................93 16. ¿Documentación policial? ................................................................94 17. ¿Libro de Novedades - Vehículos atacantes – Heridos – Bajas?..........94 18. ¿Ausencia de firma de un profesional? .............................................96 19. ¿Zamudio muerto el 13 o 14 o 17/12/76? ........................................97 20. ¿Convicción? ..................................................................................97 21. ¿Hora inoportuna - Día inhábil – Su modalidad? ...............................99 22. ¿Noticias contradictorias – Ordenes y contraordenes? .......................99 23. ¿Individualizar los cadáveres? .......................................................101 24. ¿Ausencia de aviso – Omisión de vigilancia o apoyo? ......................101 25. ¿Renuencia de entregar cadáveres?...............................................103 26. ¿Elementos de convicción? ............................................................103 27. ¿Gestiones – Tortura físicas? .........................................................104 28. ¿Compañeros de promoción? ........................................................104 29. Tissembaum.................................................................................105 30. ¿Testigo Uferer? ...........................................................................105 31. ¿Testigo Quintana?.......................................................................112 32. ¿Pudo oír?....................................................................................112 33. ¿Testigo Mayor de Pierola?............................................................113 34. ¿Testigo Clara de Salas? ...............................................................116 35. ¿Testigo Zarate?...........................................................................119 Pág. Nº 1

36. ¿Testigo Niveyro? .........................................................................121 37. ¿Testigo Medina?..........................................................................121 38. ¿Testigo Goya?.............................................................................121 39. ¿Testigo Fernández? .....................................................................122 40. ¿Testigo Ilde?...............................................................................123 41. ¿Testigo Cossio?...........................................................................124 42. ¿Testigo Ponti?.............................................................................124 J) Conclusiones del JIM 59 .............................................................................129 K) Antecedentes – Relación de Causa..............................................................130 L) Habeas Corpus ..........................................................................................134 M) Toledo......................................................................................................135 N) LIDMO ......................................................................................................138 O) Bosch – EAAF – LIDMO – Secretaría DDHH .................................................142 P) Artículo de la revista B 1 Vitamina para la Memoria de la Guerra en los `70 ..149 Q) ¿Fin de la impunidad?................................................................................153 5) Anexo 1 - Actos Terroristas ....................................................................................154 6) Anexo 2 - OPM Montoneros Nordeste .....................................................................224 Apéndice 1 al Anexo 2 Agitación y Reclutamiento de Montoneros......................233 Apéndice 2 al Anexo 2 Diarios de época del Nordeste.......................................234 7) Anexo 3 - Correspondencia clarificante de un ex desaparecido .................................245 8) Anexo 4 - Croquis del Lugar del Hecho ...................................................................252 9) Anexo 5 – Desaparecidos-Aparecidos......................................................................253 10) Anexo 6 – Los Transportados ...............................................................................277 11) Anexo 7 - Equipo Antropológico Argentino Forense ................................................280 12) Bibliografía… .......................................................................................................284 Libros ................................................................................................284 Revistas.............................................................................................285 Diarios...............................................................................................285 Documentos ......................................................................................285 Web ..................................................................................................286 13) Biografía .............................................................................................................287

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Derecho de Autor Formulario de Obra Publicada Nº 94940 – Registrada ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor ISBN 978 – 987 – 05 – 8864 – 1

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1) Capítulo 1 – Introducción El Ejército Argentino es un afectado más, cuando no el preferido de la constante y pertinaz prédica tendenciosa que arrastran como lava los medios de Comunicación Social controlados por el régimen de turno ya que, desde las mismas entrañas oficiales, y bajo el disfraz de propaganda o eventos, se hace uso del dinero tributado y se lo convierte en abultadas dádivas para quienes dirigen estos medios o para periodistas que, aviesamente elegidos, sucumben o se confunde con esa suerte de progresismo que puebla las redacciones del mundo entero, mancillando el lema; ‘la objetividad no tiene precio’. Como dijera Mitre en la fundación de su Diario: “…Mueren a manos del dinero las mejores plumas, las antiguas columnas, las tribunas de verdades...” Esta especie carece, de hidalguía al autodenominarse marxistas. Están a la espera del próximo mecenas o gobierno que lo seguirá alienando para proseguir envenenando al lector desprevenido, formándole una conciencia errónea –el peor de los tumores– mediante la noticia falaz o malintencionada, porque han sido formados para actuar, sin excepción desde la opinión y no desde la noticia, (de significados totalmente opuestos). La noticia es un dato, hay una sola, es absoluta como la verdad. La opinión es una idea, hay tantas como personas existen; la opinión es relativa, la verdad, no. Por eso, puedo afirmar, sin temor a equivocarme y con acentuado énfasis, una idea de fuerza: la manipulación de la opinión pública y la deformación histórica son utilizadas como herramientas políticas en la construcción del poder con el fin de vaciar de contenido a la nacionalidad. Concluimos entonces, que el Ejército Argentino es un afectado más por la manipulación de esa opinión pública, sudeste la intencionada distorsión de la información, que se suma a otros tantos hechos considerados blanco predilecto para alcanzar la deformación apropiada a las pretensiones políticas. Esto es lo ocurrido con la causa penal, arteramente conocida como el Caso Margarita Belén, a la cual los Tribunales regulares y competentes calificaron en su oportunidad, como un ‘enfrentamiento de elementos subversivos con fuerzas legales’ y hoy es presentado a la sociedad –empeñada en no recordar como se puede vivir en libertad– por los medios de comunicación social con un prolijo armado del guión oficial, avalado por actores de este sutil reparto desde comprometidos sectores de la propia Justicia, la que, bajo la sospecha del más funesto de sus cargos: la parcialidad, y manejada desde la Política, plantea el caso como un siniestro Fusilamiento. Es ésta la industria del dolor ajeno y no tanto a que nos referimos anteriormente, la cual es generada por el periodismo con su venta, en algunos casos, o por los grandes negociados políticos, en otros El suceso ocurrió el 13 de diciembre de 1976, por el kilómetro 1042 de la Ruta Nacional Nº 11, en proximidades de la localidad de Margarita Belén, provincia del Chaco. Como integrante del Ejército Argentino, es esencial a mi dignidad que brinde la claridad ineludible de lo ocurrido y no sin puntualizar que toda lucha entre hermanos no nos enaltece sino nos entristece y nos deja heridas difíciles de cicatrizar. De mi actuación como Oficial Subalterno del Ejército Argentino durante aquellos años aciagos, rescato el orgullo, y el sentimiento de libertad espiritual y dignidad humana sanan mi conciencia, porque el fundamento de aquellos momentos ha sido el sustento de la Patria misma y el amparo de su gente, y en ello, inmanente, la subordinación a las órdenes que me impartieran, ajustadas a procedimientos normales del servicio y al basamento propio del orden legal que constituyen los cimientos de la propia República.

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Solamente un malintencionado no puede entender la razón que conmover aquella angulación es someter a la ruina a instituciones básicas y fundadoras de nuestro propio ser nacional. Desde los orígenes de la propia historia, las fuerzas regulares, por un imperio constitucional y en cumplimiento de directivas expresas de un gobierno democrático, repelieron la agresión externa de las organizaciones terroristas integradas por tanto por argentinos y como por extranjeros. Aquella agresión fue conducida desde la antigua URSS y el mismísimo buró de Cuba según fuera reconocido por su propio dictador Fidel Castro Ruz en sus dichos: “…Construiremos en los Andes la segunda Sierra Maestra”, y solventada por el establishment internacional en su conjunto, pero podemos replicarle, henchidos de orgullo:

Aquí y con nosotros, no pudieron... ¡¡¡Vaya si me hubiera gustado luchar contra sus patrones!!! Hayan sido angloamericanos, castristas o soviéticos, y no contra “estúpidos e imberbes” como los bautizara el Tte. Gral. Juan Domingo Perón aquella tarde que los echara de Plaza de Mayo. También colaboraron China y otras potencias, incluso el Council Foering Relations -CFRcon sede en los Estados Unidos, donde algunos reduccionistas intelectuales, extranjeros y nativos signaron el anatema desde sus púlpitos o desde las mismísimas entrañas de Wall Street. Fueron los subversivos ideológicos, pero la acción estuvo a cargo de quienes hoy llaman, artera y deformante en su connotación melancólica, ‘jóvenes idealistas’. Y, paradójicamente nos ponen a contraluz de ellos, como si nosotros no hubiésemos sido jóvenes también, o peor aún, como si no hubiésemos tenido, ideales. Ironía y necedad en la maquinación, ya que la única verdad es la realidad..., y esa realidad es que ellos fueron asesinos, secuestradores, profesionales de la violencia, de las cuales la víctima ha sido todo el Pueblo Argentino, el de entonces y el que aún en estos días padece sus consecuencias. Presentarlos diferentes de lo que en verdad fueron es lo que se asignan quienes siguen explotando el conflicto. Lo cierto es que fueron idiotas útiles al servicio del interés foráneo, y hoy, con el poder representativo y pese al tiempo transcurrido y las enseñanzas que les ha dejado ser cipayos, no dejan de cargar sus mochilas con rencores, odios y venganza. Para ellos, lo delictivo fue la rutina del procedimiento y el terror, el instrumento sine qua non. Lo cierto es que eran jóvenes, pero hoy ya no lo son y es bueno recordar que ‘envejecer es ineludible, madurar es una opción’. Hoy ni estúpidos y ya peinando canas, ejercen más violencia que ayer luciendo un poder alarmante que nos lleva a evocar la emergencia democrática que se enseñoreara en los principios de los años 30 en Alemania, y que llevara a Martín Niemöller a escribir en Berlín: “…Primero se llevaron a los comunistas y no me importó porque yo no lo era... se llevaron

a los obreros y tampoco me importó, porque yo no lo era..., más tarde detuvieron a los estudiantes, y tampoco me importó, porque yo no lo era... Ahora me llevan a mí, pero ya es tarde...” Como para muchos otros, para mí también es demasiado tarde porque estoy preso y soy un Preso Político o Prisionero de Guerra. Ante esta circunstancia, no puedo eludir la siguiente reflexión: De nada sirve al hombre lamentarse de los tiempos en que se vive. Lo único bueno que puede hacer es intentar mejorarla..., y plegarme a lo dicho por el Coronel D Argentino del Valle Larrabure en su carta desde la Cárcel del Pueblo: “…A mis hijos y ahijado especialmente, que no olviden mi mensaje: aun suceda lo peor, no deben odiar a nadie y devolver la bofetada poniendo la otra mejilla.

Al pueblo argentino, dirigentes y dirigidos, para que la sangre inútilmente derramada los conmueva a la reflexión para dilucidar y determinar con claridad que Pág. Nº 5

somos hombres capaces de modelar nuestro destino, sin amparo de ideas y formas de vida foráneas totalmente ajenas a la formación del hombre argentino. A mi tierra Argentina, ubérrima y acogedora, escenario infausto de luchas fraticidas... para que cobije mi cuerpo y me dé paz. Luchemos día a día por hacerle honor, en todos los frentes, en todos los ámbitos”...

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2) Capítulo 2 - Situación Nacional 1959 a 1976 La sociedad actual ha sufrido un proceso de a-culturización o, conocido en términos técnicos como contra-cultura, siguiendo las estrategias del filósofo marxista italiano Antonio Gramsci para la toma del poder: manipular la educación y cultura, desinformar e inculcar nuevos valores. Es así como, impregnado de falsedad absoluta, hoy se piensa que los temas de la década de los años 70 se inician y desarrollan por la acción del Proceso de Reorganización Nacional y la lucha de jóvenes idealistas o revindicadores sociales que buscaban la aparente vuelta democrática a través de la toma del poder y la instalación de un estado marxista, pero la sociedad olvida que ellos nacieron durante gobiernos constitucionales. Haciendo historia objetiva, volveré al pasado. Inscripto en el enfrentamiento este–oeste instalado en el mundo a la finalización de la Segunda Guerra Mundial, y como consecuencia de la triunfante Revolución, Cuba, se transforma en un satélite de la URSS con la misión de exportar la ideología marxista–leninista a los países Latinoamericanos mediante su guerra revolucionaria. Las etapas de esta guerra que padeció nuestro país y muchos no recuerdan y otros simplemente la desconocen por no haberla vivido, producto de un proceso gramsciano de historia deformada, fueron las siguientes: 1. Despliegue, infiltración, clandestinidad y agitación social. 2. Intimidación de la población. 3. Control de la población para volcarla al marxismo. 4. Dominio de un espacio geográfico para instalar un gobierno revolucionario y pedir su reconocimiento internacional. 5. Pasaje a la ofensiva –guerra civil– y conquista del poder nacional merced al triunfo de la lucha armada. Con el inestimable apoyo de ‘los idiotas útiles’ –traidores y cipayos– nuestra Patria conoció la agresión gratuita e interesada que, como fin último, perseguía la destrucción del Estado–Nación argentino y el cambio de modelo por una dictadura marxista. Su derrota le ha permitido a la sociedad de hoy, gozar de paz y libertad, mal que les pese a unos pocos y que otros hagan todo lo posible para volver a enfrentarnos como sociedad tratando de reproducir los escenarios que ‘nunca más’ queremos volver a vivir. Los actores de la agresión se manifestaron en dos nítidas etapas, hasta que fueron destruidos mediante el empleo del propio poder militar del Estado y el apoyo irrestricto de toda la sociedad que no quería otro País más que el imaginado por los padres fundadores

Primera Etapa: El inicio 1959–1969.

Durante los Gobiernos Constitucionales del Dr. Arturo Frondizi aparecen los Uturuncos en la provincia de Tucumán en 1959 y el FRIP –Frente Revolucionario Indo-Americano Popular– en la provincia de Santiago del Estero en 1963; del Dr. José María Guido; el EGP –Ejército Guerrillero del Pueblo– dirigido por Jorge Masetti y oficiales cubanos en la Pcia. de Salta, las que fueron controladas y desarticuladas por el efectivo empleo de las FFSS y las FFPP de la provincia; y del Dr. Arturo Illia, decenas de jóvenes argentinos viajan secretamente a Cuba para recibir adoctrinamiento ideológico marxista–leninista y entrenamiento militar. En 1964, nacen las FAP –Fuerzas Armadas Peronistas–, de la denominada Resistencia Peronista, las que ejecutaron acciones terroristas y huelgas revolucionarias en los más

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importantes centros urbanos y fabriles, so pretexto de poner fin a la proscripción del peronismo y por el retorno del Gral. Juan D. Perón. En 1965, prorrumpe el PRT –Partido Revolucionario de los Trabajadores– que liderado por Roberto Santucho, convoca a jóvenes de clase media y alta. En 1966, se desarrolla en Cuba la Conferencia Tricontinental con representantes de América, Europa y África, afines a la ideología marxista, quienes pretendían llevar al entonces denominado Tercer Mundo a confrontar con Occidente y propagar la guerra revolucionaria en los distintos estados para la toma del poder. En 1967, durante el Gobierno de facto de la Revolución Argentina, se reúnen en Cuba la Conferencia conocida como OLAS –Organización Latinoamericana de Solidaridad–, compuesta por veintisiete delegaciones que el año anterior habían participado en la Tricontinental, presidida en ausencia por Ernesto Che Guevara1. Allí, se resolvió que la guerra revolucionaria, mediante la lucha armada como la única vía de acceso al poder y que la guerrilla terrorista resultaba el método más eficaz para obtenerlo. Entonces, nace en cada país representado el ELN –Ejército de Liberación Nacional– para abrir una segunda Sierra Maestra en toda Latinoamérica. El ELN argentino estuvo compuesto por tres sectores conocido por columnas: el Nº 1 de sustento trokista con el PRT–ERP; el Nº 2 de soporte marxista con el PCR –Partido Comunista Revolucionario–, las FAR –Fuerzas Armadas Revolucionarias– y las FAL –Fuerzas Armadas de Liberación– y por último el Nº 8 extracción peronista y de cristianos comprometidos, con las FAP –Fuerzas Armadas Peronistas–, Descamisados, Comando Camilo Torres, MSTM –Movimiento de Sacerdotes del Tercer Mundo.

Segunda Etapa: La virulencia y su neutralización 1969–1979.

En este período se generaliza la violencia y el accionar terrorista adquiere mayor gravedad, con 21.642 Ver Anexo 1 Actos Terroristas. Nacen y se manifiestan las mayores organizaciones subversivas: PRT – ERP y Montoneros. Los efectivos apreciados en 15.0002 cuadros, eran combatientes organizados, instruidos y equipados para actuar en operaciones militares de alta intensidad y entre 25/30.000 militantes periféricos comprometidos orgánicamente con capacidad para actuar en operaciones paramilitares.3 En 1972, en un acto fundacional realizado en Santiago de Chile, se crea la JCR –Junta Coordinadora Revolucionaria– en Latinoamérica, cuyos contactos previos datan de 1968. Sus representantes fueron: por Argentina: el PRT - ERP; por Chile: el MIR –Movimiento de Izquierda Revolucionaria–; por Uruguay: Tupamaros; por Bolivia: el ELN –Ejército de Liberación Nacional– y por Brasil el PC –Partido Comunista. Se retoma la concepción estratégica de Cuba de apropiarse del control de la ‘guerra revolucionaria’, en el ámbito del Cono Sur, utilizando una organización supranacional para coordinar el ataque a las instituciones de los Estados, objetos de destrucción y sustitución por otros de cortes marxista–leninista–trokista. A modo de referencia, vale mencionar el clima de violencia inusitada que se vivía con anterioridad al 24 de marzo de 1976 en el ámbito de la Nación: la toma de localidades o las acciones contra elementos militares o contra la Justicia Federal en tanto a sus instalaciones como a sus hombres para amedrentarlos, con el fin de resaltar la magnitud de los elementos terroristas que operaban. Los más destacados fueron:  1969: Cordobazo, Rosariazo; asesinato del dirigente sindical Augusto T. Vandor. 1

Ausente, porque había comenzado su periplo por Bolivia, donde encontraría la muerte. Extraído del Documento Final de la Junta Militar del 28/04/83. 3 Se ajustaban a sus reglamentos Manual de Instrucción de Milicias Montoneras y a la Resolución 01/78 del Ejército Montonero por los que se impone el uso de uniforme, grado e insignias.

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 1970: secuestro y asesinato del ex presidente general. Pedro E. Aramburu; copamiento de Garín (Pcia de Buenos Aires) y La Calera (Pcia de Córdoba).  19714: ataque a un camión militar, robo de armas y asesinato de un oficial del Ejército; copamiento de Cárceles con la liberación de numerosos detenidos subversivos; asesinato de varios guardias cárcel; atentados contra el Juzgado Federal de Santa Fe entre tantos otros.  1972: atentado contra el ex ministro de Justicia de la Nación Jaime Perriaux, impulsor de la Cámara Federal en lo Penal (muerte de su custodio); asesinato del Gral. Juan C. Sánchez; fuga de la U6 del Servicio Penitenciario Federal de Rawson de importantes cabecillas terroristas con destino a Chile; intento de fuga de la Base Aeronaval Trelew. Copamiento del Batallón de Comunicaciones 141.  1973: asunción del Dr. Héctor Cámpora como presidente constitucional quien, mediante una Amnistía General, liberó de la cárcel a todos los guerrilleros presos5 (sumaban 2.2006), disolvió la Cámara Federal en lo Penal Nacional y derogó las leyes creadas para juzgar todo tipo de delitos conexos con el terrorismo. A su renuncia asumió el titular de la Cámara de Diputados, Raúl Lastiri, quien por Decreto 1454/73, declaró ilegal al PRT–ERP, pero no a Montoneros. Desde España, Perón impartió su Directiva Reservada: Patria Peronista versus Patria Socialista. Algunos analistas aprecian en ella la conformación de la AAA –Alianza Anticomunista Argentina–, organización para oponerse a la guerra revolucionaria, ejerciendo aquí también el terrorismo de Estado. En junio, y con el regreso de Juan D. Perón al país se produjo un fuerte enfrentamiento en Ezeiza entre terroristas y simpatizantes peronistas de derecha, a los que se suman el copamiento del Comando de Sanidad del EA y el asesinato del dirigente sindical José I. Rucci. Finalmente Perón asumió la Presidencia el 12 de Octubre.  1974: copamiento del Regimiento de Caballería Blindada 10 de Azul, asesinato del ex Juez de la Cámara Federal en lo Penal (anti-subversiva) Jorge V. Quiroga en total estado de indefensión; atentados contra el Dr. Malbran (herido en las dos piernas), contra el Dr. Munilla de la Casas (salvó su vida milagrosamente) y contra el Secretario de la Cámara Sr Bianco, todos integrantes del Camarón; copamiento de la localidad de Acheral en Tucumán con la finalidad de crear una zona liberada. Durante el festejo del día del Trabajador en la Plaza de Mayo, el presidente J. D. Perón descalificó a los Montoneros por altoparlante tratándolos de “estúpidos e imberberes”. Si existían dudas de su posición ante los hechos terroristas mencionados, éstas quedaron despejadas, en el mensaje dirigido a la Nación y a los deudos ya que marcó con claridad meridiana su pensar. A la muerte de Perón se hizo cargo de la Presidencia del país la vicepresidente, María Estela Martínez (quinto presidente en un lapso de catorce meses). Continuó la violencia con los copamiento de la ciudad de Gral. Mansilla (Buenos Aires) de la Fábrica Militar de Villa María con el robo de 170 fusiles y ametralladoras y un cuantioso saldo de secuestrados, heridos y muertos, de Santa Lucía (Tucumán) con el fusilamiento de tres

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Como consecuencia del sustancial incremento terrorista, se conformó la Cámara Federal en lo Penal que inició sus funciones el 16 de julio de 1971. Estaba compuesta por tres Salas y hasta su disolución el 26 de mayo de 1973 instruyó 8.927 causas contra el terrorismo y se encuadran legalmente estos delitos. En los últimos cuatro meses, el ERP, las FAL, las FAP y Montoneros, llevaron a cabo trescientas dieciséis acciones de suma violencia. 5 El entonces Ministro del Interior Dr. Esteban Righi, el 25/05/73 argumentaba una necesaria pacificación. Hoy este ex-desaparecido, (Nº de Actor 04320 del Anexo de la CONADEP, 15/10/84) avenido a Procurador General de la Nación, aconseja mediante una Resolución del año 2005, la anticonstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final; la pacificación de lado, olvidando su argumento de1973. 6 Unos 1.300 se reincorporan nuevamente a la lucha armada. Pág. Nº 9

ciudadanos y de Los Sosas (Tucumán). También el intento de copamiento del Regimiento de Infantería Aerotransportado 17 de Catamarca. La AAA y las organizaciones terroristas se disputaban el ejercicio del monopolio de la violencia. Durante ese año se registraron 21 intentos de copamientos de unidades de las Fuerzas Legales (FFLL) 466 atentados explosivos, 16 robos de sumas importantes de dinero, 117 personas secuestradas y 110 asesinadas, con un total de 4.150 acciones terroristas.  1975: María Estela Martínez de Perón firmó el Decreto Secreto 261, ordenando a las Fuerzas Armadas iniciar las operaciones militares en la provincia de Tucumán. Al respecto, R. Potash escribió:

“...una nueva instancia de la ola de violencia, increscendo se registró cuando las fuerzas de la guerrilla trataron de apoderarse de la provincia de Tucumán, en el norte de la República. El gobierno replicó, en febrero de 1975, ordenando que entrara en acción el Ejército y autorizándolo a tomar todas las medidas que fueran necesarias para neutralizar y aniquilar la acción de los elementos subversivos en esa provincia […] Es así como el 9 de Febrero de ese año, elementos del Tercer Cuerpo de Ejército tornando como base a la Quinta Brigada de Infantería reforzada con personal y medios de la Gendarmería Nacional, Policía Federal y Policía de la Provincia de Tucumán, comenzaron la “Operación Independencia”. Inicialmente, ésta abarcaba una zona de sesenta por cuarenta kilómetros entre la Quebrada de Lules y el río Pueblo Viejo, desde la Ruta Nacional 38 y hasta las cumbres del Aconquija. Posteriormente, en el mismo año, aun tropas y medios de otras jurisdicciones del Ejército, de la Armada y Fuerza Aérea, la mencionada operación se extendió a toda el territorio provincial…”. Las acciones más destacadas durante este año fueron: combate de Pueblo Viejo (Tucumán) entre el EA y el ERP; copamiento del Batallón de Arsenales 121 en San Lorenzo, robo de 215 fusiles y otras armas, con secuelas de muertos y heridos; copamiento de Famaillá (Tucumán); combate de Mánchala (Tucumán)7; la Compañía Miliciana 26 de Julio, produjo 23 hechos de violencia en Quilmes, Berazategui y Alte. Brown; la Compañía Miliciana Fred Ernest ataca a las Comisarías de La Matanza, Merlo, Moreno y 3 de Febrero; ataques de la Compañía Miliciana Evita Montonera de Montoneros, en Vicente López, Tigre, San Martín y Gral. Sarmiento con la destrucción de dos Bancos, diversas reparticiones policiales, 60 automóviles particulares y de la guardería náutica con 1.000 lanchas y la secuela de heridos y muertos; la Compañía Miliciana Arturo Lewinger, produjo 18 actos terroristas en Avellaneda, Lanas y Lomas de Zamora; copamiento del Tiro Federal en la Capital con muertos y robo de armamento del EA; atentado con explosivos al Destructor Misilístico ARA Santísima Trinidad por el Grupo Especial de Combate y ataque contra avión Hércules de la FAA, con la muerte de 6 gendarmes y 26 heridos. El 6 de septiembre, la organización subversiva Montoneros anunció su pase a la clandestinidad, mediante la conferencia de prensa de uno de sus jefes –Mario Firmenich–. Este hecho, al que históricamente se le ha dado poca relevancia, constituyó un hito muy importante por las implicancias que de él derivaron. En primer lugar, fue un voluntario y unilateral alejamiento de la legalidad en la confrontación política que establece nuestro ordenamiento constitucional. En segundo lugar, fue una identificación clara y manifiesta con las formas de lucha que, necesariamente, se desenvuelven con alto grado de crueldad y al margen del orden moral. En tercer lugar, una cobarde manifestación que puso al pueblo argentino como escudo humano para ocultarse tras él y no asumir las responsabilidades inherentes a sus acciones. En cuarto lugar, constituyó una formal declaración de guerra contra el gobierno legalmente constituido. Sí alguna duda quedaba acerca de los móviles y forma de actuar de esta organización terrorista, la medida adoptada contribuyó a disiparla. Para ese entonces, la organización subversiva terrorista 7

140 terroristas tienen un combate de encuentro con una patrulla de Ejército que los pone en fuga, dejando 17 bajas, uno de ellos del MIR chileno. Pág. Nº 10

PRT-ERP también se encontraba en la clandestinidad por su accionar violento, el que no se circunscribía solo a la provincia de Tucumán sino a todo el país. En la misma fecha, el Gobierno Constitucional de María E. Martínez de Perón, firmó el

Decreto 2452/75, que expresa: “Prohíbase el proselitismo, adoctrinamiento, difusión, requerimiento de ayuda para su sostenimiento y cualquier otra actividad que efectúe para lograr sus fines el grupo autodenominado Montoneros”. La debilidad e incapacidad y los continuos desaciertos del gobierno agravaron el proceso anárquico que continuó complicándose, evidenciando aun más la incompetencia de la Presidente para cumplir sus funciones.8. El 13 de septiembre se halló una solución transitoria para descomprimir la situación. El Congreso Nacional otorgaría a la Presidente una licencia de treinta días por motivos de salud en las sierras de Córdoba, lapso en el cual sería reemplazada por el Presidente Provisional del Senado Dr. Ítalo Argentino Luder. La opinión pública interpretó esta

licencia como el paso previo a un recambio presidencial, pero contrariamente a lo esperado, al finalizarla ella se resistió a dejar el poder. Al respecto, Félix Luna9 expresó que el entonces Ministro de Defensa Dr. Ángel F. Robledo, con el aval de las FFAA, le sugirió –sin éxito– que extendiera la licencia por 90 días más. En definitiva, a lo largo de 1975 los componentes políticos del oficialismo se enfrentaron entre sí y obtuvieron victorias pírricas que aceleraron el deterioro de la democracia10. Más allá de todas las artes de confusión empleadas, los reparos emotivos, el oportunismo, las diferencias de principios, las diferencias jurídicas y de procedimientos, no queda ninguna duda de que la finalidad última de la subversión revolucionaria era imponer, en forma inconsulta, un Estado marxista en la Argentina y aprovechar el inmenso potencial de nuestro país para proyectarlo al exterior. Tal propósito, que trastocó profundamente la identidad nacional, se constituyó en un motivo de extrema gravedad que impregnó de sustancia significativa la situación creada por la subversión revolucionaria con la recurrencia a la violencia armada para su logro. Resulta claro que este planteo constituía un caso bélico para la gran mayoría de los ciudadanos consustanciados con su ser nacional. El 5 de octubre, un mes después de su paso a la clandestinidad, la OPM Montoneros realizó el cruento ataque al Regimiento de Infantería de Monte 29 de Formosa dejando un saldo de: 10 soldados, un suboficial y un oficial muertos, diversos heridos de la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina y dos muertos de la Policía de la Provincia de Formosa; el secuestro de un avión comercial de Aerolíneas Argentinas; el uso de un avión oficial de la Gobernación de Corrientes y el robo de abundante armamento con 16 bajas de terroristas. Estos hechos evidencian la capacidad logística, planeamiento, inteligencia, coordinación e instrucción militar, logradas en Cuba, Libia, URSS y Líbano. R. Potash expresa: “En Octubre, a continuación de una serie de espectaculares ataque contra

instalaciones del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, el gobierno autorizó a las Fuerzas Armadas a hacerse cargo de las operaciones anti-guerrilleras en todo el territorio de la Nación. La Guerra contra la Subversión, como la denominaban las Fuerzas Armadas, comenzó, pues, durante el Gobierno Constitucional de la. Señora de Perón.

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Padecía de crisis nerviosas que hacían prácticamente imposible el manejo de los asuntos de Estado y según la impresión dominante, sus limitaciones la aislaban de la realidad, situación que era aprovechada por un entorno que, desde distintos cargos, se disputaban anárquicamente el poder real en el gobierno 9 En su libro De Irigoyen a Perón. 10 Revista Todo es Historia, número 313, Pág. 96. Pág. Nº 11

El 6 de octubre, el Gobierno Constitucional de la Señora María E. Martínez de Perón emitió los Decretos 2770/2771/2772/75 firmados por todos los Ministros del PEN, por los cuales se conformó el Consejo de Seguridad Interior (CSI); se estableció el control operacional de las Fuerzas Policiales de las Provincias y Penitenciarios y se ordenó a las Fuerzas Armadas realizar operaciones en todo el territorio nacional para aniquilar a la subversión. Otros hechos fueron: combates en el paraje El Quincho; en Tafí Viejo; en Arroyo Fronteritas y posteriormente en Arroyo San Gabriel en Acheral (Tucumán) contra elementos de EA, en distintas oportunidades; ataque a la guardia de la Quinta Presidencial de Olivos con 4 Policías muertos; ataques de la Columna Norte, desde el puente La Lucila hasta Tigre, incendiando entidades bancarias, comercios y guarderías náuticas; ataque al Batallón de Arsenales 601 en Monte de Chingolo produciendo la muerte de 10 efectivos de las Fuerzas Legales y 10 heridos, los terroristas sufrieron 70 bajas y decenas de heridos. El 18 de diciembre, el Br. Orlando Capellini se rebeló contra las autoridades legalmente constituidas, asumió el control del Aeroparque de Buenos Aires y la Base Aérea de Morón, pero la rebelión fracasó y fue designado en reemplazo del Jefe de la Fuerza Aérea, Br. Gral. Héctor L. Fautario, el Br. My. Orlando R. Agosti. Con el correr de los días se acentuó el desorden social, sumándose una gestión económica sin rumbo claro y acumuladora de desaciertos que, para fines de 1975, había llevado al país a una situación de involución con respecto a los años anteriores. Según Félix Luna11, el PBI descendió un 1,4% y se preveía para el año siguiente un descenso del 6%. El PBI per cápita bajó un 3%; el salario real estaba una cuarta parte por debajo del nivel de mayo de 1973, la totalidad de la emisión de billetes se multiplicó 14 veces, el valor del dólar pasó de $ 1.000 a $ 35.000 en dicho lapso; sólo durante 1975 la inflación creció 334% y la proyección para 1976 era del 4.500 %, si se mantenía el mismo ritmo. La economía había escapado de todo control razonable. Con posterioridad, se intentó llevar adelante un pedido de juicio político12 a la Presidente, que fue rechazado por la Cámara de Diputados en febrero de 1976 y con ello se agotaron las alternativas de un relevo encuadrado en la normativa constitucional vigente. En esta oportunidad, el Poder Legislativo no fue capaz de generar alternativas que permitieran responder adecuadamente a la grave crisis política y económica en desarrollo y frenar el derrumbe. Los métodos empleados durante la guerra contra las bandas de insurgentes en el país fue un aspecto manipulado con particular dedicación para confundir a la opinión pública y afirmar conceptos contrarios a quienes defendieron los ideales democráticas. La Argentina sufrió una agresión, sustentada por una ideología foránea pero instrumentada con recursos mayoritariamente nacionales: El que inicia la agresión determina los métodos que se

emplearán durante la lucha y el grado de intensidad con el que se los utilizará. Resulta interesante destacar las expresiones de algunos diputados nacionales los días 25 y 26 de febrero de 1976, en oportunidad de tratarse sobre tablas el proyecto del mencionado Juicio Político:

“…El país no puede transcurrir un minuto más en este desgobierno, en el descrédito interno y externo…” Diputado Ferreira “... (un país) que hoy está sumido en la miseria económica, en el más dramático enfrentamiento social, en el más absoluto desorden y que no encuentra en la conducción de este gobierno, en la persona de la Presidente de la República, a quien sepa empuñar el timón para llevar adelante la nave del Estado...” Diputado Monsalvo

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Félix Luna Golpes Militares y Salidas Electorales, Ed. Sudamericana Buenos Aires 1983. Presentado por el Diputado Moyano el 25 y 26/02/76 Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, Pág. 6019 y subsiguiente. 12

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”…Porque no hay duda alguna de que a partir del 01 de julio de 1974, la República ha entrado en un plano inclinado... Todo está peor que al 25 de mayo de 1973; ¡¡¡Grave emergencia nacional, señor Presidente!!! Así lo ha calificado nuestro partido (la UCR)…” Diputado Dr. Tróccoli Además de estas expresiones, hubo otros conceptos del mismo tenor vertidas en el Congreso Nacional por los senadores De la Rúa y Bravo, durante sesiones de los días 11 y 12 de marzo de 1976, y por los diputados Molinari Romero, Moyano y Sánchez Toranzo los días 17 y 18 de marzo de 1976 con las que calificaban la situación existente. En los grandes centros urbanos comenzaba a reinar un gran desorden manifestado a través de secuestros y asesinatos de empresarios, políticos, militares, policías y gremialistas. Y ese desorden se incrementaba día a día merced a los actos de terrorismo indiscriminado, destinados a infundir pánico en la población. El temor y la muerte dominaban las calles; los agentes de policía eran asaltados, les robaban sus armas y eran asesinados. La gestión presidencial de la improvisada María Estela Martínez de Perón se entorpecía aún más debido a la ineptitud de sus equipos de gobierno, frecuentemente, integrados por personas incapaces y corruptas; y a los repetidos cambios ministeriales. Durante los 1.036 días que duró el gobierno constitucional13 se sucedieron 40 ministros para cubrir 8 ministerios. El Gobierno iba perdiendo el monopolio de la fuerza, las bandas subversivas se lo disputaban palmo a palmo en todos los sectores de la vida social. La industria y el campo pararon sus actividades. La inflación y el desabastecimiento se convirtieron en temas acuciantes y cotidianos en el lenguaje de la población que no sólo se refería a los alimentos de la canasta familiar básica sino también a medicamentos, elementos para la construcción, etc. El Gobierno imponía precios oficiales que el minorista no podía cumplir, porque para adquirir mercadería debía pagar sobreprecios. En el Congreso Nacional se imponía la mayoría oficialista, pero debido a la desaparición de su líder, estaba sumida en una feroz lucha interna que la tornaba inoperante. Los pocos hombres que buscaban una solución no la encontraban. El Dr. Ricardo Balbín, principal líder de la oposición, llegó a manifestar que él no la encontraba y que no había nada más que hacer. La revista Criterio, en un editorial14 formuló juicios muy claros: “El país se encuentra en un estado de anarquía política, económica y social sin

precedentes. Y, lo que es más grave, vive en un asfixiante clima moral, mezcla de esperanzas perdidas, corrupción y falta de autenticidad (...). Existe la sensación de que puede suceder cualquier cosa en cualquier momento, porque eso fue lo que ocurrió en la Argentina durante el año1975. Los gobernantes aparecen preocupados por el golpe, pero los gobernados aguardan expectantes y angustiados cuáles van a ser los próximos actos de un conjunto de líderes que han perdido contacto con la realidad. (...) El país marcha a la deriva”. Los gremialistas de la jerarquía de Casildo Herreras se fugaban al extranjero. El gobierno se caía solo. Poco a poco, las instituciones iban dejando de funcionar. Como última alternativa y tratando de encontrar una salida constitucional, las FFAA instaron al Dr. Luder, por ese entonces titular de la Cámara Alta y sucesor institucional natural, a que ocupara la Presidencia. Pero éste no quiso, no supo cómo hacerlo o no tuvo el valor de afrontar esa responsabilidad. Se habían agotado las distintas alternativas posibles a través de los mecanismos constitucionales existentes. La dirigencia política de ese entonces no encontraba las soluciones que pudieran revertir la situación. A comienzo del año 1976 la anarquía se había adueñado de la República Argentina para beneficio de la subversión y desgracia de la Nación.

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Desde el 25/05/73 al 24/03/76. Revista Criterio, Nº 11728, del 27/11/75. Pág. Nº 13

La trágica situación que vivía el país, consecuencia directa de la incapacidad de los gobernantes, de la agudización de los desencuentros y de la escalada de los enfrentamientos durante los tres últimos años, colocaron a los argentinos en una encrucijada signada por la falta de alternativas políticas y legales para revertir la situación y por un preocupante vacío de poder. Muchos eran los problemas que afectaban a la economía del país y exigían prontas soluciones por la afectación inmediata sobre la población. Sobre esto, nos dice el informe FIEL15 que:  En marzo de 1976 la tasa mensual del índice de precios mayoristas era de 54%, la que aun manteniéndose estable (la tendencia era creciente) implicaba una proyección, anual del 17.000%.  La situación del sector asalariado, el período marzo de 1975 a marzo de 1976, indicaba que mientras los salarios nominales habían crecido un 370%, el índice de precios al consumidor aumentó un 566%, es decir, los salarios habían perdido una significativa capacidad adquisitiva. En realidad, esa pérdida era mayor por la existencia de un congelamiento oficial de precios, pero en la práctica, los precios se elevaban, tal como se evidenció posteriormente. También se había producido una virtual cesación de pagos internacionales. No había reserva de divisas para pagar las importaciones necesarias, se habían cerrado las líneas de crédito existentes y, como consecuencia, ni siquiera se podían importar los insumos esenciales para el funcionamiento de la industria. Es decir, se estaba al borde de la paralización industrial con sus consecuencias de desocupación masiva y caos social. En la aceleración de la inflación, el Estado era uno de los promotores principales, ya que el déficit fiscal previsto en el presupuesto nacional para 1976 era el doble de toda la circulación monetaria existente al 31 de diciembre de 1975. Durante el primer trimestre de 1976 ese déficit se financiaba mediante emisión monetaria a muy altos niveles, (63% de dicho financiamiento). Para tener una idea más exacta de lo sucedido, comparemos el déficit: en 1975 fue de 14,35% del PBI y a fin de 1976 disminuyó al 8,34%. La síntesis de la situación económica en marzo de 1976 era: desabastecimiento, recesión, cuasi hiperinflación, virtual cesación de pagos externos, Banco Central sin reservas, cerradas las líneas de crédito internacionales, carencia de capacidad de importación de productos esenciales para el funcionamiento de la industria y la economía en general, con la inmediata consecuencia de paralización industrial y desocupación masiva. Mientras tanto, la evolución alcanzada por la subversión, mostraba cada vez con mayor claridad su militarización, y la consecuente transformación de una lucha políticosocial en una guerra no convencional cuyo objetivo era apoderarse del Estado Argentino. La lucha armada para conquistar el poder, mediante el uso de la fuerza, era el modus operandi de la subversión que se arrogaba así una prerrogativa ilegítima en un Estado constituido, vulnerando todas las normas vigentes, pero principalmente llenvaba la disputa a un terreno esencial, ya que la conformación misma o génesis del Estado implica retener el monopolio de la fuerza, dejando que los ciudadanos diriman sus diferencias por medios pacíficos y legales. En nuestro país, a partir de su organización como un estado moderno, quedó vedada para las provincias la constitución o movilización de cualquier tipo de fuerza militar por ser facultad exclusiva del gobierno nacional16. Ello no implicaba una desvinculación ciudadana del uso de la fuerza porque, conforme a lo establecido en la Constitución Nacional, todos los ciudadanos tienen derecho y obligación de armarse en defensa de la Patria de acuerdo con la normativa legal vigente, aspecto este que de ninguna manera fue tenido en cuenta por la acción violenta subversivas. Las FFAA son, como institución del Estado, la expresión armada del conjunto de la sociedad y en consecuencia, actúan reflejando a la comunidad a que pertenecen. En esta 15 16

FIEL – Consejo Empresario Argentino El gasto público en la Argentina 1960 –1988. Ley de Roca. Pág. Nº 14

situación de emergencia y ante la pretensión arrebatarle al Estado el monopolio de la fuerza, las FFAA, en el cumplimiento de su razón de ser esencial17, enfrentaron la legítima necesidad de resguardar esta función básica del Estado, resignando, temporaria y parcialmente, la legalidad del estado de derecho. A toda persona sensata y bien intencionada, sólo le bastaba reflexionar sobre la situación que diariamente se vivía para comprender claramente estas consideraciones de excepción. Por ello, no es de extrañar que, más allá de algunos auténticos reparos principistas, la mayor parte de la población apoyara, o por lo menos justificara, la irrupción de las FFAA en el gobierno y la temporaria y parcial supresión del estado de derecho. Naturalmente, esta adhesión fue prácticamente unánime en aquellos sectores que, por su formación y funciones, estaban más estrechamente relacionados con los problemas de defensa o seguridad, quienes, a través de la pertinencia propia de sus actividades, podían esclarecer más idóneamente lo que verdaderamente estaba sucediendo. Lo manifestado se trasunta en las expresiones de los principales medios escritos de aquel momento:  “Prácticamente un 90% de los argentinos habla hoy de la proximidad de un golpe

de estado” Diario La Opinión (20/03/76).  “Hay tranquila resignación en el Congreso frente a los inevitables acontecimientos que se avecinan” Diario La Razón (21/03/76).  “Los pocos legisladores que asistieron al Parlamento se dedicaron, a retirar sus pertenencias y algunos solicitaron un adelanto de sus dietas.” Diario Clarín: (21/03/76).  “…La crisis ha culminado. No hay sorpresa en la Nación. En lugar de aquella sorpresa hay una enorme expectativa... Precisamente por la magnitud de la tarea a emprender, la primera condición es que se afiance en las Fuerzas Armadas la cohesión con que han actuado hasta aquí. Hay un país que tiene valiosas reservas de confianza, pero también hay un terrorismo que acecha…”. Editorial del diario La Nación: (25/03/76).  “Se abre ahora una nueva etapa, con renacidas esperanzas. Y, si bien el cuadro que ofrece ahora el país es crítico, no hay que olvidarse que todas las naciones tienen sus horas difíciles y que el temple de sus hijos es capaz de levantarla de su ruina.” Editorial del Diario Clarín: (25/03/76). Una vez más frente a la crisis, las FFAA fueron estimuladas a adoptar un papel político activo. Otras opiniones interesantes de aquella época fueron vertidas por dos reconocidos escritores argentinos:

"Le agradecí personalmente el golpe del 24 de marzo, que salvó al país de la ignominia, y le manifesté mi simpatía por haber enfrentado las responsabilidades del gobierno. Yo nunca he sabido gobernar mi vida, menos podría gobernar un país”… (Jorge Luís Borges 19/05/7618)

“EI general Videla me dio una excelente impresión. Se trata de un hombre culto, modesto e inteligente. Me impresionó la amplitud de criterio y la cultura del presidente.” Ernesto Sábato En 1978, Sábato explicaría su posición en un artículo de la revista alemana GEO:

La inmensa mayoría de los argentinos rogaba casi por favor que las Fuerzas Armadas tornaran el poder. (…) Todos nosotros deseábamos que se terminara ese vergonzoso gobierno de mafiosos. (…) Desgraciadamente ocurrió que el desorden general, el crimen y el desastre económico eran tan grandes que los nuevos mandatarios no alcanzaban ya a superarlos con los medios de un estado de derecho. Porque entre 17

La razón de ser de las FFAA es mantener para el Estado el monopolio del uso de la fuerza. Comentarios expresados luego de un almuerzo con el Gral. Videla, con Anguita Eduardo y Caparrós Martín La Voluntad Ed. Norma, Tomo 3, Bs. As 1979, Pág.72. 18

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tanto, los crímenes de la extrema izquierda eran respondidos con salvajes atentados de represalia de la extrema derecha. Los extremistas de izquierda habían llevado a cabo los más infames secuestros y los crímenes monstruosos más repugnantes. Sin duda alguna, en los últimos meses muchas cosas han mejorado en nuestro país: las bandas terroristas han sido puestas en gran parte bajo control. Lo paradojal fue la actitud de los sectores políticos. Ellos, que siempre habían levantado su voz en contra de la interrupción de los gobiernos constitucionales por parte de los golpes militares, una vez más, dejaban al país en el caos más profundo y en la percepción de agotamiento de todas las alternativas válidas para continuar en el orden constitucional. Resulta difícil poder comprender cómo, después de la experiencia recogida en nuestra vida institucional, la dirigencia política no había ideado, durante ese período constitucional de 1973 a 1976, un mecanismo adecuado para salir de estos gravísimos estados de crisis, terminales, sin tener que recurrir a la opción de hierro planteada, como: O dejar a los ciudadanos, y al país entero en grave riesgo de todo tipo de calamidades o reclamar, y exigir un golpe militar, al que luego no solo se lo denostará, sino será negado en la formas mas hipócrita que la Historia Argentina ha conocido, pues por cierto es que se prohijó mucho antes de suceder, por los propios vergonzantes de hoy. Es sugestivo constatar que en los diferentes golpes militares siempre cambiaron las personas que los conducían. Mientras que en los gobiernos constitucionales, fueron, en muchísimos casos, las mismas personas las que volvían a aparecer reiteradamente, en el escenario de esta alternancia cívico-militar. ¿Incapacidad?, ¿Especulación?, ¿Escondida aceptación?, ¿Intereses espurios? Creemos que escaparía, y desatendería el objeto principal de este trabajo el abrir juicios al respecto, pero no puede menos que resultarme sugestivo tales constataciones, sin mayores esfuerzos que pasar lista a los hombres que funcionales aceptan por sí o por terceros estos cambios de roles. Las desoladoras experiencias de 1973 y la creciente ineptitud del gobierno para implementar soluciones eficaces, puntuales y oportunas hasta 1976; capaces de enfrentar la subversión armada, fueron paulatinamente creando la convicción sobre la imposibilidad de lograr la tranquilidad pública dentro del estado de derecho, dadas las falencias con las que éste se presentaba. Un enfoque particular sobre el tema es abordado por el escritor e historiador Isidoro Ruiz Moreno que asigna a Perón, pese a haber fallecido casi dos años antes, una influencia preponderante y una particular responsabilidad en la situación creada que motivó el cambio de gobierno del 24 de marzo de 197619. Un análisis paralelo es el del periodista Joaquín Morales Sola20 al hablar sobre la complacencia o el error de los dirigentes del momento sobre la misma situación.

Diario Clarín, 21/03/01. Diario La Nación, 24/03/01, extracto de lo publicado: El Ministro de Defensa H. Jaunarena acaba de decir en un discurso oficial que los golpes militares no hubieran existido en el país sin la complacencia o el error sistemático de las dirigentes civiles. Las palabras se corresponden con la verdad histórica y constituyen una virtual autocrítica de los políticos. El segundo gobierno peronista de 1973, encabezado por su propio líder histórico, caducó de hecho, el 01/07/74, cuando la muerte previsible se abatió sobre J. D. Perón. Lo que siguió fue la decadencia política, a veces lenta y a veces rápida, de un régimen sin vuelo y sin aliados. Perón les tendió un puente a los militares cuando enfrentó a las organizaciones guerrilleras que el mismo había alentado. Sin embargo no está exento de culpas. El egoísmo o la omnipotencia lo llevaron a1 umbral del adiós a dejarle como herencia a la Argentina a una esposa que solo él había elegido en la soledad indisputable del exilio, Maria E Martínez de Perón (Isabel) fue una presidenta mediocre, terca y extravagante. El radicalismo de Balbín se distanció de ella aún sin empujarla al abismo hacia el que caminaba sola, el pacto con una parte de la burguesía, se quebró con la renuncia de Gelbard, los sindicatos la jaquearon sin tregua en una interna distributiva y los militares comenzaron a entrever que el relevo político caía en sus manos. ¿Qué imposibilitó que se reemplazara a Isabel por un gobierno civil en condiciones de domar la crisis durante ese semestre crucial? La única conclusión más o menos valida después de todo lo que se sabe, es que hubo entonces un choque letal de mezquindades entre civiles y militares. La

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Curiosamente, también el documento del episcopado publicado en un diario local, 25 años después de ese acontecimiento, señala la responsabilidad de las medidas oportunas para evitar hechos que luego todos lamentarán21. 0tra opinión que merece ser tenida en cuenta es la del diario La Nueva Provincia, que el 24 de marzo de 2001 expresó, entre otras consideraciones:

“…Más que un golpe de Estado, el del 24 de Marzo de 1976 fue un acto de rebelión de una sociedad que había sido abandonada al terrorismo por sus gobernantes. Lo produjeron las Fuerzas Armadas si, pero movidas por el clamor público, acompañadas políticamente por los que exigían justicia. No solo para sí, sino para los deudos de las victimas y protección para quienes estaban amenazados…”. Eran todos, aunados, los que tenían el deber de jugarse la vida para mantener el orden y así fue. Por eso, se llegó a ese golpe cívico-militar, desarrollado por políticos, sindicalistas y hasta pensadores cuyo único crimen fue el oponerse con la palabra a los planes de los subversivos para usurpar el poder. Hasta 1976, hubo centenares de muertos, entre aquellos elegidos para el asesinato y los caídos por bombas colocadas impune e indiscriminadamente, sin preservar a los inocentes, porque sus muertes, mejor que las de los combatientes, servían, a propagar el terror, el arma que una minoría de criminales había imaginado a fin de rendir la repulsión social. A igual objeto apuntaba la imposición de contribuciones forzosas para no padecer atentados o el sometimiento a la tortura del secuestro extorsivo. El pretexto fue las necesidades de la lucha, sin embargo, eran abundantemente financiadas desde el exterior. La realidad, los jefes recaudadores pudieron así amasar fortunas que luego disfrutaron en exilios de lujo y hoy todavía sirven para sus carreras políticas. Más allá de los enunciados contenidos en los documentos públicos de la época, algunos de ellos redactados quizás con una gran dosis de subjetivismo y voluntarismo, dos objetivos fueron unánime y claramente percibidos por la conciencia de los integrantes de las Fuerzas Armadas y del Pueblo Argentino: superar el vacío de poder político para restablecer un auténtico estado de derecho; aniquilar la subversión armada y devolver al estado el monopolio de la fuerza. Al respecto, Oscar Camilión en su libro Memorias Políticas se pregunta22: “¿Por qué no se trabajó en la sucesión de Isabel? Yo creo que en un momento dado era imposible. Faltaba para terminar el mandato de Isabel un año y la situación económica se había hecho inmanejable. La experiencia de la hiperinflación en las condiciones internacionales sumadas al problema de la violencia terrorista hacían muy difícil la hipótesis de que pudiera mantenerse un año más (...), lo único que dio estabilidad al último ciclo de Isabel, quiero decir, que demoró el golpe, era la renuencia militar. Es decir, los militares no querían hacerse cargo del gobierno. (...) Esto era una evaluación muy realista (la situación de violencia subversiva) y que explicaba al mismo tiempo la renuencia, de los militares para asumir esa responsabilidad. Puede asegurarse, sin temor a equivocarse, que frente, a las experiencias aun frescas del 73, a las Fuerzas Armadas les costó muchísimo tomar la enorme mayoría de dirigentes civiles apostó por un golpe militar tradicional (sin mucha sangre y con cierta tolerancia) que combatiera los grupos guerrilleros y que pusiera en orden la economía, imagino que una vez cumplida esa misión, los militares volverían pacíficamente a los cuarteles y los civiles al poder. 21

...y no olviden que ciertas crisis de la historia hubieran podido tener otras orientaciones, si 1as reformas necesarias hubieran prevenido tempestivamente con sacrificios valientes, las revoluciones explosivas de la desesperación. La 129º reunión de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Argentina Bs. As. 10/08/01. 22 Camilión Oscar, Memorias Políticas (de Frondizi a Menen, 1956-1996, conversaciones con Guillermo Tasio) Ed. Planeta, Todo Historia, Mayo 2000, Pág.182. Pág. Nº 17

decisión institucional de interrumpir el proceso democrático y que, al hacerlo, primó en sus hombres la convicción de un deber primordial: cumplir la pesada carga que demandaba restituir a la Nación la paz, la tranquilidad pública y la gobernabilidad del país, las cuales no podían soslayarse sin que surgieran gravísimas consecuencias para la Patria”. (Camilión,…) Sobre ese tema, Félix Luna, expresa: “…hemos visto que las Fuerzas Armadas derrocaron a los gobiernos civiles cediendo, en general, al reclamo de sectores de la ciudadanía. A la gravedad del escenario político descrito, la existencia de un verdadero estado de guerra interno, representaba de hecho, una situación que indica directamente en la razón de ser (misión) de las Fuerzas Armadas, por lo que involucrarse en ella se les tornaba ineludible. Ignorar esto, hubiera significado un irresponsable egoísmo institucional o sectorial, análogo al proceder de los ejércitos rusos frente a la revolución bolchevique”. (Luna,…) La guerra requiere siempre de una política integral del Estado para enfrentarla con posibilidades de éxito. Cuando el gobierno constitucional de 1975 adoptó la opción militar mediante la implementación de un conjunto de instrumentos legales23, para contrarrestar la sofocante violencia que propinaba la subversión armada, produjo un acto desesperado, pero insuficiente en sí mismo. En el vacío de su poder político y la anarquía de sus facciones internas, lanzó una acción militar sin un sustento político real, precisamente, con un tipo de guerra que puso énfasis en la estrechísima interacción entre la acción política y la militar. Por el contrarío, los subversivos dieron muestras contundentes de entender y practicar correctamente este axioma. Las Fuerzas Armadas comprendieron rápidamente que sin el necesario sustento político, las operaciones militares estaban, de antemano, condenadas al fracaso. Pero el gobierno de ese entonces, tampoco estaba en condiciones de proporcionárselo. Así las Fuerzas Armadas se vieron enfrentados al dilema: asumir un fracaso cierto o no por llevar a cabo las operaciones militares ordenadas o, procurarse el sustento político necesario. Es decir, el estado de guerra que se vivía puso al descubierto la debilidad de una situación política tal, que derivó en un gobierno de facto y no al revés como sostienen actualmente los ideólogos de la subversión. El Proceso de Reorganización Nacional no fue para las Fuerzas Armadas una opción deseada, sino una dura carga que debieron asumir como un mandato impostergable de la historia ante el vacío que dejaron todos los sectores dirigentes, quienes en su cobardía ante las aciagas horas, solo lograron que se desentendieran de la responsabilidad que les correspondía, evitando costo alguno. Ese vacío de poder, la consecuente anarquía, la falta de alternativas políticas para solucionar institucionalmente la prolongada crisis, todo ello dentro de un alto grado de violencia subversiva, más las experiencias sufridas por los países vecinos, fueron las causas objetivas que motivaron el Proceso de Reorganización Nacional. De manera indiscutible, este estado de cosas comprometía directamente las posibilidades de éxito de la guerra que, previamente, había sido lanzada por las autoridades constitucionales. Tampoco es lógico ni razonable, salvo obvias razones de mala fe en un análisis objetivo, poner en un plano de igualdad, la agresión armada de la subversión revolucionaría, que nos introdujo en una Guerra, con el golpe de Estado que desembocó en el Proceso de Reorganización Nacional. Hay una desproporción absoluta entre una y otra acción. Fue así como el 24 de marzo de 1976 se cumplió un viejo axioma que dice “Cuando actúan los

militares haciendo la guerra es porque fallaron los políticos construyendo y manteniendo la paz”. En la guerra contra la subversión, se aplicó el concepto de ‘elección del mal menor’ y no el de ‘el fin justifica los medios’. La gravedad de este propósito, por sí solo debió haber despertado unánimes actitudes de unión y solidaridad, más allá de las diferencias de 23

Materializados por Decreto Secreto Nº 261 del 05/02/75, Decreto 2770 y subsiguientes. Pág. Nº 18

enfoque que pudieran merecer quien ejecutaba la voluntad de la mayoría. Lamentablemente, a pesar de ser mayoritaria, la solidaridad no fue unánime. Es importante señalar, por ello, como una de sus causas a la soberbia de los intelectuales, y el oportunismo de los políticos como los grandes ausentes que no asumieron la responsabilidad que les cupo, hecho por el cual aún no han pedido perdón. Previo al golpe de Estado de 1976, las Fuerzas Armadas instaron, sin éxito, a la sucesión institucional natural para superar la crisis, pero la dirigencia política no encontró la solución para revertir la situación. Cabe aclarar que los detractores de esta actitud institucional suelen hacer mención a los apetitos personales de poder como verdadero motor de la toma del gobierno por las Fuerzas Armadas y para demostrar la falsedad de esta aseveración, es importante referir el hecho poco frecuente de no haberse instaurado un poder unipersonal, sino compartido en una Junta y la norma de limitación previa en la duración de los mandatos, que se cumplieron con exactitud. Pese a la violencia generada por la subversión, el Proceso de Reorganización Nacional produjo logros significativos que le proporcionaron legitimidad de ejercicio:  Finalizó la sensación de impotencia del Estado.  Se retomó para el Estado el monopolio de la fuerza y se alcanzó la paz interior.  Se demostró que la subversión armada no tenía la fuerza que aparentaba en un contexto de anarquía.  Se potenció la acción militar y se posibilitaron resultados contundentes dentro de un contexto político adecuado.  Se logró mayor seguridad y protección para la población. El objetivo de aniquilamiento24 en el ámbito nacional fue logrado efectivamente, en el año 1979. El diario The Times, en 1977, refiriéndose a las organizaciones terroristas PRT – ERP y Montoneros expresó: “…

Sus acciones terroristas habían alcanzado tal proporción que hacen que parezcan como juego de niños contra una sociedad indefensa, los secuestros en Alemania Occidental de Banda Baader Meinhoff y los disparos a las piernas en Italia de las Brigadas Rojas. Los terroristas italianos y germanos occidentales no pueden ser comparados con la fuerza y la ferocidad de los grupos argentinos”... No cabía en ese entonces ningún eufemismos sobre la palabra ANIQUILAR.

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No cabía en ese entonces ningún eufemismos sobre la palabra ANIQUILAR. Pág. Nº 19

3) Capítulo 3 – Margarita Belén Demostrar la veracidad de la versión dada por el Ejército Argentino en 1976 acerca del hecho falsamente denominado como - Masacre de Margarita Belén- ha sido mi propósito al escribir este libro. Desvirtuar la falsa versión de la revista La Semana del 22 de diciembre de 1983 y del diario El Norte del 28 de diciembre de 1983, de las que se han hecho eco la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal en la Sentencia de la Causa 13, Caso 678 y Conexos y los demás medios de comunicación social. El órgano jurisdiccional con competencia para investigar el Caso Margarita Belén no es otro que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas –COSUFFAA– ejercido por el Juzgado de Instrucción 59 por delegación, de acuerdo con lo establecido por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2816/84. Lo contrario sería consentir la eficacia legal de la intervención instructoras de la Cámara Federal en la Causa 13 Caso 678 y Conexos, dado que no se compadece con el principio fundamental Nom bis in idem de que dos tribunales distintos y de extraña jurisdicción instruyan sendas causas por idénticos supuestos delitos, pudiéndose plantear la contradicción jurídica de que en una de ellas se encuentren responsables y en la otra no, como se dio en este caso.

A) El Hecho Este hecho comienza cuando los Jefes de las Unidades25 de las Guarniciones de Resistencia y Corrientes convocaron a oficiales de sus respectivas unidades el 11 de diciembre de 1976 y, en ejercicio de sus facultades reglamentarias, impartieron una orden verbal usual en nuestra profesión. En ella, se les imponía que el 13 de diciembre debían presentarse con uniforme de combate y armamento individual en el Grupo de Artillería 7 para ponerse a disposición de su Jefe (a su vez Jefe del Área Militar 233) e integrar una columna de transporte de detenidos, alojados en Resistencia, hasta la ciudad de Formosa. Las coordinaciones y detalles se realizaron entre el personal ordenado y el Jefe de la columna de transporte. Aquella orden, tenía su fundamento operacional en el Mensaje Militar Conjunto Nº 4.000/76, impartido el 11 de diciembre, a las 10:40 horas por el Comandante de la Brigada de Infantería VII, General de Brigada Cristino Nicolaides que debía ejecutar el Jefe del Área Militar 233 (JAM 233) Teniente Coronel Jorge Larreteguy e informar al Comandante del Cuerpo de Ejército II, General de División Leopoldo F. Galtieri. La orden así fue cumplida e incorporada, en esa secuencia, a la Causa que tramitara e instruyera el Juzgado de Instrucción Militar 59 en el expediente 7I 4 8101. En el Mensaje Militar Conjunto, se detalló la nómina de los 13 (trece) detenidos, cuyo traslado se había ordenado: 1. Luís Ángel Barcos Guevara a disposición del PEN26 Decreto 2137/76, detenido en la U7. 2. Mario Cuevas Gamarra a disposición del PEN Decreto 1829/76, detenido en la U7. 3. Luís Arturo Franzen Bogado a disposición del PEN Decreto 2137/76, detenido en la U7. 25

La participación de oficiales de cuatro unidades distintas se debió a que las mismas se encontraban disminuidas en sus efectivos, por encontrarse en período de licencia anual ordinaria y pases generales. 26 PEN: Poder Ejecutivo Nacional. Pág. Nº 20

4. Manuel Parodi Ocampo a disposición del PEN Decreto 2137/76, detenido en la U7. 5. Néstor Carlos Sala Fabri a disposición del PEN Decreto 10/76, detenido en la U7. 6. Patricio Blas Tierno Franco a disposición del PEN Decreto 2137/76, detenido en la U7. 7. Carlos Alberto Duarte Ruíz Díaz a disposición del PEN Decreto 4116/75, detenido en la U7. 8. Julio Andrés Pereira Almirón a disposición del JAM 233, detenido en la UR I Alcaidía. 9. Luís Alberto Díaz Acuña a disposición del JAM 233, detenido en la UR I Alcaidía. 10. Roberto Horacio Yedro Vidosola a disposición del JAM 233, detenido en la UR I Alcaidía. 11. Reinaldo Amalio Zapata Cogna a disposición del JAM 233, detenido en la UR I Alcaidía. 12. Carlos Alberto Zamudio a disposición del JAM 233, detenido en la UR I Alcaidía. Transitoriamente en la Brigada de Investigaciones. 13. Fernando Gabriel Píerola Mayor a disposición del JAM 233, detenido en la UR I Alcaidía. Las coordinaciones y detalles del nuevo alojamiento de los detenidos,-U10- estaban a cargo del Jefe Área Militar 233 (Chaco), y del Jefe Área Militar 234 (Formosa), situación contemplada en los Mensajes Militares Conjuntos Nº 4.000/76, y 4.001/76, del Comando Brigada Infantería VII27 y ratificada por Mensaje Militar Conjunto Nº 1.369/76 del 12 de diciembre a las 12:30 horas desde el Grupo de Artillería 7, al Jefe Área Militar 234 (Formosa), y al mencionado Comando28. Además, quedó reflejada en las declaraciones prestadas por el Coronel Reinaldo M. Alturria (Jefe Área Militar 234 - Formosa), desde fojas 689 a 691 del Sumario Militar caratulado Investigación de los hechos ocurridos el 13 de diciembre de 1976 en

proximidades de la localidad de Margarita Belén (Chaco) durante el presunto enfrentamiento producido entre Fuerzas Legales y elementos subversivos del JIM 59. Allí, el mencionado Jefe manifiestó que la operación era de rutina y así se procedía en todos los casos. La orden del Jefe Área Militar 233 del 12 de diciembre de 1976, fue notificada al Jefe de la Unidad 7 del Servicio Penitenciario Federal y al Jefe de la Policía del Chaco, Comisario General Wenceslao Ceniquel por expediente I26.0034/63, quien procedió a comunicarla a su inferior jerárquico, el Jefe de la Unidad Regional Ira, con el fin de que adoptara las medidas y previsiones necesarias para darle exacto cumplimiento. Dando estricta observancia a lo impartido, los detenidos salieron a bordo de dos camiones del viejo Cuartel de la Liguria, asiento natural del Grupo de Artillería 7 y de la Compañía de Comunicaciones 7 aproximadamente a las 02:00 horas del 13 de diciembre con destino inicial a la Alcaidía de la Policía Provincial del Chaco, para su posterior trasladado al nuevo destino en la Unidad Nº 10 del Servicio Penitenciario Federal, sita en la capital de Formosa. Los motivos del traslado se fundaban en la indisciplina, según lo establecido en el Mensaje Militar Conjunto y en el pedido formulado por el Servicio Penitenciario Federal, U7, según obran en el Sumario Militar del JIM 5929. Pareciera que la motivación invocada 27 28

Agregados a fojas 537 y 538 del Sumario Militar instruido por el JIM 59. Agregados a fojas 538 del Sumario Militar. 29

El General Nicolaides, máximo responsable militar de la Seguridad de la Sub-Zona 23 que abarcaba las Provincias del Nordeste, al declarar en el Sumario expresó: ….A cierto

malestar comprobado en la Unidad Carcelaria provocado por un grupo de terroristas y que podían acarrear problemas de mayor envergadura con el resto de la población carcelaria…. Hoy se podría afirmar, sin ser oficial, que se intentaba además entorpecer el funcionamiento de las organizaciones subversivas que lo hacían coordinadamente desde la Pág. Nº 21

del traslado fuera algo excusado para disimular las supuestas motivaciones reales según la querella. Lo cierto es que las organizaciones subversivas seguían estructuradas jerárquicamente y organizadas en su aparato financiero, logístico y de conducción dentro y fuera de las Unidades Carcelarias, en el País y en el exterior. Los correos30 eran variados en su calidad de seguridad para la organización entre las Alcaidías de Resistencia y Formosa y entre ellas y la U7 y U10 y el exterior. Incluía Directivas y por supuestos ordenes. Es decir seguían operando como tales, como organización. Ver Anexo 2 OPM Montoneros Y si bien lo hacían con algunas limitaciones, contaban con un grado de Inteligencia Básica e Información31 y para el caso que nos ocupa, existen declaraciones diversas, de ex detenidos por actividades subversivas que manifestaban que sabían de un futuro traslado. El periodista Werner Perot en un artículo de Página 12, titulado Treinta años sin Justicia se puede ver: http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/177624-2006-12-13.html y http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/subnotas/77624-25071-2006-1213.html titulado El simulacro hasta el fin, realiza un reportaje a Juan P. Tierno y Dafne Zamudio, hijos de los trasladados en Margarita Belén, afirmando: Sabían que los iban a

matar. El centenar de presos políticos de la cárcel de Resistencia había recibido hasta una lista con los nombres de los que iban a sacar del penal para fusilarlos. Raúl Alconada Sempé Ex Vice Canciller en un artículo de Tribuna del 30 de enero de 2007, se manifiesta amigo de Tierno (uno de los trasladados), afirmando Horas antes de que lo asesinaran, le dijo a un compañero de prisión que sabía que lo matarían esa noche, refiriéndose a dichos de Tierno. Sabían del traslado, lo que les permitió planificar la Operación Tampón, esta información aparece en una reciente carta que un ex desaparecido le enviara al Defensor Oficial, ver Anexo 3 Correspondencia clarificante de un ex detenido, permitiéndome afirmar que sabían del traslado, pudiendo afirmar que las medidas de seguridad adoptadas por las Fuerzas Legales fueron vulneradas, lo que permitió a la OPM Montoneros, planificar y ejecutar la emboscada para liberar prisioneros y eventualmente obtener armamento. Ilógico, era pensar que tendrían despejado, las incógnitas del ¿Cuándo? y ¿Dónde? La columna, a cargo de un Mayor, estaba compuesta por dos Tenientes 1º, seis Tenientes y un Subteniente de las Guarniciones Militares de Resistencia y Corrientes32. Dada la peligrosidad de los detenidos trasladados, según los legajos obrantes, la organización de personal para el cumplimento de la tarea se encontraba sujeta a la estricta reglamentación vigente del Ejército Argentino para estos casos, rutina que regula y condiciona nuestro accionar.33. Al sacarnos de la órbita del Juez Natural, los Jueces

cárcel con los elementos externos, la que no nos debe llenar de asombro, por los variados ejemplos delictuales, pasados y presentes. 30 Uno de los correos, según Jorge Giles escritor de Allí va la vida en Pág. 61 a 65, manifiesta esto del capellán de la U7 Padre Brisaboa. También interesante la narración de las variadas formas en que se comunicaban, entre ellas en Morse (Pág. 98) La Historia nos da la razón de la presunción de entonces y lo más importante dicho por ellos mismos, ratificándose los fundamentos de la necesidad del traslado. 31 Ver Manual de Información e Inteligencia, agregado a fojas 239 a 242 del cuaderno de pruebas del procesado ex Tte. Gral. Galtieri, en la Sentencia de la Causa 13. 32 La ausencia de suboficiales y personal de tropa se debió a la necesidad de acentuar las medidas de seguridad- contrainteligencia (las que fueron vulneradas ya que sabian del traslado y que demostraré más adelante) debido a que en la Fuerza existían infiltrados, y a modo de ejemplo, se había detectado y detenido puesto a disposición del JAM 233 - Chaco, al soldado conscripto Ricardo A. Uferer y al soldado conscripto Ramón Luque como integrantes de Montoneros y revistando en el Servicio Militar Obligatorio en el GA 7. Se tenía fresco en la memoria, la entrega del puesto de centinela del Regimiento de Infantería de Monte 29 de Formosa, por el entonces soldado conscripto Luís R. Mayol y que costara la vida de 10 soldados, 1 suboficial y 1 oficial, aquel fatídico 05 de diciembre de 1975, en la conocida - Operación Primicia - de la OPM Montoneros y sus secuelas de muertos y heridos en la otras Fuerzas Legales. 33 Ver el RV – 200 – 5 SERVICIO EN GUARNICIÓN – 1968, en Pág. 54 manifiesta: SECCION III - TRASLADO DE PRESOS MILITARES en artículo 9016 en 3), el Procedimiento podrá ser: a) Pág. Nº 22

Federales desconocen el mandato reglamentario y es utilizado desnaturalizadamente como fundamento de Sentencia en la Causa 13 Caso 678 y conexos. Llegaron a la Alcaidía a las 02:30 horas aproximadamente los efectivos del Ejército. Allí, ya, les esperaba un patrullero de la Policía de la Provincia del Chaco, con cuatro efectivos de esa Institución, que oficiaría de acompañamiento y custodia, en la vanguardia o sea adelante. Afuera de la Alcaidía quedan el patrullero policial y el camión de custodia Unimog 416, entrando a la dependencia, solamente el Mercedes Benz 1114. Tras, el reconocimiento de práctica, y revisaciones pertinentes, de las condiciones físicas, de los internos, se reciben los trece, allí alojados, rutina que hoy sigue en práctica en el EA y SPF; todos detenidos masculinos34. Para, provenir a su posterior traslado, procediéndose a la recepción de la documentación pertinente. Resalto esto, porque el CELS (ONGs)35 presidida por Horacio Verbistky, por un lado y el representante del Estado Nacional, en la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación, el Dr. Eduardo L. Duhalde, ambos querellantes, aumentan a veintidós personas trasladadas, sin fundamentos que lo avalen. Significativamente, utilizando similar procedimiento al que se hiciera con el número de desaparecidos, en donde la CONADEP investiga 8961 casos, pero instalan en la conciencia social un número significativamente mayor de 30.000. La importante cantidad de desaparecidos, que luego van apareciendo, de los cuales más adelante consigno, con nombres y apellidos, un muestreo de algunos casos, que por si solos, afirman este concepto. Lo insólito de este último funcionario, es quien como representante de este Ministerio, supuestamente, debiera saber, que esto se encuentra consignado y consagrado por fallo judicial, Causa 13 – Caso 678 y Conexos, en la Sentencia Pág. 1.464 Tomo II. En esa pieza, se habla de trece abatidos36. Esto coincide Riguroso (explicitada en el punto de abajo). Ver ROD 13-01 (ex RC 50-1) POLICÍA MILITAR (1968) 3.030. Traslado de presos militares. Los presos militares podrán ser trasladados (…), en vehículos motorizados, (…). 3.032. En vehículos motorizados. El traslado podrá ser realizado en vehículo (…), camión, (…). Cuando se utilicen estos medios de transporte será necesario adoptar ciertas medidas de seguridad antes y durante el movimiento. Estas medidas estarán íntimamente relacionadas con las características del o los presos, tipo y cantidad de vehículos que se empleen, en el traslado y duración del viaje. Las principales medidas de seguridad serán: 1) Antes de que los presos suban al vehículo, éste será controlado a fin de retirar o guardar debidamente todo material, equipo, herramientas, etc., que pueda ser utilizado como arma. 2) En lo posible, el vehículo será estacionado próximo a la salida a utilizar por el prisionero, lejos del público y los lugares de tránsito intenso. 3) Los presos será revisados inmediatamente antes de subir al vehículo. 4) Los presos no serán esposados a un objeto fijo dentro del vehículo. 5) (…). Un vehículo con centinelas armados marchará inmediatamente delante de la columna y otro detrás. El vehículo guía regulará la velocidad. 3.034. En camión. (…) Ver el RED 21-01-II – Régimen Funcional de Arsenales – Cap. VIII – Sec. II – Art. 8.010…se podrá designar como conductor de vehículo automotor a personal militar y o civil del Ejército siempre que posean Licencia de Conducir Militar (SER 46) y Registro Conducir Civil actualizado que lo habilite... 34 En la Sentencia de la Causa 13 en Pág. 1.477 Tomo II manifiesta: informe de la Jefatura de Policía del Chaco del que se desprende que conforme Memorando Nº 21/76 el 13 de diciembre de 1976 fueron entregados al Mayor del Ejército Gustavo Athos René los detenidos Barcos, Cuevas, Duarte, Franzen, Parodi Ocampo, Sala, Tierno, Díaz, Pereira, Píerola, Yedro y Zapata Soñez, a las 03:50 con destino a su traslado a la cárcel de Formosa. Lo que no dice es sobre la orden del Jefe del Área Militar 233 de trasladar 13 detenidos, agregada a fojas 201 del Sumario Militar, donde además de los mencionados está Zamudio, que transitoriamente se encontraba en la Dirección de Investigaciones y es entregado esa noche en la Alcaidía con el resto, perfectamente establecido en fojas 201 (vuelta) por el Jefe de la Unidad Regional I Comisario. Principal. Núñez. 35 ONG: Organización No Gubernamental, financiada por la Fundación Ford de EEUU, la Reina de Inglaterra entre otros. 36 Por supuesto que a lo largo de mi relato, explico sin ser un especialista en la materia, los apreciados horrores judiciales, ya que mientras se juzgaba a los Comandantes de la FFAA, entre otras causas, el Caso 678 estaba en pleno proceso en otro ámbito del cual salieran con Sobreseimiento. Se investigó sobre 13 personas, de las cuales 9 muertos y 4 prófugos. La CFCF en Pág. Nº 23

con la investigación del hecho en particular, en donde también se habla de trece, sin que exista discrepancia alguna entre ambas, siendo coincidentes las mismas al hablar sobre la cantidad, de trasladados. Su actitud nos hacen recordar el axioma, del Ministro de Propaganda del régimen Nacional-Socialista en Alemania, Mariscal Joseph Goebbels, cuando decía: Miente, miente que algo quedara. A los detenidos, se los ayudaba a subir a dicho vehículo, por la altura del camión y la dificultad adicional de encontrarse esposados. Pero, no por otra razón de impedimentos de salud, por malos tratos, como han pretendido deformar, en forma permanente esta verdad, los grupos ideológicos afines, teoría que sigue sin aditamento alguno, la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal. Y, que se hace eco, en la Sentencia de la Causa 13 – Caso 678 y Conexos, en Pág. 1.463 Tomo II, También se da acreditado que Patricio Blas Tierno fue sometido a un mecanismo de tortura (¿?)37 en el punto de inicio de este trayecto. Por estas afirmaciones salidas de la Causa 231 del Juzgado Federal de Resistencia nunca finalizada, se realiza por problemas de competencia los autos caratulados Presuntos excesos cometidos por personal policial bajo control operacional del Ejército Argentino en la Alcaidía de la ciudad de Resistencia (Chaco) el día 12/12/76 (Expte 7I 4 8102) del JIM 59. Es interesante, como descargo probatorio, el que no es tenido en cuenta sin razón procesal que lo aconseje, el buen estado de salud que antes del traslado, es comprobado y fuera realizado por personal policial de la Alcaidía. Estos son los que completan cada legajo personal, que incluye fotografías actualizadas de los trasladados, y que dejan sin sustentos, las falsas declaraciones de tortura, castraciones y demás hechos de tormentos38, y las conclusiones de la Causa Expte 7I 4 8102 Presuntos excesos cometidos por personal policial bajo control operacional del Ejército Argentino en la Alcaidía de la ciudad de Resistencia (Chaco) el día 12/12/76 del JIM 59, el que demostró la inexistencia de las mismas39 . Desde la Alcaidía salieron rumbo a la ciudad de Formosa aproximadamente a las 04:00 horas, tras completar los trámites burocráticos de rigor. El orden de marcha se componía de un móvil policial adelante como vanguardia40, un camión Mercedes Benz 1114 con los trece detenidos trasladados con el Jefe de la Columna, un conductor y tres custodios. Posteriormente, un Unimog 416 con un conductor y cuatro custodios de apoyo como retaguardia, y seguridad.

la Sentencia los da por muertos a todos inclusive a los prófugos. Quizás aparecen como los ex desaparecidos: Dra. C. Arghibay (Juez de Corte), Dr. E. Righi (Procurador), entre otros. 37 Me pertenece. Interesante es leer el instructivo secuestrado de Montoneros e incorporado al Expte 1546/75 del Juzgado Federal de Resistencia Causa Sala Néstor Carlos y otros S/ Asociación Ilícita Infracción Ley 20840, donde a fojas 1382 El Procesado Preso, Su Familiar y/o Responsable y Para Darle Las Máximas Posibilidades Dentro y En Torno Del Juicio, ordenan realizar denuncias de apremios como rutina de procedimiento, sin más razón que lo así establecido en la norma. 38 Los dos médicos y los dos enfermeros de la Sanidad Policial que realizan los Certificados de Defunción y otros declaran en el Sumario Militar que los cadáveres examinados no presentaban signos de tortura, violencia, castraciones ni mutilaciones. 39

Elucubraciones propias de mentes muy tortuosas, se entiende esta afirmación al intentar desenmarañar la estrategia idealizada por los guionistas de la nueva versión del fusilamiento, cuyos autores intelectuales y materiales sospechados, no serían otros que Eric E. Tissembaum y Jorge Gait. Lo inexplicable, procesalmente, es que no se ordenara instruir por separado, por la propia Cámara Federal, Causa por el delito que pudiera surgir, de solo confrontar las actuaciones, con su propio concluir, dando por cierto que éstas son la verdad apodíctica en estos obrados; ni antes ni ahora que siguen sosteniendo la versión. 40

La distancia del móvil policial dentro de la ciudad de Resistencia con respecto al MB1114 era de 70 a 100 metros y al salir a la Ruta se amplió entre 1.500 a 2.000 metros y el Unimos 416 con respecto al MB 1114 era de 50 metros en la ciudad y 150 a 200 metros en las partes abiertas, con las alteraciones que queda dicho. Pág. Nº 24

La marcha se desarrolló rutinariamente con muy poco tránsito, pero a la altura del kilómetro 1042 de la R Nac. Nº 11, a pocos kilómetros del acceso de la localidad de Margarita Belén, sobrepasaron a la columna, en sentido contrario, dos camionetas41 e inmediatamente se desató el ataque terrorista sobre los vehículos militares. La emboscada, perfectamente diagramada para el rescate42, se realizó de acuerdo con la rutina reglamentaria de Montoneros43. Estos detuvieron la columna y aíslaron el objetivo: el camión con los detenidos trasladados. Para ello, usaron clavos miguelitos que inmovilizaron al vehículo policial adelante (entre 1500 a 2000 mts) y al camión de custodia detrás (a unos 150 a 200 mts) del vehículo objetivo44. Ver Anexo 4: Croquis, El MB 1114, inexplicablemente, no absorbió estos obstáculos45, pero fue detenido con el uso de armas disparadas sobre la cabina del automotor, que astillaron totalmente el parabrisa y dificultaron en forma absoluta la visibilidad, obligándolo a parar ladeado sobre la banquina. Interesante son las dos declaraciones de los suboficiales mecánicos que tubieron que reparar posteriormente el camión dañado y agregadas al Sumario Militar. 41

Es posible deducir que las mismas debieron haber participado del ataque a las Fuerzas Legales.

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És una operación prevista en su accionar y efectivamente así lo hacían, a modo de ejemplo citaré: El 11/07/71 copamiento de la Cárcel de Mujeres del Buen Pastor en Córdoba, liberando a varias terroristas detenidas. El 26/07/71 copamiento de la Cárcel Correccional de Mujeres de la Provincia de Buenos Aires, liberando a cuatro terroristas detenidas. El 24/05/75 fuga de veintiséis terroristas de ERP y Montoneros de la Cárcel del Buen Pastor, Córdoba. El 05/10/75 fallido ataque a la U10 con el propósito de liberar Montoneros detenidos y otros casos que no menciono por no agobiar. 43

El Cuerpo de Manuales y Reglamento de la Organización Política y Militar Montoneros (agregado como documental de la defensa del ex Teniente General Galtieri en la Causa 13) establecía los distintos tipos Emboscadas, en 2–12–10 .“Es un ataque sorpresivo a una tropa en movimiento… (Pág. 340D) con esquemas muy esclarecedores en las figuras 301 (c), (d) y (e), de la Pág. 360 en 2–13–3 5,... 44

Por supuesto, cumplidores de sus misiones, de la que no se apartaron de la norma, y esa calcadamente aplicaron en esta Operación a la que denominaron – Tampón -. Su instrucción altamente satisfactoria, siendo sus instructores cubanos, soviéticos y libios. El que puede lo más Operación Primicia, puede lo menos Operación Tampón. 45

Cabe preguntarse, hoy, ¿Si era ese el lugar, o quedó desplazado al no ser detenido por los clavos miguelitos utilizados como obstáculos, con respecto al Escalón Asalto de los terroristas atacantes, dificultándoles la operación y por ende la posibilidad de un rotundo éxito? ¿Esto dificultó que los evadidos pudieran identificar y dirigirse al Punto de Reunión y Evacuación? ¿Eran dos? Según correspondencia recibida por el Dr. Carlos Pujol y que ya hiciera referencia, podemos afirmar que éstos sí eran dos. ¿Uno al Sur del camino de marcha (RN Nº 11), con las dos camionetas vistas pasar en esa dirección momentos antes del ataque? ¿El otro al Oeste en el camino secundario donde quedó el Peugeot y se fugó una camioneta como mínimo? ¿No quedó por esta circunstancia comprometida la situación de los atacantes que tenían prevista la fuga de parte de los acometedores y liberados que debían huir en la camioneta y el Peugeot 504 en el camino secundario? ¿El Mercedes Benz 1114 no debería haber parado unos setenta metros antes, de acuerdo a su probable planificación? ¿Cuántos eran los atacantes? ¿Quiénes eran? ¿Quién condujo la - Operación Tampón -, el Oficial Mayor NG El Jote, el que le enviaba directivas a las unidades carcelarias por medio de los correos ya explicados? ¿Cómo vulneraron nuestras propias medidas de contrainteligencia? ¿Quién es NG El Jote? ¿A treinta años donde están los fugados? Pero volviendo al tema de donde parara efectivamente el camión Mercedes Benz, me permite jugar con una especulación intelectual, basada en la conjunción de los hechos y su doctrina. Aprecio que el mismo no paró en el sitio previsto por los clavos miguelitos, apreciando que dicho error se transformó en un serio problema y los resultados confirman esta teoría. Pág. Nº 25

Los detenidos transportados tuvieron una asombrosa reacción46. Se abalanzaron sobre los custodios, uno de ellos al ser arrojado fuera de la caja, se golpeó contra el suelo desde considerable distancia, (por eso se habló de lesionados, no el EA, sino en los MCS lo que fue desmentida al día siguiente por un comunicado de autoridad competente) y los otros fueron atropellados y pisoteados por quienes iniciaron una fuga masiva en distintas direcciones, previo sacarse las esposas. El que tomó la iniciativa fue Carlos Sala (NG Flaco Martín) de sobrada experiencia en combate, ya que había participado en Formosa y recibido instrucción militar en Moscú. El que queda en la caja del camión muerto es Luís A. Díaz NG Mincho. Según lo expresado por Yedro en su escrito y coincidente con la versión oficial, caen heridos o muertos Mario Cuevas NG Lito y Alberto Duarte NG Carú. Los integrantes del Ejército Argentino, ocupantes del Mercedes Benz 1114, tomaron posición contra el fuego sobre la banquina, y recibieron la masa del fuego del otro lado de la ruta desde distintas posiciones, ataque que fue repelido, inicialmente con fuerza hacia adonde se veían los fogonazos que dejaban los disparos. Pasada la sorpresa inicial, la dotación de apoyo que viajaban en el Unimog 416 apagó de luces, bajó y tomó posición contra el fuego de las armas enemigas. Se fueron acercando al MB 1114, mientras respondían el fuego de los atacantes, no contra blancos precisos, sino en dirección de los trazos de los fogonazos provenientes del monte (cuestión ésta sugestivamente ignorada por la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal en la Causa 13–Caso 678) y de ambos lados de la ruta, del oeste con mayor intensidad. La duración del ataque fue corta, y no se le pudo dar magnitud en el tiempo porque todo fue muy confuso debido a la oscuridad de la noche, lo sorpresivo y las emociones. Lo cierto es, que al juntarse la custodia con los efectivos del MB 1114, ya había cesado el combate y vieron que no existían bajas, ni heridos entre los efectivos del Ejército Argentino. Salvo dos lesionados, con contusiones que, dada la situación vivida, no revestían gravedad. El Jefe de la columna recuperó su radio, se comunicó con el móvil policial para imponerse de las novedades de la rotura de las cubierta del patrullero por acción de los clavos miguelitos47, le ordenó que se quedara en el lugar realizando un corte de ruta del lado norte y le solicitó que se comunicara con la Jefatura de Policía para que dar la novedad de la situación al Jefe del Grupo de Artillería 7. Cuando el combate cesó y se pasó revista de lo acontecido, se pudo determinar el fallecimiento de tres de los detenidos-trasladados48, uno en la caja del camión, y otros dos en la banquina, a varios metros del mismo, y la fuga de diez de los trasladados. Asimismo, con sorpresa se advertió que los trece pares de esposas estaban tiradas en la caja del camión. ¿Cómo pudo suceder esto, de sacarse las esposas? La respuesta se tuvo tiempo después al tomar conocimiento de la mala calidad y fácil apertura. Esto ha sido expresado en varias declaraciones de ex terroristas en el Juicio por la Verdad y en otras causas abiertas en el Juzgado Federal de Resistencia.

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Esta actitud permite inferir de que estaban alertados y sabian sobre la operación en desarrollo de la OPM Montoneros sobre la columna de traslado, ratificado lo expuesto en la carta recibida. 47 En el Sumario Militar están los testimonios de quienes repararon esas cubiertas, civiles de ese oficio. 48 Los detenidos L. A. Díaz, M. Cuevas y C. A. Duarte, fallecidos el día 13/12/6 a las 04:45 horas, según Certificado de Defunción de la autoridad competente. Puede presumirse que hayan sido abatidos por sus propios compañeros.

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Un oficial dió la novedad de la existencia de un Peugeot 50449 en cuyo interior se encontraban dos cadáveres (uno de sexo masculino y el otro femenino50) desconocidos por el personal presente y por los que posteriormente llegaron. El auto presentaba numerosos impactos de bala, se encontraba en un camino secundario que se comunica con la Ruta 90 y en dirección nordeste, rumbo a la localidad de Gral. San Martín51. Sin lugar a dudas era una de las zonas desde donde provenieron los disparos. Al no detenerse el MB 1114 en el lugar previsto sino más adelante por el fuego de las armas de los terroristas atacantes, acontecimiento no previsto por Montoneros, hizo que el camión quedara muy próximo al coche de referencia, impidiendo su fuga y un total éxito de la Operación Tampón. En el Peugeot se encontraron armas cortas y largas, munición, cápsulas, y material gráfico de la OPM Montoneros. Este material secuestrado fue entregado por el Jefe de Columna al Jefe Área Militar 233, Teniente Coronel Jorge A. Larreteguy, y junto con el vehículo fue remitido a los cuarteles de la Liguria. Desde el punto de vista militar, lo relatado demuestra que la participación de los oficiales designados para transporte y custodia de los detenidos como una organización para el combate52.fue transitoria para una misión determinada, porque a la llegada de los efectivos de las Fuerzas Legales en apoyo, en particular las militares, los oficiales se reintegraron a sus unidades de origen, expirando la responsabilidad administrativa, funcional y operacional directa del tema del Jefe de la Columna y su personal, actividad que asume el Comando de Brigada I VII, dejando tener el dominio del hecho al retirarse del lugar. Con las primeras luces del día, arribaron al lugar el Jefe Área Militar 233 – JGA 7, el Comandante de la Brigada de Infantería VII y parte de su Estado Mayor, además de los Jefes Policiales y de Gendarmería Nacional Escuadrón Las Palmas, y comienzó la Operación Rastrillaje en los 360º del lugar del hecho, abarcando una zona importante, con lugares de responsabilidad para cada fuerza actuante, entre ellos la Escuela de Cadetes de la Policía, siendo los últimos en llegar los efectivos del Regimiento de Infantería 9 Coronel. Pagola de la ciudad de Corrientes. Se dio así inicio a otra Operación Militar bajo la conducción del Comando de Brigada I VII consistente en el rastrillaje, con la misión de recapturar a los diez fugados y al grupo atacante. De esta nueva operación se obtienen los siguientes resultados:

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Sin lugar a dudas el Peugeot y la camioneta –que logra huir– estaban pre-posicionados para permitir la fuga del Escalón Asalto o parte de los detenidos liberados o de quienes lograran encontrar el o los Puntos de Reunión para la evacuación del lugar, que apreciamos eran dos, uno al sur para huir con las camionetas que antes pasaran en esa dirección y otro al oeste en el camino secundario donde quedara el Peugeot y huyera una camioneta. 50 La Sentencia de la Causa 13 – Caso 678 en Pág. 1.477 Tomo II manifiesta: “En lo que respecta al cadáver de sexo femenino, de autos surge que una mujer de origen cordobés habría sido incorporada a la columna, más no se ha podido individualizarla”. La ligereza para sacar conclusiones son alarmantes. Además con total desparpajo afirman que habría sido incorporada a la columna, posiblemente como afirman en Pág. 1.471 Tomo II que manifiestan: Llamados los testigos ante ese Juzgado Federal de Resistencia algunos refirieron que conocían los hechos solamente de oídas mientras que otros fueron testigos más o menos directa; a esos se referirá el Tribunal de inmediato. Testigos de oídas y otros testigos más o menos, es evidente que no saben nada del pensamiento aristotélico referido a la esencia, o se es o no se es, eso de más o menos vivo o más o menos muerto, es de una diferencia abismal y grave en quien debe administrar justicia y una afrenta intelectual a la sociedad toda y a los damnificados en particular. Parece que los que escribieron y firmaron esto son más o menos abogados y jueces de inadvertida inteligencia. 51 El Expte 1546/75 del Juzgado Federal de Resistencia en la Causa Sala Néstor Carlos y otros S/ Asociación Ilícita Infracción Ley 20.840, determina que Montoneros tenía parte de su organización en esta localidad Gral. San Martín, seguramente para ocultarlos, lo mismo en Resistencia. 52 Ver el RC 3 – 1 (Tomo I y II) ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTADOS MAYORES. Pág. Nº 27

1. El 13/12/76 a las 15:40 horas, son abatidos dos detenidos-trasladados-fugados, en enfrentamiento Patricio B. Tierno y Manuel Parodi Ocampo en el monte, a pocos Km. en dirección Oeste, por efectivos del EA llegados como refuerzo para efectuar el rastrillaje del lugar, en búsqueda de fugados y atacantes. Los cuerpos y armamento secuestrado, son puestos a disposición del Jefe del GA 7 en la Liguria53. 2. El 14/12/76 a las 07:00 horas, son abatidos dos detenidos-trasladados-fugados Carlos Sala y José L. Barco, en enfrentamiento54 en el monte entre estancia Varela y el Puesto de Gendarmería Nacional Lapachito, por efectivos policiales llegados como refuerzo para efectuar el rastrillaje del lugar, en búsqueda de fugados y atacantes. Los cuerpos y armamento secuestrado, son puestos a disposición del Jefe del GA 7 en la Liguria. 3. El 14/12/76 a las 14:00 horas, es abatido un detenido-trasladado-fugado Omar Franzen, en enfrentamiento55 en el monte, por efectivos de Fueras Legales llegados como refuerzos para efectuar el rastrillaje del lugar, en búsqueda de fugados y atacantes. El cuerpo y armamento secuestrado son puestos a disposición del Jefe del GA 7 en la Liguria. En el ataque inicial a la columna se habían fugado diez: cinco abatidos bajo responsabilidad operacional del Cdo Br I VII, como queda dicho precedentemente. Aparentemente dos, Julio A Pereira y Reinaldo A Zapata con parte de los atacantes de la OPM Montoneros posicionados en el Punto de Reunión Oeste que se fugan de la zona en dos probables camionetas en camino secundario con dirección a San Martín. Otros dos, Fernando Pierola y Carlos Zamudio habrían encontrado en Punto de Reunión Sur y fugarse con parte del Escalón Asalto según artículo de la revista B1 integrada más adelante. Solo uno por propios medios, Roberto H. Yedro, logró evacuar la zona y esconderse en un campo de la Montenegrina. Carlos A. Zamudio varios días después, el 17/12/76 fue muerto en un enfrentamiento a 250 Km de Margarita Belén, en Campo Grande – Misiones juntamente con dos posibles atacantes a la columna, Pedro Peczak y Susana Ferreyra. Interesante y no investigado por competencia judicial alguna, al Estado Mayor de la Br I VII y a sus distintos integrantes Cte Br, 2do Cte Br, División Personal, División Inteligencia, División Operaciones y División Logística como también la documentación pertinente (órdenes, cartografía, Libro Histórico, archivos, etc.), que permitirían determinar qué fuerza y qué personas participaron de los enfrentamientos posteriores a la madrugada del 13 de diciembre a los efectos de no responsabilizar de todo lo ocurrido al grupo inicial de los cuadros participantes y cuáles eran los sectores asignados a cada elemento interviniente: Grupo de Artillería 7 - Regimiento de Infantería 9 - Compañía de Comunicaciones 7 - Escuadrón de Gendarmería Nacional Las Palmas - Prefectura Naval Argentina - Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia del Chaco. Como medidas complementarias se realizan controles de rutas más exhaustivas, el pedido de orden de captura de los evadidos, la instalación del Puesto de Comando de la Brigada de Infantería VII entre el Km. 1042 y 1043, con el objeto de conducir el rastrillaje de la zona. En síntesis, el saldo del hecho concreto, demostrado y así consignado judicialmente, es la muerte de nueve personas (todos detenidos-trasladados de sexo masculino), de las cuales nueve fueron identificadas y entregadas a sus familiares, más dos atacantes de la columna en Margarita Belén, no identificados. Además fueron abatidos en Campo Grande – Misiones otros dos terroristas, Pedro Peczak y Susana Ferreyra, entregados a sus 53

Es facil deducir que al no hacer contacto con los Puntos de Reunión, encontraran los depósitos de armas (embutes) prefijados e informados en la carcel por los correos. Ver artículo revista B1 más adelante. 54 Idém anterior. Ver artículo revista B1 más adelante. 55 Idém anterior. Ver artículo revista B1 más adelante. Pág. Nº 28

familiares, presuntos atacantes y participantes de la Operación Tampón. Hubo cuatro prófugos, hoy desaparecidos, quizas aparezcan como los ejemplos dados en ver Anexo 5 Desaparecidos – Aparecidos. Está probado que fueron muertos en una secuencia cronológica que excluye un deceso masivo o consumado en un hecho unitario. Afirmación realizada en la Elevación de la Causa el JIM 59, a modo de Conclusión.

B) Los Transportados - Ver Anexo 6 Los Transportados –

4) Capítulo 4 – La farsa – Destrucción de la Justicia De un simple traslado de detenidos, tarea normal y habitual para esa época y también en la actualidad, la fabulación hizo que llegara a los estrados judiciales como génesis de su propia destrucción y por añadidura, la de las FFAA sometidas a una suerte de libertad condicional. Este espurio fin, ya confesado por actitudes cotidianas y con el objeto de congraciar Justicia y Política, me llevan a recrear las palabras de Francesco Carrara, cuando advertía a los Jueces, todos, que: Cuando la Política entra por la puerta de un Tribunal, la Justicia

sale por la ventana.

A) Noticia Criminis La quimera ideada por Eric Edwin Tissembaum, presidente de la Asociación Permanente de los Derechos Humanos (APDH) Delegación Chaco, consiste en afirmar que a ser trasladados, los detenidos fueron previamente torturados y con vejámenes56 en el lugar de reunión previsto la Alcaidía de la Policía de la provincia del Chaco; provenientes desde la Unidad Nº 7 del Servicio Penitenciario Federal - SPF y de la Brigada de Investigaciones.de haber sido cierto, la lógica indicaría que los referidos, se encontraban con un alto grado de deterioro físico para encarar con éxito cualquier intento de fuga. Pero la inventada historia pareció coherente y por lo tanto plausible para los de tenue formación e información y porqué no cándidos. Por supuesto, un desvarío inicial de absoluta liviandad de tal afirmación, los lleva a la conclusión creíble de que no hubo enfrentamiento sino fusilamiento. El literato Tissembaum necesitaba un testigo de la calidad de los usados por la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal en la Causa 13/84 Comandantes en Jefes de las FFAA, llamados sin pudor en su Sentencia 'de oídas o más o menos’, y encontró a quién pudo ser usado nominalmente para sus fines: Eduardo Pío Ruiz Villasuso. Este agricultor–ganadero (fallecido), propietario de un establecimiento importante y con un acercamiento afectivo hacia algunos miembros de las FFAA, fue ideal para que Tissembaum llevara adelante sus fines y, fiel a su libreto, puso en boca de Ruiz Villasuso lo 56

Por personal de esa Institución según la querella; investigado por el JIM 59, este concluye en sobreseimiento para los acusados; lo anecdótico es que la Justicia Federal no instruyera causa alguna sobre esta denuncia según su concluir (CFCF Causa 13 caso 678 y conexos) Pág. Nº 29

que nunca dijo ni hizo ni estuvo y le hizo narrar, artificiosamente, la tortura y posterior fusilamiento de los detenidos. Es sugestiva la visión de Tissembaum de esta persona tal como lo menciona durante su testimonial en la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal en la Causa 13/84, el ‘paramilitar Villasuso’, o en el Juicio por la Verdad cuando se refirió a él lo califico de ‘mercenario’. La pretendida firma de Ruiz Villasuso en un escrito de fantasiosa historia, habría sido realizada en el Estudio Jurídico del Dr. Jorge Gait, aparente partícipe necesario, según Causa Nº 633 caratulada “Perini/su denuncia” realizada en el Juzgado Federal de Resistencia, en la que afirma que el mencionado Gait57 fue el autor intelectual y material de la falsificación de la firma de Ruiz Villasuso en el referido escrito. Es dable resaltar que Perini era empleado del Estudio de Gait. Esta concebida historia de sagaces y parciales personajes llega a tener profusa difusión y moviliza a los Medios de Comunicación Social, a la Justicia y a la comunidad: a. Revista La Semana58 del 22 de diciembre de 1983 y diario El Norte del 28 del mismo mes y año. Es interesante destacar que ambos contenidos son idénticos, se diferencian en que el de la revista es anónimo y con la particularidad de que en la hoja se encuentran estampados dos sellos ovalados del Cdo Br I VII59. En el diario se encuentra un escrito firmado por Ruiz Villasuso, acompañado de la fotocopia del DNI. Según informe de los Peritos Calígrafos, la firma del escrito es falsa y según informe de los Peritos Químicos, la tinta es igual a la de la lapicera de Gait, usada el 19 de junio de 1985. Ambos informes del Sumario Militar solicitado por el propio Ruiz Villasuso, se encuentran en firme ya que no fueran cuestionados por los querellantes. Ruiz Villasuso desmintió su autoría en reiteradas oportunidades: ante Escribano Público; en dos testimoniales ante el JIM 59; en siete oportunidades pre-muerte ante la Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados del Chaco en el Hospital Perrando; y por si fuera poco por solicitada de su autoría en los medios gráficos de Resistencia y Corrientes. ¿Qué más debe hacer una persona para desmentir un hecho? b. En la Justicia, comienza a tomar cuerpo la adulterada historia: 1) Causa 17/84 de la Justicia Provincial, iniciada el 02 de enero de 1984 por la Agente Fiscal en Feria Doctora Vanegas, es utilizada en la noticia criminis, para iniciar la Instrucción, pero la magistrada se declara incompetente y pasa la Causa al Juzgado Federal de Resistencia, la que termina en el JIM 59. 2) El Juzgado Federal de Resistencia el 05 de julio de 1984 da inicio a la Causa 231/84, por denuncia de la CONADEP por un Informe de la Asociación Permanente de los DDHH Delegación Chaco con Anexos, elaborado y firmado por Tissembaum, entre ellos un anónimo con dos sellos ovalados del Comando de Brigada I VII, de igual contenido en forma y fondo que el recibido por La Semana; El Juez se declara incompetente el 09 de diciembre de 1984 y remite la Causa al JIM 59. Sobre el escrito agregado por Tissembaum a la Causa 231 se practicaron las respectivas pericias con el fin de determinar si eran las hojas robadas al señor Camino quien, en la Causa Militar de fecha 15 de abril de 1985, denuncia el robo de manos de Gait de dos hojas que tenía bajo su custodia con los sellos ovalados en cuestión. El señor Camino pide el las pericias necesarias para determinar si las hojas son las mismas, dando como resultado que los sellos estampados en el documento agregado por Tissembaum fueron realizados por el mismo sello. Los conocimientos de Tissembaum se fundan en anónimos, en información de ex detenidos, de un empleado

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Abogado de Villasuso hasta agosto de 1984, cuando fue acusado por Villasuso de haberle falsificado una firma y robarle un tractor de su propiedad, cesando formalmente en en aquel momento su vinculación profesional. 58 Este medio recibe en diciembre de 1983 de su corresponsal en Resistencia la cobertura de una conferencia de prensa de los organismos de los DDHH, de manos de Tissembaum un sobre anónimo que este recibiera en dicho lugar y que se lo entregara al mismo. 59 Importante remarcar que un amigo y empleado de Ruiz Villasuso, Juan C. Camino (de la PFA e integrante de la custodia del Gral. Nicolaides) denuncia el 15/04/85 ante el JIM 59 que Gait es quien le robara las referidas hojas en blanco. Pág. Nº 30

municipal, de ex soldados, etc. y tienen la particularidad que no identifican y lo que es peor, la autoridad responsable ante quien expone no sienten la inquietud de exigir sus identidades para confrontar sus decires, ya sea la CFCF en la Causa 13 o el Juez Federal de Resistencia en el Juicio por la Verdad. Pareciera que su palabra solo basta ya que nunca profundizaron ni tuvieron inquietud ampliatoria. 3) Tissembaum pide fotocopia certificada de lo actuado en la Causa 231 y lo entrega a la Secretaría de los DDHH, la que a su vez remite a la CCFC y es agregada en la Causa 13. 4) Tissembaum es citado el 05 de agosto de 1985 como testigo60 en la Causa 13 de la CFCF, en la que presta su testimonial en el Caso 678 y conexos y en ese acto entrega el duplicado de la seudo carta documento no enviada a su destinatario y con la firma falsificada de Ruiz Villasuso, con el mismo contenido recibido por los medios gráficos. Lo único que preguntan es “si es la Original y si esta certificada”, y ante la negativa, su solo palabra autentica la misma que es aceptada como cierta, sin siquiera hacerle una inspección ocular, ya que hubieran constatado la ausencia de sellos de correo para ser lo aducido. c. Gait continúa su acción, pero un poco más avanzado en su exuberancia. Aparentemente por lo denunciado en la Causa 633/99 por su ex empleado Perini, confecciona un anónimo con forma de carta documento61 (que no es tal), cuyo destinatario era el Presidente de la Nación (nunca enviada) con la firma falsificada de Ruiz Villasuso. El 29 de mayo de 1985, es entregada como ‘original’ a la Cámara de Diputados de la Provincia -Comisión de los DDHH- a Fernando G. Bittel, abocado a la investigación de la década de los años 70. Evidentemente, se cubrían por distintos caminos el accionar a futuro, y la liviandad pública de los estrados judiciales alarma. A veces nos si la inseguridad jurídica pregonadas por los inversionistas extranjeros tiene asidero. Evidentemente los sufrientes de tal proceder, vemos que es así. La teoría jurídica de que el “árbol envenenado no puede dar frutos”, en la Argentina de hoy no es tenida en cuenta y carece de contenido.

B) Gait… ¿El autor detrás del autor? Ruiz Villasuso, el 10 de mayo de 1985, en el diario El Norte, efectuó una declaración publica (está en poder de la CFCF en la Causa 13/84 y fue agregada la Causa 45/85 Informe de la Cámara de Diputados del Chaco), en la que acusa públicamente a Gait de falsificar su firma en distintos escritos y en la publicación en el semanario La Semana como también niega su autoría de todo lo publicado relacionado con Margarita Belén. Gait, el 13 de mayo del mismo año y en el mismo medio, en una declaración pública dijo que Ruiz Villasuso era aún su defendido y detalló todas las causas que tenía Ruiz Villasuso. Suponiendo que continuara siendo su abogado, ¿No fue violación de la reserva que deben tener todos los profesionales? Esta actitud de divulgación pública de temas privados de terceros que concurren en apoyo profesional permitiría colegir una apreciación subjetiva acerca del nivel de ética y moral de Gait. ¿Qué actitud tomó la Comisión de Ética del Colegio de Abogados? En este escrito reconoció tener documentos que, cuando se dieran a luz, iban a conmover al Chaco. Hacía alusión a la seuda carta documento que había entregado a Bittel en la Cámara de Diputados Provincial. Por esa declaración pública, Bittel como Presidente de la Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados del Chaco y en la investigación que se encontraba ligado, el 14 de mayo le envió a Gait una Carta Documento intimándolo a presentar dicha documentación y citándolo para el día siguinte. Pero Gait respondió con una nota de excusación de fecha 15 de mayo expresándole las causas por las que no agregaba los documentos citados en la

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Según los dichos de la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal los testigos son más o menos o de oídas. 61 Su contenido es exacto a los ya mencionados. Pág. Nº 31

nota periodística, y no mencionó la Carta Documento en cuestión, que si entrega a Bittel el 29 de mayo. Interesante y porque no esclarecedor resulta el análisis de la nota de excusación de Gait en respuesta a la citación oficial de Bittel y las causas esgrimidas:  Existen requerimientos de igual tenor por parte de otras instituciones que ‘prima

facie’ estarían abocadas a la investigación de los hechos principales que nos ocupan...

Al respecto es necesario resaltar que cuando Gait presentó la nota no había otras instituciones involucradas en la investigación. La única era la Instrucción Militar a cargo del JIM 59, y allí Gait jamás presentó ningún documento como así tampoco le fue requerido. En noviembre del año 1984, el Juez Federal Tarantino ya se había declarado incompetente y remitido la Causa 231 al Juez Militar. La carta documento que entregara Gait, fue presentada el 05 de agosto de 1985 por Tissembaum ante la CFCF. Que la documentación original no se encuentra en esta ciudad sino a muchos 

kilómetros del lugar, por razones de seguridad... Cabe entonces la pregunta: ¿cómo sabía Bittel la existencia de la carta documento si no la había visto antes de interrogar a Ruiz Villasuso el 16 de mayo ya que la entrega administrativa por parte de Gait a Bittel fue el 29 de mayo?. Me permito resaltar manifestaciones de Bittel, Tissembaum y Pedrini en el Juicio por la Verdad cuando interrogaron a Ruiz Villasuso sobre de la carta. Más alarmante es Tissembaum que declaró ante la CFCF que la misma le habçia sido entregada unos días antes del 05 de agosto de 1985 por Gait, fojas 7079 de la Causa 13 ¿De qué carta documento le preguntaron a Ruiz Villasuso si nadie sabía de la existencia de la misma? En ningún lugar de la desgravación de la violenta interpelación a Ruiz Villasuso aparece la palabra carta documento y si aparecen las negaciones del sufrido Ruiz Villasuso. Que existe una denuncia relacionada con el caso ante el Juez de Instrucción Militar 

con asiento en el Comando de la VII Brigada de Infantería de Corrientes, donde se me han hecho imputaciones... Nunca hasta esa fecha nadie le había efectuado ninguna imputación a Gait en el Sumario Militar, ni siquiera en la Causa 306/01 Margarita Belén. Gait jamás aportó una sola prueba en el Sumario Militar llevado a cabo por el JIM 59, citado en la nota.  Que existe una denuncia de igual tenor ante el Juez Federal de la ciudad de

Resistencia Chaco... Esto es absolutamente falso porque al momento de la nota excusación, el Juez Federal no tenía a su cargo la investigación pretextada por cuanto en en noviembre de 1984 se había declarado incompetente y había remitido la Causa 231 a la Instrucción Militar.  Que soy el defensor de Eduardo Pío Ruiz Villasuso, que se encuentra en grave

estado de salud; y que no he sido relevado del secreto profesional, lo que me impediría decir toda la verdad, como corresponde al caso principal... En este párrafo se evidencia la falta de ética profesional y moral de Gait al expresar que era abogado de Ruiz Villasuso, cuando él públicamente el día 10 de mayo había declarado en el diario El Norte y lo acusó de ladrón, por haberle robado a un amigo las hojas con los sellos ovalados con los que fue realizada la denuncia anónima publicada por la revista La Semana. Además, de qué secreto profesional habla Gait si cuando respondió a la publicación del 13 de mayo blanqueó todos los juicios y el estado de los mismos. Por su experiencia en la profesión de abogado, sabía acabadamente que la verdad aflora en el tiempo y máxime cuando existen declaraciones variadas en distintos recintos y oportunidades, ya que aparecen las equivocaciones de los actores que declaran con fingimiento, por eso este personaje se abstrae. Llamativamente Bittel recibió la seudo carta documento sin más trámite y sin interrogatorio formal; sugestivamente la CFCF, interrogó con liviandad a Tissembaum y pero no a Gait. Resulta increíble la aceptación de la carta documento por parte de Bittel cuando en el interrogatorio deshumanizado a Ruiz Villasuso el 16 de mayo de 1985 no la mencionara Pág. Nº 32

nadie según la desgrabación; muere el 18 de mayo de 1985 y el dantesco Gait entrega la adulteración, lo apócrifo, la mentira, días después el 29 del corriente mes y año, sin más. Esta cronología me permite preguntar ¿Cuándo firmo la carta documento Ruíz Villasuso? Esto es burdo, de rusticidad absoluta, pero que timoratos no la quieran ver no hacen más que abonar mi idea de complicidad de todos los que tuvieron en sus manos esto y opinaron con liviandad. Es tan primaria la ignominia urdida que afecta a la inteligencia de cualquier ser humano que intente saber la verdad, sin mucha investigación surge la bastedad que golpea a cualquier bien intencionado, lo dramático es que Fiscales, Jueces de Instrucción, de Cámara de Apelación, de Casación y de Corte, no vean o no quieran ver. Mis esperanzas limadas ante esta sinrazón. Posiblemente los actores nombrados durante el interpelación en el Hospital preguntaran a Ruiz Villasuso sobre la carta documento y digan la verdad; de ser cierto lo antedicho, lo que no cabe a dudas lo que no es verdad la grabación del interrogatorio (agregado a la Causa), sea de tres a cinco minutos cuando en realidad fueron más de dos horas de insufrible y deshumanizado interrogatorio, afirmación basada en su propia documental probatoria, ya que de agudizar la lectura de la causa y apoyarme en los dichos de Tissembaum en el Juicio por la Verdad la misma habría durado entre 8/9 horas, al que el sufriente negara constantemente su autoría y participación en dicha carta documento, eso si quedo claro. Sobre el particular ampliare más adelante.

C) Tortura de los DDHH en el Hospital Perrando!!! El dislate continúa en forma de tortura física y psicológica a Ruiz Villasuso el 16 de mayo en su lecho de muerte en el Hospital Perrando de Resistencia62, con la participación ampliada de participante de esta presumida asociación ilícita integrada por: Tissembaum; Felipe Germán Bittel; José María Romero (Secretario de Comisión DDHH); José Manuel Pedrini Escribano Público; Hugo Osvaldo Macarrein médico de guardia en terapia intensiva y Andrés Obal médico amigo de Tissembaum. Digo tortura física y psicológica ya que estos términos resumen la declaración de Tissembaum en el Juicio por la Verdad (fojas 577) cuando expresa: “…fue un operativo muy delictual, el que hicieron ya que se metieron a la fuerza en terapia intensiva, ya que temían que se interrumpiera tal testimonio, y además debían interrumpir la grabación cada tanto, ya que tenían que poner y sacarle la máscara porque se moría el testigo, lo cual lo dice con mucho dolor. También agrega que un Fiscal, que le merece mucho respeto, cuando se hizo público el procedimiento efectuado por el dicente y otros, le dijo que no lo metía preso porque se trataba de él, ya que había violado la más elementales normas que hacen al respeto de la vida, a lo que el dicente le manifestó que tenía razón. A lo que le contestó que entre un mercenario que se estaba muriendo, y la verdad de un ilícito como estos, realmente no lo dudaron…. Este sujeto de flácidos valores le permitió realizar tal afirmación enclenque sin ruborizarse y para que no quedaran dudas la firmó. Tan grave es la actitud del referido Fiscal que observando el delito no actuó por tratarse de Tissembaum violando el Artículo 18 de nuestra Carta Magna: A confesión de parte relevo de prueba. Luego de analizar la supuesta carta documento de la pretendida masacre de Margarita Belén, es importante resaltar que esta falsa historia entregada a los medios gráficos en 1983, a la Justicia en 1984 y a la Cámara de Diputados del Chaco en 1985 son todas un

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La historia clínica de Ruiz Villasuso del 16/05/85 dice: Paciente lucido con hipertensión continua. Estado de sepsis. Es importante destacar que a las 36 horas de este despiadado interrogatorio de dos horas de duración, el paciente muere. Pág. Nº 33

calco y tienen los mismos errores de tipeo. Ello permitiría deducir las acciones de Tissembaum y Gait, según lo expresado Ruiz Villasuso y Perini. Los puntos más salientes del referido interrogatorio a Ruiz Villasuso son: a. Negación altisonantemente su participación en los hechos. b. Acusación a Gait del robo de hojas en blanco con sellos ovalados del Cdo Br I VII a Camino para confeccionar la denuncia. c. Negación enfática de la confección de escritos sobre el tema. d. Ninguno le pregunta sobre la apócrifa carta documento. Por ello, es necesario analizar el comportamiento de los participantes de tan deshumanizada interpelación, recrearla y confrontarla con la cinta magnetofónica del referido suceso y la desgrabación; el Informe Final de la Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados del Chaco; las afirmaciones de los nombrados en sus declaraciones ante el JIM 59 y la Causa 108/98 Sobko y otros /su denuncia del Juzgado Federal de Resistencia, conocida como Juicio por la Verdad63. Los fingimientos de Tissembaum y Gait, confrontados en sus declaraciones, en distintos lugares o interrelacionados con los otros actores, ponen al desnudo su accionar disimulado. El detalle pormenorizado se encuentra en la apelación del Auto de Procesamiento, aquí intentare resaltar lo obvio y descarnado, para no abrumar y hacer más llevadero la narración, dificultosa de por si al intentar desenmascarar los dobleces de las personas involucradas.

1. Eric Edwin Tissembaum Libretista de inusitada temeridad agrega engañosamente la seudo carta documento en la CFCF, en la Causa 13/84 Comandantes en Jefe de las FFAA, supuestamente firmada por Ruiz Villasuso. Resalto que el mencionado sujeto sabía que era falsa al estar y llevar él a cabo el interrogatorio a Ruiz Villasuso en su lecho de muerte, donde niega siete veces haber participado del hecho y niega todos los documentos, declara que su abogado Gait es el autor de todos los escritos. Esto está en la desgravación del interrogatorio entregada fingidamente por él mismo en dicha Cámara, claro que dicha desgravación extrañamente esta colocada a 4.000 fojas de la Instrucción de esta declaración. ¿Por qué no en su ordenamiento sucesivo normal? ¿Por qué esta ubicación? ¿Hay complicidad en los estrados judiciales o simplemente descuido? Interrogatorio este negado en el Informe de la Cámara de Diputados del Chaco. Es como que no existió y la pregunta que me golpea, saltando por si en su mérito: ¿Si lo declarado por Ruiz Villasuso fue tan favorable a Tissembaum y a Gait, porque la esconden sus aparentes cómplices de la Instrucción de tan grave conflicto? Contradicciones de Tissembaum al detallar ante la CFCF, como aparece el escrito anónimo agregado por él mismo, a la Causa 231 Informe CONADEP, con el escrito con los sellos ovalados del Cdo Br I VII y la nota de supuestamente de Ruiz Villasuso. Habla de la imposibilidad de reunirse con Ruiz Villasuso, omitiendo una serie de detalles y que son los siguientes:  El mismo declara ante la CFCF, Que un tiempo antes de la nota de la Causa 231

que le manda Villasuso él mismo, le había hablado por teléfono donde le había manifestado su intención de declarar sobre Margarita Belén.  La nota que menciona Tissembaum es la que esta agregada a la Causa 231 donde la rubrica puesta arriba de la aclaración de Ruiz Villasuso se parece mas a la J de Jorge Gait, que a una E de Eduardo o una P de Pío o una R de Ruiz o una V de Villasuso. Nota que está desmentida por Villasuso y bajo juramento ante Escribano Público y por lo tanto falsa en su contenido y firma.  Dicha nota firmada supuestamente por Ruiz Villasuso, es de fecha 02/01/84 es decir cuatro días después de la publicación en el diario El Norte y diez días después de la Publicación en la revista La Semana. En la Causa 231, del Informe realizado por 63

Nunca un nombre síntesis estuvo tan mal colocado, ya que la verdad se encontró viciada desde un inicio, ausente. Pág. Nº 34

Tissembaum y ratificada su autoría, dice: 8º) Comunicación recibida por el Dr. Edwin

Tissembaum de nuestros Organismos, presuntamente emitida por el para militar Eduardo Pío Ruiz Villasuso, quien personalmente ratifico sus términos y se ofreció a testimoniar ante ese organismo, se lo identifica como D 6. Es decir que Tissembaum, tomó contacto con Ruiz Villasuso y agregó la nota sabiendo que la misma era falsa ó mintió ante la CFCF cuando dijo que no pudo tomar contacto.  Declara Tissembaum cuando le preguntan sobre el documento D 6 de la Causa 231, dijo:

Que esa carta fue recibida por correo por el declarante en su estudio jurídico y fue posterior a un llamado telefónico, por el que una persona que se identificó como Villasuso ofreció prestar su declaración ante la APDH sobre los sucesos de Margarita Belén, de lo que manifestó tener numerosas informaciones para transmitir. No le consta al declarante que la firma del documento sea legítima, ni que quien habló por teléfono haya sido el verdadero Villasuso, aclarando que recuerda el trato verbal con la familiaridad con que se caracteriza la relación entre el mencionado Villasuso y el declarante. Aclara que con Villasuso no lo liga una relación de amistad, sino de conocimiento como vecino sin haber existido jamás trato habitual. Es decir que si bien no le consta, lo reconoció como tal.  En el Informe elevado por Tissembaum en la Causa 231, a la CONADEP, pese a ser anónimos, todos los informes, él cuando los eleva los identifica como ser 9º) Relato pormenorizado... Transcriptos por presos políticos identificados del D7 al D9. 10º) Lista elaborada por ex presos... identificado como D10. Es decir que la única denuncia anónima es la que esta realizada sobre la hoja, con los dos sellos.  Tissembaum: ...al declarante no le consta la circunstancia o relación habida entre el

señor Villasuso y algún organismo dependiente de las Fuerzas Armadas, como tampoco le consta que integrara algún grupo paramilitar u organismo de inteligencia. Los términos de la denuncia fueron redactados en base a la información recibida del llamado telefónico antes mencionado y a la conocida ostentación que regularmente realizara el señor Villasuso que en varias oportunidades, se reconoció integrante de algún grupo, o paramilitar o de inteligencia. Tissembaum ante la CFCF en la Causa 13 manifiesta:

Ante esta situación irregular, surgía el nombre de una persona que podría haber sido testigo presencial de los hechos de Margarita Belén, un señor conocido en Resistencia, por la impunidad con que exhibía armas pesadas quien reiteradamente él se manifestó miembro o integrante de grupos paramilitares, de grupos armados Sr. Eduardo Pío Ruiz Villasuso, este hombre tratamos de ubicarlo para que declare, fue imposible en un momento determinado no hacia vida publica o se había trasladado de la ciudad. En diciembre de 1983, a raíz de una conferencia de prensa quedamos distintos miembros de los Organismos de Derechos Humanos, el Arq. Pérez Esquivel, el Dr. Emilio Mignone, Yo y otros mas, nos llega en un sobre y en forma anónima una hoja con el sello de la 7ma Brigada de Infantería, con asiento en Corrientes con jurisdicción sobre Resistencia, donde se relatan detalles circunstanciados del hecho de Margarita Belén, quienes intervinieron, quienes fueron las victimas, quien instrumento el hecho, quien implemento la mecánica, ese anónimo fue puesto después en poder de la CONADEP, junto con la denuncia que la Asamblea de los Derechos Humanos y otros organismos, hicieron ante este órgano oficial, que esta incorporado al expediente. Este Sr. Ruiz Villasuso, de quien hable, este Sr. tiempo después me habla por teléfono personalmente y se ofrece a declarar sobre los hechos de MARGARITA BELÉN, yo le dije que íbamos a recibir su declaración o que lo íbamos a derivar a la CONADEP, que ya estaba en actividad, no aparece Ruiz Villasuso, pero manda una carta con su firma Eduardo Pío Ruiz, donde ratifica la intención de prestar su declaración, que fue imposible recibirle declaración, porque desaparece de la vida publica, pero cuando aparece, es a raíz de un atentado de que es objeto que le provoca heridas mortales, Ruiz Villasuso, es atacado por un funcionario de la Policía Provincial, en su campo, en jurisdicción de general San Martín, en el Chaco y sufre heridas gravísimas por las que es tratado en el Hospital Perrando, radicado en la ciudad de Resistencia, cuando Ruiz Villasuso, esta internado en terapia intensiva del Pág. Nº 35

Hospital Perrando, le recibimos una declaración grabada que tengo aquí, y que puedo entregar al Sr. Pte. Tengo aquí Sr. el cassette, grabado ante escribano público, en presencia del presidente de la Comisión de derechos Humanos, de la Cámara de Diputados del Chaco Diputado Bittel, certificada la firma por el escribano y por el colegio de escribanos, que pongo a disposición del tribunal, esta es la declaración. ¿Que denuncia le redacto Tissembaum a Ruiz Villasuso en diciembre del 83, quien desconoce todos los escritos y ha negado sistemáticamente la autoría y firmas de los mismos, avalada luego por las Pericias? Si la llamada fue un tiempo antes de la nota que tiene fecha 04/01/84 la denuncia confeccionada por Tissembaum y única denuncia sin identificar por Tissembaum es la confeccionada sobre la hoja con los sellos ovalados robados a Camino. ¿Por qué Tissembaum poseía una hoja robada o no, pero con sellos ovalados del Ejército? ¿Es creíble que no lo pudieron ubicar a Ruiz Villasuso, a lo largo de más 500 días donde hizo hasta declaraciones públicas tanto en Corrientes como en Resistencia, inclusive es herido en el campo de su propiedad? Sin lugar a dudas es artificial como se ha demostrado todo lo presentado por Gait y Tissembaum. Pareciera que lo conveniente, no solo, era no encontrarlo, sino que desapareciera. Extraño y puramente coincidente que el día que Gait declara en el diario El Norte, ese mismo día lo hieren de muerte a Ruiz Villasuso, ya a esta altura estaba en juego el desdoro y el descrédito de Gait y Tissembaum a los cuales luego se les sumaran, el de Bittel, Pedrini, Macarrein y Obal. Si es realmente cierto que Ruiz Villasuso confeccionó todas estas denuncias ¿Cómo es que no se presentó a ratificarla ante la Justicia, la CONADEP o la APDH? ¿Por qué no le preguntaron en el arbitrario, vehemente e ilegítimo interrogatorio en el Hospital Perrando sobre la carta documento? ¿Si supuestamente le preguntaron, cosa que no aparece en la desgravación y este no ratifica, ni firma, cosa que hubiera dado legitimidad a las mismas al hallarse un Escribano presente, porque siguen con el fingimiento? ¿Qué fines persiguen? Otra contradicción realmente increíble, es que expresa en varias oportunidades que los trasladados eran trece y agrega más adelante una carta documento que dicen que son veintiuno. Siguiendo con el análisis de la declaración de Tissembaum ante la CFCF, observamos que la situación es mucho más seria:

Esta es la declaración, prestada por el Sr. Eduardo Pío Ruiz Villasuso pocas horas antes de morir, murió a la mañana siguiente, esta declaración es coincidente con ese anónimo con el sello de la 7ma Brigada de Infantería a que hice referencia minutos antes, se completa con el anónimo, pero hace pocos días Sr. Presidente, el que fuera abogado y apoderado de Ruiz Villasuso64, aporta a nuestros organismos una carta documento que creo no alcanzó a ser despachada porque lo mataron antes, del Sr. Ruiz Villasuso, dirigida al Presidente de la Republica Dr. Raúl Ricardo Alfonsín, si el Sr. Pte. Me permite voy a leer un párrafo de la carta... Si bien el hecho de la declaración pre mortem es analizada mas adelante, es necesario dejar en claro que en dicha declaración el testigo Ruiz Villasuso, no solo, no ratifica la denuncia, sino que niega siete veces, no conocer, ni haber participado, ni haber sido testigo, ni tener conocimiento del hecho Margarita Belén. La CFCF no lo deja leer la seudo carta documento y ordena le sea entregada al Secretario. Tissembaum: Como no... En esta carta documento Sr. Pte. El Sr. Villasuso, identifica perfectamente a quienes fueron los autores del hecho de MARGARITA BELEN. Sr. Ruiz Villasuso, identifica como emanada la orden del Gral. Nicolaides, jefe de la 7ma Brigada de Infantería, y que complica a quien fuera gobernador de la Provincia Gral. Serrano, Facundo Serrano, que complica a quien fue Jefe del Destacamento de Inteligencia Tte. Cnel. Hornos, que complica al capitán Bianchi, capitán Rampulla, Tte. 1ro. Pateta, Tte. 1ro. Martínez Segón, Subte. Simoni, y del Destacamento de 64

La CFCF no pregunta ¿Quién es? Pág. Nº 36

Inteligencia, a los capitanes Toso, Carnero, Vertoli, Romero y Pavon, además de funcionarios del servicio de seguridad de la Provincia del Chaco, esa es la síntesis Sr. Pte… CFCF: ¿Dr. Esta sería una carta documento? Tissembaum: Cada hoja, son 14 hojas y cada hoja tiene la firma del Sr. Villasuso. CFCF: ¿Es el original? Tissembaum: No el original esta en poder de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados del Chaco Sr. Pte. CFCF65: ¿Se encuentra certificada esta fotocopia? Tissembaum: No Sr. Pte... Las contradicciones de Tissembaum de las cuales es partícipe necesario Gait. Falta a la verdad Tissembaum al decir y ratificar que los papeles que agrega, era carta documento. Nunca lo fueron, porque nunca fueron enviadas. Y aquí queda enlucida la maniobra de Gait y Tissembaum y es que Ruiz Villasuso nunca habría firmado la carta documento. Porque sabía que tenía que hacerlo frente al empleado de correo, de lo contrario no se la hubiesen despachado. Lo sintomático es que se sigue hablando de carta documento y desgraciadamente nos obliga también a nosotros. Cuando es un vulgar anónimo, falso en su contenido y en su firma y así demostrado en el Sumario Militar y no argüido de falsedad. La CFCF como no controló, si estaban aunque sean en fotocopia los sellos del correo, condición indispensable para que el escrito sea considerado una carta documento. Si, es alarmante la concupiscencia de procederes, pero esto es así y no solamente este aspecto puntual, sino en casi todo, lo que me permitiré ir desarrollando más adelante. La carta documento cuyo texto es exactamente igual, hasta con los mismo errores de ortografía al resto de los documentos, publicados en diciembre de 1983 en los medios de comunicación social ya señalados y cuya autoría se le asigna a Ruiz Villasuso y sobre los cuáles ya han sido demostradas su falsedad, es presentada por Tissembaum, tres meses después que fueran publicadas a través de los diarios de dos provincias Chaco y Corrientes, las desmentidas del supuesto autor. Nadie hasta ahora ni la CFCF, ni la Cámara de Diputados del Chaco se ha preguntado, si hipotéticamente las confeccionó Ruiz Villasuso, porque no las manda él, la carta documento ya que siendo el mismo texto que las aparecidas en diciembre de 1983. ¿Por que aparece el 29/05/85? Es decir doce días después de la muerte de Ruiz Villasuso y un año y medio de las publicaciones en los MCS. ¿Que raro no, si ya las tenía confeccionadas? ¿Porque aparecen la carta documento en poder de un abogado, a quien como cliente le había efectuado una denuncia de robo? La Comisión de DDHH de la Cámara de Diputados, en presencia de una denuncia de varios Delitos Federales, en razón que la seudo carta documento presentada, contiene aparte de lo referido a Margarita Belén y otros hechos denunciados. ¿Por qué no le dio parte a la Justicia Federal para que investigue los mismos? Si no fue así, en mi condición de lego me puedo preguntar ¿No puede considerarse que fueron encubridores de dichos Delitos? La misma Cámara de Diputados que toma a la carta documento como valido. ¿Porque no cito a los políticos denunciados en esa misma carta como colaboradores del régimen represor? Claro tendría que haber citado a su padre el Diputado Bittel, o a su padre el Diputado Tenev integrantes de la Comisión.

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La CFCF no realiza ni siquiera una observación visual, para ver si tenían los sellos de correo para ser tal, aceptando sin más los dichos del dicente. ¿Por qué acepta un documento sin certificar? ¿Sabían de la mendacidad? Pág. Nº 37

Existe aún un hecho que es importante y es que la seudo carta documento tienen una fecha cierta y es la foja numerada como 3 del total de la misma donde se expresa en el último párrafo:

En el transcurso del mes de noviembre de 1984, remití al Sr. Juez Federal de Resistencia, Chaco, Dr. H. R. Jiménez, una Carta Documento que nunca fue contestada, donde le pregunte porque se me perseguía. Este párrafo establece claramente que la carta fue confeccionada como mínimo a partir del mes de noviembre de 1984. Ruiz Villasuso declara ante el JIM 59 Que el 10/09/84 le presenta una Denuncia Penal por robo Gait, es decir que por entonces ya no era su abogado. Pero existe algo muchísimo más contundente y es que ni Tissembaum, ni Bittel, ni ninguno de los presentes, le pregunta o pide la ratificación de la carta documento que ya estaba confeccionada, porque después de este interrogatorio al otro día muere, es decir no las pudo firmar y ya la misma estaba en manos de Gait. ¿Porque no le preguntan? La respuesta es simple, porque se la hubiese desconocido. Ese interrogatorio esta agregado por el mismo Tissembaum a la CFCF. ¿Pero si la seudo carta documento la hubiese confeccionado y firmado Ruiz Villasuso, porque en el interrogatorio no la hubiese mencionado, ya que en la misma, están supuestamente muy detallado los hechos y los imputados? La respuesta es muy simple, no estaba confeccionada. ¿Porque aparece la carta, luego de su muerte y no antes? Porque podrían haber sido cuestionadas por Ruiz Villasuso. Resumiendo, cuando Tissembaum agrega la seudo carta documento, que no son tales ya sabía que las mismas era falsa en su contenido, como sus firmas, más allá del Falso Testimonio, este acto configura un Delito, porque él había dirigido el interrogatorio a Ruiz Villasuso y sabía que había negado todo el documento sobre Margarita Belén y que se le atribuyera a él. Continuando con el análisis de los dichos de Tissembaum ante la CFCF:

Esta situación, esa cinta grabada Sr. Pte. Fue la declaración de Ruiz Villasuso, prestada en terapia intensiva horas antes de su muerte, en presencia de un medico que da fe de su lucidez, de un Escribano Publico, que estuvo presente y da fe, de que fue declaración del Sr. Villasuso, incluida en el casete, esta en sobre sellado y lacrado y del diputado Bittel Presidente de la Comisión de derechos Humanos de la Cámara de Diputados. CFCF: ¿Ruiz Villasuso, reconoció haber presenciado los hechos de MARGARITA BELÉN? Tissembaum: Personalmente me lo dijo por teléfono nada más Sr. Pte. No lo ha reconocido, ni en su declaración, en su declaración el manifiesta quienes fueron los autores y algunas de las victimas, hoy todavía no hemos podido saber cuantos y quienes fueron las victimas de la matanza de MARGARITA BELÉN, estos ilícitos o este hecho de MARGARITA BELÉN, no fue el único en el Chaco Sr. Pte. En Presidencia Roque S. Peña, la segunda ciudad de la Provincia, hay 22 tumbas NN... Ante esta declaración me permito confrontarla y analizar el interrogatorio a Ruiz Villasuso llevado a cabo en el Hospital Perrando y en su lecho de muerte y donde estuvieron presentes: Tissembaum es el que dirige el interrogatorio, Bittel, Romero, Pedrini Escribano Público, Macarrein médico de guardia en terapia intensiva y Obal médico amigo de Tissembaum. La famosa declaración a Ruiz Villasuso, tomada en su lecho de muerte, la que adquiere un valor probatorio muy importante y se encuentra la trascripción de la cinta grabada y agregada por Tissembaum a la Causa 13/84 – Caso 678 y dice: Tissembaum: Para que hable sobre MARGARITA BELEN Ruiz Villasuso: Que es amplio a lo cual... Tissembaum: Que sea preciso. Pág. Nº 38

Ruiz Villasuso: Que con respecto a una seria de denuncias (DDHH) que se me han atribuido establece claramente que quien las ha confeccionado es su ex abogado defensor Dr. Antonio Gait.

1ra Aspecto: En la declaración de Tissembaum lo presenta como su abogado y apoderado y agrega una serie de cartas documentos. Tissembaum: Gente comprometida en MARGARITA BELEN. Ruiz Villasuso: Que te puedo decir... Tissembaum: Jugate..., jugate Villasuso... Ruiz Villasuso: Las denuncias que se me atribuyen, nombre de Nicolaides, Narrategui,

Hornos, Tte. Cnl. Rualdes, Capitán Jorge..., todo lo que salió atribuido en hojas con dos sellos apócrifos, que pertenecí yo a Comandos de Brigada, publicado en LA SEMANA del año 1983 y que eso le fuera hurtada a Juan Carlos Camino... 2do Aspecto: Da por cierto la declaración de Juan C. Camino acerca del robo por parte Gait de dos hojas oficio, de la carpeta del mismo Camino y pericia química. Ruiz Villasuso: Si no invitare a la Cámara, a la delegación de la Asamblea permanente de

los Derechos Humanos, ante la Cámara de Diputados, hacerle un planteo formal y que tengan el verdadero contenido, de realmente si sucedieron tales hechos o no y quienes son los responsables de tal situación... 3er Aspecto: Es necesario aclarar que quien esta preguntando es el que dice que fue una masacre, por ello cuando Ruiz Villasuso se refiere a sí realmente sucedieron los hechos o no, toma como base la masacre, teniendo en cuenta que un mes atrás y ante escribano publico había negado todos estos escritos. Tissembaum: Cual es tu intervención... Ruiz Villasuso: En ese hecho... Tissembaum: Espera, espera Villasuso, cual crees recordar con claridad, cual es tu

intención... Ruiz Villasuso: Nunca participe de esos hechos, por cuanto el 13 de diciembre, como días

anteriores solía ir a la Biela frente al Covadonga a las 0730 a tomar el desayuno con mi padre Ángel Bains y después normalmente íbamos a (que es camino hacia Puerto... o que únicamente hay que cruzarlo ese paraje o sea donde ocurrieron los hechos... 4to Aspecto: Que claramente lo expresa y dice Nunca Participe de esos hechos 5to Aspecto: Recién a partir de este momento el Escribano comienza a dar fe de sus dichos. Tissembaum: Que dé su testimonio de los sucesos de MARGARITA BELEN... Ruiz Villasuso: Que una vez repuesto física, corporal y mentalmente en relación a la herida que es de publico conocimiento, van a tener como única información todos los datos que van en sus conclusiones, se va a desvirtuar los verdaderos hechos, como así también de algunos responsables, que se le atribuyen esos hechos, que no tienen absolutamente relación alguna... Tener presente que hasta este momento los responsables son los militares, pero si se van a esclarecer cuales son las jugadas y sigue con temas que no nos concierne. 6to Aspecto: Tomando como base que los que están interrogando dicen que los militares son asesinos, él expresa que se va a demostrar que a algunos:

...que se le atribuyen los hechos no tienen nada que ver... Tissembaum: Espera un poquito, no te apures, quien para vos en este momento es el principal responsable de los hechos de MARGARITA BELEN... Pág. Nº 39

Ya a esta altura Tissembaum ve que Ruiz Villasuso va empeorando y hasta ahora había negado sistemáticamente toda la autoría de los escritos y tampoco había hablado de la carta documento que ya estarían confeccionadas. Ruiz Villasuso: No puedo contestarte una pregunta que desconozco desde el principio. 7mo Aspecto: Nuevamente vuelve a negar todo lo denunciado por los DDHH, ya que si el no estaba en el hecho, todos los escritos eran falsos. Tissembaum: Que participación tuviste vos en los hechos de MARGARITA BELEN. Ruiz Villasuso: Ninguna, nunca no, porque nunca estuve presente, si yo estuve presente

no puedo conocer las actividades de cada una de las personas, pero si te puedo decir que si hubiera un responsable. 8vo Aspecto: Vuelve nuevamente a negar toda participación en el hecho. A esta altura a Tissembaum se le caían todas las pruebas que tenían en distintos Juicios ya que las denuncias de Ruiz Villasuso se transformaban en falsas, como así también, la denuncia de la CONADEP, ya que tenía como base las mismas denuncias y ni hablar de la Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados del Chaco y que estaba presente en este acto su Presidente, por lo menos formalmente, pero que no ingreso al cuarto, ni dirigió el interrogatorio, según sus funciones y que también una gran parte estaba sustentada en esas denuncias falsas. Como será de adversa esta grabación que el Presidente decide no hacerla constar y miente cuando escribe en el Informe Final que no se encontraron con Ruiz Villasuso. Tissembaum: Quienes son... Si fue una masacre… Quienes son. Ruiz Villasuso: No lo sé, porque yo tenía amigos, pero hay actividades que nunca te la cuentan, menos cuando cumplen funciones de servicio, si te puedo hablar de delincuentes como Vicente. 9no Aspecto: Vuelve a negar nuevamente y la negativa demuestra la falsedad de las denuncias. Tissembaum: Vicente, Vicente, cuanto. Ruiz Villasuso: Edgardo Eugenio Vicente. A continuación sigue un párrafo que no tiene vinculación con el tema investigado. Pese a las ya continuas y reiteradas negativas de Ruiz Villasuso sobre las presuntas denuncias, se puede observar a partir de ahora como intenta Tissembaum envolver con las preguntas, téngase presente que este interrogatorio duro aproximadamente dos horas sobre una persona en terapia intensiva y que murió un día después que finalizó el interrogatorio. Tissembaum: Decís que te sobran los fundamentos, vos crees que el conocimiento que vos tenés de Margarita Belén es mucho más amplio de lo que estas atestiguando en este momento. Ruiz Villasuso: Si porque los puedo llevar a una conclusión concreta de la situación. Tissembaum: Tenés miedo. Ruiz Villasuso: No a que voy a tener miedo, de que, de quien, para que, sí esa gente me... a corto plazo. Tissembaum: Nos vas a dar vos la verdad. Ruiz Villasuso: Por eso yo digo que el trato se haga ante la Cámara de Diputados ante

la Cámara de los Diputados de la Provincia del Chaco y me voy a ofrecer voluntariamente a todos los que correspondan estamos, esa es mi postura, por eso estoy... y conmigo no hay ni abogados, ni jueces, que pueden lograr lo contrario, nada más. Nótese que nuevamente Villasuso no da la respuesta que Tissembaum, ya necesita en forma desesperada Pág. Nº 40

Tissembaum: Soy Tissembaum me conoces?, necesitamos que nos des nombres de quienes estuvieron en MARGARITA BELEN. Ruiz Villasuso: Con precisión, con precisión, te lo voy a decir en los próximos días

cuando pueda hablar, cuando tenga, me encuentre perfectamente consustanciado con todo, porque yo vengo de Buenos Aires, tuve un incidente muy feo, te puedo mostrar, perforado este vaso, un pulmón... 10mo Aspecto: Se interpreta, por la expresión de Tissembaum al interrogar, soy Tissembaum me conoces, se observa claramente a la presión a que fue sometido Ruiz Villasuso en el interrogatorio, por un grupo de personas deshumanizadas, que con violencia buscan una respuesta que no pudieron obtener. Treinta y seis horas después Ruiz Villasuso moría. ¿A quién le convenía que muriese? ¿A los militares o a Gait, Tissembaum, Bittel, Pedrini, etc.? En el Expte, obra fotocopia de la Historia Clínica de Villasuso en el Perrando, de 13 fojas, donde está detallado el estado del paciente y en el mismo día del interrogatorio, 16/05/85, dice: Paciente lucido con hipertensión continua. Estado de sepsis. Es decir con alta presión permanente y estado de infección generalizada. Es posible creer que si realmente hubiese escrito las denuncias y la carta documento no lo hubiese reconocido, así de esa forma evitaba que estos individuos que con la anuencia de los médicos lo interrogaran y lo siguieran sometiendo a una presión constante. ¿Dónde estuvieron los derechos humanos en este caso de Ruiz Villasuso? Es necesario hacer resaltar que ni Tissembaum, ni ninguno de los presentes le pregunto por la supuesta carta documento, como así tampoco se desprende de la desgravación que Ruiz Villasuso las haya mencionado; se mantuvo firme hasta último momento en la verdad. Cuan importante es, si las declaraciones en la CFCF son falsas y falsas las documentales presentadas, entonces vemos y empieza a tener lógica lo que expresara la CFCF cuando dice: Lo decidido y juzgado en la Causa 13/84, no hace a cosa juzgada de quienes resulten

enjuiciados en actuaciones posteriores que versaren sobre los hechos también juzgados en la Causa contra los ex Comandantes. Es decir la CFCF en su fuero íntimo ¿Sabía que estaba condenando sobre declaraciones, documentales, etc., falsas? ¿Dónde queda la Teoría Jurídica del Fruto del árbol envenenado?

2. Felipe Germán Bittel Entre 12/83 y 12/85 se desempeñó como Presidente de la Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados del Chaco. Las funciones de la Comisión eran la investigación y

tratamiento de todos los hechos que configuren una violación a los derechos y garantías consagradas en la Constitución Nacional. Las facultades en materia probatoria y régimen de citaciones, recepción de denuncias y elaboración del Informe Final, estaban especificadas en el articulado de la ley que la formó. La Comisión investigaba toda violación a los Derechos Humanos ocurrida en el ámbito de la Provincia, sin distinguir la fuerza que la cometió. Investigó los hechos de Margarita Belén y las actuaciones fueron elevadas al Superior Tribunal de Justicia del Chaco, quien a su vez se declaró incompetente y por lo tanto se entiende que las mismas se hayan radicado en la Instrucción Militar. Algunas conclusiones, que iré desarrollando a lo largo del relato. En el Informe Final involuntariamente se omitió mencionar una entrevista realizada en el Hospital Perrando de Resistencia, en la Sala de Terapia Intensiva a Ruiz Villasuso66 y que en esa oportunidad, acompañaban a Bittel, Romero, Pedrini, Oval, Macarrein y Tissembaum. Bittel solicitara la autorización al médico 66

Supuesto artífice de toda la movilización posterior en lo que se denominó noticia criminis, dicho testigo sin lugar a dudas debería haber sido de suma importancia para toda la investigación. Pág. Nº 41

de guardia en Terapia Intensiva Dr. Macarrein, asintiendo el mismo por considerar que Ruiz Villasuso en ese momento se encontraba lúcido, accediendo a que ingresaran a su habitación. Como la misma era reducida, solo ingresaron, Obal, Pedrini y Tissembaum, permaneciendo Bittel y Romero afuera. ¿Como explica Bittel, quién era Tissembaum legalmente, para llevar adelante el interrogatorio de Ruiz Villasuso? ¿Cuál fue el motivo por el cual le entrega a Tissembaum la atribución de interrogar a Ruiz Villasuso? ¿Quién mejor que Bittel para interrogar a Ruiz Villasuso, ya que había participado de todas las declaraciones de los testigos? ¿O es que querían interrogarlo sin testigos, aparte de las seis personas que participaron? o ¿Bittel no quería comprometerse con el aparente acto delictual pergeñado por Tissembaum? ¿No debió haber interrogado Pedrini que era el que daría fe de los dichos del paciente? ¿No debería haber notificado a la Justicia Militar, ámbito donde se llevaba la Instrucción del Caso Margarita Belén, de su práctica que pudo haber comprometido Penalmente al interrogado? ¿No entorpecía con su accionar el ámbito de Instrucción de otro estrado? Muchos interrogantes y tantos otros que para no abrumar no se realizan. Esta situación permite sostener, la aparente Asociación Ilícita formada por estos personajes. En ninguna parte de la Ley Constitución de la Comisión de DDHH de la Cámara de Diputados le otorga atribuciones para designar interrogadores y más si se encuentra presente el Presidente de la Comisión. Bittel dejó a un moribundo en manos de un sujeto que necesitaba que Ruiz Villasuso ratificase las denuncias a él atribuidas. Acción que durara como mínimo dos horas y no cinco minutos, afirmación que realizo de las pruebas acompañadas en la Instrucción. La verdad es que duró desde las 21:00 horas aproximadamente hasta el amanecer, según la declaración de Tissembaum en el Juicio por la Verdad, es decir entre 8/9 horas de tortura física y psíquica. Bittel se quedó afuera y no escucho ni le consta nada, dejando en manos de un médico no especialista en terapia intensiva, el Dr. Obal el control del estado de salud del moribundo. Obal67 declara conocerlo personalmente a Tissembaum y que su encuentro en el Hospital fue casual, pero según Tissembaum en el Juicio por la Verdad, existió coordinación previa mintiendo este médico. No solo Bittel incumple sus funciones, sino que falsea en su declaración en el Juicio por la Verdad: Que la declaración antes mencionada fue confusa y de lo que sí

recuerda concretamente era que Villasuso, manifestaba su voluntad de decir toda la verdad ante la Comisión de Derechos Humanos, cuando se repusiera de sus heridas. Bittel asevera que la declaración de Ruiz Villasuso fue confusa, si no estuvo presente, si ni siquiera sabe quienes interrogaron y de acuerdo a lo por él dicho, terminado el acto se ensobró y se lacró el sobre que contenía la grabación. Esto permite apreciar que si el tiene conocimiento podría significar que se volvió a abrir el sobre rompiendo así la ley de ritos y se aprecia podría haber modificado la grabación. ¿Por qué Bittel fue con un doctor, no especialista en Terapia Intensiva y amigo de Tissembaum, a dar prueba de la lucidez del paciente, cuando estaba el Dr. Macarrein, que era el médico de Guardia? A Ruiz Villasuso se le formularon preguntas relacionadas al caso de Margarita Belén, respondiendo por el término de cinco minutos. Terminado el acto se procedió a resguardar la cinta magnetofónica con la declaración de Ruiz Villasuso en un sobre lacrado por el escribano, donde constan sus dichos. Bittel falsea: Cuando dice que la declaración duro cinco minutos. Cuando la misma duró por lo menos dos horas, existiendo declaraciones de los participantes que este duro hasta la madrugada. El Dr. Macarrein declara: Que siendo aproximadamente las 21:00 hs. Una hora después de hacerse cargo de la guardia y por lo tanto fácil de ubicarse en el tiempo. El Escribano Pedrini cierra la declaración diciendo: Se

termina la grabación tomada en la sala de Terapia Intensiva del Hospital Perrando, al Sr. Eduardo Pío Ruiz Villasuso siendo las 23:00 hs del día 16/05/85. Por lo cual queda prácticamente demostrada la acción delictual del Escribano Pedrini y los demás participantes.

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¿Reemplazante del médico de Guardia de Terapia Intensiva o Testigo Parcial? Pág. Nº 42

Lo declarado por el Dr. Obal responsable de determinar la lucidez de Ruiz Villasuso y ser testigo a la vez y que dice:

Que acto seguido ingresa a la pieza ocupada por Villasuso y Obal le pregunta al herido, si se llamaba Villasuso a lo que respondió sin problemas, por lo cual les dijo a Tissembaum, al diputado Bittel y al Escribano Pedrini, que se le podía tomar declaración. Que conectaron el grabador y tanto Tissembaum como Villasuso se reconocieron, llamándose ambos por sus nombres de pila. En ninguna parte de la desgravación, se llaman ni Tissembaum ni Ruiz Villasuso por sus nombres de pila, sin lugar a dudas, faltaría una parte de la grabación Existe otro hecho importante que determinaría la falta de un trozo de grabación y es al principio de la desgravación, es decir que el Escribano Público que da fe en una situación como la planteada no encabeza la grabación indicando la fecha, hora de inicio, quienes estaban presentes en el acto, que profesional certificaba la lucidez de Ruiz Villasuso, etc., no se ajusta a la comunicación que debe realizar todo Escribano que va a presenciar y grabar una declaración. ¿Porque fueron a las 21:00 horas, es decir a la noche, cuando los parámetros defensivos del paciente, bajan y con más razón en el estado de extrema vulnerabilidad, de Ruiz Villasuso? ¿O es que querían interrogarlo sin testigos, aparte de las seis personas que participaron en forma directa? ¿Realmente estaba lúcido al ingresar a la habitación? Téngase presente que lo que esta desgravado no es más de 3/4 minutos. Tissembaum después de haberlo interrogado le dice ¿Me conoces? ¿Necesitamos que nos des nombres de quienes estuvieron en Margarita Belén? Permite ultimar que ya no estaba lo suficientemente consciente para poder responder con precisión. Falta a la verdad Bittel, cuando manifiesta saber que algunas manifestaciones de Ruiz Villasuso fueron corroboradas por el Comisario Pereno, si teóricamente no sabe lo que dijo Ruiz Villasuso, por no haber estado dentro de la habitación faltando a sus deberes o tal vez no quería comprometerse como testigo de lo que le hicieron a lo largo de esas dos horas, como mínimo dentro de la habitación, no respetando los derechos humanos del paciente. Aclara que cuando Gait le entrega la carta documento que le atribuye a Ruiz Villasuso, en la Comisión manifestó delante de él y de Romero, que Ruiz Villasuso se desdecía públicamente de lo informado en la revista La Semana, de Diciembre de 1983, y de lo que había firmado en esa carta documento, en razón de que miembros del Dest. Icia. 124 y de la Policía del Chaco concretamente Gabino Manader, lo presionaban y trataban de persuadirlo para que cambiara sus dichos, ante la supuesta producción de un golpe militar contra el actual gobierno. Según Gait esto habría sido lo que lo llevó a Ruiz Villasuso a enfrentarlo y decir que se trataba de una patraña urdida por él, su abogado defensor. Bittel en su declaración del Juicio por la Verdad: Que tiene entendido que las preguntas las formulaba el Dr. Tissembaum. Que no le consta que las firmas sean de Villasuso ya que no se hizo pericia caligráfica, no obstante ello el Dr. Gait fue terminante en sus dichos respecto a la autenticidad de la misma. Que no recuerda por que el Dr. Gait tenía en su poder la “carta documento”, ni porqué no se remitieron las mismas a su destinatario y si se entregó a la Comisión. Que el señor Villasuso en su declaración en el Hospital Perrando, no se refirió a la “carta documento”. Que tiene conocimiento de la publicación del diario El Norte, donde el señor Villasuso desmiente los escritos de fecha 10/05/85. Que con respecto a quien llevaba adelante el interrogatorio era el Dr. Tissembaum, pero no puede afirmar que alguna de las otras personas no hayan interrogado. Algo tan importante como la carta documento que ratificaba el contenido de la noticia criminis de una supuesta masacre, el citado Bittel no inquiere formalmente en una testimonial de los detalles a Gait que son de suma importancia en la recepción del 29/05/85 de las mismas. ¿Cuándo fue confeccionada? ¿Cuándo la firmo Ruiz Villasuso? ¿Por qué no fue enviada? ¿Por qué la tenía Gait? ¿Por qué no le fue preguntado sobre la misma al

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moribundo paciente? Y tantas otras preguntas no realizadas. ¿Por qué si tenía elementos de juicio público y por él ratificado en sus declaraciones? Falta a la verdad Bittel: Cuando expresa que el Dr. Gait le dijo en presencia de Romero, que Villasuso se desdecía de lo publicado en la revista La Semana y lo firmado en la “carta documento” por las presiones de..., por: Ruiz Villasuso con respecto a lo publicado en la Revista La Semana declara públicamente que el autor fue Gait (diario El Norte 10/05/85), cuya militancia comunista es conocida. Lo que cuestiona es la denuncia que esta escrita sobre las hojas con los sellos ovalados y que fueran robadas a Camino por Gait y que casualmente tienen el mismo texto (diario El Norte 10/05/85) Pero lo que marca realmente la falsedad de Gait, al decirlo, es que Ruiz Villasuso nunca había cuestionado las firmas de la carta documento, porque las mismas aparecen 12 días después de su muerte, es decir no conocía la existencia de la misma. Esa carta aparecen oficialmente el 29/05/85 cuando las entrega Gait a Bittel. Que también resulta extraño que habiendo existido un Acta de entrega de dicha carta en la Causa 45/85 del expediente, precisamente de la Cámara de Diputados, en esa Acta, con la presencia de Romero, no conste absolutamente nada. Que extraña también que no obre constancia en dicha Acta, de la supuesta carta con un plan para matar a Ruiz Villasuso, que menciona Bittel en su declaración. Pero debería quedar claro que de acuerdo a lo declarado por Ruiz Villasuso y lo que había demostrado con respecto a que las firmas falsas estaban hechas con la misma tinta que utilizaba Gait, indiscutiblemente a quien le convenía que Ruiz Villasuso estuviese muerto era a Tissembaum, Bittel, Gait y Pedrini y no a los militares. Falta a la verdad Bittel, cuando expresa que fue un error involuntario, omitir la declaración que se le tomo a Ruiz Villasuso, ya que de acuerdo a lo expresado por él, en el Informe se escribe:

Que no obstante los esfuerzos realizados por esta Comisión para localizar al Sr. Eduardo Pío Ruiz Villasuso, para obtener su declaración testimonial, en esta Provincia, e incluso en la Capital Federal, los mismos resultaron infructuosos, y que los acontecimientos posteriores y fallecimiento del nombrado, impidieron a esta comisión contar con su testimonio,... sigue: Que, la relevancia de la documentación atribuida a Ruiz Villasuso, en lo referente al caso Margarita Belén, y pese a que en sede judicial habrá que realizar la pericia caligráfica pertinente, hacen necesario que se mencione en este informe y que su trascripción resulte ineludible. Lo raro es que entre 12/83 publicaciones del Diario Norte y La Semana de la noticia criminis y 05/85 en el deshumanizado y torturante episodio del Hospital Perrando, pasaron diez y siete meses de búsqueda infructuosa, cuando hallarlo era sencillo ya que era habitué diario del café La Biela de Resistencia o en su propiedad rural. ¿Que calidad de personas son las seis personas que estuvieron presentes en la declaración de Ruiz Villasuso, en su lecho de muerte y aceptaron que se escribiera esa mentira, engañando a la gente? ¿Cuál es la posición del Escribano Público Pedrini, que dio fe de que se realiza un acto y públicamente es desmentido? ¿Como queda ante sus pares del Colegio de Escribanos que protocolizaron este evento? ¿Qué hizo el Colegio de Escribano ante esta noticia pública? ¿Si la declaración de Ruiz Villasuso hubiese sido tan a favor de ellos y sus intenciones, como lo expresa Tissembaum en su declaración, porqué no la publicaron? Pero lo que no puede justificar Bittel es porqué la carta documento estaba firmadas si para mandarlas es necesario firmarlas delante del empleado de correo que es el que da fe de la veracidad de la firma y por él aceptado en el Juicio por la Verdad:

Dio pie a que la versión que se había volcado en esa carta documento, por más que no tenía la firma de él. Declara Bittel en el Juicio por la Verdad: Que Villasuso en la declaración sindicó como responsable de la matanza a Larreteguy o a Nicolaides... Falta a la verdad abusiva, ya que la desgravación, en ningún momento expresa lo que esta declarando Bittel. Pág. Nº 44

Dio pie a que la versión que se había volcado en esa “carta documento”, por mas que no-tenia la firma de él, era lo que él sabía; como el sabía de esa circunstancia, no lo dijo y nos pareció a nosotros que tampoco tenía sentido seguir presionándolo, a una persona que estaba en esas condiciones, porque evidentemente no estaba en condiciones de ponerse a narrar el hecho en si, pero si concretamente me acuerdo de que, con lo que el manifestó en esa oportunidad, dio apoyatura a lo que decía Gait, de que conocía el hecho de Margarita Belén, era lo que se había volcado en esa “carta documento”, que el no había firmado Este párrafo aceptado con insólito despotismo por el Juez Skydelski demuestra claramente lo trágico de la situación, por lo siguiente: Reconoce Bittel que la carta documento no tenían la firma de Ruiz Villasuso, entonces era falsa, recibiendo un documento a sabiendas que las firmas eran falsas. Reconoce públicamente Bittel, que los presentes en el interrogatorio estaban presionando a una persona en su lecho de muerte, durante dos horas y es admitido por el Juez sin ningún problema. Reconoce que el estado de salud del declarante era malo. ¿No agrava esto su misma situación, al ejercer presión sobre un testigo inhábil por su estado de salud, quien sí hubiese declarado, que estuvo en el lugar, podría haber sido imputado? La desgravación a fojas ya mencionadas dice exactamente lo contrario a lo declarado embaucadoramente por Bittel. Pero lo más importante es que si las cosas ocurren como lo declara Bittel, porque no solo no hace mención a esta declaración en el Informe, sino todo lo contrario, la oculta, mintiendo al pueblo Chaqueño, al decir que no se había podido tomar contacto con Ruiz Villasuso ante de su muerte. La declaración en el Juicio por la Verdad es absolutamente falsa porque el no estuvo presente durante el interrogatorio, pero si realmente fue como el describe, el interrogatorio duro aproximadamente dos horas y la cinta fue modificada y fue retirado de la misma, parte de lo que declaró Ruiz Villasuso, pero si era a favor de Gait, Tissembaum, Bittel, Pedrini, y demás personajes, porqué se sacó, porqué no se dejó, si ya que lo que se dejó, potencia la falsedad de todos los escritos que se le imputan a Ruiz Villasuso y por ello la desgravación esta asentada más de 4.000 fojas después, como para que nadie relacione los hechos.

3. José María Romero Secretario de la Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, en su declaración de fecha 02/05/86, ante el JIM 59 Causa Margarita Belén dice:

Que fue designado como Secretario de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados del Chaco. Que en una oportunidad acompañó a los señores Bittel, Pedrini, y Tissembaum, al Hospital Perrando para tomarle declaración al señor Villasuso sobre los hechos ocurridos el la localidad de Margarita Belén. Que en dicha oportunidad no entró a la habitación donde se encontraba Villasuso y que esperó fuera de la misma. Que entraron a la Sala donde se encontraba el enfermo, Pedrini, Tissembaum, un medico el Dr. Obal que fue quien le pidió permiso al medico de guardia. Que el presidente de la Comisión Bittel, tampoco entro y se quedo afuera con él. Que piensa que las respuestas de Villasuso fueron muy cortas y recuerda que Tissembaum manifestó que Villasuso había dicho que quería decir la verdad frente a la Comisión. Realmente fueron para acompañarlo a Tissembaum, si concurrieron y se quedaron afuera demuestra la traza moral de ambos funcionarios, pero realmente lo que demuestra lo pudoroso de este burócrata es su declaración en el JIM 59, es necesario tener presente que de acuerdo a lo dicho por los testigos y el mismo, Bittel no estuvo presente dentro de la Sala y la cinta fue guardada en un sobre lacrado hasta que fue retirado por Tissembaum de la Escribanía Pedrini, por lo cual no le consta nada de lo que pasó dentro de esa Sala, tal cual el mismo lo declara, al punto tal de no saber a quien interrogaba. Pág. Nº 45

Declara: Que el Dr. Gait le había dicho que no sabía porque no había sido firmada y mandada por el Sr. Villasuso. Sin embargo las cartas están firmadas por Ruiz Villasuso, lo que permite colegir que son firmas falsas. Declara: Que Villasuso no habrá firmado al momento de redactarlas, porque hay que hacerlo frente al empleado de Correo, con el respectivo documento de identidad. Si las firmas están quiere decir que son falsas, si él las tuvo con las firmas al pie, en cada hoja sabe que esa carta nunca iba a ser mandada porque no se podía legalmente. Declara: Que concurrieron a ver a Villasuso para ratificar lo que expresaba el Dr. Gait con respecto a la carta documento, era cierto y si la misma carta documento era de su autoría, dice, me acuerdo que concurrimos con Tissembaum y Pedrini que fueron tarde a las 11:30 de la noche. Esto es tan absolutamente falso como lo pasamos a demostrar: En el expediente 45/85 existe una nota firmada por Gait donde dice y pide ante la citación de la Cámara de Diputado, por sus declaraciones en el diario El Norte de fecha 13/05/85 una prorroga por:

Existen requerimientos de igual tenor por parte de otras Instituciones. Que la documentación no se encuentra en la ciudad, sino a muchos kilómetros de ella. Que existe una causa en la Justicia Militar. Que existe una causa en sede de la Justicia Federal de Resistencia. Que aun soy el abogado de Villasuso. Que obra a fojas 83 del Expte 45/85 y con fecha 27/05/85, once días después del interrogatorio y trece días después de la muerte de Ruiz Villasuso Carta Documento firmada por Bittel citando a Gait, para el día 29/05/85. Que obra a fojas 84 del Expte 45/85 el Acta de fecha 29/05/85, trece días después del interrogatorio y quince días después de la muerte de Ruiz Villasuso donde se detalla la entrega de la carta documento de Ruiz Villasuso firmadas según Gait por este ultimo. ¿Cómo es que tenía la carta documento en su poder antes del Acta, cuando las mismas se encontraban a muchos kilómetros de Resistencia? Cometería Falsedad Ideológica Romero al haber aceptado y firmado su conformidad al Informe de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, en este hecho particular investigado: Villasuso - Carta Documento –Procedimientos - Conclusiones, además de caberle posiblemente la de mal desempeño de Funcionario Público al delegar responsabilidades inherentes a la función delegada por Ley de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco de la Comisión Investigadora a terceras personas y ampliamente puestas al descubierto en el presente trabajo.

4. Juan Manuel Pedrini Escribano Público que participa de la pretendida tortura en el Hospital Perrando a Ruiz Villasuso para dar fe del acto. En el Juicio por la Verdad y el JIM 59 en fecha 30/04/86: Declara: Que de acuerdo a un pedido formulado por el señor Bittel concurre al Hospital Perrando en calidad de Escribano Público y para dar fe de la declaración que se le iba a tomar a Villasuso. Que al llegar al Hospital se encuentra con Tissembaum, Obal y Romero. Que el Dr. Obal pide permiso y el médico de guardia autoriza e ingresaron a una sala donde estaba Villasuso en mal estado de salud, pero lucido. Le expliqué cual era el propósito de mi presencia, accedió a formular unas declaraciones, las que fueron registradas en una cinta magnetofónica. La cinta una vez terminada la declaración, procedí a ensobrarla, lacrar el sobre y quedo en mi caja fuerte hasta que la retiro el Dr. Tissembaum para llevarla ante la Cámara Federal en Buenos Aires. Que las preguntas a Villasuso se las efectuó el suscripto (Pedrini) y el Dr. Obal y que las mismas versaban sobre el hecho de Margarita Belén. Que el Diputado Bittel estuvo unos minutos y después se retiró. Que la diligencia duró unos 15 a 20 minutos. Que

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estima que fue una declaración que no contribuyó a aclarar el hecho, tal vez porque el declarante pensaba recuperarse. Falta a la verdad Pedrini cuando en el punto 4 Le expliqué cual era el propósito de mi presencia, accedió a formular unas declaraciones, las que fueron registradas en una cinta magnetofónica. Por lo siguiente: Cuando declara el Dr. Obal y expresa:

Que una vez lograda la autorización del Dr. Macarrein, ingresa comprueba la lucidez y le informa a Tissembaum, Bittel y Pedrini que ya podían iniciar la declaración, que conectaron el grabador y Tissembaum y Villasuso se reconocieron ambos y se comenzaron a llamar por el nombre de pila. En ninguna parte de la desgravación se tratan con el nombre de pila, por lo que permite afirmar que falta una parte de grabación. En la misma declaración el Dr. Obal declara:

Que es Tissembaum quien le pregunta a Villasuso si va a declarar sobre Margarita Belén. No él como declara:

Que las preguntas a Villasuso se las efectuó el suscripto (Pedrini) Declara el Dr. Macarrein, quien compromete más la situación de Pedrini ya que dice:

Que siendo las 21:00 hs se presenta el Dr. Obal con otras personas para hablar con el señor Villasuso, que quienes toman contacto con el señor Villasuso, son el Dr. Obal y Tissembaum, queda sin ingresar una tercera persona que inicialmente no puede acceder a la habitación por no tener los implementos para poder hacerlo, es decir que el Escribano no estuvo desde el principio como lo declara. Lo que expresa la desgravación indica que es Tissembaum quien le dice a Ruiz Villasuso en él último párrafo:

Tenemos al escribano Juan Manuel Pedrini, estamos para dar fe del testimonio que podría dar, con relación a los sucesos de Margarita Belén. Cuando dice: Que la cinta estuvo en sobre lacrado hasta el retiro por parte de Tissembaum. Ya que de acuerdo a lo que declara Bittel, tuvo que haber escuchado previamente la cinta para poder describir lo que dice, acerca de la declaración de Ruiz Villasuso, en razón que él, no estuvo en la Sala. Cuando manifiesta que las preguntas a Ruiz Villasuso las hacia él y Obal, por lo siguiente: La desgravación de la cinta, guardada por el Escribano establece claramente que quien interrogaba era Tissembaum y ningún otro, salvo que ellos interrogaron durante la parte de la cinta que falta. Obal declara que una pregunta que Tissembaum le hace a Ruiz Villasuso es si va a declarar sobre Margarita Belén y que el herido le responde que sí. Obal manifiesta:

Que Tissembaum le hace una serie de preguntas, que ignora su contenido. Que Macarrein expresa:

Que quien toma contacto con Villasuso es Tissembaum y el Dr. Obal, lo cual avalaría lo dicho por el Dr. Obal. Cuando señala:

Que Bittel estuvo unos minutos y luego se retiró, por lo siguiente: Declaración de Romero:

Que desde que llegaron se quedaron afuera. Declaración de Obal:

Que no recuerda si estuvieron presentes Romero y Bittel. Pág. Nº 47

Declaración de Macarrein:

Que Pedrini entró mas tarde por no tener el equipo necesario, con respecto a Bittel y Romero, ni siquiera los nombra en toda la declaración. Cuando dice: Que la declaración duró entre 15 o 20 minutos, por lo siguiente: Declaración de Macarrein:

Que la aparición del Dr. Obal a pedir permiso fue a las 2100 hs. Lo establecido por el mismo Pedrini en la desgravación cuando cierra el acto a las 23:00 horas del 16/05/85. Total dos horas. Que a la cinta le falta una parte, no existen dudas y detallamos porque:  Obal declara quien fue designado para demostrar la lucidez de Villasuso. Que una

vez aceptado por Villasuso que se lo interrogue, conectaron el grabador y tanto Tissembaum como Villasuso se reconocieron llamándose ambos por el nombre de pila. Se

observa en la desgravación que en ningún momento se llaman por el nombre de pila.  Que hasta él más incorrecto de los Escribanos tiene la precaución de que cuando graba este tipo de pruebas, iniciar la grabación, indicando el día y la hora, correspondientes al inicio del acto y como mínimo, mencionar quienes estaban presentes, identificados por sus nombres y apellidos y sus números de documentos. Se observa en la desgravación que en ningún momento se identifica a los presentes.  Se pudo determinar quienes estuvieron presentes por la declaración de Tissembaum ante la CFCF, donde menciona entre los presentes a Bittel, en el acto de la declaración de Ruiz Villasuso.  Luego se lo cita a Bittel y es él, quien nombra a todos los que estaban presentes y así se puede demostrar esta acción delictual, a través de sus propias declaraciones y aceptadas por Tissembaum en sus declaraciones del Juicio por la Verdad.  Cuando dice que la declaración no contribuye a esclarecer los hechos, la desgravación de lo grabado por el mismo Pedrini resulta importante, ya que en ella, Ruiz Villasuso en su lecho de muerte: Niega seis veces desconocer los hechos de Margarita Belén. Niega los escritos que supuestamente se le atribuyen. Cuando nombra a algunos militares, expresa que figuran en hojas con sellos apócrifos. En dos oportunidades dice que va a decir la verdad sobre el accionar de su ex abogado Gait. No ratifica, ni siquiera habla de la carta documento. Ni Tissembaum ni ningunos de los presentes le pregunta por la carta documento, lógicamente porque las hubiese desconocido, al igual que todas las falsas denuncias que le atribuyen. Por ello la seudo carta documento se presentan doce días después de la muerte de Ruiz Villasuso. Realmente si esa declaración no fue clarificadora y concordante con lo declarado ante el JIM 59 y lo dicho públicamente, ¿Cuál sería una declaración clarificadora para el Escribano? Pero para definir claramente la disposición moral de este individuo, veamos lo que dijo bajo juramento en el Juicio por la Verdad: Declara: Que se apersonó ante Villasuso y le explicó el por qué, de su presencia y que sus dichos iban a ser grabados y que iba a dar fe de lo actuado. Lo que ya hemos visto, es falso en función de las declaraciones de ellos mismos. Declara: Que recuerda que se le preguntaba a Villasuso si conocía los hechos de Margarita Belén y que Villasuso se manifestó afirmativamente. La desgravación de la cinta dice exactamente lo contrario, demostrando con esos dichos, su Falso Testimonio. Recuerda en un momento dado que Obal, médico amigo de Tissembaum:

le decía a Villasuso que él estaba muy mal, que debía hablar porque estaba muy mal, entonces lo que identificó como responsable es una Institución y a una persona, al Ejército y a Larreteguy específicamente, recuerda el dicente con claridad, no identifico como responsable a la Policía del Chaco...

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No solo es esto falso, sino que la palabra Ejército o Institución no aparece en ninguna parte de la desgravación, configurando este hecho nuevamente Falso Testimonio. Dice: Como así terminó reconociendo ante una pregunta, si una “carta documento”, una eventual “carta documento” que había sido escrita para ser remitida al entonces Presidente de la Nación Dr. Alfonsín, si lo que decía esa carta era la realidad de los hechos de Margarita Belén Asintió, dijo que si… No solo no consta en la desgravación, sino que además la seudo carta documento aparecen doce días después de muerto Ruiz Villasuso y por ende mal le pueden preguntar por ellas ya que las hubiese negado, el que figura en la carta documento fue negado en estas declaraciones realizadas, algunas ante Escribano Público y otras publicadas en el diario El Norte. Declara: Que Villasuso da por cierto lo que expresa esa “carta documento”, que a él (Ruiz Villasuso) le consta que es cierto. En ningún lado de la desgravación esto se confirma, lo que es peor lo niega Ruiz Villasuso. Cuando el Juez le pregunta si alguien le había leído la carta documento o él la había leído, contesta:

Que cree que se le preguntó, es que el sabía lo que se le estaba preguntando, porque le preguntaron si la “carta documento” que iba a ser remitida al presidente Alfonsín, de eso me acuerdo, que si era la característica, si el destinatario era el Presidente, si esa carta era cierta y que reflejaba la veracidad de los hechos. Que si puede afirmar que era una “carta documento” y lo que le llamo la atención era el destinatario, que era el Presidente de la Nación. Además de lo expresado hasta ahora sobre este individuo, en esta parte de su declaración, está reconociendo que vio la cartas documento. Porqué entonces como Escribano no dejó constancia de la exhibición de la misma, ya que en la desgravación no figura absolutamente nada. Indiscutiblemente falta una parte en la cinta y si realmente es como dice el Escribano Pedrini, Ruiz Villasuso ha negado la carta documento y por ello fue borrado más de una hora y media de dialogo. Es realmente creíble la declaración de este individuo, cuando Bittel tuvo que decir en el

Informe, que no se pudieron encontrar con Ruiz Villasuso, es más creíble pensar que Ruiz Villasuso negó la carta documento, negó todo sistemáticamente y por ello tuvieron que borrar casi toda la cinta y dejar solamente el final donde sin lugar a dudas el enfermo estaba agotado, pero aun así y todo, siguió negando las cosas que se imputaban. Lo que estuvo planteado en el Juicio por la Verdad y que se materializa a través de esta parte de la declaración de Pedrini, se puede observar la invención y/o arreglo existente entre el Dr. Bosch, abogado de la querella y el Juez de la Causa Skydelski.  Observemos cuando el Fiscal le pregunta a Pedrini: ¿Si esa “carta documento”

tenía como responsable a Villasuso?

 Pedrini responde: Que no sabe.  El Fiscal vuelve a preguntarle: ¿Si no se reconoció autor o firmó la carta?  En ese momento interrumpe Bosch el interrogatorio y hace el siguiente comentario: Que la misma (refiriéndose a la “carta documento”) solo tenía un garabato o firma ilegible, según el informe de la Comisión. Sin lugar a dudas el Fiscal puso en un aprieto a Pedrini y por ello el Juez sin esperar una respuesta, importante, que hacia a la validez de la carta documento, suspendió el interrogatorio y dio por terminada la declaración.

5. Hugo Osvaldo Macarrein Médico de Guardia en Terapia Intensiva del Hospital Perrando y sus declaraciones en el JIM 59, expresa: Pág. Nº 49

Que se desempeñaba como médico de guardia desde las 20:00 hs del 16/05/85 hasta las 08:00 hs del 17/05/85. Que siendo las 21:00 hs se hace presente el Dr. Obal, cardiólogo del Hospital, quien pide permiso para dialogar con el paciente en cuestión. También dijo que lo acompañarían otras personas para tal fin. Que le presento al Dr. Tissembaum, a quien no conocía personalmente. Acto seguido el Dr. Obal y Tissembaum toman contacto con Villasuso. Que una tercera persona, no pudo ingresar al principio por no tener los elementos sanitarios, para poder hacerlo. Que él se preocupaba de controlar los parámetros clínicos del paciente, no prestando atención al dialogo. Que duró él dialogo entre los que entraron y Villasuso, 20 minutos. Que habiendo observado un aumento de la frecuencia respiratoria en el paciente, ordené suspender la entrevista. Que Villasuso estuvo lúcido durante la entrevista. Falta a la verdad Macarrein cuando dice que la entrevista dura 20 minutos, por lo siguiente: El mismo declara que ingresa el Dr. Obal y el resto de las personas a las 21:00 horas. El Escribano Pedrini, en los últimos tres renglones cierra el acto a las 23:00 horas del día 16/05/85. Lo que hace que sean dos horas de interrogatorio, en una pieza reducida, a las 21:00 horas y cuatro personas alrededor del enfermo. Tengamos en cuenta que estamos hablando del representante de la Liga Argentina DDHH y estaban presentes también el Presidente y Secretario de la Comisión de DDHH de la Cámara de Diputados. Debería explicar el Dr. Macarrein:  Porque autorizo a todas estas personas a tomar un interrogatorio de estas características, de dos horas a las 21:00 horas, cuando normalmente los parámetros corporales se alteran durante la noche.  Porque no los hizo retirarse y volver al otro día a la mañana.  Que explicación de vida o muerte le dieron los interrogadores al Dr. Macarrein, que no solo los autoriza en un horario inapropiado, sino que además no deja constancia de nada.  Conque autorización permitió que Tissembaum, interrogara a una persona cuya lucidez esta en duda, ya que si a los 3 a 5 minutos, necesita preguntarle Tissembaum si lo conocía, quiere decir que no estaba plenamente conciente.

6. Andrés Obal Médico amigo de Tissembaum, en sus declaraciones ante el JIM 59, dice:

Declara que lo conoce personalmente a Tissembaum y es amigo de vieja data. Que se lo encuentra casualmente en la Playa de Estacionamiento del Hospital Perrando. Que dada la casualidad del encuentro, certifique la lucidez de Villasuso. Que Tissembaum le explicó, que quería tomarle declaración a Villasuso sobre los hechos de Margarita Belén. Para lo cual le pidió permiso al medico Macarrein, de la guardia de Terapia intensiva, el cual accedió, pidiendo que sean breves. Que acto seguido ingresó en la pieza y le preguntó al herido si se llamaba Villasuso a lo que respondió afirmativamente. Por lo cual le informe a Tissembaum, Bittel y Pedrini que podían iniciar con la declaración. Que acto seguido conectaron el grabador y tanto Tissembaum como Villasuso se reconocieron, llamándose ambos por sus nombres de pila. Que Tissembaum le pregunta si quiere declarar sobre los hechos de Margarita Belén y Villasuso le responde que sí. Que a partir de ese momento se dedica a monitorear la salud del herido, por lo cual desconoce el contenido de las preguntas. Que el estado de Villasuso era bueno y permitió el interrogatorio. Que el interrogatorio fue llevado adelante por Tissembaum. Que en la sala estaban presentes Tissembaum, Macarrein, Pedrini y Obal. Que no recuerda si estaban Bittel y el secretario. Analicemos los dichos del Dr. Obal: Pág. Nº 50

 Que pese a haber recibido la recomendación del médico de guardia de ser breve, permitió que el interrogatorio durase dos horas, según las pruebas aportadas. Según lo declarado por Tissembaum de 8/9 horas.  Podríamos evaluar la capacidad de este profesional que permitió semejante interrogatorio y que cuando se emitió el Informe de la Cámara de Diputados y en el mismo se mencionó que no se había encontrado a Ruiz Villasuso, no realizó la aclaración que correspondía.  Otra gravísima duda de su ética es el hecho que sindica a Ruiz Villasuso como lúcido y a los cuatro o cinco minutos Tissembaum le debe preguntar, siendo conocidos de antes, si lo reconoce y eso se debe pura y exclusivamente a que estaba poco lucido.  En ningún momento le dice a Ruiz Villasuso nada sobre su estado y no como declara Pedrini en el Juicio de la Verdad, Pedrini dice Dr. Obal Médico amigo de Tissembaum, le decía a Ruiz Villasuso que él estaba muy mal, que debía hablar porque estaba muy mal.  Esta declaración demuestra la serie de irregularidades llevadas a cabo por todos estos profesionales.

D) Tissembaum consolida la estrategia - Informe de la APDH ¿Abogado de espurios intereses económicos que sobrevendrían a futuras litis relacionado con los DDHH o incasable luchador por sus ideales? Pregunta sin respuesta válida al día de hoy, pero sin lugar a dudas de procederes profanos para el logro de sus fines, Nicolás Bernardo de Maquiavelo su aparente maestro. Presenta una Denuncia ante la CONADEP de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos – APDH – Delegación Chaco, firmada por el como Presidente y lo acompañan varias personas más, la que es presentada formalmente al Juez Federal de Resistencia el 06/07/84, dando vida a la Causa 231. El Informe Tissembaum de la APDH, posee varios Anexos anónimos, estilo rutinario en el accionar de este personaje, uno de ellos identificado como D5, hecha sobre una hoja con el sello ovalado del Cdo Br I VII, donde se denuncia que en la supuesta masacre de Margarita Belén donde según el mismo murieron en total veintiuna personas, cuatro mujeres y diecisiete hombres, siendo idéntico al entregado a la revista La Semana y equivalente a la carta documento de Ruiz Villasuso ya tratado el tema. Identificada como D6, nota dirigida a Tissembaum el 04/01/84 según él referido, pertenecería a Ruiz Villasuso y desconocida por este en testimonial y públicamente. Nota sin ninguna firma pero que según Tissembaum fue confeccionada por ex presos subversivos de la época del Proceso, sosegado nunca dijo quienes eran y ninguno de los que ha declarado en la Cámara de Diputados o Jueces de Instrucción Militar o Jueces Federales o Cámara Federales aun las de hoy, ha declarado lo escrito en estas hojas lo que hace realmente al escrito absolutamente falso. En el mismo detalla a los siete trasladados de la U7 a la Alcaidía y luego suman a estos cuatro personas mas, total once, documento identificadas D7 – D8 – D9. Nota sin ninguna firma pero que según Tissembaum fue confeccionada por ex presos subversivos del Proceso, detalla los siete detenidos trasladados desde la U7 y suma luego a los que estaban según ellos en la Alcaidía Policial que son siete detenidos mas, entre los mismos una chica de Córdoba, total catorce, documento identificado D10. El Juez Tarantino da por presentada la denuncia y establece una serie de Oficios, y sus respuestas:  Oficio 1278 el 06/07/84: La citación de Sábato para su ratificación paso necesario para proseguir con la denuncia.  Oficio 1299 el 13/07/84: A la U7 pidiendo a) Personal de Guardia los días 12 y 13 de diciembre de 1976. b) Nomina de los trasladados el 12/12/76, quien lo retiro, personal a cargo toda documentación al respecto certificada. Respuesta al Oficio 1299 el 16/07/84 de la U7 informando sobre el traslado del día 12/12/76: Expediente del Pág. Nº 51

Área Militar que ordeno el traslado: 12.6. 0034/64. Expediente interno generado: E 207/76 (U.7) Personal a trasladar de acuerdo al expediente: Barco – Cuevas – Duarte – Franzen – Parodi Ocampo – Salas – Tierno. Personal que lo retiro a cargo de la comisión: Tte. Simoni. Segundo jefe a cargo del traslado: Of Ay Policía del Chaco Torres. Lugar de traslado inmediato: Alcaidía de la Policía del Chaco. Lugar definitivo de traslado: U-10 Formosa. Lugar donde se encuentra el Expte interno E 207/76: Dirección Nacional del S.P.F. Respuesta al Oficio 1295 el 16/07/84 de la U7 adjuntando el personal que estuvo de guardia los días 12 y13/12/76  Resolución del Juez Tarantino el 17/07/84 ordenando un Oficio a la U 7 pidiendo dirección particular, estado actualizado, documentos del listado ya elevado y un Oficio a la Dirección Nacional del S.P.F. preguntando por el Expte E 207/76. Respuesta el 17/07/84 al Oficio 1321, remite la U7 el listado del personal de guardia de los días 12 y13/12/76 con sus respectivas direcciones particulares, el estado de revista, grado, destino interno credencial al momento del requerimiento y el lugar donde se pueden obtener las direcciones faltantes. Respuesta el 24/08/84 al Oficio 1321, del S.P.F. donde se le informa de la confección del sumario por la perdida del expediente solicitado por el Juez Federal de Resistencia se acompaña antecedentes  Oficio 1391 el 07/08/84: A la U7 para que: Remita el Libro de registro de Entradas y Salidas de detenidos correspondientes al mes de diciembre de 1976. Remita Libro de Partes de novedades de idéntico periodo. Informe si en el transcurso del mes de diciembre de 1976 la carpintería de la U7 confecciono ataúdes. Remisión de partes diarios y partes de novedades de ese periodo. Respuesta el 09/08/84 al Oficio 1391 de la U7 respondiendo que no existen antecedentes sobre la confección de ataúdes en esa época y agrega los ocho libros pedidos que luego de testearlos el Juez se pierden.  Resolución del Juez habiéndose compulsados los libros de la U7 devuélvase los mismos a la misma; estos son los que luego desaparecen y recibo de recepción de los mismos por parte del personal del SPF.  Oficio a la U10 Formosa. Si recibió orden de preparativos para la recepción de los detenidos el día 13/12/76, caso afirmativo remisión de lo actuado certificado.  Oficio a la Dirección de Investigaciones. Si algunos de los mencionados en la foja 64 estuvieron alojados en esa Dirección antecedentes, toda la información certificada.  Oficio a la Alcaidía Policial del Chaco, todos los antecedentes al respecto sobre el personal que figura en la foja 64, ingreso y egreso, orden de traslado, etc. todo certificado.  Oficio a la Dirección de Aeronáutica a fin de que informe todos los vuelos realizados por el helicóptero de la provincia los días 12 y13/12/76.  Oficio a la Municipalidad de Resistencia: a) Nomina de todo el personal que presto servicio el día 13/12/76, indicando domicilios. b) Si alguien ordeno cavar 20 tumbas el día 13/12/76 y toda información sobre ellas si se hicieron. c) Quien ordeno la exhumación de los cuerpos. d) Que personal participo del mismo. e) Si la comuna fabricaba los cajones u ordeno fabricarlos.  Oficio a la Guarnición Militar: Nomina del personal que participo de los hechos de Margarita Belén y si hubo alguna baja y la causa porque se sepultaron los cuerpos como NN.  Oficio a la Policía del Chaco requiriendo lo mismo que en el punto anterior.  Oficio al Ejército a) Si tomaron participación en la identificación de los cuerpos participación Thomas y Gandola. b) Si los cuerpos fueron exhibidos a la tropa y hecho marchar a estos frente a los mismos.  Citar a Ruiz Villasuso – dueño de Debonis (empresa fúnebre) – Gialdroni (empresa fúnebre) – Raúl Tierno – Amanda Pierola – Maria Ferreyra de Zamudio (esposa) – Rosa de Zamudio (madre) – Norma C de Díaz (madre) – Ricardo Uferer – Clara de Salas (esposa). Mi intención no es desmenuzar la ferviente actividad de cinco meses de este Juez antes de declararse incompetente el 19/11/84, preocupado de investigar el presunto ilícito, del Pág. Nº 52

que analiza concienzudamente poniendo al descubierto las falsedades de los anónimos arrimados por Tissembaum, sino poner en blanco sobre negro a la Cámara que no lee lo realizado por el Juez sino los apócrifos dándole validez y la Causa 231 que estuviera a su vista no es tenida en cuenta ya que los fundamentos de su Sentencia en la Cámara se funda en el Informe Tissembaum. El Juez Tarantino de intachable proceder, desmenuzo el anónimo y se puso a investigar cada información dada, para determinar su veracidad o no, su acción no fue light.

E) Nuevo soporte de la estrategia desarrollada. - Informe de la Cámara de Diputados El 17/05/84 se constituye por Ley la Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados del Chaco para investigar las violaciones a los Derechos Humanos realizados en la Provincia, la que produce un Informe. El Fiscal Auat lo toma como noticia criminis para solicitar el 20/02/03 requerimiento de la Instrucción de la Causa 306/01 Larreteguy y otros (Margarita Belén) recaratulando otra causa que tenía sobreseimiento en la Justicia Militar y sin mérito en la Cámara Federal de Rosario, agravando su posible falsedad ideológica cuando pide el procesamiento de ocho oficiales del Ejército y de dos Policías de la Provincia del Chaco y entre las causales toma como veraz y prueba de fundamento de su concluir se encuentra el Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco de fecha 02/10/85 y la carta documento atribuida inicuamente a Ruiz Villasuso para ignominia de los hoy detenidos. Lo incongruente de su acción, es que no pidiera el procesamiento de Serrano,… Tte. Cnel. Hornos,… capitán Bianchi, capitán Rampulla, Vertoli, Romero y Pavon,… Vicente,… Valusi, etc.

Carta documento demostrada falsa ya con anterioridad de su acción y no argüida de falsedad por la querella. Frutos de un árbol envenenado. Analizar en este acto el Informe sería atentar contra la claridad de la narración de atropellos sometidos en distintas estrados contra nuestras personas, el mismo copia (sic) en su concluir párrafos enteros del anónimo o de la carta documento supuestamente de Ruiz Villasuso. Si me permito inferir que a principios del 2.008, se presentara un Petitorio ante la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, del que transcribo lo preciado: Por todo lo expuesto, se solicita: Se tenga por presentado en tiempo oportuno y legal forma con patrocinio letrado sin revocar la anterior designación del Defensor Publico Oficial, y se conceda la nulidad absoluta del informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco de fecha 02/10/85. 2. Si del análisis que realizase el tribunal surgiese el delito de falso testimonio en la persona de alguno de los autores o testigos, se le de curso a lo establecido por nuestro Código Penal por cuanto aún prescripto el acto, el daño consecuente de tal delito, se mantiene en el tiempo, es decir hoy nos están imputando supuestos delitos sustentados en los delitos de falso testimonio cometidos durante el desarrollo del informe. 3. El daño persiste y se agrava a raíz de la reciente decisión del Gobierno del Chaco donde ha ordenado la impresión de 5000 ejemplares del Informe que motiva la presentación de esta nulidad y que los mismos sean distribuidos y utilizados en todas las escuelas primarias de la Provincia del Chaco. 4. Si del análisis que realizase el tribunal surgiese el delito de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público se le de curso a lo establecido en nuestro Código Penal por lo expresado precedentemente. 5. Si del análisis que realizase el tribunal surgiese el delito de Prevaricato se le de curso a lo establecido en nuestro Código Penal. 6. Se dé intervención al Sr. Defensor Oficial Público se tenga por constituido a todos los efectos procesales, domicilio en su público despacho.

1.

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7.

Se tenga presente la reserva del Caso Federal (Conf. art. 14 de la ley 48).

Relacionado con el Informe de la Comisión Investigadora, como ya manifestara existe un Petitorio a modo de reclamo administrativo de voluminoso y pormenorizado contenido y pavorosas conclusiones:

Está acreditado que en la Comisión investigadora designan al hijo y hermano de dos de los denunciados, en el documento tomado como base. Está acreditado que la Comisión utiliza documento falsos como base para la confección del Informe. Está acreditado que la Comisión utiliza para demostrar como base para sus conclusiones testimonios de ex detenidos subversivo con gravísimas contradicciones. Está acreditado que la Comisión recibe documento falsos a sabiendas de ello, con firmas falsas. Está acreditado que la Comisión a través del Informe niega haberse reunido con Ruiz Villasuso cuando en realidad lo hizo demuestra claramente que este negó todos y cada unos de los documento atribuidos a él, mintiendo a la sociedad y engañando la fe publica. Esta demostrado que mientras para el Informe de la Cámara de Diputados no existió el interrogatorio llevado a cabo a Ruiz Villasuso en el Hospital Perrrando para la Causa 13/84 si existió dicho interrogatorio y fue agregada la grabación del mismo por Tissembaum. Está acreditado que la Comisión toma como ciertas denuncias anónimas traídas por Tissembaum y según él realizada por ex detenidos, y tuvo delante de ella mas de 23 ex detenidos nunca le preguntó si alguno era autor de esa denuncia, nunca le hizo a nadie de los testigos alguna pregunta relacionada con la denuncia anónima. Está acreditado que la Comisión permite que el interrogatorio a Ruiz Villasuso lo realice Tissembaum quien junto a Gait, fue quien presentó todas las denuncias anónimas, cuando él no era quién para hacerlo y la Comisión espera fuera del recinto donde está el interpelado. Está acreditado que el Informe de la Comisión concluye que el día 12/12/76 a la noche se ejecutaron torturas sobre los trasladados basándose en el testimonio de ex detenidos subversivos donde cinco de ellos dicen haber visto cosas totalmente distintas el mismo día a la misma hora y siendo algunos compañeros de celda, frente a 11 que dicen que no ocurrió nada de lo dicho por los anteriores. Está acreditado que la Comisión da por cierto las torturas el día 12/12/76 a la noche basada en la declaraciones totalmente contradictoria, detalladas en no mas de media carilla y realizada sobre seis ex detenidos cuando había mas de ciento cuarenta internos presentes en el pabellón y tuvo más de un año para seguir interrogando ex detenidos. Está acreditado que mientras el Escribano Pedrini da fe de que el interrogatorio a Ruiz Villasuso se realizó, y lo gravó, el Informe dice que no lo pudieron encontrar ni en el Chaco ni en Buenos Aires, cual fue la actitud del Escribano callar los hechos y negar también que se realizó el interrogatorio al no haber dicho nada cuando se da a conocer el Informe, mucho mas grave es el hecho que la grabación fue utilizada en el Juicio a la Juntas Militares, por supuesto presentada por Tissembaum. Esta acreditado que el autor de la carta documento supuestamente de Ruiz Villasuso fue escrita y falsificadas sus firmas por el abogado Gait con la anuencia de Tissembaum y Bittel. Está acreditado que la Comisión utiliza para demostrar las cosas ex policías exonerados de la fuerza como Cortegozo, Vallejos (empleado de Gait), etc., solo esta demostrando lo falso y parcial del informe.

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Con todos estos puntos mencionados anteriormente se armó la falsa denuncia sobre el enfrentamiento de Margarita Belén, afectando la honorabilidad de muchas personas mencionadas en el Informe, por lo que resulta ridículo y ofensivo la mención que se realiza del articulo 5 de la ley 2.971 donde expresa “En el supuesto de publicidad considerado en el articulo 3º se deberá dejar expresamente sentado que no se afecta el buen nombre y honor de las personas involucradas hasta tanto no haya recaído, en su caso, sentencia judicial con carácter de cosa juzgada”

F) La novela Tissembaum & Gait en escena Ya hemos visto esta sociedad, como abrió distintos caminos para obtener sus fines perseguidos, con la noticias criminis en los medios de comunicación social; la carta documento que no tiene identidad como tal y con firmas falsificadas en donde Gait es el principal sospechado por lo así denunciado por su empleado en la Justicia Federal, siendo esta carta documento viciada de nulidad absoluta. Pero me permito refrescar los conocimientos sobre la que se fundamenta la CFCF es en la Causa 13 Caso 678 y Conexos y esta toma del Juez Federal de Resistencia la empezada instrucción de la Causa 231 Denuncia de la CONADEP y que después de cinco meses se declara incompetente y la eleva al Consejo Supremo de las FFAA, el que designa al JIM 59 para su instrucción y cierre. A modo de adelanto diré que quien terminó la causa, poniendo en descubierto los fingimientos de esta supuesta asociación ilícita es el JIM 59 pidiendo en su Conclusión: Por

todo lo antes expresado esta Instrucción considera procedente mantener su opinión ya contenida en la elevación e informe de fecha 21/06/86 y obrante a fojas 1.008 a 1.115 en el 5to cuerpo de estos actuados solicitando el dictado del Sobreseimiento Provisional de los mismos tanto en lo relativo a los presuntos apremios ilegales que habrían tenido lugar en la Alcaidía Policial de Resistencia en la noche del l2 al l3/12/76 como respecto a los distintos episodios enmarcados en el presunto enfrentamiento que se habría producido en la madrugada del 13/12/76 hacia el kilómetro 1042 de la Ruta Nacional 11 entre fuerzas militares y elementos subversivos y sucesivos enfrentamientos posteriores los días 13 y 14/14/76 y que dieran como resultado la muerte de las personas que constan en autos. Todo ello por encontrar el resultado de las actuaciones correspondencia con la norma prescrita por el artículo 339 inciso 1° del Código de Justicia Militar (Ley 14.029) Anterior a este párrafo el citado Juez, afirma: Por las consideraciones apuntadas estimo

que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas debiera plantear la nulidad de todo lo actuado por la Cámara Federal de la Capital en cuanto se refiera al Caso Margarita Belén, esto es el denominado “Caso Nro 678". Por supuestos los tibios de siempre y que se encuentran en todos lados, sin distinción alguna, nada más que reconocidos por su propia naturaleza, se desligaron de su responsabilidad por acción y omisión, sacándose de encima algo que políticamente no era correcto, ejecutando la estrategia del ñandú, pusieron su cabeza bajo tierra y nos entregaron al Coliseo. También me es necesario, recordar dos aspectos relevantes que hacen a entender la sutil telaraña instrumentada por esta sociedad. La 1º es que la Causa 231 Denuncia de la CONADEP, tiene su sustento en un Informe de la APDH – Delegación Chaco y que firma ¿Quién? Nuestro inquieto y fingido Tissembaum como Presidente y siendo más detallista entre sus Anexos encontramos el escrito en hojas con los dos sellos del Cdo Br I VII del año 1983 y que le dan al periodista de La Semana y que es igual en texto, errores ortográficos al que fuera al diario El Norte y a la carta documento supuestamente firmada por Ruiz Villasuso en 1985 y por el desmentida en reiteradas oportunidades y ya mencionadas, permitiéndome concluir la fuerte sospecha que fueran realizadas por un solo autor. El 2º punto tan importante como el primero y de una ilegalidad absoluta, rescato dos ítems para no abrumar, la nombrada Causa 231 fue iniciada por el Juez Federal de Resistencia y sin terminar es agregada por los Jueces de Cámara los que tomaran puntos Pág. Nº 55

de la misma, sin más fundamento que la arbitrariedad, se aprecia que no la leyeron y que pasare a fundar más adelante y lo que es peor se pusieron a investigar lo que ya estaba en otro ámbito o sea el JIM 59, el que nunca fue consultado sobre el particular esto. Es consentir la eficacia legal de la intervención instructora de la Cámara en el caso bajo examen, no se compadece con el Principio fundamental Nom bis in ídem ya que dos tribunales distintos y de extraña jurisdicción instruyen sendas causas por idénticos supuestos delitos pudiéndose plantear la contradicción jurídica de que en una de ellas se encuentren responsables y en la otra no. Como sucede en este caso.

G) Competencia Interesante es la Elevación del JIM 59 al termino de las investigaciones de las torturas previas y la masacre de Margarita Belén, Dice: El órgano jurisdiccional con competencia para Investigar el caso de Margarita Belén no es otro que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, ejercido por el Juzgado de Instrucción Nº 59 por delegación de acuerdo a lo establecido por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2816/84. Lo contrario, esto es consentir la eficacia legal de la intervención instructora de la Cámara Federal en el caso bajo examen, no se compadece con el Principio fundamental "Nom bis in idem” ya que dos tribunales distintos y de extraña jurisdicción instruyen sendas causas por idénticos supuestos delitos pudiéndose plantear la contradicción jurídica de que en una de ellas se encuentren responsables y en la otra no. Por las consideraciones apuntadas estimo que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas debiera plantear la nulidad de todo lo actuado por la Cámara Federal de la Capital en cuanto se refiera al Caso Margarita Belén, esto es el denominado “Caso Nro 678". Así es como y sin dudar podemos afirmar que:  1º En un futuro e hipotético Juicio de Revisión y con el reclamo social de la ausente seguridad jurídica, se podría revocar, por ejemplo la condena de los Comandantes por lo dicho anteriormente.  2º Al condenar a los Comandantes sin investigar el Caso que nos ocupa, nos condenan por carácter traslativo como ejecutores materiales. Para salvar su liviandad la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal, en un conflicto de competencia negativa posterior con su par de Resistencia, manifiesta: ... lo decidido y juzgado en la

Causa 13/84, no hace cosa juzgada respecto de quienes resulten enjuiciados en actuaciones posteriores que versaren sobre hechos también juzgados en la causa contra los ex Comandantes... En este ámbito, se dan circunstancias que no pueden estar disociadas de los desatinos anteriores. Paso a relatar dos hechos procesales dignos de resaltar: el 17/06/03 el Juez Federal de Resistencia se apropia de la causa y ordena la detención a los militares virtualmente involucrados. El 22/07/03 la Cámara Federal de Resistencia con votos en forma unánime hace lugar al Habeas Corpus presentado por la Defensoría y ordena la libertad de los mismos por falta de Competencia del Juez habiente. El 28/04/05 la Cámara Federal de Resistencia ad hoc conformada por la remoción de los integrantes originales por supuesto mal desempeño de la Resolución citada precedentemente, le otorga la competencia al Juez Federal de Resistencia en un controversial fallo, quien el 04/05/05 vuelve a efectuar la detención y el 05/04/06 el Jurado de Enjuiciamiento de los Magistrados de la Nación, se manifiestan favorablemente con los Camaristas que habían resuelto por la libertad de los militares. Todo agregado está de más.

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H) Diligencias del JIM 59 sobre el fallo de la Cámara Federal de la Capital que figuran en su elevación El Caso Nro. 678 “Tierno Patricio Blas” presentado por la Fiscalía de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital, en el proceso seguido a los ex-integrantes de las Juntas Militares del denominado Proceso de Reorganización Nacional durante e1 año 1985. Con fecha 18/04/86, la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco adjuntó a esta Instrucción Militar copia simple de los considerándos de la Sentencia que la referida Cámara dictara en el Juicio seguido a los ex-Comandantes en Jefe, del PRN en lo referente al Caso Nro 678, por estimar que tenía directa relación con el Sumario que investiga los hechos de Margarita Belén. Una simple lectura de los considerándoos antes referidos permite concluir que el llamado Caso 678 no solamente involucra al causante Patricio B. Tierno (uno de los muertos en los hechos investigados) sino también a todos los restantes detenidos que con aquel fueran retirados de la Alcaidía de Resistencia por una comisión militar el 13/12/76 con el objeto de su traslado a la ciudad de Formosa. También es conveniente recordar que el caso Nro 678 en cuestión fue uno de los muchos que el tribunal interviniente atribuyera en su Sentencia del 09/12/85 al Tte. Gral. (R) D Jorge R. Videla; y ello en un doble plano: como Homicidio agravado por alevosía y por haber sido perpetrado por 3 personas cuanto menos y como Tormentos (cfr. artículos 55 y 80 inciso 2° del Código Penal y artículos 2, 55 y l44 tercer párrafo del Código Penal según texto Ley 14.616); y obviamente fue declarado probado. Por lo antes expuesto, esta Instrucción no puede sustraerse a la formulación de algunas apreciaciones sobre los considerándoos del citado casó Nro 678 las cuales serán agrupadas en dos categorías principales: genérales y particulares:

1. Consideraciones generales Como ya antes se expresara, y de una somera lectura del instrumento referenciado, se advierte que la Cámara Nacional de Apelaciones tiene por acreditados y probados los “hechos ilícitos” que habrían tenido lugar en la localidad de Margarita Belén (Chaco) sobre la base de los elementos probatorios que en la instancia fueron tomados en cuenta. A criterio de esta Instrucción el Tribunal ha excedido los límites de sus facultades al invadir jurisdicción que no le compete, en el denominado Caso de Margarita Belén. Se sustenta tal criterio en virtud de que, conforme al artículo 10 de la Ley 23.049 modificatoria del Código de Justicia Militar y la totalidad de las normas adjetivas establecen que la jurisdicción penal se ejerce por los Tribunales que la Constitución y las leyes instituyan; apoyándonos en el aludido artículo 10° de la precitada Ley 23.049, el órgano jurisdiccional con competencia para Investigar el caso de Margarita Belén no es otro que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, ejercido por este Juzgado de Instrucción por delegación de acuerdo a lo establecido por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nro 2816/84. Lo contrario, esto es consentir la eficacia legal de la intervención instructora de la Cámara Federal en el caso bajo examen, no se compadece con el Principio fundamental "Nom bis in idem” ya que dos tribunales distintos y de extraña jurisdicción instruyen sendas causas por idénticos supuestos delitos pudiéndose plantear la contradicción jurídica de que en una de ellas se encuentren responsables y en la otra no.

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Por las consideraciones apuntadas estimo que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas debiera plantear la nulidad de todo lo actuado por la Cámara Federal de la Capital en cuanto se refiera al Caso Margarita Belén, esto es el denominado “Caso Nro 678". Y más si se tiene en cuenta que la misma Cámara Federal el 16/02/87 dice: “... lo decidido y juzgado en la Causa Nº 13/84 no hace cosa juzgado respecto de quienes resulten enjuiciados en actuaciones posteriores que versaren sobre hechos también juzgados en la causa seguida contra los ex comandantes”. Destaco a la consideración del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, un hecho que podría constituir una aberración jurídica y una circunstancia sin precedentes, que surge del análisis de la fotocopia simple adjunta, y que, reitero no convalido; tal es el hecho de que se tienen por ciertos (verdad real) la comisión de supuestos delitos de homicidio y tormentos, y, lo que resulta aún más sorprendente, la incriminación masiva y no individualizada de los presuntos responsables sobre la base principal de testimonios a quienes les corresponderían las generales de la ley; todo ello haciendo caso omiso de que se trata de un hecho en pleno proceso a cargo del órgano competente que solo podrá ser calificado una vez que se pronuncie el fallo y este se encuentre firme. Si se pretendiera argüir que la intervención de la Cámara Federal en el caso o en los hechos de Margarita Belén, así conocidos por la opinión pública, lo fue al solo efecto de sumar delitos incriminados al señor ex-Comandante en Jefe del Ejército, Tte. Gral. Videla, nos encontramos con la curiosa situación jurídica de que por una parte se inserta en un fallo condenatorio a los ex-integrantes de las Juntas Militares, hechos que se encuentran en proceso instructorio, y por la otra el órgano competente por Ley de la Nación (Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas - CSFAA) no se ha pronunciado aún sobre el caso en cuestión. Siendo este Juzgado de Instrucción Militar un órgano que actúa por delegación del CSFAA, estimo que no resulta procedente hacer planteo de naturaleza alguna por lo que se limita a adjuntar el documento en cuestión con las apreciaciones generales consignadas y las particulares que se esbozan a continuación.

2. Consideraciones particulares Se sostiene que Patricio Blas Tierno junto con otros compañeros de cautiverio falleció en la madrugada del día 13/12/76 en la localidad de Margarita Belén mientras eran trasladados; ello como consecuencia del accionar de las FFAA o FFSS y en estado de indefensión simulándose un enfrentamiento armado. Todo lo cual fue precedido por torturas que le habrían sido aplicadas en el punto de inicio del trayecto, presumiblemente la Alcaidía Policial de Resistencia. Cabe destacar que ni Tierno ni otros compañeros del mismo, que eran trasladados en la emergencia fallecieron en la localidad de Margarita Belén (Chaco), sino en un punto ubicado en el Kilómetro 1042 de la Ruta Nacional 11 que une las localidades de Resistencia y Formosa; que no está probado que Tierno o los otros fueran torturados en la Alcaidía (ver Sumario 71 4- 8102 y sus conclusiones) y menos aún que fueran muertos por las FFAA simulándose un enfrentamiento armado, como surge de todo lo actuado en el sumario 7I4-8101/- y el Expte Nro 231/84 que tramitara originalmente ante el Juzgado Federal de Resistencia.

3. La Resolución del JIM 59 en el Sumario por las torturas el 12/12/76 a la noche Al Presidente del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas: Pág. Nº 58

En mi carácter de Juez de Instrucción Militar a cargo del JIM 59 y en los autos caratulados “Presuntos excesos cometidos por personal policial bajo control operacional del Ejército Argentino en la Alcaidía de la ciudad de Resistencia (Chaco) el día 12/12/76” (Expte 7I 4 8102) e “Investigación de los hechos ocurridos el 13/12/76 en proximidades de la localidad de Margarita Belén (Chaco) durante el presunto enfrentamiento producido entre Fuerzas Legales y elementos subversivos” (Expte 7I 4 8101), adjunto elevo al señor Presidente los mismos, habiendo dado cumplimiento a las medidas ampliatorias ordenadas por ese Alto Tribunal Militar a fojas 1176. En orden a lo antes expresado y a efectos de posibilitar una ordenada y correcta apreciación y valoración de tales medidas, informo que: a continuación sigue el análisis de las testimoniales y de los fundamentos de la Sentencia en la Causa 13 Caso 678 y conexos.

4. ¿Torturas previas? – Algo más de la noticia criminis Producto del fruto del árbol envenenado de la noticia criminis de La Semana y del diario El Norte, de la supuesta carta documento del siempre consistente en la negación de su autoría por parte de Ruiz Villasuso a quien se la adosan y del Informe de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, donde se ve el hilo conductor de Tissembaum & Gait y otros asociados, es la que da vida a la Causa 231 y que pasara a la orbita del JIM 59, el que con sobrada honestidad e idoneidad profesional, se abocara a la Instrucción de la misma. Aquí algunos resultados, las que pueden ser tediosas al lector, pero que arrojan albor y ponen luz a la mendacidad de lo dicho arriba.

5. Declaraciones testimoniales prestadas por internos alojados entre el 12 y 13/12/76 en la Alcaidía Policial de Resistencia (Chaco) Prestaron declaración testimonial ante el JIM 59 un total de 16 ex – detenidos subversivos: Juan M. Roldan, Víctor F. Giménez Antonio E. Zarate, Juan Fernández, Luís A. Rossi, Santiago Almada, Ricardo A. Uferer, Ramón E. Luque, Roberto Cejas, José Niveyro, José L. Valenzuela, Carlos R. Aranda, Adolfo Galo, Eusebio D. Esquivel, Hugo R. Barua y Cristóbal Martínez Cortéz y 4 ex detenidos comunes: Germán Leyte, Ramón A. Paiva, Anselmo Benítez, Rubén A. Di Benedetto. La masa de los nombrados no habían declarado con anterioridad en la Causa, con excepción de Rossi, Almada, Galo y Martínez Cortéz, quienes lo hicieron, bien ante el Juzgado de Instrucción de 2da Nominación de Resistencia hacia 02/84 (Rossi, Almada y Martínez Cortéz), bien ante el JIM 59 hacia 01/85 (Galo). Es decir que en el caso de los precitados la declaración testimonial tuvo carácter de ampliación en razón de considerarse necesaria. De la simple lectura y cotejo de las declaraciones testimoniales prestadas por los ex internos se advierten evidentes contradicciones que por su importancia llevan a la convicción del JIM 59 que algunos o varios de ellos han sido fingidos en sus dichos. Dicha situación no se presenta en el caso de los ex detenidos comunes, quienes resultan concordantes en sus respectivas deposiciones. A efectos de facilitar el análisis de las contradicciones aludidas se procede a agregar por rubros diferenciados las variaciones que cada declaración testimonial contiene.

6. Declaraciones testimoniales de ex detenidos subversivos a. Nómina de internos que se encontraban alojados en la Alcaidía de Resistencia para el mediodía del 12/12/76 y que protagonizaran posteriormente los hechos Pág. Nº 59

de Margarita Belén. En general resulta admitido que los ex detenidos especiales Fernando Piérola, Roberto H. Yedro y Julio A. Pereyra que protagonizaran los hechos de Margarita Belén se encontraban para tal fecha y alojados en distintas celdas del Pabellón de Planta Baja de la Alcaidía (Cfr. Declaraciones de Roldan, Giménez, Zarate, Almada, Uferer, Niveyro, Galo, Barua) Luque manifiesta que estima que ninguno de los detenidos y luego protagonistas de los hechos investigados se encontraban entonces alojados en el Pabellón de Planta Baja, dado que todos ellos fueron conducidos a la Alcaidía desde otros lugares en horas de la tarde del 12/12/76. En similar sentido se expresa Valenzuela. Por su parte Esquivel no recuerda a tales personas como allí alojadas. Cejas incorpora dentro del grupo y en su declaración a Díaz, quien en general se admite ingresara a la Alcaidía en horas de la tarde del 12/12/76 como se verá posteriormente. Una consideración especial merece el caso de Carlos A. Zamudio quien según Roldan, Uferer, Cejas y Barua se encontraba alojado en alguna celda del Pabellón de Planta Baja de la Alcaidía el 12/12/76. Pero resulta ser que según los dichos – concordantes con la documentación obrante en la causa y declaraciones del personal policial imputado – de Giménez, Zarate, Almada y Niveyro, el citado Zamudio fue retirado de la Alcaidía unos días antes de los hechos investigados. En tal sentido cobran importancia los dichos de Zarate y Niveyro quienes ocupaban con Zamudio la celda número 13 y fueron testigos de su retiro; en idéntico sentido resulta descalificado Roldan que también ocupaba esa celda y sin embargo dice que Zamudio se encontraba alojado allí el 12/12/76. Nómina de internos especiales que ingresaron a la Alcaidía de Resistencia b. para la tarde del 12/12/76 y que protagonizaran posteriormente los hechos de Margarita Belén. Con relación a este tema el simple cotejo de las distintas declaraciones testimoniales demuestra una diversidad total en cuanto a sus contenidos. Así respecto al horario de llegada algunos hablan de hora de la siesta (Uferer y Galo), otros lo ubican entre las 16:00 y 16:30 horas (Valenzuela y Barua), otro grupo lo ubica en la media tarde o la tardecita (Zarate y Rossi), otro grupo toma como punto de referencia entre las 17:00 y las 19:00 horas (Almada, Luque y Niveyro y Cejas). También están los que no especifican o no precisan la hora (Giménez y Aranda) Otros directamente se remiten a hora más tardía ya de noche (Roldan) pero lo más sistemático es que ni Esquivel, ni Martínez Cortéz (respectivamente) tienen presente o recuerdan arribo alguno o comentarios sobre tal situación. Respecto al número, identidad y lugar de alojamiento presunto de los arribados la interpretación y conciliación de las distintas declaraciones es aún más difíciles, sobre todo por las notables diferencias existentes en los dichos de internos que ocupaban una misma celda en el Pabellón. Además varias personas admiten conocer dichos hechos por vía indirecta o comentarios de terceras personas que no se identifican (Giménez, Almada, Niveyro, Valenzuela y Aranda) Respecto del número de detenidos especiales que habrían llegado, este va de ocho personas (Roldan) pasando por más de diez personas (Luque) hasta llegar a las 15 o 20 personas (Cejas); también están los que ignoran esos datos (Aranda y Galo) Pasando al aspecto del lugar donde habrían sido alojados la confusión es aún mayor dado que una misma persona figura alojada en lugares totalmente distintos conforme a las variadas declaraciones; a título de ejemplo el ex detenido Salas habría estado en el calabozo de Planta Baja (dichos de Rossi, Almada, Cejas, Valenzuela y Barua) y al mismo tiempo en el de Planta Alta (dichos de Giménez), Tierno es ubicado en el calabozo de Planta Baja (declaración de Rossi) y en calabozo de Planta Alta (declaración de Luque), igual que Tierno es la situación de Parodi Ocampo, y tampoco resulta claro la ubicación de Zapata Soñez y Franzen si se toman en consideración las manifestaciones de Niveyro, Aranda y Luque. No se abundará sobre la situación de Zamudio mencionado en el Pabellón de Planta Baja por Rossi, Luque y Valenzuela dado que el tema fue tratado en el apartado anterior. También resultan interesantes las declaraciones de Almada y de Galo, cuando dicen que no observaron o recordaron que hubieran ingresado o alojado a nadie en celdas del Pabellón de Planta Baja en dicha tarde del 12/12/76. Pág. Nº 60

Algunas circunstancias que habrían tenido c. lugar en horas de la tarde del día 12/12/76: Sobre el particular merecen mencionarse algunas situaciones que pueden resultar de utilidad para valorar debidamente la veracidad de las manifestaciones de gran parte de los testigos que prestaran declaración en la causa. Así Rossi que ocupaba la celda A dice que a la tardecita pudo observar a Salas y a Tierno en la zona de baños y ensangrentados; Galo que ocupaba también la celda A manifiesta que a las 18:00 horas vio a Salas llevado al baño de los cabellos y a la rastra; Valenzuela dice que entre las 16:00 y las 19:00 horas pudo observar desde su celda B entrar al calabozo de Planta Baja a golpes y patadas que le propinaba personal policial a Salas ensangrentado, como también que entre las 19:00 y 19:30 horas logró hablar con Zamudio que estaba en el baño y desde su celda por espacio de 10 minutos y que luego hizo lo propio con Díaz. Este dato aparentemente sin importancia en realidad la tiene porque según Valenzuela y Zamudio le habría dicho que lo iban a matar algo similar se intuye de su presunta conversación con Díaz ya que este le habría pedido que tranquilizara a su medio hermano de solo 17 años Roldan que también estaba allí alojado. En contraste con lo expresado, el mismo Galo que se encontraba alojado en la celda A ubicada justo frente a los baños y por ende la más próxima a ellos, manifestó que en momento alguno vio de cerca de detenidos luego retirados golpeados, ensangrentados o violentados dentro del Pabellón dentro de Planta Baja. Por su parte Barua que ocupaba la celda B también muy próxima a los baños, manifestó que en la tarde no observó ninguna circunstancia especial y detenidos de los luego retirados en la zona de baños, y que Salas pudo ser visto por él cuando ingresaba por sus propios medios al calabozo de Planta Baja. Respecto a todo lo dicho sobre conversaciones verbales mantenidas presuntamente entre detenidos esa tarde, vale la pena releer las declaraciones testimoniales de Uferer, Luque, Esquivel y Barua sobre las prohibiciones vigentes por entonces en la Alcaidía para mantener dichos contactos, e incluso la imposibilidad de llevarlos a cabo; también son ilustrativas las manifestaciones de Cejas, Aranda, Martínez Cortéz y Galo (sobretodo la de Galo que compartía la celda B con Valenzuela, o las de Cejas y Martínez Cortéz que compartían la celda A contigua) quienes no se enteraron de tales comunicaciones verbales y ello lo explican por el régimen de seguridad vigente. Por último cabe preguntarse el sentido del presunto pedido de Díaz a Valenzuela respecto del medio hermano del primero de los nombrados si como manifestara Luque a Díaz hubiese podido también hablar con Roldan de celda a celda. Otros sucesos en horas de la noche del día 12/12/76: En forma conexa a lo d. expresado sobre conversaciones mantenidas entre detenidos especiales, dice Uferer que luego de la cena y a la salida del baño Mendoza que ocupaba la celda 1 logró hablar con Salas que estaba en un calabozo contiguo. En el mismo orden de ideas es ilustrativo analizar los dichos de Valenzuela, Esquivel, Aranda y Barua, quienes desconocen totalmente la existencia de contactos verbales de detenidos del Pabellón con otros que estuvieran en los calabozos. Otros de los aspectos que merecen considerarse dentro de este apartado es el de las actividades de racionamiento (cena) que tuvieran lugar esa noche en la Alcaidía. Como forma de dar énfasis en sus declaraciones de que dicho día no revistió caracteres normales, tanto los ex detenidos especiales Roldan y Aranda manifiestan, que esa noche no se cenó, lo que indicaría que alguna circunstancia especial así lo exigía. Sin embargo el resto de los detenidos por entonces en el Pabellón de Planta Baja de la Alcaidía que declarara ante esta instrucción manifiestan que dicha actividad (la cena) y otras como la ida a los baños y el llamado a silencio fueron totalmente normales y se llevaron a cabo (cfr. declaraciones de Giménez, Zarate, Rossi, Almada, Uferer, Luque, Niveyro, Galo, Esquivel y Martínez Cortéz) e. El retiro de los detenidos especiales que protagonizaran los hechos de Margarita Belén del Pabellón de Planta Baja de Alcaidía (horario, personal interviniente, mecánica utilizada y estado físico de Pág. Nº 61

los retirados): Los aspectos que habrían rodeado el retiro del Pabellón de Planta Baja de Alcaidía de Resistencia de los ex detenidos especiales que protagonizaron los hechos investigados merecen una consideración especial. En lo que se refiere al horario o momento en que el mismo tuvo lugar, las declaraciones de los testigos son muy dispares; Roldan lo sitúa entre las 23:00 y 24:00 horas del 12/12/76, Giménez a las 23:00 horas, Zarate a medianoche, Rossi a las 20:30 horas, Almada) a las 22:00 horas, Uferer a las 21:00 horas, Luque entre las 21:00 y 21:30 horas, Cejas a las 24:00 horas, Niveyro a las 21:00 horas, Valenzuela habla de un primer retiro y posterior reintegro parcial a las 21:00 horas y de un segundo retiro total entre las 23:00 y 23:30 horas, Aranda a las 21:00 horas, Galo a las 02:00 horas del 13/12/76, Esquivel lo sitúa a la medianoche, Barua a las 21:00 horas y Martínez Cortéz entre las 24:00 y las 01:00 horas del 13/12/76. Respecto al personal interviniente en el referido retiro, el ex detenido Martínez Cortez refiere haber visto dentro del Pabellón de Planta Baja a personal policial y militar, y que los habría diferenciado por el color de sus uniformes. Sin embargo el resto de los testigos – Roldan, Giménez, Zarate, Rossi, Almada, Uferer, Luque, Cejas, Niveyro, Valenzuela, Aranda, Galo, Esquivel, Barua – manifiestan que no observaron la presencia de militares en el lugar o bien que el procedimiento estuvo a cargo de personal policial. En lo atinente a la mecánica o procedimiento específico que habría sido empleado en la oportunidad para proceder a retirar a los ex detenidos especiales del Pabellón de Planta Baja, las declaraciones son altamente divergentes; así mientras un grupo de 6 internos (Almada, Cejas, Niveyro, Valenzuela, Aranda y Martínez Cortez) manifiestan que se ordenó por parte del personal interviniente que el resto de los detenidos del Pabellón se mantuvieran acostados mirando hacia la pared y/o con sus cabezas tapadas con las sábanas y/o sin llamar a los retirados por sus nombres y/o con las luces de las celdas o pasillo apagadas como forma de mantener una cierta clandestinidad para que no se tomara conocimiento o vieran el retiro), otro grupo de 9 internos: Roldan, Giménez, Zarate, Rossi, Luque, Galo, Esquivel, y Barua; dicen que el retiro fue totalmente normal, con las luces encendidas, llamados los retirados a viva voz por sus nombres, y manteniendo al resto de los detenidos del Pabellón parados al pie de sus camas observando todo lo que sucedía, o bien se especifica que el procedimiento no tuvo características especiales. Acerca de sí los que iban a ser trasladados llevaban sus efectos o pertenencias personales en cumplimiento de la orden que en tal sentido les impartiera el personal interviniente, algunos testigos afirman que efectivamente el continente egresó del Pabellón con sus pertenencias (Roldan, Zarate, Rossi, Cejas, Galo, Esquivel), otros manifiestan que no recuerdan dicha circunstancia (Giménez y Almada), y el resto dice que no llevaban efectos personales alguno y/o que no se les ordena que los llevaran (Uferer, Luque, Niveyro, Valenzuela, Barua y Martínez Cortéz). Sobre la circunstancia de sí los trasladados salieron o no esposados y/o vendados, Roldan dice que los compañeros de las celdas A y B próximas a la entrada del Pabellón le contaron luego que al salir fueron esposados y vendados; Rossi dice que iban esposados por detrás; mientras que el resto de los testigos Giménez, Zarate, Almada, Uferer, Luque, Cejas, Niveyro, Valenzuela, Aranda, Galo, Esquivel, Barua y Martínez Cortéz expresan que no iban esposados y/o vendados. Respecto a sí medió violencia en el retiro de los ex detenidos especiales algunos testigos (Roldan, Giménez, Zarate, Almada, Uferer, y Valenzuela) nada dicen; otros (Galo, Esquivel, y Martínez Cortez) expresan que el retiro fue normal y sin mediar un procedimiento violento; por último otro grupo (Rossi, Cejas, Aranda y Barua) sostienen el primero que Salas y Tierno ya fueron violentados al salir de los calabozos de Planta Baja, el segundo que Díaz o Zamudio era llevado a la rastra, el tercero que Díaz era empujado y Zamudio arrastrado de los cabellos, y el cuarto que Yedro, Pereyra, Díaz, Zamudio y Pierola fueron sacados a los empujones.

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Respecto al estado físico que presentaban los retirados los testimonios son altamente contradictorios; así Roldan dice que Zamudio tenía el estómago morado y las muñecas y manos lastimadas; que Piérola tenía heridas profundas en los tobillos y que el resto estaba en estado normal y caminaba por sus propios medios; Giménez expresa que a Díaz se lo veía golpeado y que el resto estaba normal; Zarate recuerda el estado de Piérola con los tobillos hinchados y a Zamudio con el tórax amoratado y con varias costillas presumiblemente rotas que le impedían recostarse o caminar rápido; Almada dice que los retirados estaban en estado normales y caminaban sin dificultad lo cual le consta para el caso de Piérola y Pereyra porque días antes había estado en los baños con ambos; Luque manifiesta que el estado físico aparente de los retirados era bueno por su forma de caminar; Cejas dice que Zamudio presentaba lesionado un brazo mientras que Díaz tenía un mejor estado; Niveyro expresa que el estado de su compañero de celda Piérola era que tenía marcas en las muñecas porque habría sido colgado anteriormente y que Díaz cuando volvió a su celda lo hizo normalmente; Valenzuela dice que el estado físico de Zamudio a su ingreso en la tarde del 12/12/76 era caminando con dificultad y tomándose él estomago, que Díaz casi no caminaba y era llevado del hombro por personal policial, que Piérola estaba mejor mientras que Salas entró muy golpeado y con sangre; Aranda dice que Díaz al entrar se desplazaba por sus propios medios; Galo manifiesta que todos los retirados pasaron caminando normalmente; Esquivel manifiesta que los retirados que pasaron caminando frente a su celda no presentaban signos de violencia; Barua dice que el estado físico de los llegados el 12/12/76 era que Parodi Ocampo caminaba normalmente y Salas se tomaba el lado izquierdo y tenía sangre en sus manos, que al salir Pereyra y Díaz se veían normales y caminaban sin dificultad, Zamudio lo hacia tomándose el costado y respirando dificultosamente mientras que Piérola se desplazaba normalmente aunque hubiera manifestado que antes habla sido golpeado; por último Martínez Cortéz dice que los retirados estaban en buen estado. Los sucesos posteriores (apremios ilegales, horario y duración de los f. mismos y retorno de los internos a sus celdas del Pabellón de Planta Baja con posterioridad): Es este uno de los puntos o apartado donde se manifiesta una mayor anarquía y contradicciones entre los dichos de los testigos que declararan en estos autos, manifiesta el JIM 59. Roldan dice que el comienzo de las torturas en la zona del comedor fue a las 01:00 horas del 13/12/76 y que duró aproximadamente unas 3 horas esto es hasta las 04:00 horas. Que también dice que no volvieron a sus celdas ni los vio posteriormente; Giménez expresa que luego de retirados se comenzaron a sentir ruidos de golpes y gritos que duraron entre una hora y, una hora y media, no retornando los mismos al Pabellón y que luego sobrevino un silencio que habría indicado el traslado; Roldan en cambio habría sentido ruidos, de vehículos; Zarate expresa que al rato de retirados se escuchan los golpes y gritos desde el comedor lo que duró una hora o algo más para luego advertirse un gran silencio, no retornando los extraídos al Pabellón o celdas. Rossi dijo que los golpes que empezaron a la salida de los calabozos, para Salas y Tierno usando gomas siguió en el acceso del Pabellón de Planta Baja lo que pudo ser visto desde su celda A, que siguieron en el comedor continuando 1os castigos hasta la media noche aclarando que escuchaba los gritos porque desde su celda no se tiene visión al interior del comedor. Luego hay un silencio y se escuchan ruidos de vehículos que se retiran; que los sacados no retornaron al Pabellón o sus celdas. Almada manifiesta que no pasó mucho tiempo desde el retiro antes de comenzarse a escucharse gritos y golpes desde el comedor, durando ello hasta las 03:00 horas del 13/12/76 en que se escuchó una orden de trote hacia la guardia, se escucha el movimiento y un silencio posterior. En el ínterin de las supuestas torturas el único que volvió al Pabellón no menos de una hora después del retiro fue Díaz para ser conducido al baño agitadamente para ser mojado y sacado por el Agente Maidana llevándolo de los cabellos y Díaz caminando encorvado y con sangre en sus ropas, paseándolo frente a las celdas A y B que no podía ver los golpes dentro del comedor por carecer de ángulo de Pág. Nº 63

visibilidad el cual se agota a la altura de la entrada a los calabozos de Planta Baja. Uferer dice que antes del retiro ya se sentían en el comedor gritos y ruidos de corridas, y que luego son llevados de a uno a dicho lugar Pierola, Zamudio y Díaz para luego ser golpeados y retornados a sus celdas también en forma individual (el primero volvió agachado como sí hubiera sido golpeado, el segundo caminando con dificultad, y tomándose el tórax o abdomen, y el tercero sostenido por dos policías. En el ínterin se siguen escuchando gritos y golpes en el comedor con otros detenidos, aclara que las sesiones de golpes habrán durado horas que no puede precisar; Luque manifiesta que enseguida del retiro se escucharon ruidos de corridas y ordenes y contraordenes como ruidos de golpes y voces de quejidos y lamentos; ello habrá durado unas cinco horas para luego silenciarse los ruidos y gritos y sentirse encendido de motores. Que los retirados no volvieron nunca mas a sus celdas y Pabellón; en el ínterin entre el inicio y fin de las torturas pudo ver a Salas ingresado al Pabellón por el Agente Álvarez llevándolo a la rastra de los cabellos hacia el baño ubicado frente a las celdas A y B que Salas no caminaba y parecía inconsciente siendo reanimado en una camilla y luego retornado al comedor ya caminando por sí mismo. Cejas expresa que en forma casi inmediata al retiro comenzó a escuchar ruidos de golpes y gritos y que esta situación habría durado entre 40 minutos y 1 hora. Que luego se sintieron órdenes, pasos y ruidos de apertura y cierre de rejas que conducen al interior de la Alcaidía que luego sobrevino un silencio y que los detenidos no fueron restituidos a sus celdas del Pabellón. Agrega que desde el interior de su celda A no tenía visión al interior del comedor y que sólo se puede ver hasta la escalera de acceso a Planta Alta. Niveyro por su parte expresa que luego de retirados los detenidos hubo un paréntesis de media hora en la que se siguieron sintiendo movimientos pero a partir de entonces se comienzan a escuchar desde el acceso al Pabellón de Planta Baja ruidos de golpes y gritos que indicaban que los estaban castigando; no puede, precisar el tiempo de duración de los castigos por haberse dormido y perdido la noción del tiempo ya que al despertarse no se oía nada. Que los retirados no volvieron nunca mas al Pabellón de Planta Baja ni fueron vistos posteriormente. Valenzuela dice que a partir de las 21:00 horas los sacaron por turnos hacia el comedor a Díaz y luego a Zamudio permaneciendo el primero de ellos allí unos 20/25 minutos y volviendo ambos golpeados. Mientras esto sucedía se escuchaban desde el comedor corridas, golpes de goma y gritos de policías y de esos dos detenidos. Luego vio al Agente Galarza pasando frente a su celda B trayendo de los cabellos a Díaz arrastrado por el piso mientras otros desde atrás lo pateaban. Zamudio también volvió de los cabellos porque no podía caminar. Dice que desde la celda B había un pequeño campo visual hacia el interior del comedor pero que él no vio el hecho y porque había ordenes de permanecer acostados y tapados. Que entre las 23:00 y 23:30 horas del 12/12/76 sacaron a todos los nombrados del Pabellón de Planta Baja concentrándolos con otros en el comedor durando, ello hasta las 01:00 horas del 13/12/76 en que se escuchan desplazamientos de personas que implicarían el embarque y posterior traslado. Aranda alude que a medida que iban, saliendo los detenidos del Pabellón de Planta Baja se comenzaban a escuchar ruidos de golpes y gritos de los mismos y de policías. Ello duró algunas horas para luego sentirse ruidos de motores que indicarían el traslado. Que ninguno retorna a sus celdas o Pabellón después de retirados Que no sabe que algún integrante de las celdas A o B observara, directamente al interior del comedor donde se golpeaban a los detenidos. Galo dice que aproximadamente a las 18:00 horas del 12/12/76 se escucharon ruidos de movimientos, corridas, golpes y gritos desde el comedor lo que le hace suponer que allí eran golpeados detenidos; que entre las 19:30 y 20:30 horas trajeron a su celda B a Parodi Ocampo encogido y con signos de haber sido golpeado. Que hasta la hora de dormir de esa noche y en forma interrumpida se siguieron escuchando golpes y gritos desde el comedor intercambiándose detenidos desde el interior del Pabellón de Planta Baja y otros traídos de afuera. Que podía observar los castigos desde un ángulo de visión que tenía desde la celda B al interior del comedor y porque la reja de aquella se desplazaba. A pesar de ello no identifica al personal policial que golpeaba por lo esporádico de las vistas y porque otros en la celda miraban más. Pág. Nº 64

Esquivel dice que los retirados no retornaron a sus celdas y que durante una hora luego de sacados del Pabellón no se escuchó nada para luego comenzar a sentirse gritos y voces de ordenes desde el comedor lo que duró un rato estimado entre media y una, hora para luego producirse un silencio. Desde su celda 1 no hay campo visual a la zona de baños o calabozo. Barua acota que luego de retirados los detenidos se comienzan a sentir ruidos de gomas y golpes junto con gritos desde el comedor lo que se prolonga hasta las 03:00 horas del 13/12/76. Que con el correr del tiempo se acallan los gritos y llantos aunque no así los golpes sobreviniendo luego un silencio y ruidos de vehículos que se alejaban. Que los retirados nunca retornaron al Pabellón o sus celdas. Por último Martínez Cortez dice que un rato después de salir los detenidos comenzó a sentir los ruidos de golpes y gritos. Que desde su celda A no tenía visión dentro del comedor por lo cual no podía ver nada. Que los golpes habrían durado solo un ratito o unos minutos y para luego escucharse movimientos de personas y silencio. Que ninguno retornó a sus celdas o Pabellón. Que sólo vio a dos policías llevar a un interno al baño para reanimarlo con agua y luego retirarlo. g.

Algunas consideraciones relacionadas con el punto anterior

1) Visión que se tenía desde el interior de algunas celdas del Pabellón de Planta Baja al interior del comedor: Se recuerda que el ex detenido Rossi prestó declaración testimonial ante la Justicia de Instrucción de la Segunda Nominación de Resistencia el día 17/02/84 (ratificando sus dichos ante la Instrucción policial, de los días 25 y 26/01/84) según se desprende del Expte 46/84 y del Expte 17/84. En esa declaración Rossi dice haber observado desde su celda A los apremios ilegales y golpes a que eran sometidos los internos en la noche en cuestión. Pero resulta que en su ampliación ante este Instructor Militar del 12/12/86 se desdice totalmente y manifiesta no haber tenido, visión alguna y sólo haber escuchado los gritos. Evidentemente el causante ha incurrido en Falso Testimonio. Ello resulta corroborado por Cejas y Martínez Cortéz quienes ocupaban también la celda A y manifiestan concordantemente que desde su interior no hay visión alguna hacia dentro del comedor donde estaban sucediendo los hechos. En idéntico sentido Galo prestó declaración testimonial ante la Instrucción Policial el 26/01/84 Expte 46/84 lo que ratifica ante el JIM 59 el 24/01/85 Expte 71 4-8l02. Allí manifestó que desde el interior de la celda B que ocupaba observaba de reojo hacia el interior del comedor donde veía los golpes que se aplicaban a los detenidos allí conducidos. Cuando declarara nuevamente ante el JIM 59 el 29/12/86 insistió diciendo que desde su celda podía ver el interior del comedor por un pequeño campo visual y recordando sugestivamente que ello era posible por un desplazamiento que tenía la reja de la celda. Pero si se observan las declaraciones de Almada y Valenzuela, quienes ocupaban también la celda B, se advierte una fuerte contradicción dado que Valenzuela avalaría los dichos de Galo cuando sostiene que desde la celda existiría un pequeño campo visual hacia el interior del comedor mientras que Almada lo niega al manifestar que no se podía ver desde la celda hacia el comedor por carecerse de ángulo de visibilidad. A mayor abundamiento Barua que también ocupaba la celda B declara que desde su interior no se tenía visión al comedor. Todo lo expresado fue oportunamente constatado por el JIM 59 en la correspondiente vista ocular que realizara dentro de las celdas A y B de Alcaldía para llegarse a la conclusión de que resulta materialmente imposible visualizar desde el interior de las mismas ningún sector interno del comedor donde habrían tenido lugar los sucesos que se investigan. 2) Situaciones que habrían sido vistas por algunos internos en la noche del 12/12/76 o madrugada del 13/12/76: A través de algunas declaraciones testimoniales Almada, Uferer, Luque se desprende que estas personas habrían podido observan el primero a Díaz volviendo del comedor conducido al baño agitadamente y de Pág. Nº 65

los cabellos por el Agente Maidana quien lo paseara frente a las celdas A y B; el segundo a Pierola, Zamudio y Díaz volviendo al Pabellón desde el comedor golpeados y maltrechos y el tercero a Salas entre el inicio y fin de las torturas ingresado al Pabellón y en dirección al baño a la rastra por el Agente Álvarez en estado de supuesta inconciencia y sin caminar para luego ser reanimado y retornado al comedor. No obstante ello Esquivel que en el ínterin que va desde el retiro de los internos al último silencio no vio ni escuchó desde su celda 1 que algún detenido retirado fuera violentamente traído al interior del Pabellón ni que otros internos observaran algo así y que tampoco observó a ningún detenido sangrando o conducido inconsciente o llevado de los cabellos o a patadas o saltos por personal de guardia. También Martínez Cortéz que tenía buena visibilidad de su celda A manifiesta que no vio en momento alguno pasear de los cabellos frente a su alojamiento a interno alguno ensangrentado o con ropas desgarradas que fueran retornados al comedor. En forma concordante Barua dice que en horas de la noche del 12/12/76 o madrugada del 13/12/76 no observó desde su celda B ninguna circunstancia especial producida entre personal policial y detenidos retirados al comedor, en la zona de baños o frente a las celdas A y B. El mismo Galo que ocupaba la celda A declara que en ningún momento pudo observar en proximidad a algún detenido retirado muy golpeado, con sangre en su cuerpo o ropas o siendo violentado dentro del Pabellón. Por último Cejas que ocupaba la celda A relata que entre el retiro del pabellón de los detenidos y su traslado desde la Alcaidía no observó a ninguno de ellos en el acceso al Pabellón de Planta Baja, zona de baños o pasillos; y Valenzuela que se alojaba en la celda B no advirtió nada particular en relación con detenidos en la zona de baños o pasillos del Pabellón durante el período que corre a partir de los hechos que describe. h. El presunto fallecimiento acaecido en la Alcaidía de uno o varios detenidos retirados del Pabellón de Planta Baja entre la noche del 12/12/76 y la madrugada del 13/12/76: En este importante y muy grave apartado también difieren grandemente las declaraciones testimoniales obrantes en autos. Roldan dice que por dichos de los ocupantes de las celdas A y B sabe que habrían sacado muertos de Alcaidía a uno o dos personas que habrían sido vistas - no aclara por quien - al ser sacados del comedor por los pies, y que uno de ellos sería Zamudio en atención a sus ropas. Tanto Giménez como Zarate manifiestan que por comentarios de presos comunes cuyos nombres no recuerdan pero que servían mate en el Pabellón de Planta Baja se enteraron de que por lo menos dos internos habrían muerto antes del traslado Fernández que a esa fecha se encontraba alojado en la U7 de Resistencia dice que posteriormente y por dichos de Zarate, Niveyro, Mendoza y Aranda se enteró de que algunos detenidos (entre ellos Salas) habrían fallecido en la Alcaidía por los golpes recibidos. Luque que corrió el rumor de la muerte de una o dos personas pero que desconoce sus identidades. Niveyro que por comentario de otros detenidos especiales (que no identifica) y que se enteraron a través de detenidos comunes habrían fallecido algunos aunque ignora identidad. A su turno Valenzuela que por comentario de los guardias (no indica quienes) se decía que tres o cuatro habrían muerto antes de salir de la Alcaidía. En contraste con lo antes dicho Rossi, Almada, Galo, Esquivel, Barua, Martínez Cortéz manifiestan concordantemente no constarles ni tener conocimiento de que se hubieran producido fallecimientos de detenidos retirados del Pabellón de Planta Baja como consecuencia de los golpes a que habrían sido sometidos en la Alcaidía previo a su traslado. Adviértase que entre los nombrados hay 6 ex detenidos que ocupaban las celdas A o B y que según Roldan eran los que conocerían de las muertes presuntas. Por otra parte resulta extraño que la fuente de información (detenidos comunes o guardias) sobre las muertes nunca se recuerde es decir que se desconozcan sus identidades. Y por si esto fuera poco resultan sumamente ilustrativas las declaraciones testimoniales de Esquivel y de Martínez Cortéz cuando manifiestan que no existía ningún Pág. Nº 66

tipo de contacto entre los detenidos comunes y los especiales, al punto que los primeros no tenían acceso al Pabellón de los segundos.

7. Declaraciones testimoniales de ex detenidos comunes Los ex detenidos comunes cuyas declaraciones testimoniales obran en autos Germán Leyte, Ramón A. Paiva, Anselmo Benítez y Rubén Adolfo Di Benedetto resultan totalmente concordantes en cuanto a las circunstancias de que durante sus estadas en al Alcaidía Policial de Resistencia – que comprendió los días 12 y 13/12/76 – en el Pabellón de Planta Alta u otros lugares de la dependencia fueron tratados correctamente por el personal policial, no teniendo presente que se utilizaran violencias contra los detenidos allí alojados. Que también desconocen otras circunstancias de castigos en detenidos especiales en razón de que no tenían contacto con los mismos por estar separados. Que no escucharon ni se enteraron que en las fechas en cuestión se llevara a cabo una sesión de golpes o torturas en dependencias del comedor y en las personas de los detenidos especiales. Que no les consta o conocen que para entonces fueran alojados en dependencias del Pabellón de presos comunes de Planta Alta algún detenido especial. Que las condiciones de silencio en horas nocturnas son notorias en Alcaidía por encontrase esta en un descampado, razón por la cual no era frecuente escuchar ruidos de golpes o gritos. Que el personal de guardia era el único que accedía al Pabellón de Planta Baja. Que seguramente se hubieran escuchado los gritos de dolor, quejas o golpes en caso de haberse producido dado el silencio que reina luego que los internos pasan a descansar. Que tampoco escucharon que hubieran muerto personas en la Alcaidía antes de ser retiradas ni que los trasladados fueran muertos por el Ejército.

8. Declaración testimonial prestada por personal administrativo que se desempeñaba a la fecha de los hechos en el Cementerio Municipal de la ciudad de Resistencia En razón de que quien se desempeñara hacia el año 1976 como Director de dicha necrópolis Desiderio J. Monzón se encuentra fallecido tal cual surge de lo informado a fojas 1190 (sexto cuerpo) del Expte 71 4- 8101 por el Intendente Municipal de la ciudad de Resistencia con fecha 21/11/86, presta declaración testimonial quien por entonces le siguiera en antigüedad a los efectos del manejo de la documentación administrativa del Cementerio, Alcira Pardo de Iriñiz. No obstante ello la causante se encontraba en uso de licencia a partir del día 13/12/76 lo cual surge no sólo de su declaración sino del informe obrante a fojas 174 del Expte Nro 231/84 (primer cuerpo) tramitado ante el Juzgado Federal de Resistencia con motivo de la denuncia que por desaparición de personas radicara en dicho Tribunal la ex-CONADEP. De todas manera y a los efectos de que se clarificara el motivo que diera lugar a las diferencias de asiento existentes en los distintos Libros del Cementerio y específicamente en relación con los ingresos e inhumaciones de los cadáveres objeto de la presente investigación, la testigo explícito brevemente la forma en que se realizaban dichos asientos y la coordinación que técnicamente debe existir entre los tres Libros (Índice de Fallecidos, de Inhumaciones, y de Sepulturas) Que los asientos en ausencia de la Señora de Iriñiz pudieron ser efectuado por cualquier personal administrativo que allí se desempeñaba. Sobre las contradicciones en cuestión la testigo trata de explicarlas manifestando que por aquél entonces la dicente y el personal en general procedían al asiento en los distintos libros al día siguiente de ingresado el respectivo cadáver esto es reservándose toda la documentación original que antes mencionara y consolidándola en los libros al día siguiente. Que no se explica que existan discordancias entre la fecha de defunción en la Partida y el ingreso de los restos salvo que el acta de defunción no se haya confeccionado en tiempo, lo cual también depende de la documentación medica que certifica la defunción. Respecto al tema de los NN tampoco lo Pág. Nº 67

puede explicar dado que no cabe esa situación si en el acta de defunción se consigna el nombre y apellido del occiso; y respecto a la falta de un cadáver en el Libro de Sepultura ello puede obedecer a una omisión de tipo administrativo por parte del personal que debía asentarlo. Que no puede descartarse en su opinión falta de diligencia de algún personal del Cementerio que por poco interés o descuido haya consignado erróneamente distintos asientos en los libros.

9. Declaración testimonial del profesional médico policial interviniente en las diligencias de exámenes de los cadáveres En la ampliación de declaración testimonial el Comisario Medico de la Policía del Chaco Héctor O. Grillo, quien refiere respecto a los procedimientos administrativo policiales que correspondían llevarse a cabo para confeccionar la documentación de reconocimiento de cadáveres en el cual interviniera que una vez avisado el suscripto de un hecho cualquiera con cadáveres se constituía en el lugar luego de impartida la orden superior y procedía a efectuar el examen médico del cuerpo; que posteriormente y en las Oficinas del Servicio de Sanidad Policial se confeccionaba el respectivo Certificado de Defunción y el Informe Pericial en caso de corresponder. Respecto a las posibles causas para que no exista coincidencia de fechas entre los momentos de decesos asentados en las Partidas de Defunción y las que se indican en la cabeza del pedido de examen medico policial e informe pericial respectivo. Grillo especifica que obviamente un caso tal solamente puede obedecer a una falla o error administrativo de asiento por parte de quien confecciona la documentación, dejando aclarado que el testigo en caso alguno tomaba intervención en la confección de Partidas de Defunción lo que resulta responsabilidad de la correspondiente Oficina del Registro Civil. En respuesta a las presuntas contradicciones existentes en los asientos atinentes a las Partidas de Defunción de Franzen, Tierno y Cuevas con relación a los documentos policiales de solicitud de examen de cadáver e informe respectivo en las personas mencionadas incluidas en los Legajos Personales agregados a autos, el testigo expresa que ello únicamente puede obedecer a deficiencias como las que citara anteriormente.

10. Otras diligencias practicadas por esta Instrucción Que excediendo las medidas ampliatorias ordenadas a esta Instrucción por ese Alto Tribunal Militar, el suscripto considera como relevantes las declaraciones testimoniales de personas que pudieran residir en las inmediaciones de la Alcaidía Policial de Resistencia esto es, ciudadanos hábiles y no comprometidos por su estado policial o bien en su condición de ex detenidos de la unidad. Así se constituyó en el lugar de los hechos y constató que se trata de un sitio suburbano y distante unos seis kilómetros de la ciudad capital del Chaco. Frente a la dependencia policial solo existe un grupo de construcciones que constituye la vivienda y comercio anexo (almacén) de la familia Barbetti, matrimonio que explota dicho comercio. Tomado contacto con los mismos, estos manifestaron su consentimiento para prestar declaración en calidad de testigos en la Causa. Ambos testigos, Elsa Herminia Erzetic de Barbetti y Carmelina Hugo Barbetti declaran, respectivamente y coinciden plenamente en sus dichos. En tal sentido manifiestan que son propietarios del comercio en cuestión desde el año 1973 aproximadamente; que en razón de lar escasa distancia que media entre la Alcaidía y su vivienda y local comercial (el cruce de una calle de tierra) se encuentran familiarizados con las actividades o movimientos de la Unidad Policial, mencionando las horas de mayor presencia de personas. Dicen asimismo que en horas de la noche el silencio es total y que se escuchan desde su casa los ruidos de la cocina de la Alcaidía, como sonidos de ollas o bandejas. Contestan negativamente a la pregunta si se escuchan gritos o corridas desde el interior de la dependencia policial y concretamente que no escucharon tales sonidos en la noche del 12 al 13/12/76 ni tuvieron Pág. Nº 68

por otro medio conocimiento de los hechos aludidos. Por todo lo antes expresado el JIM 59 considera procedente mantener su opinión ya contenida en la elevación e informe de fecha 21/06/86 y obrante a fojas 1008 a 1115 en el 5to cuerpo de estos actuados solicitando el dictado del Sobreseimiento Provisional de los mismos tanto en lo relativo a los presuntos apremios ilegales que habrían tenido lugar en la Alcaidía Policial de Resistencia en la noche del l2 al l3/12/76 como respecto a los distintos episodios enmarcados en el presunto enfrentamiento que se habría producido en la madrugada del 13/12/76 hacia el kilómetro 1042 de la Ruta Nacional 11 entre fuerzas militares y elementos subversivos y sucesivos enfrentamientos posteriores los días 13 y 14/14/76 y que dieran como resultado la muerte de las personas que constan en autos. Todo ello por encontrar el resultado de las actuaciones correspondencia con la norma prescrita por el artículo 339 inciso 1° del Código de Justicia Militar (Ley 14.029)

I) Fundamentos de Sentencia de la Cámara Federal de la Capital Federal – CFCF - en la Causa 13 Caso 678 y conexos – Su análisis

1. ¿Sugestivo? Cuando dice: Resulta sugestivo que, con respecto a estos hechos, solamente se haya tramitado sumario criminal recién en 1983 (confr. sumario 170/83 ya citado). (Pág. 1.473 Tomo II)

1.

Se desconocen los motivos por los cuáles la Justicia Federal del Chaco no tomó intervención en los sucesos. Si es sugestivo que no se iniciaran por pedido de la CFCF que lo advierte, la investigación sobre la Justicia Federal del Chaco en caso de corresponder. En el plano estrictamente militar cabe recordar los dichos del Gral. (R) Nicolaides cuando expresa que ordenó la confección del Parte de Guerra correspondiente y su remisión al Comando de Brigada; de ello se colige que por tratarse o considerarse un hecho de guerra no resultaba procedente el labrado de actuaciones de Justicia Militar. Además de lo expresado por el JIM 59. Que no se ha demostrado que los hechos descriptos constituyan

ilícitos conforme a la ley penal vigente al momento de suceder los mismos, ni que los imputados de autos puedan ser reprochados de la comisión de conductas antijurídicas. Creemos necesario tener presente que el párrafo que habla de la notificación en la Causa 1546/75 de Salas por Asociación Ilícita e Infracción a la Ley 20.840 y lo sugestivo que resulta que recién en el año 1983 se haya iniciado el Sumario Militar, demuestra claramente que no correspondía iniciar nada anteriormente, por lo siguiente:  Simplemente no se inició nada porque los hechos correspondieron a un enfrentamiento, donde una columna militar, trasladando detenidos subversivos, fue atacada, en un claro intento por recuperarlos, y por ende solo correspondía realizar un Parte de Guerra. Los procesos iniciados en enero de 1984 fueron realizados a partir de la notita criminis de documentos probados como falsos y con testigos de oídas o más o menos, que al día de hoy, y a once de ellos, tienen presentadas las respectivas denuncias por Falso Testimonio.  Lo extraño de todo esta situación, que lleva treinta años y que ha sido analizada por distintos Jueces militares y civiles y siempre sobre Margarita Belén, donde se ha pasado de la Sentencia de la CFCF culpables del fusilamiento de trece personas trasladadas, pero con la aclaración que su Sentencia no debe ser tomada como cosa juzgada, para los casos que deriven del caso por ella sentenciado. La Instrucción Militar que termina proponiendo

Sobreseer Provisionalmente por considerar que los medios de justificación acumulados en el proceso, no resultan suficientes para demostrar la perpetración del delito imputado y

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pide la nulidad de lo actuado por la CFCF en la Causa 13 Caso 678 y Conexos, para la Sentencia del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.  La Cámara Federal de Rosario, como instancia de revisión y sentencia que no encuentra mérito para citar a los actuales imputados, pero sí para citar a los jefes y luego finiquita por aplicación de los indultos. Cabría preguntarse que razones lo impulsan al Juez Skydelski a investigar veintidós muertes, alrededor del caso Margarita Belén, por denuncia del CELS y querellantes y acusa por el fusilamiento de once personas y cuatro desapariciones forzadas. Creo que nadie puede llegar a revelar jurídicamente, esta extravío judicial, sobre todo si se tiene en cuenta que las denuncias presentadas, la mayoría son falsas y corresponden a testimonios de oídas o más o menos testigos y no solo eso, sino que once de ellos están denunciados por Falso Testimonio. Lo cierto es que, ese dicho se tomo como fundamento de Sentencia

2. Contraste… ¿Cuál es la discrepancia?

2. Cuando dice: A raíz de la denuncia de la CONADEP, se instruyó ante la Justicia Federal el sumario No 231, donde puede comprobarse que a fs. 107 informa la Alcaidía de la Policía del Chaco que no se encuentran en el archivo correspondiente las fichas de ingresos como detenidos de las víctimas del hecho que se investiga, informe que contrasta con los datos proporcionados por la Jefatura de Policía de esa provincia (fs. 108) que da cuenta que el 12 de diciembre de 1976 ingresaron a la Alcaidía los detenidos Barco, Cuevas, Duarte, Franzen, Parodi Ocampo, Salas y Tierno, todos procedentes de U7, corroborando de tal forma este informe lo que manifestaran los anteriores testigos. (Pág. 1.473 Tomo II) Tal circunstancia de ninguna manera resulta incierta dado que sí lo sería, si también la Jefatura de Policía no tuviera dicha información. En el caso de la Jefatura, dio cuenta que el 12/12/76 ingresaron a la Alcaidía, procedente de la U7 los detenidos que allí menciona. Creemos necesario tener presente que el doblez así expresada por la Cámara es tan grande, que uno puede pensar que fue realizado de ex profeso, por:  Nunca existió tal contraste esgrimido por la Cámara, por cuanto las fojas 108/109/110 corresponden a la nota de fojas 107 remitida por el Director de la Alcaidía del Chaco, quien dice que en cumplimiento del Oficio 1302, remite la siguiente documentación y la enuncia en la foja 107, esto sucede con fecha 16/07/84, tres días después de librado el oficio 1302.  Esto no termina aquí, si la CFCF, hubiese pedido la Causa Militar tal cual se expresa el día 05/08/85 y que no lo hizo, porque no le ajustaba porque se la caía la Causa, hubiese encontrado la documentación elevada al Juez Provincial de 2da nominación Dr. Martínez, con fecha 10/02/84, por la misma Alcaidía, solo que en esta oportunidad se elevó: 1º Copia del expediente del Ejército 126.0034/63, donde el Área Militar le ordena al Jefe de la Policía del Chaco la preparación de los trece detenidos a fin de efectivizar su traslado a la U10 de Formosa, aclarando la hora de retiro de aquel personal señalado como alojado en la U7 y su concentración en la Alcaidía. El expediente en su parte inferior tiene el pase realizado del Jefe de Policía al Jefe de la Alcaidía. Ese mismo expediente esta informando, que no figura en la lista el detenido Zamudio, por encontrarse alojado en la Brigada de Investigaciones. 2º Obran recibos firmados por el Tte. Patetta, por el personal recibido y sus efectos personales. 3º La misma nota que figura Causa 231, informando a la Jefatura del Área Militar, de la entrega de los detenidos a la columna militar, fechada el 16/12/76. 4ª Nota dirigida a la Jefatura de Policía, informando la entrega de los detenidos a la Columna Militar, fechada el 16/12/76. 5º Nota dirigida al Jefe del Departamento de Informaciones Policiales, informándole de la entrega de los detenidos a la Columna Militar, fechada 16/12/76. 6º Recibo del Tte. Patetta, quien portaba las notas 2128 y 2129 a ser entregadas a la U-10, Formosa. 7º Obra, con fecha 08/02/76, Lista Completa del Personal Pág. Nº 70

Detenido en la Alcaidía, en los días 12 y 13/12/76. 8º Con fecha 08/02/76, obra el mismo Memorando Policial en Causa 231, donde el Jefe de la Alcaidía le informa al Jefe de la UR 1, Comisario Gómez, la hora de entrega del personal trasladado a la Columna Militar. 9º Con fecha 08/02/76, obra la misma nota en Causa 231, donde el Jefe de la Alcaidía, le informa al Jefe de la U-10, sobre la transferencia y los trasladados. Tal cual como estaba establecido y por razones de seguridad, la información escrita del traslado, era posterior al traslado y por ello la portaba el Tte. Patetta, para ser entregada a la llegada a la U-10. Es decir se cumplió con él trámite administrativo. Llama la atención porque no fue agregada por la Alcaidía en julio del mismo año, toda la documentación que fue elevada entre el 08 y 10 de febrero. Documentación esta que clarificaba y demostraba que las órdenes fueron dadas por escrito y fueron realizados los informes que correspondía realizar. Pero lo más extraño, no es que no se haya agregado el Expte Militar a la Causa, es que una copia de dicho Expte haya sido presentada con fecha 14/02/84 por la organización de Tissembaum, entonces si desapareció de la Alcaidía, podremos imaginar donde está. En síntesis afirmamos que no existió tal contraste. Esta documentación se cree fue agregada a la Causa 17/84 la cual estuvo a la vista de la CFCF al momento de la Sentencia de la Causa 13 Caso 678, de ser así estaríamos en un ocultamiento de pruebas y agravaría la posición de la Cámara y de los Fiscales. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia

3. ¿No condicen con el normal traslado – Borrar huellas? Cuando dice: Resulta altamente sugestivo que existan en autos elementos que no condicen con el normal traslado de un contingente, de detenidos, creando una sospecha acerca del real accionar de las fuerzas de seguridad y militares, en la emergencia. En primer término debe mencionarse que al oficio del 25 de abril ppdo. librado por este Tribunal se informó por parte del Servicio Penitenciario Federal que no existen constancias que permitan determinar los detenidos que egresaron de la U7 entre el 10 y 13 de diciembre de 1976, por cuanto los libros pertinentes no fueron hallados, instruyéndose el correspondiente sumario. Tal información, que en circunstancias normales podría incluso denotar una cierta desprolijidad administrativa o falta de previsión en tal orden, induce cónvictivamente a tener por cierto que se ha tratado por todos los medios de borrar huellas altamente comprometedoras, trabando de tal suerte una eventual futura investigación relacionada con los hechos de Margarita Belén. No otra es la explicación cuando el Tribunal, empeñado en su tarea investigativa, adquiere otro aporte probatorio, cual es el informe de fecha 6 de febrero de 1984, del señor Juez de 2ª Nominación de Resistencia, Chaco, quien no pudo establecer la nómina del personal de guardia, tanto en la Dirección de Investigaciones como en la Alcaidía Policial, el día 13 de diciembre de 1976, por haber informado la primera que los libros se quemaron en un incendio en 1976, en tanto que la Alcaidía informó que los libros no se encontraban allí, ignorando su destino. Requerido similar informe al Grupo de Artillería 7 y al Destacamento de Inteligencia 124 se hizo saber que no era posible informar ya que los archivos correspondientes a esa época fueron incinerados, dado el tiempo transcurrido. Se pone de. relieve la contradicción obrante entre el informe de la Alcaidía de Policía del Chaco y la Jefatura de Policía de esa Provincia (confr. fs. 107 y 108 de la causa federal 231); el panorama se aclara en cuanto se sospecha de las intenciones de las personas que por entonces estaban a cargo de los organismos, de intentar hacer desaparecer todo vestigio que conduzca al esclarecimiento del evento imputado en la presente investigación. (Pág.1.473 y1.474 Tomo II)

3.

Frase elaborada sin fundamentarla, para que avalen el contenido de la misma, invierten el principio de la duda y por cierto aviesamente, lo ponen como conclusión de cargo. Así expresado y dentro de la idea que le da forma a esta parte de la Sentencia es sin lugar a dudas aficionadas. Lo más censurable, es la constante de no querer investigar, afirmación demostrada a título de ejemplo el Informe de la Cámara de Diputados del Chaco Nº Pág. Nº 71

257/85, que a pesar de no haberse encontrado, determina en su actuar relacionado con este hecho, la lista solicitada a la Alcaidía de la Policía del Chaco. Creemos necesario tener presente que se considera que lo afirmado no es demostrativo de una intención de borrar huellas comprometedoras dado que sobre los internos que el 12/12/76 pasaran a Alcaidía existe sobrada y concordante documentación; sobre el personal de guardia en Alcaidía el 13/12/76 el Sumario 714-8102 que se instruyera por los presuntos apremios que allí tuvieran lugar, existe casi medio cuerpo del expediente conteniendo los Partes Diarios de la citada dependencia que consignan el personal de guardia durante todo el mes de diciembre del año 1976. Cuando la CFCF, expresa: Resulta altamente sugestivo que exista en autos elementos que no condicen con el normal traslado… Él normal traslado, lo contrario de normal es anormal, un lunes es anormal para la Cámara, el desplazamiento de noche es anormal para estos doctos en leyes, llegar a primera actividad a la U10 es anormal, dos vehículos de seguridad es anormal y avisar a la Jefatura de Área Militar antes es anormal. Evidentemente mi escala de valores y lógica, confronta con lo que así concluyen. Lo escrito por la Cámara en este párrafo, resulta de tal entidad que demuestra claramente que ni siquiera, han leído la Causa 231 de estado incompleta y terminada por la Justicia Militar, por:  En la Causa 231, el Servicio Penitenciario Federal informa en Nota de la U7 de fecha 16/07/84, tres días después de requerido por Oficio.  Expte del Área Militar por el cual se ordena el traslado: 12.6. 0034/64. Expte interno de la U.7, que originó la orden militar: 1º Fecha de retiro del personal. Hora en que fue retirado. Lista del personal retirado. Personal a cargo de la comisión de retiro. Personal que lo secundaba al Jefe de Comisión. Informa también que el Expte Letra E 207/76 - U.7, fue girado el 14/12/76 a la Dirección Nacional.  El Juez Federal Jorge R. Tarantino y con fecha 07/08/84 y por Oficio, le da a la U7, 48 horas para la remisión de todos los Libros, con los registros del año 1976. Junto al informe de que no se habían construido féretros en la U7, figura la nota remitiendo los libros de la U7. Libros que la CFCF indica como faltantes. No termina aun lo espinoso de la situación, los Libros recibidos por el Dr. Tarantino y devueltos a la U7, en razón que obra devolución en la Causa 231, luego de haber constatado la información suministrada por la U7 oportunamente. Lo embarazoso es que todo esto surge de la simple lectura, del 1er cuerpo de la Causa 231, que la CFCF tuvo a la vista. Para conocimiento de la Cámara, ya existía agregado, el Informe al Juez Tarantino, el 24/08/84 del SPF, de que no se encontraba el Expte Letra E Nº 207/76 U7, elevado a la Dirección General el 14/12/76.  Cuando expresa: …induce convictivamente a tener por cierto que se ha tratado por

todos los medios de borrar huellas altamente comprometedoras, trabando de tal suerte una eventual futura investigación relacionada con los hechos Margarita Belén. Tal

afirmación de que se ha tratado de ocultar la información, es absolutamente ilusoria, en razón que las respuestas de los distintos Organismos, han sido dados, como máximo dentro de los tres días de solicitadas y cuando se han pedido los Libros los mismos han sido elevados, aquellos que estaban.  Cuando expresa: …el Señor juez de 2º nominación de Resistencia, Chaco, quien no

pudo establecer la nomina del personal de guardia, tanto en la Dirección de Investigaciones, como en la Alcaidía Policial, el día 13 de diciembre de 1976, por haber informado, la primera que los libros se quemaron en un incendio en 1976, en tanto que la Alcaidía informo que los libros no se encontraban allí, ignorando su destino. Requerido el informe al Grupo de Artillería 7 y al Destacamento de Inteligencia 124, se hizo saber que no era posible informar ya que los archivos correspondientes a esa época fueron incinerados, dado el tiempo transcurrido. Vuelve a equivocarse extrañamente la CFCF, por cuanto no existe ningún informe del Juez Provincial de 2da Nominación Dr. Esteban Martínez de fecha 06/02/84. Si existe con fecha 06/02/84 una resolución de avocamiento donde el Juez de 2da Nominación estaba diligenciando una serie de Oficios.  Existe con fecha 09/02/84, informe al Superior Tribunal de Justicia del Juez de 2da Nominación, donde lo impone de la situación a la fecha y se observa que aun no había Pág. Nº 72

recibido las respuestas a los Oficios remitidos, solicitando información. Esta información, si mal no recordamos, esta en la Causa 17/84, la cual estuvo en poder de la CFCF, al momento de sentenciar.  Disponer en tiempo y forma de todas estas notas referentes al traslado. Recibos del personal, sus efectos y las notas informándole a la U10 del traslado mismo, como bien se sostiene en el informe oficial, haciendo valer un criterio lógico de seguridad, fueron confeccionados en diciembre de 1976, no armadas en 1984 o cuando se iniciaron las investigaciones. Por la rapidez en la elevación de las mismas a los distintos jueces, demuestra que aunque se hubiera querido, hubiese resultado imposible fraguarlas, tal como han hecho Tissembaum y Gait, avalados por Bittel y Pedrini. La orden por escrito de traslado, dada a la Alcaidía y a la U7 y la información que suministra la U7. La entrega de los libros de la U7 al Juez Federal Tarantino. ¿Es ocultar información? Así como la CFCF tuvo la convicción de que fue un fusilamiento, nosotros tenemos el convencimiento de que esto es una aberración jurídica que alguna vez podrá demostrarse, pero sigamos viendo que forma se pretende ocultar la información. Usa la palabra convictivamente que no está en el diccionario, sí convicción: convencimiento o idea política a la que está fuertemente adherida, pareciera que utiliza la segunda acepción. Siendo más inquieto veo lo que significa convencimiento: es la acción y efecto de convencer, evidentemente con sus escritos no lo logra.  Existen en el Expte copia de las hojas del Libro de Novedades de Sanidad Policial, donde se demuestran claramente las salidas de los médicos Policiales a revisar los cuerpos, acompañados de los enfermeros y que son coincidentes con los sucesivos enfrentamientos. En la mañana esta registrado el examen llevado a cabo sobre cinco cadáveres y la salida a la tarde. Existen en el Expte, constancia de la salida a la mañana del día 14/12/76 del Dr. Sáez, prueba que nadie ha leído esta documental, es que nadie ha solicitado para analizar, la copia de la siguiente hoja, para controlar si el día 14/12/76, salió a la tarde también, ¿Es esto ocultar información? Nadie ha investigado nunca a fondo, porque siempre desde 1983 cuando se inician todas las investigaciones, sustentadas en Falsos Testimonios y pruebas falsas con firmas falsificadas, ya teníamos condenas.  Continuando con la ocultación de información: el Jefe de la Brigada de Investigaciones informa que un incendio en el archivo en fecha 29/03/77 y no como afirma la Cámara en 1976, destruyó todo antecedente. Esta situación amerita realmente un análisis, por lo absurdo de la conclusión a la que arriba la CFCF: 1º: El incendio se produce antes de iniciarse todo tipo de investigación, es más, se produce a casi seis años antes, de iniciarse cualquier investigación. 2º: Si realmente la CFCF, tiene la convicción que el incendio se produjo con el propósito de borrar todas las huellas del accionar de la Brigada, indiscutiblemente causa gracia por lo inadmisible de la tesis, en razón de la oportunidad en que el mismo ocurriera. 3º: Con el criterio sustentado no solo por la Cámara, sino por varios jueces, los supuestos abusos y huellas de los apremios ilegales, posteriores al 29/03/77, fecha del incendio, tendrían que haber estado registrados en la Brigada en el año 1983, cuando se comienzan las distintas investigaciones.  Vuelve la CFCF a repetir la contradicción, entre el Informe de la Alcaidía y el de la Jefatura de Policía de la Causa 231, cuando en realidad en todo el informe de la Alcaidía, no existe ningún informe de la Jefatura de Policía, las fojas 107/108, son documentos agregados al informe de la Alcaidía de fojas 106.  Respecto a los archivos incinerados por los dos elementos militares antes referidos, tal proceder se ajusta a prescripciones reglamentarias -Servicio Interno- que establece los plazos para mantener distintas categoría de documentación, hay una norma y entre ella figura como método aprobado la incineración después de cumplidos los plazos reglados. Claro no ponen lo establecido en el RV 200 – 10 Servicio Interno 1968 Sección VI – Archivo artículo 11.050 Los organismos del Ejército conservarán en su poder toda clase de

documentos por un lapso de 5 años, a partir del momento de la fecha de la finalización de su tramitación. Cumplido el plazo señalado, remitirán al Comando en Jefe del Ejército. Los documentos no incluidos en el artículo 11.056, serán inutilizados o incinerados en el organismo que los conserva…

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 Cuando expresa: el panorama se aclara en cuanto se sospechan las intenciones de las personas que por entonces estaban a cargo de los organismos,… Este comentario se sospechan intenciones realizado por la CFCF como metodología de concientización, no sabemos si puede estar incurso en falsedad ideológica, el hecho de que permanentemente en la Sentencia se hablara de la eliminación de pruebas y documentales, cuando realmente no es así, suficientemente aclarada más arriba. Cuando la U7 informa de la Causa 231, la nomina del personal de guardia los días 12 y 13/12/76, el Expte del Área Militar que ordenó el traslado, él número de Expte interno que originó el mismo, la nomina de los trasladados a la Alcaidía, quien los retira, quienes lo secundaba. Le amplia la información del personal de guardia los días del hecho, informando el estado de revista y el domicilio de este personal. Informa sobre la novedad de que no existen antecedentes en la carpintería de la cárcel, sobre la fabricación de cajones y le remite los ocho Libros solicitados por el Juez y donde aparentemente, se habrían perdido en el Juzgado Federal de Resistencia desconocido este hecho por la Cámara. ¿Sé esta ocultando información? Toda esta información, respondida dentro de las 48/72 horas de requerida ¿Es trabar el accionar de la justicia? Cuando la Policía del Chaco, agrega: 1º Copia del Libro de Novedades del Centro de Operaciones de la Policía. 2º Eleva la nomina con el domicilio de los doscientos doce presos, que había alojados, los días 12 y 13/12/76. 3º Expte 12.6. 0034/63 del Área Militar 233, ordenándole al Jefe de Policía el traslado de trece detenidos, indicando donde se encontraban alojados, los que estaban en la U7, la hora en que debía ser retirados y alojados momentáneamente hasta la hora de salida en la Alcaidía, el lugar donde se iban a trasladar, en dicho Expte y al pie esta el pase que le hace el Jefe de Policía al Jefe de la Alcaidía y en el reverso del Expte y firmado por el Crio Pr Núñez, Jefe de la Alcaidía, la causa por la cual no se entregaba a Zamudio, por estar en la Brigada de Investigaciones. 4º Recibos firmados por el Tte. Patetta recepcionando el personal y efectos de los detenidos. 5º Nota del Jefe de la Alcaidía al Jefe del Área 233, de fecha 16/12/76, informándole la entrega de los presos a la columna militar, a cargo del My Renes Jefe de la Columna Militar. 6º Nota del Jefe de la Alcaidía, informándole al Jefe de la Policía de la entrega realizada al My Renes, con fecha 16/12/76. 7º Nota del Jefe de la Alcaidía al Jefe del Departamento Informaciones Policiales, notificándolo de la entrega realizada al My Renes, de los detenidos, con fecha 16/12/76. 8º Memorando Policial del Jefe de la Alcaidía al Jefe de la UR 1 Insp Gral. Gómez donde se le informa la hora en que le fue entregado el personal de detenidos al My Renes. 9º Nota Nº 2129 del Jefe de la Alcaidía al Jefe de la U10 Formosa informándole la nomina del personal entregado por él mismo, al My Renes. 10º Recibo firmado por el Tte. Patetta por las notas 2128 y 2129, las dos para ser entregadas al Jefe de la U 10 Formosa, donde se le informaba del traslado y la nomina de los trasladados. 11º En el Expte, obra copia de las hojas del Libro de Novedades de Sanidad Policial donde se demuestran claramente las salidas de los Médicos Policiales a revisar los cuerpos, acompañados de los Enfermeros y que son coincidentes con los sucesivos enfrentamientos, a la mañana esta registrado el examen llevado a cabo sobre cinco cadáveres y la salida a la tarde. 12º En el Expte obra la salida a la mañana del día 14/12/76 del Dr. Sáez. Prueba de que nadie ha leído esta documental es que nadie ha solicitado la copia de la hoja siguiente, para controlar si el día 14, se salió a la tarde también. 13º Informe la Comisaría de Margarita Belén, agregando fotocopia de todos los libros de la comisaría de Diciembre de 1976. ¿Es esto ocultar información? El Jefe de la Brigada de Investigaciones informa que un incendio en el archivo en fecha 29/03/77, no en 1976 como afirma la Cámara destruyó todo antecedente. Esta situación la explicara recientemente más arriba. Indiscutiblemente el aporte de esta documentación, demuestra que las ordenes y el traslado fue perfectamente legal, que no existieron las famosas torturas previas, prueba de ello y como no existieron, lógicamente no se puede probar, es que en el auto de procesamiento se ha evitado mencionar el delito de torturas. Que con respecto a la apreciación de la Cámara de que se ha tratado orgánicamente de entorpecer la tarea de la Pág. Nº 74

justicia, es querer negar la efectividad del personal que ha respondido dentro de plazos extremadamente reducidos, los requerimientos de la Justicia, teniendo en cuenta que se le solicitaba información que como mínimo tenía un promedio de ocho años de antigüedad, es por ello que se a buscado mencionar la fecha en que los requerimientos fueron satisfechos, para que no queden dudas. Seguramente se hubieran sorprendido, e igual desoirían con cierto despego sus conclusiones. Lo interesante es la documentación agregada, que iniciara los requerimientos de la Causa que nos aboca, la Agente Fiscal de Feria Nº 5 Dra. A. Vanegas del Poder Judicial del Chaco ante la noticias criminis y que remitiera al Juzgado de Instrucción Nº 2 a cargo del Dr. Esteban Martínez el Expte 17/84 y que iniciara los requerimientos de la Causa. ¿Se puede afirmar con estas aclaraciones lo manifestado como fundamento en la Sentencia de la Causa 13 – Caso 678, como una actitud deliberada de realizar ocultamiento? Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

4. ¿…media un solo paso? Cuando dice: El Tribunal tiene por cierto que se ha tratado orgánicamente de entorpecer la

tarea de la justicia. De allí a concluir que el enfrentamiento en cuestión no ha existido, media un solo paso. En efecto, carece de sentido ocultar un hecho que, en definitiva, no sería nada más que una victoria de las fuerzas del orden contra las bandas subversivas que en ese entonces asolaban el país. (Pág. 1.474 y 1.475 Tomo II) Aparentemente el Tribunal parte del equívoco al confundir aspectos de orden administrativos con los elementos de prueba agregados a la Causa que acreditan la existencia del enfrentamiento en cuestión. Por otra parte la Cámara no ordenó la comparencia en calidad de testigos de personal militar o policial alguno que hubiera tenido participación directa o indirecta en los hechos investigados. En definitiva el hecho no hubiera constituido una victoria sino antes bien una derrota de la Fuerza responsable del traslado que se vio imposibilitada de cumplir con la orden impartida, cual era la entrega de los detenidos en la ciudad de Formosa. Ampliamente desarrollado en el punto anterior. ¿Esto es entorpecer la tarea de la Justicia? Es evidente que las conclusiones sin fundamentos o livianas de contenido, obedece a que la Cámara en la instrucción de un Sumario de carácter general como la Causa 13/84, no investigo las peculiaridades que le daban sustento, en particular el caso Margarita Belén y sin perturbarse por el estrepitus fori, que podría haber tenido lugar si hubiesen existido procedimientos colisión antes o decisiones encontradas ante un mismo Objeto Procesal. Lo cierto es que ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

5. ¿Objeto del traslado – Bajas – Cementerio?

4. Cuando dice: Se acumulan las sospechas en cuanto al accionar de las fuerzas legales que custodiaban este contingente. En primer lugar, si los detenidos eran considerados de máxima peligrosidad, lo que no se discute dada la clasificación de la U7, ¿qué objeto tenía llevarlos a la Cárcel de Formosa que no era adecuada —al menos como la de Resistencia— para la recepción y guarda de detenidos de esta índole? … Conforme se dijo precedentemente, la versión oficial atribuyó dos bajas a las fuerzas legales, consistentes en sendos lesionados, lo que en definitiva no se probó de manera alguna pues a la fecha se ignora quiénes son ellos. En cuanto a las víctimas del otro bando, el comunicado oficial dado a conocer por el Ejército cita que tres subversivos fueron muertos lo que encuentra franca contradicción con los resultados del examen de los cadáveres, que no son tres sino 10 incluyendo 2 cadáveres N.N. (Pág. 1.475 Tomo II) Pág. Nº 75

Es evidente que es una conclusión errónea, tendenciosa, de falta de seriedad y objetividad, los comunicados oficiales del EA fueron varios y escalonados en el tiempo, por sucesión de las acciones posteriores al hecho inicial y protagonizadas por otros efectivos apreciadas en el orden de los 400 hombres, con participación de efectivos del Escuadrón GN Las Palmas, Policía de la provincia del Chaco, en particular la Escuela de Cadetes y efectivos del EA como el GA 7, Ca Com 7 y el RI 9 Cnl Pagola. El 1º Comunicado oficial del Cdo Br I VII, se da el 13/12/76 en informa lo sucedido, la muerte de tres detenidostrasladados y dos NN atacantes.  Confunde de ex profeso la Cámara: En primer lugar, si los detenidos eran

considerados de máxima peligrosidad, lo que no se discute dada la clasificación de la U7, ¿Qué objeto tenia llevarlos a la Cárcel de Formosa, que no era la adecuada, al menos como la de Resistencia, para la recepción y guarda de detenidos de esta índole... Debo remarcar, la apreciación subjetiva donde se preguntan, como si fuera una sorpresa, para quienes tienen detenidos a su disposición, y porque no hasta con un dejo de fingimiento, diría un lego. Al no mencionar el verdadero motivo del traslado, no solo expresado en las declaraciones del Of. Casco y del Gral. Nicolaides, sino también en el MMC 4000/76 y eran por problemas disciplinarios, entonces lo que se buscaba con el traslado era romper el liderazgo de algunos reclusos dentro del penal y para lo cual con el traslado se lograba. Hecho que era normal en la época y ahora, lo que se ve reflejado por los mismos testigos citados por ella, donde se observa que a lo largo de sus detenciones, han sido alojados en 4 o 5 cárceles, en distintos lugares del País. Por no cargar de obviedad es, que la Cámara aviesamente intenta desconocer. A guisa de ejemplos de la misma época, me referiré a testimonios de detenidos por actividades subversivas: Raúl Uferer en el Expte 257/85 del Informe de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, me trasladaron de la U7 Resistencia a la U9 La Plata y de vuelta a la U7, Juan C. Goya: me trasladaron de la U7, Caseros, Rawson, o Hugo A. Ledieu: de la U7 a la U9 La Plata, a la U2 Devoto, a la U6 Rawson, a la U16 Candelaria. Para que más. Ignorando, u omitiendo, el conocimiento que debieran haber tenido, de que uno de los trasladados ya había estado en la U10, el detenido Salas y su esposa Clara, citado por el Juez Federal de Formosa y vinculado con el ataque al RI 29 de Formosa, hecho acaecido el 05/10/75, del que había sido partícipe necesario. Desconociendo supinamente, que lo que se buscaba era romper cualquier reacción interna en la U7, con y en la Alcaidía, tratando además, de dificultar el funcionamiento externo de la organización subversiva. Por supuesto que las organizaciones subversivas seguían estructuradas jerárquicas y organizadas en su aparato financiero, logístico y de conducción dentro, fuera de las unidades carcelarias, en el País y en el exterior. Los correos no eran los únicos medios a través de los cuales se comunicaban entre las Alcaidías y la U7 en esta zona, o entre las cárceles en donde estuvieran alojados terroristas. Uno de los correos, según Jorge Giles escritor de Allí va la vida en Pág. 61 a 65, manifiesta esto del capellán de la U7 Padre Brisaboa. También interesante la narración de las variadas formas en que se comunicaban, entre ellas en Morse Pág. 98. La Historia nos da la razón de la presunción de entonces y lo más importante dicho por ellos mismos, ratificándose los fundamentos de la necesidad del traslado. Los subversivos en libertad, servían a través de la clandestinidad, trasladando, por ejemplo: ordenes, directivas, apoyos económicos para el detenido y sus familiares, víveres, materiales, etc. Es decir seguían operando como tales. Lo hacían con algunas limitaciones pero con un grado de Inteligencia que cumplían su reglamento para este fin, denominado Manual de Información e Inteligencia, agregado al cuaderno de pruebas de Fortunato Galtieri, en la Causa 13/84. Ejemplos de lo dicho, hay variados y muy ricos en nuestra historia de la década del 70 y para el caso que nos ocupa, existen declaraciones diversas, de ex detenidos por actividades subversivas y en el presente trabajo que manifiestan que sabían de un futuro traslado. De hecho, los traslados, son hasta hoy, una rutina que se aplica asiduamente, para dificultar este accionar, entonces resaltados a temas disciplinarios, aquí y ahora, con muchas veces hasta poco conocimiento de los tribunales mismos, los que reciben comunicaciones que así lo anotician después de ocurridos. Pág. Nº 76

 Confunde de ex profeso la Cámara: Contrariando las normas legales vigentes, no se sustanció sumario alguno, luego de este “enfrentamiento” a fin de deslindar posibles responsabilidades (confr. fs. 278vta/279 de la causa citada en último término)... Este particular se desarrolla más adelante, pero teniendo en cuenta lo dicho por la Cámara, la última es la Causa 231 y cuando se observa la foja citada nos encontramos con las siguientes novedades: 1º Fojas 278 vta corresponde a una nota del Jefe de la UR1, Crio Insp M. Á. Etcheverry, de fecha 19/01/84, dirigida al Jefe de la Cría de Barranqueras, donde le realiza una serie de requerimientos y que los mismos son copia, de los requeridos por el Juez Federal. Se pone en acto la liviandad de la investigación al mencionar una foja que no corresponde al tema tratado.2º Fojas 279, corresponde a una nota de fecha 20/01/84, con una firma y aclaración ilegible, pero que sin duda, se trata de la respuesta del Jefe de la Cría de Barranqueras, que le informa al Jefe de la UR1, que no se registran Actuaciones Judiciales que guarden relación con los hechos de Margarita Belén. Misma consideración anterior. Este estado de cosas, necesita ser analizado para demostrar realmente conque relativo interés, la CFCF, evaluó la prueba que tenía a su alcance: 1º Debería quedar claro que lo que se hizo era lo que correspondía en ese momento, es decir se confeccionó lo que en la doctrina militar se conoce como Parte de Guerra y nada más. 2º Por ello seria importante que la Cámara, aclarase ¿Qué normas legales se contrariaron? y en particular resulta necesario remarcarlas, porque durante el Proceso fueron suspendidas algunas, modificadas otras y también hasta suprimidas algunas, por lo cual es necesario determinar las que a juicio de la Cámara se contrariaron. Normas legales que ella misma hace una excepción y es con las operaciones llevadas a cabo en Tucumán y a las cuales no analiza con la misma óptica que esta, seria importante que marcara ¿Cual es la diferencia entre una emboscada en Tucumán o una en el Chaco o una en Buenos Aires?. 3º Lo que sin lugar a dudas ocurrió, es que no se labraron actuaciones por no corresponder. Pero haber considerado, el informe de la Cría de Barranqueras, que no tuvo absolutamente nada que ver con el hecho, para afirmar que no se hicieron actuaciones, cuando existen informes de distintos Jefes de la Policía del Chaco, respuesta institucional que expresan que no se realizaron actuaciones policiales por los hechos de Margarita Belén, realmente demuestra la mediocridad del trabajo de investigación.  Confunde de ex profeso la Cámara: Conforme se dijo precedentemente, la versión

oficial atribuyó dos bajas a las fuerzas legales, consistentes en sendos lesionados, lo que en definitiva no se probó de manera alguna a la fecha…

¿Cuál es la importancia de los lesionados de las fuerzas legales? ¿En que inciden en el marco de la investigación? Este ejemplo de razonamiento de invertir el principio de la duda y por cierto aviesamente lo pone de conclusión de cargo solo para así mantener la carga procesal, desconociendo las aclaraciones pertinentes y que desarrollo a continuación. Es dable remarcar que nunca existió: versión oficial atribuyo dos bajas de las fuerzas legales, por parte del Cdo Br I VII. Que con respecto a esta consideración, se debe aclarar que a la Cámara, en su profunda investigación, le falto leer los comunicados posteriores publicados en el diario El Norte de los días 15 y 16, donde el día 15/12/76 expresa dedicándole media pagina, bajo él titulo EL COMUNICADO OFICIAL, lo siguiente: En horas de la tarde de ayer,

el Comando de la VII ma. Brigada de Infantería con asiento en Corrientes, difundió el siguiente comunicado: El Comando de la Subzona 2, comunica a la población que como consecuencia de la prosecución de las operaciones iniciadas el día 13 de diciembre, a raíz del ataque a una columna militar sobre la Ruta Nacional Nº 11, en proximidades de la localidad Chaqueña de Margarita Belén, fuerzas conjuntas dependientes del Comando de Subzona 23, siendo las 15:40 hs del día mencionado y aproximadamente a 3 kilómetros del lugar donde fue atacada la columna que transportaba detenidos fueron abatidos en otro enfrentamiento, dos delincuentes subversivos. No registrándose bajas en las fuerzas conjuntas. Una vez más, se agradece el apoyo prestado a la población, el cual facilita considerablemente la ejecución de las operaciones en desarrollo.

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Continúa diciendo el diario y bajo él titulo SEGUNDO ENFRENTAMIENTO, Tal como lo señala el comunicado oficial, se trata del segundo enfrentamiento producido en la jornada del lunes pasado. Como se informara en nuestra edición anterior, el primero tuvo su origen a las 04:45 de la madrugada del lunes, sobre la Ruta Nacional Nº 11, en las cercanías de Margarita Belén, cuando una columna militar encargada de transportar detenidos hacia la provincia de Formosa, fue atacada con fuego cruzado de armas largas, en un intento de rescatar a los delincuentes detenidos. Según testimonios recogidos, la reacción de las fuerzas militares fue inmediata, pese a que el primer vehículo de la columna que estaba compuesta de dos camiones y una camioneta sufrió las consecuencias de la acción de clavos miguelitos, que inutilizaron sus neumáticos. Esta situación, pretendió ser aprovechada por los delincuentes subversivos emboscados, para llevar a cabo su finalidad, pero la decidida y enérgica actitud del personal militar, desbarato la ofensiva, obligando a los delincuentes subversivos a retroceder, ganando la espesura del terreno y aprovechando las sombras de la noche, no sin antes entablar un violento tiroteo con las fuerzas militares. La rápida llegada de refuerzos provenientes de la Guarnición Militar Resistencia, de la Gendarmería Nacional y de la Policía de la Provincia, posibilitó el inicio de operaciones destinadas a impedir la fuga de los delincuentes subversivos, acción que genero el segundo enfrentamiento, tal como lo consigna el parte oficial. Las operaciones habrían continuado durante toda la jornada de ayer, en procura de la aniquilación total de la banda subversiva que emboscara a las fuerzas militares. Continúa diciendo el diario bajo el titulo SE DESVIRTUAN VERSIONES Aun cuando no fueron recogidas por medios informativos, fueron muchas las versiones que circularon a partir del momento que tomo estado publico, a través de diversos testimonios, los hechos producidos en Margarita Belén. Muchas de ellas quedaron desvirtuadas con el correr de las horas y como consecuencia de la información proporcionada por las fuerzas castrenses. Se temió en un primer momento, que la emboscada subversiva hubiera dejado como saldo bajas en las fuerzas militares, hecho este que descarta la información oficial. Asimismo, las versiones daban cuenta del circunstancial paso por el lugar del hecho, de civiles, que habrían caído victimas de la acción extremista. Todo ello, reiteramos, quedo desvirtuado en las últimas horas con la información proporcionada por el comando de la VII ma. Brigada de Infantería. Lo único que tenía que hacer la Cámara era ubicar el diario chaqueño, lugar donde ocurrió el hecho y así con el tema de las dos bajas, hecho desmentido dos días después del enfrentamiento, no en el año 1984 cuando se iniciaron las investigaciones realmente.

¿Si esto no era mantener informada a la opinión pública, qué se entiende como tal?  Confunde de ex profeso la Cámara: El comunicado oficial dado a conocer por el Ejército cita que tres subversivos fueron muertos lo que entra en franca contradicción con los resultados del examen de los cadáveres, que no son tres sino 10 incluyendo 2 cadáveres N. N. (Comunicación del director del Cementerio de Resistencia obrante en la Causa Nº 17/84 que se tramita ante el juzgado de 2da nominación de Resistencia, Chaco... Esta consideración absurda, errónea, tendenciosa, de falta de seriedad y objetividad de la Cámara, corresponde ser analizada a la luz de las mismas pruebas que tuvo la Cámara ante sí y para lo cual resulta necesario tener presente algo que ya se ha enunciado, la Causa 17/84 conforma el primer cuerpo integro, por lo cual no sabemos si la Cámara tuvo ante ella, el Juicio Militar hasta el Vto. Cuerpo, pero de lo que no existen dudas, porque lo menciona varias veces es que tuvo el Primer Cuerpo que es idéntico a la Causa 17/84. Esta consideración de la Cámara, demuestra con que impunidad judicial, se manejó, que se atribuyó tareas investigativas y no leyó o no profundizó la lectura de la Causa 231, ni la Causa 17, ni siquiera los diarios de aquel momento, 14-15 y 16/12/76. Menciona la Cámara de una confrontación del Director del Cementerio, que es absolutamente parcializada, incompleta e intransigente, como queda demostrado en el Sumario Militar, al haber tres Libros diferentes y maliciosamente afirma franca contradicción un solo Libro y el comunicado del Ejército del día 13/12/76, efectivamente el día 14/12/76 por la tarde había en el Cementerio local 10 cadáveres incluyendo 2 NN. Pág. Nº 78

Para conocimiento de la Cámara los comunicados fueron varios, lógicamente que al resto no los tuvo en cuenta, porque seguramente no le convenía, como se demuestra a continuación: 1º El primer comunicado no habla de bajas de la propia tropa, fue un trascendido tal cual lo explica el diario El Norte en la editorial del día 15/12/76. Pero aun así y a fin de dejar debidamente claro que no hubo heridos en el primer enfrentamiento, el Comando de Brigada, solicito sea desmentida esta versión. Esto ocurrió en el año 1976 a los dos días del enfrentamiento y no en el año 1984 cuando se inician las investigaciones. 2º Pero veamos si coincide la información sobre el personal fallecido, con la documental existente. Si se observan las versiones periodísticas en ninguna figuran los muertos no identificados (NN), se habla de los subversivos y se tratan de los trasladados, el primer comunicado habla de tres muertos (más dos NN son en total cinco) que por supuesto, coinciden con las Partidas de Defunción: a. Partida de Defunción de Díaz, fallecido el 13/12/76 a las 04:45 horas. b. Partida de Defunción de Duarte, fallecido el 13/12/76 a las 04:45 horas. c. Partida de Defunción de Cuevas, fallecido el 13/12/76 a las 04:45 horas. d. Partida de Defunción de NN Femenino, fallecido el 13/12/76 a las 04:45 horas. e. Partida de Defunción de NN Masculino, fallecido el 13/12/76 a las 04:45 horas. También esta información coincide con la copia del Libro de Novedades de Sanidad Policial donde dice 08:35 horas; el Oficial Principal de Policía Dr. Héctor O. Grillo, Sargento

Eusebio R. Gómez y el Agente Blas Verón en el vehículo J.2. con el Subjefe de Policía a los Cuarteles de La Liguria, para examinar cinco cadáveres,... el regreso del Dr. Grillo esta registrado a las 10:40 horas. Siempre dichos registros corresponden al día 13/12/76. Esta copia esta agregada a la Causa 17, a la vista de la Cámara o del Sumario Militar. Veamos ahora el Segundo Comunicado donde informa del segundo enfrentamiento a las 15:40 horas del día 13/12/76, donde de acuerdo al comunicado, fallecen dos subversivos más: .a Partida de Defunción de Tierno, fallecido el 13/12/76 a las 15:40 horas. b. Partida de Defunción de Parodi Ocampo, fallecido el 13/12/76 a las 15:40 horas. En esta partida existe un error y es la fecha dice 14/12/76, cuando en realidad fue el 13/12/76 – por el horario no existen dudas que fue el día 13, también la solicitud del examen forense esta fechada el día 13/12/76 Causa 231 ó del Sumario Militar. También esta información coincide con la copia del Libro de Novedades de Sanidad Policial donde dice, siempre dentro del día 13/12/76; El enfermero Ricardo Anello junto

con el Dr. Héctor Grillo, a examinar unos cadáveres por orden del Subjefe de Policía Inspector General Gandola, recibida por conducto telefónico, para dar cumplimiento a dicha orden el enfermero Ricardo Anello debe quedar en espera de un vehículo Policial, cuando en el Libro dice unos se refiere sin lugar a dudas mas de uno, lo que demuestra una plena coincidencia. El mismo Libro de Novedades de Sanidad Policial, establece que el día 14/12/76 fue requerida a la mañana, tercer enfrentamiento 07:00 horas la presencia en los cuarteles de los médicos Policiales y así consta en Expte 17 ó de la Causa Militar, donde expresa 11:30

horas El Dr. Francisco Sáez, Sargento Eusebio Gómez y Agente Blas Veron a los Cuarteles de La Liguria, registrando el regreso a las 12:40 hs. Coincide con las siguientes documentales: a. Partida Defunción de Salas fallecido el 14/12/76 a las 07:00 horas. b. Partida de defunción de Barco, fallecido el 14/12/76 a las 07:00 horas. Coincide también con los pedidos de exámenes forenses, en la Causa 231 ó del Sumario Militar, con fecha 14/12/76 corresponde a Salas y Barco. Solo faltaría determinar las coincidencias con él ultimo fallecido que es Franzen y cuyo fallecimiento ocurre el 14/12/76 a las 14:00 horas, según Partida de Defunción, no coincide con su respectivo pedido de análisis forense que tiene fecha 13/12/76. Realmente la consideración más importante de este párrafo es hacer notar que a nadie de los que han tenido que investigar esta Causa; ya sean Jueces Provinciales, Federales o Cámaras Federales, les ha importado investigar, ya que ni siquiera han leído la documental por los distintos organismos de la Policía del Chaco, esto se demuestra en razón de que nadie ha pedido la que falta del Libro de Sanidad Policial, para ver si salió alguna comisión el día 14/12/76 a la tarde que confirmaría el 4to enfrentamiento el 14/12/76 a las 14:00 horas. Pág. Nº 79

Cuando la Cámara, nuevamente menciona el Informe del Cementerio corresponde realizar un análisis mas profundo, para demostrar no solo lo falso y tendencioso del Informe del Intendente de la Ciudad de Resistencia, sino también la rara actitud de la Fiscal Vanegas y del Juez de 2da Nominación. Según la Fiscal Vanegas, en su Requerimiento de Instrucción, todo comienza con la lectura de lo publicado en la revista La Semana del día 23/12/83, la fecha esta deducida por nosotros, porque extrañamente la Fiscal omite indicarla y lo publicado por el diario El Norte, el 28/12/83 fecha que sí pone la Fiscal Vanegas, todo esto en la Causa 17 o la Causa Militar. Este Requerimiento de Instrucción, es recibido en el Juzgado de Instrucción Nº 4 por el Dr. Lubary. En el mismo Requerimiento de Instrucción y en Expte 17/84 o en la Causa Militar en el punto 2.expresa la Fiscal Vanegas Agregar la fotocopia certificada del folio 239 del Libro de

Registraciones, existentes en el Cementerio local, que fuera oportunamente solicitado por la suscripta al Director del Cementerio local. La Fiscal Vanegas no puede desconocer: .a Que no existe el Libro de Registraciones en el Cementerio. b. No puede desconocer que existen varios libros. .c ¿Porque no le pidió copia de los otros Libros, para realizar un cotejo? Analicemos el proceder del Intendente Livio A Lataza Lanteri, quien tampoco debería desconocer la existencia de los tres Libros, que existen en el Cementerio, pero que con fecha 29/12/83, informa por nota a la Fiscal Vanegas, que el 13/12/76 fueron ingresados cuerpos NN, no aclarando la cantidad, ni que los mismos estaban ya depositados en el Osario Común. Analicemos la actitud del Director del Cementerio, que con fecha 21/12/83, eleva una nota donde le informa al Intendente que dos NN y Díaz en el año 1980, pasaron al Osario Común, cuando los Libros dicen otra cosa; a saber: 1º. En el Libro de Sepulturas, que es el que se llena cuando se abre la fosa para sacar o poner restos, dice: a. NN

Femenino, registrado en el folio 181, sepultura 40 en la Letra G pasa al Osario Común con fecha 02/05/82. b. Luís Alberto Díaz, registrado en el folio 191, sepultura 10 en la Letra G pasa al Osario Común con fecha 23/02/82. c. NN Masculino, registrado en el folio 180, sepultura 35 en la Letra G pasa al Osario Común con fecha 17/02/82. 2º. Como se puede observar, según los registros, los restos son depositados en el osario común, casi dos años de la fecha informada. Continuando con el análisis de la nota, la misma no aporta ningún elemento de juicio, que permita sustentar que efectivos de la Guarnición Militar Resistencia entregaron diez cuerpos al Cementerio, cuando existe documentación que dice todo lo contrario, en todos los Libros del Cementerio, es decir en los tres Libros existentes figura como arrendatario, la Comisaría 3ra. 3º. ¿Por que no citó a los empleados que estuvieron presentes y recibieron los cuerpos los días 13 y 14/12/76; Uralio Fernández y Mabre Centurión, al percibir el caos administrativo que reflejaban los Libros? Lo que se observa recién cuando el JIM 59, realiza la Inspección Ocular, agregada al Sumario Militar. Por supuesto, no convenía a la Causa que se estaba armando, pero los dos empleados le hubiesen dicho lo mismo que declaran, Fernández y Centurión, Capataz del Cementerio y que manifiestan: 1º. Que los cuerpos fueron entregados por una comisión policial y no por el Ejército, como informa el Director, De Lucia. 2º. Que ingresaron siete cuerpos el día 13/12/76 y que ingresaron tres cuerpos el día 14/12/76 y no diez el día 13/12/76, como informa el Director De Lucia. 3º. Que los dos días, los cuerpos ingresaron a la tarde de cada día respectivo. Pero veamos lo absurdo de todo lo armado, por lo siguiente: 1º. El mismo Intendente que le informa a la Fiscal Vanegas, el 29/12/83 en la Causa 17 y en el Sumario Militar que el Ejército, el día 13/12/76, ingresó diez cuerpos y tres de los cuales, en el año l980 pasaron al Osario Común. 2º. Es el mismo Intendente que le informa a través de la documental que acompaña en el Sumario Militar y con fecha 24/05/85 (dieciocho meses después) que la Policía, el día 13/12/76, entregó siete cuerpos al cementerio y el día 14/12/76 entregó, tres cuerpos mas, de los hechos de Margarita Belén, lo que coincide con los Comunicados, los Libros de Sanidad y lo declarado por los dos empleados del cementerio y que tres de los cuerpos pasaron al Osario Común, en el año 1982. 3º. Esto es algo más, que demuestra realmente, la forma en que ha sido manejada esta Causa a lo largo de 30 años. Que simple hubiese sido, si la Fiscal Vanegas o el Juez de 2da Nominación o el Juez Federal Tarantino Causa 231 o la Cámara, si alguno de ellos, Pág. Nº 80

hubiesen realizado una compulsa de los tres Libros para ver el caos administrativo conque se manejaba el Cementerio. El único que procedió correctamente, comparando los tres Libros existentes, fue el Juez Militar. Mucho mas grave es la posición del Juez Skidelsky y el Fiscal de la Causa, donde teniendo a la vista la Causa y la inspección ocular, incluso utilizada para acusarnos en la indagatoria, tuvieron delante a la autora de este desquicio administrativo Irma Meza, a quien en los primeros días de Febrero del 2.006, le presentáramos denuncia por Falso Testimonio. Ni el Juez, ni el Fiscal, intentaron preguntarle que es lo que sucedió, porque esas graves diferencias en el registro de los Libros, ya que ella reconoce ser quien registraba los datos en los mismos. Esta presenta a declarar 30 años después, voluntariamente, y con fecha 21/05/04. Finalmente se agrega lo que determinó la Inspección Ocular, realizada por el JIM 59 y firmada y controlada por la Directora del Cementerio, que no menos importante y fundamental este paso, ya que ante una novedad que confronta los hechos es ir al lugar de donde surge e investigar, aspecto tan significativo obviada por los Jueces, Provincial y Federal, incluido los de la CFCF, su resultado es fundar con liviandad investigativa, parcializada y tendenciosa: o Que en el Libro Índice de Fallecidos esta registrado:  Con fecha de ingreso al cementerio 13/12/76, En la Letra N el cuerpo de 1 NN

masculino (aclarado Franzen) inhumado en sepultura N° 41, Sección 16, Letra G – Mayor.  Con fecha de ingreso al cementerio 14/12/76: 1) En la letra B, el cuerpo de Blas Tierno Patricio, inhumado en la sepultura Nº 46 Sección 12, Letra G Mayor. 2) En la letra C, el cuerpo de Cuevas Mario y de Campos Manuel Parodi, Inhumados en la sepulturas Nº 17 Y 19, Secciones 12, Letra G Mayores. 3) En la letra D, el cuerpo de Díaz Luís Alberto y de Duarte Carlos Alberto, inhumados en las sepulturas 10 y 3, Sección 12, Letra G Mayores. 4) En la letra F, el cuerpo de un femenino NN, inhumado en sepultura Nº 40, Sección 11, Letra G Mayor. 5) En la Letra M, el cuerpo de 1 masculino NN, sin otra indicación. 6) El cuerpo de 1 NN masculino (aclarado Néstor Carlos Salas) inhumado en sepultura Nº 29, Sección 16, Letra G Mayor. 7) El cuerpo de un NN masculino inhumado en sepultura Nº 64, Sección 16, letra G Mayor, Indicaciones estas que se encuentran testadas.

o Que en el Libro Registro de Inhumaciones esta registrado:  A fojas o folio 239, y en sus renglones 31 a 40 ambos inclusive, consta el ingreso al

Cementerio Local con fecha 13/12/76, la inhumación de 10 cadáveres. A saber: 1) 1 NN Femenino. 2) Tierno. 3) Cuevas. 4) Díaz. 5) Duarte. 6) Parodi Ocampo. 7) 1 NN Masculino. 8) 1 NN Masculino (Aclarado Franzen) 9) 1 NN Masculino (Aclarado Salas) 10) 1 NN Masculino (Aclarado Barco)  En todos los casos se consigna la indicación de Sepulturas, Sección, Letra y Categoría, en que se encuentra cada uno de los cuerpos inhumados; como así también nombre de progenitores, nacionalidad, causa de muerte, medico interviniente y exhumación por traslado de los restos o vencimiento de arrendamiento. o Que en el Libro de Sepulturas correspondiente a la letra G, figura:  Fecha de ingreso al cementerio el 13/12/76. 1) Al folio 181 y en la sepultura Nº 40, un

NN femenino, arrendatario Comisaría 3ra, habiendo pasado a osario común con fecha 02/05/82. 2) Al folio 200 y en la sepultura Nº 46, de Patricio Blas Tierno, arrendatario comisaría 3ra, trasladado a la ciudad de La Plata (Buenos Aires), con fecha 30/12/76. 3) Al folio 193 y en la sepultura Nº 17 de Mario Cuevas, arrendatario Comisaría 3ra, trasladado a la ciudad de Reconquista (Santa Fe), el 06/01/77. 4) Al folio 191 y en la sepultura Nº 10, de Luís Alberto Díaz, arrendatario Comisaría 3ra, habiendo pasado a osario común con fecha 23/02/82. 5) Al folio 189 y en la sepultura Nº 3, de Carlos Alberto Duarte, arrendatario Comisaría 3ra, trasladado a la localidad de Puerto Esperanza (Misiones), con fecha 18/01/77. 6) Al folio 193 y en la sepultura Nº 19, de Manuel Parodi Ocampo, arrendatario Comisaría 3ra, trasladado a la provincia de Misiones, con fecha 11/01/77. 7) Al folio 180 y en la sepultura Nº 35, de 1 (un) NN masculino, arrendatario Comisaría 3ra, habiendo pasado a osario común con fecha 17/02/82. Pág. Nº 81

 Fecha de ingreso al cementerio el 14/12/76. 1) Al folio 67 y en la sepultura Nº 41, el cadáver de 1 NN masculino con la aclaración de nombre Luís Arturo Franzen, arrendatario Comisaría 3ra, trasladado a la ciudad de posadas Misiones, con fecha 11/01/77. 2) Al folio 64 y en la sepultura Nº 29, el cadáver de 1 NN masculino, arrendatario Comisaría 3ra, trasladado a la localidad de Quilmes, provincia de Buenos Aires, con fecha 18/02/77. 3) Al folio 72 y en la sepultura Nº 64, no obra consignado el cuerpo NN masculino que se registra inhumado en el Libro Índice de fallecido y en el Libro de Registro de Inhumaciones. Solo me queda agregar una parte de la denuncia por Falso Testimonio contra Irma Meza, para demostrar en líneas generales como declaran los testigos de esta Causa y la actitud, en general, de indiferencia del Juez y el Fiscal. Evidentemente Irma Meza miente, porque el día que lleno los Libros y que se desprende claramente de la lectura, no fue el día 13 tal como ella dice, ya que de haber sido así, ha registrado cadáveres que en otros Libros, registró el ingreso el día 14, quieren decir que los datos del fallecido mal registrado el día 13, no los podría haber tenido, tomemos un ejemplo: 1º En el Libro de Sepultura: Franzen figura ingresado el día 14/12/76. 2º. En el Libro de Registro de Inhumaciones: figura ingresado el día 13/12/76. 3º. En el Libro Índice de Fallecidos: figura ingresado el día 13/12/76. Por lo tanto, como hizo para registrarlo el día 13 Meza, si no tuvo el Certificado de Defunción de Franzen hasta el día 15/12/76 cuando ella concurrió al Cementerio y recibió las novedades de ingreso del día 14 a la tarde. Recién el día 15 cuando ingresa al Cementerio y le informan de las novedades del día anterior a la tarde, Meza reúne toda la documentación como para poder realizar el registro en los distintos Libros. Por lo cual, Meza, recién llenó los distintos libros el día 15. Para lo cual contaba con los respectivos Certificados de Defunción, ya que de los mismos obtuvo la información para llenar el Libro Registro de Inhumaciones, con los detalles arriba ya enunciados. Indiscutiblemente llenar los Libros el día 15/12/76 no tendría nada porque objetarse, lo que sí se objeta es haberlo hecho en la forma que Meza lo hizo, ya que tenemos la convicción que aun queriendo hacerlo mal a propósito no lo hubiese podido hacer tan mal, por lo cual indiscutiblemente los errores cometidos solo podrían atribuirse a su mala intención. Observemos un resumen de los registros realizados por Meza, que declara que ella es la que llevaba los libros y anotó el día 13, 4 cuerpos que entraron el 12 a la noche. Meza registró en el Libro Registro Índice de Fallecidos, el día 13/12/76 el ingreso de uno solo cadáver y no de cuatro como declara y el día 14/12/76 ingresó nueve cadáveres, con importantes fallas de registro pese a contar con la información necesaria (Certificados de Defunción) para poder hacerlo como corresponde. Meza registró en el Libro Registro de Inhumaciones el día 13/12/76 el ingresó diez cadáveres y no de cuatro como declara. Meza registró en el Libro de Sepulturas el día 13/12/76 él ingresó de siete cadáveres y no de cuatro como declara y el día 14/12/76 ingresó tres cadáveres lo que concuerda con lo declarado por Mabre Centurión y Uralio Fernández. ¿Cuál es la actitud del Fiscal y el Juez que tiene la Causa, que escuchan declarar a esta mujer algo contrario a lo que ellos sostienen en la acusación y no le realizan ninguna pregunta? ¿Es así como funciona el sistema Judicial Argentino? Lo cierto es que, ese dicho, se tomó como fundamento de Sentencia.

6. Zamudio Cuando dice: Merece destacarse que no se ha mencionado al detenido Zamudio, a quien

en un primer momento se dio por muerto para finalmente rectificarse la autoridad militar para decir que huyó y fue muerto en un presunto enfrentamiento en Campo Grande, Provincia de Misiones. Aún así, existieron contradicciones en las fechas, tal como lo afirmó

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la testigo Férreiro de Zamudio ante este Tribunal, como precedentemente se señalara. (Pág.1.475 Tomo II) Desarrollado posteriormente. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

7. ¿Normas Legales vigentes - Sumario – Impactos de balas – Peritaje? Cuando dice: Contrariando las normas legales vigentes, no se sustanció sumario alguno luego de este “enfrentamiento” a fin de deslindar posibles responsabilidades (confr. fs. 278 vta. /279 de la causa citada en último término) (Pág. 1475 Tomo II). Es evidente que el alegado enfrentamiento no se ha probado, ni tampoco se ha creado ni la más mínima duda sobre su real existencia. Téngase en cuenta que no se sustanció el sumario pertinente, razón por la cual no puede, por ejemplo, establecerse que haya habido impactos en los vehículos en donde iban los detenidos. Tampoco fue posible establecer, por tales circunstancias, a manos de quién o quienes fallecieron éstos. (Pág. 1475/6 Tomo II),… la falta de peritajes de práctica; la no intervención judicial en la esfera castrense; (Pág. 1.479 Tomo II) Es muy posible que en la óptica y análisis realizado por la Cámara el enfrentamiento no se encuentre probado, en atención a los parciales elementos probatorios producidos en las audiencias del proceso seguido a los ex Comandantes y valorados por el Tribunal. El Sumario Militar lo da perfectamente probado al enfrentamiento y nadie lo ha recusado. La mendacidad en acto de parte de la Cámara. ¿La pregunta que me hago, la Cámara según

su hipótesis no debería haber probado que fue un fusilamiento? ¿Dónde queda el principio de la duda beneficiante? Lo significativo de esta elección favorecedora al plexo de cargo, es una afirmación con total funcionalidad. De ninguna manera a esa conclusión arriba la Instrucción Militar conforme a las probanzas arrimadas a autos, como también a través de comprobarse el error, falsedad poca seriedad de los argumentos esgrimidos por la denunciante, los cuales no han podido ser demostrados tal cual surge de la presente elevación. Pasando a casos puntuales y respecto a los impactos en los vehículos de la columna militar de traslado corresponde remitirse a lo dicho anteriormente. Respecto al establecimiento de manos de quien o quienes fallecieron los causantes, coincide esta Instrucción con la Cámara en cuanto a que no pudo ser posible su determinación en atención a la modalidad o forma y circunstancias en que tuvieron lugar los hechos. La Cámara no debería expresarse de esta manera, a la luz de las pruebas que hasta el momento hemos denostado, pruebas del enfrentamiento que están en su mayoría en la Causa 231 y el Expte 17, solo había que leerlo, cosa que a la luz de sus considerándos, demuestra, sin mucho esfuerzo, no haber hecho la lectura, pero existe una Resolución de la misma Cámara, que atenta contra lo que asevera tan firmemente y es el hecho que cuando se recurre a la Corte Suprema por la Competencia por la Negativa, planteada entre las Cámaras Federales de Resistencia y la de la Capital Federal (quien realiza tal aseveración) expresa: lo decidido y juzgado en la Causa Nº 13/84

no hace cosa juzgado respecto de quienes resulten enjuiciados en actuaciones posteriores que versaren sobre hechos también juzgados en la causa seguida contra los ex comandantes. Por supuesto, esto lo dice once años después de los hechos en 1987 y a dos años de su Sentencia en 1985. Como si el concepto de comunicabilidad, pieza fundamental de Derecho Penal, fuese desconocido para los Sentenciantes, que lo extienden sin más, con aquel carácter. Poniendo así, hoy, nuevamente a las FFAA, en su mayoría en una suerte de Libertad Condicional, solo revocable por el simple designo del interés político. Además pareciera que la Cámara incurre en algún tipo de irregularidad, al tomar en cuenta que junto con este proceso general, se llevaba a cabo el particular de este tipo. Sin perturbarse por el

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estrepitus fori, que podría haber tenido lugar si hubiesen existido procedimientos colisión antes o decisiones encontradas ante un mismo Objeto Procesal. Esta suerte de atropello del Derecho para los ex Comandantes y para nosotros nos permite, no sin cierta ironía y espanto, reclamar que nos incorporen al libro Guiness ya que nos juzgaron cinco veces por la misma Causa, a saber: 1º La Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal con condena a los supuestos responsables intelectuales el 09/12/85 y con carácter traslativo a los ejecutores materiales paralelamente con lo anterior, según su saber. 2º La Justicia Militar con Sobreseimiento el 13/01/87. 3º La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario no hay mérito y después agrega finiquitada, el 13/01/89. 4º El Juez Federal de Resistencia y 5º Tribunal Oral de Resistencia, en un nuevo y no menos controversial proceso, el que por cierto se ventilará en los Tribunales Extranjeros, para escarnio del Sistema Jurídico Argentino, como consumación de una aberración jurídica, poco común. Cabe preguntarse, ¿Es tan firme la convicción de la Cámara, que expresa que lo que ellos hicieron, no debe ser tomado como cosa juzgada?, ¿Somos nosotros los que tenemos que demostrar que fue un enfrentamiento? o ¿Son ellos los que deben demostrar que no lo fue? ¿No existe un prejuzgamiento al plantear la comisión de un delito en estos términos? No existió el enfrentamiento porque no se pudo probar sin haber leído las distintas documentales en las distintas causas, por ende fue un fusilamiento. Este ejemplo de razonamiento de invertir el principio de la duda beneficiante y por cierto aviesamente lo pone en la cabeza de quién no tiene que probarlo, sino que lo toman ya como conclusión de cargo. Transformándose esto en un desatino procesal y por ende a la conclusión a la que arriban es absolutamente ilógica, sin hilo conductor alguno que lo lleve sin forzar normas. Conculcando no solo las leyes lógicas, sino sacudiendo todo el ordenamiento en su conjunto, dando por tierra de la forma más brutal el Principio de Inocencia. ¿Cuál es el fundamento de su concluir? Si lo dicho es un desatino, insistir en lo mismo paginas después, se puede interpretar como querer por medio de la insistencia reafirmar el concepto forzado. Estimase que esta alusión del peritaje se referirá a materiales por ejemplo vehículos impactados dado que sobre los cadáveres evidentemente se llevaron a cabo los exámenes adecuados a la circunstancia. No se advierte la presunta importancia superlativa que se asignaría a tales diligencias en una instancia de combate como la que nos ocupa, máxime si se considera que el interrogante o sospecha ha sido debidamente contestado o aventado por las declaraciones de testigos hábiles que determinaron la existencia de daños varios en los vehículos militares y en el policial. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria sin lugar a duda, que a todas estas aseveraciones, corresponde se le realice el análisis correspondiente de los siguientes aspectos:  Que con respecto a la no-sustanciación del Sumario, ya nos hemos referido. Interesantes y aclarativos son los artículos 175 de la Reglamentación de Justicia Militar y el artículo 108 del Código de Justicia Militar que corresponde Sumario Militar cuando la existencia de un delito sea notoria y en este caso, en el enfrentamiento no hay delito.  La Policía no tenía que realizar ninguna actuación, porque no había participado del hecho, salvo en la entrega de los presos y luego en el rastrillaje. El patrullero con su dotación, que integraba la columna, estaba a 1.500 mts del lugar del enfrentamiento, por lo tanto, no participó del mismo y los daños sufridos en sus cubiertas por los clavos miguelitos está la declaración del gomero privado que trabajara en dicho particular.  Con respecto al daño en los vehículos están los testimonios del Comisario Carballo, Comisario Chas, Cnl. Larreteguy, My. Renes, Tte. 1º Tosso, Tte. 1º Carnero, Tte. Martínez Segon, Tte. Reyes, Tte. Losito, Tte. Patetta, Subt. Riquelme, Crío Gral. Gómez, Crió Gral. Ceniquel y Crío Gral. Álvarez Paz. Sin lugar a duda es difícil hacer entender, que no se debía hacer ningún tipo de Actuación Militar, por no corresponder, en razón que no había que deslindar ninguna responsabilidad. La Compañía de Seguros, no cubría la reparación de los vehículos de sus daños por cuanto era producto de un enfrentamiento armado.

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 También están los testimonios de los dos Suboficiales del Parque Automotor de la Ca de Com 7, Unidad Militar titular de los dos vehículos de la columna. Subof My Jorge Alonso y Subof Pr José May y realmente creer que estos dos suboficiales, que no tienen nada que ver con el hecho, mientan o cometan falso testimonio, con el riesgo de perder él haber de retiro, ir a la cárcel, por no decir la verdad, es realmente absurdo, no solo los dos declaran que la reparación se llevo a cabo un tiempo después, quedando durante el mismo, los vehículos en el Parque Automotor de la Compañía, con lo cual con citar algunos soldados de aquella época, demás personas que pasaron por el lugar, en particular integrantes de las otras fuerzas que acudieron en apoyo, también se podría corroborar. Nadie lo hizo, y me permito afirmar que ni lo van a hacer, porque me permite inferir que no conviene que realmente se sepa la verdad, porque la farsa ya esta instalada en la sociedad, después de 30 años de Acción Psicológica, llevada a cabo por los Tissembaum, Gait, Bittel, etc.  Indiscutiblemente y lo aberrante de esta situación, así lo hace saber la Cámara en la Sentencia, una emboscada en el monte Tucumano, no era lo mismo que una emboscada en el monte Chaqueño. En el primero de los lugares, cuando existieron enfrentamientos, durante el conocido Operativo Independencia, que se recuerde, nunca se realizaron actuaciones de Justicia Militar, como consecuencia de los mismos.  Si en el año 1976 hubiesen dicho, que los actuantes debían demostrar que era un enfrentamiento, muy probablemente se hubiese realizado una Actuación Militar, tal cual se hizo en el año 1984, pero no había que demostrar nada, ya que realmente había sido un enfrentamiento más, en una situación nacional generalizada de guerra. Contrariamente a lo que expresa la Cámara, el hecho de no haber realizado Actuaciones de Justicia Militar, habla a las claras de que no fue preparado y que fue realmente un enfrentamiento.  Para hacer más grotesca la explicación, tampoco hizo el sumario pertinente el piloto de la FAA Tte Guillermo Dellepiane del A4B que volando seriamente dañado de un combate aéreo sobre Malvinas conflicto que para estos señores tampoco existió y que enganchado a un Hércules C130 Nodriza que le pasaba constantemente combustible que perdía y así lo trajo hasta el aeropuerto de Comodoro Rivadavia. Los mecánicos reemplazaron el material destruido y continuó combatiendo, tampoco hicieran pericias balísticas, ni el sumario correspondiente. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos si se entra a discutir si se estaba en Guerra, como esa discusión bizantina la que tuviera como eje el sexo de los ángeles. O volviendo a lo práctico y conducente, como no hubo declaración interna, estos personajes la ignoran. Es de suponer que con Gran Bretaña en 1982, Malvinas de por medio, tampoco hubo guerra ya que formalmente no la se la declaro como tal. Si bien es así, mi compañero de infortunio por prisión ilegítima por Margarita Belén y héroe de ese conflicto en el Atlántico Sur, el Cnl. Losito condecorado cuando era Tte. 1º, recibiendo las medallas “Al Herido En Combate” y la medalla “Al Mérito Militar”, por la siguiente causa:

“Integrando una patrulla de Comandos de la cual era 2do Jefe, durante una operación de alto riesgo, en terreno controlado por el enemigo, reaccionar con decisión ante el ataque sorpresivo de fuerzas notablemente superiores y combatir con singular valentía ocasionando bajas al enemigo. Pese a resultar heridos en dos oportunidades durante el combate, continuar con la acción hasta él limite de sus fuerzas, constituyendo un verdadero ejemplo para sus subordinados”, hecho acaecido en el Combate de Top Malo House – Malvinas. Lo cierto es que el referido soldado puede ser cuestionado por no haber

sustanciado el sumario para deslindar responsabilidades, con el criterio de estos burócratas, esto no sería humor, sino una realidad de su irracionalidad y aparente falta de criterio. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

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8. ¿Indefensión? Cuando dice: Sí existió un hecho incontrovertible: la muerte de los detenidos, que se hallaban en total estado de indefensión, y cuya custodia estaba a cargo de personal del Ejército y de fuerzas de seguridad bajo el comando operacional del II Cuerpo de Ejército. Por lo demás, las maniobras tendientes a ensombrecer el panorama de lo sucedido no hacen sino reafirmar la responsabilidad de la fuerza que los conducía con destino a la U10 de Formosa. (Pág. 1.476) La Cámara utiliza con liviandad y poco sustento las palabras indefensión, quedando reafirmada la versión oficial de la emboscada y enfrentamiento con una reciente correspondencia recibida por el Defensor oficial y que agregaré completa más adelante. Esta conclusión resulta inaceptable a la luz de todo lo actuado por esta Instrucción. En primer lugar solo se ha demostrado la muerte de parte de los detenidos y en circunstancias que distan mucho del estado de indefensión alegado, nada más erróneo que el error, paradojal concepto, pero es así y las maniobras a ensombrecer el panorama de lo sucedido, por supuesto que debe interpretarse, ante semejante afirmación, sin consistencia, ni sustento, como se patentiza y surge el desconocimiento, no solo de la Causa que se tramitaba paralelamente y ante otro estrado, sino del acaecer histórico motivo de este nuevo juzgamiento. Sobre todo desoyendo el pedido el pedido del Dr. Marutian Defensor de los ex Comandantes, el 05/08/85 ante la CFCF que se le ordene al JIM 59 envíe las actuaciones sobre el hecho de Margarita Belén. Es evidente que no le convenía a nadie del armado de este reality sow político-jurídico que apareciera este Sumario en la Causa 13 ya que a esa fecha estaba demostrada la noticia criminis como falsa ya que estaban confeccionadas las Pericias que daban por falsos los escritos atribuidos a Ruiz Villasuso. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de:  El Juez y el Fiscal, pese a intentarlo, no han podido demostrar, las supuesta torturas realizadas el 12/12/76, durante la noche y previo al traslado y es tan así, que no fueron utilizadas para acusarnos en el auto de procesamiento, como hubiera sido la intención del Juez, de haber podido hacerlo. Con lo cual el estado de indefensión, de los detenidos trasladados, no era tal.  Los mismos testimonios que son tomados por ciertos, por la Cámara, Goya, Fernández, Ilde, Cossio y Ponti que se encontraban alojados en la U7, declaran que se vivía un clima especial, cuando se retiraron los siete presos de la prisión, lo cual quiere decir una sola cosa, sabían que iban a ser trasladados. Tengamos en cuenta lo que dice Jorge Giles, en las paginas 61 a 65 de su Libro Allí va la vida donde habla de las distintas formas de comunicarse entre los detenidos y hacia el exterior.  Es decir que se supone estaban preparados para el ataque y posterior fuga, no pensar así es no reconocerles la calidad de combatientes que tenían, no se debe olvidar que los trasladados eran delincuentes subversivos, soldados de primer nivel, algunos de los cuales, Salas participaron del copamiento del RIMte 29, con asiento en Formosa, de los otros existen sospechas de su participación, donde mataron vilmente, mientras dormían y/o se bañaban a soldados que cumplían con su Servicio Militar. Recordemos que esa fue una Operación de envergadura, ya que: 1º. Coparon el Aeropuerto de Formosa. 2º. Coparon el Cuartel. 3º. Robaron importante cantidad de armamento. 4º. Rechazaron a Gendarmería cuando intentó recuperar el aeropuerto. 5º. Secuestraron un avión de gran porte y uno pequeño. 6º. Fugaron, obligándolo a descender en el medio del campo. 7º. Movilizaron más de 100 hombres, armamento, explosivos y medios de comunicación para esa operación de cinco Provincias. 8º. Planificación y coordinación envidiables. 9º. Postas sanitarias preparadas y operaron heridos. 10º. Recepción de los aviones en Nueva Valencia – Corrientes y Rafaela – Santa Fe para la evacuación de los terroristas. 11º. Evacuación de personal y escondite del armamento robado.  Esos hombres sabían que estaba montada una emboscada y para ello se prepararon para la fuga y cuando comenzaron los disparos, le saltaron encima a los oficiales que los custodiaban, ya que ellos estaban preparados para la acción violenta y Pág. Nº 86

rápida. Recientemente con fecha 18/01/07 el Defensor Oficial Dr. Carlos Pujol recibiera una correspondencia que pusiera a disposición del Juez y el Fiscal, remitida por Carlos Héctor Orianki desaparecido para la CONADEP como Nº de Actor el 01/04/75, donde habla de su contacto años después con uno de los detenidos-trasladados-prófugos hoy desaparecido, que narra parte de la emboscada de la OPM Montoneros y su fuga de Margarita Belén, me refiero a Roberto H. Yedro Nº de Actor 0545 y que por su importancia al desarrollo de la Causa transcribiré más adelante.  Todo el accionar de esta operación militar tiene sustento en la doctrina vigente en los reglamentos pertinentes y en acto al momento de su ejecución, por esta organización, como el caso que nos ocupa basado en el Cuerpo de manuales y Reglamentos de la Organización Política y Militar – OPM Montoneros agregado como documental de la defensa del Gral. Galtieri en la Causa 13/84. Establecía los distintos tipos de Emboscadas en 2 - 12-10. Ver Anexo 2 OPM Montoneros. Por supuesto, cumplidores de sus misiones, de las que no se apartaron de la norma y eso aplicaron en esta operación. Su instrucción militar altamente satisfactoria, siendo sus instructores cubanos, soviéticos, palestinos y libios. A modo recordatorio Salas estuviera en Moscú el 08/07/74, recibiendo instrucción, ver Causa Néstor Carlos Salas y otros S/Asociación Ilícita, su infracción a la Ley 20.840, Juzgado Federal de Resistencia Causa 1546/75.  La Cámara, imagina que cuando los trasladados vieron la oportunidad de fugar, no iban a aprovecharla, para darse a la fuga, cuando es un principio de todo prisionero de guerra, intentar fugarse, y con mas razón, cuando seguramente conocían que iban a ser apoyados desde el exterior.  Cuando la Cámara habla de indefinición no tiene en cuenta las declaraciones de los Oficiales de la Alcaldía, declaración del Of. Ayala que las esposas marca Halcón, con las cuales estaban esposados, eran inseguras, ya que se gastaba muy rápido el sistema de cierre, que era de fundición de aluminio y que ya habían tenido intentos de fuga, por abrirse las mismas fácilmente o cuando declara el Of. Rodríguez Valiente, donde da similar explicación. Veamos lo que declara Carlos Aranda el 08/08/05 ya que la guardia era mucho

mas relajada, por momentos, en que nos sacábamos las vendas, nos abríamos las esposas y conversábamos entre nosotros. Hace más de 25 años cuando se hablaba sobre la peligrosidad y fanatismo de estos detenidos, a los distintos jueces les costaba aceptarlo. Pero cuando la Cámara habla de ensombrecer el panorama de lo sucedido, falta a la verdad de tal forma, que ofende al sistema judicial, como ya lo hemos demostrado. Ni siquiera leyó la documental existente en la Causa 231 y en la Causa 17 y tuvo delante de sí, todos los detalles del Sumario Militar, hasta por lo menos el Vto. Cuerpo de la misma. Como la Cámara es reiterativa en este aspecto, también reiteramos las constancias obrantes en esta Causa:  Que el Comando de Brigada haya impartido la orden por escrito y la misma esta agregada al Sumario, pese haber existido una orden, impartida por la superioridad, de destruir toda la documentación relacionada con la lucha contra la subversión cuando podría haber sido una orden verbal.  Que la Jefatura del Área Militar, haya ordenado por escrito Expte. 12.6. 0034/64 a la U7, la nómina del personal a trasladar, discriminando su estado a Disposición del PEN y el Decreto, destino final del traslado, la fecha del mismo, la hora aproximada de salida y que al personal, se lo debía entregar a una comisión, para ser trasladado a la Alcaidía, indicando la hora de arribo de la misma, mencionado por la U7 de la Causa 231.  Que dicha información había sido controlada por la Justicia Federal compulsando los Libros de la U7 con la información suministrada. Libros estos que después desaparecen pero que fueran controlados por el Juez Federal que atendía la Causa 231, hecho que consta en la misma.  Que la Jefatura de Área Militar haya ordenado por escrito Expte. 12.6. 0034/63 a la Jefatura de Policía, el retiro de los siete detenidos de la U7, y la reunión de los trece detenidos a trasladar en la Alcaidía, ordenándole el destino y la hora aproximada de salida y la misma esta agregada al Sumario.  Las ordenes verbales dadas al personal que integrara la columna de traslado, es lógico y reglamentario que así sean, por el nivel de ejecución de que se trata. Pág. Nº 87

Indiscutiblemente, los Fiscales y Jueces, desconocedores desde el punto de vista militar para lo cual no están capacitados, pretenden que estas ordenes, deberían haber sido también escritas.  Los Oficiales Losito, Reyes y Riquelme no figuran en ninguna denuncia y nadie los nombra, inculpándolos de algún tipo de cargo, sin embargo declararon en forma voluntaria porque formaban parte de la columna de marcha que fue atacada, y no tenían, ni tienen ahora, nada que ocultar.  Cuándo la U7 informa en la Causa 231, nomina del Personal de Guardia los días 12 y 13/12/76, el Expte del Área Militar que ordenó el traslado, él número de Expte interno que originó el mismo, la nomina de los trasladados a la Alcaidía, quien los retiró, quienes lo secundaba. ¿Podemos decir que se esta ocultando información?  Cuándo la U7 en la Causa 231, le amplia la información del personal de guardia, los días antes y después del ataque a la columna, informando el estado de revista y el domicilio de los mismos. ¿Podemos decir que sé esta ocultando información?  Cuando la U7, informa sobre la novedad de que no existen antecedentes en la carpintería de la Unidad, sobre la fabricación de cajones y le remite los ocho Libros solicitados por el Juez, sino que además se hace mención de la falta de estos libros, sembrando un manto de sospecha sobre la desaparición de los mismos, cuando existen constancias de haber sido entregados en el Juzgado Federal. Toda esta información tramitada según requerimientos, fue respondida dentro de las 48/72 horas de requerida.

¿Podemos decir que existió intención de trabar el accionar de la justicia?  Cuándo la Policía del Chaco agrega y dentro de las 96 horas, Copia del Libro de Novedades del Centro de Operaciones de la Policía de la Provincia del Chaco. Una copia similar esta agregada a la Causa 231/84. ¿Es esto ocultar información?  Haber agregado a la Causa 231, el antecedente de los pedidos de exámenes de los cadáveres, con errores y sin firma como lo expresa la Cámara, es consecuencia de que habiendo tenido la Cámara la Causa Militar a su alcance, no pudo o no quiso comprobar, que en los Anexos del 1 al 12, donde están los legajos de los trasladados, están los pedidos de exámenes originales, firmados por el Dr. Grillo y Sáez. ¿Es esto ocultar

información? 

Que los legajos de los trasladados estén agregados a la Causa, ¿Es ocultar

información?  Elevar la nomina con el domicilio de los doscientos doce presos que había alojados, los días 12 y 13/12/76, en la Causa 17 y misma numeración de la Causa Militar. ¿Es esto

ocultar información?  Haberse elevado al Juez Tarantino, la nomina de todo el personal policial que revistaba en el mes de Diciembre de 1976, discriminado por Dependencias, en la Causa 231. ¿Es haber borrado la información?  En la Causa 17 y en la Causa Militar: 1º. Obra el Expte 12.6. 0034/63 del Área Militar 233, ordenándole al Jefe de Policía el traslado de trece detenidos, indicando donde se encontraban alojados. 2º. Obran recibos firmados por el Tte. Patetta, recepcionando el personal y efectos de los detenidos. 3º. Nota del Jefe de la Alcaidía al Jefe del Área 233, de fecha 16/12/76, informándole la entrega de los presos a la Columna Militar, a cargo de un Mayor. 4º. Nota del jefe de la Alcaidía informándole al Jefe de la Policía, de la entrega realizada al My Renes, Jefe de la Columna Militar, con fecha 16/12/76. 5º. Nota del Jefe de la Alcaidía, al Jefe del Departamento Informaciones Policiales, notificándolo de la entrega realizada al My Renes, con fecha 16/12/76. 6º. Memorando Policial del Jefe de la Alcaidía, al Jefe de la UR 1, Insp Gral. Gómez, donde se le informa la hora en que le fue entregado el personal de detenidos al My Renes. 7º. Nota Nº 2129 el Jefe de la Alcaidía al Jefe de la U-10 Formosa, informándole la nomina del personal entregado por él mismo, al My Renes. 8º. Recibo firmado por el Tte. Patetta, de las notas 2128 y 2129, las dos para ser entregadas al Jefe de la U 10 Formosa, donde se le informaba del traslado y la nomina de los trasladados. 9º. Obra copia de las hojas del Libro de Novedades de Sanidad Policial. 10º. Obra la salida a la mañana del día 14/12/76 del Dr. Sáez, prueba que nadie ha leído esta documental, es que nadie ha pedido la copia de la siguiente hoja, para controlar si el día 14, se salió a la tarde también. 11º. Informa la Comisaría de Margarita Belén, Pág. Nº 88

agregando fotocopia de todos los libros de la Comisaría, de Diciembre de 1976. 12. El Jefe de la Br Inv, informa que un incendio en el archivo, en fecha 29/03/77, destruyó todo antecedente archivado, que pudiera interesar al hecho que se investiga. Realmente absurdo el análisis que hace de este incendio, la Cámara por lo expresado anteriormente. Indiscutiblemente el aporte de esta documentación, demuestra que las ordenes y el traslado, fue tal cual oficialmente se describiera. No existieron nunca las torturas previas, prueba de ello es que el auto de procesamiento del Juez, omite el delito de torturas. ¿Es

esto ocultar información? Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

9. PEN Cuando dice: En el caso de Tierno, el Poder Ejecutivo Nacional contestó el 21 de diciembre

de 1976, conforme a fotocopias reservadas, que estaba detenido a su disposición cuando ya había ocurrido el hecho que motiva esta decisión. (Pág. 1.476 Tomo II). Se marca como contradicción, cuando ya hacía ocho días que el hecho había sucedido. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de este párrafo corresponde esta aclaración:  La nota, a la cual hace mención la Cámara, es la de la Causa 231, identificada como A 4 y forma parte de la denuncia de la CONADEP, recordemos a Tissembaum.  Omite la Cámara la nota del Dr. Tierno, solicitando información al Ministerio del Interior, archivada en la Causa 231 e identificada como A 3. En la misma se le informa; mes cuando se produjo la detención en 05/76, lugar de detención Resistencia, quien lo había detenido el Ejercito, la misma, esta fechada el 16/08/76. En dicha nota, también le informa al Ministerio, que se le ha reconocido que su hijo esta detenido. Si habiendo suministrado toda la información, el Ministerio demora casi tres meses, resulta prácticamente normal, este tipo de demoras en la administración pública y judicial, también como lo demostraremos mas adelante.  También omite la Cámara el documento identificado como A 5, de la Causa 231 y que también forma parte de la denuncia de la CONADEP y que se trata de una carta dirigida al Dr. Tierno, firmada por el Gral. Nicolaides, donde le informa al Dr. Tierno, que no existiría ningún impedimento legal para dar curso a su pedido de fecha 27/10/76, en dicha nota había pedido permiso para que su hijo se casase con quien era su novia, que también se encontraba detenida y embarazada. Es decir que a la fecha de la carta, como mínimo el Dr. Tierno había visitado a su hijo dos veces, al igual que a la novia del mismo, por cuanto uno estaba detenido en la U7 lugar de donde fue retirado para el traslado y la novia estaba en la Alcaidía del Chaco, en una época, que estaban totalmente prohibidas las visitas y las mismas se daban muy esporádicamente, dicho por los mismos testigos, la incomunicación era casi total. Lo expuesto precedentemente hace presuponer que el Dr. Tierno, conocía desde mucho tiempo antes, la situación de su hijo y de su novia.  Las demora es lo mismo que ocurre con nosotros, respecto a las denuncias por Falsos Testimonio presentadas, entre otros a Carlos Aranda y Julio Aranda, el 19/10/05 al Juez Skidelsky, es decir dos meses antes del auto de procesamiento y no solo no se ha resuelto sobre los mismos, sino que los testimonios de los denunciados, son utilizados para acusarnos. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

10. Zamudio – Misiones Cuando dice: Siguiendo con las contradicciones, de las fotocopias reservadas en Secretaría se desprende que el 30 de diciembre se 1976 se comunica a los familiares su fallecimiento Pág. Nº 89

y que el cadáver se encontraba a disposición de ellos, cuando del Libro de “Novedades”, citado anteriormente, no surge que él médico haya examinado el cadáver. Resulta patente la discordancia ello agregamos como elemento de ponderación lo que surge de los dichos de la cónyuge de Zamudio quien narra que el 17 de diciembre de 1976 –es decir a pocos días del hecho- el Teniente Patetta, uno de los encargados del traslados, le dijo que Zamudio estaba a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, ocultando que estaba muerto, incurriendo este mismo militar y sus superiores en contradicciones hartos sospechosas ya que el número de detenidos trasladados eran solamente trece por lo que es inadmisible equivocaciones de esta naturaleza. La Fotocopia del acta de defunción de Zamudio indica a las claras la voluntad de encubrir el nombre de las víctimas ya que no figura allí su nombre y apellido y si su sexo, edad, profesión, estado civil, domicilio y documento de identidad, indicando como causal de la muerte “politraumatismo” y se da como fecha del fallecimiento el 17 de diciembre de 1976, a las 07:30. (Pág. 1.476 y 1.477 Tomo II) Surge, evidentemente, que el detenido-trasladado-fugado hiciera contacto con los atacantes, logrando huir de la Provincia del Chaco, trasladándose a Misiones, que era donde operaba dentro de Montoneros antes de su detención el 24/09/76. Si esta no es una razón valedera, me permitiría pensar en pre-juzgamiento y conclusión contraria a Derecho, por parte de la Cámara, ya que en este caso no investigado ¿Como llegan a semejante conclusiones? Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de: 1º No es exacto lo que se afirma, dado que el médico policial reconoció el cadáver de Zamudio pocas horas después de producirse su deceso en la Provincia de Misiones. 2º Las contradicciones en los dichos del Oficial de Ejército mencionado por la esposa de Zamudio no pueden corroborarse con otros medios de prueba. 3º Sobre la falta de nombre y apellido del causante en la documentación de defunción, debe analizarse ésta en su totalidad para apreciarse que la misma consigna la identidad del fallecido, como también las causas de su muerte, politraumatismos por heridas de bala. El tema Zamudio y todas las famosas contradicciones que no son tales están desarrollados anteriormente. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

11. ¿Origen Cordobés? Cuando dice: Del informe de la Dirección de Cementerios, del 27 de mayo ppdo. se desprende la inhumación con fecha 13 de diciembre de 1976 de 8 detenidos identificados y 2 N.N. (uno femenino y uno masculino) sin que, al parecer, se hubieran efectuado las diligencias tendientes a establecer la identidad de estos dos cadáveres. En lo que respecta al cadáver de sexo femenino, de autos surge que una mujer de origen cordobés habría sido incorporada a la columna, mas no se ha podido individualizarla. (Pág. 1.477 Tomo II). Con seguridad que la Cámara no tiene conocimiento o no lo tuvo al momento del juzgamiento de los ex Comandantes en Jefe de la existencia de importante documentación que se encuentra agregada a las actuaciones y consistente en Legajos pertenecientes a los detenidos prófugos, los muertos identificados y los dos NN, no identificados; pensar de otra manera es que lo hicieran fingidamente. Respecto a éstos dos últimos los legajos en cuestión (Anexos 13 y 14 agregados) contienen dos juegos de huellas dactilares extraídas por la División Antecedentes Personales de la Policía del Chaco sin perjuicio de lo cual y para la fecha de la diligencia l4/12/76 todavía no se contaba con la identidad de ambos cadáveres. Respecto a la alusión de una mujer de origen cordobés, dicha afirmación se origina en el escrito anónimo identificado como D-10 de la Causa 231 que tramitara originariamente por ante el Juzgado Federal de Resistencia. Ese seudo documento integra la prueba instrumental de la denuncia articulada por la CONADEP - Tissembaum y supuestamente junto con otros anónimos, procedimientos retratados con Tissembaum. Agregados a la denuncia, habría sido confeccionado por ex-presos político de la región a los cuales ni Pág. Nº 90

siquiera se identifica. Carece por ende de toda seriedad y valor probatorio, recordemos a Tissembaum. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de esta aseveración, sin ni siquiera haber realizado una compulsa de todos los Libros del Cementerio de Resistencia, es extremadamente seria y tal es así, que uno de los Libros, el de Sepulturas, refleja exactamente lo que oficialmente se informo. Los comunicados periodísticos lo dijeron, la Inspección Ocular realizada en la Causa Militar lo determinó y el testimonio de los dos empleados que recibieron los cadáveres los días 13 y 14/12/76, tal cual ya se ha desarrollado, lo atestiguan. Pero aquí se plantea una gravísima contradicción, en la misma Sentencia, cuando afirma, que en autos surge que una mujer de origen cordobés habría sido incorporada a la columna, por lo siguiente: 1º En ninguna parte del Juicio esta demostrado que hubo una mujer en la columna. 2º No existe ningún testigo que haya declarado haber escuchado la voz de una mujer, entre los gritos de los trasladados en la noche del 12/12/76 y cuando decimos ningún testigo, incluimos, las declaraciones obrantes ante la Cámara, las declaraciones ante el Juez Federal Causa 231, las declaraciones ante la Cámara de Diputados y las declaraciones en el Juicio por la Verdad y Declaraciones ante el Juez Skidelsky. 3º Tampoco hace referencia la Cámara, donde esta registrado que es de origen cordobés, si la misma manifiesta que no se ha podido individualizar. ¿De donde saca esto para hacer tal afirmación? 4º Pero lo grave es que la Cámara, esta diciendo que una mujer se incorporó a la columna, ¿Entonces porque Sentencia el fusilamiento de trece personas, todas del sexo masculino? Si estaba probado que estaba en la columna, podría haber sentenciado como NN Femenino. 5º Que con respecto a que no se efectuaron las diligencias para identificarla, esta también totalmente fuera de lugar, ya que obran agregadas como anexos, las huellas dactiloscópicas de los dos NN y los legajos de cada uno de los trasladados, donde obran los pedidos de análisis forenses de los cadáveres, firmados por los Doctores que los realizaron, como así también las fichas dactiloscópicas, fichas prontuáriales de cada uno, etc. 6º Declaración del Of. Pr. Carlos D. Núñez y declaración del Of. Pr. Luís R. Ovalle, ambos de la División Antecedentes Personales de la Policía del Chaco al momento de los hechos, donde ratifican haber realizado las respectivas fichas dactiloscópicas a los NN, en particular Núñez quien reconoce como propios el sello y la firma estampada en las respectivas fichas de los NN. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

12. ¿Libro de Novedades de la Alcaidía? Cuando dice: Teniendo a la vista la causa 231/84 antes citada, a fs. 107 obra informe de la Jefatura de Policía del Chaco del que se desprende que conforme Memorándum No 21/76 el 13 de diciembre de 1976 fueron entregados al Mayor del Ejército Gustavo Athos Rene los detenidos Barco, Cuevas, Duarte, Franzen, Parodi Ocampo, Salas, Tierno, Díaz, Pereyra, Piérola, Yedro y Zapata Soñaz, a las 03.50 con destino a su traslado a la Cárcel de Formosa, destacándose que no se encontró el libro de novedades que registrara lo ocurrido en las fechas indicadas. (Pág. 1.477 Tomo II) Se dice que no pudo ser encontrado el Libro de Novedades, presumiblemente de la Alcaidía Policial de Resistencia que registrara la entrega al My Renes de doce detenidos. No puedo de manera alguna computar como una presunción en contra dicha circunstancia dado que en todo el Expte se encuentran agregados documentos varios que certifican de manera indudable el número e identidad de los detenidos que fueran entregados en la madrugada del 13/12/76 a la comisión militar por las autoridades policiales. Para mayor abundamiento, se recomienda observar el Sumario 7I 4-8102 de autoridad competente y que se instruyera por los presuntos apremios ilegales acaecidos en la Alcaidía y que forma parte del presente, en un cuerpo independiente y en el Parte Diario de la Alcaidía de Resistencia correspondiente al 13/12/76, se consigna expresamente que a las 0350 Horas

El Mayor del Ejercito Argentino D. Gustavo Athos Renes y personal a cargo retiran los siguientes detenidos: Luís Ángel Barco, Mario Cuevas, Luís Arturo Franzen, Manuel Parodi Pág. Nº 91

Ocampo, Néstor Carlos Salas, Patricio Blas Tierno, Carlos Alberto Duarte, Julio Andrés Pereyra, Alberto Díaz, Roberto Horacio Yedro, Reynaldo Amalio Zapata y Fernando Pierola. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de: 1º En principio, el Informe de la Causa 231, no es de la Jefatura de Policía del Chaco, sino del Jefe de la Alcaidía, el 16/07/84, lo que se desprende de la simple lectura del Sello que sirve de aclaración de firma. Además para analizar: ¿Es preguntarse que información con respecto al enfrentamiento se podría haber obtenido del famoso Libro de Guardia que tanto le preocupa a la Cámara y a los Jueces intervinientes? porque entre 10/76 y el 08/02/84 pudieron pasar cosas que motivaron la desaparición de los Libros y que no tienen nada que ver con el enfrentamiento. 2º Lo único que iba a figurar en el Libro, al igual que lo que figuró en los Libros de la U7 y que fueron entregados al Juzgado Federal, es información que guarda relación con el enfrentamiento y volcadas en las Causas 17 y Causa 231 a su disposición: a. Personal a cargo. b. Personal que retiro los presos. c. Personal Retirado. d. Personal no entregado con respecto a la orden. e. Orden Impartida por el Área Militar. f. Personal que entregó. g. Estado del Personal Entregado. Cada ítem desarrollado en la Causa 231 y el Sumario Militar, sin elementos contradictorios que se deba particularizar. 3º El Libro de Novedades faltante, no podía tener ninguna otra información, con respecto al enfrentamiento, que la relacionada con lo que hace única y exclusivamente a la entrega de los presos y como se puede observar la información fue aportada por la misma Policía. Entonces ¿Tiene sentido que haya desaparecido el Libro de Guardia y no la documentación que fue aportada y que completa toda la información necesaria? 4º Información que no guarda relación con el enfrentamiento es la Guardia de Turno, siendo aportada, no solo por los testimonios de los detenidos subversivos, sino también por los mismos policías que estaban de guardia, pero por otro lado tratándose de guardias estancas, es decir el personal que las integra, responde siempre al mismo Oficial de Servicio, es decir que el día que entra determinado Oficial entran los mismos policías, salvo algún refuerzo o falta con aviso. 5º Ahora, si la Cámara quería el Libro de Novedades, para ver si estaban registradas, todas las barbaridades/falsedades que se han dicho durante tantos años, como que existieron castraciones, 22 (veintidós) trasladados, detenidos llevados en mantas por tener la cabeza destrozadas, etc., con su frágil actitud, perjudican el sistema Judicial Argentino. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

13. ¿Preparativos U10? Cuando dice: El Director de la U10 del Servicio Penitenciario Federal Contestó al Juzgado Federal (confr. fs. 141) que allí no obran constancias de instrucciones de disponer preparativos tendientes al alojamiento de los detenidos que murieron en el “enfrentamiento” de Margarita Belén, informe que da una pauta esclarecedora con respecto a la intención real con relación a aquellos detenidos. (Pág.1.477 Tomo II) Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria resaltar el prejuzgamiento, cuando menciona en determinado momento, el enfrentamiento no se ha demostrado, es decir que se partió de la base que no existió el enfrentamiento, pero no obstante ello algunas aclaraciones resulta necesario realizar: 1º Hubiese sido lógico que el Juez Federal, teniendo el listado del personal de guardia, los hubiese citado a declarar, en particular porque la Causa estuvo hasta el mes de Noviembre en el Juzgado Federal de Resistencia, citar también a declarar al Jefe de la U10, que prestaba servicios en el año 1976. 2º ¿Que preparativos necesitaba hacer la U10 para ingresar trece detenidos que iban con sus legajos y que llegaban aproximadamente a las 07:00 horas? En la Causa Militar existe un mensaje (MMC) del Área Militar Chaco al Área Militar Formosa que le da aviso de esta situación, cuando la U10 con todo su personal en particular el administrativo funciona a pleno, en el horario previsto para el arribo, las actividades normales del día. 3º La liviandad y fingimiento con que se ha tratado este tema se demuestra en lo siguiente. El Pág. Nº 92

Jefe Área Militar 234 Formosa, recibe un mensaje que sé iba a realizar un traslado a la U10 del Cdo. Br. I VII de Corrientes el sábado 11/12/76 a las 11:00 horas. Este Jefe Militar no tenía que realizar ninguna Orden Preparatoria, ya que no tenía ni fecha, ni hora en que se realizaría el mismo, sino que a partir de ese día se podía concretar el traslado (MMC 4001/76). Recién se entera el domingo 12/12/76 a las 12:30 horas de que el traslado de detenidos se realizaría el 13/12/76 con arribo previsto a las 07:00 horas. No es lógico pensar que se halla comunicado con el Director de la U10 y le hubiese comentado el traslado y que el Director le hubiese respondido que dado el día y la hora y teniendo en cuenta la cantidad de trasladados no había que realizar ningún apresto para recibirlos. 4º Con esta situación real, no inventada como intentan hacerla aparecer, cobra mucho mas valor la declaración del Coronel Alturria, Jefe del Área Militar Formosa, en la Causa Militar, en diciembre de 1976, quien dice que era normal avisar en forma verbal, la llegada del traslado y luego una vez arribado, formalizar el mismo. Así lo hizo según declara, en forma personal, no recordando a quien se le comunicó y que sin duda responde a una estricta medida de seguridad, que la Justicia tiene que reconocer como necesarias en este tipo de traslado. Lo declarado por el Jefe del Área Militar Formosa toma mayor importancia, cuando en la Causa Militar o 17, obra el recibo firmado por el Tte. Patetta recibiendo dos notas para el Jefe de la U10, la número 2128 y la número 2129. 5º En la Causa 17, una de las notas la Nº 2129, donde se le informa el traslado de los detenidos que estaban alojados en la Alcaidía, es decir el Jefe de la U10 recibía de acuerdo a la norma vigente en esa época, la información, una vez entregado el personal en el destino. Por supuesto que debe interpretarse, ante semejante afirmación, sin consistencia, ni sustento, como se patentiza y surge el desconocimiento, no solo de la Causa que se tramitaba paralelamente y ante otro estrado, sí del acaecer histórico motivo de este nuevo juzgamiento. Lo antedicho, deja sin fundamento esta ligera afirmación. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

14. ¿Otra contradicción – Zamudio? Cuando dice: Otra contradicción observa el Tribunal entre lo informado por la Jefatura de

Policía y lo que hacen saber las autoridades militares, ya que de acuerdo a la respuesta anterior de la Jefatura ninguna mención se hace de Zamudio, al que dichas autoridades dieron por muerto en nota de fecha 30 de diciembre de 1976. (Pág. 1.477 Tomo II). Pareciera repetitivo de mi parte algunos temas y lo acepto de buen grado, a modo de descargo me permito recordar que contesto los fundamentos de Sentencia de la Causa 13 y soy obligado por la misma en su insistencia, como modo de Acción Psicológica que pretende grabar en el inconsciente el producto vendido, pido disculpa si alguien se molesta, lo que intento desde mi capacidad es ser gráfico. La cuestión ha sido debidamente clarificada anteriormente y deja sin fundamento esta ligera afirmación. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de la documentación policial que aclara la no entrega de Zamudio por parte de Alcaidía, suministrado en dicha repartición por la Brigada de Investigaciones y que también se repite en el Sumario 71 4 8102 por los supuestos apremios que habrían tenido lugar en dicha Unidad cfr., Expte 17/84 originado en la Justicia de Instrucción del Chaco. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

15. ¿Ingreso de cadáveres al Cementerio? Cuando dice: De los informes de fs. 172/180 se desprende que al cementerio ingresaron ese día, 13 de diciembre, 10 cadáveres, incluyendo los dos N.N. y ellos son los de Díaz, Tierno, Cuevas, Duarte, Parodi Ocampo, Franzen, Sala y Barco. (Pág. 1.477 Tomo II). Pág. Nº 93

Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, la persistencia en la repetición de temas es obra del referido estrado Lo que reviste particular importancia y muestra las ligerezas de esta Causa no investigada por la Cámara. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

16. ¿Documentación policial? Cuando dice: Cobra singular relevancia lo informado a fs. 233 por la Jefatura de Policía del

Chaco (ver causa antes citada) dando cuenta que se constató la inexistencia de los partes diarios y novedades correspondientes a la fecha del hecho ya que se encuentra archivada solamente documentación de los años 1982 y 1983 en adelante. Consultadas todas las dependencias policiales por esa Jefatura se dice que la Subcomisaría de Colonia Benítez informó que no se hallaba el libro “Novedades” “con el asentamiento efectuado desde el 10 de septiembre de 1976 al 2 de febrero de 1977 y se desconoce su paradero, como así que no existe constancia alguna de que se haya sustanciado actuación por su pérdida o daño”. En cuanto a los libros Registros de Actuarios sólo se cuenta con el originado a partir de 1979 “desconociéndose el destino de los libros anteriores”. De la Alcaidía Policial faltan no solamente los libros correspondientes al período que corre desde el 20 de noviembre al 18 de diciembre de 1976 sino también las copias de los partes diarios correspondientes al período 9 de julio de 1976 al 31 de diciembre de ese año, sin que tampoco se haya instruido sumario por esta falta. (Pág. 1.478 Tomo II). Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, creemos necesaria la lectura de la afirmación, esta realizada con total funcionalidad no es enteramente exacta, favorecedora al plexo de cargo y este ejemplo de razonamiento de invertir el principio de la duda beneficiante y por cierto aviesamente lo pone en la cabeza de quién no tiene que probarlo, sino que lo toman ya como conclusión de cargo. ¿Qué importancia hace al esclarecimiento del hecho el Libro de la Cría de Colonia Benítez o porque no la de Machagay o la de Pampa del Infierno? Sobre el Libro de Novedades y partes diarios de la Alcaidía cabe remitirse a lo ya dicho y dado que sobre los internos que el 12/12/76 pasaran a Alcaidía existe sobrada y concordante documentación. Sobre el personal de guardia en Alcaidía el 13/12/76 el Sumario 714-8102 que se instruyera por los presuntos apremios que allí tuvieran lugar, existe casi medio cuerpo del expediente conteniendo los Partes Diarios de la citada dependencia que consignan el personal de guardia o servicio durante todo el mes de diciembre del año 1976. ¿La pregunta que cabe, sobre que documentación faltante por su importancia corresponde hacer los sumarios? ¿Qué relevancia para la Causa que se investiga tiene? ¿Qué información se esperaba obtener de Colonia Benítez o de los partes diarios? Si eran importantes porque no se remitieron al Expte 7I4-8102 que es allí donde se encuentran y con aparente desconocimiento de la autoridad Policial. Dicho argumento ha quedado totalmente minimizado a través de lo expresado anteriormente, lo que reviste particular importancia y muestra la diligencias de esta Causa no investigada por Vuestra Excelencia. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

17. ¿Libro de Novedades - Vehículos atacantes – Heridos – Bajas? Cuando dice: Del libro de “Novedades” del Centro de Operaciones Policiales. se desprende

que allí se encuentran constancias del hecho en cuestión, registrándose el “enfrentamiento” advirtiendo que la columna fue atacada por cuatro vehículos, uno de Pág. Nº 94

ellos marca Peugeot que quedó en el lugar de los hechos con sus dos ocupantes muertos, y que el personal de seguridad que resultara herido fue conducido a Resistencia, dándose cuenta de otras 3 bajas entre los detenidos que se trasladaban y que fugaron del lugar del hecho 5 subversivos (confr. fs. 338/344).(Pág.1.478 Tomo II) La referencia a cuatro vehículos atacantes surge del referido Libro de la Novedad dada por N14 a las 07:25 horas y que también habla del personal de seguridad que fueron heridos. Alarmante es que la Cámara, el Fiscal y el Juez Skidelsky no se sintieran movilizados en determinar quien era N14 y los demás códigos de identificación allí mencionados X8 – E3 – X22 – H906 – J1 – 806 – H35 - 961, que son algunos de los que han operado la radio en relación a los hechos, siendo hoy una incógnita, despejada parcialmente por apreciaciones subjetivas y sin respuesta institucional. Lo cierto es la ausencia de deseo de esclarecer el hecho, porque el resultado podría ser una política incorrecta. Sobre los vehículos atacantes, existe otra fuente que lo ratifica y es el Sumario Militar de los dichos de parte del personal militar interviniente en el hecho. Sobre la presencia del automóvil marca Peugeot que quedara en el lugar con dos cuerpos en su interior, uno mascu1ino y uno femenino, ratificado por el mismo Libro y el descrito Sumario que lo establece con suma precisión de boca de los participantes. De esta novedad surgen los heridos que se hace eco probablemente la prensa y que así lo divulga y los cuantifica en dos per-se, lo cierto es que el Ejército por intermedio del diario El Norte el 15/12/76, bajo él titulo EL Comunicado Oficial, lo siguiente: …No registrándose bajas en las fuerzas conjunta, ya tratado anteriormente. Si el hilo conductor de la Cámara pasa por el Libro de referencia entre otros, vemos que sobre el Peugeot se deja sin efecto la orden de captura por habido y posteriormente se envíe la Grúa a efectos de trasladar el vehículo, es decir el automóvil referido existió. También de sustancial relevancia es la mención de los atacantes de dos ocupantes muertos, en otra parte habla de bajas que se registraron cinco, ya mencionamos dos y de tres, dentro del vehículo del Ejército,… solicita que el Dr. Grillo se traslade al GA 7, por supuesto esto es ratificado por el Libro de Novedades de Sanidad Policial agregada a la Causa 231 y a las vistas de Vuestra Excelencia, que no vio o no quiso ver, ya que allí esta registrada la salida de médicos y enfermeros para ese efecto. Ratificadas con sus declaraciones ante el JIM 59 y los Certificados de Defunciones correspondientes. Es decir que el día 13/12/76 a la mañana hubo cinco muertos y como afirma en su Conclusión el JIM 59, que excluye un deceso masivo o consumado en un hecho unitario, como pretende la Cámara: Está probado que Patricio Blas Tierno falleció el 13 de diciembre de 1976, en

horas de la madrugada, en la localidad de Margarita Belén, Provincia del Chaco, junto con otros compañeros de cautiverio mientras eran trasladados desde la Alcaidía de Policía de Resistencia hasta la Unidad 10 del Servicio Penitenciario Federal. El Certificado de Defunción de Patricio B. Tierno y no argüido de falsedad lo da muerto el 13/12/76 a las 15:40 horas, abalado por las declaraciones de médicos y enfermeros policiales y el Libro de Sanidad policial que marca los horarios de salidas de los mismos. Lo significativo de esta elección favorecedora al plexo de cargo, es una afirmación con total funcionalidad. Sobre las tres primeras bajas de elementos subversivos que eran transportados (Díaz, Duarte y Cuevas), establecidas en el Sumario Militar. Al respecto no se advierten contradicciones conforme los elementos probatorios incorporados a autos. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesario el análisis de: 1º La Cámara con parcializada impronta y aparentemente en forma de antojadiza visión toma ítems y omite la prueba favorecedora de cargo. Nunca analiza la posibilidad cierta que el referido Libro no se confeccionara en forma fidedigna en relación a los sucesos, propio de la impronta a que fuera sometida la persona de turno, de estar en una noche tranquila, encontrarse de pronto sujeto a una presión inusual por la noticias y las actividades frenéticas por ella suscitada, permitiendo inferir la idea expuesta, que sin lugar a dudas es una guía a ser tenida en cuenta con la salvedad señalada. 2º La sin razón, no es solamente patrimonio de la Cámara, siendo abonada por la cuarta persona que nos juzga, Vuestra Señoría el Juez Pág. Nº 95

Skidelsky. El que comienza a plantear algunas serias contradicciones con lo expresado por el Libro, donde no solo no copia, sino que lo modifica. En ningún lugar de este Libro de Operaciones se encuentra la palabra el prenombrado, haciendo esto fingidamente el Juez en el Auto de Procesamiento para referirse a los Oficiales Álvarez Paz o Ceniquel. Observándose en la columna que establece quien da la novedad es N14, hasta hoy desconocido. El Oficial Álvarez Paz es identificado por deducción cuando opera el como H 906, aclaración que se realiza porque más adelante se hace mención que esta novedad (la de N14) la da el Oficial Álvarez Paz, cuando no es así. Tal cual como se puede leer, no agrega ni quita ninguna baja ni ningún cadáver, ya que a las 08:05 horas, X 8 informa las bajas y refiere claramente que son cinco, lo extraño es que la Cámara, no haya leído el segundo registro que esta en la misma hoja siete renglones más abajo. Lo cual torna la afirmación hecha por la Cámara en parcial y temeraria. Pero lo fundamental de N14, es que deja debidamente registrado y en forma oficial que los muertos en el primer enfrentamiento fueron cinco y dos de ellos estaban dentro del Peugeot. Es importante remarcar que desde esta situación en adelante la responsabilidad del rastrillaje en la búsqueda de los detenidos-fugados y atacantes pasa con otros elementos a órdenes del Cdo Br I VII. 3º También es necesario tener en cuenta que en esta comunicación, se solicita al Medico Grillo la concurrencia para los exámenes forenses, que coinciden con su salida hacia los cuarteles con el Subjefe de Policía Gandola, a las 08:35 horas. El Dr. Grillo había hecho su ingreso a las 08:30 horas, este último párrafo se encuentra registrado en la fotocopia del libro de Sanidad Policial agregado por la Policía a la Causa 17, a la vista de la Cámara. Dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, lo que reviste particular importancia y muestra las ligerezas de esta Causa no investigada por la Cámara. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

18. ¿Ausencia de firma de un profesional? Cuando dice: En las fotocopias correspondientes a los exámenes médicos practicados a los

cadáveres de ocho de esos detenidos y a dos N.N. (uno de sexo femenino y otro masculino) puede el Tribunal observar otra irregularidad más. A instancias del Jefe de Policía del Chaco, en sendos oficios no firmados por ningún funcionario, se solicitan estos exámenes: el 14 de diciembre para Tierno, Salas, Barco y Cuevas, mientras que para el resto son pedidos con fecha del hecho es decir el 13 de diciembre de 1976. Y un común denominador, en ninguno de estos informes se encuentra estampada la firma del profesional interviniente. (Confr. fs. 132/141 de la causa federal 231 citada).(Pág.1.478/9 Tomo II) Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura de los interrogantes planteados, y corresponde efectuar la siguiente aclaración: 1º Respecto a las fechas de pedido de reconocimiento o examen de cadáveres existiría contradicción en los casos de Cuevas y Tierno muertos el 13/12/76 a las 04:45 horas y el 13/12/76 a las 15:40 horas, respectivamente con pedido de examen en ambos casos el día 14/12/76 y de Franzen muerto el 14/12/76 a las 14:00 horas con pedido de examen el 13/12/76. Pero a poco de andar se comprueba que la contradicción no es tal en razón de que conforme la documentación del Cementerio compulsada por esta Instrucción particularmente el Libro de Sepulturas Letra G se advierte que Cuevas y Tierno ingresaron a la necrópolis el día 13/12/76, mientras que Franzen lo hizo el 14/12/76, por lo tanto mal podría haberse solicitado examen de cadáver un día después que fuera inhumado. Evidentemente en los tres casos comentados la diferencia de fechas solamente puede obedecer a un error administrativo de asiento, dado que para el resto de los casos siete: los de Díaz, Duarte, NN masculino, NN femenino, Parodi Ocampo, Barco y Salas tales presuntas contradicciones no existen. 2º Respecto a la supuesta falta de firma del profesional médico interviniente en la diligencia de examen de cadáveres, es conveniente recordar que la Instrucción localizó y Pág. Nº 96

agregó al Sumario en 14 Anexos dentro de los cuales se encuentran los originales de las notas solicitando los exámenes sobre los cadáveres. Si bien es correcto que no se consigna la firma de la autoridad policial requirente en todos los casos se encuentra la del médico que efectuara el examen convenientemente informado Dr. Grillo y Dr. Saez. Dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, lo que reviste particular importancia y muestra las ligerezas de esta Causa no investigada por la Cámara Federal. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

19. ¿Zamudio muerto el 13 o 14 o 17/12/76? Cuando dice: En la partida de defunción de Zamudio se hace constar que el óbito ocurrió el

día 14 de diciembre.(Pág. 1.479 Tomo II) Se desconoce que documento utilizara para tal afirmación la Cámara, no hace referencia alguna sobre el mismo, dado que la documentación completa sobre el fallecimiento de Zamudio, Informe Estadístico de Defunción del Instituto Provincial de Salud de Misiones, Partida de Defunción y Permiso de Inhumación se encuentra agregada y en todos los casos consigna como fecha del deceso el 17/12/76. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura de la Causa 231 donde se encuentra agregada a la denuncia de la CONADEP e identificada como C-4, obra certificada el Acta de Defunción Original y Acta Complementaria de Defunción y dice claramente que fallece el día 17/12/76 a las 0730 horas, creemos que esta afirmación de la Cámara es pusilánime, ya que la referida Causa obrara a su vista. Lo inaudito es la ausencia de dos acciones que la Cámara debía haber tomado en su intervenir: 1º Anular el Instrumento Público por falso según su fundamentar y 2º Tomar la Indagatoria del profesional que firma el mismo aseverando la muerte el 17/12/76 en Misiones. Lo cierto es que para el Instituto Provincial de Salud de Misiones, Zamudio muere el 17/12/76 y para la Cámara el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II)) y/o el 14/12/76 (Pág. 1.479 Tomo II). Mucho más grave es el Juez Skidelsky que viendo este error cometido por la Cámara no tuviera inquietud de averiguar que paso realmente y citara al referido profesional y ahondara sobre el particular, permitiendo que continúe el delito de acción publica, de ser tal. Skidelsky afirma como la Cámara que Zamudio muere el 14/12/76 y omite toda acción sobre esta situación. ¿Por qué esta omisión? Esto demuestra claramente que cuando los errores son tan graves y sistemáticos no responden a la casualidad sino a una causalidad y en este caso están destinados a forzar una situación tal que se utilizo para que por la libre convicción se pudiera sentenciar por este hecho a uno de los miembros de la Junta Militar. Como sé esta demostrando, fue fundada en falsedades, teniendo los documentos agregados a la Causa y a disposición de la Cámara, con lo cual no sabemos si se configura un delito o no de Vuestra Excelencia. Dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, lo que reviste particular importancia y muestra las ligerezas de esta Causa no investigada por la Cámara y el nuevo Juez de la Causa. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

20. ¿Convicción? Cuando dice: Todo estos elementos de prueba anteriormente reseñados llevan al Tribunal a la convicción de que se ha tratado de encubrir un accionar que no se aproxima a la versión oficial. También incluye una serie de presuntas circunstancias …contribuyen a Pág. Nº 97

trazar un cuadro que permite a esta Cámara afirmar que Patricio Blas Tierno y sus compañeros en la columna antes citada fueron muertos por las Fuerzas encargadas de su traslado y no por elementos subversivos como oficialmente se anunció. (Pág. 1.479 Tomo II) La liviandad procesal, en la que cualquier profano calificaría de impudicia, sobre el acaecer histórico, al intentar recrear el hecho Militar de Margarita Belén. Sé angula, mediante testimoniales, sin fundamento alguno, con ausencia de conocimiento de elementales normas del Derecho Adjetivo, y en algunos casos, rayanos –todos- en la violación de las Normas Constitucionales. También es llamativo, desde un exclusivo análisis personal, que la Cámara tiene por cierto y da como hecho probado por la Cámara, es tan insustancial, y de orfandad o ausencia de Derecho que aterra, la afirmación de Vuestra Excelencia. Además el desconocer que no se puede juzgar un mismo hecho en dos estrados diferentes paralelamente. Si esto no fuera suficiente, en esta seudo investigación, en donde están ausentes, por ejemplo los testigos directos, los hoy inculpados, y los mismos detenidos que, aun, a años vista no fueron interrogados. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura de los elementos de prueba enunciados por la Cámara, los que a la luz del análisis han demostrado ser verdaderas simulaciones y acusar en general, de querer encubrir un accionar, es verdaderamente absurdo. Han demostrado y dado como un hecho las torturas el día 12/12/76 a la noche, con testimonios como el de Ricardo Uferer que dice:  En la Causa 231, declara que a las 21:00 horas llamaron a Pierola, Zamudio y Díaz, que pasaron frente a su celda y luego se escucharon ruidos y golpes hasta las 02:00 horas, pero que los mencionados fueron traídos a sus celdas después de un rato y a la pregunta si cuando pasaron de vuelta, Pierola, Díaz y Zamudio aparentaban haber sido sometidos a malos tratos, Uferer responde que pasaron corriendo y a Zamudio lo vio tomarse el estomago. Entonces los trasladados podían correr y por lo tanto fugar y por lo tanto permite comprobar la falsedad de las torturas previas.  En la Cámara o en la Causa Militar, Ricardo Uferer declara, tocan un pito, al pie de las cuchetas, los detenidos que voy nombrando preparan las cosas y nombra a Díaz, Pierola, Zamudio, Yedro y Pereyra; al rato se siente movimientos en el comedor, luego los van llamando de a uno sin sus cosas y lo llaman a Pierola y se sienten los gritos de Pierola y golpes, lo vuelven a la celda; al rato lo llaman a Zamudio, también se sienten los gritos de Zamudio; de Díaz lo mismo, vuelve muy golpeado, Zamudio también, continuamente se sostenía la costilla, ese día vuelve bastante maltrecho, Lucho Díaz lo mismo y él si vuelve acompañado por dos policías que lo iban sosteniendo. No hablemos de lo que se ha demostrado. En el Sumario Militar con los testimonios de los mismos compañeros de Uferer, algunos de los detenidos, que estaban presos ese periodo, once de ellos dicen que una vez retirados, no volvieron más al pabellón. Me referiré a estas dos declaraciones en las cuales se comete Falso Testimonio y la Cámara no ha dicho absolutamente nada ante semejantes diferencias y que son:  En la Causa 231 declara que van los tres juntos que pasan delante de su celda. Ante la Cámara los fueron llevando de a uno por vez.  En la Causa 231 recuerda a tres de ellos, y un año después ante la Cámara recuerda a los cinco.  En la Causa 231, los tres pasaron juntos corriendo rumbo a las celdas y Zamudio se agarraba él estomago, ante la Cámara pasan en forma individual y muy golpeados.  En la Causa 231, lo ve pasar corriendo a Díaz rumbo a la celda, ante la Cámara Federal lo ve llevado por dos policías, porque no podía caminar. Indiscutiblemente se podría seguir, ya que la mendacidad con impunidad ha sido tanta, que se contradicen ellos mismos; pero existe algo mucho más grave y que la Cámara por un lado dice que Zamudio no estaba ésa noche en la Alcaidía y acepta este testigo diga nosolo que estaba, sino también sentía los gritos de Zamudio cuando le pegaban. Dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, lo Pág. Nº 98

que reviste particular importancia y muestra las ligerezas de esta Causa no investigada por la Cámara. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

21. ¿Hora inoportuna - Día inhábil – Su modalidad? Cuando dice: la hora inoportuna en que se produjo el traslado de los detenidos, cuando

aún no había salido el sol, sin contar con que el manto de la noche cubría el operativo posibilitando cualquier sorpresa;… El día inhábil en que se produjeron los hechos; su modalidad;... (Pág.1.479 Tomo II) Descartamos que la Cámara pretendiera avanzar en un terreno estrictamente Militar, al referirse en la hora inoportuna en que se produjo el traslado, dado que en caso contrario hubiera valorado distintos Reglamentos Castrenses que privilegian la oportunidad, horas del día o de la noche que se considera apropiada para llevar a cabo distintos tipos de operaciones militaros o de seguridad. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria afirmar que: 1º Indiscutiblemente la Cámara, invade un área que no conoce, cuál es la de tratar de imaginar cual es la estrategia a adoptar sobre este tipo de operación, traslado de detenidos. 2º Militarmente se encuentra desarrollado este procedimiento, que se denomina marchas nocturnas, en el Reglamento ROD – 01 – 01 – La Infantería – Conceptos Básicos de Empleo en la Sección IV Movimiento de Tropas Art. 3027 Marchas 12) Medidas de Seguridad a) La intención de ejecutar una marcha deberá ser velada al enemigo en todo momento, a fin de evitar que este pueda actuar con la rapidez necesaria como para interferir la actividad que se va a realizar, j. Marchas Nocturnas Constituirán una actividad muy frecuente para las organizaciones. Paginas 53 y 54. Sobre el día inhábil cabe decirse que el día 13/12/76 fecha del hecho principal investigado no fue inhábil sino lunes, como surge del periódico El Territorio del día martes 14/12/76 agregado a al Causa o de cualquier data. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura que demuestra claramente que la Cámara, ni siquiera se fijo artificiosamente lo que estaba escribiendo y hace figurar oficialmente el 13/12/76 como domingo, según sus calendas, tan solo porque así lo afirma un testigo, Víctor C. Marchesini, por lo tanto inhábil para la Cámara, cuando un simple trámite nos permite demostrar que era lunes. Los detenidos de la U7 fueron retirados el 12/12/76 que si era domingo, el día del traslado era lunes que sin lugar a dudas, es día hábil. Dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, lo que reviste particular importancia y muestra las ligerezas de esta Causa no investigada por Vuestra Excelencia. No se alcanza a interpretar el alcance que pretendidamente se le asigna al vocablo

modalidad por parte del tribunal, que parece ambiguo o generalizador, o incluso inapropiado en atención que la Cámara nunca recibió declaración del personal Militar y/o. Policial que tuviera intervención en los hechos investigados, lo que constituía un elemento indispensable a considerar en el proceso. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

22. ¿Noticias contradictorias – Ordenes y contraordenes? Cuando dice: …las noticias contradictorias existentes proporcionadas por fuentes

absolutamente fidedignas como son las emanadas del Ejército; las órdenes y contraórdenes relacionadas con este “enfrentamiento”; lo que surge de los dichos contradictorios de los policías Ceniquel, a la sazón Jefe de la Policía y Álvarez Paz, alto Pág. Nº 99

funcionario policial en cuanto al desconocimiento del primero de casi todo lo relacionado con este hecho, al contrario de lo afirmado por el segundo, nótese que ambos estuvieron en forma inmediata en el lugar de los hechos (confr. fs. 535/538 vía. y 548/549 de la causa 231 citada);… (Pág. 1.479 Tomo II) Sin duda alguna se aprecia que aludirá a las comunicaciones que recibieran los familiares de Pierola y Zamudio que fueran debidamente explicitadas. Lo interesante es él alabo a la Institución Ejército al mencionar que las fuentes son absolutamente fidedignas o sea dignas de fe y crédito y toda la Sentencia en este Caso lo único que hace es poner un manto de duda y lo que es peor desechar toda afirmación que realiza la misma Institución.









No parece adecuada la palabra contradicción, ya que no se trataría propiamente de dichos opuestos entre ambos Jefes Policiales sino de una mayor precisión o memoria de uno respecto del otro sobre los hechos que se le preguntaban en el Juzgado Federal de Resistencia. Órdenes y contraórdenes relacionadas con el enfrentamiento no existieron; hasta donde se conoce en la Causa Militar solamente constaron órdenes para el traslado de un contingente de detenidos. Lo significativo de esta elección favorecedora al plexo de cargo, es una afirmación, formulada con total funcionalidad. Jamás existieron contraordenes con respecto al traslado de los trece detenidos subversivos ordenados por la superioridad hasta el momento del hecho; la prueba más contundente que no existieron contraordenes es que estamos hoy presos. Porque de haber existido una contraorden, el traslado no se hubiese efectuado y por ende no hubiese existido el enfrentamiento. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura de: Lo publicado en el diario El Norte del día 15/12/76, donde el mismo Ejército sale a desmentir la versión de las bajas en el primer enfrentamiento y ratifica el segundo enfrentamiento con dos bajas mas de los detenidos subversivos el día 13/12/76 a las 15:40 horas. ¿Merece preguntarse porque no se obtuvieron y se incorporaron los diarios de los días siguientes? Se aprecia que la obtuvieron y cuando vieron que ante un trascendido periodístico, el Ejército salió a desmentir la versión, permite inferir que su ausencia de esta información en la Instrucción, era por que no convenía incorporarla. Otra explicación no surge. Con respecto a las órdenes y contraórdenes palabras usadas por los testigos manifestado por la Cámara y siempre hablando del enfrentamiento nunca existió ninguna contraorden, porque si así hubiese sido no acaeciese el traslado. Ojala hubiese existido la misma, no hubiese vivido el enfrentamiento y hoy no estaríamos injustamente detenidos, pero profundizando aun más, tampoco hubo una orden modificatoria, es decir en vez de trece trasladados, modificar por diez detenidos a trasladar, es decir se cumplió tal cual se originó la orden en el MMC 4000, así llegó al momento del traslado. Antes de hablar de los dos Jefes Policiales, es necesario aclarar lo que se aprecia un nuevo error de la Cámara, en la Causa 231 no esta la declaración del Insp. Gral. Ceniquel, sino de Rodríguez Valiente, oficial de la Alcaldía. La declaración de Ceniquel, se encuentra a otras fojas. Ahora bien, decir que se contradicen las declaraciones de los Jefes Policiales y a raíz de esas argumentaciones que existieron órdenes y contraordenes, es de una falsedad tan absurda que podría considerarse como falsedad Ideológica. Pero lo que exceptúa decir la Cámara, que tal cual lo declara el Oficial Álvarez Paz, el mismo era el Jefe de Operaciones de la Policía, por lo cual era el responsable de conocer al detalle todo lo ocurrido en el enfrentamiento y así lo demuestra a través de su declaración, de hecho, es él quien ordena el cierre de las rutas en toda la Provincia del Chaco, según consta en la fotocopia del Libro de Novedades de la Central de Operaciones de la Policía del Chaco, a las 06:05 horas. No así los preparativos del traslado tal cual lo declara dejando constancia que no participo en los preparativos previos del traslado quien lo había manejado directamente el Jefe de Policía Ceniquel, hecho ratificado en el documento militar donde se le ordena el traslado de los detenidos. Ceniquel en el mismo documento hace el pase directamente al Jefe de la Alcaidía, no pasando por la Dirección de Operaciones de Álvarez Paz. Esta acotación es porque él declara que cree que en la columna iban dos patrulleros lo cual queda descartado por las comunicaciones registradas en el Libro respectivo agregado a la Causa 231. Pág. Nº 100







Por el contrario Ceniquel como Jefe de Policía, tenía no solo incumbencia y responsabilidad en lo que hace a la dependencia operacional con el Ejercito, sino que también era responsable de la lucha contra el delito común, con dependencia orgánica del Ministerio de Gobierno de la Provincia del Chaco, como así también en lo referente a la conducción de la Fuerza Policial, responsabilidades éstas que no tenía Álvarez Paz. Cuando el Insp Gral. Ceniquel, manifiesta en su declaración, que recibía las ordenes del Área Militar, firmaba las mismas, dándole el pase a quien correspondiese, hecho este demostrado en la Causa 17, a la vista de la Cámara, cuando en el Expte Militar 126 0034/63 y al pie del mismo, Ceniquel hace el pase para su cumplimiento al Jefe de la Alcaidía, este mismo Expte es agregado por la Comisión Permanente por los DDHH a la Causa Militar. Aparentemente, para la Cámara, omitir algo o no recordar el detalle del enfrentamiento o del traslado, es contradecirse con lo declarado Por que a entender de la Cámara, el declarante debería conocer al detalle todo lo que ocurría, lo que sin lugar a dudas es un absurdo y vulnera las responsabilidades de las cadenas de comando, no solo militar o policial, las judiciales también, por cuanto pretender que los responsables máximos de cada Organización/Institución, conozcan los detalles de lo que sucede en su Organización, representa un irrazonable total. Puede ser el responsable, pero no el que conoce en detalle todo lo que sucede y por ello se ubican siempre en los puestos de responsabilidad, personal que goza de la confianza del responsable máximo. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

23. ¿Individualizar los cadáveres? Cuando dice: la poca diligencia para tratar de individualizar los cadáveres, no identificados

mediante rastros dactilares;... (Pág. 1.479 Tomo II) Obviamente el Tribunal no conoce que la diligencia de toma de huellas dactilares se llevó a cabo y ya explicitado. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura de este párrafo, queda fuera de contexto, por cuanto fueron agregadas como Anexos 13 y 14, las huellas Dactiloscópicas realizadas a los cadáveres para su identificación, conteniendo dos juegos de fichas dactiloscópicas firmadas y selladas por los Oficiales, Núñez y Ovalle, los cuales en la Causa Militar, ratificaron y reconocieron como suyas las firmas y sellos estampados en dichas fichas. Cabe preguntarse entonces ¿Qué es lo que se acusa de haber ocultado? Dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, lo que reviste particular importancia y muestra una sospechada ligereza de esta Causa no investigada por la Cámara. Hemos mencionado en la posibilidad cierta del estrepitus fori, que podría haber tenido lugar si hubiesen existido procedimientos colisión antes o decisiones encontradas ante un mismo Objeto Procesal. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

24. ¿Ausencia de aviso – Omisión de vigilancia o apoyo? Cuando dice: la total ausencia de aviso a Unidad 10, presunto destino, como consta en

autos en forma por demás insólita; la omisión de vigilancia o apoyo;… (Pág. 1.479 Tomo II) Si bien esta aseveración la total ausencia de aviso a Unidad 10, ya ha sido desarrollada, su persistencia en la afirmación en páginas posteriores a modo de grabar conceptos, me es necesario tener presente que la respuesta del Director de la U10 Formosa, con fecha 10/07/84 que incluye la nomina de guardia de los días 12 y 13/12/76, hubiese resultado Pág. Nº 101

importante, dentro del marco de la investigación, citar a algunos de quienes formaron parte de la Guardia de esos días, ya que pasados ocho años de los hechos y si las ordenes habían sido verbales, quien responde, el requerimiento formulado, no era el Director de aquella época. Como ya se ha dicho el Jefe del Área Militar fue informado del traslado, por MMC 4001/76 y ratificado por el Área Militar Chaco con el MMC 1369/76 ambos mensajes incorporados en la Causa Militar. El Cnl. Alturria declara, que le impartió verbalmente la orden a la U10, no recordando a quien le impartió la orden, de la llegada de los trece trasladados. Siendo la fecha de arribo, un día lunes, y estando presente todo el personal de la citada Unidad del SPF, recordemos que la hora de llegada 07:00 horas según el MMC 1369/76, no se necesitaba ninguna previsión para alojar solo a trece detenidos. De acuerdo a lo ya explicado las ordenes de ese nivel, es decir ejecutivas, estaban perfectamente reglamentadas, eran verbales. No obstante ello, el Cnl. Alturria cuando declara, determina cual era el procedimiento, siempre existía una orden verbal y luego de realizado el traslado, se completaba la parte administrativa. Procedimiento este, que como norma primordial de seguridad, resulta importante que no trascienda la información del traslado, por eso no se entiende porque la Cámara se expresa que resulta insólito no haberse avisado del traslado con anticipación. Por ser este un procedimiento establecido en la doctrina militar, lógicamente también se aplicó en este traslado, lo ratifica el recibo firmado por el Tte. Patetta, donde portaba las dos notas, informándole al Director de la U10 el detalle de los detenidos que se trasladaban en la columna, en la Causa Militar, también agregada a la Causa 17. No se corresponde esta afirmación; la omisión de vigilancia o apoyo con lo que surge como probado en estos actuados sobre la integración o composición de la columna militar de traslado de los detenidos. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura de como llega a la conclusión de que no había vigilancia o apoyo y por ello merece se realice la siguiente aclaración que demuestra lo contrario: 1º Que para la Sentencia de la Cámara, esta probado que la columna de traslado eran tres vehículos, un patrullero y dos camiones en la Causa 231 fotocopia del Libro de Novedades de la Central de Operaciones de la Policía del Chaco. 2º Que para la Sentencia de la Cámara y estando vigentes las cartas documentos de Ruiz Villasuso, en la carta hoja Nº 6 dice; vehículos empleados dos camiones de la Ca Com 7, un Mercedes Benz 1114 y un Unimog 416 con capacidad estos dos vehículos de llevar mas de 40 soldados con equipo. Lo cierto es que la columna estaba formada por los camiones mencionados en el punto anterior, mas un patrullero y con respecto al personal, la columna estaba compuesta por un Jefe y nueve oficiales subalternos, esto ya demostrado en la Causa Militar. 3º Que con respecto a la no presencia de cuadros subalternos y soldados, indiscutiblemente, luego de la infiltración realizada dentro de la tropa del cuartel, por los ex soldados conscriptos Uferer y Luque fueron detenidos siendo soldados, no existía seguridad para emplear ese personal, pero además la constitución de la columna, solo con oficiales respondía a un nivel de experiencia, de hecho y sin lugar a dudas sirvió para reaccionar adecuadamente, frente al ataque subversivo. 4º Es decir que al momento de sentenciar la Cámara, existía en el Sumario o en la Causa 231 (carta documento y Libro de Operaciones de la Policía) suficiente información como para no realizar tal aseveración ya que en ambos camiones y en particular en el segundo camión había personal de custodia. ...Dos vehículos de apoyo es omisión de seguridad para su buen saber y entender y es considerado inapropiado para estos doctores en leyes, por lo que deberíamos buscar asesoramiento militar en su vasto conocimiento sobre el particular aparentemente probos en la materia. Dicho argumento ha quedado totalmente desvirtuado a través de lo expresado anteriormente, lo que reviste particular importancia y muestra las ligerezas de esta Causa no investigada por la Cámara y que denota omisión. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

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25. ¿Renuencia de entregar cadáveres? Cuando dice: la renuencia para entregar los cadáveres de las víctimas a sus familiares a los que incluso llegó a ocultársele el hecho del fallecimiento, como está expresado en autos y demás antecedentes mencionados anteriormente, contribuyen a trazar un cuadro que permite a esta Cámara afirmar que Patricio Blas Tierno y sus compañeros en la columna antes citada, fueron muertos por las fuerzas encargadas de su traslado y no por elementos subversivos como oficialmente se anunció.(Pág. 1.479 Tomo II) Respecto a la presunta renuencia, no surge dicha conclusión del Informe Municipal del Cementerio en el Causa 231 que tramitara por ante el Juzgado Federal de Resistencia y a modo recordatorio terminada con el JIM 59, donde se evidencia que la totalidad de los cadáveres identificados y reclamados por sus familiares, los correspondientes a Tierno, Cuevas, Duarte, Parodi Ocampo, Franzen, Salas y Barco les fueron entregados a los mismos entre fines de diciembre de 1976 y principios de enero de 1977, con excepción de uno de ellos que lo fuera a mediados de febrero de 1977. Al margen de lo resuelto e investigado por el JIM 59, es necesaria la lectura de tal aseveración es también ilógica, por lo que pasamos a exponer: 1º Todas las notificaciones, tanto de los prófugos como de los fallecidos, se cursaron el día 30/12/76, de la Causa 231. 2º Obra en la Causa 231, Expte de la Municipalidad de Resistencia, acompañando fotocopia del Libro de Inhumaciones, donde consta el retiro de los restos de los fallecidos, no habiendo pasado más de 38 días, entre la comunicación y la real entrega. Desconociendo por que la madre de Carlos Díaz, no lo retiró nunca. 3º Obra en la Causa 17, nota de la Municipalidad de la Ciudad de Resistencia, adjuntando la nota del Director del Cementerio, donde esta aclarada la fecha en que fue retirado cada uno de los cuerpos de los fallecidos, salvo tres de ellos y tal cual se observa no pasaron mas de treinta y ocho días a partir de que ocurrieran los hechos. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

26. ¿Elementos de convicción? Cuando dice: Los testimonios prestados ante este Tribunal, que se valoran a continuación,

y los elementos de convicción que surgen de las actuaciones judiciales y administrativas labradas con mucha posterioridad al hecho que se investiga en autos, permiten determinar en forma por demás fehaciente que no solamente fue abatido Patricio Blas Tierno sino que también corrieron igual suerte sus compañeros de cautiverio y de traslado Luís Ángel Barco, Mario Cuevas, Luís Arturo Franzen, Manuel Parodi Ocampo, Néstor Carlos Sala, Carlos Alberto Duarte, Julio Andrés Pereyra, Fernando Gabriel Piérola, Luís Alberto Díaz, Ricardo Amalio Zapata Soñaz, Roberto Horacio Yedro y Carlos Alberto Zamudio. (Pág. 1.463 Tomo II) Es decir que se incluyen el total de la nómina de trasladados como muertos en la ocasión. Esta afirmación resulta muy grave y se encuentra descalificada por las probanzas agregadas a autos, las cuales demuestran sin ninguna duda que entre los días 13 y 14/12/76 fallecieron los siguientes detenidos trasladados: Díaz, Duarte y Cuevas el 13/12/76 a las 04:45 Hs durante el ataque a la columna de traslado sobre la Ruta 11; Parodi Ocampo y Tierno el 13/12/76 a las 15:40 Hs en un enfrentamiento durante rastrillajes llevados a cabo en la zona; Barco y Salas el 14/12/76 a las 07:00 Hs en un segundo enfrentamiento en zona rural y Franzen el 14/12/76 a las 14:00 Hs en el último enfrentamiento producto de rastrillajes. Escaparon por ende en la oportunidad Piérola, Yedro, Zapata Soñez, Pereyra y Zamudio, siendo éste último muerto en la localidad de Campo Grande Misiones cuatro días después. No resulta serio afirmar que Piérola, Yedro, Zapata Soñez y Pereyra fallecieran sin contarse con el elemento material, objetivo y externo del delito lo que se llama cuerpo del

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delito y dentro de este en forma específica el Corpus Criminis es decir para el caso de un homicidio como el que se alega, e1 cuerpo o cadáver de la víctima. Permite preguntarse: 1º ¿Cómo encaja esta posición de la falta del cuerpo para el caso del homicidio y no dice nada al respecto de los dos NN? 2º ¿Cómo encaja ahora la imposición de los cuatro prófugos por el delito de desaparición forzada, si esta Sentencia los da por muertos el 13/12/76? 3º ¿Cómo encaja la presencia de los dos NN, cuándo esta Sentencia ni los nombra? 4º ¿Cómo encaja la muerte de Zamudio en Margarita Belén cuando Instrumentos Públicos lo dan por muerto días después en Misiones? 5º ¿Por qué no nombra a Pedro Pechat y Susana Ferreira, muertos con Zamudio en Misiones? 6º ¿Cabe aquí agregar lo ya desarrollado cuando se abordó el análisis de la Sentencia de la Cámara? Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

27. ¿Gestiones – Tortura físicas? Cuando dice: Encuentra sustento tal aserto, en primer término, en lo que resulta de los

dichos vertidos ante este Tribunal por Raúl Tierno, progenitor del causante, quien relató las gestiones que realizó cuando detuvieron a su hijo —15 de mayo de 1976—; que recién en el mes de septiembre de ese año pudo ubicar al causante por medio del Obispo de Resistencia, Chaco, y cuando intentó entrevistarlo, le fue negado por el entonces Coronel Alcides Larrateguy, perteneciente al Grupo de Artillería 7 de la Liguria, Resistencia Chaco. Sigue diciendo este testigo que finalmente logró verlo, comprobando que presentaba visibles huellas de. tortura física. De acuerdo a este testimonio, la víctima fue llevada el día 12 de diciembre de 1976 desde la Unidad 7, cárcel de máxima seguridad, con destino a la Cárcel de Formosa. (Pág. 1.463 y 1464 Tomo II) Testigo Raúl Tierno: En abono del hecho declarado probado la Cámara se apoya en los dichos de Tierno padre de la víctima que habría visto a su hijo con huellas de torturas en una visita que le hiciera en Resistencia en el mes de 10/76 y de Graciela de la Rosa, compañera de Tierno que refiere que un custodio de la Alcaidía, le comentó que luego del hecho lo llevaron a la zona del mismo donde pudo ver tres o cuatro cadáveres en el suelo. En donde el padre de Tierno describe el estado de su hijo con una perdida de mas de 20 Kg. y cicatrices de la tortura, sin embarga en una carta agregada por el mismo Tierno, fechada el 15/12/76 y cuyo remitente es el Padre Rodolfo Brisaboa, en la Causa 231 le describe el estado de su hijo en una visita realizada el 10/12/76 y donde lo encontró muy bien de salud, animoso, sereno y tranquilo... y espiritualmente lo encuentro muy bien... Que con respecto a los comentarios de la concubina de Tierno, están dando por cierto que en el primer enfrentamiento mueren cinco, tres trasladados de la columna y dos NN atacantes de la columna de transporte. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

28. ¿Compañeros de promoción? Cuando dice: Ratifica tales manifestaciones, también ante este Tribunal, la compañera del

citado, Graciela de la Rosa, quien confirmó que fueron ambos detenidos en esa fecha y conducidos a la Brigada de Investigaciones del Chaco, donde fueron objeto de torturas, hasta finalmente ser trasladados a la Alcaidía Policial de Resistencia. Expresó la testigo que en cierta oportunidad uno de sus custodios le comentó que fue llevado a la localidad de Margarita Belén con otros compañeros de promoción, inmediata mente después de ocurrido el hecho investigado, con el propósito de recorrer el lugar, pudiendo ver camiones del Ejército y 3 ó 4 cadáveres tirados en el suelo. (Pá. 1.464 Tomo II)

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Testigo Graciela de la Rosa. Sobre el particular es menester considerar que la testigo pareja de Tierno, lo es en carácter sospechoso por un doble motivo: no haber presenciado los hechos relatados y declarar por conocimiento meramente referencial y por su condición de detenida por actividades subversivas al igual que su pareja, todo lo cual hace que sus dichos no merezcan fe. Resulta sugestivo que el Tribunal no haya identificado y citado a1 referido custodio a declarar a fines de corroborar lo antes expresado. Además de lo establecido por el JIM 59, consideramos que se puede agregar lo siguiente: 1º ¿Porque la Cámara, no identificó y cito al custodio, testigo directo de los dichos de la pareja de Tierno? 2º Normalmente los Cadetes de la Escuela de Policía, se infiere por hablar de Promoción no hacen tareas operativas como la de custodio, así que mal pudiera haber tenido contacto con la testigo. Lo que sí es cierto que la referida Escuela como excepción hiciera el rastrillaje en búsqueda de atacantes y prófugos. Si es cierto de los camiones del Ejército y tres cadáveres tirado en el suelo. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

29. Tissembaum Cuando dice: Al prestar declaración ante el Tribunal el testigo Edwin Tissembaum expresó que a mediados de 1977 le fue llevada una foja del libro de Entradas y Salidas del Cementerio de Resistencia, donde figura asentado el ingreso, con fecha 13 de diciembre de 1976, de 10 cuerpos, todos con el correspondiente certificado de defunción y adjudicando las muertes a heridas de bala. Cinco o seis fueron ingresados como N.N. y el resto identificados. El dicente recibió tales elementos ya que es miembro de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos. Sigue diciendo que el Coronel Larrateguy ordenó el traslado a la cárcel de Formosa de 13 detenidos alojados en la Unidad 7 en Resistencia. (Pág. 1.465 Tomo II)

Testigo Edwin E. Tissembaum. Siendo este personaje un miembro de la Asociación Ilícita que denunciamos, cuyo objetivo ha sido armar toda esta ficción de Margarita Belén, para sacar su probable beneficio económico, aparte de lo expresado por el Sr. Juez de Instrucción Militar, hemos desarrollado el tema Tissembaum en varios lugares. Esta tratado el Falso Testimonio de Cortegozo, como así también el interrogatorio llevado a cabo por Tissembaum a Ruiz Villasuso. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

30. ¿Testigo Uferer? Cuando dice: Singular aporte probatorio ofrece otro de los testigos que compareció ante este Tribunal, Antonio Ricardo Ufferer, que también depuso testimonialmente a fs. 499 vta./501 del sumario 231/84 del Juzgado Federal de Resistencia, Chaco, quien encontrándose cumpliendo el servicio militar en el Regimiento de Artillería 7 del Ejército, en el mes de junio de 1976, es allí detenido y conducido desde el cuartel a la Brigada de Investigaciones donde es sometido a torturas, luego de ser vendado. El propio Coronel Larrateguy le libera la visión y le permite mirarlo junto a otros oficiales de alto rango que presenciaban la sesión. Dice este testigo que observó que el 4 de diciembre de 1976 llegó a la Alcaidía un grupo de detenidos, episodio que obligó a extremar las medidas de seguridad. Presenció cómo este grupo de recién llegados cotidianamente, en horas de la noche, era sacado de las celdas y sometido a un intenso castigo. El 12 de ese mismo mes llevan a Luís Díaz, al que alojan allí, pudiendo enterarse, por medio de otro prisionero, Mario Mendoza, que numerosos detenidos eran llevados inusualmente por la zona donde está la cocina, lo que coincidió con la escasa duración, esa noche, del período de cena. Este mismo Mendoza logró conversar con Salas, al que de la U7 lo habían llevado también Pág. Nº 105

allí, pudiendo ver que cuando se procedió al cambio de guardia y luego de un toque de silbato, Díaz, Piérola, Zamudio, Yedro, y Pereyra preparan sus efectos personales, como si fueran a viajar; los nombraron en alta voz y hace presente que pudo ver un gran movimiento en la zona del comedor, lo que le fue facilitado por la proximidad de su celda con ese lugar, oyéndose gritos y golpes siendo restituidos los cautivos a sus respectivos lugares, muy golpeados, tanto que Díaz no podía caminar y era llevado entre dos policías que lo sostenían. Seguían los gritos y pudo oír que llamaban por su nombre a Parodi Ocampo. Posteriormente, pasadas unas horas, vuelven a llamar a estos detenidos por sus nombres para que alistasen sus efectos personales; luego se produjo un silencio. Nunca más volvió a ver a estas personas. Finalmente dice el testigo que no era habitual este tipo de tratamiento a los allí alojados. (Pá. 1.465 y 1.466) Testigo Antonio R. Uferer. El análisis de sus dichos es un poco largo pero esclarecedor de su mendacidad. A más de tratarse de un testigo sospechoso por no haber presenciado el hecho, declara apoyado en un conocimiento referencial. Con respecto a este testigo, se le ha presentado la denuncia por Falso Testimonio. Pero con respecto a Mendoza ya se le ha presentado con fecha 11/11/05, ya ratificada y por supuesto sin abrir. No obstante ello se agrega algunas consideraciones a tener en cuenta sobre la declaración de Uferer. Resumen de los hechos del 12/12/76 en la Alcaidía, declarado por los mismos compañeros de Uferer. Con respecto a los ruidos, golpes, gomazos, palazos, guardias golpeadoras, etc.:  Que de haber existido ruidos, golpes, gritos de dolor, se hubiesen escuchado: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva, Benítez. También se agregó el testimonio de dos comerciantes ubicados frente a la Alcaidía, Barbetti y Erzetic.  Que no le consta, no escucho, ni sintió comentarios de ruidos golpes y gritos de dolor el 12/12/76: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva, Benítez, Comerciantes: Barbetti y Erzetic.  Que no es frecuente ni normal escuchar ruidos o golpes o gritos, luego del horario de silencio: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Comerciantes: Barbetti y Erzetic.  Que luego del toque de silencio no se escuchaba nada, por lo cual cualquier ruido era escuchado por todos: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Comerciantes: Barbetti y Erzetic.  Que con respecto al trato que se le daba a los presos especiales, era normal, nada más que más exigente por las medidas de seguridad, ya que ellos eran más peligrosos: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez.  Que no le consta ni tiene conocimiento que a los presos especiales se les haya aplicado apremios ilegales, por la falta de contacto con ellos: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez.  Que no conoce guardia que haya actuado cruelmente o con violencia contra los presos: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Comerciantes: Barbetti y Erzetic.  Que durante los años 1976 y 1977 no tiene ninguna queja, que siempre lo han tratado muy bien: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Con respecto a las actividades del día 12/12/76:

Que normalmente la cena es temprano 19:00/19:30 horas luego viene el baño y luego silencio que normalmente es a las 21:30/22:00 horas: Presos Comunes: Leyte y Benítez. 

Presos Subversivos: Almada y Uferer.  Que la cena, el baño y el toque de silencio el 12/12/76 fue normal: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Roldan, Zarate, Rossi, Almada, Uferer, Luque, Niveyro, Cejas, Valenzuela, Galo y Barua.  Que el ingreso a la Alcaidía de los detenidos de la U7 se realizó con suspensión de la visita de los Presos Comunes, es decir entre las 17:00 y 19:00 horas del día 12/12/76: Presos Subversivos: Rossi, Zarate, Almada, Uferer, Luque, Cejas, Niveyro, Valenzuela, Aranda y Barua. Pág. Nº 106

Con respecto a la hora de retiro de los detenidos:  Que el retiro de los detenidos se realizó entre las 24:00 y las 01:00: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Roldan, Zarate, Cejas y Galo.  Que prendieron las luces sin problemas, llamando por el nombre a los detenidos: Presos Subversivos: Roldan, Rossi, Almada, Uferer, Niveyro, Galo, Aranda, Barua y Esquivel.  Que entre los retirados estaban Piérola y Pereyra: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Galo, Barua, Aguirre, Giménez, Zarate, Uferer, Luque y Niveyro.  Que los detenidos fueron vistos en dirección al comedor, caminando normalmente y

por sus propios medios (incluso algunos incluyen a Zamudio que no estaba y que para otros tenía las costillas rotas): Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Roldan, Uferer, Luque, Galo y Barua.  Que a Piérola en la Alcaidía lo vieron bien caminando por sus propios medios: Presos Subversivos: Aguirre, Almada, Uferer, Niveyro, Valenzuela y Galo. Con respecto al ingreso de Díaz ese día a la Alcaidía:  Que no recuerda movimientos en el pabellón el 12/12/76: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Zarate, Almada, Cejas, Niveyro, Aranda y Barua.  Que no recuerdan ingresos el 12/12/76: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Zarate, Almada, Cejas, Niveyro, Aranda y Barua.  Que se olvida el declarante que Díaz fue trasladado a la Alcaidía el día 04/12/76: Presos Subversivos: Aranda y Zarate.  Que Díaz se encontraba ya alojado en el Alcaidía desde las 12:00 Horas del 12/12/76: Presos Subversivos: Roldan, Zarate, Almada, Cejas y Aranda.  Que a la hora después de cena lo vieron perfectamente normal a Díaz, su medio hermano: Presos Subversivos: Roldan y Niveyro. Con respecto al caso Díaz y Zamudio y sus reingresos declarados amerita un análisis especial. Frente a una pregunta libre y que consistía en Que narre libremente los hechos del día 12/12/76, no condicionada como es normal en los distintos testimonios agregados a esta Causa y que corresponden a las declaraciones ante la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, nos encontramos, de dieciséis testimonios del Sumario Militar, donde varios de los cuales han declarado ante el Diputado Bittel, en la Cámara de Diputados, con lo siguiente: 1ra Conclusión: Para ingresar al baño se debe ingresar al pabellón es decir entre el comedor y el baño existe una reja de acceso al pabellón de la Planta Baja. 2da Conclusión: Once ex detenidos sobre diez y seis testimoniales declaran que no volvieron a ingresar al pabellón una vez retirados, los detenidos que formaron parte de la columna militar: Esquivel Celda 1, Giménez Celda 2, Galo Celda B, Barua Celda B, Martínez Cortéz Celda A, Cejas Celda A, Rossi Celda A, Niveyro Celda 13, Roldan Celda 13, Aranda Celda 2, Zarate Celda 13. 3ra Conclusión: Martínez Cortéz Celda A uno de los anteriores, declara categóricamente y con certeza, que por delante de la Celda A ubicada frente a los baños no pasó ninguno de los detenidos retirados de vuelta, de los pelos, o siendo arrastrado o con el rostro ensangrentado o ropas desgarradas y luego llevado nuevamente al comedor. Cejas Celda A, uno de los once anteriores declara categórica y expresamente que al Pabellón no reingresaron ni Díaz, ni Salas, ni Zamudio. 4ta Conclusión: Uferer Celda 1, declaración ante la Cámara: dice que vio a Díaz siendo llevado a la celda por dos policías. 5ta Conclusión: Luque Celda 1, declaración ante la Cámara de Diputados: Que el

arrastrado de los pelos era Salas y no Díaz y que lo tiraba un solo policía, el Agente Álvarez. 6ta Conclusión: Aguirre Celda 2, Dice: Que vio al Agente Álvarez llevando a alguien de los pelos pero que no sabe a quien. 7ma Conclusión: Almada Celda B, Dice: Que el Agente Maidana paso por delante de las celdas A y B a Díaz de los pelos y a la rastra. 8va Conclusión: Valenzuela Celda B, declaración ante la Cámara de Diputados, Dice: Que vio al agente Galarza llevándolo de los pelos a Díaz y arrastrándolo mientras otros policías lo pateaban de atrás. Conclusión Final: Frente a once detenidos subversivos con varios años de prisión, que dicen que una vez retirados los detenidos a ser trasladados, nunca volvieron al pabellón:  Uferer ve a Díaz ser llevados por dos policías a la rastra. Pág. Nº 107

 Luque ve a Salas, no a Díaz llevado por el Agente Álvarez.  Aguirre no sabe quien era, pero era llevado de los pelos por el Agente Álvarez.  Almada que lo llevaban de los pelos y a la rastra a Díaz, pero el Ag. Maidana.  Valenzuela que lo llevaban de los pelos y a la rastra a Díaz pero en este caso el Agente Galarza, pero además le agrego a un grupo de policías que lo pateaban. Lo que en cualquier Tribunal, medianamente justo, constituiría Falso Testimonio, para el Juez de esta Causa, son testimonios dignos de confianza. ¿Porque entonces, no se han iniciado las denuncias por Falso Testimonio, contra las declaraciones distintas a las aceptadas como validas por el Juez? Lo realmente concluyente es que ninguno de los cincos declarantes vio ingresar a nadie, pero lógicamente, sino son aceptados estos testimonios como validos, no existirían testigos de las supuestas torturas, que nunca existieron. Con respecto al reingreso de los detenidos una vez retirados: Que a las celdas o pabellones una vez retirados no volvió ningún detenido: Presos Subversivos: Martínez Cortéz Celda A, Giménez Celda 2, Zarate Celda 13, Rossi Celda A, Roldan Celda 13, Aranda Celda 2, Niveyro Celda 13, Cejas Celda A, Barua Celda B, Galo Celda B, Esquivel Celda 1. Con respecto al retiro del personal de detenidos:  Que los detenidos retirados iban sin vendas, como así tampoco esposados: Presos Subversivos Martínez Cortéz, Uferer, Valenzuela, Aranda, Galo, Barua, Rossi.  Que el retiro no fue violento: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Giménez, Zarate, Roldan, Niveyro, Cejas, Galo, Esquivel, Valenzuela, Uferer, Luque, Almada y Aguirre.  Que los detenidos fueron vistos en dirección al comedor caminando normalmente y

por sus propios medios (incluso algunos incluyen a Zamudio que no estaba y que para otros tenía las costillas rotas): Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Roldan, Uferer, Luque,

Galo y Barua.  Que los detenidos llevaban sus efectos personales: Presos Subversivos: Roldan, Zarate, Cejas y Galo. Con respecto al campo visual de las celdas A y B:

Que desde la celda A y B no existe campo de visión hacia adentro del comedor y por lo tanto no se puede ver hacia adentro del mismo, con la visión se llega hasta un poco mas allá de la escalera que asciende a la Planta Alta: Presos Subversivos: Martínez Cortéz,



Rossi, Almada, Cejas y Barua. Con respecto al personal que retiró del Pabellón a los detenidos: Que el personal de detenidos que se retiro, lo hizo únicamente personal policial: Presos Subversivos: Roldan, Zarate, Almada, Uferer, Luque, Niveyro, Cejas, Valenzuela, Aranda, Galo y Barua. Con respecto a declaraciones de muertos por los golpes, la noche del 12/12/76: Que no vio ni se entero que el 12/12/76 hubiesen muerto detenidos por los golpes recibidos: Presos Comunes: Leyte y Paiva. Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Roldan, Rossi, Almada, Uferer, Cejas, Aranda, Galo, Esquivel y Barua. Con respecto a comentarios sobre tropas que iban o habían matado detenidos: Que nunca escucho comentario alguno sobre que tropas del Ejército, iban o habían matado a los presos trasladados el 13/12/76: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Esquivel, Almada, Cejas, Aranda, Galo, Barua, Roldan, Rossi y Uferer. Con respecto a sí se podía hablar o no en la Alcaidía:  Que no se podía ni siquiera hablar con los presos especiales: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Presos Subversivos: Martínez Cortéz y Esquivel.  Que es imposible hablar en el baño durante varios minutos por el estricto control que

existía con respecto a la orden de no hablar, esta orden era controlada férreamente por el personal de celadores: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Almada, Luque, Cejas, Aranda, Galo, Esquivel y Barua.

Pág. Nº 108

Con respecto a la presencia o no de Zamudio en la Alcaidía el 12/12/76: Que no estaba Zamudio el 12/12/76 en la Alcaidía: Presos Subversivos: Zarate, Niveyro, compañeros de celda de Zamudio, Almada y Giménez. Con respecto a Mendoza y para demostrar también su Falso Testimonio, tomamos una parte del análisis de los testigos que puso Mirta S. Clara de Salas, donde también se muestra su Falso Testimonio. Con respecto a los cinco compañeros citados por Mirta S. Clara de Salas y que son Mendoza, Almada, Valenzuela, Barua y Gómez, revista importancia ver que declaran con respecto a la situación de Salas en la Alcaidía:

Testigo Santiago Almada: Pregunta: ¿Si recuerda que la tarde del 12/12/76 hubo movimientos de detenidos especiales que arribaron a la Alcaidía? Dijo: Que se notó esa tarde un movimiento inusual, consistente en suspensión de bajadas de detenidos comunes para sus visitas y que sus compañeros de celda comentaron que habían alojado a alguien en uno de los calabozos de la Planta Baja, ubicado frente (se rectifica y dice en ángulo dentro del pasillo) a las celdas A y B, que el dicente no observó el ingreso y alojamiento en celdas del pabellón de Planta Baja de detenidos esa tarde. Que en el cambio de Guardia escuchó que el Agente que pasaba lista, preguntaba a la guardia de Planta Baja si era Néstor Salas quien se encontraba en el calabozo de Planta Baja, a lo que se contestó afirmativamente. Reflexión: Es decir que uno de los cinco testigos, no vio absolutamente nada relacionado con Salas. Es más si no escucha la lista ni hubiese sabido que estuvo alojado en la Alcaidía.

Testigo José L. Valenzuela: Pregunta: ¿Cuál era el estado físico que presentaban a su ingreso a la Alcaidía? Dijo: Salas

entró muy golpeado y con sangre en la zona de la cintura y abdomen, sobre el lado izquierdo, caminando con dificultad y conducido por tres policías que lo ingresaron al calabozo violentamente, con golpes y patadas. Pregunta: ¿Si tiene conocimiento que después de la cena, algún detenido alojado en el pabellón lograra hablar con Salas? Dijo: Que no. Que lo único que sabe es que desde la

celda B le hablaban a Salas dentro del calabozo y nadie contestaba, lo que puede interpretarse por dos razones; porque su estado físico no le permitía hablar o bien no quería ser sancionado. Reflexión: 1ra Ratifica lo declarado por Mirta S. Clara de Salas con respecto al estado físico de su esposo. 2da Confirma el Falso Testimonio de la misma, ya que claramente se ve, que nadie pudo hablar con Salas porque no respondía. 3ra Es decir que el segundo testigo, vio a Salas herido e ingresado a las patadas, por tres policías, pero afirma que Salas no habló con nadie.

Testigo Hugo R. Barua: Pregunta: ¿Cuál era el estado físico que presentaban a su ingreso a la Alcaldía? Dijo: Con

respecto a Salas, pudo ver que se toma el lado izquierdo y que su mano estaba manchada de sangre, además ingresó por sus propios medios al calabozo. Pregunta: ¿Si le consta o tiene conocimiento que algún compañero suyo, ocupante de la celda B tuviera oportunidad de conversar con alguno o algunos de los detenidos, luego trasladados en horas de la tarde del día 12/12/76? Dijo: Que no. Reflexión: 1ra. Si bien ratifica la herida de Salas, establece una importante diferencia, Valenzuela lo ve ingresar a patadas a Salas por tres policías y Barua lo ve ingresar solo por sus propios medios. 2da Como pueden ver dos personas que están en el mismo calabozo, viendo la misma escena, al mismo tiempo, la ven tan distinta. Uno ve Cuatro personas, tres de las cuales lo agarran a patadas y la otra ve una sola persona, indiscutiblemente esta situación nos lleva a una nueva conclusión. 3ra Conclusión, ¿Estaban viendo la escena o la crearon? 4ta Siguiendo con el análisis, vuelve a ratificar el Falso Testimonio de la Mirta S. Clara de Salas, ya que este testigo declara que nadie de su celda, habló con ninguno de los trasladados. 5ta Es decir que el tercer testigo dice haber visto una escena distinta de la del segundo, pero Pág. Nº 109

además ratifica el hecho de que nadie de su celda pudo hablar con los detenidos, que luego son trasladados.

Testigo Oscar Gómez: Filiación de la Cámara de Diputados, en el cuerpo de testigos, único Gómez encontrado como declarante, que manifiesta que en fecha 07/09/76 fue trasladado a la U 7 y por lo tanto no pudo haber visto nada relacionado con Salas, incluso habiendo estado con él en la U 7, no lo nombra. Es decir que no sabiendo si es este Gómez el que se menciona en la declaración ante la Cámara, porque en la Causa 231/84 no lo menciona, no existiendo mas precisiones sobre Gómez se toma esta persona, no sabiendo exactamente si es la misma, pero estuvo preso por la misma causa.

Testigo Norberto M. Mendoza: En el Juicio por la Verdad única encontrada y de fecha 22/08/02 y donde, Dice: Que Salas estaba herido, eso es lo que me comento él porque estaba en el calabozo, que tenían a la salida del pabellón, había dos calabozos, generalmente no se usaban, algunos los usaban para poner cubiertas y ese día en uno de ellos lo pusieron a Salas, como las rejas... nosotros vimos que había entrado Salas ahí. Pedimos para ir al baño y le preguntamos que pasa, es un traslado pesado. Reflexión: Queda clara a través de sus dichos que va al baño, porque lo ve ingresar a Salas. Como casi todos los testimonios en el Juicio por la Verdad han sido falsos, Mendoza no es la excepción y para demostrarlo, vemos lo siguiente. Los compañeros de celda de Mendoza en la Celda 1 eran Uferer, Luque, Esquivel, Gutiérrez, y Ocampo, veamos que dicen dos de sus compañeros de celda: Uferer y Esquivel con respecto al campo visual desde la Celda 1:  Ricardo Uferer: Pregunta: En orden a su declaración testimonial prestada el

05/08/85 ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital y en el juicio seguido a las ex Juntas Militares del PRN, para que diga las circunstancias en que su compañero de celda Mendoza lograra hablar con el detenido Salas (luego muerto en los hechos que se investigan), Dijo: Que luego de la cena y en la salida al baño de su Celda “1”, Mendoza logra hablar con Salas, que se encontraba alojado en uno de los calabozos contiguos al baño. Que el dicente no presenció dicho dialogo ni su contenido y lo relatado lo sabe por los dichos por Mendoza. De esta forma y en ese momento, tomó conocimiento de que Salas estaba allí alojado. Pregunta: Si de su celda tenia alguna visión a la zona de calabozos y si estos poseían puertas con mirillas o rejas, como las celdas del pabellón”, Dijo: “Que desde su celda no-tenia acceso visual a esa zona (es decir los calabozos), respecto a los calabozos no tenía rejas sino puertas con mirilla.  Eusebio Dolores Esquivel: Es mucho más contundente en sus respuestas, expresa directamente: Que no recuerda que hayan entrado detenidos de afuera, ni

comentarios al respecto. Como broche final veamos que dicen los mismos compañeros, detenidos subversivos, sobre poder o no hablar:  Que no se podía ni siquiera hablar con los presos especiales: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Presos Subversivos: Martínez Cortéz y Esquivel.  Que es imposible hablar en el baño durante varios minutos por el estricto control que

existía con respecto a la orden de no hablar, esta orden era controlada férreamente por el personal de celadores: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Almada, Luque, Cejas, Aranda, Galo, Esquivel y Barua. Indiscutiblemente queda demostrado el Falso Testimonio de Mendoza, tan solo en este aspecto, a través de lo declarado por los mismos compañeros: 1º Niegan que haya podido ver el ingreso de Salas, por falta de campo visual. 2º Demuestran que no existió tal conversación, ya que Mendoza dice que pidió permiso, cuando lo vio entrar y Uferer dice que fue después de la cena en la ida al baño. 3º El mismo Valenzuela dice que nadie pudo hablar con Salas porque el no contestaba. 4º Que explicación encuentra la Cámara que le asigna tanta importancia al hecho de que Salas llega a la Alcaidía herido, con un bayonetazo en su lado izquierdo y donde cuatro de los cinco testigos propuestos por Mirta Pág. Nº 110

S. Clara de Salas no se han puesto de acuerdo para declarar lo mismo sobre ese hecho. 5º Mucho mas grave es el hecho de que la declarante el 08/08/84 cuando declara ante el Juez Federal en la Causa 231/84 a fojas 191/194, citada por la misma Cámara Federal, ni siquiera menciona este hecho, ni a los cinco testigos. Nuestra pregunta es: ¿No le extrañó a la Cámara que Mirta S. Clara de Salas no hubiese declarado este hecho, que de haber ocurrido era sumamente grave? 6º Indiscutiblemente si los cinco testigos puestos y nombrados por Mirta S. Clara de Salas, mienten, por ende Mirta S. Clara de Salas también miente, como ha quedado demostrado. Pero para que se tome real conciencia del trabajo llevado a cabo por la Comisión DDHH de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco plasmado en su Informe, se realiza este pequeño cuadro de actividades de los distintos detenidos confeccionado de acuerdo a sus declaraciones. CUADRO COMPARATIVO DE DECLARACIONES Celda Distancia Apellido al comedor

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Rossi “A”

8 mts

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Cejas

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M. Cortéz

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Almada

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Valenzuela “B”

14 mts

20 mts “1”

Galo

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Barua

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Uferer R.

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Luque

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Esquivel Mendoza Giménez

“2”

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26 mts

Aranda C. Aguirre

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Roldan 13

38 mts

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Zarate Niveyro

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/////////////////////// Horas durante las cuales el testigo sintió los ruidos, gritos, golpes, corridas de sus compañeros EN BLANCO Horas durante las cuales el testigo realizó hasta las 2100 hs actividades normales, la cena, el baño y el toque de silencio en forma normal y a partir de las 2100 hs horas durmió ??????????????? Horas en las cuales los testigo han declarado puntualmente que se escucharon voces solamente o que no se escucharon ruidos Puede explicar algún miembro de la Comisión que realizó el Informe cómo es posible que Roldan a 34 metros del comedor escuchaba los gritos de sus compañeros entre las 03:00/05:00 horas y ninguno de los otros compañeros escuchaban nada, es más uno decía que solo se escuchaban voces. También otro ejemplo es que desde las 02:00 a las 03:00 horas hubo 4 que escucharon los gritos de sus compañeros y hubo 14 que no lo hicieron, Pág. Nº 111

amen de los 4 presos comunes y los dos comerciantes. O entre las 18:00 y las 20:00 horas hubo uno solo que escuchó los gritos mientras 16 no escucharon nada. Indiscutiblemente a alguien de la ex Comisión de los DDHH de la Cámara de Diputados deberá explicar porque concluyeron con tal certeza que el día 12/12/76 existieron torturas con las gravísimas contradicciones y con tan poca información. Es necesario que se tenga presente que el mencionado Informe hoy cuestionado ha sido tomado por la Justicia como un trabajo profesional y es utilizado como noticia criminis. Hoy en día se está distribuyendo en las escuelas para su enseñanza cuando en realidad los autores deberían ser juzgados por varios delitos emergentes de la prueba abrumadora presentada por nosotros y producto esta de Expedientes judiciales donde no han sido reargüidas de nulidad. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

31. ¿Testigo Quintana? Cuando dice: Otro detenido que observó los antecedentes del episodio que se juzga fue

Gregorio Magno Quintana, que narra los pormenores de su aprehensión en distintos lugares, uno de ellos la Brigada de Investigaciones donde fue compañero de detención de Tierno, Parodi Ocampo, Franzen, la señora de Parodi Ocampo y un tal Ludueña. Dice que el domingo 12 de diciembre de 1976, siendo aproximada mente las 14, son sacados del Pabellón 2, donde estaba el dicente, los prisioneros Tierno y Barco; del Nº 1 sacan a Salas y Parodi campo, del Nº 4 a Franzen y a Duarte y del Nº 3 a Cuevas, señalando que no era usual que los traslados a otras unidades se efectuaran los domingos. Los llevados nunca más regresaron a la Unidad 7. Al día siguiente pudieron enterarse, al oír la radio, que en las proximidades de la localidad de Margarita Belén había ocurrido un enfrentamiento con subversivos. El testigo acompañó un ejemplar del diario “El Territorio”, de Resistencia, Chaco, de fecha 14 de diciembre de 1976, que fue leído por el actuario; de él se desprende que la 7ª Brigada de Infantería distribuyó el día anterior un comunicado que en esencia decía que tres delincuentes subversivos fueron abatidos en el enfrentamiento y que “lograron huir los restantes, dos integrantes de la custodia resultaron heridos...”. (Pág. 1.466 y 1.467 Tomo II) Testigo Gregorio Magno Quintana. Las afirmaciones de Quintana son exactas y no contienen imputación alguna o afirmación que pueda conducir a sospechas sobre el procedimiento de traslado tal cual surge de todo lo actuado. Además de lo establecido por el JIM 59 en los puntos mencionados en el párrafo, es necesario tener presente:  Que con respecto a la declaración de Quintana, la Cámara, no dice absolutamente nada distinto a la versión oficial.  Es decir el personal que legalmente se retiro y tal cual fue informado por la U7 en la Causa 231, incluso informándole el nombre del personal del Ejército que lo retiró, dentro de los 3 días de solicitado. Lo que omite extrañamente decir la Cámara, es que Quintana declara que no se castigaba, no específicamente que se torturaba, la prisión era una especie de tortura, claro esto atentaría contra la declaración de Víctor Carlos Marchesini. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

32. ¿Pudo oír? Cuando dice: El testigo Omar Rafael Solís, al prestar declaración ante este Tribunal, dijo

que estando detenido en la alcaidía cuando concurrió a los baños pudo oír que varios guardia cárceles comentaban “los mataron a todos, los borraron a todos.”Refiriéndose a lo sucedido en Margarita Belén. (Pág. 1.467 Tomo II) Pág. Nº 112

Testigo Omar R. Solís. Se alude a la declaración del ex detenido quien habiendo estado alojado en la Alcaidía y en circunstancias de concurrir a los baños pudo oír que varios guardias comentaban refiriéndose a los hechos de Margarita Belén que los habían matados o borrados a todo. Evidentemente se trata de un grueso error parte de lo expresado puesto que en realidad Solís no se encontraba detenido en la Alcaidía de Resistencia sino en la U-7 de dicha ciudad, como consta en su denuncia presentada ante la CONADEP que tramitara originalmente ante el Juzgado Federal de Resistencia. Con abstracción de ello cabe reiterar su condición de testigo no directo o de referencia que es considerado sospechoso por no haber presenciado hecho alguno, no mereciendo por ende fe sus dichos. Además de lo expresado por el JIM 59 consideramos necesario agregar lo siguiente: Con respecto a la declaración de Solís y cuya conclusión sobre su declaración, le da validez para sumar a la convicción que cuando concurrió al baño, el que hubiese sido y pudo oír que varios guardia-cárceles comentaban los mataron a todos, los borraron a todos refiriéndose a lo sucedido en Margarita Belén. Con respecto a esto es necesario tener presente algunos aspectos ya demostrados en la Causa y algunas declaraciones: 1º La forma en que estaba constituida la guardia con doce hombres, de los cuales cuatro estaban afuera en las casetas de la Alcaidía, cuatro llaveros uno en cada pabellón, quedaban solamente los puestos con grado, ¿A quienes escucho entonces hablar, si no había varios guardia-cárceles que pudieran estar reunidos en un baño? 2º Estando permanentemente encerrados en las celdas, cuando concurrían al baño en forma individual tenían al llavero ubicado al lado y cuando lo hacían en grupo, los ocho detenidos por celda, difícilmente podrían escuchar, porque hablaban entre ellos, declaración de Francisco O. Álvarez, Oscar O. Ayala, Omar E. Monzón, Jorge O. Esquivel, Oscar A. Galarza y Juan R. Piris, todos guardia-cárceles y corresponden al Cuerpo Declaraciones de Policías, de la Cámara de Diputados del Chaco. 3º Que extraña que no pueda identificar, quienes eran los que hablaban, lo que es realmente imposible de creer, ya que un preso puede reconocer a sus carceleros hasta por la forma de caminar, muchísimo mas por su voz. 4º Que declaran los demás detenidos, sobre haber escuchado algún comentario, sobre los hechos. Presos comunes y subversivos. 5º Que nunca escucho comentario alguno sobre que tropas del Ejército iban o habían matado a los presos trasladados el 13/12/76. Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Esquivel, Almada, Cejas, Aranda, Galo, Barua, Roldan, Rossi y Uferer. 6º Que dicen los demás presos con respecto a que hubiese muerto alguno de los trasladados la noche del 12/12/76, en la Alcaldía. Que no vio, ni se entero que el 12/12/76 hubiesen muerto detenidos por los golpes dados. Presos Comunes: Leyte y Paiva. Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Roldan, Rossi, Almada, Uferer, Cejas, Aranda, Galo, Esquivel y Barua. 7º Indiscutiblemente, tratar de sostener lo que dice Solís después de estos testimonios es absurdo. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

33. ¿Testigo Mayor de Pierola? Cuando dice: Relató Amanda Regina Mayor de Piérola, al deponer ante el Tribunal (confr.

fs. 165 de la causa 231 ya citada), que su hijo Fernando fue detenido a mediados del mes de noviembre de 1976, en Posadas, Misiones, enterándose circunstancialmente por medio de un policía el sitio en el que estaba alojado ya que éste viajó expresamente a Resistencia, donde no lo dejaron entrevistar al citado. Este policía le afirmó que ello ocurría solamente cuando el detenido “estaba condenado a muerte o muy lastimado”. Dice la testigo que luego de la fecha del supuesto enfrentamiento, su familia recibió un radiograma donde se le comunicaba que Fernando estaba prófugo por lo que este funcionario policial, allegado a la dicente por las razones que expuso, le comentó que existía un alto porcentaje de posibilidades de que realmente estuviera muerto. Prosigue Pág. Nº 113

narrando su peregrinar, entrevistando tanto al secretario del General Nicolaides, en ese entonces comandante de la fuerza en la provincia de Corrientes, o al “Teniente Pateta, del Grupo de Artillería 7, uno de los encargados del operativo del traslado de su hijo y de los otros detenidos muertos en el suceso que se examina. Destaca que este militar le exhibió una lista con la nómina de 13 personas donde constaba que 8 estaban muertas y 5 estaban en calidad de prófugos, entre ellos Fernando Gabriel Piérola. Agregó la testigo que la misma persona le dijo que como él estuvo al frente del operativo se limitaba a decirle la verdad de lo sucedido. El episodio no termina allí ya que el 30 de ese mes de diciembre de 1976 su cónyuge recibió una carta comunicándole que su hijo Fernando estaba prófugo lo que evidentemente contrastaba con dos permisos que le otorgaron a su nuera para poder viajar a Corrientes y a Paraná, donde la autoridad militar hacía referencia a ella como María Julia Catalina Morresi viuda de Piérola. Una de las autorizaciones estaba firmada por la misma persona que había firmado la comunicación anterior. Ante ello, no hizo más gestiones para no perjudicar a su nuera —que estuvo detenida un año después de estos episodios que relata—, haciendo entrega al Tribunal de fotocopia legalizada que da razón de sus dichos. (Pág. 1.467 y 1.468Tomo II) Testigo Amanda R. Mayor de Piérola. Madre del ex-detenido prófugo, relata que un policía allegado que viajó expresamente a Resistencia para ver a su hijo detenido allí, lo que no pudo concretar, le afirmó que eso sucedía solamente cuando el detenido estaba condenado a muerte o muy lastimado. Mayor de Piérola, madre de Piérola, ante el Juez Federal de Resistencia en Causa 231, lo expresado más arriba. También expresa la presunta contradicción existente entre la nota del 30/12/76 que recibiera su esposo, donde le comunican que su hijo estaba prófugo y los dos permisos que 1a autoridad militar extendiera a su nuera para viajar a Corrientes y Paraná, donde se refieren a ella como viuda de Piérola. Sobre la primera parte del apartado no se entrará en la consideración de los dichos del supuesto policía que habría intentado visitar a Piérola dado que los mismos son antojadizos, poco serios y sin fundamento alguno. Pero llama la atención que no se identifique a dicho funcionario que según las propias palabras de la señora de Piérola era un allegado. Lo expresado lleva a concluir que los dichos de la causante no son creíbles. Tener presente que cuando declara el 05/08/85, un año después ante la Cámara, da el nombre del Policía, es el Of. Insp. Osvaldo Conde de la PFA. También declara que cuando ocurre lo de Margarita Belén, se acerco el Insp. Conde y le informó que había recibido el Radiograma con el hecho del enfrentamiento donde figuraba Píerola como prófugo, es decir que están las ordenes de captura para sus detenciones, ya que sino la Delegación no hubiese recibido ninguna notificación. Además de lo expresado por el JIM 59, consideramos necesario agregar lo siguiente, con respecto a la declaración de Mayor de Piérola, existen algunas dudas, que deben ser tenidas en cuenta:  ¿Cómo es posible que la Cámara que asumió tareas instructivas e investigativos, no cito a declarar al funcionario publico identificado como Insp. de la PFA Osvaldo Conde, a fin de que explicase en que se basaba para hacer todas estas afirmaciones, que dijo haber escuchado Mayor de Piérola? ¿Existe realmente Conde?  El Inspector Conde, que le había dicho que si Fernando Piérola no se presentaba, fuese rezando por su alma y eligiese una tumba en el cementerio, es el mismo que se ofrece y va al Chaco con su pareja a visitarlo a Piérola. ¿Es lógica y creíble esta situación?  Que realmente resulta infantil, creer que Patetta le haya mostrado algún documento del Ejército donde se ordenaba el traslado o figurase en algún listado.  Que Mayor de Piérola falta a la verdad cuando Dice: Ante ello, no hizo más gestiones

para no perjudicar a su nuera –que estuvo detenida un año después de estos episodios que relata-, ya que el matrimonio fuera detenido en noviembre de 1976 en Posadas y no un año después su nuera.  Mucho mas infantil resulta creer que le haya dicho a la Sra. Mayor de Piérola que no le diga nada a la esposa de Fernando, sobre que el mismo estaba prófugo, cuando dicha información ya estaba en manos de Maria J. Morresi de Piérola, ya que las distintas declaraciones realizadas ante la Cámara de Diputados de detenidos subversivos, las Pág. Nº 114

distintas declaraciones de policías ante la Cámara de Diputados, en la Causa 231 y la Causa Militar, hasta el mismo Magno Quintana dice, que él escuchó lo sucedido en Margarita Belén en la Radio.  Expresar como lo dice Morresi de Piérola, que no tenía conocimiento de lo sucedido el día 20/12/76 cuando fue a hablar con Nicolaides, esta faltando a la verdad dentro de su misma declaración, ya que declara que el Insp. Conde le contó que había recibido un radiograma, comunicando el hecho de Margarita Belén y donde figuraba Piérola prófugo y le dijo también que había un 99,99% de que estuviera muerto, esta misma declaración da por cierto dos cosas: La primera que Mayor de Piérola, miente en su declaración configurando el Falso Testimonio. La segunda es mucho más importante y es la constancia de que se irradió a través de la PFA, las ordenes de detención de los delincuentes prófugos.  Con respecto a los errores de las cartas, autorizando a Morresi de Piérola y donde por error figura su carácter de viuda, no queriendo justificar el error, pero las mismas fueron confeccionadas a mas de un año de los hechos y a veces ocurren errores de este tipo y peores aun como el error cometido por: el diario Clarín, el 22/01/84, publica que Fernando Piérola falleció en el enfrentamiento de Margarita Belén. El 31/01/84 el Subsecretario de Gobierno del Chaco, le remite un radiograma, informándole a Mayor de Piérola que lo publicado por el diario Clarín, se debe a un error periodístico, ya que de acuerdo a la información existente en la Subsecretaria, Fernando Piérola no figura fallecido en el enfrentamiento de Margarita Belén. El 02/02/84 Mayor de Piérola manda Carta Documento al diario Clarín donde solicita la fuente de información sobre que su hijo habría muerto en Margarita Belén. El 27/02/84 el diario Clarín le responde con Carta Documento a Mayor de Piérola diciéndole que la información fue tomada de un Boletín de Prensa, emitido por la Dirección de Prensa de la Provincia del Chaco, el 20/01/84. Esto esta declarado ante la Cámara, este error realmente fue mas grave, ya que en este caso llega esta información falsa a mas de 4.000.000 de personas tirada de Clarín y lógicamente como fue en época democrática y el error partió del Gobierno del Chaco, no tiene importancia ni se analiza con la misma óptica que el error que se pudiera haber cometido involuntariamente en una autorización.  Para finalizar el análisis de Mayor de Piérola y donde como normalmente ocurre en todas estas declaraciones, cuando habla de que la esposa de su hijo Morresi de Piérola le comentó que a su hijo lo habían torturado, que su cuerpo estaba lleno de lastimaduras y que había sido colgado de los pies, con las esposas y sus pies se fueron deformando, lo que habría sido ratificado por un compañero de detención a quien por supuesto no identifica. Esta parte de la declaración llama la atención, por tres aspectos: 1º ¿Porque entonces la Cámara, no cita a la esposa de Piérola a declarar, ya que era un testigo directo de las torturas recibidas por Fernando Piérola? 2º ¿Porque siempre esta reclamando la madre de Piérola y moviéndose con los reclamos y no esta la esposa, quien además del dolor que sufre por el esposo, estaría el mismo dolor o martirio sufrido por ella misma? ¿Que extraño no? 3º Para que no queden dudas sobre el estado de Piérola, veamos que dicen los compañeros del mismo, por supuesto identificados con nombre y apellido: Que entre los retirados estaban Piérola y Pereyra.: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Galo, Barua, Aguirre, Giménez, Zarate, Uferer, Luque y Niveyro. Que los

detenidos fueron vistos en dirección al comedor caminando normalmente y por sus propios medios. Incluso algunos incluyen a Zamudio que no estaba y que para otros, tenía las costillas rotas: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Roldan, Uferer, Luque, Galo y Barua. Que a Piérola en la Alcaidía, lo vieron bien, caminando por sus propios medios: Presos Subversivos: Aguirre, Almada, Uferer, Niveyro, Valenzuela y Galo. Que dicen en forma individual los compañeros de Piérola: Roldan, Piérola tenía heridas profundas en los tobillos, ¿Entonces porque fue visto caminar perfectamente? Zarate, Piérola tenia los tobillos hinchados por el pasaje de corriente eléctrica, ¿Entonces porque fue visto caminar perfectamente? Almada, Piérola se encontraba en estado normal, porque tres días antes del 12/12/76, me lo encontré en el baño. Uferer, Piérola cuando pasa en dirección al comedor el estado de salud era bueno. Valenzuela, Piérola se encontraba en mejor estado

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que otros dos detenidos. Galo, Piérola paso caminando normalmente. Barua, Piérola me dijo que estaba golpeado, pero que con su contextura se movía sin problemas. Lo cierto es que, ese dicho, se tomo como fundamento de Sentencia.

34. ¿Testigo Clara de Salas? Cuando dice: Mirta Susana Clara de Sala, quien también depuso ante este Tribunal a fs.

191 de la causa 231, dijo que su cónyuge Néstor Carlos Salas fue detenido en Resistencia con fecha 9 de octubre de 1976. Tiene conocimiento por medio de Miguel Bampini, compañero de pabellón del citado en la U7, que un oficial de allí levantó la mirilla de la puerta de su celda y le dijo que era posible que lo volvieran a sacar y que también era posible que no regresara nunca más. El 12 de diciembre lo llevan desde la U7 a la Alcaidía Provincial, donde interrumpen las visitas, y allí lo ve a Salas quien le contó que estaba herido de un bayonetazo en el lado izquierdo. Posteriormente vio que lo llevaron, ya que prácticamente no podía caminar. Por dichos de ex cautivos se enteró que estaban Tierno, Parodi Ocampo, Díaz, mencionando también con relación a éste que estaba sangrando a raíz de los golpes recibidos. Suministra los nombres de cinco testigos que vieron esos episodios y que se los narraron a la dicente. Esta testigo relató también que un militar que ulteriormente la visitó allí hizo un paralelo entre las 11 víctimas del copamiento al Regimiento de Infantería 29 de Monte, en Formosa, y la suerte corrida por el causante y sus compañeros. Dice que el certificado de defunción de Salas menciona que falleció con fecha 14 de diciembre de 1976, a las 7, figurando como causa del deceso “herida de bala”. Posteriormente le entregaron una nota de igual tenor a la entregada al Tribunal anteriormente por otros testigos y en la que se ratifica que hubo bajas en ambos bandos y que algunos detenidos lograron fugar. Le hicieron saber que Salas fue inhumado en el Cementerio del Oeste y que para requerir el cadáver se debía solicitar autorización a la Jefatura adjuntando copia de la partida de defunción. En el presente caso se han adquirido diversos elementos de juicio que corresponden a informaciones y a sumarios criminales donde se trata el mismo objeto procesal. En efecto, de la causa 170/83, en trámite ante el Juzgado Federal de Resistencia, Chaco, se desprende que han prestado declaración allí diversas personas que compartieron el cautiverio con algunas de las víctimas de los sucesos que se investigan. Se inició ese sumario con motivo de la recepción en ese Juzgado de una nota enviada por el señor Juez Federal de Rawson, Chubut, adjuntando una misiva suscripta por varios penados por la que le ponían en conocimiento de diversas circunstancias relacionadas con este hecho. Llamados los testigos ante ese Juzgado Federal de Resistencia algunos refirieron que conocían los hechos solamente de oídas mientras que otros fueron testigos en forma más o menos directa; a esos se referirá el Tribunal de inmediato. (Pág. 1.470 y 1.471 Tomo II) Testigo Mirta S. Clara de Salas Además de lo expresado más arriba, dice que por dichos de otros cinco ex cautivos sabe que Díaz sangraba por los golpes recibidos. Por último agrega que un militar que la visitara posteriormente en su lugar de detención le hizo un paralelo entre las once víctimas del ataque al RI Mte 29 de Formosa y la suerte corrida por su esposo y otros compañeros. Sobre el particular es menester considerar que la testigo, lo es en carácter sospechoso por un doble motivo: no haber presenciado los hechos relatados y declarar por conocimiento meramente referencial y por su condición de detenida por actividades subversivas al igual que su marido, todo lo cual hace que sus dichos no merezcan fe. Resulta sugestivo que el Tribunal no haya citado a1 referido Bampini a declarar a fines de corroborar lo antes expresado. Además en ningún momento se identifica al supuesto Oficial de la U7 que se menciona en el relato. Además de lo establecido por el JIM 59, consideramos que se puede agregar lo siguiente: Si realmente las instalaciones son como en la Alcaldía, sobre el pasillo del pabellón existen rejas y no puertas ciegas con mirillas, Salas estaba alojado en el pabellón Nº 1. Con respecto a los cinco compañeros citados por Mirta C. de Salas y que son Pág. Nº 116

Mendoza, Almada, Valenzuela, Barua y Gómez revista importancia ver que declaran con respecto a la situación de Salas en la Alcaidía:

Testigo Santiago Almada Pregunta: ¿Si recuerda que la tarde del 12/12/76 hubo movimientos de detenidos especiales que arribaron a la Alcaidía? Dijo: Que se notó esa tarde un movimiento inusual,

consistente en suspensión de bajadas de detenidos comunes para sus visitas y que sus compañeros de celda comentaron que habían alojado a alguien en uno de los calabozos de la Planta Baja, ubicado frente (se rectifica y dice “en ángulo dentro del pasillo”) a las celdas “A” y “B”, que el dicente no observó el ingreso y alojamiento en celdas del pabellón de Planta Baja de detenidos, esa tarde. Que en el cambio de Guardia escuchó que el Agente que pasaba lista, preguntaba a la guardia de Planta Baja si era Néstor Salas quien se encontraba en el calabozo de Planta Baja, a lo que se contestó afirmativamente. Reflexión: 1º Es decir que uno de los cinco testigos, no vio absolutamente nada relacionado con Salas. 2º Es más si no escucha la lista ni hubiese sabido que estuvo alojado en la Alcaidía.

Testigo José L. Valenzuela Pregunta: ¿Cuál era el estado físico que presentaban a su ingreso a la Alcaidía? Dijo: Salas entro muy golpeado y con sangre en la zona de la cintura y abdomen, sobre el lado izquierdo, caminando con dificultad y conducido por tres policías que lo ingresaron al calabozo violentamente, con golpes y patadas. Pregunta: ¿Si tiene conocimiento que después de la cena, algún detenido alojado en el pabellón lograra hablar con Salas? Dijo: Que no. Que lo único que sabe es que desde la celda “B” le hablaban a Salas dentro del calabozo y nadie contestaba, lo que puede interpretarse por dos razones; porque su estado físico no le permitía hablar o bien no quería ser sancionado. Reflexión: 1º Ratifica lo declarado por Clara de Salas con respecto al estado físico de su esposo. 2º Confirma el Falso Testimonio de Clara de Salas, ya que claramente se ve, que nadie pudo hablar con Salas porque no respondía. 3º Es decir que el segundo lo vio a Salas herido e ingresado a las patadas por tres policías, pero afirma que Salas no habló con nadie.

Testigo Hugo R. Barua Pregunta: ¿Cuál era el estado físico que presentaban a su ingreso a la Alcaldía? Dijo: Con

respecto a Salas pudo ver que se toma el lado izquierdo y que su mano estaba manchada de sangre, además ingresó por sus propios medios al calabozo. Pregunta: ¿Si le consta o tiene conocimiento que algún compañero suyo, ocupante de la celda “B” tuviera oportunidad de conversar con alguno o algunos de los detenidos luego trasladados en horas de la tarde del día 12 de diciembre? Dijo: Que no. Reflexión: 1º Si bien ratifica la herida de Salas, establece una importante diferencia, Valenzuela lo ve ingresar a patadas a Salas por tres policías y Barua lo ve ingresar solo por sus propios medios. 2º ¿Cómo pueden ver dos personas que están en el mismo calabozo, viendo la misma escena, al mismo tiempo, verla tan distinta? Uno ve cuatro personas, tres de las cuales lo agarran a patadas y la otra ve una sola persona, indiscutiblemente esta situación nos lleva a una nueva reflexión ¿Estaban viendo la escena o la crearon? 3º Siguiendo con el análisis vuelve a ratificar el Falso Testimonio de Clara de Salas, ya que este testigo declara que nadie de su celda, habló con ninguno de los trasladados. 4º Es decir que el tercer testigo dice haber visto una escena distinta de la del segundo, pero además ratifica el hecho de que nadie de su celda pudo hablar con los detenidos, que luego son trasladados.

Testigo Oscar Gómez Filiación de la Cámara de Diputados, en el cuerpo de testigos, único Gómez encontrado como declarante, que manifiesta que en fecha 07/09/76 fue trasladado a la U7 y por lo tanto no pudo haber visto nada relacionado con Salas, incluso habiendo estado con él en la U7, no lo nombra. Es decir que no sabiendo si es este Gómez el que se menciona en la declaración ante la Cámara, porque en la causa 231 no lo menciona, no existiendo mas

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precisiones sobre Gómez, se toma esta persona, no sabiendo exactamente si es la misma, pero estuvo preso por la misma causa.

Testigo Norberto M. Mendoza En el Juicio por la Verdad única encontrada y de fecha 22/08/02, Dice: Que Salas estaba

herido, eso es lo que me comento él porque estaba en el calabozo, que tenían a la salida del pabellón, había dos calabozos, generalmente no se usaban, algunos los usaban para poner cubiertas y ese día en uno de ellos lo pusieron a Salas, como las rejas nosotros vimos que había entrado Salas ahí. Pedimos para ir al baño y le preguntamos que pasa, es un traslado pesado. Reflexión: 1º Queda claro a través de sus dichos que va al baño, porque lo ve ingresar a Salas. Como casi todos los testimonios en el Juicio por la Verdad han sido falsos, Mendoza no es la excepción y para demostrarlo, vemos lo siguiente. Los compañeros de celda de Mendoza en la Celda 1 eran Uferer, Luque, Esquivel, Gutiérrez y Ocampo, veamos que dicen dos de sus compañeros de celda Uferer y Esquivel con respecto al campo visual que sé tenia desde la Celda 1.

Testigo Ricardo Uferer Pregunta: ¿En orden a su declaración testimonial prestada el 05/08/85 ante la Cámara

Federal de la Capital y en el juicio seguido a las ex Juntas Militares del PRN, para que diga las circunstancias en que su compañero de celda Mendoza, lograra hablar con el detenido Salas? Dijo: Que luego de la cena y en la salida al baño de su celda “1”, Mendoza logra hablar con Salas, que se encontraba alojado en uno de los calabozos contiguos al baño. Que el dicente no presenció dicho dialogo ni su contenido y lo relatado lo sabe por los dichos por Mendoza. De esta forma y en ese momento, tomó conocimiento de que Salas estaba allí alojado. Pregunta: ¿Si de su celda tenia alguna visión a la zona de calabozos y si estos poseían puertas con mirillas o rejas, como las celdas del pabellón?, Dijo: Que desde su celda no-tenia acceso visual a esa zona (es decir los calabozos), respecto a los calabozos no tenía rejas sino puertas con mirillas. Testigo Eusebio D. Esquivel Es mucho más contundente en sus respuestas, expresa directamente Que no recuerda que

hayan entrado detenidos de afuera, ni comentarios al respecto. Como broche final veamos que dicen los mismos compañeros, detenidos subversivos, sobre poder o no hablar: Que no se podía ni siquiera hablar con los presos especiales.: Presos Comunes: Leyte, Di Venedetto, Paiva y Benítez. Presos Subversivos: Martínez Cortéz y Esquivel. Que es imposible hablar en el baño durante varios minutos por el

estricto control que existía con respecto a la orden de no hablar, esta orden era controlada férreamente por el personal de celadores: Presos Subversivos: Martínez Cortéz, Almada, Luque, Cejas, Aranda, Galo, Esquivel y Barua. Indiscutiblemente queda demostrado el Falso Testimonio de Mendoza, tan solo es estos aspectos donde los mismos compañeros: Niegan que haya podido ver el ingreso de Salas, por falta de campo visual. Demuestran que no existió tal conversación, ya que Mendoza dice que pidió permiso, cuando lo vio entrar y Uferer dice que fue después de la cena en la ida al baño. El mismo Valenzuela dice que nadie pudo hablar con Salas porque el no contestaba. Que explicación encuentra la Cámara que le asigna tanta importancia al hecho de que Salas llego a la Alcaidía herido, con un bayonetazo en su lado izquierdo y donde cuatro de los cinco testigos propuestos por Clara de Salas, no se han puesto de acuerdo para declarar lo mismo sobre ese hecho. Mucho más grave es el hecho de que la declarante el 08/08/84 ante el Juez Federal en la Causa 231, citada por la misma Cámara, ni siquiera menciona este hecho, ni a los cinco testigos. Mi pregunta es: ¿No le extraño a la Cámara que Clara de Salas no hubiese declarado este hecho, que de haber ocurrido era sumamente grave e importante? Indiscutiblemente si los cinco testigos puestos y nombrados por Clara de Salas, mienten, por ende Clara de Salas también miente, como ha quedado demostrado. Pág. Nº 118

Se consigna que en el Juzgado Federal de Resistencia se inició Causa 170/83 (Pág. 1.471 Tomo II) con motivo de una nota enviada por el Juez Federal de Rawson (Chubut) con una misiva firmada por varios penados allí alojados que relataban circunstancias de los hechos de Margarita Belén. Los testigos que declararon ante el Juzgado mencionado en primer término, ya sea de oídas o más o menos directos, son Zarate, Niveyro, Ilde, Cossio y Ponti. Todos ellos tienen como denominador común, el de haber permanecido detenidos a disposición del PEN o condenados por actividades subversivas, descalificando la fe de sus dichos. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

35. ¿Testigo Zarate? Cuando dice: Antonio Eduardo Zarate (confr. fs. 86/87) ratificó ese escrito y dice que en noviembre de 1976 estuvo detenido en la Jefatura de Policía del Chaco, donde fue sometido a apremios ilegales. Entre el 9 y 11 de diciembre de 1976 fue retirado de allí su compañero Zamudio a quien no volvió a ver y el día 12, en horas de la noche, es sacado de la misma celda Piérola y llevado con los detenidos Díaz y Pereyra al comedor donde se escucha que son golpeados. (Pág. 1.471 Tomo II)

Testigo Antonio E. Zarate Causa 170/83, los dichos sobre que entre el 09 y 11/12/76 fue retirado de Alcaidía su compañero Zamudio a quien nunca más volvió a ver, corrobora lo expresado anteriormente, en el sentido que escuchó cuando Díaz y Pereyra fueron golpeados en el comedor luego de sacados de sus celdas junto con Pierola, se debe recordar la presunción de que su testimonio se encuentra viciado en atención a sus antecedentes. Al margen de lo expresado por el JIM 59, consideramos incluir lo siguiente: La cita por parte de la Cámara, de la declaración de Zarate, en solo lo atinente a la ausencia de la Alcaidía, de Zamudio el 12/12/76, dándola por cierta, donde toma la declaración de Niveyro con la misma conclusión, es decir la ausencia de la Alcaidía de Zamudio por habérselo retirado el 10/12/76, nos lleva a una serie de conclusiones que demuestran lo incongruente de todos los actos llevados a cabo sobre el enfrentamiento de Margarita Belén y que son: 1º a Niveyro, con fecha 15/11/05, se le ha presentado denuncia por Falso Testimonio, donde se detalla su mendacidad e inconsistencia de su declaración. 2º a Zarate, se le presentará próximamente denuncia por Falso Testimonio, por lo simulado e inconsistente de su declaración. 3º pero lo más importante es que planteado en los términos de la Cámara, si Zamudio, no estaba presente el 12/12/76, a la noche, en la Alcaidía, toda aquella persona que declare que lo vio en la Alcaidía, en esa oportunidad, esta cometiendo Falso Testimonio, a saber:  Ricardo A. Uferer: En la Cámara de Diputados del Chaco; Dice: Evidentemente por

las voces identificábamos a ellos como las victimas de los apremios y torturas de que estaban siendo objetos. Recuerdo por ejemplo a Carlos Zamudio, luego de golpearlo durante un tiempo, lo hacen ir nuevamente a su celda y al pasar frente a donde yo me encontraba, observe que caminaba con suma dificultad y tomándose de la zona del tórax y del estomago. Ante la misma Cámara Federal; Dice: tocan un pito, al pie de la cucheta, los detenidos que voy nombrando preparan sus cosas, lo nombran a Díaz, Fernando Pierola, Carlos Zamudio, Yedro y Pereyra, al rato nosotros sentimos movimientos en la zona del comedor, nuestra celda estaba próxima al comedor y empiezan así como que corren ahí adentro se sienten golpes, gritos y luego los van llamando a los detenidos, solos, sin sus cosas, lo llaman a Pierola, se sienten los gritos de Pierola, golpes, lo vuelven de nuevo a su celda, al rato lo llaman a Zamudio, también se sienten golpes y gritos de Carlos Zamudio, de Díaz lo mismo, vuelve muy golpeado Díaz, Zamudio también aparte ya lo habíamos visto anteriormente, tenia problemas anteriormente en la costilla, continuamente se sostenía la costilla, ese día vuelve bastante maltrecho, Lucho Díaz también. Pág. Nº 119

 José L. Valenzuela: En la Cámara de Diputados del Chaco; Dice: Siendo las 19:00 o 19:30, el llavero de turno lleva al baño al detenido Carlos Zamudio, con quien el declarante puede dialogar por espacio de 7 a 10 minutos, ya que su celda daba frente a los baños, Carlos Zamudio de quien era compañero de la Facultad de Ciencias Económicas, le expresa que en su celda, estaba alojado desde hacia 3 días aproximadamente en la Alcaidía, dejaba una fotografía a sus chicos y su esposa y una chomba, y que hacia eso porque estaba convencido que lo iban a matar. De los efectos mencionados el declarante, después de su muerte lo único que pudo rescatar fue la chomba por que la fotografía la destruyeron. De lo que pudo observar del estado físico de Zamudio, es que si bien caminaba por sus propios medios, también lo hacia con dificultad y tenia golpes internos en la zona del estomago, ya que se tomaba, permanentemente de ese lugar.  Hugo R. Barua: En la Cámara de Diputados del Chaco; Dice: A la hora del silencio, aproximadamente a las 21 horas, comienzan a sacar del pabellón a Yedro, Pereyra, Luís Díaz, Carlos Zamudio, Fernando Pierola, a empujones en dirección al comedor.  Ramón E. Luque: En la Cámara de Diputados del Chaco; Dice: También del pabellón son sacados algunos compañeros como ser Zamudio, Pierola, Yedro, Díaz, hacia el comedor donde ya lo estaban esperando el cuerpo de torturadores.  Juan Manuel Roldan: Ante el JIM 59 Dice: Que aproximadamente entre las 23 y 24 horas del día 12 de diciembre de 1976, se produce el encendido de luces del pabellón y se hace presente el Oficial Ayala, y parte de su guardia, haciendo sonar el silbato de atención, se ordena la ubicación de todos los detenidos al pie de sus camas y ordena que todo detenido que fuera nombrado a partir de ese momento debía sacar su mano a través de la reja, así se nombra a Pierola, Zamudio, Pereyra, Yedro, Díaz, Zapata Soñez, y cree que a Franzen, que el día 12/12/76 se encontraba en la celda “3” Zamudio y Pierola.  Luís A. Rossi: Ante el JIM 59; Dice: Que a media tarde del día 12/12/76 recuerda que Salas y Tierno fueron alojado en los calabozos de Planta Baja, próximo a los baños y a la celda que ocupaba el dicente, que Zamudio, Barcos y Parodi Ocampo, pasaron frente a su celda conducidos hacia celdas del pabellón de Planta Baja, ignorando en que celdas fueron alojados.  Roberto Cejas: Ante el JIM 59 Dice: Que tiene presente que Zamudio tenia una lesión en el brazo y que alrededor de la media noche se hizo presente el Oficial de Guardia, y fueron retirados un grupo de detenidos de cada una de sus celdas, sin que se los llamase por su nombre como era normal, que se ordenó al resto de los internos que se mantuvieran acostados, para impedir que se observara el procedimiento. Que Díaz y Zamudio fueron retirados del pabellón y Salas de los calabozos.  Carlos R. Aranda: Ante el JIM 59; Dice: Que por lo que pudo apreciar dentro de los momentos de confusión que se vivía y al estar por la gente que paso frente a su celda saliendo del pabellón, estima su numero sin poder apreciarlo entre 5 y 10, de los mismos reconoció con seguridad a Díaz y Zamudio, recordando que Zamudio fue sacado arrastrando y de los pelos por personal de guardia. También existen quienes lo omiten mencionar a Zamudio o declaran que lo retiraron antes:  Carlos E. Aguirre: En la Cámara de Diputados del Chaco; Dice: Pierola, Pereyra,

Yedro, Luís Díaz como retirados el 12/12/76 a las 22:00 horas del pabellón. José Niveyro: Ante el JIM 59; Dice: Que Carlos Zamudio fue retirado de la celda el día 10/12/76, no retornando a la misma ni volviendo nunca más. Compañero de Celda de



Zamudio.  Santiago Almada: Ante el JIM 59; Dice: Que no lo vio en la fecha en cuestión (es decir el 12 y 13 de diciembre de 1976), que cree recordar que el nombrado había sido retirado de esa Unidad (Alcaidía), unos días antes de los hechos de Margarita Belén.  Antonio E. Zarate: Ante el JIM 59; Dice: Que recuerda que Zamudio fue retirado de

su celda por el Oficial Ayala, entre los días 09/11 de diciembre de 1976 en horas de medianoche, no volviéndolo nunca mas a ver. Compañero de Celda de Zamudio.  Víctor F. Giménez: Ante el JIM 59; Dice: Que recuerda que Zamudio fue retirado en horas de la noche, según cree recordar por parte de personal policial y ello sucedió Pág. Nº 120

unos tres días antes de los hechos de Margarita Belén. Que nunca más volvió a ver a Zamudio ni en la Alcaidía, ni en otro lugar. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

36. ¿Testigo Niveyro? Cuando dice: José Niveyro (confr. fs. 89 vía.) dijo que compartió esa celda en la Alcaidía

de Policía del Chaco con Zamudio y Piérola, encontrándose también allí Zarate y Roldan, hermano de Díaz. Agregó que el 10 de diciembre lo sacan a Zamudio de allí y no lo vuelven a ver; lo trasladan a pesar de tener una costilla rota. El día 12 los van a buscar a Piérola, Yedro, Díaz y a Pereyra a los que tampoco volvió a ver. (Pág. 1.471 Tomo II) Testigo José Niveyro Causa 170/83, lo relatado por sobre Zamudio de que fuera sacado de la Alcaidía el 10/12/76 abona lo antes expresado. Sobre el retiro el día 12/12/76 de Pierola, Yedro, Díaz y Pereyra no constituye ningún hecho novedoso o anormal. Al margen de lo expresado por el JIM 59, consideramos que se debe agregar lo siguiente: Denuncia de Falso Testimonio, presentada el 15/11/05 y por supuesto como norma no hay respuesta. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

37. ¿Testigo Medina? Cuando dice: Walter Valentín Medina (confr. fs. 93 vta./94) observó, cuando estuvo

detenido en Resistencia, cómo eran sacados del pabellón Barco, Tierno, Salas, Franzen y otros. (Pág. 1.471 Tomo II) Testigo Walter V. Medina Tampoco tiene relevancia la declaración de quien relata que vio como sacaban del Pabellón de la U-7 a Barco, Tierno, Salas, Franzen y otros (se refiere seguramente al día 12/12/76) No hemos encontrado el testimonio de este testigo para analizarlo y por lo tanto rige para nosotros lo expresado por el JIM 59. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

38. ¿Testigo Goya? Cuando dice: Juan Carlos Goya (confr. fs. 32/33 y 86/87) dice que encontrándose alojado

en la U7, en una oportunidad es trasladado el interno Franzen el que se niega a salir hasta no conocer su destino, siendo amenazado con recurrir a las autoridades militares, en caso de continuar su negativa. (Pág. 1.471 Tomo II) Testigo Juan C. Goya Las manifestaciones de resultan inconducentes cuando dice que estando alojado en U7 vio cuando sacaban a Franzen bajo amenazas que en caso de negarse lo harían a través de las autoridades militares. Tampoco identifica al autor (presumiblemente del SPF) de tales amenazas, o testigos presénciales del hecho. Al margen de lo expresado por el JIM 59, consideramos que se debe agregar lo siguiente: Que cuando menciona la declaración de Goya, en ese Expte al cual no hemos tenido acceso y dice que Goya declara, que Franzen se niega a salir hasta no conocer su Pág. Nº 121

destino, siendo amenazado con recurrir a las Autoridades Militares, en caso de continuar su negativa, me mueve a realizar el siguiente análisis: 1º Ya existiría una contradicción con Walter Medina quien declara haberlo visto salir. 2º No parece el mismo Goya, que declara como le pegaban los guardias, en particular la guardia del Oficial Casco. Parece absurdo que el oficial más pegador, según Goya, haya amenazado con el Ejército y no hubiese buscado obligarlo, para sacarlos, sin darles explicaciones. 3º Pero veamos lo que dice Antonio R. Uferer en la Cámara de Diputados del Chaco, de ese momento que narra Goya; Dice: a la siesta llamaron a presos de diferentes pabellones, del pabellón 2 en el que yo

estaba llamaron a Barco y a Pietro. Casco no estaba de guardia ese día, era otra guardia, pero Casco estaba encargado del operativo de sacar los presos, porque por la forma en que los tenia que sacar y por lo rumores que corrían, algunos presos, no querían salir, entonces vino Casco, debido a esa pequeña resistencia que hubo a salir, y se hizo responsable delante de los demás presos de que él iba a sacarlos y que no iba a torturarlos ni nada. Casco sacó presos del pabellón 3 y 4, en mi pabellón no entro él, entro al de enfrente, a sacarlo a Salas, en mi pabellón directamente llamaron y los compañeros Barco y Pietro, salieron normalmente. En el análisis realizado para pedir la Nulidad del Informe de la Cámara de Diputados del Chaco, hemos realizado un cuadro de comparaciones para determinar las contradicciones entre los detenidos subversivos que estaban alojados en la U7. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

39. ¿Testigo Fernández? Cuando dice: Juan Fernández (confr. fs. 98/99), detenido en la misma unidad, dice que el 13 ó 12, no recuerda bien, son sacados los detenidos Barco y Tierno, por orden del oficial de apellido Casco. Ello corrobora lo manifestado por el testigo Quintana, que al ser oído por este Tribunal dijo que ese día colocan al frente de la guardia a Casco y a Brocea, los más temibles. Continuó refiriendo Fernández que Casco expresó que garantizaba la vida de esos prisioneros y que de otros pabellones se llevaron a Solís, Parodi Ocampo, Franzen, Cuevas y Duarte. Sabe, por comentarios de compañeros que los aludidos fueron llevados esa noche a la alcaidía de Policía y torturados, falleciendo alguno de ellos. En horas de la noche fueron conducidos a Margarita Belén donde se los fusiló. (Pág. 1.471 y 1.472 Tomo II)

Testigo Juan Fernández Detenido en U7, acerca de la presencia del Of. Casco desmentida documentalmente. En lo demás se trata de un testimonio sobre hechos que no han caído bajo la acción de los sentidos de Fernández (conocimiento referencial); es decir que no puede dar fe de un hecho que solo conoce Ex Audito Alieno. Además de lo expresado por el JIM 59, debemos tener presente lo siguiente: Cuando la misma Cámara dice que Juan Fernández declara en la Causa 170/83 y Dice: Que el Oficial

Casco expresó que garantizaba la vida de los prisioneros y que de otros pabellones se llevaron a Solís, Parodi Ocampo, Franzen, Cuevas y Duarte, que sabe por comentarios de compañeros que los aludidos fueron llevados esa noche a la Alcaidía de la Policía y torturados, falleciendo alguno de ellos en horas de la noche, que fueron conducidos a Margarita Belén, donde se los fusiló, esta parte del escrito amerita un análisis pormenorizado: 1º La misma Cámara esta aceptando que exista el Falso Testimonio y surge de la simple comparación entre lo dicho por Goya, de que Casco amenazo con llamar al Ejército y lo dicho por Fernández que Casco, garantizó la vida de los trasladados. 2º Cuando Juan Fernández declara ante el JIM 59, al igual que en la mencionada declaración en la Cámara, dice que quienes le comentaron el hecho de la tortura y muerte, fueron los detenidos Zarate, Niveyro, Mendoza y Aranda Que extraño tres de los cuatro ex detenidos que están denunciados por Falso Testimonio y el cuarto a ser denunciado próximamente. Pág. Nº 122

Cuando la Cámara menciona el hecho que Fernández al declarar, que el día 12/12/76 estaba Casco a cargo del traslado y por ello corrobora lo declarado por Magno Quintana, no hace otra cosa que renegar de un principio en el orden de la Prueba, donde la documental prioriza la testimonial y más aún cuando los testigos tienen enemistad manifiesta con quienes acusan y se expresa esto porque la Cámara, a desconocido, pese a haber estado agregada a la Causa 231 a la vista de la misma Cámara la siguiente documental:  Causa 231 con fecha 16/07/84 y dos días después de haber recibido el Oficio del Juez Federal de Resistencia, donde le informa, la nomina del personal de guardia del día 12/12/76, con su estado de revista, y del personal de guardia del día 13/12/76, con su estado de revista, nota donde informa.  Expte militar que ordena el traslado de los presos alojados en la U7 – 12.6. 0034/64.  Expte interno que generó el Expte militar - letra “E” 207/76 (U7)  Nomina del personal a trasladar el día 12/12/76 – Barco, Cuevas, Duarte, Franzen, Parodi Ocampo, Salas y Tierno.  Personal que lo retiró, Tte. E. Simoni, secundado por el Of. Ay. S. Torres de la Policía del Chaco.  Hora de retiro de los presos 17:30 horas.  Causa 231 con fecha 17/07/84 y un día después de haber recibido el Oficio el Juez Federal de Resistencia, se remitió la nomina del personal que estuvo de guardia el día 12/12/76 y el día 13/12/76 donde por supuesto no figura el Oficial Casco, con el domicilio actualizado de dicho personal, en un 95%.  Causa 231 con fecha 09/08/84 y a dos días después de haber recibido el requerimiento del Juez Federal de Resistencia, se remitió nota informando que no existen antecedentes en el taller de carpintería sobre la construcción de féretros.  Causa 231 nota de remisión de los Libros de la U7, que avalan los informes.  Expte 7I 4 8101 Causa Militar declaración de Casco donde niega haber estado presente por estar de licencia.  Expte del Servicio Penitenciario Federal donde consta que con fecha 10/12/76/Casco solicito 20 días de la licencia de 1975. Para la Cámara, cuando existe documental que avala un Informe Oficial, prefiere creerle a los falsos testigos que son partes en la cuestión y cuando la documental no existe, muchas veces con fundadas razones observan que responde a un plan sistemático para ocultar la información y en este caso fraguar el enfrentamiento. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

40. ¿Testigo Ilde? Cuando dice: Ricardo F. Ilde (confr. fs. 98/99) manifestó que con otros presos eran tenidos

en rehenes con la estricta orden de quitarles la vida “si sucedía algo”, siendo ésta la modalidad de lo acontecido, según el testigo, en el “enfrentamiento” de Margarita Belén. Vio a oficiales del Ejército cuando los visitaban mencionando, entre otros, al Coronel Larrateguy quien conversó con Tierno, Parodi Ocampo, Aníbal Perrie y con la detenida Norma Valladares. (Pág. 1.472 Tomo II) Testigo Ricardo F. Ilde Los dichos de acerca de que él y otros presos eran tenidos como rehenes para serles quitada la vida si sucedía algo como pasara en Margarita Belén, son afirmaciones no demostradas por elemento probatorio alguno. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

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41. ¿Testigo Cossio? Cuando dice: El testigo Julio Argentino Cossio (confr. fs. 103/104) dijo que encontrándose

detenido en el Pabellón No 1 de la U7 de Resistencia, Chaco, sus compañeros Salas y Parodi Ocampo recibieron orden de la guardia para que se prepararan. Narra que el clima que allí se vivía en esos momentos, era de total incertidumbre recordando que Salas dirigió palabras de despedida, distintas a las que usualmente se usan en estas circunstancias. Del pabellón de enfrente, el N° 2, eran retirados otros internos. Por comentarios se enteró que los detenidos políticos, así llama a los que no son acusados de delitos comunes, fueron llevados de la U7 al comedor de la Alcaidía, con otros internos. (Pág. 1.472 Tomo II) Testigo Julio A. Cossio Detenido en U7 relata que al recibir Salas y Parodi Ocampo la orden de alistamiento, el primero de los nombrados se despidió de sus compañeros. Además por comentarios de otros se enteró que fueron llevados al comedor de la Alcaidía los detenidos políticos. Lo del retiro de detenidos resulta totalmente normal y respecto a la despedida de Salas constituye un hecho que por si mismo no adquiere relevancia de presunción como se pretende. Respecto del conocimiento por terceros cabe remitirse a anteriores alusiones sobre testigos de referencia. Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

42. ¿Testigo Ponti? Cuando dice: Aníbal Ponti (confr. fs. 114/114 vía.) estaba detenido en la U7 a la fecha de estos sucesos. Relata al igual que los anteriores lo relacionado con los aprestos de la columna a la Cárcel de Formosa, pudiendo ver que del pabellón donde estaba alojado retiraron a Salas y a Parodi Ocampo. Encuentran sustento tales manifestaciones en lo informado a fs. 120 del sumario referido donde se pone en conocimiento de ese Juzgado que con fecha 13 de diciembre de 1976 fueron entregados para su traslado a la ciudad de Formosa los detenidos Barco, Cuevas, Franzen, Parodi Ocampo, Salas, Tierno, Duarte, Pereyra, Díaz, Yedro, Zapata y Piérola no incluyéndose al detenido Zamudio a pesar de que fue sacado de su celda con el propósito de trasladarlo a ese establecimiento penal. (Pág. 1.472 y 1.473 Tomo II)

Testigo Aníbal Ponti Detenido en U-7, también pudo ver el retiro de Salas y Parodi Ocampo, por ello merece idéntica consideración a la formulada sobre el particular anteriormente. Además de lo desarrollado por el JIM 59, enumeraremos a la luz de las declaraciones ante la Cámara de Diputados, una serie de contradicciones entre los declarantes, dentro de los cuales también se encuentran los arriba mencionados.  Alarcón L. Eugenio (18/06/84) No declara nombres, ni pabellones, tampoco le preguntan.  Aliva Eduardo E. (14/11/84) del Pabellón Nº 1 retiraron a Salas y Parodi Ocampo.  Argañaraz Juan S. (08/03/85) del Pabellón Nº 2 sacaron a Barco y Tierno.  Uferer Raúl O. (27/06/84) del pabellón Nº 2 sacaron a Barco y Pietro.  Goya Juan C. (24/07/84) del pabellón Nº 4 sacaron a Franzen y Duarte.  Campos José E. (21/07/84) del Pabellón Nº 3 sacan a Cuevas.  Ponti Aníbal (25/06/85, Declara: Nada, este testigo no declara absolutamente nada sobre el 12/12/76 en la U7, raro porque luego declararía ante la Cámara y por supuesto la mediocridad de los investigadores se demuestra al no haberle preguntado absolutamente nada al respecto, existiendo graves contradicciones entre las distintas declaraciones. Si se observa la fecha este testigo fue él ultimo a quien se le tomo declaración en relación con los hechos en la U7 ¿Qué omisión rara, no?  Dedieu Hugo A. (27/07/84) del Pabellón Nº 3 sacaron a Cuevas. Pág. Nº 124

 Ilde Ricardo (19/03/85) Declara: no declara nombres, ni pabellones, tampoco le preguntan.  Quintana Gregorio M. (26/10/84) del Pabellón Nº 2, sacaron a Barco y Tierno, del Pabellón Nº 1 sacaron a Salas y Parodi Ocampo, del Pabellón Nº 3 sacaron a Duarte y Franzen y del Pabellón Nº 4 a Cuevas.

De estas declaraciones tomadas por el mismo Bittel y Romero, se infiere con la simple lectura de la misma, que el personal retirado de la U7 fue Salas, Parodi Ocampo, Barco, Tierno, Franzen, Duarte y Cuevas, estos nombres por pabellones:    

Pabellón Pabellón Pabellón Pabellón

Nº Nº Nº Nº

1 2 3 4

Salas y Parodi Ocampo. Barco y Tierno. Cuevas. Franzen y Duarte.

Es decir que hasta ahora le ha dado más importancia a una denuncia anónima que a la declaración testimonial bajo juramento que les tomó a los ex detenidos subversivos. Otra omisión. Pero llama poderosamente la atención que no remitió un oficio a la U7 preguntando quienes habían sido trasladados el 12/12/76. Otra omisión. Porque si así lo hubiese hecho, la U7 le hubiese respondido tal cual le respondió al Juez Tarantino en fecha 16/07/84 en la Causa 231 (la misma fecha de los testimonios) que los trasladados el 12/12/76 fueron Salas, Parodi Ocampo, Tierno, Franzen, Duarte, Cuevas y Barco. Inclusive hubiese tenido a su disposición para su control los libros de la U7 que luego desaparecen como lo tuvo también el Juez Federal Tarantino a quien se lo entregaron el 09/08/84 en la causa 231. Otra omisión. Ante la aseveración de la presencia de Casco en el Penal el 12/12/76, analizamos de donde saca los elementos de juicio para demostrar lo simulado y sin sustento en la investigación de este párrafo.  Alarcón Luís E.: El 18/06/84, Dice: Varios de los detenidos que me acompañaron

en aquella oportunidad, fueron posteriormente sacados de esa cárcel, el 13 de diciembre de 1976. No lo menciona al Oficial Casco ni siquiera en el retiro de las celdas.  Saliva Emilio E.: El 14/11/84, Dice: El compañero Salas y Parodi estaban en mi pabellón, el Nº 1, un día domingo después que terminamos de jugar al fútbol, nos encierran a todos, como ello se produjo fuera de la hora de encierro, nos dimos cuenta que eso podía significar solamente dos cosas, una que venia gente de visita o bien que habría algún “traslado”. Entonces nos empezamos a resistir, golpeábamos las paredes, los barrotes, a gritar, por gritos de Salas y Parodi nos enteramos que a ellos los querían trasladar, vimos por las mirillas como los conducían y los forcejeos de los compañeros, en un determinado momento Salas se para y manifiesta que estaba seguro que iba a la muerte, pero también sabia cual era su compromiso con su pueblo. No lo menciona al Oficial Casco ni siquiera en el retiro de las celdas.  Argañaráz Juan S.: El 08/03/85, Dice: Es lo ocurrido el 12 de diciembre de 1976,

en horas de la siesta, día domingo, llega el personal del penal, con el oficial Casco a la cabeza y lee los nombres de Luís Barco y de Patricio Blas Tierno, y manifiesta que van a ser trasladados; el clima que se vivía es distinto, pues no era usual un traslado en días domingos, se percibía una situación muy anormal, adonde, desde el pabellón de enfrente, Pág. Nº 125

avisan los compañeros, que en la parte exterior del penal se encontraba personal de civil, policial y de Ejercito. En un primer momento los compañeros nombrados, se niegan a salir, pero el Oficial Casco dice que si no salen, va a entrar el personal policial y el militar a sacarlos y va a pasar “cualquier cosa”. Luego de algunas deliberaciones, los compañeros deciden salir por propia voluntad. Si bien lo nombra al Oficial Casco hecho que es falso ya que esta acreditado que Casco estaba de Licencia, establece dentro de su imaginaria declaración que lo único que realiza Casco fue nombrar al personal a trasladar y hacer mención al hecho falso también de que si no salían entraba a sacarlo el Ejército. Pero también declara que había personal Policial y del Ejército, con lo cual hace imposible la participación de Casco en el traslado.  Uferer Raúl O.: El 27/06/84, Dice: El Oficial Casco en las oportunidades en que se

saco gente de la cárcel ya sea para torturar o para matar como en Margarita Belén, fue el Encargado del Traslado..., A la siesta llamaron a presos de diferentes pabellones, el pabellón 2 en el que yo estaba, llamaron a Barco y Pietro. Casco no estaba de guardia ese día, era otra guardia, pero Casco estaba de Encargado del Operativo de sacar a los presos, porque por la forma en que los tenia que sacar y por los rumores que corrían algunos presos no querían salir, entonces vino Casco, debido a esa pequeña resistencia que hubo a salir, y se hizo responsable delante de los demás presos de que él iba a sacarlos y que no iban a torturarlos ni nada. Casco saco presos del pabellón 3 y 4, en mi pabellón no entro él, entro al frente a sacarlos a Salas. En mi pabellón directamente llamaron y los compañeros Barco y Pietro salieron normalmente, él no entro en nuestro pabellón, sino que estaba en el pasillo. Realmente este testimonio demuestra lo que ha sido la investigación con seria contradicciones a lo largo de la declaración y en particular en este caso con una diferencia de escasos 15 renglones: Primero dice que estuvo a cargo del traslado en Margarita Belén lo cual es falso porque ya esta acreditado en el mismo informe que la columna iba a cargo del My. Renes. Luego dice que estuvo a cargo del retiro de las celdas de los trasladados ya se ha acreditado que Casco estaba de licencia y por lo tanto no puede haber estado presente. Luego dice que Casco no estaba de guardia ese día con lo cual ratifica lo informado por la U7. Luego dice que por los comentarios que existían, los presos se negaban a salir ratifica la posición oficial de que los trasladados sabían que iba a haber un traslado. Pero lo más incongruente es que dice que Casco, una persona que de acuerdo a lo declarado por Uferer mismo, era el responsable de torturas, de entregar presos para que sean torturados, calmo la negativa a salir dando la palabra de que no lo iban a torturar a los trasladados y pretende que uno crea que los presos le creyeron y por eso salieron sin problema a tal punto que Barco y Pietro (Tierno) salieron normalmente del pabellón.  Goya Juan C.: El 04/07/84, Dice: Yo estaba alojado en el Pabellón 4, junto a Arturo

Franzen y Duarte que, en el mes de diciembre son llevados junto con otros compañeros que estaban alojados en otros pabellones, y al día siguiente son fusilados en Margarita Belén. Cuando el Oficial Casco, que estaba a cargo del operativo del traslado a pesar de que no le correspondía estar de Guardia, o sea que era una misión especial para él, da los nombres de los compañeros, y les dice que salgan del pabellón, ellos haciendo uso del derecho que les asiste, de saber adonde van a ser trasladados, le preguntan a lo que él contesta, salgan, porque sino salen solos, lo van a sacar los milicos que están ahí afuera lo van a sacar. Ante esta amenaza que implicaba la posible tortura, del conjunto de los detenidos, estos compañeros a pesar de la certeza de que salían si no a una muerte por lo menos a la tortura segura, hacen abandono del pabellón. Este Oficial Casco, de nefasta trayectoria, se caracterizo por ser un constante verdugo de los presos políticos. Realmente este testimonio demuestra lo que ha sido la investigación con serias contradicciones entre los distintos testimonios lo que demostraría lo falso de las mismas. Goya vuelve a colocar al Oficial Casco a cargo del traslado cuando ya esta demostrado que era el Mayor Renes. Tampoco estuvo a cargo del traslado desde la U7 hasta la Alcaidía ya que dicho traslado estuvo a cargo del Tte. Simoni y el Of. Ay. de la Policía del Chaco Torres, de acuerdo a lo informado por la U7, el 16/07/84 al Juez Federal Tarantino y corroborado por los Libros por el mismo Juez, habiendo entregado los Libros al Juzgado Federal el 09/08/84. Aparece el Oficial Casco que no le correspondía Guardia y para Goya no era por los comentarios Pág. Nº 126

que existían sino porque los nombrados conocían sus derechos y entonces le preguntaron dónde iban a ser trasladado en ningún momento dice que se niegan a salir, sino que le preguntan. Entonces para Goya, Casco se manda la amenaza de que iban a entrar los milicos y los iban a sacar y podía pasar cualquier cosa.  Campos Jorge Eduardo: El 20/07/84, Dice: Que a las 1500 hs se hace

presente un celador, yo en ese momento estaba en el pabellón 3, lo nombra a Cuevas para que se prepare, que iba a ser trasladado, eso fue el domingo 12 de diciembre de 1976, dado el clima que se vivía, desde un primer momento se pensaba, que ese traslado no iba a tener final, con feliz llegada. Pensábamos concretamente que iban a matarlo. Realmente

ya con este testimonio comenzamos a entender porque no son tomados en cuenta por la investigación, debido a las serias contradicciones entre los distintos testimonios lo que demostraría lo falso de los mismos. Para Campos no fue Casco quien lo retira del pabellón, y no es que lo haya olvidado porque dos renglones mas arriba en la declaración lo acusa de ser uno de los autores de la tortura síquica dentro de la U7 y se contradice con Uferer que dice que Casco entro a sacar a los pabellones 3 y 4. Reconoce que existía un clima especial producto de que se pensaba que lo iban a matar, ergo se sabía del traslado. Se contradice con Goya que dice que los trasladados ejercieron el derecho a saber el destino.  Ponti Aníbal: El 25/06/85, Dice: Nada, este testigo no declara absolutamente nada sobre el 12/12/76 en la U7.  Dedieu Hugo Alberto: El 27/07/84, Dice: El 12 de diciembre de 1976 en horas de

la tarde, informan a un detenido del pabellón 3, Mario Cuevas, que va a ser trasladado, lo que llamo la atención era el día, ya que era un domingo a la siesta. Cuevas se niega a salir del pabellón, situación que observo también en el pabellón 4. Viene el oficial Casco, y le dice a Cuevas: “o sale por las buenas, o entran a sacarlo por las malas”. Cuando el Compañero Cuevas se decide a salir, lo despedimos cantando la “Marcha de los muchachos peronistas”; según me manifestaron otros detenidos, un Oficial del Servicio Penitenciario, le dice a Salas (un compañero que fue muerto en Margarita Belén) que afuera estaba el Ejército, le hacen subir a una ventana, y Salas puede observar. El oficial le dice, que si se negaban a salir, el Ejército ingresaría, ante esta actitud, los compañeros que fueron llamados a salir deciden hacerlo. Realmente ya con este testimonio tenemos la convicción de que parece que los testigos estuvieron en cárceles distintas, el mismo día y a la misma hora porque narran hechos y situaciones totalmente distintas, lo que demostraría lo falso de las mismas. No es Casco quien le informa a los detenidos que van a ser trasladados como declara Goya sino un celador y Casco recién aparece en escena cuando Cuevas se niega a salir. Ante lo cual y según Dedieu lo amenaza a Cuevas, en particular y no a todos como dice Goya, no con el ingreso del Ejército sino que lo iba a sacar por las malas, es decir con el mismo personal del penal. Para Dedieu lo despiden con la marcha de los Muchachos Peronistas, la pregunta es, ¿Puede alguien olvidarse como 180 detenidos, cantan dicha marcha, a quienes, según ellos, estaban destinados a morir? Luego se entera que un Oficial del SPF (no Casco) lo habría amenazado a Salas con el ingreso del Ejército si no salía, lo que se contradice también con lo dicho por Goya.  Ilde Ricardo: El 19/03/85, Dice: Lo más relevante de la U7 es lo que ocurrió en

horas de la siesta, del 12 de diciembre de 1976. Encontrándose el denunciante en el pabellón 1, observa la llegada de Casco Oficial muy conocido por su crueldad en el trato con los internos, e indica los nombres de algunos compañeros que debían preparar sus cosas porque iban a ser trasladados. Resultaba muy sospechoso, que un día domingo y en horas de la siesta, se produzca un traslado por lo que los compañeros citados en la celda y en los otros pabellones se negaron a salir. Ante esta actitud, Casco amenaza con dejar entrar al Ejército y diciendo que no se responsabilizaba por lo que pudiese ocurrir. Asimismo se arriman los compañeros y piden explicaciones y que alguien se haga responsable de ese traslado. El oficial Casco manifiesta que él se hace responsable, y que nada iba a ocurrir. Continuando con la serie de contradicciones que no demuestra otra cosa que los Falsos Testimonios de los declarantes, nos encontramos con: Para Ilde viene Casco y nombra a los que tenían que preparar sus cosas para ser trasladados las contradicciones se van a observar en un cuadro sinóptico. Para Ilde amenaza a todos con hacer ingresar al Ejército, no responsabilizándose por lo que pudiese pasar. Que aun así Pág. Nº 127

los detenidos subversivos se aproximan a Casco y piden explicaciones, las cuales no da. Según Ilde los detenidos le piden que alguien se haga responsable del traslado y entonces Casco dice que él se hace responsable y que nada iba a ocurrir, el mismo que definen como el hombre más cruel con los detenidos, a ese le creen, es realmente burlesco aceptar esta declaración.  Quintana Gregorio Magno: El 26/09/84, Dice: El día 12 de diciembre de 1976,

habían terminado de almorzar en el penal de la U7 y se presentaron los del Cuerpo de Requisa del Servicio Penitenciario, recuerda al Oficial Casco y Oficial Broca, que solicitaron la presencia de dos detenidos del pabellón del declarante, los señores Luis Barco y Patricio Blas Tierno, solicitándole que preparen sus cosas porque los iban a sacar. Entonces varios detenidos solicitaron, acercándose a las rejas, hacia donde lo iban a trasladar, ya que era un día domingo, y esos días nunca se hacían los traslados que por lo general se hacían por la mañana. A todo esto los detenidos habían visto a personal militar apostado en las guardias exteriores del penal. Cuando se requirió a donde se los trasladaba, se nos contesto (Oficial Casco) que eso no nos tenia que importar. Como en el pabellón Nº 1, que quedaba al frente de donde estaba el declarante (Pabellón Nº 2) también se observaba que estaban por sacar a otros detenidos, como el caso de Parodi Ocampo y Néstor Salas, se preocuparon y comenzaron a gritar, cantar la marcha peronista y pedir la intervención de las autoridades del Penal. No obstante sus protestas, lo mismo fueron sacados, junto a gente del Pabellón Nº 3, que sacaron a Duarte y Franzen y del Pabellón Nº 4 a Cuevas. Continuando con la serie de contradicciones que no demuestra otra cosa que los falsos testimonios de los declarantes, nos encontramos con: Aparece en escena un nuevo Oficial que es Broca, no nombrado como presente por ninguno de los otros declarantes. Solicitó primero la presencia de dos detenidos y luego solicitó que prepararan sus cosas. ¿Esta demostrando esta situación, malos tratos o abusos por parte de Casco? Que cuando los presos le preguntaron, Casco les contesta que no les importaba donde iban. Para Quintana no existieron amenazas por parte de Casco de hacer ingresar al Ejército. Para Quintana en el Pabellón Nº 1 gritaban y cantaban la marcha peronista. Para Quintana Casco no asumió ninguna responsabilidad por el traslado de los detenidos. Finalmente fueron sacado, es decir no salieron por su propia voluntad. No mencionar a Casco con el odio y resentimiento que le tenían, debe ser tomado como que no estaba, ya que sino es imposible no mencionarlo incluso algunos nombran un carcelero y no a Casco. Siguiendo con el análisis realizado sobre la base de la narración de cada uno de los testigos llegamos al siguiente resumen:  Estamos hablando de un momento muy particular dentro de la U7 de acuerdo a lo expresado por los testigos, había comentarios, había tensiones, pensaban que los iban a matar, entonces convengamos que el momento del retiro fue de mucha tensión y por lo tanto se transforma en un momento fuerte e inolvidable. Además que demuestra que sabían del traslado.  Dentro de esta situación nos encontramos con los detenidos Alarcón y Ponti que no relatan absolutamente nada del hecho, uno de ellos (Ponti) declararía ante la Cámara y relataría lo que vio el 12/12/76.  Frente a Quintana que declara que en Pabellón Nº 1 despidieron a los presos cantando la marcha peronista, no le pregunta a Saliva, que dice dos meses después de Quintana que los despidieron con ruidos, estamos hablando de mas de 180 hombres cantando la marcha peronista, como un acto de respeto a quienes según ellos iban a morir, a esto se debe sumar el Pabellón Nº 3 donde estaba Dedieu y que declara que en el pabellón de ellos también lo despidieron con la marcha peronista, es decir eran 360 hombres cantándola con bronca con odio ¿Cómo se puede olvidar eso?.  Sin embargo ante la Cámara de Diputados ni Ilde, ni Ponti, del Pabellón Nº 1, hacen mención a ello, ni Campos del Pabellón Nº 3, tampoco. ¿Qué raro, no?  Hay testimonios extremadamente disímiles como para aceptarlos como tal: Unos vieron amenazar a Casco con hacer ingresar al Ejército para sacarlos, otros vieron o escucharon a Casco amenazar a entrar a buscarlos por las malas, sin mencionar al Ejército, otros escucharon a Casco asumir la responsabilidad de que nada les iba a pasar, otros no lo vieron a Casco y otros ni lo nombran a Casco y Casco estaba de vacaciones. Tratándose Pág. Nº 128

Casco de un hombre extremadamente odiado, basta que uno de los detenidos dijese que no estaba para dar como cierto que el informe sobre su licencia es cierto. Hay dos que no opinan del hecho y hay dos más que no lo nombran presente. Hay siete de diez que dicen que los presos salieron por sus propios medios y hay dos que dicen que los sacaron a palos. En las declaraciones hay varias que reconocen haber visto la presencia del Ejercito en las afueras del Penal, entonces nunca Casco, aun en el hipotético caso de que hubiera estado presente, podría haber estado a ordenes del traslado, porque estaban bajo control operacional del Ejercito, no podía estar a cargo del traslado ¿Porque la Cámara no ha valorado la documental y ha expresado que no se sabía a quienes se habían retirado de la U7? Lo cierto es que, sus dichos, se tomo como fundamento de Sentencia.

J) Conclusiones del JIM 59 Tomado esta Instrucción en consideración al tenor de la denuncia que provocara la instrucción de este sumario, como también la totalidad de los elementos probatorios acumulados al mismo, se puede arribar a las siguientes conclusiones: Que como hecho concreto y demostrado puede exhibirse el deceso de once 1. personas en total (nueve ex detenidos que originariamente eran trasladados por efectivos militares en la madrugada del día 13/12/76 desde la Alcaidía Policial de la ciudad de Resistencia (Chaco) hacia la de Formosa, y dos NN); se descarta así un número mayor de fallecidos; Que el antecedente necesario de los fallecimientos aludidos fue el retiro de un 2. contingente de detenidos por actividades subversivas llevado a cabo por una comisión militar del Ejército Argentino con apoyo de personal policial, no encontrándose probado que el número de internos retirados en la oportunidad (madrugada del día 13/12/76) fuera superior a trece, todos ellos de sexo masculino; Que está probado que de los once muertos consignados en 1., solamente uno 3. tenía sexo femenino; Que los muertos aludidos lo fueron en una secuencia cronológica que excluye un 4. deceso masivo en un hecho unitario, a saber: tres de los trasladados (Díaz, Duarte y Cuevas) el 1304:45 Dic 76 en Km. 1042 sobre la Ruta Nacional 11, como también dos NN; dos trasladados (Parodi Ocampo y Tierno) el 13 15:40 Dic 76 a pocos kilómetros de la mencionada Ruta y en dirección Oeste; dos trasladados (Barco y Salas) el 1407:00Dic76 entre la Estancia Varela y el puesto de Gendarmería Nacional Lapachito; un trasladado (Franzen) el 1414:00Dic76 en lugar no precisado; y por último otro trasladado (Zamudio) el 1707:30 Dio 76 en Campo Grande, Provincia de Misiones. Que no se encuentra probado que el ataque a la columna militar de traslado del 5. día 1304:45Dic76, como de los sucesivos enfrentamientos de los días 1315:40 Dic 76, 1407:00 Dic 76 y 1414:00 Dic 76 no se hayan producido; en idéntico sentido el enfrentamiento del día 1707:30 Dic 76 en la localidad misionera de Campo Grande; Que no se encuentra probado que las personas muertas consignadas en 4. y en las 6. oportunidades de 5. lo hayan sido en manos de las Fuerzas Legales y en total estado de indefensión; Que no se ha demostrado que los hechos descriptos constituyan ilícitos conforme a 7. la ley penal vigente al momento de suceder los mismos, ni que los imputados de autos puedan ser reprochados de la comisión de conductas antijurídicas; En atención a las conclusiones precedentemente expuestas, como asimismo a las consideraciones puntualizadas en 5. a. y 6., estimo que resulta procedente en el presente Sumario:

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Sobreseer provisionalmente esta causa en los términos del artículo 339 inciso l° (por considerar que los medios de justificación acumulados en el proceso no resultan suficientes para demostrar la perpetración del delito imputados) del Código de Justicia Militar (LM – 1);  Plantear la nulidad de todo lo actuado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital en cuanto se refiere al caso investigado en autos, esto es el denominado "Caso Nro 678 (Tierno Patricio Blas)”, que en la sentencia dictada por el referido Tribunal el 09/12/85 fuera atribuido como Homicidio Agravado y como Tormentos al Teniente General (R) D Jorge Rafael Videla, por considerarlo probado;  Remitir a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital , fotocopias autenticadas de las partes pertinentes del Expte a efectos de que a través del Tribunal correspondiente sé meritúe la comisión del presunto delito de Falso Testimonio en que se hallaría incurso el doctor Edwin Eric Tissembaum (C.I. Pol Fed Nro 5.104.785) 

CORRIENTES, 21 JUNIO 1986

K) Antecedentes – Relación de Causa Es necesario, por una cuestión de orden y para una mejor ilustración al lector, efectuar un análisis pormenorizado de las distintas circunstancias procesales por las que atravesó esta Causa Nº 51.640, radicada en la Cámara Federal de Rosario, como consecuencia precisamente de los planteos por razones de competencia negativa, y resuelta en definitiva por la C.S.J.N. El 13/12/76, sucede el enfrentamiento entre las Fuerzas Legales y elementos subversivos en el Km. 1.042 de la RN Nº 11, en proximidades de la localidad de Margarita Belén. El 02/01/84, tiene inicio a partir de un Requerimiento de Instrucción Formal deducido por la Agente Fiscal de Feria Nº 5, del Poder Judicial de la Provincia del Chaco, por artículos en medios gráficos La Semana y el diario El Norte, que dan una versión distinta a la oficial, sujeta a prima-facie a las normativas del Código Penal. El 17/02/84 el Juez de Instrucción Militar - JIM 59, solicita al Juzgado de Instrucción de la Segunda Nominación de Resistencia se inhiba en virtud de lo normado del Código de Justicia Militar. El 17/02/84, Juez de Instrucción de la Segunda Nominación de Resistencia, resuelve declarar la incompetencia de ese Tribunal a su cargo, por razones de Jurisdicción y dispone remitir fotocopias certificadas a consideración del Juzgado Federal de Resistencia. El 17/02/84, el JIM 59, promueve cuestión de competencia y solicita se inhiba para entender en la Causa el Juez Federal de Resistencia, conforme el Código de Justicia Militar. El 14/03/84 el Juez Federal de Resistencia, resuelve hacer lugar del planteo de competencia por inhibitoria efectuada por el JIM 59 y remite la totalidad de las actuaciones. El 12/12/86 la Cámara Federal de de Resistencia mediante Oficio Nº 11.349 P, comunica al Presidente del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas - CSFFAA, la resolución de fecha 04/12/86 por la cual se concede una nueva prórroga excepcional por 90 días a fin de que dicte el respectivo pronunciamiento en la Causa. El 13/01/87 el CSFFAA dicta Sentencia de SOBRESEIMIENTO y en la misma fecha remite el Expediente completo a la Cámara Federal de Resistencia a su requerimiento. El 09/01/87 se plantea la cuestión de competencia, porque, la Cámara Federal de Resistencia, requirió al CSFFAA la remisión de estas actuaciones a efectos de examinar su estado. Pág. Nº 130

El 21/01/87 obra dictamen del Fiscal ante la Cámara Federal de Resistencia, en el que expresa se debe declarar la incompetencia de la Cámara Federal de Resistencia para entender en la Causa, y debe ser remitida a la Cámara Federal de Rosario, en razón de expresas instrucciones recibidas del Procurador General de la Nación por ser el lugar de asiento del IIdo Cpo Ej. de donde emanó la orden de traslado de los detenidos. El 26/01/87 la Cámara Federal de Resistencia, declara su incompetencia para entender en la presente Causa y sus conexos y remite la misma a conocimiento de la Cámara Federal de la Capital Federal. El 04/02/87, Cámara Federal de la Capital Federal. resuelve: no aceptar la competencia que se le atribuyera remitiendo los autos en devolución a la nombrada Cámara Federal de Resistencia, invitándola a esta a elevar la Causa a la C.S.J.N. al efecto de que dirima la cuestión planteada. El 16/02/87, la Cámara Federal de Resistencia resuelve elevar la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la cuestión planteada. El 01/09/88 la CSJN declara expresamente y de conformidad a lo dictaminado por el Procurador General que debe entender en el presente la Cámara Federal de Rosario, ordenando la remisión de las actuaciones. El 14/12/88 es remitida la totalidad de la Causa a la Cámara Federal de Rosario, corre vista al Fiscal de Cámara dictaminando que la Cámara Federal de Rosario debe asumir el conocimiento de las presentes actuaciones en virtud de lo dispuesto, solicitándose cite a prestar declaración indagatoria a L. F. Galtieri, R. Genaro Díaz Bessone, C. Nicolaides, W. Ceniquel, J. A. Larrateguy y M. A. Baguear. El 20/09/88 por resolución y sobre la base de dichos antecedentes la Cámara Federal de Rosario en Expte Nº 51.640, dispone que este Tribunal asuma el conocimiento de la presente causa en todo cuanto no ha sido alcanzado por la declaración de prescripción dispuesta por la Resolución del CSFFAA. El 13/01/89, declara extinguida por prescripción la acción emergente de los delitos que menciona. Que no obstante las solicitudes de los particulares damnificados, y de conformidad en la Ley 23.521, este Tribunal estima que solo hay merito para llamar a prestar declaración indagatoria por su presunta participación en la comisión de los delitos de homicidios calificados al Tte. Gral. (R) L. F. Galtieri, Tte. Gral. (R) C. Nicolaides, y Crío. Gral. (R) de la Policía de la Pcia. del Chaco, W. E. Ceniquel, por surgir de autos motivos bastantes de sospecha a su respecto. La Cámara Federal de Rosario, Resuelve, ordenar el archivo de las actuaciones de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 1002/89 del Poder Ejecutivo Nacional, relacionado con sus Indultos. El 04/12/01, en Expte Nº 306/01, caratulado Verbitsky Horacio – C.E.L.S.- S/ Inconstitucionalidad de las Leyes 23.521 y 23.492, en relación: Desaparición forzada de personas-torturas y homicidios agravados en hechos ocurridos en la Localidad de Margarita Belén, el 13/12/76, el Juez Federal de Resistencia, en fecha 04/12/01 por interlocutorio Nº 806, resuelve declarar la competencia de ese tribunal para entender en el planteo de Inconstitucionalidad de las Leyes 23.049 y 23.051; comunicar a la Cámara Federal de Rosario, lo resuelto y requerir a la misma la remisión de las actuaciones Expte. Nº 51.640, a fin de resolver conforme lo dispuesto en punto l) de la misma. El 10/12/01, suscripto por el Secretario Penal Nº 1 del Juzgado Federal de Resistencia, se dirige al Presidente de la Cámara Federal de Rosario, acompañando original de Resolución interlocutoria Nº 806, dictada en fecha 04/12/01. El Fiscal actuante, realiza un planteo de inconstitucionalidad de la presente Causa y que resulta incompetente este Tribunal (Juez. Federal de Resistencia) El 22/09/02, dirigido a la Cámara Federal de Rosario, se hace saber lo resuelto por auto interlocutorio Nº 806/01 del día de la fecha, solicitando la remisión de las actuaciones, tal

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lo requerido en el punto III de dicha Resolución y a fin de poder continuar con la tramitación de la causa sustanciada en este Tribunal. El 17/09/02, la Cámara Federal de Rosario, envía copia Certificada de la Resolución de Presidencia. Hágase saber al Juez Oficiante que, la Cámara Federal de Rosario por intermedio de la Presidencia, ha tomado debido conocimiento del auto interlocutorio Nº 806/01, de cuyos fundamentos no advierte planteada cuestión de competencia alguna. Así ese Juzgado requirente ha Resuelto intervenir en el trámite otorgado a la querella criminal que solicita la inconstitucionalidad de las Leyes Nº 23.521 y 23.492, relativas a la desaparición forzada de personas, torturas y homicidio agravados en hechos ocurridos en la localidad de Margarita Belén, cuya investigación y juzgamiento tuvieron lugar en esta jurisdicción dentro de los autos Investigación de los hechos ocurridos el 13/12/76 en la

Localidad Belén (Chaco) ante el enfrentamiento producido entre Fuerzas Legales y elementos subversivos, cuyo trámite ha finiquitado. Consecuentemente, no es de aplicación supuesto alguno de los previstos en los artículos 45 y siguientes del C.P.P.N., por lo que no hay materia a resolver por esta Cámara. Por Acordada, la Cámara Federal de Rosario ha Resuelto: con motivo de la nota del Juez Federal de Resistencia. ACORDARON:

hacer saber al Sr. Juez oficiante que en virtud de lo resuelto por esta Presidencia de la Cámara Federal de Apelaciones mediante decreto del 17 de septiembre próximo pasado (cuya fotocopia fuera remitida por Oficio Nº 8 del 17/09/02), debe estarse respecto de las actuaciones cuya remisión formal fuera requerida, a la efectuada en su oportunidad, la que debe ser estimada “ad effectum videndi” de igual manera envíese los once cuerpos a que hace referencia el informe del 11 de agosto de 2000 de Prosecretaría de esta Cámara Federal cuya remisión no fuera oportunamente efectuada, dejándose fotocopia debidamente certificada en sede de este Tribunal. Todo lo cual. El 06/03/03 el Juez Federal de Resistencia Resuelve: I) Declarar la inconstitucionalidad y la nulidad insanable del Art. 1 de la Ley 23.492 Y Art. 1,3 y 4 de la ley 23.521 (Art. 29 de la Constitución Nacional y 166 y 167 del CPPN) II) A todo evento Declarar inválidos el Art. 1 de la ley 23.492 y los Art. 1,3 y 4 de la ley 23.521. Resolución en abstracto, pues para realizar esto debió tener judicial en trámite o un caso concreto, sin hecho, sin causa y sin competencia para tal decisión. III) Atento a lo aquí, resuelto solicitar a la Cámara Federal

de Rosario, declare su incompetencia para seguir entendiendo en el expediente Nº 51640 registro del aquel Tribunal, y remita en consecuencia los mismos a efectos de poder continuar con la instrucción del sumario en esta jurisdicción. El 15/04/03 con motivo del Expediente caratulado Investigación de los hechos ocurridos el 13/12/76, en la localidad de Margarita Belén (Chaco), Incidente de Inhibitoria, la Cámara Federal de Rosario, decide: Declarar que no media cuestión de competencia y, por tanto no corresponde aplicar lo dispuesto por los Arts. 45 y siguientes de C.P.P.N. Remitir copia certificada de los autos caratulados Investigación de los hechos ocurridos el 13 de diciembre de 76, en la Localidad de Margarita Belén (Chaco) en nueve cuerpos (1.813 fojas) al Juez Federal de Resistencia. El 06/05/03 Juez Federal de Resistencia, considera que resulta procedente insistir en la remisión de los originales del Expediente Nº 51640 a la Excma. Cámara Federal de Rosario. El 05/06/03, la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, conforme a sus considerando, que textualmente dicen: que, ante la insistencia y no advirtiéndose impedimento formal,

salvo respecto del cuidado en la guarda de lo documentado en esa causa, puede accederse a lo requerido, remitiéndose los originales por la misma vía en que, se solicita al Sr. Juez de Resistencia, devuelva a este Tribunal las respectivas copias certificadas que oportunamente le fueron enviadas; por ello acordaron: remitir los autos caratulados “Investigación de los hechos ocurridos el 13/12/76, en la localidad de Margarita Belén (Chaco)”, en nueve (9) cuerpos, Mil Ochocientas trece (1813) fojas al Juez Federal de Resistencia, una vez que sean recepcionadas para su guarda en este Tribunal las copias certificadas de los mismos”. Oficio Nº 1243/02 del Juzgado Federal de Resistencia: Hágase saber al Juez Oficiante que, la Cámara Federal de Rosario por intermedio de la Presidencia, ha tomado debido conocimiento del auto interlocutorio Nº 806/01, de cuyos fundamentos Pág. Nº 132

no advierte planteada cuestión de competencia alguna. Así ese Juzgado requirente ha resuelto intervenir en el trámite otorgado a la querella criminal que solicita la inconstitucionalidad de las leyes Nº 23.521 y 23.492, relativas a la desaparición forzada de personas, torturas y homicidios agravados en hechos ocurridos en la localidad de Margarita Belén, cuya investigación y juzgamiento tuvieron lugar en esta jurisdicción dentro de los autos Investigación de los hechos ocurridos el 13 de diciembre de 1976 en la localidad Belén (Chaco) ante el enfrentamiento producido entre fuerzas legales y elementos subversivos, cuyo trámite ha finiquitado. Consecuentemente, no es de aplicación supuesto alguno de los previstos en los Art. 45 y sgtes. del C.P.P.N., por lo que no hay materia a resolver por esta Cámara. Fdo. Presidente Cámara Federal de Rosario. No ha declinado nunca su competencia y es el Juez Natural de esta Causa. El 17/06/03 el Juez Federal de Resistencia se apropia la Causa y ordena detención. El 04/07/03 el Defensor Oficia1 presenta una acción de Habeas Corpus a favor de los detenidos, por detención ilegal, en razón de incompetencia del Juez Federal de Resistencia. El 15/07/03 el Juez Federal de Resistencia toma indagatoria a los detenidos, los que se abstienen a declarar. Reapertura la causa sin jurisdicción ni competencia; causa tramitada en la Cámara Federal de Rosario, Juez Natural. El 22/07/03 el Juez Federal de Resistencia rechaza el Habeas Corpus. El 22/07/03 la Cámara Federal de Resistencia hace lugar e1 Habeas Corpus y otorga la inmediata libertad a los detenidos, con voto unánime y opinión favorable del Fiscal de Cámara, fundada en la incompetencia del Juez Federal de Resistencia. El 09/12/03 el Con Juez Federal de Resistencia resuelve rechazar requerimiento de Instrucción Judicial formulado por el Fiscal General para integrantes de la Cámara Federal de Resistencia. El 11/03/04 el Juez Federal de Resistencia rechaza la declinatoria de Competencia presentada por el Defensor Oficial. El 22/02/05 el Fiscal General del Tribunal Oral en lo Criminal Federal presenta informe por lo dispuesto por el Art. 454 del C.P.P.N., según su escrito los detenidos estaban a disposición de un Juez que tenía la causa en su poder y se había declarado competente. Lo que no dice que la causa la tenía este Juez ad effectum videndi y para su guarda y conservación y la misma está finiquitada. El 23/03/05 la Cámara Federal de Resistencia Ad hoc rechaza denuncia del Fiscal del Juzgado Federal de Resistencia por prevaricato contra integrantes de la Cámara Federal de Resistencia. El 28/04/05 la Cámara Federal de Resistencia Ad hoc, elegida entre gallos y medanoche y sin la presencia de la defensa, rechaza la apelación del Defensor Oficial S/Formula Declinatoria de competencia y 1e otorga la competencia al Juez Federal de Resistencia. El 30/04/05 se presenta un escrito a la Cámara Federal de Rosario se denuncia violación a las reglas de jurisdicción y competencia y se requieran las actuaciones al Juzgado Federal de Resistencia, sin respuesta. El 04/05/05 el Juez Federal de Resistencia ordena nuevamente 1a detención. El 13/05/05 el Defensor Oficial interpone un Recurso Extraordinario por Arbitrariedad y Caso Federal, ante la Cámara Federal de Resistencia. El 19/08/05 el Juez Federal de Resistencia niega el pedido de excarcelación de los detenidos. El 19/08/05 el Defensor Oficial presenta un Recurso Extraordinario de Queja, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por la Competencia.

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El 07/12/05 el Juez Federal de Resistencia, dispuso el procesamiento y prisión preventiva a los militares detenidos por esta causa. El 05/04/06 el Jurado de Enjuiciamiento de los Magistrados de la Nación, resolvió RECHAZAR la remoción del doctor Tomás J. A. Inda y la Dra. María Beatriz Fernández de la Cámara Federal de Resistencia, requerida por el Consejo de la Magistratura en orden a la causal constitucional de mal desempeño, al haber otorgado el beneficio de Habeas Corpus, a los militares detenidos en la primera oportunidad, relacionado con esta causa, por ser librada la orden por Juez sin competencia. Con lo narrado es tan explícito en cuanto a los acontecimientos que fueron realizándose en el ámbito de la Justicia, es que omito los cuatro años siguientes ya que son una constante en el atropello al Derecho, los mismos hablan por sí solos.

L) Habeas Corpus El 22/07/03 la Cámara Federal de Resistencia hace lugar e1 Habeas Corpus y otorga la inmediata libertad a los detenidos militares, con voto unánime y opinión favorable del Fiscal de Cámara, fundada en la incompetencia del Juez Federal de Resistencia. Su consecuencia trajo aparejado que sus integrantes los Dres. Diógenes Rojas, María B. Fernández y Tomás Inda, y la Fiscal de Cámara Ana M. Torres, fueran denunciados penalmente por prevaricato y mal desempeño, por el Fiscal Jorge Auat, el C.E.L.S. – Centro de Estudios Legales y Sociales y con el apoyo de H.I.J.O.S. – Hijos por la identidad y la Justicia contra el Olvido y Silencio, en el 2.003. Sus consecuencias se hicieron notar en el orden político y jurídico. Producto de lo antedicho las secuelas se perciben en la inhibición que los tres jueces de Cámara en causas relacionados a los DDHH y reemplazados por jueces Ad hoc, ellos los Dres. Arduino, Mathe y Toledo desinsaculados (sorteados) entre gallos y medianoche, sin conocimiento de la Defensa. Por supuesto nulo de nulidad absoluta. El 28/04/05 la Cámara Federal de Resistencia Ad hoc rechaza la apelación del Defensor Oficial S/Formula Declinatoria de competencia y 1e otorga la competencia al Juez Federal de Resistencia. ¿Puede resolver la Cámara Federal de Resistencia, la cuestión de Competencia suscitada en autos? Viola el principio de Juez Natural, aplica erróneamente las reglas de Jurisdicción y Competencia y aplica desacertada y arbritariamente doctrina y Jurisprudencia de la C.S.J.N. Sobre Mathe y Toledo, me referiré más adelante. Lo real es que sacaron del medio a cuatro integrantes del Poder Judicial que eran independientes y lograron contra derecho, dar la competencia al Juez Skidelsky en Margarita Belén. Dos Jueces de Resistencia que ordenaron la excarcelación de un grupo de militares investigados durante la década del 70 deberán dar cuenta de sus sentencias ante el Consejo de la Magistratura, el tercero se encontraba fallecido. Pese a que está expresamente prohibido por la Constitución ir contra las decisiones de los Jueces mediante las instancias de juzgamiento Riesgosa intimidación para los mismos que tienen causas de militares. Esa conducta de legisladores e integrantes del Consejo de la Magistratura tiende a convertirse en una herramienta de presión sobre los magistrados, que seguramente comenzarán a cuidarse de lo que sentencian en algunos temas que pueden tener abogados fuera de los tribunales. ¿Qué Juez se animará a dictar Sentencia contra la opinión tan elástica de los cuerpos legislativos, que suelen votar por posiciones contradictorias en un lapso corto de tiempo y según las inquietudes del momento? Se sabe, el contenido de una resolución judicial no es susceptible de ser revisado por el Consejo de Jueces. La actuación de los integrantes de la Cámara Federal de Resistencia llegó al Consejo de la Magistratura, los que fueron sobreseidos. El daño estaba hecho para el personal militar injustamente detenido, con el aditamento de muestras de sometimiento por el pavor que muchos integrantes del Poder Judicial la hicieran suya. Ahí no termina la represión, el Procurador General de la Nación, Esteban Righi, exoneró a la Secretaria de la Fiscalía General de Resistencia, Ana M. Torres, por considerar que Pág. Nº 134

colaboró directamente con la estrategia de la defensa de los militares imputados en la Causa de Margarita Belén, por la supuesta matanza de 22 presos subversivos en diciembre de 1976, artículo de Pagina 12 del 23/09/05. Fundamentos: No sólo no respetó el mandato constitucional de tutela de la legalidad que reposa en la cabeza de todo integrante del Ministerio Público, sino que además comprometió seriamente la responsabilidad del Estado Argentino en una causa de trascendencia institucional, en la que se investigan delitos que se presentan en colisión con derechos esenciales de la persona humana. Según Righi, la conducta de la Fiscal comprometió la responsabilidad del Estado Argentino porque los delitos investigados en la causa principal se presentan en colisión con derechos esenciales de la persona humana y por lo tanto constituyó una falta grave (por no estar en el lineamiento del pensamiento hegemónico) que perjudicó moralmente al Ministerio Público. Cumplir con la Ley es grave y moralmente incorrecto, según el buen saber y entender de Righi.

M) Toledo Los Dres. Arduino, Mathe y Toledo desinsaculados en el que no se dio intervención al Ministerio de la Defensa, violándose así garantías constitucionales básicas que hacen al debido proceso, para conformar la Cámara Federal de Resistencia Ad hoc. El 28/04/05 1e otorga la competencia al Juez Federal de Resistencia, violando el principio de Juez Natural, empleando erróneamente las reglas de Jurisdicción y Competencia y aplicando desacertada y arbritariamente doctrina y Jurisprudencia de la C.S.J.N. En este hecho aparentemente baladí, que no es tal, muestra el atropello del ausente derecho, por tres aspectos a resaltar: 1º Supuesta elección dirigida de los Jueces Ad hoc que seguirán políticas correctas y no independientes como los apartados. 2º Interpretaciones forzadas de Jurisdicción y Competencia ya que el Juez Skidelsky solo tenía la Causa a ad effectum videndi y para su guarda y conservación y la misma está finiquitada, según el Juez Natural Cámara Federal de Rosario y la errónea interpretación de la C.S.J.N. que había otorgado la Competencia a esta última. 3º Toledo se debió inhibir por haber sido patrocinante de personas demandadas por el Gral. Nicolaides en esta Causa, su desparpajo es inusitado. Paso a contar su nueva acción. El 18/09/06 el Dr. Carlos Pujol Defensor Público Oficial, presenta a la Cámara Federal de Resistencia el siguiente escrito, que como tantas cae en saco roto: Requiere: Pronto despacho. Interpone nulidades. Recusa con causa. Denuncia prevaricato. Formula protesta de recurrir en Casación. Plantea Caso Federal. Excma. Cámara Federal: Carlos M. Pujol,

Defensor Público Oficial, en los autos caratulados: “Incidente de recurso de apelación c/auto de procesamiento con prisión preventiva, en los principales: Larrateguy, Jorge y otros s/homicidio agravado p/alevosía y por el número de partícipes y desaparición forzadas de personas”– Expte. Nº 306/01 Expte. Nº 43.996, del registro interno de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, a VVEE como mejor proceda, respetuosamente me presento y digo: 1. Según consta a fs. 1377/1379, el día 16/08/06 articulé la nulidad de la desinsaculación de los jueces Sandoval, Mathé y Toledo, y, hasta el día de la fecha nada se ha resuelto sobre el particular, razón por la cual, con los alcances y en virtud de lo establecido en la normativa procesal vigente, pido se le dé pronto despacho al escrito. 2. Mediante el auto de fs. 1384/1385, los jueces Predilalio y Mathé aceptaron la inhibición del juez Toledo, y rechazaron las inhibiciones de los jueces Niremperger y Saife. Enterado así que se constituyó el tribunal con el juez Predilalio, en tiempo y forma vengo también por la presente a interponer la nulidad del acto por el cual se desinsaculó al juez Predilalio, como así también todos los actos posteriores y consecuentes de aquel primigenio, por las razones de hecho y de derecho que a continuación se expondrán. Debo en primer término repetir aquí todos y cada uno de los conceptos que blandiera en mi anterior presentación de fs. 1377/1379, en cuanto articulé y fundamenté la nulidad del Pág. Nº 135

acto de desinsaculación de los jueces Sandoval, Mathé y Toledo, a los que me remito en homenaje a la brevedad. El hecho concreto es que el juez Predilalio, que ahora aparece interviniendo en el proceso, también fue desinsaculado y designado en un procedimiento espurio, en el que no se dio intervención a este Ministerio de la Defensa, violándose así garantías constitucionales básicas que hacen al debido proceso. Tratándose del nombramiento, capacidad y constitución del juez y/o tribunal, debe dársele a la cuestión el carácter de nulidad de orden general declarable hasta de oficio, lo que así formal y respetuosamente solicito se le otorgue. 3. Asimismo, articulo la nulidad del auto de fs. 1384/1385 firmado por los jueces Predilalio y Mathé, por estar suscripto por dos personas que fueron desinsaculados jueces sin la debida intervención legal y procesal que le compete a este Ministerio de la Defensa. Tratándose del nombramiento, capacidad y constitución del juez y/o tribunal, debe dársele también a esta cuestión el carácter de nulidad de orden general declarable así hasta de oficio, lo que así formal y respetuosamente solicito se haga. 4. Se pide la nulidad del auto de fs. 1384/5, porque la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal había ya decidido en los fallos de las causas números 7608.4 y 7633.4 el apartamiento de la causa de los jueces Niremperger y Saife, y no puede ello ser contradicho por conjueces de un tribunal inferior. En efecto: la resolución nula aquí cuestionada, pretende contrariar la decisión de su tribunal superior, dejándola así sin efecto, amparado en la falsa creencia que estaban descartando la propia inhibición de los jueces Niremperger y Saife ya apartados con anterioridad. Es decir, mal actuaron los jueces Niremperger y Saife que se inhibieron de seguir entendiendo en la causa, porque ellos ya habían sido apartados del conocimiento de la causa por el tribunal superior, y peor actuaron ahora los jueces Predilalio y Mathé, que desconociendo lo imperativamente ya ordenado en contrario, pretenden reinsertar para el juzgamiento de esta causa a jueces ya apartados a raíz de su grave actuación anulada en la superior instancia. La ley procesal aplicable al caso es extremadamente clara: Art. 173 del CPPN: “Cuando un tribunal superior declare la nulidad de actos cumplidos por uno inferior, podrá disponer el apartamiento de la causa”. La ley es clara, cuando dispone el apartamiento de los jueces “de la causa” y no solamente de algún incidente. Por lo demás, sería impensable y absurda la coexistencia de determinados jueces para unos incidentes, y otros jueces para la causa principal u otros incidentes. En definitiva, la Cámara de Casación Penal dispuso apartar a los jueces Niremperger y Saife de la causa, léase toda la causa, principal e incidentes, imposibilitando toda intervención de cualquiera de ellos en ninguna otra actuación a ella referida. Es por ello que la decisión de apartar de la causa a los jueces Niremperger y Saife fue decidida ya por el tribunal superior, y el auto de fs. 1384/5 que pretende rever lo decidido, vulnerando los principios de preclusión procesal, cosa juzgada y debido proceso legal, es nulo, y así formal y respetuosamente solicito se declare. Tratándose del nombramiento, capacidad y constitución del juez y/o tribunal, debe dársele también a esta cuestión el carácter de nulidad de orden general declarable de oficio, lo que así formal y respetuosamente solicito se haga. 5. Por otra parte, los jueces Predilalio y Mathé se han pronunciado sobre el “thema decidendum” en forma extemporánea, es decir, antes de que se hubiera decidido la nulidad interpuesta por este Ministerio de la Defensa a fs. 1377/1379 contra la desinsaculación del segundo de ellos, y antes de que se notificara la desinsaculación y designación del restante, el cual, como ya se viera, fue motivo también de pedido expreso de declaración de nulidad en esta misma presentación. Quiere decir así que los jueces Predilalio y Mathé se han pronunciado sobre el fondo de la cuestión a decidir, antes de que hubiera quedado legitimado su nombramiento y constitución, adelantando así indebida y antes de tiempo oportuno sus opiniones, razón por la cual han perdido toda objetividad para resolverla imparcial y legalmente en el momento procesal oportuno. De esa manera, quedaría claro que los citados Dres. Predilalio y/o Mathé han manifestado su opinión sobre el proceso y/o tienen a partir del vertido de su extemporánea opinión un interés en el resultado de la causa, razón por la cual, y en virtud de lo expresamente establecido en los incisos 4° y 10° del art. 55 del CPPN, vengo a recusar con causa a los Dres. Predilalio y Mathé. Pág. Nº 136

El conjuez Toledo fue desinsaculado oportunamente por primera vez en esta causa, dictando una resolución que avaló la competencia del juez Skidelsky. Cuando ahora se lo quiso nuevamente desinsacular para intervenir en esta causa, mi parte lo recusó, por un motivo de cuya existencia tomó conocimiento con posterioridad a aquella primigenia intervención. El hecho es que el juez Toledo, según el informe de fs. 1373, enterado de esta nueva designación, sin hacer ninguna mención a alguna causal de impedimento, juró el cargo con fecha 04/08/06, y mi parte lo recusó con causa en tiempo y forma oportuno mediante el escrito de fs. 1377/1379 presentado el día 16/08/06. Curiosamente, al día siguiente, es decir el día 17/08/06, el Juez Toledo pide su propia inhibición por otras razones, y ocultó no solamente que ya había jurado el cargo el día 04/08/06, sino que continuó ocultando también la existencia de la clara causal de recusación que fuera interpuesta el día anterior por este Ministerio de la Defensa. Resulta absolutamente clara y taxativa la causal de recusación que pesaba desde hace años sobre el juez Toledo, esto es, la de haber actuado profesionalmente en otras actuaciones judiciales en contra de una de las partes involucradas en este proceso (fue letrado patrocinante de la parte demandada, en el juicio que por reclamo indemnizatorio le iniciara Cristino Nicolaides contra quienes le habrían injuriado y/o calumniado a través de noticias periodísticas referidos a los hechos aquí investigados). Pese entonces a que el juez Toledo sabía que le cabía una causal que afectaba claramente su debida imparcialidad, la ocultó, dictando una resolución en contra de los intereses de mi defendido, y, lo que es peor aún, incumpliendo con los deberes legales a su cargo. En efecto: el art. 55 inc 1|° del CPPN dispone claramente que el juez “deberá inhibirse cuando en otras actuaciones judiciales, hubiera actuado profesionalmente en contra de alguna de las partes involucradas”. El Juez Toledo no podía dejar de saber que había actuado profesionalmente en aquella ocasión, dada la manifiesta trascendencia del tema en cuestión y de las partes involucradas. Sabiendo entonces de aquella intervención profesional suya anterior la silenció, no cumplió con la ley como era su obligación pidiendo su propia inhibición, y terminó dictando en consecuencia una resolución totalmente contraria a los intereses de mis defendidos. El juez Toledo a sabiendas pues, no cumplió con los deberes que como funcionario público “ad hoc” entonces tenía, dictando consecuentemente una resolución dejando de ejecutar leyes cuyo cumplimiento le incumbía, como era el claro art. 55 inc. 1° del CPPN. Es por ello que formalmente denuncio penalmente al Dr. Rolando I. Toledo por la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, solicitando en consecuencia que se ordene extraer fotocopias certificadas de esta presentación, y se le imprima el trámite correspondiente dándole vista al Sr. Fiscal Federal en turno en los términos y alcances del art. 180 del CPPN, reservándose todos y cada uno de mis defendidos el derecho a constituirse en parte querellante dadas su claras e innegables calidades de damnificados por el hecho antes explicitado. 7. De acuerdo a todo lo hasta aquí expresado, resultaría claro que el primigenio fallo suscripto por el juez Toledo de fecha 28/04/05, obrante a fs. 2882/2889 que avaló la competencia del Juez Skidelsky, fue dictado por una persona que no solamente carecía de la imparcialidad necesaria según los parámetros procesales legales vigentes, sino que fue suscripto por una persona que a sabiendas ocultó tal causal de inhibición incumpliendo con los deberes de funcionario público. De esta manera, resulta por demás claro que aquella resolución fue dictada en contra de los principios constitucionales que hacen al debido proceso legal y defensa en juicio. Es por ello que solicito que se declare la nulidad de la resolución de fs. 2882/2889, nulidad esa de orden general declarable de oficio por tratarse del nombramiento, capacidad y constitución del juez y/o tribunal (Conf. Art. 167 inc. 1° y 168 del CPPN). De similar manera, se pide la nulidad de todos y cada uno de los actos procesales posteriores y consecuentes a aquella espuria resolución, como asimismo los anteriores o contemporáneos conexos con el acto a anular, v. gr. la toma del juramento del juez Toledo, la oportunidad de las partes para expresar agravios y/o mejorar fundamentos, etc. (Conf. Art. 172 del CPPN). 8. Estando en juego en autos la inobservancia y/o errónea aplicación de la ley sustantiva, y, la inobservancia de las normas que el código procesal penal vigente

6.

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establece bajo pena de admisibilidad, caducidad y/o nulidad, formulo protesta de recurrir en casación (Conf. Art. 456 del CPPN). 9. Asimismo, estando en juego en el caso la interpretación y aplicación de normas de raigambre constitucional, como son los del sistema republicano de gobierno, igualdad ante la ley, debido proceso legal, defensa en juicio, a no ser arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente, el del juez natural de la causa y supremacía de la ley, es que se plantea el caso federal, para recurrir oportunamente ante el más alto tribunal del país (Conf. Art. 1°, 16, 18 y 31 de la Const. Nacional, y art. 14 de la ley 48). Por todo lo expuesto a VV. EE. solicito: 1. Pronto despacho del pedido obrante a fs. 1377/9 de nulidad de la desinsaculación de los jueces Sandoval, Mathé y Toledo. 2. Se decrete de oficio la nulidad de orden general de la desinsaculación del Juez Predilalio, por no haberse notificado del acto previamente a esta parte (Conf. art. 18 de la Const. Nacional, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Nación, y arts. 167 inc. 1° y 168 del CPPN). 3. Se decrete de oficio la nulidad de orden general de la resolución obrante a fs. 1384/5, por estar suscripta por personas ilegalmente designadas para componer el tribunal, y por estar la cuestión ya precluida mediante cosa juzgada por la decisión legalmente adoptada con anterioridad por el superior tribunal de la causa. 4. Recuso con causa a los jueces Predilalio y Mathé, por haber manifestado extemporáneamente su opinión sobre el proceso teniendo así un interés en el resultado de la causa. 5. Denuncio penalmente al Dr. Rolando I. Toledo por la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, solicitando en consecuencia que se ordene extraer fotocopias certificadas de esta presentación, y se le imprima el trámite correspondiente dándole vista al Sr. Fiscal Federal en turno en los términos y alcances del art. 180 del CPPN, reservándose todos y cada uno de mis defendidos el derecho a constituirse en parte querellante dadas su claras e innegables calidades de damnificados por el hecho antes explicitado (Conf. Art. 248 del Código Penal). 6. Se decrete de oficio la nulidad de orden general de la resolución de fs. 2882/2889 suscripta por el Juez Toledo, como asimismo todos y cada uno de los actos procesales posteriores y consecuentes a aquella espuria resolución, y los anteriores o contemporáneos conexos con aquella (Conf. Art. 167 inc. 1°, 168 y 172 del CPPN) 7. Se tenga presente la protesta de recurrir en casación (Conf. art. 456 del CPPN). 8. Se tenga presente el planteo del caso federal (Conf. arts. 1°, 16, 18 y 31 de la Const. Nacional, y art. 14 de la ley 48). SERÁ JUSTICIA. Por supuesto como todo trámite relacionado con militares y los DDHH, el resultado final es negativo y si es de aplicación el Derecho Penal de Enemigos, en el altillo de los recuerdos el artículo 18 de nuestra Carta Magna.

N) LIDMO En los primeros meses del 2.008 presentamos un escrito, que desnuda una de las tantas e innumerables irregularidades que persistentemente jalonaran la Causa. Por Propio Derecho los acusados procesados dicen:

Que vienen por este acto a realizar formal denuncia de una serie de irregularidades, en la forma en que se han violado nuestros derechos a una defensa, que sin lugar a dudas conllevan a la nulidad de todo lo actuado por el Laboratorio LIDMO, como se demostrará a continuación. La serie de irregularidades comienzan cuando: El 10/08/06, el Juez Federal de Resistencia remite cinco cajas con muestras óseas al Laboratorio LIDMO, cito en la ciudad Pág. Nº 138

de Córdoba, y en particular al Dr. Carlos Vullo Director del Laboratorio, todo ello por oficio 477/06, reconocida su recepción en el acta a fojas 4721 firmada por el Dr. Carlos Vullo. 1. Irregularidad: fueron remitidas las pruebas óseas al Dr. Carlos Vullo, sin ser perito en la causa, por no haberse cumplido con lo previsto en el Código de rito para ser considerado como tal, en este caso, al momento de disponer de las muestras óseas, no había sido designado y menos aun notificado de dicha condición, por lo que a esa fecha no había asumido como perito oficial, ni había lógicamente asumido el cargo (art. 257 CPPN Obligatoriedad del cargo: el designado como perito tendrá el deber de aceptar y desempeñar fielmente el cargo, salvo que tuviese un grave impedimento. En este caso, deberá ponerlo en conocimiento del juez, al ser notificado de la designación), como se podrá observar ya existen desde la designación del perito irregularidades, es necesario aclarar que nosotros propusimos a la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, reconocida su experiencia e idoneidad a nivel internacional. En el Oficio remitido y recibido por el Dr. Carlos Vullo establece claramente lo siguiente (sic) Hágase saber al Dr. Vullo, que una vez recibido dicho material, deberá comunicar a este tribunal, con diez días hábiles de antelación, tiempo, modo y lugar de realización de la pericia. Peritos intervinientes, con la individualización de los datos personales y especialidad técnica o modo de procedimiento utilizado y todo otro dato que haga a la conformación de la pericia en cuestión. Debido a la naturaleza de la pericia, como también a la trascendencia de la presente causa, sírvase comunicar al Teléfono Fax Nº 03722 – 458112, cualquier inquietud al respecto, a los efectos de notificar las partes y peritos del proceso; en aras de garantizar el derecho de contralor de la prueba, la defensa en juicio y el debido proceso. Es decir que el Juzgado Federal, tal cuál corresponde, tomó todos los recaudos para que ejerciéramos el control pericial a través de nuestros peritos acreditados en la causa. 2. Irregularidad: Si se observa a fojas 4721 el acta de entrega de las cinco cajas de fecha 14/08/06 firmada por el mismo Dr. Carlos Vullo, donde deja claro que violó la orden del mismo Juez Federal de no abrir las cajas, si no se avisaba con 10 días de anticipación, para que nuestros peritos estuviesen presentes y por ende se nos privó del control de la pericia, es decir el legitimo derecho a defensa en juicio. 3. Irregularidad: Es el hecho que Gendarmería Nacional haya tardado cuatro días en arribar al Laboratorio LIDMO, sin ninguna explicación de las causas, ya que le fueron entregadas las cinco cajas el día 10/08/06 y la comisión entregó las cinco cajas el 14/08/06, según acta de recepción. 4. Irregularidad: Cuando el Dr. Vullo, abre las cajas y se encuentra con siete sobres de color gris, se contradice con las actas a fojas 3957/3959; fojas 3961/3963; fojas 3965/3966; fojas 3973/3975; fojas 3980/3982 y fojas 3984/3986 , donde se habla de sobres blancos, nadie realiza ninguna aclaración al respecto. Para ejemplo, a fojas 3980/3981 dice el acta se deja constancia que se acondicionan las muestras de molar superior izquierdo correspondiente al esqueleto 2 hallado en la sepultura tierra 10 – 12 – G – Mayor, en un sobre de madera color blanco, a fojas 3983/3986 dice se deja constancia que se acondiciona fragmento del esqueleto 3 hallado en la sepultura tierra 10 – 12 – G – Mayor, para luego ser acondicionado en una bolsa de papel madera color blanco es necesario reiterar que el acta a fojas 4721 no hace mención a ningún sobre color blanco 5. Irregularidad: Lo que mas llama la atención, es que cuando el Dr. Carlos Vullo habla de los sobres, los cuales eran “ciegos”, es decir no se podía ver a través de ellos, lo que contenían, el Dr. Vullo expresa que contenían muestras óseas, con lo cual y ante esta serie de irregularidades, no deja dudas que también para poder hacer tal afirmación, debería haber abierto los sobres. 6. Irregularidad: Cuando el Dr. Vullo, abrió las cajas y menciona la existencia de los sobres, nos llama la atención que no haya hecho mención a las firmas estampadas en los mismos y que correspondían, entre otros, a nuestros peritos de parte y a los miembros del EAAF, lo que se desprende de las actas mencionadas en la letra g) 4ta Irregularidad del presente escrito. Pág. Nº 139

7. Irregularidad: La falta de notificación a la defensa, por parte del Sr. Juez Federal, de la realización del peritaje (lugar, día y hora de realización), al margen de que además debería haber informado, sobre que profesionales que participaran en la realización de las pericias, (que tampoco fue informado), se incluye entre los actos Definitivos e Irreproducibles, como el que se esta planteando en este escrito, al omitirse dicha notificación se nos ha Privado de: a. Se nos ha privado de inspeccionar la prueba y así poder elegir nuestros propios especialistas, algunos ya acreditados en la causa. b. Controlar el trabajo realizado por el perito designado por el Sr. Juez Federal. c. Proponer o impugnar otros puntos de pericia. d. El derecho a recusar, si correspondiera al perito designado. e. Y más importante a ejercer nuestra defensa como lo establece la Ley. 8. Irregularidad: El Dr. Carlos Vullo acepta el cargo de Perito Oficial el día 23/08/06 ,es decir nueve días después de haber recibido y abierto los sobres con las muestras óseas, tal cual lo informa en una nota a fojas 4734, lo que resulta violatorio de todas las normas procesales. 9. Irregularidad: El Dr. Carlos Vullo tiene, en el momento de aceptar, conocimiento de la cantidad de personas a las cuales les debe tomar muestras de sangre, informado por el EAAF (Equipo Argentino Antropológico Forense) La pregunta entonces sería: ¿Como sabe el EAAF a quien se les van a tomar muestras de sangre, si no tiene los elementos de juicio suficientes, ya que no consta en el Expediente, que haya pedido y consecuentemente tomado conocimiento del mismo? 10. Irregularidad: El Dr. Carlos Vullo, cuando remite la nota de fecha 23/08/06 a fojas 4734, pidiendo los fondos necesarios, para realizar los análisis ordenados por el Juez Federal, omite de ex profeso mencionar modo y lugar donde se realizaran los mismos, como así también quienes son los profesionales intervinientes, pese a que el Sr. Juez Federal en el Oficio 477/06, lo establece perfectamente, violando nuevamente nuestro derecho a impugnar o cuestionar, si correspondiera, algunos de los profesionales participantes, pero fundamentalmente no dio cumplimiento a lo dispuesto por el Sr. Juez Federal. 11. Irregularidad: Ocurridas y observadas, estas irregularidades, en su oportunidad planteamos la nulidad de todo lo actuado por el Laboratorio LIDMO. Como viene ocurriendo en este viciado proceso, lógicamente hasta el día de la fecha (30/04/08), suponemos como no resuelta, en razón de que no hemos sido notificados de la resolución, si es que la tuvo. 12. Irregularidad: Con gran sorpresa, observamos a fojas 5181/5182 y con fecha, como máximo 09/04/07, es decir hace mas de un año, (porque extrañamente no tiene sello de cargo, pero la foja 5183, si lo tiene y es de fecha 09/04/07), un escrito presentado por el Dr. Bosch, abogado de la querella, donde solicita el cotejo genético de la sangre ya extraída, a una serie de personas, con determinadas muestras óseas de las obtenidas en el Cementerio de Resistencia, observándose un hecho que demuestra una gravísima irregularidad, por lo siguiente: a. En el pedido, el Dr. Bosch discrimina puntualmente el nombre de las personas a quien se le debe sacar sangre, pero comete el error de discriminar también, con cuales de los restos óseos, se deben comparar. b. Sin lugar a dudas, el Dr. Bosch, no tiene los conocimientos ni la especialización necesaria, para determinar con cuales restos óseos se debe comparar la base genética. c. Lo que conlleva a una sola conclusión y es que el Dr. Bosch, conocía el resultado de los análisis, antes de que los mismos se realizasen. d. No existe en el expediente información alguna que lo haya podido llevar a semejante conclusión y firmeza, al solicitar la comparación tan precisa entre los aportantes de la sangre y los restos óseos con que comparar. e. El escrito enuncia las distintas muestras de sangre y las da como indubitadas, cuando teóricamente no lo serían, por cuanto: Pág. Nº 140

No se sabe de donde fueron extraídas. No se sabe si realmente son de las personas que supuestamente se dice que corresponden (según el Dr. Bosch), ya que no existió ningún control por parte del Juzgado Federal.  Que no existió ningún control por parte de nuestros peritos. f. Sin lugar a dudas y tal cual lo expresamos en este escrito, se demuestra con que impunidad se están manejando semejantes pruebas. 13. Se observa que el día 13/04/07, aparece un oficio, el Nº 98 a fojas 5187 y firmado por el Dr. Gustavo Vargas y dirigido al Laboratorio LIDMO, donde expresa (sic) a efectos de remitirle fotocopia certificada de la lista de la nomina de las personas que se someterán al estudio de ADN, oportunamente solicitado, observándose en dicho oficio las siguientes irregularidades, a saber: Hasta ahora siempre hemos visto que un oficio responde a una resolución del Sr. a. Juez Federal, en este caso no se cita ninguna resolución al respecto. Buscamos la resolución del Sr. Juez Federal, que ordenase dar curso a lo solicitado b. por el Dr. Bosch y nos encontramos que no existe resolución alguna al respecto, ya que poseemos las fotocopias de todas las fojas y son correlativas c. Entonces nos preguntamos, si no hubo resolución no hubo nada que notificar y por ello no fuimos nunca notificados de estos actos, demostrando una burda maniobra procesal. Pero igual mediante un oficio sin resolución, las muestras fueron destinadas al d. Laboratorio LIDMO, sin conocimiento de los acusados, como así tampoco nuestros defensores y nuestros peritos de parte. Se viola los Códigos Procesales que establecen la obligatoriedad de notificar a los e. peritos acreditados cuando se realizan actos que les competen, agravados porque son irreproducibles, causándonos un perjuicio irreparable. Al no notificarlos, además se viola el derecho al trabajo profesional de los peritos. Pero lo ya expuesto, es mas grave aún, por que lo solicitado por el Dr. Bosch, fue f. satisfecho con el traslado de las muestras de sangre y no de las personas, tal cual se desprende de su escrito a fojas 5181/5182, lo que pone en serias dudas la legalidad del proceso y de las muestras obtenidas, sin la presencia, reiteramos, de representantes de nuestra parte. 14. Irregularidad: Hasta el día 29/04/08 los imputados, ni los propios peritos, teníamos conocimiento de que se habían realizado extracciones de sangre a determinadas personas, y que se había autorizado a llevar adelante el examen comparativo de ADN con las muestras óseas obtenidas en el cementerio de Resistencia. Todo en forma totalmente irregular, violando no solo lo dispuesto por el Juez Federal, sino también violando los códigos procesales existentes. Es necesario también aclarar y tener presente, que teníamos planteada la nulidad del accionar del Laboratorio LIDMO (por lo expuesto en los puntos a) a n) ), nulidad esta no resuelta al momento en que se autorizara a realizar los análisis de ADN 15. Irregularidad: Grave también, por lo irregular del procedimiento, a saber: El día 29/04/08, se presenta en la Unidad Penitenciaria Nº 34, lugar donde estamos alojados, el Dr. Gustavo Vargas, Secretario del Juez Federal de Resistencia y un Prosecretario y nos notifican de dos pericias (que no convalidamos hasta tener detalle de que se trata), una de ellas es el resultado del análisis de ADN practicado por el Laboratorio LIDMO y donde observamos las siguientes irregularidades: Sobre la parte meramente técnica, es absurdo que nosotros opinemos, por la a. especificidad del informe, por lo cual nos obliga a remitir esta pericia a nuestros peritos. Al observar la fecha de entrega de la pericia, observamos que se realizo el b. 05/11/07, llamándonos la atención la demora en ser puesta en nuestro conocimiento. Porque, si nosotros estuvimos alojados en la Base de Apoyo Logístico Resistencia, c. a disposición de ese Juzgado hasta el día 28/12/07, no se nos notificó entre el 05/11/07 y el 27/12/07 como hubiese correspondido. Lógicamente se los podríamos haber entregado a nuestros peritos para impugnarlo, en esa oportunidad, tal cual lo estamos haciendo a través del presente escrito.  

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d. Porque se tardó prácticamente cinco meses para notificarnos de esta pericia, que arrastra un sinnúmero de irregularidades, lo que nos hace suponer que se podría haber intentado disfrazar las mismas. Que en vista de todo lo expuesto ut supra, SE SOLICITA: Se realicen las debidas investigaciones y se resuelva esta denuncia, declarando nulo lo actuado por el LIDMO. PROVEER DE CONFORMIDAD. SERA JUSTICIA

O) Bosch – EAAF – LIDMO – Secretaría DDHH En la Farsa de esta desdibujada Justicia y siguiendo el guión del autóctono local Tissembaum & Gait, corresponde ponerlos en acto de una de las tantas tropelías a los que nos someten cotidianamente y que aquellos interesados ávidos de verdad relegada sabrán apreciar. Un escrito más de los tanto no ha lugar ya acostumbrados como respuesta a legal y legítimo reclamo. Análisis de Informe del EAAF período Enero – Diciembre de 2005 Habiendo llegado a nuestro conocimiento, el folleto entregado por el EAAF en el Congreso llevado a cabo en la ciudad de Buenos Aires y donde se ha materializado lo que siempre hemos expresado sobre la parcialidad del EAAF (Ver Anexo 7), y mucho mas el LIDMO, por su consubstanciación con los querellantes, es que venimos en este acto a solicitar nuevamente la nulidad de todo lo actuado por el EAAF y la pretendida intención de realizar los análisis de ADN en el LIDMO, acto este ya nulo desde la primera actividad del Laboratorio al abrir pese a las recomendaciones dadas por Su Señoría la caja conteniendo las muestras, por lo expresado precedentemente mas lo demostrado a continuación, reiteramos la nulidad de todo lo actuado por el EAAF y sus recomendados LIDMO y solicitamos la preservación de las cuatro cajas conteniendo huesos para los futuros análisis de ADN. Informe del EAAF período de Enero – Diciembre 2005 Cuando el EAAF dice en el punto Introducción, en el primer párrafo de la Pág. 5 El equipo se fundó para dar respuesta a la necesidad de investigar la desaparición de al menos 10.000 personas por parte del régimen militar que gobernó la Argentina desde 1976 hasta 1983. Mediante la aplicación de la antropología forense y ciencias relacionadas, y trabajando en estrecha cooperación con las victimas y sus familiares, se procura echar luz sobre las violaciones a los derechos humanos y contribuir a la búsqueda de la verdad, la justicia, la reparación y la prevención de dichas violaciones. Queda aquí claramente demostrada la connivencia existente entre la querella y el EAAF, denunciada por nosotros en varias oportunidades. Que viene a este momento el hecho concreto de que durante el Juicio por la Verdad Causa 108/98, han trabajado el Juez, el Fiscal y la querella en forma conjunta, hecho este reconocido por el mismo Juez el en escrito de fecha 13/11/02 en la Causa 243/84 Caballero Lucio y otros s/ tormentos, donde el mismo Juez resuelve dar curso a la recusación planteada por los imputados. Que lo que ha quedado demostrado aquí es que para el EAAF no existe el Código de Procedimientos, cualquier camino para demostrar algo es valido. Que dentro de lo que estamos expresando se encuentra totalmente involucrado con ellos el Fiscal Auat por cuanto él es el que debe controlar el debido proceso de la Instrucción y por ende se demuestra los mismos desvalores del EAAF y LIDMO, en ignorar el referido Código de Procedimientos. Que estos dos últimos párrafos demuestra que a los dos mencionados poco le importan las Normas y los Procedimientos del debido proceso con tal de conseguir lo que según ellos es lo justo sin importarles el error al que pueden estar sujetos Vuelve el EAAF a demostrar la parcialidad en sus investigaciones y por ende imposibilidad de actuar como Perito Oficial cuando expresa en el último párrafo de los dos Pág. Nº 142

primeros concepto que expone en la Introducción, Pág. 5 y que dice: Los miembros del EAAF sirven asimismo como testigos y asesores expertos para organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, magistrados nacionales, tribunales internacionales y comisiones especiales de investigación. Ni siquiera se nombran como Peritos Oficiales, lo que demuestra claramente su posición frente a la Justicia, es decir asesoran desde el punto de vista de los derechos humanos, es decir los querellantes. Continuando con el análisis y siempre dentro de la Pág. 5 observamos en el 5to párrafo del punto La Fundación del EAAF que dice: El EAAF tiene como principio básico respetar los

deseos de los familiares y de las comunidades de las victimas en lo concerniente a las investigaciones, y trabajar junto con ellos en todas las etapas de los procesos de exhumación e identificación. Nuestro trabajo esta basado en la concepción de que la identificación de los restos de una persona es una gran fuente de consuelo para las familias que sufrieron la “desaparición” de un ser querido. Esto demuestra claramente cuales son las prioridades de los que son los Peritos Oficiales en esta Causa, pese a nuestros planteos. Es mas importante darle un consuelo a los familiares de desaparecidos que hacerlo dentro de los Procedimientos y Normas Jurídicas para demostrar e identificar un desaparecido. Creemos que existe una grandísima diferencia entre un concepto y el otro Continuando con el análisis y dentro de la Pág. 7 observamos en el 3er punto de los

Objetivos del trabajo del EAAF que dice: Asistir a los familiares de las victimas en su derecho a la verdad y a la justicia, brindando una investigación forense independiente y la posibilidad de recuperar los restos de sus seres queridos “desaparecidos”; para que puedan realizar el duelo y los ritos funerarios de acuerdo a sus costumbres. Contribuir a la reconstrucción histórica del pasado reciente, a menudo distorsionado u ocultado por las partes o las instituciones gubernamentales que están implicadas en los crímenes investigados. Estos dos objetivos demuestran claramente la parcialidad total y absoluta del EAAF donde fija prioridad a los querellantes culpa a las instituciones gubernamentales de estar implicadas en los crímenes lo que a veces no es cierto, lo que demostraría un prejuzgamiento de los Peritos Oficiales ya que lo tienen dentro de sus objetivos demostrar la culpabilidad de las Instituciones que ya son culpables antes de demostrarlo. Esta ONG, el EAAF tiene tanta soberbia que en ninguno de los objetivos de trabajo desarrollados en la Pág. 7 del folleto en ningún momento dice o se somete a los Códigos de Procedimientos de la Justicia, por lo cual se entiende como y porque se ha violado permanentemente a los mismos y que marca nuestra Justicia. Lógicamente con total anuencia del Fiscal Auat y del Juez Skidelsky, quienes han avalado el accionar del EAAF, sin poner los límites establecidos en nuestro Código de Procedimientos. Continuando con el análisis y siempre dentro de la Pág. 10 observamos sobre la parte izquierda de la página y debajo del titulo Agradecimientos y bajo el subtitulo que dice: El

EAAF quiere agradecer a las siguientes Fundaciones por su generoso apoyo durante el 2.005… Con sorpresa nos encontramos frente a que una parte que es querellante en esta Causa y es el Gobierno Argentino a través de su Secretario de Derechos Humanos, Eduardo L. Duhalde que se ha presentado como tal y el Juez Federal lo tiene como tal, es un generoso aportante lo que ya demostraría la total parcialidad de esta ONG en sus trabajos. También encontramos la coincidencia que existe entre los distintos generosos aportantes al EAAF y al CELS otro de los querellantes en esta causa

EAAF

CELS

Pág. Nº 143

Fundación Ford

Fundación Ford

Fundación John Merck

Fundación John Merck

Gobierno Argentino

Gobierno Argentino

Continuando con el análisis lo más sorprendente es la presencia en la parte derecha de la hoja 10 y bajo el siguiente título: Cada año decenas de personas ayudan al EAAF a

continuar con su trabajo. Durante el 2005 las siguientes personas contribuyeron ampliamente con nosotros en numerosos aspectos... Figurando en el tercer renglón bajo el subtítulo Argentina aparece nombrado el Dr. Luís Bosio y Dr. Norberto López Ramos, patólogos forenses de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires. Que extraña de sobremanera que el Dr. Bosio no haya sido identificado con el cargo que mantiene en el Fuero Federal, más precisamente como miembro del Cuerpo Medico Forense de Tribunales, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación Continuando con el análisis lo más sorprendente es la presencia en la parte derecha de la hoja 10 y bajo el siguiente título: Cada año decenas de personas ayudan al EAAF a

continuar con su trabajo. Durante el 2005 las siguientes personas contribuyeron ampliamente con nosotros en numerosos aspectos. Figurando en los renglones Nº 17,18 y 19 bajo del subtítulo Argentina aparecen nombradas las Dras. Judith Said, María Eugenia Michlig, Silvia San Martín, Dolly Scaccheri, Estela Segado, de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación. Nuevamente aparece en estrecha relación y contribución miembros de un Organismo del Estado que es querellante en esta Causa, siendo esta situación ya determinante de la falta de objetividad y parcialidad del EAAF. Continuando con el análisis lo más sorprendente es la presencia en la parte derecha de la hoja 10 y bajo el siguiente título: Cada año decenas de personas ayudan al EAAF a

continuar con su trabajo. Durante el 2005 las siguientes personas contribuyeron ampliamente con nosotros en numerosos aspectos. Figurando en los renglones Nº 17,18 y 19 bajo del subtítulo Proyecto Córdoba y La Perla aparecen nombrado el laboratorio LIDMO: Dr. Carlos Vullo, Silvia Bahamondes, Alicia Borosky, Andrea Catelli. Que aquí lo vemos al Laboratorio LIDMO formando parte de un proyecto junto al EAAF, sin lugar a dudas se comienza a entender porque el Dr. Vullo sin ningún tipo de miramiento en total desobediencia a la orden dada por el Juez Federal Skidelsky de que no se abriese la caja sin estar presente los Peritos de Parte, procedió a abrir la caja, sin lugar a duda por la impunidad con que se han movido hasta el momento formando parte del CELS – EAAF – LIDMO – Secretaria DDHH – y otras organizaciones no gubernamentales (ONG) de Derechos Humanos. Continuando con el análisis lo mas sorprendente es la presencia en las páginas 12, 13, 14 y 15 y bajo el título: Recomendaciones de una serie de consejos que demuestran el modus operandi del EAAF donde queda perfectamente clara la total parcialidad con que se maneja esta ONG de los Derechos Humanos. Raros, porque nunca hemos vistos algún análisis de los cuerpos de los niños que mueren de hambre en el país y donde los gobernantes actuales son los responsables, o analizando los cuerpos donde las personas fallecen por negligencias de los gobiernos actuales y los de hace 30 años. Lógicamente los actuales son muy generosos con el EAAF como para que se preocupe de las violaciones de los Derechos Humanos en la actualidad. En Pág.13: 1.

Mejorar la relación entre las familias de las victimas y los equipos forenses.

1.1

Facilitar el derecho a la verdad de las familias de las víctimas.

Pág. Nº 144

1.2 Buscar el acuerdo de las familias y/o comunidades para las exhumaciones y respetar los ritos funerarios culturales y religiosos. En Pág. 14: 5. Mantener contacto, toda vez que sea posible, con las organizaciones locales de Derechos Humanos. En Pág. 15: Conclusión: Cuando comenzamos nuestro trabajo hace 22 años, necesitábamos distanciarnos de los sistemas de la medicina legal y otras instituciones gubernamentales que presuntamente habían cometido crímenes y/o habían perdido credibilidad durante prolongados periodos de violaciones de Derechos Humanos. Sin lugar a dudas estas recomendaciones y la conclusión demuestran acabadamente lo parcial de los miembros del EAAF mediante lo cual jamás deberían haber sido nombrados como Peritos Oficiales como así tampoco el laboratorio LIDMO. Continuando con la lectura y análisis se observa al comienzo de la Pág. 17 y bajo el título

Argentina: Durante este período, las fuerzas de seguridad secuestraban personas que eran llevadas a centros clandestinos de detención, torturadas y en la mayoría de los casos asesinadas. Dos fueron los métodos mas utilizados para las ejecuciones de personas denunciadas como desaparecidas: arrojarlas de aviones militares a los ríos y al Mar Argentino, estrategia conocida como “vuelos de la muerte”, o fusilarlas y luego sepultarlas en cementerios públicos del país como “N.N.” (Ningún Nombre). Los cuerpos del segundo grupo a menudo “reaparecían” primero en las calles o en terrenos baldíos, antes de ser finalmente sepultados. El EAAF esta abocado, principalmente, a la investigación de estos casos, ya que hay mayores probabilidades de que el equipo pueda recuperar los restos. Esta concepción demuestra claramente que para el EAAF el reconocimiento de los huesos de un cadáver les da el derecho a ser dueños de la verdad y en realidad quien investiga y determina la verdad de los hechos es el Sistema Judicial Argentino a través de sus Jueces de distinta instancia y no el EAAF. Pero esta concepción expuesta en este folleto demuestra claramente porque no respetan el Código de Procedimiento, porque ellos se creen dueños de la verdad y para obtenerla usan cualquier método, aunque no sea legal Esto se demuestra claramente al haber aceptado del Juez un CD con las fotos de las huellas digitales de los dos N.N. auque las fichas dactiloscópicas no hayan estado firmadas lo que ya hace nula toda pericia, mucho mas grave es el hecho de que quien las confecciono reconocía que las fichas llevaban su firma. Continuando con la lectura y análisis se observa al final de la columna de la izquierda de la Pág. 17 y bajo el título Argentina: A partir de 1991, el EAAF hizo identificaciones con la

ayuda de laboratorios de ADN en el extranjero. Desde 2002 el EAAF trabaja eficazmente con LIDMO S.R.L., un laboratorio genético privado de la Argentina, lo que permite procesar cada vez más casos al año. Sin entrar en detalles que resultan bochornosos para el LIDMO y por el cual se ha planteado la nulidad de la prueba en poder del LIDMO, de la profesionalidad de ese laboratorio solo me resta decir: Que la impunidad con que se ha manejado el Dr. Vullo desoyendo la orden impartida (sobre la prohibición de abrir la caja sin la presencia de las partes) por un Juez Federal de la Nación en representación de uno de los poderes del país. Demuestra cabalmente como entre el EAAF, el CELS y el LIDMO han hecho hasta el momento lo que se les ha dado la gana en todos lo casos en los cuales han actuado Continuando con la lectura y análisis se observa en la columna de la derecha de la Pág. 19 y bajo el subtítulo Provincia del Chaco: El 12 de diciembre de 1976, un grupo de

aproximadamente 22 personas bajo custodia oficial o provenientes de centros clandestinos de detención, fueron ejecutados por las fuerzas de seguridad en el noreste de la Provincia de Chaco. El Ejército emitió un comunicado oficial que decía que el 13 de diciembre de 1976 durante un traslado de prisioneros desde Chaco a la provincia de Formosa, el convoy había sido atacado por elementos subversivos del cual resultaron tres “subversivos” muertos, dos guardias heridos y varios prisioneros fugados. Con el retorno de la Pág. Nº 145

democracia a la Argentina y la posibilidad de realizar investigaciones judiciales, el caso fue conocido como “Masacre de Margarita Belén”, cuyo nombre proviene del pequeño poblado en el que tuvieron lugar los hechos. Este párrafo inicial demuestra claramente la intencionalidad de torcer la verdad y sobre todo el desconocimiento de lo que esta demostrado en el Expte por lo siguiente: 1º Que no pueden aducir desconocer la Causa ya que la primera actividad de los Peritos Oficiales es la toma de contacto con el Expte. 2º Que no pueden desconocer la Indagatoria practicada en los imputados y donde se nos acusa sobre el total de quince personas, trece trasladados y dos N.N. 3º Que no pueden desconocer el auto de procesamiento (07/12/05) donde se nos imputa sobre el total de quince personas trece trasladados y dos N.N. 4º Que el número de veintidós personas surge de las distintas denuncias donde se presentan como querellantes el CELS – E. L. Dhualde – las dos Zamudio, los Pierola y Caire. 5º Que en ninguna de las denuncias anónimas se cita la muerte de veintidós personas, ni la carta documento que supuestamente pertenecía a Ruiz Villasuso lo dice, solo se habla de diez y siete hombres y cuatro mujeres como los fallecidos, es decir veintiuna personas. Demuestra la posición tomada por el EAAF, la cual puede ser loable, lo que no pueden ser a raíz de dicha posición, es que sean y acepten ser Peritos Oficiales, serán de parte a lo cual le asiste el Derecho. 6º Que demuestra muy poca profesionalidad ya que el hecho no ocurre en la localidad de Margarita Belén sino a más de 5 kilómetros de dicha ciudad y sobre todo si el equipo ha estado en el lugar. 7º Que esta acreditado que no hubo un solo comunicado sino tres comunicados días periodísticos días 14, 15 y 16 de diciembre. 8º Que esta acreditado que en el segundo comunicado fue rectificado el hecho de que no hubo dos guardias heridos y que dicha información fue un error de la prensa. 9º Que esta acreditado que en los comunicados se informo la realidad del hecho, y no solo por la prensa escrita sino también la radio y televisión, de acuerdo a los distintos testimonios de ex detenidos. Creemos que con este párrafo se demuestra claramente partido para quien toma el EAAF y sin embargo ha sido designado por el Juez Skidelsky y ha pedido del Dr. Bosch querellante como Perito Oficial. Llama poderosamente la atención la posición del Dr. Bosio que perteneciendo al Cuerpo de Forenses de la Corte Suprema de Justicia haya convalidado este escrito con su presencia, lógicamente entendemos ahora en que consiste su colaboración con el EAAF haciendo la vista gorda a todas estas irregularidades que determinan la parcialidad del EAAF. Continuando con la lectura y análisis se observa en la columna de la derecha de la Pág. 19 y bajo el subtítulo Provincia del Chaco: En ese momento se inhumaron diez cuerpos en

tumbas individuales en el cementerio Francisco Solano, ubicado en la ciudad de Resistencia, la capital de la provincia del Chaco. Siete de ellos fueron identificados y entregados a sus familiares, a cajón cerrado, y quedaron tres personas sepultadas: Luís Alberto Díaz, un N. N. masculino y un N. N. femenino. Se van a continuar las investigaciones teniendo en cuenta que todavía hay un grupo de personas, victimas de la masacre, cuyos cuerpos aún no fueron hallados. Vuelve a faltar a la verdad el EAAF ya que los cuerpos entregados no fueron entregados a cajón cerrado, prueba de ello esta asentada la única queja en la recepción de los mismos del Dr. Tierno (principal damnificado) padre de uno de los fallecidos en el enfrentamiento y describe que el cuerpo de su hijo estaba embarrado, con lo cual queda mas que demostrado que los cuerpos fueron entregados a cajón abierto ya que se procedió al cambio de cajón en presencia y reconocimiento de sus deudos. Que esta acreditado dicha entrega por la declaración de tres empleados del Cementerio que declaran haber estado en la exhumación de los cuerpos, Mabre Centurión (fs 662 Causa 306/01), Uralio Fernández (fs 660/661 causa 306/01) y Cirilo Comaschi (fs 2259/2560 Causa 306/01) Estos antecedentes no pueden ser desconocidos por el EAAF ya que hacen a su trabajo profesional y estaban incluidos en la Causa para su lectura y puesta en claro de la situación. Continuando con la lectura y análisis se observa en la columna de la derecha de la Pág. 19 y bajo el subtítulo Provincia del Chaco: En octubre de 2005, el EAAF viajo a la ciudad de Pág. Nº 146

Resistencia y realizó la exhumación de tres tumbas del cementerio Francisco Solano. El libro de registro del cementerio indicaba que los restos de las personas que estaba buscando el EAAF habían sido trasladados al osario general. Sin embargo, el EAAF hallo a Luís Alberto Díaz y al N. N. masculino en sus tumbas originales. En el caso de la mujer no identificada, el EAAF observo que la tumba había sido alterada y posiblemente reutilizada. El equipo trabaja para identificar los restos óseos realizando la comparación de las huellas dactilares tomadas a los cadáveres y las huellas de las personas denunciadas como desaparecidas y con la hipótesis que podrían haber formado parte del traslado. En este párrafo se observa la impunidad de estos señores se creen los mejores sin embargo en esta Causa no le llegan ni a los tobillos a los especiales mas novatos amen de demostrar la intencionalidad maliciosa al extremo no solo de ser nulo lo actuado por ellos, sino al extremo de mentir en un Informe, como lo pasamos a demostrar. En principio jamás leyeron los tres libros del cementerio ya que si lo hubiesen leído no podrían haber escrito que fueron enterrados el día 13/12/76, diez cuerpos, ya que cada uno de los tres Libros dice tres cosas distintas, semejante anormalidad en instrumentos públicos debería haber sido mencionada en el Informe. Sin embargo el Informe no dice absolutamente nada ver fojas 4068/4070 Causa 306/01. Es decir no existió un Estudio de Campo de la Documentación existente, lo que a nuestro juicio es desperdiciar información muy importante, tan importante es que lo que dicen los libros el EAAF lo toma como logro propio. Que es absolutamente falso y delictivo afirmar que el EAAF haya encontrado a Luís Alberto Díaz, ya que es el día de hoy (10/04/07) que aun no han sido identificados los huesos extraídos de esas tumbas. Demostrando esta aseveración una total falta de profesionalidad y seriedad científica, sin tener en cuenta el aspecto penal del incumplimiento de funcionario público que como Peritos Oficiales deben guardar. Que es absolutamente falso y delictivo afirmar que el EAAF haya encontrado a alguno de los N.N. tanto femenino como masculino, ya que es el día de hoy (10/04/07) que aun no han sido identificados los huesos extraídos de esas tumbas. Demostrando esta aseveración una total falta de profesionalidad y seriedad científica, sin tener en cuenta al aspecto penal del incumplimiento de Funcionario Público que como Peritos Oficiales deben guardar. Que es absolutamente falso que el EAAF observo que la tumba de la supuesta N.N. femenina había sido alterada y posiblemente reutilizada. Que las tres tumbas, no solamente la que contenía a la supuesta N.N. femenina fueron reutilizadas, dada la cantidad de años pasados y lo que la Dirección del cementerio había ordenado es decir el pase de los huesos al osario común. Que dicha situación fue informada por el Director del Cementerio Alfredo Maina en forma telefónica al Secretario del Juzgado Federal de acuerdo a constancia del mismo a fs 3.602 de la Causa 306/01 donde le informa los que están enterrados en las fosas que iba a abrir el EAAF Que el Director del Cementerio proporciono al Juzgado Federal, es decir al EAAF un registro no solo de las tres tumbas requeridas sino los antecedentes de todo el sector que dicha información ocupa desde la foja 3.653 a 3.824. Que obra entregado por el Director del Cementerio a fs 3.840/3.843 los distintos certificados de defunción de los cuerpos que fueron depositados en las tumbas reasignadas por haber pasado el tiempo establecido en las ordenanzas. Nadie descubre lo que está descubierto, como así tampoco es ético informar como propio lo que a su vez le informaron a uno y no producto de la investigación. Entonces y para ser claros, el EAAF no descubrió absolutamente nada en el cementerio, todo fue informado por el Director del mismo, no realizaron ningún Estudio de Campo en la documentación del Cementerio. Que no obra en el Expte ningún pedido del EAAF para retirar el mismo para realizar el estudio previo, exigencia de todo profesional saber de que se esta tratando la pericia Pág. Nº 147

pedida, jamás leyeron el Sumario, prueba de ello es este hecho y que marca la mediocridad profesional del EAAF. A fs 3.594/3.595 y en fecha 03/10/05 nuestro Defensor presento ampliar puntos de pericia y entre otros era el pedido de sacar radiografías de los huesos que se sacasen del cementerio. A fs 3.596 y en fecha 30/10/05 el Juez da curso a lo solicitado por nosotros y ordena notificar a los Peritos Oficiales. A fs 3.598 y en fecha 04/10/05 el Juez libra el interlocutorio 165 notificando a los Peritos Oficiales de los Puntos de Pericia solicitados por nuestro abogado. A fs 3.607 y en fecha 04/10/05 firman y juran los Peritos Oficiales de cumplir fielmente su cometido, siendo los Puntos de Pericia su cometido, no ofrecen oposición alguna. A fs 3.918 y en fecha 20/10/05 nuestro abogado pide medidas para la pericia ya propuesta y reitera los Puntos de Pericia de fs 3.594, haciendo la presentación del radiólogo para las radiografías. A fs 3.921 y en fecha 21/10/05 el Juez acepta lo solicitado por nosotros. A fs 3.927 y en fecha 24/10/05 obra una constancia del secretario del Juzgado Federal donde dice: que habiéndose notificado de los punto de pericia solicitados a fojas 3918 y

autorizados a fojas 3921 los peritos oficiales ambos peritos manifestaron su oposición a la autorización dispuesta en atención que no correspondía la utilización de un aparato de Rayos X aportado por los peritos de parte, habiendo uno en existencia en el Hospital Perrando, ni tampoco que las placas radiográficas efectuadas en la pericia sean llevadas por los peritos de parte para emitir su propio dictamen; que para nada resulta conveniente que habiéndose extraído muestras de tejido óseo de los restos humanos objeto de pericia, los peritos de parte procedan a llevarse consigo muestras de los mismos para emitir su propio dictamen. Que todas estas medidas peticionadas por la defensa solo conllevan, a juicio de los peritos oficiales, a dilatar en forma innecesaria la realización de los trabajos de pericia sobre los restos óseos oportunamente ordenados por el Juez Federal. Indiscutiblemente la posición de estos seudos Peritos Oficiales se entiende a la luz de los hechos, no querían que nuestros Peritos emitieran un dictamen de Parte, lo cual viola totalmente nuestro Derecho a Defensa, lo cual es grave y todo esto abalado por el Fiscal y el Juez. Mucho más grave es el hecho y que demuestra que están acostumbrados a hacer lo que quieren y es que habiendo conocidos los Puntos de Pericia, desde el día 04/10/05, lo que está acreditado en la Causa, se opusieron el día 24/10/05 antes de empezar los trabajos de peritaje. ¿Es esto profesionalismo? Pero hablando de profesionalismo ya al margen de lo que está demostrado en la Causa es necesario también aportar lo que está filmado y fotografiado incluido en la Causa y se trata de las fragantes violaciones a las normas más elementales de los trabajos de antropología y donde se demuestra la mediocridad del EAAF trabajando en el cementerio. Falta de elemento anticontaminantes, guantes, barbijos etc. Falta de jaula flotante. Inexperiencia (partida de un cráneo con la pala) Permanencia en el lugar de personas no autorizadas (auxiliar no designado en el expediente – personal querellante) Firma en el acta de personas que le caben las generales de la ley. El EAAF ha permitido que personas de la agrupación H.I.J.O.S. maneje los huesos sin las medidas correspondientes (guantes) contaminándolos con su ADN. Siendo los distintos errores causales de nulidad, nosotros no lo hemos planteado a favor de acelerar los tiempos a fin de que se termine la pericia, pero a la luz de lo escrito por el EAAF en este folleto avalado lo escrito en el que el Dr. Bosio al estar presente en dicha reunión nos llama poderosamente la atención una serie de hechos que aislados no dicen nada pero que interconectados dan un panorama casi delictual. 1. La permanente negativa de los seudos Peritos Oficiales a negarnos sistemáticamente la posibilidad de que nuestros Peritos puedan tener parte de los Pág. Nº 148

elementos extraídos para emitir su Informe. Objetivo no logrado gracias si a la profesionalidad de nuestros Peritos que para muestra se debe ver el trabajo científico de nuestros Peritos y compararlo con el Informe mediocre de dos hojas sin ninguna fotografía, radiografía, en fin mediocre es la palabra justa. 2. Las versiones periodísticas de una de las querellantes María Luz Pierola que expresa en el diario El Norte de fecha 26/10/05: Que esta siguiendo de cerca la labor de

los antropólogos, quienes vinieron para realizar las tareas de análisis de la estructura ósea que posibiliten dar con la identidad de los cuerpos y de ser necesario se llegara hasta el análisis del ADN, por lo que comenzaron a llegar familiares de las victimas para aportar muestras de sangre, en otra parte expresa: es por eso que convocamos a los familiares para trabajar en la identificación; en las últimas horas llegaron familiares de Julio Bocha Pereyra. Fecha esta en la cual se encontraba en Resistencia los miembros del EAAF: 3. Para cerrar el círculo que permitiría que aparezcan los huesos del que se les ocurra poner el LIDMO ha violado la estricta orden del Juez Federal de no abrir la caja con las muestras óseas para ADN sin la presencia de los Peritos de Parte. Pese a que se ha planteado la nulidad de todo lo actuado por el LIDMO por haber abierto la caja con muestras sin la presencia de la defensa pese a lo grave de la situación el Juez no ha resuelto al respecto pese al tiempo transcurrido. 4. Se ha dado todo lo necesario para que aparezcan los huesos que quieran hacer aparecer y después entraremos a discutir que no lo son, en fin siempre la misma historia.

P) Artículo de la revista B 1 Vitamina para la Memoria de la Guerra en los `70 Artículo en Correo de Lectores de la revista B1 (Vitamina para la Memoria de la Guerra en los `70) Año III Nº 11 Pág. 13. Este correo electrónico llegó firmado con un seudónimo. Se refiere a la llamada “Masacre de Margarita Belén”, otro de los varios “fusilamiento con sobrevivientes” a los que nos tiene acostumbrados la media historia contada por el terrorismo. El contenido –con abundante “jerga” y obvios conocimientos de la “orga”resulta verosímil. De ahí su publicación. Se ha mantenido la estructura discursiva- inclusive errores gramaticales y de ortografía-, pero por motivos de espacio se han acortado algunos párrafos. El correo completo está a disposición de quien lo solicite.

Señor Director de la Revista B1: No hace mucho pude hojear… su revista… me sorprendió… la calidad de información… que, por haber participado en algunas de las acciones mencionadas, sé ciertas… me atrevo… hacerle llegar los comentarios que siguen. Sobre un hecho histórico sobre el que, desde mi opinión, ni unos ni otros parecen contar toda la verdad. Quiero por este medio agregar un poco de luz a las tinieblas con las que se maneja en la causa… conocida por Masacre de Margarita Belén… la nostálgica y poco feliz frase de “jóvenes idealistas” que este gobierno, y desde Alfonsín han pretendido darnos, me parecen injustas y hasta indignantes… En recuerdo a los cientos de argentinos muertos en esa lucha y de ambos lados. Fuimos soldados, y como tales no pedimos perdón ni misericordia, teníamos ideales y en consecuencia obramos,… siendo un símil con los soldados que nos combatieron y hoy presos. Vaya mi respeto para ellos porque ellos y nosotros expusimos nuestras vidas y fuimos perseguidos, ayer nosotros, hoy ellos. Nuestra Conducción nos mandaba ala muerte y hasta la locura del suicidio y ellos a salvo. Estos militares de nuestras edades y su conducción libre y con dinero. Encima lucharon en Malvinas con heroicidad, las denuncias en ambos casos Malvinas y/o DDHH manejadas por la Fundación Ford y los fusibles locales no dejan de ser fusibles bien pagos al servicio de los enemigos de la Nación. Pág. Nº 149

No doy la cara por la sencilla razón que en algún momento esto se dará vuelta y nos juzgaran por delitos de lesa humanidad a nosotros también. Fíjese que lo de Formosa del 29 pasara en los actuantes al abandono y con la ayuda de la prescripción pasarían al olvido. Ahora circulan listas con los participantes bastantes acertadas en las identificaciones que allí nombran. De no haber tenido esta actitud el gobierno actual, basado en el encubrimiento de sus actos de corrupción y de los negociados con el tema de los DDHH, desaparecidos, abogados, ONG, indemnizaciones, y lo que se le ocurra sobre el particular andando a los manotazos de dólares que para gran sorpresa nuestra manda Rockefeller y sus muchachos del Norte, se habría pasado al olvido y hoy no estaría preocupado por mi pecadillo de juventud. Mi nombre de Guerra en antaño era Quique68 tenía el grado de oficial 2do y a cargo de una unidad básica de combate de la CC27 y formaba parte de la conducción de columna por reemplazo y no por promoción, ocupando un lugar en la conducción regional. De hecho participe en Formosa con 10 soldados magníficamente preparados por Salvador que recibiera instrucción militar en Cuba y con sorpresa nos respondieron de una manera no lo suficientemente valorada y quedaran muchos compañeros jalonando nuestra errónea apreciación. Vi con soberbia como asesinaron a un compañero nuestro, otros compañeros con una fantochada de juicio a Lito Aspiazu69, su máxima sospecha era por ser hijo de un militar, sorprendiéndome recientemente con noticias nuevas que estaba por denunciar por fraudes a sus asesinos, el Corto70, Ernesto71 y Dani72, que estaban robando de los fondos de la orga los que eran cuantiosos casi U$S 800.000 por mes de columna. Lito, sus asesinos y muchísimos compañeros participamos de esa locura heroica de Formosa, pero claro los intereses de los atorrantes son más fuertes, al punto que las traiciones estaban como cosa corriente y así vimos como otro cobarde el Pocho y afeminado Niveiro73 entrega en Santa Fe a donde había sido trasladado a los dos días de llegar a otro compañero de Formosa para salvarse él y dejado en libertad, allí pierde Galeto74 el que había perdido a un hermano en esa operación. El Corto entrega toda la Unidad de Resistencia y Reconquista y a Beto75, a toda la comunicación y enlace entre zonas y con la CN, da nombres de la operación primicia, se pierden todos los legajos de la regional, embutes regional y de columna, su traición y delación fue devastadora en personal y medios, con casi 50 caídas. Ernesto Almirón informante policial entrega al Huevo76 dueño de la veterinaria que sirviera de posta 68

Según Juan B. Yofre en Nadie Fue Ed. Sudamericana 2.008 en Pág. 267 Andrés Castillo, conocido como “Quique” logró salvar su vida (refiriéndose al ataque del RIMte 29) Abandono la organización por el pedido de su familia en 1976, pero sus propios compañeros lo delataron y un grupo de la ESMA lo capturó. Conducido a la ESMA, luego de colaborar, fue dejado en libertad (Nunca Más Ed Eudeba 1984 Pág. 142) 69 José Luís Aspiazu asesinado el 01/04/76 en Corrientes en la Operación Gallina. 70 Podría tratarse de Reynaldo Zapata Soñez. 71 Podría ser José Pedro Almirón. 72 Podría tratarse de Fernando Gabriel Pierola. 73 Podría tratarse de José Niveyro CPN. 74 Podría tratarse de Carlos Lorenzo Livieres Banks desaparecido el 16/02/76 en Santa Fe, cuyo hermano Jorge Alberto muere el 05/10/75 en el RIMte 29 Formosa. 75 Podría tratarse Osvaldo Isidoro Colombo Beto. Según la http://www.desaparecidos.org/arg/victimas/listas/an.pdf se encontraría (D) en la misma fecha y lugar, donde muere en enfrentamiento armado con efectivos del Ejército y Policiales el 06/11/76 en Corrientes, ver Diario Época del 07/11/76, publicado como Eduardo Isidro Colombo. 76

Podría ser Arnaldo Gómez Huevo. Dueño de la Posta Sanitaria en Corrientes Capital, consistente en una Veterinaria, donde se lo opera al herido Gómez Estigarribia, después del ataque al RIMte 29 con el apoyo Sanitario y Evacuación, donde después es conducido a la Clínica del Rosario. Pág. Nº 150

sanitaria y sino fíjense su detención y liberación, vuelto a detener y dejarlo salir del país y da todas las puntas para detener a Damián en Misiones, a la familia Bustamante, se salva de juicio por su detención y fíjense que opcina salir hacia Alemania y no Méjico, porque si allí llegaba se comía la boleta. Dani destruye poco Misiones porque poco conocía y la UBCL77 de Corrientes con su detención entró en emergencia. No hablemos del Rengo de Resistencia ese paranoico que quería envenenar el tanque de agua de su ciudad, hoy adalid de los DDHH o el otro Blanca Bosch (el abogado), reprendido varias veces y despromovido por sus conductas amorales de adicto. Sandra78 su ineptitud permitió la caída de Martín79 y sobre este último está escrito y firmado en los Juzgados de Resistencia y Formosa sus delaciones, pero comparativamente con el resto de los nombrados tuviera más dignidad. Como les dijera formaba parte de la conducción de columna y conducción de la regional, en esta última se planifica el rescate de los presos que serían trasladados de la U7 a la U10 y particular importancia le daba El Jote80 a este tema y le da la responsabilidad de la misma a Ñaró Gómez81 y a su pelotón de combate y con un refuerzo de Misiones, creo que era León que estuviera en el 29, La Negra y no recuerdo el otro y si es que lo hubo, ya que en los que serían trasladados habían dos jefes de esa zona Chango82 y Damián. Traían una Ford ranchera con cúpula. El rescate o su intento llevado acabo por Ñaró con su gente con un Peugeot 504 (creo que trucho de Santa Fe), 2 F100 una 74 y otra nueva 76 con cúpula, 2 Camionetas Chevrolet 73 y 74 no recuerdo y un 404 todos legales a pesar que la doctrina decía lo contrario, pero sin hacer la transferencia. Recuerdo la Chevrolet 73 de Ginebrol, pero tenía un boleto de compra – venta a nombre de su documento falopa, la mujer también con documento falopa, lo único que no concordaban los nombres de los hijos que eran legales. El 404 con ese lo llevan a matar a Lito y era del padre de Almirón también de la orga Pibe. En Escalón de Apoyo Sur estaba León, Negra y pudo haber otro de Misiones que logran sacar a Pepe83 (tenía otro nombre de guerra que no recuerdo) de la zona y caen más tarde en Campo Grande, días después. En el Escalón Asalto estaba Ñaró, Héctor, Santiago, Susana, Miguel, Ernesto y no recuerdo si Caraú o Pablo. En el Escalón Apoyo Norte y recibimiento estaba Laura y Cacho o Agustín (no estoy seguro), los que allí mueren. Todo fue un fracaso, ya que el camión donde viajaban los presos (estos últimos alertados con anticipación aprobaban la misma, salvo el Corto que ponía obstáculos), no para donde supuestamente debería haber parado por efecto de los miguelitos, cosa que así sucediera con el vehículo policial y el de seguridad posterior. Se paso del lugar previsto para su detención y quedo muy pegado al Escalón de Apoyo Norte y recibimiento y expuesto al fuego de reacción militar que producen dos bajas nuestras iniciales. El informe de Ñaró es muy duro consigo mismo en la autocrítica posterior, lo cierto es que la orga saca de la zona al 40 % de los trasladados, a Pepe , muerto 4 días después en Misiones y a Dani, que pareciera que pasara a Brasil por Virasoro y de allí a Méjico, lo cierto que en la casa de Alabama no llegó ni como desenganchado, ni opcionado, ni como desertor, lo cierto que había informes que estaba en el país azteca. Cuervo parece que sale por sus propios medios haciéndose desertor, informes no corroborados lo daban por la zona de Charata. Ñaró mandó a varios compañeros al campo de los suegros en distintas

77

Unidad Básica de Combate Logística. Podría ser Mirta Susana Clara. 79 Podría tratarse de Néstor Salas. 80 Podría ser según Juan B. Yofre en Nadie Fue Ed. Sudamericana 2.008 en Pág. 266 Mario Lorenzo Konkurat. 81 Podría tratarse de Raúl Eduardo Gómez Estigarribia. 82 Podría ser Carlos Alberto Zamudio. 83 Podría ser Carlos Alberto Zamudio. 78

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oportunidades y ellos eran reacios en hablar del tema, del resto muertos en distintos lugares y por la prensa en enfrentamientos, si es que encontraran los embutes con armas. Ñaró recupera a Bocha84 y Corto e inicia él repliegue hacia las zonas prefijadas. Bocha es herido al subir al vehículo en la pierna cerca de los testículos y muere desangrado. El Corto sabía que se comía un juicio por delator y traidor, lo que no sabía era que él mismo ya se había realizado con el Jote, Juampa85 y Ñaró y lo condenaran a muerte en ausencia, por traidor y delator y eso que no sabían que era ladrón. Ñaró hace un alto en la fuga, hace una formación lee la sentencia a Corto, lo fusila y entierra a ambos en el monte. Para aquellos que no están acostumbrados parecería un cuento, pero no lo es, hay varios libros de ex compañeros que cuentan cosas parecidas, la orga tenía un exceso de militarización, individual y colectivamente. Hasta la paranoia de rebelar convenios secretos y fotografiarse de uniforme con insignias en conferencias de prensa en Beirut, como el caso del Comandante Horacio Mendizábal Secretario Militar Jefe del Ejército Montonero y compartiendo proyectos conjuntos con la OLP de Arafat. Los presos estaban informados de cuando serían trasladados… donde se llevaría a cabo la operación, los puntos de contacto para el enganche y repliegue y los dos embutes al Norte y al Oeste donde hallar armas y dinero por las dudas no hicieran contacto, Los mensajes eran minúsculos y en clave criptográficas y manejados por el Jote siendo los receptores el Corto, Martín y Fernando. Ellos internamente tenían sus propios procedimientos. Para estos últimos debían llegar a Las Palmas y/o San Martín donde se tenían identificadas dos casas de aguantaderos de máxima seguridad. Hoy quieren, desfigurar la realidad de los hechos. Los presos estaban alertados previamente por el servicio de comunicación y enlace de la UBCL Resistencia, por medio de la Comisión de Presos. El padre Brisaboa, un policía del Chaco de la Orga, un Policía Federal destinado en Misiones, un suboficial de GN que no era de la Orga pero con una hija que si y que tenía su pareja presa, al igual que un policía formoseño retirado en idénticas condiciones y los abogados colaboradores que eran menos confiables por cagaso a ser detectados y los familiares, no todos pero la masa. Salio mal o no tan bien, pero mi homenaje a quienes lucharon. Quique NdeR: un “agregado” al correo recibido, titulado “Operación Buchón”, cuenta según su autor; “La historia secreta de un juicio revolucionario que terminó con la vida de un dirigente montonero de la Regional Litoral… que al que hierro mata a hierro muere…” (SIC) En él se dan fechas, nombres y detalles que completan parte de lo expresado en el cuerpo principal del mensaje, y que apuntan principalmente a “explicar” el porque del “fusilamiento” por “traición” y otros “delitos revolucionarios” del terrorista que llama “Corto Zapata”. Dice, por ejemplo: “…La comisión investigadora se integró con los “compañeros El Jote, Ñaró y Juampa” todos oficiales de alto rango de CR y Z2, debían recopilar el “testimonio de cada compañero, pruebas de tipo directas y pruebas de tipo ideológico”… Desde la detención de Corto cayeran detenidos casi 50 compañeros en Corrientes, Resistencia, Formosa, Misiones, Goya, Reconquista y Santa Fe, innumerables casas, legajos personales de todos los cuadros de la Regional, munición, armamento, documentación en blanco, caminos interiores del Chaco considerados seguros o propios, puntas y nombres de guerra para detectar los atacantes de Formosa, el expediente de la Operación Gallina… la detención y delación de Corto puso en emergencia la Regional completa, nunca la 84 85

Podría ser Julio Andrés Pereyra. Podría ser Joaquín Vicente Arquero Caballaro. Pág. Nº 152

organización había tenido semejante problema de seguridad y de su alcance y magnitud. La masa de testimonios los aporta la comisión regional de presos, contundentes por si solo, lo cierto que fue condenado a muerte por el tribunal con fallo unánime y la ejecución de Tampón estaba condicionada para cumplimentar la sentencia, se descartaba todo tipo de descargo del acusado. La delación de Corto fue Terminal para la Regional quedando relativamente intacto lo que este desconocía de la unidad Monte Chaqueño. Todo tan rápido, no se le dio oportunidad de esgrimir defensa, se lo fusilo, se enterraron los cuerpos y se inicio la dispersión a sus lugares de origen” En recuerdo a los que combatieron por una Argentina mejor. Quique Oficial 2 cc27

Q) ¿Fin de la impunidad? Días pasados el Juez Federal Vera Barros a cargo del Juzgado Federal de la ciudad de Rosario dictamino que el asesinato del Coronel Larrabure fue un crimen de lesa humanidad. Con este saludable fallo se inicia el camino de la búsqueda de la verdad al abrir la nueva/vieja caja de Pandora de la Guerra antisubversiva en la Argentina, negocio de pingues ganancias para los exhumadores de cadáveres y los traficantes explotadores del dolor ajeno. De la misma manera en que una valiente decisión comenzara a echar luz acerca del fenómeno de la subversión en los 70 y sus insospechados alcances en nuestro país, también se están dando los primeros pasos a fin de desenmascarar algunos mitos instalados hoy en la sociedad acerca de la tan descalificada represión. Nos estamos refiriendo específicamente al empleo de la tortura como método sistemático para la obtención de información a costa de los combatientes de Montoneros, ERP, etc., como único y excluyente habito, desechando otras prácticas más sutiles y eficientes, como es la palabra para obtener mejores resultados. Los Organismos de los DDHH oficiales o privados han instalado el guión de que la tortura, fue la herramienta básica para combatir el terrorismo, de hecho podemos observar en la Causa 1546/75 Salas Néstor y otros S/Asociación Ilícita Infracción a la Ley 20840 del Juzgado Federal de Resistencia, donde existe material secuestrado y agregado a la misma a fojas 1382, podemos ver sin más esta falacia en el Instructivo de Montonero denominado: El procesado preso, su familiar y/o responsable y para darle máximas posibilidades dentro y en torno del juicio, ordenando realizar denuncias de apremios como rutina de procedimiento, sin más razón que lo así establecido por la norma. Si existieron apremios o no, poco se puede aseverar con un grado de certeza razonable a más de 30 años de los hechos, lo que si se puede certificar que la población en su conjunto colaboro para erradicar este flagelo. Otro punto saliente y significativo, quizás el de mayor importancia se asentaba en la delación, por miedo o por salir del error en que habían caído algunos cuantos jóvenes idealistas, situación percibida por los integrantes de la conducción terrorista que instrumentaron como medida el suicidio con la pastilla de cianuro o la resistencia con las armas lo que llevaba ambas situaciones a la muerte. Casos que muchos fanatizados cumplieran al pie de la letra lo normado. Es por ello que, con una pizca de inteligencia y mucha vergüenza avista lo sencillo y obvio. El Juez Vera Barros a cargo del Juzgado Federal de la ciudad de Rosario procesa el 28/03/08 en Rosario, por Asociación Ilícita Agravada y Tortura, como un clásico a varios uniformados y a un Oficial Montonero colaborador asistiendo al Ejército en su papel de marcador de sus compañeros de la organización: Ricardo Chomicki NG Cady, actualmente

Pág. Nº 153

detenido en el penal de Marcos Paz, hecho prácticamente desconocido por la opinión publica en general. Nos cabe entonces preguntarnos a que obedece dicho silencio, y por ahora solo podemos tener un par de conjeturas: descalificar globalmente la guerra antisubversiva es la primera y mas obvia y otra quizás mas alejada de los ideales y la moral revolucionaria:

simplemente el vil metal o dinero. Es que el negocio varias veces millonario en dólares con sospechada corrupción por la poca transparencia del Estado de los indemnizaciones a las familias de las victimas exige una contrapartida, hacer la vista gorda al papel desempeñado por esa categoría difusa de colaboradores, quebrados, arrepentidos, recuperados y demás adjetivos calificativos que imaginemos, existieron y fueron vitales para el triunfo militar. En boca de algunos, hoy victimizado serían catalogadas como traidores y que en los juicios que se realizan tienen la dudosa calificación de testigos, ni más, ni menos como los testigos de oídas o mas o menos que utilizara la Cámara Federal de la Capital en la Causa 13, ver Pág. 1.477 Tomo II. Casos calcados hubo a lo ancho y largo del país, el mismo Fiermenich, Quieto, etc. sospechados de colaborar, pero en la misma Causa de Rosario están Carlos Brunato NG Tu San, José Baravalle NG El Pollo, Carlos Hugo Tartaglia NG Mancha, Edgardo Tolosa NG Dodo. Como así también en las causas de la ESMA en Buenos Aires, La Perla en Córdoba, y otros lugares de detención en distintas zonas del país. Para no abrumar en la revista B1 (Vitamina para la Memoria de la Guerra en los 70) Año III – Nº 11 en Pág. 13 Correo de lectores – Carta de un terrorista a la Revista B1, entre otras cosas habla de una Operación Gallina y Operación Buchón, donde Montoneros fusila a integrantes de su organización por delación. Seguramente es largo el camino a recorrer, pero los primeros pasos ya se están dando para precisamente desandar este increíble derrotero de absurdos diseñado por quienes han hecho de esta tragedia argentina solo un negocio de poder y dinero. Por ultimo rescato de la Revista La Nación Paranoia de Juan Villoro, del 30/08/08 en Pág. 30: A diferencia de otros combatientes, el terrorista no busca ganar sino persistir. Su

estrategia no es el triunfo sino el daño. Uno de sus recursos básicos consiste en infiltrar al enemigo para afectarlo en mayor proximidad. Por eso el combate del terrorismo implica una doble defensa: contra el adversario y contra los compañeros que pueden estar a su servicio. En esta encrucijada nada es tan difícil ni peligroso como creer en alguien.

5) Anexo 1 - Actos Terroristas NOTA: Las omisiones, que no son voluntarias, obedecen a las limitaciones que tengo en mi situación de Preso Político. Lejos está de mí olvidarme de los muertos, o de aquellos los que sufrieron dolor, por este flagelo que llevaron a cabo los jóvenes idealistas. Resumen: Hechos delictivos 1969/79 – 21.642. Atentados con explosivos: 5.215. Atentados incendiarios: 1.052. Secuestros de artefactos explosivos: 1.321. Secuestro de material incendiario: 132. Intimidación con armas: 2.103. Actos contra MCS: 52. Pág. Nº 154

Secuestros: 1.748. Asesinatos: 1.501. Robo de dinero: 551. Robo de vehículos: 589. Robo de armamento: 2.402. Robo de explosivos: 36. Robo de uniformes: 17. Robo de material de comunicaciones: 19. Robo de material sanitario: 73. Copamiento de localidades: 20. Copamiento de Unidades Policiales: 45. Copamiento de MCS: 22. Actos intimatorios: 666.

1. SECUESTROS EXTORSIVOS ESCLARECIDOS, O DENUNCIADOS

FECHA

NOMBRE

IMPORTE PEDIDO ( $ )

IMPORTE ABONADO (USD)

08/04/73

Víctor Bricombe

17.000.000

1.360.000

06/06/73

Carlos Lockood

25.000.000

2.300.000

12/07/73

Carlos Pulenta

10.000.000

920.000

06/12/73

Víctor Samuelson

142.000.000

12.000.000

23/01/74

Juan y Jorge Born

60.000.000

11/12/75

Enrique Metz

4.000.000

3. VÍCTIMAS EN ATENTADOS, O ATAQUES TERRORISTAS

POLÍTICOS

Uzal Roberto Mor Roig Arturo Acuña

Hipólito Pisarello Ángel Dejhi Juan Carlos

EMPRESARIOS

Sallustro Guillermo

Fiat

Qlekler Roberto

Fiat

Golla Ricardo

Ika Renault

Pág. Nº 155

Samaniego Ramón

La Cantábrica

Naranjieras Antonio Jasalik Emilio

Hilandería Olmos

Abeigon Roberto

Miluz

Martínez Manuel

Miluz

Muscat Antonio

Alba

Bargut David

Tiendas Elena

Amelong Raúl

Acindar

Hegger Adolfo

Bendix

Sarlenga Jorge

Bendix

Velazco Raúl

Sancor

Rotta Pedro

Fiat

Pardales Joe

Bervano

Fidalgo Manuel

Rigolleau

Fiola Oscar

Swift

Trinidad Osvaldo

Swift

Sarracan Horacio

Ika Renault

Arrozagaray Enrique

Borgward

Arce Luis

Surrey

Bergomatti Carlos

Materfer

Castrogiovanni José

Lero

Liple Juan

Schering

Oneto Julio

Fca. Leticia

Maschio Oscar

Monofort

Moyano Roberto

Petroquímica

Souto Carlos Alberto

Chrysler

García Higinio

Textil Oeste

Mamagna Hugo

Daner

Salar Héctor

Lozadur

Gasparoux André

Peugeot

Martínez Aranguren José

Lozadur

GREMIALISTAS

Pág. Nº 156

Klosterman Henry Mansilla Marcelino Rucci José Magaldi Antonio Alonso José Noriega Héctor Ponce Teodoro Vandor Augusto

Chirino José Pelayes Juan Dibatista Adolfo Sánchez Ricardo López Vicente Giménez Adalberto Desosi Florencia Álvarez Santiago

PERIODISTAS

Kraiselburd David

Director del Diario "El Día" de La Plata

FUNCIONARIOS

Campos Alberto

Intendencia San Martín

Ferrin Carlos

Intendencia San Martín

Tarquini José

Ministerio Bienestar Social

Macaño Luis

Subsecretaría Planeamiento

Salisesky Miguel

Swift

Di Lorio Antonio

Ferrocarril Mitre

Castro Olivera Raúl

Presidencia de La Nación

Herreras Hugo

Banco Municipal

Cash Daniel

Banco Nación

Astengo Ángel

ENTEL

Padilla Miguel

Subsecretaría Ministerio Economía

Etchevehere Pedro

INTA

DIPLOMÁTICOS

Egam Jhon

Cónsul de los EEUU

ABOGADOS

Centeno Oscar

Quiroga Jorge Vicente

EMPLEADOS

Pág. Nº 157

Aballay Juana Peme Enrique

Cardozo Amorin Tapares Osvaldo

DIRIGENTES ESTUDIANTILES

Piantoni Ernesto

Spangenber Hernán

PROFESORES UNIVERSITARIOS

Genta Jordán Bruno Sacheri Carlos Alberto

CIUDADANOS

Sánchez Víctor Villalba Félix Browarnik Estela Epelbaun de Browarnik Silvia Estolar de Córdoba Eliseo Pascual Abrahamsohn Jesús Ramier López José

González Luís Laurenzano Julio Salvador Lasser Miguel Ángel Enrique Ramona Biancull Luis Osvaldo Vázquez Pascual Bailón Vila Margarita Obarrio de

SUBVERSIVOS ASESINADOS POR SU ORGANIZACION AL DESEAR DESERTAR DE LA MISMA, EN MONTONEROS

TRAS COMPROBAR EL ENGAÑO EN EL QUE HABÍAN SIDO INDUCIDOS.Se mencionan sólo los que llegaron a conocimiento de las FFAA por documentación secreta secuestrada a la banda. Existiría otra gran cantidad de asesinatos no identificados del mismo origen. Canello Agustín Carnovalo César Szlaghter Marcos Magliano Diego Paúl Antonio

Haimal Fernando Baglieto Carlos Baglieto Estela Eden de Aspiazu José Luís 3 NN femeninas

ESPOSAS DE MILITARES ASESINADAS JUNTO A SUS MARIDOS

Cáceres Monié Beatriz Sasiain de

Sra. del Gral. asesinada en Entre Ríos 03/12/75.

Gay Hilda Casaux de

Sra. del Cnl. asesinado en Azul 19/01/74.

Villar Elba M. Pérez de

Sra. del jefe Policía Federal asesinado en el Tigre 01/11/74. Pág. Nº 158

NIÑOS ASESINADOS

Viola María Cristina.

3 años, hija del capitán Viola, asesinada por el ERP en Tucumán junto a su padre el 01/12/74.

Kraiselburd.

Menor asesinado por Montoneros.

Barrios Juan.

3 años, transitaba frente a un Banco cuando una mujer joven desde un automóvil disparo a ciegas una ametralladora.

Vázquez Froilán.

6 años, tomado como rehén por el ERP, el Capitán de Montoneros Hermes, lo mata con dos tiros en la nuca.

Lambruschini, Paula.

15 años, hija del Alte. A. Lambruschini. Jefe EMGA, asesinada por Montoneros el 01/08/78.

ASESINADOS EN EL EJÉRCITO

Teniente General:

Subtenientes:

Aramburu Pedro Eugenio.

Sánchez Juan Carlos. Cáceres Monié, Jorge E. (R).

García Raúl Ernesto. Berdina Rodolfo Hernán Massaferro Ricardo Eduardo. Barceló Diego Toledo. Pimentel Juan Ángel.

Generales de Brigada:

Suboficiales Principales:

Cardozo Cesáreo Ángel. Actis Carlos Omar. Salgado Enrique. Muñoz Ricardo.

Gil Carlos Honorato.

Generales de División:

Coroneles: D' Amico Leonardo Roberto. Cano Eduardo. Rico Martín. Fernández Cendoya Andrés. Triaca Numa Osvaldo. Iribarren Héctor Alberto. Gay Camilo Arturo. Grassi Jorge Oscar. Carpani Costa Arturo H. Reyes Rafael Raúl. Dalla Fontana José Esteban. Cavagnaro Abel H E (R). Mendieta Juan Carlos (R). Sureda Ángel Arturo (R). Castellanos José Bonifacio.

Sargentos Ayudantes: Ríos Anselmo. Esquivel Ricardo. Cisterna Roque Carmelo. Sargentos 1ros: Sanabria Víctor. Molina Eligio Osvaldo. Montesano José Ángel (R). Tejeda Rosario Elpidio. Cabezas Oscar Alberto. Novau A. Martín (R). Sargentos: Moya Miguel Arturo. Orné Ramón W. Gómez Walter Hugo. Lai Alberto Eduardo. Favali Rubén Godofredo. Pág. Nº 159

Tenientes Coroneles:

Cabos 1ros:

Sanmartino Julio R. (R). Duarte Hardoy Raúl Juan. Bevione Oscar. Petraca Pedro. Schilardi Pompilio. Peralta Astudillo. Gardon José Francisco. Ibarzábal José Norberto. Colombo Horacio Vicente. Larrabure A. del Valle. Mutto Alberto Eduardo (R).

Juárez Miguel Dardo. Linares Aldo. Dalesandro Edgardo. Albornoz José. Costilla Juan. Ramírez José Anselmo. Méndez Wilfredo Napoleón. Rojas Bruno. Zárate Ricardo Martín. Parra Carlos Alberto.

Mayores:

Voluntario 1ro:

Gimeno Jaime. Biscardi Roberto. Sánchez Héctor. Pepa Aldo. Fernández Cutiello H. (h). López Néstor Horacio. Reyes Osvaldo Helio (R). Zihel Leónidas Cristián (R). Servidio Romeo (R).

Pérez Desiderio Eduardo.

Capitanes: Paiva Miguel Ángel. Aguilera Roberto. Arteaga Carlos. Viola Humberto Antonio. Keller Miguel Alberto. Petruzzi Luis María. Ramallo JosÈ Antonio. Leonetti Juan Carlos. Tenientes 1ros: Asúa Mario César. Nacaratto José María. Correa. Carlos. Casagrande Carlos. Anaratone Jorge. Brzic Luis Roberto. Carbajo Roberto Eduardo. Cáceres Héctor. Spinazzi José Luís. Cativa Tolosa Fernando. Lucioni Oscar Abel. Tenientes: Dios Osvaldo Ramón. Bulacios Jorge Gambande Juan Carlos. Rolon Ricardo. Mundani Juan Conrado. Ledesma César Gonzalo

Soldados Conscriptos: González Daniel Osvaldo. Maldonado Ismael. Sosa Edmundo Roberto. Villalba Alberto. Arrieta Antonio Ramón. Dávalos Heriberto. Coronel José Mercedes. . Salvatierra Dante. Torales Marcelino. Sánchez Tomás. Luna Herminio. Sánchez Ismael. Castillo Juan Carlos. Gustoni Enrique Ernesto. Ordóñez Freddy. Fernández Pío Ramón. Spinoza Rogelio René. Moya Orlando Aníbal. Viscarra Héctor. Pérez Benigno Edgar. Papini René Alfredo. Caballero. Roberto. Ruffolo Benito Manuel. Sessa Raúl Fernando. Cajal Miguel Ángel. Vacca Alberto Hugo. Dimitri Guillermo. Crosetto Víctor Manuel. Gutiérrez Mario. Cucurullo Miguel. Barbusano Luís. Taddía Roberto. Grillo Julio. Díaz Leonardo. Cardozo Héctor.

Pág. Nº 160

ASESINADOS EN LA MARINA

Vicealmirantes: Berisso Emilio. Quijada Hermes José (R). Capitanes de Navío: Burgos José Guillermo. Basso Juan Jorge. Capitanes de Fragata: Bigliardi Jorge Raúl (R). Esquivel Julio Esvardo (R). Poggi Oscar Agustín (R). Teniente de Navío: Mayol Jorge Omar. Teniente de Fragata: Barattero Santiago A. Suboficiales Mayores:

Leguizamón Lorenzo Miguel. Unteretein Martín. Larrea Emilio Horacio (R). Suboficial Principal: Yabor Eduardo Miguel (R). Suboficiales 1ros: Gatelli Raúl (R). Reducto Mario (R). Suboficiales 2dos: Benítez Marcelino. Cabos 1ros: Contreras Juan Leonardo. Cabos 2dos: Grimaldi Enrique. Vidal Miguel Ángel.

ASESINADOS EN FUERZA AÉREA ARGENTINA

Brigadier:

Alférez:

Longinotti Arturo L. V. (R).

Rathlin Javier.

Comodoros:

Suboficial Principal:

Silioni Rolando Segundo (R). Echegoyen Roberto M. Valis Adolfo (R). Gouarderes Reynaldo (R).

Carbone Alberto (R). Cabo: Molina Andrés G.

Vicecomodoros: Luchesi Alberto Bruno. Matti Rodolfo (R).

ASESINADOS EN POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

Comisarios Generales: Villar Alberto. Alberro Florentino Eliseo. Comisarios Inspectores: Linardi Anselmo. Pavón Guillermo Ernesto. Comisarios:

González Raúl Oscar. Iacovillo José Alberto. Lunati Alicia Ester. Lynch Hernández Ricardo. Maneiro Juan Carlos. Matienzo Ernesto Osvaldo. Medina Saturnino. Neiro Juan Antonio. Ochoa Edgardo Raúl. Pág. Nº 161

Patetta Ernesto Máximo. Baldovino Carlos María. Subcomisario: Sandoval Osvaldo. Oficial Principal: Giotti César Mario. Oficiales Inspectores: Bernain Julio Etchepare. Norberto Domingo. Fernández Héctor Osvaldo. Reinoso Carlos José. Russo Juan Roque. Oficiales Subinspectores: Lascano José Ignacio. Ron Domingo Dante. Valverde Juan Carlos. Oficiales Ayudantes: Botti Juan Carlos. Castro Héctor Alejandro. González Carlos Daniel.

Oliveira José Armando. Paiz Juan Carlos. Pereda Raúl Oscar. Petrig Juan Carlos. Rosboch Silvia Ester. Rueda Miguel Ángel. Saint Esteben Juan Antonio. Sanabria Fernando Sergio. Sánchez Benigno. Severino Juan Carlos. Vega Pedro Federico. Cangros Ricardo Manuel. Bengochea Carlos Alejandro. Petit Juan Carlos. Borgheat Julio Jorge. Cazas Joaquín. Colletta Carlos. Couto Héctor. Zalazar Valois Juan. Agentes Decreto Nro 18.231/50: Buglione Rodolfo. González Luis María. Hernando Carlos Ricardo. Auxiliar 3ra:

Suboficiales Escribientes:

Cruzado Carlos A.

Carrasco José Hilario (A). Durán Joaquín (A).

Superintendencia de Seguridad Federal:

Sargentos 1ros:

Di Nunzio David. Arias Ramón.

Bustamante Ramón H. Fernández José Antonio. Gasbarro Carlos Enrique. Godoy Néstor. Rojo Doroteo. Pereira Juan Carlos. Ponzo Aldo José. Sargentos: Posadas Manuel Mario.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DEL CHACO

Cabo 1ro: Vallejos Clementino Serapio.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE SANTA FE

Subcomisario:

Ocampos Félix Humberto. Pietrani Juan Domingo. Pág. Nº 162

Monserrat Osvaldo Oscar.

Cabos 1ros:

Comisario Inspector:

Oficial Principal:

Farías Roque Alipio. Leiva Eugenio Ramón. Pereyra José Ernesto. Nievas Carlos Gabino.

Rodríguez Félix Oscar.

Cabos:

Oficiales Subinspectores:

Nunga Juan José. San Juan Rubén Oscar. Barriento Lorenzo Jesús. Cárdenas Raúl. González Carlos. Acosta Andrés A. Alfonso Domingo H. Matiacevich Juan Domingo. Ferr Edgardo Jorge. Pietrani Darío Alberto. Brancamonte Miguel Ángel.

Ojeda Telémaco.

Kocijancic Juan Carlos. Oficial Auxiliar: Gutiérrez Ramón O. Cividini Daniel. Oficial Ayudante: Olivera Ernesto Jesús. Oficiales Subayudantes: Pizerni Roberto Carlos. Capitanelli Jorge Raúl. Sargento 1ro: Ardizzone José. Sargentos:

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE TUCUMÁN

Inspector Mayor: Tomagnini Hugo Guillermo. Inspector General: Sirnio Juan. Comisario Inspector: Marcial Timoteo. Sargento 1ro: Fagioli Pedro Oscar.

Vallejo Juan Carlos. Mansilla Casimiro. Reyes Vargas Gumersindo V. Ibarra Eudoro. Giménez Ramón Valentín. Agentes: Santiago Pedro Oscar. Silvetti Juan Carlos Gerardo. Maltez Carlos Eduardo.

Cabos: Lazarte Vicente Marcelo.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE MENDOZA

Agentes: Cuello Alberto Rubén. Fredes Campillay Santos T.

Puebla Pablo Roberto. Hernández Guerra H. A.

Pág. Nº 163

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE JUJUY

Comisario:

Inspector Mayor:

Álvarez Herminio Francisco.

Mones Ivires Eliseo.

Comisario Principal:

Sargento 1ro:

Guerra Hugo Salomón.

Maizares Luís Rufino.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE FORMOSA

Sargento:

Cabo:

Benítez Casimiro Efraín.

Alegre Nori Argentino.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE CORRIENTES

Cabo: González Raúl Narciso.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Comisario General:

Cuello Marcelino.

Paz Simeón A. Douglas.

Bertoglio Pedro Héctor.

Comisario Principal:

Agentes:

Robles José Elios.

Agüero Hugo Marcelino. Sánchez Eleuterio A. Zalazar Adelino Magin. Maldonado R. Humberto. Elgueroa Amancio. Guzmán José Ramón. Altamirano Ramón Cirilo. Cuello José María. Márquez Tomás Marcelino. López Tomás. Baigorria M. Florencio. Guzmán Raúl Alberto. Torres Carlos Alfredo. Soria Francisco. Eurico Pedro Ramón. Galíndez Carlos Alberto. Moreira Vicente Manuel. Luna Jorge Natividad. López Luís Rodolfo. Díaz Juan Antonio. Rodríguez C. Sebastián. Benegas Juan Carlos.

Subcomisario: Postay Esteban Domingo. Oficiales Ayudantes: Mercado de Pereyra A. Pérez Inés Agustín. Robino Rodolfo Jorge. Mastri Ángel Virginio. Oficial Auxiliar: Sosa Roberto Hugo. Sargento 1ro: Quiroga Aldavino Filemón. Sargentos: Román Juan Carlos. Britos Bartolo. Cabos 1ros:

Pág. Nº 164

Gamero Juan Rodolfo. Maldonado Teodomiro M. Vaquinsay Manuel Cirilo. Valdés Tomás Edelmiro.

Bermejo Bernardino S. Aspirante a Agente: Lucic Osvaldo Américo.

Cabos: Garay Antonio Mateo. Arrieta Néstor. Cebrero José Oscar. Rodríguez Luis Francisco.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE CATAMARCA

Agente: Acevedo Ramón Francisco.

ASESINADOS EN SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

Subadjutor:

Valenzuela Abel Omar.

Buzarquiz Alberto.

Ayudante de 5ta:

Ayudante de 3ra:

Zárate Abel Ornar.

Norgeot Juan Pedro Santos.

Subayudante:

Ayudante de 4ta:

Argüello Daniel Enrique.

Ponce Edigio Augusto.

ASESINADOS EN GENDARMERÍA NACIONAL

Comandante Principal:

Gendarmes:

Reese Julio Manuel Augusto.

Gómez Evaristo Francisco. Godoy Marcelo. Luna Juan Argentino. Cuello Raúl. Salliago Juan Carlos. Rivero Juan Esteban.

Alférez: Páez Torres Luís. Oficial: Agarotti Pedro Abel.

ASESINADOS EN POLICÍA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Pág. Nº 165

Comisario Mayor: Juárez David Américo. Comisarios: Vergel Alfonso. Mena Juan Florentino (R). Benítez Carlos Alberto. Subcomisarios: Ramos José H. Berzovec Juan Eugenio. Bonanni Ricardo Lorenzo. Oficiales Principales: Caramelo Pío Américo. Trejo Esteban. Ferreyra Carlos Bonifacio. Pérez Raúl Horacio. Oficiales Inspectores: Iramain Patricio A. Navarro Carlos Eduardo. Sibuet Mariano. Salerno Jorge. Chiapella Mario Ernesto. Manzo Oscar Jorge. Vilches Edgardo Daniel. Oficiales Subinspectores: Enríquez Jorge O. Apostolu Jorge H. Oficiales Ayudantes: Fernández Orlando F. (Méd). Bartosch Alejandro. Suboficiales Mayores: Varela Ramón Ochoa Andrés. Suboficiales Principales: Encinas Zacarias. Maidana Carlos O. Sargentos Ayudantes: Yanivelli Esteban E. Pizarro José A. Segovia Ángel. Ovejero Rosa Witervo. Ledesma Marcelo W. Coria Rodolfo. Miñane Leopoldo. Sargento 1ro:

Martínez José Ernesto. Sierra Guillermo Martín. Romero Cesar Eulogio. Monge Raúl Marcial. Bogado Carlos. Cabos: Benítez Luís María. Contreras Sergio J. Luna Carlos. Giménez Carlos. Giménez Antonio. Vázquez Héctor Pedro. Lugo Eusebio. Ferro Juan. Moreno Domingo. Bogado Nicolás. Maidana Fermín. Benítez Javier. Cañete Antonio. Enríquez Víctor. Álvarez Hilario. Silveira Eustaquio Rolando. Pérez Félix. Fredes Roberto. José Héctor. Álvarez Roque L. Acosta Juan A. Dettler Pedro. López Raúl Héctor. Garavaglia Juan Carlos. Del Moro Enrique. Salgado Carlos. Rivero Felipe. Brizuela Lidio Nelson. Núñez Patricio. Giménez Juan Carlos. Gómez Luís Manuel. Albelo Víctor Manuel. Aquino Francisco Jerónimo. Ledesma Héctor Hugo. Caracciolo Juan. Muñoz Emilio Ramón. Lescano Rodolfo Horacio. Álvarez Pedro Lucio. Aliberti Norberto. Encinas Zacarías. Toledo Remigio A. Filino Jorge Alberto Quintana Francisco Gabriel. Agentes: Núñez Domingo Daniel. Arias Gualberto. Allegrini Juan C. Pág. Nº 166

Cardozo Nicolás. Sargentos: Báez Aguilar José. González Mario O. Virán Hernán. Dorrego Primo. Noriega José. Torres Eliseo A. Zapata Roque Ramón. Arapi Fructuoso. Sánchez Carlos Horacio. Aguifar José Báez. Potter Rodolfo. Dávila Juan Carlos. Arroyo Bernardo Oscar. Lacorte Armando. Cabos 1ro: Sullings Esteban Fernando. Licay Conrado. González Ramón. Maidana Máximo. Marchio Ernesto. Manteiga Juan M. Leguiza Leonardo. Delavechia Antonio. Genolet Héctor Oscar. Romero Enrique. Arroyo Oscar Bernardo. Morel Guillermo. Silva Timoteo. Millón Miguel. Schowindt Eduardo. Olivar Cipriano Heraldo. Ojeda Erculano. Montivero Juan C. Zuleta Lucio Alberto. Echavarría Ramón Enrique. Cardozo Alberto Jorge. Di Leo Alfredo Carlos. Toledo Remigio Adán. Daher Jorge Omar. Reno Emilio. Panozzo Galeano Roberto.

Cidraque Fernando. Jodor Fermín. Guerra Leonidas C Basualdo Casimiro Merino Héctor A. Molla Ángel. Alarcón Alberto. Dionisio José F. Galeano Cleotas. Espinosa Epifanio. Rivas Rodolfo I. Nagel Emilio. Pereyra Luís A. Rodríguez Eugenio. Sevillano Carlos. Sierra Rutino. Coronel Juan M. Garay Francisco O. Castro Carlos. Lionato Enrique. Orona Rubén G. Yanotti Roberto. Cejas Carlos L. Fernández Juan C. Galván Ramón Esteban. López Carlos Alberto. Laurino Daniel E. Yuntunen Bernardo Miguel. Zalazar Carlos Alberto. Restuccia Carlos Alberto. Sconza Osvaldo. Landeira César. Vázquez Guillermo Oscar. Quintana Francisco Antonio. Benítez Victoriano.

ASESINADOS EN PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BS. AS. HERIDO EN COMBATE

Comisario Mayor: Pacheco Mario. Comisario:

Leiva Hugo Oscar. López Roberto. Cabos 1ros:

Pág. Nº 167

Vides Luís. Subcomisario: Acosta Domingo Lorenzo. Oficial Principal: Aranguren Alberto. Oficial Inspector: Darapiro Carlos Antonio. Oficial Subinspector: Lombardo Héctor Horacio. Oficial Ayudante: Álvarez Manuel. Sargento Ayudante: Cabrera Carmelo Sargentos 1ros:

Duarte Armando. Santillán Ismael. Veidolvsky Aníbal César. Roldán Miguel Ángel. Martínez Ricardo. Cabos: Dos Santos Orlando Bueno. Saucedo Martín Eduardo. Ferro Lisardo Evaristo. Serrano Enrique. Martínez Juan José. Giuricich Fernando Agustín. Müller Julio César. Agentes: Pizarro Oscar Augusto. Taborda Sebastián Alipio. Buzatto Néstor Ramón. Barbuto Osvaldo. Maggi Eduardo José.

López Omar Máximo. Suárez Luis Roberto. Sánchez Luis Alberto. Sargentos: García Miguel Pacífico.

HERIDOS POR ATENTADOS TERRORISTAS SIN ENFRENTAMIENTOS CON EXPLOSIVOS y AMETRALLAMIENTOS

Personal Civil: Sr. Villalonga Osvaldo. Jefe Relaciones Indus. Pto. La Plata. Personal Policial:

Oficial 3ra:

Comisarios Generales:

Blasetti Roque Alberto.

De Baldrich Osvaldo Juan. Etchecolatz Miguel Osvaldo.

Sargento Ayudante:

Comisarios: Gorriz Oscar. Zabala Carlos Alfredo. Subcomisario: Pino Osvaldo Roberto. Oficial Inspector: Vargas Calle José Alfonso. Oficiales Subinspectores: Casas Raúl Cándido. Auli Jorge Alberto.

Juárez Víctor Eduardo. Sargento 1ro: Noriega José Mauricio. Sargento: Velásquez Marcos Antonio. Cabos 1ro: Soria Adrián Víctor. Luisi Emilio Sebastián. Cabos: Reyna Néstor Tomás. Villanueva Luís. Pág. Nº 168

Acosta Omar Eduardo. García Horacio Oscar. Calderara Aldo.

Karo Oscar HÈctor. Fernández Julio. Franco Alfredo Ramón. Olivera Ramón Eulogio.

Oficial 4ta: Mundiña Oscar Manuel.

PERSONAL MILITAR (adscrito a Policía)

Coroneles: Trotz Ernesto Guillermo. Rospide Enrique Nicolás.

4. HECHOS DE VIOLENCIA POR ORGANIZACIONES TERRORISTAS ENTRE EL PERIODO (1969 a 1979).

Por resultar imposible, debido a su cantidad constarán los producidos por su magnitud- en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y algunos del ámbito nacional:

AÑO 1969. /04/69

FAL, (Fuerzas Armadas de Liberación), copamiento de un vivac del Regimiento Patricios y robo de armamento, en Campo de Mayo.

29/05/69

Disturbios en Córdoba, históricamente conocido como Cordobazo, con saqueos e incendios organizados por grupos universitarios, con apoyo de sectores obreros de ultra izquierda y acción coordinada de francotiradores, los cuales superan a la policía local. Duran varios días y finalizan al actuar la Brigada de Tropas Aerotransportadas del III Cuerpo de Ejército.

30/06/69

FAL, asesinato del dirigente gremial peronista, Sec. Gral. del gremio metalúrgico, Augusto T. Vandor.

24/09/69

Disturbios en Rosario, parecidos a los de Córdoba aunque en menor escala, con saqueos e incendios organizados. A lo largo del año fueron incendiados por las FAR, 16 supermercados de la Cadena MINIMAX en la Cap. Fed. y Gran Buenos Aires; además, 10 empresas sufrieron atentados con explosivos, producidos por diferentes organizaciones terroristas que salían a la luz.

AÑO 1970. 29/05/70

Montoneros, secuestro y posterior asesinato del Tte. Gral. Pedro E. Aramburu ex- Presidente de la Nación y por entonces líder político de un importante sector que aglutinaba al centro moderado.

10/06/70

FAR, atentado con intento de asesinato fallido, contra el Secretario

Pág. Nº 169

de Juzgado Juan Carlos Fernández Lecce. 30/06/70

FAR, copamiento de la ciudad de Garín, en Bs. As. Asaltaron la policía local, un banco, la sucursal de ENTEL y casas particulares. Fue encabezado por los cabecillas Marcos Osatinsky NG Lucio, Roberto Quieto NG Negro y Carlos E. Olmedo NG Germán y participaron unos 40 terroristas (la mitad mujeres) Asesinan a un policía y una mujer durante la toma del Banco.

01/07/70

Montoneros, copamiento de la ciudad de La Calera, en los suburbios de Córdoba. Asaltaron la policía local, un banco y el correo. Cayeron detenidos 11 terroristas, cuatro de ellos heridos, por la acción policial de inmediata persecución. Uno de los heridos graves es Emilio Maza, participante en el secuestro de Aramburu, el cual muere días después por sus heridas.

07/08/70

Montoneros, asesinato del dirigente gremial peronista y Sec. Gral. de la CGT José Alonso.

10/09/70

ERP, copamiento de la Comisaría Nº 24 de Rosario y asesinato de dos suboficiales de policía.

14/10/70

Montoneros, asesinato del Subcomisario de la PFA Osvaldo Sandoval, quien había encabezado la investigación del crimen de Aramburu, en Villa Urquiza.

AÑO 1971. Entre enero y marzo ERP, asesinatos planificados en serie de 12 policías y robo de su armamento. /02/71

ERP, asalto a varias armerías con robo de abundante armamento.

/03/71

ERP, copamiento de la Clínica privada San Lucas de San Isidro, Bs. As. Con robo de materiales para montar postas sanitarias clandestinas de la organización terrorista.

29/04/71

FAR, ataque a un camión militar en una ruta de Pilar, robo de numerosas armas largas y asesinato del Tte. 1ro Azúa del Ejercito Argentino.

15/05/71

ERP, atentado con explosivos al edificio de la Cámara del Tabaco.

23/05/71

ERP, secuestro extorsivo del Gerente del frigorífico Swift, Stanley Silvester (inglés). Se pide como rescate la distribución masiva de alimentos en zonas pobres, en una acción de propaganda política.

26/05/71

ERP, atentado con explosivos a la empresa Telesima Argentina, en Ensenada.

03/07/71

FAL, copamiento y robo de la Caja Popular de Ahorro, en Rosario.

11/07/71

ERP, copamiento de la Cárcel de Mujeres Buen Pastor en Córdoba, liberando a varias terroristas detenidas.

Pág. Nº 170

21/06/71

ERP, atentado incendiario a la empresa Fiat.

26/07/71

Montoneros y FAL, copamiento de la Cárcel Correccional de Mujeres de la Provincia de Bs. As. Liberando a 4 terroristas detenidas.

29/06/71

ERP, asesinato del My (R) Julio Sanmartino, ex Jefe Servicio Penitenciario de Córdoba.

14/07/71

ERP, atentado con explosivos al domicilio de un Ejecutivo de la empresa Fiat.

12/08/71

ERP, copamiento de la Comisaría de Gonnet, Bs. As. Con robo de armamento y uniformes policiales.

15/08/71

ERP, copamiento de una Comisaría en Salta, con robo de armamento y uniformes policiales.

18/08/71

ERP, intento fallido de secuestro del Tte. Gral. (R) Julio Alsogaray, en la Capital Federal.

03/09/71

ERP, atentado con explosivos al automóvil de un Ejecutivo del frigorífico SUBPGA.

04/09/71

ERP, copamiento de la Compañía Telefónica de Tucumán, con robo de dinero.

06/09/71

ERP, copamiento de la Cárcel de Villa Urquiza, liberando a 14 terroristas detenidos. Asesinan a cinco guardia-cárcel.

04/10/71

ERP, copamiento de la Comisaría de San Felipe, en Tucumán.

05/10/71

FAR, asalto a un domicilio particular, con robo de equipos transmisores y receptores de comunicaciones.

06/10/71

ERP, atentado con explosivos en la delegación de la PFA en Santa Fe.

06/10/71

ERP, atentado con explosivos en el Juzgado Federal de Santa Fe.

07/10/71

FAL, secuestro extorsivo del empresario Jorge Vázquez Iglesias (rescate U$S 900.000).

08/10/71

ERP, copamiento de la sede de la Asociación Cultural de Tucumán.

08/10/71

ERP, copamiento de una empresa maderera en Buenos Aires y robo del arma a un policía de custodia.

08/10/71

ERP, atentado con explosivos a un domicilio particular en Santa Fe.

08/10/71

ERP, incendio de un patrullero de la policía en Santa Fe.

08/10/71

ERP, atentado con explosivos a un edificio en construcción para alojamiento de personal militar, en Rosario.

09/10/71

ERP, atentado con explosivos a la Comisaría de Fray Luís Beltrán, en Santa Fe.

Pág. Nº 171

09/10/71

ERP, atentado con explosivos a la empresa Brajkovic, en Fray Luís Beltrán, Santa Fe.

11/10/71

ERP, atentado con explosivos a la empresa Alba de pinturas, en Rosario.

11/10/71

ERP, atentado con explosivos a la empresa Molinos Río de la Plata, en Rosario.

11/10/71

ERP, copamiento del Registro Civil de Villa Carmela, Tucumán y robo de documentos, sellos y maquinas de escribir, para la fabricación de documentos falsos para terroristas.

12/10/71

FAR, copamiento de una cantera en Juárez Celmán, Córdoba y robo de explosivos.

13/10/71

FAR, copamiento de la Cooperativa Pueyrredón en Córdoba y robo de dinero.

13/10/71

FAL, copamiento de una radiodifusora y emisión de una proclama revolucionaria, en Córdoba.

15/10/71

ERP, atentado con explosivos a la sucursal de la empresa Philips en Santa Fe.

15/10/71

ERP, copamiento de una sucursal de Correo de Rosario y robo de dinero.

16/10/71

ERP, copamiento de otra sucursal de Correo de Rosario y robo de dinero.

16/10/71

ERP, copamiento de la Escuela Primaria de Ingeniero White, en Bahía Blanca, con izamiento de la bandera del ERP delante del alumnado rehén.

17/10/71

Montoneros, copamiento de una imprenta con robos de materiales, en Salta.

17/10/71

Montoneros, atentado con explosivos al domicilio del Presidente de la Caja de Ahorro de Crédito de Salta.

17/10/71

FAL, copamiento de una radiodifusora y emisión de una proclama revolucionaria, en Córdoba.

18/10/71

ERP, copamiento de un edificio de Policía Ferroviaria con robo de armas, en Córdoba.

18/10/71

ERP, atentado con explosivos en el edificio del Banco Internacional, en Rosario.

18/10/71

Montoneros, copamiento de la custodia de la empresa Chrysler en Bs. As, con robo de armas cortas.

19/10/71

ERP, copamiento de una sucursal de Correos en Bs. As, con robo de dinero. Pág. Nº 172

19/10/71

ERP, atentados simultáneos con explosivos en diferentes edificios de Rosario, reivindicados como actos de venganza por la muerte del terrorista Pujals del ERP.

19/10/71

ERP, copamiento de un Registro Civil en Córdoba, con robo de decenas de documentos de identidad en blanco.

19/10/71

Montoneros, voladura con explosivos del edificio del Jockey Club de Tucumán.

20/10/71

FAP, voladura con explosivos del edificio del Jockey Club de Córdoba.

20/10/71

ERP, copamiento de la fábrica Cid en Rosario, con robo de armas.

21/10/71

FAP, copamiento del Observatorio Meteorológico Nacional, sede de Córdoba.

22/10/71

ERP, copamiento de un negocio y robo de alrededor de 60 pelucas, para mimetizar el aspecto físico de los terroristas.

23/10/77

ERP, copamiento de una imprenta y robo de materiales, en Rosario.

23/10/77

ERP, movilización callejera en la Capital Federal, con explosiones de bombas de estruendo, en apoyo de una huelga de hambre de terroristas presos.

26/10/71

ERP, atentado con explosivos a la fábrica Siam Di Tella y robo de armas.

27/10/71

FAR, copamiento de un supermercado en Provincia de Bs. As. y robo de dinero.

28/10/71

ERP, atentado con explosivos a un negocio de venta de automóviles, en San Lorenzo, Santa Fe.

29/10/71

ERP, asesinato de 2 policías arriba de un colectivo en la Prov. de Bs. As. y robo de sus armas. Hay un enfrentamiento con fuerzas policiales y muere un terrorista.

30/10/71

ERP, copamiento de una armería y robo de armas, en Rosario.

AÑO 1972. 01/1/72

Montoneros, copamiento de la Prefectura de Zárate y robo de armas, en Bs. As.

07/01/72

FAL, copamiento del Banco de Italia, en Santa Fe y robo de U$S 3.000.000.

10/01/72

ERP, copamiento del Banco Nacional de Desarrollo y robo millonario.

15/01/72

Montoneros, atentado con explosivos en el domicilio del ex Ministro de Justicia Jaime Perriaux (creador de la Cámara Federal en lo Penal con competencia específica en actos terroristas), en la Capital Federal, muere un policía custodio. Pág. Nº 173

18/01/72

Montoneros, asesinato del dirigente político del partido Nueva Fuerza Roberto Mario Uzal, al salir de su domicilio en Olivos, Bs. As.

18/03/72

Montoneros, asesinato del Cte. Pr. de GN Pedro Agarotti, ex Jefe de Policía de Tucumán, en su domicilio en Quílmes, Bs. As.

21/03/72

ERP, secuestro y posterior asesinato del máximo Ejecutivo de la empresa Fiat en Argentina, Oberdan Sallustro (italiano), con comunicado del PRT-ERP.

06/04/72

Disturbios organizados en Mendoza, durante cinco días, semejantes al Cordobazo en menor escala, con quema de vehículos y propiedades, más la actuación de francotiradores.

10/04/72

ERP y FAR, asesinato del Tte. Gral. Juan C. Sánchez, en Rosario. En el atentado murió además una mujer que atendía un quiosco, Sra. Cucco de Ayala, con Comunicado del PRT-ERP. Participan por FAR los cabecillas Juan Roque luego Oficial Superior Montonero, NG Lino, caído en combate con las FFAA en Cap. Fed. En 1977 y aparentemente según sus propios dichos, el luego Oficial 1º Montonero Martín Gras NG Chacho, caído detenido de las FFAA en 1977 y liberado en 1979 luego de dos años como activo colaborador de las operaciones antiterroristas, instalándose en el exterior. En 1985 este último es aceptado como imparcial testigo de cargo en el juicio a los Comandantes en Jefe del gobierno militar. En 1995 trabajó en el COMFER como abogado y en 1997 en la Universidad de San Miguel, donde dictaba materias de comportamiento democrático a personal policial de la Provincia de Bs. As.

10/04/72

FAR, copamiento de un banco en Bs. As. Con el robo de U$S 1.500.000.

10/04/72

FAL, copamiento del banco CITY BANK en Córdoba, con el robo de U$S 1.000.000.

11/04/72

ERP, asesinato de un menor de 17 años, Juan Antonio Ferreyra y heridas graves a Walter Antonio Leiva.

19/04/72

ERP, atentado con explosivos a miembros del directorio de la empresa Ika.

27/04/72

ERP, copamiento de un Destacamento Policial en Río Tala, Bs. As. Un policía asesinado y otro herido, robo de armamento.

01/05/72

ERP, copamiento de un Dest. PNA en Dock Sur, gran Bs. As.

..../05/72

FAR, atentado con explosivos en un piso del nuevo hotel Sheraton, muriendo instantáneamente un joven matrimonio canadiense en luna de miel. El operativo estuvo a cargo del luego Oficial Mayor de la organización terrorista Montonero Marcelo Kurlat NG Monra.

15/08/72

ERP, FAR y Montoneros, fuga masiva de terroristas que cumplían

Pág. Nº 174

condenas de la Justicia en el Penal de Rawson, Chubut, en una planificada operación conjunta de las tres organizaciones terroristas, hecha con la participación de los abogados defensores miembros plenos de las mismas, como Abel R. Amaya entre otros, los cuales introdujeron las armas y efectuaron los enlaces con el exterior. Se fugan varios cabecillas importantes como Roberto Quieto, Marcos Osatinsky y Mariano Pujadas de FAR; Enrique Gorriarán Merlo, Domingo Pena, Roberto M. Santucho y su esposa Ana María Villareal del ERP y Fernando Vaca Narvaja de Montoneros. Una de las causas que favorecen la fuga, es el hecho de que casi todos los guardiacárcel estaban extorsionados por amenazas de los terroristas contra sus mujeres e hijos, siendo de hecho dueños del manejo interno del penal. Al huir los terroristas algún guardia-cárcel resisten, cayendo heridos dos de ellos, J. Galárraga y J. G. Valenzuela, quienes se habían resistido a las presiones recibidas. Este último caído en el suelo inerme, es rematado de un disparo en la cabeza por Ana María Villareal de Santucho. Emprenden la fuga hacia el aeropuerto local, donde otro grupo terrorista ya había copado un avión civil y tomado de rehenes al pasaje. En este avión parte de los terroristas escapan hacia Chile, sin esperar a otros 19 que se atrincheran en la aerostación con más rehenes. Rodeados por fuerzas de Infantería de Marina y de la policía se rinden posteriormente, quedando detenidos por orden del Juez en la Base Aeronaval de Trelew, dada la notoria falta de seguridad del penal de Rawson. 21/08/72

FAR, secuestro extorsivo del empresario Aldo B. Roggio, en Córdoba (rescate U$S 20.000.000)

22/08/72

Nuevo intento de fuga, fallido, de los terroristas detenidos en la Base Aeronaval de Trelew por no haber podido escapar en el avión secuestrado el día 15. Promueven un motín con gran desorden y en un descuido es tomado como rehén por Pujadas un oficial de la Armada; en el momento en que se abalanzan en tropel contra el impotente personal militar armado que les apuntaba a corta distancia, en un local cerrado, el citado oficial consigue desprenderse y se arroja al suelo entre los terroristas ordenando abrir fuego. Mueren 16 de los terroristas y quedan 3 heridos graves, los cuales son trasladados al Hospital Naval de Puerto Belgrano salvando sus vidas. Este episodio, totalmente deformado, pasó a ser parte del folklore de la propaganda terrorista como un asesinato premeditado y además usado por diversos oportunistas políticos en el futuro. Algunos de los muertos fueron velados en la CGT de Bs. As. Ironía en el mismo lugar donde en 1973 sería velado el Sec. Gral. Ignacio Rucci, asesinado por Montoneros por directiva expresa de su conducción superior. Los tres terroristas heridos y salvados por médicos navales son Envar el Kadre, María A. Berger y Camps. Son amnistiados en mayo de 1973 y al menos los dos últimos pasan rápidamente a la clandestinidad, ahora en lucha contra el gobierno Pág. Nº 175

peronista constitucionalmente elegido por 63% de votos. Ambos perderán sus vidas en esa nueva etapa. Entre los terroristas muertos estaba Ana M. Villareal de Santucho, la reciente asesina del guardiacárcel, la cual por supuesto pasa a desempeñar el rol de inocente víctima en los siguientes años. 09/11/72

FAR, secuestro extorsivo del empresario metalúrgico E. Barrella, en Bs. As. (Rescate U$S 5.000.000)

09/12/72

ERP, atentado con explosivos al domicilio del dueño de la fábrica NORGLAS, en Tucumán.

10/12/72

ERP, secuestro extorsivo del empresario frigorífico R. Grove (rescate U$S 1.000:000)

28/12/72

ERP, asesinato del recientemente retirado Contralmirante Emilio R Berisso, en Lomas de Zamora, muerto a tiros por la espalda al salir de un supermercado con su esposa. Sus asesinos son una joven pareja de dieciocho años, edad en que eran perejiles inocentes según la propaganda montada desde 1983, para convertir en víctimas a los derrotados criminales. Circulaban con un cochecito para bebés, dentro del cual llevaban escondida la pistola ametralladora usada para el atentado.

AÑO 1973. 07/01/73

FAR, atentado incendiario al Supermercado Minimax, en Munro.

10/01/73

ERP, copamiento de un tren en viaje en Santa Fe, arenga revolucionaria a los pasajeros, mayoritariamente obreros de talleres ferroviarios.

12/01/73

ERP, copamiento de la Fábrica Luján de motocicletas, en Córdoba.

Enero/73

A lo largo del mes de enero del 73, diversas organizaciones terroristas, asesinan un total de 9 policías, en atentados tipo ejecución.

01/02/73

Montoneros, asesinato del Tte. 1º José M. Nacaratto, en Resistencia Chaco.

19/02/73

ERP, copamiento del B Com 141 y robo de gran cantidad de armamento, 250 armas entre fusiles ametralladores, fusiles, pistolas ametralladoras, lanzagranadas y pistolas, todas armas de guerra; en la ciudad de Córdoba. Entran gracias a un soldado entregador, miembro de la organización terrorista.

11/03/73

Gana las elecciones por el 49,7 % el candidato peronista Cámpora. Los atentados a partir de aquí son una evidente provocación, para evitar la entrega del poder por parte de las autoridades del gobierno militar saliente, y así tener pretextos para continuar la acción revolucionaria armada.

Pág. Nº 176

19/03/73

FAR, atentado con explosivos al domicilio del Decano de la Facultad de Ciencias Exactas, UNLP.

25/03/73

ERP, copamiento de la Central Nuclear de Atucha, en Bs. As.

28/03/73

ERP, copamiento de un aula de la Facultad de Arquitectura de la UNLP, con disertación de adoctrinamiento terrorista.

30/03/73

ERP, fallido atentado en el edificio Libertad, EMGA, en la Capital Federal atentado con explosivos. Muere el conscripto Julio Provenzano, miembro de la organización terrorista, al explotar en un baño la bomba que manipulaba previo a instalarla en el lugar elegido para el atentado. Era el hermano del otro Provenzano, amnistiado, luego sucesivamente miembro nuevamente del ERP y en la década del 80 del MTP, muerto en combate en el copamiento del RI 3 de la Tablada en 1989, en pleno gobierno constitucional radical.

01/04/73

ERP, secuestro del Contralmirante Francisco A. Alemán. Participan su sobrino Oscar Ciarlotti (hijo de un Capitán de Navío) y Magdalena Nosiglia, a quienes franquea la puerta de su domicilio sin imaginar tal felonía. Es mantenido en una cárcel del pueblo por varios días y luego liberado.

06/04/73

ERP, atentado con explosivos al domicilio del Dr. Roberto Etchepareborda, Rector de la Universidad del Sur, en Bahía Blanca.

08/04/73

ERP, secuestro extorsivo del Ejecutivo Víctor Bricombe (Rescate U$S 1.360.000)

18/04/73

Organización desconocida, atentado con explosivos al domicilio de una Profesora de la Universidad de Rosario.

24/04/73

ERP, copamiento Liceo Señoritas Nº 1, en Capital Federal, arenga a los alumnos, entrega de panfletos e izado de una bandera del ERP.

26/04/73

ERP, secuestro del Cte. Ppal. GN Jacobo Nasif, Jefe de la Región Noroeste de dicha fuerza de seguridad. El ERP realiza propaganda del hecho mediante la distribución de su fotografía en una cárcel del pueblo, acompañada de un comunicado donde anuncian la sentencia a muerte del Sec. Gral. de la CGT Ignacio José Rucci. Esto último ha motivado algunas confusiones históricas, dado que Rucci es finalmente asesinado por Montoneros, según ordenes expresas de su más alta conducción, Firmenich, Vaca Narvaja, Cirilo Perdía, Roque, Mendizabal y Rodolfo Walsh. Este último es el Jefe del Ámbito Nacional de Inteligencia rama encargada de seguir durante meses los pasos del dirigente gremial para poder preparar el atentado y de adquirir en el exterior el equipamiento electrónico a usar para interferir las comunicaciones del Comando Radioeléctrico policial, tarea de apoyo cumplida durante el atentado.

30/04/73

ERP, asesinato del Ate. Hermes Quijada. Cae muerto uno de los

Pág. Nº 177

terroristas, Víctor J. Fernández Palmeiro, por el fuego de un policía de civil que interviene. Éste terrorista había participado en el secuestro de Sallustro y en el fallido intento de secuestro del Gral. Alzogaray. 05/05/73

ERP, copamiento y colocación de una bandera terrorista en la Facultad de Filosofía de Rosario.

07/05/73

ERP, copamiento de la ENET Nº 2 de San Nicolás, arenga a los alumnos y entrega de panfletos.

08/05/73

Organización desconocida, atentado con explosivos a la Fac. Agronomía de la Universidad de Corrientes.

22/05/73

ERP, asalto a la Fac. Arquitectura de la Universidad Rosario, robo de materiales de imprenta.

22/05/73

Montoneros, asesinato del sindicalista peronista Dirk Kloosterman, Sec. Gral. de Smata, en la Pcia. de Buenos Aires.

22/05/73

Montoneros, intento fracasado de secuestro de un ejecutivo de la empresa Swift, Sr. Volinsky.

23/05/73

Montoneros, asesinato de un ejecutivo de la empresa Ford, Luís Giovanelli, gravemente herido fallece días después del atentado.

23/05/73

ERP, secuestro extorsivo del Ejecutivo Bellinson, uno de los gerentes de la empresa Babic.

24/05/73

ERP, atentado con explosivos al domicilio de Director del Instituto de Computación, en Santiago del Estero.

25/05/73

Asume el gobierno el presidente Cámpora, todos los hechos a partir de aquí mencionados, hasta el 24/03/76, sucedieron en gobiernos peronistas, constitucionalmente elegidos por la ciudadanía, Cámpora con 49,7 % de votos y Perón con el 62 %.

29/05/73

FAR, libera al secuestrado empresario Enrique Fridman, gerente de la empresa Mecánica Lanín, pagándose rescate.

02/06/73

FAR, libera al secuestrado empresario Oscar Castell, gerente de la empresa Coca Cola, pagándose rescate.

02/06/73

ERP, copamiento de la empresa metalúrgica Bonelli, con robo de armamento, en Córdoba.

04/06/73

FAR, asesinato del dirigente gremial peronista Pascual Almada.

06/06/73

ERP, copamiento de la Escuela Nº 52 de La Plata, arenga y entrega de panfletos.

06/06/73

ERP, ataque armado contra la sede del Comando Radioeléctrico de la localidad de Merlo en Bs. As. Es gravemente herido en el combate el terrorista Luís Castro Giovanni.

Pág. Nº 178

06/06/73

Muere el terrorista Luís Castro Giovanni y es velado en la Facultad de Arquitectura de la UBA.

06/06/73

ERP, secuestro extorsivo del Ejecutivo Carlos Lockwood (rescate U$S 2.300.000)

09/06/73

ERP, copamiento de una estación de radiodifusión en Avellaneda, Buenos Aires, con difusión de proclamas revolucionarias marxistas.

12/06/73

Organización desconocida, atentado con explosivos al domicilio de una Profesora de la UNLP.

13/06/73

ERP, copamiento de la empresa SCAC, con robo de armas.

15/06/73

ERP, copamiento del domicilio familiar de un ejecutivo de la empresa Dálmine Siderca, en Campana. La casa es minada y parcialmente volada con explosivos.

15/06/73

ERP, copamiento de la empresa Dulesnea en La Plata, con robo de leche.

18/06/73

ERP, secuestro extorsivo del ejecutivo de la empresa Firestone John Thompson, en Lomas de Zamora, Bs. As. Se pagó rescate de U$S 1.000.000.

18/06/73

ERP, copamiento de la empresa Incomet, con tomas de rehenes entre los gerentes, en Rosario.

19/06/73

ERP, asalto de un patrullero policial, con robo de armas y un policía herido.

20/06/73

Montoneros y FAR versus Grupos armados de la ultraderecha Peronista y los Sindicatos Peronistas, masacre de Eezeiza durante el frustrado recibimiento multitudinario de Perón en su definitivo regreso al país. Se calculan más de 500 muertos y heridos luego de horas de confusos tiroteos y escaramuzas.

20/06/73

ERP, ataque al Destacamento General Guemes de la Policía, Prov. Bs. As.

20/06/73

ERP, ataque e incendio del domicilio del empresario Sr. Blois, Prov. Bs. As.

25/06/73

ERP, copamiento de un aula de la Facultad de Arquitectura de Rosario, arenga.

25/06/73

ERP, copamiento de la empresa Estela, en San Nicolás, Bs. As.

25/06/73

ERP, asesinato del Diputado mandato cumplido Alberto Armesto.

25/06/73

ERP, atentados con explosivos en los domicilios de los ejecutivos de la empresa Fiat, Mario Rébora y Daniel Pacheco.

25/06/73

FAR, secuestro extorsivo del comerciante José Sigüeza.

26/06/73

Montoneros, secuestro extorsivo y liberación de Liliana Aerin y Mirta Pág. Nº 179

Rubin, previo pago de rescate. 26/06/73

FAR, secuestro extorsivo del empresario A. Mazzarella.

28/06/73

ERP, asalto a la Universidad Católica de Córdoba, robo de máquinas de escribir y microscópicos.

12/07/73

Montoneros, secuestro extorsivo de Carlos Pulenta (rescate U$S 920.000)

13/06/73

Por abierta presión ejercida por Perón, el peronismo ortodoxo y los sindicatos justicialistas, renuncian el presidente Cámpora y el Vice Solano Lima, ante el caos total imperante en el país y en el gobierno. Asume Lastiri y se convoca a nuevas elecciones presidenciales.

23/07/73

FAR, atentado con explosivos al Pabellón Universitario, en Córdoba.

28/07/73

ERP, copamientos de las Escuelas Provinciales Nº 117 y 527, en Santa Fe, arengas y panfletos.

01/08/73

Montoneros, atentado con explosivos a la Facultad de Medicina de la UBA.

05/08/73

ERP, asesinato del Of. Insp. Gral. Hugo Tomagnini, en Tucumán.

25/08/73

Montoneros, emite una proclama contra el gobierno peronista, incitando a la toma revolucionaria del poder.

06/09/73

ERP, ataque y copamiento del Comando de Sanidad del EA en Cap. Fed. con el objetivo de robar el armamento existente. El soldado Hernán Invernizzi, hijo de la conocida psicóloga y militante progresista Eva Giberti, actuó como entregador de sus camaradas. En el ataque a la guardia combaten y son heridos de gravedad el Tte. Eduardo Rusch y el soldado Osvaldo Dedged. Las exitosas operaciones de recuperar el Comando estuvieron a cargo de fuerzas del Regimiento Patricios, cuyo 2do Jefe Tte. Cnl. Raúl D. Hardoy encabeza a su gente en el puesto de mayor riesgo y muere en combate. No se conoce si la nueva Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires lo incluirá entre los nombres que colocará en el proyectado nuevo monumento de la Costanera Norte, el cual al parecer solo será para un bando, los terroristas caídos en la guerra civil de los setenta.

11/09/73

Montoneros, atentado con explosivos a la Facultad de Derecho de la UBA.

23/09/73

Triunfa la fórmula presidencial Perón-Perón, recibiendo el 62% de los votos.

23/09/73

Montoneros, asesinato del Tte. 1ro Fernando Cativa Tolosa en Mar del Plata.

25/09/73

Montoneros, asesinato del Sec. Gral. de la CGT, el peronista José I. Pág. Nº 180

Rucci, acribillado a balazos a dos días de la elección de Perón, en un abierto desafío al mismo. La operación fue dispuesta por la más alta conducción y llevó cinco meses de tarea de inteligencia, hasta ubicar uno de los cambiantes lugares usados por el amenazado Rucci para pernoctar. Luego solo se trató de alquilar la casa de enfrente, esperar su ingreso a dormir el 24 a la noche y avisar al grupo de exterminio, a cargo del cabecilla NG Tomás. Fue asesinado al retirarse a la mañana, quedando su cadáver con tantos impactos que Montoneros con negro humor denominó Operación Traviata al hecho, por los agujeros de la galletita de marras. Ese día Montoneros se quitó su falsa máscara peronista y quedó ideológicamente al descubierto, perdió a la masa justicialista, sentando la base política de su futura total derrota militar. La simultanea interceptación masiva y engaño de las comunicaciones policiales, estuvo a cargo del Oficial Mayor Marcelo Kurlat, NG Monra y las decisivas tareas de inteligencia previa a cargo del ámbito de Informaciones, a cargo del Oficial Primero NG Esteban, legal Rodolfo Walsh, ahora un brillante escritor, defensor de los derechos humanos, caído a tiros en combate en 1977, que da su apellido y nombre a varias Aulas Magnas universitarias, a premios literarios y una plazoleta ubicada en la Capital Federal, intersección de las calles Chile y Perú. 26/09/73

Asesinato del político peronista Enrique Grinberg, a la salida de su domicilio en la Capital Federal.

27/09/73

FAR, atentados con explosivos en las Escuelas Nº 1 y 2 de Mar del Plata.

27/09/73

Montoneros, atentados con explosivos en las Facultades de Odontología y Farmacia - Bioquímica.

27/09/73

ERP, copamiento de la Escuela Nº 7 de Zárate.

27/09/73

FAR, atentado con explosivos en la Facultad de Derecho de la UBA.

28/09/73

ERP, copamiento de la Escuela Nº 20 de San Nicolás.

/10/73

Mes de octubre de 1973, comienza una serie de periódicos atentados esporádicos, dirigidos mayoritariamente contra organizaciones de superficie de las organizaciones terroristas y en algunos pocos casos contra políticos de partidos de izquierda ajenos al terrorismo. Cada hecho es auto-adjudicado por una presunta organización de ultra derecha denominada AAA, pero no cabe duda de que jamás existió la misma, aunque contribuyeron a exacerbar el caos institucional. Fueron acciones aisladas e impulsivas, protagonizadas por algunos pocos grupos aislados, en una reacción emotiva y anárquica ante la total pasividad de los jueces y organismos de seguridad del estado, lo cual creaba un cuadro de total impunidad para los terroristas marxistas, muchos de ellos además recién liberados en masa por el Congreso Nacional. Su único denominador común fue el uso de las siglas AAA en los mensajes dejados luego de cada hecho. Si los custodios de López Rega Pág. Nº 181

protagonizaron realmente algunos casos, simplemente deben ser agregados a ese total anárquico, dicho ministro no pudo dirigir una organización clandestina inexistente. /10/73

Grupos de la presunta AAA, atentado contra el Senador radical Hipólito Solari Irigoyen, del ala más izquierda de dicho partido, abogado defensor de conocidos terroristas del ERP y públicamente sospechado de militar en un organismo de fachada, dadas sus permanentes declaraciones favorables a los guerrilleros.

08/10/73

ERP, copamiento de la Escuela Nº 389 de Rosario.

17/10/73

ERP, copamiento del Comedor Universitario de Córdoba.

18/10/73

ERP, copamiento del Colegio Nacional de La Plata.

19/10/73

Montoneros, atentado con explosivos en el Colegio Nacional Nº 2 de Rosario.

22/10/73

ERP, copamiento del Instituto educativo Ricardo Palma.

30/10/73

ERP, copamiento de la Facultad de Arquitectura de La Plata.

08/11/73

Montoneros, copamiento de la Escuela de Asistentes Sociales.

09/11/73

ERP, secuestro extorsivo del dirigente gremial peronista Pedro Saucedo.

10/11/73

FAR, atentado con explosivos en el domicilio del Rector de la UN de Rosario.

14/11/73

ERP, copamiento de la Escuela Superior de Comercio Manuel Dorrego, de Córdoba.

15/11/73

ERP, copamiento de una Escuela Primaria en Tucumán.

17/11/73

ERP, secuestro del Gerente General del Banco de Londres, E. Niborg Anderson.

24/11/73

Montoneros, atentado con explosivos en el Colegio Nacional Gral. Belgrano de Merlo.

29/11/73

ERP, copamiento de la Escuela Primaria Alas Argentinas, en Córdoba.

06/12/73

ERP, secuestro extorsivo del alto Ejecutivo de la empresa ESSO Víctor Samuelson.

14/12/73

Montoneros, copamiento del Comedor Universidad de la UN del Noroeste.

22/12/73

Desconocidos, asesinato del estudiante Tomás Guillermo Burns en la Universidad de Córdoba.

AÑO 1974. 04/01/74

ERP, atentado incendiario domicilio y automóvil del Ejecutivo

Pág. Nº 182

empresario Roberto Bargut. 19/01/74

ERP, intento de copamiento nocturno del Regimiento 10 de Caballería Blindada de Azul. Son asesinados el Jefe de la Guarnición Cnl. Camilo Gay, su esposa y un soldado, pero la guardia resiste. El Regimiento es recuperado con apoyo de tropas del Ejército y de Infantería de Marina de las guarniciones cercanas. Los terroristas huyen dejando varios muertos. Además es secuestrado el 2do Jefe, Tte. Cnl. Ibarzabal, quien será asesinado después de un largo cautiverio.

14/02/74

Montoneros, asesinato del dirigente político y Dip Nac radical Hipólito Acuña.

27/02/74

Montoneros, secuestro del Ejecutivo del frigorífico Swift A. Valochia.

22/03/74

Montoneros, asesinato del retirado dirigente sindical peronista Rogelio Coria, en el palier de la planta baja de su departamento. Dos jóvenes milicianos Montoneros, estaban allí haciendo el ambiental de inteligencia previa a su futuro asesinato. Portaban armas y como advirtieron que Coria estaba sola e indefensa, lisa y llanamente le pegaron dos tiros en la cabeza y huyeron. Montoneros los arresto simbólicamente por el inconsulto riesgo corrido y los condecoró por la valiente iniciativa militar.

23/03/74

Montoneros, homicidio Cabo 1ro Prefectura Naval, José Luís Braga (Zarate)

04/04/74

Montoneros, asesinato del Sec. Gral. de la Regional San Nicolás de la CGT, Antonio P. Magaldi.

04/04/74

Montoneros, asesinato del ejecutivo jefe de personal de FIAT, Roberto Kecker.

12/04/74

ERP, secuestro extorsivo del diplomático cultural de los EEUU, Alfredo Laun, quien es herido en el operativo.

14/04/74

ERP, asesinato del niño de seis años Froilán Vázquez tomado como rehén.

01/04/74

ERP, intento de copamiento del Dest. Pol. Villa Don Enrique, en Resistencia Chaco, con la muerte de un Cbo. 1ro Clementino Serapio Vallejos y herido un Suboficial el que queda invalido.

15/04/74

ERP, intento de toma del Dest. Pol. Colonia Aborigen Chaco produciendo heridas a un suboficial de la Policía del Chaco, Cbo. 1ro M. Acuña.

25/04/74

Montoneros vs. Grupos de la derecha peronista, violento tiroteo en la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA, al asumir el Decanato la dirigente Montonera de superficie Adriana Puiggros (hoy promocionada experta en educación).

Pág. Nº 183

27/04/74

ERP, asesinato del ex Juez Federal Jorge V. Quiroga, en la Capital Federal. Había integrado la Cámara Federal antiterrorista disuelta por el Congreso Nacional en 1973, quedando sin empleo, jubilación alguna e indefenso.

29/04/74

ERP, liberación del dirigente de ESSO Víctor Samuelson, en cautiverio desde el 06/12/73 y pago de rescate U$S 12.000.000.

01/05/74

Montoneros, enfrentamiento con el peronismo ortodoxo en el acto central del Día del Trabajador en la Plaza de Mayo. Luego de varios disturbios y enfrentamientos verbales con Perón, quien los descalifica duramente por los altoparlantes, echándolos por imberberes. Finalmente se retiran bajo ataque de los trabajadores peronistas y es evidente su aislamiento de las masas.

11/05/74

Grupos de la presunta AAA, asesinato del sacerdote tercermundista Carlos Múgica.

30/05/74

ERP, copamiento de la población de Acheral en Tucumán. Se inician así las acciones guerrilleras para crear una Zona Liberada en esa provincia y de tal modo obtener status internacional de fuerza regular beligerante.

16/06/74

ERP, atentado con explosivos al domicilio del Gerente de la empresa Minetti SA

01/07/74

Muere el presidente Perón y lo sucede su esposa M. I. Martínez. No está en absoluto capacitada para gobernar, con la de que no ejerce ningún efecto aglutinante, en un partido político peronista ortodoxo por entonces compuesto por un mosaico de grupos en permanente pugna por el poder y con una altísima tasa de la corrupción más abierta. En consecuencia, ha partir de allí se acelera la crisis general del país, el gobierno queda jaqueado por su incapacidad, sus salvajes luchas internas y la creciente guerrilla, siendo inútiles los permanentes apoyos que recibe de los sectores moderados no peronistas, encarnados en las Fuerzas Armadas y los partidos políticos democráticos.

12/07/74

Montoneros, copamiento del pueblo de General Mansilla en la Provincia de Bs. As. Se robó dinero de un banco local y armamento de la Policía.

15/07/74

Montoneros, asesinato del prestigioso dirigente político radical Arturo Mor Roig, en un restaurante en Ciudadela. Fue acribillado vengativamente por la espalda mientras almorzaba con amigos, había sido el Ministro del Interior que había enfrentado con las leyes y la justicia a los terroristas luego amnistiados, de allí el pecado que le costó la vida.

17/07/74

ERP, asesinato del periodista y director del diario El Día de la Plata, David Kraiselburg, en Gonnet Prov. de Bs. As. Estaba secuestrado en Pág. Nº 184

una cárcel del pueblo; al ser allanada por la policía fue asesinado por el terrorista que lo custodiaba, Carlos Starita, quien es herido y fallece posteriormente. En el mes de marzo de 1998 por televisión, la hija del terrorista Rodolfo Walsh, Patricia, muy fresca mencionó a Kraiselburd como otro periodista desaparecido de la dictadura militar. 17/07/74

ERP, atentado con explosivos al domicilio del Presidente de la empresa Ford.

23/07/74

ERP, secuestro extorsivo del Gerente General de Acindar, Sr. Eric Breussi.

25/07/74

ERP, atentado con explosivos al domicilio de un Ejecutivo del frigorífico Friar.

31/07/74

Grupos de las AAA, asesinato del abogado y Diputado Nacional Rodolfo Ortega Peña, importante dirigente de superficie de Montoneros, especializado en el área de la propaganda política con la bandera de los derechos humanos de los terroristas; su especialidad era el área denuncias.

07/08/74

Grupos de las AAA, asesinato de Luis Macor. Ataque con explosivos local La Prensa, Banco Ganadero Popular Argentino, y de Galicia. Ataque a Concesionaria IKA-Renault (Bahía Blanca).

08/08/74

Grupos de las AAA, asesinato de los aparentemente miembros de Montoneros Horacio Chávez, Rolando Chávez y Emilio Pierini.

12/08/74

ERP, copamiento de la Fábrica Militar de Explosivos de Villa María, Córdoba, robo de numeroso armamento y secuestro del My. del EA del V. Larrabure, asesinado un año después en cautiverio. Hubo un conscripto entregador, Mario Pettiggiani, y fueron gravemente heridos en el combate inicial el soldado José C. Fernández y el Cap. Roberto A. García. Este último fue tomado prisionero y dado por muerto fue abandonado en la ruta, esposado, golpeado, quemado por cigarrillos y con diez impactos de bala. Salvó su vida por milagro. Además en sucesivas escaramuzas durante el contraataque de las fuerzas legales y la retirada de los terroristas, murieron tres de estos y dejaron un herido. Murió además el Cbo. Pol Marcelino Cuello y resultaron heridos en combate tres soldados, un oficial y tres agentes policiales. Los terroristas consiguieron robar 100 fusiles, 60 pistolas ametralladoras y unos 10 fusiles ametralladoras, algo fundamental para la lucha en el monte tucumano.

11/08/74

ERP, intento de copamiento del Regimiento 17 en Catamarca. Atacaron 70 guerrilleros, pero perdieron la sorpresa al ser descubiertos por un civil que alertó a una patrulla policial. Atacados por fuerzas militares y policiales, huyeron dejando dos muertos y un herido.

Pág. Nº 185

22/08/74

ERP, ataque contra un Dest. de Policía, empleando por primera vez armamento pesado, del tipo lanzacohetes antitanques y ametralladoras pesadas.

31/08/74

FAR, asesinato de Ricardo L. Colla, ejecutivo de la empresa IKA Renault, planta de Santa Isabel. Asesinato Of. Ayte. Pol. Bs. As. Orlando F Fernández (Quilmes).

07/08/74

Ataque con explosivos local La Prensa, Banco Ganadero Popular Argentino y de Galicia.

07/08/74

Ataque Concesionaria Ika Renault Bahía Blanca.

03/09/74

Montoneros, secuestro del Director de la empresa Propulsora Siderurgica, Ingeniero Mascardi.

06/09/74

Montoneros, anuncia el pasaje formal a la clandestinidad y la vuelta de la lucha armada contra el gobierno peronista. Mera formalidad propagandística, ello ocurría desde la misma asunción de Cámpora y se mantuvo durante los intervalos de Lastiri y Perón. Nunca Montoneros había abandonado las acciones terroristas desde 1970; el único cambio fue que en 1973 algunos de sus miembros, auténticos peronistas que luchaban por el fin de su prohibición política, abandonaron definitivamente a la organización y se integraron a la vida política legal.

07/09/74

Grupos de la presunta AAA, asesinato accidental del hijo del Rector pro-Montoneros Raúl Laguzzi, al colocar una bomba en su departamento. Su hijo Pablo de cuatro años fue proyectado muerto por el hueco del ascensor, un espanto que conmovió a la opinión pública y un indicador del salvajismo inédito alcanzado por la lucha política en el país.

07/09/74

Montoneros, realiza una docena de atentados explosivos en cadena en Bahía Blanca, Mar del Plata, Rosario, Mendoza y Santiago del Estero.

09/09/74

Montoneros, asesinato Agte. Pcial. Luís Alberto Coronel (Morón)

13/09/74

Grupos de la presunta AAA, asesinato del abogado miembro del ERP Alfredo Curutchet, en el Tigre.

13/09/74

Grupos de las AAA, asesinato del ex vicegobernador de Córdoba, miembro o simpatizante de Montoneros, Atilio López y de Juan Varas.

13/09/74

Grupos de las AAA, asesinato de Julio Troxler, miembro de Montoneros y ex Jefe de Policía de Bs. As. Durante la gobernación del defenestrado Oscar Bidegain, gobernador que fue siempre un abierto partidario de esa organización terrorista, al igual que su hija Gloria, casada con Daniel Vaca Narvaja, Oficial Primero miembro de la organización junto con su hermano Fernando, Oficial Superior. Pág. Nº 186

Algo así como una dinastía del terrorismo político.

13/09/74

Montoneros, asesinato del dirigente peronista Víctor Sánchez, en Resistencia Chaco.

15/0974

Montoneros, asesinato Of. Subayudante Pcia. Jorge Bartos (San Fernando). Atentado Concesionaria Olivetti (Adrogue), Banco Galicia (Avellaneda), Droguería Suizo-Argentina (Morón), Concesionaria Firestone (San Justo), Banco Ganadero (Olivos), Club de los 300 (San Isidro), Sebastián Peya (Quilmes), Cooperativa Fiandria (Santos Lugares), Golf Club (San Antonio de Padua), Boite for export (Ramos Mejia), Dto. Policial de Turdera (Lomas de Zamora), Dto. Policial (Quilmes), Ate. Importi (San Isidro), Cap. Nav. Urieta (San Isidro), Museo Naval (Tigre), Alberto Ritche (San Miguel), Diario "Los Hechos" (Tres de Febrero), Antonio Vitale (San Fernando), Frascarelli Unidad Básica (Merlo), Mariana Pereira (Municipal Tigre), Dalmasio González (Consejal San Fernando), Copamiento estación Ferroviaria (Villa Dominico), estación Bernal, estación Lomas de Zamora, estación Adrogué, estación Hudson, estación Ing. Brian, estación Morón, estación Munro.

16/09/74

Montoneros, ataque y destrucción Soc. Rural Azul,ataque incendiario domicilio Subdirector Radio LU2, y sedes de Xerox y Cía.

18/09/74

Montoneros, atentado incendiario de cosechadoras de caña de azúcar, en Tucumán. Asesinato Dante Balaneras Sec. JP Quilmes, allanamiento y robo de armamento Juzgado Federal Nº 2 La Plata.

19/09/74

Montoneros, secuestro extorsivo de los Ejecutivos de la empresa Bunge & Born, Juan y Jorge Born, simultáneo asesinato de un chofer y del Ejecutivo Bosh, en La Lucila, posterior rescate de U$S 60.000.000.

25/09/74

ERP, asesinato del Cnl Jorge O. Grassi en Córdoba.

25/09/74

ERP, asesinato del Tte. Luís R. Brizc en Rosario.

26/09/74

Grupos de las AAA, asesinato del político Silvio Frondizi, hermano del ex presidente Arturo Frondizi, por ser sospechado de ser ideólogo del ERP. Esto fue un error colosal producto del caos reinante, dado que este político no tenía ninguna militancia ni contacto con grupo terrorista alguno, era desde su juventud un militante del Partido Comunista, el cual es por demás sabido que mantuvo una línea ortodoxa y, acorde a las directivas superiores de Moscú, no apoyó la lucha armada de los 70. Tanto que fue legal y no perdió su personería política ni siquiera en el período 76-83. Pág. Nº 187

26/09/74

Grupos de las AAA, asesinato de José L. Mendiburu.

02/10/74

ERP, asesinato del Cap. EA Miguel A. Paiva. Baleado por la espalda frente a su domicilio cuando concurría a la Escuela de Guerra, donde era alumno.

03/10/74

Montoneros, asesinato del ex-Sec. Gral. Gremio Maderero de la Prov. Bs. As., Juan Mario Russo.

07/10/74

ERP, asesinato del My Bioquímico EA Jaime Gimeno, es atacado a la salida de su domicilio, en Banfield Prov. Bs. As. Se produce un enfrentamiento donde mueren tres terroristas.

08/10/74

ERP, asesinato del Tte. EA Juan C. Gambande, en Santa Fe.

08/10/74

Grupos de las AAA, asesinato de los militantes comunistas Rodolfo Achen y Carlos Miguel.

09/10/74

ERP, asesinato del Tte. Cnl médico EA José F. Gardón, en proximidades de Campo de Mayo.

13/10/74

Grupos de las AAA, asesinato de los militantes comunistas Pedro Barraza y Carlos Laham.

13/10/74

ERP, fracasado intento de asesinato del Presidente de la empresa Galizia Bargut, Roberto Bargut, queda gravemente herido.

16/10/74

Montoneros, profanación de la tumba del ex presidente Aramburu por ellos asesinado y robo de su cadáver, en el cementerio de La Recoleta. El operativo estuvo a cargo del Oficial 1º terrorista "Paco" Urondo NG Italo, periodista, luego caído muerto en enfrentamiento armado, participando además Carlos A. Collarini NG Ernesto; NG Camilo; NG Hugo; Oficial terrorista Urien NG Felipe ex guardiamarina, luego preso desde 1975 hasta 1983; NG Coca; NG Negra Marta; Alicia Pierini NG Licha en la década del 90 Subsecretaria de Derechos Humanos y luego Legisladora por la Ciudad de Buenos Aires; NG Beba; Oficial Mayor Mercedes Carasso NG Lucy; Pagés Larraya NG Gordo Mariano; NG Biaggi; NG Ernesto; NG Cacho; NG Topo; Oficial 2º terrorista Carlos Lebrón NG Sordo Pancho Teniente de Navío retirado, caído muerto en 1976 en Tucumán; NG Caracha; NG Lucía; Lugones NG Rosita; NG Pablito; NG Tutuca; NG Chiquito; Oficial 1º NG Gallego Willy luego caído en enfrentamiento armado; Jerez NG Chico y Oficial 2º terrorista Marcelo Cerviño luego caído en enfrentamiento armado.

20/10/74

ERP, copamiento del pueblo de Santa Lucía en Tucumán, por parte de la denominada Compañía de Monte Ramón Rosa Giménez. Asesinan a tres civiles, a quienes consideran responsables de la caída de un terrorista.

22/10/74

Montoneros, asesinato de dos de sus miembros NN (datos legales desconocidos), acusados de delación, según una capturada Circular Pág. Nº 188

de difusión interna entre cabecillas terroristas, con lujo de detalles de la aplicación del Código de Justicia Revolucionario. Provenían del grupo inicial originado en ANAEL y liderado por el ex-Guardiamarina Urien, luego Oficial Montonero, capturado por Seguridad Federal a fines de 1975, al allanar una cárcel del pueblo en construcción donde cumplía un arresto montonero; fue liberado en 1982. 23/10/74

Montoneros, asesinato Juan Carlos Marini y Juan Domingo Vera (San Martín)

26/10/74

Montoneros, asesinato del Subcomisario de Policía de Bs. As. Meifert.

27/10/74

ERP, asesinato del profesor universitario, Jordán B. Genta, en Prov. Bs. As.

30/10/74

Grupos de la presunta AAA, asesinato del militante del F.I.P., Carlos Llerena Rosas

01/11/74

Montoneros, asesinato del Jefe PFA Crío. Gral. Alberto Villar y su esposa Elba M. Pérez, mediante la voladura de una embarcación en el Tigre con un explosivo colocado al casco y accionado por telecontrol, según informes de inteligencia, diseñado por un ingeniero en telecomunicaciones de apellido Sulueta. Este aparentemente sería el mismo designado años después como Secretario de Comunicaciones por el gobierno de Alfonsín de 1983, ignorando este último tal antecedente; lo cierto es que, avisado el gobierno, renunció a los pocos días.

01/11/74

ERP, copamiento del pueblo de Los Sosas en Tucumán.

07/11/74

ERP, asesinato del My. EA Néstor Horacio López, a la salida de su domicilio en Santa Fe.

09/11/74

Homicidio Sgto. Pcía. Bs. As. Joaquín Casas, Ituzaingó.

12/11/74

ERP, asesinato del Tte. 1ro Antonio E. Carbajo, a la salida de su domicilio en San Nicolás, Prov. Bs. As.

13/11/74

Homicidio Sgto. Policía Hernán R. Viran (Morón).

15/11/74

Ataque con explosivo Colegio Secundario (La Plata).

19/11/74

ERP, asesinato del Tte. Cnl. Jorge Ibarzabal, al ser interceptada por la policía la furgoneta donde lo trasladaban los terroristas, luego de 10 meses de su secuestro en Azul. En el cautiverio había perdido treinta kilos de su peso original.

19/11/74

ERP, copamiento de la Esc. Nº 13 de Villa Galicia.

22/11/74

Montoneros, ametrallamiento de la fachada y ventanas del edificio de la Dirección de Electrónica de la Marina, en la calle Malabia de Palermo Cap. Fed. Según informes de inteligencia habrían participado el ámbito de Informaciones, con el Oficial 1º terrorista Pág. Nº 189

Rodolfo Walsh NG Esteban, Jefe de Informaciones (periodista); el Oficial 1º terrorista Paco Urondo NG Italo (periodista); el Miliciano Horacio Verbitsky NG Roberto (periodista) y Habberger (periodista) La acción era de las dispuestas para comprometer a todos los miembros en actividades armadas. 25/11/74

Montoneros, asesinato del activista gremial, Florencio Fernández.

26/11/74

Homicidio Mario F. Fernández (Bahía Blanca)

03/12/74

Homicidio R. Dominico, Concejal (Monte Grande)

03/12/74

Atentado a O. A. Blanc, Intendente (Monte Grande)

04/12/74

ERP, asesinato a balazos del Cap. Humberto A. Viola y de su hija de tres años, además de heridas de bala de su otra hija de cinco años en pleno centro de Tucumán, luego de interceptar su auto diez terroristas en tres vehículos. En 1997, el ex dirigente del ERP de apellido Kremer explicó en la televisión que lo de la hija había sido un accidente que constituyó un serio error político (sic).

04/12/74

ERP, asesinato del Ejecutivo de la empresa La Cantábrica, Ramón Samaniego.

05/12/74

Grupos de las AAA, asesinato del militante Montonero de JUP Roberto Silvestre La Juventud Universitaria Peronista, para entonces era ya un ámbito claramente encuadrado en la organización Montoneros, con parte de sus miembros en la clandestinidad y otra parte aun en superficie como fachada).

06/12/74

Grupos de la presunta AAA, asesinato del profesor Enrique Rusconi.

09/12/74

Asesinato Sgto. Pol. Bs. As. J. Casas (Ituzaingo).

12/12/74

Grupos de las AAA, asesinato de María Baldi y Héctor Cois, en Prov. de Bs. As.

12/12/74

Grupos de las AAA, asesinato de J. Luces, A. Celina, R. Valverde y L. Cuiña, en la Capital Federal.

12/12/74

Grupos de las AAA, asesinato de un NN con las manos cortadas, en Ezeiza, Prov. de Bs. As.

13/12/74

Montoneros, asesinato Sgto. 1ro Policía, Hernán R. Viran (Morón).

15/12/74

Montoneros, atentado con explosivos Colegio Secundario (La Plata).

22/12/74

ERP, asesinato por motivos ideológicos, el Dr. D Carlos Alberto Sacheri, profesor de la Facultad de Derecho de la UNBA, cuyo Instituto de Filosofía del Derecho dirigía, delante de su esposa, sus 7 hijos pequeños y 3 amigos de ellos, saliendo de misa de la Catedral de San Isidro.

22/12/74

Montoneros, asesinato guardia-cárcel Carlos Rodríguez.

26/12/74

Montoneros, asesinato M. F. Fernández, (Bahía Blanca). Pág. Nº 190

14/12/74

ERP, asesinato del ejecutivo empresario Antonio Dos Santos Larangeira, en Mar del Plata.

03/12/74

Montoneros, asesinato en Monte Grande del: Concejal R. Dominico, y atentado O. A. Blanc, Intendente.

18/12/74

Grupos de las AAA, asesinato de J. A. Campos, en la Prov. de Bs. As.

20/12/74

Montoneros, secuestro del Gerente de la empresa ESSO, en Campana.

21/12/74

ERP, asesinato del ejecutivo gerente de la empresa Hilanderías Olmos, Emilio Jasalik.

22/12/74

Grupos de la presunta AAA, asesinato de F. Morales, en la Prov. de Mendoza, cuerpo carbonizado.

22/12/74

Grupos de las AAA, asesinato de Raúl Palatnic, en la Cap. Fed., cuerpo también carbonizado.

27/12/74

Montoneros, copamiento estación ferroviaria (Zarate)

30/12/74

ERP, asesinatos del Gerente y Subgerente de la empresa MILUZ, Sres. Abeigan y Martínez.

AÑO 1975. 03/01/75

Grupos de las AAA, asesinato de un NN, en La Matanza, se lo adjudican con panfletos en el lugar del hecho, modo más habitual.

04/01/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato de Silvia S. de Brown y Estela Epelbau, en Prov. de Bs. As.

09/01/75

Cae accidentalmente un avión militar en reconocimiento aéreo de la zona de operaciones del ERP en Tucumán, muriendo el Comandante del III Cuerpo de Ejercito Gral. Salgado, el Gral. Muñoz y 11 militares de su Estado Mayor y de la tripulación.

13/01/75

ERP, asesinato de uno de sus miembros acusado de traidor, Jesús Ranier; se lo adjudican en una proclama.

15/01/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato de Yolanda Meza y cinco NN más, en Prov. de Bs. As.

15/01/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato de Manuel Benítez, en Prov. de Bs. As.

17/01/75

Montoneros, asesinato dueños empresa Carlitos, J. Martín y Montechiari, en Bahía Blanca.

18/01/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato de Hugo Fernández Floria, en Prov. de Bs. As.

21/01/75

Montoneros, atentado incendiario y con explosivos contra camión empresa de transporte girasol, en el Chaco.

Pág. Nº 191

23/01/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato de Juan M. Magdalena, en la Prov. de Tucumán.

/01/75

Decreto del PEN Nº 261, ordenando al Ejército ejecutar operaciones militares para neutralizar y/o aniquilar el accionar subversivo en la provincia de Tucumán. El 9 de febrero comienza el llamado Operativo Independencia al mando del Comandante de la Brigada del lugar, Gral. Br. Acdel Vilas.

28/01/75

Montoneros, robo maquinas de escribir y calcular Avellaneda.

29/01/75

Montoneros, secuestro empresario Ing. Carlos Dazeo Mar del Plata.

30/01/75

Montoneros, asalto estudio Jurídico Dr. Costa e Hijo (Bahía Blanca), asesinato y robo dependencias Policiales (Vicente López)

02/02/75

ERP, asesinato del dirigente gremial Chávez, en Tucumán.

04/02/75

Montoneros, secuestro delegado municipal N. Matano (Quilmes).

05/02/75

Montoneros, tiroteo contra el Directivo de la empresa ENTEL, Oscar Etchepare, al salir de su domicilio en San Isidro.

05/02/75

Montoneros, tiroteo contra el Delegado Gremial de la empresa Terrabusi, Cesar Calvo, en la Capital Federal.

07/02/75

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de la empresa Alba, Antonio Muscat.

07/02/75

Montoneros, asesinato Cbo. Pol. Bs. As. F. Pérez (Avellaneda).

07/02/75

Montoneros, secuestro del Ejecutivo de la empresa Rheen Saiar, Carlos Gagey, en Bs. As.

08/02/75

Montoneros, robo impresoras y mimeógrafos Lomas de Zamora.

09/02/75

Empleo Orgánico de la fuerza legitima contra la militarmente organizada, OPERATIVO INDEPENDENCIA.

14/02/75

ERP, combate en escaramuza con una patrulla del Ejército en el monte tucumano, cerca del poblado de Pueblo Viejo. Mueren dos terroristas, el Jefe de la patrulla Tte. 1ro Héctor Cáceres y heridos un Suboficial y el Tte. Ritcher, quien queda inválido.

14/02/75

Grupos de las AAA, asesinato de los dirigentes sindicales H. Noriega y C. Leiva, en Prov. de Bs. As.

14/02/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato del periodista Luciano Jaime, en Salta.

14/02/75

Montoneros, atentado incendiario pizzería Los Gordos (Lomas de Zamora).

14/02/75

Montoneros, allanamiento y robo en Clínica Privada (Lanus)

15/02/75

Montoneros, tiroteo contra Ejecutivos de la empresa Molinos Río de

violencia

Pág. Nº 192

la Plata, A. Méndez y L. San Juan, en Bs. As. 15/02/75

Montoneros, ataque con granadas local CNU La Plata.

19/02/75

Ataque con granadas al Batallón Infantería Marina Nº 3 La Plata.

19/02/75

Montoneros, asesinato y robo de armamento dos Policías (San Martín)

19/02/75

Montoneros, asesinato y robo de armamento a un policía (Vicente López)

20/02/75

Montoneros, ataque a dos clínicas privadas (Lanus).

21/02/75

Montoneros, asesinato del Dirigente gremial U.O.M. Rosario, Teodoro Ponce.

19/02/75

Montoneros, ataque con granadas contra el Batallón Nº 3 de Infantería de Marina, en Ensenada.

22/02/75

Montoneros, ametrallamiento domicilio Sr. Bolan secretario UOM (Avellaneda)

22/02/75

Montoneros, voladura del domicilio y futuro clínica del Ministro de Salud Pública Dr. Ezequiel Morante en Resistencia Chaco

24/02/75

Grupos de las AAA, asesinato A. Banarasky, en Prov. Bs. As..

26/02/75

Montoneros, ataque con granadas a patrullero policial, (Ramos Mejia)

28/02/75

Montoneros, asesinato Sgto. N. Cardozo, Cbo. R. F. Fredes y Agte E. Rodríguez (Lomas de Zamora).

28/02/75

Montoneros, secuestro y posterior asesinato del Cónsul de los EEUU, Jhon Egan en Córdoba.

01/03/75

Montoneros, propaganda armada estación ferroviaria, (San A. de Padua)

03/03/75

ERP, intento de copamiento de la Comisaría de Alvear en el gran Rosario. Muere un terrorista en el enfrentamiento armado.

04/03/75

ERP, ataque e incendio de parte de la fábrica Rigolleau.

04/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de tres NN en Tucumán.

06/03/75

Montoneros, propaganda armada Instituto Tecnología Agropecuaria (Castelar)

07/03/75

Montoneros, asesinato y robo de arma a un policía (San Martín)

09/03/75

Montoneros, atentado con explosivos domicilio Sr. Goitina (San Isidro)

09/03/75

Montoneros, propaganda armada en varias fabricas (3 de Febrero)

09/03/75

Montoneros, ametrallamiento Unidad Regional de Policía (Tigre) Pág. Nº 193

09/03/75

Montoneros, ametrallamiento Delegación PFA (La Palta)

09/03/75

Montoneros, ametrallamiento domicilio Sgto. Policía Fontaino (San Justo).

09/03/75

Montoneros, incendio Cristalerías RIGOLLEAU (Berazategui).

09/03/75

Montoneros, ametrallamiento y atentado empresa Chrysler (San Justo)

13/03/75

Montoneros, (Lanus)

13/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de M. Aguilar y R. Moisés en Bs. As.

16/03/75

Montoneros, copamiento Pto. Prefectura mueren dos miembros (Berisso)

18/03/75

Montoneros, incendio puesto policía ferroviaria (Castelar)

19/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de J. Stefani, Bs. As.

19/03/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato de cuatro NN, en la Capital Federal.

20/03/75

Montoneros, asesinato Crío. Pol. Prov. Bs. As. N. Ramos (Bahía Blanca)

20/03/75

Montoneros, asesinato Sgto. 1ro PFA (San Martín)

20/03/75

Montoneros, asesinato R Rodríguez, militante C de O (La Matanza)

20/03/75

Montoneros, asesinato E. Piantoni militante del CNU (Mar del Plata)

21/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de R. Rodríguez, en Isidro Casanova, Bs. As.

21/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de H. Lencinas, C. Martínez, R. Díaz, H. Flores y E. Santa Cruz, en Lomas de Zamora.

21/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de cuatro NN, en Mar del Plata.

21/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de L. Ferreyra y P. Rodríguez, en Tucumán.

21/03/75

Grupos de las AAA, asesinato del estudiante F. Albuino, en Bahía Blanca.

21/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de C. Borniak, en Bahía Blanca.

21/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de M. I. de Ponce, en Bahía Blanca.

21/03/75

Montoneros, asalto a Cooperativa Gral. Guemes (E. Echeverría)

23/03/75

ERP, copamiento de la empresa Dalmine Siderca y un Dest. Pol. próximo, es asesinado el Crió Insp. Telemaco Ojeda, en Campana.

24/03/75

Grupos de la presunta AAA, asesinato de dos personas NN, en Prov.

ametrallamiento

domicilio

S.

Álvarez

Sindicalista

Pág. Nº 194

Bs. As. 24/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de M. Méndez, en Mar del Plata.

28/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de A. Roca, en La Plata.

28/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de P. A. Allende, en Córdoba.

29/03/75

Grupos de las AAA, asesinato de J. Vargas, en Brandsen Prov. Bs. As.

01/04/75

Se localizan armas y material de propaganda de MONTONEROS, en las Facultades de Humanidades, Arquitectura y Ciencias Turísticas de Mar del Plata.

01/04/75

Montoneros, intento de asesinato del Crió. May. Gabriel Morales. Es asesinado el Tte. Cnl. Horacio V. Colombo, quien al pasar por el lugar acude en su defensa.

04/04/75

Grupos de las AAA, asesinato del estudiante D. N. Cilieruelo, en Bahía Blanca.

04/04/75

Montoneros, intento fracasado de cobro parcial del rescate (U$S 5.000.000) por los secuestrados hermanos Born, en el Camino de Cintura y Don Bosco, en Morón. Un grupo policial detiene a los Montoneros Juan Carlos Dante Gullo en la década del 90 reaparecido como dirigente político peronista de la Capital Federal y aspirante a Intendente, Emiliano Costo y Dardo Cabo.

08/04/75

Grupos de las AAA, asesinatos de J. H. Urtubey, N. O. Villarino, E. Valverde, L. M. Corina y siete NN, en la Provincia de Bs. As.

08/04/75

Montoneros, atentado explosivo escuela Normal Sup. EEUU (San Martín)

11/04/75

Grupos de las AAA, asesinatos de J. Pizarro, J. Rivero, N. Aguirre, J. Eifuentes, E. Franchini (todos chilenos) y un NN, en la Provincia de Bs. As.

14/04/75

ERP, atentado con explosivos en la oficina del Contralmirante Adriano Roccatagliata, en el Edificio Libertad de la Armada. No hubo víctimas.

15/04/75

ERP, asesinato de uno de sus miembros, acusado de robar a la organización terrorista parte del dinero del rescate del secuestro de un burgués, Miguel Ángel Pozo (hubo una proclama adjudicándoselo y fue publicado en la revista Estrella Roja del ERP)

19/04/75

ERP, copamiento del Batallón de Arsenales 121 Fray Luis Beltrán, en Rosario, con el robo de 170 fusiles y otras 45 armas de diferentes tipos. Es asesinado el Cnl. Arturo Carpani Costa, quién vivía cerca del Batallón y se presentó armado para participar en el combate, además fueron heridos un oficial, cuatro suboficiales y dos soldados. Participaron 70 terroristas en cinco vehículos y se realizaron varias Pág. Nº 195

operaciones de diversión y apoyo en las rutas, contra patrulleros y destacamentos policiales. Actuó como entregador el soldado Horacio Stanley, miembro del ERP. 23/04/75

Montoneros, enfrentamiento con policías, muere un Agente (Rafael Calzada).

07/05/75

Montoneros, atentado Junta Nac. de Granos (Bahía Blanca).

15/05/75

Montoneros, atentado explosivo en la vía publica (Bahía Blanca).

20/05/75

Montoneros, atentado vivienda director de prensa Universidad LP y a dos funcionarios (La Plata)

21/05/75

Montoneros, atentado a Romero, Arauz, Camaoa (La Plata)

23/05/75

Montoneros, incendio y ametrallamiento al periódico La voz del

Pueblo, (E. Echeverría) 24/05/75

ERP, fuga de 26 terroristas detenidas del ERP y Montoneros de la Cárcel de mujeres del Buen Pastor, en Córdoba.

25/05/75

Montoneros, intento fracasado de copamiento de una Comisaría de Mar del Plata, para liberar a terroristas presos. En un enfrentamiento armado muere el Oficial Superior Montonero Arturo Lewinger, uno de los miembros de la Conducción Nacional.

27/05/75

ERP, copamiento de la finca de campo Sorteéis a 15 Km. de Famaillá en Tucumán, por un importante grupo de 140 terroristas armados, a ordenes del cabecilla A. Santucho y de H. Irurzún, para efectuar una reunión.

28/05/75

Asalto cooperativa Gral. Güemes (E. Echeverría)

28/05/75

ERP, combate de Mánchala en Tucumán, 140 terroristas del ERP, transportados en camiones y camionetas, atacan al puesto de Comando Táctico de la Quinta Brigada en la zona de Famaillá. Son detectados durante la aproximación, en la ruta 38, por un Unimog del Ejército; este da la alerta y sostiene en retirada una primera escaramuza donde muere un terrorista y tres son heridos. El vehículo llega a la escuelita de Mánchala, donde había once efectivos; quedan todos cercados pero sostienen el combate. Al arribar refuerzos del EA y creyendo que eran más de los reales quince hombres, los terroristas se retiran monte, dejando diecisiete bajas en el lugar, uno de ellos un chileno del MIR.

03/06/75

Montoneros, asesinato del dueño y gerente de la tienda ELENA, D. Bargut, en Rosario.

04/06/75

Montoneros, asesinato del Gerente de la empresa ACINDAR, Ingeniero Raúl Amelong, en Rosario.

05/06/75

Se localiza un gran depósito de armas de Montoneros, en la Universidad del Sur, en Bahía Blanca. Pág. Nº 196

05/06/75

Montoneros, ataque con explosivos a un patrullero Policial (Bahía Blanca)

10/06/75

Montoneros, asesinato del dirigente gremial peronista Juan Enrique Pelayes, en Bs. As.

10/06/75

Montoneros, incendio a dos agencias de automóviles y corte de calles (Monte Grande).

12/06/75

Montoneros, atentado con explosivos en la Facultad de Ingeniería de la UBA.

12/06/75

Montoneros, ametrallamiento e incendio a restaurante (Bernal)

20/06/75

Montoneros, ametrallamiento a domicilio del Intendente (Berisso)

25/06/75

Montoneros, ametrallamiento a cede de la UTA (Morón)

26/06/75

Montoneros, ametrallamiento a domicilio del Dr. Litteras Decano de la Fac. de Veterinaria La Plata.

26/06/75

Montoneros, bomba en la UOCRA donde funciona la CGT La Plata.

26/06/75

Montoneros, ataque con granadas a comisaría local (Llavallol)

29/06/75

Ametrallamiento sede de la UTA (Morón)

29/06/75

Montoneros, asesinato y robo de armamento a personal Policial (Balcarce)

04/07/75

Montoneros, destrucción con granadas local del Comando de Organización.

09/07/75

Montoneros, ametrallamiento casa militante Peronista (Hurlingham)

13/07/75

ERP, atentado con explosivos en el domicilio de un Ejecutivo de la empresa Rigolleau.

15/07/75

Montoneros, destrucción Terminal línea 96, incendio de unidades (La Matanza)

17/07/75

Montoneros, enfrentamiento armado con Policías (Pilar)

19/07/75

Montoneros, asesinato Cbo. de Pol. S. Encina (Morón)

21/07/75

Montoneros, ametrallamiento Comisaría 1ra (Avellaneda)

22/07/75

Montoneros, ametrallamiento Comisaría Villa Pineral (Caseros).

24/07/75

Montoneros, bombas agencias Peugeot y Fiat (La Palta)

24/07/75

Montoneros, bomba Clínica Santa Fe (La Plata)

24/07/75

Montoneros, bomba casa Senador Tarabilse (La Plata).

25/07/75

Montoneros, ametrallamientos en Quilmes, Berazategui, Alte. Brown, 23 hechos de violencia por parte de la Compañía Miliciana 26 de

Julio. Pág. Nº 197

25/07/75

Montoneros, ametrallamiento por Compañía Miliciana Fred Ernst a Comisarías de La Matanza, Merlo, Moreno y 3 de Febrero.

25/07/75

Montoneros, ataques en Vicente López, San Martín, Gral. Sarmiento, Tigre por la Compañía Miliciana Evita Montonera, destrucción de 2 Bancos, 60 automóviles particulares, dependencias policiales, incendio y demolición de la guardería náutica 400 lanchas y averían otras 600.

25/07/75

Montoneros, bomba en casa de Rubén Dieguez Sec. CGT (La Plata).

25/07/75

Montoneros, explosivos en náutica (La Plata)

25/07/75

Montoneros, bomba en casa de Raúl Zardini, Decano Facultad de Ciencias Exactas.(La Plata)

25/07/75

Montoneros, ametrallamiento Comisaría 9º (La Plata)

27/07/75

Montoneros, atentados y ametrallamientos en Avellaneda, Lanus y Lomas de Zamora, 18 hechos de violencia por parte de la Compañía. Miliciana Arturo Lewinger, contra Policías.

27/07/75

Montoneros, atentado con explosivos en el domicilio del Rector de la UBA.

28/07/75

Montoneros, asesinato R. Álvarez Iglesias (La Plata)

30/07/75

Montoneros, atentado contra directivo de Petroquímica Mosconi (La Plata).

30/07/75

Montoneros, atentado contra funcionario Textil Olmos (La Plata)

31/07/75

Montoneros, atentado con explosivos en el domicilio de un directivo de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNLP, Jorge E. Zurita.

01/08/75

Montoneros, atentado con explosivos en el domicilio de la Directora del Liceo Victoria Mercante de La Plata, Sra. Nélida Garat.

01/08/75

Montoneros, atentado con explosivos en el domicilio de un Directivo de la Facultad de Ciencias Sociales de La Plata, Juan Csunwidt.

01/08/75

Montoneros, atentado con explosivos en el domicilio del Decano de la Facultad de Ingeniería de La Plata, José M. Martínez.

07/08/75

Montoneros, asesinato del dirigente gremial Adolfo Dibatista, en Bs. As.

07/08/75

Montoneros, atentado contra casas y oficinas de CNU por 14 pelotones (La Plata).

07/08/75

Montoneros, atentado con explosivos en el domicilio de Carlos Di Sandro, profesor de la Facultad de Humanidades de la UNLP.

18/08/75

ERP, copamiento del Tiro Federal en la Capital, mientras se encontraba practicando un pelotón de 7 hombres del EA, uno de los cuales era un conscripto entregador del ERP. Es asesinado el Cap. Pág. Nº 198

Miguel A. Keller al resistirse y entablar combate, son robados setenta fusiles, cuatro ametralladoras y veintiuna pistolas. 20/08/75

Montoneros, secuestro del Presidente de la cadena Tiendas Gálvez, José M. García Pagani.

21/08/75

ERP, abandono del cadáver del Tte. Cnl. Larrabure, en un baldío, fue asesinado luego de un año secuestrado en una cárcel del pueblo cavada debajo de una casa de la organización, un verdadero agujero. Había sido ahorcado con un cable, luego de ser torturado con golpes y corriente eléctrica, perdiendo cuarenta kilos de peso en ese año.

23/08/75

Montoneros, copamiento planta transmisora radio local (Bahía Blanca)

23/08/75

Montoneros, atentados con explosivos en las Facultades de Arquitectura y Urbanismo de la UNLP.

25/08/75

Montoneros, atentados con explosivos simultáneos en siete escuelas secundarias de la zona de La Plata y Berisso.

25/08/75

Montoneros, ataque armado a la PFA (Tigre).

26/08/75

Montoneros, atentado con explosivos submarinos al destructor misilístico ARA Santísima Trinidad, en construcción en el astillero de Río Santiago. Se producen daños importantes en el casco, que retrasan su terminación. El atentado inicialmente estaría a cargo de Lewinger, ante su caída estuvo a cargo del Oficial Mayor Montonero Marcelo Kurlat NG Monra, junto con un equipo de buzos tácticos del

Grupo Especial de Combate (GEC.) 27/08/75

Montoneros, ametrallamiento Crías Quilmes, Bernal y Berazategui.

27/08/75

Montoneros, robo armamento PNA (Mar del Plata).

27/08/75

Montoneros, atentados a varios Bancos (Mar del Plata)

27/08/75

Montoneros, ametrallamiento casa dueño firma Gianini (Ramos Mejia)

27/08/75

Montoneros, ametrallamiento casa dueño firma Siata (Ramos Mejia).

27/08/75

Montoneros, ametrallamiento oficinas de Chrysler (San Justo).

27/08/75

Montoneros, ataque con granadas casa Pte. Consejo Deliberante (Lomas de Zamora).

27/08/75

Montoneros, bombas a 2 empleados municipales (La Plata).

27/08/75

Montoneros, ataque domicilio dueño firma Armanino (Monte Grande).

27/08/75

Montoneros, atentado Periódico El Atlántico (Mar del Plata)

29/08/75

ERP, atentado con explosivos contra un avión Hércules de la FAA Pág. Nº 199

durante el decolaje, en Tucumán, mediante una mina accionada a distancia y colocada debajo de la pista en un túnel de agua. Mueren seis gendarmes y 26 más resultan heridos, el aparato queda destruido. 01/09/75

Montoneros, robo de armamento custodio Universidad Local (La Plata)

04/09/75

Montoneros, asesinato y robo de armamento y camioneta del EA (La Plata)

05/09/75

ERP, emboscada en el monte tucumano a una Sección del EA en patrulla. Mueren en combate el Sub. Rodolfo Berdina y el soldado Ismael Maldonado

08/09/75

Montoneros, atentados con explosivos mediante un coche bomba enfrente de la Universidad de Belgrano, un estudiante muerto y cuatro heridos.

09/09/75

Montoneros (UES), atentados con explosivos en el despacho del Rector del Colegio Nº 2 de la Cap. Fed.

11/09/75

Montoneros (UES), atentados con explosivos en el Colegio Langeley de la Capital Federal.

11/09/75

Montoneros (UES), atentados con explosivos en el Colegio Goëthe de la Capital Federal.

17/09/75

Montoneros, asesinato del Cdro. FAA Rolando S. Silioni, en un supermercado de la localidad de Vicente López, Bs. As.

22/09/75

Montoneros, copamiento del Colegio Nuestra Señora de Luján.

23/09/75

Montoneros, bombas contra 5 empresarios (La Plata)

24/09/75

Montoneros, bombas a empresarios locales (La Plata)

30/09/75

ERP, atentados con explosivos en la Universidad Católica de Mar del Plata.

02/10/75

Montoneros, asesinato de la Oficial de Policía cordobesa Julia A. Mercado.

05/10/75

Montoneros, fallido intento de copamiento al Regimiento 29 de Infantería de Formosa, por siete pelotones de esa organización, con un total de 100 efectivos. Planificado por el Oficial Superior Raúl C. Yaguer NG Mario y como jefe operativo Mario Konkurat NG Sebastián. Mueren dieciséis terroristas, él ejercito tiene doce muertos y la policía dos. Seis de los muertos son soldados del EA, ametrallados a quemarropa mientras estaban desarmados bañándose en las duchas y otros 4 durmiendo la siesta. Parte de los terroristas escapan en un Boeing 737 con pasajeros secuestrados en el aeródromo local; este es aterrizado en un campo de Santa Fe, totalmente inadecuado para ello, solo por la habilidad de los pilotos Pág. Nº 200

de AA y mucha suerte es que no ocurre una tragedia aun mayor. De allí los terroristas escapan por tierra. La cúpula terrorista y heridos son trasladados en un avión Cessna de la Gobernación de Corrientes a una arrocera de esa Pcia en Nueva Valencia, donde se encontraba una Posta Sanitaria con tres médicos y enfermeras para su atención. 05/10/75

Montoneros, toma del Aeropuerto El Pucú en Formosa y asesinato de dos Policías de la Pcia. Sarg. C. E. Benítez y Cbo. N. A. Alegre.

05/75/75

Montoneros, intento de liberación de detenidos subversivos en la U10 Formosa.

06/10/75

Mediante tres Decretos del PEN, a cargo provisorio de Italo Luder por una crisis nerviosa de la presidenta María E. Martínez, se dispone que las FFAA procedan a ejecutar las operaciones militares y

de seguridad que sean necesarias para aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el país. Lo firman Carlos Ruckauf y Antonio Cafiero, entre otros ministros del gabinete (este Decreto no es mencionado a partir de 1984, cuando llaman a estos sucesos la pretendida guerra de las FFAA, una caza de conejos inocentes según el abogado Moreno Ocampo) 08/10/75

ERP, combates nocturnos con patrullas del EA en el monte tucumano, cerca del paraje El Quincho. Mueren los cabecillas A. Santucho y M. Negrín, además de seis que son heridos, el EA tiene cinco soldados muertos y dos heridos.

09/10/75

Montoneros, atentados con explosivos y disparos en el domicilio del Sec. Acad. de la UNLP. A. Galván Achaval.

09/10/75

Montoneros, asesina de uno de sus miembros NN, acusado de traidor (hay parte del Tribunal Revolucionario con todos los detalles)

09/10/75

ERP, combate en el Km 14 del camino a Tafí Viejo, Tucumán. Mueren un soldado del EA y los terroristas P. Molina y NG: Sergio.

10/10/75

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de la empresa BENDIX, Adolfo Hegger, en Bs. As.

10/10/75

ERP, combate en cercanías del Ayo. San Gabriel, en Acheral, Tucumán, una Compañía del EA con apoyo de helicópteros se enfrentó con una numerosa partida de terroristas, los cuales tienen 16 muertos. Un helicóptero es averiado, de su tripulación muere un suboficial y es herido un oficial.

14/10/75

Montoneros, asesinato Sgto. Policía Antonio Rugirilo PFA (San Justo)

16/10/75

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de empresa metalúrgica Reinaldo Dalbosco, en Bs. As.

18/10/75

ERP, captura del campamento principal del ERP en el monte tucumano, requisándose armas, documentación y materiales de comunicaciones. Pág. Nº 201

20/10/75

ERP, combate nocturno en Ayo. Fronterita, Tucumán, murieron el Subt. Diego Barceló y el soldado O. Amaya del EA; además cayeron tres terroristas.

21/10/75

OCPO Organización Comunista Poder Obrero, asesinato del Dirigente Gremial, Ricardo Sánchez.

24/10/75

Montoneros, secuestro extorsivo del Ejecutivo de la empresa Mercedes Benz, Enrique Metz (rescate U$S 4.000.000 dólares)

26/10/75

Montoneros, emboscada y asesinato de cuatro policías de la guardia saliente de la Quinta Presidencial de Olivos, efectuando su recorrido rutinario hacia la zona del Tigre. Sus dos patrulleros son interceptados por una Sección de 12 hombres de la estructura militar de Montoneros, en San Isidro, a metros de la Catedral, donde la avenida del Libertador es una mera calle angosta. Ametrallados, dos policías mueren instantáneamente; otros dos capturados heridos, son puestos contra un árbol al costado de la Catedral y acribillados a balazos ante los horrorizados vecinos, habiendo mujeres y chicos que piden inútilmente por sus vidas. El jefe de la heroica operación fue Pereyra Rossi, NG Carlón, Oficial Superior Montonero, luego Jefe de la Columna Sur del Gran Bs. As. y caído en 1983, caso denunciado públicamente como otra inocente víctima de la represión. Participaron entre otros su mujer, caída en combate en 1976 y los terroristas Sackman Salas, NG Gurí y Islas Casares (ex seminarista católico), éste vivía a pocos metros del lugar y fue el que percibió e informó la rutina del traslado diario de la guardia saliente.

28/10/75

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de la empresa Fiat, Alberto Salas, en Córdoba.

12/11/75

Montoneros, enfrentamiento, muere un Policía y un terrorista (La Plata)

13/11/75

Montoneros, ataque a Cría de Santos Lugares.

18/11/75

Montoneros, tentativa de secuestro jefe de Personal Emp. Dalmine (Zarate)

Noviembre/75

Montoneros, atentados en cadena en la zona norte del gran Buenos Aires, principalmente a lo largo de la Avenida del Libertador desde el puente de La Lucila hasta el Tigre. Son incendiados docenas de sucursales bancarias y comercios a partir del crepúsculo vespertino, además de tres grandes guarderías de lanchas deportivas de la ribera. Los realizan efectivos de la denominada Columna Norte de Montoneros, con un gran despliegue de numerosos pelotones de combate actuando coordinadamente.

03/12/75

Montoneros, asesinato del Gral. Div. Jorge Cáceres Monié y su esposa, en Entre Ríos, en momento en que abordaban un Pág. Nº 202

trasbordador con su automóvil. La esposa herida fue llevada en un vehículo por los terroristas y abandonada en el campo, donde murió desangrada. Su marido, herido, fue rematado en la cabeza por la terrorista NG Julia. 09/12/75

Montoneros, atentado con explosivos y armas de fuego contra el domicilio del Sec. Acad. de la Universidad Nacional de la Plata.

10/12/75

PCML organización terrorista Partido Comunista Marxista Leninista, secuestro del empresario industrial Roberto Granito.

10/12/75

Homicidio 2 policías y robo armas (Morón)

15/12/75

Montoneros, ataque a camioneta del EA, mueren 3 Soldados Conscriptos (Bahía Blanca)

17/12/75

Montoneros, asesinato del Sec. de Hacienda de la Municipalidad de San Martín, Bs. As, Carlos Ferrín.

17/12/75

Montoneros, asesinato del Intendente de la Municipalidad de San Martín, Bs. As, Manuel Campos, y su chofer Junto con Carlos Ferrin.

22/12/75

OCPO, atentado con explosivos contra el edificio de la financiera FINANDFORD, en la Capital Federal.

1975

Montoneros, durante el año se incendiaron (entre otras) las firmas comerciales Le Pettit, Balcon Vernes, Mocoví Automotores; colocaron explosivos en Fibramalba, La Biela, Astro y sobre la Ruta Nacional Nº 11 en el puente del Acceso Sur de la ciudad de Resistencia.

23/12/75

ERP, con apoyo logístico y de interceptación de comunicaciones de Montoneros, intento de copamiento del B Ars 601 del EA, en Monte Chingolo. Fue la mayor operación de guerrilla urbana, el Batallón fue atacado por cerca de 200 terroristas con armamento pesado y además hubo decenas de ataques de diversión en diversos lugares del Gran Bs. As. Los cuales incluyeron asesinatos a mansalva de militares, civiles y policías sorprendidos en cortes de ruta y puentes carreteros; las comunicaciones policiales fueron interferidas por un grupo de Montoneros a cargo del Oficial Mayor Marcelo Kurlat, NG Monra a cargo de la misma función en ocasión del asesinato de José Rucci. El ataque principal fracasó totalmente, porqué se poseía información de que habría un ataque contra un Arsenal en la zona sur de Cap. Fed. Se había reemplazado la guardia a último momento ante la posibilidad de infiltrados y se había instalado un segundo anillo defensivo, disimulado hasta el momento del ataque. Además intervinieron helicópteros de combate que estaban ya alistados para salir con mínimo preaviso. Murieron unos diez militares y policías, además de doce heridos; los terroristas cercados tuvieron más de sesenta muertos y decenas de heridos llevados en una desordenada fuga. Resumen de las operaciones de 1975 en Tucumán y resto del país contra el ERP y fracciones de Montoneros. Se produjeron unos Pág. Nº 203

37 combates menores en el monte, típicos de las acciones de guerrilla; cayeron muertos 160 terroristas y se capturaron del orden de 60 campamentos menores y depósitos. Las fuerzas legales de las FFAA y FFSS ofrendaron 53 vidas en la defensa de la República. A medida que la guerrilla perdía la iniciativa en el monte, sus efectivos comenzaron a refugiarse masivamente en la capital tucumana, iniciándose así acciones de lucha urbana. Tal decisión fue un fatal error, en esa ciudad de tamaño mediano eran fácilmente identificados hasta por los mismos vecinos, ya que la mayoría provenían de las clases media y alta universitarias de Buenos Aires. Continuaron cayendo aceleradamente en sus citas de funcionamiento clandestino y en sus refugios en los barrios; su aspecto y la tonada al hablar los delataban fácilmente. El ERP, mucho menos numeroso de lo que hasta entonces se creía, comienza a evidenciar primeros signos de debilitamiento. Por el contrario Montoneros, OCPO y PCML, dedicados básicamente al terrorismo urbano, siguen creciendo exponencialmente; se nutren de sectores estudiantiles de clases medias, absolutamente frustrados ante el patético fracaso del gobierno de Isabel Martínez y de la dirigencia política en general, esa frustración es la base que fertiliza su captación para la lucha cada vez más salvaje. Además de los principales atentados hasta aquí reseñados, a lo largo del año 1975 se sucedían en la Argentina todos los días una serie de simultaneas pequeñas acciones de guerra revolucionaria: transmisiones radiales y de TV clandestinas, colocación de explosivos menores, chequeo de domicilios y rutinas de personas potencialmente blancos de secuestros / asesinatos (militares, empresarios, dirigentes sindicales peronistas, periodistas, docentes, etc.), copamientos menores no registrados en las estadísticas, asaltos bancarios y a comercios, miles de comerciantes amenazados que pagaban sin chistar el denominado impuesto revolucionario, operaciones relámpago de entrega de panfletos con explosivos menores para propaganda, tareas de adoctrinamiento y captación en barrios, villas y particularmente colegios secundarios, con organismos sellos de goma de fachada tales como la nueva prefabricada UES de Montoneros y las Juventudes Guevaristas del ERP, los cuales comenzaban a captar alumnos de 4 y 5 año para las filas terroristas. A todo ello se sumaban las diarias citas callejeras clandestinas de control o trabajo específico, en todo el país, de miles de terroristas (40.000 en Montoneros solamente) agrupados en células de aproximadamente cinco personas; cada día el Jefe de cada una se encontraba con sus cuatro subordinados y cada uno de ellos con otros cuatro, hacia abajo en la cadena organizativa clandestina. AÑO 1976. 13/01/76

Montoneros, ametrallamiento PFA La Plata.

Pág. Nº 204

14/01/76

Montoneros, atentados a estaciones Ferroviarias (Ramos Mejía, Haedo, Morón y Hurlingham)

14/01/76

Atentado estaciones ferroviarias (Haedo, Morón)

16/01/76

Montoneros, quema de vehículos en la vía publica (Caseros, Ramos Mejía y Hurlingham)

16/01/76

Montoneros, muere Policía al desactivar una Bomba (Morón)

20/01/76

Montoneros, incendio de 10 colectivos (La Plata)

22/01/76

Montoneros, atentado a comisarías de Valentín Alsina y Lanús)

22/01/76

Montoneros, asesinato de la Agente de Policía Silvia Campana Rabouchet.

23/01/76

Montoneros, asesinato de dos de sus miembros, Baglietto y su mujer Estela Adén, por haber desertado de la organización terrorista.

29/01/76

Montoneros, ataque a un patrullero, muere un Policía, 2 heridos graves (Virreyes)

02/02/76

Montoneros, ataque con explosivos al domicilio de un empresario (La Plata)

02/02/76

Montoneros, ataque en Puente Pueyrredon (Avellaneda).

04/02/76

Montoneros, ametrallamiento puesto Policía Caminera (Garín)

07/02/76

Montoneros, atentado a estación de servicio YPF (Bahía Blanca)

09/02/76

ERP, fracasado intento de asesinato por envenenamiento del Gral. Acdel Vilas, quien acababa de dejar el comando del victorioso Operativo Independencia tucumano, junto con un grupo de oficiales del EA, en Cap. Fed. Fue acometido por el soldado M. Romero, infiltrado miembro del ERP.

11/02/76

OCPO, asesinato del Jefe del Grupo de Artillería Antiaérea de Mar del Plata, Cnl. R. H. Reyes, en la ruta a Camet. Es rematado por una terrorista mujer de 24 años de edad, recibiendo más de 50 disparos de ametralladora; son heridos los soldados Gómez y Tempone, acompañantes del coronel.

14/02/76

Montoneros, incendio concesionaria de automotores (Tigre)

21/02/76

OCPO, asesinato de un activista gremial peronista de ACINDAR, en Villa Constitución.

26/02/76

MONTONEROS, asesinato del dirigente gremial peronista Adalberto Cesar Giménez, en Córdoba.

28/02/76

ERP, asesinato del Ejecutivo empresario industrial, Héctor Minetti.

15/03/76

Montoneros, robo de vehículo y asesinato custodio de Tribunales (San Martín) Pág. Nº 205

15/03/76

Montoneros, fracasado atentado contra el Cte. Gral. del EA Tte. Gral. Jorge R. Videla, mediante un coche bomba accionado a distancia, colocado en la playa de estacionamiento cerca de una entrada lateral al Edifico Libertador. Salva su vida, por un instante su auto acababa de ingresar al edificio; muere Alberto Blas García, chofer de un camión que circulaba por la Avenida Madero. Además resultan heridos 4 coroneles, ocho suboficiales, 5 soldados y 6 ciudadanos civiles. El montonero encargado de accionar el explosivo, muere posteriormente el mismo año en un enfrentamiento armado cuerpo a cuerpo en el barrio de Palermo de la Capital, al resistirse a su captura en el palier del departamento donde se guarecía. En el combate es herido de bala un oficial de las FFAA.

15/03/76

Montoneros, ataque a móvil Policial, mueren 2 Agentes (San Martín)

16/03/76

Montoneros, asesinato de la Agente de Policía de la Prov. Bs. As. Lucía Zulueta.

17/03/76

Montoneros, asesinato de un Agente de Policía Federal.

19/03/76

Montoneros, incendio de colectivos (La Plata)

20/03/76

Montoneros, asesinato L. Diantoni, dirigente estudiantil (La Plata)

22/03/76

Montoneros, asesinato Of. Insp. Cría 1ra Avellaneda.

22/03/76

ERP, asesinato del dirigente gremial Sec. Gral. de la FOTIA, Atilio Santillán.

23/03/76

Montoneros, asesinato Sgto. Policía Pcial. Carlos González (Caseros)

24/03/76

Es derrocado por las fuerzas armadas el ya de hecho inexistente gobierno de Isabel Martínez, con el apoyo de la mayoría de la población y de todos los partidos políticos legales de diferentes signos, incluyendo a gran parte de la misma dirigencia peronista.

25/03/76

Montoneros, asesinato de la Agente de Policía de la Prov. de Córdoba Inés A. Pérez.

26/03/76

Montoneros, asesinato Sgto. Policía Provincial (Banfield)

26/03/76

Montoneros, asesinato Cbo. Cría 1ra (Avellaneda)

01/04/76

MONTONEROS, asesinato Crío. Insp. Anselmo Linardi y custodio Cbo. Hugo Merli (La Matanza)

01/04/76

Montoneros, asesinato de un Policía (San Martín)

O1/04/76

Montoneros, asesinato de un miembro de la organización J. L. Aspiazu por considerarlo traidor, ocurrido en Corrientes.

06/04/76

Montoneros, asesinato de la Agente de Policía de la Prov. Bs. As. Mirta Rosalía Gómez.

09/04/76

Montoneros, atentados a colectivos (San Nicolás) Pág. Nº 206

12/04/76

Montoneros, asesinato de un Policía (Avellaneda)

14/04/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de empresa Jorge Kenny, en Bs. As.

14/04/76

Montoneros, ataque a oficinas de la Marina (Martínez).

14/04/76

Montoneros, atentado contra Of. Insp. de Seguridad Federal (Munro)

16/04/76

Montoneros, asesinato Sarg. y 3 Ag. de Policía (Lanus).

18/04/76

Montoneros, ataque armado a Cría. (Carapachay)

19/04/76

Montoneros, atentado contra domicilio de un Policía Provincial (Adrogue)

20/04/76

Montoneros, asesinato de un Policía Provincial (Ramos Mejia)

21/04/76

ERP, asesinato del Ejecutivo de la empresa SANCOR Raúl Velasco.

21/04/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de ENTEL, Carlos Alberto Farinatti, en su domicilio en Capital Federal; esposa herida de varios balazos.

22/04/76

Montoneros, atentado contra Escuela Normal Superior.

26/04/76

Montoneros, asesinato a cabo de policía (Lanus).

26/04/76

Montoneros, enfrentamiento armado con Policía Provincial (Lanus)

29/04/76

Montoneros, secuestro del Vdoro FAA Roberto Etcheyoyen. Es asesinado luego el 30 de mayo mediante un disparo en al nuca, mientras dormía en la guarida donde permanecía secuestrado.

30/04/76

Montoneros, ataque-demolición Dto. Policía Provincial Ruta 3, mueren 3 Policías (San Justo)

03/05/76

Montoneros, asesinato del Sgto. Roque Zapata Policía Provincia (Boulogne)

03/05/76

Montoneros, ataque armado a Dto. Policial (Boulogne).

03/05/76

Montoneros, bombas en la vía Publica (Bahía Blanca).

04/05/76

ERP, asesinato del Ejecutivo de la empresa FIAT Pedro Rotta, en Caseros, Prov. de Bs. As.

04/05/76

Montoneros, ataque armado Dto. Camineros, muere un Subof. (San Isidro)

05/05/76

Montoneros, secuestro de una supervisora dirigente gremial textil, en San Martín, Bs. As.

05/05/76

Montoneros, ametrallamiento Cría. 1ra (Lanus).

05/05/76

Montoneros, ametrallamiento Subcomisaría Ezpeleta.

Pág. Nº 207

05/05/76

Montoneros, asesinato del Gte. de Relaciones Laborales de la empresa Rigolleau y custodio , en Berazategui.

05/05/76

Montoneros, secuestro operaria fabril (San Martín)

06/05/76

Montoneros, ametrallamiento puesto Policial autopista Richieri (Ezeiza)

06/05/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de empresa José Pardales, en Bs. As.

09/05/76

Montoneros, copamiento y desfile en feria local de Villa Diamante (Lanus)

10/05/76

Montoneros, asesinato Subcomisario Juan Breczovec (Quilmes)

10/05/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de empresa Manuel Fidalgo, en Bs. As.

17/05/76

ERP, asesinato de M. Giménez, por ser un presunto traidor (publicado en revista Estrella Roja del ERP.

23/05/76

ERP, atentado con explosivos contra una concesionaria de la empresa Fiat, en Bs. As.

24/05/76

Montoneros, ametrallamiento, Dto. Policial, Villa Bosch.

24/05/76

Montoneros, incendio camioneta policial, La Plata.

28/05/76

Montoneros, asesinato del Jefe de Seguridad de la empresa Swift, Miguel Sadicestky, en Rosario.

30/05/76

OCPO, secuestro del Cnl Juan Pita, en Gonnet, Prov. de Bs. As. Fue infra-humanamente alojado en un pozo cárcel del pueblo durante meses. Condenado a muerte mediante la parodia de un juicio revolucionario, siendo sometido luego a innumerables simulacros de asesinato. Se fugó en diciembre luego de 192 días de secuestro, habiendo perdido más de 15 kilos de peso.

02/06/76

Montoneros, fracasa un atentado con explosivos en la Escuela de Mecánica de la Armada, al ser descubierta fortuitamente por un jardinero una bomba pocos minutos antes de su explosión por mecanismo de relojería. Eran cinco Kg de trotyl y varios cientos de clavos, escondidos en una maceta de plantas y colocados en el lugar donde a esa hora había una formación rutinaria de numerosos aspirantes alumnos de la escuela; estuvo clara la intención de producir la mayor cantidad posible de muertes. El autor, descubierto posteriormente, fue un conscripto miembro de la organización terrorista, el cual había recibido la bomba de manos del Oficial Mayor Talbot Wright, NG Juan y de la compañera de éste, Adriana Lesgart.

11/06/76

OCPO, atentado con explosivos, secuestro y posterior asesinato del Ejecutivo de empresa financiera, Julio A. Oneto. Pág. Nº 208

13/06/76

Montoneros, asesinato del Capitán de Corbeta, Jorge Billardi, La Plata.

13/06/76

Montoneros, atentado a concesionaria Ford, Bahía Blanca.

14/06/76

OCPO, secuestro extorsivo del Ejecutivo de empresa financiera, Carlos Macri (rescate U$S 750.000)

14/06/76

OCPO, asesinato del Ejecutivo del INTA, Ingeniero Pedro Etchevare.

18/06/76

Montoneros, asesinato del Jefe de la PFA Gral. Cesáreo Cardozo, mediante una bomba colocada debajo de su cama en el domicilio, por la Montonera Ana M. González de 18 años, amiga de la hija; el hecho fue muy promocionado por Montoneros, incluyendo una entrevista clandestina con la revista española Cambio 16. La terrorista posteriormente muere en 1977 al intentar evadir con un auto un puesto de control tránsito del EA, donde mata a quemarropa a un soldado; este antes de caer ametralla el auto con disparos de fusil FAL y la hiere de muerte en el hígado. Fallece horas después en una posta sanitaria clandestina; para evitar una propaganda negativa sus compañeros terroristas ocultan la muerte, incinerando el cuerpo y enterrando las cenizas en un lugar desconocido.

19/06/76

Montoneros, enfrentamiento armado nocturno entre una columna operativa de la Armada y una célula de Montoneros (entre ellos el NG Laucha Borgonovo), en el palier de un piso superior de un edificio de departamentos de la Capital, en Virrey del Pino y Av. Cabildo del barrio de Belgrano. Los terroristas arrinconados en su departamento lanzan una granada de mano al palier, la cual es tomada por el Tte. de Fragata de Infantería de Marina Jorge Omar Mayol. Éste cubre con su cuerpo a sus camaradas y fallece en la explosión. Además es herido de mediana gravedad por varias esquirlas el Jefe del Operativo, Cap. de Fragata Salvio O. Menéndez, ubicado a la cabeza de los efectivos, en posición de máximo riesgo. Durante la confusión de la evacuación de los heridos en la oscuridad los terroristas huyen.

23/06/76

ERP, asesinato del Ejecutivo de la empresa IKA Renault Horacio Serragán, en Córdoba.

23/06/76

Montoneros, asesinato Agente Policía Provincia Bs. As. Jorge Omar Dahier, 3 de Febrero

02/07/76

Montoneros, atentado con explosivos y múltiples asesinatos, 16 muertos y 65 heridos (12 de estos mutilados de por vida), en el comedor de Seguridad Federal durante el horario de almuerzo. Las víctimas eran policías, mujeres, empleados civiles administrativos y ciudadanos comunes que efectuaban trámites. Su autor fue el Montonero ex-conscripto de la policía Salgado, ido de baja una

Pág. Nº 209

semana antes reteniendo el documento policial para dicho atentado. Concurrió a almorzar con una bomba vietnamita de 9 Kg de trotyl, bolillas de acero y clavos, en un maletín tipo ejecutivo; comió el primer plato de dos pedidos, concurrió al baño y se retiró del local sin regresar a la mesa, tres minutos antes de la explosión por tiempo. El autor intelectual, responsable superior y participante material directo fue el Jefe de Inteligencia de Montoneros, Oficial 1º NG Esteban, Rodolfo Walsh; entregó la bomba personalmente a Salgado junto con el Oficial Mayor NG Monra, Marcelo Kurlat, en un local de funcionamiento del ámbito de Inteligencia de esa organización terrorista. Hay actualmente una plazoleta denominada Rodolfo Walsh en las calles Perú y Chile de la Capital Federal, en honor a dicho intelectual defensor de los derechos humanos caído en un tiroteo con la Fuerzas Armadas en marzo de 1977, además de premios literarios y su nombre en varias Aulas Magnas de diversas Facultades. 07/07/76

Montoneros, enfrentamiento armado nocturno entre una columna operativa de la Armada y una célula de Montoneros (el experto en explosivos Eduardo Salcedo y su esposa de apellido Cacabelos), en el palier del piso décimo de un edificio de departamentos de la Capital, en la calle Oro a metros de Av. Santa Fe del barrio de Palermo. Los terroristas estaban adiestrados y fuertemente armados con granadas de mano, pistolas ametralladoras y revólveres 357 Mágnum; se enfrentan violentamente durante largos minutos con fuerzas legales ubicadas en el palier del piso y en una obra en construcción calle Oro por medio. Finalmente el combate termina con la muerte de ambos terroristas; son heridos gravemente de bala un Oficial de la PFA y el Capitán de Fragata Salvio Olegario Menéndez, jefe del operativo, todavía convaleciente de sus heridas de pocos días atrás y portando aun en su cuerpo las esquirlas de granada. Esta vez sus heridas son extremadamente graves, quedando definitivamente fuera de combate, sufriendo siete operaciones de cabeza de fémur durante los dos siguientes años, para una recuperación que no fue total. Fallece años después, con el grado de Contralmirante, afectado en su salud por las secuelas de las operaciones.

19/07/76

ERP, enfrentamiento de un grupo de tareas del Ejército, en un edificio de departamentos de Villa Martelli, con terroristas del ERP allí guarecidos. Se tomó por asalto el departamento en un piso superior, penetrando el Capitán Juan C. Leonetti y un suboficial mediante un ardid; creían acorde a la inteligencia disponible que se trataba de la guarida de una célula pequeña de cuadros medios de la organización. Se encontraron enfrentados a quemarropa con el máximo cabecilla Roberto Santucho, el segundo Jefe Benito Urteaga y otros tres terroristas más, algunos de alto nivel. Santucho mata al capitán Leonetti y el suboficial es gravemente herido, pero al caer al Pág. Nº 210

suelo no deja de disparar su pistola ametralladora, la cual siembra un abanico de balas que matan a Santucho y Urteaga; el enfrentamiento continúa con el resto de la patrulla de ejercito que ataca el lugar, muriendo también los otros tres terroristas. Santucho estaba listo a huir del país al día siguiente; su muerte y las otras caídas dejaron casi descabezado al ERP, el cual queda a órdenes de Gorriarán Merlo y Kremer. 19/07/76

Montoneros, asesinato Sgto. Policía Provincia Bs. As, Héctor Vázquez, Bahía Blanca.

19/07/76

Montoneros, asesinato del Gral. Br. (R) Carlos Omar Actis, en Wilde Bs. As. Al ser interceptado su vehículo por una camioneta con terroristas; murió ametrallado a quemarropa. Estaba a cargo de la organización del Mundial 78 de fútbol.

09/08/76

Montoneros, asalto a tren, Ituzaingo.

17/08/76

Montoneros, asesinato de Agente de Policía de la Provincia de Bs. As.

18/08/76

Montoneros, atentado a suboficial de la Marina, Villa Dominico.

18/08/76

Montoneros, atentado a la Escuela Nº 38, Quilmes.

19-08-76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de la empresa Fiat Carlos Berconetti, en Córdoba.

25/08/76

Montoneros, ametrallamiento domicilio Crío. Policía Provincia Bs. As, Burzaco.

09/09/76

Montoneros, ataque a domicilio Crío. Policía Provincia Bs. As, Lanus.

10/09/76

PCML, secuestro del Ejecutivo industrial, Cid de La Paz.

10/09/76

Montoneros, ataque con lanzagranadas contra la Subcomisaría Ringuelet, en Bs. As. Fracasando el objetivo de coparla para robar las armas.

12/09/76

Montoneros, atentado mediante un coche bomba contra un vehículo policial que regresaba de tareas de vigilancia de un partido de fútbol, en Rosario. Fue accionado por control remoto, contenía explosivo exógeno de alto poder expansivo (desarrollado por ingenieros químicos de la organización terrorista) y cientos de bolillas de acero para producir mayor daño. Murieron once policías y hubo más de doce heridos, muchos mutilados de por vida. La fórmula de este explosivo exógeno fue entregada por Montoneros en 1977 a las organizaciones terroristas árabes en lucha con Israel, a cambio de lanzacohetes RPG-7 y adiestramiento en el Líbano. Ha sido usado en innumerables atentados por los árabes, sobre todo en los ataques suicidas personales, dado su gran poder aun en pequeñas cantidades. Por otro lado según las noticias oportunamente brindadas, el salvaje atentado en Bs. As. contra la Pág. Nº 211

AMIA fue hecho por explosivos fabricados con agroquímicos, pero en la otra barbaridad, la voladura de la embajada de Israel, se usó exógeno. 13/09/76

Montoneros, asesinato Suboficial Mayor Policía Provincia Bs. As, Lanus.

13/09/76

Homicidio cabo 1ro policía provincia. (Lanus)

13/09/76

Ataque con granadas domicilio Guillermo Gallo (La Plata) Rector Universidad.

16/09/76

Ataque con granadas personal seguridad Ducilo (Berazategui)

17/09/76

Montoneros, asesinato del Gerente del Banco Nación, Daniel Cash.

17/09/76

Montoneros, asesinato de la activista gremial Florencia Fernández.

17/09/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo José Castro Giovanni, en Bs. As.

17/09/76

Auto con explosivo en vía pública (El Palomar)

17/09/76

Homicidio un Of. Ins policía provincia (La Matanza)

17/09/76

Homicidio de un suboficial policía Pcia. de Bs. As. (La Matanza)

17/09/76

Homicidio de un Ag. Pol. Pcia. Bs. As (La Matanza)

17/09/76

Homicidio de un Ag. Pol. Pcia. (San Justo).

20/09/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de empresa Juan G. Litle.

23/09/76

Montoneros, atentado con explosivos contra el domicilio de un Ejecutivo de la empresa Propulsora Siderurgia, en La Plata.

23/09/76

Atentado ejecutivo de Astilleros (La Plata)

23/09/76

Homicidio Sr. Gatelli de Astilleros (La Plata)

23/09/76

Homicidio Sr. Moyano Dto. Petroquímica (La Plata)

23/09/76

Atentado jefe mantenimiento de Propulsora (La Plata)

23/09/76

Atentado empresa Káiser Aluminio (La Plata)

23/09/76

Ataque a camión Propulsora (La Plata)

23/09/76

Homicidio a sindicalista (La Plata)

24/09/76

Homicidio Agente. policía provincia (Lanús)

25/09/76

Ataque con granada Comisaría (V. Ponzatti).

25/09/76

Quema vehículos policiales (La Plata).

27/09/76

Ataque a agente policía provincial (L. de Zamora)

29/09/76

Homicidio Cbo H. Cardagi y Sgto. J. Moreno, Olivos.

25/09/76

Homicidio custodio del Rector UNLP (La Plata).

Pág. Nº 212

10/10/76

OCPO, asesinato del Gerente de la empresa IKA Renault, Domingo Lozano, en Córdoba.

10/10/76

Las FFAA descubren los lugares de las citas nacionales callejeras de dicha organización clandestina Montoneros y las contraseñas de cada una. En dos días de múltiples operaciones coordinadas en varias provincias, caen decenas de cuadros de niveles alto y mediano, algunos vivos, otros muertos en combate al resistirse y muchos de ellos suicidados mediante pastillas de cianuro. Esto significa un verdadero descalabro organizativo y el comienzo de la fase final de la derrota de Montoneros; la primera consecuencia estratégica es la huida de su cúpula dirigente al exterior a fines de año, quedando solo cuadros menores casi dispersos y abandonados a una triste suerte por sus cabecillas. Sin embargo, estos aun protagonizarán algunos brutales e inútiles atentados aislados hasta 1979, año en el cual de hecho cesan sus criminales operaciones.

16/10/76

Montoneros, atentado con explosivos en la oficina del Subjefe de Policía en La Plata, mediante cinco Kg de exógeno con cientos de clavos. Dicho oficial, Cnl. Trotz, perdió un brazo; además resultaron heridos el Cnl. Rospide y tres Críos. La bomba fue colocada por 2 empleados civiles de dicha oficina, Alfredo G. Martínez (estudiante de abogacía) y su esposa Diana B. Wlichky.

16-18/10/76

Montoneros, es descubierta por el EA una de las principales fábricas de armas de Montoneros, denominada Sabino Navarro. En ella fabricaban pistolas, pistolas ametralladoras, granadas de mano, lanzagranadas (palos de fuego) y trombones para colocar en el extremo de escopetas o fusiles, convirtiéndolos en lanzagranadas, finalmente fabricaban explosivo exógeno, granadas arrojables antipersonal y antiblindajes (carga hueca) Fue una de las tres fábricas principales de esa organización terrorista, además de otras ocho fabricas modulares basadas en muebles tipo placard metálico, lo cual permitía su frecuente cambio de lugar por razones de seguridad.

17/10/76

Montoneros, atentado con explosivos en el cine del Círculo Militar del centro, durante una función con familiares civiles y oficiales, con más de 50 heridos. Fue hecho por el terrorista Numa Laplane, aprovechando su condición de socio por ser hijo del Gral. retirado de mismo apellido y ex Comandante en Jefe del Ejercito.

20/10/76

Destrucción transformadora (Castelar, Morón)

21/10/76

Atentado a dependencias Segba (Wilde)

21/10/76

Atentado a gerente Bausch y Lomb (L. de Zamora)

23/10/76

Atentado a Segba (Lanús).

25/10/76

Montoneros, asesinato del Dirigente gremial peronista Ignacio Pág. Nº 213

Desosi, en Bs. As. 25/10/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de empresa, Roberto A. Moyano, en Bs. As.

03/11/76

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de empresa, Carlos A. Souto, en Bs. As.

04/11/76

Homicidio cabo 1ro Pedro Cabaleiro (San Justo)

09/11/76

Montoneros, asesinato del Com. FAA Adolfo Valis.

20/11/76

Montoneros, cae herido de muerte el Jefe de la Columna Norte de Montoneros, Oficial Mayor Marcelo Kurlat, NG Monra, al ser capturado en su guarida ocasional en el domicilio de otro terrorista. La mujer de este último, que no era miembro de la organización, fue alertada telefónicamente para que se retirara del lugar junto con su hijo, un bebe de meses. En esos días cae el 99% de la flamante nueva conducción de la Columna Norte, ya que la anterior había caído completa meses antes. Esto es un indicio de la creciente derrota de la organización, ya que esa columna era su cuerpo de elite.

01/12/76

Montoneros, asesinato del Cnl. EA Leonardo D'Amico, destinado en la Escuela Superior de Guerra en la Capital Federal.

13/12/76

Montoneros, ataque a una columna del EA en traslados de terroristas detenidos de la U7 a la U10, conocida como Operación

Tampón. 14/12/76

MONTONEROS, asesinato de la esposa del montonero en cuya casa cayó Marcelo Kurlat el mes anterior. Fue a una cita y acribillada a balazos en un baldío, en venganza por la pretendida traición de su marido. Es de destacar que fue llevada a dicha cita engañada por la Oficial Segunda Graciela Daleo, NG Victoria, asistente del Secretario Militar Nacional Hernán Mendizábal y amiga de ella, sabiendo expresamente que la llevaba a su muerte. Esta criminal fue luego capturada por las FFAA y salió libre con el fin de la guerra en 1979; luego fue una testigo imparcial no comprendida en las generales de la ley durante el juicio a los Comandantes de las FFAA durante la guerra antiterrorista, por supuesto presentándose como una víctima

de los años de plomo. 15/12/76

Montoneros, atentado con explosivos con múltiples asesinatos, muertos y 20 heridos, en el micro cine de la Subsecretaría Planeamiento del Ministerio de Defensa, durante una reunión trabajo, fue autor el empleado civil, terrorista infiltrado, José Luís Dios.

14 de de de

23/12/76

Atentados a colectivos (La Plata)

29/12/76

ERP, asesinato del Cnl. Francisco Castellanos, en la localidad de

Pág. Nº 214

Vicente López, Bs. As. 30/10/76

Montoneros, asesinato de 3 de sus miembros, mujeres NN, por deserción. Fueron arrojadas al vacío desde un octavo piso de un edificio de Rosario. Resumen de las operaciones de 1976: se completa el virtual aniquilamiento del foco rural de Tucumán, realizado básicamente durante 1975. Durante el año se registraron 24 escaramuzas en el monte y múltiples acciones de antiguerrilla urbana, cayeron unos 70 terroristas y 18 miembros de las FFAA y de Seguridad /Policiales. En agosto había sido capturado en Buenos Aires el Jefe del Destacamento de Monte de Montoneros, Oficial 1º Roberto Ahumada, NG Beto; en octubre cayó el entonces Jefe de la Compañía de Monte Ramón Rosa Jiménez del ERP, Mac Donald, NG Capitán Raúl. En el resto del país se producen las principales acciones, mayoritariamente en las grandes aglomeraciones urbanas donde ahora operan los terroristas. Si bien continúan los cientos de pequeñas acciones terroristas típicas de este tipo de guerra, paulatinamente se sienten los efectos de la ofensiva de las FFAA y el terrorismo pasa a la defensiva, dedicado a profundizar su funcionamiento clandestino, terreno donde paradójicamente son detectados inexorablemente y sufren miles de caídas. Ante la evidente imposibilidad e inoperancia de limitarse a intentar defender los miles de posibles objetivos de las acciones terroristas, las FFAA toman la iniciativa en el corazón del terreno guerrillero, el ineludible funcionamiento diario clandestino de miles de células en todo el país, en una clásica operación militar de persecución y ataque sostenidos. Ante ello las operaciones terroristas disminuyen notablemente.

AÑO 1977. 03/01/77

Atentado puente (Zárate-Brazo Largo)

28/01/77

Montoneros, atentado a la Comisaría de Ciudadela, asesinato de tres policías.

Enero 77

Atentado domicilio ejecutivo cereal ero (La Plata)

Enero 77

Atentado planta YPF (Berisso)

Enero 77

Atentado jefe taller Propulsora (La Plata)

Enero 77

Ataque a patrulla militar (La Plata)

Enero 77

Atentado Concesionaria Deutz (La Plata)

Enero 77

Asalto y robo de dinero (La Plata)

Enero 77

Ametrallamiento patrullero muere policía (La Plata)

Enero 77

Carga explosiva domicilio Subcomisario (La Plata)

Pág. Nº 215

Enero 77

Bomba cazabobo en camioneta abandonada (La Plata).

Enero 77

Carga explosiva en domicilio Of. Policía provincia (La Plata)

01/02/77

Atentado planta Chrysler (Monte Chingolo)

01/02/77

Atentado a ENTEL (Ituzaingó)

01/02/77

Ataque Concesionaria Ford (Lomas de Zamora).

Febrero 77

Ataque con explosivos a Subcomisaría El Dique (La Plata)

Febrero 77

Atentado jefe compra Astilleros (La Plata)

Febrero 77

Destrucción instalaciones ENTEL (La Plata)

Febrero 77

Atentado contra gerente YPF (La Plata)

Febrero 77

Atentado Concesionaria Fiat (La Plata)

Febrero 77

Destrucción 13 instalaciones Segba (La Plata)

Febrero 77

Bomba jefe vigilancia Hilandería Olmos (La Plata)

Febrero 77

Destrucción cabina cambios FFCC Roca (Tolosa, La Plata)

Febrero 77

Dos atentados instalaciones Agua y Energía (La Plata)

Febrero 77

Atentado Concesionaria Peugeot Ringuelet (La Plata)

Febrero 77

Atentado domicilio 11 miembros Seguridad Propulsora (La Plata)

Febrero 77

Atentado personal jerárquico de FFCC (La Plata)

Febrero 77

Ataque Comisaría 4ta (La Plata).

28/02/77

Montoneros, fallido atentado contra el avión presidencial que conducía al Presidente Videla, en momentos en que decolaba del Aeroparque de la Capital Federal, mediante una bomba colocada en un túnel debajo de la pista. Fracasaron por segundos de error al accionar por control remoto el explosivo.

08/03/77

Montoneros, atentado con explosivos contra el domicilio del Director de la empresa Celulosa, Ingeniero Jorge Armando, en Rosario.

22/03/77

ERP, atentado con explosivos contra la concesionaria IKA Renault, en Adrogué.

25/03/77

Montoneros, en operaciones simultáneas en diferentes citas callejeras caen el Jefe Militar de la Columna Capital, muere en un largo enfrentamiento en el cual hiere a dos efectivos de las FFAA y el Jefe de Inteligencia Rodolfo Walsh es muerto al sacar un arma y tratar de disparar a quemarropa contra el personal que intentaba capturarlo vivo; es herido accidentalmente un civil por un disparo en un glúteo.

03/04/77

Incendio a colectivos (Morón)

Pág. Nº 216

05/04/77

Incendio a colectivos (City Bell)

06/04/77

Atentado Concesionaria Peugeot (Quilmes)

07/04/77

Homicidio Sgto. Ocampo policía provincia (Quilmes)

26/04/77

Homicidio Agte. Guillermo Velásquez Pcia. (Quilmes)

07/05/77

Montoneros, atentado con explosivos contra una oficina de SEGBA, en Villa Ballester.

13/05/77

Montoneros, ataque con lanzagranadas contra la Comisaría de Villa Ballester, en Bs. As.

16/06/77

Grupo desconocido, secuestro en la Capital Federal y presunto asesinato del embajador argentino en Venezuela, D. Hidalgo Solá. Se desconoce si fue un crimen político por una interna del gobierno, un delito común o una acción de las organizaciones terroristas, aunque generalmente se supone como más probable lo primero.

18/07/77

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de la empresa DANERI S.A., Hipólito Mamana, en Rosario.

20/05/77

Montoneros, copamiento de la fábrica textil COFIA SA, en Munro.

20/05/77

Montoneros, atentado con explosivos contra la oficina de ENTEL, en San Martín, Bs. As.

16/06/77

Ataque a la Comisaría (Villa Ballester)

24/06/77

Homicidio My. (R) Romeo Servidio (Morón)

25/06/77

Ataque a Comisaría 4ta (Avellaneda)

25/06/77

Voladura de ENTEL (San Martín)

26/06/77

Atentado a Agencia Segba (Quilmes)

27/06/77

Montoneros, asesinato de un Suboficial de la Policía de Bs. As. y robo del arma personal , en Florida.

27/06/77

Atentado a Ferrocarriles (San Andrés)

28/06/77

Homicidio suboficial policía provincia (Florida)

30/06/77

Montoneros, copamiento y robo de documentos en el Registro Civil de San Isidro (para fabricar documentación falsa)

Junio 77

Cargas explosivas en 3 bancos (Florida)

Junio 77

Carga explosiva en 1 banco (Olivos)

Junio 77

Atentado a sub.-usina Segba (V. Adelina)

Junio 77

Atentado al FFCC (Chilavert)

01/07/77

Montoneros, atentado con explosivos en las vías del ferrocarril MITRE, en Chilavert. Pág. Nº 217

02/07/77

Montoneros, atentado con explosivos en las vías del ferrocarril MITRE, en Carapachay.

04/07/77

Montoneros, atentado con explosivos contra oficina de ENTEL, en Villa Ballester.

05/07/77

Sabotaje cable alimentador Segba (La Plata)

06/07/77

Montoneros, atentado con explosivos en las vías del ferrocarril Mitre, en Munro.

07/07/77

Atentado al FCGB (Munro)

10/07/77

Homicidios abogados Camilo Riggi, Hugo Alais, Manolo Arestin y Norberto Centeno. (Mar del Plata)

13/07/77

Montoneros, copamiento, atentado con explosivos y robo de armas largas en el Liceo Militar San Martín, un soldado conscripto herido grave al negarse ha rendirse a los terroristas.

19/07/77

Homicidio Cbo. 1ro Ismael Santillán y Agente. Omar Chamorro (L. de Zamora)

21/07/77

Homicidio Of. Insp. Jorge Salerno (L. de Zamora)

26/07/77

Carga explosiva en Banco Alemán (Villa Ballester).

26/07/77

Atentado al FCGM (San Isidro y José L. Suárez).

26/07/77

Carga explosiva sistemas señales (San Isidro).

26/07/77

Carga explosiva automóvil dueño de Karatek Textil.

26/07/77

Atentado en FCGB (Del Viso)

26/07/77

Carga explosiva domicilio ejecutivo Fiat (S. Isidro)

26/07/77

Atentado Jockey Club (San Isidro)

26/07/77

Atentado FGBM (Vte. López)

27/07/77

Carga explosiva en Segba.

Julio 77

Carga explosiva a Segba (Martínez)

01/08/77

Carga explosiva Segba (Olivos).

06/08/77

Atentado FCGM (San Isidro).

01/08/77

Atentado a transformadores (Martínez)

09/08/77

Robos, radios y grabadores (Villa Adelina)

10/08/77

Atentado a FCCC (Munro)

12/08/77

Atentado a una casa de administración (San Isidro)

16/08/77

Montoneros, 30 atentados vivienda y automotores (Ranelagh)

19/08/77

Atentados FRGB (Munro y Florida) Pág. Nº 218

22/08/77

Explosivo en capataz de Propulsora (Berisso)

20/08/77

Homicidio Comisario Mayor (R) Daniel Juárez (Berazategui)

22/08/77

Atentado a Puesto Policial (Avellaneda)

22/08/77

Atentados a FFCC (Carapachay)

22/08/77

Atentado a FFCC (V. Ballester)

07/09/77

Enfrentamiento armado, muere un soldado conscripto (Berazategui)

07/09/77

Carga explosiva Bank of América (San Martín)

14/09/77

Homicidio agente provincia Norberto Alberti (Avellaneda)

16/09/77

Montoneros, ataque coordinado masivo con explosivos y tiroteo contra los domicilios de ocho ejecutivos de empresa en un barrio de Ranelagh, en Bs. As.

17/09/77

Quema colectivos y atentados a FFCC (Berazategui)

13/10/77

Homicidio Sgto. Víctor Amado y ciudadano Enrique Ramuna (L. de Zamora).

17/10/77

Atentado a FFCC (Berazategui)

17/10/77

Carga explosiva garita FFCC (Haedo)

17/10/77

Incendio garita FFCC (La Plata)

18/10/77

Atentado a director Masalin y Celasco.

18/10/77

Atentado sucursal Banco Continental (San Martín)

20/10/77

Enfrentamiento con policías, muere un agente.

20/10/77

Homicidio Francis Schmer gerente de YPF (Temperley)

22/10/77

OCPO, asesinato del Ejecutivo de la empresa Massalin y Celasco, Ingeniero José M. Martínez.

23/10/77

Montoneros, atentado con explosivos contra el Docente de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, Sr. Trotta.

23/10/77

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de la empresa Losadur, Ricardo Salas, en Boulogne, Bs. As.

25/10/77

Homicidio sociólogo Raúl Castro Olivera (Adrogué).

26/10/77

Montoneros, asesinato del Ejecutivo de la Municipalidad de la Capital Federal, Rodolfo Matti.

26/10/77

Montoneros, asesinato del Director de Comunicaciones de la Municipalidad de la Capital Federal, Sociólogo Raúl A. J. Castro Olivares.

27/10/77

Atentado a FFCC (San Isidro)

Pág. Nº 219

29/10/77

Montoneros, asesinato del Ejecutivo Gerente de la empresa YPF, Francisco John Schwer.

31/10/77

Atentado a FFCC (San Isidro)

31/10/77

Atentado a FFCC (Florida)

07/11/77

Homicidio agente provincia Teodoro Alderete.

07/11/77

Homicidio Cbo. 1ro ARA, Marcelino Benítez (Bánfield)

02/12/77

Homicidio Daniel Argüello, Francisco Chávez y Juan Norgeot del Servicio Penitenciario Federal (Bánfield)

07/12/77

Homicidio directivo Peugeot y 3 policías (Berazategui).

07/12/77

Montoneros, asesinato de un policía y un menor de tres años, más dos civiles heridos, en Lanús, Bs. As.

07/12/77

Enfrentamiento armado muere un Comisario Inspector y un Cabo (Quilmes)

07/12/77

Homicidio de un efectivo policía provincia (L. Zamora)

09/12/77

Montoneros, copamiento de la fábrica Alpargatas y asesinato del Suboficial de la Policía de la Prov. de Bs. As., Carlos Gil.

10712/77

Homicidio Sgto. Policía provincia Rodolfo Potter (L. de Zamora).

10/12/77

ERP, atentado con explosivos contra la Concesionaria FIAT, en San Martín.

10/12/77

Homicidio 2 suboficiales policía provincial. (Lanús)

11/12/77

Homicidio Sgto. Policía provincial (Bánfield)

13/12/77

Ataque a cuartel Ejército (Ciudadela)

13/12/77

Ametrallamiento a Comisaría (Luján)

14/12/77

Ametrallamiento a Subcomisaría (Gutiérrez)

14/12/77

Ataque a carro de asalto policial (Ciudadela)

15/12/77

Ataque a patrullero mueren tres policías (Dock Sud)

15/12/77

Ataque a policías mueren 4 policías (Munro)

16/12/77

Homicidio a 3 particulares vinculados a Policía (San Justo)

17/12/77

Homicidio y atentado domicilio a Oficinas de policía provincia (Quilmes)

17/12/77

Homicidio policía y robo arma (Bernal)

18/12/77

Atentado a sub.-usina Segba (Adrogué)

18/12/77

Atentado a Segba (Hurlingham)

18/12/77

Atentado a la Vigilancia, Fábrica Massuh (Quilmes) Pág. Nº 220

18/12/77

Ataque instalación Segba (Caseros)

18/12/77

2 atentados a FFCC (Tropezón-Ezeiza)

18/12/77

Seis cargas explosivas vías ferroviarias (Ezeiza)

19/12/77

Atentado vías ferroviarias (Llavallol)

19/12/77

Atentado estación ferroviaria (Boulogne)

19/12/77

Atentado con explosivos FFCC (Merlo y S. A. de Padua)

19/12/77

3 atentados a establecimientos Mercedes Benz (San Justo)

19/12/77

Ataque con granadas a Puesto Vigilancia Gurmendi (AveIlaneda)

19/12/77

Atentado guardia de la Chrysler (Monte Chingolo)

20/12/77

Atentado contra un particular (La Matanza)

20/12/77

Atentado guardia externa Golf Club (Hurlingham)

20/12/77

Atentado a funcionario Peugeot (Berazategui)

21/12/77

Carga explosiva domicilio empresario (Villa Tessei)

21/12/77

Atentado contra un ejecutivo (Morón)

21/12/77

Atentado a FFCC (Caseros)

21/12/77

Ataque Comisaría y muerte Subcomisario (Castelar)

21/12/77

Carga explosiva en vagón de tren (Castelar)

21/12/77

Atentado concesionaria Chrysler (Lanús)

21/12/77

Ataque vehículo policial mueren 3 policías (Lanús)

21/12/77

Homicidio a cabo policía provincial (La Plata)

21/12/77

Ataque Concesionaria Peugeot (La Plata)

21/12/77

Ataque a Comisaría (Ranelagh)

22/12/77

Ataque en barrio Minque (L. de Zamora)

22/12/77

Robos máquinas escribir de un colegio (Castelar)

AÑO 1978. 05/01/78

Muere un policía al pretender desactivar bomba y otro queda gravemente herido (Lomas de Zamora)

07/01/78

Atentados varios (La Plata)

14/01/78

Homicidio de un policía (Bernal)

20/01/78

Homicidio Alberto Bezarquis, Servicio. Penitenciario (L. de Zamora)

14/03/78

Atentado a FCCC (Castelar)

18/03/78

Montoneros, atentado con explosivos contra una Concesionaria Pág. Nº 221

FIAT, en la Capital Federal. 11/04/78

Montoneros, asesinato del Subsecretario de Coordinación del Ministerio de Economía José T. Padilla, en San Isidro, Bs. As.

14/04/78

Bomba cercanía Casa de Gobierno (La Plata)

11/06/78

Carga explosiva casa del Gral. Bignone. Secretario General del Ejército (Castelar)

19/06/78

Carga explosiva en cabina señales (San Justo)

01/08/78

Montoneros, atentado con explosivos contra el domicilio del Almirante Lambruschini, asesinato de su hija Paula Lambruschini y de dos vecinos del edificio de departamentos contiguo, donde fue colocada la bomba de 40 Kg. de explosivo exógeno de alto poder, con dispositivo de carga hueca y escondida en una heladera chica. Destrucción total de cuatro pisos de este último edificio y varios automóviles, daños importantes a los frentes y ventanas de toda la cuadra en la calle Sánchez de Bustamante. El cuadro fue similar, en algo menor escala, al de los atentados a la AMIA y a la embajada del estado de Israel. (Proclama de Montoneros) 20/12/78 grupo desconocido, secuestro en la Capital Federal y asesinato de la diplomática Argentina Elena Holmberg. Se desconocen los móviles del hecho, pero en general siempre se ha supuesto que se tratara de un crimen común, algo ajeno a la guerra en curso.

07/08/78

Atentado contra FFCC (Lanús)

10/08/78

Bomba en sala secciones de Gral. Motors (San Martín)

27/09/78

Carga explosiva domicilio Guillermo Walter Klein (Olivos), Secretario Programación Económica, mueren 2 policías (Olivos)

Noviembre 78

Carga explosiva domicilio José López, de Swift (La Plata)

AÑO 1979. 27/09/79

Montoneros, copamiento del domicilio del Secretario de Coordinación del Ministerio de Economía Guillermo Walter Klein y atentado con explosivos, en Olivos Bs. As. Un numeroso grupo de terroristas asaltó la casa a primeras horas de la mañana al mando del cabecilla Yaguer, cuando la familia estaba desayunando; en la acción son capturados vivos e inmediatamente asesinados los dos policías de custodia. Las dos mucamas son sacadas del lugar, diciéndoles que toda la familia debe morir, pese a sus ruegos; estaban el Sr. Klein, su esposa y cuatro hijos de entre 12 años y meses de edad. Potentes explosivos son colocados en diferentes lugares de la planta baja y accionados por un control centralizado desde la calle, huyendo los terroristas en la confusión. Acorde a lo planeado la casa de dos plantas se derrumba totalmente, pero en un verdadero milagro se salva toda la familia con heridas menores; al derrumbarse

Pág. Nº 222

el primer piso la losa queda intacta, cayendo integra como el piso de un ascensor. Klein y una hija quedan bajo los escombros, siendo rescatados luego de horas de trabajo de los bomberos, lo cual fue visto por directo en televisión por todo el país horrorizado. Salvo Yaguer, el grupo criminal es capturado por las FFAA a los pocos días, muriendo casi todos en la acción al resistirse. 07/11/79

Montoneros, fracasado intento de asesinato del Secretario de Hacienda Nacional, Dr. Juan Alemann. Al subir a su auto, este fue acribillado con ráfagas de fusil automático, lanzándosele, además, una granada de mano y un cohete RPG-7, por parte de un grupo de aniquilamiento de unos quince terroristas. Fueron heridos el agente policial Miño y su chofer Cancilliri.

12/11/79

Montoneros, asesinato del empresario Francisco Soldati y su chofer en el centro de Bs. As., Avenida 9 de Julio entre Santa Fe y Arenales. Su automóvil fue bloqueado por una camioneta y acribillado con ametralladoras por ocho terroristas en dos vehículos, pero en algo no contemplado en sus planes aparece una custodia policial de las proximidades, produciéndose un violento tiroteo. Con el antecedente del rescate de la familia Klein, al cual habían concurrido altas autoridades del gobierno, los terroristas planearon dejar la camioneta llena de explosivos para accionarlos posteriormente por telecontrol, en una inmensa trampa caza-bobos. Uno de los balazos produce la voladura anticipada de la camioneta, muriendo tres terroristas y quedando dos heridos en el lugar.

Mi actual situación, la que desemboca en convertirme, por esa extraña alquimia política, en un Prisionero de Guerra o Preso Político o quizás ambas situaciones me comprenden, intenta la limitación intelectual de este Ensayo. Digo esto porque, las circunstancias hacen parecer que han cambiado, con el pensamiento filosófico del soldado prusiano, invirtiéndolo en sus elementos, o en sus fundamentos. Karl Von Clausewitz, ese Genial Estratega nos enseñaba, que: La Guerra, es la continuación de la Política por otros Medios. Los nuevos, y pseudos-filósofos progresistas de la Argentina parafraseando a Lenín, con más predicamento en las estructuras del poder del Estado. Han alterado la relación, y por cierto la oración final, seria hoy, por esa modificación del orden: La Política, es la continuación de la Guerra, pero, por otros Medios. Fundamento, de –aquella- mi primera afirmación, es el hecho de ser, un Prisionero de Guerra o Preso Político, por eso es que, aquella Guerra continúa, ahora con el hecho Político. Es evidente que, al referirme a mi limitación, o cercenamiento transitorio, al hablar de esta cuestión, solo lo hago atendiendo a un aspecto físico, o espacio-temporal, cual es a la que mi libertad ambulatoria me sujeta. Ya que mis carceleros saben que en lo Espiritual aquella es plena, es total, sin más sujeciones que mi propia conciencia, esto es ajena a la voluntad de los Magistrados, y solo librada a Dios, como decían nuestros pensadores Fundantes. Y, paradójicamente, esta situación redobla, y me enaltece, como si fueran mis Oraciones, diarias. Es así como, aquel Juramento, que en su corazón lleva, hasta el ultimo latido, para siempre, un Soldado, y se lo repite al doblar su rodilla, o en cada Diana, como un trueno al exigirse, ¡¡¡Subordinación y Valor!!! ¡¡¡Para defender a La Patria!!! Transfigura a nuestros aprehensores, confundiéndolos, como nuestro silencio. Pág. Nº 223

Se impone, además, hacer otra, y liminar, aclaración. La que por cierto no le hace mella, a la cuestión de fondo, o al objeto, al que abocare, parte de mis esfuerzos, y que se refieren en si a la actuación que nos cupiera en las Operaciones Militares, que se nos ordenaran. Razón final, pareciera aquella, de Nuestra actual prisión. Esto me, permite para principiar, a dar una idea –somera- de lo que pasaba en el Nordeste, en un ligero cuadro de situación insurreccional, en el que se encontraba sumido, la Región antes apuntada. Y acudiré, o, apelaré a la memoria. Porque no, quizás también, a las narraciones verbales, de quienes hoy desafiando persecuciones posteriores, nos visitan en, este, nuestro cautiverio. Cuando, refiero al Nordeste, trato de abarcar a las Provincias comprendidas territorialmente, por Chaco - Formosa - Corrientes – Misiones. Y el corte temporal, que tomo, es la que transcurre desde el año 1973 al 79. Esta elección no es arbitraria, por cierto, en el sentido matemático, sino que comprende las acciones libradas, quizás con mayor notoriedad, o resonancia, por que fueron en las que se emplearon una mayor violencia. Así se nos permite, sin forzar la inteligencia, encontrar, una simple formula introductoria, desembarcando en mismo terreno donde estas se desplegaron. Es importante mencionar lo llamativo del nombre de la OPM, Organización Política Militar, bajo el que se convocaban los autodenominados jóvenes idealistas, en cuanto ayudaríamos a desmitificar y poner de manifiesto la actitud redentora exhibida en contradicción con sus claros objetivos militares. Los que tenían como finalidad, por cierto, y no única, la de imponer su voluntad -por cualquier medio-, utilizando la violencia, la extorsión, y el miedo, como uno de los procedimientos básicos, o el militar, llevada a cabo mediante la lucha armada, para la toma total del poder. En una primera fase, acompañados por cierto en forma concomitante, por el Poder Político, en todas sus funciones, y ámbitos administrativos. Existía en estas cuatro Provincias una Regional Nordeste a cargo de un Oficial Mayor, con dos Columnas, nombre que le daban a la estructura militar de la OPM, a cargo de un Oficial Primero o Mayor. Una desplegada en las Provincias de Corrientes y Misiones conocida como Columna Nº 27.y la otra en, Formosa, y Chaco, conocida como Columna Nº 26. Interesante e introductoria, es la política de Personal puesta en acto por esta organización:

6) Anexo 2 - OPM Montoneros Nordeste Mi actual situación, la que desemboca en convertirme, por esa extraña alquimia política, en un Prisionero de Guerra o Preso Político o quizás ambas situaciones me comprenden, intenta la limitación intelectual de este Ensayo. Digo esto porque, las circunstancias hacen parecer que han cambiado, con el pensamiento filosófico del soldado prusiano, invirtiéndolo en sus elementos, o en sus fundamentos. Karl Von Clausewitz, ese Genial Estratega nos enseñaba, que: La Guerra, es la continuación de la Política por otros Medios. Los nuevos, y pseudos-filósofos progresistas de la Argentina parafraseando a Lenín, con más predicamento en las estructuras del poder del Estado. Han alterado la relación, y por cierto la oración final, seria hoy, por esa modificación del orden: La Política, es la continuación de la Guerra, pero, por otros Medios. Fundamento, de –aquella- mi primera afirmación, es el hecho de ser, un Prisionero de Guerra o Preso Político, por eso es que, aquella Guerra continúa, ahora con el hecho Político. Es evidente que, al referirme a mi limitación, o cercenamiento transitorio, al hablar de esta cuestión, solo lo hago atendiendo a un aspecto físico, o espacio-temporal, cual es a la que mi libertad ambulatoria me sujeta. Ya que mis carceleros saben que en lo Espiritual aquella es plena, es total, sin más sujeciones que mi propia conciencia, esto es ajena a la voluntad de los Magistrados, y solo librada a Dios, como decían nuestros Pág. Nº 224

pensadores Fundantes. Y, paradójicamente, esta situación redobla, y me enaltece, como si fueran mis Oraciones, diarias. Es así como, aquel Juramento, que en su corazón lleva, hasta el ultimo latido, para siempre, un Soldado, y se lo repite al doblar su rodilla, o en cada Diana, como un trueno al exigirse, ¡¡¡Subordinación y Valor!!! ¡¡¡Para defender a La Patria!!! Transfigura a nuestros aprehensores, confundiéndolos, como nuestro silencio. Se impone, además, hacer otra, y liminar, aclaración. La que por cierto no le hace mella, a la cuestión de fondo, o al objeto, al que abocare, parte de mis esfuerzos, y que se refieren en si a la actuación que nos cupiera en las Operaciones Militares, que se nos ordenaran. Razón final, pareciera aquella, de Nuestra actual prisión. Esto me, permite para principiar, a dar una idea –somera- de lo que pasaba en el Nordeste, en un ligero cuadro de situación insurreccional, en el que se encontraba sumido, la Región antes apuntada. Y acudiré, o, apelaré a la memoria. Porque no, quizás también, a las narraciones verbales, de quienes hoy desafiando persecuciones posteriores, nos visitan en, este, nuestro cautiverio. Cuando, refiero al Nordeste, trato de abarcar a las Provincias comprendidas territorialmente, por Chaco - Formosa - Corrientes – Misiones. Y el corte temporal, que tomo, es la que transcurre desde el año 1973 al 79. Esta elección no es arbitraria, por cierto, en el sentido matemático, sino que comprende las acciones libradas, quizás con mayor notoriedad, o resonancia, por que fueron en las que se emplearon una mayor violencia. Así se nos permite, sin forzar la inteligencia, encontrar, una simple formula introductoria, desembarcando en mismo terreno donde estas se desplegaron. Es importante mencionar lo llamativo del nombre de la OPM, Organización Política Militar, bajo el que se convocaban los autodenominados jóvenes idealistas, en cuanto ayudaríamos a desmitificar y poner de manifiesto la actitud redentora exhibida en contradicción con sus claros objetivos militares. Los que tenían como finalidad, por cierto, y no única, la de imponer su voluntad -por cualquier medio-, utilizando la violencia, la extorsión, y el miedo, como uno de los procedimientos básicos, o el militar, llevada a cabo mediante la lucha armada, para la toma total del poder. En una primera fase, acompañados por cierto en forma concomitante, por el Poder Político, en todas sus funciones, y ámbitos administrativos. Existía en estas cuatro Provincias una Regional Nordeste a cargo de un Oficial Mayor, con dos Columnas, nombre que le daban a la estructura militar de la OPM, a cargo de un Oficial Primero o Mayor. Una desplegada en las Provincias de Corrientes y Misiones conocida como Columna Nº 27.y la otra en, Formosa, y Chaco, conocida como Columna Nº 26. Interesante e introductoria, es la política de Personal puesta en acto por esta organización:

Reclutamiento y formación de sus militantes86 La información sobre el epígrafe tiene como finalidad que se conozca la forma en que se reclutaba a los jóvenes en la década del 70, con el fin de satisfacer los planes de los líderes, dirigentes adiestrados en Cuba, Libia, u Medio Oriente, los que pretendían establecer un socialismo, marxista y leninista en nuestro País, aun por medio de las armas, utilizando las estructuras de los Partidos Políticos tradicionales, o no. Es bueno recordar, el coreo de una de sus consignas, para no abundar en reflexiones inconducentes Así haremos la Patria Socialista, Montonera, Montonera y Peronista. Veremos que, esa Organización Política Militar, Montoneros, actuaba en casi todos los ámbitos sociales. Para insertarse en los mismos, obtener su control para sus fines y 86

Ver Apéndice 1. Pág. Nº 225

también, señalaremos el enorme grado de militarización de sus integrantes, en especial de sus cuadros de conducción. Si bien nos referimos a la organización nombrada, los métodos y procedimientos del resto de las otras Organizaciones Subversivas, las que atacaban militarmente a la Nación, con sus particularidades de forma, es claro que tenían un punto tangencial, y una convergencia en similitudes de fondo.

Ámbitos sociales y organismos de masa87 Denominaban Frente al ámbito particular representativo de las distintas actividades sociales como por ejemplo sindical, estudiantil, territorial, etc. Dentro de ellos, señalaban los organismos de masa que eran representativos del sector. Por ejemplo, para el primer caso, sindicatos y las comisiones internas de fábricas, para el segundo, los centros estudiantiles y en el tercero, las comisiones barriales, clubes y ligas agrarias. En estos ámbitos, no excluyentes, se iniciaba el reclutamiento a partir de charlas políticas individuales, o grupales, en las que se evaluaba la potabilidad de los interlocutores. Luego de elegido uno, o más, se introducía alguno de los proyectos de la organización, para sondeo, y analizar, y ver su aceptación, o rechazo. La propuesta de los elegidos, se elevaba al Servicio de Inteligencia, quien era el que comprobaba la seguridad del candidato, y lo sometía a un cuestionario exhaustivo, para verificar ciertos aspectos. Aprobado su ingreso, el postulante pasaba al primer nivel de instrucción.

Agrupaciones políticas de Montoneros88 Estas se disponían: en el frente sindical, actuaba la JTP - Juventud de Trabajadores Peronistas; en el frente estudiantil, la UES - Unión de Estudiantes Secundarios y la JUP Juventud Universitaria Peronista y en el frente territorial, actuaban: la JP - Juventud Peronista, la AE - Agrupación Evita, el MVP - Movimiento Villero Peronista, el PA Peronismo Auténtico y las Ligas Agrarias entre otras. Estas agrupaciones se dedicaban a actividades políticas, o reivindicativas, en cuyos objetivos, estaban: 1º Politizar el frente de masas. 2º Aumentar el grado de violencia. 3º Captar más simpatizantes. Reitero que no es esta mención taxativa, pues esta metástasis social, había logrado infiltrarse, operar, y reclutar recursos materiales y humanos, en muchas organizaciones mas, comprometidas en su silencio con la Organización. Constituían el 1er nivel de instrucción. Aproximadamente el 50% de los mejores, pasaban a engrosar la estructura militar en su primer escalón, con la denominación de Milicianos.

Milicianos89 87

Ver Apéndice 1. Ver Apéndice 1. 89 Ver Apéndice 1. 88

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Los requisitos para esta categoría eran: adherir al proyecto de la OPM, comprender las necesidades de la disciplina, y del funcionamiento celular, manifestar disposición para asumir la lucha armada, acepar las normas internas de comportamiento personal. Era el 2do nivel de instrucción. Y, el primer escalón de adiestramiento militar, Manual de Milicias del Ejército Montonero. Estos debían efectuar discusión política de aquellos documentos de prensa interna, Revista Evita Montonera, volantes, comunicados, etc. Su tiempo de trabajo reunido era de 3 a 5 horas semanales. Se organizaban Pelotones de Milicianos, dentro de una UBM - Unidad Básica de Milicianos y su misión era realizar actividades de sabotaje, de propaganda, e intimidaciones.

Aspirantes90 El Miliciano que se destacaba era promovido al escalón superior que era el Aspirante. Podría asimilarse al soldado/suboficial del Ejército Argentino, ya que su principal responsabilidad eran las acciones de guerra, o de lucha armada, y dentro de los Pelotones de Combate a cargo de un Oficial, que dependían de una UBC - Unidad Básica de Combate, o de una UBCL - Unidad Básica de Combate Logística, que era de apoyo. Los Aspirantes eran los responsables de conducir los Pelotones de Milicianos en sus tareas de sabotaje, propaganda o intimidación. Constituían el 3er nivel de instrucción general y, el 2do en aparato militar. Tenían una mejor instrucción política-ideológica, y un mayor compromiso con la organización.

Cuadros91 El Aspirante que por su comportamiento y experiencia era ascendido, lo hacía a la categoría de Cuadro del Partido Montonero recibían el 4to nivel de instrucción y con ello comenzaban a tener responsabilidad de conducción territorial. De menor a mayor sus ascensos iban desde el grado de Oficial conducía Pelotones de Combate; en el grado de Oficial 2do estaban en condiciones de ser Subjefes de las UBC o de las UBCL. Luego seguía el grado de Oficial 1ro y los habilitaba para conducir las UBC o UBCL y a veces la Columna. En el grado de Oficial Mayor, ya conducían la Columna, o la Regional y eran miembros del Consejo Superior y con el grado de Oficial Superior participaban del Consejo Superior y/o de la Conducción Nacional. Todos ellos tenían normas de evaluación referidas a su capacidad política, su capacidad militar, su capacidad de organización, a su auto disciplina, y capacidad de crítica, o autocrítica. En lo militar, por ejemplo, para ser Oficial 2do debían haber participado en cinco operaciones de ataques92 y el Oficial 1ro, en ocho. 90

Ver Apéndice 1. Ver Apéndice 1. 92 Léase crímenes. Debe tenerse en cuenta que lo expresado era doctrina, dada según obra en la documentación interna (secuestrada) de Montoneros. En la práctica, las necesidades operacionales hacían flexible lo aquí descrito. Lo importante, es tomar conciencia de la planificación de los 91

Pág. Nº 227

Y obtener como situación de máxima, la conducción del Estado Nacional. Cada Columna estaba conformada con varias:   

UBM – Unidades Básicas de Milicianos. UBA – Unidades Básicas de Aspirantes. UBC - Unidades Básica de Combate. Y, todas apoyadas por una UBCL - Unidades Básicas de Combate Logística.

Estructuralmente eran células, compartimentadas en forma estanca, e, integradas por cuatro, o cincos, de esos terroristas. Muchas de ellas, siempre operaban, e inter-actuaban en forma celular, y componían, para sí lo que daba en identificarse como una UB o,

Pelotón. Esta se encontraba, militarmente, a cargo de un Oficial 1º, o un Oficial Mayor como jefe, como no podía ser de otra manera, sé modificaban, y alteraban, en forma permanente. Los puntos, de apoyo donde había logrado una mayor fortaleza, eran los que se encontraban en las localidades, pueblos o ciudades de la Región y alcanzaban su concentración mayor en: Resistencia, Corrientes, y Goya. Siendo y en menor medida en Formosa, y Posadas. En la parte rural, como lo hacia su Organización similar en Uruguay, llevada a cabo por el Movimiento Tupamaro, y que ellos llamaron la Guerra de Las Tatuceras93, lo hacían en: San Martín, Charata, Las Palmas, Corzuela, Villa Ángela, Sáenz Peña, Reconquista, Goya, y Campo Grande.

Las principales acciones, llevada a cabo, y de cuya autoría se vanaglorian, en la zona fueron, entre otras:  El 01/02/73 asesinato del Tte. 1ro José M. Nacaratto del Ejército Argentino, en Resistencia.  El 16/09/74 ataques con explosivos en Corrientes Capital a la Agencia TELAN, Concesionaria IKA – Renault y la Sociedad Correntina de Hacendados, Evita Montonera Año 1 Nº 1 12/74, Pág. 41.  El 13/09/74 asesinato del dirigente peronista Víctor Sánchez y de Félix Saucedo Villalba trabajador de una emisora radiofónica del servicio informativo de LT7 Radio de Corrientes, auxiliar de Víctor Sánchez, y Gabriel Oscar Benítez herido de gravedad este dirigente político del Comando de Organización de la juventud peronista, en Resistencia por Montoneros, Evita Montonera Año 1 Nº 5 06-07/75, Pág. 18.  El 29/11/74 un Pelotón de Combate roba una camioneta de Vialidad Provincial en Resistencia, Evita Montonera Año 1 Nº 2 01-02/75 y Evita Montonera Año 1 Nº 3 03/75, Pág. 42.  El 30/12/74 en Corrientes Capital el Pelotón de Combate Héroes de Trelew de Montoneros toma la Penitenciaría de la ciudad y libera al Montonero Hugo Perié y roban una ametralladora PAM y un revolver 38 mm, Evita Montonera Año 1 Nº 2 01-02/75, Pág. 44.  El 21/01/75 atentado con explosivos y artefactos incendiarios a una empresa de transporte de cereales en el Chaco.  El 21/01/75 los Pelotones de Combate Evita Montonera y General Juan D Perón procedieron a quemar un camión de cereales en la localidad de Tres Isletas, Evita Montonera Año 1 Nº 3 03/75, Pág. 36.

recursos humanos, como para ir desarrollando un crecimiento armónico, y cotejarlo con el adiestramiento político y militar, necesario para ejercer sus responsabilidades en la guerra que estaban librando, para imponer su voluntad con las armas, 93

Forma de combate aprendida en Viet Nam, como algunas de sus técnicas, ver para ello

La Subversión en Uruguay T I, publicado por el EMGE Uruguayo. Pág. Nº 228

 El 23/01/75 en Corrientes Capital un Pelotón de Montoneros con explosivos destruyó la casa de los policías Pedro y Roque Pucheta en la Villa San Juan de Vera, Evita Montonera Año 1 Nº 2 01-02/75, Pág. 47 y Evita Montonera Año 1 Nº 3 03/75, Pág.36.  El 05/03/75 el Pelotón de Combate Rodolfo Raúl Rey, ametrallo y se arrojaron granadas contra el domicilio del Intendente de Resistencia Adriano Romero, Evita Montonera Año 1 Nº 3 03/75, Pág.41.  El 21/02/75 la demolición de la casa y la futura clínica del entonces Ministro de Salud Pública Dr. Ezequiel Morante en Resistencia, por parte de los Pelotones de Combate Héctor Raúl Norniella y Susana Medina, Evita Montonera Año 1 Nº 3 03/75, Pág. 45.  El 06-07/75 Evita Montonera Año 1 Nº 5, Pág.30 a 36, invita a formar parte de Ejército Montonero a las Ligas Agrarias del Chaco, Corrientes, Misiones, norte de Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires y Entre Ríos.  El 05/10/75 ataque al Regimiento de Infantería de Monte 29 en Formosa, conocida como Operación Primicia; con la muerte de: 16 terroristas, 1 oficial, 1 suboficial, 10 soldados del Ejército Argentino, 2 agentes de policías y varias decenas de heridos. En donde se secuestro de un avión Boeing 737 de Aerolíneas Argentina y de un Cessna de cuatro plazas de la Gobernación de Corrientes y la toma del Aeropuerto El Pucú. Participaron más de 100 terroristas, todos oficiales, por lo que permite inferir la participación de todos los que tenían dicho grado en la Regional Nordeste y con apoyos de otras Regionales. En esta acción planificada por Raúl Clemente Yaguer Mario Oficial Superior integrante de la Conducción de Montoneros, con riquísimos antecedente delictuales y ejecutada por Mario Lorenzo Koncurat Sebastián Oficial Superior, a cargo de la Columnas 26 y 27 de la Regional Nordeste de esta organización y que habría participado en el asesinato de José I. Rucci, conocida como Operación Travista, Evita Montonera Año 1 Nº 8 10/75, Pág. 1 a 32.  El 08/10/75 enfrentamiento armado en Corrientes Capital de FFPP con el Oficial Mayor Juan Belaustegui y el Oficial Miguel Ángel Bustos, resultando muertos estos últimos, Evita Montonera Año 1 Nº 9 11/75, Pág.25.  En 27/07/75 se ejecutaron (entre otros), Pelotones de Milicianos, realizaron varios hechos menores en Resistencia, Evita Montonera Año 1 Nº 6 08/75, Pág. 34, con la detención y condena de 8 terroristas y 8 prófugos. A modo de ejemplo:  Incendio de la firma Lepettit.  Incendio de la firma Belton Vernes.  Incendio de la firma Mocovi Automotores.  Colocación y detonación de explosivos y posterior incendio de la firma Fibramalva, con destrucción parcial del edificio y materiales.  Colocación de explosivos en dos comercios de propiedad de Basilio García González.  Intento en la quema del vehículo de propiedad de Máximo Regio Pitman.  Colocación de explosivos debajo del puente del Acceso Sur de la Ruta Nacional Nº 11.

 El 01/04/76 conviene destacar, el juicio revolucionario, aplicándole el “Código de Justicia Revolucionario a un acusado de traidor y delator, uno de sus integrantes, el Oficial 1ro José L. Aspiazu y su posterior fusilamiento, conocida como Operación Gallina. O, en otras palabras, con mayor propiedad, el asesinato del mismo en la ciudad de Corrientes, a manos de su propia Organización. Ver Informe Especial de Norte-Chaqueña 01/06/03 de Mario Vidal, con el título “Operación Gallina”. Estas, además de innumerables intimidaciones, propaganda armada, tentativa de secuestros y demás hechos delictuales que para la época, las fuerzas policiales y la justicia, los medios haciéndose eco de estas calificaban de sin importancia. Ver Apéndice 2 Diarios de la Región Nordeste de la época. Razón, así, esgrimida para no reconocer que se encontraban sobrepasados, largamente, en las esferas de sus propias capacidades y por impotencia operativa no querían admitir, en una suerte de sugestiva omisión. Pág. Nº 229

En sus planes, estaba como uno de sus objetivos, el intentar lograr abrir otro frente, de acciones, similar a1 de Tucumán, estableciendo, así, una Zona controlada. Paso previo y necesario para pedir luego el prometido reconocimiento internacional, según los Tratados vigentes, por sugerencia de sus compañeros de ruta de otras nacionalidades. Aspecto, al que no arribaron, por la precisa coordinada labor lograda por el accionar, en su conjunto de la sociedad y las Fuerzas Legales.

Reglamentos  Cuerpo de Manuales y Reglamento de la Organización Política y Militar.  Manual de Instrucción de las Milicias Montoneras.  Manual sobre Guerrilla Rural.  Manual de Información e Inteligencia.  Cartilla de Seguridad.  Instrucción sobre Procedimientos Operativos.  Manual Popular de Caños Incendiarios del Ejército Montonero.  Manual de Identificación de los elementos de la granada SFM/G5.  Reglamento de Uso del lanzagranadas SFM/Lg22Mp.  Cartilla de Seguridad y Armas de uso Defensivo.  Cartilla sobre explosivos y Armas Químicas.  Directiva: El procesado preso, su familiar y/o responsable y para darle las máximas posibilidades dentro y en torno al juicio. Ordenando realizar denuncias de apremios como rutina de procedimiento, sin más razón que lo así establecido en la norma.  Entre otros agregados en la Sentencia de la Causa 13, a fojas 239 a 242, agregados como prueba de la defensa del ex Tte. Gral. D F. Galtieri.

Doctrina Cuerpo de Manuales y Reglamento de la Organización Política y Militar – OPM Monteros94, establecían los distintos tipos Emboscadas, en 2 – 12 – 10,... Objetivo: Es un ataque sorpresivo a una tropa en movimiento Pág. 340D, siendo muy esclarecedoras para entender lo allí sucedido los esquemas de las figuras 301 (c), (d) y (e), en Pág. 360 en 2 – 13 – 3 5,... Tipos de Emboscadas:... b) pertrechamiento95. Los diseños operacionales para cada uno de estos casos dependen fundamentalmente de la zona (..., rutas descampadas,...) y en Pág. 361 en 2 – 13 – 3 – 5 – 2, Emboscadas de pertrechamiento: por lo general se plantean sobre vehículos del enemigo que transportan96... o material de guerra. Los esquemas operacionales pueden diseñarse teniendo en cuenta elementos... o elementos destructivos como clavos miguelitos97,... o, la acción de tirotear con intensidad sobre el enemigo desde posiciones adecuadas para paralizarlos98. Estos vehículos transportadores suelen traer por lo general custodias bién armadas ubicadas en distintas posiciones, ya sea a vanguardia o como a retaguardia. A veces es factible realizar diseños que pueden dejar 94

Agregado como documental de la defensa del ex Tte. Gral. D F. Galtieri en la Causa 13. Petrechamiento, se puede inferir que no solo de material militar, sino de liberación de detenidos. 96 El resaltado me pertenece y transportábamos una carga preciada para la OPM Montoneros, militantes suyos y armamento. 97 El resaltado me pertenece y es lo que utilizaron. El Derecho Romano, a los obstáculos utilizados para detener, los denominaba ofendículas, en los tiempos modernos se lo conoce como queda dicho. 98 El resaltado me pertenece y si los miguelitos no detenía el vehículo, lo hacían por medio del fuego de armas automáticas. 95

Pág. Nº 230

sin posibilidades de reacción a la custodia, es decir separándolos de nuestro objetivo99, el cual entraría en una zona crítica desprotegido, donde la recuperación resulte relativamente simple... 2-12-10 – EMBOSCADA (Pág. 340 D) 1-12-10-2 – Objetivo: Es un ataque sorpresivo a una tropa enemiga en movimiento. 2-12-10-2 – Componentes: Para realizarla dividiremos nuestra fracción en escalones:  Escalón Asalto.  Escalón Apoyo y Seguridad.  Escalón Recibimiento.  Escalón de Vigilancia. Escalón asalto Es el que realiza la emboscada, puede ubicarse en distintas posiciones de acuerdo a la finalidad de la misma. Formación e V (para hostigar). Se colocan obstáculos para evitar que se desplace el enemigo hacia el frente, retaguardia o flanco: ver fig. 301. Formación en Línea: ver Fig. 301 (d) Formación en L (para aniquilar al enemigo): ver Fig. 301 (e) Fundamental: En se lo agarra entre dos fuegos. Hay que determinar los sectores de fuego y verificar el cruzamiento del fuego entre la propia tropa. Siempre cubrir los ángulos muertos con obstáculos o batiéndola con el fuego. Escalón de apoyo y seguridad. Es el escalón que encierra al En. O impide que este pueda recibir refuerzos. Escalón reserva. Es una fracción que no está empeñada, lista a utilizar en cualquier momento de acuerdo a la situación y a las órdenes directas del jefe de fracción. Escalón recibimiento. Escalón que no está empeñado (generalmente actúa como reserva) que protege el repliegue del escalón asalto. Emplea combate retardantemente y si es perseguido por el enemigo se dirige en dirección distinta a la del Esc. Asalto. Escalón Vigilancia. Combatientes destacados en puestos claves, que vigilan los movimientos Ene. Ej. Si hay un cuartel, al lugar de la emboscada, un compañero vigila los movimientos. Fundamental Las comunicaciones. Siempre se debe determinar un punto de reunión después de la emboscada. Los escalones pueden reducirse de acuerdo a la situación del enemigo y la nuestra. Y de acuerdo si se trata de una emboscada de aniquilamiento, de hostigamiento, de pertrechamiento o de captura de prisioneros. Ver Fig. 301 (f)

99

El resaltado me pertenece, cosa que sucede según su planificación y acción. Pág. Nº 231

Agregados: Apéndice 1 – Agitación y Reclutamiento de Montoneros. Apéndice 2 – Diarios de la Región Nordeste de la época.

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Apéndice 1 al Anexo 2 Agitación y Reclutamiento de Montoneros

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Apéndice 2 al Anexo 2 Diarios de época del Nordeste 1. Diario El Norte 16/01/75 ataque al Regimiento de Infantería de Monte 29 – Formosa, por Montoneros Operación Primicia Figura a.

Figura b.

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Figura c.

Figura d.

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Figura e.

Figura f.

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Figura g.

Figura h.

2. Violencia con explosivos, ametrallamientos, propaganda armada, clavos

miguelitos, incendios sobre Resistencia en 1975 por Montoneros.

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Figura a.

Figura b.

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Figura c.

Figura h.

Pág. Nº 239

3. Material subversivo secuestrado en Sáenz Peña de Montoneros.

4. Ataque subversivo a Destacamento Policial de Colonia Aborigen el 15/04/74 con un suboficial gravemente herido.

Figura a.

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Figura b.

5. Detienen dirigente Montonero

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6. Liberan a dirigente Montonero.

7. Asesinato de dirigente peronista Víctor Sánchez y Félix Saucedo sin militancia política el 13/09/74 y un grave herido por Montoneros en Resistencia

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8. Juicio Revolucionario y posterior asesinato por cobardía y delación, Operación Gallina, al Oficial 1º José L. Aspiazu, el 13/08/76, por Montoneros en Corrientes. Material secuestrado anexado a la Causa.

9. Asesinato del Tte. 1º José M. Nacaratto, el 01/02/73 por Montoneros en Resistencia.

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11. Emboscada de Montoneros, conocida como Operación Tampón para liberar detenidos de su organización del traslado a Formosa por parte del Ejército.

Figura b.

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7) Anexo 3 - Correspondencia clarificante de un ex desaparecido Con fecha de despacho de OCA del 18/01/07 y recibida por el Defensor Oficial Dr. D Carlos Pujol en el Tribunal Oral Federal, cito en 25 de Mayo 460 de Resistencia, llega correspondencia, según remitente de: Yedro, con supuesto domicilio en calle San Martín 324 – Reconquista, en la que leyendo su contenido no es el remitente el que la envía, sino un presunto desaparecido Carlos Héctor Orianki, según la CONADEP, en Sáenz Peña – Chaco, el 01/04/75, Número de Actor 03723, en la que narra su contacto con Roberto H. Yedro (uno de los detenidos-trasladados-fugado), después de su evasión y agrega la descripción de este último, de la emboscada de Montoneros para liberarlos de su cautiverio en proximidades de Margarita Belén.

...Su fuga, con el conocimiento previo de la operación traslado; demasiado esclarecedor su relato, por lo que me parece pertinente agregar copia. Para la Cámara Federal de la Capital Federal, en la Sentencia de la Causa 13 – Caso 678 y Conexos lo da por muerto el 13/12/76. Para la CONADEP Anexo 1 Pág. 479 Nº de Actor 5455 desaparecido, el 13/12/76 en Sáenz Peña Chaco. Para Carlos Héctor Orianki desertor de Montoneros y desaparecido según la CONADEP, en Sáenz Peña – Chaco, el 01/04/75, Número de Actor 03723 lo da como vivo por lo menos hasta 1982. La Carta, pueden haber errores de trascripción del manuscrito por el tipo de caligrafía.

La Carta:

¡¡¡HIPÓCRITAS!!! ¡¡¡Digan la verdad!!! Soy Carlos Héctor Orianki DNI 7.927.248, estoy supuestamente desaparecido desde el 01/04/75 según la CONADEP, falsa de toda falsedad, historia inventada por mi y mi familia en Sáenz Peña – Chaco, para desertar de la Organización Montoneros, después de un enfrentamiento con la Policía donde resultara herido y escapara. Mi nombre de guerra era Raúl en Montoneros y forma parte de la estructura UBC “Interior del Chaco”, cuyo responsable era Sebastián, y algunos nombres de mis compañeros: Juampa, Ñaró. Héctor, Santiago, Susana, Miguel, Pedro, Pablo, Ernesto, Pepe, Lagartija y tantos otros, nuestro fuerte eran las Ligas Agrarias. Pero no quiero hacer un “riveiver” de lo realizado porque casi me costara la vida y cuantas vidas de ambos bando se llevó, pero teniendo un estado de salud terminal y habiendo prometido su difusión a Lagarto o Roberto Horacio Yedro, “desaparecido” no por el Proceso, sino intuyo por su suegro y para transmitir esa experiencia amargas a sus hijas Eva y Chiara. En algún momento pensé salir de la clandestinidad auto impuesta, pero con mi nueva identidad de un fallecido peón formoseño sin pariente, me llevó a razonar en todos los problemas que me ocasionaría esta situación. Me casé con ese documento, tengo tres hijos, ¿Cómo les digo a mis hijos y a mi esposa que no soy quien dije ser?, ¿Por qué y de donde salía ese nombre? ¿El muerto enterrado y no haber dado parte a la Policía? ¿Mis propiedades a ese nombre? ¿Dónde vivo y amigos y Pág. Nº 245

conocidos? ¿Cuentas bancarias?, y si faltaba poco mis padres cobraran los U$S 224.000 por mi desaparición. Margarita Belén, fue una emboscada y hubieron prófugos, uno de ellos es el caso de mi pariente político hoy desaparecido por su ex suegro Roberto Horacio Yedro, yo lo vi varias veces con seguridad mediante en compañía de mi prima María, siendo la última vez por 1982 en la Montenegrina. Ella no sabe nada a pesar de sus ingentes esfuerzos por encontrarlo. Transcribo el documento que me diera Roberto Horacio Yedro, Lagarto, para ayudar a esclarecer la verdad y en honor a tantos muertos argentinos de ambos bandos, el original se lo mandaré para conocimiento de las hijas Eva y Chiara.

Orianki UN VIAJE AL INFIERNO Para mis hijas Eva y Chiara - Un recuerdo para la verdad (1982) YO LO PASE Si alguien se pregunta alguna vez que es el miedo y quiere definirlo, les puedo asegurar que no existen palabras para ello, es algo que te sube por todo el cuerpo, revienta en el corazón que galopa desaforado y se afloran hasta las tripas, te hace perder la noción del tiempo, la boca se vuelve amarga y el cerebro trabaja a cien mil revoluciones por minuto. Se te ocurren las cosas más descabelladas, las piernas no se cansan, te aparecen fuerzas que hasta ese momento ni te imaginabas que el cuerpo humano podría tener. Se preguntaran cual es la razón de ese intento de definirlo,… YO LO PASE,…si tuve miedo, un miedo tremendo, que con solo pensarlo se me eriza la piel, fue una noche de verano chaqueño, en pleno diciembre, el calor aun de noche quemaba, era insoportable, los insectos en el medio del campo laceraban los rincones más impensables de mi humanidad, cada vez que me detenía, luego de trastabillar y rodar por el bañado o en algún pozo con agua estancada depositada por las lluvias caídas días anteriores o al “comerme” algún alambrado que no podía ver en la oscuridad de la noche. Sin embargo corrí, corrí, y corrí hasta llegar al límite de mis fuerzas y fue en ese preciso momento en que caí nuevamente en un lugar con agua con un fuerte olor a pasto y barro pudriéndose, esta vez no intente siquiera levantarme, me arrastre hasta llegar a un lugar que me pareció una cueva o un túnel, pero sirvió para esconderme. Cerré la entrada a ese bendito lugar con camalotes y hiervas de agua que pude desarraigar a ciegas, me escondí lo más adentro que pude, en mi desesperación arranque unas totoras y en un reflejo nervioso comencé a masticarlas mientras recuperaba el aire y reponía mi cuerpo de tantos tumbos y saleros dados al enganchar una que otra alambrada, así comencé a tratar de ubicarme en el lugar, y a pensar que haría. Jugaba nerviosamente con las varas de las totoras, hasta que descubrí que las mismas permitían el paso del aire, lo que indicaba que en caso de peligro, podía utilizarla para sumergirme en el agua y respirar por ese bendito y mágico tubito que me permitiría seguir seguro ante cualquier peligro, le recuerdo que soy abogado y no baqueano de campo. Lo que voy a narrar, lo viví y sentí,…nadie me lo contó, no lo hice antes por temor a mis compañeros de militancia armada o de causa o que se yo como definirlos después de lo que experimenté previamente y en esa noche calurosa de diciembre del 76, en la que nació la mentira más grande creada en la República Argentina contra el régimen militar. Es cierto, solo quienes sufrimos días de cárcel sabemos que significa ser alejados de los parientes más queridos, de pasar de la libertad al encierro, de creer equivocadamente o Pág. Nº 246

no, que luchábamos por una Latino América mejor, desde nuestro punto de vista, con igualdad de condiciones para todos, al igual que nuestro otrora guía político el “Che”, que lejos de ser un héroe fue el mártir más ilustre del régimen cubano que lo entregó por que le molestaba a Fidel. Sabíamos quince días antes que íbamos a ser trasladados hacia la cárcel de Formosa, gracias a nuestro queridísimo capellán del Servicio Penitenciario Federal o simplemente el padre o el cura Brizaboa, que nos mantenía informados de lo que ocurría en la U7, a quienes estábamos presos en la Alcaidía de la Policía del Chaco o en la Brigada de Investigaciones o nos acercaba una cartita de nuestros hijos, de nuestros padres o esposa o lo que decidía el movimiento como acción contra la dictadura gobernante. La noticia que íbamos a ser trasladados, cayó como una bomba, porque si bien para nosotros nada era seguro, nos daba cierta tranquilidad el lugar donde estábamos y el trato que no era el mejor, pero al ser conocidos por el tiempo que llevábamos en la Alcaidía nos permitía cierta licencia de movimientos adentro y manejarnos con noticias fresquitas de familiares, amigos y otros presos conocidos alojados en otros lugares, pero nos dio fuerzas el hecho que también nos hicieran saber el curita por medio de una cartita del responsable de la Regional Nordeste de Montoneros, que nos entregara luego de darnos la noticia y que debía ser destruida luego de ser leída. En esta se explicaba a pesar de ser pequeña, con trazos prolijos y expertos de plumón y tinta china que se estaba preparando un operativo sobre la caravana que nos trasladaría a Formosa, el mismo se llevaría a cabo conforme se describía en el Manual de Montoneros, para recuperación de prisioneros y toma de material y armas necesarios para el Movimiento. En la cartita del compañero responsable de CC26 y 27, Oficial Mayor el Jote, nos daba los lugares de reunión que eran dos, uno al Oeste en un camino secundario y el otro al Sur cerca del puente, ambos a unos 200 metros, tomados desde la detención del camión transporte, acción realizada por los miguelitos y el posterior fuego de armas de nuestros rescatadores, cosa que no sucede en ese orden, el camión es detenido directamente por las armas de nuestros compañeros. Mas o menos nos vienen a buscar a las 03:00 horas y allí el comienzo del Viaje al Infierno, subimos a un camión grande de Ejército, los 13 compañeros juntados previamente en la Alcaidía, salvo uno que trajeran desde investigaciones, el Chango y había otro camión mas chico con custodias, me parece que delante había un patrullero, que adentro de la ciudad iba, me parece cercano porque se veían algunos reflejos titilantes rojos propios de los mismos o de las balizas o de las luces en el techo, la verdad que no lo vi. Ahí se acrecienta la incertidumbre porque el fragor del combate se avecinaba, junto con los miedos. Teníamos en el camión en que viajábamos cuatro custodios, jóvenes como nosotros y parecían por su presencia oficiales, habían aprendido a sacarse los grados por que eso indicaba a quienes debíamos disparar primero. Cuanto tiempo de viaje, una eternidad, la señal de la Operación Tampón (nombre dado por eso de “siempre libre”) Por seguridad les ponían siempre nombres afines, Primicia (ataque al Regimiento de Formosa porque era la primera en su magnitud), Gallina (juicio y fusilamiento de un compañero por cobardía) y Tampón comenzaba con el camión parado por los miguelitos… YO LA PASE,… el camión frena abruptamente, empezando a dar saltos propios al tomar la banquina con cierta velocidad y lo despareja de la misma quedando detenido bastante ladeado sobre ella,… los disparos atroces, intensos, crueles sobre el mismo,… sobre nosotros,… miedo, mas miedo, si bien esperábamos esto desde la salida de la Alcaidía, la realidad brutal se instalaba entre todos. Veo a Mincho que estaba sentado enfrente a mi, pero más adelante sobre la cabina que se cae al piso, producto de una de las tantas balas, …miedo, más miedo, más no terror, …este paraliza y todos actuamos como estaba previsto, en tropel hacia las compuertas, momentos previos nos habíamos ido sacando las esposas, eran tan ordinarias que con un golpe se abrían. Pág. Nº 247

Los custodios confundidos y con tanto miedo como nosotros y sin saber que hacer en esos segundos de descuidos son llevados por delante, el que daba el momento era el Flaco Martín, que tenía sobrada experiencia de combate (Primicia)y todos los imitamos. La custodia es atropellada y llevada por delante, uno de ellos es arrojado al vacío cayendo de espalda desde el camión a la banquina y todos saltamos menos Mincho y salimos en todas direcciones para alcanzar las zonas de reunión. Una de ellas más problemáticas la del sur, porque debíamos sortear por el monte el segundo camión de custodia, pero más atrayente porque Resistencia, Corrientes estaban a un paso y refugio seguro, la otra hacia San Martín, el tiempo para llegar y escondernos era más largo aunque supuestamente más fácil de llegar a los compañeros. YO LA PASE…, los veo caer a Lito y a Carú casi al mismo instante, no se si heridos o que, no me detengo, perdón por ellos y sigo corriendo, motivado por mi miedo y más miedo, por instinto de supervivencia, estómago estrujado, la cabeza me bullía, balas cerca, de ellos o de los nuestros, no se,… solo sabía que algunas de ellas podía tener mi nombre, corro, corro y corro, me lastiman las ramas del monte, me caigo, me arrastro, me levanto y sigo corriendo en dirección hacia las zonas prefijadas desde nuestro encierro previamente según directivas de el Jote, al que nunca conocí, por seguridad y diferencias de grado. Las zonas de reunión parecían claras en la Alcaldía, en la oscuridad, balas de por medio, monte, miedo, eran corridas hacia la nada y de echo no la encontré y ahí vuelvo a caer en un pozo como explicara anteriormente y allí llegó el terror a reemplazar al miedo que venía a decirme acá estoy, el hueco, el agua, las totoras, la fatiga… YO LA PASE,… no se me ocurrió buscar los “embutes” (depósitos disimulados) con armas que el Jote nos había anunciado en la cartita, era para los desenganchados de la Operación Tampón (rescate) que no encontraran las zonas de reunión, me parecía trivial, lo único era quedarme quieto, con mi miedo y terror de compañeros en ese pestilente escondite y el tiempo, el tiempo cruel inacabable, hacía estragos en mi paciencia, escuchaba voces, órdenes de patrullas que parecían estar sobre mi y el miedo, miedo y terror. Parecía tan sencillo en la carta del Jote y era tan difícil en la realidad, ¿Cuál era la zona de reunión?, ¿Dónde estaban mis compañeros?, la verdad no la busqué, la noche en donde todos los gatos son pardos, los disparos, el monte que te desorienta durante el día y peor en la noche, el camión detenido en cualquier parte, los miguelitos para nuestro camión no funcionaron ¿Por qué? Si encontraron los “embutes” aquellos que se fugaron del camión y quedaron en la zona, no lo se, la versión policial dicen que si, más nunca pude y tampoco intente reengancharme, miedo, miedo, y básicamente desertara y no quería volver a sufrir, pero también tenía fresca la Operación Gallina (por cobardía), por el cual le habían hecho un juicio revolucionario al Oficial 1º Andrés y lo mataran en Corrientes los Montoneros, nosotros,… compañeros de este buen tipo al que conocí poco, creo que el cargo que más pesaba sobre él, ser hijo de un militar, su juicio fue una burda parodia de trasnochados. Así que debía cuidarme de la Policía, del Ejército y de mis antiguos compañeros de militancia armada, pero volviendo a las zonas de recibimiento y de reunión punto de contacto, presupongo que cuatro de mis compañeros trasladados, el Chango, que elude la zona y días después lo matan en un enfrentamiento en Campo Grande Misiones, el Bocha, el Corto y Damián, lograran salir de la zona y yo obviamente, pero salí de la zona solo. Sobre Damián escuchara que se fue a Méjico, de los otros no tengo noticias. Contar casi los cuatro días en el agujero con agua, forma parte de otra historia, tomar el agua en esas condiciones me trajo otros problemas, el calor, los insectos, el regreso al interior del Chaco, el refugio en el campo de mi suegro Nikcevich, otra prisión, no porque fuera maltratado, sino por el encierro, que me imponían y me auto imponía, pero rescato un amor furtivo que diera sus frutos una bebé hermosa Chiara, pero junto con el vinieron Pág. Nº 248

nuevos problemas y más graves ya que partían de mi entorno más intimo, Delia, mi esposa y mi suegro. Además estaba mi hija legal Eva. YO LA PASE,…volviendo a mi escondite, los cuatro días fueron inacabables, lastimado y herido, nunca pude determinar si fuera de bala o de los alambrados o de las ramas que me llevara por delante en la huida, estaba en varios lados lastimados y ahí vinieron recuerdos del viejo abuelo correntino de las nobleza de palo santo, por si alguno se lastima y corteza de lapacho, para la sangre y los dolores, algunas raíces de abrojito y de tutiá para refrescar el agua… paico y yerba lucero…en fin, mis autocuraciones camperas. Mi cabeza bullía, como alcanzar el campo de mi suegro de la Montenegrina en este estado, hambriento, herido, sucio, con partes de mi ropa desgarradas. Además de presumibles controles policiales y del Ejército, se sumaban los compañeros de militancia encontrar al “desenganchado”, y en mi quería desertar. De pronto me acuerdo del dueño del campo Pegoraro a la que había visitado varias veces, en relación de amistad y profesional, era el lugar a ir. Relativamente cerca y zona conocida, pero manejándome de noche se me alargo el tiempo, o todo me parecía eternidad, cierto, miedo, más miedo. Cuando llegue don Alberto se asustó, primero no me reconoció, buen hombre me curo, me alimento y me dio ropas, me bañe. Por supuesto me contó que el Ejército habían pasado por la Estancia rastrillando buscando fugitivos, que revisaron el casco y se retiraran buscando por el monte y que en ese momento se anoticiara del ataque de subversivos a una columna militar en cercanías de Margarita Belén, y que por informaciones de lugareños sabía que después de dos días de realizar esta actividad se habían retirado de la zona. Igual me alojó una semana y me pedía no saliera de la casa y no me hiciera ver con los peones. Comida, curaciones, baño, ropa, cama, dormir,… nunca aprecié tantos estas cosas rutinarias que a diario hacemos sin valorar,… un sueño hecho realidad, ¿Por qué había caído en semejante desatino, teniendo un título, posibilidades de crecimiento, paz, tranquilidad, familia que me esperaba, ¿Por qué? Don Alberto me da a leer el Territorio de esos días y completo un panorama bastante verídico a lo sucedido, que completa con lo que sabía y habiendo sido protagonista,… por supuesto don Alberto curioso quería saber, pero no soy muy explícito con el tema, seguía en mi prevaleciendo la seguridad, seguridad y más seguridad y no insistió más cuando le dijera que era por su propio bien. Vivía solo de martes a jueves (normalmente) en la Estancia y el resto en Resistencia y durante los días que estaba en el campo lo visitaba una guainita, así cuando llegué no estaba y el por viajar a Resistencia. Cosa que izo el viernes y volvió el domingo. Por supuesto que le dije que no hablara ni contara nada a nadie y me propuso hablar con mi esposa o algún familiar desalentándolo, diciéndole que los teléfonos estarían intervenidos, aceptándome la argumentación dada. Me comento que había hablado con la guainita para que en la próxima semana no viniera, pobre don Alberto lo jodo en la única diversión que tiene. Antes de que se fuera le recomiendo tantas veces que no hable con nadie de mí presencia, hasta el tormento, la gente de campo es tan propensa ayudar al hermano en desgracia, que sentía remordimiento por el compromiso en que lo metía. La necesidad tiene cara de hereje y yo era un gran necesitado, situación que me llevó toda la vida a estar agradecido de su bondad, máxime que no tenía ningún compromiso con la Organización, ruego a Dios no ponerlo en problemas. Es por ello que este recuerdo para mis hijas, escrito en el monte en el campo de mi suegro en la Montenegrina, en una de las tantas veces que me refugiara cuando a lo lejos se veía venir visitantes, pido que sea entregado a mis hijas si me pasara “algo” y ellas fueran mayores de edad y que comprendieran mis sufrimientos y que los errores de vida los pagamos,… les transmito experiencia para que no se equivoquen y en honor a la verdad. Pág. Nº 249

YO LA PASE,… el domingo, cuando vuelve de Resistencia don Alberto, me encontraba mejor, se me había pasado la descompostura de vientre, mis lastimaduras o heridas comenzaban a sanar, lo único que no cesaba era el dolor de mi rodilla izquierda que me hacía renguear llamativamente y no podía determinar cuando sucediera el golpe o contra que de ese 13/12/76 tan nefasto de mi vida. Ansioso esperaba su venida. Era por el tema de seguridad y alguna noticia nueva, pero nada, las noticias se fueron diluyendo de los medios para dar paso a las tantas locuras que pasaban en el país, Margarita Belén era historia, para el resto, pero no para mi en la que seguí conviviendo con la misma. Llevaba 15 días abusando de don Alberto, de su generosidad, por lo que planifique la ida al campo de mi suegro, el que me lleva en su Ford F100 en la caja entre unas bolsas de fertilizantes con unas botellas de agua. Salimos el lunes del campo a las 14:00 horas, el calor era insoportable y siendo esta la consideración que más influyera en mi decisión para que no hubiera instalado ningún control policial funcionando en el viaje a la Montenegrina. Paró varias veces para que estirara las piernas y ponernos al amparo de algún virá pita que nos diera su bendita sombra. Después de varias horas de viaje me deja sobre los bordes del campo de mi suegro, con comida, agua, unos pesos y su bendición. Me arrimara hasta lo más cerca de la casa con la protección del monte, para observar quienes estaban, no conforme me quedara esa noche en el monte y a la mañana siguiente volví a estudiar esa situación y al comprobar que no había miradas indiscretas me apersoné al lugar. Estaban Delia mi esposa y Eva mi hija, mi suegro, quedaron estupefactos, tiesos y después de segundos reaccionaron llenos de alegría, por supuesto los borbotones de palabras y preguntas, dudas y demás necesidades propias de quienes me daban por muero o en el mejor de los casos escondido en algún lugar de la organización. Por supuesto los cocientizo en el tema de seguridad y me entero que personal policial, estuvieran con los vecinos averiguando sobre mi presencia últimamente en la zona. También llegaran compañeros de la orga con la cobertura de Ligas Agrarias, Raúl y Héctor, conocidos de mi suegro y Delia, para saber sobre noticias mías, en días previos a mi llegada, también vinieran al campo por enero del 77 una vez Susana y posteriormente cada tanto llegaban algunos, Miguel, Pedro, Ernesto, Pablo y el último fuera Pepe. Por supuesto lo veíamos llegar y ganaba la protección del monte o en el disimulado sótano de la casa. Se iban sin noticias y por supuesto ya aleccionados los míos los atosigaban de preguntas y así sucedían los días, los meses y los años. Mi nueva cárcel, el campo, el monte o el sótano. En esos momentos, cuando llegaban visitas, cortas o largas y a medida que pasaba el tiempo me aventuraba un poco más en la exploración y aburrido, me sorprendí con María y allí comenzaron los problemas, allí nació Chiara, momento de debilidad producto de mi inacabable encierro. Empecé a desaparecer no producto de las visitas y empezó a sospechar mi suegro, duro, inflexible, primero sospechaba que la orga, había realizado contacto conmigo a sus espalda y me quería matar, después empezó a sospechar lo real, inducido por quejas de mi esposa Eva. No lo conocía con ira, había escuchado cosas espantosas de los Montenegrinos, pero nunca le di crédito y ahora me afloraba otra vez el miedo, miedo que no quiere abandonarme, y se suman al desquicio María y Chiara. María en su deseo de tenerme con ella, violo una norma de seguridad al traerme un primo de ella y que a su vez amigo mío de la UBC “Interior” y de las Ligas Agrarias, al que tenía como “desaparecido”,… Raúl. Enorme fue la sorpresa al reunirme con María apareciera él, ¡¡¡sorpresa!!! Me confundió, me molestó y me agrado, sentimientos que se me instalaron sin solución de continuidad y al unísimo, ¿Vivo?, ¿Qué paso?,¿Cómo desapareciste?, ¿Qué hiciste para ocultarte tanto tiempo de la orga y de la Policía?, infinidad de preguntas a este descendiente de croatas y montenegrinos,… entre el miedo y el terror que volvían después de mi huida de Margarita Belén, ¿Venían a buscarme? Pág. Nº 250

Me tranquilizó diciéndome que el herido lograra refugio en los campos de la Montenegrina de parientes,… la familia y su decisión era que desertara y así lo hizo, después de recuperarse, consiguieran documentación falsa con un sosias real de un formoseño sin parientes que trabajaba de peón y que murieran en una pelea de ebrios en el campo familiar y para no tener problemas con la Policía lo enterraron en el monte. Así adquirió nueva identidad yéndose a vivir al norte de la Provincia de Santa Fe y se encuentra instalado allí, porque acá era muy conocido, con su familia y dedicándose a la explotación de un campo y evitando todo tipo de actividad política, demostrándome que se puede empezar de nuevo. Los nombres que doy son nombres de guerra, reales, no inventados por mí, salvo los de mi esposa, mi amante y mis hijas que son los propios. Intentaré si puedo ese camino, si puedo salir de la esfera de mi suegro “sacado” por su sospecha de María, por las dudas le doy una copia de mi experiencia a Raúl para que se los transmita cuando crea oportuno a mis hijas. Temo por mí. Yedro

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8) Anexo 4 - Croquis del Lugar del Hecho

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9) Anexo 5 – Desaparecidos-Aparecidos Muestreo de localizados como muertos o vivos período democrático 1. BOERO CASALE OSCAR RAMON Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 994 Caso 4 en RIMte 29 Formosa 05/10/75 – Anexo a: Diario Tiempo de Formosa 26/03/01 – Anexo b: Figuran como desaparecidos en el libro de D’Andrea Mor Memoria Debida. Enterrados como NN en el Cementerio Norte de la ciudad de Formosa. Causa Juzgado Federal de Formosa. 2. BUSTOS BAFFETTI MIGUEL ÁNGEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 997 Caso 7 en Corrientes 08/10/75 – Anexo a: Diario Tiempo de Formosa 26/03/01 - Anexo b: Figuran como desaparecidos en el libro de D’Andrea Mor Memoria Debida. Enterrados como NN en el Cementerio Norte de la ciudad de Formosa. Causa Juzgado Federal de Formosa.

3. CAMUYRANO BOTTINI MARIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 999 Caso 3 el 08/75 en Pilar Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 30/08/75 en Pilar Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 4. DEL FABRO DE BERNARDI EDUARDO JOSE MARIA NG Ricardo Vaccari Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1011 Caso 6 el 27/08/75 en San Vicente Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 10/09/75 en Sarandi Buenos Aires Anexo a: 05/02 exhumados e identificado sus restos por el EAAF con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 5. DERGAN JORGE LUIS NATALIO ABDALA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1012 Caso 5 el 28/11/74 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/01/75 en Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 6. JENSEN ARIAS EDUARDO JUAN Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1042 Caso 7 el 15/01/75 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 11/75 en Malagueño Córdoba (Ver NM Tomo II) 7. MALMIERCA SANCHEZ ALDO JULIAN Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1056 Caso 5 el 23/05/75 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 22/06/75 en Faimallá Tucumán (Ver NM Tomo II) 8. MEDINA GRAMAJO JOSE DESIDERIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1063 Caso 3 el 26/04/75 en Graneros Tucumán y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/04/75 en Tucumán (Ver NM Tomo II) 9. OSATINSKY SCHLOSBERG MARCOS Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1076 Caso 6 el 08/75 en Córdoba y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 21/08/75 en Córdoba Capital (Ver NM Tomo II) 10. PIETRAGALLA VENTURA HORACIO MIGUEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1082 Caso 2 el 15/10/75 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/11/75 en Córdoba Capital - Anexo a: 08/03 exhumados e identificado sus restos por el EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba (Ver NM Tomo II) 11. RIVAS JOSE ALFREDO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1089 Caso 8 el 23/12/75 en Monte Chingolo Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 23/12/75 en Pilar Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 12. STIRNEMANN MATHIEV MARIO ALFREDO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1108 Caso 4 el 04/11/75 en Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 16/11/75 en Lomas de Zamora Buenos Aires - Anexo a: exhumados e identificado sus restos por el EAAF con intervención del Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº 11 de Lomas de Zamora (Ver NM Tomo II) Pág. Nº 253

13. TESTA ANA MARIA Supuestamente desaparecida el 08/01/76 en Córdoba – Viva Anexo a: Radio 10 González Oro. La principal acusadora del Cáp. Corb. (R) Ricardo Carballo, en la Justicia de España, ante el Juez B. Garzón. Sería María Ana Catalina. 14. TISMINETZKY KESTELBOIM CLAUDIO ARTURO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1110 Caso 2 el 23/12/75 en Buenos Aires - Anexo a: exhumados e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo II) 15. VELAZQUEZ AYALA ALFREDO RUBEN - Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 1118 Caso 2 – RIMte 29 Formosa 05/10/75 – Anexo a: Diario Tiempo de Formosa 26/03/01 - Anexo b: Figuran como desaparecidos en el libro de D’Andrea Mor Memoria Debida. Enterrados como NN en el Cementerio Norte de la ciudad de Formosa. Listas de APDH Formosa de muertos en ocasión de intento copamiento enterrados como NN en el Cementerio Norte de Formosa. Causa Juzgado Federal de Formosa.

Muestreo de localizados como muertos o vivos período PRN 1. ABBAGNATO RAMALLO OSVALDO CESAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 18 Caso 7 Villa Constitución el 10/76 y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/11/76 en Villa Constitución - Anexo a: 12/02 identificado a resolución Cámara Federal de la Capital Federal. 2. ADJIMAN BROTMAN JORGE SIMON Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 24 Caso 5 Capital Federal 06/09/76 – Anexo a: 1984 Exhumado e identificado por el EAAF. (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Clarín 21/12/82 cadáveres identificados por la PFA y entregados a sus deudos. 3. ADJIMAN BROTMAN LEONARDO NATALIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 24 Caso 6 Lomas de Zamora Buenos Aires el 06/09/76 - Anexo a: 1984 Exhumado e identificado por el EAAF. (Ver NM Tomo I) 4. AGUIRRE DOMÍNGUEZ ADRIAN OSCAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 29 Caso 5 el 02/02/77 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 13/02/77 en Córdoba Capital. (Ver NM Tomo I) 5. AKSELMAN CARDELLA LETICIA MABEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 32 Caso 4 en Lomas de Zamora Buenos Aires el 12/06/76 y el fallecimiento / hallazgo de sus restos en Del Viso Buenos Aires 03/07/76 - Anexo a: 1987 Exhumado e identificado por el EAAF, Cementerio de Gran Bourg. (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 195-202, de Cohen Salama Mauricio – Anexo c: http://www.eldescamisado.org Son asesinados en Villa Del Viso junto con Gabriel E. Dunayevich y Federico J. Martul 6. ALVARENGA DE CUADRA JOSE LUIS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 45 Caso 2 en Almirante Brown Buenos Aires el 15/03/77 - Anexo a: Año 1984 exhumado e identificados sus restos. (Ver NM Tomo I) 7. ALVAREZ GARCIA CESAR GODY Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 48 Caso 5 en Capital Federal el 26/04/76 y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 05/05/76 Merlo Buenos Aires - Anexo a: Año 07/77 exhumado e identificados sus restos. (Ver NM Tomo I) 8. ALVAREZ RODRIGUEZ ALEJANDRO Hippie Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 49 Caso 7 en Punilla Córdoba el 13/08/76 - Anexo a: En 11/05 exhumado e identificados sus restos por EAAF con intervención Justicia Federal de Córdoba. (Ver NM Tomo I) 9. ALVAREZ SARMIENTO de SCURTA DOMINGA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 50 Caso 3 en San Salvador de Jujuy el 26/05/76 y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 12/06/76 en San Salvador de Jujuy - Anexo a: En 01/84 exhumado e identificados sus restos con intervención Justicia Federal. (Ver NM Tomo I) 10. ALZOGARAY GARAY CONRADO OSCAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 51 Caso 3 en José León Suárez Buenos Aires el 16/07/76 y el fallecimiento / hallazgo de sus Pág. Nº 254

restos el 20/08/76 en Fátima Pilar Buenos Aires – Anexo a: En 09/83 exhumado e identificados sus restos (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Prensa Diputada Nacional Isabel Artola [email protected] Cadáver en Cementerio de Derqui, reconocido por ADN, de Orden Judicial en Juicios por la Verdad 1995 identificado por EAAF. Muerto en Fátima del 19/08/76 11. AMADIO ROMANO MARIA ELENA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 51 Caso 7 el 29/03/76 en Capital Federal – Anexo a: 08/05 exhumado e identificados sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 12. ANTOÑANZAS PEREZ NESTOR RUBEN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 59 Caso 4 el 22/04/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/06/77 en Mar del Plata Buenos Aires - Anexo a: 1996 exhumado e identificado sus restos (Ver NM Tomo I) 13. ANTONINI ALONSO OSCAR ROQUE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 59 Caso 6 el 02/77 en La Matanza Buenos Aires (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 159, de Cohen Salama Mauricio. Muerto en 02/77 en enfrentamiento con FFSS. 14. ARAUJO HERRERA EDUARDO CESAR Viru/Petiso Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 63 Caso 8 el 14/08/76 en Tucumán Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/09/76 en Tucumán Capital (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae combatiendo el 03/09/76 en Tucumán junto con Raúl A. Carlevero 15. ARGENTE MARTINEZ JORGE DANIEL Biafra Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 69 Caso 1 el 17/07/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Pilar Buenos Aires – Anexo a: 08/00 identificada a Resolución Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Prensa Diputada Nacional Isabel Artola [email protected] Cadáver en Cementerio de Derqui, reconocido por ADN, de Orden Judicial en Juicios por la Verdad 1995 identificado por EAAF. 16. ARGIBAY CARMEN Supuestamente desaparecido el 24/03/76 – Viva - Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 17. ARROSTITO REBOLINI ESTHER NORMA Gabi Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 74 Caso 3 el 02/12/76 en Capital Federal – Anexo a: Soldados de Perón de Richard Gillespie Ed Grijalbo SA 1987 Pág. 302 nº 58. 18. ATTADEMO ABIGAIL ARMANDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 79 Caso 3 el 04/06/76 en Tres de Febrero Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/07/76 en Bancalari Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 19. AUAD JURE de GENOVES ANGELA Mosi Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 79 Caso 5 el 08/12/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/12/77 en Santa Teresita Buenos Aires – Anexo a: 08/05 exhumado e identificados sus restos por EAAF con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 20. BALLESTRINO ROA de CAREAGA ESTHER Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 87 Caso 5 el 05/12/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/12/77 en Santa Teresita Buenos Aires – Anexo a: 04/05 exhumado e identificados sus restos por EAAF con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 21. BARCO GUEVARA LUÍS ÁNGEL Ejecución sumaria NM Tomo I Pág. 92 Caso 4 en Margarita Belén 13/12/76. - Anexo a: En la CONADEP 84 no figuraba y en la edición 2006 aparece con Legajo 6131. Esta sola mención lo hace un no desaparecido como en el resto de los casos. - Anexo b: Acta de Defunción Causa 306/01 Larrateguy y otros, a fojas 232 en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo c: Libro Índice de Fallecidos del Cementerio de Resistencia inhumado en la Sepultura 64, Sección 12, Letra G Mayores. Anexo d: Libro Registro de Inhumaciones en el Cementerio de Resistencia Causa 306/01 fojas 239. Anexo e: Libro de Sepulturas del Cementerio de Resistencia, en donde el cadáver fue entregado a sus familiares el 17/01/77 y trasladado el mismo con destino a Presidencia Roque Sáenz Peña – Chaco. Causa 231/84 Denuncia de la APDH Chaco ante la Pág. Nº 255

CONADEP por Margarita Belén, fojas 73. - Anexo f: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 22. BARJACOBA CORBIN DANIEL OSCAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 93 Caso 1 el 02/10/76 en San Nicolás Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 18/10/76 en Los Surgentes Córdoba (Ver NM Tomo I) 23. BARONE BACCARO GERARDO ADOLFO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 93 Caso 7 el 06-07/76 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 13/07/76 en Mar del Plata Buenos Aires. (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 162, de Cohen Salama Mauricio. Abatido en Mar del Plata en 1976 e inhumado en 1984. 24. BARRIOS OCAÑO de CASTRO LILIANA SOFIA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 97 Caso 7 el 24/04/76 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 27/04/76 en Córdoba – Anexo a: 07/03 exhumado e identificados sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba. (Ver NM Tomo I) 25. BEAIN LOZANO OMAR ADALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 102 Caso 7 el 04/11/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/12/76 en San Isidro Buenos Aires (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 141-143, de Cohen Salama Mauricio – Anexo b: Inhumado en el Cementerio de Boulogne el 25/04/84 26. BERNAL TEJADA JUAN VICENTE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 115 Caso 3 el 25/05/76 en Godoy Cruz Mendoza – Anexo a: 1984 exhumado e identificado sus restos. (Ver NM Tomo I) 27. BETTANIN FERRARO CRISTINA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 118 Caso 7 el 02/01/77 en Rosario Santa Fe – Anexo a: 01/79 exhumado e identificado sus restos y entregado a su familia (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Soldados de Perón de Richard Gillespie Ed Grijalbo SA 1987 Pág. 219 nº 40, muerto. Sería la esposa Cristina Colmenares de Bettanin Ferraro. 28. BETTANIN FERRARO GUILLERMO JUAN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 119 Caso 1 el 07/05/76 en Capital Federal – Anexo a: Según Nadie Fue de J. B. Yofre Ed. Sudamericana 2008 Pág. 453, muerto. 29. BETTANIN FERRARO LEONARDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 119 Caso 2 el 02/01/77 en Rosario Santa Fe – Anexo a: 01/79 exhumado e identificado sus restos y entregado a su familia (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Soldados de Perón de Richard Gillespie Ed Grijalbo SA 1987 Pág. 219 nº 40, muerto. 30. BETTI GOMEZ ROSA RUFINA de CASAGRAN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 119 Caso 3 el 13/11/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/12/76 en San Isidro Buenos Aires (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 141-143, de Cohen Salama Mauricio. Inhumados en el cementerio de Boulogne el 25/04/84 31. BRONZEL PODOLSKY JOSE DANIEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 143 Caso 1 el 27/07/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Pilar Buenos Aires – Anexo a: 08/00 identificación a Resolución de Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Diario La Nación Pág. 14. – Anexo c: Muerto en enfrentamiento e identificado a partir de un trabajo del EAAF en el año 2000 Prensa Diputada Nacional Isabel Artola [email protected] 32. BUFFA GABBA ARNALDO HAROLD Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 146 Caso 2 en Jun-Jul/76 en Paso de los Libres Corrientes y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/07/76 en San Martín Buenos Aires – Anexo a: 12/02 identificación a Resolución de Cámara Federal de la Capital Federal. (Ver NM Tomo I) 33. BUGALLO SIÑERIO RUFINO ANTONIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 146 Caso 4 en 23/02//77 en Ensenada Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 05/09/77 en Ensenada Buenos Aires. (Ver NM Tomo I)

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34. CABALLERO CADELLI EDUARDO ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 153 Caso 6 en 02/09//77 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/11/77 en Mar del Plata Buenos Aires. (Ver NM Tomo I) 35. CABRAL BALMACEDA IRIS BEATRIZ Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 155 Caso 6 el 15/05/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Esteban Echeverría Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 36. CAFFERATA MARTIARENA CARLOS ANTONIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 159 Caso 7 el 29/07/76 en Córdoba Capital – Anexo a: 12/05 exhumado e identificados sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba. (Ver NM Tomo I) 37. CALCAGNO DI LUCA CLAUDIA ALEJANDRA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 162 Caso 3 en 15/04//77 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/06/77 en Morón Buenos Aires – Anexo a: 1984 exhumado e identificado sus restos (Ver NM Tomo I) 38. CAMACHO OSORIA LUIS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 164 Caso 7 el 15/08//76 en Buenos Aires – Anexo a: 1979 exhumado e identificado sus restos en el Cementerio De Morón (Ver NM Tomo I) 39. CANDELORO TROIANO JORGE ROBERTO José/Manolo Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 171 Caso 2 en 13/06/77 en Confluencia Neuquén y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 28/06/77 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 40. CANDIA CORREA FRANCISCO EDGARDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 171 Caso 3 el 17/06/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 21/06/76 en Capital Federal – Anexo a: 11/01 identificación a Resolución de Cámara Federal de la Capital Federal. (Ver NM Tomo I) 41. CANZIANI MOLTENI LELIO ANTONIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 175 Caso 2 el 10/06/76 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 15/07/76 en Córdoba. (Ver NM Tomo I) 42. CANZIANI SCHIEMER CARLOS LUCIANO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 175 Caso 3 el 15/04/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/04/76 en Avellaneda Buenos Aires. (Ver NM Tomo I) 43. CARLEVARO MAZAL RAÚL ALFREDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 181 Caso 4 el 22/07/76 en San Miguel de Tucumán y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/09/76 en San Miguel de Tucumán (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org Cae combatiendo el 03/09/76 en Tucumán con Eduardo Araujo. 44. CARLOVICH RICORDI ADRIAN ORLANDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 182 Caso 1 el 10/06/77 en Bahía Blanca Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 09/09/77 en La Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 45. CARNAGHI CIRULLO CARMEN MARÍA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 182 Caso 3 en 04/08//76 en Vicente López Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Buenos Aires – Anexo a: 08/00 exhumado e identificado por Resolución de Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Prensa Diputada Nacional Isabel Artola [email protected] muerto en Fátima, el cadáver aparecido en Cementerio de Derqui, reconocido por ADN, de Orden Judicial en marco Juicios por la Verdad 1995. 46. CARNEVALE CONTI LUIS AGUSTIN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 182 Caso 6 el 14/04/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 15/04/76 en Vicente López Buenos Aires. (Ver NM Tomo I) 47. CARREÑO CORA VICENTE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 185 Caso 3 el 18/09/78 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 18/09/78 en La Plata Buenos Aires. (Ver NM Tomo I) 48. CARRIZO BANEGAS EUGENIO MIGUEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 187 Caso 7 el 26/07/77 en Capital Federal (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Clarín 21/12/1982 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio de La Chacarita, fallecido en el año 1977. Pág. Nº 257

49. CARRIZO BUSTOS MIGUEL ENRIQUE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 188 Caso 1 el 16/06/76 en Gral. Sarmiento Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/07/76 en Capital Federal. (Ver NM Tomo I) 50. CARRIZO CORREA JUAN CARLOS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 188 Caso 5 el 14/11/77 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/11/77 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 69, de Cohen Salama Mauricio. Inhumado como NN en el Cementerio Parque de Mar del Plata 51. CARETTI RIOS CRISTIAN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 180 Caso 5 el 14/09/76 en Vicente López Buenos Aires (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae el 14/09/76 en Buenos Aires junto con Miguel Lizazu y Sergio Gass. 52. CASAGRANDE REGINI RODOLFO LUIS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 191 Caso 2 el 13/11/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/12/76 en Vicente López Buenos Aires. (Ver NM Tomo I) 53. CASSON CORIA NILS ALFREDO Supuestamente desaparecido el 01/08/76 en Salta – Vivo - Anexo a: Juzgado Federal de Resistencia y Voz del Chaco del 08/03/07, presentación espontánea, para recuperar identidad. 54. CASTILLO BARRIOS ALICIA RAMONA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 199 Caso 3 el 12/03/77 en Moreno Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 13/03/77 en El Palomar Buenos Aires. (Ver NM Tomo I) 55. CENA CAMPAÑARO JORGE NESTOR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 207 Caso 3 el 15/11/76 en La Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 141-143, de Cohen Salama Mauricio. Inhumado en el cementerio de Boulogne el 25/04/84. Se reconoce el cuerpo por medio de huellas dactilares. 56. CENTENO SOTO NORBERTO OSCAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 207 Caso 5 el 07/07/77 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 14/07/77 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 57. CERVIÑO PALMIERI JUAREZ MARÍA TERESA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 210 Caso 2 el 26/04/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 28/04/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 58. CHAMORRO de CORRO ADRIANA Supuestamente desaparecida el 23/02/78 en Capital Federal - Anexo a: una de las que recibió la ESMA. 59. CHANGAZZO RIQUIFLOR JOSE ADHEMAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 212 Caso 3 el 21/09/77 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/11/77 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 60. CHESTER GOLTZ JACOBO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 215 Caso 1 el 26/11/76 en Morón Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 02/12/76 en Capital Federal (Ver NM Tomo I) 61. CHIZZOLA CANO EDUARDO EFRAIN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 217 Caso 1 el 17/04/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/04/76 en Capital Federal – Anexo a: 08/02 identificación a Resolución de Cámara Federal de la Capital. (Ver NM Tomo I) 62. CIRULLO AGUIRRE HAYDEE ROSA NG Tota - Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 220 Caso 3 el 04/08/76 en Vicente López Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Buenos Aires – Anexo a: 06/01 identificación a Resolución de Cámara Federal de la Capital. (Ver NM Tomo I) 63. CIUFFO FERRERO DANIEL JESUS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 221 Caso 4 el 20/04/77 en Morón Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Esteban Echeverría Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 64. COCONIER MARTINEZ ALBERTO LUIS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 224 Caso 1 el 14/04/76 en San Fernando Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 02/07/76 en San Isidro Buenos Aires (Ver NM Tomo I) Pág. Nº 258

65. COLOMBO NOTTA OSVALDO ISIDORO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 226 Caso 7 el 06/11/76 en Corriente Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 06/11/76 en Corriente Capital – Anexo a: Según Diario Época de Corrientes del 07/11/76 en enfrentamiento con Fuerzas Legales. 66. COMAS ALVARIÑO ALBERTO EVARISTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 228 Caso 1 el 29/07/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Buenos Aires (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Prensa Diputada Nacional Isabel Artola [email protected] Cadáver aparecido en Cementerio de Derqui, reconocido por ADN, de Orden Judicial en marco Juicios por la Verdad 1995. 67. CONDOMI PODESTA MIGUEL ENRIQUE Moreyra/Chango Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 229 Caso 5 el 29/09/76 en Buenos Aires Oeste y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 01/10/76 en Merlo Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 68. CONTI HAROLDO PEDRO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 230 Caso 7 el 04/05/76 en Capital Federal –Anexo a: Según Fuimos Todos Ed. Sudamericana de J. B. Yofre 2008 Pág. 33, muerto.

69. CORBALAN REVIRIEGO FRANCISCO ESTEBAN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 232 Caso 4 el 24/06/77 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/06/77 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 70. CORREA AYESA VICTORIO SATURNINO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 238 Caso 2 el 29/08/77 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 13/10/77 en Mar del Plata Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos (Ver NM Tomo I) 71. CORTI BOGGERO LILIANA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 241 Caso 4 el 04/08/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: 08/05 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org Cae combatiendo con Eduardo Luís Hurst y Marcelo Rave en Villa Martelli el 04/08/76 de la Columna Norte. 72. COSTANZO MORAL CRISTINA NOEMI Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 243 Caso 1 el 13/10/76 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/10/76 en Marcos Juárez Córdoba – Anexo a: 03/84 exhumado e identificados sus restos (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 128-129-130, de Cohen Salama Mauricio Anexo c: http://www.eldescamisado.org en Córdoba Los Surgentes aparecen 7 cadáveres entre ellos la causante el 15/10/76. 73. CUEVAS GAMARRA MARIO Indio o Lito Desaparición forzada NM Tomo I Pág.250 Caso3 en Margarita Belén 13/12/76 – Anexo a: Libro de Sepultura del Cementerio de Resistencia, siendo exhumado y trasladado el 06/01/77 por sus familiares a Reconquista Santa Fe. Causa 306/01 Larrateguy y otros, fojas 193. Causa en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo b: Instrumento Público Acta de Defunción Causa 306/01, fojas 234. Anexo c: Libro Índice de Fallecidos del Cementerio de Resistencia, Letra C – Sepultura 17, Sección 12- Letra G Mayores. Causa 306/01 fojas 193. - Anexo d: Libro de Sepulturas del Cementerio de Resistencia, Causa 306/01 fojas193. - Anexo e: Libro Registro de Inhumaciones del Cementerio de Resistencia, Causa 306/01 fojas 239. - Anexo f: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. - Anexo g: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 no figura, y en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo CONADEP 6131. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 74. CURTINO LIBRA ROBERTO ANDRES Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 251 Caso 8 el 04/06/76 en 3 de Febrero Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/07/76 en San Fernando Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 75. D´ANGELO DESPRES JULIO RAUL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 253 Caso 8 el 04/07/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 04/07/76 en Capital Federal – Anexo a: 05/00 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I)

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76. DE CRISTOFARO CASTRILLON LUIS EDUARDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 260 Caso 1 el 16/05/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Monte Grande Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 77. DELFINO JEDLIZCKA LILIANA MARTA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 270 Caso 4 el 04/07/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires – Anexo a: Según Nadie Fue de Juan B. Yofre Pág. 259 Ed. Sudamericana 2008, muerto. 78. DELICOSTAS ECHARRI JORGE RUBEN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 272 Caso 2 el 03/07/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 11/07/76 en Ensenada Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 79. DEVIGO BARRAGAN SUSANA BEATRIZ Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 275 Caso 3 el 29/01/77 en La Matanza Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 30/01/77 en Morón Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 80. DIAZ ACUÑA LUÍS ALBERTO Mincho Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 280 Caso 7 en Margarita Belén 13/12/76 – Anexo a: Nota el 30/12/76 del Cnl Miguel A. Baguear, Jefe del Área 233 informando la muerte a sus familiares; sus restos a disposición en el Cementerio de Resistencia, el que no retiraran. Causa 231/84 Denuncia de la APDH Chaco ante la CONADEP por Margarita Belén y 306/01 Larrateguy y otros. Ambas Causas en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo b: Acta de Defunción Causa 306/01 fojas 227. - Anexo c: Libro de Sepultura del Cementerio de Resistencia, Letra D – Sepultura 10 – Sección 12 – letra G Mayores. Causa 306/01 fojas 191. - Anexo d: Libro Registro de Inhumaciones del Cementerio de Resistencia, Causa 306/01 fojas 238. Anexo e: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. - Anexo f: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 figura sin Número de Legajo y en su reemplazo en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo REDEFA 599. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 81. DIAZ LESTREM GUILLERMO RAUL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 283 Caso 1 el 20/10/78 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 30/11/78 en Capital Federal (Ver NM Tomo I) 82. DUNAYEVICH BRAUN GABRIEL EDUARDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 297 Caso 4 el 29/05/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/07/76 en Gral. Sarmiento Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 83. DUARTE RUIZ DIAZ CARLOS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 296 Caso 3 en Margarita Belén 13/12/76 – Anexo a: Libro de Sepultura del Cementerio de Resistencia, siendo exhumado y trasladado el 18/01/77 por sus familiares a Puerto Esperanza Misiones. Causa 306/01 Larrateguy y otros, fojas 189. Causa en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo b: Acta de Defunción, Causa 306/01 fojas 231, en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo c: Libro Índice de Fallecidos del Cementerio de Resistencia, Letra D, Sepultura 03, Sección 12, Letra G Mayores. - Anexo d: Libro Registro Inhumaciones del Cementerio de Resistencia, Causa 306/01 fojas 239. - Anexo e: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. - Anexo f: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 no figura y en su reemplazo en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo CONADEP 6131. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 84. DUQUET RENEE LEONIE HENRIQUETTE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 297 Caso 6 el 10/12/77 en La Matanza Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/12/77 en Gral. Lavalle Buenos Aires – Anexo a: 08/05 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 85. EL GANAME ZULEMA JOSEFINA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 301 Caso 2 el 08/09/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo I) 86. FABBRI FAVRE LUIS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 312 Caso 4 el 21/04/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Monte Grande Buenos Aires (Ver NM Tomo I) Pág. Nº 260

87. FERNÁNDEZ JORGE OSCAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 319 Caso 6 el 16/09/77 en Olavaria Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 25/09/77 en Tandil Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 88. FERNANDEZ GODOY CARLOS JOSÉ MARÍA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 322 Caso 8 el 04/09/76 en Teodolina Santa Fe - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae combatiendo el 27/09/76 en Paraná – Anexo b: Según La Nación del 08/10/76 cae el 24/09/76. 89. FERREYRA SUSANA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 331 Caso 3 en Campo Grande Misiones 16/12/76 – Anexo a: Causa 1- 432/06 Señor Fiscal de Cámara su denuncia por violación a los derechos humanos, Posadas agregado copia del diario El Territorio Misiones Pág. 6 del 19/12/76: …Al mismo tiempo en el Cementerio de Oberá se procedió a la inhumación del cuerpo de Susana Ferreira. En el mismo diario y misma fecha en Pág. 24, FUNEBRES. De Oberá Susana Ferreira falleció el 18/12/76. Sus familiares participan el fallecimiento y sepelio,… - Anexo b: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 no figura, y en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo CONADEP 6131. 90. FIOCHETTI ALVAREZ GRACIELA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 337 Caso 6 el 21/09/76 en Pringles San Luís y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 23/09/76 en San Luís Capital. - Anexo a: 1986 exhumado e identificado sus restos por el EAAF con intervención de la Justicia Federal de Mendoza (Ver NM Tomo I) 91. FLEITA DIAZ VELEZ de ARGUELLO MARÍA de las MERCEDES Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 339 Caso 2 el 23/09/76 en Córdoba Capital – Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae tras feroz resistencia junto con Isauro Cesar Arguello el 23/09/76 en Córdoba. 92. FONROUGE PAULIN de LIBRALATO ADELA ESTER Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 343 Caso 1 el 11/10/77 en La Plata Buenos Aires - Anexo a: 05/04 exhumado e identificado sus restos por el EAAF con intervención de la Cámara Federal de La Plata (Ver NM Tomo I) 93. FONSECA CUENCA NESTOR NARCISO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 343 Caso 3 el 31/05/78 en Mar del Plata Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 163-166, de Cohen Salama Mauricio. Inhumado en 1984. 94. FRANZEN BOGADO LUÍS ARTURO Colorado Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 350 Caso 1 en Margarita Belén 14/12/76 – Anexo a: Libro de Sepultura del Cementerio de Resistencia, siendo exhumado, retirado por sus familiares y trasladado a Posadas el 11/01/77. Causa 231/84 fojas 67. Causa 306/01 Larrateguy y otros. Causas en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo b: Acta de Defunción Causa 306/01, fojas 228. Anexo c: Libro Índice de Fallecidos del Cementerio de Resistencia, inhumado bajo letra M, en la sepultura 41, sección 12, letra G Mayores. - Anexo d: Libro Registro de Inhumaciones, Causa 306/01 fojas 239. - Anexo e: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. - Anexo f: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 figura sin Número de Legajo y en su reemplazo en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo SDH 1072. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 95. FRERS MARZIALI EIZABET Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 351 Caso 1 el 15/02/77 en Bahía Blanca Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 22/04/77 en La Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 96. FRIGERIO CONTESSI ROSA ANA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 352 Caso 5 el 25/08/76 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/03/77 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 67-68, de Cohen Salama Mauricio – Anexo b: Exhumada 12/82 97. FRONTINI ENTRENA NORMA SUSANA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 353 Caso 1 el 03/08/76 en 3 de Febrero Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos Pág. Nº 261

el 20/08/76 en Pilar Buenos Aires – Anexo a: 08/00 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 98. FRUTO VALDEZ LUIS MIGUEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 353 Caso 3 el 01/07/77 en Quilmes Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/12/77 en Quilmes Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 99. FUENTES CORRAL AMILCAR SEVERO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 354 Caso 3 el 26/10/76 en Necochea Buenos Aires – Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 141-143, de Cohen Salama Mauricio. Inhumado en el cementerio de Boulogne el 25/04/84. Se reconoce el cuerpo por medio de huellas dactilares. 100. GACHE MACHADO de ADJIMAN ESTELA MARIA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 357 Caso 1 el 06/09/76 en Capital Federal – Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. 101. GAGGERO PEREZ de PUJAL EMILIA SUSANA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 357 Caso 5 el 29/03/76 en Moreno Buenos Aires – Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org Cae combatiendo el 23/03/76 con Rodolfo Ortiz. 102. GALEANO PEDRO RAUL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 360 Caso 1 el 10/07/76 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 22/07/76 en Rosario Santa Fe (Ver NM Tomo I) 103. GALLINARI MATOS MIGUEL ANGEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 364 Caso 6 el 15/07/76 en Morón Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 21/07/76 en Merlo Córdoba (Ver NM Tomo I) 104. GARAY ORLANDO LIVIO OSVALDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 370 Caso 6 el 21/05/76 en San Fernando Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 18/07/76 en Capital Federal (Ver NM Tomo I) 105. GARCIA GASTELU HORACIO OSCAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 375 Caso 6 el 07/08/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Pilar Buenos Aires – Anexo a: 06/01 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 106. GARCIA NEIMANN GLADIS NOEMI Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 377 Caso 6 el 19/06/76 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 21/07/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires – Anexo a: 12/05 exhumado e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo I) 107. GARIN PENEDO de DE ANGELI MARÍA ADELIA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 382 Caso 2 el 13/01/77 en Quilmes Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 15/09/77 en Avellaneda Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 271 y 272, de Cohen Salama Mauricio. Inhumada el 19/01/91 en el Cementerio Avellaneda. 108. GAROFOLI NORI de PINEDO MARÍA CRISTINA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 383 Caso 4 el 01/06/78 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 01/06/78 en Mar del Plata Buenos Aires - Anexo a: Exhumada e identificados sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 64, de Cohen Salama Mauricio. Abatida en enfrentamiento el 13/07/78. Inhumada en el Cementerio Parque como exhumada en 1987. 109. GASPARINI FILIPPO NELO ANTONIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 385 Caso 3 el 18/04/77 en San Isidro Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Monte Grande Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 110. GASS SERGIO LEONARDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 385 Caso 4 el 14/09/76 en Vicente López Buenos Aires - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae el causante juntamente con, Cristian Caretti y Miguel Lizazu el 14/09/76 en Buenos Aires. 111. GATICA FELIPE OSCAR Supuestamente desaparecida el 01/04/77 en Berisso – Vivo – Niño restituido. 112. GATICA GARACOCHE MARIA EUGENIA Supuestamente desaparecida el 16/03/77 en La Plata - Vivo – Niño restituido. Pág. Nº 262

113. GATTI CASAL ADRIANA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 386 Caso 5 el 08/04/77 en Capital Federal - Anexo a: 1983 exhumado e identificado sus restos (Ver NM Tomo I) - Anexo b: De por Vida de Rita Arditti Ed Grijalbo Mondadori Pág. 280 nº 50, muerto. – Anexo c: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 64, de Cohen Salama Mauricio. Se desconocía su paradero desde el 08/04/77, día que murió en un enfrentamiento, sus restos inhumados como NN en la Chacarita el 21/12/82. 114. GAU AGUER de BERARDI MARIA ISABEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 386 Caso 7 el 20/11/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 22/11/76 en La Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 115. GAUD FERRU CARLOS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 387 Caso 1 el 20/02/77 en Sarmiento Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 02/06/77 en Capital Federal (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos; Cementerio de La Chacarita, fallecido 1977. 116. GAYA SARAVIA GUSTAVO ADOLFO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 387 Caso 7 el 14/09/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 09/10/76 en Tigre Buenos Aires – Anexo a: 1990 exhumado e identificado por el EAAF (Ver NM Tomo I) 117. GAYA SARAVIA RICARDO ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 388 Caso 1 el 30/07/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 09/10/76 en Tigre Buenos Aires – Anexo a: 1990 exhumado e identificado (Ver NM Tomo I) 118. GELMAN SCHUBAROFF MARCELO ARIEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 388 Caso 6 el 24/08/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 09/10/76 en Tigre Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado por el EAAF (Ver NM Tomo I) – Anexo b: De por Vida de Rita Arditti Ed Grijalbo Mondadori Pág. 269, muerto. 119. GINES SCOTTO EMILIANO DAMIAN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 396 Caso 6 el 14/10/77 en Adrogué Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 01/09/78 en La Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 120. GIUFFRA CALVO ROMULO CARLOS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 399 Caso 7 el 22/02/77 en Morón Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 25/02/77 en La Matanza Buenos Aires – Anexo a: 10/95 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 121. GOLDENBERG CARLOS ANDRES Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 404 Caso 6 el 02/09/76 en Capital Federal – Anexo a: http://www.eldescamisado.org Cae no dejándose atrapar con vida el 10/08/76. 122. GOLDIN RABINSKY RODOLFO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 404 Caso 7 el 08/04/77 en San Martín Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Monte Grande Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 123. GOMEZ NORBERTO Tordo Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 405 Caso 8 el 13/11/76 se ignora – Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres PFA y entregados a sus deudos; Cementerio de La Chacarita. 124. GONÇALVEZ PEREZ GASTON ROBERTO JOSE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 411 Caso 6 el 24/03/76 en Zarate Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/03/76 en Escobar Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 125. GORDILLO MARIA MARCELA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 422 Caso 1 el 20/10/76 en Capital Federal – Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org se suicida 20/10/76. 126. GRANADA VERA de GONÇALVEZ ANA MARIA del CARMEN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 425 Caso 1 el 19/11/76 en San Nicolás Buenos Aires – Anexo a: 1995 identificación dactiloscópica por EAAF con intervención de Juzgado Federal de San Nicolás (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org cae el 26/03/76 en un enfrentamiento en La Serranita Córdoba junto con Andrés Osatinski, Norma Isabel Asís, Jorge Eduardo Martín y Rosa Elana Ocampo. 127. GRIMALD HEREDIA RAFAEL ÁNGEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 428 Caso 1 el 13/08/76 en Córdoba Capital – Anexo a: 11/05 exhumado e identificado sus Pág. Nº 263

restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba – Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org muere en enfrentamiento con policía en Barrio Obrero de Córdoba el 13/08/76. 128. GUADIX VIGNEAU GERVASIO MARTIN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 429 Caso 7 el 26/08/80 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 05/12/80 en Paso de los Libres Corrientes (Ver NM Tomo I) 129. GUILLEN BOGADO FLORENCIA ZUNILDA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 434 Caso 5 el 19/12/76 en Tres de Febrero Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 02/04/76 en Tres de Febrero Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 130. GUSHIKEN ARASAKI CARLOS HORACIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 435 Caso 4 el 08/04/78 en Florencio Varela Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 13/07/78 en Mar del Plata Buenos Aires – Anexo a: 07/03 exhumado e identificado sus restos por el EAAF con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 131. HARASYEMIW MIGUEL ANGEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 440 Caso 6 el 15/05/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Monte Grande Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 132. HERRERA CARRIZO RICARDO JOSE RAUL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 446 Caso 3 el 21/07/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: Prensa Diputada Nac. Isabel Artola [email protected] muerto en Fátima 19/08/76. Cadáver aparecido en Cementerio de Derqui, reconocido por ADN, de Orden Judicial en marco Juicios por la Verdad 1995. 133. HERRERA RUSPIL NORMAN HECTOR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 447 Caso 4 el 03/11/76 en Quilmes Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/11/76 en Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 134. HERRERA SALLENAVE de MANGINI LEONOR INES Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 447 Caso 7 el 20/02/76 en Moreno Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 21/05/76 en Avellaneda Buenos Aires – Anexo a: 12/00 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Según Nadie Fue de J. B. Yofre Ed. Sudamericana 2008 en Pág. 409 dice que murió el 28/03/76. 135. HERRERO REGIO JOSE LUIS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 448 Caso 2 el 09/03/76 en Mendoza Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 19/01/79 en La Matanza Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 136. HOFER DI ROSSA OSCAR OMAR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 451 Caso 7 el 28/04/76 en San Pedro Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 13/05/76 en Capital Federal – Anexo a: 07/99 exhumado e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 137. HOFFMAN PRANDI RUBEN VICENTE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 452 Caso 1 el 19/05/77 en Capital Federal - Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. 138. HOFMAN GERARDO ADOLFO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 452 Caso 2 el 12/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 06/12/76 en Capital Federal (Ver NM Tomo I) 139. HOURGUEBIE AUGENE de FRANCESE MARIA de las MERCEDES Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 454 Caso 1 el 03/11/77 en La Plata Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo I) 140. HURST GUTIERREZ EDUARDO LUÍS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 456 Caso 1 el 04/08/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: 08/02 Partida de Defunción a nombre del causante Juzgado Federal Nº 2 de San Martín (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org caen combatiendo en Villa Martelli con Marcelo Rave y Liliana Corti de la Columna Norte el 04/08/76. 141. IANNI VAZQUEZ SATURNINO VICENTE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 456 Caso 6 el 09/77 en Mar Chiquita Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/11/77 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) Pág. Nº 264

142. IBARBIA CORASSI MARIA ANGELICA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 458 Caso 2 el 18/03/77 en Vicente López Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 19/03/77 en La Matanza Buenos Aires – Anexo a: 07/01 identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 143. INSAUSTI TIRONI JUAN CARLOS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 463 Caso 2 el 18/03/77 en Vicente López Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 19/03/77 en La Matanza Buenos Aires – Anexo a: 07/01 identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 144. ISOLA TRIMARCO MARIO MARCELO BERNARDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 466 Caso 1 el 07/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 16/09/77 en Bell Ville Córdoba (Ver NM Tomo I) 145. ITURRALDE JOSE LUIS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 466 Caso 5 el 29/03/76 en Escobar Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 01/04/76 en Tigre Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 146. JALIL DRAKE SERGIO ABDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 469 Caso 2 el 15/10/76 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/10/76 en Los Surgentes Córdoba (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org en un pueblo de Córdoba Los Surgentes aparecen 7 cadáveres entre ellos el causante el 15/10/76. 147. JARAMILLO JARAMILLO LUÍS ADOLFO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 470 Caso 2 el 29/11/76 en Quilmes Buenos Aires en 1991 exhumado e identificado sus restos por el EAAF con intervención del Juzgado en lo Criminal Nº 6 de la Plata (Ver NM Tomo I) 148. JAURIGUI CAMPANA MONICA EDITH Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 470 Caso 5 el 11/01/77 en Capital Federal – Anexo a: 1985 identificado sus restos con intervención de Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1977. 149. JUÁREZ SEBASTIAN ARIEL Supuestamente desaparecida el 01/05/77 en Buenos Aires – Vivo – Niño restituido. 150. KALAIDJIAN ISHKANIAN ELENA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 477 Caso 1 el 21/01/77 en Lanús Buenos Aires – Anexo a: 08/05 identificado sus restos con intervención de Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) – Anexo b: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1977. 151. KUMIEC TALLER de ISOLA ANA MARIA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 484 Caso 3 el 07/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 16/09/77 en Bell Ville Córdoba (Ver NM Tomo I) 152. KURLAT JENSSEN MARCELO DANIEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 477 Caso 1 el 09/12/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: Según Fuimos Todos de J. B Yofre Ed. Sudamericana 2008 Pág. 47, muerto.

153. KURT FUENTES EDUARDO Supuestamente desaparecido el 01/01/78 en Buenos Aires – Vivo - Anexo a: Ámbito Financiero del 12/09/85. En 1985 se conoció una carta enviada a la Secretaria de RRPP de la APDH donde solicita su baja de la nómina de desaparecidos, por cuanto se encuentra residiendo en Suecia desde Abril de 1978. 154. LAHITTE IZETTA CARLOS LUIS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 487 Caso 7 el 02/03/78 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 25/08/78 en La Matanza Buenos Aires (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 224, de Cohen Salama Mauricio. Exhumado a fines de 1988 155. LAJAS DALL CARLOS ENRIQUE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 488 Caso 3 el 06/11/77 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 15/12/77 en Córdoba (Ver NM Tomo I) 156. LANUSCOU CAVAGLIANO ROBERTO FRANCISCO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 490 Caso 6 el 04/09/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: 1983 exhumado e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed Pág. Nº 265

EAAF 1992 Pág. 131-133, de Cohen Salama Mauricio. Abatidos el 03/09/76 en combate en Acassuso y exhumados el 25/01/84. 157. LANUSCOU MIRANDA BARBARA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 490 Caso 7 el 04/09/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: 1983 exhumado e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo I) 158. LANUSCOU MIRANDA ROBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 491 Caso 2 el 04/09/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: 1983 exhumado e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo I) 159. LANZILLOTTO CACERES ANA MARÍA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 491 Caso 5 el 19/07/76 en Vicente López Buenos Aires – Anexo a: Según Nadie Fue de Juan B. Cofre en Pág. 260 Ed. Sudamericana – 2008. 160. LAULETTA MIGUEL ANGEL Supuestamente desaparecido el 15/10/76 en Buenos Aires – Vivo - Anexo a: Radio 10 González Oro. 161. LAUS DI MEOLA EDUARDO FELIPE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 495 Caso 3 el 12/10/76 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/10/76 en Los Surgentes Córdoba (Ver NM Tomo I) Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org en un pueblo de Córdoba Los Surgentes aparecen 7 cadáveres entre ellos el causante el 15/10/76. 162. LAVALLE LEMOS MARÍA JOSÉ Supuestamente desaparecido el 01/01/77 – Vivo – Niña restituida. 163. LEIVA AVILA ANGEL OSVALDO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 501 Caso 1 el 16/07/76 en Gral. Sarmiento Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Buenos Aires - Anexo a: 1983 exhumado e identificado sus restos y entregado a sus familiares (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Diario La Nación Pág. 14 muerto en enfrentamiento e identificado por el EAAF - Anexo c: http://www.nuncamas.org Prensa Diputada Nacional Isabel Artola. 164. LIVIO DINOLFO JORGE NESTOR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 511 Caso 1 el 22/07/77 en Capital Federal - Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1977. 165. LIZASO CERESETO MIGUEL FRANCISCO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 511 Caso 7 el 14/09/76 en Vicente López Buenos Aires – Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae el 14/09/76 en Buenos Aires junto con Sergio Gass y Cristian Cartti. 166. LOBO CORVALAN ISIDRO JOSE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 513 Caso 4 el 27/09/78 en Avellaneda Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 04/11/78 en Avellaneda Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 167. LÓPEZ ROBERTO HECTOR Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 516 Caso 6 el 18/05/77 en Bahía Blanca Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 09/09/77 en Bahía Blanca Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 168. LOPEZ DÍAZ HILARIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 518 Caso 3 el 20/01/77 en Clorinda Formosa y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/02/77 en Clorinda Formosa (Ver NM Tomo I) 169. LÓPEZ POLCINO ANTONIO ÁNGEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 521 Caso 7 el 15/10/76 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 29/09/76 en Casilda Santa Fe (Ver NM Tomo I) 170. LORDKIPANIDSE CARLOS GREGORIO Supuestamente desaparecido el 18/11/78 en Capital Federal – Vivo - Anexo a: Radio 10 González Oro. Es dejado en libertad vigilada a principios de 1981. 171. LOWE CARELLI VICTOR JORGE NG Gordo - Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 526 Caso 5 el 15/09/76 en Rosario Santa Fe (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1976.

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172. LUCANTIS NEGRI CARLOS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 527 Caso 6 el 05/76 en San Isidro Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 06/06/76 en Morón Buenos Aires - Anexo a: 1979 localizados sus restos (Ver NM Tomo I) 173. LUCCHESI ADRIANI MARIA CRISTINA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 527 Caso 7 el 12/75 en Villa Constitución Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/12/76 en Rosario Santa Fe (Ver NM Tomo I) 174. LUCERO JOSE ANTONIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 528 Caso 6 el 02/07/76 en San Miguel de Tucumán Capital Anexo a: según http://www.eldescamisado.org caen combatiendo en Tucumán junto con Carlos Federico Lebrón. 175. LUJAN VICH JESUS MARIA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 530 Caso 4 el 09/79 en Capital Federal/Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/09/79 en Derqui Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 176. MAGGIO QUIROGA HORACIO DOMINGO MARIA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 538 Caso 8 el 15702/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 04/10/78 en Caseros Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 177. MAGLIARO BELLARDI ANA LIA DELFINA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 539 Caso 2 el 19/05/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 02/09/76 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 178. MALAMUD KLAJNER LILIANA ALCIRA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 541 Caso 2 el 04/06/76 en Caseros Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/07/76 en Bancalari Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 179. MAMANI RIOJA de TORRES OLGA YOLANDA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 543 Caso 5 el 30/06/76 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 05/07/76 en Córdoba Capital (Ver NM Tomo I) 180. MANFIL OCAMPO CARLOS LAUDELINO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 544 Caso 5 el 27/10/76 en Avellaneda Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org cae combatiendo en Villa Corina el 27/10/76. 181. MANFIL ZARATE CARLOS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 544 Caso 6 el 27/10/76 en Avellaneda Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org cae combatiendo en Villa Corina el 27/10/76. 182. MANGINI GALVEZ JUAN SANTIAGO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 545 Caso 2 el 20/02/76 en Moreno Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 30/03/76 en Buenos Aires (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Según Nadie Fue de J. B. Yofre Ed. Sudamericana 2008, en Pág. 409 muere el 28/03/76. 183. MARIANI CHOROBIK DANIEL ENRIQUE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 551 Caso 6 el 01/08/77 en La Plata Buenos Aires – Anexo a: De por Vida de Rita Arditti Ed Grijalbo Mondori, muerto Pág. 260. 184. MARQUEZ LUNA MARIA CRISTINA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 556 Caso 1 el 13/10/76 en San Nicolás Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/10/76 en Los Surgentes Córdoba (Ver NM Tomo I) – Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org en un pueblo de Córdoba Los Surgentes aparecen 7 cadáveres entre ellos la causante el 15/10/76. 185. MASSIRONI TOSI de PEDRONI LIDIA NELIDA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 567 Caso 4 el 06/76 en Lomas de Zamora Buenos Aires – Anexo a: 09/91 exhumado e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo I) 186. MATESDOLFO FARIAS NORBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 569 Caso 3 el 12/05/76 en Becar Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 02/07/76 en San Isidro Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 187. MAZZOCHI BAQUE PEDRO LUIS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 572 Caso 5 el 30/07/77 en Tandil Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 23/11/77 en Morón Buenos Aires – Anexo a: 1988 exhumado e identificado sus restos por Pág. Nº 267

EAAF (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 219, de Cohen Salama Mauricio. Exhumado el 11/10/88 en el Cementerio Santa Mónica de Merlo. 188. MEADE ALFREDO HUMBERTO Supuestamente desaparecido – Vivo - Anexo a: Juez. 189. MENA NOE FRANCISCO HUGO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 577 Caso 8 el 01/01/76 en José C Paz Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 06/05/76 en Ezeiza Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 190. MENDEZ DONADIO JOSE HUGO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 578 Caso 5 el 15/06/76 en Villa Ballester Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 21/06/76 en Capital Federal – Anexo a: 11/01 exhumado e identificado sus restos por resolución de la Cámara de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 191. MEZA MARENGO CARLOS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 584 Caso 6 el 28/02/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 28/02/77 en Capital Federal – Anexo a: 09/00 exhumado e identificado sus restos por resolución de la Cámara de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 192. MIANI BARIGELLETTI MARIO JOSE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 585 Caso 3 el 09/08/78 en San Isidro Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 19/12/78 en Chapadmalal Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 193. MIRANDA HERRERA de LANUSCOU AMELIA BARBARA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 592 Caso 3 el 04/09/76 en San Isidro Buenos Aires - Anexo a: 1983 exhumado e identificado sus restos por EAAF - Anexo b: De por Vida de Rita Arditti Ed Grijalbo Mondori, muerto Pág. 261. 194. MOLINA GOMEZ JORGE CARLOS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 596 Caso 3 el 28/12/77 en Villa Carlos Paz Córdoba - Anexo a: Según Nadie Fue de J. B. Yofre Ed. Sudamericana 2008 en Pág. 107, muerto. 195. MOLINA NAZAR ANTONIO JUAN Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 597 Caso 3 el 23/09/76 en Mendoza Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/12/76 en Maipú Mendoza (Ver NM Tomo I) 196. MOLINETE EDUARDO TOMAS Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 598 Caso 7 el 09/03/77 en Córdoba Capital – Anexo a: exhumado e identificado sus restos (Ver NM Tomo I) 197. MOLTENI PRINCIPI LILIANA EDITH Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 599 Caso 2 el 13/06/76 en Lanús Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 21/07/76 en Banfield Buenos Aires – Anexo a: 05/05 exhumado e identificado sus restos por EAAF por resolución de la Cámara de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 198. MORA GONZALEZ MARIA ROSA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 599 Caso 4 el 19/04/76 en San Fernando Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 09/05/76 en Montevideo Uruguay (Ver NM Tomo I) 199. MORALES ROMERO JOSE SILVANO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 608 Caso 4 el 24/05/76 en Monteros Tucumán y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 05/76 en Monteros Tucumán (Ver NM Tomo I) 200. MORAN FERNANDEZ MONICA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 609 Caso 3 el 13/06/76 en Bahía Blanca Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/06/76 en Bahía Blanca Buenos Aires - Anexo a: exhumado e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo I) 201. MOREYRA EDUARDO ERNESTO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 613 Caso 8 el 05/79 se ignora y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 11/05/79 en Capital Federal (Ver NM Tomo I) 202. MORRESI SCRIVO NORBERTO JULIO Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 615 Caso 4 el 23/04/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 23/04/76 en La Matanza Buenos Aires – Anexo a: exhumado e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo I) 203. MOYANO GONZALEZ ARNOLDO del VALLE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 618 Caso 6 el 17/08/77 en Lomas de Zamora Buenos Aires – Anexo a: 08/00 exhumado e Pág. Nº 268

identificado sus restos por EAAF por resolución de la Cámara de la Capital Federal (Ver NM Tomo I) 204. MURGIONDO IBARRA ANA LIA MARÍA Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 623 Caso 3 el 15/10/76 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/10/76 en Los Surgentes Córdoba – Anexo a: 03/84 identificado sus restos (Ver NM Tomo I) - Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org en un pueblo de Córdoba Los Surgentes aparecen 7 cadáveres entre ellos la causante el 15/10/76. 205. NAJMANOVICH RAFAEL DANIEL Supuestamente desaparecido el 23/07/76, en Capital Federal – Vivo - Anexo a: Radio 10 González Oro y diario Clarín, artículo firmado por su corresponsal en Israel Sr. Slutzky. Aparece en Israel, casado y con chicos, en un atentado palestino del que felizmente sale ileso. 206. NAVARRO HECTOR RENE Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 627 Caso 7 el 13/05/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 27/05/76 en Quilmes Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 207. NIERI BATISTELLI HECTOR ABEL Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 631 Caso 3 el 06/05/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/05/76 en Caseros Buenos Aires (Ver NM Tomo I) 208. NOCETI ABELLEYRA INES Desaparición forzada NM Tomo I Pág. 633 Caso 1 el 11/08/76 en Vicente López Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Buenos Aires (Ver NM Tomo I) - Anexo a: Prensa Diputada Nacional Isabel Artola [email protected] diario La Nación Pág. 14. 209. OCAMPO de DREHER SELMA JULIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 651 Caso 7 el 11/08/76 en Vicente López Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 210. OCAMPO SIQUIER CARLOS GUILLERMO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 652 Caso 7 el 24/06/76 en Martínez Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 29/07/76 en Esenada Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 211. OCHOA DIAZ HUGO ESTANISLAO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 653 Caso 5 el 12/11/75 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 14/04/76 en Córdoba Capital – Anexo a: 03/05 exhumado e identificado sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba (Ver NM Tomo II) 212. OLIVA RAMOS CARLOS ALBERTO Calu/Gorosito Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 658 Caso 2 el 05/08/76 en Mar del Plata Buenos Aires - Anexo a: Según http://www.cpdhcorrientes.com.ar/index.html fusilado en cercanía de Bahía Blanca el 31/12/76. 213. OLIVIER SCORPATI de SANTILI HILDA INES Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 660 Caso 4 el 09/03/77 en Córdoba Capital – Anexo a: exhumados e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo II) 214. OLMOS GOMEZ MIGUEL ANGEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 661 Caso 6 el 13/07/76 en Córdoba Capital – Anexo a: 12/05 exhumados e identificado sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba (Ver NM Tomo II) 215. OLMEDO VILLEGAS GUSTAVO GABRIEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 661 Caso 4 el 28/03/76 en Córdoba Capital – Anexo a: 05/05 exhumados e identificado sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba (Ver NM Tomo II) 216. ORREGO MEZA VICENTA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 665 Caso 3 el 14/03/77 en Bernal Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 15/03/77 en Alte. Brown Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 217. ORTIZ ESCOBAR RODOLFO GUILLERMO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 668 Caso 1 el 29/03/76 en Moreno Buenos Aires - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org caen combatiendo el 29/03/76 en Moreno con Silvia S. Gaggero de Pujal. 218. OSATINSKY SOLARZ MARIO ANDRES Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 669 Caso 7 el 25/03/76 en La Serranita Córdoba – Anexo a: 07/03 exhumados e identificado sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba (Ver NM Tomo II) - Anexo b: Según http://www.eldescamisado.org caen combatiendo el 26/03/76 en La Pág. Nº 269

Serranita con Norma I Asís, Ana María del Carmen Granada, Jorge Martín y Rosa E. Ocampo. 219. OVIEDO ALMEIDA EVARISTO ROLANDO GABRIEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 673 Caso 4 el 08/09/76 en Santa Fe Capital – Anexo a: exhumados e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo II) 220. OVIEDO de CIUFFO CATALINA JULIANA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 673 Caso 4 el 20/04/77 en Morón Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Monte Grande Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 221. PALACIOS ROBERTO de CHAVEZ HILDA FLORA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 678 Caso 2 el 06/11/77 en Córdoba Capital – Anexo a: 05/05 exhumados e identificado sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba (Ver NM Tomo II) 222. PALADINO JORGE OSVALDO - Supuestamente desaparecido el 03/10/78 en Capital Federal - Vivo- Anexo a: Recibió la ESMA y estaría en la Comisión de Ex Detenidos-

Desaparecidos.

223. PAPATERRA RUIZ MARIA LEONOR Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 683 Caso 7 el 01/03/77 en La Matanza Buenos Aires – Anexo a: 08/00 exhumados e identificado sus restos por EAAF con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 224. PARISSI GARCIA JORGE SALVADOR Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 686 Caso 1 el 01/08/77 en Tigre Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 01/08/77 en Capital Federal (Ver NM Tomo II) 225. PARODI OCAMPO MANUEL Fernando Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 686 Caso 2 en Margarita Belén 13/12/76 – Anexo a: Libro de Sepultura del Cementerio de Resistencia, siendo exhumado y trasladado el 11/01/77 por sus familiares a Misiones. Causa 306/01 Larrateguy y otros, fojas 193. Causa en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo b: Acta de Defunción Causa 306/01 fojas 235 y 236 - Anexo c: Libro Índice de Fallecidos del Cementerio de Resistencia, Letra C, Sepultura 19, Sección 12, Letra G Mayores. - Anexo d: Libro Registro de Inhumaciones del Cementerio de Resistencia, reglón 37 y fojas 239. - Anexo e: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. Anexo f: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 no figura, y en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo CONADEP 6131. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 226. PECORARO ENRIQUE CARLOS Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 693 Caso 3 el 13/14/79 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/11/79 en Capital Federal (Ver NM Tomo II) 227. PEDRINI MOREA de BRONZEL SUSANA ELENA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 694 Caso 5 el 27/07/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/08/76 en Fátima Buenos Aires – Anexo a: 06/01 identificado sus restos a resolución de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) - Anexo b: Diario La Nación pagina 14 Supuestamente muerta en enfrentamiento e identificado a partir de un trabajo del EAAF el año 2000. 228. PELLITA JUAN CARLOS Supuestamente desaparecido el 21/09/76 en Pergamino – Vivo - Anexo a: La Nación 29/08/08 Carta de Lectores Gral. La Madrid de Mariano E. Correa. Actual Intendente de Gral. La Madrid. 229. PELUA PEREIRA MARTÍN ISABELINO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 697 Caso 3 el 07/10/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: identificado sus restos por EAAF a resolución de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 230. PEREIRA GASAGOITE RENE Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 702 Caso 3 el 07/10/76 en San Isidro Buenos Aires – Anexo a: identificado sus restos por EAAF a resolución de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 231. PEREYRA AZARRI LILIANA CARMEN Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 703 Caso 4 el 05/10/77 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos Pág. Nº 270

el 01/05/78 en Mar del Plata Buenos Aires - Anexo a: exhumados e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo II) 232. PEREZ SÁNCHEZ de AZCONA ANA MARIA del CARMEN Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 709 Caso 4 el 14/09/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/10/76 en Tigre Buenos Aires - Anexo a: 1989 exhumados e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo II) - Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 239-247, de Cohen Salama Mauricio. Supuestamente exhumada en 1989. 233. PITES LÓPEZ MONICA MARTA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 721 Caso 3 el 12/05/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 19/08/76 en El Palomar Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 234. PONCE de BIANCO MARIA EUGENIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 726 Caso 1 el 08/12/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/12/77 en Santa Teresita Buenos Aires - Anexo a: 04/05 exhumados e identificado sus restos por EAAF a resolución de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 235. RADISIC CORSO ELSA RAMONA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 745 Caso 2 el 19/11/76 en Castelar Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 22/11/76 en San Martín Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 236. RAMÍREZ ACOSTA ROSARIO VICTORIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 747 Caso 2 el 27/10/76 en Avellaneda Buenos Aires – Anexo a: 12/90 identificado sus restos a resolución de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 237. RAVE RIVAS CARLOS MARCELO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 753 Caso 5 el 06/07/76 en Rosario Santa Fe – Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org caen combatiendo en Villa Martelli con Liliana Corti y Eduardo Luís Hurst de la Columna Norte el 04/08/76. 238. REGUERA BRITEZ DOLORES YOLANDA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 755 Caso 7 el 02/06/76 en Corrientes Capital – Anexo a: Según http://www.cpdhcorrientes. com.ar/index.html se suicidó en Punta San Sebastián Corrientes de acuerdo al Diario El Litoral del 01/06/76. 239. RETAMAR RODRIGUEZ HECTOR PEDRO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 760 Caso 1 el 12/77 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 01/78 (Ver NM Tomo II) 240. REYNOSO LÓPEZ RUBEN DARIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 762 Caso 4 el 23/04/76 en San Pedro Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 14/05/76 en Capital Federal - Anexo a: 08/00 exhumados e identificado sus restos a resolución de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 241. RICO ALTAMIRANO JORGE ALEJANDRO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 763 Caso 6 el 26/04/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 19/05/77 en Capital Federal (Ver NM Tomo II) - Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1977. 242. RIDAO ITZA de DRON LIDIA MANUELA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 764 Caso 1 el 19/04/76 en La Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 01/05/76 en Avellaneda Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 243. RIGONI LÓPEZ CANDAN ROBERTO DANIEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 764 Caso 6 el 16/04/77 en La Matanza Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/04/77 en La Matanza Buenos Aires (Ver NM Tomo II) - Anexo a: 1981 exhumados e identificado sus restos - Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 34, de Cohen Salama Mauricio. Muerto en enfrentamiento e inhumado en Neuquén el 25/04/81, su familia fue notificada oficialmente de su muerte el 22/12/80. 244. RIGHI ESTEBAN JUSTO Supuestamente desaparecido – Vivo - Anexo a: Ámbito Financiero, 05/01/04. El Dr. Righi vive, vive bien, trabaja como Procurador General de la Nación, goza de una jubilación especial según el listado del gobierno. 245. RIVERA ALOE ERNESTO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 770 Caso 7 el 23/07/76 en Capital Federal - Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres Pág. Nº 271

identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1976. 246. RIVERO ANTELO ROMAN PATRICIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 771 Caso 2 el 27/07/76 en Calilegua Jujuy- Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae combatiendo el 30/10/76. 247. ROBERTO RIZOLINO LUIS MARIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 773 Caso 4 el 23/04/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 23/04/76 en Capital Federal - Anexo a: 06/89 exhumados e identificado sus restos por EAAF con intervención del Juzgado Nacional de Instrucción Nº 1 Instrucción en lo Criminal de Instrucción de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 248. RODRÍGUEZ HEYMEN de SOLDAN AIDA CECILIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 781 Caso 1 el 13/04/77 en Lanús Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 15/04/76 en Moreno Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 249. ROJAS TURRA FERNANDO SERGIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 788 Caso 5 el 10/05/77 en Capital Federal - Anexo a: exhumados e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo II) - Anexo b: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos - Anexo c: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 212, de Cohen Salama Mauricio Cementerio de La Chacarita, fallecido en el año 1977. Muerto en enfrentamiento y exhumado en Marzo de 1987. 250. ROMANO RIVAMAR VICTOR RAFAEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 791 Caso 7 el 22/04/76 en Mendoza Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 02/05/76 en Maipú Mendoza (Ver NM Tomo II) 251. ROMERO ROMERO CRISTINA LETICIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 795 Caso 2 el 03/03/78 en Lanús Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 06/03/78 en Lomas de Zamora Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 252. ROQUE OUSSET JUAN JULIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 799 Caso 1 el 29/05/77 en Morón Buenos Aires - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae en combate el 27/05/77 en Córdoba tras 20 horas de lucha solo - Anexo b: Según Fuimos Todos de J. B. Yofre Ed. Sudamericana 2008 en Pág. 63 muere el 19/05/77, idéntica información diario La Opinión del 05/06/77 - Anexo c: Soldados de Perón de Richard Gillespie Ed Grijalbo SA 1987 Pág. 399 y 160 nº, muerto. 253. ROSSETTI ROSS Supuestamente desaparecido – Vivo - Anexo a: Niño gemelo restituido. 254. ROSSETTI ROSS Supuestamente desaparecido – Vivo - Anexo a: Niño gemelo restituido. 255. SALA FABRI NESTOR CARLOS - Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 813 Caso 4 en Resistencia 09/10/12 y el fallecimiento / hallazgo de sus restos 13/12/76 en Margarita Belén. - Anexo a: Libro de Sepultura del Cementerio de Resistencia, siendo exhumado y trasladado el 18/02/77 por sus familiares a Quilmes Buenos Aires. Causa 231/84 Denuncia de la APDH Chaco ante la CONADEP por Margarita Belén, fojas 64. Causa 306/01 Larrateguy y otros. Causa en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo b: Acta de Defunción Causa 306/01 fojas 233, en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. Anexo c: Libro Índice de Fallecido del Cementerio de Resistencia inhumado en la Sepultura 29, Sección 16, Letra G Mayores. - Anexo d: Libro Registro de Inhumaciones del Cementerio de Resistencia. Causa 306/01, fojas 239. Anexo e: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. Anexo f: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 no figura, y en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo SDH 925. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 256. SAMPINI RUBEN HECTOR Supuestamente desaparecido el 01/07/76 en Bahía Blanca – Vivo - Anexo a: Audición PUNTO DOC 12/05/04. 257. SANCHEZ SALAZAR MIGUEL FELIX Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 824 Caso 6 el 25/08/77 en Gral. Sarmiento Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 06/10/77 en José L. Suárez Buenos Aires (Ver NM Tomo II)

Pág. Nº 272

258. SARTAL DIAZ HECTOR Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 834 Caso 5 el 29/07/76 en Avellaneda Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/08/76 en Capital Federal (Ver NM Tomo II) 259. SCHJAER GONZALEZ MARIA de la SOLEDAD Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 838 Caso 6 el 06/09/76 en Lomas de Zamora Buenos - Anexo a: 1984 exhumados e identificado sus restos por EAAF (Ver NM Tomo II) 260. SCHNEIDER GROSSO ABEL DARIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 839 Caso 1 el 08/04/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 16/05/76 en Capital Federal - Anexo a: 07/99 exhumados e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 261. SGROI CHUECO MARIO AGUSTO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 848 Caso 6 el 04/04/77 en Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/05/77 en Monte Grande Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 262. SILVA JUAN CARLOS Supuestamente desaparecido 26/06/80 – Vivo - Anexo a: Según declaraciones de su esposa María Ana Catalina Testa. 263. SOBKO KOLENKO PEDRO MIGUEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 855 Caso 4 el 05/77 en Paraná Entre Ríos y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 05/05/77 en Paraná Entre Ríos (Ver NM Tomo II) 264. SONZINI SANGUINETTI MARIA ESTHER Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 858 Caso 5 el 26/04/78 en San Isidro Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 07/06/78 en Campo de Mayo Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 265. SORIA BELLINO CESAR ROBERTO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 859 Caso 3 el 11/08/76 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 25/11/76 en Córdoba Capital (Ver NM Tomo II) 266. SOSA FITIPALDI MIGUEL ANGEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 861 Caso 4 el 25/05/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/05/76 en Bella Vista Buenos Aires - Anexo a: 1981 exhumados sus restos (Ver NM Tomo II) 267. SPAGNOLI CERVINO de VERA MARTA ALICIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 865 Caso 7 el 03/08/76 en Capital Federal - Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 188-190, se encuentra en el cementerio de Derqui. 268. STREJILEVICH KESEL HUGO DANIEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 869 Caso 5 el 19/04/77 en Capital Federal - Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1977. 269. SUTINA MIRE ANTONIO MATEO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 875 Caso 1 el 23/03/78 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/04/78 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 270. TABOADA CANDREVA VICTOR MANUEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 877 Caso 4 el 13/11/74 en Bernal Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 17/11/76 en Banfield Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 271. TERUGGI DAWSON DIANA ESMERALDA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 887 Caso 1 el 24/11/76 en La Plata Buenos Aires - Anexo a: De por Vida de Rita Arditti Ed Grijalbo Mondori, muerto Pág. 260. 272. TIERNO FRANCO PATRICIO BLAS Pato Desaparición forzada NM Tomo II Pág.888 Caso5 en Margarita Belén 13/12/76 – Anexo a: Nota el 30/12/76 del Cnl Miguel A. Baguear, Jefe del Área 233 informando la muerte a sus familiares; sus restos a disposición en el Cementerio de Resistencia. Causa 231/84 Denuncia de la APDH Chaco ante la CONADEP por Margarita Belén, fojas 32. - Anexo b: Libro de Sepultura del Cementerio de Resistencia, siendo exhumado y trasladado el 30/12/76 por sus familiares a La Plata. Causa 306/01 a fojas 200. Causa en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo c: Libro Índice de Fallecidos del Cementerio de Resistencia, Letra B, Sepultura 46, Sección 12, Letra G Mayores. - Anexo d: Libro Registro de Inhumaciones del Cementerio de Resistencia, fojas 239. Anexo e: Instrumento Público Acta de Defunción Causa 306/01 a fojas 230. - Anexo f: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 Pág. Nº 273

y conexos. - Anexo g: Extraña situación es que en el Anexo CONADEP Año 1984 no figura, y en el NM Año 2006, artificiosamente es colocado con un Número Legajo CONADEP 6131. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 273. TISEIRA VECHIO FRANCISCO ENRIQUE Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 889 Caso 7 el 19/04/76 en Gral. Sarmiento Buenos Aires - Anexo a: Libro Tumbas Anónimas Pág. 263, de Cohen Salama Mauricio e inhumado en el cementerio de Avellaneda. 274. TOLCACHIR FROSINA LAURA LILIANA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 890 Caso 8 el 23/03/78 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 08/04/78 en Mar del Plata Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 275. TOLCHINSKY de VILLAREAL SILVIA Supuestamente desaparecida el 01/08/80 en Buenos Aires – Viva - Anexo a: Radio 10 González Oro, vive en Barcelona España, es testigo en una Causa con el Juez B. Garzón. 276. TORRES BONALDI GRACIELA HAYDEE Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 895 Caso 6 el 29/06/76 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 07/76 en Tanti Córdoba (Ver NM Tomo II) 277. TORTTI RICCI ANA MARÍA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 898 Caso 7 el 05-06/78 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 14/07/78 en Mar del Plata Buenos Aires - Anexo a: 1987 exhumados e identificado sus restos por EAAF con intervención del Juzgado en lo Penal Nº 6 de Mar del Plata (Ver NM Tomo II) - Anexo b: Libro Tumbas Anónimas Ed EAAF 1992 Pág. 163, de Cohen Salama Mauricio 278. ULMASKY AZERETZKY LUIS ENRIQUE Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 906 Caso 5 el 23/01/77 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 24/01/77 en Rosario Santa Fe (Ver NM Tomo II) 279. URTASUN TERRA JOSE LUIS Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 909 Caso 3 el 13/08/78 en La Matanza Buenos Aires - Anexo a: 08/05 exhumados e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 280. UZIN FONTANA ANDRES ALCIDES Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 911 Caso 1 el 08/04/77 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 16/05/77 en Capital Federal (Ver NM Tomo II) 281. VACA NARVAJA YOFRE MIGUEL HUGO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 911 Caso 3 el 20/11/76 en Córdoba Capital y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 12/08/76 en Córdoba (Ver NM Tomo II) - Anexo a: Causa Nº 17468 Alsina Gustavo Adolfo y otros pss. aa. Imposición de tormentos agravados, etc. Requerimiento Fiscal de elevación a Juicio, Ap IV Plataforma Fáctica fojas 19 Hecho 4. 282. VALENZUELA ORTEGA EDGAR TULIO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 915 Caso 1 el 02/01/78 en Mar del Plata Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 05-11/78 se desconoce/no consta (Ver NM Tomo II) 283. VALIÑO FREIJO DARÍO MIGUEL Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 915 Caso 7 el 01/07/77 en Tres de Febrero Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/08/77 en Paraná Entre Ríos (Ver NM Tomo II) 284. VAZQUEZ ELORZA ANIBAL ROMEO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 922 Caso 6 el 20/04/77 en Ensenada Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 26/06/77 en Castelar Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 285. VAZQUEZ LOPEZ VICTOR Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 923 Caso 2 el 04/06/76 en San Martín Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 16/06/76 en Capital Federal - Anexo a: 03/99 exhumados e identificado sus restos con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 286. VEGA PAOLI EDUARDO JOSE Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 926 Caso 4 el 26/12/77 en Capital Federal - Anexo a: Clarín 21/12/82 informe a cerca de cadáveres identificados PFA y entregados a sus deudos. Cementerio La Chacarita, fallecido en el año 1977.

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287. VERGARA VITURRO de BUFFA HILDA SUSANA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 933 Caso 4 el 07/76 en Paso de los Libres Corrientes y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 31/07/76 en San Martín Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 288. VILLAFLOR NITZ de VICENTI AZUCENA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 940 Caso 3 el 10/12/77 en Avellaneda Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 20/12/77 en Santa Teresita Buenos Aires - Anexo a: 05/05 exhumados e identificado sus restos por el EAAF con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) - Anexo b: De por Vida de Rita Arditti Ed Grijalbo Mondori, muerto Pág. 58, 59, 60, 81, 134, 135, 277 nº 5 y 283 nº 89. 289. VINCI CARMELO Supuestamente desaparecida – Viva - Anexo a: Audición PUNTO DOC 12/05/04. 290. VUISTAZ CARDONA LUÍS ALBERTO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 950 Caso 7 el 17/10/76 en Santa Fe - Anexo a: Según http://www.eldescamisado.org cae combatiendo en Santa Fe el 06/09/76 junto con Miguel A. Fonseca. 291. WALSH GILL RODOLFO JORGE Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 952 Caso 3 el 29/09/76 en Capital Federal - Anexo a: De por Vida de Rita Arditti Ed Grijalbo Mondori, muerto Pág. 56 y 57 - Anexo b: Soldados de Perón de Richard Gillespie Ed Grijalbo SA 1987 Pág. 299 y nº, muerto. 292. WLICHKY ELIAS DIANA BEATRIZ Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 955 Caso 3 el 24/12/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 03/02/77 en Buenos Aires (Ver NM Tomo II) 293. WOELFLIN TORRES MONICA CRISTINA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 955 Caso 4 el 20/01/77 en Rosario Santa Fe y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 23/01/77 en Rosario Santa Fe (Ver NM Tomo II) 294. ZAMUDIO CARLOS ALBERTO - Ejecución sumaria NM Tomo II Pág. 961 Caso 4 en Margarita Belén 13/12/76 – Anexo a: En la CONADEP 84 no figuraba y en la edición 2006 aparece con Legajo 6131. Esta sola mención lo hace un no desaparecido como en el resto de los casos. - Anexo b: Acta de Defunción 17/12/76 Causa 306/01 Larrateguy y otros, fojas 843, en el Tribunal Oral Federal de Resistencia. - Anexo c: Informe Estadístico de Defunción (nunca redargüido de nulidad) identificando el cuerpo de Carlos Alberto Zamudio de la Pcia de Misiones a fojas 842 de la causa 306/01. - Anexo d: Desconoce el Informe de la Directora del Registro de las Personas de Posadas agregando el informe de la Intendencia dejando constancia de que el cuerpo de Carlos Alberto Zamudio ingreso al mismo el día 17/12/76 de acuerdo al Libro de Inhumaciones, obrantes a fojas 841 y 844 de la causa 306/01. Pedido de inhumación en el Cementerio de Posadas Misiones, Causa 306/01 fojas 845. - Anexo e: Desconoce la notificación que se ha cursado a la madre de Carlos Alberto Zamudio para que retiren en cuerpo de fecha 30/12/76 y una rectificatoria del 24/01/77, agregadas las dos por la misma CONADEP a fojas 51 y 52 de la causa 231/84. - Anexo f: Sentencia Causa 13/84 Juzgamiento a las Juntas Militares Casos 678 y conexos. Es importante recalcar que toda esta información está disponible desde diciembre de 1976. 295. ZANOCCO PESADO de MEDINA MARIA STELLA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 961 Caso 6 el 03/02/78 en Lomas de Zamora Buenos Aires - Anexo a: 1993 exhumados e identificado sus restos por el EAAF con intervención de la Cámara Federal de la Capital Federal (Ver NM Tomo II) 296. ZAPATA BARRETO de CORASSA BLANCA JOSEFA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 962 Caso 1 el 12/02/77 en Santa Fe Capital - Anexo a: 11/98 exhumados e identificado sus restos por el EAAF con intervención de la Justicia Federal de Santa Fe (Ver NM Tomo II) 297. ZARATE LÓPEZ de MANFIL ANGELICA SENOBIA Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 963 Caso 5 el 27/10/76 en Avellaneda Buenos Aires - Anexo a: exhumados e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo II) 298. ZELARAYAN MARTINEZ DARDO ALBEANO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 965 Caso 3 el 11/09/76 en Capital Federal y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el Pág. Nº 275

09/10/76 en Tigre Buenos Aires - Anexo a: exhumados e identificado sus restos por el EAAF (Ver NM Tomo II) 299. ZIESCHANK GMOSER CLAUDIO MANFREDO Desaparición forzada NM Tomo II Pág. 966 Caso 2 el 26/03/76 en San Martín Buenos Aires y el fallecimiento / hallazgo de sus restos el 27/05/76 en Quilmes Buenos Aires - Anexo a: 1984 exhumados e identificado sus restos (Ver NM Tomo II)

El nuevo Informe de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas – CONADEP Ed EUDEBA 2006, a diferencia del Informe de 1984, hace arbitrariamente una distinción de los desaparecidos entre 1º desaparecidos 2º desaparición forzosa y 3º ejecución sumaria, sin estar tipificado dentro del Código Penal de la Nación. Esta situación en vez de traer claridad a tan oscuro pasado la hace más confusa.  • • • • • • • •

CONADEP Ed 1984………………………...………………………………………8.961 casos Desaparecidos – Aparecidos (vivos y/o muertos)…..2.110 casos Indocumentados (con variados ejemplos)…………...4.056 casos CONADEP Ed 2006……………………...…………………………………………8.452 casos Dados de baja de la Ed 1984 (vivos y/o muertos)……..536 casos (no suman) Indocumentados (con variados ejemplos)……………...372 casos Ejecuciones sumarias…………………………………1.234 casos Desaparición forzada (con localización de restos)……...292 casos Total parcial…………………..………………………2.434 casos………….…..2.434 casos

TOTAL GENERAL………….. . ………………….……………… 6.028 casos Aclaración: Desaparecidos – Aparecidos 2110 casos analizados, el trabajo completo lo tiene en posesión la revista B1 – Vitamina Para la Memoria de la Guerra de los 70. NM significa Nunca Más - CONADEP Ed 2006 Los que no tienen esta sigla corresponden a la CONADEP Ed 1984

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10) Anexo 6 – Los Transportados a. Luís Alberto Díaz Acuña, NG100 Lucho o Chango (a) Mincho, muerto en el ataque de la OPM Montoneros, el 13/12/76 a las 04:45 horas, en el Km. 1042 de la RN Nº 11. Tendría nivel jerárquico Oficial101, al momento de su detención. Su participación se estima inicialmente dentro de la UBC Resistencia en el Frente Estudiantil, pasando al Servicio Regional de Presos conduciendo la Organización Jurídica. Para la CONADEP en el Anexo 1, Pág. 139, figura como desaparecida en Sáenz Peña Chaco sin fecha, Nº de Actor 06352, documento finalizado en 1984. No es tenido en cuenta su Certificado de Defunción, ni la comunicación oficial de la autoridad competente a sus familiares y menos el entierro en el Cementerio de Resistencia. b. Mario Cuevas Gamarra, NG El Indio o Lito o Guillermo, muerto en el ataque de la OPM Montoneros, el 13/12/76 a las 04:45 horas, en el Km. 1042 de la RN Nº 11. Tendría nivel jerárquico Oficial 1º y habría sido el 2do Jefe de la Columna 27 Corrientes de la OPM Montoneros, al momento de su detención. c. Carlos Alberto Duarte Ruíz Díaz, NG Carau o Carú, muerto en el ataque de la OPM Montoneros, el 13/12/76 a las 04:45 horas, en el Km. 1042 de la RN Nº 11, tendría el nivel jerárquico Oficial, al momento de su detención. d. Manuel Parodi Ocampo, NG Fernando o Chango, muerto en enfrentamientos posteriores con efectivos del Ejército Argentino, el 13/12/76 a las 15:40 horas, en el monte a pocos Km. en dirección Oeste, tendría el nivel jerárquico Oficial 2º, al momento de su detención, habría conducido el Servicio Regional de Presos, con la estructura de Jurídico; Información e Inteligencia y la Comisión Frente de Presos, de la UBCL Resistencia. e. Patricio Blas Tierno Franco, NG El Pato, muerto en enfrentamientos posteriores con efectivos del Ejército Argentino, el 13/12/76 a las 15:40 horas, en el monte a pocos Km. en dirección Oeste, tendría nivel jerárquico Oficial, al momento de su detención, se habría desempeñado como Correo entre Z2 y Z3, apreciándose entre la Regional Nordeste y la Conducción Nacional y su desempeño en el Servicio Regional de Presos en la UBCL

Resistencia. f.

José Luís Barco Guevara, muerto en enfrentamiento posterior con Fuerzas Policiales, el 14/12/76 a las 07:00 horas, en el monte entre Estancia Varela y el Puesto de Gendarmería Nacional Lapachito, tendría nivel jerárquico Oficial, al momento de su detención. Sugestivamente la CFCF en la Sentencia de la Causa 13 Caso 678 y conexo lo da por muerto el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II), rechazando el documento Certificado de Defunción y si esto fuera así, no tomar medidas contra un presunto delito de acción pública, sugestiva omisión. g. Néstor Carlos Sala Fabri, NG Martín (a) El Flaco, muerto en enfrentamiento posterior con Fuerzas Policiales, el 14/12/76 a las 07:00 horas, en el monte entre Estancia Varela y el Puesto de Gendarmería Nacional Lapachito, tendría nivel jerárquico Oficial Mayor, al momento de su detención, se habría desempeñado como 2º Jefe de la Regional Nordeste, participante en el ataque al Regimiento de Infantería de Monte 29 Formosa - Operación Primicia -. Sugestivamente la CFCF en la Sentencia de la Causa 13 Caso 678 y conexo lo da por muerto el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II), rechazando el documento Certificado de Defunción y si esto fuera así, no tomar medidas contra un presunto delito de acción pública, sugestiva omisión.

100

NG: Nombre de Guerra En la Sentencia de la Causa 13, agregados en fojas 239 a 242 como cuaderno de prueba del ex Tte. Gral. D F. Galtieri, Resolución 001/78 del Ejército Montonero por lo que se impone el uso de uniforme, grados e insignias y repetidas en Manual de Instrucción de las Milicias Montoneras. Los grados eran: Oficial, Oficial 2º, Oficial 1º, Oficial Mayor y Oficial Superior y se obtenían en la realización de hechos de violencias, secuestros, asesinatos, robos de armamento, ataques a Unidades Militares, a Destacamentos Policiales, etcétera. Se aprecia que todos los Oficiales de la Regional Nordeste habrían participado del hecho de Formosa, ataque al RI 29.

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i.

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Luís Arturo Franzen Bogado, NG Colorado, muerto en enfrentamiento posterior con Fuerzas Legales, el 14/12/76 a las 14:00 horas, en el monte, tendría nivel jerárquico Oficial, al momento de su detención, se habría desempeñado a cargo de la Estructura Especializada dentro de la UBCL Resistencia. Para la CONADEP Anexo 1 Pág. 175 Nº de Actor 06530, existe un Fransen desaparecido, en Posadas Misiones, sin fecha. Sugestivamente la CFCF en la Sentencia de la Causa 13 Caso 678 y conexo lo da por muerto el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II), rechazando el documento Certificado de Defunción y si esto fuera así, no tomar medidas contra un presunto delito de acción pública, sugestiva omisión. Carlos Alberto Zamudio, NG Lucho, muerto en enfrentamiento posterior con Fuerzas Legales, el 17/12/76 a las 07:30 horas, en Campo Grande Misiones, juntamente con dos presuntos atacantes de la columna de transporte en Margarita Belén, Pedro Peczak y Susana Ferreyra. Tendría nivel jerárquico Oficial, al momento de su detención, habría operado en la UBC Misiones. Con anterioridad en la UBC Resistencia participando de los siguientes hechos menores en 1975 Resistencia, con causa abierta 15/08/75 en el Juzgado Federal de Resistencia, encontrándose prófugo, siendo condenados parte de los cómplices: 1° incendio de la firma Lepettit; 2° incendio de la firma Bolton Vernes; 3° incendio de la firma Mocoví Automotores; 4° colocación y detonación de explosivos y posterior incendio de la firma Frimalva el 09/09/75, con destrucción parcial del edificio y materiales cita en la calle Irigoyen 235; 5° colocación de explosivos de dos comercios de propiedad de Basilio García González; 6° intento de quema del vehículo de propiedad de Máximo Regio Pitman.; 7° colocación de explosivos en la Biela y Altro Café; 8° colocación de explosivos debajo del puente del Acceso Sur de Resistencia. Sugestivamente la CFCF en la Sentencia de la Causa 13 Caso 678 y conexo lo da por muerto el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II), y lo da por muerto el 14/12/76 (Pág. 1.479 Tomo II) rechazando el documento Certificado de Defunción y si esto fuera así, no tomar medidas contra un presunto delito de acción pública, sugestiva omisión. ¿Para la Justicia cuándo murió el 13 o 14 o el 17/12/76? Julio Andrés Pereira Almirón, NG Lulo o Bocha, fugado102, tendría el nivel jerárquico Oficial, al momento de su detención. Para la CONADEP Anexo 1 Nº de Actor 03952, figura un Pereyra Justo A., no hay lugar, ni fecha en el Informe. Para la CFCF de acuerdo a su Sentencia Causa 13 – Caso 678 y conexos está muerto el 13/12/76 (Pág.1.463 Tomo II) Fernando Gabriel Píerola Mayor, NG Damián, fugado, tendría el nivel jerárquico Oficial 2º y se habría desempeñado como Jefe de la UBCL Corrientes, al momento de su detención. Posible integrante del Consejo de Guerra Revolucionario, ya que en su domicilio se habría realizado el mismo donde tenían al detenido procesado y posteriormente habría participado en el ulterior asesinato del Oficial 1º José Luís Aspiazu de Montoneros, por supuesta traición y cobardía, llevado a cabo en Corrientes el 01/04/76, conocida como - Operación Gallina -. Para la CONADEP Anexo 1 Nº de Actor 04033 Pág. 354 desaparecido el 13/12/76 en Margarita Belén Chaco. Para la CFCF de acuerdo a su Sentencia Causa 13 – Caso 678 y conexos está muerto, el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II) Roberto Horacio Yedro Vidosola, NG Lagarto o Cuervo, fugado, tendría nivel jerárquico Oficial, al momento de su detención, habría funcionado en el Servicio Regional de Presos de la UBCL Resistencia. Para la CONADEP Anexo 1 Pág. 479 Nº de Actor 5455 desaparecido, el 13/12/76 en Sáenz Peña Chaco. Según carta recibida por el Dr. Carlos Pujol recientemente, se habría refugiado en el interior del Chaco en la Montenegrina. Para la CFCF de acuerdo a su Sentencia Causa 13 – Caso 678 y conexos está muerto, el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II) Reinaldo Amalio Zapata Cogna, NG Corto o Petizo o Santiago o Ronco, fugado, tendría nivel jerárquico Oficial Mayor, al momento de su detención. Se habría desempeñado como Jefe de la Columna 27 Corrientes y habría participado como Presidente del Consejo de Guerra Revolucionario y habría participado en el posterior asesinato del Oficial 1º José Luís Aspiazu de Montoneros, por supuesta cobardía y traición, llevado a cabo en Corrientes el 01/04/76, conocida como - Operación Gallina -. Habría participado en el ataque al RIMte

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29 de Formosa. Para la CONADEP Anexo 1 Pág. 481 Nº de Actor 8499 desaparecido el 01/12/76, cuando en esa fecha estaba a disposición del JAM 233. Para la CFCF de acuerdo a su Sentencia Causa 13 – Caso 678 y conexos está muerto, el 13/12/76 (Pág. 1.463 Tomo II) Para la Sentencia de la Causa 13 está probado que (todos los trasladados) falleció el 13 de diciembre de 1976 en horas de la madrugada en la localidad de Margarita Belén. Pág. 1.463 Tomo II. Según testigo de oídas, Graciela de la Rosa de Tierno en Pág. 1.471 Tomo II uno de los custodios le comento... pudiendo ver camiones del Ejército y 3 o 4 cadáveres tirados en el suelo y utilizando a este testigo, no vio 13 y menos 22 cadáveres, que excluye un deceso masivo o consumado en un hecho unitario. Para la CONADEP es un

desaparecido, pero existen numerosos casos acreditados de desaparecidos que volvieron, algunos reflejados en la revista Somos Nº 474 del 23/10/85, entre ellos varios muertos en el terremoto de México, o el caso Dra. Carmen Argibay Juez de Corte, o Dr. Esteban Righi Procurador General de la Nación, o el de Ana María Isabel Testa (con causa abierta en Expte 1518/75 del Juzgado Federal de Resistencia), desaparecida según la CONADEP el 08/01/76 con los números 09234 y 0651 y que es la principal acusadora del Cap. Cob. (ARA) Ricardo Cavallo, en la justicia de España caso llevado por el Dr. B. Garzón, etc. ¿Cuál es la figura de este detenido-trasladado-prófugo?, ¿Está muerto oficialmente?, ¿Está desaparecido?, ¿Aparecerá como algunos de los pocos ejemplos aquí mencionados para no cansar? Mismas consideraciones para los otros tres prófugos que siguen a continuación. Lo interesante que la Cámara Federal de la Capital, no sigue con la normativa legal vigente para estos casos, declarándolo oficialmente muerto, no ajustándose a Derecho

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11) Anexo 7 - Equipo Antropológico Argentino Forense Me permito transcribir un artículo de D Fernando José Ares que tomara de http://www.politicaydesarrollo.com.ar, y que transcribo a continuación. Resalto que el Juez Federal de Resistencia, para la instrucción de la causa Margarita Belén no se apoyó en los Organismos del Estado Nacional, creados para tal fin, haciéndolo con el EAAF. Interesante es resaltar de esta investigación, que los mismos donantes para el EAAF, son para el CELS - Centro de Estudios Legales y Sociales de Horacio Verbistky, uno de los querellantes de esta causa. ¿Estos exhumadores de cadáveres son movilizados por el interés económico o herramienta política de las grandes potencias?

El nombre de fantasía Equipo Argentino de Antropología Forense es ampliamente conocido a través de la prensa, sobre todo la adicta al Régimen Kirchnerista, pero solamente como organización ya que la identidad de sus miembros ha tenido un conveniente e inusitado ocultamiento, tratamiento por cierto bastante inapropiado e injustificado para los científicos que pretenden ser sus miembros. Una primer aproximación al Equipo es su sitio de Internet www.eaaf.org que nos proporciona la primer sorpresa, gran número de páginas del supuesto Equipo Argentino tiene la leyenda Esta página pronto en Español pues solamente están disponibles en... ¡ingles! Esto sumado a la presencia de la palabra Argentino, ya que es sabido que todas las empresas extranjeras aditan, en nuestro país la palabra Argentina a su nombre original (Ford Motors Argentina, Renault Argentina, Novartis Argentina, etc.) nos siembra la primera duda sobre la verdadera bandera de origen del EAAF. La dirección de la primer sede consignada aclara bastante la cosa: es 10 Jay Street, suite 502 Brooklyn, Nueva York, United States of America, phone (1-718) 237-2028. La segunda es nacional: Rivadavia 2443, Dto. 3 y 4, Buenos Aires. El orden en que están consignadas es harto elocuente, la Casa Matriz adelante, la Sucursal atrás. Buscando información sobre sus orígenes proseguimos en la misma dirección. Su fundador fue un norteamericano activista de izquierda llamado Clyde Snow quién un día arribó al país y otro fue designado Asesor de la CONADEP y testigo en el juicio a las Juntas103, pero nuestro importado zurdo no se conformó solo con eso, había venido para mas, y en 1984 fundó el Equipo pretendidamente argentino que nos ocupa. Cabe consignar aquí en este estado de las cuestiones una parcialmente lúcida y totalmente incompleta reflexión del terrorista marxista y agente de la inteligencia cubana Rodolfo Walsh, quien decía que EEUU. mandaba a los militares a reprimir y luego mandaba los activistas de los Derechos Humanos para que apretaran a los militares. Bueno le faltó el eslabón causa-eficiente para que se inicie todo el negocio: es indispensable primero mandar a los terroristas. Snow por consiguiente está comprendido en la última parte de la reflexión walshiana, cumplida su misión y dejando funcionando la célula argentina un día cualquiera se fue del país con la certeza de que ya había quedado todo organizado… Hace dos años, el 28 de febrero de 2003, para ser más precisos Clyde Snow reapareció en Texas cuando con su magna presencia como Presidente de la reunión constituyente de la Asociación Latinoamericana de Antropología Forense (no, no es un chiste que una

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Pág. 12 27-06-04 Aquí todavía están conscientes de la tragedia. Por otra parte su admirador y biógrafo Marcelo Figueras (Kamchatka, Plata Quemada) dice sobre Snow De naturaleza rebelde, expulsado del colegio fue a dar a una escuela militar. Quizás esto explica la fobia de Show contra las instituciones militares (Los exhumadores de historias). Pág. Nº 280

asociación latinoamericana fuera creada en EEUU sino más bien una indicación) y allí se designó a Mercedes Doretti104 (argentina) presidenta de la nueva entidad y a Luís Fondebrinder (argentino) como directivo, ambos del EAAF. Para interpretar como soplaban los vientos ese día como vicepresidente fue designado el guatemalteco Freddy Peccerelli del equipo de ese país que fuera organizado por la EAAF y como secretario el peruano José Pablo Baraibar, con igual situación al caso anterior105 . Por supuesto que a esta organización cuesta mantenerla, sus activistas, perdón quise decir científicos, tienen que comer y vestirse como cualquier mortal. Disponemos algunos datos extraídos del propio sitio de Internet del EAAF ya que allí se identifican los principales donantes a la institución aunque no se detallan los montos recibidos106). 104

Mercedes Doretti parece ser la voz cantante y sonante del EAAF según las informaciones procedentes del extranjero por que la prensa local hace un total mutismo sobre sus actividades. Encabezó la delegación del EAAF a México y a Brasil. También a El Salvador, donde embistió contra el Batallón Antiguerrillero Atlacatl y Guatemala. En el año 2002 en compañía del inefable Dr. Snow en un operativo relámpago derrotaron a los ejércitos etíope y peruano. Figueras en su obra citada dice que ahora reside en Nueva York, quizás alcanzada por la súbita prosperidad de los integrantes del Equipo ya que cuando describe a Morris Tidball declarando en Roma contra Suárez Mason dice: Traje caro. Ahora Morris Vive en Costa Rica, como director para América Latina de una organización de derechos humanos llamada Reforma Penal Internacional. 105

Los patrocinantes de la ALAF son: el EAAF, sus hijas de Guatemala y Perú, FAFG y EPAF respectivamente, el Centro de Análisis y Ciencias Aplicadas (CAFCA) y en medio de esta vorágine de intereses debidamente denunciada por la vaticana Zenith, también e inexplicablemente el Arzobispado de Guatemala. 106

Principales Donantes: Año 2004: Fundación Oak, Suiza; John Merck Fund, EEUU (tiene su sede en 11 Beacon Street, suite 1230, Boston USA, promueve la ideología de los derechos humanos y el feminismo e impulsa proyectos conjuntos con el OSI de Soros y la Fundación Ford. También financiaron emprendimientos del CELS y el SERPAJ); Gobierno de Argentina; Gobierno de Holanda; Global Fund for Human Rights, EEUU; Naciones Unidas; Diakonisches Werk, Alemania; Open Society Institute, EEUU; ICCO, Holanda. Año 2003: Gobierno del Reino Unido, Diakonisches Werk Der Erk, Alemania; The Open Society Institute (OSI), USA; Naciones Unidas; Gobierno de Alemania; Misereor, Alemania; Fundación Ford, USA; Interchurch Organization for Development Co-operation (ICCO), Holanda; Forefront, USA; Gobierno de Holanda; Gobierno de la Provincia de Córdoba, Argentina; Gobierno de la República de Argentina. Año 2002: Diakonisches Werk, Alemania; ICCO, Holanda; The Open Society Institute, USA; Fundación Joyce Mertz Gilmore, USA; Fondo John Merck, USA; Oficina de Derechos Humanos de Relaciones Exteriores del Reino Unido (El Gobierno Británico aportante del EAAF también lo es, por intermedio de su Embajada en Buenos Aires, del Centro de Estudios Legales y Sociales de Horacio Verbitsky, quien también comparte como financistas a la John Merck Fund, la Fundación Ford, Gobierno Argentino y Naciones Unidas); Misereor, Alemania; Gobierno de Holanda; Gobierno de Alemania; Witness, USA; Forefront, USA; Fundación de la Familia Dunn, USA. Año 2001: Diakonisches Werk, Alemania; Diakonia, Suecia; ICCO, Holanda; The Open Society Institute, USA; Fundación Joyce Mertz Gilmore, USA; Fondo John Merck, USA (John Merck Foundation está acusada de promover las campañas abortistas en Hispanoamérica y de ser la financista, con otras asociaciones, de la agrupación abortista Católicas por el Derecho a Decidir. Parece que los derechos humanos de los niños por nacer no interesan a esta benéfica Fundación. Lo mismo le corresponde a otro financista del EAAF, la Fundación Ford aportante permanente a tantas malas causas); Oficina de Derechos Humanos de Relaciones Exteriores del Reino Unido; Misereor, Alemania; Witness, USA; Forefront, USA (es una organización norteamericana que tiene como asociado en Argentina al EAAF. Figuran entre sus páginas la Doretti y Fondebrider. En otros países sus asociados son organizaciones de Gay, Lesbian, Bisexual and Transsexual persons (GLBT) y Pág. Nº 281

Corresponde a un total de cinco años, del 2000 al 2004, y durante los tres primeros años la totalidad de los principales donantes es extranjera. Luego con la asunción del Régimen Kirchnerista, como debía esperarse, hay también en el 2003 y 2004 un aporte argentino, el del gobierno de los jóvenes idealistas, pero el resto sigue tan extranjero como antes. Entre los financistas hay ONG’s presuntamente privadas y gobiernos de países. Entre las primeras sobresale Diakonisches Werk der Evangelische Kirche in Deutschland (EKD)107 de Alemania, The Open Society Institute (OSI) de EEUU. e Interchurch Development for Cooperation (ICCO) de Holanda, quienes aportaron durante los cinco años consignados; Misereor de Alemania, cuatro años de aportes; John Merck Fun de EEUU, tres años de aportes; y la Fundación Ford, por cumplir cabalmente la ley expresada anteriormente por el terrorista Walsh (Cuando los delincuentes dicen la verdad hay que reconocerlo), ya que ha sido denunciada continuamente como una fachada de la CIA norteamericana. Dos de los principales financistas, EKD e ICCO son las iglesias protestantes de Alemania y Holanda, ambas adheridas al Consejo Mundial de Iglesias. Diakonia de Suecia108 representa la unión de las seis iglesias protestantes de ese país, también adhiere al CMI. Misereor en cambio pertenece a la iglesia católica de Alemania. La Open Society Institute (OSI) ha sido establecida por el filántropo (según los documentos de la sociedad) y especulador y subversivo (según otros) George Soros109. Y ya entramos en las fuerzas ocultas que descomponen al mundo, menudo tema que excede este suscito trabajo. También la Ford Foundation ha sido reiteradamente descripta como una organización por la que la CIA canaliza sus fondos. En los segundos, los gobiernos de países aportantes figuran: el Gobierno de Holanda (Nunca se realizó ninguna actividad internacional del EAAF sobre la represión en las excolonias holandesas), el gobierno del Reino Unido (ídem anterior y ni tampoco en Malvinas donde hubo denuncias de ejecuciones por parte de los ingleses), gobierno de Alemania (tampoco son investigadas denuncias sobre tropas alemanas en Croacia y Bosnia)

también indigenistas. La Fundación Ford es uno de sus aportantes). Año 2000: Diakonisches Werk, Alemania; Diakonia, Suecia; ICCO, Holanda (ICCO confiesa que el origen de sus fondos proviene del Estado Holandés, otros miembros de la Unión Europea y las iglesias que la integran. Así que el Estado de Holanda manejado por la Internacional Socialista en los años que nos ocupan, financia a el EAAF directamente y además por intermedio de ICCO); The Open Society Institute, USA; Fundación Joyce Mertz Gilmore, USA; Misereor, Alemania; Witness, USA 107

Pertenece a la Iglesia Evangélica Luterana de Alemania. Entre sus méritos figura haber integrado el jurado que entregó el premio Martín Ennals al activista izquierdista colombiano Alirio Uribe Muñoz quien realiza campañas sistemáticas contra las fuerzas legales de Colombia dificultando sus operaciones en la guerra contra el narcoterrorismo. En nuestro país ha colaborado en el lanzamiento de libros en forma conjunta con la Universidad de Quilmes que llevó a cabo la Distribuidora Lumen. 108 Diakonia realiza una activa propaganda del indigenismo y del concepto de género en toda Centroamérica. También desarrolla actividades en Colombia, y Bolivia, vinculada a sectores de izquierda. 109

Muy poco que sea nuevo y nada que sea bueno puede decirse de George Soros. La Red Voltaire lo acusa de haberse rodeado de antiguos comunistas para impulsar su proyecto político de dominio mundial. Fue responsabilizado del derrocamiento del Presidente de Georgia. Human Rights Watch es señalada como uno de los instrumentos de Soros.Según el Capital Research Center la OSI es prodiga en donaciones a organizaciones y activistas políticas liberales de la Izquierda radical. La revista del Vaticano Zenith señala que Soros por medio de la OSI entrega cuantiosas sumas promoviendo la contracepción, el aborto, el feminismo, la eutanasia y la despenalización de la droga. Pág. Nº 282

En síntesis, todos los donantes, con la excepción del gobierno argentino kirchnerista y el gobierno oportunista de Córdoba, son extranjeros y responden a los siguientes países: EEUU, Holanda, Gran Bretaña (Que el Gobierno Británico que se mantiene en Malvinas a costa de los argentinos que ha matado financie a estos defensores de los DDHH es una burla al Pueblo Argentino), Alemania, Suecia y Suiza. En un año también se recibieron aportes de las Naciones Unidas. Existen en la actualidad filial del Equipo, organizada y entrenada como tales, en Chile, Guatemala y Perú. Otras de sus publicitadas misiones tuvieron como propósito establecer una filial, sin poderlo concretar hasta el momento. De acuerdo a su carácter internacional el EAAF tiene un largo listado de entidades asociadas en todo el mundo. Bueno todo el mundo es un decir, más preciso sería decir en casi todo el mundo por que en los territorios que formaron la ex-Unión Soviética no los tiene, tampoco en la China roja, asimismo no tiene ningún tipo de relación con los que investigan los crímenes masivos del marxismo sandinista nicaragüense o la Camboya polpotiana y tampoco, adivinen estimados lectores dónde? …, pues en el paraíso isleño cubano. Esto puede obedecer que esos lugares no se violan ni se violaron nunca los derechos humanos, no los dejen actuar o quizás no haya necesidad de debilitar a sus Fuerzas Armadas. O mejor una combinación de los dos últimos factores. Por supuesto también tiene entidades asociadas argentinas ¿Quiénes son? Obvio, las consabidas: CELS, Madres, Abuelas, Hijos, Familiares (Faltan los amigos y amantes, todavía a nadie se les ocurrió crearlas), la APDH, SERPAJ, el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y la CONADEP. Podemos de todo esto extraer muchas conclusiones, quedará en cada uno de los lectores su elucubración, solo nos limitaremos a señalar:  El Equipo Argentino de Antropología Forense tiene muy poco de argentino y es extremadamente dependiente del extranjero. Tiene entre sus principales financistas a George Soros.  La mayor parte de sus financistas financian también, por sí o por entidades controladas, el Foro Social Mundial, el abortismo y la contranatura.  Es una organización profundamente ideologizada cuyos directivos y miembros cultivan un extremado bajo perfil lindante en el anonimato.  Tiene como asociados a entidades dirigidas por ex-terroristas marxistas, familiares que reivindican el terrorismo marxista o individuos que sirven de apoyatura a los ex – terroristas bajo la fachada de defensa de los DD.HH.  Su labor es utilizada propagandísticamente contra las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Policiales de los países americanos.  Es funcional a los poderes que persiguen la anulación o por lo menos el debilitamiento de estas fuerzas, respondan éstos al marxismo leninismo o a las democracias liberales.  Sus sostenes son los que hoy gobiernan el mundo o los opositores a ese gobierno mundial, por supuesto que estos opositores son una creatura de los gobernantes del mundo.

Fernando José Ares

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12) Bibliografía… Libros Acuña Carlos Manuel. Por amor al odio. Tomo I: La tragedia de la subversión en la Argentina. Buenos Aires, Ed del Pórtico, 2003. Acuña Carlos Manuel. Verbistky. De la Habana a la Fundación Ford, Ed del Pórtico, 2003 Anderson Martín. Dossier Secreto. El mito de la guerra sucia. Ed Planeta 1993 Anguita Eduardo y Caparrós Martín. La Voluntad, Tomo I, II Y III Ed Norma 1997, 1998 y 2006. Baschetti Roberto. Documentos de la resistencia peronista. Ed De la Campana, 1994. Baschetti Roberto La memoria de los de abajo. Ed De la Campana, 2007 Bernett Jorge. El Peronismo de la Victoria. Carranza Edgardo Luís. Los Montoneros de su Majestad. Cerruti Gabriela. El Jefe. Vida y obra de Carlos Menen. Cohen Salama. Mauricio. Tumbas Anónimas. Ed EAAF 1992. D’andrea Morh. Memoria Debida. Buenos Aires. Díaz Araujo Enrique. La Guerrilla en sus libros Tomo I y II Ed Buenos Aires El Autor 2008 y2009. Díaz Bessone Ramón Genaro. Guerra Revolucionaria en la Argentina (1959-1978). Buenos Aires, Círculo Militar, 1996. Gasparini Juan. Montoneros. Final de Cuentas. Buenos Aires Ed Puntosur 1988. Giles Jorge. Allí va la vida. Buenos Aires Ed Colihue 2003. Gillespie Richard. Soldados de Perón. Ed Grijalva, 1987. González Breard Eusebio. La Guerrilla en Tucumán. Una historia no escrita. Buenos Aires, Ed Planeta, 2003. Gorriarán Merlo Enrique. Memorias de Enrique Gorriarán Merlo. De los Setenta a la Tablada. Buenos Aires, Ed Planeta, 2003. Giussani Pablo. Montoneros, la soberbia armada. Buenos Aires, Ed Sudamericana, 2003. Harnecker Marta. Enemigos, Aliados y Frente Político. Larraqy Marcelo y Caballero, Roberto. Galimberti. De Montoneros a la CIA. Ed Norma, 2000. Jauretche Ernesto. No dejes que te la cuenten. Pensamiento Nacional, 1997.

Los 70 Violencia en la Argentina. Buenos Aires, Circulo Militar, 2001. Larrabure Arturo C. Un canto a la Patria. Buenos Aires, 2005. Márquez Nicolás. La otra parte de la verdad. Buenos Aires, 2004. Masetti Jorge. Furor y Delirio. Editado en 1993. Méndez Eugenio. Confesiones de un Montonero. Ed Planeta, 1985.

Nunca Más. EUDEBA, editado en 1984. Perdia Cirilo. La otra Historia. Testimonios de un Jefe Montonero. Pág. Nº 284

Petric Antonio. Así sangraba la Argentina, Sallustro, Quijada, Larrabure. Colección “Humanismo y Terror”. Dirigida por Pinheiro Armando Alonso. Buenos Aires, 1980. Rojas Guillermo. Años de Terror y Pólvora. El Proyecto Cubano en la Argentina (19591970). Santiago Apóstol, 2001. Sáenz Quesada María. Isabel Perón, la Argentina en los años de María Estela Martínez. Buenos Aires, Planeta, 2003. Vinelli Natalia. Ancla. Agencia de noticias clandestinas. La Rosa Blindada, 2000. Viotto Roman, Leandro. Silencio de Mudos. Editorial Runken. Yofre Juan B., Nadie Fue. Editorial Sudamericana, 2.008.

Revistas Somos, Gente, Evita Montonera (publicación de Montoneros, Primicia Argentina Año I Nº 14 del 23/04/74 de Arce Rodolfo.

Diarios La Nación, Clarín, El Norte, La Capital, Época, La Razón, Crónica, La Prensa, Nueva Provincia, El Tiempo.

Documentos Las modalidades de militarización de estas bandas se acreditan con el material bibliográfico de estudio dictado por ellas, agregado por cuerda a los cuadernos de prueba de las defensas de los procesados Galtieri y Massera, en la Sentencia de la Causa 13 de la Cámara Federal Apelaciones de la Capital Federal, a saber: - Manual de Instrucción de las Milicias Montoneras. En distintos capítulos contiene instrucciones sobre orden cerrado, capacitación física y criterios básicos de planificación operativa y logística.

- Cuerpo de Manuales sobre Guerrilla Rural. Consistente en documentos de instrucciones sobre táctica, supervivencia, topografía, comunicaciones y sanidad, también editados por Montoneros.

- Manual de Información e Inteligencia y Cartilla de Seguridad. Con Instrucción sobre Procedimientos Operativos, correspondientes a la misma organización.

- Resolución 001/78 del Ejército Montonero. Por las que impone el uso de uniforme, grados e insignias.

- Curso de Táctica, Información y Estudio de Objetivos. Editado por el Partido Revolucionario de los Trabajadores.

- Reglamento para el Personal Militar del Ejército Revolucionario del Pueblo. Donde se prevé la conformación de escuadras, batallones, etc.

Cabe destacar finalmente que para el adecuado uso por parte de Montoneros, de dicho arsenal los elementos subversivos eran adiestrados práctica y técnicamente, se hallan adjuntos a f. 239/243 del cuaderno de la defensa de Galtieri, los siguientes textos:

- Manual Popular de Caños Incendiarios del Ejército Montonero. En el que se instruía sobre la fabricación y uso de tales elementos. Pág. Nº 285

- Reglamento del Uso del Lanzagranadas SFM/LG22MP. - Cartilla sobre Seguridad y Armas de Uso Defensivo. - Manual de Identificación de los Elementos de la Granada SFM/G5. - Cartilla sobre Explosivos y Armas Químicas. - Manual de Instrucción de las Milicias Montoneras. Que contiene una cartilla sobre armamentos e instrucciones básicas de Tiro y Portación de armas, y un cursillo sobre explosivos caseros.

Web

http://www.elistas-net/lista/nuestrahistoria70/archivo http://[email protected] http://www.desaparecidos.org. Jó[email protected] http://wwwseprim.com [email protected] [email protected] www.memoriacompleta.com.ar [email protected] www.harrymagazine.com www.americanoticias.com

Pág. Nº 286

13) Biografía El autor del presente trabajo es el Coronel (R) Jorge Carnero Sabol, nacido en Rosario, Provincia de Santa Fe en 1945, divorciado, con dos hijos y tres nietos. Se recibió de Subteniente de Infantería en 1966 y se retirara en 1998 del Servicio Activo. Prestara servicios en distintas Guarniciones Militares, como: Jujuy, Rosario, Resistencia, Capital Federal, Mendoza y Córdoba. Fue 2do Jefe del Regimiento de Infantería de Montaña 16 en Uspallata, Jefe de Operaciones de la Brigada IVta Aerotransportada en Córdoba, Jefe del Regimiento de Infantería de Montaña 11 “Gral. Las Heras” en Tupungato y Director del Liceo Militar “Gral. Espejo” en Mendoza, entre otros puestos. Es Oficial de Estado Mayor del EA y del Estado Mayor Conjunto, con un Post Grado de Inteligencia Estratégica y Licenciado en Estrategia y Organización. Posee las Aptitudes Especiales de: Paracaidista Militar, de Inteligencia, de Montaña Cóndor Dorado, Esquiador y Escalador Militar. Esta publicación es la primera y la temática abordada, es aquella que lo tiene detenido hace cinco años a disposición de la Justicia Federal, como Preso Político.

Pág. Nº 287

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