Manual_completo Gestion Financiera
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Curso Básico De Gestión Financiera
UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN AL SISTEMA FINANCIERO 1. El dinero .................................................................................................................................. 4 1.1. La aparición del dinero..................................................................................................... 4 1.2. El dinero y el dinero bancario .......................................................................................... 6 1.3. Las funciones del dinero .................................................................................................. 6 2. El sistema financiero ............................................................................................................... 7 2.1. Funciones del sistema financiero .................................................................................... 8 2.2. ¿Qué elementos forman el sistema financiero? .............................................................. 8 3. Los mercados financieros ....................................................................................................... 9 3.1. Funciones del mercado financiero ................................................................................... 9 3.2. Características de los mercados financieros ................................................................. 10 3.3. Clasificación de los mercados financieros ..................................................................... 10 4. Los intermediarios financieros .............................................................................................. 12 4.1. Funciones de los intermediarios financieros.................................................................. 13 4.2. Clasificación de los intermediarios financieros .............................................................. 13 5. Los productos financieros ..................................................................................................... 15 5.1. Características de los activos financieros ..................................................................... 16 5.2. Clasificación de los activos ............................................................................................ 17
OBJETIVOS Conocer las principales funciones del sistema financiero Reconocer las características de los principales mercados financieros Identificar los principales intermediarios que intervienen en el sistema financiero
Unidad 1. Introducción al sistema financiero
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1. El dinero El dinero es un bien económico que se emplea como medio de pago en las transacciones de bienes y servicios. En la actualidad se realizan diariamente millones de transacciones económicas que serian imposible de ejecutar sin la existencia del dinero como medio de pago, para intercambiarlo por los bienes y servicios que el consumidor necesita.
1.1. La aparición del dinero Las primeras civilizaciones no necesitaban el dinero como medio de pago, ya que eran autosuficientes y, consecuentemente, no intercambiaban ningún bien con otras sociedades o asentamientos vecinos. Su economía se basaba en la subsistencia y el autoconsumo. Cada asentamiento se procuraba aquellos bienes que necesitaba, bien con la caza o bien cogiendo directamente lo que la naturaleza les ofrecía. Estos primeros hombres sólo se preocupaban de cubrir sus necesidades primarias: alimentación, abrigo y descanso. En el momento en que la población se va asentando, va dejando de ser nómada, surgen la agricultura y la ganadería y, con ellas, la división del trabajo. Las personas se van a dedicar a producir lo que necesitan para la subsistencia y para su obtención se van a emplear en cultivar la tierra y en domesticar los animales. Pero, en este momento de la historia, surge un problema: una persona no es capaz de producir todo lo que necesita, por lo que se va a necesitar intercambiar bienes con los demás. Alguien que va a dedicarse a trabajar la tierra necesitará herramientas con las que poder trabajar… Así los primeros mercados que surgen están basados en el trueque, esto es, en el intercambio de unos bienes, directamente, por otros. Así pues, una persona que se dedicaba a la agricultura, podía intercambiar su excedente por herramienta necesaria para su trabajo, muebles para la casa, vestido, calzado... Pero en el trueque surgen dificultades, ya que la persona que tiene un bien en exceso, debe encontrar a una persona que lo necesite y que, a su vez, ésta tenga el bien que a ella le hace falta; por otra parte, también es difícil la valoración de los bienes, ya que, en el momento del intercambio, hay que ponerse de acuerdo en por cuánto intercambiamos un bien. Por ejemplo, si un agricultor tiene un excedente de 10 lechugas, 5 kilos de zanahorias y 2 kilos de trigo y necesita una azada y una mesa de madera donde preparar los alimentos, deberá ponerse de acuerdo con otra persona a la que le sobre una azada y una mesa y que, asimismo, tenga necesidad y quiera cambiar por su excedente agrícola. Unidad 1. Introducción al sistema financiero
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Curso Básico De Gestión Financiera Precisamente, por las dificultades que presenta el trueque y, antes de la aparición del dinero en moneda y billetes como lo conocemos hoy en día, comienzan a utilizarse algunos objetos, aceptados por todos como medio de pago. Estas mercancías generalmente son pequeños objetos y varían de una civilización a otra. Algunos de estos objetos que se utilizaron fueron conchas de cauri en India, arroz en China, discos de piedra caliza en la isla de Yap en el Pacífico, además de semillas, caracoles y herramientas en miniatura, entre muchas otras. Con el tiempo, estos objetos fueron dejando de utilizarse como medio de pago y fueron sustituidos por metales: oro, plata, cobre... El historiador griego Herodoto atribuye la invención del dinero a los lidios, un pueblo del Asia Menor, que para el año 670 antes de Cristo puso en circulación monedas hechas de una aleación de oro y plata. Esta es pues, la primera forma física en la que apareció el dinero: las monedas metálicas con aleaciones de distintos metales preciosos, principalmente oro, bronce y plata. La RAE 1 nos ofrece la siguiente definición de moneda: pieza de oro, plata, cobre u otro metal, regularmente en forma de disco y acuñada con los distintivos elegidos por la autoridad emisora para acreditar su legitimidad y valor. La principal función de las monedas es facilitar las transacciones comerciales, ya que con un sistema monetario se hace más sencillo fijar el precio de los bienes y servicios que se van a intercambiar en el mercado. Con ello se facilita enormemente la división del trabajo, ya que una persona se puede especializar en la realización de una labor en concreto sabiendo que en el mercado va a encontrar los bienes que el no produce por unas cuantas monedas. No será necesario encontrar a una persona que necesite lo que él ofrece, como pasaba en el trueque. Cada pueblo acuñó su propia moneda para facilitar el funcionamiento de sus mercados y desarrollar su economía. Con el desarrollo del comercio las transacciones económicas fueron cada vez más frecuentes, los mercados se fueron extendiendo y ampliando su ámbito de influencia, pasando de ser locales a regionales y nacionales. Entonces las monedas, como único medio de pago presentaron dificultades: el peso de los metales es elevado. Así pues, el dinero “metálico” es decir las monedas, fue sustituido por dinero papel de pleno contenido, esto es certificados de papel que estaban respaldados por depósitos de oro o plata de igual valor al de los certificados emitidos. Los encargados 1
RAE: Real Academia Española de la Lengua
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Curso Básico De Gestión Financiera de realizar estos depósitos fueron los orfebres. Éstos disponían de cajas de seguridad para guardar las existencias de sus mercancías, así que fueron aprovechadas para este nuevo servicio, en el que el público en general, les hacía entrega de metales y los orfebres le extendían un recibo, comprometiéndose a devolver la cantidad depositada en custodia al depositante en el momento en que este la reclamara. Con el tiempo estos recibos fueron emitiéndose al portador y las compras y ventas que se realizaban se fueron saldando mediante la entrega de recibos por el valor acordado para la mercancía. Los orfebres se van convirtiendo en banqueros y es, en este momento, cuando nos encontramos con el nacimiento del papel moneda o billetes de banco. Este dinero papel era plenamente convertible en oro. Como, evidentemente, resultaba más cómodo realizar las transacciones con papel, el público dejó de reclamar la cantidad de oro al que tenía derecho con su “recibo” y los orfebres comenzaron a reconocer deudas emitiendo dinero papel, teóricamente convertible en oro, por un valor superior que realmente tenían en depósito. Con esta práctica, los orfebres estaban creando dinero. Es a partir del siglo XIX cuando la emisión de billetes y monedas queda exclusivamente a cargo de los Estados, por medio de los bancos emisores. En el caso de España, esta función la desempeñan el Banco de España y el Banco Central Europeo.
1.2. El dinero y el dinero bancario Actualmente, no sólo contamos con el dinero que podemos ver, monedas y billetes, sino que gracias al sistema financiero, los nuevos instrumentos de pago (cheques, letras de cambio, domiciliaciones bancarias, tarjetas de crédito...) y las nuevas tecnologías (transferencias en línea...), ya no es necesario que para realizar una transacción comercial, una cantidad de billetes y monedas pasen de una mano a otra, sino que en la mayoría de ocasiones se emplean otros medios, en los que con una simple anotación contable, el dinero ha dejado de estar a disposición de una persona para pertenecer a otra. Así pues, la oferta de dinero está compuesta por el dinero existente a disposición del público (billetes y monedas), más el existente en los depósitos de las instituciones financieras.
1.3 Las funciones del dinero Las principales funciones que cumple el dinero son las siguientes: •
Medio de cambio: el dinero es el instrumento de cambio generalmente aceptado por la sociedad para la realización de transacciones económicas entre sus miembros, favoreciendo así las relaciones comerciales.
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Medio de pago: el dinero es el principal instrumento utilizado actualmente para el pago de mercancías y servicios. Es el más generalizado, aunque no el único, ya que, en ocasiones, podemos encontrarnos con pagos en especie, aunque tiende a desaparecer, pero que si comprador y vendedor están de acuerdo es perfectamente válido.
•
Medio de valoración: a través del dinero podemos fijar el precio de los bienes y servicios que se van a intercambiar en los mercados, así el valor o precio lo expresamos en dinero, lo que facilita la comparación de precios entre los distintos bienes y servicios.
•
Unidad de cuenta: como el dinero realiza la función de medio de valoración, el coste de los bienes viene expresado en dinero, lo que facilita a empresas y gobiernos poder llevar a cabo su contabilidad, convirtiéndose, en este caso, el dinero en la unidad de cuenta.
•
Depósito de valor: el dinero, como bien, es susceptible de ser acumulado y reservado para posteriores usos. Así el dinero puede contribuir a mantener la riqueza para un momento posterior, ya que en cualquier instante el dinero podrá ser intercambiado por los bienes o servicios que necesitemos en un futuro.
Funciones del dinero
Medio de cambio
Medio de pago
Medio de valoración
Unidad de cuenta
Depósito de valor
2. El sistema financiero Vamos a denominar unidades económicas a las empresas públicas y privadas, a las entidades familiares o economías domésticas y a los organismos oficiales. En cualquier economía nos vamos a encontrar con dos tipos de unidades económicas: deficitarias o con déficit y excedentarias o con superávit. En un determinado periodo de tiempo cualquiera de ellas puede ser tanto deficitaria como excedentaria. Las unidades deficitarias o con déficit van a ser aquellas en las que sus gastos Unidad 1. Introducción al sistema financiero
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Curso Básico De Gestión Financiera son superiores a sus ingresos por un periodo de tiempo; y, por el contrario, serán excedentarias o con superávit aquellas unidades económicas en las que los ingresos de un determinado periodo de tiempo son superiores a sus gastos. El sistema financiero es el conjunto de instituciones, medios y mercados cuya principal misión es canalizar el ahorro que generan las unidades económicas excedentarias (ahorradores) y hacerlo llegar a las unidades deficitarias (inversores).
2.2. Funciones del sistema financiero El sistema financiero tiene como principales funciones las siguientes: •
Captar los recursos financieros sobrantes de las unidades excedentarias y ofrecer, a cambio, una remuneración económica como contrapartida de su depósito en forma, generalmente, de interés y la total seguridad de recuperación de sus depósitos en el momento y condiciones pactadas.
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Ofrecer los recursos financieros necesarios a las unidades económicas deficitarias para poder llevar a cabo su inversión, exigiendo como contrapartida el pago de unos intereses y las garantías suficientes de solvencia para que estas unidades puedan rembolsar estos recursos, en el momento y condiciones pactadas.
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Alcanzar la estabilidad monetaria y financiera, dotando a las instituciones de la flexibilidad necesaria para adaptarse a los cambios que se generan en la economía, y asignando a las autoridades financieras instrumentos adecuados para llevar a cabo su función de control dentro del sistema financiero.
2.3. ¿Qué elementos forman el sistema financiero? El sistema financiero está formado, principalmente, por tres elementos que son: •
Los mercados financieros: el mercado financiero es el lugar y los mecanismos que hacen posible el intercambio y negociación de los activos financieros. Hace referencia, tanto a un espacio físico, como a toda la serie de mecanismos que pueden hacer posible el intercambio de activos financieros (llamadas de teléfono, e-mails, páginas Web...)
•
Las instituciones e intermediarios financieros: las instituciones e intermediarios financieros van a ser los encargados de recoger el ahorro o excedente de las unidades económicas excedentarias y hacerlo llegar a las unidades deficitarias que lo están demandado.
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Los productos o activos financieros: vamos a denominar productos financieros al instrumento por el cual una unidad económica cede una parte de sus recursos a otra unidad económica y que genera un derecho de cobro la unidad que cede el recurso y una obligación o deuda en la unidad que lo recibe.
3. Los mercados financieros Como acabamos de ver, los mercados financieros son todo el conjunto de instrumentos y mecanismos que tiene el sistema financiero para hacer posible que el intercambio de recursos financieros se lleve a cabo efectivamente. El desarrollo actual de la economía y la aplicación de las nuevas tecnologías, están haciendo que el mercado financiero ya no necesite de un espacio físico en que llevar a cabo la negociación, sino que ésta puede realizarse perfectamente a través de la red, por teléfono, por videoconferencia...
3.1. Funciones del mercado financiero Al mercado financiero van a confluir las distintas unidades económicas ofreciendo o demandando sus productos. El mercado financiero va a ser el encargado de conectar a los oferentes o ahorradores con los demandantes o inversores, a través de sus intermediarios financieros, haciendo que ambas partes, ahorradores e inversores, se beneficien del intercambio. Para que éste sea satisfactorio para las partes, el mercado financiero va a tener que determinar un precio justo a ese activo, de tal manera que produzca una remuneración al ahorrador y que el inversor pague un precio por el recurso obtenido. El mercado financiero facilita la liquidez de sus productos, de tal manera que éstos puedan transformarse en dinero incluso antes de su vencimiento. Así por ejemplo, un ahorrador que ha acudido al mercado financiero ofreciendo una cantidad de dinero y dejándola depositada por un plazo de tiempo determinado, puede tener una nueva contingencia financiera por la cual necesite recuperar su dinero antes del plazo establecido en un principio. El mercado financiero debe garantizar la liquidez necesaria para que esos activos se conviertan en dinero, incluso antes de plazo. Otra misión importante que tiene el mercado financiero es la de reducir los costes de intermediación para conseguir una mayor circulación de los activos.
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3.2. Características de los mercados financieros Para que la actividad de los mercados financieros se desarrolle con normalidad y el intercambio de recursos entre las distintas partes se pueda llevar a cabo, deben cumplir con una serie de características. •
Los mercados deben ser libres, es decir, no deben existir barreras que dificulten la entrada y la salida de las unidades económicas al mercado financiero; tampoco deben existir limitaciones para el intercambio de activos.
•
El mercado debe garantizar la máxima transparencia de tal manera que todas las partes que en el intervienen puedan acceder fácilmente a la información relativa a las condiciones del mercado, de forma rápida y a un coste limitado.
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Los mercados no pueden estar limitados a un solo activo, sino que deben fomentar la negociación de multitud de ellos para que tanto oferentes como demandantes puedan encontrar el activo que más se ajuste a sus necesidades en cada momento.
•
En todo mercado financiero, debe fomentarse que por cada activo haya un gran número de órdenes de compra y venta, a diferentes precios, para que cada agente económico encuentre en el mercado el que satisfaga sus necesidades.
•
El mercado financiero tiene que ser lo suficientemente flexible para ser capaz de reaccionar ante los cambios que se producen en las circunstancias económicas del mercado, para poder adaptarse con rapidez a la nueva situación.
3.3. Clasificación de los mercados financieros Los mercados financieros los podemos clasificar atendiendo a diversos criterios, así, la Bolsa es un mercado de capitales si tenemos en cuenta los productos que se negocian en ella y, además, es un mercado secundario si el criterio que elegimos es el momento de vida de los mercados. Atendiendo al momento de vida en que se encuentran los activos que se negocian podemos tener: •
Mercados primarios: en éstos, las empresas e instituciones obtienen la financiación que necesitan de los ahorradores emitiendo activos financieros que compran estos últimos. En el mercado financiero primario, estos activos
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Curso Básico De Gestión Financiera pasan directamente de la empresa o institución que lo emite al ahorrador, por lo tanto el activo se encuentra en su primer momento de vida, ha sido transmitido directamente del que necesita financiación al que ofrece esa financiación. Estos activos financieros se ponen en circulación por primera vez. Ejemplos de estos mercados son la emisión de deuda pública por parte de la Dirección General del Tesoro a través del Banco de España, las ampliaciones de capital por parte de las empresas... •
Mercados secundarios: en éstos se van a negociar activos emitidos con anterioridad, es decir, los ahorradores que han acudido a la compra de activos en un mercado primario, en el mercado secundario, tienen la oportunidad de vender sus activos, y así recuperar su inversión. También aquellos ahorradores que no han acudido a un mercado primario para colocar su ahorro, pueden acudir al mercado secundario para obtener una rentabilidad mediante la adquisición de activos financieros. El ejemplo más característico de mercado secundario es la Bolsa de Valores.
Si tenemos en cuenta la forma en que esos productos son negociados, tenemos: •
Mercados directos: en éstos, los oferentes y los demandantes de financiación se intercambian directamente los fondos, sin necesidad de intermediarios.
•
Mercados intermediados: son aquellos en que al menos una de las partes que intervienen en la negociación de los activos es un intermediario financiero. La función del intermediario es poner en contacto a demandantes con oferentes de fondos y, generalmente, por realizar este servicio cobra una comisión.
Según la naturaleza de los productos que se negocian en dicho mercado, vamos a tener: •
Mercados monetarios: en ellos se negocian activos financieros de corto plazo, con una gran liquidez y un bajo riesgo. Dentro de los mercados monetarios se pueden encontrar tanto mercados interiores como mercados de divisas, aunque en estos últimos el riesgo es mayor. Hay que sumarles el riesgo del cambio, al riesgo que siempre conlleva cualquier inversión.
•
Mercados de capitales: se negocian activos a largo plazo, es decir aquellos que van a tardar más de un año en convertirse en liquidez. Están ca-
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Curso Básico De Gestión Financiera racterizados por una menor liquidez y un riesgo más elevado que el mercado monetario, a cambio de una mayor rentabilidad. Aquí vamos a encontrar el mercado de renta fija y el de renta variable, así como los mercados de crédito. Si atendemos a su nivel de organización, nos vamos a encontrar con: •
Mercados organizados: son aquellos mercados en los que la actividad de intercambio de activos está controlada y reglamentada, de tal manera que los agentes que a él acuden, conocen las normas y se rigen por ellas a la hora de realizar sus transacciones.
•
Mercados no organizados (OTC): en ellos las normas son más flexibles, de tal manera que los compradores y los vendedores pueden establecer las condiciones en que van a realizar sus transacciones. Son mercados que no exigen los estrictos requisitos de los mercados organizados.
Si tenemos en cuenta el grado de intervención de las autoridades, los mercados financieros serán: •
Mercados libres: son aquellos en los que el volumen de los activos que en él se intercambian así como su precio se van a fijar libremente, sin intervención por parte de ninguna autoridad, únicamente con la intervención de las fuerzas de la oferta y demanda.
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Mercados regulados: en el mercado regulado, el precio de los activos financieros o la cantidad de los mismos que se emite, viene dictada por la Administración.
4. Los intermediarios financieros Como hemos visto, al mercado financiero acuden las unidades económicas con superávit ofreciendo sus recursos y las unidades económicas deficitarias buscando recursos para poder llevar a cabo sus inversiones y cubrir sus gastos. Los primeros, van a pedirle al mercado una gran liquidez y rentabilidad a sus recursos en un corto espacio de tiempo, mientras que los segundos, lo que esperan encontrar es financiación a largo plazo, a un bajo coste. Para conciliar los deseos de unos con las necesidades de otros, surge la figura de los intermediarios financieros. Dentro del mercado financiero vamos a encontrar multitud de intermediarios, ya que no todos van a tener ni la misma naturaleza ni las mismas funciones, por lo que Unidad 1. Introducción al sistema financiero
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Curso Básico De Gestión Financiera para que el mercado financiero funcione con normalidad van a ser necesarios todos ellos, cada uno en su ámbito, con sus competencias bien definidas.
4.1. Funciones de los intermediarios financieros Los intermediarios financieros son los encargados de mediar entre los ahorradores y los inversores, para ello deben ser capaces de ofrecer las garantías suficientes para que los primeros depositen sus recursos, además, deberán ofrecérselos a los segundos, de forma que estos obtengan la financiación que necesitan en unas condiciones tales que les permita llevar a cabo su inversión. Los intermediarios financieros deberán tener la suficiente flexibilidad para adaptarse a los cambios que se producen en la economía, ofreciendo en cada momento productos acorde con las necesidades de los distintos agentes económicos, tanto ahorradores como inversores. Los intermediarios van a ser los encargados de gestionar el cobro y pago de los productos financieros, de manera que facilitarán la transferencia de fondos entre los agentes que intervienen en la transacción de activos.
4.2. Clasificación de los intermediarios financieros Los intermediarios financieros se clasifican en dos grandes grupos: 1. Bancarios. Los intermediarios financieros bancarios van a ser las instituciones más importantes y numerosas dentro del sistema financiero español. Son los intermediarios que van a llegar a un mayor numero de agentes económicos, y además, son los intermediarios que van a tener una relación más directa con ellos. La principal característica de estos intermediarios es que su labor no se limita a la mediación entre ahorradores e inversores, sino que van a captar el ahorro a través de unos productos financieros (cuentas corrientes, depósitos a plazo…) que ellos han creado; lo van a ofrecer a los inversores a través de otros productos (préstamos, hipotecas...), con lo cual están transformando los productos, no sólo realizando una labor de mediación entre el ahorro y la inversión. No todas las instituciones bancarias van a tener la misma naturaleza, ni van a desarrollar las mismas funciones, sino que, dentro de los intermediarios financieros bancarios, vamos a encontrar intermediarios muy diferentes entre sí. Así pues, son intermediarios financieros bancarios: Unidad 1. Introducción al sistema financiero
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Banco de España
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Bancos comerciales
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Cajas de ahorro
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Cooperativas de crédito
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Banco de Crédito Oficial (ICO)
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Entidades de dinero electrónico
2. No bancarios. Los intermediarios financieros no bancarios van a ser aquellos que en el sistema financiero realizan una labor únicamente de intermediación entre ahorradores e inversores. Estas instituciones no van a transformar los activos, sino que su función se limita a entregar a los inversores que lo soliciten el capital de los ahorradores. Como en los bancarios, tampoco todos los intermediarios financieros van a ser iguales, ni van a tener la misma naturaleza, ni la misma función. Aquí vamos a encontrar un grupo muy variado de instituciones ya que tenemos: •
Intermediarios que desarrollan actividades bursátiles y/o de inversión. En este grupo se encuentran las sociedades de valores (dealers), los agentes de valores (brokers), por ejemplo.
•
Intermediarios que desarrollan actividades aseguradoras. Aquí se encuentran las entidades aseguradoras.
•
Intermediarios que desarrollan actividades de financiación. Este grupo es el más heterogéneo de todos ya que podemos encontrar entidades de leasing, de factoring, de crédito y préstamo, así como de emisión y gestión de tarjetas de crédito.
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Banco de España Sistema monetario
Banca comercial
Cajas de ahorros
Sistema crediticio
Sistema bancario
Cooperativas de crédito
ICO
Entidades de dinero electrónico Entidades de financiación Entidades aseguradoras
Intermediarios financiaros
Sociedades de inversión Fondos de inversión
5. Los productos financieros Vamos a denominar productos financieros a los títulos que emiten los agentes económicos que tienen necesidad de financiación, con el fin de cambiarlos, con otros que poseen recursos suficientes. A los productos financieros se les denomina generalmente activos, y así lo haremos a partir de ahora, aunque técnicamente no es correcto, pues dentro de los productos financieros vamos a tener tanto activos como pasivos financieros. Un mismo producto financiero constituye, según el punto de vista que lo observemos, un activo y un pasivo. Constituye un activo para la persona que posee el título en cuanto es un derecho de cobro que tiene y que puede transformar en dinero en cualquier momento. Constituye un pasivo para la entidad que lo ha emitido, ya que supone una obligación de pago a su vencimiento. Los activos financieros, en cuanto a contratos que son, los vamos a encontrar documentados generalmente en papel, a través de ellos se va a dejar constancia de
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Curso Básico De Gestión Financiera las condiciones en las que se realiza la transferencia de los fondos, así como la forma y plazos en los que dichos fondos serán reembolsados.
5.1. Características de los activos financieros Dentro del mercado existen multitud de activos diferentes. Todos van a tener una serie de características comunes que nos van a permitir comparar unos con otros y elegir el que más se acerque a lo que nosotros estamos buscando en un determinado momento. Una de estas características va a ser la liquidez que presente dicho activo. Mediante la liquidez vamos a medir la facilidad que presenta un activo para convertirse en dinero líquido de forma rápida, es decir, en un corto plazo de tiempo, sin sufrir mermas en su valor. De esta forma, diremos que un activo posee una gran liquidez cuando, fácilmente, se puede convertir en dinero. Diremos que un activo no tiene una gran liquidez cuando el plazo, para que ese activo se convierta en dinero, es largo. Otra característica que van a presentar todos los activos financieros es el riesgo asociado. En todo activo financiero existe la posibilidad de que al vencimiento del mismo, el agente obligado al pago no acuda a hacer frente a su obligación. El riesgo de un activo vendrá determinado por la solvencia que tenga el emisor del mismo, así como por las garantías adicionales que acompañen a dicho activo, como avales, seguros… El riesgo asociado que presentan los activos se presenta desde varios frentes, en función de la posible pérdida que pueda experimentar dicho activo. Así vamos a tener el riesgo de crédito, que es el asociado a perder el dinero que hemos invertido, ya que el agente obligado al pago no hace frente a su obligación. El tipo de interés va a llevar también un riesgo asociado, ya que la evolución de los tipos de interés del mercado, puede ser desfavorable y diferir mucho del momento de compra al de venta. Si nuestro activo no es dinero del país, sino que es en otra moneda, existe un riesgo asociado al tipo de cambio. Por último, otra característica que presenta todo activo financiero es la rentabilidad. La rentabilidad es la capacidad que ese activo tiene de producir intereses con los que remunerar al comprador, como pago por la cesión temporal de fondos y por el riesgo que ha asumido al realizar dicha cesión. La rentabilidad supone una recompensa para el comprador del activo, esta rentabilidad va a estar siempre asociada al riesgo soportado.
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Curso Básico De Gestión Financiera Las tres características que tienen los activos financieros van a estar íntimamente ligadas, estando siempre en función unas de otras. La rentabilidad y el riesgo van a tener una relación directa, a un mayor riesgo en un activo, mayor debe ser su rentabilidad y, al contrario, un activo con un bajo riesgo presentará una baja rentabilidad. En cambio, la rentabilidad y la liquidez van a tener una relación a la inversa; a una mayor liquidez la rentabilidad será menor y, viceversa, cuando un activo presente una escasa liquidez, será porque lleva asociada una mayor rentabilidad.
5.2 Clasificación de los activos Los activos financieros los podemos clasificar atendiendo a diversos criterios, así vamos a tener: 1. Según la naturaleza jurídica de entidad que los emite. Las entidades que pueden emitir activos financieros pueden ser públicas o privadas, así nos vamos a encontrar con: •
Activos públicos: son aquellos que han sido emitidos por entidades públicas, es decir, por el Estado, por las Comunidades Autónomas, por los Ayuntamientos, o por cualquier otro organismo público. El ejemplo más característico serían las Letras del Tesoro.
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Activos privados: son aquellos que han sido emitidos por cualquier sociedad o empresa privada. El principal ejemplo son las acciones.
2. Según el nacimiento de los activos. Los activos pueden ser emitidos directamente por las entidades que precisan la financiación o pueden ser emitidos por intermediarios, que canalizan fondos y los prestan a quien se los solicite, cobrando por sus servicios. Así nos vamos a encontrar con: •
Activos primarios: van a ser emitidos directamente por las entidades que precisan financiación, y recogidos también directamente por los ahorradores, que ofrecen esa financiación.
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Activos secundarios: van a ser creados o emitidos por intermediarios financieros, principalmente por los bancos, ya que en un primer momento han recogido el ahorro y, posteriormente, lo ofrecen a los inversores en forma de préstamos.
3. Según el plazo de vencimiento que presenten. Este criterio hace referencia a la liquidez que presenten los activos, es decir, a su facilidad para convertirse en dinero, de forma rápida y sin reducir su valor. Así, ordenados de mayor a menor liquidez, nos vamos a encontrar con: Unidad 1. Introducción al sistema financiero
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Activos a la vista: éstos presentan el mayor grado de liquidez, ya que se amortizan con la presentación de los mismos. Dentro de estos activos tenemos los billetes y las monedas.
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Activos a corto plazo: son aquellos cuyo vencimiento es inferior a un año.
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Activos a largo plazo: son aquellos cuyo vencimiento es superior a un año.
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Activos perpetuos: son aquellos que no se amortizan.
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UNIDAD 2 LOS PRODUCTOS FINANCIEROS DE PASIVO 1. Las operaciones bancarias ................................................................................................... 21 2. Las cuentas bancarias .......................................................................................................... 23 2.1. Funcionamiento de las cuentas bancarias ............................................................................ 23 2.1.1. Apertura ............................................................................................................... 23 2.1.2. Clasificación de las cuentas bancarias ............................................................... 28 2.1.3. Registro de operaciones en las cuentas bancarias. ........................................... 29 2.1.4. Cancelación de las cuentas bancarias ................................................................ 30 2.2. La cuenta corriente a vista ............................................................................................. 31 2.2.1. Caso práctico: liquidación cuenta corriente ........................................................ 36 2.2.2. Ventajas e inconvenientes de la cuenta corriente............................................... 39 2.3. La supercuenta .............................................................................................................. 41 2.3.1. Caso práctico: liquidación de la supercuenta...................................................... 41 2.3.2. Ventajas e inconvenientes de la supercuenta..................................................... 44 2.4. La cuenta de ahorro ....................................................................................................... 45 2.4.1. Ventajas e inconvenientes de las cuentas de ahorro ......................................... 48 3. El cheque .............................................................................................................................. 48 3.1. Concepto y regulación ................................................................................................... 48 3.2. Elementos del cheque ................................................................................................... 49 3.3. Características del cheque ............................................................................................ 50 3.4. Clases de cheques ........................................................................................................ 51 3.5. Ventajas e inconvenientes del cheque .......................................................................... 53 4. El pagaré ............................................................................................................................... 53 4.1. Concepto y regulación ................................................................................................... 53 4.2. Elementos del pagaré .................................................................................................... 54 4.3. Ventajas e inconvenientes del pagaré ........................................................................... 55 5. El depósito a plazo fijo .......................................................................................................... 55 5.1. Concepto y funcionamiento del depósito ....................................................................... 55 5.2. Casos prácticos: liquidación depósito ............................................................................ 58 5.2.1. Caso práctico: imposición a interés fijo ............................................................... 58 5.2.2. Caso práctico: imposición a interés variable ....................................................... 58 5.3. Ventajas e inconvenientes del depósito ........................................................................ 59
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
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Curso Básico de Gestión Financiera 6. Certificados de depósito ....................................................................................................... 60 6.1. Concepto ........................................................................................................................ 60 6.2. Ventajas e inconvenientes de los certificados ..................................................................... 60 7. Conclusiones ........................................................................................................................ 61
OBJETIVOS Distinguir entre productos financieros de activo y de pasivo Conocer las principales características de los depósitos, tanto a la vista como a plazo. Distinguir entre los distintos depósitos a la vista existentes Conocer el principal método de liquidación de las cuentas bancarias Diferenciar entre cheque y pagaré Distinguir entre depósito a plazo y certificado de depósito
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
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Curso Básico de Gestión Financiera Podemos definir intermediarios financieros como todas aquellas entidades, que por un lado toman dinero de los ahorradores y lo prestan a los inversores, obteniendo, de esta forma un margen financiero que les permite llevar a cabo su actividad. Dentro de la categoría de intermediarios bancarios, no sólo van a estar los bancos comerciales, sino que también son entidades bancarias, las cajas de ahorro, y las cooperativas de crédito. Por lo tanto, en adelante, cuando utilicemos el término bancario, nos estamos refiriendo a las operaciones o productos, que pueden ofrecer cualquiera de estas entidades, es decir tanto bancos, como cajas de ahorro y cooperativas de crédito.
1. Las operaciones bancarias Hemos visto que la función principal de los intermediarios financieros es captar fondos de las unidades excedentarias para destinarlo a las deficitarias. Nos vamos a centrar en la función de los bancos, cajas de ahorros, y cooperativas de crédito, y en la forma en que estas entidades realizan esta labor, transformando esos fondos. Así, los bancos reciben el dinero de los ahorradores a través de depósitos a plazo, cuentas corrientes... y lo entregan a los inversores a través de la concesión de préstamos, créditos... A estas operaciones las vamos a denominar operaciones bancarias, y a clasificar en tres grandes grupos: operaciones activas, operaciones pasivas y operaciones neutras. Por medio de las operaciones pasivas, los bancos captan recursos de sus clientes, asumiendo una deuda con ellos, ya que el banco se compromete a devolver el importe del depósito. Constituyen la principal fuente de financiación de los bancos. A través de ellas, es la forma en que las entidades bancarias obtienen los fondos necesarios para llevar a cabo su actividad. Se denominan operaciones pasivas porque, en la contabilidad que lleva el banco, estas operaciones se anotan en el pasivo de la entidad; ya que para el banco representan una deuda contraída con sus clientes. Como iremos viendo a lo largo de la unidad, son operaciones pasivas las cuentas corrientes, los depósitos a plazo... Por el contrario a través de las operaciones activas, el banco, cede o pone a disposición de los clientes una parte de los fondos que ha obtenido de los ahorradores, constituyendo un derecho de cobro, en el plazo y condiciones que pacte con su cliente. En cuanto a que constituyen un derecho de cobro por parte del banco, éste, lo llevará a su contabilidad en el activo, de ahí su nombre de operaciones activas. En la siguiente unidad veremos las principales operaciones activas, pero podemos adelantar que estas van a ser los préstamos y los créditos y, en general, las operaciones me-
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Curso Básico de Gestión Financiera diante las cuales el banco pone a disposición del cliente fondos de los que éste no dispone. Las operaciones bancarias conllevan una serie de operaciones adicionales o complementarias por parte del banco. Estas otras operaciones, no le suponen al banco ni una captación ni una entrega de fondos. Las podemos denominar operaciones neutras o de servicio. Consisten en una serie de servicios o prestaciones que realizan los bancos a sus clientes, y que pueden llevar aparejadas el cobro de alguna comisión. Estas son operaciones como la domiciliación de recibos, el cambio de divisas, las trasferencias... Veamos un pequeño resumen de las operaciones financieras más habituales:
Cuenta Corriente
Operaciones pasivas
Cuentas Bancarias
Cuenta de Ahorro
Cheque
Supercuenta
Pagaré Depósitos a plazo fijo Certificados de depósito
Crédito Descuento Operaciones activas
Préstamo Fianza y aval
Operaciones bancarias
Leasing
Domiciliaciones Gestión de cobro de efectos Transferencias Terminal Punto de Venta (TPV) Operaciones neutras
Banca electrónica Tarjetas bancarias Factoring Confirming
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2. Las cuentas bancarias Las cuentas bancarias constituyen un contrato de depósito irregular a la vista, por el cual, el cliente pone a disposición del banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito unos fondos y espera ir recuperándolos, en las condiciones y plazos pactados, siempre siguiendo sus instrucciones. Decimos que es un contrato de depósito irregular pues en él, el depositario, en este caso la entidad bancaria, adquiere la propiedad de la cosa depositada y se compromete a devolver al depositante (en este caso el cliente), al vencimiento del contrato, otra cosa de la misma naturaleza y valor. Esto difiere con el contrato de depósito regular en que en este último, el depositario, al vencimiento devolverá la misma cosa depositada. Si las cuentas bancarias fueran depósitos regulares, el banco tendría que devolver el mismo dinero que recibió, no una cantidad equivalente. Otra diferencia, es que en el depósito regular el depositante (cliente) debe pagar al depositario por la guardia y custodia de la cosa depositada, mientras que en este depósito irregular de las cuentas bancarias, el cliente va a recibir una remuneración, en forma de intereses, por la utilización que el banco va a hacer de sus fondos, aunque, dependiendo de las características y condiciones de la cuenta bancaria, ésta, puede llevar aparejada el pago de una comisión de mantenimiento a la entidad bancaria. La principal característica que van a tener las cuentas bancarias es la disponibilidad inmediata o con un escaso plazo de aviso, para la disposición de fondos, por parte del cliente.
2.1. Funcionamiento de las cuentas bancarias 2.1.1. Apertura Mediante el acto de apertura de una cuenta bancaria da comienzo la relación contractual entre el banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito y el cliente. Es un acto voluntario, ya que ninguna de las dos partes tiene la obligación de abrir la cuenta, si no que lo hacen por propia voluntad. En la apertura de una cuenta bancaria, el cliente deposita en el banco una cantidad de dinero, y esta entrega queda recogida en un documento, además, se procede al registro de las firmas de las personas que van a intervenir en la relación contractual. Pueden abrir cuentas bancarias, tanto las personas físicas, como jurídicas, estas a través de sus representantes.
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Curso Básico de Gestión Financiera Las personas que desean abrir una cuenta bancaria, deben poseer capacidad de obrar. Tienen plena capacidad para ello todas las personas físicas que tengan 18 años o más, y que no hayan incurrido en alguna incapacidad o prohibición legal o jurídica. No obstante, los menores, así como las personas incapacitadas teniendo en cuenta su grado, podrán abrir una cuenta, siempre que lo hagan con la asistencia de sus padres, tutores o representantes legales. Por parte de la entidad, la apertura de una nueva cuenta bancaria, deberá ser autorizada por el director de la oficina o por el apoderado de la misma. El proceso de apertura es el siguiente: 1. Rellenar el impreso de apertura Los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, por lo general, tienen creados al efecto, unos impresos de solicitud de apertura de cuenta, que entregan a sus clientes, para cumplimentarlos con los datos de los mismos. En este mismo impreso de solicitud, pueden estar las condiciones generales así como las particulares, de la cuenta que se va a abrir, y que juntos, van a conformar el contrato de apertura. El impreso de solicitud de apertura de cuenta debe recoger, al menos, el nombre, apellidos y NIF de los titulares cuando son personas físicas, y la denominación y el CIF en caso de que sean personas jurídicas. Además figurará el domicilio de los titulares y la fecha de apertura de la cuenta, que da inicio al contrato de depósito. Si la cuenta tiene más de un titular, en el impreso de solicitud, se deberá recoger el sistema de disposición por el que se va a regir la cuenta.
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Oficina
Clase
Fecha de apertura Datos de la cuenta Numero Moneda
Carácter/Disposición
Datos de los titulares/Representantes/Apoderados o Autorizados Nombre/ Denominación
Documento de identidad
Domicilio (Calle; Nº; Piso; CP; Provincia)
Nombre/ Denominación
Documento de identidad
Domicilio (Calle; Nº; Piso; CP; Provincia)
Nombre/ Denominación
Documento de identidad
Domicilio (Calle; Nº; Piso; CP; Provincia)
En calidad de
Nacionalidad
En calidad de
Nacionalidad
En calidad de
Nacionalidad
Domicilio de Correo Otros Datos Condiciones. tipo de interés nominal anual, TAE, periodicidad de liquidación Comunicación de movimiento (periodo) Forma de disposición
Contrato de Cuentas Personales a la Vista Las personas que suscriben el presente contrato asumen expresa y formalmente las condiciones de la cuenta que figuran en el anverso y reverso del presente documento. En ------------------------------- , a ---------------- de --------------------- de 20 Firma de los titulares
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Firma representante Banco Mentor
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Curso Básico de Gestión Financiera 2. Registro de las firmas Las entidades tienen creado un documento para el registro de las firmas. La finalidad es la posibilidad de contrastar la legitimidad de las firmas en cualquier momento del periodo en que esté vigente la cuenta, y ante cualquier operación. En el documento, quedan recogidos los datos personales de los titulares de la cuenta, y de aquellas personas que están autorizadas a retirar fondos, generalmente en el caso de personas jurídicas, así como sus firmas.
FICHA DE FIRMAS Titulares/Representantes/Apoderados/Autorizados Nº de orden: Titularidad: NIF: Nombre: Clase de cuenta:
FIRMA:
Nº de cuenta: Fecha de apertura: Nº Orden:
Moneda:
Titularidad:
Disposición:
NIF: Nombre: FIRMA:
A continuación se estampan las firmas y datos de los titulares (personas físicas) o de las personas facultadas para disponer de la cuenta (personas jurídicas)
Nº Orden: Titularidad: NIF: Nombre: FIRMA:
Apoderamiento (sólo válido para personas físicas)
Nº Orden: Titularidad: NIF:
Firmas Poderdantes
Comprobadas firmas
Nombre: FIRMA:
(todos los titulares) Banco Mentor
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Curso Básico de Gestión Financiera 3. Ingreso inicial en cuenta Como estamos diciendo, se trata de un contrato de depósito, y para constituirlo, un elemento esencial es la cosa depositada, en este caso dinero. En la apertura de la cuenta, el cliente debe entregar una cantidad de dinero, bien en efectivo o en cheque, para dar comienzo a la relación contractual, entre el cliente y el banco. No obstante, en el actual clima de competencia y flexibilidad, es posible encontrar entidades en las que ya no es necesario realizar un depósito inicial, bastando con realizar los trámites establecidos, pero sin tener que proporcionar ninguna cantidad en efectivo, en cheque ni por transferencia. 4. Firma del contrato El contrato de depósito deberá ser firmado por ambas partes, titulares de la cuenta y personal autorizado de la entidad. Por medio de la firma, ambas partes aceptan las condiciones por las que se va regir la cuenta, recogidas en el impreso de solicitud, generalmente, por la parte posterior del impreso. 5. Entrega de la documentación El banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, deberá entregar al cliente una copia del impreso de solicitud y de las condiciones generales y particulares de la cuenta, en las que se recogerán las tarifas de comisiones y gastos repercutibles a los clientes. Una vez que hemos creado la cuenta, ésta va a quedar identificada por medio de un sistema de codificación comúnmente aceptado por todas las entidades bancarias. Cada cuenta bancaria va a tener un Código Cuenta Cliente (CCC) que lo va a identificar inequívocamente. Este CCC consta de 20 dígitos, y está estructurado de la siguiente manera. Los cuatro primeros dígitos identifican a la entidad financiera. A cada entidad le ha sido asignado un código diferente. Los cuatro siguientes identifican a la sucursal u oficina de esa entidad financiera. Los dos siguientes son dígitos de control interno de la entidad. Los últimos diez dígitos, identifican a la cuenta bancaria, de forma personalizada y concreta.
CÓDIGO CUENTA CLIENTE – CCC ENTIDAD
OFICINA
DC
Nº CUENTA
1234
5678
90
1234567890
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Curso Básico de Gestión Financiera
2.1.2. Clasificación de las cuentas bancarias La clasificación que solemos hacer de las cuentas bancarias es: A) Atendiendo al criterio de su titularidad. Así podemos encontrar cuentas bancarias individuales y colectivas. •
Las cuentas individuales: son las que el titular es una única persona, bien sea física o jurídica, siendo ella, la única propietaria, de los fondos depositados y la única con capacidad para disponer de ellos.
•
Las cuentas colectivas: son las que tienen dos o más titulares, siendo todos ellos propietarios de los fondos depositados. La forma en que los titulares van a disponer de estos fondos, nos va a dar otra clasificación, dentro de las cuentas colectivas. Si cualquiera de los titulares puede disponer de fondos, siendo necesaria únicamente su firma, las denominaremos cuentas indistintas o solidarias, ya que los titulares se obligan, en igual medida entre ellos, ante las obligaciones que genere la cuenta. Por el contrario, si para la disposición de fondos, es necesaria la firma de todos los titulares de la cuenta, ésta se denominará conjunta o mancomunada. En el momento en que el número de titulares es igual o superior a tres, nos encontramos que existen distintas combinaciones a la hora de determinar el número de firmas necesario para disponer de los fondos. Hay cuentas en las que son necesarias dos firmas de dos titulares cualesquiera, o hay otras en la que se hace necesaria la firma de un titular en concreto y una o dos más de otros titulares... En el momento de la apertura de la cuenta se deberá especificar si va a ser indistinta o conjunta. En el caso en que no se especifique, se considerará conjunta.
Un titular
Cuenta individual
Con una firma es suficiente para disponer de fondos
Cuentas bancarias
Dos o más titulares
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Cuenta colectiva
Cuenta indistinta
Cuenta conjunta o mancomunada
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Curso Básico de Gestión Financiera B) En función de sus características específicas tendremos: cuentas corrientes, de alta rentabilidad o supercuenta y de ahorro. Las características de cada una de ellas, van a ser objeto de estudio en la presente unidad.
2.1.3. Registro de operaciones en las cuentas bancarias. Las entidades financieras son las encargadas de registrar, anotar o contabilizar todas las operaciones que se realizan en una cuenta bancaria. La forma en que se van a registrar es siguiendo la estructura de las cuentas contables, es decir, realizando anotaciones en el debe o en el haber, según la naturaleza de la operación. Tenemos que tener presente, que es la entidad financiera la que lleva esta contabilidad, por lo tanto, la naturaleza de la operación va a estar definida según su posición con respecto a esa operación. Las operaciones en las que el cliente entrega dinero a la entidad, bien sea en efectivo o en cheque; recibe alguna transferencia bancaria, intereses en su cuenta... y, en general, cualquier operación que ocasione un incremento en los fondos depositados del cliente, se van a denominar abonos; la entidad bancaria va a anotar el importe de la misma en el haber de la cuenta pues le supone una obligación de pago con el cliente. Así, en la terminología bancaria, se denomina abonar o acreditar un importe en una cuenta bancaria, al registro de la operación en el haber de la misma, por la cuantía que determine el importe de la operación. Por el contrario, las operaciones en las que se produce una minoración de los fondos que tiene depositados el cliente en la cuenta bancaria, la entidad financiera los va a registrar en el debe ya que le suponen una disminución de sus obligaciones de pago. A estas operaciones se les va a denominar cargos o adeudos. Así, cuando una operación ha sido cargada o adeudada, quiere decir, que la operación ha generado una minoración de los fondos del cliente, y por lo tanto, ha sido registrada en el debe de la cuenta bancaria. La contabilidad de la cuenta la lleva la entidad financiera, por lo tanto, lo que para ella es una obligación de pago, para el cliente es un derecho de cobro y viceversa. De esta forma, cuando el cliente repasa sus propias anotaciones contables y las compara con el extracto del banco o con las anotaciones en su libreta, tiene que tener presente, que estas serán inversas, ya que las dos contabilidades reflejan la misma realidad, pero desde dos puntos de vista inversos, lo que para el cliente es un derecho de cobro, para la entidad es una obligación, y viceversa.
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Curso Básico de Gestión Financiera Otros términos que vamos a encontrar frecuentemente respecto al funcionamiento de las cuentas bancarias van a ser las imposiciones y los reintegros. Las imposiciones o ingresos, van a ser las entregas, en efectivo, que se realizan y que serán abonadas en su cuenta. Los reintegros o disposiciones, son las retiradas o extracciones de dinero de la cuenta que se pueden realizar en efectivo, en cheque o mediante órdenes de transferencia. A través de la contabilidad que la entidad lleva de la cuenta, se obtiene el saldo de la misma. En general, el saldo de una cuenta contable, es la diferencia entre la suma de las anotaciones del haber, menos la suma de las anotaciones del debe. Las cuentas bancarias también van a tener un saldo, determinado por la diferencia del haber y el debe. La primera anotación contable que tendrá nuestra cuenta estará en el haber por el importe del primer ingreso. Las siguientes anotaciones que la entidad realice, serán abonadas o cargadas en nuestra cuenta, obteniendo, después de cada operación el saldo. Así los abonos que se realicen serán sumados al saldo de la cuenta y los cargos restados. Como ocurre en la contabilidad en general, el saldo de las cuentas bancarias, puede ser acreedor o deudor. El saldo será acreedor, cuando la suma de los importes anotados en el haber, sea superior a la suma de las anotaciones del debe; será el saldo que generalmente tendrán las cuentas bancarias, lo que significa, que los ingresos realizados por el cliente, son superiores a sus disposiciones. Si por el contrario, la suma de las anotaciones del debe es superior a las del haber, el saldo de la cuenta bancaria será deudor, por lo que el cliente ha utilizado fondos en mayor cuantía de los que disponía. Esta situación es conocida como descubierto en cuenta, y la veremos con detalle más adelante.
2.1.4. Cancelación de las cuentas bancarias Las cuentas bancarias son contratos que nacen para una duración indefinida, es decir, que se entiende que el contrato continúa si no es interrumpido o roto por alguna de las partes. Esta suspensión del contrato la llamaremos cancelación de la cuenta bancaria. Generalmente suele ser a iniciativa del cliente, pero, en las condiciones generales de las cuentas, las entidades suelen incluir unas cláusulas, en las que se reservan la posibilidad de cancelar la cuenta si se dan unas determinadas condiciones. Algunas de estas cláusulas son: utilización incorrecta de la cuenta, fallecimiento del titular, disolución de la sociedad (en el caso de personas jurídicas), quiebra…
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Curso Básico de Gestión Financiera Cuando se produce la cancelación de la cuenta, el cliente deberá entregar la libreta de ahorro así como el talonario de cheques, se obligará a disponer del saldo si lo tuviera o hacerse cargo, en su caso, del descubierto.
2.2. La cuenta corriente a vista La cuenta corriente a la vista, es un contrato de depósito irregular, lo que implica, que el cliente, al abrir una cuenta corriente, entrega una cantidad de dinero a la entidad financiera, para su custodia, y con la posibilidad de disponer de sus fondos, en cualquier momento, y sin tener obligación de avisar a la entidad financiera. Este contrato de depósito, nace para un periodo indefinido, es decir con vocación de continuidad en el tiempo, si no es interrumpido por ninguna de las partes. El cliente que dispone de una cuenta corriente, puede solicitar a su entidad financiera, para la disposición de sus fondos, un talonario de cheques. El talonario es un conjunto de cheques, que van numerados y unidos formando un bloque. La utilización y características de los mismos las vamos a ver en el punto 3 de esta unidad. El principal atractivo que tiene la cuenta corriente para particulares y empresas, es el servicio de caja. El cliente puede ordenar pagos, realizar cobros, domiciliar recibos, realizar transferencias… y, por supuesto, disponer de efectivo inmediatamente. Las entidades financieras remuneran a los titulares de las cuentas corrientes a través de intereses, esta remuneración suele ser de baja cuantía, ya que no es un producto destinado a obtener gran rentabilidad, sino que su principal característica es la disponibilidad inmediata de los fondos, como indica su calificativo “a la vista”. El registro o contabilidad de las operaciones que se realizan en una cuenta corriente, se lleva en hojas sueltas, que se denominan extractos bancarios, y que tienen obligación de remitir periódicamente a los titulares de las cuentas, al menos semestralmente. A pesar de ello, la mayoría de las entidades envían al domicilio del titular una liquidación mensual. La contabilización de estas operaciones se va a desarrollar conforme a las normas que vimos anteriormente para las cuentas bancarias, realizando cargos o abonos en cuenta, según la naturaleza de la operación. La estructura de un extracto de cuenta corriente es la siguiente:
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Movimiento Fecha
Concepto
Saldo Fecha valor
Debe
Haber
Deudor
Acreedor
Días de saldo
Números comerciales Deudores
Acreedores
En el extracto de la cuenta corriente, la entidad financiera deberá reflejar la fecha en que se realiza cada operación, haciendo referencia al día, mes y año de la operación. La entidad tiene obligación de reflejar el motivo que ocasiona el cargo o el abono de la operación. Para ello, en el extracto, se reserva la columna de concepto, en la que la entidad, a través de una sucinta explicación, hará referencia al motivo que origina el movimiento de fondos. El importe por el que se realiza el ingreso o la disposición de fondos deberá quedar reflejado en el extracto de la cuenta corriente. Este importe deberá reflejarse en el debe o en el haber, según la naturaleza de la operación. Así, como vimos en las cuentas bancarias, irán en el debe las operaciones que suponen una retirada o disminución de fondos, y en el haber las que suponen un incremento de los fondos. Recordemos que es la entidad financiera la que lleva la contabilidad de la cuenta, por lo que la valoración contable la hace según su posición respecto a las operaciones, que es la opuesta a la del cliente. Las operaciones financieras reflejadas en las cuentas corrientes tienen una fecha valor, que no siempre va a coincidir con la fecha en que se realiza la operación. La fecha valor la vamos a definir como el día a partir del cual va a empezar a contar el tiempo para el cálculo de los intereses que genera el saldo resultante del registro de la operación. La determinación de la fecha valor de una operación viene regulada por la circular 8/1990, de 7 de septiembre, del Banco de España, y en ella se dictan las normas que deberán seguir las entidades financieras, para consignar una fecha valor a cada operación, dependiendo de su naturaleza. La circular es la siguiente:
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CIRCULAR 8/1990 Hoja 19
Enero 2002
ANEXO IV LÍMITES SOBRE VALORACIÓN DE CARGOS Y ABONOS EN CUENTAS ACTIVAS Y PASIVAS, EN CUENTAS CORRIENTES, DE CRÉDITO Y LIBRETAS DE AHORRO Adeudos
Clase de operaciones
1. Cheques. 1.1. Pagados por ventanilla o por compensación interior en la oficina librada. 1.2. Pagados en firme por otras oficinas o entidades.
1.3.
Tomados al cobro por otras oficinas o entidades.
Fecha de valoración a efectos del devengo de intereses
El mismo día de su pago. El mismo día de su pago, a cuyo efecto la oficina pagadora estampará su sello con indicación de la fecha de pago. Si faltase este requisito se adeudará con valor del día de su cargo en cuenta. El mismo día de su adeudo en la cuenta librada.
2. Reintegros o disposiciones.
El mismo día de su pago.
3. Órdenes de transferencia, órdenes de entrega y similares.
El mismo día de su adeudo (61 bis).
4. Efectos devueltos. 4.1. Efectos descontados. 4.2. Cheques devueltos.
El día de su vencimiento. El mismo de valoración que se dio al abonarlos en cuenta.
5. Recibos de carácter periódico cuyo adeudo en cuenta ha autorizado previamente el deudor. 5.1. A cargo del deudor. 5.2. Devolución al cedente.
Fecha del adeudo. La valoración aplicada en el abono.
6. Compra de divisas.
El mismo día de la entrega de las divisas.
7. Compra de valores.
El mismo día de la compra en Bolsa.
8. Efectos domiciliados.
Los efectos cuyo pago se domicilie en una entidad de depósito, tanto en el propio efecto como en el aviso de cobro, serán adeudados en la cuenta de librado con valor día del vencimiento, tanto si proceden de la propia cartera de la entidad domiciliada como si le han sido presentados por otras entidades a través de cualquier sistema de compensación o de una cuenta interbancaria (1) (61 bis).
9. Derivados de tarjetas de crédito y similares.
Según el contrato de adhesión.
10. Otras operaciones.
Véase nota (a)
(1) Siempre que los efectos se presenten al cobro en los plazos establecidos en la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del cheque. En caso contrario, el mismo día de su adeudo en la cuenta del librado (61 bis).
(61 bis) Redactada la valoración del punto 3 de los apartados de adeudos y abonos, y 8 del apartado de adeudos, a la vez que se suprime la llamada (1) del punto 3, de acuerdo todo ello con lo dispuesto en la Circular 3/2001, de 24 de septiembre.
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ANEXO IV (continuación) LÍMITES SOBRE VALORACIÓN DE CARGOS Y ABONOS EN CUENTAS ACTIVAS Y PASIVAS, EN CUENTAS CORRIENTES, DE CRÉDITO Y LIBRETAS DE AHORRO Abonos Clase de operaciones
1. Entregas en efectivo. 1.1. Realizadas antes de las 11 de la mañana. 1.2. Las demás. 2. Entregas mediante cheques, etc. 2.1. A cargo de la propia entidad (sobre cualquier oficina). 2.2. A cargo de otras entidades (1). 3. Transferencias bancarias, órdenes de entrega y similares. 3.1. Ordenadas en la propia entidad en España. 3.2. Ordenadas en otras entidades en España (61 bis).
Fecha de valoración a efectos del devengo de intereses
El mismo día de la entrega. El día hábil siguiente a la entrega.
El mismo día de la entrega. Segundo día hábil siguiente a la entrega.
El mismo día de su adeudo al ordenante.. El segundo día hábil siguiente a su adeudo al ordenante (2) (61 bis)
4. Descuentos de efectos.
Fecha en la que comienza el cálculo de intereses (3).
5. Presentación de recibos de carácter periódico, cuyo adeudo en cuenta ha autorizado previamente el deudor.
El mismo día del adeudo.
6. Venta de divisas.
El día hábil siguiente al de la cesión de las divisas.
7. Venta de valores.
El día hábil siguiente a la fecha de la venta en Bolsa.
8. Abono de dividendos, intereses y títulos amortizados, de valores depositados.
El mismo día del abono.
9. En cuentas de tarjetas de crédito, de garantía de cheques y similares.
El mismo día.
10. Otras operaciones.
(1) (2) (3)
Véase nota (a).
Incluido el Banco de España. A cuyo efecto esta fecha deberá constar en la información referente a la transferencia. En el cálculo de intereses no se incluirá el día del vencimiento del efecto.
NOTAS: (a) En todas las demás operaciones no contempladas expresamente los adeudos y abonos se valorarán el mismo día en que se efectúe el apunte, si no se produce movimiento de fondos fuera de la entidad. En caso contrario, los abonos se valorarán el día hábil siguiente a la fecha del apunte. (b) La consideración de los sábados como días hábiles o inhábiles deberá estar en función de la clase de operación de que se trate. Si su formalización hubiese de retrasarse por imperativos ajenos a la entidad (pagos a Hacienda, operaciones en Bolsa, Cámara de Compensación, etc.) será día inhábil. En los restantes casos, en que la operación pueda formalizarse en el día, será considerado hábil. (c) En el caso de compra o venta de divisas habrá de tenerse en cuenta, además, la valoración dada a la compraventa propiamente dicha (61 ter).
(61 bis) (61 ter)
Véase página anterior. Suprimida por Circular 3/1996, de 27 de febrero, la última frase de la letra c).
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Curso Básico de Gestión Financiera
La cuenta corriente debe arrojar siempre un saldo. Este vendrá determinado por la diferencia entre las sumas del haber y las del debe. Así, tras un ingreso inicial, que nos proporciona un saldo acreedor, se irán sumando los abonos y restando los cargos, con lo que, después de cada operación, veremos el saldo que tenemos en la cuenta corriente. Los días de saldo, reflejarán los días en los que un saldo permanece invariable en nuestra cuenta. Los números comerciales, son el resultado de multiplicar el saldo por los días que ese saldo ha permanecido invariable en nuestra cuenta corriente. Liquidación de cuentas corrientes Existen varios métodos de liquidación de cuentas corrientes, entendiendo por liquidación el cálculo del saldo en un instante determinado, denominado vencimiento de la cuenta, en el que las partes convienen en efectuar el abono de los intereses resultantes de los diversos movimientos realizados. •
Método directo: es aquel en el que se calculan los intereses generados por cada uno de los capitales deudores o acreedores desde el momento en que los tenemos valorados en nuestra cuenta (fecha valor) hasta la fecha de cierre.
•
Método indirecto: para el cálculo de intereses se elige una fecha llamada época, suele coincidir cronológicamente con el primer vencimiento, aunque también puede ser otra fecha anterior. Sirve para calcular el tiempo contando los días que van desde cada vencimiento hasta la época. Los números obtenidos se colocan el la columna respetando el carácter del capital que los generó. Los números así obtenidos nos retrotraen a la época y los intereses calculados son ficticios, por lo que procede hacer una rectificación, llegada la fecha de liquidación para trasladarlos a la fecha de cierre.
•
Método Hamburgués: es el método más frecuente para liquidar las cuentas corrientes. Para calcular el interés devengado en un periodo, debemos obtener los números comerciales, multiplicando el saldo de la cuenta corriente por los días de permanencia de ese saldo en nuestra cuenta. Como el saldo puede ser acreedor o deudor, podemos encontrarnos con números comerciales deudores y acreedores. Una vez calculados los números comerciales, sumamos por un lado los acreedores y por otro los deudores, y al resultado de esta suma le aplicamos el interés. Generalmente el tipo de
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
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Curso Básico de Gestión Financiera interés es distinto para los saldos acreedores y deudores, por lo que a cada suma, deberemos aplicarles un tanto distinto. Por cualquiera de los métodos que liquidemos los intereses de nuestra cuenta corriente, deberemos, posteriormente, aplicar una retención para el impuesto de la renta; con la aplicación de la nueva reforma del IRPF, es del 21%, en los intereses a nuestro favor.
2.2.1. Caso práctico: liquidación cuenta corriente Rafa trabaja en una empresa dedicada a la venta y distribución de diferentes tipos de barnices para madera. Durante el mes de abril, se han producido los siguientes movimientos en la cuenta corriente de la empresa: •
2 de abril: cobra la factura nº 32, de un cliente, por un importe de 5.487 €.
•
3 de abril: paga un recibo de 154,50 €, por el concepto de gasolina.
•
6 de abril: la empresa ha cambiado de ubicación, por lo que Rafa, ha alquilado el antiguo local de la empresa. Recibe 254,89 € por dicho concepto.
•
7 de abril: le pasan por la cuenta el recibo correspondiente del agua, que asciende a 26,50 €.
•
12 de abril: Pasan a la cuenta la factura de electricidad de este mes, que asciende a 157,50 €.
•
13 de abril: el importe de la factura de teléfonos de este mes es de 254,50€.
•
15 de abril: recibe el importe de la venta correspondiente a la factura nº 78, que es de 589,50 €.
•
18 de abril: paga el cliente la factura nº 45 que tenía pendiente, por un importe de 258,40 €.
•
19 de abril: antes de instalarse en el nuevo local, realizaron algunas reformas para acondicionarlo a su actividad. Rafa acordó con la empresa de reformas, que pasasen la factura a la cuenta. Ésta es pasada a cobro por un importe de 2.547,47 €.
•
21 de abril: se recibe en la cuenta el importe de una subvención que pidió para la actividad, de 5.000 €.
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Curso Básico de Gestión Financiera •
22 de abril: Antes del traslado al nuevo local, hubo que pintarlo. Se paga por la cuenta el importe de las tareas de pintura a la empresa encargada. El importe asciende a 2.579,50 €.
•
24 de abril: se paga por medio de la cuenta corriente la cuota del teléfono móvil. El importe es de 140,50 €.
•
25 de abril: paga el cliente la factura nº 66 que tenía pendiente, por un importe de 558,78 €, directamente en la cuenta corriente.
•
26 de abril: el cliente de la factura nº 77 ingresa su importe en la cuenta corriente. El importe es de 874,20 €.
Sabiendo que el saldo de la cuenta corriente a fecha 1 de abril es de 10.000 €, calcula la liquidación de los intereses a fecha de 30 de abril, teniendo presente que las condiciones de la cuenta corriente son las siguientes: Interés saldos deudores: 15 %. Interés saldo acreedores: 0,075 %. Retención para el IRPF: 21 %. Solución: Para calcular la liquidación de esta cuenta corriente, dispones de una hoja de cálculo, denominada ejemplo2_1.xls. Para poder realizar la liquidación, debes introducir los datos ofrecidos en el planteamiento del caso práctico en las celdas sombreadas correspondientes, y así irás obteniendo los saldos y la liquidación, automaticamente. Para liquidar la cuenta corriente de este caso práctico, hemos utilizado el método hamburgués ya que es el más utilizado en la actualidad por las entidades financieras.
Condiciones de la cuenta Intereses saldos deudores Intereses saldos acreedores Fecha de liquidación Retención IRPF
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
15,000% 0,075% 30-abr 21,000%
37
Curso Básico de Gestión Financiera
NÚMEROS
MOVIMIENTO Fecha
Concepto
Debe
COMERCIALES
Haber
Saldo
Días
Debe
Haber
01-abr Saldo anterior
10.000,00 €
10.000,00 €
1
10.000
02-abr Factura, Nº 32
5.487,00 €
15.487,00 €
1
15.487
15.332,50 €
3
45.998
15.587,39 €
1
15.587
26,50 €
15.560,89 €
5
77.804
12-abr Eléctricas, S.A.
157,50 €
15.403,39 €
1
15.403
13-abr Teléfonos, S.A.
254,50 €
15.148,89 €
2
30.298
03-abr Gasolina, S.A.
154,50 €
06-abr Cobro alquiler 07-abr Agua
254,89 €
15-abr Factura, Nº 78
589,50 €
15.738,39 €
3
47.215
18-abr Factura, Nº 45
258,40 €
15.996,79 €
1
15.997
13.449,32 €
2
26.899
18.449,32 €
1
18.449
15.869,82 €
2
31.740
15.729,32 €
1
15.729
19-abr Reformas, S.A.
2.547,47€
21-abr Ingreso subvención 22-abr Pinturas, S.A. 24-abr Cuota Móviles
5.000,00 € 2.579,50€ 140,50 €
25-abr Factura, Nº 66
558,78 €
16.288,10 €
1
16.288
26-abr Factura, Nº 77
874,20 €
17.162,30 €
4
68.649
0,94 €
17.163,24 €
30-abr Intereses a su favor Retención IRPF 21%
0,20 €
0
451.544
17.163,04 €
Saldo final
17.163,04 €
Liquidación Intereses deudores
- €
Intereses acreedores
0,94 €
Retención IRPF
0,20 €
Liquido a percibir
0,74 €
La liquidación de una cuenta corriente, por medio del método hamburgués se hace de la siguiente manera: 1. Se anota el movimiento que se produce en la cuenta, en el debe se apuntarán los cargos contra la cuenta, es decir las salidas de dinero, y en el haber las entradas, bien en efectivo, transferencia… 2. Siempre que se realiza un movimiento hay una variación en el saldo de la cuenta. El saldo se calcula, sumando su importe al saldo anterior, si el movimiento es un abono, y restando al saldo anterior, si es un cargo.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
38
Curso Básico de Gestión Financiera 3. La siguiente columna es la de los días de permanencia del saldo en la cuenta. Se halla restando la fecha valor del movimiento de la fecha del movimiento anterior. 4. Los números comerciales son el resultado de multiplicar el saldo por los días de permanencia de éste en la cuenta. Dependiendo del tipo de saldo (deudor o acreedor) dará lugar a números comerciales deudores o acreedores. 5. Para calcular los intereses, se realiza primero la suma de los números comerciales, tanto acreedores como deudores. 6. Una vez obtenida la suma de los números, multiplicamos esta suma por el tipo de interés respectivo, es decir la suma de números deudores por el tipo de interés deudor, y la suma de números acreedores por el tipo de interés acreedor, dividimos por 360 si el tipo de interés esta expresado en tanto por uno, o 36.000 si trabajamos en tanto por cien. Se utiliza generalmente 360 porque representa el año comercial. En este caso, como sólo tenemos números acreedores, únicamente, habrá que calcular la liquidación de éstos. Esta liquidación es de la siguiente manera:
Interés acreedor = 451.544 x 0,00075 /360 = 0,94 € 7. Los intereses acreedores están sujetos a retención por el impuesto de la renta. Esta retención es actualmente del 21 %. Retención = 0,94 x 0,21 = 0,20 €
2.2.2. Ventajas e inconvenientes de la cuenta corriente El uso de las cuentas corrientes, va a llevar implícitos una serie de ventajas e inconvenientes para sus usuarios. Ventajas: La principal ventaja que presentan las cuentas bancarias en general, es la disponibilidad inmediata de la totalidad de los fondos depositados, frente a otros productos, en los que el dinero debe estar inmovilizado durante un periodo determinado. En las cuentas bancarias no existen plazos de disposición de los fondos depositados
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
39
Curso Básico de Gestión Financiera y, en cualquier momento, el cliente puede retirar parte o la totalidad de los fondos depositados. Es importante destacar el papel que realiza la cuenta corriente con el servicio de caja, ya que evita la ejecución de múltiples gestiones y desplazamientos, para realizar los cobros y pagos. La cuenta corriente resulta una forma más cómoda de realizar estas operaciones. Teniendo el dinero depositado en una cuenta corriente, el dinero está más seguro, por lo que resulta conveniente ingresar periódicamente el dinero, en efectivo, resultante de la caja. Dentro de las ventajas también queremos destacar que son un instrumento financiero que presenta gran facilidad de uso. Además, con el registro de las operaciones que realiza el banco, extractos bancarios, que periódicamente remite al cliente, facilita enormemente la llevanza de la contabilidad de la empresa, ya que en el extracto vienen reflejados las entradas y salidas de dinero que ha habido durante el periodo a que se refiere. La cuenta corriente es un producto financiero básico que da acceso a su titular a muchos otros servicios y productos financieros. Para poder utilizar los servicios que las entidades prestan el cliente debe tener una cuenta corriente (también puede ser de ahorro) en la entidad. Estos servicios pueden ser domiciliaciones, tarjetas bancarias… Inconvenientes: El principal inconveniente de la cuenta corriente es la escasa rentabilidad que ofrecen las entidades financieras a los clientes que tienen depositados fondos mediante este producto. Éste no debe ser utilizado como medio de obtener rentabilidad para los ahorros, sino que su principal finalidad es facilitar el servicio de caja. Si en la cuenta corriente tenemos un elevado volumen de fondos, seria aconsejable, destinar parte de ellos a otro producto financiero más rentable. Otro de los inconvenientes que podemos mencionar es que las cuentas corrientes suelen estar sujetas al cobro de comisiones. Éstas pueden variar de una entidad a otra pero, en general, todas las entidades cobrarán alguna comisión por la cuenta corriente. Así, resulta frecuente el cobro de una comisión de administración y otra por mantenimiento.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
40
Curso Básico de Gestión Financiera
2.3. La supercuenta El desarrollo del sector bancario, y el deseo de satisfacer las necesidades de todos los clientes ha provocado la aparición de nuevos productos financieros. Uno de éstos es la supercuenta. Básicamente, la supercuenta es una cuenta corriente al uso, en la que se pueden realizar todo tipo de anotaciones, pero en la que el banco ofrece una remuneración mayor, es decir, el interés es superior al de las cuentas corrientes habituales. A diferencia de la cuenta corriente, en la supercuenta las entidades financieras no suelen permitir disposiciones superiores a los fondos depositados, por lo que este tipo de cuentas no suelen presentar saldos deudores. Generalmente, la entidad financiera, exige que el saldo medio alcance un determinado importe y también es frecuente, que en las condiciones se fije una franquicia. Ésta provoca que hasta que la cuenta no alcance un determinado saldo, éste no estará remunerado.
2.3.1. Caso práctico: liquidación de la supercuenta Sebastián es el propietario y gerente de una empresa de transporte de viajeros por carretera. Para realizar su actividad dispone de 10 autobuses, con los que realiza servicios de línea entre diferentes localidades de la provincia, y la capital, así como todo tipo de servicios discrecionales. Para realizar los pagos y cobros de la empresa dispone de una supercuenta en el Banco Mentor. La supercuenta tiene un saldo de 14.875,25 € a fecha 1 de abril. Durante el trimestre, se han producido los siguientes movimientos en la supercuenta: •
15 de abril: con anterioridad, la empresa de autobuses, realizó un servicio discrecional a un cliente, y con él acordó el pago de la factura a través de la cuenta. A fecha de 15 de abril, el cliente realiza un ingreso de 5.487,00 €, por la factura nº 34.
•
20 de abril: se descuenta de la supercuenta, el importe de la factura de la electricidad, por un importe de 154,50 €.
•
30 de abril: se pagan mediante la supercuenta las nóminas del personal. El importe es de 12.475,25 €.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
41
Curso Básico de Gestión Financiera •
6 de mayo: se resta de la cuenta el importe de la factura de teléfono, por valor de 258,20 €.
•
15 de mayo: la cuota de los teléfonos móviles asciende a 165,40 €.
•
20 de mayo: la empresa de autobuses efectúa, frecuentemente, servicios a una agencia de viajes. Ésta realiza los pagos por los servicios prestados, cuyo importe es de 25.987,20 €.
•
25 de mayo: se paga a través de la supercuenta el importe del gas-oil, que asciende a 2.547,47 €.
•
30 de mayo: se pagan mediante la supercuenta las nóminas del personal. El importe es de 12.475,25 €.
•
2 de junio: se paga por medio de la supercuenta el importe de la factura del taller mecánico que realiza el mantenimiento de los autobuses. El importe pagado es de 3.875,14 €.
•
10 de junio: es ingresado en la supercuenta el importe de una subvención solicitada. El monto de la misma es de 5.000,00 €.
•
12 de junio: la agencia de viajes realiza un ingreso en la supercuenta, de un importe de 31.045,15 €, por los servicios prestados.
•
17 de junio: se paga mediante la supercuenta la prima del seguro de uno de los autobuses. El importe de la misma es de 1.578,50 €.
•
20 de junio: se paga mediante la supercuenta el importe del gas-oil, que asciende a 3.325,02 €.
•
25 de junio: se cobra a través de la supercuenta un servicio realizado a un cliente por un importe de 874,20 €, correspondiente a la factura nº 35.
Teniendo en cuenta que las condiciones de la supercuenta son las siguientes: Intereses saldos acreedores
Retención IRPF Comisión de mantenimiento Franquicia
0,100%
- €
0,180%
1.000,00 €
1.000,00 € 3.000,00 €
0,300%
3.000,00 €
a
10.000,00 €
0,500%
10.000,00 €
a
20.000,00 €
0,800%
20.000,00 €
a
en adelante
21% 0,09 €
por apunte
1.000,00 €
Saldo medio mínimo
3.000 €
Fecha de liquidación
30-jun
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
a
42
Curso Básico de Gestión Financiera
NÚMEROS MOVIMIENTO
Fecha
Concepto
Debe
COMERCIALES
Haber
Saldo
Días
Debe
Haber
01-abr Saldo a 1 abril
14.875,25€
14.875,25 €
14
208.254
15-abr Factura, Nº 34
5.487,00€
20.362,25 €
5
101.811
20-abr Eléctricas, S.A.
154,50€
20.207,75 €
10
202.078
30-abr Nóminas mayo
12.475,25€
7.732,50 €
6
46.395
258,20€
7.474,30 €
9
67.269
6-may Teléfono, S.A. 15-may Móviles, S.A.
165,40€
7.308,90 €
5
36.545
33.296,10 €
5
166.481
2.547,47€
30.748,63 €
5
153.743
12.475,25€
18.273,38 €
3
54.820
20-may Agencia de viajes 25-may Gas-oil, S.A. 30-may Nóminas junio 2-jun Taller Mecánico, SL
25.987,20€
3.875,14€
10-jun Subvención 12-jun Agencia de viajes
14.398,24 €
8
115.186
5.000,00€
19.398,24 €
2
38.796
31.045,15€
50.443,39 €
5
252.217
17-jun Seguros, S.A.
1.578,50€
48.864,89 €
3
146.595
20-jun Gas-oil, S.A.
3.325,02€
45.539,87 €
5
227.699
46.414,07 €
5
25-jun Factura, Nº 35
874,20€
30-jun
232.070 2.049.958
Solución: Para calcular la liquidación de esta cuenta corriente, dispones de una hoja de cálculo, denominada ejemplo2_2.xls. Para poder realizar la liquidación debes introducir los datos ofrecidos en el planteamiento del caso práctico, en las celdas sombreadas correspondientes, para obtener automáticamente los saldo y la liquidación. Liquidación Días liquidación Saldo medio Saldo medio remunerado Tipo de interés correspondiente al saldo medio Intereses acreedores Retención IRPF Número de operaciones Comisión de mantenimiento TOTAL
90 22.777,31 € 21.777,31 € 0,800% 43,55 € 9,16 € 15 1,35 € 33,04 €
Para liquidar la supercuenta debemos proceder de la siguiente manera: 1. Al tratarse de una cuenta bancaria, lo primero que debemos hacer es realizar las anotaciones de los distintos movimientos e ir hallando, tras cada apunte, el saldo que produce.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
43
Curso Básico de Gestión Financiera 2. Como se trata de realizarlo por el método hamburgués, calcularemos los números comerciales. 3. Una vez calculados, para hallar el saldo medio del periodo, dividiremos la suma de números acreedores por los días que abarca la liquidación. Saldo medio remunerado = 2.049.958 / 90 = 22.777,31 € 4. Si la supercuenta está sujeta a franquicia, antes de aplicar el tipo de interés, descontaremos la misma. Saldo medio remunerado = 22.777,31 – 1.000 = 21.777,31 € 5. Una vez obtenido el saldo medio remunerado, acudiremos a las condiciones de la supercuenta, para ver en que tramo se encuentra el saldo y aplicar el tipo de interés correspondiente. Éste es del 0,8 % por encontrarse en el último tramo. 6. Una vez conocido el tipo de interés a aplicar lo haremos sobre el saldo medio remunerado. Hay que tener en cuenta si el tipo de interés es anual, trimestral… para aplicarlo correctamente. Intereses acreedores = (21.777,31 x 0,008) x (90 / 360) = 43,55 € 7. Los intereses acreedores están sujetos a la retención del IRPF. Ésta es del 21%. Retención = 43,55 x 0,21 = 9,16 € 8. La comisión de mantenimiento es de 0,09 € por apunte. Contamos los existentes en el periodo y multiplicamos. Número de asientos x 0,09 € = 15 x 0,09 = 1,35 € 9. El cliente percibirá en su cuenta el importe de los intereses, menos la retención y las comisiones. Liquidación = 43,55 – 9,16 – 1,35 = 33,04 €
2.3.2. Ventajas e inconvenientes de la supercuenta Las ventajas que presenta la supercuenta son las mismas que presenta la cuenta corriente, ya que, en esencia, son el mismo producto financiero, salvo por el interés que ofrecen. Esa es la principal ventaja de la supercuenta, ya que la remuneración que las entidades ofrecen al cliente es superior a la de la cuenta corriente. No obstante, como la supercuenta continúa siendo un depósito a la vista, es decir, de dis-
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
44
Curso Básico de Gestión Financiera ponibilidad inmediata, no es el producto financiero con el que más rentabilidad se puede obtener con los ahorros, para rentabilizar los fondos ociosos de la empresa deberemos buscar un producto más adecuado que la supercuenta. Los inconvenientes que presenta la supercuenta es que es un producto financiero sujeto al cobro de comisiones por parte de la entidad financiera. Además, para poder alcanzar una alta rentabilidad, se debe alcanzar un volumen de fondos elevado, ya que el tipo de interés es mayor, cuanto mayor es el saldo de la cuenta, ya que está en función del saldo medio alcanzado en el periodo de liquidación. Otro inconveniente para poder contratar la supercuenta es que, generalmente, la entidad exige al cliente que alcance un saldo medio mínimo, y por lo tanto no suele permitir que se mantengan saldos deudores (descubiertos o números rojos) en este tipo de cuentas. Las supercuentas suelen tener una franquicia o saldo no remunerado.
2.4. La cuenta de ahorro La cuenta de ahorro, es un contrato de depósito irregular, en el que el cliente deposita una cantidad de dinero en un banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, para su custodia, quedando obligada la entidad financiera a reintegrar esos fondos, en el momento que le sean requeridos por el cliente, con total disponibilidad de los mismos. Este producto financiero fue creado para fomentar el ahorro popular, ya que estaba pensado para captar el excedente monetario de los particulares, ofreciendo cierta rentabilidad y dándole la seguridad de la custodia de los mismos. El funcionamiento de una cuenta de ahorro es muy similar al de las cuentas corrientes, no obstante presenta algunas diferencias: •
Las cuentas de ahorro tienen como principal soporte para el registro de sus operaciones la libreta o cartilla de ahorro, en la que se anotan, todos los abonos y cargos, así como los saldos que generan, en el desarrollo de las distintas operaciones. La libreta la entrega la entidad al cliente en el momento de la apertura de la misma y es éste el encargado de su custodia. Deberá presentarla en la entidad para la disposición de fondos.
•
Las cuentas de ahorro en general no ofrecen el cheque como medio de pago, mientras, que en la cuenta corriente es el principal medio. Las cuentas de ahorro ofrecen otros medios de pago, como tarjetas de crédito y débito, al igual que las cuentas corrientes.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
45
Curso Básico de Gestión Financiera •
En un principio, la remuneración de las cuentas de ahorro era mayor que la de las cuentas corrientes, pero la tendencia actual es a igualar la rentabilidad de ambas.
•
En las cuentas de ahorro, por lo general, no está permitido tener descubiertos, mientras que en las cuentas corrientes es una práctica que se consiente frecuentemente.
Las entidades financieras han ido adaptando la cuenta de ahorro a las necesidades que en cada periodo de tiempo pueden tener los clientes. Así, se han lanzado cuentas específicas, diseñadas para un público muy concreto. Entre ellas se encuentran las cuentas infantiles, juveniles y las destinadas a la tercera edad. Las entidades ofrecen una rentabilidad similar al resto de los productos a la vista, pero aderezan el producto con una serie de ventajas especialmente enfocadas al público al que van dirigidas las cuentas. Normalmente ofrecen sorteos, viajes y la posibilidad de acceder a financiación en condiciones preferentes. La Cuenta de Ahorro Vivienda reúne todas las características de las cuentas de ahorro, con algunas peculiaridades: •
La principal característica diferenciadora de la cuenta de ahorro vivienda, son las ventajas fiscales que ofrece, ya que el titular podrá deducir del Impuesto de la Renta de las Persona Físicas, el 15 % de la cantidad depositada en la cuenta de ahorro vivienda en el periodo impositivo. La máxima deducción permitida anualmente es de 1.352,25 € correspondiente a una aportación en la cuenta de ahorro vivienda de 9.015 €, realizada a lo largo del ejercicio económico.
•
Para poder realizar la deducción correspondiente a la cantidad depositada, el titular de la cuenta de ahorro vivienda deberá cumplir dos requisitos imprescindibles (en caso de incumplimiento, deberá devolver a Hacienda, el importe que se haya deducido de su IRPF los años anteriores más los intereses de demora. o
El plazo de depósito de los fondos acumulados en la cuenta de ahorro vivienda está limitado en el tiempo. No podemos tener abierta una cuenta vivienda para siempre. Los plazos son los siguientes: Cinco años, si la cuenta se abrió antes del 1 de enero de 1999. Cuatro años, si la cuenta se abrió después del 1 de enero de 1999.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
46
Curso Básico de Gestión Financiera o
Los fondos depositados en la cuenta de ahorro vivienda deberán ser destinados exclusivamente a la adquisición de la vivienda habitual o a su rehabilitación.
•
Evidentemente, como el ahorro de la cuenta vivienda va destinado a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, sólo podrán ser titulares, las personas físicas. Además, una persona física, sólo podrá tener abierta una cuenta de ahorro vivienda.
Existe otra cuenta de ahorro con características similares a la cuenta de ahorro vivienda, que es la cuenta de ahorro empresa. Éstas tienen como principal objetivo, recoger el ahorro de los particulares que mantienen intención de destinarlos a la constitución de una nueva empresa, ya que la creación de esta cuenta nace vinculada a la creación de una empresa. Al igual que la cuenta ahorro vivienda, esta cuenta tiene ventajas fiscales, ya que el contribuyente, titular de una cuenta ahorro empresa, podrá deducir, por las cantidades depositadas en la citada cuenta un 15% de las mismas, con un límite en la base máxima de aportación anual de 9.000 €. Desde la apertura de la cuenta ahorro empresa el titular tiene un plazo máximo de cuatro años para inscribir, la nueva sociedad en el Registro Mercantil. Si pasado dicho plazo, no la ha inscrito, deberá devolver a Hacienda el importe de las deducciones, más los intereses de demora generados. Una vez constituida la nueva sociedad, el titular de la cuenta, fundador de la empresa, tiene un plazo de un año, para destinar el saldo de su cuenta ahorroempresa a: •
La adquisición de inmovilizado material o inmaterial necesario para el desarrollo de la actividad de la empresa.
•
Los gastos de constitución y de primer establecimiento.
•
Los gastos de personal empleado con contrato laboral.
Además, una vez constituida la nueva empresa, ésta deberá contar, al menos, con un local afecto, exclusivamente, a la actividad y una persona contratada laboralmente a tiempo completo, dedicándose, al menos, durante los 2 años siguientes al inicio de la actividad económica en que consista su objeto social. Al igual que las cuentas ahorro vivienda, cada persona física, sólo podrá ser titular de una única cuenta de ahorro empresa.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
47
Curso Básico de Gestión Financiera
2.4.1. Ventajas e inconvenientes de las cuentas de ahorro Las ventajas de tener una cuenta de ahorro son muy parecidas a las de la cuenta corriente, ya que estamos hablando de productos similares. La cuenta de ahorro es un depósito a al vista, por lo que el cliente tiene disponibilidad inmediata de los fondos depositados, facilita el servicio de caja, custodia de forma segura el dinero del cliente, y además en la libreta de ahorro van a quedar plasmados todas las disposiciones e ingresos de dinero que el cliente realice, facilitando de esta manera la llevanza de la contabilidad de la tesorería del titular de la cuenta. Debemos destacar las ventajas fiscales que ofrece la cuenta de ahorro vivienda y la cuenta de ahorro empresa, ya que el titular va a poder deducir el 15% de los fondos depositados a la hora de realizar la liquidación del impuesto de la renta de las personas físicas, en los plazos y condiciones marcados por la ley. Dentro de los inconvenientes que presenta el uso de la cuenta de ahorro, debemos señalar que son los mismos que la cuenta corriente. Si bien en un principio, las cuentas de ahorro ofrecían al cliente una retribución superior a la de la cuenta corriente, en la actualidad, la rentabilidad de ambas tiende a igualarse, resultando ambas escasas. Las cuentas de ahorro, aunque no siempre, también pueden llevar aparejadas comisiones, tanto de mantenimiento como de administración. En las cuentas de ahorro vinculadas a un fin, ahorro vivienda y ahorro empresa, los fondos en ellas depositados deben ir necesariamente destinados a ese fin, es decir, la compra de la vivienda habitual o la puesta en marcha de una empresa. Por lo que, antes de contratar este tipo de servicio, lo debemos tener bien claro. En caso de que pasado el plazo previsto por la ley para que esos fondos sean destinados a su fin y el cliente no los haya aplicado, deberá devolver el importe que se hubiera deducido por este motivo en la liquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
3. El cheque 3.1. Concepto y regulación La regulación que rige el funcionamiento del cheque viene recogida en la Ley 19/1985, de 16 de julio, que se llama Ley Cambiaria y del Cheque. La ley regula todos los elementos que debe de contener un cheque, y todas las situaciones que nos podemos encontrar en el uso del cheque.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
48
Curso Básico de Gestión Financiera Es un documento mercantil por el que un banco o entidad de crédito se obliga al pago de una determinada cantidad por orden de uno de sus clientes y con cargo a su cuenta bancaria. El cheque, pues, contiene una orden de pago, por parte del emisor del mismo. Aclaremos primero la terminología que vamos a emplear para referirnos al cheque: •
Librador: es la persona que emite el cheque.
•
Librado: es la entidad bancaria que tiene la obligación de pagar el cheque a su presentación.
•
Tenedor: es la persona que posee en un momento determinado el cheque.
La función principal del cheque es servir como medio de pago en las transacciones comerciales, facilitando de esta manera la entrega de fondos, ya que evita la necesidad de la entrega de billetes y monedas en la transacción económica.
3.2. Elementos del cheque En el artículo 106 de la Ley Cambiaria y del Cheque se establecen los elementos que debe contener el cheque para tener total legitimidad. Estos elementos son los siguientes: •
La denominación de cheque inserta en el texto mismo del título expresada en el idioma empleado para la redacción de dicho título.
•
El mandato puro y simple de pagar una cantidad determinada en euros o en moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial. La cantidad de dinero que se debe pagar, figura en el cheque escrita, tanto en número como en letra. En caso de diferencia entre la cantidad que figure en el cheque en letra y en número, será válida la escrita en letra. Además, el cheque cuyo importe esté escrito varias veces por suma diferente ya sea en letra, ya sea en número, será válido por la cantidad menor.
•
El nombre del que debe pagar, denominado librado, que necesariamente ha de ser un banco.
•
El lugar de pago. A falta de indicación especial, el lugar designado junto al nombre del librado se reputará como lugar de pago. Cuando estén designados varios lugares, el cheque será pagadero en el primer lugar mencionado.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
49
Curso Básico de Gestión Financiera •
La fecha y el lugar de la emisión del cheque.
•
La firma del que expide el cheque, denominado librador.
Si no se indica alguno de los requisitos anteriores, se entenderá que no estamos ante un cheque válido salvo que la omisión se refiera al lugar de pago, en cuyo caso se entenderá como válido el que figure junto al librado (quien debe pagar) y, si tampoco figura éste, el del lugar de emisión; si es el lugar de emisión el que no se indica en el cheque, se entiende por tal el domicilio que figure junto al librador (el que emite el cheque).
3.3. Características del cheque El cheque es pagadero a la vista, esto es, se puede cobrar en cualquier fecha, con independencia de la que figure en el mismo. No obstante, la ley en su artículo 135, establece los plazos en los que el cheque debe ser presentado en la entidad bancaria, para proceder al cobro. Estos plazos son los siguientes: •
El cheque emitido y pagadero en España deberá ser presentado a su pago en un plazo de quince días.
•
El cheque emitido en Europa y pagadero en España deberá presentarse en un plazo de veinte días
•
Si el cheque ha sido emitido en el extranjero, pero es pagadero en España, el plazo para su presentación a cobro será de sesenta días.
Para computar los días debemos contar a partir del día que consta en el cheque como fecha de emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero si el día del vencimiento lo fuere, se entenderá que el cheque vence el primer día hábil siguiente.
Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
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Curso Básico de Gestión Financiera El cheque se emite sobre un documento impreso por la entidad financiera correspondiente y con cargo a una determinada cuenta bancaria, titularidad del librador del mismo. Para poder emitir un cheque es necesario que entre el librador y el Banco, se haya celebrado un contrato bancario por el que se le permita disponer de fondos de esta manera y además es necesario que el librador tenga fondos depositados en la cuenta corriente vinculada al cheque. El banco o caja debe atender el mandato de pago siempre y cuando haya fondos en la cuenta del deudor o de aquel que emitió el cheque y con el límite del saldo de dicha cuenta bancaria; así, es posible que la entidad financiera abone parcialmente la cantidad que figura en el cheque porque no existan fondos suficientes en la cuenta bancaria para abonar el importe total. El librador responderá del pago del cheque.
3.4. Clases de cheques Podemos encontrar distintas clases de cheques atendiendo a diferentes criterios. Así, si atendemos al criterio de la persona que va a cobrar el cheque, la ley, en el artículo 111, nos dice que podrá ser: •
Nominativo o emitido a favor de una persona física o jurídica determinada, donde se identifica a la misma con su nombre y apellidos, o denominación. Este cheque solo podrá ser cobrado por la persona que figura en el cheque, y ésta deberá identificarse, a través de los documentos oportunos, en el momento del cobro ante la entidad bancaria librada.
•
Emitido al portador, no se designa persona alguna por lo que cualquiera podrá proceder a su cobro.
También debemos mencionar la existencia de una serie de cheques que presentan unas cualidades específicas, que los hacen especiales. Así nos podemos encontrar: •
Cheques Cruzados: el librador o el tenedor de un cheque puede cruzarlo por medio de dos barras paralelas sobre el anverso. La finalidad de cruzar el cheque, es aportarle mayor seguridad, ya que en el momento del cobro, la persona que lo hace dejará constancia de su identidad, porque no puede ser cobrado en efectivo sino que deberá cobrarse con intermediación de un banco. El cheque cruzado puede ser general o especial. Es general si no
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Curso Básico de Gestión Financiera contiene entre las dos barras designación alguna o contiene la mención Banco y Compañía o un término equivalente. Es especial si entre las barras se escribe el nombre de un banco determinado. El cruzado general puede transformarse en especial; pero el especial no puede hacerlo en general. Cualquier tachadura se considerará como no hecha. El banco librado sólo podrá pagar el cheque cruzado especial al banco designado, o si éste es el mismo librado, a un cliente suyo.
•
Cheque para abonar en cuenta: el librador o el tenedor del cheque pueden prohibir su pago en efectivo, insertando en el anverso la mención transversal para abonar en cuenta, o una expresión equivalente.
En este caso, el librado solo podrá abonar el cheque mediante un asiento en su contabilidad. Este asiento equivale al pago. Cualquier tachadura de la mención para abonar en cuenta se considera como no hecha. •
Cheque conformado: El librador o el tenedor de un cheque podrá solicitar del banco librado que preste su conformidad al mismo.
Cualquier mención de certificación, visado, conforme u otra semejante firmada por el librado en el cheque acredita la autenticidad de éste y la existencia de fondos suficientes en la cuenta del librador. Esta modalidad de cheque es utilizada para importes elevados, ya que la “conformidad” del banco, ofrece la garantía, tanto de que el cheque es auténtico, como de que hay fondos en la cuenta del librador, suficientes para hacer frente a su pago.
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3.5. Ventajas e inconvenientes del cheque La principal ventaja, es que evita el manejo de efectivo, y las molestias que lleva aparejado su uso. Otra ventaja es que es pagadero a la vista, es decir, que en el momento que lo presentemos en ventanilla podemos hacerlo efectivo, sin necesidad de esperar plazos ni vencimientos. El cheque puede ser cruzado, tanto por el tenedor como por el librador, para aportarle mayor seguridad al mismo. Entre los inconvenientes, aunque más que un inconveniente es una recomendación, podemos mencionar que el tenedor de un cheque deberá observar los plazos que la ley establece para su presentación al cobro, ya que, si demora excesivamente su presentación podría encontrarse fuera del plazo establecido para hacer efectivo el cheque. Los cheques al portador, que no hayan sido cruzados, pueden ser cobrados por cualquier persona, con su presentación en ventanilla, sin necesidad de identificarse, por lo que se convierte prácticamente en efectivo, con los inconvenientes que ello conlleva.
4. El pagaré 4.1. Concepto y regulación Es un documento escrito mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente. La principal diferencia es que mientras el cheque contiene una orden de pago, el pagaré contiene una promesa de pago. Es un título valor muy similar a la letra de cambio, y su regulación, al igual que la del cheque, viene recogida en la Ley Cambiaria y del Cheque, y ésta establece, en su artículo 96, que las disposiciones aplicables a la letra de cambio en materia de endoso, vencimiento, pago... serán aplicables también al pagaré, por lo que el funcionamiento, de la letra y el pagaré va a ser muy similar. No obstante, la naturaleza de uno y otro son diferentes:
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LETRA DE CAMBIO
PAGARÉ
Es un documento mercantil.
Es una promesa de pago hecha por escrito.
Es un documento legal que se lleva a cabo entre comerciantes.
Es un documento legal entre comerciantes y una entidad bancaria o compañía financiera.
En el pagaré van a intervenir las siguientes personas: •
El librado: es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determinable. La persona del librado coincide con la del librador, que es aquel que emite el pagaré.
•
El beneficiario o tenedor: es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré, si éste ha sido transmitido o endosado por el librador.
•
El avalista: es la persona que garantiza el pago del pagaré.
4.2. Elementos del pagaré La Ley Cambiaria y del Cheque, en el artículo 94, establece los elementos indispensables, que debe tener un pagaré: •
La denominación de pagaré insertada en el texto mismo del título y expresada en el idioma empleado para la redacción de dicho título.
•
La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en euros o moneda de cotización oficial.
•
La indicación del vencimiento.
•
El lugar en que el pago haya de efectuarse.
•
El nombre de la persona a quien deba de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar.
•
La fecha y el lugar en que se firme el pagaré.
•
La firma del que emite el título, denominado firmante.
•
La Ley establece que el pagaré que carezca de alguno de los requisitos que hemos señalado no se considera pagaré, salvo en los siguientes casos:
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Curso Básico de Gestión Financiera •
El pagaré cuyo vencimiento no esté indicado se considerará pagadero a la vista.
•
A falta de indicación especial, el lugar de emisión del título se considerará como lugar del pago y, al mismo tiempo, como lugar del domicilio del firmante.
•
El pagaré que no indique el lugar de su emisión se considerará firmado en el lugar que figure junto al nombre del firmante.
4.3. Ventajas e inconvenientes del pagaré La principal ventaja es que evita el manejo de efectivo, y todos los inconvenientes que lleva aparejado. El pagaré lleva un plazo de vencimiento, en el que el librado pagará la cantidad que indica el documento en el que está instrumentalizado el pagaré. Esto presenta una ventaja para el librado y un inconveniente para el beneficiario, ya que el librado, va a disponer de ese plazo de tiempo para hacer frente a su promesa de pago, y el beneficiario va a tener que esperar hasta ese momento para hacer efectivo el pagaré. El beneficiario que no quiere esperar a cobrar el pagaré hasta la fecha de vencimiento, puede presentarlo al descuento para que la entidad le pague por adelantado, recibiendo a cambio el importe del pagaré menos los intereses y comisiones del descuento. Esto es una gran ventaja para el beneficiario, ya que en caso de necesitar financiación, puede obtenerla de esta manera.
5. El depósito a plazo fijo 5.1. Concepto y funcionamiento del depósito Los depósitos a plazo son un tipo de contrato de depósito irregular documentado en una cartilla por la cual el cliente se compromete a mantener en la entidad hasta su vencimiento el importe del depósito. A cambio recibe una retribución más elevada que en los depósitos a la vista (cuentas corrientes, cuentas de ahorro, supercuenta...) y acorde con la cuantía de la imposición efectuada. Al concluir el periodo pactado, el banco o caja devuelve al cliente el ahorro depositado y los intereses correspondientes. A pesar de estar condicionado a llegar al vencimiento del depósito, es decir, a cumplir el plazo establecido, si el cliente tiene necesidad de hacer efectivo su dinero, la entidad suele concederle la posibilidad de retirar los fondos, en todo o en parte, me-
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Curso Básico de Gestión Financiera diante el pago de una penalización. Ésta se suele concretar en la no percepción de los intereses correspondientes. Los depósitos a plazo o imposiciones a plazo fijo constituyen quizás el producto clásico de inversión. Es utilizado por el inversor desde hace años para lograr una rentabilidad que no era posible encontrar en las cuentas a la vista. Pero como vimos en la primera unidad, en los activos financieros, rentabilidad y liquidez no van unidas, por lo que al tener mayor rentabilidad, la liquidez de los depósitos a plazo es muy inferior, que por ejemplo la de las cuentas corrientes y de ahorro, en las que al ser depósitos a la vista, la liquidez es total, pero la rentabilidad es escasa. De todas formas, los bancos han tratado de aunar en un mismo producto, rentabilidad y liquidez, con el fin de captar un mayor volumen de fondos, para lo que han creado los superdepósitos a corto plazo. Este producto consiste en la imposición de unos fondos a un corto espacio de tiempo: una semana, quince días, un mes o tres meses. Tienen un alto interés combinado con una relativa disponibilidad. Lo peor que puede pasar si el cliente necesita su ahorro de inmediato es que se quede sin la rentabilidad de ese periodo. Es práctica habitual en estos depósitos especiales la renovación automática del plazo, siempre y cuando el titular no de orden contraria a la entidad. Entre las imposiciones a largo plazo hay que distinguir las que abonan el interés de forma fija y las que lo hacen de forma creciente. Las primeras funcionan de la misma forma que han operado desde siempre las imposiciones en la banca. El cliente coloca su dinero a un determinado vencimiento y, a cambio, recibe una remuneración, que es la misma desde el inicio al final de la operación. Los depósitos a interés creciente elevan su retribución con el paso del tiempo. Generalmente, incrementan la rentabilidad al término de cada año hasta su vencimiento. Eso sí, el cliente conoce la remuneración que va a obtener desde el momento en que contrata el producto. El ahorrador no se tiene que dejar impresionar por la rentabilidad final que ofrecen estos depósitos, que evidentemente es la mayor de toda la operación. Para conocer la rentabilidad real del depósito es conveniente conocer la TAE media para todo el periodo, ya que de esta forma sabremos realmente la rentabilidad que podemos obtener con este producto. Los depósitos a largo plazo se diferencian del resto de las imposiciones a vencimiento en que suelen imponer mayores trabas a la liquidez. La mayoría no dejan recuperar la inversión hasta el plazo de vencimiento pactado en la contratación del Unidad 2. Los productos financieros de pasivo
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Curso Básico de Gestión Financiera producto. Son absolutamente ilíquidos. En caso de que su titular necesite el dinero depositado, la entidad le suele ofrecer la posibilidad de solicitar un préstamo, cuya garantía es precisamente el saldo de la imposición. El importe del préstamo oscila según los bancos entre el 80 y el 90 por ciento de la inversión. Su tipo de interés suele ser el de mercado para los préstamos personales. Existen otros depósitos a largo plazo que permiten cancelar anticipadamente la operación, pero aplican una fuerte penalización. Es habitual que la cantidad penalizada no supere la suma de intereses abonados por la entidad hasta el momento de la retirada del capital. Otra forma de penalización que utilizan las entidades consiste en recortar el interés pactado inicialmente en varios puntos para el año en que se produzca la cancelación. Aunque no es general, algunos depósitos a largo plazo permiten la cancelación anticipada sin ninguna penalización. Para ello, el cliente tiene que rescatar la inversión en una fecha determinada, que normalmente coincide con el final de cada periodo de liquidación de intereses. Otro tipo de depósitos son los de interés variable. No ofrecen una rentabilidad fija, sino que la vinculan a la evolución de determinados índices. Normalmente estos son bursátiles, aunque también se puede vincular con la evolución que presenten determinadas divisas o acciones. Son los llamados depósitos indiciados, que garantizan el capital invertido, pero su rentabilidad no es fija, sino que depende del indicador utilizado para su cálculo. Por ejemplo, un depósito de este tipo puede garantizar el 101 % de la cantidad depositada más un porcentaje de la revalorización que haya experimentado el índice de referencia del depósito. En el peor de los casos, en el supuesto de que el índice de referencia no obtuviera una revalorización, el cliente únicamente recuperaría el 101% del importe depositado Estos depósitos cuentan con un plazo superior a los dos años (normalmente dos años y un mes) y abonan los intereses al vencimiento de la operación. Una variante de este tipo de depósitos son los contratos financieros sobre acciones con rentabilidad fija. Estos depósitos también se conocen como depósitos estructurados. Estos productos vinculan la rentabilidad del depósito a la cotización de algún tipo de acciones, durante el plazo en el que se invierte el dinero, normalmente más de dos años. Así, el cliente va a obtener la devolución del capital sólo si las acciones de referencia alcanzan un determinado nivel de cotización durante el periodo de la operación. En este caso, el depositante obtendrá el capital invertido más la rentabilidad establecida. En caso de que las acciones no alcancen el nivel de cotización
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Curso Básico de Gestión Financiera acordado, el inversor recibirá al vencimiento del contrato el importe de su inversión inicial en acciones. En ese momento, podrá vender las acciones en el mercado o esperar a que su cotización se recupere.
5.2. Casos prácticos: Liquidación depósito 5.2.1. Caso práctico: imposición a interés fijo Don José Pérez ha decidido realizar una imposición a plazo de 15.000 €. Como no va a necesitar ese dinero hasta dentro de 25 meses, decide poner la imposición a dos años, ya que así puede beneficiarse de la reducción del 40% sobre el rendimiento integro del IRPF. El banco le ofrece un rendimiento al tipo de interés nominal anual de 2,75% por su dinero. Los intereses le serán abonados una vez transcurridos los dos años, desde la fecha de apertura del depósito a plazo. ¿Cuánto recibirá don José por sus ahorros, en concepto de intereses? ¿Cuánto le retendrá la entidad financiera por el concepto de IRPF? Los intereses que recibirá será el resultado de aplicar el 2,75% sobre el importe nominal que ha dejado en depósito (15.000), y multiplicarlo por dos años de permanencia de los fondos en depósito. Interés = Capital x Rédito x Tiempo I = 15.000 x 0,0275 x 2 = 825 € 825 € es el rendimiento integro que va a obtener por tener depositados los fondos durante dos años al 2,75 % de interés. Retención = 21 % del rendimiento fiscal
Retención = 0,21 x 825,00 = 173,25 €
5.2.2. Caso práctico: imposición a interés variable Alicia colocó sus ahorros, 25.000 €, en un depósito de interés variable, con un vencimiento de 4 años. El banco le ofreció las siguientes condiciones en su depósito: •
101 % del capital invertido a la fecha de vencimiento.
•
35 % de la revalorización que experimente el IBEX 35 en el periodo.
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Curso Básico de Gestión Financiera Han pasado 4 años desde que Alicia realizó el depósito. ¿Cuánto va a recibir teniendo en cuenta que la revalorización del IBEX 35 ha sido del 25% en estos cuatro años? Retribución variable = 35% de la revalorización del IBEX Retribución variable = 0,35 x 0,25 = 0,0875 Rendimiento integro = Capital = 101 % x 25.000 = 25.250 € + Retribución variable = 0,0875 x 25000 = 2.187,5 € Teniendo en cuenta estos cálculos, al final del periodo, el depósito de Alicia estará formado por el capital más la retribución variable. Depósito = 25.250 + 2.187,5 = 27.437,5 € Nos falta hallar la retención por el concepto de IRPF. Rendimiento total = 27.437,5 – 25.000 = 2.437,5 € Retención IRPF = 2.437,50 x 0,21 = 511,88 € Por el depósito recibirá = 27.437,5 – 511,88 = 26.925,63 €
5.3. Ventajas e inconvenientes del depósito La contratación de un depósito a plazo va a presentar una serie de ventajas e inconvenientes para el titular del mismo. La rentabilidad del depósito a plazo es superior a la rentabilidad que se puede obtener en una cuenta bancaria. No obstante, el rendimiento que se puede obtener por los fondos depositados a plazo no va a ser tampoco excesiva. La gran virtud que presenta el depósito a plazo es la seguridad, tanto en la recuperación de los fondos depositados a la fecha de vencimiento, como en la obtención de la remuneración que el cliente va a pactar con la entidad, en el momento de la contratación. Entre los inconvenientes que lleva asociados el depósito a plazo, vamos a destacar la inmovilización de los fondos durante el periodo pactado. Por lo cual, el cliente que desee contratar un depósito a plazo, deberá tener en cuenta que para obtener la rentabilidad pactada, no va a poder disponer de esos fondos hasta el plazo de vencimiento del depósito.
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Curso Básico de Gestión Financiera Como los depósitos a plazo son títulos nominativos, no es posible su transmisión a terceros, es decir, son títulos intransferibles, salvo en el caso del fallecimiento del titular, que serán transmitidos a sus herederos. En el momento de negociar con una entidad financiera un depósito a plazo, ésta ofrecerá un interés mayor, cuanto mayor sea el periodo en que el cliente deje inmovilizados sus fondos, y también generalmente, será mayor, cuanto mayor sea el volumen de fondos depositados.
6. Certificados de depósito 6.1. Concepto Los certificados de depósito son contratos de depósito irregular, por los que un cliente deposita en un banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, una determinada cantidad de dinero, comprometiéndose a no disponer de ella en un plazo de tiempo no inferior a un año. La entidad, por su parte, se compromete a una remuneración fija de esos fondos. El tipo de interés que las entidades financieras ofrecen por los certificados de depósito, es muy similar al que ofrecen por los depósitos a plazo. La principal diferencia entre el certificado de depósito y el depósito a plazo, radica en el soporte que se utiliza para plasmar el contrato. El depósito a plazo viene recogido en la libreta, mientras que el certificado de depósito se recoge en un documento o certificado emitido por la entidad financiera por el que da fe de los fondos depositados. La libreta en la que está recogida el contrato de depósito a plazo es personal e intransferible, mientras que el certificado de depósito es susceptible de ser transmitido a través del endoso, por lo que de esta forma, el titular obtiene liquidez antes de su vencimiento, a través de su transmisión.
6.2. Ventajas e inconvenientes de los certificados Como los certificados de depósito, son un producto muy similar a los depósitos a plazo, las ventajas e inconvenientes aparejados a su contratación van a ser los mismos salvo, claro está, la ventaja que ofrecen los certificados frente a los depósitos: la posibilidad de ser transferidos o endosados. Los certificados de depósito pueden ser transmitidos a terceras personas, con lo que de esta forma el titular, lo convierte en liquidez, en una fecha anterior a la fecha de vencimiento pactada con la entidad financiera.
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7. Conclusiones El actual sistema financiero nos ofrece multitud de opciones donde colocar nuestro ahorro, o los excedentes de fondos que podemos tener en un momento dado, pero en el momento de decidirnos por uno u otro tenemos que tener claro: •
El tiempo que podemos prescindir de esos fondos
•
La rentabilidad que queremos obtener por ellos
Cuando tenemos un excedente temporal de tesorería, es decir, pero que necesitaremos en breve, debemos buscar depósitos bien a corto plazo, o bien a la vista, como la supercuenta. De esta forma obtendremos rentabilidad por ese excedente, ya que en la cuenta corriente, la remuneración es muy escasa, y podremos disponer de ellos en el momento en que los necesitemos. Si por el contrario, en un largo periodo de tiempo no vamos a tener necesidad de esos fondos, podemos buscar un depósito a largo plazo, o bien un certificado de depósito, ya que ambos, van a ofrecer mayor rentabilidad por nuestros ahorros, pero van a dejar inmovilizado nuestro dinero. Además, dada la incertidumbre de los mercados actualmente, el certificado de depósito al ofrecer la posibilidad de transmisión por endoso, puede ser más atractivo para captar el ahorro de las pequeñas empresas.
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CONCEPTOS IMPORTANTES PRODUCTOS FINANCIEROS DE PASIVO Operaciones pasivas: son aquellas por medio de las cuales las entidades financieras captan fondos provenientes de sus clientes. Operaciones activas: son aquellas mediante las cuales las entidades financieras ceden parte de los recursos captados de sus clientes-ahorradores a sus clientesinversores. Operaciones neutras o de servicios: son aquellas mediante las cuales las entidades financieras prestan un servicio al cliente, generalmente asociado con una operación, bien activa o pasiva. Cuentas bancarias: son un contrato de depósito irregular, por el cual, el cliente pone a disposición de una entidad financiera, unos fondos para su guardia y custodia, obteniendo una remuneración por ellos, y pudiendo recuperarlos en cualquier momento. Depósito irregular: decimos que las cuentas bancarias son un depósito irregular, por que la entidad financiera no tiene obligación de devolver al cliente el mismo dinero que depositó, sino una cantidad equivalente. No es necesario que el banco guarde los billetes exactos que el cliente le entregó. Depósito a la vista: es aquel cuya disponibilidad es inmediata. Código Cuenta Cliente (CCC): es la forma de codificar inequívocamente una cuenta bancaria. Está, generalmente, aceptada por todas las entidades financieras. Cuentas individuales: son aquellas que sólo tienen un titular. Cuentas colectivas: son aquellas en las que hay más de un titular. Cuentas colectivas-indistintas o solidarias: son aquellas de varios titulares, en las que todos se obligan por igual, y cualquiera puede disponer de los fondos. Cuentas colectivas-mancomunadas o conjuntas: son aquellas que tienen varios titulares, y que para disponer de fondos, es necesaria la firma de todos los titulares. Debe: columna de la cuenta bancaria en la que se van a anotar las salidas de fondos. Haber: columna de la cuenta bancaria en la que se van a anotar las entradas de fondos. Cargo: anotar un importe en el debe de la cuenta bancaria Abono: anotar un importe en el haber de la cuenta bancaria. Ingreso o imposición: acción mediante la cual un cliente incrementa los fondos que tiene depositados en una cuenta bancaria. Reintegro o disposición: acción mediante la cual un cliente recupera fondos de su cuenta bancaria, disminuyendo el saldo de ésta.
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Curso Básico de Gestión Financiera Saldo: es el importe de fondos disponibles que tiene un cliente en una cuenta bancaria. Si ha dispuesto de más fondos de los que tenía, este saldo será negativo. Fecha valor: es aquella a partir de la cual un importe comienza a ser contabilizado en el saldo a efectos del cálculo de intereses. Método Hamburgués: es el más frecuente de liquidación de intereses que, actualmente, emplean las entidades financieras. Extracto bancario: hojas sueltas en las que se registran las operaciones realizadas sobre una cuenta corriente. Estos extractos se envían periódicamente al cliente. Libreta o cartilla: soporte de papel en el que se anotan las operaciones de las cuentas de ahorro. Tienen forma de libreta, es decir, pequeñas hojas de papel encuadernadas que forman un pequeño libro, y que, actualmente, incorporan una banda magnética en su parte posterior para facilitar su lectura con medios informáticos. Cheque: es un documento mercantil por el que un banco o entidad de crédito se obliga al pago de una determinada cantidad por orden de uno de sus clientes y con cargo a su cuenta bancaria. Librador: es la persona que emite el cheque. Librado: es la entidad bancaria que tiene la obligación de pagar el cheque a su presentación. Tenedor: es la persona propietaria del cheque. Pagaré: es un documento escrito mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra una determinada cantidad de dinero, en una fecha acordada previamente. Depósito a plazo: es un contrato de depósito irregular, por medio del cual un cliente coloca en una entidad financiera una cantidad de dinero, y se compromete a no disponer de ella durante un plazo de tiempo determinado. Certificado de depósito: es un contrato de depósito irregular, por medio del cual un cliente coloca en una entidad financiera una cantidad de dinero, y se compromete a no disponer de ella durante un plazo de tiempo determinado. El documento que sirve de registro de la operación es un certificado, que es susceptible de ser endosado por el titular.
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UNIDAD 3: LOS PRODUCTOS FINANCIEROS DE ACTIVO 1. Operaciones y productos de activo ...................................................................................... 67 1.1. El riesgo de las entidades financieras .................................................................................. 67 1.2. El plazo de devolución ......................................................................................................... 70 2. Los créditos ........................................................................................................................... 71 2.1. Concepto y funcionamiento .................................................................................................. 71 2.2. Características del crédito .................................................................................................... 72 2.3. Costes del crédito ................................................................................................................. 72 2.4. Clases de créditos ................................................................................................................ 74 2.5. Derechos y obligaciones del cliente de un crédito ............................................................... 75 2.6. Ventajas e inconvenientes de los créditos ........................................................................... 76 2.7. Casos prácticos .................................................................................................................... 77 2.7.1.Caso práctico: cuenta de crédito sin rebasar el límite establecido .................................... 77 2.7.2.Caso práctico: cuenta de crédito con exceso de límite...................................................... 80 2.7.3.Caso práctico: cálculo de la TAE de un crédito ................................................................. 82 3. El Descuento ......................................................................................................................... 84 3.1. Concepto .............................................................................................................................. 84 3.2. Características del descuento .............................................................................................. 84 3.3. Partes que intervienen en el descuento ............................................................................... 85 3.4. El coste del descuento ......................................................................................................... 85 3.5. Clasificación del descuento .................................................................................................. 86 3.5.1.Descuento comercial .......................................................................................................... 86 3.5.2.Descuento financiero .......................................................................................................... 87 3.5.3.Descuento de certificaciones ............................................................................................. 88 3.6. Derechos y obligaciones generados por el descuento ........................................................ 88 3.7. Ventajas e inconvenientes del descuento ............................................................................ 89 3.8. Casos prácticos del descuento ............................................................................................ 90 3.8.1.Caso práctico: el descuento comercial .............................................................................. 90 3.8.2.Caso práctico: el descuento de remesas ........................................................................... 91 3.8.3.Caso práctico: cálculo de la TAE de una operación de descuento.................................... 92 3.8.4.Caso práctico: descuento de varias letras. ........................................................................ 93
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera 4. Los préstamos ...................................................................................................................... 94 4.1. Concepto .............................................................................................................................. 94 4.2. Elementos que intervienen en el préstamo .......................................................................... 94 4.3. Diferencias entre el préstamo y el crédito ............................................................................ 95 4.4. El coste del préstamo ........................................................................................................... 97 4.5. Clasificación del préstamo ................................................................................................... 98 4.5.1. Préstamos con garantía personal ..................................................................................... 99 4.5.2. Préstamos con garantía hipotecaria ............................................................................... 100 4.5.3. Préstamos con garantía pignoraticia ............................................................................... 103 4.6. Derechos y obligaciones generados por el préstamo ........................................................ 104 4.7. Ventajas e inconvenientes del préstamo ........................................................................... 105 4.8. Casos prácticos de préstamos ........................................................................................... 105 4.8.1 Caso práctico: cálculo de la cuota de un préstamo ......................................................... 105 4.8.2.Caso práctico: préstamo con carencia ............................................................................. 108 4.8.3 Caso práctico: préstamo a interés variable ...................................................................... 110 4.8.4 Caso práctico: cálculo de la TAE de un préstamo ........................................................... 113 5. Las fianzas y los avales ...................................................................................................... 116 5.1. Elementos del aval ............................................................................................................. 117 5.2. Funcionamiento del aval .................................................................................................... 117 5.3. Clases de avales ................................................................................................................ 120 5.4. Ventajas e inconvenientes del aval .................................................................................... 121 6. El leasing financiero ............................................................................................................ 122 6.1. Concepto de leasing financiero .......................................................................................... 122 6.2. Elementos que intervienen en el contrato de leasing ........................................................ 123 6.3. Características del contrato de leasing .............................................................................. 124 6.4. Clasificación de los contratos de leasing ........................................................................... 124 6.5. Ventajas e inconvenientes del leasing ............................................................................... 125 6.6. Casos prácticos de leasing ................................................................................................ 127 6.6.1. Caso práctico: cálculo de la cuota de leasing siendo el valor residual igual a una cuota……................................................................................................................................... 127 6.6.2.Caso práctico: cálculo de las cuotas de leasing siendo el valor residual distinto al valor de las cuotas…… ................................. ………………………………………………………….…… 129 6.6.3.Caso práctico: cálculo de la TAE de las operaciones de leasing .................................... 131
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera 7. Renting ................................................................................................................................ 132 7.1.Concepto de renting ............................................................................................................ 132 7.2. Diferencias entre leasing y renting ..................................................................................... 133 7.3. Ventajas e inconvenientes ................................................................................................. 134 8. El descubierto financiero..................................................................................................... 134 8.1. Concepto de descubierto financiero ................................................................................... 134 8.2. Ventajas y desventajas del descubierto financiero ............................................................ 135 8.3. Caso práctico: liquidación de cuenta corriente con descubierto ........................................ 136
OBJETIVOS Conocer y distinguir los principales productos financieros de activo que ofrecen actualmente las entidades financieras Saber diferenciar entre crédito y préstamo financiero Conocer el sistema de liquidación del crédito, y el sistema de amortización del préstamo. Conocer el funcionamiento del descuento de efectos Conocer y diferenciar los contratos de leasing y renting. Estudiar el funcionamiento del aval.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera
1. Operaciones y productos de activo En la unidad anterior, vimos como los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, captan los fondos generados por los clientes a través de las distintas operaciones pasivas. En esta unidad, vamos a ver como transforman esos fondos obtenidos de los ahorradores, y los ofrecen a los inversores en forma de productos financieros activos. En las operaciones financieras de activo, no es el banco el que se va a comprometer a devolver unos fondos, en un determinado periodo, sino que es el cliente el que va a disponer de unos fondos que no tenia, y se va comprometer a su devolución, en un plazo y con unas condiciones determinadas. A diferencia de las operaciones financieras de pasivo, en las de activo, es el cliente el que va a remunerar al banco por la disposición que va a hacer de esos recursos financieros, con lo cual, para el cliente suponen un coste y no un ingreso. Antes de analizar las diferentes operaciones de pasivo que ofrecen los bancos, vamos a analizar dos de sus principales características: •
El riesgo
•
El plazo de devolución
1.1. El riesgo de las entidades financieras Todas las operaciones financieras activas llevan implícito un riesgo para la entidad que las gestiona. Está dicho riesgo en la posibilidad de que el cliente al que ha cedido parte de sus fondos no devuelva el dinero recibido, o que lo devuelva fuera del plazo fijado, o que sólo devuelva parte del mismo… Para evaluar este riesgo, y garantizar que los fondos prestados le serán devueltos en las condiciones y plazos marcados, las entidades financieras, realizan un minucioso examen de la solvencia y el patrimonio que tiene el cliente que quiere disponer de fondos, mediante unas técnicas conocidas como scoring que analiza una serie de variables acerca de la solvencia del cliente, y las cuantifica mediante técnicas estadísticas, de tal manera, que representa de forma numérica, su solvencia. La entidad establece el rango del riesgo que puede asumir y el que no. Ninguna entidad financiera va a ceder parte de sus fondos a un cliente del que en un principio no tiene la seguridad de que va a poder asumir la devolución de los mismos. No le va a interesar operaciones de cesión de fondos arriesgadas o que no cuenten con una serie de garantías de devolución, ya que los fondos que están cediendo proceden de sus operaciones pasivas, es decir, son de sus clientes; la entidad está disponiendo de ellos, pero deben ser devueltos a los ahorradores, Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera en el plazo y condiciones convenidas, por lo que si no se asegura el reintegro de los fondos prestados, ella a su vez, no podrá hacer frente a la devolución de sus depósitos. El cliente que acude a un banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, va a tener que aportar una serie de información para obtener la financiación que necesita, con el fin de demostrar que será capaz de devolver los fondos solicitados en el plazo marcado. •
El cliente deberá aportar documentos que verifiquen su identificación, según sea persona física o jurídica.
•
La entidad además, le va a solicitar documentos oficiales, que acrediten su capacidad de generar ingresos. En el caso de personas físicas los comprobantes a presentar serían las últimas nóminas, la declaración de la renta, la declaración de patrimonio… y, en el caso de personas jurídicas, la documentación es más amplia, por que la entidad nos puede solicitar el impuesto de sociedades, las declaraciones de IVA, el balance de situación, la cuenta de resultados… En determinadas operaciones de gran volumen de fondos, es posible, que a las empresas, la entidad financiera les solicite balances de años anteriores, con el fin de observar la evolución de sus resultados, y proyectarlos en el plazo de tiempo que durará la operación.
•
Una información que también resulta relevante para la entidad financiera, a la hora de decidir sobre el riesgo que conlleva la cesión de fondos a un determinado cliente, son las operaciones que éste ha realizado con anterioridad en esa misma entidad. La concesión de otras operaciones activas, la atención al pago presentada por el cliente, o el retraso que ha ido acumulando en el cumplimiento de sus obligaciones, o si tiene algún impagado, son factores determinantes, para que la entidad vuelva a concederle fondos.
Toda la documentación e información aportada por los clientes al banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito va a ser comprobada y contrastada por el departamento de informes de la entidad, donde se va a analizar y demostrar la veracidad de los mismos. Aparte de la documentación e información aportada por el cliente, el banco va a recabar más información a cerca de la situación económica y financiera del cliente, a otras fuentes externas. Las principales fuentes de información externa, con las que va a contar la entidad financiera van a ser: Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera •
El Registro de la Propiedad: es el encargado de registrar las operaciones que afectan a los bienes inmuebles. Está formado por una serie de oficinas dependientes del Ministerio de Justicia. Estas operaciones son de muy diversa naturaleza como compra-venta, usufructo, hipoteca, servidumbre… A través de las consultas que los bancos van a realizar al Registro de la Propiedad comprobarán la veracidad de los documentos aportados por el cliente en materia de titularidad de bienes inmuebles. De esta manera, el banco se asegura de quien es el propietario de una finca, si ésta está libre de cargas, o si soporta un usufructo, con lo cual, el titular, no puede hacer libre uso de ellla…
•
El Registro Mercantil: todas las sociedades legalmente constituidas en España, tienen la obligación de inscribirse en el Registro Mercantil. Éste va a disponer de información de las sociedades, tales como la cifra de capital, el número de socios, el objeto social, administradores… Así el banco, comprobará la veracidad sobre la constitución de las personas jurídicas.
•
La Central de Información de Riesgos del Banco de España: conocido como CIR o CIRBE en el argot financiero. Para conocer la situación financiera, y con ello el riesgo que puede llevar implícita una operación con un cliente que solicita una operación activa, el Banco de España mantiene y gestiona esta gran base de datos. Los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, deben poner en conocimiento del Banco de España los riesgos que han asumido con sus clientes en operaciones que superen un importe de 6.000 € en el territorio de la Unión Europea, o cuando alcanzan los 60.000 € o más, si estas operaciones tienen lugar fuera del territorio de la UE. Las entidades podrán consultar las operaciones activas que el cliente tiene, el vencimiento de las mismas y si se encuentra al corriente de pago de las mismas.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera •
El Asnef-Equifax: Es un registro de personas tanto físicas como jurídicas que han tenido incidencias en sus compromisos de pago (créditos o préstamos impagados o retrasados, descubiertos en cuentas bancarias...). Este
Solicitud de una operación activa
Oficina entidad de crédito Concedida Estudio Denegada Departamento de informes
Cliente
Fuentes externas de información
Registro de la Propiedad Registro Mercantil CIRBE Asef-Equifax
registro recoge las operaciones impagadas que las personas han tenido con entidades o establecimientos financieros de crédito y otros tipos de compañías que venden o prestan servicios a crédito, y no operaciones que resultan impagadas a compañías y empresas de otro tipo de servicios (telefonía, energía...)
1.2. El plazo de devolución El plazo en el que la entidad financiera va a recuperar el dinero prestado es un factor determinante en las operaciones activas. La entidad está prestando el dinero que ella misma tiene que devolver a sus clientes, por lo que tiene que tener bien sincronizado los periodos de devolución de saldos de los prestatarios, para poder tener el dinero disponible cuando lo soliciten sus clientes depositarios, pero sin incurrir en un exceso de liquidez, que le restaría rentabilidad a su negocio.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera Actualmente las entidades de crédito han aumentado considerablemente el plazo de sus operaciones activas, pero los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito prefieren los plazos cortos para prestar su dinero en las operaciones activas, ya que un plazo corto les aporta mayores ventajas que uno largo. Con un plazo corto, el número de clientes que se pueden beneficiar de los fondos prestados por la entidad es mayor que en uno largo, ya que el fondo de rotación de los mismos es mayor, con lo cual la entidad puede aumentar su cartera de clientes, sin necesidad de poner un mayor volumen de fondos en circulación. La rentabilidad de las operaciones activas a corto es mayor para las entidades de crédito, ya que, generalmente, el interés que cobran por éstas es mayor que por las operaciones a largo plazo; además, como recuperan su inversión con más rapidez, esos fondos vuelven a ser prestados, y a generar interés. Al poder realizar un mayor número de operaciones con el mismo volumen de fondos, el riesgo de tener impagados disminuye, por tener más diversificados los recursos, entre un gran número de prestatarios. Las operaciones activas de crédito generalmente llevan aparejadas el cobro de comisiones (apertura, concesión...). Si el plazo de la operación es corto, se pueden realizar un mayor número de operaciones, con lo que la rentabilidad de las mismas se ve incrementada, de forma global, para la entidad, por un mayor cobro de comisiones debido a un superior número de operaciones.
2. Los créditos 2.1. Concepto y funcionamiento El crédito es una operación financiera mediante la cual el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, pone a disposición del cliente una determinada cantidad de dinero durante un plazo de tiempo determinado, y el cliente va realizando disposiciones y reintegros, según sus necesidades y posibilidades financieras. Las pólizas o líneas de crédito son muy utilizadas por las empresas ya que aportan gran flexibilidad para solventar las insuficiencias transitorias de tesorería, dada la falta de regularidad en las entradas y salidas de dinero. El funcionamiento es sencillo. La póliza de crédito suele estar circunscrita a una cuenta corriente, en la que la entidad financiera va a ingresar el importe que le ha concedido. La forma que tiene el cliente de disponer de este dinero es a través de los instrumentos que utiliza la cuenta
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera corriente, es decir, cheques, pagarés, transferencias, órdenes de pago… En la cuenta de crédito, también se puede realizar ingresos de efectivo, así como abonos de cualquier tipo. La cuenta de crédito, va a presentar siempre un saldo. Este va a ser el resultado de las disposiciones y los ingresos que el cliente haga en su cuenta de crédito. La situación más normal que vamos a encontrar es aquella en la que las disposiciones del cliente no van a superar el límite del crédito, pero también puede darse el caso, de que éste disponga de fondos en mayor cuantía de la que tenia pactada en su cuenta de crédito. En esta situación, el banco penalizará al cliente por sobregiro o exceso, con el pago de intereses y comisiones. Si en la cuenta de crédito se dan las condiciones al revés, es decir, el cliente ha ingresado mayor cantidad de fondos de los que ha dispuesto, el banco pagará intereses al cliente, como en una cuenta corriente ordinaria. El horizonte temporal más utilizado para esta herramienta de financiación es el corto plazo, semestral o anual, contando siempre con la posibilidad de renovación, al vencimiento del mismo, en idénticas condiciones al momento de contratación.
2.2. Características del crédito A través de la apertura de una cuenta de crédito, el cliente tiene a su disposición una cantidad de fondos determinada en las condiciones iniciales que implica la obligación de devolver los fondos de los que haga disposición en el plazo y condiciones pactadas. Las cuentas de crédito tienen un límite temporal o vencimiento, es decir, el cliente puede disponer de los fondos pactados durante un periodo de tiempo determinado. A la finalización del periodo los fondos deberán ser devueltos a la entidad. Pero no existen limitaciones en cuanto a la periodicidad con la que el titular de la cuenta de crédito puede hacer uso de sus fondos. Un cliente que abre una cuenta de crédito puede disponer de la totalidad de los fondos pactados el primer día, o ir disponiendo de ellos aleatoriamente, es decir, sacando pequeñas cantidades conforme las vaya necesitando y hasta el límite que tenga asignado. La entidad financiera sólo va a cobrar intereses al cliente por los fondos dispuestos del crédito. La liquidación de los intereses en las cuentas de crédito suele realizarse trimestralmente.
2.3. Costes del crédito Las principales categorías de coste dentro de los créditos son:
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Intereses acreedores: en el caso de que en nuestra cuenta de crédito mantengamos un saldo acreedor, la entidad nos liquidará intereses a nuestro favor con arreglo a las condiciones pactadas.
•
Intereses deudores: en función de los saldos que hemos ido retirando de la cuenta de crédito la entidad liquidará intereses a su favor.
•
Intereses por exceso de saldo: si por cualquier motivo el cliente retira de la cuenta de crédito un volumen de fondos superior al límite que tiene asignado en la misma, se produce una disposición en exceso. La entidad cobrará un interés por la cuantía de fondos dispuestos en demasía, que, generalmente es superior al interés deudor.
Además de los costes por intereses, los créditos van a llevar aparejadas también una serie de comisiones, como pueden ser: •
Comisión de estudio: suele tarifarse como un porcentaje sobre el importe solicitado. En el caso de que la entidad no conceda el préstamo solicitado, no podrá cobrar esta comisión al cliente que ha solicitado el crédito, si bien la entidad podrá repercutir los gastos de terceros en los que haya incurrido por cuenta del cliente.
•
Comisión de apertura: esta comisión suele establecerse como un porcentaje sobre el límite del crédito y se paga de una vez a la formalización de la operación. En los créditos a muy corto plazo (menos de un año) y de escaso importe, algunas entidades no cobran intereses, por lo que estas comisiones bancarias constituyen el elemento fundamental de su coste.
•
Comisión por saldo no dispuesto: a las entidades no les interesa que los clientes de cuentas de crédito soliciten un límite superior a las necesidades que tienen de dinero, por lo que aplican una comisión por saldo no dispuesto, es decir, por la diferencia entre el límite de crédito de la cuenta y la cantidad realmente dispuesta. Así es habitual encontrarse con créditos que tienen una comisión por saldo no dispuesto de un 0,25 % anual, con liquidaciones trimestrales o mensuales.
•
Comisión de máximo descubierto: al igual que en una cuenta corriente, las entidades financieras aplican una comisión sobre el máximo saldo en descubierto que ha habido durante el periodo en que se este liquidando. Esta comisión suele tener unas tarifas mínimas y unos porcentajes de aplicación elevados.
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Comisión por modificación de condiciones: las entidades suelen percibir una comisión cuando a solicitud del cliente, se modifique alguna de las características del préstamo.
•
Comisión de cancelación anticipada: se establece como un porcentaje sobre el importe amortizado anticipadamente. Cuando se trate de un crédito al “consumo”, esta comisión no puede ser superior al 3% del importe anticipado del crédito en caso de tratarse de una operación a interés fijo.
Debemos destacar una característica de los créditos, es el hecho de que las liquidaciones del interés se cargan directamente sobre la propia cuenta, es decir, incrementan el saldo dispuesto, por lo que las operaciones de crédito son uno de los pocos instrumentos financieros donde el coste real se corresponde con la TAE 1.
2.4. Clases de créditos Crédito en cuenta corriente. Son los créditos más usuales. La entidad, tras realizar el estudio sobre el riesgo de la operación, decide conceder el crédito al cliente, y lo realiza mediante un ingreso en cuenta corriente. La formalización será muy similar a la cuenta corriente (depósito a la vista), pero en este caso no habrá entrega de dinero en efectivo por parte del cliente, ya que no es una operación de depósito sino de crédito. Crédito documentario. Mediante un contrato de crédito documentario, la entidad financiera se compromete a realizar el pago de un bien o servicio, por orden del cliente que solicita el crédito, a un tercero (beneficiario), que es el vendedor del bien o el suministrador del servicio objeto del crédito. El beneficiario, deberá presentar una serie de documentos estipulados en las condiciones, para que la entidad proceda al pago de la mercancía objeto del contrato crediticio. Esta modalidad de crédito es utilizada habitualmente en el comercio internacional. Dentro de los créditos documentarios, podemos encontrar tres modalidades diferentes, en función del grado de seguridad que aportan al beneficiario de llevar a cabo el cobro: el crédito revocable, el crédito irrevocable no confirmado y el crédito irrevocable confirmado.
1
TAE, son las siglas de tasa anual equivalente. Se calcula teniendo en cuenta todos los conceptos de coste que intervienen en la operación, y favorece la comparación entre los diversos productos financieros.
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Curso Básico de Gestión Financiera Crédito a la exportación. Tiene la finalidad de financiar operaciones de exportación de bienes. Además, este tipo de créditos está subvencionado por la banca oficial. La subvención de intereses para cada operación concreta corresponde al ICO. Está subvención será formalizada mediante un contrato entre el ICO y las entidades financieras. El crédito a la exportación lleva generalmente aparejado un contrato de seguro que paga el exportador, y que se realiza a través de la Compañía Española de Seguros de Créditos a la Exportación (CESCE)
2.5. Derechos y obligaciones del cliente de un crédito El cliente de una entidad financiera que obtiene un crédito tiene una serie de derechos: •
Disponer del importe del crédito a medida que lo vaya solicitando, en cualquier cantidad dentro del límite pactado y en cualquier momento durante el plazo acordado, y de las forma (efectivo, cheques, tarjeta...) estipulada en el contrato.
•
Exigir a la entidad financiera la entrega de una copia del documento del contrato que recoge las disposiciones y condiciones que rigen el funcionamiento de su crédito.
•
Información de la situación, evolución y movimientos que se han generado en su línea de crédito, a través de la entrega de los documentos de liquidación y justificantes de pago, acompañados de un extracto con el detalle de los movimientos de la cuenta de crédito, en su caso.
Las obligaciones del cliente de un crédito son: •
El pago puntual de los intereses y comisiones bancarias pactadas.
•
La devolución del importe dispuesto al vencimiento del contrato, o de las cuotas periódicas, según se haya pactado.
•
Informar verazmente a la entidad de crédito sobre sus circunstancias económicas y personales, necesarias para que la entidad analice el riesgo de la operación, tanto antes de concederla como durante el plazo en que esté vigente el contrato, cuando así se haya pactado en el mismo (comunicar cambios de domicilio, estado civil y régimen económico del matrimonio...)
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Utilizar el crédito para la finalidad recogida en el contrato, en su caso.
•
Otros compromisos que haya pactado con la entidad como, por ejemplo: no garantizar otras obligaciones, propias o ajenas, comprometiendo bienes particulares de su patrimonio (garantía hipotecaria, prenda) sin consentimiento previo; no vender o disponer de los bienes incluidos en el inventario sin autorización...
2.6. Ventajas e inconvenientes de los créditos Las principales ventajas que presenta el uso de créditos en la empresa para financiar nuestras necesidades temporales de fondos son: •
El crédito es el instrumento de financiación de circulante 2 más flexible del mercado, ya que a través de la cuenta de crédito, se pueden realizar tanto disposiciones como imposiciones de fondos, por lo cual, el cliente va a pagar intereses sólo por la financiación que necesita en cada momento.
•
Como la cuenta de crédito tiene la misma operatoria que la cuenta corriente, la realización de disposiciones es tan simple como la de un reintegro, la emisión de un cheque o pagaré en la cuenta corriente. Por lo tanto, el cliente de una cuenta de crédito, para disponer de sus fondos, no debe realizar gestiones nuevas o distintas, a las que ya hace con su cuenta corriente.
•
La cuenta de crédito bien gestionada, es el producto de financiación del circulante más barato del mercado, ya que la flexibilidad que tiene le permite adecuar la cuantía de los fondos dispuestos, al momento en que son necesarios, y de esta manera, el pago de interés está ajustado a las disposiciones de fondos.
•
Si negociamos con la entidad financiera, la tenencia de una cuenta de crédito plurianual para la cobertura de los desfases que surjan en la tesorería de la empresa, tendremos solucionada la financiación del circulante en una única gestión.
A pesar de sus múltiples ventajas, el crédito también presenta algunos inconvenientes:
2
Circulante: denominamos circulante a los elementos patrimoniales de la empresa que tienen una permanencia inferior al año. Así, tenemos tanto activo circulante como pasivo circulante.
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Curso Básico de Gestión Financiera •
La discrecionalidad con las que el cliente puede realizar disposiciones y la no obligación de realizar imposiciones durante su periodo de vigencia hace que las entidades exijan un nivel de garantías muy superior al que requieren para negociar una póliza de descuento de efectos del mismo importe.
•
El crédito es un instrumento que debemos utilizar adecuadamente, es decir, el disponer de unos fondos no quiere decir que podamos aplicarlos a lo que queramos. El destino y máxima utilidad se encuentra en cubrir los desfases que se producen en nuestra tesorería. Si el cliente emplea los fondos de su cuenta de crédito para otros fines, es probable que se encuentre con problemas para su devolución al vencimiento, más, todavía, si estos fondos han sido empleados en la adquisición de inmovilizado.
•
Algunas entidades vinculan las cuentas de crédito a la cuenta corriente, y son las mismas entidades, las que se encargan de realizar traspasos de la cuenta corriente a la de crédito, y viceversa. De esta forma, la empresa pierde todas las ventajas de gestión eficiente de su financiación de tesorería a través del crédito. Esta forma de trabajar es totalmente negociable al contratar nuestra línea de crédito, por lo que debemos exigir a la entidad financiera la libre disposición de nuestro crédito, sin ningún intermediario, vinculación o condición de este tipo.
2.7. Casos prácticos de créditos 2.7.1. Caso práctico: cuenta de crédito sin rebasar el límite establecido Para la resolución de este caso práctico, debes descargarte, el archivo ejemplo3_1.xls. La hoja de cálculo únicamente te va a permitir modificar las celdas sombreadas. La empresa Grúas del Norte S. A. ha contratado una cuenta de crédito con el banco Mentor, para poder hacer frente a una serie de pagos relacionados con la actividad habitual de la empresa. La fecha de apertura es el 21 de febrero de 2005, y su vencimiento al año. El límite de disposición de la cuenta de crédito será de 25.000 €. Se realizarán liquidaciones de interés trimestrales. Calcula la primera liquidación a fecha 21 de mayo de 2005, teniendo en cuenta que los costes de la operación son los siguientes: •
Tipo de interés nominal hasta el límite de la cuenta: 4,5 %.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Interés nominal para sobregiros y cantidades vencidas pendientes de reembolso: 16 %.
•
Interés para saldos acreedores: 0,15%.
•
Comisión de apertura sobre el límite establecido: 0,75 %.
•
Comisión trimestral sobre el saldo no dispuesto: 0,6 %.
Fecha valor
Cargos
Abonos
21-feb 187,50 € 21-feb 600,00 € 03-mar 260,00 € 15-mar 14.657,00 € 30-abr 6.984,00 € 02-may 15.000,00 € 08-may 2.569,00 €
Saldo
Días de saldo
-187,50 € -787,50 € - 1.047,50 € -15.704,50 € -22.688,50 € - 7.688,50 € -10.257,50 €
Números deudores
0 0 10 -7.875 12 -12.570 46 -722.407 2 -45.377 6 -46.131 13 -133.347,5 89 -967.707,5
La liquidación de la cuenta de crédito es similar a la de las cuentas corrientes: 1. Inicialmente debemos anotar los movimientos en el debe o en el haber, según corresponda, y con ellos el saldo de la cuenta. 2. Una vez obtenido, debemos calcular los días de permanencia de ese saldo en la cuenta, restando la fecha valor de este movimiento de la fecha valor del anterior. Los días del último periodo se calculan restando de la fecha de liquidación, la fecha valor del último movimiento. 3. Con los saldos y los días obtenemos los números comerciales, al igual que lo hacíamos en la cuenta corriente, es decir, multiplicado los días de saldo por el importe del mismo. A diferencia de la cuenta corriente en la que los saldos acreedores son más numerosos que los deudores, en la cuenta de crédito, será al revés; nos encontraremos con un mayor número de saldos deudores que acreedores, por lo que también tendremos mayor cantidad de números comerciales deudores que acreedores ya que no olvidemos que se trata de una cuenta de crédito. 4. En la fecha de la liquidación de la cuenta de crédito se suma el importe de los números comerciales deudores y acreedores (éstos, si los hay).
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera En nuestro caso solo tenemos números deudores, y la suma de estos asciende a 967.707,5 €. 5. A la suma de los números comerciales le aplicaremos el tipo de interés correspondiente, es decir, a los números deudores el tipo de interés deudor, y a los números acreedores, si los hay, el acreedor. La forma de aplicación es igual que en la cuenta corriente, multiplicando por el tipo de interés (en tanto por uno) y dividiendo por 360. En nuestro caso será: 967.707,5 x 0,045 / 360 = 120,96 €. 6. Para el cálculo del saldo no dispuesto, debemos restar, del límite de la cuenta de crédito, el saldo deudor que presenta en cada fecha. Para calcular el importe de la comisión, multiplicamos el saldo no dispuesto en cada fecha, por los días en los que ese saldo no ha sido utilizado, y por el porcentaje correspondiente de la comisión y lo dividimos por el total de días del periodo que estamos liquidando. La suma de multiplicar cada saldo, por sus días y por la comisión nos dará el total a pagar por la comisión del saldo no dispuesto.
Vamos a ver como se realiza el cálculo, para el primer saldo que tenemos, para ello, basta con sustituir el importe de los distintos conceptos, en la fórmula anterior:
De esta forma, iremos aplicando la fórmula para cada uno de los saldos obtenidos.
Comisión de saldo no dispuesto Saldo no dispuesto 24.812,50 € 24.212,50 € 23.952,50 € 9.295,50 € 2.311,50 € 17.311,50 € 14.742,50 €
Días
0 10 12 46 2 6 13
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Días saldo no dispuesto/total días liquidación 0 0,112359551 0,134831461 0,516853933 0,02247191 0,06741573 0,146067416
Comisión
-€ 16,32 € 19,38 € 28,83 € 0,31 € 7,00 € 12,92 € 84,76 €
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Curso Básico de Gestión Financiera
7. La suma del importe que resulta de la liquidación de los intereses, más la comisión por el saldo no dispuesto, nos dará el total a pagar por la cuenta de crédito. Interés saldos deudores Interés saldos acreedores Intereses saldo exceso Comisión saldo no dispuesto Total liquidación
120,96 € € € 85,17 € 206,13 €
Es decir, debemos sumar, el importe que hemos obtenido de aplicar el interés (120,96 €), más los obtenidos de aplicar la comisión por el saldo no dispuesto (85,17€). Esta suma nos da un importe de 206,06 €, que es la liquidación de la cuenta por estos tres meses.
2.7.2. Caso práctico: cuenta de crédito con exceso de límite Para la resolución de este caso práctico, debes descargarte, el archivo ejemplo3_2.xls. En ocasiones sucede, que la empresa dispone de fondos en una cuantía superior al límite establecido para la cuenta, por lo que la entidad financiera, a los saldos que exceden del límite, va a cobrar un interés superior al de los saldos deudores que están dentro del límite de disposición. Vamos a ver como funciona esta comisión por medio de un caso práctico: La empresa de distribución de calzados, Zapatos Confortables, S.A., abrió una cuenta de crédito con el banco Mentor, el 21 de febrero de 2005, con las siguientes condiciones: •
Límite de disposición: 15.000 €.
•
Tipo de interés nominal hasta el límite de la cuenta: 3,75 %.
•
Intereses saldos acreedores: 0,10 %.
•
Interés nominal para sobregiros y cantidades vencidas pendientes de reembolso: 15 %.
•
Comisión de apertura (a aplicar sobre el límite establecido): 1,25 %.
•
Comisión trimestral sobre el saldo no dispuesto: 0,6 %
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Liquidación trimestral de intereses teniendo en cuenta que la primera liquidación se realiza a fecha 21 de mayo de 2005.
Movimientos Fecha valor
Cargos
Abonos
Días de saldo
Saldo
Números deudores
21/02/2005
187,50 €
-187,50 €
1
-187,50
22/02/2005
2.000,00 €
- 2.187,50 €
9
-19.687,50
03/03/2005
1.548,00 €
- 3.735,50 €
12
-4.826,00
15/03/2005
10.245,00€
-13.980,50 €
6
-83.883,00
21/03/2005
2.651,00 €
-16.631,50 €
40
-600.000,00
-14.631,50 €
2
-29.263,00
30/04/2005
2.000,00 €
Números Exceso de acreedores saldo
-1.631,50
Números excedidos
-65.260,00
02/05/2005
2.215,00 €
-16.846,50 €
3
- 45.000,00
-1.846,50
-5.539,50
05/05/2005
2.513,00 €
-19.359,50 €
3
-45.000,00
-4.359,50
- 13.078,50
5.640,50 €
14
08/05/2005
25.000,00€
89
78.967,00 -867.847,00
78.967,00
-83.878,00
Para el cálculo de la comisión sobre el saldo no dispuesto, debemos aplicar la fórmula que vimos anteriormente, donde, en el primero de los saldos, quedaría:
Comisión de saldo no dispuesto Saldo no dispuesto
14.812,50 € 12.812,50 € 11.264,50 € 1.019,50 € -€ 368,50 € -€ -€ 20.640,50 €
Días
1 9 12 6 40 2 3 3 14
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Días saldo no dispuesto/total días liquidación 0,011235955 0,101123596 0,134831461 0,06741573 0,449438202 0,02247191 0,033707865 0,033707865 0,157303371
Comisión
1,00 € 7,77 € 9,11 € 0,41 € -€ 0,05 € -€ -€ 19,48 € 37,83 €
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Curso Básico de Gestión Financiera
Liquidación Interés saldos deudores Interés saldos acreedores Intereses saldo exceso Comisión saldo no dispuesto Total liquidación
90,40 € - 0,22 € 34,95 € 37,83 € 162,96 €
Como podemos observar la liquidación se realiza anotando todos los movimientos, y obteniendo los sucesivos saldos. Cuando el saldo que arroja la cuenta, es superior al límite establecido es cuando entra en juego la nueva columna de “Exceso de saldo”. En esta columna se refleja el importe por el que el saldo dispuesto es mayor al límite de la cuenta, y se obtiene de restar el límite del saldo obtenido. En la columna de números deudores se anota el resultado de multiplicar el límite del saldo de la cuenta por los días de permanencia, es decir, se calcula, como si el saldo esos días hubiese sido el límite de la cuenta. Cuando en la cuenta de crédito se ha realizado un exceso de saldo, para poder aplicarle el interés se calculan los números excedidos, que son el resultado de multiplicar el excedente de saldo por los días en que permanece en la cuenta. En el momento de la liquidación, debemos sumar todos los números, los deudores, los acreedores y los excedidos, y aplicarle a cada uno su tipo de interés correspondiente. Así tendremos tres tipos de intereses distintos: interés de los saldos deudores, acreedores y excedidos, estos dos últimos en caso de que los haya. Para liquidar la cuenta, sumamos los intereses producidos por los saldos deudores y excedidos, y la comisión por el saldo no dispuesto, y restamos los intereses de los saldos acreedores, ya que éstos son a favor del cliente. El importe que resulte de esta operación, será lo que el cliente deba pagar por su cuenta de crédito.
2.7.3. Caso práctico: cálculo de la TAE de un crédito. Vamos a calcular cuál es el coste efectivo anual o TAE de la operación de crédito descrita en el caso práctico anterior. Como hemos visto, además del interés por el saldo dispuesto, la entidad financiera cobra otro por los saldos excedidos del límite de la cuenta y una serie de comisiones, como la de apertura o por el saldo no dispuesto. Por ello, para poder comparar el coste efectivo de un crédito y otro, podemos obtener la TAE de la operación, en la que se recogen todos los costes: gastos, comisiones e intereses pagados.
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Curso Básico de Gestión Financiera Para calcular la TAE de una operación de crédito debemos proceder de la siguiente manera: 1. Debemos comenzar por calcular el saldo de la cuenta de crédito a efectos de TAE. Este saldo será el saldo medio dispuesto menos las comisiones de apertura. Lo obtenemos dividiendo la suma producida de los números comerciales deudores por el número de días que abarca la liquidación. En el caso práctico anterior tenemos que los números comerciales deudores ascienden a 867.847, los días de liquidación son 89, y la comisión de apertura es de 187,5 €. Saldo a efectos de TAE = (867.847 / 89) – 187,5 = 9.563,89. 2. Después debemos calcular los intereses realmente pagados. Lo obtenemos sumando los intereses por el saldo dispuesto y por el exceso de saldo, menos los intereses por los saldos acreedores, caso de que los hubiera. En el caso práctico que nos ocupa vemos que al realizar la liquidación hemos pagado 90,4 € en concepto de intereses por el saldo dispuesto (saldo deudor) y 34,95 € por el exceso de saldo dispuesto, y nos han pagado por mantener unos saldos acreedores 0,22 €. Conocidos todos estos datos, tenemos que en concepto de intereses la empresa ha pagado: Intereses = Intereses deudores (90,4) + Intereses exceso (34,95) – Intereses acreedores (0,22) = 125,13 €. 3. Para conseguir la TAE de la operación debemos dividir el total de los intereses pagados entre el saldo obtenido a efectos de la TAE, a fin de extraer el tipo de interés efectivo de la liquidación. Como ésta ha sido trimestral, este interés será el interés efectivo trimestral. Interés efectivo trimestral = intereses pagados / saldo efectos TAE. Interés efectivo trimestral = 125,13 / 9.563,89 = 0,013083588. 4. A través de la fórmula existente para calcular la TAE, pasamos el interés efectivo trimestral a su tasa anual equivalente correspondiente.
TAE
=
(1 + ien)360/n
-
1
En la fórmula anterior, el interés efectivo es i e , que acabamos de obtener en el punto anterior y n el número de días que abarca la liquidación. En nuestro caso será 89 días.
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Curso Básico de Gestión Financiera
TAE
= (1 + 0,013083588)360/89
-
1
TAE = 0,05398599 5,40 %.
3. El Descuento 3.1. Concepto de descuento Vamos a definir el descuento, como la operación mediante la cual, la entidad financiera adquiere la propiedad de un título de crédito (generalmente la letra de cambio, pero también puede ser el pagaré), adelantando al cliente el valor del mismo, menos la comisión y los intereses que se generan desde la fecha en que el usuario presenta la letra al descuento y el vencimiento de la misma. De esta forma, el tenedor del título ya no es la empresa-cliente, sino el banco, y será la entidad financiera la que, al vencimiento del título de crédito, cobre su importe. Es importante, para el estudio del descuento resaltar que los títulos de crédito presentan un vencimiento, es decir, una fecha futura en la que se realizará el pago, es un elemento esencial del descuento. Si no tuvieran un vencimiento definido, no existiría el descuento, ya que el mismo cliente podría cobrarlos y obtener de ahí la financiación que necesita. El vencimiento de los efectos presentados al descuento es generalmente inferior al año, por lo que el plazo más empleado en las operaciones bancarias de descuento es el corto plazo. Suele instrumentarse no tanto como operación aislada sino como una línea de descuento que la entidad abre a favor de su cliente, en atención a una pluralidad de efectos que se desea descontar.
3.2. Características del descuento La principal característica que presenta el descuento es la existencia de una deuda frente a un tercero. El cliente, debe presentar un documento que acredite que tiene un derecho de cobro sobre un tercero, bien una empresa o bien una persona física. La principal función del descuento es adelantar un dinero, que el cliente espera cobrar en un futuro próximo, al día en que se realiza el descuento; por lo tanto, la
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Curso Básico de Gestión Financiera deuda presentada debe tener un vencimiento posterior a la fecha en que se realiza el mismo. Las entidades financieras por realizar la operación, van a cobrar a sus clientes un interés por el importe de la misma, más el cobro de unas comisiones. Mediante la operación de descuento se realiza una cesión de los títulos, por lo que el tenedor de los mismos pasa a ser la entidad financiera. Cuando llegue el vencimiento de los efectos, el cliente, ya no tiene ningún derecho de cobro sobre los mismos, sino que el obligado al pago, deberá abonarlos a la entidad en la que el cliente los presentó al descuento.
3.3. Partes que intervienen en el descuento En las operaciones financieras de descuento van a intervenir tres partes: •
La entidad financiera: va a adelantar el dinero documentado a través de los títulos presentados al descuento, a su cliente, y por medio de esta operación va a adquirir los derechos de cobro que representa la tenencia de los mismos. Por realizar la operación, tiene derecho a cobrar una cantidad al cliente.
•
El cliente: es la persona que posee los derechos de cobro documentados a través de los títulos, y a través de la operación de descuento, transmite su propiedad a la entidad financiera.
•
El deudor del documento: es la persona física o jurídica obligada al pago de una deuda a través del título que se presenta al descuento, en el momento de su vencimiento. A través de la operación de descuento, el pago ya no lo tendrá que hacer a la persona que en un primer momento era su acreedor, sino que lo deberá hacer efectivo a la entidad financiera.
3.4. El coste del descuento El descuento, como toda operación financiera activa tiene un coste para el cliente que la solicita, y aporta unos ingresos a la entidad financiera que la realiza, por el riesgo que asume y la cesión de fondos que realiza. Algunos de los costes que lleva aparejados el descuento son: •
Costes iniciales o de clasificación y estudio: mediante la clasificación la entidad financiera va a determinar la cantidad máxima que será financiada por ella, a través del descuento. Supone, en suma, el establecimiento de los límites de la línea de descuento en atención a: el riesgo, las característi-
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Curso Básico de Gestión Financiera cas del cliente descontatario, el volumen de negociación, etc. Entre los costes de clasificación suele incluirse también la comisión de apertura. •
Costes de formalización: incluye gastos de fedatario público ante el que se formaliza la operación, normalmente mediante póliza o documento oficial.
•
Intereses: la entidad financiera va a cobrar por adelantar los fondos en el tiempo, son los denominados intereses de descuento. Éstos se pagan por anticipado. Así, la entidad financiera entrega al descontatario el nominal del importe de los documentos presentados al descuento menos los intereses, por el tiempo que media entre el momento del abono y el de vencimiento efectivo del crédito.
•
Gastos de gestión de cobro: se trata de los gastos en que incurre la entidad financiera por las gestiones que realiza para cobrar los efectos descontados. Éstas incluyen, normalmente: Comisiones (según la calidad del efecto descontado; esto es, que esté o no aceptado, que esté domiciliado, etc.); Correo (coste postal de la notificación que se hace al librado para que proceda al pago del efecto).
•
Gastos de devolución: estos gastos serán cobrados al cliente sólo en caso de que el efecto objeto del descuento resulte impagado por parte del deudor. Así la entidad financiera cobra al que ha descontado el importe total del mismo, más ciertos gastos de devolución: Comisión de impagado (% sobre el importe del efecto); Correo (conste del envío al cliente del efecto); Protesto (requerimiento notarial de pago al deudor).
3.5. Clasificación del descuento Vamos a clasificar a las distintas operaciones de descuento, según la naturaleza de los títulos que contienen documentada la deuda que se presenta al descuento, en: •
Descuento comercial.
•
Descuento financiero.
•
Descuento de certificaciones.
3.5.1. Descuento comercial
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Curso Básico de Gestión Financiera El descuento comercial tiene como objeto los títulos mercantiles que representan derechos de cobro derivados del ejercicio de la actividad de la empresa, es decir, generalmente derechos de cobro frente a clientes. Las empresas, en el normal ejercicio de su actividad económica, suelen aplazar los cobros y los pagos de las operaciones comerciales que realizan con otras empresas, esto es, con sus clientes y proveedores. La forma más común que utilizan para documentar este aplazamiento es a través de la emisión de letras de cambio. La letra de cambio es un título mercantil que se emite a la orden, por el cual el librado o deudor se obliga a pagar al librador, o parte acreedora, la cantidad que figura en el citado documento, en el vencimiento y lugar que también se indican expresamente en el mismo. La letra de cambio aporta seguridad sobre el cobro de las deudas, ya que el impago puede reclamarse judicialmente, y llegar al embargo de los bienes del deudor, como pago de la deuda y los perjuicios ocasionados. Como la emisión de estas letras de cambio está vinculada a la actividad comercial de la empresa, a estos documentos los llamaremos efectos comerciales, por lo tanto al descuento de efectos comerciales lo denominamos descuento comercial. La empresa que tiene documentados sus derechos de cobro mediante letras, puede actuar de dos maneras, según sus necesidades de dinero efectivo: •
Esperar al vencimiento de la letra para presentarla a cobro, si no se tiene necesidad urgente de liquidez.
•
Presentar la letra al descuento, para cobrarla antes de su vencimiento, si la empresa necesita liquidez.
Por lo tanto, el descuento comercial es recomendable únicamente para situaciones en las que la empresa tiene escasez de liquidez, ya que el descuento no es gratuito, sino que representa un coste para la empresa que hace uso de él.
3.5.2. Descuento financiero El descuento financiero no nace del tráfico mercantil ordinario, sino que se trata de un préstamo formalizado mediante aceptación o emisión por parte del prestatario, de letras o pagarés creados sin otro antecedente causal. El domicilio de pago de las letras financieras suele ser la propia entidad de crédito, y se suelen emitir con gastos. En los efectos financieros que no están destinados a ser redescontados, es frecuente que el banco o caja no sean libradores, siendo un tercero, quien aparece como cedente del efecto que ordena a la entidad el abono en la
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Curso Básico de Gestión Financiera cuenta del beneficiario y aceptante, siendo extendido el efecto a la orden del banco o caja prestamista. Los efectos creados para el descuento financiero son créditos concedidos a 3 ó 6 meses. Cuando se conceden a mayor plazo, el tipo de descuento suele ser más alto, y es habitual renovarlos cada 6 meses, con alguna rebaja en el nominal. El descuento financiero con cuenta de compensación es un crédito formalizado en efecto financiero que suele comportar un factor de elevación del coste considerable, si el beneficiario no utiliza los fondos en su totalidad inmediatamente y durante todo el plazo del efecto, debido a que los intereses devengados son sobre la totalidad del crédito. Es por eso que se prefiere la póliza de crédito disponible en cuenta corriente, ya que los intereses son en función de la cuantía utilizada. Si se impone la letra, una fórmula para reducir los costes es la apertura de una cuenta corriente de compensación de intereses, a la formalización de la letra o pagaré, en cuya cuenta se abona el líquido de su descuento y que, a partir de aquí, funciona igual que una cuenta de crédito, estipulando un tipo de interés algo menor al utilizado para el descuento, para remunerar los saldos acreedores que presenta la cuenta. Ésta no debe tener saldo deudor, ya que representaría un descubierto, pero si éste es aceptado por la entidad de crédito, lo tratará a efectos de intereses y comisión como los descubiertos en cuenta corriente.
3.5.3. Descuento de certificaciones Esta operación se realiza especialmente en los contratos de obras y suministros públicos. Se autoriza el pago mediante la presentación de certificados (bien por una parte o por la totalidad de las obras o el suministro). Estos documentos los presentan al descuento los suministradores o ejecutores de la obra. Cualquier entidad de crédito, puede tomar estas certificaciones al descuento concediendo entre el 80 y el 90% del nominal. El banco realiza la operación como si de una letra de cambio se tratara, calculando intereses hasta la fecha de cobro del deudor. Las certificaciones son endosadas con la expresión "valor recibido", encargándose la entidad que las recibe de presentarlas en el organismo expedidor para la toma de razón del endoso.
3.6. Derechos y obligaciones generados por el descuento El cliente que presenta sus efectos al descuento a una entidad financiera adquiere una serie de derechos y obligaciones con la operación. El cliente tiene derecho: Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera •
A conocer antes de realizar la operación de descuento los intereses, gastos y comisiones que lleva aparejados.
•
A recibir el importe de la liquidación, esto es, el importe de los derechos de cobro presentados al descuento, menos los intereses y las comisiones que lleva aparejadas, en el tiempo y condiciones pactadas con la entidad.
•
A ser informado, en el vencimiento de los efectos, de que el deudor ha acudido al pago de los mismos, y así él queda liberado de su deuda con la entidad.
Las obligaciones que contrae el cliente del descuento son: •
Endosar los documentos, objetos del descuento, a favor de la entidad financiera. A través de la operación de descuento, la entidad se va a convertir en la propietaria de los títulos.
•
En el caso de que la deuda no sea pagada al vencimiento por el deudor, el cliente tiene la obligación de reembolsar el importe de la misma.
•
El cliente tiene obligación de pagar los intereses, comisiones y gastos ocasionados por el descuento. Éstos, generalmente los liquida la entidad financiera antes de realizar la operación, de tal manera, que ingresa en la cuenta del cliente, el importe de la deuda que viene recogida en los títulos descontados, menos los intereses, gastos y comisiones generados por la operación.
3.7. Ventajas e inconvenientes del descuento El descuento de efectos presenta una serie de ventajas e inconvenientes en su utilización, como medio de financiación de nuestra empresa. Como ventajas vamos a destacar: •
La facilidad de uso, una vez que hemos obtenido la línea de descuento.
•
Representa una gran comodidad para la empresa que presenta sus efectos, ya que mediante la realización de una única gestión, la presentación en el banco de los efectos para el descuento, la empresa se evita todas las gestiones de cobro de cada uno de los efectos.
•
La empresa ya no tiene que realizar las gestiones de cobro de los efectos en la fecha que venza cada uno de ellos.
•
No obstante el descuento tiene también sus inconvenientes:
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Curso Básico de Gestión Financiera •
El descuento resulta caro para le empresa ya que los intereses son altos y, además, se pagan por anticipado, a diferencia del crédito en que se pagan a posteriori. Además, por otra parte, el pago de las comisiones que lleva asociadas lo encarecen aún más.
•
La presentación de efectos al descuento debilita la situación financiera de la empresa porque ésta adquiere una deuda con el banco por el importe de los efectos. La empresa cobra el importe de sus derechos por anticipado, pero el banco no asume el riesgo de los impagados. En el momento del vencimiento de los efectos, si son pagados por el deudor, el banco lo comunicará al cliente y la deuda quedará saldada; pero si el deudor no acude al pago, será el cliente el que deberá asumir el impagado, devolviendo la cantidad de la deuda de los efectos impagados.
•
El descuento de efectos dificulta la llevanza de la tesorería de forma precisa.
•
La contabilización de los descuentos es larga y compleja, ya que se debe tener en contabilidad el efecto descontado, hasta que el deudor haga frente a sus deuda, momento en el que ya se puede dar de baja definitivamente, en la contabilidad, el efecto.
3.8. Casos prácticos del descuento 3.8.1. Caso práctico: el descuento comercial Para la resolución de este caso práctico, puedes descargarte el archivo ejemplo3_3.xls. La empresa XSW S.A. comercializa recambios para la reparación de diversos electrodomésticos. Dentro de su política comercial concede el aplazamiento del pago a sus clientes hasta 180 días. En estos momentos, tiene necesidad de fondos en su tesorería, decide llevar al descuento una letra por valor de 6.000 €. Estos créditos deberían ser pagados dentro de 90 días por sus deudores. La entidad financiera, con la que va a negociar el descuento, le va a aplicar un tipo de interés de 4,5 %. Calcula cuánto va a recibir. El descuento que aplican las entidades financieras a los efectos, es conocido como descuento comercial. Para el cálculo de este descuento, debemos calcular cuál es el interés que genera el nominal o importe del efecto durante el periodo de tiempo que va desde la fecha en que se descuenta hasta la de su vencimiento. La fórmula para su cálculo es la siguiente: Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera
Dc=Cn ·n·i En la siguiente fórmula tenemos: D c es el importe que el banco va a descontar del nominal del efecto, por adelantar el dinero. C n es el nominal del efecto que se presenta al descuento n es el tiempo que media entre la fecha de vencimiento y la fecha del descuento. Normalmente estará expresado en días, por lo que habrá que pasarlo a años. Para pasarlo a años, se dividen los días por 360, que representa el año comercial. i es el tipo de interés que va a aplicar el banco por realizar el descuento. Cn = 6000 N = 90 días
expresado en años
90 / 360 = 0,25
I = 4,5 % Dc = 6000 · 0,25 · 0,045 = 67,5 La empresa XSW S.A. va a recibir el importe de su crédito menos el descuento, por lo que percibirá:
6.000 - 67,5 = 5.932,5 €
3.8.2. Caso práctico: el descuento de remesas Para la resolución de este caso práctico puedes descargarte el archivo ejemplo3_4.xls. La empresa PTR, SL concede a sus clientes el pago aplazado de las ventas, y ella, también aplaza en la medida de lo posible el pago a sus proveedores. Este mes ha sufrido un desfase en su tesorería, y para poder afrontar los pagos que tiene que realizar, decide llevar al descuento una remesa de efectos comerciales. Por realizar la operación, la entidad financiera le va a cobrar un interés nominal de 4,75 %, más una comisión de 40 céntimos por efecto descontado, y 17 céntimos en concepto de correo, por cada efecto. La remesa está formada por 52 efectos que tienen un vencimiento medio de 57 días, y el importe total asciende a 14.895,47 €. Calcula cuánto va a recibir, descontando los intereses y las comisiones. El interés será: 14.895,47 x (57 / 360) x 0,0475 = 112,03 €. Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera La comisión por cada efecto es de 40 céntimos, por lo que teniendo en cuenta que la remesa está formada por 52, será: Comisión = 52 x 0,40 = 20,8 €. Gastos de Correo = 52 x 0,17 = 8,84 €. El resumen de la liquidación es el siguiente: Nominal
14.895,47 €
Descuento
-112,03 €
Comisión
-20,80 €
Gastos de correo
-8,84 €
Líquido a percibir
14.753,80 €
3.8.3. Caso práctico: cálculo de la TAE de una operación de descuento Como hemos visto en el caso anterior, en la operación de descuento, las entidades financieras no sólo cobran un interés, sino que muchas veces llevan aparejado también el cobro de comisiones y gastos. Para calcular cuál es el coste efectivo anual de esta operación o lo que es lo mismo la TAE, lo haremos por medio de la siguiente fórmula:
360
TAE
=
N
P _
1
E
Donde tenemos que: N: es el importe nominal de la remesa. E: es el importe efectivo que se recibe por la remesa una vez descontados gastos, intereses y comisiones. P: es el vencimiento medio de la remesa. Con lo que no tenemos más que sustituir las letras por los datos obtenidos en el apartado anterior, y obtendremos la TAE de la operación.
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Curso Básico de Gestión Financiera
360
TAE
=
14.895,47
57 _
1
=
0,06221361
14.753,80
El resultado que nos da, está expresado en tanto por uno. Si lo queremos expresar en tanto por cien, no tenemos más que multiplicar por 100 el resultado obtenido. 0,06221361 x 100 = 6,22 %
3.8.4. Caso práctico: descuento de varias letras Para la resolución de estos casos prácticos puedes descargarte el archivo ejemplo3_5.xls. Flores y Plantas S. L., es una empresa dedicada al cultivo, comercialización y distribución de toda clase de flores y plantas. Dentro de su política comercial, tienen por costumbre, conceder el pago aplazado a sus clientes. Como está cercana la primavera, Flores y Plantas, necesita cobrar anticipadamente varias letras para adquirir gran cantidad de mercancía. Para ello va a presentar varias letras al descuento en su entidad financiera. El importe de las letras, y los días que faltan para su vencimiento son los siguientes: Nominal Tiempo
7.500,00 € 36 días
19.500,00 € 64 días
15.000,00 € 105 días
El interés que va a cobrar la entidad financiera es del 5,85 %, más una comisión del 0,3 %. Calcula cuánto va a recibir por las tres letras. Para resolver esta cuestión, debemos proceder igual que en el caso de que fuese una única letra, es decir, multiplicado el nominal, por el interés, por el tiempo, y descontado la suma de los importes obtenidos, de la suma de los nominales. Nominal Tipo de interés nominal Tiempo Comisión Descuento Comisión
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7.500,00 € 5,85% 36 días 0,30%
19.500,00 € 5,85% 64 días 0,30%
15.000,00 € 5,85% 105 días 0,30%
43,88 € 22,50 €
202,80 € 58,50 €
255,94 € 45,00 €
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7.433,63 €
Total descontado Total comisión Total líquido a percibir
19.238,70 €
14.699,06 €
502,61 € 126,00 € 41.371,39 €
4. Los préstamos 4.1. Concepto El préstamo es un contrato financiero por el cual, una entidad de crédito, bien sea banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, cede una cantidad de dinero a un cliente, bien sea persona física o jurídica, hasta un vencimiento y con un interés prefijado. El cliente queda obligado a la devolución de estos al vencimiento del contrato, más el pago de unos intereses, que se calculan sobre el importe de los fondos prestados.
4.2. Elementos que intervienen en el préstamo El contrato de préstamo va tener imprescindiblemente los siguientes elementos: La entidad financiera que es el prestamista de la operación, y es la encargada de entregar el dinero al cliente, y tiene derecho a que le sea devuelto al vencimiento. El cliente o prestatario, es la persona física o jurídica que recibe la suma de dinero y que queda obligada a su devolución al prestamista (banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito), a la fecha de vencimiento del préstamo. El capital objeto del préstamo, es el monto de dinero que el prestamista entrega al prestatario, y que le será devuelto a la finalización del contrato. El plazo de vencimiento. El contrato de préstamo tiene un plazo, determinado al inicio del mismo, en el que el capital deberá ser devuelto al prestamista. Es un elemento esencial del préstamo, ya que es el que va temporalizar el contrato, para no dilatarlo indefinidamente. El coste. El préstamo de fondos no es un contrato gratuito, sino que lleva un coste asociado. El principal es el interés, pero no es el único como veremos en esta unidad.
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Curso Básico de Gestión Financiera Muchas veces, las entidades financieras, para conceder un préstamo a un cliente le van a exigir una garantía, para asegurarse la restitución de los fondos a la finalización del contrato. Las garantías que se pueden presentar para la devolución de los préstamos pueden ser reales o personales. La garantía real hace referencia a bienes, sean muebles o inmuebles, y las garantías personales van a hacer referencia a la capacidad personal del deudor de devolver la cuantía del préstamo, como, por ejemplo, la nómina.
4.3. Diferencias entre el préstamo y el crédito Los productos financieros de préstamo y crédito, son ambos de pasivo. Aunque la finalidad de los dos es la misma, dotar a la empresa o al particular de los recursos financieros que no tiene, presentan diferencias. La primera es la naturaleza de los contratos. El préstamo es un contrato real, que es aquel que se perfecciona por la entrega de la cosa objeto del contrato. Por lo tanto, el contrato de préstamo, queda perfeccionado con la entrega del dinero objeto del préstamo, por parte de la entidad, al cliente o empresa-cliente que lo ha solicitado. Por el contrario, el crédito es un contrato consensual. Un contrato consensual es aquel que se perfecciona con el mero consentimiento de las partes que intervienen en el mismo. Es decir, el contrato es perfectamente válido desde el momento en que las dos partes, banco y cliente, dan su consentimiento, independientemente de la fecha en que el cliente comience a hacer disposiciones de sus fondos. En el contrato de préstamo el banco entrega la cuantía total de los fondos objeto del mismo, mientras que en el crédito, el banco simplemente autoriza al cliente a disponer de fondos en cuantía limitada por el importe del crédito. La propiedad de los fondos en el crédito continua siendo del banco, mientras que en el préstamo pasa a ser del cliente, desde el primer momento. Al vencimiento del préstamo, el cliente tiene obligación de devolver al banco el importe total de los fondos prestados, mientras que el de un crédito tiene obligación de devolver al banco, únicamente, los fondos dispuestos; por lo que si no ha extraído la totalidad, solo deberá devolver los fondos realmente dispuestos. Lo mismo que con el capital, ocurre con los intereses. En el préstamo, los intereses se calculan sobre el total del capital, mientras que en el crédito se aplican únicamente a los fondos realmente dispuestos. El crédito ofrece al finalizar su plazo de vigencia, la posibilidad de renovación, mientras que el préstamo no, sino que se instrumentaliza en un nuevo contrato.
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Curso Básico de Gestión Financiera En el contrato de préstamo se establecen una serie de amortizaciones para la devolución del importe del préstamo, y el cliente tiene que ir haciendo frente a esas cuotas de amortización, mientras que en el crédito, el cliente puede ir realizando devoluciones totales o parciales de las cantidades dispuestas, e incluso superarla, por lo que es mucho más flexible que el préstamo. Los intereses, comisiones y gastos se calculan al principio de la vida del préstamo, mientras que en el crédito, los intereses se suelen liquidar trimestralmente.
PRÉSTAMOS
CRÉDITOS
Contrato real
Contrato consensual
Entrega de dinero
Disposición de fondos
Los fondos son del cliente
Los fondos son del banco
Devolución importe total
Devolución fondos dispuestos
Intereses sobre el capital
Intereses sobre los fondos dispuestos
No renovable
Renovable
Cuotas amortización
Flexibilidad devolución
Gastos al principio
Gastos periódicamente
El banco entrega dinero al cliente
Banco
Cliente
El cliente devuelve al banco el dinero más los intereses pactados
CRÉDITO Fondos
El cliente puede ir reintegrando los fondos
El banco autoriza al cliente a disponer de unos fondos en cuantía limitada El cliente dispone los fondos que necesita Banco en cada momento
Cliente Al vencimiento del crédito, el cliente debe devolver los fondos dispuestos, más los intereses generados, por esos fondos.
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Curso Básico de Gestión Financiera
4.4. El coste del préstamo La operación del préstamo lleva varios gastos aparejados a su concesión. Vamos a estudiar los más comunes que suelen aparecer, pero no quiere decir que necesariamente se presenten todos, sino que en función de la entidad, la cuantía de la operación, y otras circunstancias, pueden aparecer unos u otros costes. El préstamo suele generar unos gastos iniciales, que se generan antes de realizar la operación en si misma. Los más representativos son: •
Las comisiones de estudio: éstas son exigidas por la entidad financiera por el mero hecho de realizar el estudio y valoración del riesgo que tiene la operación. Con los datos obtenidos, la entidad puede decidir conceder la operación o denegarla.
•
Las comisiones de apertura: son un porcentaje que se aplica sobre la cuantía por la que se concede el préstamo y que se exige al adjudicar el mismo, para iniciar la operación.
•
Gastos de fedatario público: estos gastos se cobran solo en caso de que deba intervenir en su formalización.
•
Gastos de gestoría: estos gastos se originan cuando la entidad concedente confía a un gestor trámites de tipo administrativo (inscripción en registros, liquidación de impuestos, etc.)
•
Los intereses: el préstamo puede contratarse con un tipo de interés fijo o variable. Los tipos que se aplican en las operaciones de préstamo toman habitualmente como referencia un índice del mercado (Euribor; tipo de referencia del Banco de España, etc.). Los intereses se calculan sobre el total del principal y desde el día de su formalización. El interés se suele expresar en forma de porcentaje nominal con referencia a un periodo de tiempo. Para poder comparar diferentes productos con tipos nominales no homogéneos se utilizan los siguientes instrumentos: o
TAE (TASA ANUAL EQUIVALENTE) Tiene su utilidad para comparar ofertas financieras que ofrecen condiciones de interés nominal y de periodo de liquidación de intereses diferentes, ya que mediante la TAE unificamos todas las condiciones y las convertimos en una tasa
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Curso Básico de Gestión Financiera única. Al convertir, mediante una operación matemática, cualquier oferta a su correspondiente tasa anual equivalente (TAE), podremos compararlas, ya que la TAE ha absorbido el efecto de las diferentes condiciones de periodicidad de los intereses. La TAE no incluye impuestos, gastos de fedatario, comisiones o gestoría, etc. Al objeto de permitir su comparación, es obligatorio expresar la TAE de toda oferta financiera. o
TAEC (TASA ANUAL EQUIVALENTE de COSTE). A diferencia de la TAE sí incluye impuestos, gastos de fedatario, gestoría, comisiones, etc. No es obligatoria su publicación.
•
Gastos de cancelación o amortización anticipada: los préstamos suelen incluir una comisión de cancelación anticipada. Esta comisión sólo será aplicada en caso de que el cliente amortice el préstamo en una fecha anterior al vencimiento del mismo.
•
Otros gastos: otros desembolsos que puede llevar la operación de préstamo son: la contratación de un seguro, gastos de finalización de la operación, etc.
4.5. Clasificación del préstamo Actualmente en el mercado financiero existe una gran variedad de contratos de préstamo. Para realizar una clasificación de los mismos se puede atender a diversos criterios: •
Así, si atendemos a su plazo de vencimiento, podemos encontrarnos con préstamos a corto y largo plazo. Se determinan en función al año, así aquellos préstamos que el cliente tenga obligación de devolver en un periodo inferior o igual al año serán a corto plazo y aquellos que el periodo de devolución sea superior al año serán a largo plazo.
•
En atención al tipo de interés que va a soportar el préstamo, podemos encontrarlo con interés fijo y variable. El primero va a tener durante toda la vida del préstamo el mismo interés, mientras que el segundo puede variar a lo largo de la duración del mismo.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Pero el criterio que más se utiliza para clasificar los distintos tipos de préstamos es atendiendo a las garantías que la entidad financiera va a exigir al cliente para su concesión. Así podemos encontrarnos con: o
Préstamos con garantía personal.
o
Préstamos con garantía hipotecaria.
o
Préstamos con garantía pignoraticia.
4.5.1. Préstamos con garantía personal El artículo 1911 del Código civil establece que del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros. Así, en virtud de este artículo, las entidades financieras conceden préstamos con garantía personal, de los cuales, el deudor deberá responder con todo su patrimonio en general, sin establecer ningún derecho real de garantía sobre un bien en concreto. Las operaciones de préstamo con garantía personal suponen un riesgo superior para las entidades financieras que las operaciones de préstamo que tienen garantías reales, ya que puede ser que el cliente tenga el patrimonio suficiente para hacer frente al préstamo en el momento de su contratación, pero puede no contar con él en el momento de la devolución y ser insolvente. Para la concesión de un préstamo con garantía personal, la entidad financiera va a estudiar con detalle la situación financiera, personal y laboral del cliente. Para ello va a demandar al cliente información acerca de sus cuentas corrientes y de ahorro, estado civil, el número de hijos o familiares a su cargo, contrato laboral, importe de la nómina, declaración IRPF... La mayoría de los préstamos que se conceden con garantía personal, son destinados al consumo: adquisición de vehículos, realización de viajes, compra de muebles, estudios... Generalmente son préstamos de cuantía no demasiado elevada y el plazo suele oscilar entre seis meses y cinco años. Dependiendo de la cuantía de la operación y el riesgo que detecte asociado a la concesión del préstamo, la entidad, puede exigir la presencia de algún avalista, como garantía adicional del cobro de los préstamos. Un avalista es una persona física o jurídica que otorga al cliente sus garantías, y que se hace cargo, en caso de incumplimiento del cliente, del pago de la obligación objeto del aval. Si el cliente cumple con su obligación de pago puntualmente, el avalista no tendrá ninguna obligación.
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Curso Básico de Gestión Financiera Una vez concedida la operación, el contrato se plasma en una póliza de préstamo. Deberá ser firmada por la entidad financiera, que es la prestamista de la operación, el cliente que recibe el préstamo, el fedatario mercantil (corredor de comercio) y caso de que los hubiese, los avalistas. Además, en muchas ocasiones las entidades financieras suelen exigir la intervención de un notario para poder acogerse a la vía ejecutiva en caso de impago por el cliente.
4.5.2. Préstamos con garantía hipotecaria Los préstamos con garantía hipotecaria son aquellas operaciones, en las que su devolución, además de la garantía personal del deudor, está garantizada por un bien inmueble (casa, piso, local, terreno), propiedad del cliente o de su avalista, que va a quedar afecto a la operación hasta el buen fin del mismo. Conforme al sistema inmobiliario instaurado por la Ley hipotecaria, un requisito esencial de la garantía hipotecaria necesaria constancia registral que debe realizarse. Por lo tanto, el documento público mediante el que se haya constituido, deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad. Durante toda la vida del préstamo, el bien inmueble permanece en poder del deudor, y éste puede hacer un normal uso del bien afecto, hasta incluso puede venderlo, aunque el bien seguirá afecto a la operación del préstamo, hasta el buen fin de la misma. Generalmente, el destino de los fondos obtenidos por la operación de préstamo hipotecario, va destinado a la adquisición del bien objeto del préstamo, pero no es un requisito imprescindible, sino que el cliente puede hipotecar un bien que ya poseía para obtener fondos que va a destinar a la financiación de cualquier otra cosa. La cuantía de fondos que se obtienen con los préstamos hipotecarios, es mayor que las operaciones de préstamo con garantía personal, y el plazo de devolución también es superior. Todo esto es gracias al menor riesgo que supone la operación por disponer de la garantía real de la hipoteca. Además la existencia de esta garantía real también hace que los tipos de interés aplicados en los préstamos hipotecarios sean mucho menores que en los personales, ya que en éstos, las garantías de devolución son menores. El proceso de concesión de un préstamo con garantía hipotecaria, es similar al proceso que siguen las entidades para las operaciones activas en general. Siempre, antes de conceder el préstamo, van a hacer una evaluación del riesgo que tiene la operación basándose en la información que les va a suministrar el cliente, y la que va
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera a obtener por medio de sus fuentes externas. Además, como aquí contamos con la garantía del bien, la entidad va a realizar comprobaciones sobre ese bien. Una vez que el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, ha decidido la concesión de la operación de préstamo al cliente, se procede a la tasación del bien inmueble y a la verificación registral del mismo. La tasación es la operación por medio de la cual se determina el valor de un bien. Debe ser realizada por un experto, en este caso por la Sociedad de Tasación, que es la que tiene potestad y autorización para certificar dicho valor. La cuantía en que se determine el bien, va a establecer el importe máximo que la entidad podrá conceder con esa garantía. En la mayoría de los casos el importe máximo es el 80% del valor del bien. La entidad, también verificará, por medio del Registro de la Propiedad, la titularidad de la finca y si pesan otras cargas sobre ella. Con todos estos datos (riesgo de la operación asociado al cliente, valoración del bien objeto de la hipoteca, cargas que pesan sobre la finca), la entidad va a emitir un documento, en el que va a recoger las condiciones, gastos, comisiones y el importe del préstamo que está dispuesta a conceder al cliente. Esta oferta es vinculante para la entidad, es decir, si el cliente la acepta, debe cumplir con las condiciones que vienen recogidas en el documento. El cliente que recibe el documento, puede aceptarlo o rechazarlo en el plazo de 10 días. Si el cliente acepta la oferta emitida por la entidad, deberá devolver el documento firmado. El contrato de préstamo hipotecario deberá realizarse en escritura pública (con presencia de un notario) y posteriormente inscribirse en el Registro de la Propiedad. Una vez que el préstamo hipotecario haya sido devuelto a la entidad financiera en su totalidad, se debe proceder, por medio de escritura pública a la cancelación de la garantía hipotecaria, para liberar a la finca de su carga. La cancelación de la hipoteca está exenta del pago de impuestos. Actualmente, dado el auge inmobiliario que se está produciendo en nuestro país, las entidades financieras, intentan adaptarse a todo tipo de clientes y situaciones, y para ello disponen de una gran variedad de préstamos hipotecarios. Así las entidades financieras ofrecen: 1.Préstamos hipotecarios a interés fijo Los préstamos hipotecarios de tipo de interés fijo conllevan el pago de una cuota constante a lo largo de la vida del préstamo. Además el tipo de interés es también constante durante toda la vida del préstamo, es decir, se mantiene invariable independientemente de la evolución que se produzca de los tipos de interés en el merUnidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera cado. Así, desde la firma del contrato vamos a conocer el importe de todas las cuotas que van a llevar a la amortización del préstamo. Las entidades financieras suelen conceder este tipo de préstamos con un plazo de amortización de hasta 20 años. Así, la principal ventaja que ofrece este tipo de préstamo, es que desde el primer momento el cliente sabe lo que va a tener que pagar, y además puede estar tranquilo porque no le van a afectar las subidas que puedan ocurrir en el mercado de los tipos de interés. Ahora bien, el inconveniente que presentan es que el cliente no podrá beneficiarse de los momentos de una bajada de tipos, perdiendo la posibilidad de pagar menos intereses. Ante el riesgo de que la evolución sea al alza, las entidades financieras gravan estos préstamos de interés fijo, con un tipo de interés superior al de los préstamos de interés variable, y el periodo de amortización también es menor por el mismo motivo. 2. Préstamos hipotecarios a interés variable Los préstamos hipotecarios de tipo variable conllevan una modificación del tipo de interés en un momento o periodo ya prefijado en el contrato de préstamo. Esa modificación se realiza vinculando el tipo de interés a un índice de referencia, generalmente el EURIBOR 3, y añadiéndole un margen diferencial que viene recogido en las condiciones del préstamo. Así, en este caso sólo conocemos los intereses del primer periodo hasta que llega la fecha de revisión (semestral, anual, etc.). En ese momento la cuota variará, incrementándose o disminuyendo, dependiendo de si los tipos han subido o bajado con respecto al periodo ya liquidado. El plazo de este tipo de préstamos es más largo que el de los de interés fijo, pudiendo llegar hasta los 30 años el plazo de amortización. La ventaja que ofrece es que el cliente se puede beneficiar de las bajadas de los tipos de interés, pero cuenta con el inconveniente de la incertidumbre en la evolución de los tipos. 3.Préstamos hipotecarios a interés variable con techo Los préstamos hipotecarios de tipo variable con techo fijan un límite máximo para el tipo de interés, por un periodo de tiempo 5 a 10 años. De esta forma, las
3
El Euribor es el tipo al que las entidades financieras se prestan entre sí, en el mercado interfinanciero del Euro.
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Curso Básico de Gestión Financiera revisiones que se hagan y que supongan un incremento de éste, y el resultado sea superior al tipo fijado como techo, no se aplicarán; sino que se tomará como nuevo tipo aplicable, el que se haya fijado como techo o tope. 4.Préstamos hipotecarios a interés mixto Los préstamos hipotecarios de tipo mixto conllevan, normalmente, un periodo inicial (3, 4, ó 5 años), durante el que se aplica un tipo de interés fijo. Una vez finalizado este periodo inicial, el préstamo pasará a tener un tipo de interés variable, por lo que estará sujeto a revisiones periódicas, y a posibles cambios, en función de la evolución del índice de que dependa. 5.Préstamos hipotecarios de cuota fija La cuota y el plazo se mantienen constantes a lo largo de la vida del préstamo hipotecario si tiene un tipo fijo. En caso contrario, si es variable, la cuota también se mantiene fija pero no el plazo, que aumenta o disminuye dependiendo de la subida o la bajada del tipo en el momento de la revisión. Este tipo de préstamo presenta el inconveniente de la incertidumbre de la duración del mismo, ya que si los tipos suben, la duración del préstamo será mayor. Por último, cabe destacar las deducciones que el cliente de préstamos hipotecarios puede realizar de su IRPF, siempre que dedique ese préstamo a la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual, y la adquisición haya sido realizada con anterioridad a 2013. En este caso la base de la deducción estará constituida por todas las cantidades satisfechas en cada periodo de vida del préstamo. Para el cálculo de esta deducción, tomamos la base que se va a constituir con la amortización, los intereses y los demás gastos derivados de la misma. El porcentaje de deducción por este concepto, queda fijado en un 15 %, estableciendo como base máxima de esta deducción 9.015 € anuales.
4.5.3. Préstamos con garantía pignoraticia Los préstamos con garantía de prenda no son muy frecuentes en el actual mercado financiero, no obstante, cuando un cliente solicita un préstamo y no cuenta con una garantía personal suficiente para afrontar su devolución, la entidad puede solicitarle la entrega de algún bien mueble que garantice el buen fin de la operación. Así pues, mediante este hecho estamos ante un derecho real de prenda. Éste se constituye mediante la entrega en garantía de una cosa mueble susceptible de posesión. No obstante, aunque conceda un bien mueble, como garantía de la operación, el cliente seguirá siendo el dueño del bien objeto de la garantía de prenda.
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Curso Básico de Gestión Financiera Los bienes más empleados como prenda o garantía son: acciones, valores mobiliarios, fondos de inversión y joyas. El importe concedido por el préstamo con garantía pignoraticia va a estar en función del bien objeto de la operación y de la naturaleza del mismo. Así, en líneas generales, si lo que entregamos como prenda son acciones, el importe del préstamo podrá alcanzar el 50% del valor efectivo de las mismas en la fecha de concesión del préstamo, pero si se trata de valores de renta fija, el préstamo puede alcanzar el 90% del valor efectivo.
4.6. Derechos y obligaciones generados por el préstamo Los derechos que asisten al cliente son los siguientes: •
Tiene derecho a conocer, antes de aceptar la operación, los gastos, comisiones e intereses que lleva aparejados la operación.
•
Una vez realizada la solicitud de préstamo, y el estudio por parte de la entidad, el cliente no tiene obligación de contratar el préstamo, caso de que haya dejado de interesarle o no le ofrezca las condiciones que necesita. Eso si, deberá restituir a la entidad financiera, los posibles gastos ocasionados por la realización del estudio.
•
Si el cliente contrata un préstamo a interés variable, tiene derecho a ser informado de las modificaciones que se vayan produciendo en los tipos de interés. Esta notificación deberá ser suministrada por la entidad financiera, en el momento que proceda a su revisión.
•
No obstante, el préstamo genera una serie de obligaciones que deberá cumplir el cliente:
•
Deberá pagar todos los gastos y comisiones pactados en la contratación del préstamo.
•
Tiene obligación de pagar a la entidad financiera, el importe del préstamo más los gastos, comisiones e intereses que lleve aparejada la operación, y de los que habrá sido informado en el momento de la contratación.
•
Tiene obligación de acudir al pago de la amortización del préstamo, en el momento del vencimiento de las cuotas periódicas que haya pactado con la entidad financiera.
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Curso Básico de Gestión Financiera
4.7. Ventajas e inconvenientes del préstamo El préstamo, como toda operación financiera va a presentar una serie de ventajas e inconvenientes para nuestra empresa. Las principales ventajas que lleva la operación del préstamo son: •
Una vez concedida la operación, éste nos permite disfrutar de la totalidad del efectivo que hemos solicitado desde el momento inicial.
•
La operación del préstamo tiene un uso universal (inicio de negocios, lanzamiento de actividades nuevas, ampliación de negocio, bajas estaciónales de actividad o de tesorería, etc.). Esta flexibilidad hace de él una de las vías más comunes de financiación.
Entre los inconvenientes que tiene el préstamo vamos a destacar: •
El pago de los intereses en la operación de préstamo, se refiere al monto total del principal, lo que implica, que debemos ajustar bien la cantidad de dinero que solicitamos, con las necesidades reales que tenemos, porque vamos a pagar por la totalidad de la cuantía objeto del préstamo, independientemente de que para el objeto que deseemos financiar únicamente empleemos una parte de dicho capital.
•
La posición financiera de la empresa se debilita con la operación de préstamo, ya que supone un incremento de su endeudamiento.
4.8. Casos prácticos de préstamos 4.8.1. Caso práctico: cálculo de la cuota de un préstamo Para la resolución de estos casos prácticos puedes descargarte de la mesa de trabajo, el archivo ejemplo3_6.xls. La empresa bodeguera Vino Tinto S. L., tiene como actividad principal el envasado y la venta de vino. Para poder etiquetar correctamente sus botellas ha decidido adquirir una nueva máquina impresora. La máquina tiene un precio de 25.000 €. Como Vino Tinto S. L., no dispone en la actualidad de ese dinero, ha acudido al Banco Mentor en busca de financiación. El director del Banco Mentor le ha ofrecido financiar la operación mediante un préstamo. Como con la nueva máquina, Vino Tinto S. L. va a incrementar su producción, piensa que podrá devolver el préstamo en 2 años. Las condiciones que el Banco Mentor le ha ofrecido son las siguientes:
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Capital prestado: 25.000 €.
•
Plazo de devolución: 2 años.
•
Periodicidad de las cuotas: mensual.
•
Interés nominal: 3%.
Para calcular el importe de la cuota mensual vamos a utilizar el método francés, en el que cada cuota está integrada por el interés correspondiente al capital pendiente de amortizar y por el capital que se amortiza. Además la ley financiera que se utiliza para realizar los cálculos matemáticos es la del interés compuesto. Para hallar el importe de la anualidad, lo primero que debemos conocer es el interés efectivo. La entidad financiera nos ha informado del interés nominal anual, y de que la periodicidad de las cuotas va a ser mensual. Estos dos datos nos van a permitir hallar el interés efectivo de la operación, es decir, el interés de cada cuota. El interés efectivo será el interés nominal dividido por el número de cuotas que tenemos en el año. Como las cuotas van a ser mensuales deberemos dividir el interés nominal por 12. Interés efectivo = Interés nominal / periodicidad cuotas. Interés efectivo = 0,03 / 12 = 0,0025 0,25 %. Una vez conocido el interés efectivo ya podemos calcular el importe de la anualidad. Para ello, bastará con aplicar la fórmula matemática siguiente, donde: C es el capital, es decir 25.000 €. i 12 es el interés efectivo. Como en este caso el interés es mensual lo llamamos. i 12 . en el caso de que la periodicidad de las cuotas fuera semestral. i 2 , o i 4 , en el caso de que las cuotas fueran trimestrales. Como hemos dicho, para hallar el importe de la cuota, las entidades financieras aplican habitualmente el método francés de cuotas constantes. La fórmula que se emplea es la siguiente: 1 - (1 + ie)-n
an|ie
=
ie C x ie
C Cuota
=
= an|ie
Unidad 3. Los productos financieros de activo
1 - (1 + ie)-n 106
Curso Básico de Gestión Financiera C = el capital a financiar, es decir en nuestro caso los 25.000 €. n = el número de cuotas que se deberán de pagar para amortizar la deuda. En nuestro caso, como es un préstamo a dos años con cuotas mensuales, serán 24 (dos años x doce cuotas al año). i e = es el interés efectivo, es decir, el resultado de dividir el interés nominal anual, por la periodicidad de las cuotas. El resultado que se obtiene de la operación es el siguiente: 25.000 x 0,0025 Cuota
=
= 1 - (1 + 0,0025)
1.074,53 €
-24
Luego debemos realizar el cuadro de amortización. En él se presenta el importe de la cuota total, y se desglosa el importe que es destinado a pagar interés y a amortizar el capital. Capital
Capital
Nº
pendiente
Intereses
amortizado
Cuota
(1)
(2)
(3)
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24
25.000,00 € 23.987,97 € 22.973,41 € 21.956,31 € 20.936,67 € 19.914,48 € 18.889,74 € 17.862,43 € 16.832,56 € 15.800,11 € 14.765,08 € 13.727,46 € 12.687,25 € 11.644,44 € 10.599,02 € 9.550,99 € 8.500,34 € 7.447,06 € 6.391,14 € 5.332,59 € 4.271,39 € 3.207,54 € 2.141,03 € 1.071,85 €
62,50 € 59,97 € 57,43 € 54,89 € 52,34 € 49,79 € 47,22 € 44,66 € 42,08 € 39,50 € 36,91 € 34,32 € 31,72 € 29,11 € 26,50 € 23,88 € 21,25 € 18,62 € 15,98 € 13,33 € 10,68 € 8,02 € 5,35 € 2,68 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
1.012,03 € 1.014,56 € 1.017,10 € 1.019,64 € 1.022,19 € 1.024,74 € 1.027,31 € 1.029,87 € 1.032,45 € 1.035,03 € 1.037,62 € 1.040,21 € 1.042,81 € 1.045,42 € 1.048,03 € 1.050,65 € 1.053,28 € 1.055,91 € 1.058,55 € 1.061,20 € 1.063,85 € 1.066,51 € 1.069,18 € 1.071,85 €
Cuota 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 € 1.074,53 €
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Curso Básico de Gestión Financiera (1). Es la columna que recoge el capital pendiente de amortizar en cada cuota. Se obtiene restando el capital pendiente de la cuota anterior, menos el capital amortizado en la cuota actual. (2). En esta columna aparece la parte de la cuota que cubre el interés. Es el resultado de multiplicar el capital pendiente de la cuota por el tanto de interés efectivo. (3). Es la parte de la cuota que se destina a amortizar el capital pendiente. Se obtiene restando a la cuota la parte de ésta que está destinada a cubrir el interés.
4.8.2. Caso práctico: préstamo con carencia Para la resolución de estos casos prácticos puedes descargarte de la mesa de trabajo, el archivo ejemplo3_7.xls. Para la adquisición de un coche nuevo valorado en 15.000 €, una entidad financiera ofrece un préstamo con las siguientes condiciones: •
Tipo de interés: 4,5 % nominal.
•
Duración del préstamo: 7 años.
•
Periodicidad de las cuotas: mensual.
Además de estas condiciones, la entidad financiera, ofrece la posibilidad de comenzar a pagar dentro de 6 meses. Calcula la cuota que deberá pagar el cliente, teniendo en cuenta que no comienza a hacerlo hasta el séptimo mes, y que contrata el préstamo el 21 de enero de 2005. El periodo de carencia es el que va desde que el cliente recibe el préstamo hasta que comienza a pagar las cuotas. Para calcular la cuota correspondiente al pago por este préstamo lo que debemos hacer es trasladar el importe del capital prestado al momento en que el cliente comienza a pagar sus cuotas, y a partir de ahí, calcular la cuota correspondiente. Como en los préstamos se emplea el interés compuesto, basta con multiplicar por su formula correspondiente, en este caso por (1+i 12 )6, donde i 12 representa el interés efectivo mensual, y se debe elevar a las cuotas que nos conceden de carencia, es decir 6, para este caso. Con todo ello tenemos que la cuota es: (C x ie) Cuota
x
(1 + ie)p
= 1 - (1 + ie)-n
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera En la formula p representa a los periodos de carencia o cuotas que se dejan de pagar, y n al número de cuotas que realmente se pagan: (15.000 x 0,00375) Cuota
(1 + 0,00375)6
x
=
= 1 - (1 + 0,00375)
227,21 €
-78
El cuadro de amortización de esta operación quedaría de la siguiente manera: Nº Cuota 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41
Capital Fecha 21-ene-05 21-feb-05 21-mar-05 21-abr-05 21-may-05 21-jun-05 21-jul-05 21-ago-05 21-sep-05 21-oct-05 21-nov-05 21-dic-05 21-ene-06 21-feb-06 21-mar-06 21-abr-06 21-may-06 21-jun-06 21-jul-06 21-ago-06 21-sep-06 21-oct-06 21-nov-06 21-dic-06 21-ene-07 21-feb-07 21-mar-07 21-abr-07 21-may-07 21-jun-07 21-jul-07 21-ago-07 21-sep-07 21-oct-07 21-nov-07 21-dic-07 21-ene-08 21-feb-08 21-mar-08 21-abr-08 21-may-08
pendiente 15.000,00 € 15.056,25 € 15.112,71 € 15.169,38 € 15.226,27 € 15.283,37 € 15.340,68 € 15.171,00 € 15.000,69 € 14.829,74 € 14.658,14 € 14.485,90 € 14.313,02 € 14.139,49 € 13.965,31 € 13.790,47 € 13.614,98 € 13.438,83 € 13.262,02 € 13.084,55 € 12.906,41 € 12.727,60 € 12.548,13 € 12.367,98 € 12.187,15 € 12.005,65 € 11.823,47 € 11.640,60 € 11.457,04 € 11.272,80 € 11.087,87 € 10.902,25 € 10.715,92 € 10.528,90 € 10.341,18 € 10.152,75 € 9.963,62 € 9.773,78 € 9.583,23 € 9.391,96 € 9.199,97 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Capital Intereses 56,25 € 56,46 € 56,67 € 56,89 € 57,10 € 57,31 € 57,53 € 56,89 € 56,25 € 55,61 € 54,97 € 54,32 € 53,67 € 53,02 € 52,37 € 51,71 € 51,06 € 50,40 € 49,73 € 49,07 € 48,40 € 47,73 € 47,06 € 46,38 € 45,70 € 45,02 € 44,34 € 43,65 € 42,96 € 42,27 € 41,58 € 40,88 € 40,18 € 39,48 € 38,78 € 38,07 € 37,36 € 36,65 € 35,94 € 35,22 € 34,50 €
amortizado -€ -€ -€ -€ -€ -€ 169,68 € 170,31 € 170,95 € 171,59 € 172,24 € 172,88 € 173,53 € 174,18 € 174,84 € 175,49 € 176,15 € 176,81 € 177,47 € 178,14 € 178,81 € 179,48 € 180,15 € 180,83 € 181,50 € 182,18 € 182,87 € 183,55 € 184,24 € 184,93 € 185,63 € 186,32 € 187,02 € 187,72 € 188,43 € 189,13 € 189,84 € 190,55 € 191,27 € 191,99 € 192,71 €
Cuota -€ -€ -€ -€ -€ -€ 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 €
109
Curso Básico de Gestión Financiera 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84
21-jun-08 21-jul-08 21-ago-08 21-sep-08 21-oct-08 21-nov-08 21-dic-08 21-ene-09 21-feb-09 21-mar-09 21-abr-09 21-may-09 21-jun-09 21-jul-09 21-ago-09 21-sep-09 21-oct-09 21-nov-09 21-dic-09 21-ene-10 21-feb-10 21-mar-10 21-abr-10 21-may-10 21-jun-10 21-jul-10 21-ago-10 21-sep-10 21-oct-10 21-nov-10 21-dic-10 21-ene-11 21-feb-11 21-mar-11 21-abr-11 21-may-11 21-jun-11 21-jul-11 21-ago-11 21-sep-11 21-oct-11 21-nov-11 21-dic-11
9.007,27 € 8.813,84 € 8.619,69 € 8.424,80 € 8.229,19 € 8.032,85 € 7.835,76 € 7.637,94 € 7.439,38 € 7.240,07 € 7.040,02 € 6.839,21 € 6.637,65 € 6.435,34 € 6.232,27 € 6.028,43 € 5.823,83 € 5.618,47 € 5.412,33 € 5.205,42 € 4.997,74 € 4.789,27 € 4.580,03 € 4.370,00 € 4.159,18 € 3.947,57 € 3.735,17 € 3.521,97 € 3.307,97 € 3.093,17 € 2.877,57 € 2.661,15 € 2.443,93 € 2.225,89 € 2.007,03 € 1.787,35 € 1.566,85 € 1.345,52 € 1.123,36 € 900,36 € 676,54 € 451,87 € 226,36 €
33,78 € 33,05 € 32,32 € 31,59 € 30,86 € 30,12 € 29,38 € 28,64 € 27,90 € 27,15 € 26,40 € 25,65 € 24,89 € 24,13 € 23,37 € 22,61 € 21,84 € 21,07 € 20,30 € 19,52 € 18,74 € 17,96 € 17,18 € 16,39 € 15,60 € 14,80 € 14,01 € 13,21 € 12,40 € 11,60 € 10,79 € 9,98 € 9,16 € 8,35 € 7,53 € 6,70 € 5,88 € 5,05 € 4,21 € 3,38 € 2,54 € 1,69 € 0,85 €
193,43 € 194,15 € 194,88 € 195,61 € 196,35 € 197,08 € 197,82 € 198,56 € 199,31 € 200,06 € 200,81 € 201,56 € 202,31 € 203,07 € 203,83 € 204,60 € 205,37 € 206,14 € 206,91 € 207,68 € 208,46 € 209,25 € 210,03 € 210,82 € 211,61 € 212,40 € 213,20 € 214,00 € 214,80 € 215,61 € 216,41 € 217,23 € 218,04 € 218,86 € 219,68 € 220,50 € 221,33 € 222,16 € 222,99 € 223,83 € 224,67 € 225,51 € 226,36 €
227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 € 227,21 €
4.8.3. Caso práctico: préstamo a interés variable Para la resolución de estos casos prácticos puedes descargarte de la mesa de trabajo, el archivo ejemplo3_8.xls. Para la adquisición de una nave industrial, el responsable financiero de la empresa DDL, S. L. contrató un préstamo a interés variable hace dos años. En ese momento, las condiciones del préstamo eran las siguientes:
Unidad 3. Los productos financieros de activo
110
Curso Básico de Gestión Financiera •
Periodicidad de las cuotas: mensual.
•
Interés nominal anual: 3,78 %.
•
Plazo de amortización: 15 años.
•
Cuantía del préstamo: 150.000 €.
•
Revisión del interés: cada dos años.
Como la revisión del tipo de interés aplicable a la operación se realiza cada dos años, la entidad ha procedido a su examen, y el nuevo tipo de interés que le va aplicar va a ser del 3,84 %. Calcula el importe de la nueva cuota. Para hallar cuál será el importe de la nueva cuota, debemos conocer el monto del capital pendiente en la fecha de revisión, en nuestro caso será en la cuota 25. Para ello acudimos al cuadro de amortización inicial del préstamo, y en la columna de capital pendiente de la cuota 25 tenemos el importe buscado. El cuadro de amortización inicial era el siguiente: Nº
Capital
Cuota
pendiente
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25
150.000,00 € 149.379,43 € 148.756,91 € 148.132,43 € 147.505,98 € 146.877,55 € 146.247,15 € 145.614,76 € 144.980,38 € 144.344,00 € 143.705,62 € 143.065,22 € 142.422,81 € 141.778,37 € 141.131,91 € 140.483,41 € 139.832,86 € 139.180,27 € 138.525,62 € 137.868,91 € 137.210,13 € 136.549,27 € 135.886,33 € 135.221,31 € 134.554,19 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Capital Intereses 472,50 € 470,55 € 468,58 € 466,62 € 464,64 € 462,66 € 460,68 € 458,69 € 456,69 € 454,68 € 452,67 € 450,66 € 448,63 € 446,60 € 444,57 € 442,52 € 440,47 € 438,42 € 436,36 € 434,29 € 432,21 € 430,13 € 428,04 € 425,95 €
amortizado 620,57 € 622,52 € 624,48 € 626,45 € 628,42 € 630,40 € 632,39 € 634,38 € 636,38 € 638,38 € 640,39 € 642,41 € 644,44 € 646,47 € 648,50 € 650,54 € 652,59 € 654,65 € 656,71 € 658,78 € 660,86 € 662,94 € 665,03 € 667,12 €
Cuota 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 € 1.093,07 €
111
Curso Básico de Gestión Financiera Como vemos, el capital pendiente de amortizar en la cuota 25 asciende a 134.554,19 €. Conocido este importe, lo que debemos hallar ahora es la nueva cuota, teniendo en cuenta que para la amortización del préstamo quedan 13 años, por lo tanto n será 13 x 12, es decir 156, y que el nuevo tipo de interés es de 3,84 %. i e =0,0384 / 12 = 0,0032 0,32 % C x ie
C Cuota
=
= 1 - (1 + ie)-n
an|ie
134.554,19 x 0,0032 Cuota
=
=
1.097,00€
1 - (1 + 0,0032)-156
El nuevo cuadro de amortización para los dos años siguientes será: Nº Cuota
Capital pendiente
Intereses
Capital amortizado
Cuota
25
134.554,19 €
430,57 €
666,43 €
1.097,00 €
26
133.887,76 €
421,75 €
675,26 €
1.097,00 €
27
133.212,50 €
419,62 €
677,38 €
1.097,00 €
28
132.535,12 €
417,49 €
679,52 €
1.097,00 €
29
131.855,60 €
415,35 €
681,66 €
1.097,00 €
30
131.173,94 €
413,20 €
683,80 €
1.097,00 €
31
130.490,14 €
411,04 €
685,96 €
1.097,00 €
32
129.804,18 €
408,88 €
688,12 €
1.097,00 €
33
129.116,06 €
406,72 €
690,29 €
1.097,00 €
34
128.425,77 €
404,54 €
692,46 €
1.097,00 €
35
127.733,31 €
402,36 €
694,64 €
1.097,00 €
36
127.038,67 €
400,17 €
696,83 €
1.097,00 €
37
126.341,84 €
397,98 €
699,03 €
1.097,00 €
38
125.642,81 €
395,77 €
701,23 €
1.097,00 €
39
124.941,59 €
393,57 €
703,44 €
1.097,00 €
40
124.238,15 €
391,35 €
705,65 €
1.097,00 €
41
123.532,50 €
389,13 €
707,88 €
1.097,00 €
42
122.824,62 €
386,90 €
710,10 €
1.097,00 €
43
122.114,52 €
384,66 €
712,34 €
1.097,00 €
44
121.402,18 €
382,42 €
714,59 €
1.097,00 €
45
120.687,59 €
380,17 €
716,84 €
1.097,00 €
46
119.970,75 €
377,91 €
719,09 €
1.097,00 €
47
119.251,66 €
375,64 €
721,36 €
1.097,00 €
48
118.530,30 €
373,37 €
723,63 €
1.097,00 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
112
Curso Básico de Gestión Financiera
4.8.4. Caso práctico: cálculo de la TAE de un préstamo Para la resolución de estos casos prácticos puedes descargarte de la mesa de trabajo, el archivo ejemplo3_9.xls Un hotel situado en un pequeño pueblecito de montaña ha decidido hacer una serie de reformas en su establecimiento, a fin de ampliar las plazas del restaurante. El responsable del hotel ha pedido presupuestos y ha calculado que necesita un préstamo de 120.000 €. Para financiar la operación acude a su entidad financiera para solicitar un préstamo que le permita pagar las reformas. La entidad le ofrece las siguientes condiciones para su préstamo: •
Interés nominal anual: 3,75 %.
•
Cuotas mensuales.
•
Duración del préstamo: 10 años.
Calcula a cuánto asciende la cuota mensual que debe pagar el empresario hotelero y cuál es la TAE de la operación. Lo primero que debemos conocer es el interés efectivo, éste lo obtendremos dividiendo el interés nominal anual entre 12 (la cuota se paga mensualmente). i e = 0,0375 / 12 = 0,003125 -- 0,3125 % Para calcular la cuota, aplicamos la formula ya conocida: C x ie
C Cuota
=
= 1 - (1 + ie)-n
an|ie
120.000 x 0,003125 Cuota
=
= 1 - (1 + 0,003125)
1.200,73 €
-120
Y el cuadro de amortización queda de la siguiente manera: Nº Cuota 1 2 3 4 5 6
Capital pendiente 120.000,00 € 119.174,27 € 118.345,95 € 117.515,05 € 116.681,55 € 115.845,44 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Intereses 375,00 € 372,42 € 369,83 € 367,23 € 364,63 € 362,02 €
Capital amortizado 825,73 € 828,32 € 830,90 € 833,50 € 836,11 € 838,72 €
Cuota 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 €
113
Curso Básico de Gestión Financiera
Nº Cuota
Capital pendiente
Intereses
Capital amortizado
Cuota
7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23
115.006,72 € 114.165,38 € 113.321,42 € 112.474,81 € 111.625,56 € 110.773,65 € 109.919,09 € 109.061,85 € 108.201,93 € 107.339,33 € 106.474,03 € 105.606,03 € 104.735,31 € 103.861,87 € 102.985,71 € 102.106,80 € 101.225,15 €
359,40 € 356,77 € 354,13 € 351,48 € 348,83 € 346,17 € 343,50 € 340,82 € 338,13 € 335,44 € 332,73 € 330,02 € 327,30 € 324,57 € 321,83 € 319,08 € 316,33 €
841,34 € 843,97 € 846,61 € 849,25 € 851,91 € 854,57 € 857,24 € 859,92 € 862,60 € 865,30 € 868,00 € 870,72 € 873,44 € 876,17 € 878,90 € 881,65 € 884,41 €
1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 €
24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58
100.340,74 € 99.453,57 € 98.563,63 € 97.670,91 € 96.775,39 € 95.877,08 € 94.975,96 € 94.072,03 € 93.165,27 € 92.255,67 € 91.343,24 € 90.427,95 € 89.509,80 € 88.588,79 € 87.664,89 € 86.738,11 € 85.808,43 € 84.875,85 € 83.940,35 € 83.001,93 € 82.060,58 € 81.116,28 € 80.169,03 € 79.218,83 € 78.265,65 € 77.309,50 € 76.350,35 € 75.388,21 € 74.423,07 € 73.454,90 € 72.483,71 € 71.509,49 € 70.532,22 € 69.551,90 € 68.568,52 €
313,56 € 310,79 € 308,01 € 305,22 € 302,42 € 299,62 € 296,80 € 293,98 € 291,14 € 288,30 € 285,45 € 282,59 € 279,72 € 276,84 € 273,95 € 271,06 € 268,15 € 265,24 € 262,31 € 259,38 € 256,44 € 253,49 € 250,53 € 247,56 € 244,58 € 241,59 € 238,59 € 235,59 € 232,57 € 229,55 € 226,51 € 223,47 € 220,41 € 217,35 € 214,28 €
887,17 € 889,94 € 892,72 € 895,51 € 898,31 € 901,12 € 903,94 € 906,76 € 909,59 € 912,44 € 915,29 € 918,15 € 921,02 € 923,89 € 926,78 € 929,68 € 932,58 € 935,50 € 938,42 € 941,35 € 944,30 € 947,25 € 950,21 € 953,18 € 956,15 € 959,14 € 962,14 € 965,15 € 968,16 € 971,19 € 974,22 € 977,27 € 980,32 € 983,39 € 986,46 €
1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
114
Curso Básico de Gestión Financiera
Nº Cuota 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110
Capital pendiente 67.582,06 € 66.592,52 € 65.599,88 € 64.604,15 € 63.605,30 € 62.603,33 € 61.598,23 € 60.589,99 € 59.578,60 € 58.564,05 € 57.546,33 € 56.525,43 € 55.501,33 € 54.474,04 € 53.443,54 € 52.409,81 € 51.372,86 € 50.332,66 € 49.289,22 € 48.242,51 € 47.192,53 € 46.139,28 € 45.082,73 € 44.022,88 € 42.959,71 € 41.893,23 € 40.823,41 € 39.750,25 € 38.673,73 € 37.593,85 € 36.510,60 € 35.423,96 € 34.333,92 € 33.240,48 € 32.143,62 € 31.043,34 € 29.939,61 € 28.832,44 € 27.721,80 € 26.607,70 € 25.490,11 € 24.369,04 € 23.244,45 € 22.116,36 € 20.984,74 € 19.849,58 € 18.710,87 € 17.568,61 € 16.422,78 € 15.273,36 € 14.120,36 € 12.963,75 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Intereses 211,19 € 208,10 € 205,00 € 201,89 € 198,77 € 195,64 € 192,49 € 189,34 € 186,18 € 183,01 € 179,83 € 176,64 € 173,44 € 170,23 € 167,01 € 163,78 € 160,54 € 157,29 € 154,03 € 150,76 € 147,48 € 144,19 € 140,88 € 137,57 € 134,25 € 130,92 € 127,57 € 124,22 € 120,86 € 117,48 € 114,10 € 110,70 € 107,29 € 103,88 € 100,45 € 97,01 € 93,56 € 90,10 € 86,63 € 83,15 € 79,66 € 76,15 € 72,64 € 69,11 € 65,58 € 62,03 € 58,47 € 54,90 € 51,32 € 47,73 € 44,13 € 40,51 €
Capital amortizado 989,54 € 992,63 € 995,74 € 998,85 € 1.001,97 € 1.005,10 € 1.008,24 € 1.011,39 € 1.014,55 € 1.017,72 € 1.020,90 € 1.024,09 € 1.027,29 € 1.030,50 € 1.033,72 € 1.036,95 € 1.040,19 € 1.043,45 € 1.046,71 € 1.049,98 € 1.053,26 € 1.056,55 € 1.059,85 € 1.063,16 € 1.066,49 € 1.069,82 € 1.073,16 € 1.076,52 € 1.079,88 € 1.083,25 € 1.086,64 € 1.090,04 € 1.093,44 € 1.096,86 € 1.100,29 € 1.103,72 € 1.107,17 € 1.110,63 € 1.114,10 € 1.117,59 € 1.121,08 € 1.124,58 € 1.128,10 € 1.131,62 € 1.135,16 € 1.138,70 € 1.142,26 € 1.145,83 € 1.149,41 € 1.153,01 € 1.156,61 € 1.160,22 €
Cuota 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 €
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Curso Básico de Gestión Financiera
Nº Cuota 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120
Capital pendiente
Capital
Intereses
11.803,53 € 10.639,68 € 9.472,19 € 8.301,06 € 7.126,26 € 5.947,80 € 4.765,65 € 3.579,81 € 2.390,26 € 1.196,99 €
amortizado
36,89 € 33,25 € 29,60 € 25,94 € 22,27 € 18,59 € 14,89 € 11,19 € 7,47 € 3,74 €
1.163,85 € 1.167,49 € 1.171,13 € 1.174,79 € 1.178,47 € 1.182,15 € 1.185,84 € 1.189,55 € 1.193,27 € 1.196,99 €
Cuota 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 € 1.200,73 €
Como hemos vistos a lo largo de estos casos prácticos de préstamos, para calcular la cuota se emplean las leyes financieras de capitalización compuesta. Además vemos, que las cuotas se pagan con cierta periodicidad, y que cada una está formada por una parte destinada a amortizar capital y otra que es la parte correspondiente al interés. Esta forma de aplicar el interés, a cada cuota, origina que la TAE no coincida con el interés nominal anual que se aplica a la operación. Para conocer cuál es la TAE debemos proceder partiendo del interés efectivo, y aplicando la siguiente fórmula: TAE
=
(1 + ik)k
-
1
En la formula i k , representa el interés efectivo del periodo k. Si el periodo que abarca una cuota es un mes, k será 12; si el periodo de la cuota es un trimestre k será 4, si es un semestre será 2, si es un cuatrimestre será 3… es decir, el número de veces que un año contiene el periodo. TAE
=
(1 + 0,003125)12
-
1
=
0,0381512
El resultado obtenido está expresado en tanto por uno. Si lo multiplicamos por 100, ya lo tendremos expresado en tanto por cien. 0,0381512x 100 = 3,81512%.
5. Las fianzas y avales En ocasiones, para que una persona pueda adquirir una obligación, es necesaria la presentación de un aval.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera Éste es un contrato de garantía, mediante el cual, una persona asegura el cumplimiento de una obligación contraída por otra. Si no cumple con la obligación, el avalista, tendrá que hacerlo por ella, en la forma y medida establecidas en el contrato de aval. Se trata pues, de un contrato de garantía, que lo que hace es disminuir el riesgo asociado a una operación financiera, ya que en caso de incumplimiento del obligado, tendrá que cumplir el avalista. A través del aval bancario, es la entidad la que se compromete, de forma subsidiaria, a cumplir las obligaciones contraídas con terceras personas por el cliente solicitante del aval. Así pues, podemos decir que en los avales bancarios, la entidad financiera es la avalista del contrato de garantía.
5.1. Elementos del aval Los elementos que siempre nos vamos a encontrar en una operación de aval son: •
El deudor principal o cliente, que acude a una entidad financiera en busca del aval. Este es el ordenante de la operación. Con anterioridad a la operación de aval ha adquirido una obligación de pago o contractual con un tercero.
•
El banco avalista, que es al que ha acudido el deudor principal, y es el encargado de emitir el aval siguiendo las instrucciones del ordenante.
•
El beneficiario o parte avalada, que es la persona física o jurídica, con quien el cliente solicitante ha adquirido una obligación. Generalmente es a instancia de esta parte por la que se realiza el aval, ya que éste, le exige una mayor garantía al deudor, para poder llevar a cabo la operación.
•
El plazo del aval, que puede ser determinado o por el contrario tener una duración indefinida. Si el aval tiene un plazo determinado, estará en vigor únicamente hasta esa fecha, y será nulo a partir de ella. La fecha deberá ser recogida en el documento de aval. Si es indefinido, estará en vigor hasta que el documento sea devuelto al banco.
5.2. Funcionamiento del aval El cliente que solicita un aval es porque ha adquirido una obligación con un tercero, y éste para asegurarse el cumplimiento le ha exigido un aval. De esta forma es como nace la necesidad de un cliente de solicitar un aval financiero, ya que si para el
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera cumplimiento de sus obligaciones, sus acreedores no le exigen la presentación de avales, no tiene necesidad de solicitarlos. La operación de aval financiero, va a comenzar siempre con la solicitud del cliente a la entidad financiera de la operación. Aunque en la operación de aval no se da ningún traspaso ni cesión de fondos, tiene un riesgo asociado que es que el cliente no haga frente a la obligación, por lo que el riesgo asociado a la operación será un factor estudiado por la entidad financiera antes de conceder el aval, e incluso, si ésta considera que el riesgo de incumplimiento de la obligación es muy elevado puede denegar la operación. Una vez que la entidad ha estudiado el riesgo asociado a la concesión del aval, y decide otorgarlo, procede a la emisión del mismo. La entidad plasmará en un documento, las condiciones requeridas por el cliente en la solicitud del aval, con respecto al importe, beneficiario, duración y términos del aval. Posteriormente la entidad financiera entrega al cliente el documento que constituye el aval, para que éste a su vez lo entregue al beneficiario, que se lo requirió como garantía del cumplimiento de la obligación que generó la creación del aval. Si cumplido el plazo de la obligación el deudor no ha hecho frente a su obligación, éste podrá hacer uso del aval mediante la presentación del mismo en la entidad financiera que lo ha emitido. La entidad, tras comprobar que realmente se ha producido un incumplimiento de la obligación, y siguiendo las indicaciones estipuladas en el documento del aval, procederá al pago de la deuda. Una vez que el beneficiario haya hecho uso del aval, el banco procederá al cierre del mismo.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera MODELO DE AVAL
AVAL FINANCIERO NÚMERO: IMPORTE: EUROS
El Banco Mentor, con domicilio en Madrid, calle Finanzas, 35, provisto/a de CIF. nº A12.345.678; y en su nombre D. ………………………………………………………….………………………….. con poderes suficientes para obligarle/a en ese acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada en la parte inferior de este documento, AVALA a …………………………………………………………………..……………………………..., NIF …….…………, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 36.1.b del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, como garantía definitiva por la adjudicación del contrato ………………..…………………………………………………………………………………… ……………………………,
ante
el
GOBIERNO
DE
……………..,
por
importe
de………………………………………………………………… ……………………………………. euros (………………………..- Є) Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de exclusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Gobierno de………., con sujeción a los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. Este aval es de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que la Administración resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación de este aval. Este aval ha sido inscrito con esta misma fecha en el Registro de Avales con el número que figura en el epígrafe.
En…………………….…, a………. de……….……….. de………..
Verificación de la representación por la Asesoría Jurídica de CGD o Abogacía del Estado
PROVINCIA: FECHA: NÚMERO O CÓDIGO: Este modelo de aval ha de depositarse ante el Gobierno de…………..
Unidad 3. Los productos financieros de activo
119
Curso Básico de Gestión Financiera
5.3. Clases de avales Podemos encontrar distintas clases de avales, y clasificarlos atendiendo a varios criterios. Así, si atendemos a su forma de emisión tenemos: •
Garantías o avales a primer requerimiento: tiene la particularidad de hacerse efectiva a partir de un requerimiento de pago escrito acompañado de un documento que demuestre el incumplimiento de lo acordado en la garantía. Proporcionan una gran seguridad al beneficiario ya que con la simple acreditación mediante documento del hecho reflejado en la garantía, el banco pagará la cantidad estipulada. Se utilizan por empresas que acuden a licitaciones públicas, concursos, o para compromisos de ejecución de obras. Esta forma de emisión de una garantía es muy frecuente en el comercio internacional. Están regulados por las Reglas y Usos Uniformes sobre Garantías a Primer Requerimiento de la Cámara de Comercio Internacional.
•
Efectos comerciales avalados: este tipo de avales es utilizado en el comercio internacional. En ocasiones en que existe desconocimiento entre las partes que realizan una compra venta internacional y existe un aplazamiento del pago a través de una letra o pagaré, el exportador exige al importador que ese efecto comercial sea avalado por un banco que pueda efectuar el pago en caso de que el importador no cumpla con su obligación al vencimiento de la letra. Así el beneficiario del efecto tiene unas mayores garantías de cobro al estar un banco avalando el efecto.
•
Créditos documentarios de importación: recordemos que el crédito documentario es un medio de pago en el que el banco emisor del crédito avala el pago en la fecha pactada siempre que se cumplan las condiciones de entrega de la mercancía y presentación de documentos pactadas de antemano. Por tanto es otro tipo de aval financiero, emitido para ser cumplido en la fecha de pago, si todo va según lo acordado. Esa es la diferen-
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera cia con otros tipos de avales, que sólo se ejecutan cuando no se cumplen las condiciones reflejadas en su contenido. Otro criterio que podemos atender para clasificar los avales financieros, es atendiendo a su utilidad, y así nos podemos encontrar: •
Preavales: son aquellos a través de los cuales el banco indica su disposición a otorgar una garantía o aval definitivo a favor de un cliente, para una operación determinada.
•
Avales y garantías técnicas: responden de los compromisos contraídos por una empresa ante un organismo público extranjero para poder participar en concursos públicos, de ejecución de obras, suministros, maquinaria, etc. Los organismos públicos suelen pedir que el aval sea emitido por un banco de su país, así que el banco español de la empresa que solicita el aval para concurrir a un concurso extranjero solicita la emisión del aval en su nombre al banco extranjero.
•
Avales y garantías económicas: son los emitidos por un banco para responder de los compromisos u obligaciones de pago contraídos en firme por su cliente, debido a operaciones comerciales o financieras, como pagos anticipados, aplazamiento de pagos, etc.
5.4. Ventajas e inconvenientes del aval La operación de aval, como todas operaciones financieras, lleva consigo una serie de ventajas e inconvenientes para la empresa. Entre las ventajas cabe destacar: •
Al contar con la garantía del aval, el cliente que lo es por un banco, puede acometer operaciones financieras e inversiones por mayores importes, ya que, ofrece más garantías al acreedor.
•
El acreedor que cuenta con un aval financiero para garantizar el cobro de la deuda, tiene la total seguridad de que la percibirá, ya que si su deudor no hace frente, podrá presentar el aval al banco para que lo haga.
Los mayores inconvenientes de los avales son: •
El aval no es un servicio gratuito de los bancos, sino que nos van a cobrar una serie de comisiones por llevar a cabo la operación. Las entidades van a cobrar, por lo general, una comisión de aval, similar a la comisión de apertura, y los intereses que se hayan pactado sobre el aval.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
121
Curso Básico de Gestión Financiera •
La entidad financiera va a estudiar el riesgo asociado a la operación, por lo que el cliente deberá ofrecer garantías suficientes de que puede acometer su obligación para obtener el aval financiero.
6. El leasing financiero 6.1. Concepto La palabra leasing, viene del verbo to lease. En inglés, este verbo significa prestar o arrendar, por lo que en español, el contrato de leasing, puede designarse también arrendamiento financiero, pero aquí lo denominaremos leasing, ya que es un término mucho más empleado para referirse a este tipo de contrato. Por medio del contrato del leasing, una entidad de crédito va a adquirir un bien mueble o inmueble a petición de su empresa-cliente, y siguiendo para la compra las indicaciones de éste, en cuanto a las características del bien. La entidad financiera no va a ser quien utilice el bien, sino la empresa-cliente que se lo ha solicitado. Para ello, se celebra el contrato del leasing, mediante el cual, la entidad financiera cede el uso del bien, objeto del mismo, a su empresa- cliente, a cambio del pago de unas cuotas periódicas. Éstas, van a estar calculadas en función del coste, los intereses y el valor residual atribuido al bien. El contrato de leasing va a tener una duración determinada, que será pactada en el momento de contratarlo. A su vencimiento, la empresa arrendataria, va tener varias opciones. Va a poder devolver el bien objeto del contrato de leasing, a la entidad financiera propietaria del bien. De esta manera el contrato ha finalizado, y la empresa arrendataria ya no tendrá que seguir pagando las cuotas. Para poder acceder a esta opción, la empresa-cliente, deberá comunicárselo a la entidad financiera con una antelación de 15 días al día del pago de la última cuota, ya que si la entidad no conoce la intención de cancelación del contrato por parte del cliente, entenderá que quiere realizar la adquisición. Otra alternativa, a la fecha de vencimiento del contrato de leasing, es la renovación de éste, y así la empresa seguirá utilizando el bien objeto de arrendamiento, y pagando un alquiler por él. No obstante, la empresa y la entidad financiera deberán renegociar las cuotas a pagar por el arrendamiento del bien, toda vez que el bien ya ha sido amortizado. La tercera opción que puede elegir la empresa-cliente, es la de adquirir la propiedad del bien objeto de leasing, a la entidad financiera. Esta es la opción más habi-
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Curso Básico de Gestión Financiera tual, ya que el valor residual del bien no suele ser demasiado elevado, y así pueden seguir utilizando el bien como lo había hecho hasta el momento.
6.2. Elementos que intervienen en el contrato de leasing Para poder llevar a cabo el contrato de leasing, va a ser necesaria la concurrencia de, por lo menos, los siguientes elementos: La entidad financiera: para la celebración del contrato de leasing, la entidad financiera va a adquirir, en nombre propio, y a petición del cliente y siguiendo sus indicaciones, el bien objeto del arrendamiento. Durante todo el periodo de vigencia del leasing, la entidad financiera es la legítima propietaria del bien. La entidad financiera que desee celebrar contratos de leasing con sus clientes, deberá incluir esta actividad en su objeto social, por lo que puede ser que con algunas entidades financieras, no sea posible celebrar este contrato. La empresa-cliente o arrendataria del bien: es la persona física o jurídica que a su iniciativa se celebra el contrato de leasing. Esta persona, que generalmente realiza una actividad empresarial, por lo que la denominaremos empresa, tiene necesidad de disponer de uno o varios bienes, tanto muebles como inmuebles. Para ello acude a la entidad financiera, para que ésta adquiera los bienes que ella necesita, y le ceda su uso, durante un tiempo determinado y a cambio del pago de unas cuotas determinadas. El proveedor el bien objeto de arrendamiento: es, generalmente, el fabricante del mismo. Éste va a seguir las indicaciones del cliente, en cuanto a las características técnicas del bien, pero se lo va a vender a la entidad financiera. El bien objeto del contrato de leasing: como hemos dicho, el bien objeto del contrato de leasing, puede ser tanto un bien mueble como inmueble. Mediante el contrato, este bien será cedido por la entidad financiera al cliente, para que haga uso del mismo, durante el tiempo de vigencia del contrato. Los bienes en leasing, deben reunir una serie de requisitos jurídicos y económicos. Para poder ser objeto de leasing, el bien tiene que ser apropiable. No tendrán esta característica los bienes que están fuera del comercio y de la propiedad privada. Desde el punto de vista económico, los bienes objeto de leasing, deben tener carácter duradero.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera
6.3. Características del contrato de leasing El leasing es un contrato mercantil, entre una entidad financiera y una persona física o jurídica y regulará la relación que se establece entre ambas. Para ello, en el contrato se deberán reflejar necesariamente, la periodicidad con la que se realizarán los pagos, el tipo de interés nominal que afectará a la operación, así como las comisiones y gastos que lleva aparejados. También se deberá reflejar, el importe diferenciado de las cuotas, así como el valor residual del bien, y el lugar y la fecha de devolución de éste, caso de que al final del contrato, la empresa opte por no ejecutar la opción de compra. La duración del contrato de leasing está regulada en la ley 26/1988 de 29 de Julio, y establece que será como mínimo de dos años cuando el objeto del contrato sean un bien mueble y de diez años cuando el objeto del contrato sea un bien inmueble o un establecimiento industrial. El contrato de arrendamiento financiero nace con una duración irrevocable, es decir, que en el momento que una empresa firma un contrato de leasing con una entidad financiera, ambas, deberán esperar a la fecha de vencimiento para poder cancelarlo. En el caso de que el bien objeto del contrato de leasing sea un bien inmueble, será necesaria la presencia de un fedatario público para la celebración del contrato. Las cuotas del arrendamiento financiero están sujetas al pago del IVA.
6.4. Clasificación de los contratos de leasing Los podemos clasificar atendiendo a diversos criterios. Si tenemos en cuenta el arrendador: •
Leasing financiero: en el que la arrendadora es una entidad financiera que adquiere el bien a petición del cliente, y mediante el contrato de leasing, cede el uso del bien al cliente a cambio del pago de unas cuotas periódicos. En
esta
modalidad,
generalmente,
los
gastos
de
reparación
y
mantenimiento suelen correr por cuenta del cliente. •
Leasing operativo: lo realizan directamente los fabricantes y distribuidores de los bienes objeto del contrato de leasing, sin necesidad de que el bien sea adquirido por una entidad financiera. Generalmente esta modalidad de contrato de leasing puede ser revocable por el arrendador, en caso de que
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Curso Básico de Gestión Financiera lo considere necesario. Además, en esta modalidad de contrato, los gastos de mantenimiento y reparación, son asumidos por el arrendador. Si tenemos en cuenta la naturaleza del bien del que se va a ceder el uso mediante el contrato de leasing, podemos hablar de leasing mobiliario (bien mueble) y de leasing inmobiliario (bien inmueble). Los bienes muebles que conforman el contrato del leasing pueden ser: maquinaria, vehículos, equipos informáticos… Mediante el leasing, la empresa puede disponer de los equipos más modernos, si va realizando sucesivas operaciones de leasing, renovando los bienes en cada operación y sin necesidad de adquirirlos. Los bienes inmuebles que se arriendan mediante el leasing, suelen ser naves industriales, locales, despachos… en general inmuebles afectados a la actividad de la empresa. La duración del contrato de leasing inmobiliario tiene una duración superior a la del leasing mobiliario, ya que el inmobiliario tendrá una duración mínima de 10 años frente al mobiliario que será de al menos dos años.
6.5. Ventajas e inconvenientes del leasing Ventajas: La principal ventaja que presenta el contrato de leasing para la empresa que decide contratarlo, para disponer de un determinado bien, es el tratamiento fiscal que recibe esta modalidad de contrato de arrendamiento. En el artículo 115 del texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades de 4/2004, de 5 de marzo, se establece el tratamiento que tendrá, el contrato de leasing a efectos del impuesto. Así, “la ley establece que tendrá la consideración de gasto fiscalmente deducible la carga financiera satisfecha a la entidad arrendadora. Además, tendrá la misma consideración la parte de las cuotas de arrendamiento financiero satisfechas correspondiente a la recuperación del coste del bien, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto terrenos, solares y otros activos no amortizables. En el caso de que tal condición concurra sólo en una parte del bien objeto de la operación, podrá deducirse únicamente la proporción que corresponda a los elementos susceptibles de amortización, que deberá ser expresada diferenciadamente en el respectivo contrato. El importe de la cantidad deducible de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior no podrá ser superior al resultado de aplicar al coste del bien el doble del coeficiente de amortización lineal según tablas de amortización oficialmente
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera aprobadas que corresponda al citado bien. El exceso será deducible en los períodos impositivos sucesivos, respetando igual límite. Para el cálculo del citado límite se tendrá en cuenta el momento de la puesta en condiciones de funcionamiento del bien”. Además del impuesto de sociedades, el contrato de leasing, está sujeto al pago del IVA, por lo que, si la empresa arrendataria está en el régimen ordinario del IVA, podrá deducirse las cantidades satisfechas por este concepto, ya que se trata del IVA soportado por un bien afecto a la actividad de la empresa. Aparte del favorable sistema fiscal que tiene el leasing, otra de sus ventajas es que la empresa no necesita realizar un gran desembolso inicial, por lo que no necesita comprometer sus recursos financieros en la adquisición del bien objeto del leasing, pudiendo ser estos fondos, destinados a otra operación. La concatenación de operaciones de leasing, para disponer de un determinado bien, hace que la empresa disponga siempre de los equipos más modernos y más desarrollados tecnológicamente, sin necesidad de adquirir nuevos equipos continuamente, únicamente contratando un nuevo leasing al finalizar el contrato de arrendamiento en curso. Al vencimiento del contrato en leasing, la empresa arrendataria dispone de tres opciones a elegir: ejecutar la opción de compra, devolver el bien, o renovar el contrato de leasing renegociando las cuotas. El cliente, podrá elegir la opción que más le convenga en la fecha de vencimiento. Inconvenientes: •
Uno de los mayores es el carácter irrevocable que tiene el contrato.
•
Además, no todos los bienes que solicita la empresa, están disponibles en esta modalidad de financiación.
•
Por otra parte, si los tipos de interés bajan, el coste de este contrato, puede ser mayor, en comparación con otras modalidades de financiación, más sensibles a las bajadas de los tipos.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera
6.6. Casos prácticos de leasing 6.6.1. Caso práctico: cálculo de la cuota de leasing siendo el valor residual igual a una cuota Para la resolución de este caso práctico, debes descargarte, el archivo ejemplo3_10.xls. La hoja de cálculo únicamente te va a permitir modificar las celdas sombreadas. Para ampliar su capacidad productiva, la empresa BTT, S. L. dedicada a la fabricación y montaje de bicicletas, necesita una nueva máquina con la que ensamblar automáticamente las piezas. El responsable de la empresa ha pensado que la mejor forma de financiar la nueva máquina es un contrato de leasing, para lo cual acude a la entidad financiera con la que desea realizar el contrato. La máquina cuesta 95.000 €. Dicha entidad le va a cobrar un interés nominal anual del 4,75 %. La amortización se realizará mediante cuotas constantes trimestrales. El valor residual será igual al importe de una cuota, con lo cual, si la empresa decide ejecutar la opción de compra, al vencimiento del contrato, deberá pagar el importe de la misma, para adquirir la máquina en propiedad. El IVA de la operación será del 21 %, y el contrato de arrendamiento tendrá una duración de 5 años. Calcula el importe de la cuota trimestral que deberá pagar la empresa. Solución: Para calcular el importe de las cuotas de leasing, tenemos que aplicar la siguiente fórmula: C Cuota
=
an+1|ie x
(1+ie)
1 - (1 + ie)-(n+1)
an+1|ie
=
ie
En la fórmula tenemos que: C es el importe a financiar, es decir, el coste del bien objeto de leasing.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
127
Curso Básico de Gestión Financiera i e es el interés efectivo de la cuota que se obtiene dividiendo el interés nominal anual para el número de veces que el año contiene el periodo de la cuota, es decir, si la cuota es mensual, por 12, si es trimestral por 4… n es el número de cuotas que va a pagar el cliente, en función del tiempo de duración del contrato. En nuestro caso, va a ser: C = 95.000 €. i e = 0,0475 / 4 = 0,011875 1,1875 %. n
1 - (1 + 0,011875)-21
a21|0,01875
=
=
18,4898243
=
0,011875
5 años x 4 = 20
95.000 Cuota
=
= 18,4898243
x
5.077,66 €
(1+0,011875)
Las operaciones de leasing están sujetas al pago de IVA, por lo que a la cuota que hemos obtenido, debemos aplicarle el 21 % correspondiente al IVA. IVA = cuota neta x 0,21 IVA = 5.077,66 x 0,21 = 1.066,31 € Con lo que tenemos que la cuota total a pagar, será el importe de la cuota neta más el importe correspondiente de IVA. Cuota total = cuota neta + IVA Cuota total = 5.077,66 + 1.066,31 = 6.143,97 € Si hacemos el cuadro de amortización representando todas las cuotas que va a pagar tenemos: Nº 1 2 3 4 5 6
Deuda Pendiente 95.000,00 € 90.990,16 € 86.932,71 € 82.827,08 € 78.672,69 € 74.468,96 €
Intereses 1.067,83 € 1.020,21 € 972,03 € 923,27 € 873,94 € 824,02 €
Amortización 4.009,84 € 4.057,45 € 4.105,64 € 4.154,39 € 4.203,72 € 4.253,64 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Amortización Acumulada 4.009,84 € 8.067,29 € 12.172,92 € 16.327,31 € 20.531,04 € 24.784,68 €
Cuota Neta
IVA
5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 €
1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 €
Cuota Total 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 €
128
Curso Básico de Gestión Financiera 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21
70.215,32 € 65.911,17 € 61.555,90 € 57.148,92 € 52.689,60 € 48.177,33 € 43.611,47 € 38.991,39 € 34.316,46 € 29.586,00 € 24.799,38 € 19.955,91 € 15.054,92 € 10.095,74 € 5.077,66 €
773,51 € 722,40 € 670,68 € 618,35 € 565,39 € 511,81 € 457,59 € 402,73 € 347,21 € 291,04 € 234,20 € 176,68 € 118,48 € 59,59 € 0,00 €
4.304,15 € 4.355,27 € 4.406,98 € 4.459,32 € 4.512,27 € 4.565,86 € 4.620,07 € 4.674,94 € 4.730,45 € 4.786,63 € 4.843,47 € 4.900,98 € 4.959,18 € 5.018,07 € 5.077,66 €
29.088,83 € 33.444,10 € 37.851,08 € 42.310,40 € 46.822,67 € 51.388,53 € 56.008,61 € 60.683,54 € 65.414,00 € 70.200,62 € 75.044,09 € 79.945,08 € 84.904,26 € 89.922,34 € 95.000,00 €
5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 € 5.077,66 €
1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 € 1.066,31 €
6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 € 6.143,97 €
6.6.2. Caso práctico: cálculo de las cuotas de leasing siendo el valor residual distinto al valor de las cuotas Para la resolución de este caso práctico, debes descargarte, el archivo ejemplo3_11.xls. Una pequeña empresa de construcción necesita, para poder realizar una obra que le han adjudicado, una nueva grúa. Para ello han pensado en realizar un leasing. La grúa está valorada en 120.000 €. El Banco Mentor no tiene problema en realizar la operación. Para ello, le ofrece las siguientes condiciones: •
Duración del contrato: 5 años.
•
Periodicidad de las cuotas: semestral.
•
Interés nominal: 5,25 %.
•
Valor residual: 15.000 €.
•
IVA: 21 %.
Calcula el importe de las cuotas semestrales que deberá pagar la empresa al Banco Mentor. Para calcular la cuota del leasing debemos realizar la misma fórmula que hemos aplicado en el caso de que el valor residual sea igual que una cuota, pero debemos descontarle el importe del valor residual en el momento final del contrato de leasing. C x
Cuota
VR x (1+ie)-n
= an|ie
Unidad 3. Los productos financieros de activo
x (1+ie)
129
Curso Básico de Gestión Financiera
A diferencia de lo sucedido cuando el valor residual es igual a una de las cuotas, en este caso el número de cuotas no será n+1, sino que será n, es decir, el número que realmente se pagan. Si sustituimos todos los términos por su valor, en este caso tenemos que la cuota a pagar será: Cuota neta IVA
12.149,61 € 2.551,42 €
Cuota a pagar
14.701,03 €
El cuadro de amortización queda de la siguiente manera:
Nº
Deuda Pendiente
Intereses
Amortización
Amortización Acumulada
Cuota Neta
IVA
Cuota Total
1
120.000,00 €
2.831,07 €
9.318,54 €
9.318,54 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
2
110.681,46 €
2.586,46 €
9.563,15 €
18.881,69 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
3
101.118,31 €
2.335,43 €
9.814,19 €
28.695,88 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
4
91.304,12 €
2.077,81 €
10.071,81 €
38.767,69 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
5
81.232,31 €
1.813,42 €
10.336,19 €
49.103,88 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
6
70.896,12 €
1.542,10 €
10.607,52 €
59.711,40 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
7
60.288,60 €
1.263,65 €
10.885,97 €
70.597,36 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
8
49.402,64 €
977,89 €
11.171,72 €
81.769,09 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
9
38.230,91 €
684,63 €
11.464,98 €
93.234,06 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
10
26.765,94 €
383,68 €
11.765,94 €
105.000,00 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
11
15.000,00 €
74,82 €
12.074,79 €
117.074,79 €
12.149,61 €
2.551,42 €
14.701,03 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
130
Curso Básico de Gestión Financiera
6.6.3. Caso práctico: cálculo de la TAE de las operaciones de leasing Para la resolución de este caso práctico, debes descargarte, el archivo ejemplo3_12.xls La empresa de distribución de ropa de niño Mi primera ropa, S. L., está llevando a cabo el proceso de informatización de todos sus almacenes, operaciones y gestiones que realiza. Para ello necesita una serie de equipos informáticos, que ha decidido adquirir mediante un contrato de leasing. Los equipos que necesita están valorados en 30.000 €. La entidad financiera a la que ha acudido en busca de financiación le ha puesto las siguientes condiciones: •
Duración del contrato: 5 años.
•
Periodicidad de las cuotas: Trimestral.
•
Interés nominal: 6,15 %.
•
Valor residual: igual a una cuota.
•
IVA: 21 %.
Con todos estos datos, el banco le ha presentado también, el importe de la cuota que debería pagar y el cuadro de amortización.
Cuota neta
1.656,97 €
IVA
347,96 €
Cuota a pagar
1.955,22 €
Nº
Deuda Pendiente
Intereses
Amortización
Amortización Acumulada
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19
30.000,00 € 28.778,80 € 27.538,83 € 26.279,80 € 25.001,40 € 23.703,35 € 22.385,35 € 21.047,08 € 19.688,23 € 18.308,49 € 16.907,54 € 15.485,05 € 14.040,68 € 12.574,11 € 11.084,99 € 9.572,98 € 8.037,72 € 6.478,85 € 4.896,02 €
435,77 € 417,00 € 397,93 € 378,58 € 358,92 € 338,96 € 318,70 € 298,12 € 277,23 € 256,02 € 234,48 € 212,61 € 190,40 € 167,85 € 144,96 € 121,71 € 98,10 € 74,14 € 49,80 €
1.221,20 € 1.239,97 € 1.259,04 € 1.278,39 € 1.298,05 € 1.318,01 € 1.338,27 € 1.358,85 € 1.379,74 € 1.400,95 € 1.422,49 € 1.444,36 € 1.466,57 € 1.489,12 € 1.512,01 € 1.535,26 € 1.558,87 € 1.582,83 € 1.607,17 €
1.221,20 € 2.461,17 € 3.720,20 € 4.998,60 € 6.296,65 € 7.614,65 € 8.952,92 € 10.311,77 € 11.691,51 € 13.092,46 € 14.514,95 € 15.959,32 € 17.425,89 € 18.915,01 € 20.427,02 € 21.962,28 € 23.521,15 € 25.103,98 € 26.711,15 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
Cuota Neta
IVA
1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 € 1.656,97 €
347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 € 347,96 €
Cuota Total 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 € 2.004,93 €
131
Curso Básico de Gestión Financiera 20 21
3.288,85 € 1.656,97 €
25,09 € - 0,00 €
1.631,88 € 1.656,97 €
28.343,03 € 30.000,00 €
1.656,97 € 1.656,97 €
347,96 € 347,96 €
2.004,93 € 2.004,93 €
Ahora la empresa lo que quiere conocer es cuál es la TAE de la operación. Para ello, lo que debemos hacer es utilizar la misma fórmula que aplicamos para conocer la TAE de los préstamos.
TAE
=
(1 + ik)k
-
1
En la fórmula debemos sustituir i k por el interés efectivo, y k por el número de veces que el año contiene el periodo en el que se pagan los intereses. Así, en nuestro caso tenemos:
TAE
= (1 + 0,015375)4
-
1 =
0,0629
La TAE que nos sale está expresada en tanto por uno, por lo que multiplicándolo por 100, ya la tendremos en tanto por cien. 0,0629 x 100 = 6,29 %
7. Renting 7.1. Concepto de renting Renting, viene del verbo inglés “To rent” que significa alquilar. Una compañía de renting, o una entidad financiera, cede el uso del bien a una empresa, a cambio del pago de unas cuotas periódicas que suelen ser mensuales o trimestrales. La cuantía estará en función del valor del bien objeto del contrato, de la duración del mismo, de su naturaleza, y de los servicios que vayan incluidos en el contrato. A diferencia del leasing, los bienes objeto de renting deben ser necesariamente bienes muebles, por lo que por lo general se trata de bienes de equipo (mobiliario, vehículos, maquinaria…) El contrato de renting es similar al leasing operativo, en él la empresa, además de conseguir el uso del bien objeto del contrato, obtiene el mantenimiento técnico del bien, así como su seguro. El renting, es más un servicio que un medio de financiación, ya que su principal cualidad son los servicios de mantenimiento, reparación, y de seguro que lleva consigo el contrato, y que hacen del renting un servicio integral. Unidad 3. Los productos financieros de activo
132
Curso Básico de Gestión Financiera Debemos destacar que el contrato de renting a su finalización, no ofrece la opción de compra al cliente, así si éste quiere seguir utilizando el bien, deberá renovar su contrato de renting.
7.2. Diferencias entre leasing y renting Los contratos de leasing y renting, son similares, ya que mediante cualquiera de los dos, una empresa obtiene el uso de un bien, a cambio del pago de unas cuotas periódicas. Si bien, en un principio ambos parecen muy similares, la incorporación de diferentes peculiaridades hace que no sean iguales. Así, mientras que el contrato de leasing es una fórmula de financiación, el contrato de renting, al incorporar los servicios de mantenimiento y seguro, es más un servicio integral que una fórmula de financiación. Otra de sus principales diferencias es que el mantenimiento en el contrato de leasing corre a cargo del cliente que hace uso del bien, mientras que en el de renting, el cliente, además de obtener el uso del bien, dispone del mantenimiento técnico del bien, y del seguro. Recordemos que los vehículos son frecuentemente objeto de renting. Los bienes que pueden ser objeto de leasing son tanto muebles como inmuebles, mientras que del renting, necesariamente serán bienes muebles. Otra diferencia a destacar es la naturaleza de las cuotas, mientras que las del leasing están formadas por la amortización del bien y los intereses, lascuotas del renting, las forman el coste del bien, el mantenimiento que se presta y el seguro.
Leasing
Renting
Medio de financiación
Servicio integral
Seguro y mantenimiento a cargo del cliente
Seguro y mantenimiento a cargo de la entidad de renting
Bienes muebles e inmuebles
Bienes muebles
La cuota: amortización e intereses
La cuota: coste del bien, mantenimiento, y seguro
Opción de compra a la finalización
No dispone de opción de compra
Valor residual
No dispone de valor residual
A la finalización del contrato de leasing, el cliente, puede adquirir la propiedad del bien si ejecuta la opción de compra que ofrece, en cambio a la finalización del contrato de renting, el cliente, por lo general no dispone de esta opción, por lo que no podrá adquirir la propiedad del bien.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
133
Curso Básico de Gestión Financiera
7.3. Ventajas e inconvenientes Como todos los servicios financieros, el renting va a aportar una serie de ventajas e inconvenientes a la empresa que conviene conocer, a la hora de contratarlo. Ventajas: •
La principal es el tratamiento tanto contable como fiscal que tienen las cuotas. Se contabiliza como un gasto, por lo que es imputable directamente al resultado de la empresa, de tal manera, que disminuye el beneficio de la empresa, y por tanto, los impuestos a pagar sobre el beneficio.
•
Mediante el contrato de renting, al igual que ocurre con el leasing, la empresa puede disponer de los equipos y vehículos más modernos y desarrollados tecnológicamente sin necesidad de realizar un gran desembolso, ni de comprometer una gran cantidad de recursos financieros.
•
Además el renting, como incorpora seguro del bien y mantenimiento técnico y reparaciones, hace que el cliente ya no tenga que buscar su seguro, y su servicio técnico, evitando de esta manera trámites, desplazamientos y pagos a otros profesionales.
Inconvenientes: •
El principal es que, por lo general, aunque no en todos los casos, a la finalización del contrato, no presenta opción de compra, por lo que, si el cliente quiere seguir haciendo uso del bien, deberá renovarlo o hacer un nuevo contrato sobre otro bien.
8. El descubierto financiero 8.1. Concepto No podemos decir que el descubierto sea un producto en sí, que la banca ofrece a los clientes, y que estos deciden adquirirlo. El descubierto financiero, es más bien una situación, que se da con cierta frecuencia, en la que el cliente ordena pagos contra su cuenta corriente, por un importe superior al de los fondos depositados. Podemos definir el descubierto financiero como un crédito limitado que otorga el banco al titular de una cuenta bancaria, y del que no existe una solicitud formal o convencional, sino que la entidad financiera, voluntariamente, realiza pagos por un importe superior al de los fondos depositados en la cuenta bancaria del cliente.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
134
Curso Básico de Gestión Financiera Este “crédito”, lo otorgan las entidades a aquellos clientes que presentan cierta solvencia, ya que éste deberá restituir posteriormente a la entidad el importe de los fondos dispuestos más las comisiones e intereses que han generado esos números rojos en la cuenta. La situación de descubierto en cuenta corriente se da algunas veces sólo por un desajuste entre las fechas de valoración de ingresos y gastos, ya que estas están sujetas a la normativa (circular 8/1990 del Banco de España), y pueden producir este tipo de situaciones. No obstante, aunque el descubierto en la cuenta corriente sea sólo de un día, las entidades financieras cobrarán al cliente por el saldo dispuesto. Así, los descubiertos son tratados como un producto de activo, y el banco va a cobrar al cliente un interés y unas comisiones. El interés que el banco cobra por el descubierto suele ser superior al de los préstamos y créditos, ya que el cliente no ha ofrecido ninguna garantía de pago del crédito concedido. La comisión más frecuente que suelen cobrar los bancos por realizar un descubierto en cuenta es la comisión de apertura del descubierto, y que suele ir expresada en tanto por cien (es frecuente encontrar una comisión del 3 al 4%). Este porcentaje se aplica sobre el importe del descubierto, y puede tener un mínimo, de tal manera que si el importe de aplicar el porcentaje sobre el descubierto es inferior a un determinado importe, se aplique este mismo, por ejemplo 3 euros.
8.2. Ventajas y desventajas del descubierto financiero El uso del descubierto financiero va a traer una serie de ventajas e inconvenientes a la empresa o particular que decida hacer uso de él. Dentro de las ventajas podemos destacar, que mediante el descubierto, el cliente puede hacer frente a pagos en los que no dispone de fondos. De esta manera, el cliente no debe renegociar sus facturas pendientes y puede atender al pago de su deuda en la fecha de vencimiento acordada. El principal inconveniente del descubierto es el alto coste que lleva aparejado. Al tratarse de un crédito sin garantía concedido por el banco, únicamente basado en la solvencia del cliente, los costes son mayores que los de los créditos y préstamos convencionales, concedidos tras un estudio del riesgo asociado al cliente. Por ello, el uso del descubierto como medio de financiación no es recomendable, ya que se pueden encontrar otros productos a menor coste, y con unas mejores condiciones para el cliente. No obstante, el descubierto puede cubrir pequeños desfases transitorios de tesorería, siempre que se trate de desfases puntuales, no periódicos, en los que conUnidad 3. Los productos financieros de activo
135
Curso Básico de Gestión Financiera vendría pensar en otro tipo de financiación más conveniente para cubrirlos (crédito, descuento de efectos, renegociación de deudas…).
8.3. Caso práctico: liquidación de cuenta corriente con descubierto Para poder comprobar la resolución de este caso práctico, dispones, del archivo ejemplo3_13.xls Durante el mes de abril, en la cuenta corriente de la empresa Mudanzas Rápidas S. L., se han producido los siguientes movimientos: MOVIMIENTO Fecha 01-abr 02-abr 03-abr 06-abr 07-abr 12-abr 13-abr 15-abr 18-abr 19-abr 21-abr 22-abr 24-abr 25-abr 26-abr
Debe
Haber 500,00 €
152,20 € 458,50 € 2.574,10€ 254,80 € 147,25 € 257,60 € 2.658,10 € 154,30 € 256,10 € 14,50 € 124,80 € 125,30 €
25,10 € 125,18 € 254,10 €
Las condiciones pactadas para la cuenta corriente con el banco son: Intereses saldos deudores Intereses saldos acreedores
18% 0,15%
La liquidación de la cuenta se realiza mensualmente, por lo que el 30 de abril, el banco liquidará sus intereses. Para ello debemos aplicar lo aprendido en la liquidación de las cuentas corrientes, es decir, se deben hallar los saldos de tras cada nueva anotación, los días de permanencia de ese saldo en la cuenta, y con ello los números comerciales, tanto acreedores como deudores.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
136
Curso Básico de Gestión Financiera
MOVIMIENTO Fecha 01-abr 02-abr
Debe
Haber
Saldo
500,00 €
500,00 € 347,80 €
1 1
-110,70 € 2.574,10 € 2.463,40 €
3 1
152,20 €
Días
NUMEROS COMERCIALES Debe Haber 500 348
03-abr 06-abr
458,50 €
07-abr 12-abr
254,80 €
2.208,60 € 147,25 € 2.355,85 €
5 1
11.043 2.356
13-abr 15-abr
257,60 € 2.658,10 €
2.098,25 € -559,85 €
2 3
4.197 -1.679,55
18-abr 19-abr
154,30 €
-714,15 € -458,05 €
1 2
-714,15 -916,1
21-abr 22-abr
14,50 € 124,80 €
-472,55 € -597,35 €
1 2
-472,55 -1194,7
-572,25 € -697,55 € -443,45 €
1 1 4
-572,25 -697,55 -1.773,8 -8.352,75
24-abr 25-abr 26-abr
256,10 €
125,30 €
25,10 € 125,18 € 254,10 €
-332,1 2.463
20.907
Como vemos, la empresa a lo largo del mes ha mantenido su cuenta con saldos deudores, es decir en descubierto o números rojos. A la hora de liquidar los intereses, el banco abonará el interés de los saldos acreedores y le aplicará la retención para el IRPF (18%), y cargará el interés producido por los saldos deudores. La forma de calcular los intereses es la vista para las cuentas corrientes. Así, por los movimientos registrados en esta cuenta obtenemos: Intereses deudores
4,18 €
Intereses acreedores
0,09 €
Retención IRPF
0,02 €
Unidad 3. Los productos financieros de activo
137
Curso Básico de Gestión Financiera
CONCEPTOS IMPORTANTES PRODUCTOS FINANCIEROS DE ACTIVO Riesgo: es la posibilidad de que un cliente que ha recibido fondos de una entidad financiera incumpla su obligación de restituir esos fondos en la forma, tiempo y cuantía pactadas. Scoring: técnica estadística mediante la cual las entidades financieras analizan el riesgo asociado a una operación activa, y la representan en términos numéricos. Registro de la Propiedad: conjunto de oficinas dependientes del Ministerio de Justicia que tienen como misión dejar constancia en sus registros de todas las operaciones que afectan a los bienes inmuebles. Registro Mercantil: conjunto de oficinas destinadas a recoger información acerca de las sociedades que operan en nuestro país. Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE): Facilita información en materia de créditos, avales bancarios, préstamos, etc., concedidos por las entidades financieras, a otras entidades financieras, informando al cliente en el momento de su contratación. ASNEF: Asociación Nacional de Entidades Financieras, que disponen de un registro en el que figuran las personas físicas o jurídicas que han resultado impagadoras en alguna operación activa concedida por alguna entidad financiera. Crédito bancario: es la operación financiera mediante la cual el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, pone a disposición del cliente una cantidad de dinero durante un plazo de tiempo determinado, y el cliente va disponiendo de los fondos según los va necesitando. TAE, tasa anual equivalente: se calcula teniendo en cuenta las condiciones de las diversas operaciones, y favorece la comparación entre los diversos productos financieros. Circulante: son aquellos elementos patrimoniales que permanecen menos de un año en la empresa. Tenemos tanto activo como pasivo circulante. Descuento bancario: es la operación mediante la cual, la entidad financiera adquiere la propiedad de un título de crédito adelantando al cliente el valor del mismo, menos la comisión y los intereses que se generan desde la fecha en que el cliente presenta la letra al descuento y el vencimiento de la misma. Endosar: acción mediante la cual el propietario de un título a la orden cede su pertenencia a un tercero.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
138
Curso Básico de Gestión Financiera Préstamo: es un contrato financiero por medio del cual, una entidad de crédito, cede una cantidad de dinero a un cliente, bien sea persona física o jurídica, hasta un vencimiento y con un interés prefijado. Prestamista: persona física o jurídica que en virtud de un contrato de préstamo entrega una cantidad de dinero a otra (prestatario) en un momento determinado, y espera que éste le devuelva una cantidad equivalente en un momento posterior. Prestatario: persona física o jurídica que en virtud de un contrato de préstamo recibe una cantidad de dinero de otra (prestamista) y se obliga a su restitución por una cantidad equivalente, en un momento posterior. Capital: se denomina capital al importe de los fondos entregados por el prestamista al prestatario en el momento de contratación del préstamo. Garantía real: bien mueble o inmueble que queda afecto a una operación, de tal forma que si el deudor incumple su obligación, el acreedor puede ejecutar el bien. Garantía personal: afianzamiento que otorga una persona a favor de otra u otras, que garantiza el cumplimiento de las obligaciones que éstas contraigan con un tercero. Garantía pignoraticia: garantía prestada mediante un bien mueble, de tal forma que en caso de incumplimiento de la obligación por parte del deudor, el acreedor podrá ejecutar el bien mueble afecto a la operación mediante la garantía pignoraticia. Garantía hipotecaria: garantía prestada mediante un bien inmueble, de tal forma que en caso de incumplimiento de la obligación por parte del deudor, el acreedor podrá ejecutar el bien inmueble afecto a la operación mediante la garantía hipotecaria. Contrato real: es aquella modalidad de contrato que queda perfeccionada con la entrega del bien objeto del contrato. Contrato consensual: es aquella modalidad de contrato que queda perfeccionada con el mero consentimiento de las partes que en él intervienen. Euribor: es el tipo al que las entidades financieras se prestan entre sí en el mercado interbancario del Euro. Carencia: periodo de tiempo de un préstamo, en el que el deudor no tiene obligación de pagar las cuotas, pero en el que el capital sigue generando interés. Aval bancario: contrato mediante el cual, una entidad bancaria se compromete, de forma subsidiaria, a cumplir las obligaciones contraídas con terceras personas por el cliente solicitante del aval. Leasing: contrato de arrendamiento financiero mediante el cual una entidad financiera pone a disposición de un cliente un bien solicitado por éste, a cambio del pago periódico de una cuota, y con la posibilidad, al final del contrato, de adquisición por parte del cliente.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
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Curso Básico de Gestión Financiera Valor residual: valor monetario que se le reconoce a un bien una vez que está amortizado. Renting: contrato de arrendamiento mediante el cual, una persona física o jurídica puede disponer de un bien para su uso y disfrute, y además de una serie de servicios accesorios a ese bien, como pueden ser el mantenimiento o el seguro. Descubierto bancario: situación que se da en una cuenta bancaria cuando las disposiciones de fondos son superiores a los ingresos y depósitos realizados.
Unidad 3. Los productos financieros de activo
140
Curso Básico De Gestión Financiera
UNIDAD 4 LOS SERVICIOS FINANCIEROS BANCARIOS 1. Servicios financieros en el sistema bancario ...................................................................... 143 2. Características de los servicios financieros bancarios ....................................................... 143 3. Domiciliaciones bancarias .................................................................................................. 144 3.1. Concepto de domiciliaciones bancarias ...................................................................... 144 3.2. Elementos de las domiciliaciones ................................................................................ 144 3.3. Clases de domiciliaciones bancarias ........................................................................... 146 3.4. Ventajas e inconvenientes ........................................................................................... 146 4. Gestión de cobro de efectos ............................................................................................... 147 4.1. Concepto de gestión de cobro de efectos ................................................................... 147 4.2. Elementos de gestión de cobro de efectos ................................................................. 148 4.3. Ventajas e inconvenientes ........................................................................................... 149 4.4. Caso práctico: gestión de cobro .................................................................................. 149 5. Transferencias .................................................................................................................... 150 5.1. Concepto ...................................................................................................................... 150 5.2. Elementos de las transferencias .................................................................................. 151 5.3. Clases de trasferencias ............................................................................................... 151 5.4. Diferencias entre transferencias y domiciliaciones ...................................................... 152 5.5. Ventajas e inconvenientes de las transferencias ........................................................ 152 5.6. Caso práctico: transferencias ...................................................................................... 153 6. Terminal Punto de Venta (TPV) .......................................................................................... 154 6.1. Concepto ...................................................................................................................... 154 6.2. Ventajas e inconvenientes de los TPV ........................................................................ 155 6.3. Caso práctico: TPV ...................................................................................................... 156 7. Banca electrónica telefónica y online ................................................................................. 158 7.1. Concepto de banca electrónica ................................................................................... 158 7.2. Elementos de la banca electrónica .............................................................................. 161 7.3. La seguridad de las operaciones en la banca online .................................................. 161 7.4. Ventajas e inconvenientes de la banca online ............................................................ 164 8. Medios de pago. Tarjetas bancarias ................................................................................... 165 8.1. Concepto ...................................................................................................................... 165 8.2. Características de las tarjetas ..................................................................................... 165 8.3. Elementos de las tarjetas bancarias ............................................................................ 166 8.4. Clases de tarjetas bancarias ....................................................................................... 167 8.4.1. Tarjetas de débito ................................................................................................... 167 8.4.2. Tarjetas de crédito .................................................................................................. 167
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
141
Curso Básico De Gestión Financiera 8.4.3. Tarjetas affinity ....................................................................................................... 168 8.4.4. Tarjetas monedero.................................................................................................. 169 8.5. Operaciones con las tarjetas bancarias....................................................................... 170 8.6. Ventajas e inconvenientes de las tarjetas bancarias................................................... 171 9. Factoring ............................................................................................................................. 172 9.1. Concepto ...................................................................................................................... 172 9.2. Elementos del factoring ............................................................................................... 173 9.3. Clases de factoring ...................................................................................................... 175 9.4. Costes del factoring ..................................................................................................... 175 9.5. Ventajas e inconvenientes del factoring ...................................................................... 176 9.6. Caso práctico: factoring ............................................................................................... 177 10. Confirming ........................................................................................................................... 178 10.1. Elementos del confirming .......................................................................................... 178 10.2. Concepto y funcionamiento ....................................................................................... 179 10.3. Diferencias entre confirming y factoring .................................................................... 181 10.4. Ventajas e inconvenientes del confirming ................................................................. 182 10.5. Caso práctico: confirming desde la empresa cedente ............................................... 183 10.6. Caso práctico: confirming posición del beneficiario................................................... 184 11. Otros servicios .................................................................................................................... 185 11.1. Cambio de divisas...................................................................................................... 185 11.1.1. Caso práctico: divisas ........................................................................................... 185 11.2. Declaración y Liquidación del IRPF ........................................................................... 186 11.3. Recarga de móviles ................................................................................................... 186 11.4. Recaudación para organismos oficiales .................................................................... 186 11.5. Cajas de seguridad .................................................................................................... 187 11.5.1. Caso práctico: cajas de seguridad ....................................................................... 187 11.6. Tramitación de ayudas agrícolas (PAC) .................................................................... 188
OBJETIVOS Conocer las características y funcionamiento de los principales servicios bancarios que ofrece en la actualidad el sistema financiero. Distinguir entre el descuento de efectos y la gestión de cobro Conocer el funcionamiento de la banca online Diferenciar entre los distintos tipos de tarjetas existentes Conocer y diferenciar los servicios de factoring y confirming
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera
1. Servicios financieros en el sistema bancario A lo largo de las dos unidades anteriores, hemos visto como realizan los bancos su labor de intermediarios financieros. Los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, captan los fondos de los ahorradores a través de sus operaciones pasivas, es decir, en forma de cuentas bancarias, depósitos y certificados, y los ceden a los inversores en las operaciones activas, en forma de créditos, préstamos... Pero, además, las entidades generalmente ofrecen una serie de servicios adicionales a las operaciones de depósito y cesión de fondos. Éstas no suponen ni captación ni cesión de fondos para la entidad, pero son un servicio del que puede beneficiarse el cliente. Debido al gran desarrollo de la banca en el actual mercado financiero con la aparición de las nuevas tecnologías (Internet, teléfonos...), y al aumento de la competencia entre las distintas entidades financieras, los servicios bancarios se han diversificado extraordinariamente, tratando de adaptarse a las necesidades del cliente, e incluso en muchas ocasiones, adelantándose a sus necesidades.
2. Características de los servicios financieros bancarios Resulta difícil establecer un límite entre lo que es un producto financiero y lo que es un simple servicio, porque están muy ligados entre si, y porque además los servicios bancarios van siempre asociados a un producto financiero, de tal manera, que si el cliente no lo tiene no puede acceder a los servicios que el banco presta por ese producto, y así mismo, el producto financiero que lleva aparejados esos servicios, no tendría el mismo atractivo y utilidad para el cliente sin los servicios accesorios que prestan las entidades. Por ejemplo, las domiciliaciones bancarias son un servicio que sólo puede realizar el banco a los clientes que tienen una cuenta, no es un servicio que ofrece a los que tienen contratado con él un aval, y el principal atractivo de las cuentas bancarias, es la posibilidad de domiciliar recibos, y realizar transferencias, pagos y cobros, sin necesitad de movilizar dinero en efectivo. No obstante, los servicios financieros van a presentar una serie de características que no presentan los productos. Los servicios bancarios son intangibles, es decir, no son algo que podamos tocar, coger y llevárnoslo a casa, sino, que para apreciarlos, debemos hacer una representación mental de lo que son. Los servicios bancarios son inseparables de los productos asociados que generan el derecho a la prestación o al acceso a ese servicio. Esto quiere decir que si Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
143
Curso Básico De Gestión Financiera por ejemplo, tenemos domiciliada la nómina en nuestra cuenta de ahorro, en el momento que demos de baja la cuenta, perdemos el derecho de domiciliación , por lo que tendremos que buscar otro medio para cobrarla. Es muy difícil la diferenciación de un mismo producto prestado por distintas entidades financieras. Para poder comparar un mismo servicio de una entidad y de otra, debemos acudir a sus condiciones de uso, o precio, para así poder comparar cual se puede adaptar mejor a nuestras circunstancias y necesidades, pero a simple vista no podemos compararlos. Los servicios bancarios no pueden estar bajo patente, sino que en el momento que una entidad lanza un nuevo servicio, las demás entidades pueden lanzarlo en similares condiciones. Lo que si pueden patentar es el nombre que dan a ese producto.
3. Domiciliaciones bancarias 3.1. Concepto de domiciliaciones bancarias El servicio de domiciliación bancario es aquel en el que el cliente de una entidad, le da orden de atender al cobro o al pago de diferentes conceptos, compensándolos en su cuenta bancaria (corriente o de ahorro), bien sean abonos o cargos. De esta manera, se sustituye el domicilio del cliente, por el de la entidad bancaria donde tiene su cuenta, para presentar los cobros o los pagos que se hagan en nombre del cliente. De esta característica es de donde viene el nombre de la domiciliación. Las domiciliaciones bancarias pueden ser por un tiempo indefinido, y con una determinada periodicidad, o pueden ser para una sola vez, en la que se va a recibir o pagar una transacción.
3.2. Elementos de las domiciliaciones En las domiciliaciones bancarias vamos a encontrar los siguientes elementos: •
Cliente de la entidad bancaria: el cliente debe tener una cuenta bancaria para poder realizar en ella domiciliaciones. El cliente deberá suministrar los datos que le solicite la persona física o jurídica con la que quiere domiciliar su cobro o pago, generalmente son:
•
Identificación del cliente: nombre y apellidos en las personas físicas, denominación social las personas jurídicas, y domicilio.
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
144
Curso Básico De Gestión Financiera •
Identificación completa del Código Cuenta Cliente (CCC).
•
Domicilio de la oficina donde tiene la cuenta bancaria. No siempre se van a necesitar todos estos datos, pero son los mínimos para domiciliar un pago o un cobro. Para poder realizar una domiciliación, debe dar autorización a la entidad para que realice el pago de sus domiciliaciones, si no el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, no podrá atender el pago en el momento de su presentación.
•
La entidad bancaria: ésta es el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, donde el cliente, con anterioridad a la domiciliación bancaria, ha contratado una cuenta bancaria, bien corriente o de ahorro, y que va a servir para poder compensar el importe de la domiciliación.
•
Entidad emisora: en las domiciliaciones bancarias interviene un tercero, que va a ser la persona física o jurídica, con la que el cliente de la entidad financiera ha realizado una transacción comercial. Este tercero puede ser tanto acreedor, cuando en la domiciliación es un pago del cliente, o un pagador cuando es un cobro lo que se domicilia.
Relación económica
Entidad emisora
Cliente
Suministro de datos bancarios
Orden de domiciliación
Presentación del recibo al cobro o pago
Banco
Entrega o recepción de fondos
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera
3.3. Clases de domiciliaciones bancarias Tenemos dos grandes tipos en función de la naturaleza de la transacción: las domiciliaciones de pagos y las de cobros. •
Las domiciliaciones de pagos: son órdenes que da el titular de una cuenta bancaria, a la entidad financiera para que, con cargo en su cuenta, se haga el pago de determinados recibos. Estos pueden ser de varios tipos. Es muy frecuente la domiciliación del pago de suministros tales como electricidad, teléfono, gas..., así como otro tipo de cuotas que se pagan periódicamente, (abonos deportivos, cuotas asociaciones...); también es frecuente la domiciliación de letras, pagarés y otros efectos comerciales. Es preciso que la entidad, antes de adeudar un recibo en la cuenta de un cliente, tenga la pertinente autorización de éste.
•
Las domiciliaciones de cobros: son órdenes de ingreso de fondos en la cuenta del cliente. La principal categoría de domiciliaciones de cobro son las nóminas y las pensiones, en las economías domésticas. De esta forma el cliente se evita tener que realizar gestiones para el cobro de su nómina o pensión, una vez al mes.
Si atendemos a las veces que se realizan, vamos a tener: . •
Las domiciliaciones periódicas: nacen de una relación de servicios entre la entidad emisora y el cliente. La entidad, cada cierto tiempo y según el periodo fijado con el cliente, pasará su recibo a cobro o hará el ingreso permanente. El ejemplo más claro de este tipo son los suministros (electricidad, telefonía,...), y los ingresos de nóminas y pensiones.
•
Las domiciliaciones puntuales: son aquellas en las que la transacción se va a producir una sola vez. Nacen, generalmente, de una prestación de servicios en momentos determinados por parte de la entidad emisora.
3.4. Ventajas e inconvenientes La principal ventaja que ofrecen las domiciliaciones es la comodidad que suponen para el cliente, ya que de esta manera se evita un montón de trámites y desplazamientos para realizar la misma operación. Muchas veces, las entidades financieras acuden al pago de recibos aunque el cliente no disponga de los fondos necesarios, lo cual supone una gran ventaja.
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera Además de esta manera el cliente se evita el manejo de dinero en efectivo, hecho que le aporta seguridad, ya que no debe realizar desplazamientos portando dinero que puede perder, le pueden robar... Las domiciliaciones bancarias favorecen la llevanza de la contabilidad para las empresas, ya que la entrada o salida de fondos de tesorería queda reflejada en el extracto de la cuenta corriente. El cliente debe estar atento al importe real del recibo, ya que como es un proceso generalmente automático, este error se podría pasar por alto.
4. Gestión de cobro de efectos 4.1. Concepto de gestión de cobro de efectos Los efectos comerciales, son aquellos documentos que representan una obligación de pago, en el momento de su vencimiento, por parte de su emisor. Los principales documentos que se suelen emplear son las letras de cambio, y los pagarés. Estos se entregan, como pago en las transacciones comerciales, de ahí su nombre, se presentan en la fecha de vencimiento, en la que serán pagados. Pues bien, llegada esa fecha el tenedor de estos documentos puede ir cobrando uno a uno estos efectos a sus deudores, o por el contrario, presentarlos al banco para que se encargue del cobro. Esto es lo que conocemos como gestión de cobro de efectos, es decir, el servicio por el cual, el banco va a realizar las gestiones necesarias para cobrar, en la fecha de vencimiento, los efectos comerciales presentados por el cliente. Este proceso, con la incorporación de las nuevas tecnologías al sistema bancario, ha cambiado la presentación en papel de los documentos a las órdenes mediante procesos informáticos. Este procedimiento se conoce como truncamiento o eliminación del papel a favor de las claves informáticas y soportes magnéticos. Este servicio que prestan los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito no es gratuito, sino que lleva aparejado el cobro de comisiones, frecuentemente del 4‰ 1 Además está sujeta a IVA, con lo cual, el banco va a descontar estos dos conceptos del líquido que ingresará por la gestión del cobro. Es frecuente también, que la entidad repercuta los gastos de correo que genera la operación.
1
‰ este símbolo quiere decir tanto por mil.
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera
4.2. Elementos de gestión de cobro de efectos Los elementos que siempre encontramos en la gestión de cobro de efectos comerciales son: •
El cliente del banco: es la persona física o jurídica que presenta sus documentos (bien en papel o en soporte magnético), para la gestión de cobro. Éste tiene derecho de cobro a sus clientes por los servicios que les ha prestado.
•
La entidad bancaria: de la que es cliente el tenedor de los documentos, y que va a ser la encargada de llevar a cabo las gestiones necesarias para cobrar los efectos comerciales en la fecha del vencimiento
•
El deudor de los efectos: es el emisor de los documentos, y por éstos reconoce que tiene una deuda y además se compromete al pago de la misma en una fecha determinada, la fecha de vencimiento que viene recogida en el documento.
•
Los efectos comerciales: son los documentos a través de los cuales está instrumentalizada la deuda, y éstos son presentados para que el banco gestione su cobro.
Empresa (Cliente del banco)
Los efectos se entregan a la empresa
El cliente presta unos servicios
Emisor (deudor)
Efectos comerciales
Emisión de efectos como pago de la deuda
La entidad presenta los efectos al emisor para su cobro, en la fecha de vencimiento
Los efectos se entregan al banco para su gestión
La entidad ingresa el importe de los efectos en la cuenta del cliente descontado las comisiones y gastos
Entidad bancaria El deudor paga a la entidad el importe del efecto
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera
4.3. Ventajas e inconvenientes La gestión de cobro de los efectos comerciales, tiene tanto ventajas como inconvenientes para la empresa que presenta sus efectos para que el banco gestione su cobro. Como ventajas vamos a destacar: •
La gestión de cobro representa una gran comodidad para la empresa, ya que tiene que presentar sus efectos de cobro en un único lugar, en vez de presentarlos uno a uno a sus deudores, en cada uno de sus domicilios.
•
El servicio de gestión de cobro que prestan las entidades financieras, evita a la empresa un gran número de trámites, desplazamientos y gestiones, que tendría que realizar la propia empresa para proceder al cobro de los mismos, así como gastos de teléfono y correspondencia.
•
Si lo comparamos con el descuento de efectos, la gestión de cobro, no debilita la situación financiera de la empresa, porque el cobro de los efectos se realiza al vencimiento.
Entre los inconvenientes vamos a destacar: •
El servicio de gestión que prestan las entidades financieras es un servicio oneroso, por el que las entidades cobran una serie de comisiones.
•
Como la encargada de realizar las gestiones de cobro es la entidad financiera, la empresa-cliente que ha presentado sus efectos al descuento, no va a tener contacto con el cliente en el momento del cobro, por lo que pierde esta oportunidad de contactar directamente con el cliente.
•
Si un efecto resulta impagado o devuelto, el banco nos cobrará una comisión por la gestión de la devolución, más los gastos que se originen.
4.4. Caso práctico: gestión de cobro La empresa Libros y libretas S. L. se dedica a la comercialización de libros y diverso material escolar y de oficina. Para el cobro de sus ventas generalmente acepta letras de cambio de sus clientes. Este mes tiene 7 letras para cobrar, y las lleva al Banco Mentor, para que proceda al cobro en la fecha de vencimiento de cada letra. Por realizar las gestiones necesarias para el cobro, el Banco Mentor va a imputar a Libros y libretas S. L. una comisión del 3 ‰, más 20 céntimos por cada letra en concepto de gastos de correo. Teniendo en cuenta que las letras presentadas a gestión de cobro este mes tienen los siguientes importes, calcula cuánto recibirá por ellas. Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera Nominales de las letras: Importe nominal de las letras 1.547,20 € 124,15 € 89,25 € 2.135,14€ € 1.524,18 € 547,30 € 487,14 €
Para calcular cuál es el importe de la comisión aplicada, debemos multiplicar el nominal de cada letra por la comisión 3 ‰, o lo que es lo mismo, 0,3 %, y luego lo sumamos; o podemos sumar primero el importe de todas las letras y luego multiplicarlo por 0,3%. Total importe nominal de las letras = 6.454,36 € Comisión = 6.454,36 x 0,3 % = 19,36 € Esta comisión por gestión de cobro está sujeta al pago del IVA, por lo que debemos calcular a cuánto asciende multiplicando su importe por el 21 %. IVA = 19,36 x 0,21 = 4,07 € Como son siete letras y los gastos de correo son 20 céntimos por letra, multiplicamos 0,2 por 7, con lo que tenemos que los gastos de correo ascienden a 1,40 €. Así, Libros y libretas S. L. recibirá el importe de las letras, menos la comisión, menos el IVA y menos los gastos de correo. Importe letras Comisión Gastos de correo IVA Líquido a percibir
6.454,36 € 19,36 € 1,40 € 4,07 € 6.429,53 €
5. Transferencias 5.1. Concepto Las transferencias bancarias son un medio de pago, a través del cual, el titular de una cuenta desplaza una parte de los fondos a otra. Las transferencias bancarias se llevan a cabo por orden del titular de la cuenta que desea desplazar fondos. Para ello, las entidades, suelen tener un formulario, que
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Curso Básico De Gestión Financiera el cliente deberá cumplimentar con los datos de la transferencia que quiere llevar a cabo.
5.2. Elementos de las transferencias Los principales elementos de la transferencia bancaria son: •
El ordenante: es el titular de la cuenta bancaria que da la orden a la entidad de transferir fondos a favor del beneficiario de la operación, y serán deducidos de su cuenta.
•
El beneficiario: es la persona física o jurídica titular de la cuenta en la que se van a ingresar los fondos objeto de la transferencia. Para poder llevar a cabo ésta, el beneficiario debe ser titular de una cuenta bancaria en la que poder realizar el ingreso de los fondos.
•
La entidad ordenante: es la entidad bancaria en la que el ordenante de la transferencia tiene su cuenta, y es la que va a enviar los fondos a la entidad receptora.
•
La entidad receptora: es la entidad bancaria en la que el beneficiario tiene su cuenta, y es la que va a recibir los fondos, que le va a enviar la entidad ordenante.
5.3. Clases de trasferencias Podemos encontrar distintos tipos de transferencias en función del criterio que atendamos. Así, si nos fijamos en quien es el beneficiario, nos vamos a encontrar con dos tipos de transferencias diferentes: •
Transferencias en las que el beneficiario es la misma persona que el ordenante, son más conocidas como traspasos. En ellas, el ordenante, lo que hace es movilizar fondos entre cuentas de su titularidad y de la misma entidad financiera. Estos traspasos, en ocasiones son realizados a iniciativa de la entidad, para compensar saldos deudores con acreedores, entre cuentas de un mismo titular en una misma entidad bancaria.
•
Las transferencias en las que el beneficiario no coincide con el ordenante, son transferencias de fondos que generalmente se realizan como medio de pago de bienes y servicios.
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera Si atendemos a las entidades financieras que intervienen en la operación, es decir, la ordenante y la receptora, puede ser que estas coincidan o no. Si la entidad receptora de los fondos es la misma que la entidad ordenante, es decir, la entidad del beneficiario y del ordenante es la misma, se trata de transferencias internas. Estas transferencias no llevan comisiones ni gastos asociados, ya que los fondos no salen de la entidad. Si por el contrario, son diferentes entidades, las vamos a conocer como transferencias externas. Al contrario que las internas, suelen llevar comisiones, y el importe dependerá de si es dentro de la misma plaza o diferente. En estas transferencias, entre la fecha del reintegro en la cuenta del ordenante y la de ingreso en la cuenta del beneficiario, pueden transcurrir como máximo 2 días.
5.4. Diferencias entre transferencias y domiciliaciones La principal diferencia que debemos destacar entre las transferencias y las domiciliaciones, es el ordenante. Es decir, la persona que decide llevar a cabo la operación. En el caso de las domiciliaciones es la entidad emisora la que presenta el recibo, para el cobro de los servicios prestados, o los bienes adquiridos por el titular; mientras que en las transferencias es el titular de la cuenta el que acude a la entidad financiera, ordenando el movimiento de fondos a favor del beneficiario. En las domiciliaciones, por lo general, el beneficiario y el ordenante de la operación, son siempre distintos, mientras que en las transferencias, pueden ser la misma persona. Como norma general las transferencias tienen un carácter puntual y las domiciliaciones lo tienen periódico. No obstante, aunque se pueden realizar transferencias periódicas, así como la domiciliación de un recibo puntual, es más frecuente la periodicidad en las domiciliaciones. Al titular de la cuenta bancaria, la entidad no le va cobrar comisión alguna en las domiciliaciones, mientras que en el caso de la transferencia, si la cuenta del beneficiario es de otra entidad, tendrá que pagar una comisión.
5.5. Ventajas e inconvenientes de las transferencias Ventajas: Cabe destacar la posibilidad que ofrecen de compensar los saldos deudores y acreedores de un mismo titular, en una misma entidad. De esta manera, el titular tiene
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Curso Básico De Gestión Financiera un mayor control sobre sus cuentas, y puede compensar los posibles descubiertos en una con fondos de otra. Otra ventaja innegable es que evitan realizar desplazamientos con dinero en efectivo para realizar pagos o entregas de dinero, aportando seguridad y comodidad a la operación, tanto para el ordenante de la operación como para el beneficiario. Como la operación de transferencia va a quedar registrada en la contabilidad de la cuenta bancaria (bien en la libreta de las cuentas de ahorro o en el extracto de la cuenta corriente) va a facilitar la llevanza de la contabilidad. Inconvenientes: Cuando se realiza una transferencia y la entidad del beneficiario no es la misma que la del ordenante, ésta va a tener un coste, es decir, la entidad financiera ordenante va a cobrar una comisión a la persona que realiza la operación, por llevar a cabo la transferencia de fondos. La transferencia de fondos no es inmediata, sino que va a tardar unos días. Si la transferencia se realiza entre dos cuentas de residentes en España, como máximo deberá tardar dos días. Si es entre países miembros de la Unión Europea, la Ley 9/1999, de 12 de Abril, establece que como máximo deberá efectuarse la transferencia el quinto día laborable siguiente a la fecha de aceptación de la orden.
5.6. Caso práctico: transferencias Pedro se ha separado recientemente y debe pasar una pensión alimenticia para contribuir a los gastos de su hijo. Para ello ha acudido al Banco Mentor, con el fin de contratar una transferencia periódica, por el importe de la pensión, que en este caso asciende a 380,97 €. La periodicidad de la transferencia será mensual. La cuenta bancaria desde la que Pedro va a realizar la transferencia es una cuenta del Banco Mentor, pero su mujer va a recibir los fondos en otra entidad financiera. La comisión que aplica el Banco Mentor por realizar esta operación es del 0,50% sobre el importe de la transferencia, con un mínimo de 2,50 €, de tal manera, que si el resultado de aplicar la comisión sobre el importe de la transferencia es menor al mínimo, se aplicará este último. ¿Va a cobrar el banco comisión por realizar esta operación? En caso afirmativo calcula cuánto le cobrará el Banco Mentor, por realizar esta operación.
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Curso Básico De Gestión Financiera Al pertenecer las cuentas bancarias que intervienen en la operación a distintas entidades financieras, se trata de una transferencia externa, por lo que el banco va a cobrar una comisión a Pedro, por realizar la operación. La comisión que el Banco Mentor va a cobrar, será el mayor importe entre el resultante de multiplicar el importe de la misma por la tarifa aplicable, es decir, 0,50 %, y el mínimo, 2,50 €. Aplicamos tarifa 380,97 € x 0,50 % = 1,90 € Como el mínimo de esta tarifa es superior al resultante de aplicarla, el banco cobrará el mínimo, en este caso, 2,50 €. El impreso de esta operación sería el siguiente:
6. Terminal Punto de Venta (TPV) 6.1. Concepto Los TPV son unos dispositivos electrónicos, que pueden disponer los comercios, en los que se efectúan las correspondientes comprobaciones y autorizaciones previas a la aceptación de la tarjeta bancaria como pago de la transacción comercial. Estos aparatos permiten a los comercios realizar el cobro de las operaciones en las que el cliente paga mediante tarjeta bancaria, bien sea ésta de crédito o débito. Estos terminales están conectados, generalmente, a los centros de autorización de los dife-
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Curso Básico De Gestión Financiera rentes emisores de tarjetas de pago, y suministran una respuesta en línea a cada operación solicitada. Al finalizar cada día, a través del TPV, se totalizan las operaciones realizadas mediante tarjeta de pago, y su importe será directamente abonado en la cuenta que el comercio tenga designada en su entidad financiera. Este servicio, reservado al cobro mediante tarjeta bancaria, está destinado exclusivamente a los comercios. Generalmente, las entidades financieras van a cobrar una comisión aplicada al importe de cada operación. Este porcentaje va a estar en un rango del 0 al 6%, dependiendo del sector del comercio, del número de operaciones que realice, y las condiciones que haya pactado con su banco por el servicio.
6.2. Ventajas e inconvenientes de los TPV Las principales ventajas que encontramos son: •
La comodidad para los comercios que optan por este servicio, ya que el cobro de sus ventas realizadas con tarjeta de pago es automático, y el dinero es abonado en su cuenta bancaria, sin realizar más gestiones. El cliente puede elegir como quiere que sea el abono en cuenta: diario, semanal, quincenal...
•
Este sistema aporta seguridad en el cobro, ya que al contactar con el centro de autorización se evitan los posibles fraudes que se pueden sufrir con
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Curso Básico De Gestión Financiera las tarjetas, y además se reduce el efectivo que tiene el comercio en caja, y con ello el riesgo que supone (atracos, extravíos...) •
Es un servicio rentable, ya que aunque se cobra una comisión sobre el importe de la venta, el coste se reduce, si lo comparamos con el sistema manual de llamada telefónica y posterior ingreso en la entidad financiera.
En los inconvenientes asociados podemos destacar: •
La rentabilidad de este servicio radica en realizar un gran número de operaciones. Si el comercio realiza pocas, pero de gran importe, la rentabilidad del servicio, se puede ver mermada considerablemente.
•
Frente al pago en efectivo de una venta, en la que el comerciante no soporta ningún tipo de comisión (el coste por realizar la operación es cero), este servicio resulta caro.
6.3. Caso práctico: TPV Una pequeña tienda de vajillas, del centro de la ciudad, ha realizado las siguientes ventas a clientes que le han pagado con tarjeta de crédito. Teniendo en cuenta que la comisión que le aplica su entidad financiera por realizar la transacción es del 2,5 % sobre el importe de las ventas, calcula cuál es el coste de este servicio por el periodo que corresponde a la liquidación. Fecha 13-02-06 13-02-06 13-02-06 13-02-06 14-02-06 14-02-06 14-02-06 14-02-06 14-02-06 15-02-06 15-02-06 15-02-06 15-02-06 16-02-06 16-02-06 16-02-06 16-02-06 17-02-06 17-02-06 17-02-06 18-02-06 18-02-06 18-02-06 18-02-06
Hora
Nº autorización
11:58 12:15 13:00 17:56 11:26 12:16 17:58 18:58 20:23 10:15 11:56 17:41 17:41 10:54 11:42 12:15 13:00 17:56 20:23 20:30 10:35 12:40 16:50 17:56
154785 125469 125465 216874 122569 254632 223554 223665 256637 112365 223564 213154 235684 325656 254356 566547 878746 645615 475220 645465 145741 456461 778946 778985
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Importe 58,36 € 145,23 € 1.245,10 € 13,30 € 1.321,10 € 1.235,14 € 65,20 € 35,20 € 154,12 € 25,10 € 95,60 € 35,60 € 25,48 € 26,78 € 236,96 € 1.254,21 € 365,25 € 36,20 € 52,31 € 85,10 € 74,36 € 96,41 € 14,69 € 25,85 €
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Curso Básico De Gestión Financiera Para obtener el importe de la comisión, debemos calcular el importe global de las ventas del periodo, y sobre ese resultado, aplicamos el porcentaje correspondiente a la comisión, en este caso el 2,5 %. El líquido a percibir lo obtenemos restando del total de las ventas, el importe de la comisión. Total ventas Comisión Líquido a percibir
6.722,65 € 134,45 € 6.588,20 €
El extracto remitido por el banco al titular de la tienda, por la liquidación de este periodo es el siguiente:
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7. Banca electrónica telefónica y online 7.1. Concepto de banca electrónica El desarrollo tecnológico que se ha producido en los últimos tiempos y su aplicación al sector bancario ha dado como resultado la aparición de la banca electrónica. Ésta se ha desarrollado a través de dos sistemas diferentes: el teléfono e Internet. A través del teléfono, los bancos ofrecen la banca telefónica, y mediante Internet se han desarrollado las plataformas de banca online, a través de las cuales acercan sus servicios a los clientes. A través de la banca electrónica, el cliente de un banco puede realizar cualquier operación sin necesidad de acudir físicamente a la oficina de la entidad, y también lo que es más importante, sin atenerse al horario comercial, pues generalmente, la banca online funciona las 24 horas del día y los 365 días del año. La banca telefónica es un servicio por el que, mediante una llamada telefónica del cliente al número que le ha facilitado su entidad bancaria, puede realizar una serie de operaciones, tales como transferencias y traspasos, contratar o dar de baja tarjetas, solicitar talonarios de cheques, consultas de saldos y movimientos, altas y bajas en la domiciliación de recibos, órdenes de compra o venta de títulos… Para el acceso a la banca telefónica, el cliente deberá solicitar a la entidad además del número de teléfono, una serie de claves de identificación personales, para su seguridad en el uso del servicio. Éste puede estar atendido por operadores especializados en atención telefónica, que irán realizando las operaciones que solicite el cliente, o bien por un sistema de audio-respuesta, que le irá guiando, facilitándole las instrucciones que debe seguir para realizar la operación que desee. Las conversaciones mantenidas a través de la banca telefónica son objeto de grabación por parte de la entidad, ya que de esta forma, en caso de reclamación, tiene una prueba del porque se ha hecho la operación. La banca online es el servicio de acceso que prestan las entidades financieras, a través de Internet. Por medio de un ordenador personal conectado a dicho sistema, el cliente puede acceder a todo un abanico de posibilidades puesto a su disposición por la entidad financiera a través del desarrollo de su plataforma de banca online. La disponibilidad de la banca online es inmediata, y el acceso puede realizarse, sin ninguna limitación, las 24 horas de todos los días del año. El cliente que desea acceder a la banca online, debe solicitarlo, en la oficina de su entidad financiera, el acceso es gratuito. Se le suministrará al cliente una serie de claves personales (compuestas, por lo general, de una clave de usuario y una con-
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Curso Básico De Gestión Financiera traseña), que le permitirán identificarse en la plataforma o página Web, para poder acceder, mediante un sistema de navegación seguro, a las operaciones de consulta de saldos de sus cuentas. La entidad también suministrará al cliente una firma electrónica, que será demandada por la plataforma online a modo de confirmación de las operaciones que el cliente realice a través de ella.
Las operaciones que están disponibles para realizar desde la banca online son numerosas, y van desde la realización de transferencias y traspasos, a las operaciones de consulta de saldos y movimientos, operaciones de alta y baja de domiciliaciones… Sirva como ejemplo, las operaciones que ofrece la CAI (Caja de Ahorros de la Inmaculada), en su plataforma de banca online. Debajo incluimos un cuadro comparativo de las operaciones que se pueden realizar desde la banca telefónica y la banca online.
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Curso Básico De Gestión Financiera En el siguiente cuadro recogemos las principales operaciones que ofrecen las entidades financieras a través, tanto del servicio de banca telefónica como a través del sistema online. Es un resumen general, y en función de la entidad con quien estemos contratando el servicio, podrán ser diferentes las operaciones que ofrezca al titular, aña-
Domiciliaciones
Transferencias
Gestión de cuentas
diendo o no algunas de las que vienen recogidas en el cuadro.
Banca online
Banca telefónica Información sobre saldos
Información sobre saldos
Solicitud de talonario
Últimos movimientos Movimientos entre fechas Solicitud de talonario
Transferencias Traspasos Consulta/Modificación/Solicitud de transferencias
Transferencias Traspasos Consulta/Modificación/Solicitud de transferencias Consulta/Modificación/Solicitud de transferencias periódicas
Consulta de recibos
Consulta de recibos domiciliados
Devolución de recibos
Devolución de recibos domiciliados
Bajas de domiciliaciones
Bajas de domiciliaciones
Tarjetas
Consulta de movimientos de tarjetas Consulta de movimientos de tarjetas
Cambio modalidad de pago
Cambio modalidad de pago
Cambio del límite de cajeros
Cambio del límite de cajeros
Alertas sobre movimientos Tarjetas
Ingreso en tarjetas de crédito
Informes estadísticos de sus gastos
Solicitud de extractos y cambio de PIN
Ingreso en tarjetas de crédito
Bloqueo de tarjetas
Cambio de PIN
Préstamos y créditos
Bloqueo de tarjetas Consulta del estado de los préstamos y créditos Efectuar amortizaciones anticipadas en préstamos Disponer fondos de créditos
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Solicitud de préstamos y créditos Consulta del estado de los préstamos y créditos Amortización de préstamos personales Cuadro de amortización de préstamos
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Valores
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Composición y estado de su inversión en bolsa Compra de valores
Varios
Divisas
Venta de valores
Peticiones de divisa para enviar a la oficina que desee Solicitar información general sobre lo productos, direcciones, horarios, servicios… de la entidad Indicar Incidencias y sugerencias Pago de recibos
Información del mercado: índices, divisas, tipos de interés, valores, renta fija, opv's, noticias... Compra de valores Venta de valores Información sobre la cotización de las divisas Solicitud de divisas (a recoger en oficina) Cambio de claves de acceso Domiciliación electrónica de correo de la entidad Recarga de móviles
7.2. Elementos de la banca electrónica Para poder acceder a la banca electrónica se necesitan una serie de elementos, tanto por parte de la entidad, como del cliente que desea acceder a este servicio bancario. En primer lugar la entidad financiera debe desarrollar una plataforma online, a través de la que poder ofrecer los servicios de la banca electrónica. Actualmente, la práctica totalidad de las entidades han desarrollado ya su plataforma o página Web, para el acceso a la banca online, ya que, aunque en un principio ha supuesto una inversión de recursos para las entidades, este servicio es beneficioso toda vez que el cliente va a ser quien realice el trabajo administrativo que, en caso de hacerse la misma operación a través de los canales de la banca tradicional, sería el empleado de la oficina. Es importante a la hora de crear la plataforma que el diseño de la página Web sea fácil de usar, que el cliente encuentre sin dificultades la forma de realizar sus operaciones. Para que la entidad pueda ofrecer a sus clientes la banca telefónica, debe crear la plataforma telefónica necesaria y los operadores para atenderla. El cliente que desea acceder a la banca online debe disponer de un ordenador personal y de una conexión a la red. Si el cliente desea acceder a la banca telefónica sólo deberá disponer de un teléfono.
7.3. La seguridad de las operaciones en la banca online Una de los aspectos que más preocupa a los usuarios de la banca online, es la seguridad que ofrecen las entidades a la hora de operar a través de Internet. Éste es
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Curso Básico De Gestión Financiera un instrumento relativamente nuevo, y despierta entre los usuarios una cierta desconfianza. Los sistemas de seguridad que utilizan las entidades financieras pasan por un proceso de encriptación, que consiste en que la información que se transmite a través de la red se encuentra cifrada mediante el un protocolo conocido como SSL (Secure Socket Layer) y claves de 128 bites, que hace que la información intercambiada entre el usuario y la entidad, sólo sea legible por ellos y no por ningún otro equipo distinto de los que están emitiendo o recibiendo la información. Para comprobar que estamos en un servidor seguro, tenemos dos indicaciones en las páginas Web, que nos informan de que realmente estamos en un protocolo seguro. Así, si nos fijamos en la barra de dirección de la página Web de la entidad financiera, las primeras letras de la dirección serán htpps:// donde la s, hace referencia a que es un protocolo seguro. Aquí nos informa de que es un protocolo seguro.
Si hacemos doble clic sobre el candado obtenemos esta ventana con las características del certificado.
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Curso Básico De Gestión Financiera Además, en la barra de estado del navegador, aparecerá una imagen con un candado cerrado que nos indica que estamos trabajando en un entorno seguro. Si hacemos doble clic sobre el candado se presenta una ventana con la información del certificado y la autoridad que lo ha emitido. Aparte de este sistema de seguridad, empleado para el intercambio de la información, antes de realizar la identificación del usuario en la plataforma online de la entidad, cuentan con una medida de seguridad adicional, que consiste en que al tercer intento fallido de identificación del usuario, el sistema se desactiva. Además de todas las medidas de seguridad aportadas por las entidades financieras para el buen funcionamiento de los sistemas online, es conveniente observar una serie de pautas e indicaciones prácticas por parte del usuario, que harán más seguro el uso de este tipo de banca. La protección del ordenador personal que el usuario va a emplear para realizar las conexiones con la entidad es esencial para el buen funcionamiento de los sistemas de seguridad. Así pues, resulta muy conveniente tener instalado y actualizado un programa antivirus, que salvaguarde las posibles vulnerabilidades de los sistemas. Es mejor evitar realizar conexiones en ordenadores ajenos al titular, bien sean de amigos, equipos públicos, o de cibercafés, ya que puede quedar información en el equipo empleado, que podría extraer otra persona experta. El titular que desea usar la banca online, lo mejor que puede hacer con las claves de acceso que proporciona el banco, es memorizarlas y destruir los documentos donde fueron comunicadas por escrito. No es conveniente crear ficheros de texto, con los datos de las claves, para guardarlos en el ordenador. Es conveniente que las claves de acceso estén formadas por, al menos, ocho caracteres alfanuméricos, ya que así son mucho más difíciles de averiguar en caso de ataque. Por supuesto, a la hora de crear las contraseñas hay que evitar las combinaciones obvias, es decir, fechas importantes de la vida del titular, NIF, nombres familiares… Hay que prestar también especial atención a los casos de suplantación de personalidad de la entidad financiera, algo que se da con cierta frecuencia. Se trata del envío de e-mails, en los que un tercero se hace pasar por la entidad financiera y puede demandar al titular la información de sus claves y contraseñas de acceso a la banca online, alegando razones de seguridad, o bien incluye dentro del e-mail, un enlace a una dirección que parece la de la entidad financiera, pero que ha sido creada por este tercero, y en la que se le solicitan sus claves. Queremos dejar claro que las entidades Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera nunca van a demandar este tipo de información a los titulares, por lo que nunca se deben desvelar las claves, ni las contraseñas, ni las firmas a nadie, aunque nos lleguen este tipo de e-mails, que en apariencia vienen firmados por nuestra entidad. Además, es recomendable acceder a la página Web de la entidad tecleando la dirección directamente en la barra a tal efecto, y desconfiar de enlaces interpuestos de los que no sepamos su origen.
7.4. Ventajas e inconvenientes de la banca online El uso del servicio de banca electrónica presenta para el cliente ventajas e inconvenientes. Entre las ventajas de la banca online: •
La flexibilidad de horario que ofrece la banca electrónica es muy superior a la de la banca tradicional. Está disponible las 24 horas de los 365 días del año, sin ninguna limitación de consultas o visitas a la Web. El horario de la banca telefónica (8 a 22 horas) es mucho más amplio que el de las oficinas bancarias.
•
Se evita desplazamientos a la oficina para realizar sus operaciones, y se ahorra tiempo de espera, ya que el acceso a la banca electrónica es inmediato.
•
Pueden compararse los distintos servicios, productos y condiciones que ofrecen las entidades financieras, y así elegir lo que mejor se ajuste a sus necesidades, y todo ello sin necesidad de desplazarse a las oficinas de las distintas entidades.
•
Puede mejorar la gestión de sus cuentas, porque puede obtener información en tiempo real de los saldos de las mismas.
Inconvenientes de la banca online: •
El titular de la cuenta necesita tener conocimientos del uso de los ordenadores y nociones acerca de la navegación por Internet, para poder llegar a ver la página Web de la entidad, e identificarse para ver sus cuentas y realizar las operaciones que desee.
•
Para poder acceder tanto a la banca telefónica como a la online, es necesario, por razones obvias de seguridad, el manejo de una serie de claves personales, para identificarse antes de realizar las operaciones, y una firma
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Curso Básico De Gestión Financiera electrónica, para confirmar la operación, que conviene tener memorizadas y no dejarlas disponibles en papel.
8. Medios de pago. Tarjetas bancarias 8.1. Concepto Las tarjetas son un instrumento que ofrecen las entidades de crédito, generalmente, a sus clientes de cuentas bancarias. Con ellas se pueden realizar pagos de bienes y servicios, en los propios establecimientos o a través de la red por medio de las compras online, además de realizar una serie de operaciones en los cajeros automáticos que las entidades tienen a disposición de los clientes. El número total de tarjetas en circulación en nuestro país ha llegado ya a los 60 millones y a través de ellas se pagan un volumen tan alto de transacciones comerciales que se ha dado en llamarlas dinero de plástico, ya que cumplen la misma función del dinero al operar como medio de pago. Como decimos la principal función de las tarjetas bancarias es su utilización como medio de pago para las transacciones comerciales, pero las entidades financieras han puesto a disposición de los clientes toda una red de cajeros automáticos, en los que el cliente puede realizar una serie de operaciones con su tarjeta. Así, la operación más frecuente es la retirada de dinero en efectivo. No obstante, los cajeros permiten también la realización de transferencias de fondos, consulta de movimientos en la cuenta bancaria del cliente, compra de entradas, recarga de teléfonos móviles... El uso de los cajeros automáticos por parte de los clientes de tarjetas libera a las entidades financieras de gran cantidad de trabajo administrativo.
8.2. Características de las tarjetas Una de las características esenciales de la tarjeta es su carácter personal e intransferible. Sólo podrán hacer uso de ellas los titulares de las mismas. Para garantizar esta característica los comercios deberán comprobar si la firma de la tarjeta coincide con la del recibo que le entregan al cliente, e incluso, están obligados a pedir identificación al cliente para comprobar que él es el titular. Otra característica destacable de las tarjetas de pago es su estandarización, ya que es un medio de pago aceptado en la mayoría de los comercios de todo el mundo, lo que ha facilitando, enormemente, las transacciones comerciales, al suprimir el flujo de dinero efectivo.
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Curso Básico De Gestión Financiera El uso de las tarjetas es sencillo, tanto para el titular que opera con ella en un cajero, como para el comerciante que la acepta como medio de pago, lo que ha ayudado mucho en su implantación y aceptación. Las tarjetas llevan incorporados diversos sistemas de identificación, encriptación y codificación que aportan la seguridad para que operen como medio de pago.
8.3. Elementos de las tarjetas bancarias En el servicio de tarjetas bancarias tenemos tres elementos esenciales para llevarlo a cabo: •
La tarjeta física
•
PIN
•
La cuenta bancaria (corriente o de ahorro)
Las tarjetas bancarias están hechas en un soporte de plástico con unas dimensiones y características estándares para todas ellas. En la parte anterior deben incluir necesariamente el nombre y apellidos del titular, la marca de la tarjeta (Visa, Master, 4B,...), el banco emisor y la fecha de caducidad de la tarjeta. En su parte posterior deben llevar una banda magnética, que es lo que las hace operativas y facilita su lectura en los TPV y cajeros automáticos, y la firma del titular de la misma. En la actualidad, se está incorporando también un chip con nuevas funciones, como la de monedero para el pago de pequeñas cantidades. El titular con la tarjeta recibe un papelito en el que figura el PIN (Personal Identification Number cuya traducción es Número de Identificación Personal), que es un código de 4 dígitos que le permitirá operar en los cajeros automáticos. Este PIN aporta a la tarjeta una mayor seguridad, ya que debe ser introducido para realizar extracciones de los cajeros y dependiendo del tipo de tarjeta, también es necesario introducirlo en el TPV del comercio para conseguir la autorización de pago. Las entidades bancarias entregan un PIN obtenido a través de un sistema totalmente aleatorio. Éste se puede cambiar por otro que sea más fácil de memorizar por el titular, pero se debe evitar el uso de códigos obvios como fecha de nacimiento, número de teléfono... ya que en caso de robo es más fácil de adivinar. La Cuenta Corriente o Libreta de Ahorro es necesaria para poder cargar en ella los importes originados por las compras o disposiciones de efectivo hechos con la tarjeta. Generalmente la entidad que emite la tarjeta es la misma en la que el cliente
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Curso Básico De Gestión Financiera tiene la cuenta bancaria, no obstante, actualmente, ya no es necesario que la cuenta bancaria del titular de la tarjeta esté contratada con la misma entidad que la emite. Así pues, es perfectamente posible que la entidad emisora de la tarjeta sea diferente a la entidad financiera en la que el cliente tiene su cuenta bancaria con la que se compensan los pagos. Esto es consecuencia de la implantación de las nuevas tecnologías en la gestión de las tarjetas.
8.4. Clases de tarjetas bancarias 8.4.1. Tarjetas de débito Son aquellas en las que el importe de las operaciones que realiza el cliente (pago en comercios, reintegro de efectivo en los cajeros automáticos, compras por Internet…), es inmediatamente cargado en la cuenta bancaria asociada a la tarjeta. Por medio de ella el cliente puede disponer de fondos únicamente en la cuantía que tiene depositada en la cuenta bancaria asociada. No puede realizar compras o disposiciones superiores a ese saldo, ya que el cargo es inmediato. Las tarjetas de débito tienen un límite de disposición diario, es la cantidad máxima de fondos que podrá disponer el titular en un día, para la realización de compras o disposición de efectivo en los cajeros automáticos. Este límite se recoge en las condiciones de la tarjeta, y suele estar entre 300 y 600 €. Es independiente de la cantidad de fondos que tenga el cliente en su cuenta bancaria. Aunque tenga dinero suficiente para disponer en mayor cuantía, diariamente sólo podrá utilizar la cantidad prefijada. Las tarjetas de débito no son emitidas con un plazo indefinido, sino que incorporan una fecha de caducidad, al término de la cual la entidad la renovará automáticamente, enviando una nueva al cliente, si éste no hubiera comunicado, con anterioridad a la fecha de caducidad, su deseo de no renovar el servicio. El plazo de vigencia de las tarjetas oscila entre dos y cinco años.
8.4.2. Tarjetas de crédito Permiten a su titular aplazar el cargo, en su cuenta bancaria, de sus pagos hasta un mes. Así, a diferencia de las tarjetas de débito, los titulares de éstas, pueden realizar compras aunque no dispongan de los fondos suficientes en el momento de la adquisición, ya que el cargo del importe de la compra será diferido según se recoja en las condiciones de la tarjeta. Las tarjetas de crédito más usuales son Visa, Mastercard y American Express. En los tres casos existen sus versiones clásicas y de alta gama, en las que los límites
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Curso Básico De Gestión Financiera de crédito son considerablemente superiores, así como sus comisiones. Son las llamadas tarjetas oro y platino (Visa Oro…). Para la concesión de una tarjeta de crédito, el cliente deberá hacer una solicitud a la entidad financiera, y ésta estudiará la situación personal y patrimonial del solicitante, pues ya que la tarjeta de crédito aplaza el pago de las compras, implica un riesgo para la entidad.
A la hora de reembolsar el importe de las compras que la entidad financiera ha adelantado al cliente, existen varias modalidades de realizarlo: 1. Puede cargarse, en la cuenta bancaria asociada a la tarjeta de crédito, la totalidad de las compras del mes anterior, con lo que con este pago, el cliente, vuelve a tener disponible el límite total de crédito pactado con la entidad para disfrutarlo durante el mes. 2. Cargar en la cuenta bancaria un porcentaje del saldo dispuesto que se puede pactar con la entidad, y va a oscilar entre un mínimo del 10 y un máximo del 50%. 3. El cliente va a determinar una cantidad fija, independientemente del saldo que haya dispuesto ese mes. En el momento de establecer la cantidad fija a pagar, el banco tendrá en cuenta las condiciones particulares del cliente
8.4.3. Tarjetas affinity Además de las mencionadas tarjetas, tanto de crédito como de débito, de un tiempo a esta parte han ido proliferando en nuestro país las llamadas tarjetas affinity. Surgen para fomentar vínculos entre los miembros de un grupo, para fidelizar las compras en un determinado establecimiento o para fomentar la participación de los titulares en determinadas actividades, además de servir como medio de pago.
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Dentro de las tarjetas affinity existen dos tipos diferenciados: •
Tarjetas affinity de crédito o débito
•
Tarjetas affinity emitidas por establecimientos comerciales
Las primeras tienen las mismas funciones, prestaciones y características que las de crédito o débito normales, y, además, incorporan ciertas ventajas vinculadas a algún sector o actividad en concreto. Con ellas se puede hacer todo tipo de operaciones, es decir, se pueden utilizar en los cajeros automáticos, y como medio de pago, tanto en los comercios como en las compras online. La marca de tarjetas affinity con más presencia en el mercado es Visa. Los sectores o actividades que se han ido incorporando a estas tarjetas son variados, y van desde los clubes de fútbol, a los grandes sistema de distribución de carburante, pasando también por las ONG, las agencias de viajes, diversos medios de transporte (Iberia, RENFE…), sindicatos… Las principales ventajas que suelen ofrecer a sus titulares están vinculadas a la actividad a la que pertenece la empresa o sociedad que emite la tarjeta. La forma más común de materializar las ventajas es a través de descuentos en la compra de sus productos, facilidades de acceso a determinados servicios, o fórmulas de pago más beneficiosas y flexibles. La otra modalidad de tarjetas affinity (Travel, Cortefiel…) es aquella en que son emitidas por determinados establecimientos comerciales y permiten el pago de las compras realizadas en esas empresas. La característica común de estas tarjetas es que se presentan en el momento de la compra, y el pago se realiza a través de la cuenta bancaria. La forma de realizar el pago varía dependiendo del tipo de tarjeta, se puede hacer por el importe de las compras mensualmente, aplazar el pago, o cargar inmediatamente en la cuenta bancaria vinculada a la tarjeta. Otra característica importante de este tipo de tarjetas, a diferencia de las anteriores, es que son gratuitas. Las tarjetas affinity de crédito o débito, suelen promocionarse de forma que el primer año es gratis, pero después suelen estar sujetas al pago de las mismas comisiones y cuotas que las tarjetas de crédito o débito normales.
8.4.4. Tarjetas monedero A diferencia de los anteriores tipos que están pensados para realizar pagos en general sin tener en cuenta el importe, las tarjetas monedero están pensadas para
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Curso Básico De Gestión Financiera pagar pequeños montos, facilitando de esta manera la transacción, ya que así se evita esperar la posible devolución de cambio por parte del comerciante. Las tarjetas monedero incorporan en su soporte de plástico un chip inteligente, en el que está registrado el saldo disponible. El funcionamiento de este tipo de tarjetas se asemeja al monedero convencional que usamos comúnmente, en el que introducimos una cantidad de dinero, generalmente no demasiado elevada, para pagar los pequeños gastos. Cuando vemos que el dinero disponible no va a ser suficiente para las compras del día añadimos más dinero. Bien, pues el funcionamiento del chip de estas tarjetas es muy similar. Primeramente debemos introducir una cantidad de dinero en el chip, claro está que al tratarse de un dispositivo electrónico, la introducción será a través de medios informáticos, bien cajeros automáticos o Internet, generalmente. Una vez que ya disponemos de saldo en nuestro monedero electrónico, podemos realizar pagos con él en los comercios y establecimientos que dispongan de lector de este tipo de chip. Los importes de los pagos realizados serán descontados automáticamente de la cantidad pre-pagada en la tarjeta. Cuando el saldo está próximo a agotarse, se puede recargar de la misma forma en que introducimos el primer importe. La principal ventaja de esta modalidad de tarjeta es que nos evita el uso de efectivo para pequeñas cantidades, realizando así más rápido las transacciones ya que no existe necesidad de recibir el cambio. Las tarjetas monedero permiten al titular descargar su dinero en la cuenta bancaria vinculada, en cualquier momento.
8.5. Operaciones con las tarjetas bancarias La funcionalidad y las operaciones que actualmente ofrecen las tarjetas bancarias, no se limita al pago y disposiciones de efectivo en los cajeros automáticos, sino que con la aplicación y el desarrollo de las nuevas tecnologías, las funciones se han diversificado de forma considerable. Así pues, la principal función de las tarjetas es servir como medio de pago de bienes y servicios, tanto en los comercios, como actualmente en las compras realizadas a través de Internet. Otra de sus funciones más utilizadas es como medio de disponer de efectivo a través de la red de cajeros automáticos en cualquier parte y a cualquier hora del día.
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Curso Básico De Gestión Financiera A través de la tarjeta, y desde el cajero automático, el titular puede consultar los saldos de la cuenta bancaria asociada a ella, así como los últimos movimientos que se han producido en la misma. También se puede, con la tarjeta y desde el cajero automático, realizar depósitos de dinero en efectivo, generalmente billetes (no monedas) o cheques. El titular de la tarjeta puede realizar recargas de las tarjetas prepago de los teléfonos móviles en su cajero automático, comprar entradas para determinados espectáculos…
8.6. Ventajas e inconvenientes de las tarjetas bancarias Ventajas: •
El ahorro de tiempo que representa disponer de una tarjeta para hacer disposiciones de fondos ya que el titular no tendrá que esperar a que lo atienda el empleado de la oficina bancaria, sino que podrá hacer uso del cajero automático sin esperas, e incluso en las horas en que la oficina bancaria está cerrada.
•
A la hora de hacer compras, ya no es necesario llevar efectivo. De esta manera es más cómodo y seguro, ya que evita el riesgo de robo y permite hacer compras independientemente del importe de dinero en efectivo que disponga en el momento de realizar el pago.
•
Son un medio de pago generalmente aceptado, por lo que cuando el titular viaja, incluso fuera del país, puede pagar sus compras con la tarjeta y realizar disposiciones en los cajeros de la red.
Inconvenientes: •
Existen estudios que indican que las tarjetas favorecen las compras impulsivas. Como no es necesario disponer de dinero en efectivo, en el momento en que el titular de la tarjeta ve algo que le interesa, lo compra de forma inmediata, Si hubiera tenido que ir a buscar el efectivo necesario, quizás, utilizase ese tiempo para reflexionar sobre la adquisición y, al final, no la hiciese.
•
Las tarjetas bancarias, generalmente, no son un servicio gratuito, sino que el titular tiene obligación de pagar anualmente una comisión de mantenimiento de la tarjeta. El importe de la comisión variará en función del tipo
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Curso Básico De Gestión Financiera de tarjeta de que se trate. En las de débito oscilará entre 6 y 15 € y en las de crédito entre 12 y 48 €. En España existen tres grandes redes a las que están adheridas casi todas las entidades financieras que emiten tarjetas bancarias. Estas son Euro 6000, Red Telebanco 4B y Servired. Gracias a la adhesión de las distintas entidades financieras a estas redes, se han puesto a disposición de los clientes una gran cantidad de cajeros automáticos, en los que puede realizar disposiciones de sus fondos, mediante el uso de las tarjetas. Si es en un cajero automático de la entidad financiera a la que pertenece la cuenta asociada a la tarjeta, generalmente, no lleva comisión. Si por el contrario, se realizan disposiciones, en cajeros automáticos, de otra entidad financiera o de una red distinta a la de la tarjeta de crédito, puede llevar asociado el cobro de una comisión por disposición, que dependiendo de la entidad, de la red en la que se realice la disposición y del tipo de tarjeta puede oscilar entre el 2% y el 3% del importe dispuesto o un mínimo determinado por la entidad financiera. En este punto, es importante señalar lo establecido en la orden del Ministerio de Presidencia 1.019, de 24 de Abril de 2003, sobre la transparencia de los servicios bancarios prestados mediante cajeros automáticos, en la que instaura la obligatoriedad de informar al usuario del importe de la comisión y los gastos asociados a la operación seleccionada, antes de realizarla.
9. Factoring 9.1. Concepto El factoring es un servicio administrativo financiero. El factoring es un contrato, entre una empresa y una entidad financiera, en virtud del cual, la primera cede los derechos de cobro generados por su actividad habitual, es decir los créditos concedidos a sus clientes por la venta de bienes y servicios, a la entidad financiera, para que se ocupe de su gestión. Para poder contratar este servicio, la empresa que lo desee, no necesitará tener un tamaño especial, sino que se presta a las empresas que lo soliciten, sin tener en cuenta el volumen de créditos que concede la empresa a sus clientes. Como en el servicio de factoring, la empresa cede a la entidad financiera los créditos concedidos a sus clientes, éstos van a ser siempre a corto plazo, es decir, con un plazo de vencimiento inferior a un año. Para conceder este servicio a las empresas, las entidades
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Curso Básico De Gestión Financiera financieras van a analizar la solvencia de las mismas, para determinar el riesgo asociado a la operación. El servicio de factoring lleva asociados una serie de servicios adicionales de los que la empresa que lo contrata, puede hacer uso, si lo desea. Algunos de estos servicios conforman el servicio en sí, y otros son opcionales. Los servicios que se prestan mediante el factoring son los siguientes: •
La entidad financiera, a la hora de conceder el servicio de factoring a una empresa, va a analizar la solvencia de sus clientes, por lo que ofrecerá a la empresa una clasificación crediticia de sus clientes.
•
La empresa que dispone del servicio de factoring, puede solicitar a la entidad el cobro anticipado de sus créditos concedidos a sus clientes, obteniendo así financiación en un momento necesario para su tesorería, los créditos objeto del factoring, son créditos a corto plazo.
•
Al ceder los derechos de cobro a la entidad financiera, ésta será la encargada de llevar un control, y una contabilidad de las facturas cobradas, las pendientes de cobro, las impagadas, y las posibles incidencias que se puedan producir. De esta forma, la empresa que dispone del servicio de factoring, se ve muy aliviada a la hora de llevar la contabilidad, ya que la entidad financiera, le enviará periódicamente un listado contable de sus operaciones en los créditos concedidos a sus clientes.
•
La entidad financiera que realiza el factoring, se va a encargar de la gestión de los impagados de la empresa cedente de los derechos de cobro. En esta gestión de impagados, se va a encargar de ponerse en contacto con el deudor, y va investigar las causas de demora o impago, y trasladarlas, si lo considera necesario, a la empresa cedente.
•
La entidad ofrece a la empresa cedente, una cobertura del riesgo de insolvencia de sus clientes, por ello analiza su situación. De esta forma, la entidad financiera se hará cargo de las deudas de los clientes, en caso de que el deudor resulte insolvente. Esta cobertura puede llegar a ser hasta del 100% de los créditos concedidos a los clientes.
9.2. Elementos del factoring Para llevar a cabo el servicio de factoring, va a ser necesaria la concurrencia de varios elementos:
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Curso Básico De Gestión Financiera La entidad financiera o entidad factor, es el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, que ofrece el servicio de factoring a las empresas que deseen contratarlo y será la encargada de llevar a cabo las gestiones necesarias para el cobro de los créditos concedidos por su empresa-cliente, de analizar la solvencia de los clientes, de llevar el control y contabilidad de las facturas… La empresa-cliente de la entidad financiera y titular de los derechos de cobro. Ésta empresa será la cedente de los créditos concedidos a sus clientes por la práctica de su actividad habitual. Este servicio no esta destinado a la empresa que no conceda el aplazamiento del pago a sus clientes. Los clientes de la empresa o deudores, que tienen necesariamente una relación comercial con la empresa cedente, y a través del factoring, la entidad financiera se pondrá en contacto con ellos para cobrar las deudas de la empresa cedente. Los deudores están obligados a pagar las deudas contraídas con la empresa cedente, a la entidad financiera o factor, ya que la empresa ha cedido sus créditos a la entidad, perdiendo con ello su derecho a cobro.
EMPRESA CEDENTE
Relación comercial
Cesión de los créditos concedidos a los clientes
ENTIDAD FINANCIERA (ENTIDAD FACTOR)
CLIENTE
Concesión de pago aplazado
Gestión de cobro de los créditos de la empresa
cedente
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9.3. Clases de factoring Vamos a encontrar dos tipos distintos, en función de la cobertura de riesgo de impago que la entidad financiera preste a la empresa cedente: •
Factoring sin recurso: es aquel en el que la entidad financiera va a asumir el riesgo de insolvencia de los clientes, por lo que mediante este servicio, la empresa cedente se asegura el cobro de sus créditos concedidos a sus clientes. Este tipo, en el que la entidad asume el riesgo de los impagados encarece notablemente el coste del factoring. Para aminorar este coste, las entidades financieras, ofrecen a las empresas cedentes la posibilidad de contratar una cobertura de riesgo inferior al 100% de los créditos cedidos.
•
Factoring con recurso: la entidad no asume el riesgo de insolvencia de los clientes, sino que es la empresa cedente la que va a soportar ese riesgo. En el caso de que algún crédito resulte impagado, la entidad financiera podrá actuar contra la empresa cedente, que deberá asumir el pago de los mismos. Esta modalidad se adapta mejor a las necesidades de las pequeñas y medianas empresas, ya que su coste es menor que el factoring sin recurso. La entidad factor reclamará el pago de las deudas contraídas por el cliente de la empresa cedente, y una vez agotado el plazo dado por ésta, podrá iniciar procedimiento judicial contra ellas, siempre con el consentimiento de la empresa cedente. Si la empresa cedente ha cobrado anticipadamente el crédito, haciendo uso de esta posibilidad, y éste resulta impagado, deberá devolver a la entidad financiera el dinero anticipado.
9.4. Costes del factoring El servicio de factoring no es gratuito, sino que lleva una serie de costes asociados, que serán mayores siempre en el factoring sin recurso que en el con recurso, por la cobertura de insolvencias que presta. El coste también dependerá, de si la empresa cedente hace uso o no de la financiación que le ofrece la entidad financiera, adelantando el importe de los créditos. El servicio de factoring va a tener en todos casos, unos gastos de gestión de cobro. Estarán en función del número de facturas que la empresa cedente presente para el cobro, del importe de las mismas, del número de deudores, y del plazo. Los costes de gestión serán menores cuando la empresa cedente presente pocos deudores, con un importe elevado en sus facturas y con pocas facturas, ya que la entidad
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Curso Básico De Gestión Financiera financiera deberá realizar menos gestiones, que si la empresa cedente presenta un número elevado de facturas, de poco importe y de multitud de deudores diferentes. Si la empresa opta por el cobro anticipado de sus créditos, la entidad percibirá una comisión de apertura por formalizar la póliza, y unos intereses sobre los importes de los créditos cobrados por anticipado. El tipo de interés será similar al que la entidad aplica en el descuento comercial, así como los procedimientos de cálculo.
9.5. Ventajas e inconvenientes del factoring Ventajas: •
Como la entidad financiera va a suministrar cumplida información de los cobros, y facturas pendientes, facilita enormemente la llevanza de la contabilidad de la cartera de clientes de la empresa.
•
Al ser la entidad la que realiza la gestión de cobro, la empresa cedente se evita la realización de los trámites necesarios para poder realizar el cobro, así como los gastos que ocasiona de administración (teléfono, correspondencia…)
•
Si la empresa cedente ha contratado factoring sin recurso ha eliminado de su empresa el riesgo por insolvencia de sus clientes, ya que éste es asumido por la entidad financiera. También van a desaparecer de su empresa los créditos impagados.
•
El factoring sin recurso, va a mejorar notablemente la situación financiera de la empresa, ya que el activo realizable (créditos) puede convertirse en activo disponible (dinero efectivo) fácilmente, mejorando así las ratios de liquidez que presenta la empresa.
Inconvenientes: •
Alto coste para la empresa cedente si accede a la financiación que ofrece. Los tipos de interés que se aplican pueden ser, incluso, superiores a los aplicados en el descuento comercial.
•
La empresa cedente en el servicio de factoring va a perder competencias en la política de aplazamientos de los créditos que concede a sus clientes, ya que la entidad factor, va a intervenir en la relación comercial.
•
La empresa cedente pierde contacto con sus clientes, ya que no deberá ponerse en relación con ellos cuando llegue el plazo de vencimiento, sino que será la entidad financiera.
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Curso Básico De Gestión Financiera
9.6. Caso práctico: factoring Cerámicas del Norte S. L. es una empresa dedicada a la fabricación y distribución de diferentes tipos de baldosas. El responsable financiero de la empresa está pensando en solicitar a su entidad, el contrato de factoring. Para ello ha decidido consultar las tarifas, con el fin de realizar una previsión del coste que puede ocasionar dicho contrato en la empresa, y compararlo con el gasto que se lleva hasta ahora. Las tarifas que su entidad financiera le ha ofrecido son las siguientes: C O M I S I Ó N %
Mínimo euros
3,25
15,68 €
3,50
17,45 €
-
85 €
Sobre el nominal de cada crédito cedido, en operaciones con recurso
F A C T O R A J E
Sobre el nominal de cada crédito cedido, en operaciones sin recurso Solicitud de estudio, renovación o ampliación
Por deudor
Cerámicas del Norte, S. L., cuenta en la actualidad con unos 55 clientes, con los que mantiene una relación comercial habitual. El volumen de ventas que realiza es de unos 18.000 € mensuales. Calcula el coste que tendrá para la empresa el contrato de factoring según las tarifas de esta entidad financiera, tanto con recurso como sin recurso. La primera comisión que la entidad financiera va a cobrar a Cerámicas del Norte, S. L., es la de estudio de la solvencia de sus deudores. Esta comisión es de 85 € por deudor, por lo que teniendo en cuenta que el número de clientes de la empresa es de 55, obtendremos el resultado multiplicando el importe por el número de clientes. Comisión estudio 85 € x 55 clientes = 4.675 € Como estamos haciendo una estimación del coste, vamos a calcular el importe de la comisión sobre el total de las ventas del mes, pero debemos tener en cuenta que ésta se aplica sobre cada crédito cedido, y tiene un mínimo que se aplicará, siempre que el importe resultante de imputar el porcentaje sea inferior, por lo que el dato que ahora obtengamos será sólo orientativo.
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Curso Básico De Gestión Financiera Para calcular la estimación del importe de la comisión, multiplicaremos el volumen de las ventas por el porcentaje de la tarifa para cada clase de factoring. Con recurso 18.000 € x 3,25 % = 585 € Sin recurso 18.000 € x 3,50 % = 630 € Esta comisión será mensual, y siempre según el importe de los créditos cedidos, y la comisión de estudio se pagará únicamente en la fecha de contratación del factoring, y según se incorporen nuevos clientes a la empresa. Con estos datos el responsable financiero deberá valorar a cuánto asciende actualmente el coste de gestionar los créditos concedidos, y decidir si le compensa o no contratar el servicio de factoring, teniendo en cuenta las prestaciones que va a recibir, y lo que va a tener que pagar por ellas.
10. Confirming Antes de desarrollar en que consiste este servicio, vamos a puntualizar que el término confirming está registrado por el Banco Santander, pero que actualmente es utilizado por todos en general. Este servicio debe denominarse “factoring proveedor”, pero para distinguirlo con mayor claridad del factoring, que acabamos de ver, lo denominaremos confirming.
10.1. Elementos del confirming Para poder comprender mejor en que consiste el servicio del confirming vamos a identificar primero los elementos que necesariamente intervienen en él. En primer lugar debemos destacar a la empresa emisora del confirming. Ésta es la que contrata con la entidad financiera dicho servicio y, a través de él, va a ceder a la entidad financiera sus pagos pendientes con proveedores, para que la entidad gestione su cobro, como veremos en el siguiente punto. Generalmente, estas empresas suelen ser grandes o medianas, y además presentan un volumen considerable de pagos, tanto en número como en cuantía de los mismos. Necesariamente debe existir una entidad financiera, que va a ser el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito a la que la empresa solicite el servicio de confirming, y a la que va a entregar sus facturas pendientes de pago para que la entidad proceda a su gestión en virtud de dicho servicio.
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Curso Básico De Gestión Financiera Por último, en el servicio de confirming, vamos a encontrar al beneficiario, que es el proveedor de bienes y servicios de la empresa emisora del confirming. Este proveedor mantiene una relación comercial con la empresa emisora y concede un aplazamiento del pago de las facturas por el suministro de bienes y servicios.
10.2. Concepto y funcionamiento Confirming es un servicio administrativo financiero, que consiste en la gestión, por parte de la entidad, de los pagos de la empresa emisora, a sus proveedores, ofreciéndole a éstos la posibilidad de cobrar las facturas antes de su vencimiento mediante el anticipo de su importe. El servicio de confirming debemos analizarlo desde dos puntos de vista distintos: el de la empresa emisora y el del beneficiario, ya que para éste, el confirming puede suponer una forma de obtener financiación si decide solicitar a la entidad financiera el pago de las facturas pendientes antes del vencimiento de las mismas. Gracias al servicio de confirming, la empresa emisora ya no va a utilizar cheques, transferencias, o letras de cambio para pagar a sus proveedores, sino que a través de soportes informáticos, enviará a la entidad financiera con la que ha contratado el confirming, una relación de las facturas que tiene pendientes de pago. En esta relación, la empresa incluirá datos referentes al proveedor para que la entidad pueda proceder al cobro, datos referentes a la factura (fecha de emisión, número…), y sobre todo el importe de la factura y la fecha de pago acordada con el proveedor. Una vez que obren en poder de la entidad los datos de los proveedores, ésta se pondrá en contacto con ellos para comunicarles que su cliente ha contratado el servicio de confirming, y que ella (la entidad) procederá al pago de sus facturas a la fecha de vencimiento. Cuando la entidad comunica al proveedor, que su cliente ha hecho uso del servicio de confirming, también le ofrece la posibilidad de efectuarles el pago de las cantidades pendientes por anticipado. El proveedor que opte por el cobro anticipado de sus facturas, recibirá del banco, el importe de la factura, menos las comisiones y los intereses generados por el cobro anticipado. A diferencia del descuento de efectos, el riesgo de la operación, es decir, que llegada la fecha de vencimiento de la deuda el cliente no haga frente al pago, en el caso del confirming, lo asume el banco y no el proveedor como sucedía en el caso del descuento. Así que, en caso de impago por parte del cliente, el banco sólo podrá realizar acciones contra el cliente deudor o entidad emisora, y no podrá reclamar al proveedor beneficiario del confirming, que ya ha cobrado su deuda.
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Curso Básico De Gestión Financiera Como vemos, para la empresa “proveedor”, el servicio confirming contratado por su cliente puede convertirse en un medio de financiación de su tesorería, ya que se trata de créditos concedidos a sus clientes a corto plazo. La diferencia para el proveedor entre el confirming y el descuento, radica en que el primero ha de ser contratado por su cliente, y el banco se pondrá en contacto con el proveedor para comunicarle que tiene sus facturas y que puede proceder, si así lo desea, al cobro anticipado; mientras que en el descuento, la empresa “proveedor” será la que se pondrá en contacto con el banco, le presentará sus derechos de cobro sobre clientes, y le comunicará su intención de efectuar el cobro por anticipado de los créditos pendientes de su cliente.
Proveedor (Beneficiario del confirming)
Relación económica
Cliente (Emisor del confirming)
Concesión de pago aplazado
Cobro de los créditos concedidos, bien anticipado o en la fecha de vencimiento
Contratación de servicio de confirming
Entidad financiera
Comunicación de contratación de confirming por su cliente
Si analizamos la posición de la entidad emisora del confirming, podemos observar que ésta también puede utilizar el servicio de confirming como un medio de obtener financiación, ya que la entidad financiera le va a ofrecer tres alternativas para hacer frente al pago de las facturas cedidas a través del servicio. La primera ofrece al cliente emisor del confirming, el pago de sus facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento de las mismas. Si la empresa emisora opta
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Curso Básico De Gestión Financiera por esta alternativa, el banco le descontará los intereses por descuento financiero de los días de anterioridad en los que ha realizado el pago. La segunda opción de que dispone la empresa-cliente es el pago a la fecha de vencimiento. Como generalmente son un gran número de facturas, y por tanto de vencimientos, y éstas son enviadas a la entidad financiera en remesas 2, la entidad calculará una fecha de pago, como fecha de vencimiento de la remesa. De esta forma, no hará falta atender al pago de cada factura en su vencimiento, sino que se hace de forma conjunta. Por último, la entidad ofrece la financiación de las compras realizadas por la empresa emisora del confirming posponiendo el pago de las facturas de los proveedores. Esta financiación la ofrece la entidad a la empresa emisora del confirming y no interviene para nada el proveedor, ni se ve afectada su relación comercial, por que recordemos que el proveedor ha podido cobrar su factura con anterioridad a la fecha de vencimiento, o cobrarla a la fecha pactada con su cliente. Si la empresa emisora del confirming decide hacer uso de la financiación que le ofrece la entidad, deberá pagar en la nueva fecha que pacte con el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, el importe de las facturas aplazadas más los intereses generados por esa demora.
10.3. Diferencias entre confirming y factoring Mediante el servicio de factoring la empresa va a ceder a la entidad financiera sus derechos de cobro frente a sus clientes, mientras que en el servicio de confirming, la empresa cedente encarga a la entidad el pago de sus facturas pendientes con sus proveedores. La posición de la empresa que contrata el servicio es diferente en cada caso. El factoring, es un servicio que contrata una empresa en calidad de proveedor, en la relación comercial; mientras que el contrato de confirming lo hace una empresa en su posición de cliente, para que la entidad le gestione sus pagos pendientes. En ambos servicios está presente el riesgo de insolvencia e impagados de las relaciones comerciales. En el servicio de factoring, la entidad financiera va a analizar el riesgo de que los créditos concedidos por la empresa resulten impagados, mientras que en el servicio de confirming, el riesgo que la entidad va a analizar, es el de que la empresa emisora no haga frente a su obligación de pago. Por lo tanto en el factoring, la entidad financiera analizará la solvencia de un mayor número de empresas, que en 2
Remesa: conjunto de facturas de diferentes clientes o proveedores, que se envían en bloque a la entidad financiera
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Curso Básico De Gestión Financiera el confirming, ya que deberá tener en cuenta toda la cartera de clientes de la empresa contratante del confirming. En el servicio de factoring, la entidad financiera va a ser la encargada del cobro de los créditos concedidos por su empresa cliente, mientras que en el servicio de confirming la entidad deberá pagar en nombre de su cliente. El servicio de factoring suele incluir cláusulas de exclusividad y globalidad, que obligan a la empresa contratante a la cesión de la totalidad de los créditos concedidos a sus clientes, mientras que en el confirming, el cliente no tiene la obligación de entregar todas las facturas pendientes de pago, ni siquiera las del mismo proveedor, sino que puede ir cediendo a su voluntad o según sus necesidades. Factoring Derechos de cobro A iniciativa del proveedor Riesgo insolvencia de clientes Cobro Totalidad de créditos
Confirming Facturas pendientes de pago A iniciativa del cliente Riesgo insolvencia de la empresa emisora Pago Pagos que la empresa desee
10.4. Ventajas e inconvenientes del confirming Como la empresa puede estar en dos situaciones diferentes frente al servicio de confirming, vamos a analizar las dos posibilidades. Para le empresa emisora del confirming, las ventajas que este servicio le va a proporcionar son las siguientes: •
La empresa emisora del confirming verá incrementada su capacidad de negociación con los proveedores, ya que mediante este servicio les garantiza una liquidez inmediata, si así lo desean.
•
Además mejora la solvencia ante el proveedor, ya que, aunque la empresa tenga dificultades de pago, éstas no llegan hasta el proveedor, sino que será la entidad financiera la que ofrezca esa financiación adicional que la empresa necesita.
•
El servicio de confirming, va a facilitar la llevanza de la contabilidad de la empresa emisora, y evitará trámites, ya que ya no será necesario pagar a cada proveedor, sino que, mediante un único pago a la entidad financiera, quedará saldada toda una remesa de facturas.
Para el beneficiario del confirming, el servicio presenta, entre otras, las siguientes ventajas:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Obtener financiación inmediata, adelantando el cobro de los créditos comerciales concedidos.
•
Ver simplificado notablemente el proceso administrativo que normalmente debe llevar a cabo para cobrar las facturas de sus clientes.
•
Ver mejorada su posición financiera, debido que, a diferencia del descuento de efectos en los que debe responder si el cliente no lo hace, en el caso del confirming, puede darlos de baja definitivamente.
10.5. Caso práctico: confirming desde la empresa cedente Para gestionar sus pagos con mayor comodidad y sin necesidad de realizar las gestiones desde la misma empresa, Ordenadores y procesadores, S. L., ha contratado el servicio de confirming con su entidad financiera habitual. Ésta mediante su asistencia, realiza y gestiona todos los pagos de Ordenadores y procesadores, S. L., a cambio de una comisión que es del 2,5 % sobre el importe de la factura y que tiene un importe mínimo de 5 €, de tal manera, aunque el monto al aplicar el porcentaje sea menor. Los importes de las facturas que Ordenadores y procesadores, S. L. ha cedido este mes a su entidad financiera, a través del servicio de confirming, han sido las siguientes: Fecha 02-may 09-may 09-may 10-may 10-may 12-may 13-may 15-may 15-may 19-may 19-may 20-may 22-may 25-may 26-may 30-may 31-may
Importe 256,14 € 1.251,15 € 2.365,25 € 963,20 € 236,50 € 478,25 € 6.985,21 € 62,47 € 632,14 € 587,41 € 58,47 € 569,24 € 852,14 € 2.354,15 € 741,25 € 852,00 € 257,36 €
Para calcular el importe de la comisión que Ordenadores y procesadores, S. L. deberá pagar a su entidad financiera por el servicio de confirming en el mes de mayo, deberemos multiplicar el importe de cada factura por la tarifa marcada para la comiUnidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera sión, es decir, 2,5 %. Si el importe resultante es menor que el mínimo establecido, le aplicaremos éste. Fecha factura
Importe
Comisión
02-may 256,14 € 6,40 € 09-may 1.251,15€ 31,28 € 09-may 2.365,25€ 59,13 € 10-may 963,20 € 24,08 € 10-may 236,50 € 5,91 € 12-may 478,25 € 11,96 € 13-may 6.985,21€ 174,63 € 15-may 62,47 € 5,00 € 15-may 632,14 € 15,80 € 19-may 587,41 € 14,69 € 19-may 58,47 € 5,00 € 20-may 569,24 € 14,23 € 22-may 852,14 € 21,30 € 25-may 2.354,15€ 58,85 € 26-may 741,25 € 18,53 € 30-may 852,00 € 21,30 € 31-may 257,36 € 6,43 € Total comisión 494,53 €
10.6. Caso práctico: confirming posición del beneficiario La empresa Computer S. L. es proveedora habitual de ordenadores y procesadores, y este mes le han vendido equipos por valor de 2.354,15 €. La fecha de emisión de la factura es el 25 de mayo, y el plazo de vencimiento es a 90 días. La entidad financiera de Ordenadores y procesadores, ha comunicado a Computer S. L. que la factura obra en su poder y que forma parte del contrato de confirming, y que si lo desea, puede cobrar su factura anticipadamente. Para el cobro anticipado, Computer S. L. deberá pagar a la entidad financiera el importe de los intereses por los días de anticipo, más una comisión. El tipo de interés que la entidad va a aplicar por el pago anticipado es del 6,25 %, y la comisión es del 1,5 %, con un mínimo de 15 €. Calcula cuánto le va costar a Computer S. L. el cobro anticipado de su factura, si la hace efectiva el 1 de junio. Para calcular los intereses que la entidad financiera va a descontar, procedemos igual que en el caso del descuento.
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Días de descuento 25 de mayo a 90 días 23 de agosto
•
Si el día que la hace efectiva es el 1 de junio, los días de descuento son 23 de agosto – 1 de junio = 83 días
•
Interés 2.354,15 x 6,25 % x (83 /360) = 33,92 €
•
Comisión 2.354,15 x 1,5 % = 35,31 €
11. Otros servicios 11.1. Cambio de divisas Vamos a entender por divisas los cheques, letras de cambio y otros documentos análogos, así como depósitos en cuentas o cualquier otra operación de cobro o pago, expresado en moneda extranjera. Las entidades financieras ofrecen la posibilidad de cambio de la moneda extranjera, a moneda nacional y viceversa, generalmente con el cobro de una comisión. Con la entrada en vigor de la moneda única, este servicio ya no es necesario para operar con los países de la zona euro, así las empresas que tienen relación con dicha zona, han vistos reducidos sus costes en las transacciones comerciales ya que estas operaciones de cambio de moneda suelen llevar aparejadas el cobro de comisiones.
11.1.1. Caso práctico: divisas El director de la empresa Jamón Serrano, S. L., va a realizar un viaje a Canadá, a fin de promocionar en ese país sus productos. Además de llevar consigo sus tarjetas de crédito, ha considerado oportuno llevar cierta cantidad de dinero en efectivo, para cubrir posibles eventualidades que puedan ocurrir. Para disponer de dólares canadienses acude al Banco Mentor, para que le cambien 1.000 euros a dólares. Teniendo en cuenta que el dólar canadiense está a 1,3726 €, y que el banco le va a cobrar una comisión del 0,95 %, con un mínimo de 6 €, calcula cuántos dólares canadienses va a recibir el director de Jamón Serrano, S. L., y cuál será el coste de la comisión que va a aplicar el banco por realizar la operación. •
Si 1 $ cuesta 1,3726 € y 1 € vale 0,7285 $
•
Dólares = 1.000 x 0,7285 =728,5 $
•
Comisión = 1.000 x 0,95% = 9,5 €
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11.2. Declaración y Liquidación del IRPF Las entidades financieras, sobre todo las cajas de ahorro, en los últimos años, ofrecen a los particulares la posibilidad de confeccionarles los impresos de declaración y liquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas. No es un servicio que las entidades ofrezcan al público en general, sino que va dirigido a un segmento en concreto, que suelen ser los trabajadores por cuenta ajena, y los pensionistas. Para poder acceder a este servicio, el cliente deberá aportar a la entidad financiera toda la información y documentación que ésta necesite, a fin de determinar el importe de la liquidación del impuesto. Las entidades que prestan este servicio, suelen presentar un impreso al contribuyente para que lo firme, en el que hacen constar, que han realizado la liquidación en base a la documentación aportada por el titular, y eximiéndose de responsabilidades por la omisión o incorrección de la información suministrada por el cliente.
11.3. Recarga de móviles Es un servicio accesorio al de las tarjetas bancarias y de la banca online. A través de estos dos servicios, las entidades financieras ofrecen al titular la recarga de los teléfonos móviles con tarjeta de prepago, imputando en su cuenta bancaria el importe de la misma. De esta forma, al usuario de este tipo de teléfonos le resulta mucho más cómodo realizar las recargas, ya que puede hacerlo desde casa a través de la banca online. Es un servicio disponible para todas las compañías de telefonía que operan en España.
11.4. Recaudación para organismos oficiales Las entidades financieras actúan como intermediarias entre las distintas administraciones y los contribuyentes. Éstos presentan en las entidades financieras los impresos oficiales correspondientes de las distintas liquidaciones de impuestos (IRPF, declaraciones trimestrales…), y la entidad los remitirá al organismo correspondiente. Además de la entrega de documentación, las entidades actúan de recaudadoras, ya que van a cargar en la cuenta del cliente el importe resultante de su liquidación. Posteriormente, las entidades entregarán el dinero recaudado al organismo correspondiente. Este servicio presenta una gran ventaja para los contribuyentes, ya que de esta forma no es necesario acudir al organismo en cuestión, sino que en su entidad financiera habitual puede realizar los trámites necesarios para estar al día de sus obligaciones fiscales, evitando de esta manera desplazamientos y esperas.
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Curso Básico De Gestión Financiera Por este servicio las entidades financieras no van a cobrar ninguna comisión a los usuarios.
11.5. Cajas de seguridad Las cajas de seguridad son un servicio por el cual la entidad bancaria concede al cliente, a cambio del pago de un alquiler, el uso de una caja de seguridad o un compartimento acorazado, situado en un espacio del banco, vigilado y custodiado por él, El titular podrá guardar en la caja de seguridad aquellos objetos que necesiten mayor seguridad, como joyas, documentos, títulos… El contrato de alquiler de la caja de seguridad, se va a celebrar necesariamente por escrito, y de él, se van a derivar obligaciones para la entidad que custodia la caja y para el titular que deposita sus objetos en ella. Mediante el contrato de alquiler de cajas de seguridad, la entidad financiera queda obligada a su custodia, y al mantenimiento idóneo tanto de los locales, como de las mismas cajas, así como a facilitar el acceso a su titular en el horario establecido. La entidad deberá comprobar la identidad de la persona que quiere acceder al contenido de la caja, y verificar que, en efecto, se trata del titular del contrato de alquiler. La entidad no podrá acceder al contenido de las cajas, salvo que existan fundadas sospechas de que puedan contener objetos peligrosos, o que éstos sean objeto de comercio ilícito. En tal caso, para proceder a la apertura de una caja por parte de la entidad y sin la autorización del titular, se requerirá la presencia de un notario. Por su parte, el cliente que alquila una caja de seguridad se obliga a pagar el alquiler establecido por la entidad según el tipo de caja, y a utilizarla de forma diligente. Además el titular tiene obligación de identificarse para acceder al contenido de la misma, y de firmar en el libro registro del que dispone la entidad, haciendo constar la hora y la fecha en la que tiene lugar el acceso a la caja. A la finalización del contrato de alquiler, el cliente deberá llevarse el contenido depositado y devolver a la entidad la llave de la caja.
11.5.1. Caso práctico: cajas de seguridad El Banco Mentor, pone a disposición de sus clientes cajas de seguridad, donde poder depositar objetos de valor. Las ofrece en régimen de alquiler, y existe la posibilidad de elegir entre diferentes tamaños, según el volumen de los objetos a depositar.
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera Las tarifas vigentes en el Banco Mentor son las siguientes: Comisión Concepto
Tasa euros
Mínimo euros
150 €
-
8€
60 €
10 €
65 €
3€
-
Fianza Por decímetro cúbico y año o fracción Alquiler de caja
Personas jurídicas Por decímetro cúbico y año o fracción Personas físicas Precio por visita
Jorge M. ha alquilado una caja en el Banco Mentor, para guardar unos documentos importantes de la empresa. El volumen de la caja es de 15 decímetros cúbicos. Calcula el importe de la comisión que pagará por disponer de la caja. Comisión 8 € x 15 dm3 = 120 € anuales
11.6. Tramitación de ayudas agrícolas (PAC) Las entidades financieras vienen prestando el servicio de tramitación de la documentación necesaria para la prestación de la PAC (Política Agraria Comunitaria) por parte de las explotaciones agrarias. Con este servicio las entidades ayudan al titular a tramitar los documentos necesarios para la obtención de las subvenciones, y a cambio, se aseguran la captación de esos fondos, mediante la domiciliación de estas ayudas en la cuenta bancaria del titular.
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera
CONCEPTOS IMPORTANTES SERVICIOS FINANCIEROS BANCARIOS
Domiciliación bancaria: es un servicio en virtud del cual el cliente de una entidad bancaria, le da orden de atender el cobro o pago de diferentes conceptos, compensándolos en su cuenta bancaria (corriente o de ahorro), bien sean abonos o cargos. Transferencias bancarias: son un medio de pago, a través del cual, el titular de desplaza unos fondos de una cuenta bancaria a otra. Ordenante de la transferencia: es la persona que da el mandato a la entidad de transferir fondos a favor del beneficiario de la operación. Beneficiario de la transferencia: es la persona, física o jurídica, titular de la cuenta en la que se van a ingresar los fondos objeto de la transferencia. Traspaso: transferencia de fondos entre cuentas bancarias del mismo titular y de la misma entidad financiera. Terminal Punto de Venta (TPV): son unos dispositivos electrónicos, que pueden disponer los comercios, en los que se efectúan las correspondientes comprobaciones y autorizaciones previas a la aceptación de la tarjeta bancaria como pago de la transacción realizada. Banca telefónica: servicio que consiste en ofrecer al cliente la posibilidad de realizar diversas operaciones bancarias a través del teléfono y un operador especializado contratado para este fin. Banca online: servicio mediante el cual un cliente puede realizar diversas gestiones bancarias a través de Internet. Tarjetas bancarias: instrumento bancario realizado en plástico que incorpora una banda magnética, y que permite al titular el pago de sus compras, así como la realización de operaciones a través del cajero automático. Personal Identification Number (PIN): es un código de 4 dígitos asociado a la tarjeta bancaria, que, únicamente, debe conocer el titular de la tarjeta, por razones de seguridad. Este código es requerido por los cajeros automáticos para realizar disposiciones de efectivo. Tarjeta de débito: es aquella tarjeta bancaria en la que tanto los pagos como las retiradas de efectivo se descuentan automáticamente de la cuenta bancaria a la que está asociada. Tarjeta de crédito: es aquella tarjeta bancaria con la que se pueden realizar tanto pagos como retiradas de efectivo, aunque no disponga de fondos suficientes en la cuenta bancaria, ya que el cargo no es inmediato. Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera Factoring: es un servicio administrativo financiero que prestan las entidades a las empresas, de manera que éstas ceden a favor de la entidad la gestión y derechos de cobro. Confirming: es un servicio administrativo financiero, que consiste en la gestión, por parte de la entidad financiera, de los pagos de la empresa emisora, a sus proveedores, ofreciéndole a éstos la posibilidad de cobrar las facturas antes de su vencimiento mediante el anticipo de su importe.
Unidad 4. Los servicios financieros bancarios
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Curso Básico De Gestión Financiera
UNIDAD 5 EL CONTRATO DE SEGURO 1. La actividad aseguradora.................................................................................................... 192 2. Elementos y características del contrato de seguro ........................................................... 193 2.1. Definición y características. ......................................................................................... 193 2.2. Elementos personales del contrato de seguro ............................................................ 194 2.2.1 El asegurador ..................................................................................................... 194 2.2.2 El tomador .......................................................................................................... 195 2.2.3 El asegurado ...................................................................................................... 195 2.2.4 El beneficiario ..................................................................................................... 195 2.3. Elementos reales del contrato de seguro .................................................................... 195 2.3.1. Riesgo ............................................................................................................... 195 2.3.2. Objeto ................................................................................................................ 197 2.3.3. Prima…………………………………………………………………………………..198 2.3.4. Siniestro............................................................................................................. 200 2.3.5. La indemnización .............................................................................................. 202 2.4. Elementos formales del contrato de seguro ................................................................ 202 2.4.1. Póliza ................................................................................................................. 202 2.4.2. Cartas de garantía. ............................................................................................ 204 2.4.3. Apéndices .......................................................................................................... 204 2.4.4. Recibos .............................................................................................................. 205 2.4.5. Franquicia .......................................................................................................... 205 2.4.6. Periodo de carencia .......................................................................................... 206 3. Otros conceptos aseguradores ........................................................................................... 206 3.1. Reaseguro ................................................................................................................... 206 3.2. Coaseguro ................................................................................................................... 207 3.3. Infraseguro ................................................................................................................... 209 3.4. Sobreseguro ................................................................................................................ 210 4. Caso práctico: seguro agrario ............................................................................................. 210
OBJETIVOS Saber identificar los principales elementos del contrato de seguro: personales, reales y formales. Conocer las diferencias entre coaseguro y reaseguro Distinguir entre el contrato de infraseguro y de sobreseguro.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera
La actividad aseguradora La actividad aseguradora surge de la fragilidad y vulnerabilidad intrínsecas del ser humano. Las personas por naturaleza somos frágiles, y estamos expuestas a un sinfín de riesgos que provocan sensaciones de incertidumbre acerca del futuro, e inseguridad. La sensación de inseguridad no sólo afecta a la vida de las personas en cuanto a su salud, sino también a los bienes que éstas poseen, a su capacidad de generar ingresos, o a la posibilidad de contar con ellos en un futuro. La actividad aseguradora tiene como principal objetivo proporcionar protección financiera a las personas, frente a los riesgos y las consecuencias que éstos pueden generar, en su vida o en su patrimonio. Lo que hace, es disminuir el temor ante la incertidumbre y los riesgos que amenazan la vida y el patrimonio de las personas, previendo consecuencias, y tratando de paliarlas. En ningún caso el seguro puede eliminar el riesgo, únicamente, amortiguar sus posibles consecuencias. La potestad de contratación de un seguro no es exclusiva de las personas físicas, sino que las jurídicas, también lo pueden contratar. Como vemos, la actividad aseguradora, nace de la posibilidad de que ocurra un suceso, que origine unas necesidades económicas en la persona física o jurídica, que lo padezca. A medida que el desarrollo económico de una sociedad aumenta, la actividad aseguradora también se ve incrementada, ya que también aumenta la necesidad de proteger el desarrollo y bienes conseguidos, así como la sensación de incertidumbre e inseguridad frente a los posibles riesgos. Esta afirmación puede comprobarse a través de dos indicadores principalmente: la tasa de penetración y la tasa de densidad. La primera se obtiene dividiendo el importe de las primas brutas, entre el producto interior bruto del país, y la tasa de densidad de la actividad aseguradora se mide, dividiendo el número total de primas entre el número total de habitantes. La actividad aseguradora, nace para hacer frente a los posibles riesgos que amenazan tanto la vida como el patrimonio de las personas, pero, no es la única forma, sino que existen otras para paliar o prevenir las consecuencias de estos riesgos: •
La asunción del riesgo: no todas las personas actúan frente a los posibles riesgos a los que están expuestos, sino que, hay quien toma una actitud de indiferencia ante las posibles eventualidades que pueden surgir, tanto en la
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera vida, como en su situación patrimonial, y no toman medidas para combatirlos. •
El ahorro: es la técnica que consiste en conservar parte de la renta de las personas físicas o jurídicas, a la formación de un capital, con el que hacer frente a las consecuencias negativas de la materialización del riesgo. Esta técnica tiene la desventaja de que nunca se sabe cuando el capital ahorrado es suficiente para afrontar la posible situación adversa, y aun con todo, siempre puede ser poco.
•
Medidas de prevención para reducir la posibilidad que ocurra el suceso, por ejemplo, comprar un coche con elementos de seguridad tales como el freno con tecnología abs o materiales ignífugos. Son medidas que suelen tener un alto coste y no garantizan la eliminación del riesgo.
•
Medidas de aminoración de consecuencias que se toman para aliviar la gravedad que pudiera tener el accidente, éstas son, por ejemplo, los extintores, los airbag o los sistemas contra incendios. Estas medidas tampoco pueden garantizar su eficacia, al cien por cien, es decir, únicamente pueden atenuar las consecuencias, no evitarlas.
1. Elementos y características del contrato de seguro 1.1. Definición y características Para acometer los posibles problemas económicos que puedan presentarse en un futuro, derivados de los riesgos presentes, nace el contrato de seguro. Es la forma más perfecta y eficaz para la cobertura de los riesgos, de forma que los riesgos individuales, se transforman en colectivos, y se transfieren a una organización (aseguradora), que está estructurada y preparada técnica y operativamente, para garantizar una compensación, caso de que el riesgo se materialice. Los seguros tienen carácter voluntario, uno es libre de asumir el riesgo de lo que pueda pasar o no, y salvo excepciones (seguro obligatorio de vehículos, seguro del cazador, etc.) nadie puede exigir suscribir un seguro. El artículo 1 de la Ley de Contratos de Seguro (LCS) establece que: El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera De la anterior definición y de la personalidad del contrato de seguro podemos enunciar las siguientes características: •
Bilateral: porque de él nacen obligaciones para las dos partes, para la aseguradora, que va a tener la obligación de indemnizar al asegurado en caso de siniestro, y para el asegurado, que a través del contrato de seguro, va a tener la obligación de pagar las primas al asegurador.
•
Aleatorio: la obligación de pagar que tiene el asegurador nace fruto del azar, es decir, que queda supeditado a la ocurrencia del siniestro. El asegurado cubre el riesgo de un accidente de naturaleza incierta.
•
Escrito: según el artículo 5 de la Ley, el contrato de seguro y sus modificaciones deberán ser formalizados por escrito. El documento en el que se formaliza el contrato de seguro se denomina póliza.
•
De buena fe: el contrato se basa en la buena fe de que el asegurado no intentará enriquecerse a costa del seguro y de que la aseguradora cargará con los daños en caso de accidente.
•
De masa: los seguros se contratan de forma masiva para que las aseguradoras puedan acarrear los costes en el caso de siniestro.
•
Oneroso: puesto que ambos contratantes pretenden obtener una contraprestación económica (la prima y la indemnización).
1.2. Elementos personales del contrato de seguro 2.2.1 El asegurador Es la persona jurídica que se dedica a asumir riesgos ajenos obligándose a indemnizar lo estipulado en la póliza y en las condiciones que se indica mediante la percepción de un precio llamado prima. Podrán ejercer la actividad aseguradora las personas jurídicas que opten por alguna de las formas previstas por la ley (sociedades anónimas, mutuas...), éstas además deberán disponer de un capital social suficiente para ser considerada una empresa solvente y dedicarse, únicamente, a la actividad aseguradora. El asegurador tiene el derecho, entre otros, de cobrar la prima del seguro, pedir información sobre las personas o cosas que se aseguren, o de no pagar la indemnización cuando el asegurado haya falseado las características del sujeto asegurado o del propio siniestro.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera Por otro lado, el asegurador tiene la obligación de pagar antes de 40 días, desde que recibió el parte de siniestro, los capitales o rentas que hubiera prometido.
2.2.2 El tomador Es la persona física o jurídica que en nombre propio o de terceras personas contrata y firma una póliza de seguros. Contrae las obligaciones allí establecidas, especialmente el pago se la prima. El tomador deberá, además de pagar las primas, informar fielmente de las características del objeto o persona asegurada, así como de los cambios que éstos vayan teniendo, también informará de las circunstancias de los posibles siniestros y hará todo lo posible para suavizar las consecuencias de los mismos. El tomador podrá exigir al asegurador el pago de la indemnización en caso de siniestro y la reducción de las cuotas en el caso que se reduzca el riesgo de siniestro.
2.2.3 El asegurado Es la persona física o jurídica cuyos bienes o persona están sometidos al riesgo, el que sufre un perjuicio económico en caso de que sus bienes resulten dañados o la persona cuya vida o integridad física están aseguradas. El asegurado es la primera persona que tiene interés en que no ocurra el siniestro. El asegurado podrá coincidir con el tomador, en ese caso hablaremos de tomador por cuenta propia; si es una persona distinta sería tomador por cuanta ajena.
2.2.4 El beneficiario Es la persona física o jurídica, designada en la póliza, para que en caso de que se materialice el riesgo, reciba la indemnización prevista en la póliza. Suele coincidir con el asegurado, si bien en los contratos de vida se suele nombrar como beneficiario a la persona que vería mas afectada su situación económica, que suelen ser hijos o cónyuge del asegurado.
1.3. Elementos reales del contrato de seguro 1.3.1. Riesgo Vamos a denominar riesgo a la probabilidad que existe de que ocurra una circunstancia por azar, que conlleve consecuencias dañosas para las personas o para los bienes. La palabra lleva implícita consecuencias negativas y cuando se materializa, en forma de siniestro, sus consecuencias son desfavorables para quien lo sufre.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera Con que el riesgo tiene consecuencias negativas queremos decir que una persona no tiene el riesgo que le toque la lotería o que le concedan una vivienda de protección oficial, ya que estos eventos tendrían consecuencias positivas, sin embargo, una persona tiene el riesgo que al ir caminando por la calle le caiga una maceta en la cabeza, o de quedarse sin empleo o de tener un accidente de tráfico… Todos estos casos tienen consecuencias negativas para el afectado y, en algunos casos, también para terceras personas. Las personas acuden a las aseguradoras para paliar las consecuencias económicas desfavorables que tendrían si estos hechos o riesgos, llegan a materializarse. No todos los riesgos a los que estamos sometidos son susceptibles de ser asegurados. Para que pueda ser asegurable, debe reunir una serie de características: •
Posible: probabilidad de que ocurra el suceso objeto del seguro, es decir, que el hecho debe poder suceder. Sería absurdo hacer un seguro sobre un riesgo que es imposible que ocurra, por ejemplo, que se queme el mar.
•
Incierto o aleatorio: existir incertidumbre sobre si ocurrirá o no, y si se tiene certeza de que va a ocurrir, se desconoce cuando ocurrirá. No tendría sentido hacer un seguro de un riesgo que no va a ocurrir nunca.
•
Futuro: debe hacer referencia al futuro, en ningún caso, podrá asegurarse un riesgo del que ya se ha producido el siniestro. No podemos hacer un seguro contra incendios cuando se nos ha quemado la casa, sino que lo hacemos para que, en el caso de que en un futuro se nos queme la casa, el seguro nos compense por la pérdida.
•
Fortuito: el suceso debe producirse por el efecto del azar y no por la voluntariedad del asegurado.
Ahora bien, para que los riesgos puedan ser asegurables es necesario que cumplan las siguientes condiciones: •
Que exista un interés por parte del asegurado, ya que sólo aseguraremos lo que queremos mantener, nos produce algún beneficio o satisfacción.
•
Que se pueda valorar económicamente.
•
Que todo el mundo tenga la misma posibilidad de riesgo.
•
Que el asegurado no se beneficie.
•
Que sea susceptible de trato estadístico.
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Concreto, ha de poder ser valorado cuantitativa y cualitativamente.
•
Accidental e inevitable.
Atendiendo a la naturaleza de los riesgos, los podemos clasificar en tres grandes grupos: •
Riesgos materiales: son aquellos que atañen a los bienes tangibles que poseen las personas, por ejemplo, el coche, la vivienda o el mobiliario de la oficina.
•
Riesgos patrimoniales: son los que afectan a la responsabilidad que una persona tiene sobre sus actos, por ejemplo, los profesionales; un médico o un abogado, en su profesión, tienen el riesgo de equivocarse y causar perjuicio a terceras personas.
•
Riesgos personales: son aquellos que atañen a la salud, a la vida o a la integridad física o psíquica de las personas.
1.3.2. Objeto El objeto asegurado es el elemento que se encuentra expuesto al riesgo cubierto por el seguro. Por ejemplo, en el seguro contra robo del hogar, el objeto asegurado, son los bienes y enseres que están en la vivienda, mientras que, en un seguro de vida, el objeto asegurado, es la propia vida o la integridad física de la persona. El objeto asegurado tiene que tener una valoración económica. Ésta puede variar a lo largo de la duración del contrato de seguro. En los seguros contra daños materiales, el valor se calcula mediante criterios objetivos, es decir, el que tienen las cosas en el momento de la contratación del seguro, mientras que en los seguros de personas se utilizan cantidades fijas pactadas previamente ya que no se puede realizar una valoración objetiva de la vida. La Ley del Contrato de Seguro, en el supuesto de los seguros contra daños, prohíbe que el asegurado obtenga un enriquecimiento a costa del seguro, de tal forma que el daño habrá de estimarse de acuerdo al valor real que la cosa asegurada tenga en el momento inmediatamente anterior al hecho del siniestro. Prácticamente todo puede ser objeto asegurado, desde la rodilla de Ronaldo o la moto de Pedrosa, hasta la voz de Pavarotti o las piernas de Jennifer López. El único requisito, indispensable, es que exista alguien que, con un interés económico, se vería afectado en caso de que el objeto asegurado sufriera un daño.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera
1.3.3. Prima Es el importe monetario que paga el tomador al asegurador como contraprestación al riesgo que éste asume, así como por la obligación de indemnizar, a la que el asegurador queda sujeto, en caso de que ocurra el siniestro previsto en la póliza. El pago de la prima es la principal obligación que asume el tomador del seguro cuando suscribe el contrato, de tal manera que hasta que el tomador no ha realizado el pago, el contrato no es válido. Además, en el caso que se produzca un impago de las primas acordadas, el artículo 15 de la Ley del Contrato del Seguro establece las siguientes consecuencias: •
Si la primera prima no ha sido pagada el asegurador tiene el derecho a resolver el contrato o a exigir por vía judicial que se le pague el dinero que se le adeuda.
•
Si la primera prima no ha sido pagada antes que se produzca el siniestro, la compañía queda exonerada de su obligación a indemnizar.
•
En caso de falta de pago de segundas o posteriores primas periódicas, la cobertura queda suspendida trascurrido un mes desde el vencimiento de la prima impagada; dicho periodo recibe el nombre de mes de gracia.
La única fuente de ingresos de las compañías de seguros, son las primas que cobran a sus clientes, por los contratos de seguros que tienen suscritos. Las entidades aseguradoras, al igual que cualquier otra empresa, incurren en una serie de gastos necesarios para llevar a cabo su actividad. Estos son gastos de personal, suministros, publicidad, alquileres,… más los propios de la actividad aseguradora, es decir, las indemnizaciones que tienen que realizar en caso de siniestro. El importe que las aseguradoras perciben como contraprestación de los seguros, debe tener en cuenta todos estos gastos, de tal manera, que una pequeña parte de la prima, estará destina a financiar la propia gestión de la empresa. Si tenemos en cuenta el componente de la prima, podemos distinguir: •
Prima pura: es la valoración económica que se determina en función de la posibilidad o probabilidad que existe de que se produzca el siniestro. Por lo tanto, va hay una relación directa, entre la probabilidad de que suceda un siniestro, y las consecuencias que se deriven del mismo, y el importe de la prima, de tal manera que, cuanto mayor sea la probabilidad que ocurra el suceso, mayor será la prima a pagar. La prima pura se calcula para poder
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Curso Básico De Gestión Financiera cubrir los gastos de los siniestros. Las compañías de seguros manejan datos estadísticos para deducir el importe de esta prima. •
Gastos de gestión interna: las empresas de seguros, en el ejercicio de su actividad y para poder emitir las pólizas acarrean unos gastos de personal y de administración y, por otro lado, también pretenden obtener un beneficio por su actividad empresarial, son lo que se llaman gastos de gestión interna. Si sumamos éstos y la prima pura, obtenemos la prima de inventario.
•
Gastos de gestión externa: son los propios de la publicidad y relaciones públicas. Los realizan las compañías para comercializar su producto y conseguir que éste llegue al cliente. Los gastos de gestión externa sumados a la prima de inventario forman la prima neta o prima de tarifa.
•
Recargos complementarios: léase impuestos, recargo al Consorcio de Compensación de Seguros, recargo a favor de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, etc. Sumado a la prima neta o de tarifa obtenemos la prima total o recibo de prima.
Gastos de gestión externa
Prima de inventario
Prima pura Gastos de gestión interna
Prima neta o de tarifa
Prima total Gastos de gestión externa
Las aseguradoras establecen las primas atendiendo a datos estadísticos, a cálculos financieros y en base a la matemática actuarial principalmente, y moviéndose siempre dentro de los márgenes de competencia si bien, la Dirección General de Seguros está facultada para ejercer los oportunos controles sobre las tarifas que fijen las compañías, con el fin de garantizar su suficiencia y el respeto de las disposiciones normativas. La prima que se paga por el seguro puede clasificarse, atendiendo a diferentes criterios: •
Así, en función del número de primas que el tomador tiene obligación de pagar, podemos encontrar primas:
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera o
Prima única: Se abonan de una sola vez y es válida para toda la duración del contrato. Así, el tomador, mediante un único pago, se libera de todas sus obligaciones durante la vigencia del contrato.
o
Primas periódicas: las primas se abonan periódicamente, normalmente de año en año, dentro de la vigencia del contrato. No se tiene en cuanta el año natural, si no que el pago se realiza cada doce meses y la primera de ellas será exigible a la firma del contrato.
•
Si tenemos en cuenta el tiempo que cubre la prima, tenemos: o
Primas fraccionadas: se calcula en periodos anuales aunque se liquida en plazos mas pequeños (trimestrales, mensuales...). El asegurador podrá exigir al tomador el pago de las fracciones no abonadas en caso de siniestro, o bien deducírselo de la indemnización.
o
Primas fraccionarias: se calcula para periodos de tiempo inferiores al año. En caso de siniestro, el asegurador indemnizará según lo pactado pero no podrá exigir el abono de las fracciones de prima pendientes hasta el final del periodo.
•
Si tenemos en cuenta el importe de la prima, podemos distinguir: o
Prima fija: se establece por adelantado para el periodo de vigencia del contrato. Tiene lugar, en las entidades aseguradoras que tienen forma de sociedades anónimas, mutuas y cooperativas a prima fija.
o
Prima variable: las entidades exigen a los asegurados una cuota de entrada o fondo de maniobra para poder atender los gastos y los pagos de siniestros y las primas se abonan con posterioridad a los siniestros en forma de derramas. Este tipo de prima, tiene lugar en mutuas y cooperativas a prima variable.
1.3.4. Siniestro En la terminología del seguro, vamos a denominar siniestro, a la ocurrencia del evento previsto en la póliza y que da lugar al cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato por parte del asegurador. El hecho del siniestro es lo que produce la indemnización, la reposición del daño producido o el pago del capital pactado. El siniestro es la materialización del riesgo previsto en el seguro. La posibilidad de que ocurra, es lo que provoca la contratación del seguro y no el siniestro en sí, ya que el contrato de seguro, debe ser suscrito con anterioridad.
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Curso Básico De Gestión Financiera Las consecuencias económicas derivadas del siniestro son asumidas por el asegurador, que deberá indemnizar en metálico, reponer el daño o prestar un servicio. Éste, no obstante, no tiene la obligación de pagar absolutamente todos, ya que, en las pólizas, se suelen excluir, expresamente, casos como los siniestros causados intencionadamente por el propio asegurado (a modo de fraude o engaño), o los daños causados por efectos de catástrofes graves (terremotos, huracanes...), o hechos políticosociales (revueltas, actos de terrorismo...) cuya cobertura suele corresponder al Consorcio de Compensación de Seguros dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Para tener derecho al cobro de la indemnización, el asegurado o el beneficiario deberá comunicar al asegurador que se ha producido el siniestro dentro de un plazo máximo de 7 días. Se tiene que facilitar a la aseguradora toda clase de información y colaboración para la investigación sobre las posibles causas del siniestro, así como para intentar aminorar, en la medida de lo factible, las consecuencias económicas y dañosas del siniestro. El incumplimiento puede hacer que el asegurador reduzca la prestación, en la proporción a los daños y culpabilidad del asegurado. En el momento que se contrata el seguro, la aseguradora facilita entre otros documentos, unos impresos para realizar la declaración del siniestro, que sirven para informar al asegurador sobre la coyuntura y las causas. Es importante que dicha declaración se haga de la forma más rigurosa posible, de no ser así, la interpretación del siniestro podría resultar ambigua y limitar los derechos del asegurado. Una vez recibida la notificación, el asegurador deberá realizar el pago del importe mínimo que corresponda en los 40 días siguientes y el resto, dentro de los 3 meses siguientes, de no ser así, el asegurador incurriría en mora. Las partes podrán pactar otros métodos para sustituir el pago, como la reparación del objeto dañado o la reposición del mismo. La valoración de los daños, y con ello, la determinación de la indemnización a pagar por el asegurador,
puede realizarse por vía amistosa, es decir, de común
acuerdo entre las partes, o mediante un informe pericial, realizado generalmente por peritos expertos de la entidad aseguradora, y sometido a la aceptación por el asegurado. En caso de disparidad de criterios, entre el asegurado y el asegurador, sobre la valoración de los daños, el primero tiene la facultad de nombrar otro perito para que realice una valoración independiente a la que hizo el experto de la entidad aseguradora, corriendo el asegurado con los gastos de este nuevo peritaje. Si existe acuerdo
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Curso Básico De Gestión Financiera entre las estimaciones, se procederá a la indemnización de los daños. Si persistiese la disparidad, habría el nombramiento de un tercer perito. Una vez realizado esto, se procederá a la indemnización según determina el artículo 38 de la LCS.
1.3.5. La indemnización Mediante el contrato de seguro, la entidad se compromete con el tomador del mismo a reparar los daños o las consecuencias del acaecimiento de un siniestro. La principal obligación que contrae la entidad es el pago de la indemnización al beneficiario del seguro, para reparar el daño causado por el siniestro. Generalmente, esta indemnización va a consistir en una cuantía económica, que estará en función de los daños sufridos, del capital asegurado, de la valoración hecha por los peritos, o de la indemnización pactada en la póliza, en el caso de ser un seguro de vida. No obstante, la LCS establece, que la indemnización también puede consistir, simplemente en la reparación del daño, de tal manera, que el objeto asegurado, quede como si el siniestro no hubiera tenido lugar, o proceder a su reposición. Esta opción estará en función de la naturaleza del objeto asegurado, ya que no siempre será posible reparar o reponerlo.
1.4. Elementos formales del contrato de seguro 1.4.1. Póliza La póliza es el documento donde se plasma el contrato, y en el que se recogen las diferentes cláusulas que lo van a regir, tanto particulares, como generales y especiales, así como los elementos que lo conforman. El contrato de seguro, así como sus modificaciones o adicciones, debe formalizarse por escrito, siendo la póliza prueba de que el contrato existe. La LCS establece, en el artículo 8, los elementos que deberá contener como mínimo la póliza. Son, entre otros, los siguientes: •
Nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y, en su caso, la designación del asegurado y el beneficiario.
•
El concepto en el cual se asegura.
•
Naturaleza del riesgo que se asegura.
•
Suma del valor de lo asegurado y alcance de la cobertura.
•
Importe de la prima, así como los recargos, impuestos y complementos.
•
Vencimiento de las primas, así como el lugar y la forma de pago.
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Duración del contrato, debe quedar señalada la fecha de comienzo y de expiración del contrato.
La póliza está compuesta por las condiciones generales, particulares y especiales. Las condiciones generales del contrato son una serie de cláusulas, redactadas por la entidad y que van a ser comunes para todos los asegurados en cada modalidad. Las compañías establecen una serie de condiciones generales para cada tipo de seguro: vida, robo, incendio, etc.… Éstas, en caso que se celebre el contrato, el tomador se limita, únicamente, a aceptarlas. Al respecto de las condiciones generales, la Ley del Contrato del Seguro en su artículo número 3, señala que: •
Las condiciones establecidas en ningún caso podrán tener carácter lesivo para el asegurado.
•
El asegurador deberá incluirlas en la proposición de seguro si la hubiera y necesariamente, deberán figurar en la póliza del contrato.
•
Las condiciones generales deberán estar redactadas de forma clara y concisa, de tal manera que puedan ser fácilmente comprensibles, y que no induzcan a error.
•
Estarán sometidas a la vigilancia de la Dirección General de Seguros, en los términos previstos en la ley.
Las condiciones particulares son el conjunto de circunstancias y cláusulas que individualizan cada contrato y lo distinguen de los demás. Serán pactadas por cada cliente con su entidad aseguradora, en función del objeto y las particularidades del mismo. Las condiciones especiales son el conjunto de circunstancias y cláusulas en las que se reflejan las modificaciones, ampliaciones o derogaciones que pacten las partes contratantes de las condiciones generales de la póliza. Para clasificar los distintos tipos de pólizas que existen podemos atender a varios criterios. Según el número de riesgos cubiertos mediante el contrato de seguro, las pólizas pueden ser:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Pólizas sencillas: serán aquellas en las que se va a cubrir un único riesgo.
•
Pólizas combinadas: son aquellas en las que se cubren varios riesgos simultáneamente.
Atendiendo al número de asegurados las pólizas pueden ser: •
Pólizas individuales: aseguran la vida o la integridad física de una única persona.
•
Pólizas colectivas: aseguran la vida o la integridad física de un conjunto de personas en un mismo contrato.
1.4.2. Cartas de garantía. La carta de garantía es el documento que extiende el asegurador como prueba de la celebración de un determinado contrato de seguro, que ya está vigente, y del que por tanto ya da cobertura, pero del que todavía no ha redactado la póliza correspondiente. La carta de garantía se suele extender a petición del tomador o asegurado, cuando éste precisa, urgentemente, justificar la existencia de un seguro sobre cierto riesgo, frente a determinadas situaciones: acreedores… Es frecuente, que con la adquisición de un coche, al contratar el seguro obligatorio de vehículos, la entidad nos entregue una carta de garantía para poder circular con el vehículo mientras elabora la póliza correspondiente. En caso de sufrir un siniestro, el seguro ya está vigente, aunque la póliza todavía no haya sido emitida. Su contenido no está sometido a ninguna formalidad, dada la finalidad para la que se emite, por lo que las entidades aseguradoras suelen limitarse a incluir en ella las referencias básicas de la operación que identifican el riesgo, las garantías, las partes contratantes y los límites temporales del seguro.
1.4.3. Apéndices Se denominan así a los documentos que suscriben el tomador y el asegurador para actualizar un contrato en vigor, en función de diferentes circunstancias, que afectan a los elementos del mismo. Éstas pueden ser de muy diferente naturaleza, según sea la del objeto asegurado, ya que pueden ir desde una variación de la valoración del mismo, a un cambio de ubicación, o a un agravamiento o minoración del riesgo al que está expuesto. Por ejemplo, imaginemos que tenemos hecho, a nuestra vivienda, un seguro contra incendio y pasado un tiempo instalamos un sistema apaga
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera fuegos. En este caso deberemos comunicárselo a la entidad aseguradora para que emita un anejo o apéndice que adecue la póliza a las condiciones actuales. Los suplementos y apéndices pasan a formar parte del cuerpo de la póliza.
1.4.4. Recibos Son los documentos que contienen la cuantía de la prima y en los que el asegurador reconoce que ha recibido el importe del pago de la misma y el asegurado que la ha entregado. La póliza estará en vigor si los recibos son atendidos al pago, en cambio, como ya hemos visto, si no lo son, la cobertura del seguro puede quedar suspendida.
1.4.5. Franquicia En el contrato de seguro, puede aparecer un elemento que se denomina franquicia. Ésta consiste en una cláusula en la que se establece, que el asegurado deberá pagar una parte de la indemnización a que tiene derecho en caso de siniestro, es decir, el asegurador no pagará todos los daños que se hayan producido, sino que, la indemnización será el total de los daños menos el importe de la franquicia. La franquicia puede establecerse por una cantidad monetaria o por un porcentaje sobre los daños producidos. Por ejemplo, se puede pactar con la entidad aseguradora, una franquicia de 300 €, de tal manera, que en caso de que se produzca un siniestro, el asegurado deberá pagar los primeros 300 €, y la cantidad que exceda de ahí, la asumirá la entidad aseguradora. Si la franquicia es un porcentaje sobre el importe de la indemnización, por ejemplo un 1%, el asegurado pagará esa cantidad, y el asegurador el resto. La inclusión de la franquicia, reduce el importe de la prima, ya que el asegurado también colaborará en el pago de la indemnización. Con esta cláusula, lo que consiguen las entidades es evitar la tramitación de pequeños siniestros, ya que con la franquicia, éstos son asumidos por los asegurados, dejando para la compañía los de mayor cuantía. No obstante, la franquicia no siempre actúa de la misma manera, ya que existen dos tipos: absoluta y simple. La franquicia absoluta será aquella en la que el asegurado siempre debe asumir su parte de la indemnización; mientras que en una franquicia simple, el asegurado asume los siniestros cuya cuantía no supera el importe de la franquicia, y en el caso Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera de que los daños producidos por el siniestro superen el importe de la franquicia la compañía de seguros, asumirá la totalidad de la indemnización.
1.4.6. Periodo de carencia Es el tiempo que transcurre entre la contratación del seguro y el momento en que empieza a ser efectivo el mismo, de tal manera, que si en ese periodo ocurre el siniestro, el seguro no cubre los daños, ya que todavía no ha entrado en vigor. Es frecuente encontrar periodos de carencia en seguros de asistencia sanitaria, de tal manera, que desde el momento en que se contrata, hasta que se puede hacer uso de él, la compañía puede establecer que medie un plazo de tres meses. La finalidad de las compañías a la hora de establecer un periodo de carencia, es que no se contraten en el momento en que se van a necesitar, sino que se utilicen porque se tienen contratados con anterioridad. Por ejemplo, si una persona necesita una intervención quirúrgica y quiere que le atiendan mediante un seguro de asistencia sanitaria, deberá tenerlo contratado con una anterioridad de, por lo menos, tres meses, o incluso más, según la entidad.
2. Otros conceptos aseguradores 2.1. Reaseguro Existen determinados situaciones en las que, la compañía, al contratar el seguro y asumir el riesgo, se compromete a pagar una indemnización millonaria, en caso de que suceda el siniestro contemplado. El ejemplo más claro, son los seguros de las compañías aéreas. En este tipo, en caso de que suceda el siniestro, la indemnización a pagar es muy elevada, y la situación económica y financiera de la compañía aseguradora puede verse seriamente comprometida. A fin de evitar esta situación de riesgo financiero, las empresas aseguradoras lo que hacen es protegerse a su vez, con otra compañía, cediendo a ésta un tramo del riesgo asumido, así como parte de la prima recibida por el cliente. Para que una compañía pueda realizar un reaseguro de sus compromisos, primeramente se ha comprometido con un cliente, asumiendo un riesgo, que en caso de que suceda, dará lugar a una elevada indemnización.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera Podemos decir, que la misión del reaseguro es la de fortalecer y proteger el patrimonio de las entidades aseguradoras, frente a grandes compromisos que deben atender cuando se produce un siniestro de enormes consecuencias.
Cliente con un gran riesgo
REASEGURO
Traslada parte del riesgo
Contrata seguro Aseguradora A
Aseguradora B
En el momento en el que se produce el siniestro, la compañía aseguradora debe indemnizar al cliente en los términos que vienen recogidos en la póliza que rige el contrato. La compañía, a su vez, recibirá la indemnización a que tiene derecho, por su contrato de reaseguro con otra entidad, de tal manera, que aunque tenga que afrontar una elevada indemnización, parte de esta la recibirá de su seguro.
Cliente con un gran riesgo
EN CASO DE SINIESTRO
Aseguradora A Paga la indemnización al cliente
Aseguradora B
Cobra la indemnización de la Aseguradora B
Los contratos de reaseguro, que una compañía celebra con otra a la que le traslada parte de sus riesgos, no afecta a la relación que ésta mantenga con sus clientes. Éstos, únicamente, van a tener trato con la compañía en la que han contratado su seguro. Generalmente, los clientes ni siquiera conocen la existencia de los contratos de reaseguro, pues no les afectan.
2.2. Coaseguro Por medio de este contrato, varias compañías se van a unir, para cubrir un determinado riesgo. Para que las entidades se unan ha de existir un “gran riesgo”, es decir, aquel que, en caso de materializarse, las pérdidas serían muy cuantiosas, y por ello, la indemnización a pagar, sería muy elevada.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera El riesgo es repartido entre todas las entidades participantes, de forma que cada una de ellas va a asumir una parte del mismo. Deberán decidir que proporción de riesgo va a asumir cada una, en función de ello, se repartirán la prima del cliente.
COASEGURO
Aseguradora A
Aseguradora B Cliente
Prima
El cliente paga una prima
Aseguradora C Aseguradora D
En caso de que ocurra el siniestro previsto en el contrato, como el riesgo ha sido repartido entre las entidades participantes, cada una de ellas, deberá aportar la parte proporcional de la indemnización.
COASEGURO en caso de siniestro
Aseguradora A
Aseguradora B Cliente
Indemnización Aseguradora C
Aseguradora D
En el coaseguro, el cliente conoce la participación de las diversas aseguradoras en el contrato y, en principio, puede dirigirse a cualquiera de ellas. No obstante,
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera resultaría muy complicado, que el asegurado mantuviera relación con todas, por lo que se suele utilizar la figura de una “compañía líder”, con la que se negocia y mantiene contacto. En el reaseguro, el cliente contrata directamente con una aseguradora, y es ésta última, actuando en nombre propio, la que posteriormente lo hace con otra aseguradora.
2.3. Infraseguro Decimos que existe un infraseguro del bien, cuando la suma asegurada que figura es inferior al valor real. Si un bien está infravalorado, en caso de siniestro, la entidad aseguradora aplicará la regla proporcional para calcular la indemnización. La prima a pagar por un contrato de seguro, está en función del importe de la suma asegurada, por lo que si la que figura en la póliza es menor, el asegurado estará pagando una prima inferior que la que le correspondería realmente pagar. Para evitar este fraude, las aseguradoras, en caso de siniestro en infraseguros van a aplicar la regla proporcional. Así, si en la póliza del seguro un bien está valorado en 10.000 €, cuando su valor real es de 20.000 €, en caso de sufrir un siniestro, la indemnización que la entidad pagará estará en proporción con los 10.000 €, de tal manera que si sufre daños por valor de 5.000 €, sólo percibirá 2.500 € de indemnización. Esta regla de la proporción se aplica en los siniestros parciales, ya que caso de que sufra un siniestro total, la indemnización a pagar está pactada en la póliza. En ocasiones, el asegurado puede no ser consciente de que el bien que tiene asegurado está infravalorado. Esta situación puede darse en periodos de inflación, y puede ocurrir, que en caso de siniestro, la entidad aseguradora le aplique la regla proporcional, aunque el bien fuera valorado correctamente en el momento en que se formalizó el contrato. Esto se evita, incluyendo cláusulas de revisión de la suma asegurada en función de índices como el IPC. De esta manera, el valor de los bienes se va actualizando, así como la prima a pagar por el seguro. La LCS contempla la posibilidad que las partes pacten la exclusión de la regla proporcional de su contrato de seguro. Aquellos que se ha excluido la aplicación de la regla proporcional, son los denominados seguros a primer riesgo. En este tipo, la suma asegurada es inferior al valor del bien, pero las entidades no aplican la regla proporcional. En caso de siniestro,
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera el cliente recibirá el importe de la suma asegurada, aunque no coincida con el valor real del bien.
2.4. Sobreseguro Es aquel contrato en el que la suma asegurada, por la que figura un bien en su póliza, es superior a su valor real. Es difícil encontrar una situación de sobreseguro en los seguros de daños, ya que, en caso de siniestro, la LCS establece que, en ningún caso, la indemnización podrá producir lucro en el beneficiario ya que está pensada para resarcir o reparar el daño causado por un siniestro, no para que el asegurado pueda obtener un beneficio. Si la suma fuera superior al valor del bien siniestrado, y el beneficiario del seguro recibiera ese importe, estaría obteniendo un beneficio. Como esta situación no está permitida por la LCS, la compañía indemnizará en función del valor real del bien, y no de la cuantía que figura en la póliza. Además, como el importe de la prima está en función de la suma asegurada, el coste del seguro será mayor, que si dicha suma está ajustada al valor real del bien. Por estas dos razones, es poco frecuente encontrar situaciones, en la que la valoración de los bienes sea superior al valor real que éstos tienen.
3. Caso práctico: seguro agrario José García Menéndez, es un empresario que tiene una explotación agraria. Como cada año, y ante el riesgo de que una granizada arruine su cosecha, decide contratar, como todos los años, el seguro para el pedrisco en la compañía Agroseguros, SA. Este año, José, tiene 60 hectáreas de cultivo que desea asegurar. La compañía se compromete a indemnizar a José en caso de que una granizada arruine su cosecha, a cambio de una prima única de 364,58 €. Como el cultivo está aún en pleno proceso de crecimiento, la compañía propone a José, que en caso de siniestro, sean los peritos los que determinen el importe de la indemnización, examinando sobre el terreno el estado de las plantas. El contrato de seguro es firmado el 15 de abril, pero no entrará en vigor, hasta el 1 de mayo.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera Identifica los elementos materiales y personales del contrato. Solución: Elementos personales: Tomador: José García Menéndez Asegurador: Agroseguros, sa Asegurado: los cultivos de las 60 hectáreas Beneficiarios: José García Menéndez Elementos reales: Riesgo: que una granizada arruine su cosecha. Objeto: el cultivo. Prima: 364,58 €. Siniestro: que una granizada arruine su cosecha. Indemnización: pendiente de valoración pericial en el momento del siniestro. Elementos materiales: Franquicia: no se contempla. Periodo de carencia: 15 días.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera
CONCEPTOS IMPORTANTES LOS SEGUROS Seguro: es aquel contrato en virtud del cual, el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima, en el caso que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. Asegurador: es la persona jurídica que se dedica a asumir riesgos ajenos, obligándose a indemnizar lo estipulado en la póliza y en las condiciones que se indica, mediante la percepción de un precio llamado prima. Tomador: es la persona física o jurídica que en nombre propio o en el de terceras personas contrata y firma una póliza de seguros y contrae las obligaciones allí establecidas, especialmente el pago de la prima. Asegurado: es la persona física o jurídica cuyos bienes o cuya persona están sometidos al riesgo, el que sufre un perjuicio económico en caso que sus bienes resulten dañados o la persona cuya vida o integridad física están aseguradas. Beneficiario: es la persona física o jurídica, designada en la póliza, para que caso de que se materialice el riesgo, reciba la indemnización prevista en la póliza. Riesgo: es la probabilidad que existe de que ocurra una circunstancia por azar, que conlleve consecuencias dañosas para las personas o para los bienes. Objeto: es el elemento que se encuentra expuesto al riesgo cubierto por el seguro Prima: es el precio del seguro que paga el tomador al asegurador como contraprestación al riesgo que éste asume, así como por la obligación de indemnizar a la que el asegurador queda sometido en caso de siniestro. Siniestro: es la ocurrencia del evento previsto en la póliza y que da lugar al cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato por parte del asegurador. Indemnización: es el pago que la entidad realiza al beneficiario del seguro, para reparar el daño causado por el siniestro. Póliza: es el documento donde se recoge y redacta el contrato, y en el que se enumeran las diferentes cláusulas que lo van a regir, tanto particulares como generales y especiales, así como los elementos que lo conforman. La carta de garantía: es el documento provisional que extiende la entidad aseguradora como certificado de la existencia de un determinado contrato de seguro. Apéndices: son los documentos que suscriben el tomador del seguro y el asegurador para actualizar un contrato de seguro en vigor, en función de diferentes circunstancias, que afectan a los elementos del mismo.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera Recibo: es el documento que contiene la cuantía de la prima y en el que el asegurador reconoce que ha recibido el pago del importe de la misma y el asegurado que la ha entregado. Franquicia: es la parte de la indemnización que deberá asumir el asegurado. Periodo de carencia: es el periodo de tiempo que va desde que se contrata el seguro hasta que éste entra en vigor. Reaseguro: es la situación que se da cuando una entidad aseguradora asume un gran riesgo que puede poner en compromiso su situación económica, y decide trasladar parte de éste a otra entidad. Coaseguro: el riesgo del contrato de seguro es asumido por varias entidades aseguradoras, en distinta proporción, y recibiendo cada una de ellas, la parte correspondiente de la prima. Infraseguro: es aquel contrato en el que la suma asegurada es inferior al valor real de los bienes. Sobreseguro: es aquel contrato en el que la suma asegura es superior al valor real de los bienes.
Unidad 5. El contrato de seguro
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Curso Básico De Gestión Financiera
UNIDAD 6 LOS SEGUROS DE DAÑOS 1. Los seguros de cosas ......................................................................................................... 215 1.1. Seguro de incendios .................................................................................................... 216 1.2. Seguro contra el robo .................................................................................................. 218 1.3. Seguro de transporte ................................................................................................... 219 1.4. Seguro agrario combinado .......................................................................................... 221 1.5. Seguro obligatorio para vehículos a motor .................................................................. 222 2. Los seguros de patrimonio.................................................................................................. 224 2.1. Seguro de lucro cesante .............................................................................................. 225 2.2. Seguro de caución ....................................................................................................... 226 2.3. Seguro de crédito......................................................................................................... 227 2.4. Seguro de responsabilidad civil ................................................................................... 228 2.5. Seguro de defensa jurídica .......................................................................................... 231 3. Los seguros multirriesgo ..................................................................................................... 232 3.1. Seguro multirriesgo del hogar...................................................................................... 233 3.2. Seguro multirriesgo de comunidades. ......................................................................... 235 3.3. Seguro multirriesgo para pymes .................................................................................. 236 4. Ventajas e inconvenientes de los seguros de daños ......................................................... 237 5. Caso práctico: el seguro multirriesgo ................................................................................. 238
OBJETIVOS Conocer el funcionamiento de los principales tipos de seguros de daños Conocer los principales seguros existentes de patrimonio Conocer el funcionamiento y los principales riesgos cubiertos en el seguro multirriesgo. Conocer y distinguir los riesgos que cubren cada tipo de seguro
Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera Los seguros de daños son aquellos mediante los cuales, la aseguradora se obliga a indemnizar al beneficiario, en el caso de la pérdida o daño del bien objeto del contrato, siempre a cambio del pago de una prima. A diferencia de los seguros de personas, que veremos más adelante, son más fácilmente valorables, ya que el objeto es un bien que tiene naturaleza económica, por lo tanto es susceptible de valoración en términos monetarios. Así, el bien será valorado al inicio del contrato, constituyendo de esta forma el importe de la suma asegurada que será, según la Ley establece en su artículo 27, el límite máximo de la indemnización a pagar por la compañía al beneficiario, en caso de que se produzca el siniestro. Además, la Ley también establece que el seguro no podrá ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado. Para la determinación del daño se atenderá al valor del interés asegurado en el momento inmediatamente anterior a la realización del siniestro. En este grupo de seguros están los de responsabilidad civil, cuya finalidad es la de indemnizar a un tercero por los daños que pudiera causar el asegurado. En caso de que no cuente con un seguro de responsabilidad civil, y cause daño a un tercero, bien en su patrimonio o en su integridad física, se verá obligado a resarcirlo mediante una indemnización, que provocaría una perdida patrimonial considerable.
Seguros de daños Seguros de cosas
Seguros patrimoniales
Seguro de incendios
Seguro de lucro cesante
Seguro contra el robo
Seguro de caución
Seguro de transporte terrestre Seguro de crédito Seguros agrario
Seguro de responsabilidad civil
Seguro de vehículos a motor
Seguro de defensa jurídica
1. Los Seguros de cosas Incluye a aquellos en los que el objeto asegurado es un elemento material en concreto, que queda protegido contra un daño en particular. En la póliza, quedarán perfectamente limitadas las características, ubicación y demás descripciones que delimiten, inequívocamente, el bien asegurado, así como el riesgo que queda cubierto.
Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera
1.1. Seguro de incendios Es aquel mediante el cual la entidad aseguradora se compromete a indemnizar los daños y pérdidas materiales sufridas por los bienes asegurados como consecuencia de la acción directa del fuego, así como los gastos y daños ocasionados para salvar los objetos asegurados, y por el empleo de medidas para reducir los efectos del mismo y evitar su propagación. El seguro de incendios está contemplado y regulado en la Ley de Contrato de Seguros, artículos 45 al 49, y es en su artículo 45, donde se define lo que se considera incendio, delimitando las situaciones en las que la aseguradora tendrá obligación de indemnizar. Así la LCS lo define como la combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce. Para que objetos y bienes del asegurado estén cubiertos por el contrato, y por lo tanto, la aseguradora indemnice al beneficiario por su valor, en caso de pérdida a causa de un incendio, deberán figurar en la póliza con su descripción y situación. Todos los bienes materiales asegurados deberán estar valorados económicamente, constituyendo la adición de todos, el importe de la suma asegurada. Ésta será el límite máximo de las posibles indemnizaciones a pagar, en caso de siniestro. No obstante la LCS, establece que los valores mobiliarios públicos o privados, efectos de comercio, billetes de banco, piedras y metales preciosos, objetos artísticos o cualesquiera otros objetos de valor, no quedarán cubiertos por el seguro de incendios, salvo que exista pacto expreso que refleje lo contrario. La LCS establece claramente cuando la aseguradora deberá indemnizar al beneficiario, y cuando no. •
Estará obligada a indemnizar los daños producidos por el incendio, cuando éste se origine por causa fortuita, por malquerencia de extraños, por negligencia propia o de las personas de quienes se responda civilmente.
•
No estará obligada a indemnizar los daños provocados por el incendio cuando éste se origine por dolo o culpa grave del asegurado.
En el articulo 49 de la LCS se establece cuales serán las coberturas básicas. El asegurador indemnizará todos los daños y pérdidas materiales causados por la acción directa del fuego, así como los producidos por las consecuencias inevitables del incendio y en particular:
Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Los daños que ocasionen las medidas necesarias adoptadas por la autoridad o el asegurado para impedir, cortar o extinguir el incendio, con exclusión de los gastos que ocasione la aplicación de tales medidas, salvo pacto en contrario.
•
Los gastos que ocasione al asegurado el transporte de los efectos o cualesquiera otras medidas adoptadas con el fin de salvarlos del incendio.
•
Los menoscabos que sufran los objetos salvados por las circunstancias descritas en los dos epígrafes anteriores.
•
El valor de los objetos desaparecidos, siempre que el asegurado acredite su preexistencia y salvo que el asegurador pruebe que fueron robados o hurtados.
•
Cualesquiera otros que se consignen en la póliza.
Además de estas coberturas básicas, pueden contratarse, mediante pacto expreso que, necesariamente, debe figurar en la póliza, algunas coberturas adicionales, como las siguientes: •
Coberturas relacionadas con la maquinaria: se puede contratar que la aseguradora indemnice por los daños ocasionados en los aparatos, eléctricos y electrónicos, por la energía (subidas de tensión…) o por rayos; así como los daños que pueda sufrir la maquinaria de producción, distribución…
•
Gastos de reposición: en un incendio no sólo se pierden bienes materiales, sino que, en ocasiones, asociadas a esas pérdidas, se pueden dañar otra clase de bienes, igual de valiosos para la empresa, pero, a priori, de difícil cuantificación económica. Éstos pueden ser archivos contenidos en discos duros, u otro tipo de soportes: planos, títulos, valores… El valor material de estos bienes es escaso, pero el valor intrínseco es elevado.
•
Repercusiones indirectas: Un incendio va a conllevar inevitablemente consecuencias negativas para la empresa. Además de la pérdida de bienes y objetos, el incendio puede aparejar la paralización del trabajo, unos costes por responsabilidad civil, el desalojo del local… Estas repercusiones indirectas, también pueden ser cubiertas mediante el contrato de seguro de incendio.
Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera
1.2. Seguro contra el robo Surge de la inseguridad y vulnerabilidad que sentimos o tenemos las personas, ante la pérdida de nuestros bienes materiales, a manos de desaprensivos que mediante actos delictivos pueden sustraérnoslos. Se regula en la LCS, en sus artículos del 50 al 53. Mediante el seguro contra robo, el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la Ley, y por el contrato, a indemnizar al beneficiario por los daños derivados de la sustracción ilegítima por parte de terceros, de los bienes. Por robo vamos a entender, la sustracción o apoderamiento ilegítimo de un bien, contra la voluntad del asegurado, mediante actos que impliquen violencia o fuerza en las cosas, o introduciéndose, el autor del robo, en el local amparado por la fuerza o clandestinamente, ignorándolo el asegurado, su familia o empleados, ocultándose y cometiendo el delito cuando el local se halla cerrado. En caso de que se materialice el riesgo, es decir, que se sufra un robo de los objetos asegurados en el local señalado en el contrato, el asegurador estará obligado a indemnizar: •
Por el valor de los bienes que hayan sido efectivamente robados, siempre que no aparezcan en un determinado plazo de tiempo, así como por los daños causados a los mismos como consecuencia del robo. El plazo estará debidamente señalado en la póliza del contrato.
•
Por los desperfectos o deterioros que sufra el local asegurado como consecuencia directa del robo o del intento de robo. Estos desperfectos serán generalmente en puertas, ventanas, techos… Los daños sufridos en escaparates, y lunas de puertas suelen estar excluidos de esta cobertura.
La LCS también señala los casos en los que el asegurador no tendrá obligación de indemnizar, aunque los bienes hayan sido sustraídos: •
Cuando el robo haya tenido lugar por negligencia grave del asegurado, del tomador o de las personas que convivan con ellos.
•
Cuando el robo de los bienes asegurados se haya producido fuera del lugar descrito en la póliza, o estuvieran siendo transportados. No obstante, si esta circunstancia ha sido puesta en conocimiento del asegurador y éste ha manifestado su conformidad, si que tendrá obligación de indemnizar.
Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Cuando el robo de los bienes asegurados se hay producido aprovechando la ocasión de un siniestro derivado de un riesgo extraordinario. Como riesgo extraordinario, la LCS entiende, por ejemplo, una guerra, alborotos populares, terremotos, inundaciones…
•
Una vez que se haya producido el siniestro, en este caso el robo de los bienes asegurados, no se hubiera comunicado al asegurador la ocurrencia del siniestro, por escrito, en un plazo máximo de 7 días, así como, necesariamente, a la autoridad judicial, dentro de las 24 horas siguientes.
Si el objeto se recupera antes del plazo señalado en la póliza, el asegurado deberá recibirlo sin tener derecho a cobrar la indemnización por la pérdida del mismo (ya ésta no ha sido tal, ya que se ha recuperado), salvo que, en la póliza, figurase un pacto de abandono a favor del asegurador, de tal manera, que el asegurado cobrará la indemnización a cambio de ceder los derechos sobre los bienes. Si la recuperación se produce pasado el plazo de tiempo establecido y el asegurador ha pagado la indemnización correspondiente, los bienes recuperados pasarán a ser propiedad del asegurador. La utilidad de éstos para él es escasa, por lo que generalmente, se pondrá en contacto con el asegurado para ofrecerle la posibilidad de readquirir los bienes, a cambio de la indemnización cobrada por el robo. En este caso, el asegurado no tiene la obligación de volver a adquirir sus bienes a cambio de la indemnización cobrada en su día, sino que es una posibilidad, contemplada en la LCS. El asegurado, si así lo cree oportuno, podrá abandonar la propiedad de los bienes recuperados, y quedarse con la indemnización que cobró en el momento del siniestro.
1.3. Seguro de transporte En una sociedad global como la nuestra, las mercancías son transportadas, a lo largo de miles de kilómetros, a fin de llegar a todos los sitios donde existe o puede existir una demanda de ellas. En cualquier parte del mundo, podemos consumir un producto que se ha fabricado a miles de kilómetros. Muchos de estos viajes se realizan atravesando diversos países, océanos y continentes. Los viajes no son largos sólo en cuanto a su recorrido, sino que generalmente también en el tiempo, pudiendo tardar días, semanas, e incluso meses. Para llevar a cabo el transporte, en los casos en los que el viaje es largo, se pueden emplear diversos medios de transporte, tanto por tierra, mar o aire. Por ello, van a existir tres modalidades de seguro de transporte: terrestre, marítimo y aéreo. Cuando para el envío de una mercancía se emplea más de un medio de transporte (terrestre, marítimo o aéreo), se aplicarán las normas del trans-
Unidad 6. Los seguros de daños
219
Curso Básico De Gestión Financiera porte en el mayor número de kilómetros que se realicen. Por todo ello se hace necesario asegurar la mercancía enviada. La LCS recoge la modalidad de contrato de seguros de transportes terrestres, en los artículos 54 al 62, estableciendo, la obligación del asegurador de indemnizar por los daños que pudieran sufrir las mercancías, el medio utilizado u otros objetos asegurados, como consecuencia directa del transporte. En el envío de mercancías intervienen diversas personas que están interesadas en la integridad de los bienes transportados. Éstas son, entre otras: el comprador de la mercancía, que desea que llegue en perfectas condiciones para ser vendida posteriormente; el vendedor que para cobrarla ésta deberá llegar a su destino en perfectas condiciones; el transportista; el posterior cliente; el propietario del vehículo que realiza el tránsito… Cualquiera de ellos puede contratar un seguro de transporte. En ocasiones, los transportes de mercancías pueden tardar un tiempo indeterminado en llegar a destino, por lo que la LCS prevé dos modalidades de contratación: por un tiempo determinado o por viaje. En cualquiera de las dos, el asegurador deberá indemnizar por los daños sufridos por las mercancías transportadas, aunque éstos se manifiesten con posterioridad. El plazo en que expira la garantía es de 6 meses, es decir, que se puede exigir la indemnización a la aseguradora, si el daño producido en la mercancía ha sido a consecuencia del transporte, aunque el deterioro o desperfecto, no se produzca inmediatamente, siempre que no sobrepase el plazo de 6 meses. El contrato de seguro va a ser aplicable a los posibles daños que puede sufrir la mercancía desde que es entregada al transportista, hasta que es recibida por su destinatario. No obstante, cuando se pacte expresamente, el seguro puede extenderse a los riesgos que afecten a las mercancías desde que salen del almacén o domicilio del cargador para su entrega al transportista hasta que entran para su entrega en el domicilio o almacén del destinatario. La actual red logística de transportes exige que las mercancías salgan con un itinerario previsto o con un plan de viaje, realizando posiblemente alguna parada, o cambio de medios de transporte. Si por cualquier motivo, este itinerario inicial sufriera alguna modificación, la mercancía asegurada, seguirá contando con la cobertura del seguro, siempre que estas modificaciones no sean imputables al asegurado, y que si el riesgo se agrava, se comunique debidamente al asegurador. En defecto de estimación del valor de las mercancías transportadas, la indemnización cubrirá, en caso de pérdida total, el precio que tuvieran las mercancías en el Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera lugar y en el momento en que se cargaran y, además, todos los gastos realizados para entregarlas al transportista y el precio del seguro si recayera sobre el asegurado. No obstante, cuando el seguro de transportes cubre los riesgos de mercancías destinadas a la venta, la indemnización se regulará por el valor que las mercancías tengan en el lugar de destino. El seguro de transporte marítimo no esta regulado por la LCS, sino que se regirá por el Código de comercio y por la normativa internacional, porque generalmente, el transporte se realizará entre países. El seguro de transporte aéreo se va a caracterizar por la intensidad de los daños, las elevadas cuantías de las sumas aseguradas y de las posibles indemnizaciones, en caso de que se produzca un siniestro. Por ello, el seguro de transporte aéreo va a ser ámbito del coaseguro.
1.4. Seguro agrario combinado Las extensiones de tierra de los cultivos, así como las diferentes cabezas de ganado están expuestas a un sinfín de riesgos, tanto los derivados de la climatología (inundaciones, pedrisco, sequía), como los biológicos (plagas, enfermedades, epidemias…), como físicos (incendios) Todos estos riesgos, pueden hacer que el agricultor pierda la cosecha o el ganado, lo que pone en peligro su renta. Estos riesgos, se han visto incrementados en los últimos tiempos porque las condiciones climáticas se han visto alteradas notablemente, y cada vez es más frecuente encontrar grandes inundaciones o largos periodos de sequía, que afectan, enormemente, a todos los cultivos. A fin de garantizar una renta mínima al agricultor, frente a los diversos riesgos a los que se enfrentan sus cultivos, nace el seguro agrario combinado. Éste va a cubrir más de un riesgo ya que es combinado. Podrán ser de diferente naturaleza, es decir, un mismo seguro podrá cubrir un riesgo climático (pedrisco, sequía, inundaciones…) y uno biológico (plagas, hongos,…). Es el estado el encargado de intervenir en esta clase de seguros a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), dependiente del Ministerio de Agricultura, a fin de coordinarlos y fomentarlos entre los posibles destinatarios. Anualmente el Gobierno elabora el Plan de Seguros Agrarios, en el que se concretan los riesgos y las producciones asegurables, así como las aportaciones de los presupuestos del Estado, y este plan es publicado en el BOE.
Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera El Ministerio de Agricultura interviene, únicamente, en el fomento y desarrollo del contrato de seguro, pero no se puede contratar con él, sino que el agricultor que lo necesite deberá acudir a una entidad aseguradora. Los riesgos que se van a cubrir, mediante el seguro combinado agrario, van a quedar perfectamente delimitados en la póliza. Además, en la póliza deberán aparecer detallados los elementos asegurados, es decir, las parcelas que se acogen al contrato, el tipo de cultivo que hay en cada una, el número de cabezas de ganado,… El consorcio de compensación de seguros también va a participar en el sistema actual de seguro agrario, ya que deberá asumir la cobertura del riesgo, en los términos que establezca el Ministerio de Economía. El seguro agrario de cada producto dependerá de su estacionalidad de desarrollo, ya que no todos los cultivos llevan el mismo ritmo. El mercado del seguro agrario debe adaptar sus plazos al ciclo de producción, ya que no es posible realizar la totalidad de los seguros agrarios en un momento determinado. La producción agrícola, generalmente, varía año a año, provocando lo que se denomina la rotación de los cultivos. En una parcela donde un año se ha cosechado un producto, el agricultor procura, al año siguiente hacerlo con otro distinto, o incluso puede darse el caso de que haya años en los que no se produzca nada. Por este motivo, el seguro agrario debe contratarse año a año, no siendo posible la renovación anual, que se realiza en otras modalidades.
1.5. Seguro obligatorio para vehículos a motor El desarrollo industrial, tecnológico y económico de la sociedad, ha traído consigo un gran desarrollo y mejora de las comunicaciones por tierra, y también un perfeccionamiento técnico de los vehículos y de los medios de fabricación, lo que ha hecho que el número de vehículos en circulación en nuestras carreteras se haya visto incrementado de manera espectacular, en estos últimos años. En el momento en que comenzaron a circular los primeros vehículos por nuestro país, la responsabilidad civil para los casos en que hubiera daños, tanto materiales, como personales, se regia por la responsabilidad civil establecida por el Código civil, obligando al que causa un daño, bien por acción o bien por omisión, a repararlo. Enseguida se vio que éste no ofrecía las suficientes garantías para la reparación de los daños ocasionados por el uso de los vehículos a motor, porque el causante del daño no siempre tiene la solvencia suficiente para reparar los daños causados. Por estos motivos, en 1965, se estableció por ley la obligatoriedad de contratar un seguro para
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Curso Básico De Gestión Financiera cubrir los daños causados por los vehículos a motor. Desde entonces, han sido varias las modificaciones para ir adaptándola a las nuevas situaciones que se van produciendo, siendo la última modificación la de, la Ley 17/2005 de 19 de julio, donde se regula el carné por puntos, y la circulación y seguridad vial. Como señalamos, el seguro de vehículos a motor es obligatorio, recayendo la obligatoriedad de su contratación en el propietario del mismo, incluso en el caso de que no sea él, el conductor del vehiculo. Dada la naturaleza intrínseca del elemento asegurado, podemos afirmar que la obligatoriedad de contratar el seguro de vehículo a motor, para todos ellos, está totalmente justificada, ya que se trata de un elemento móvil, que puede alcanzar gran velocidad, y que además va ocupado en su interior por personas. Los daños que se pueden ocasionar son realmente numerosos, constituyendo además, los accidentes de tráfico, una causa importante de mortalidad en nuestro país. El incumplimiento de la obligatoriedad de contratar un seguro, y de pagar las cuotas anuales correspondientes, es objeto de sanción económica, y además, el vehículo no puede seguir circulando hasta que no cuente con el pertinente seguro obligatorio. Los diferentes percances o siniestros que se producen con los vehículos a motor, pueden causar daños materiales y personales. Los primeros son fácilmente cuantificables, ya que por norma general, todos los bienes materiales tienen un precio en el mercado, y se pueden sustituir fácilmente por otros de iguales características que el dañado. No ocurre lo mismo con los daños personales causados en la integridad de la persona que pueden ser de muy diferente naturaleza y gravedad, y por lo tanto son difícilmente cuantificables. Estos daños van desde la muerte de la persona, hasta la incapacidad, lesiones permanentes o daños en alguna parte concreta del cuerpo. Para poder cuantificar la indemnización que el causante deberá de pagar por el daño causado, bien al perjudicado o bien a sus familiares, el Real Decreto 8/2004 de 24 de octubre, en su anexo incorpora una serie de tablas, en la que establece con total exactitud y detalle, los diferentes importes de las indemnizaciones a cobrar dependiendo de la gravedad y naturaleza del daño sufrido. En ellas se recoge, tanto la indemnización por los daños físicos sufrido como por los morales, que la lesión ha ocasionado en el herido. El cobro de las indemnizaciones está garantizado, ya que existe una garantía adicional por la que el Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo, por una cuantía idéntica a la del seguro obligatorio para los siguientes casos:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Cuando los daños en las personas sean causados por un vehículo que no se haya identificado.
•
Cuando los daños personales o materiales sean causados por un vehículo que no esté asegurado.
•
Cuando los daños personales o materiales hayan sido causados por un vehículo, que estando asegurado, haya sido robado.
•
Cuando surja controversia entre la entidad aseguradora y el Consorcio de Compensación de Seguros sobre quien es el que tiene la obligación de indemnizar al perjudicado por los daños sufridos.
•
Cuando la entidad aseguradora haya declarado quiebra, suspensión de pagos, o haya sido disuelta y esté en proceso de liquidación.
No todos los daños causados por los vehículos a motor van a estar cubiertos por el seguro obligatorio. Los que no están cubiertos son los siguientes: •
Los daños ocasionados al conductor del vehículo asegurado.
•
La cobertura del seguro de suscripción obligatoria tampoco alcanzará a los daños en los bienes sufridos por el vehículo asegurado, por las cosas en él transportadas ni por los bienes de los que resulten titulares el tomador, el asegurado, el propietario o el conductor, así como los del cónyuge o los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad de los anteriores.
•
Quedan también excluidos de la cobertura de los daños personales y materiales por el seguro de suscripción obligatoria quienes sufrieran daños con motivo de la circulación del vehículo causante, si hubiera sido robado.
2. Seguros de patrimonio En éstos el objeto asegurado no va a ser un bien tangible, sino que va a cubrir los riesgos que afectan al patrimonio de la persona en general, tanto actual como futuro, o a su capacidad de obtener ingresos o beneficios. Hay que tener en cuenta, que los seguros de patrimonio, pueden ser contratados tanto por personas físicas como jurídicas, los riesgos van a afectar, generalmente, a la actividad mercantil de la persona contratante. Los riesgos pueden ser diferentes, desde la imposibilidad de realizar un pago (responsabilidad civil) a la pérdida de ingreso o beneficios (seguro de lucro cesante)
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Curso Básico De Gestión Financiera
2.1. Seguro de lucro cesante También conocido como seguro de pérdida de beneficios o de paralización de industria, es aquel mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por la pérdida del rendimiento económico que pueda sufrir en un acto o actividad, de no haberse producido el siniestro recogido en el contrato. La pérdida de beneficio o el cese de lucro puede venir derivado de innumerables situaciones, que dependerán en todo caso de la naturaleza del asegurado; esta modalidad de seguro puede ser contratada tanto por personas físicas como jurídicas, por lo que las situaciones o siniestros por los que unas y otras dejan de generar beneficios serán muy diferentes. Por ejemplo, si el asegurado es un conductor de camión y pierde temporalmente el permiso de circulación, sufrirá una merma de ingresos; si el asegurado es una empresa, su paralización puede ser total, afectando a todas sus actividades, o parcial, de tal forma que no todo su trabajo se vea afectado por la paralización. Cuando, bien el tomador o bien el asegurado, contraten un seguro de lucro cesante con un asegurador y un contrato de seguro contra daños con otro distinto, tendrán obligación de comunicar a los respectivos aseguradores la existencia de dichos contratos. El seguro de lucro cesante puede contratarse de forma independiente o como parte integrante de otro de distinta naturaleza. Por ejemplo, el seguro de lucro cesante puede complementar al de daños, ya que, si éste cubre el valor de bien, el de lucro cesante va a pagar los beneficios que la empresa deja de percibir mientras la producción está parada y el bien es restituido, y puesto en funcionamiento correctamente. Vamos a ilustrarlo con un ejemplo: La empresa Pan Crujiente, S. L., que se dedica a la fabricación de pan y bollería, tiene contratado un seguro de incendios para el local, la maquinaria y las existencias, y un seguro de lucro cesante. Se declara un incendio, y el horno queda totalmente destruido, además del resto del mobiliario. El seguro de incendios indemnizará a la empresa por los elementos materiales perdidos (horno, mobiliario, materias primas, productos terminados…). Pero, la recuperación de la actividad no será inmediata, sino que retirar el horno siniestrado e instalar uno nuevo, limpiar la zona… llevará su tiempo, durante el cual la actividad se verá interrumpida, y la empresa no será capaz de generar beneficios. Esa es la razón por la que el seguro de lucro cesante va a indemnizar a la empresa, ya que
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Curso Básico De Gestión Financiera su actividad habitual se ha visto gravemente alterada, y la capacidad de ingresos mermada. Podemos decir que, en general, siempre que no exista un pacto expreso que señale algo distinto, el asegurador deberá indemnizar: •
Por la pérdida de beneficios que produzca el siniestro durante el período previsto en la póliza.
•
Por los gastos generales que continúen gravando al asegurado después de producirse el siniestro.
•
Por los gastos, en que incurra el asegurado y que sean consecuencia directa del siniestro producido.
2.2. Seguro de caución Viene definido en la LCS, en su artículo 68. En él se establece que el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad por los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. La finalidad de este seguro es servir de garantía de que una obligación contraída por el tomador, será cumplida, en los términos pactados, y en caso contrario, entrará en juego el seguro, indemnizando al acreedor por los daños o perjuicios que el incumplimiento de la obligación por parte del tomador, haya podido ocasionarle. El seguro de caución, está integrado por tres: el tomador, el asegurado y el asegurador. Entre el tomador y el asegurado existe una relación, comercial o contractual, y de ella va a surgir la obligación cuyo cumplimento va a quedar asegurado. La obligación será del tomador del seguro frente al asegurado. Así el tomador será la persona que contrata el seguro con el asegurador, estableciendo, a su acreedor como asegurado o beneficiario, en caso de que él incumpla la obligación contraída. La LCS establece que los pagos hechos por el asegurador, al asegurado, como consecuencia del incumplimiento de la obligación asegurada, deberán ser reembolsados por el tomador del seguro. Las obligaciones que pueden ser garantizadas mediante un seguro de caución son muy amplias y variadas. En determinadas circunstancias, el legislador ha dispuesto que sea obligatoria la contratación de un seguro de caución. Una de estas si-
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Curso Básico De Gestión Financiera tuaciones, es la obligación de los promotores de viviendas de garantizar a sus compradores una indemnización para el caso de que no lleguen a terminarlas en el tiempo y forma que han contratado. También es frecuente en la contratación de obras con la administración. Así por ejemplo, un constructor que ha recibido la adjudicación de ejecutar una obra para un organismo público, puede contratar un seguro de caución, como garantía de que la obra estará acabada en el tiempo y forma previstos en el contrato, y así, caso de incumplimiento de los plazos de entrega, podrá indemnizar a la administración por medio del seguro, aunque debemos recordar que el asegurador, posteriormente reclamará los pagos hechos al asegurado, por los incumplimientos de las obligaciones en que haya incurrido el tomador, por lo que, al tomador no le conviene incumplir lo pactado, salvo casos de fuerza mayor.
2.3. Seguro de crédito En el artículo 69 la LCS establece que mediante el seguro de crédito el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, y siempre a cambio del cobro de una prima, a indemnizar al asegurado por las pérdidas finales que experimente a consecuencia de la insolvencia definitiva de sus deudores. Por la definición establecida en la Ley, podemos deducir que el seguro de crédito está orientado hacia las empresas que venden a crédito, ya que el objeto asegurado consiste en los créditos concedidos por el tomador del seguro. Para estas empresas, el seguro de crédito va a reportarles numerosas ventajas, porque ya no son ellas las que asumen el crédito de la insolvencia de sus clientes, sino que mediante este contrato, el riesgo de impagos se transfiere a la entidad aseguradora, lo que puede traducirse para la empresa en una mayor liquidez y estabilidad. Además, quien cuenta con un seguro de crédito, encuentra mayores facilidades a la hora de negociar sus efectos comerciales con las entidades de crédito, ya que de éstos está garantizado su cobro mediante el seguro. La empresa que decida contratar esta modalidad de seguro va a tener unas obligaciones con el asegurador, ya que deberá informar a éste de los créditos concedidos, a fin de que queden cubiertos por el seguro. Además, deberá mostrar al asegurador, los libros y cualesquier otro documento relativo al crédito o créditos asegurados, siempre que se lo solicite. También estará obligado a colaborar en los procedimientos judiciales encaminados a obtener la solución de la deuda, cuya dirección será asumida por el asegurador.
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Curso Básico De Gestión Financiera Otra obligación que deberá observar el asegurado, o el tomador, según el caso, es la obligación de ceder al asegurador, cuando éste lo solicite, el crédito que tenga contra el deudor, una vez satisfecha la indemnización. La Ley, en su artículo 70, establece claramente los supuestos en los que se considerará que existe insolvencia del deudor, y por lo tanto el asegurador deberá indemnizar al asegurado, estos son: •
Cuando el deudor haya sido declarado en quiebra mediante resolución judicial firme.
•
Cuando haya sido aprobado judicialmente un convenio en el que se establezca una quita del importe. Mediante el convenio de quita, el juez puede establecer una reducción del importe de las deudas.
•
Cuando se haya despachado mandamiento de ejecución o apremio, sin que del embargo resulten bastantes bienes libres para el pago.
•
Cuando el asegurado y el asegurador, de común acuerdo, consideren que el crédito resulta incobrable.
No obstante transcurridos seis meses desde que el asegurado avisó al asegurador del impago del crédito por parte del deudor, éste abonará a aquél el cincuenta por ciento de la cobertura pactada, con carácter provisional y a cuenta de una posterior liquidación definitiva.
2.4. Seguro de responsabilidad civil La legislación española establece que la persona que cause un daño a otra tanto en su integridad física, como en sus bienes tiene la obligación de reparar el daño causado o en caso de que esto no fuera posible, deberá indemnizarla por los daños y perjuicios causados. La causa, puede estar derivada de una acción directa o indirecta, o de una falta de la misma. Mediante el contrato de seguro de responsabilidad civil, el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a cubrir el pago de una indemnización a un tercero por los daños y perjuicios que le ha causado un hecho previsto en el contrato y de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado. Decimos que forma parte de los denominados seguros patrimoniales porque lo que va a quedar protegido, es el patrimonio del asegurado frente a posibles reclamaciones que un tercero pudiera hacerle, como consecuencia de las acciones que el
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Curso Básico De Gestión Financiera asegurado hubiera podido causarle, en su patrimonio o en su integridad, y por lo tanto, tuviera la obligación de indemnizarle. De esta forma, el que asume la obligación de indemnizar, en caso de reclamaciones de terceros, es el asegurador. Para que los daños sufridos por un tercero como consecuencia de un acto del asegurado, estén cubiertos, éste deberá ser lícito. El seguro no va a cubrir las consecuencias de actos delictivos, sino aquellos que estén dentro de la legalidad, aunque el asegurado haya tenido un comportamiento culpable (es decir, una acción realizada deliberadamente o como consecuencia de falta de la debida precaución), o se haya producido de forma fortuita. El seguro de responsabilidad civil no siempre va a cubrir todos los actos llevados a cabo por el asegurado, y por la cuantía que resulte obligado a pagar el asegurado, sino que puede tener una serie de limitaciones que pueden ser de diferentes tipos. •
Limitaciones del riesgo: en las condiciones particulares del seguro de responsabilidad civil, quedará perfectamente delimitado el riesgo que queda cubierto mediante la póliza. En ella se dará una detallada descripción de la actividad por la que el asegurado quiere que el seguro de responsabilidad civil indemnice en caso de causar daño, a terceras personas. Por ejemplo, si un profesional contrata un seguro de responsabilidad civil para los actos derivados del ejercicio de su profesión, únicamente esa actividad quedará cubierta mediante dicho seguro. Si le es reclamada una indemnización como consecuencia de que ha atropellado a una persona cuando iba en bicicleta, no tendrá cobertura.
•
Limitaciones de la cuantía de la indemnización: Ésta va a estar condicionada por la suma asegurada que presenta tres limitaciones diferentes: o
Límite por siniestro: un mismo siniestro puede tener diversas consecuencias, tanto materiales como personales. Todos los daños ocasionados deben ser reparados. Generalmente, en los contratos de seguro de responsabilidad civil se va a establecer un límite a la indemnización que el asegurador tendrá que pagar como consecuencia de un único siniestro. La cuantía de este límite deberá estar determinada en la póliza, y será el tomador del seguro quien determine su importe. El tomador va a ser la persona que mejor va a poder evaluar el riesgo al que está expuesto y la cuantía que quiere que el seguro le cubra, por lo que será él quien determine la suma asegurada por siniestro, considerando la can-
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Curso Básico De Gestión Financiera tidad máxima a la que debería hacer frente en caso de siniestro. La prima del seguro estará en función entre otros elementos, de la suma asegurada, que cuanto mayor sea, superior será el importe de la prima. o
Límite por víctima: las consecuencias o daños provocados por un siniestro pueden afectar a más de una persona, por lo que en determinados seguros de responsabilidad civil se establece un límite de indemnización por víctima.
o
Límite por periodo de tiempo: la contratación y las posteriores renovaciones del seguro de responsabilidad civil suele realizarse por años. En uno sólo, el asegurado puede sufrir más de un siniestro, por lo que es común, por parte de las compañías aseguradoras el establecer un límite temporal a las indemnizaciones, es decir, que por un periodo de tiempo, generalmente anual, establecen una cuantía máxima a las indemnizaciones a pagar, por los siniestros producidos, a los perjudicados. Este límite es más elevado que los anteriores, ya que tiene en cuenta que en un mismo año pueden existir más de un siniestro, por lo que suele ser varias veces el importe del límite por siniestro.
En los seguros de responsabilidad civil se puede incluir una franquicia, de tal manera, que el asegurado se hace cargo de parte de la indemnización a pagar al tercero. Podrá establecerse por una cuantía fija o por un porcentaje del total de la indemnización. El establecimiento de una franquicia reduce el importe de la prima, ya que el asegurado tiene que hacerse cargo de parte de la indemnización, por lo que, en caso de pequeñas indemnizaciones, no será necesario hacer uso del seguro. Además, la inclusión de franquicias en los contratos de seguros de responsabilidad civil, provoca una mayor preocupación y cuidado del asegurado para evitar los siniestros ocasionados por negligencia o descuidos. Existen determinadas actividades profesionales en las que es recomendable la contratación de este tipo de seguros. Médicos, arquitectos, constructores… pueden cometer errores profesionales con graves consecuencias, por los que pueden ser demandados. Aparte de las actividades profesionales por las que se puede contratar un seguro de responsabilidad civil, la Ley establece que, obligatoriamente, se deberá contratar este seguro para:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Actividades nucleares.
•
Caza.
•
Embarcaciones de recreo.
•
Vehículos a motor.
La falta de contratación de este seguro por parte de las personas que realicen estas actividades será objeto de sanción económica por la administración.
2.5. Seguro de defensa jurídica Está regulado por la LCS, en su artículo 76, íntegramente. Mediante el seguro de defensa jurídica, el asegurador se obliga, a cambio del cobro de la prima, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro. Gracias a este seguro, el patrimonio del asegurado está protegido frente a posibles litigios en los que pueda incurrir, ya que, va a tener a su alcance los medios necesarios para una correcta defensa de sus intereses, sin necesidad de hacer frente a cuantiosos gastos y con ello ver gravemente afectado su patrimonio. Los gastos que van a quedar cubiertos mediante la contratación del seguro de defensa jurídica van a ser, entre otros, los siguientes: •
Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los siniestros cubiertos.
•
Los honorarios de abogados y peritos necesarios para llevar a buen término el proceso judicial,
•
Los derechos y suplidos de procurador, en caso de que sea necesario para el buen fin del proceso.
•
Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes, así como actas, requerimientos y demás actuaciones necesarias en la defensa de los intereses del asegurado.
•
La constitución de fianzas en procesos penales para conseguir la libertad provisional del asegurado, así como para responder del pago de las costas judiciales.
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Curso Básico De Gestión Financiera No obstante, para el pago de todas estas cantidades habrá que tenerse en cuenta siempre los límites pactados en la póliza, y la cantidad máxima contratada. En todo caso, de la cobertura del seguro, van a quedar excluidos el pago de multas y de la indemnización de cualquier gasto originado por sanciones impuestas al asegurado por las autoridades administrativas o judiciales. El seguro de defensa jurídica podrá ser contratado independientemente, o incluirse una cláusula en la póliza de otro contrato de seguro. No obstante, en cualquiera de los dos casos, deberá especificarse el contenido de la defensa jurídica asegurada, así como la prima correspondiente. El asegurado podrá elegir libremente el abogado y el procurador que crea más adecuado para defender sus intereses. Además, éstos deberán atenerse, únicamente, a las instrucciones del asegurado, en ningún caso del asegurador.
3. Los seguros multirriesgo A lo largo de este tema hemos estado viendo las distintas modalidades de seguros existentes. Cada una de ellas está diseñada para cubrir un riesgo concreto. Pero, por lo que hemos estado viendo, los riesgos que amenazan los bienes y el patrimonio de las personas, son numerosos, y contemplarlos y cubrirlos todos, por medio de diferentes seguros, puede ser complicado y costoso. Con la finalidad de cubrir más de un riesgo, mediante la contratación de una única póliza, surge el contrato de seguro multirriesgo, donde los riesgos contemplados y los siniestros por los que el asegurado tiene derecho a recibir una indemnización o una reparación del daño sufrido son varios. El seguro multirriesgo es pues una evolución dentro del contrato de seguro. Las aseguradoras han lanzado este tipo, para adaptarse mejor a las necesidades de los consumidores, simplificando los trámites necesarios para cubrir el conjunto de riesgos que amenazan su patrimonio y sus bienes. Esta tramitación también se ha visto simplificada por las propias aseguradoras, ya que el proceso de suscripción ha sido estandarizado y simplificado, de tal manera, que el asegurado que suscribe un seguro multirriesgo, únicamente debe valorar económicamente sus bienes. Están formados por una serie de coberturas que se denominan básicas, y que serán de obligada suscripción por el asegurado, y por otras, que serán opcionales o complementarias, en las que el asegurado deberá valorar si desea contratarlas o no.
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Curso Básico De Gestión Financiera En la actualidad existen varias modalidades de seguro multirriesgo, que tratan de adaptarse a las necesidades de los diferentes consumidores.
3.1. Seguro multirriesgo del hogar. El seguro multirriesgo del hogar, es aquella modalidad de seguro diseñada para cubrir los riesgos inherentes a cualquier tipo de vivienda, así como, ciertos riesgos que pueden sufrir las personas que las habitan. Puede ser contratado para cualquier tipo de vivienda, es decir, para pisos, viviendas unifamiliares, adosados, vivienda en propiedad o en alquiler… A la hora de contratar el seguro, en la póliza del mismo, el asegurado va a tener que realizar una estimación sobre el valor de su vivienda. Para simplificar esta tarea, desde las aseguradoras se han creado unos formularios, en los que el asegurado deberá hacer constar los elementos patrimoniales de los que dispone. En estos formularios, y también a fin de simplificar la estimación del importe de la prima a pagar por el asegurado, el patrimonio está divido en dos grandes bloques: continente y contenido. El continente de una vivienda va a hacer referencia al edificio en sí que constituye la vivienda, es decir, paredes, tejados, cimientos, muros,… y demás elementos que lo configuran. Generalmente en el continente también se recogen las instalaciones fijas que forman parte de la vivienda: instalación del agua, del gas, de la electricidad… El contenido de la vivienda está formado por todos los elementos inclusos en la vivienda y que no forman parte de la estructura de la misma. Serán, por ejemplo, muebles, electrodomésticos, joyas, vajillas, ropas, y demás elementos personales. Como hemos comentado, en el seguro multirriesgo del hogar vamos a encontrar una serie de coberturas básicas, que serán de obligada suscripción, y otras opcionales, que serán contratadas a voluntad del asegurado. Las principales coberturas básicas recogidas en el seguro multirriesgo del hogar son las siguientes: •
Cobertura de incendios: es básica, y mediante ella, el asegurado va a poder ser indemnizado por los daños sufridos en caso de incendio, así como por explosiones o por caída de rayo. Es importante recordar, que este seguro cubre tanto contenido como continente, por lo que no es necesario que se queme toda la casa para que el seguro nos indemnice, sino que basta que un rayo nos estropee el televisor, para poder ser indemnizado.
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Cobertura por daños del agua: el asegurador indemnizará por los daños ocasionados en la vivienda o en contenido, por la acción directa del agua, que puede proceder de una rotura de una cañería, de goteras en el tejado… En esta cobertura también se suele contemplar los gastos de reparación de averías, ya que para localizar una tubería rota, se tienen que provocar desperfectos, en suelos o tabiques.
•
Cobertura por robo: el asegurador indemnizará por el valor de los bienes que hayan desaparecido a consecuencia de un robo. Esta cobertura va a afectar principalmente al contenido, ya que es el que es susceptible de ser robado, no obstante, mediante esta cobertura el asegurador también indemnizará por los desperfectos ocasionados para efectuar el robo: rotura de puertas, cerraduras…
•
Cobertura por responsabilidad civil: al igual que el seguro de responsabilidad civil, mediante esta cobertura, el asegurador tendrá obligación de reparar el daño que el asegurado, o las personas que convivan con él causen a terceros. Cabe destacar, que no sólo serán los daños causados directamente por el asegurado a un tercero, sino que se suele incluir a las personas que con él conviven, así como a los animales domésticos.
En cuanto a las coberturas opcionales, podemos destacar las siguientes: •
Asistencia jurídica.
•
Asistencia en el hogar.
•
Reconstrucción estética del continente.
•
Servicio de orientación médica.
•
Uso fraudulento de tarjeta de crédito.
•
Traslado temporal de bienes.
La prima que el asegurado deberá pagar al asegurador estará en función del importe de la valoración del continente y del contenido, y de las coberturas contratadas. Las básicas serán de obligada contratación, y las opcionales a voluntad del asegurado, incrementando su contratación el importe de la prima a pagar. En cuanto a la valoración del continente y del contenido y su repercusión en el pago de la prima, ésta será proporcional, es decir, a un mayor importe asegurado, superior será la prima a pagar. No obstante, las aseguradoras, tienen en cuenta también factores tales como el tipo de población donde está situada la vivienda, si es vivienda individual o está dentro
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Curso Básico De Gestión Financiera de una comunidad, la antigüedad de la casa, el uso que se le da (habitual o segunda residencia), la proporción que representan las joyas, objetos de arte y de valor con respecto al contenido, la instalación de alarmas, si la casa cuenta con puertas blindadas… Es frecuente, que en las posteriores renovaciones el asegurador aplique descuentos en la prima, si el asegurado no ha tenido ningún siniestro.
3.2. Seguro multirriesgo de comunidades. Con este seguro se da cobertura a varios de los riesgos que amenazan a los edificios o inmuebles que contienen varias viviendas, por medio de la contratación de una única póliza. El seguro multirriesgo de comunidades, podrá ser contratado independientemente de la propiedad de las viviendas que contiene, es decir, aunque todas tengan un propietario único o diferente para cada una, y los seguros que sobre éstas hayan sido contratados. Igual que en el caso del seguro multirriesgo del hogar, va a contar con unas garantías básicas, de obligatoria suscripción por parte del tomador del seguro, y con unas garantías adicionales, que el tomador del seguro decidirá sobre su conveniencia o no de contratarlas. Dentro de las coberturas básicas que se suelen incluir se encuentran las siguientes: •
Incendios: al igual que en el caso del seguro de incendios, mediante esta cobertura, el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado en caso de que sufra un incendio en el inmueble asegurado, así como por los gastos en que el asegurado incurra para la extinción del mismo.
•
Robo y expoliación: mediante esta cobertura, el asegurado será indemnizado en caso de que le sea sustraído algún bien declarado en la póliza, y situado en las zonas comunes de la comunidad.
•
Responsabilidad civil de la comunidad: quien deberá reparar el daño causado a un tercero, o a un copropietario de la misma, en el supuesto de que lo cause.
•
Rotura de lunas, y cristales: mediante esta cobertura, el asegurador se hará cargo de los gastos que ocasione las roturas de lunas y cristales en las partes comunes del edificio.
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Extensión de garantías: mediante la cual el asegurador extiende su cobertura a los posibles daños que puedan ocasionar en el inmueble los actos vandálicos, el viento, el pedrisco,…
Y dentro de las opcionales, el asegurador puede ofrecer la contratación de coberturas tales como: •
Responsabilidad civil de los copropietarios.
•
Daños por agua privados.
•
Avería de maquinaria.
3.3. Seguro multirriesgo para PYMES Para las pequeñas empresas, las entidades aseguradoras ofrecen un seguro combinado, que abarca, los principales riesgos que afectan a este tipo de negocios. Los inmuebles en los que las PYMES desarrollan su actividad, están expuestos a sufrir daños a causa del fuego, el agua, y robo. Generalmente las PYMES, y principalmente las dedicadas al sector comercial, están situados en los bajos de los edificios, con acceso directo desde la calle, por lo que la posibilidad de sufrir robos es mayor. Además, el empresario, tiene almacenado en sus dependencias cierta cantidad de género, bien destinado a la venta, o a la transformación, lo que hace que el riesgo de sufrir robo también se incremente, sobre todo en determinados tipos de negocios, en los que el género destinado a la venta es de un valor elevado, como por ejemplo joyerías, tiendas de electrónica, de arte… Por ello, la actividad a la que se dedica la PYME a asegurar, será determinante a la hora de fijar el precio de la prima, ya que, como vemos, determinadas mercancías serán más susceptibles de sufrir robos. El seguro multirriesgo para PYMES puede ser contratado por cualquier empresario, comerciante o profesional que se dedique a la venta o transformación de cualquier tipo de producto, o a prestar algún servicio de cara al público, tal como oficinas, despachos, asesorías, gestorías y consultas médicas. Al igual que en el seguro multirriesgo del hogar, para las PYMES, el tomador del seguro, deberá hacer una valoración de los bienes que tiene depositados en su comercio, lo que se conocerá como contenido, y del valor del inmueble o continente. También al igual que en los otros casos de seguro multirriesgo, el tomador del seguro, va a contar con unas garantías básicas, de obligada contratación, y va a poder optar a unas garantías suplementarias, que únicamente contratará en caso de que le interesen.
Unidad 6. Los seguros de daños
236
Curso Básico De Gestión Financiera Entre las garantías básicas que van a estar incluidas en el seguro multirriesgo de PYMES, vamos a encontrar algunas coberturas que ya hemos visto en el seguro multirriesgo del hogar, como la de incendios, y la de robo, principalmente. Así mismo, van a quedar cubiertos, los gastos derivados: bomberos, rotura de escaparte para cometer el robo… Pero, el seguro multirriesgo para PYMES, contempla sus peculiaridades a través de las coberturas opcionales, en la que suelen incluir, la perdida de beneficios como consecuencia de los daños producidos, las averías en la maquinaria, la rotura de escaparates, la responsabilidad civil derivada de su actividad, o el transporte de mercancías propias del negocio. No obstante, debemos señalar que una cobertura esté dentro de las coberturas básicas, o por el contrario, sea opcional, dependerá en gran medida de la entidad aseguradora que contrata el seguro, ya que cada una de ellas, ha dispuesto de unos criterios propios a la hora de diseñar sus seguros multirriesgo para las empresas
4. Ventajas e inconvenientes de los seguros de daños Algunas de las ventajas más destacables de los seguros contra daños, son las siguientes: •
El riesgo al que están expuestos los bienes de la empresa es un riesgo real, que por medio del contrato de seguro, el asegurado lo traslada a la compañía aseguradora.
•
En el momento de sufrir un siniestro, es cuando se valora la verdadera utilidad del seguro, ya que son unos momentos muy duros, en los que la solvencia y organización de la compañía aseguradora, afrontan la situación de manera más coherente y profesional.
•
El coste económico derivado de un siniestro es demasiado elevado para poder ser asumido por un particular, ésta es la principal competencia de la empresa aseguradora.
•
El contrato de seguro de daños aporta tranquilidad al asegurado, ya que sabe, que si ocurre el siniestro previsto en la póliza, será debidamente indemnizado, en los términos pactados.
Entre los principales inconvenientes que presentan los seguros de daños podemos señalar los siguientes:
Unidad 6. Los seguros de daños
237
Curso Básico De Gestión Financiera •
El importe de las primas a pagar a las compañías puede variar mucho de una entidad a otra, de tal forma, que si no cotejamos y comparamos el coste en varias entidades, el asegurado puede estar pagando un precio excesivo por su seguro.
•
Los asegurados que nunca han sufrido un siniestro, pueden ver que el coste del seguro es un gasto desaprovechado, ya que no han visto remunerada la aportación realizada en forma de primas.
•
El tomador del seguro debe conocer perfectamente la dimensión de la cobertura de los riesgos asegurados, ya que en la actual contratación, al estar estandarizada, es compleja y ambigua, de tal forma, que puede que el asegurado piense que cuenta con determinada cobertura, cuando en realidad no la tiene. Es conveniente por ello, repasar concienzudamente todas las cláusulas que se incluyen en el contrato de seguro (letra pequeña).
5. Caso práctico: el seguro multirriesgo Esther tiene una pequeña mercería, situada en el centro de la ciudad. Ella lleva a cabo toda la actividad del negocio, es decir, la gestión y la venta. Ha decidido contratar un seguro multirriesgo, a fin de garantizar tanto las mercancías que tiene, como los posibles daños que pudiera sufrir su local. El local donde tiene la tienda, es de su propiedad y consta de dos partes y de un pequeño aseo. La parte principal está dedicada a la exposición y venta de sus artículos, y la parte posterior, la utiliza de almacén para las mercancías. En total dispone de unos 250 m2 que están valorados en 61.352,65 €. Además, el establecimiento cuenta con un escaparate de cristal, para la exposición del género, que está protegido con una reja extensible, pero, por si acaso, decide contratar la cobertura del seguro multirriesgo de reparación de lunas. Estima que el valor de su escaparate es de unos 650 €. En el almacén, suele tener mercancía suficiente para reponer las existencias de la tienda, así como, restos de la temporada anterior. En total, en almacén suele tener invertido, en género, unos 2.500 €. Dentro de la tienda, tiene expuesto artículos de temporada, así como algunas labores ya confeccionadas, para dar ideas creativas a sus clientes. En total, en la tienda suele tener expuesta mercancía por valor de unos 4.500 €.
Unidad 6. Los seguros de daños
238
Curso Básico De Gestión Financiera Para llevar un registro de las ventas, compras, y realizar la contabilidad y gestión de la empresa, Esther dispone de un ordenador, en la tienda, con TPV, para poder realizar cobros a los clientes que desean pagar con tarjeta de crédito. El equipo está valorado en 2.540 €. Como es muy importante para el desarrollo de la actividad el buen funcionamiento del mismo, ha decidido contratar, dentro de su seguro multirriesgo, la cobertura de reparación de ordenadores, para disponer de servicio técnico cuando sea necesario. Decide contratar la cobertura de responsabilidad civil, con un límite de 6.000 € de capital, ya que por las características propias de su actividad, entiende que no está expuesta a un gran riesgo en esta materia. Las coberturas básicas del seguro multirriesgo que tiene contratado, incluyen los de incendio, y de responsabilidad civil. La cobertura de robo, decide contratarlo, únicamente, por el valor del contenido. Para la resolución de este caso práctico, dispones de un archivo de Excel, llamado ejemplo6_1.xls. En él, deberás introducir la valoración de los distintos elementos, para obtener el importe de la prima a pagar. A partir de esta información, y mediante el siguiente impreso, calcula la prima neta, es decir, sin impuestos, que deberá pagar por su seguro multirriesgo, teniendo en cuenta que las tarifas aplicables son las siguientes:
Unidad 6. Los seguros de daños
239
Curso Básico De Gestión Financiera SEGURO MULTIRRIESGO DEL HOGAR C O B E R T U R A S Garantías Básicas
Y
C A P I T A L E S
C O N T R A T A D O S
Capital
Tarifa
asegurado 61.352,65 € 7.000,00 € 6.000,00 €
Continente Contenido Responsabilidad civil
0,15% 0,24% 0,25%
Total Garantías Básicas
Importe prima 92,03 € 16,80 € 15,00 € 123,83 €
Garantías Opcionales Riesgo
Capital
cubierto
asegurado
Tarifa Importe Prima
I - Daños por agua
SI
68.352,65 €
0,09%
61,52 €
II - Robo y expoliación Descuentos Sistema de alarma Sistemas de seguridad
SI
7.000,00 €
0,21%
14,70 €
NO SI
7.000,00 €
0,05%
3,50 €
III - Rotura de lunas, y escaparates
SI
650,00 €
0,65%
4,23 €
IV - Perdida de beneficios Prestación diaria
NO
V - Asistencia jurídica
NO
VI - Daños estéticos
NO
VII - Avería ordenadores
SI
2.540,00 €
2,64%
67,06 €
VIII - Pérdida bienes refrigerados
NO
IX- Infidelidad empleados
NO Total Garantías Opcionales Total Prima Neta
144,00 € 267,83 €
CONCEPTOS IMPORTANTES EL SEGURO CONTRA DAÑOS Seguro de daños: son aquellos contratos de seguros mediante los cuales, la aseguradora se obliga a indemnizar al beneficiario, en caso de la pérdida o daño del bien objeto del contrato de seguro, siempre a cambio del cobro de una prima. Seguros de cosas: son aquellos contratos de seguros, en los que el objeto asegurado es un bien material, y en los que está previsto en la póliza la cobertura por un riesgo concreto. Unidad 6. Los seguros de daños
240
Curso Básico De Gestión Financiera Seguro de incendios: el riesgo cubierto es la pérdida del objeto como consecuencia directa de la acción del fuego. Suma asegurada: es la valoración económica de los bienes asegurados. Seguro contra robo: es aquel contrato que da cobertura al asegurado por los bienes que le puedan ser sustraídos por terceras personas. Seguro de transporte: es el seguro que da cobertura por los daños que puedan sufrir las mercancías, durante su trasporte por tierra. Seguro combinado agrario: es el seguro que da cobertura a las explotaciones agrarias. Generalmente contempla más de un riesgo, ya que se trata de un seguro combinado. Seguro de vehículos a motor: es el contrato de seguro destinado a cubrir los daños ocasionados por la utilización de vehículos a motor. Es de obligada contratación. Seguro de patrimonio: da cobertura al patrimonio, en general, de la persona física o jurídica, así como su capacidad para generar ingresos. Seguro de lucro cesante: el asegurado se garantiza una indemnización, en caso de que por cualquier motivo deje de percibir ingresos o deje de generar beneficios. Seguro de caución: el asegurador se obliga, a que, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Seguro de crédito: mediante este seguro, el asegurado tiene garantizado el cobro de los créditos que ha concedido, ya que, en caso de que éstos resulten impagados, el asegurador deberá indemnizarlo. Seguro de responsabilidad civil: el asegurador deberá indemnizar a las personas a las sufran daños como consecuencia de los actos cometidos por el asegurado. Seguro de defensa jurídica: mediante esta modalidad de seguro, el asegurador se obliga a costear los honorarios de los profesionales, en caso de que el asegurado necesite asistencia jurídica. Seguro multirriesgo: es aquella modalidad de seguro que da cobertura, mediante una única póliza a más de un riesgo a la vez. Contenido: son los bienes y enseres que están depositados en las dependencias del inmueble asegurado Continente: son los elementos estructurales que conforman el inmueble, así como las instalaciones fijas que hay: electricidad, gas, agua…
Unidad 6. Los seguros de daños
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Curso Básico De Gestión Financiera
UNIDAD 7 EL SEGURO DE PERSONAS 1. Seguro de vida ..........................................................................................................................244 1.1.
Seguros para caso de vida...........................................................................................245
1.2.
Seguros para caso de muerte ......................................................................................246
1.3.
Seguros mixtos..............................................................................................................248
2. Seguro de accidentes...............................................................................................................249 3. Seguro de enfermedad y asistencia sanitaria ........................................................................250 4. Productos de ahorro y previsión ..............................................................................................252 4.1.
Planes de jubilación ......................................................................................................252 4.1.1. Ventajas e inconvenientes de los planes de jubilación.....................................254 4.1.2. Caso práctico: plan de jubilación ........................................................................255
4.2.
Planes y fondos de pensiones .....................................................................................256 4.2.1. Concepto ..............................................................................................................256 4.2.2. Elementos del Plan de Pensiones......................................................................256 4.2.3. Principios básicos que deben cumplir los Planes de Pensiones .....................258 4.2.4. Tipos de Planes de Pensiones ...........................................................................259 4.2.5. Aportaciones ........................................................................................................261 4.2.6. Prestaciones ........................................................................................................262 4.2.7. Fiscalidad del Plan de Pensiones.......................................................................264 4.2.8. Diferencias entre Plan de Pensiones y de Jubilación .......................................265 4.2.9. Ventajas e inconvenientes de los Planes de Pensiones ..................................266 4.2.10. Caso práctico: Plan de Pensiones ...................................................................266
4.3.
Unit-linked ......................................................................................................................267
4.4.
Ventajas y desventajas de los productos de ahorro...................................................268
OBJETIVOS Conocer las principales características y funcionamiento de los seguros de personas. Conocer los distintos tipos de seguros de vida. Distinguir entre seguro de accidentes, seguro de enfermedad y seguro de asistencia sanitaria Conocer los principales seguros de ahorro existentes Conocer las características y las diferencias existentes entre planes de jubilación y planes de pensiones
Unidad 7. El seguro de personas
242
Curso Básico De Gestión Financiera
La regulación de los seguros de personas está recogida en la LCS, en su Título III, a partir del artículo 80. La vida de las personas, así como sus condiciones actuales de vida y su situación económica, están expuestas a un continuo riesgo. Este riesgo puede verse materializado de muy diferentes formas, que van desde el fallecimiento de la persona, a una enfermedad crónica, una lesión que la incapacite para trabajar, un accidente… A raíz de la ocurrencia de alguno de estos acontecimientos, la vida de las personas, así como su situación económica pueden verse gravemente alteradas. En algunas de estas ocasiones, la persona que sufre el suceso puede verse privada de sus ingresos o de parte de ellos, con lo cual su situación económica empeora, o el percance sufrido, puede tener como consecuencia elevados gastos, que también van a afectar a su nivel adquisitivo, ya que por lo general, son gastos que no están previstos en el presupuesto personal. Para paliar todas estas consecuencias económicas negativas de estos eventos existen los seguros de personas, que vienen regulados por los artículos 80 a 106 de la LCS donde se establece que comprenden todos los riesgos que pueden afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado. Se van a asegurar conceptos como la vida misma de la persona, su integridad, o su existencia, que no se pueden valorar económicamente con criterios objetivos que aplicamos a otros elementos. La vida de las personas no forma parte de la actividad mercantil, por lo que su valoración la debemos hacer con otros criterios que no son los habituales en los bienes patrimoniales. No sabemos cuanto cuesta una enfermedad grave, no podemos darle valor económico a un fallecimiento, por eso, en los seguros personales, el valor del objeto asegurado se suele establecer de forma subjetiva, mediante la asignación de cantidades fijas, pactadas para cada caso antes de que se produzca el siniestro. Por ejemplo, si en un seguro de vida y para el caso de fallecimiento, pactamos una cuantía de 300.000 euros, ésa será la cantidad que la compañía tendrá que abonar en el momento que se produzca el daño. (Por eso, en estos seguros no se aplican los conceptos de infraseguro y sobreseguro que veremos mas adelante). En el articulo 81 se nos indica que el contrato se puede realizar tanto a nivel individual, es decir para los riesgos que puede tener una sola persona, como a nivel colectivo, o sea, para los riesgos a los que está expuesto un conjunto de personas. Para que un grupo pueda contratar un seguro colectivo deben tener características en común, que, generalmente, coinciden con que realizan alguna actividad todos juntos.
Unidad 7. El seguro de personas
243
Curso Básico De Gestión Financiera Por ejemplo, podrían formar parte de un seguro colectivo los integrantes de un equipo de fútbol, o los pasajeros de un autobús…
1. Seguro de vida Es una fórmula de ahorro que hace frente, por medio de una cobertura económica, a dos riesgos principales: la muerte y/o la supervivencia y las necesidades económicas que se derivan de ella. Mediante el contrato de seguro de vida, la entidad aseguradora se compromete, a cambio del cobro de una prima única o periódica, a pagar la prestación convenida en el caso de que se cumpla la circunstancia prevista en, es decir, que la persona o personas aseguradas fallezcan o sobrevivan a un periodo de tiempo. La Ley establece, que el tomador, podrá contratarlo para asegurar su propia vida, o de un tercero. En caso de que el objeto del seguro, recaiga sobre la vida de una tercera persona, ésta deberá manifestar su consentimiento por escrito, para poder celebrarse el contrato. El cálculo del importe de las primas a pagar por el tomador del seguro, se hace por medio de tablas establecidas, la matemática actuarial y cálculos de probabilidad de que el riesgo asegurado se materialice, es decir, fallezca la persona asegurada. En estas tablas, se recogen diversos parámetros que tratan de cuantificar el riesgo de fallecimiento o la esperanza de vida1 de la persona. Algunos de estos parámetros son:
Seguros de vida
Seguros para caso de vida
Seguros de renta diferida Seguros de capital diferido Seguros de renta vitalicia inmediata
Seguros para caso de muerte
Seguro de vida entera Seguro temporal Seguro de supervivencia Seguro de amortización de préstamos
Seguro mixto completo Seguro mixto simple Seguro dotal
Seguros mixtos
1
La esperanza de vida de una persona es la cantidad de años que se estima pueda vivir en función del colectivo al que pertenece (por ejemplo, sexo, país, actividad profesional…).
Unidad 7. El seguro de personas
244
Curso Básico De Gestión Financiera el sexo, la edad, la actividad profesional, hábitos (fumar, beber…), zona de residencia (rural, urbana)… Dentro de los seguros de vida, vamos a distinguir tres categorías: •
para caso de vida
•
para caso de muerte
•
mixtos.
1.1. Seguros para caso de vida. La compañía se compromete a pagar al beneficiario del seguro el capital o las rentas, que marque la póliza del contrato, siempre que la persona asegurada que aparece en la póliza, sobreviva a una fecha determinada o alcance la edad fijada. Una característica que se suele encontrar en esta modalidad de seguros, es que la figura del tomador, el beneficiario y el asegurado son la misma persona, ya que como podemos ver, la compañía va a asegurar la capacidad adquisitiva o la situación económica del beneficiario al llegar a cierta edad en la que sus ingresos pueden verse mermados. Se trata pues de un seguro de ahorro, principalmente, ya que mediante su contratación el asegurado se garantiza un capital o unas rentas, en un momento futuro. En la contratación del seguro para caso de vida, el tomador, puede elegir de que forma querrá cobrar la indemnización en el momento en que venza su seguro, de tal manera, que el tomador podrá optar entre recibir unas rentas diferidas o un capital. •
Seguros de renta diferida: la compañía aseguradora se compromete a abonar al beneficiario una renta con vencimientos periódicos, generalmente mensual, a partir de una fecha pactada en la póliza o cuando el asegurado alcance determinada edad, y siempre mientras viva. Estas rentas pueden ser vitalicias, es decir que la compañía se comprometa a pagar mientras el asegurado viva, o bien temporales, es decir por un periodo de tiempo determinado. En todo caso, será en la póliza dónde se deberá especificar que modalidad de rentas es la que va a componer el seguro. Puede darse el caso de que el asegurado fallezca antes de la fecha prevista en la póliza, o de alcanzar determinada edad, por lo que salvo que el tomador haya pactado el reembolso de las primas pagadas, la compañía se quedará con las abonadas por el tomador hasta el momento de su fallecimiento. Si el tomador del seguro ha pactado el reembolso de las primas abonadas, y el asegurado ha fallecido, la compañía deberá reembolsarlas
Unidad 7. El seguro de personas
245
Curso Básico De Gestión Financiera al tomador, en caso de que sea una persona distinta del asegurado, si no al beneficiario, o a los herederos del asegurado. •
Seguros de capital diferido: en el caso de que el tomador opte por recibir el capital diferido, el beneficiario recibirá, cuando el asegurado alcance una determinada edad o en una determinada fecha, a la que el asegurado llegue con vida, el capital establecido en la póliza. Al igual que en el caso de renta diferida, si el tomador no ha pactado el reembolso de las primas abonadas, en caso de que el asegurado fallezca antes de la fecha prevista en la póliza, la compañía aseguradora se quedará con los importes cobrados.
•
Seguros de renta vitalicia inmediata: mediante esta modalidad, el beneficiario obtiene una renta vitalicia en el momento en que alcaza determinada edad o llega una determinada fecha, y para ello, lo que ha entregado a cambio a la compañía de seguros, es un capital, en un momento anterior al comienzo del cobro de las rentas. Este capital constituye la prima única de este contrato de seguro, ya que a diferencia de los anteriores, en esta modalidad, no existe el pago de cuotas periódicas, sino que la aportación se realiza de una sola vez. La cuantía de la aportación es, generalmente, más elevada, que en el caso de que se trate de cuotas periódicas, y además las compañías suelen exigir que el importe de esta prima única alcance un nivel mínimo (por ejemplo, la prima única deberá ser superior a 6.000 €).
1.2. Seguros para caso de muerte La entidad aseguradora, se compromete a abonar al beneficiario la indemnización convenida por el tomador en la póliza, cuando se produzca la muerte de la persona asegurada. La indemnización puede ser en forma de un único pago, o a través de cuotas o rentas. La forma en que se realizará deberá estar recogida en la póliza. Como podemos deducir del funcionamiento de este tipo de seguros, la figura del asegurado y del beneficiario deberá recaer en personas distintas, ya que, la causa que provoca el derecho de indemnización al beneficiario es la muerte del asegurado. Esta modalidad de seguro puede contratarse para un periodo de tiempo determinado, tras el cual, si el asegurado sobrevive, el contrato de seguro se anula y ya no sigue en vigor, o puede contratarse con carácter indefinido, es decir, hasta el fallecimiento del asegurado.
Unidad 7. El seguro de personas
246
Curso Básico De Gestión Financiera En el caso de los seguros de vida para caso de muerte, también podemos distinguir varias categorías: •
Seguro de vida entera: la entidad aseguradora se compromete a pagar al beneficiario la indemnización pactada cuando el asegurado fallezca. La indemnización puede estipularse en forma de capital o pago único, o mediante rentas o cuotas periódicas, hasta el importe que da derecho la indemnización. Este seguro también permite al tomador la posibilidad de optar por el pago de las primas durante un plazo de tiempo determinado, o hasta que se produzca el fallecimiento del asegurado. Aunque el tomador del seguro opte por pagar las primas durante un plazo de tiempo determinado (por ejemplo, durante 10 años), la cobertura del seguro, se extiende hasta que se produzca la muerte del asegurado. En este caso, la cuantía de las primas a pagar suele ser superior, que en el caso de que sean rentas vitalicias que se paguen hasta la muerte del asegurado.
•
Seguro temporal: la entidad, se compromete a indemnizar al beneficiario en el caso de que la muerte del asegurado se produzca dentro del plazo de tiempo determinado por la póliza. Si el asegurado sobrevive a ese periodo, la compañía no tendrá obligación de devolver el importe de las primas pagadas, ni deberá abonar indemnización alguna, ya que se trata de un seguro para caso de muerte, y el asegurado ha sobrevivido. No obstante, en el momento de la contratación, el tomador del seguro, puede pactar con la entidad, la devolución del importe de las primas en caso de que el asegurado sobreviva, pero esta condición encarece notablemente el coste de las mismas. El importe de las primas a pagar por este tipo de seguro es sensiblemente inferior que en el caso de vida entera, donde existe la certeza de que el asegurado fallecerá, mientras que en el seguro temporal, la compañía estimará la probabilidad de que el asegurado fallezca en ese plazo, y en función de esa probabilidad establecerá el importe de las primas a pagar.
•
Seguro de supervivencia: mediante éste la entidad aseguradora se compromete a pagar al beneficiario en caso de que el asegurado fallezca antes que él. En caso de que sea el beneficiario el que fallezca primero, la compañía no tendrá obligación alguna de pagar indemnización ni de reembolsar las cuotas satisfechas.
Unidad 7. El seguro de personas
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Seguro de amortización de préstamos: la entidad aseguradora se compromete a pagar los importes de los préstamos, así como los intereses, que tenga pendiente el asegurado en el momento de su muerte. Esta modalidad suele ser exigida por las entidades de crédito a sus clientes, cuando éstos contratan operaciones de activo a largo plazo. De esta forma se aseguran de que el importe prestado será devuelto, aunque el cliente fallezca antes de hacerlo por la totalidad del importe prestado, más los intereses pactados.
1.3. Seguros mixtos Éstos presentan características de ambas modalidades, es decir, que tienen elementos en común con los seguros de vida para caso de vida y de muerte. Con los seguros para caso de vida, va a compartir la característica de que si el asegurado sobrevive a una fecha determinada, el beneficiario va a recibir el capital pactado por el tomador en la póliza. En común con los seguros para caso de muerte, va a tener, que en caso de que se produzca el fallecimiento de la persona asegurada en el periodo de vigencia del contrato de seguro, el beneficiario va a recibir la indemnización correspondiente señalada en la póliza. Al igual que en los casos anteriores, dentro de los seguros mixtos, vamos a poder distinguir varias categorías: •
Seguro mixto completo: la entidad aseguradora se compromete a pagar una indemnización al beneficiario del seguro, en caso de fallecimiento del asegurado en el plazo pactado en la póliza del contrato. Si pasado el plazo marcado, y el asegurado sobrevive, será él quien reciba el capital pactado en la póliza, más una parte de los beneficios generados por ese capital durante el plazo de vigencia del seguro. Estas condiciones siempre se aplicarán teniendo en cuenta las condiciones particulares que estipule la póliza.
•
Seguro mixto simple: si el asegurado fallece en el plazo de vigencia del seguro, será el beneficiario quien cobre la indemnización pactada, pero si sobrevive, el capital acumulado por el pago de las primas, será abonado al asegurado. A diferencia del seguro mixto completo, el capital que recibirá el asegurado estará compuesto únicamente por el importe de las primas, y no contendrá la parte del los beneficios generados durante el periodo.
•
Seguro dotal: dirigido a padres o tutores, para salvaguardar la situación económica de sus hijos en un futuro, contemplando dos posibilidades: que ellos vivan o que hayan fallecido. Así pues, se trata de un seguro en el que
Unidad 7. El seguro de personas
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Curso Básico De Gestión Financiera el tomador es el padre, madre o tutor de un menor, generalmente, que nombra beneficiario a su hijo, para que en una fecha fija cobre el importe del capital garantizado, independientemente de que el padre, madre o tutor sobreviva o no. En este caso, la persona asegurada es el padre, madre o tutor, y es su vida la que queda asegurada, pero aunque muera antes de la fecha fijada para el cobro del capital, el menor deberá esperar a la fecha convenida para recibir el capital al que le da derecho el seguro. Si el asegurado fallece antes de la fecha de vencimiento del seguro, cesa la obligación de pagar las primas a la entidad aseguradora.
2. Seguro de accidentes La LCS entiende por accidente la lesión corporal que se deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, y que produce en el accidentado invalidez temporal o permanente, o muerte. De la definición debemos destacar que la causa del accidente debe ser fortuita y casual, y en todo caso ajena a la voluntad del asegurado. Si quedase probado que éste ha sido el causante del accidente, el asegurador quedará exonerado de la obligación de indemnizar al beneficiario. Además, si el accidente no ha sido provocado por el asegurado, sino por el beneficiario del seguro, la entidad aseguradora no indemnizará a éste sino al tomador o a sus herederos, según establece la LCS. Ésta dice que el tomador de un seguro de accidentes tiene la obligación de comunicar a la entidad aseguradora la contratación de cualquier otro seguro de accidentes que recaiga sobre una persona ya asegurada, es decir, que en el momento en que se contrata un segundo seguro de accidentes para una misma persona, la persona que lo contrata (el tomador) deberá comunicar a las diferentes entidades aseguradoras la existencia de ambos. Como práctica general podemos decir, que existen una serie de circunstancias, en las que si el asegurado sufre un accidente, éste no va a estar cubierto por el seguro de accidentes. Estas situaciones son la práctica de deportes de riesgo (puenting, escalada, boxeo…), si el accidente ha sucedido mientras el asegurado llevaba a cabo actos delictivos, o si se encontraba bajo el efecto del alcohol o de las drogas, entre otras. En la póliza del seguro de accidentes se especificará expresamente la cobertura de los gastos de asistencia sanitaria al accidentado, de tal manera que en el mo-
Unidad 7. El seguro de personas
249
Curso Básico De Gestión Financiera mento del accidente, el asegurado sepa con certeza cuales son los gastos que cubre su seguro y cuales deberán ser sufragados por él. Mediante el seguro de accidentes, el asegurado va a disponer de cobertura en los casos en que el percance le cause invalidez temporal o permanente, o la muerte. En la póliza del contrato, deberá reflejarse el importe al que el beneficiario tiene derecho, en caso de producirse el accidente, y que el asegurado sufra cualquiera de las situaciones mencionadas. No debemos confundir el derecho a indemnización por la muerte del asegurado en el seguro de accidentes, con el seguro para caso de muerte, que acabamos de ver en el punto anterior. Éste da cobertura a todas las situaciones que pueden desencadenar la muerte del asegurado, mientras que en el seguro de accidentes, la cobertura es la muerte del asegurado a consecuencia de las lesiones sufridas en un accidente, por lo que la muerte del asegurado, por cualquier otro motivo que no sea ésta no originará el derecho a indemnización. En el caso de que el asegurado sufra una invalidez derivada de las lesiones provocadas por el accidente, deberá presentar al asegurador un certificado médico, a fin de poder determinar el grado de invalidez y la cuantía de la indemnización a la que tiene derecho, en función de los baremos fijados en su póliza. Con esta información, el asegurador hará una estimación del importe a que tiene derecho el beneficiario del seguro, y el grado de invalidez reconocido. Esta evaluación, quedará recogida en una propuesta, que será remitida al asegurado para su aceptación. Si el asegurado no está de acuerdo con la propuesta elaborada por el asegurador, las dos partes deberán someterse a la decisión de peritos médicos, que determinarán cual es el grado de invalidez, y con los nuevos datos, se determinará finalmente la indemnización a percibir. Existe una modalidad de seguro de accidentes que es de debida contratación: el seguro obligatorio de viajeros. Deberá tenerlo todo aquel empresario que se dedique al transporte colectivo de viajeros, quien será el tomador del seguro y los viajeros los asegurados. El asegurador se obliga a indemnizar a los beneficiarios en caso de accidente, y a sufragar los gastos de asistencia sanitaria necesaria para paliar las lesiones ocasionadas como consecuencia del accidente.
3. Seguro de enfermedad y de asistencia sanitaria En la LCS aparecen regulados indistintamente el seguro de enfermedad y el seguro de asistencia sanitaria, pero se trata de dos productos diferentes, que dan derecho a diferentes prestaciones.
Unidad 7. El seguro de personas
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Curso Básico De Gestión Financiera Mediante el seguro de enfermedad, la entidad aseguradora se obliga a indemnizar al beneficiario en caso de que el asegurado contraiga alguna enfermedad durante el periodo de vigencia del contrato. Esta modalidad de seguro está diseñada para cubrir la pérdida de ingresos mientras el asegurado sufre la enfermedad, o está convaleciente, y para costear los gastos del tratamiento médico necesario para paliar la enfermedad. Las indemnizaciones están destinadas a cubrir esta falta o disminución de ingresos, y para hacer frente a los gastos extras que origina la enfermedad. Las indemnizaciones que se suelen contratar mediante el seguro de enfermedad, son entre otras, las siguientes: •
Indemnización por intervención quirúrgica: estará en función de los baremos establecidos en la póliza del seguro y de la operación quirúrgica sufrida. Constará de un único pago.
•
Indemnización diaria por hospitalización: dependiendo del seguro, ésta puede por hospitalización quirúrgica o por cualquier motivo. El importe de esta prestación estará en función de los baremos establecidos en la póliza, y de las condiciones particulares pactadas con la entidad. Es frecuente que la aseguradora establezca un límite de días máximo por siniestro, en los que tendrá derecho a indemnización. Así, cuando la prestación es por hospitalización quirúrgica suele establecerse un límite que oscila de 30 a 180 días, y cuando es por cualquier otro motivo, de un año.
•
Indemnización diaria por convalecencia: durante los días en que el asegurado está de baja, puede pactar con la entidad aseguradora, recibir una indemnización que le compense por la pérdida o disminución de ingresos que le está provocando la enfermedad.
•
Indemnización por parto: las aseguradas recibirán una cantidad fija por parto, independientemente de los días que tengan que estar hospitalizadas.
Es frecuente encontrar en este tipo de seguros un periodo de carencia en el cual el seguro está contratado pero no en vigor. Dependiendo de la modalidad contratada, este periodo puede oscilar entre 6 y 12 meses. El seguro de asistencia sanitaria proporciona al asegurado y sus beneficiarios asistencia médica, hospitalaria y quirúrgica, en caso de accidente o enfermedad, a través de un sistema médico propio, formado por facultativos especializados, clínicas y
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Curso Básico De Gestión Financiera hospitales, con los que la entidad aseguradora mantiene un convenio de colaboración. A ésta se le han de abonar unas primas periódicas. Se trata de un seguro complementario, ya que a través del seguro obligatorio de la Seguridad Social, se cuenta con estos servicios. No obstante, la saturación del sistema sanitario dependiente de la Seguridad Social, y el progresivo aumento del nivel de vida en nuestro país, hacen que el número de seguros privados de enfermedad y asistencia sanitaria contratados vaya en aumento año a año. Esta modalidad de seguro puede ser contratada de forma individual, siendo el asegurado una única persona, de forma familiar, siendo todos los miembros de la familia asegurados, o para grupos, asegurando a un colectivo de personas que tienen alguna actividad en común, (empresas, equipos deportivos,…)
4. Productos de ahorro y previsión El nivel de vida adquirido por una persona durante su vida laboral, desea mantenerlo una vez que deje de desarrollar su actividad profesional. Estamos asistiendo en la actualidad a un progresivo envejecimiento de la población, y a un descenso en las tasas de natalidad, por lo que el número de personas que cotizan a la Seguridad Social va disminuyendo, mientras que el número de personas que cobran de ella es cada vez mayor, así como el número de años que éstas reciben esa prestación, ya que la esperanza de vida ha sufrido un fuerte incremento en los últimos años. Por todo ello, la viabilidad y sostenibilidad del sistema público de pensiones, está siendo cuestionada actualmente, lo que ha provocado que cada vez sean más las personas que optan por contratar productos financieros destinados a garantizar unos ingresos en el momento de la jubilación. Además de los factores sobre la incertidumbre de disponer con unos ingresos en el futuro, este tipo de productos financieros cuentan con beneficios fiscales, de los que puede disfrutar el cliente en el momento que contrate éstos, en el IRPF.
4.1. Planes de jubilación Son seguros de vida mixtos, en los que el tomador, pacta con la entidad financiera el cobro de una indemnización al llegar a una determinada edad, que suele coincidir con la de jubilación del asegurado, aunque, si lo desea, puede pactar otra fecha, aunque no sea exactamente ésta. Los planes de jubilación, como seguros de vida mix-
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Curso Básico De Gestión Financiera tos que son, también contemplan la posibilidad de que el asegurado fallezca o sufra una invalidez antes de la fecha convenida, de tal forma, que estas situaciones, también darían derecho a recibir el capital invertido, sin penalización alguna. En este tipo de seguros, la figura del tomador, el asegurado y el beneficiario suelen recaer en la misma persona, de forma que el seguro es contratado a iniciativa propia, figurando como asegurado él mismo, y pactando con la entidad el cobro de la indemnización para sí mismo. El tomador del seguro, pactará con la entidad el abono de una prima única, que constituya el capital que recibirá en el momento de alcanzar la edad pactada, o el abono de primas periódicas, que vayan conformando el montante de la indemnización. Así mismo, el tomador, también puede pactar, si en el momento de recuperar el capital ahorrado más los intereses generados, desea recibirlos mediante un único pago, o prefiere recibirlo en forma de rentas periódicas. Una de las principales características a destacar de los planes de jubilación es que la edad que el tomador pacta con la entidad para recuperar el capital invertido puede coincidir con la edad de jubilación o no, de tal manera, que el tomador puede pactar recuperar su dinero unos años antes o unos años después de dicha edad, sin ninguna penalización en la rentabilidad del plan. Otra de característica destacable de los planes de jubilación, es la liquidez, ya que ofrece la posibilidad de rescatar el capital anticipadamente, y de cancelar el contrato en cualquier momento. Si el asegurado decide rescatar el capital ahorrado antes de la fecha pactada no obtendrá la rentabilidad esperada, ya que la entidad le impondrá penalizaciones y comisiones por la cancelación anticipada del contrato. Estas penalizaciones serán menores, cuanto más cerca se halle la fecha de cancelación, de la de vencimiento del seguro. Las entidades aseguradoras suelen garantizar un interés mínimo sobre el capital invertido en los planes de jubilación. Las aportaciones a éstos no dan derecho a deducciones en el IRPF. Las ventajas fiscales de los planes de jubilación aparecen en el momento de la recuperación del dinero invertido, ya que, el beneficiario recibirá el capital más los intereses generados, pero únicamente tributará a efectos fiscales por los intereses obtenidos, como rendimientos del capital mobiliario. Para determinar cual es el importe de los rendimientos de capital procedentes del plan de jubilación, la Ley determina las siguientes normas de cálculo:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Si se percibe el importe del plan, mediante un único pago, el importe de los rendimientos de capital, que tributarán a efectos del IRPF, se determinará por la diferencia entre el importe del capital recibido, y las primas satisfechas.
•
Si el rescate se realiza mediante el cobro de rentas temporales inmediatas, se considerará rendimiento del capital mobiliario el resultado de aplicar a cada anualidad los porcentajes siguientes: o
14 % cuando la renta tenga una duración inferior o igual a cinco años.
o
20 % cuando la renta tenga una duración superior a cinco e inferior o igual a diez años.
o
26 % cuando la renta tenga una duración superior a diez e inferior o igual a quince años.
o •
32 % cuando la renta tenga una duración superior a quince años.
En el caso de que en el rescate se opte por el cobro de Rentas Vitalicias Inmediatas, se considerará rendimiento de capital mobiliario el resultado de aplicar a cada anualidad los porcentajes siguientes: o
45 por 100, cuando el perceptor tenga menos de 40 años.
o
35 por 100, cuando el perceptor tenga entre 40 y 49 años.
o
28 por 100, cuando el perceptor tenga entre 50 y 59 años.
o
22 por 100, cuando el perceptor tenga entre 60 y 69 años.
o
13 por 100, cuando el perceptor tenga más de 69 años.
Estos porcentajes serán los correspondientes a la edad del rentista en el momento de la constitución de la renta y permanecerán constantes durante toda la vigencia de la misma.
4.1.1. Ventajas e inconvenientes de los planes de jubilación Ventajas: •
La principal utilidad que podemos señalar de los planes de jubilación es la liquidez o posibilidad que tiene el suscriptor de rescatar su dinero antes de la fecha de vencimiento o fecha pactada en la póliza del seguro. Este rescate está penalizado con una comisión, pero no obstante, es una ventaja poder redimir la inversión en caso de necesidad, antes del momento de la
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Curso Básico De Gestión Financiera jubilación, aunque suponga una reducción en la rentabilidad del capital. Además, las compañías suelen ofrecer la posibilidad de realizar un rescate total, es decir, de todo el capital invertido, o parcial, de tal manera, que el suscriptor rescata parte de su dinero, pero mantiene el resto en el plan, hasta el vencimiento, pudiendo continuar con las aportaciones. •
Otra ventaja es la tributación del capital del rescate, ya que únicamente tributarán a efectos de IRPF, los rendimientos obtenidos y no el capital inicial.
Inconvenientes: •
Debemos señalar, que presentan una menor rentabilidad que los planes de pensiones, y que las aportaciones que el suscriptor realiza a su plan de jubilación, no dan derecho a deducción del IRPF.
4.1.2. Caso práctico: plan de jubilación Miguel ha contratado un plan de jubilación con su entidad aseguradora habitual. Para ello, Miguel ha pactado con la compañía la realización de aportaciones mensuales de 125 €, desde el momento actual, en el que Miguel cuenta con 36 años, hasta el momento de su jubilación, es decir, cuando tenga 65 años. La entidad aseguradora le ha garantizado un rendimiento del 2,89 % nominal anual sobre el capital aportado, y que se computará mensualmente, sumando el importe del interés. ¿Cuál será el importe del capital que obtendrá Miguel en el momento de su jubilación? Para la resolución de este caso práctico, dispones del archivo, ejemplo7_1.xls. Para calcular el importe del capital que se generará con las aportaciones mensuales, lo primero que debemos conocer, es el número de aportaciones que va a realizar al plan de pensiones. Como la edad que tiene es de 36 años, hasta cumplir los 65 le faltan 29 años, que multiplicado por 12 aportaciones al año, tenemos que va a realizar un total de 348. n → número de aportaciones El interés que la compañía ofrece, es un 2,89 % nominal, lo que significa que para calcular el interés efectivo, debemos dividirlo por 12, de tal manera que el interés efectivo será el 0,24% mensual. Conociendo estos datos, no falta más que aplicar la formula correspondiente y obtenemos cual será el importe final del capital, es decir, la suma de las aportaciones
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Curso Básico De Gestión Financiera realizadas, más los intereses generados. Como los intereses a su vez generan más intereses, la única forma de calcular el capital final es a través de la fórmula.
( 1 + ie ) n S = C x
1
ie
Si sustituimos tenemos que el capital final será de. (1 + 0,24%) 348 S = 125
x
1
0,24%
=
67.947,48 €
4.2. Planes y fondos de pensiones 4.2.1. Concepto Toda la regulación en materia está recogida en el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, en adelante LRPFP. Los planes de pensiones son productos financieros de ahorro, suscritos voluntariamente por sus Partícipes, que les permitirán disponer de un capital o de unas rentas, en el momento de su jubilación. La persona que suscribe un plan, se compromete a realizar aportaciones periódicas, generalmente mensuales, a la entidad aseguradora con la que lo ha suscrito. Así mismo, se compromete a no disponer del dinero aportado al plan de pensiones hasta el momento de la jubilación, de tal manera, que los fondos que pasan a integrarlo, únicamente serán recuperados por el suscriptor cuando finalice su vida laboral. En el momento de la jubilación, recibirá el capital que ha ido aportando durante el periodo de vigencia del contrato, más la revalorización que ese capital ha experimentado en forma de intereses. Los fondos de pensiones son patrimonios creados para dar cumplimento a las obligaciones de los planes de pensiones, es decir, rentabilizar el capital aportado por los suscriptores. Estos fondos estarán formados por todas las aportaciones realizadas por los integrantes de los planes.
4.2.2. Elementos del plan de pensiones. Los elementos que lo integran, según establece la LRPFP, son los siguientes:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
El promotor del plan: es la entidad o corporación que decide ponerlo en marcha. La LRPFP establece con carácter general, que podrá ser promotor de un plan de pensiones cualquier entidad, corporación, sociedad, empresa, asociación, sindicato o colectivo de cualquier clase, que tenga interés en crear, desarrollar, o gestionar un plan de estas características.
•
Los Partícipes: son las personas físicas en cuyo interés se crea el plan, con independencia de que realicen o no aportaciones. La jubilación, invalidez… de éstos, dará derecho a percibir los fondos depositados en el plan.
•
Los beneficiarios: son las personas físicas que tienen derecho a recibir las prestaciones del plan. La finalidad de éste es asegurar una renta para el momento de la jubilación, cuyos beneficiarios van a ser, generalmente, los propios Partícipes del plan. No obstante, en el caso de fallecimiento del Partícipe, es su cónyuge, hijos o herederos los que perciben el fondo.
Con respecto a los fondos de pensiones, vamos a encontrar: •
Entidad gestora: la entidad gestora será la responsable del patrimonio integrante del fondo de pensiones. Deberá ser, necesariamente, una sociedad anónima, y tener como objeto social y actividad la gestión de dichos fondos. La función de la entidad gestora es la de invertir y administrar el patrimonio que se va creando mediante las aportaciones, elaborar la contabilidad de los movimientos que se van generando en el fondo, e informar a los Partícipes, al menos trimestralmente, de la evolución de la inversión y de la situación en la que se encuentra el plan. Las sociedades gestoras recibirán una comisión de gestión por su función, dentro del límite fijado en las normas de funcionamiento del fondo y que no excederá del máximo que, como garantía de los intereses de los Partícipes y beneficiarios de los planes de pensiones, pudiera establecer el Gobierno.
•
Entidad depositaria: tendrá la función de la custodia y el depósito de los valores mobiliarios y demás activos financieros que forman parte de los fondos de pensiones. Además, la entidad depositaria vigilará que la labor realizada por la entidad gestora, supervisando que las acciones que lleva a cabo sean las acordadas con las entidades promotoras, Partícipes y beneficiarios. La entidad gestora de un Fondo de Pensiones no puede actuar como entidad depositaria, ni viceversa.
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257
Curso Básico De Gestión Financiera Además de estos elementos personales imprescindibles para el funcionamiento de los fondos y planes de pensiones, se han ido creando otras figuras, para garantizar el buen funcionamiento de los planes, y para ejercer diferentes tareas de control. Estas figuras son: o
La comisión de control: tiene como principal función velar por la buena marcha del plan y por el buen funcionamiento de todos los elementos que lo integran. Está comisión está formada por representantes del promotor, los Partícipes y los beneficiarios. Deberán reunirse, al menos, una vez al año, para examinar las cuentas del fondo, y aprobarlas si procede.
o
El defensor del Partícipe: actuará como árbitro entre los beneficiarios y Partícipes del plan frente a las posibles reclamaciones o conflictos que éstos pudieran tener con el promotor del plan. Éste tomará conocimiento de las alegaciones, de ambas partes, con respecto a la reclamación, y tomará una decisión en un plazo no superior a dos meses desde que se presente la respectiva reclamación. Esta decisión será vinculante para el promotor, sin perjuicio de poder realizar reclamaciones judiciales con posterioridad.
Promotor
Entidad depositaria
Aportaciones
Gestiona
Partícipes
Custodia Prestaciones
Mediación
Defensor del partícipe
Plan de pensiones
Beneficiarios
Comisión de control
Entidad gestora
Controla y supervisa
4.2.3. Principios básicos que deben cumplir los planes de pensiones La LRPFP establece una serie de principios básicos que necesariamente deben cumplir todos los planes de pensiones, para poder ser considerados como tal. •
Principio de no discriminación: un plan de pensiones debe aceptar como Partícipe a cualquier persona física que reúna los requisitos necesarios para la contratación y acepte las condiciones estipuladas que rigen dicho plan.
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Principio de capitalización: las aportaciones que los Partícipes realizan a los planes de pensiones, son invertidas por la entidad gestora según su criterio y siguiendo las instrucciones emitidas por el promotor y los Partícipes. Ésta inversión se realiza para capitalizar las aportaciones realizadas al fondo, de tal manera, que la cantidad que se reciba dentro de un número de años sea superior a la suma del capital aportado a lo largo de los años de duración del plan. El principio de capitalización establece que deberá existir una correspondencia financiera entre el capital invertido y el capital que recibirá en su día el beneficiario del plan, basada en cálculos financieros y actuariales, de tal manera que todos los Partícipes reciban en función de lo aportado, actualizado de la misma forma.
•
Principio de irrevocabilidad de las aportaciones: la LRPFP establece que las aportaciones realizadas a los planes de pensiones tienen carácter irrevocable, de tal manera, que el Partícipe de un plan de pensiones debe tener claro cuando contrata el plan que, únicamente, se podrán retirar los fondos, en el momento de la jubilación, salvo en caso de fallecimiento o de invalidez. Ésta es una característica que puede ayudar a las personas que les cuesta ahorrar, ya que el dinero aportado al plan de pensiones, no podrán retirarlo hasta que cese su vida laboral, asegurándose así el destino de los fondos para este fin.
•
Principio de atribución de derechos: las aportaciones realizadas por los Partícipes en un plan de pensiones van a generar una serie de derechos económicos. Éstos estarán formados por las aportaciones de los Partícipes más la capitalización que ha experimentado ese capital gracias a la inversión y gestión de los fondos constituidos.
•
Principio de integración obligatoria: la LRPFP establece que las aportaciones realizadas por los Partícipes del plan, se integrarán necesariamente formando el fondo de pensiones, es decir, las aportaciones individuales realizadas por cada uno de los Partícipes formarán un fondo común, a fin de mejorar la gestión, y obtener una mayor rentabilidad que con aportaciones individuales.
4.2.4. Tipos de planes de pensiones Los planes de pensiones pueden clasificarse atendiendo a diversos criterios, en función de sus diferentes características. Así, si atendemos a la naturaleza del promotor, podemos distinguir:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
De empleo: son aquellos planes en los que el promotor es una entidad, sociedad o empresa, y que está dirigido a que los Partícipes sean sus empleados. Las aportaciones pueden ser realizadas tanto por el promotor, como por los Partícipes.
•
Asociado: el Plan de Pensiones asociado es aquel en el que el promotor es una asociación, o sindicato, y que está destinado a que sus asociados, miembros o afiliados sean los Partícipes del mismo. En esta modalidad, la creación es a iniciativa de la asociación o sindicato, pero que no realiza aportaciones, éstas son realizadas por sus Partícipes íntegramente.
•
Individual: son creados y promovidos por las entidades financieras, y los destinan y ofrecen al público en general, por lo que cualquier persona que lo desee puede ser Partícipe, manifestando a la entidad financiera su deseo de contratarlo, y comprometiéndose a realizar las contribuciones pertinentes.
Si atendemos a las obligaciones que se estipulan en el plan, podemos distinguir entre: •
Planes de aportación definida: el importe de las aportaciones que debe realizar el contribuyente está determinado a la hora de contratar o constituir el plan. Las prestaciones que el beneficiario recibirá estarán en función de la rentabilidad que la entidad gestora pueda obtener de la inversión de los fondos.
•
Planes de prestación definida: la cuantía a recibir por los beneficiarios es determinada y definida en el plan, de tal manera, que en función de cómo evolucione la inversión del fondo, el importe de las aportaciones, puede variar para alcanzar el nivel de prestaciones definido en el plan.
•
Planes mixtos: definen tanto la cuantía de las aportaciones a realizar al plan, como las prestaciones que recibirá el beneficiario en el momento de la jubilación.
Con la clasificación que hemos hecho anteriormente, debemos destacar que los Planes Individuales, es decir, aquellos que son promovidos por las entidades financieras, deberán ser de aportación definida, mientras que los de empleo y los asociados, podrán ser de aportación definida, de prestación definida o mixtos, según el criterio del promotor. Tienen que ser de aportación definida.
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Curso Básico De Gestión Financiera Los planes de empleo y asociados, podrán ser de aportación definida, de prestación definida o mixtos, según el criterio del promotor. Podemos realizar una última clasificación si atendemos al tipo de inversión que se realiza con los fondos aportados. •
Renta fija: los fondos aportados al plan son invertidos en renta fija.
•
Renta fija mixta I: parte de los fondos aportados al plan, son invertidos en renta variable y parte en fija. El importe de los fondos que son invertidos en renta variable no pueden exceder del 15% del total del fondo.
•
Renta fija mixta II: el porcentaje de los fondos que puede ser invertido en renta variable puede oscilar entre el 15 y el 30 %.
•
Renta variable mixta: el volumen de fondos invertidos en renta variable está entre el 30 y el 75 %. El resto, son invertidos en renta fija.
•
Renta variable: que el fondo sea de renta variable, no quiere decir que la totalidad de los fondos esté, necesariamente, en renta variable; sino que el porcentaje que se invierte, debe ser igual o superior al 75 % del total de los fondos, pudiendo destinar el resto a renta fija.
Tipo fondo
Renta fija
Renta variable
Renta fija
100 %
-
Renta fija mixta I
Mínimo 85%
Máximo 15%
Renta fija mixta II
Mínimo 85-70%
Máximo 15-30%
Renta variable mixta
Mínimo 70-25%
Máximo 30-75%
Renta variable
Máximo 25%
Mínimo 75%
4.2.5. Aportaciones Las aportaciones al plan de pensiones son las cantidades de dinero que el Partícipe proporciona, a fin de generar un capital que recibirá en el momento en que cese su vida laboral. Las aportaciones son siempre monetarias y, generalmente, de una forma periódica, según marque el plan, ya que puede realizarse de forma mensual, trimestral, anual… Además, si lo desea, puede realizar aportaciones extraordinarias, a fin de incrementar las prestaciones que recibirá en su día.
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Curso Básico De Gestión Financiera La cuantía de las aportaciones se va a determinar de forma individual y personalizada, en función de la renta disponible de cada uno y de sus expectativas en el futuro. No obstante, a la hora de fijar la cuantía, deberán tenerse en cuenta unos límites:
Cada plan de pensiones, puede establecer, libremente, un límite mínimo, que deberá aportar cada Partícipe, no pudiendo fijarse en ningún caso, una aportación anual inferior a dicho límite.
Como veremos más adelante, las aportaciones a los planes de pensiones dan derecho a deducciones a efectos del IRPF, por lo que la Ley ha fijado un límite máximo de aportación anual, desgravable a efectos del impuesto de la renta, a dichos planes. Tras la reforma del IRPF este límite es la menor de estas dos cantidades: o
El 30 % de los rendimientos del trabajo para los menores de 50 años o el 50 % de los mismos, para los mayores de 50 años
o
8.000 € para los menores de 50 años o 10.000 € para los que tienen más de 50 años.
La cuantía se suele incrementar para amortiguar el efecto de la inflación, de tal manera que deben revisarse regularmente (suele ser anual) las aportaciones. Éstas suelen realizarse por un periodo de tiempo muy largo, generalmente supera los 10 años. Durante este plazo, el Partícipe puede ver alterada su situación económica, lo que le puede provocar dificultades para realizar las aportaciones al plan, o simplemente en un momento determinado, piensa que el capital que ha aportado cubre ya sus expectativas de futuro. Así, si lo desea, puede dejar de realizar aportaciones, y pasar a ser un Partícipe en suspenso. Éste, mantendría sus derechos económicos, y en la fecha de vencimiento del plan, recibiría el importe de sus aportaciones, más la capitalización que se haya producido.
4.2.6. Prestaciones La persona que suscribe un Plan de Pensiones, y realiza una serie de aportaciones durante un largo periodo de tiempo, tiene como objetivo recuperar estas aportaciones en el momento del vencimiento del plan. La forma en que son recuperadas, se denominan prestaciones, y éstas son el reconocimiento de un derecho a favor del beneficiario del plan, una vez que se ha producido la contingencia cubierta por el plan. Las situaciones que dan derecho a percibir las prestaciones del plan son:
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Curso Básico De Gestión Financiera •
La jubilación del Partícipe: éste alcanza la jubilación en el plan de pensiones, cuando también la haya conseguido en el Régimen de la Seguridad Social.
•
Cuando el Partícipe no tenga acceso a la jubilación a través del Régimen de la Seguridad Social, a efectos del plan se considerará como producida a partir de la edad ordinaria de jubilación en dicho régimen, en el momento en el que el Partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional, y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún Régimen de la Seguridad Social. No obstante, podrá anticiparse la percepción de la prestación correspondiente a partir de los sesenta años de edad.
•
Los planes de pensiones podrán prever el pago de la prestación correspondiente a la jubilación en caso de que el Partícipe, cualquiera que sea su edad, extinga su relación laboral y pase a situación legal de desempleo a consecuencia de expediente de regulación de empleo aprobado por la autoridad laboral.
•
A partir del acceso del Partícipe a la jubilación, si lo desea puede seguir realizando aportaciones. No obstante, éstas, sólo podrán destinarse a la contingencia de fallecimiento, al igual que las aportaciones que se realicen a partir del cobro anticipado de la prestación correspondiente.
•
Si un jubilado retoma su actividad laboral, podrá realizar nuevamente aportaciones al plan de pensiones. Para ello deberá comunicar a la entidad gestora esta nueva situación, y suspender las prestaciones que venia recibiendo, para retomarlas una vez que vuelva a cesar su actividad laboral.
•
La invalidez del Partícipe: será la incapacidad de éste para desarrollar su profesión habitual u otro tipo de actividad laboral.
•
El fallecimiento del Partícipe: cuando ocurra, serán los beneficiarios los que tengan derecho a percibir las prestaciones del plan, generalmente, al cónyuge (pensión de viudedad), hijos (orfandad).
Una vez que se ha producido y reconocido por el plan, cualquiera de estas situaciones, el beneficiario puede decidir la forma en que quiere recibir las prestaciones a las que tiene derecho. Las formas en las que puede percibirlas son: •
En forma de capital: si el beneficiario de un plan de pensiones opta por recibir sus prestaciones en forma de capital, la entidad le hará un único pago,
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Curso Básico De Gestión Financiera con la totalidad del derecho consolidado, extinguiéndose en el momento del pago, las obligaciones de la entidad gestora con ese Partícipe. Una vez recibido el pago, el beneficiario no tendrá derecho a ninguna otra prestación del plan de pensiones. •
En forma de renta, bien temporal o vitalicia: el beneficiario del plan recibirá al menos dos pagos periódicos. Éstos pueden ser por el periodo que mejor le convenga, es decir, mensual, trimestral, anual… El Partícipe recibirá su prestación hasta que se agote el dinero acumulado en su plan, o se produzca su fallecimiento.
•
De forma mixta: el Partícipe puede combinar ambas modalidades, de manera que puede percibir un capital por un importe determinado, y el resto, recuperarlo en forma de rentas, hasta recuperar el total de la inversión más la capitalización obtenida a lo largo del tiempo.
4.2.7. Fiscalidad del plan de pensiones Con el fin de estimular el ahorro privado, la legislación ha establecido importantes ventajas fiscales, para las aportaciones realizadas a los planes de pensiones. Las ventajas fiscales derivadas de las aportaciones realizadas por el Partícipe, son aplicables a efectos del IRPF, y las aportaciones realizadas a planes de empleo por el promotor, serán deducibles a efectos del Impuesto de Sociedades. La totalidad de las aportaciones realizadas por el Partícipe a un plan de pensiones, van a reducir su base imponible del IRPF, dará como consecuencia un ahorro fiscal, ya que la cuota líquida por la que contribuirá el Partícipe será menor. Como estudiamos en las aportaciones, la LRPFP ha establecido unos límites máximos anuales para las aportaciones realizadas por el Partícipe, de tal manera, que a efectos del IRPF, el contribuyente deberá observar esos límites. Recordemos que éstos, están en función de la edad del Partícipe del plan, ya que para los mayores de 50 años, la nueva reforma del IRPF incrementa estos límites, hasta los 10.000 €, siempre que esta cantidad sea menor que el 50 % de sus rendimientos de trabajo; y para los menores de 50 lo establece en 8.000 €, siempre que esta cantidad presente un importe menor que el 30 % de sus rendimientos de trabajo. La aplicación de estas reducciones, no puede dar lugar a una base imponible negativa, por lo que en el caso de que así fuera, el importe podría ser utilizado para reducir la base imponible de los cinco ejercicios posteriores, dentro de los límites establecidos.
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Curso Básico De Gestión Financiera Una vez que el Partícipe recibe las prestaciones del plan, éstas son consideradas por el IRPF como rendimientos del trabajo sujetos a retención, existiendo una tributación diferente en función de la opción que haya elegido para percibirlas: renta, capital o forma mixta. Las empresas que actúan como promotoras de planes de empleo, realizando aportaciones al mismo, a favor de sus trabajadores, también pueden obtener beneficios fiscales en el Impuesto de Sociedades (IS). Así, las aportaciones que estos realicen al plan de empleo, reducirán la cuota integra del IS en un 10%, siempre que éstas hayan sido imputadas a empleados que tengan unas retribuciones brutas inferiores a 27.000 € anuales. En caso de que sea superior, la empresa podrá aplicar una reducción en su cuota integra, proporcional al límite señalado.
4.2.8. Diferencias entre plan de pensiones y plan de jubilación Para que un plan de pensiones, tenga la condición de tal, y pueda beneficiarse de las ventajas que la ley prevé para ellos, deberá contratarse al amparo de la LRPFP. Además, únicamente tendrán la denominación de planes de pensiones, los regulados por esta Ley. Un plan de jubilación, por tanto, no es lo mismo que un plan de pensiones, ya que éste está regulado, únicamente, por la LRPFP, y el plan de jubilación forma parte de los seguros de personas. El suscriptor de un plan de jubilación puede rescatar sus aportaciones antes de la fecha prevista en su póliza, mientras que el Partícipe de un plan de pensiones, deberá atenerse, únicamente, a las situaciones previstas por la Ley para poder recuperar su inversión. Por lo tanto, la inversión este plan queda más inmovilizada que en uno de jubilación. Debemos recordar, que el rescate de éste último tendrá penalizaciones económicas que mermaran la rentabilidad esperada, pero, no obstante, el suscriptor que lo desee puede rescatarlo en el momento que considere oportuno. Las ventajas fiscales de los planes de pensiones no son las mismas que las de los planes de jubilación. Las aportaciones a éstos son consideradas contablemente, como primas de seguros, por lo que no generan derecho de deducción del IRPF, mientras que la Ley favorece las aportaciones realizadas a los planes de pensiones, que dan derecho a desgravar, reduciendo la base imponible del Partícipe. Un plan de jubilación es un producto creado y gestionado por una entidad financiera, mientras que los planes de pensiones, aunque si que pueden ser gestionados por entidades financieras (entidad gestora), son creados y promovidos por cualquier empresa o asociación.
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Curso Básico De Gestión Financiera Las prestaciones percibidas por una persona como consecuencia de la contratación de un plan de jubilación son consideradas, si se perciben como un único capital, como rendimientos del capital mobiliario a efectos del IRPF, mientras que las prestaciones generadas por la contribución a un plan de pensiones, se perciban en la forma que se perciban (capital o rentas), son consideradas por la ley, como rentas del trabajo. En el plan de pensiones, la LRPFP establece una cuantía máxima de aportación anual, mientras que en el plan de jubilación, no existe ninguna limitación a la cuantía que un ahorrador puede destinar anualmente a este fin.
4.2.9. Ventajas e inconvenientes de los planes de pensiones La principal ventaja que ofrecen los planes de pensiones, son las importantes deducciones fiscales de las que puede beneficiarse el suscriptor de uno, por las aportaciones periódicas que realiza al plan. El principal inconveniente de este producto financiero, es la total falta de liquidez que presenta, ya que el suscriptor, no podrá rescatar su inversión, hasta el momento de la jubilación, salvo que fallezca o sufra invalidez permanente. No obstante, este inconveniente, puede resultar una ventaja, para las personas que tienen dificultes para ahorrar, ya que una vez contratado el plan y realizadas ciertas aportaciones, si cambian de opinión o piensan en destinar ese dinero a otro fin, el plan no se lo permite, cumpliendo así el objetivo de lograr unos ahorros para el momento de la jubilación.
4.2.10. Caso práctico: plan de pensiones Juan ha contratado un plan de pensiones con su entidad financiera habitual. En la actualidad, Juan tiene 41 años, y piensa realizar aportaciones hasta que cumpla los 65, que será la fecha en que, probablemente, cesará su actividad laboral. Para llevarlo a cabo, ha pensado realizar aportaciones anuales, de tal manera que la primera sea de 1.200 €, e ir incrementándola un 5 % cada año. El tipo de interés que la entidad le ha garantizado es de un 3,28 % anual, que se sumará al capital aportado. ¿Con qué capital contará Juan para su jubilación? Para la resolución de este caso práctico, dispones del archivo, ejemplo7_2.xls Para poder calcular el capital que se generará con estas aportaciones, deberemos aplicar la fórmula correspondiente. Como además las aportaciones van a ir in-
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Curso Básico De Gestión Financiera crementándose un 5% anual, la fórmula que debemos aplicar para conocer el valor final del capital es la siguiente:
S = C x
(1+i)n -
qn
1+i-q
Donde tenemos, que: C es el valor de la aportación inicial, en nuestro caso, 1.200 € i es el tipo de interés de la operación, es decir, 3,28% n es el número de aportaciones que se van a realizar al plan. Teniendo en cuenta, que lo contrata cuando tiene 41 años, y que piensa ir realizando aportaciones hasta los 65, el número de ellas será 24. q es la razón en la que se va incrementando la cuota año a año, en nuestro caso el 5 % Si sustituimos cada elemento, tenemos que el capital que se va a formar con estas aportaciones es de 73.636,10 €.
4.3. Unit-linked Son seguros de vida, que los particulares pueden contratar con las entidades aseguradoras. Mediante el Unit-linked el tomador del seguro, que, generalmente, suele coincidir con el asegurado, realiza pagos a la entidad aseguradora en forma de primas, que ésta invierte en fondos de inversión. Esta modalidad de seguro de vida, ofrece gran flexibilidad al tomador, ya que no va a quedar obligado al pago de primas periódicas si no lo desea. Las aportaciones se pueden realizar en varias veces o en una única. El importe también puede ser diferente de unas a otras, y tampoco es necesario que las fechas en que se realicen guarden ninguna relación. No obstante, en ocasiones, las entidades aseguradoras exigen que las aportaciones sean superiores a un mínimo establecido. El importe que el tomador aporta a la compañía con la que contrata el Unit-linked, va destinado casi en la totalidad al ahorro. Una pequeña parte de la prima va destinada a cubrir la contingencia de fallecimiento del asegurado, ya que no olvidemos, que es también un seguro de vida, y que en caso de fallecimiento del asegurado, el beneficiario recibirá la indemnización correspondiente. La parte de la prima que va
Unidad 7. El seguro de personas
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Curso Básico De Gestión Financiera destinada al ahorro, es la que la entidad aseguradora destinará a uno o varios fondos de inversión, con diferentes niveles de riesgo, en función del Unit-linked contratado. El tomador del seguro puede decidir libremente en que fondo quiere que la entidad invierta sus aportaciones. Para facilitar esta decisión, la entidad ofrece al tomador un abanico de posibilidades en la que poder realizar su inversión. Este abanico suele estar formado por la posibilidad de invertir en un único fondo de inversión, o bien invertir en una “cesta” de fondos. Está cesta, está formada por un conjunto de fondos. El Unit-linked ofrece total liquidez para el asegurado, que puede rescatar el capital invertido en cualquier momento, sin que sufra ningún tipo de penalización, aunque puede ver reducida sensiblemente la rentabilidad esperada si acorta el plazo de la inversión, realizando un rescate de capital anticipado. El tomador del seguro Unit-linked puede trasladar su inversión de un fondo a otro, en función de sus expectativas de rentabilidad, y su disposición a asumir riesgos. Si el capital invertido había conseguido revalorizarse, al realizar el traslado, el tomador no estará obligado a tributar por las plusvalías generadas, ya que éstas, van a seguir estando invertidas. Dichas plusvalías obtenidas tributarán en el momento en que el plan sea recuperado por el asegurado o beneficiario. Al igual que en los planes de jubilación son consideradas como rendimientos del capital mobiliario, por lo que aunque el beneficiario recibe el capital más la revalorización obtenidas, a efectos del IRPF tributará, únicamente, por las plusvalías obtenidas.
4.4. Ventajas y desventajas de los productos de ahorro y previsión. Ventajas: •
La principal, es que proporcionan al asegurado unos ingresos adicionales en el momento en que cese su actividad laboral, ya que aunque sus ingresos se vean reducidos, estos productos son el complemento perfecto para mantener el nivel de renta obtenido durante el desarrollo de la actividad profesional.
•
Otra de las ventajas está en el tratamiento fiscal que reciben. Dependiendo del producto, estos beneficios fiscales pueden estar en las aportaciones o en las prestaciones.
Inconvenientes: El principal inconveniente que queremos destacar de todos estos productos, es la disminución que se produce en la renta disponible del asegurado en el momento presente, ya que, éste se compromete a destinar una parte de sus ingresos al ahorro, Unidad 7. El seguro de personas
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Curso Básico De Gestión Financiera y a no disponer de ella durante un largo de tiempo. En función del producto elegido, tendrá mayores o menores dificultades para disponer de ella, si le surge alguna necesidad, o como en los planes de pensiones, simplemente no podrá.
CONCEPTOS IMPORTANTES EL SEGURO DE PERSONAS Seguro de vida: es una fórmula de ahorro que hace frente, por medio de una cobertura económica, a dos riesgos principales: la muerte y/o la supervivencia del asegurado a una fecha determinada, y las necesidades económicas que se derivan de ella. Esperanza de vida: es la cantidad de años que se estima pueda vivir una persona perteneciente a un colectivo determinado.
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Curso Básico De Gestión Financiera Seguro de vida para caso de vida: la entidad aseguradora se compromete a pagar una determinada cantidad de dinero, bien en forma de un único pago o capital, o en forma de rentas, al beneficiario del seguro, en caso de que éste sobreviva a una edad o fecha determinada, previamente, en la póliza. Seguros de renta diferida: por medio de este contrato, la compañía aseguradora se compromete a abonar al beneficiario una renta con vencimientos periódicos, generalmente mensuales, a partir de una fecha pactada en la póliza o cuando el asegurado alcance determinada edad, y siempre mientras viva el asegurado. Seguro de capital diferido: es aquel seguro de vida, en el que el beneficiario recibe las prestaciones en forma de un único capital, siempre que el asegurado sobreviva a la edad señalada en la póliza. Seguros de renta vitalicia: mediante esta modalidad de seguro, el beneficiario va a obtener una renta vitalicia, en caso de que el asegurado sobrepase la edad estipulada en el contrato. Seguro para caso de muerte: en este tipo de seguro, el beneficiario recibe la indemnización en caso de fallecimiento del asegurado. Seguro de vida entera, para caso de muerte: la cobertura del seguro abarca toda la vida del asegurado. Seguro temporal para caso de muerte: la cobertura del seguro contempla un plazo temporal, en el que si el asegurado sobrevive, el beneficiario ya no recibirá la indemnización. Seguro de supervivencia: mediante el seguro de supervivencia, la entidad aseguradora se compromete a pagar al beneficiario en caso de que el asegurado fallezca antes que él. Seguro de amortización de préstamos: mediante esta modalidad, la entidad aseguradora se compromete a pagar los importes de los préstamos, así como los intereses, que tenga pendiente el asegurado en el momento de su muerte. Seguros mixtos: son aquellos que contienen elementos de los seguros de vida para caso de vida y de caso de muerte. Seguro mixto completo: si el asegurado fallece durante el plazo marcado, es el beneficiario quien tiene derecho a recibir la indemnización, pero si el asegurado sobrevive, es él quien recupera el capital aportado, más los beneficios que ha generado durante el periodo de tiempo en que ha estado invertido. Seguro mixto simple: funciona igual que el seguro mixto completo, pero en caso de que sea el asegurado el que cobre la indemnización, ésta estará formada, únicamente, por el capital aportado.
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Curso Básico De Gestión Financiera Seguro dotal: dirigido a padres o tutores, para salvaguardar la situación económica de sus hijos en un futuro, contemplando las dos posibilidades: que ellos vivan o que hayan fallecido. Seguro de accidentes: es aquella modalidad de seguro que está destinada a cubrir el riesgo de las personas a sufrir un accidente, indemnizándolas en caso de sufrirlo. Accidente: lesión corporal que se deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, y que produce en el accidentado invalidez (temporal o permanente) o muerte. Seguro de enfermedad: la entidad aseguradora se obliga a indemnizar al beneficiario en caso de que el asegurado contraiga alguna enfermedad durante el periodo de vigencia del contrato. Seguro de asistencia sanitaria: proporciona al asegurado y sus beneficiarios asistencia médica, hospitalaria y quirúrgica, en caso de accidente o enfermedad, a través de un sistema médico propio, a cambio del pago de unas primas periódicas a la entidad aseguradora. Plan de Jubilación: es un seguro de vida mixto, en el que el tomador, pacta con la entidad financiera el cobro de una prestación al llegar a una determinada edad, que suele coincidir con la edad de jubilación del asegurado. Plan de Pensiones: es un producto financiero de ahorro, que se suscribe para poder disponer de unas rentas en el momento de la jubilación, a cambio de la entrega de unas aportaciones periódicas. El promotor del plan: es la entidad o corporación que decide poner en marcha el plan. Los Partícipes: son las personas físicas en cuyo interés se crea el plan, con independencia de que realicen o no aportaciones. Los beneficiarios: son las personas físicas que tienen derecho a recibir las prestaciones del plan. Entidad gestora: La entidad gestora será la responsable del patrimonio integrante del fondo de pensiones. Entidad depositaria: tendrá la función de la custodia y el depósito de los valores mobiliarios y demás activos financieros que forman parte de los fondos de pensiones. La comisión de control: tiene como principal función velar por la buena marcha del plan y por el buen funcionamiento de todos los elementos que lo integran. El defensor del Partícipe: actuará como árbitro entre los beneficiarios y Partícipes del plan frente a las posibles reclamaciones o conflictos que éstos pudieran tener con el promotor del plan.
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Curso Básico De Gestión Financiera Unit-linked: son seguros de vida, que los particulares pueden contratar con las entidades aseguradoras, y que ofrecen gran flexibilidad en cuanto a las aportaciones y las inversiones del capital aportado.
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Curso Básico De Gestión Financiera
UNIDAD 8: INTRODUCCIÓN A LA BOLSA 1. Concepto y características de la Bolsa ...................................................................................274 2. El mercado primario y el mercado secundario .......................................................................275 3. La Bolsa en España .................................................................................................................277 4. Las empresas y la Bolsa ..........................................................................................................278 5. Los ahorradores o inversores ..................................................................................................281 6. La contratación de valores en la Bolsa ...................................................................................283 7. Principales índices bursátiles ..................................................................................................287 7.1. Ibex 35 ..............................................................................................................................289 7.2. Ibex nuevo mercado (IBEX NM) .....................................................................................292 7.3. Dow jones .........................................................................................................................292
OBJETIVOS
Conocer el funcionamiento, y las principales características del mercado bursátil Distinguir entre mercado primario y mercado secundario Conocer los principales agentes que intervienen en la Bolsa Saber como funcionan los diferentes sistemas de contratación bursátil
Unidad 8. Introducción a la bolsa
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Curso Básico De Gestión Financiera
Las empresas, instituciones y organizaciones, para desarrollar su actividad necesitan contar con una serie de recursos financieros. Muchas veces, provienen únicamente del patrimonio de los propietarios. En otras ocasiones, para afrontar determinadas inversiones es necesaria la utilización de préstamos o créditos bancarios. Pero hay ocasiones, en las que el desarrollo de la empresa o el volumen de la inversión exigen una mayor financiación, por lo que se hace necesaria la captación de nuevos recursos financieros. En la economía existen unidades económicas excedentarias, que colocan sus ahorros en depósitos bancarios, o en productos de ahorro. Pues bien, a través de la Bolsa, los inversores, van a poder captar los excedentes financieros de los ahorradores, y canalizarlos, de tal manera, que dan a la empresas la financiación que necesitan, a cambio, de una participación en los beneficios de éstas. A lo largo de esta unidad vamos a ver como interactúan en este mercado (Bolsa) los distintos agentes que en ella van a intervenir. Están las empresas, demandando financiación y los inversores colocando sus excedentes financieros en ellas; los intermediarios, tratando de unir la demanda y la oferta de capital; y el gobierno, que se encarga de regular y velar por el buen funcionamiento del sistema. Además también veremos qué es lo que realmente intercambian los agentes en la Bolsa, ya que para el tráfico de capitales, se van a utilizar distintos productos financieros (acciones, obligaciones, bonos…) según las necesidades y expectativas de unos y otros.
1. Concepto y características de la Bolsa La Bolsa es la institución en donde los diferentes actores que en ella intervienen, intercambian capitales, a través de los diversos productos financieros creados para ello. En la Bolsa vamos a encontrar por un lado, a los demandantes, que son, generalmente, las empresas, y por otra los oferentes de capital. Dentro de éstos hay una mayor variedad de agentes, porque cualquier persona física o jurídica, puede acudir a la Bolsa a ofrecer sus recursos, mientras que para demandar recursos financieros, deben reunir una serie de requisitos que veremos más adelante.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
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Curso Básico De Gestión Financiera Los capitales en la Bolsa, se intercambian de una forma transparente, ordenada y regulada. La regulación básica de este mercado está recogida, en la Ley 24/1988 del Mercado de Valores (LMV), y posteriormente fue modificada por la Ley 37/1998 de Reforma de la Ley del Mercado de Valores, a fin de adaptar nuestra regulación al marco de la Unión Europea. El mercado de valores posee una serie de características que lo diferencian de cualquier otro, en el que se compra y vende otro género. La Bolsa es un mercado regulado por la autoridad económica nacional, el Gobierno se encarga de marcar las pautas que deben seguir los actores para realizar los intercambios de capitales, a través de la LMV, su posterior reforma y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La Bolsa es un mercado secundario, en el que los títulos que en ella se intercambian han sido emitidos y comprados con anterioridad. Este concepto lo desarrollaremos, más en profundidad, en el siguiente punto. Es un mercado transparente, al que cualquier persona puede acceder y conocer las condiciones y precios que alcanza cada título, así como la evolución que éstos han tenido en un periodo. En el mercado de la Bolsa la política de precios está regida por la oferta y la demanda, de tal manera que la acción directa de ningún agente pueda influir en el precio de un título, ya que éste estará en función, únicamente, de la oferta disponible que exista de él en el mercado, y de su demanda. La Bolsa es el mercado oficial, donde se negocian los valores mobiliarios a través de los diferentes métodos que ésta ofrece, tanto a los que desean adquirirlos, como a los que quieren recuperar el capital adquirido vendiendo los títulos que poseen.
2. El mercado primario y el mercado secundario El mercado primario es al que los demandantes de recursos financieros, principalmente las empresas, acuden en busca de nueva financiación, y los ahorradores, en busca de rentabilidad para sus excedentes financieros. La forma de acceder a estos actuales recursos financieros, por parte de los demandantes de capital, es a través de la emisión de nuevos títulos. En función de cual se trate, esta emisión puede suponer una ampliación del capital de la sociedad,
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Curso Básico De Gestión Financiera como, por ejemplo, en el caso de nuevas acciones, o simplemente, la obligación de reintegrar los recursos captados en un plazo determinado, como es en el caso de las obligaciones. Así pues, el mercado primario comprende la captación de nuevos recursos financieros a través de la emisión y colocación de valores mobiliarios que son emitidos expresamente para ello. Los ahorradores que adquieren estos títulos mobiliarios son los primeros “propietarios” de estos valores. Como decimos, el mercado primario comprende únicamente la emisión y colocación de nuevos títulos. Para que estos valores sean una inversión atractiva para los inversores es necesario que tengan liquidez, de tal manera que éstos puedan recuperar el capital invertido en un momento dado, y seguridad de que esos valores puedan ser transferidos si es necesario. En el mercado secundario, los valores mobiliarios emitidos y adquiridos en el mercado primario, son recolocados o transferidos por sus tenedores, recuperando de esta manera, la inversión realizada; dotándoles de esta forma de la liquidez, y la rentabilidad necesarias para hacer atractiva esa inversión, y posibilitando a los inversores, a realizar nuevas decisiones de compra o venta, sobre los títulos que en él se negocian. Así pues, el mercado primario y el secundario, son complementarios y deben coexistir, ya que se sustentan uno en el otro. Sin el mercado primario, el secundario no tendría valores que transferir, por lo que su existencia estaría seriamente en entredicho, y si los títulos adquiridos en el mercado primario no pudiesen ser vendidos en el Secundario, difícilmente serían adquiridos por los ahorradores, ya que no tendrían la oportunidad de recuperar la inversión realizada, sino que, únicamente, contarían con la posibilidad de disfrutar de los rendimientos que éstos proporcionan, o la alternativa de esperar el vencimiento del papel, para recuperar el capital invertido. El mercado primario proporciona valores negociables al secundario, y a su vez, éste, aporta a estos valores liquidez y seguridad de ser transferidos en cualquier momento. Además, los acontecimientos del mercado secundario, determinan las bases y condiciones de las emisiones del primario, a través de los derechos preferentes de suscripción de los poseedores de los valores de la sociedad en cuestión.
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Curso Básico De Gestión Financiera
3. La Bolsa en España El mercado bursátil español cuenta en la actualidad con cuatro bolsas de valores: Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia. Cada una de éstas cuenta con una sociedad rectora, que se encarga de la gestión y administración. Además, existe la Sociedad de Bolsas, que es la sociedad anónima que gestiona el mercado continuo. Está participada, en partes iguales, por las cuatro bolsas. Cada una de éstas cuenta con un “mercado propio” y con el mercado continuo que es común a las cuatro bolsas, en el que cotizan las acciones de las principales empresas españolas. Por lo tanto, en cada Bolsa, van a existir dos mercados: el propio o local y el continuo. Las empresas que cotizan en el primero, son aquellas que por su dimensión, o características, no pueden acceder al segundo. En otras ocasiones, las empresas que están en el mercado propio, lo están porque así lo han decidido. Al mercado continuo se puede acceder, en igualdad de condiciones, a través de medios informáticos. Por la característica de común a las cuatro bolsas españolas, podemos deducir que el mercado continuo tiene que contar con un importante sistema informático, de tal manera, que sea capaz de dar respuesta a las diferentes órdenes de compra y venta que se emiten desde distintos puntos geográficos, aplicando criterios objetivos, y por riguroso orden de entrada. Este sistema se conoce como SIBE (Sistema de Interconexión Bursátil Español), y es gestionado por la Sociedad de Bolsas. Su funcionamiento lo veremos un poco más adelante, cuando revisemos la contratación en la Bolsa.
Bolsa de Madrid
Bolsa de Barcelona
Mercado continuo
Bolsa de Valencia
Bolsa de Bilbao
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Curso Básico De Gestión Financiera Además de la Sociedad de Bolsas, la autoridad máxima en el mercado bursátil español, es la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Ésta es un organismo que se encarga de supervisar e inspeccionar el funcionamiento del mercado de valores en España, garantizando de esta manera la transparencia y el correcto funcionamiento de las fuerzas del mercado. También puede sancionar a las empresas o a los inversores que incumplan las normas de funcionamiento del mercado. Además, la CNMV es la principal asesora del Gobierno, en asuntos de mercados de valores.
4. Las empresas y la Bolsa Para que una empresa, pueda acceder a los recursos financieros que brinda la Bolsa, y que sus acciones puedan ser negociadas en este mercado secundario, debe reunir una serie de requisitos, en cuanto a su situación económica, y a las formas, ya que las sociedades que cotizan en Bolsa, deben ser transparentes y ofrecer una información veraz sobre su evolución. Para que la Bolsa admita las acciones de una empresa a cotización, la sociedad deberá cumplir las siguientes condiciones: •
El capital social de la entidad deberá ser como mínimo de 1.202.025 €.
•
Las acciones que conforman el capital social de la empresa, deberán estar repartidas entre al menos 100 accionistas, que tengan cada uno de ellos una participación individual en la empresa que no supere el 25% del importe total del capital social.
•
La empresa deberá demostrar que en los dos últimos años ha obtenido un beneficio después de impuestos suficiente para remunerar sus acciones con un dividendo que represente, al menos, el 6 % del capital desembolsado.
En el caso de que la empresa en vez de emitir acciones sobre su capital social, quiera emitir obligaciones, los requisitos para esta emisión serán los siguientes: •
El importe total nominal de los valores que la empresa ponga en circulación a través de cada emisión, deberá ser como mínimo de 601.025 €.
•
Las obligaciones deberán estar repartidas entre al menos 100 obligacionistas, de tal manera que cada uno de ellos no posea una participación superior al 25 % del importe total de la emisión.
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Curso Básico De Gestión Financiera Estos requisitos se refieren a la situación económica y patrimonial que debe reunir la empresa, o la emisión de títulos que desea llevar a cabo. Pero como decimos, además de la situación financiera, la empresa debe cumplir una serie de formalidades y presentar una serie de documentos para ser admitidos a cotización sus valores. La sociedad que desee entrar en el mercado bursátil, deberá presentar lo siguiente: •
Certificado emitido por el Secretario del Consejo, en que se manifieste que existe acuerdo de la Junta General de Accionistas de la empresa, de solicitar la admisión de los valores a negociación, así como que existe acuerdo en el Consejo de Administración, sobre este asunto.
•
Documento de solicitud a la CMNV.
•
Documentación de la empresa referida a su constitución, y a la emisión de valores que desea llevar a cabo.
•
Los estatutos sociales de la compañía debidamente actualizados.
•
Folleto de admisión, firmado en la última hoja, y visadas todas las demás. Este folleto deberá ser registrado por la CMNV.
•
Los cuadros de Difusión-Colocación debidamente cumplimentados.
•
Auditorías de las cuentas de la sociedad de los tres últimos ejercicios económicos.
Podemos comprender, que estos requisitos, tanto económicos como de forma, son muy exigentes, y sólo pueden ser alcanzados por las grandes empresas, dejando fuera de los recursos financieros que ofrece la Bolsa a las PYMES. Por ello, en el año 1986, se publica el Real Decreto 710/1986 de 4 de abril, que posibilita la entrada en Bolsa a las pequeñas y medianas empresas, a través de la creación del denominado “segundo mercado”, adaptando los requisitos necesarios para la admisión de los títulos, a las características y dimensiones propias de las PYMES. Los requisitos mínimos exigidos a las PYMES, para la admisión de sus títulos a cotización en el segundo mercado serán los siguientes: •
En cuanto a las acciones, la sociedad deberá tener un capital mínimo de 150.000 €, y poner a disposición de una sociedad de contrapartida para su circulación en el segundo mercado, al menos el 20 % de los títulos representativos del capital.
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Las obligaciones convertibles en acciones y las obligaciones hipotecarias emitidas por sociedades, serán admitidas en el segundo mercado, siempre que las acciones de la empresa coticen en el segundo mercado.
•
Auditoria del balance de situación y de las cuentas de resultados de la sociedad realizada por expertos auditores independientes a la empresa. En el caso de sociedades de nueva creación, se exigirá auditoria del balance inicial, con el compromiso de presentación de auditoria completa en el plazo de un año a partir de la admisión.
•
Suscripción de un contrato con una sociedad de contrapartida para facilitar la oferta en el mercado de dinero y títulos, la cual asumirá en documento público el compromiso de atender públicamente las ofertas y demandas en régimen de mercado de acuerdo con lo establecido en este Real Decreto y en las normas de desarrollo.
No debemos confundir el mercado secundario con el segundo mercado. El mercado secundario, es como quedó explicado anteriormente, aquel en el que se negocian títulos que ya están en el mercado, es decir, que ya han sido adquiridos anteriormente por un inversor, y el segundo mercado, es aquel, en el que se negocian los valores de empresas que no pueden acceder al mercado principal, ya que generalmente, son empresas de reducida dimensión.
Mercado Bursátil
Mercado Primario
Mercado Secundario
Mercado Principal
Segundo Mercado
Como vemos el proceso de admisión de los valores de una empresa a Bolsa, tanto al mercado principal, como al segundo mercado, es un proceso complejo, y exigente con la empresa. Cabe preguntarnos qué ventajas aporta la admisión en el mercado bursátil, y porqué las empresas llevan a cabo todo este proceso para conseguir financiación a través de la Bolsa, y no mediante otros medios menos exigentes que el sistema bursátil. Pues bien, la Bolsa, además de financiación, aporta a la empresa
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Curso Básico De Gestión Financiera otros valores añadidos, que hacen que la cotización de las acciones de una compañía sea realmente atractivo para las empresas. La admisión de las acciones de una compañía a cotización en el mercado bursátil es una señal inequívoca de la buena marcha económica de la misma, ya que ha superado los requisitos económicos exigidos, es decir, ha tenido beneficios suficientes los dos años anteriores, para poder repartir un dividendo entre sus accionistas de, al menos, del 6% del capital desembolsado, lo que provoca que la imagen de la empresa se vea seriamente reforzada. Otra de las ventajas innegables que aporta la Bolsa a la empresa son las nuevas posibilidades de financiación que ésta consigue a través de la colocación de sus títulos en el mercado oficial. Con la entrada en la Bolsa, las posibilidades de acceder a la financiación se multiplican y diversifican, ya que, además de las posibilidades de obtener diversos créditos como antes de la entrada en el mercado bursátil, la empresa va a poder emitir valores mobiliarios, con toda la variedad de productos existentes a los que puede recurrir, en función de sus necesidades, y expectativas. La Bolsa aporta a las empresas objetividad y transparencia. Las acciones de las compañías cotizadas tienen un valor objetivo, fijado por el mercado bursátil, de tal manera que supone una referencia real sobre la compañía. El valor de las acciones es fijado en Bolsa, mediante el sistema de confrontación de la oferta y la demanda, pero además, en el sistema bursátil, juegan un papel muy importante las expectativas de crecimiento que genera esa compañía, así como su capacidad de generar beneficios futuros. La empresa que cotiza en Bolsa debe ofrecer total transparencia sobre su situación económica y financiera para que los inversores interesados en adquirir sus valores, puedan decidir si les interesa la compra de sus acciones. Los accionistas necesitan información periódica sobre la evolución de la compañía en ejercicios anteriores, así como los resultados del presente curso y a las previsiones de crecimiento para el futuro.
5. Los ahorradores o inversores Vamos a considerar ahorradores o inversores, a aquellos agentes que acuden a la Bolsa con un excedente financiero, y lo ofrecen a las empresas o a otros inversores, a cambio de sus valores mobiliarios y de los rendimientos que éstos generan. En principio cualquier persona física o jurídica puede acudir a la Bolsa con su excedente financiero, para obtener una mayor rentabilidad; por lo tanto, el grupo de
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Curso Básico De Gestión Financiera ahorradores es mucho más heterogéneo que el de las empresas, y cada inversor acude a la Bolsa con unas expectativas diferentes. Así como las empresas deben cumplir una serie de requisitos para cotizar en el mercado bursátil, a la hora de acceder como ahorrador, no existen requisitos ni limitaciones, por lo que podemos encontrarnos desde individuos que colocan en Bolsa parte de sus ahorros, a grandes empresas, que adquieren títulos de otra con intención de controlarla; a pequeños ahorradores que tratan simplemente de obtener una mayor rentabilidad de sus ahorros. Pero ¿porqué los ahorradores buscan en la Bolsa una mayor rentabilidad para sus ahorros? La Bolsa ofrece a éstos una gran ventaja ya que el capital que un ahorrador invierte en Bolsa, goza de una total disponibilidad, frente al capital que está situado en depósitos a plazo, al que el ahorrador tiene que renunciar durante un periodo de tiempo determinado a cambio de la rentabilidad esperada. El inversor que decide colocar sus excedentes financieros en el mercado bursátil, puede recuperar su inversión en el momento que él lo estime oportuno, en función de sus necesidades financieras, de la evolución del mercado, de la cotización de sus títulos, o de cualquier otro motivo que estime oportuno. No existe ninguna penalización por vender antes de una fecha determinada, ni comisiones de cancelación, ni ningún tipo de traba que evite que un inversor se desprenda de unos valores para recuperar el capital invertido. Además, tiene a su disposición toda la información necesaria sobre la evolución del mercado, y de las cotizaciones, para poder realizar la venta de sus títulos en el momento en que sea más propicio dada la cotización alcanzada por sus valores, ya que la Bolsa, es un mercado transparente, en el que además, las empresas, tienen la obligación de informar sobre sus resultados, para que así el ahorrador pueda tener un mayor control de su inversión. Otra de las ventajas importantes de la Bolsa para el ahorrador, es que no le exige que invierta un volumen mínimo de capital, sino que, es decisión del inversor el importe de capital que desea invertir y en qué empresa o sectores lo quiere hacer. De esta manera, la Bolsa permite a los pequeños ahorradores acceder a una rentabilidad mayor de la que podrían obtener por medio de los depósitos a plazo, ya que en la Bolsa, obtiene la misma rentabilidad el inversor que ha invertido 1.000.000 € que el que solamente 1.000 €, mientras que en los depósitos bancarios, las entidades, suelen ofrecer una mayor rentabilidad a los grandes capitales que a los pequeños ahorros. Así, podemos decir que la Bolsa ofrece las mismas condiciones a todos los inversores, grandes, pequeños o medianos, que obtienen la misma rentabilidad por cada euro invertido en un determinado título mobiliario, sin tener en cuenta el volumen de capital.
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Curso Básico De Gestión Financiera Además, el inversor que adquiere acciones de una empresa, está adquiriendo una parte de ésta, pasando a formar parte de ella, y teniendo a partir de este momento derecho a voto, a recibir información sobre la marcha de la empresa, y posibilidad de asistir a la Junta General de Accionistas de la compañía.
6. La contratación de valores en la Bolsa Es el proceso que debe seguir el inversor para llevar a cabo una compra o una venta de títulos mobiliarios. El bursátil es un mercado organizado, y por ello, para que un inversor que desea vender y otro que desea comprar, puedan llegar a un acuerdo, existen una serie de mecanismos, que llevan a la fijación del precio del título basado en las leyes de la oferta y la demanda, y a través de los cuales, comprador y vendedor lanzan sus órdenes, e intercambian sus respectivos títulos. En un principio, la contratación de valores en la Bolsa, se realizaba, únicamente, a través del denominado Sistema de Corros, que consiste en la reunión en el recinto de la Bolsa de los agentes que tienen intención de comprar o vender títulos, manifestar su posición a “viva voz”, y si se aceptan las condiciones de compraventa, realizar la operación. Como para realizar la contratación de valores a través de este sistema, es necesaria la presencia física de los agentes en el parqué, cada una de las bolsas españolas, ha establecido su propio horario, en el que los agentes e intermediarios acuden a sus locales para llevar a cabo las negociaciones. Como podemos deducir el Sistema de Corros es un sistema tradicional, que permite realizar un número limitado de transacciones diariamente, y teniendo en cuenta, que cada vez son más las empresas que cotizan en Bolsa, y que el número de valores en circulación es creciente, resulta insuficiente e ineficaz, para dar salida a todas las órdenes de compra y venta que se efectúan en la actualidad, por lo cual se hace necesario un nuevo sistema, que facilite el intercambio de valores de forma más ágil e inmediata. En 1988 se crea en España el mercado continuo, con un sistema de contratación informático, al que tienen acceso las cuatro bolsas en igualdad de condiciones. En sus inicios utilizó un sistema informático desarrollado por la Bolsa de Toronto, pero a partir de 1995, éste fue sustituido por uno desarrollado por la Bolsa de Madrid denominado Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE), es púes, el soporte informático, que interconecta las cuatro bolsas españolas, con un ordenador central, y a través del cual, los agentes lanzan sus órdenes de compra y venta, y es dicho ordenador, el encargado de dar respuesta.
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Curso Básico De Gestión Financiera Para cumplimentar las órdenes de compra y venta, el ordenador central tiene en cuenta el precio y el momento de introducción de la orden en el sistema, de tal manera, que si encuentra una de compra y de venta en las que el precio propuesto por ambas partes coincide, la orden de compraventa se ejecuta automáticamente. El SIBE permite ampliar notablemente el horario de negociación de los valores a través del mercado bursátil, ya que como ya no es necesaria la presencia física de los agentes en los locales de la Bolsa, el horario es mucho más flexible. Actualmente, el horario en el que se pueden introducir órdenes de compra y venta es de 9 a 17:30 horas, ininterrumpidamente.
Bolsa de Madrid
SIBE
SIBE
Mercado continuo
SIBE
Bolsa de Valencia
SIBE
Bolsa de Barcelona
Bolsa de Bilbao
Cabe destacar el concepto de las órdenes de compra y venta, que como decimos, son introducidas en el sistema informático para ser atendidas por el ordenador central. Éstas, son las instrucciones de actuación que un inversor da a un intermediario bursátil, sobre un determinado valor, para que éste intente ejecutarla, en las condiciones y forma, que el inversor le ha indicado. Como podemos imaginar, estas instrucciones, en forma de orden de compra o venta, deben ser claras y precisas, para que ac-
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Curso Básico De Gestión Financiera túe exactamente como desea el inversor y no realice compras o ventas, en condiciones que el inversor no considere adecuadas. Así, en las órdenes deberán quedar perfectamente definidos, entre otros, los siguientes conceptos: •
Identificación del inversor, es decir, de la persona física o jurídica que desea realizar la adquisición o la venta.
•
Identificación de los valores que se desean transmitir, así como el número o importe, de los mismos.
•
El sentido de la orden: compra o venta.
•
Precio, o intervalo de precio al que se desea transferir.
•
Forma de pago o cobro de la operación, que, generalmente, será mediante transferencia bancaria, por lo que habrá que indicar el número de cuenta en el que anotar la operación.
Las condiciones que pueden llevar impuestas las propuestas de compra y venta, afectan a los principales elementos de la operación: el número de títulos a negociar, y el precio que el inversor está dispuesto a pagar o a cobrar por ellos. Así, si tenemos en cuenta el volumen de títulos por los que se va a ejecutar una propuesta, podemos destacar los siguientes tipos de condiciones: •
Propuesta de ejecutar o anular: en este tipo de propuesta de compra o venta, el inversor da orden de adquirir o vender un número determinado de títulos a su intermediario. Si éste no puede realizar el número de títulos propuesto por el inversor, la orden se realiza por el de los disponibles en ese momento en el mercado, y queda anulado el resto de títulos incluidos en la orden por el sistema.
•
Propuesta de ejecución mínima: si se trata de una orden de ejecución mínima, al introducir la propuesta en el sistema, ésta debe contener un volumen mínimo de títulos para poder ser negociada. Si no alcanza ese nivel mínimo, la propuesta es rechazada por el sistema, y la operación no puede realizarse.
•
Propuesta por todo o nada: el caso de todo o nada, la propuesta tiene un mínimo de ejecución, que es igual al total de la orden, de tal manera, que o se realiza por ese determinado volumen, o no se ejecuta.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
285
Curso Básico De Gestión Financiera •
Propuesta con un volumen oculto: las propuestas con volumen oculto, son aquellas propuestas en las que la orden lleva un número de títulos a negociar, que el mercado no puede ver, de tal manera, que una vez que se ha negociado la parte visible de la propuesta, va entrando a negociación el volumen oculto de la misma.
Si atendemos al precio al que el inversor está dispuesto a realizar la operación propuesta en su orden de compra o venta, tenemos los siguientes tipos: •
Propuestas limitadas: si la orden es de venta el inversor establece un precio mínimo a sus valores. Si éste que ofrece el mercado es igual o superior, la orden se ejecuta, si por el contrario es inferior ésta no se ejecuta, y queda en espera de un precio que alcance su mínimo establecido. Cuando la propuesta es de compra, lo que el inversor establece es el precio máximo al que está dispuesto a adquirir los valores, de tal manera, que si supera éste, la propuesta no se ejecuta y queda en espera, y si el mercado tiene una contrapartida con un precio inferior al máximo fijado, la orden de compra se ejecuta. En ambos casos, puede ocurrir, que el mercado cuente sólo con títulos para cubrir una parte de la propuesta, con las condiciones de precio por valor establecidas, por lo que si no existe ninguna otra condición en cuanto al volumen de la negociación, la orden se ejecuta, dejando en espera el resto de los títulos para los que no ha encontrado contrapartida. No obstante, siempre que queda pendiente parte de una propuesta, ésta puede ser cancelada en cualquier momento, si lo estima oportuno el inversor.
•
Propuestas de mercado: éstas no llevan impuesta ninguna restricción o condición sobre el precio al que se quiere negociar el título, sino que el inversor asume el precio establecido por el mercado para los valores que desea adquirir o vender.
•
Propuestas por lo mejor: éstas tampoco llevan restricción en cuanto al precio que debe alcanzar un valor, sino que son introducidas en el sistema sin fijar un precio, y éste las ejecuta en el momento en que encuentra la mejor contrapartida para la orden establecida.
Las propuestas de adquisición o venta de acciones, van a estar vigentes un tiempo determinado. Éste varía de unas a otras, pudiendo oscilar entre la sesión en la que la propuesta es realizada hasta una fecha en concreto o un periodo de tiempo a
Unidad 8. Introducción a la bolsa
286
Curso Básico De Gestión Financiera contar desde la fecha de realización de la propuesta. El plazo de vigencia deberá ser especificado en el momento en que la propuesta es formalizada. Propuestas de compra
Volumen de títulos
Ejecutar o anular
Tiempo de vigencia de la propuesta
Precio por título
Limitada
Sesión
Ejecución mínima
De mercado
Hasta una fecha
Todo o nada
Por lo mejor
Periodo
Con volumen oculto
Como vemos, para operar en Bolsa, lo que hacen los inversores es lanzar propuestas, de compra o venta, a través de sus intermediarios, al mercado bursátil. Cuando, tras lanzar la propuesta, ésta encuentra una contrapartida en el mercado que se ajusta a sus condiciones, se produce la transacción objeto de la propuesta. En ésta, el comprador y el vendedor, intercambian el importe del precio de los valores transmitidos, por la titularidad de los mismos, es decir, dinero por valores. Pero, a raíz de la implantación del SIBE como medio de facilitar estas transacciones, este intercambio “físico”, ya no se realiza. Así, el comprador de los valores mobiliarios, no tendrá unos títulos, en soporte papel, depositados en su entidad financiera, sino que serán una serie de anotaciones contables que reflejarán la adquisición, y además la entidad, también realizará la del pago del importe de los títulos, por lo que su saldo se verá reducido. Por el contrario, el vendedor, verá, mediante la anotación contable pertinente, reducido su número de valores, y aumentado su saldo de dinero.
7. Principales índices bursátiles Como todos sabemos, y tantas veces hemos leído y oído, el precio de las acciones, obligaciones, y demás valores que se negocian en el mercado bursátil, no es siempre el mismo, sino que éste cambia a lo largo del tiempo, en función de diferentes variables, como pueden ser: la evolución de la empresa, la situación económica, las expectativas de crecimiento, la situación política del país… Para medir estas variacio-
Unidad 8. Introducción a la bolsa
287
Curso Básico De Gestión Financiera nes, y observar así la evolución del mercado de valores, en un periodo de tiempo, se han creado los índices bursátiles. Éstos son un instrumento estadístico, a través del cual se mide la evolución de los valores cotizados en Bolsa a lo largo de un periodo de tiempo. Para la elaboración de estos índices, se eligen una serie de valores representativos del mercado objeto de estudio que se denomina muestra. Para obtener un índice representativo del mercado estudiado, hay que poner especial cuidado en los valores elegidos para formar parte de la muestra. Éstos están representando el comportamiento global del mercado, por lo que deben mostrar características y comportamientos comunes en los títulos que se cotizan en ese mercado. Cuando decimos global, queremos señalar, que lo que refleja es la tendencia general que han sufrido los valores que están integrados en este índice, no que todos los valores hayan tenido el mismo comportamiento, sino la mayoría de ellos. Puede ocurrir, que el índice de referencia del mercado en el que tenemos un cierto número de valores, de una compañía, haya subido con respecto a la sesión anterior, pero el precio al cierre de la Bolsa, de nuestros títulos sea inferior al precio de cierre de la jornada anterior. Se trata pues de un instrumento estadístico, que nos va a reflejar la tendencia o evolución global del mercado, lo que no quiere decir, que todos los valores hayan tenido el mismo comportamiento. La importancia que están adquiriendo los índices bursátiles en la actualidad, no hace sino aumentar, ya que son utilizados por gestores de carteras, analistas, economistas, políticos... Se han convertido en el principal referente de la marcha del mercado, e incluso en ocasiones, hasta de la economía del país. El principal índice bursátil en España es el Ibex 35.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
288
Curso Básico De Gestión Financiera
Índice Ibex-35 IBEX NM (Nuevo mercado) LATIBEX
País
Bolsa
Año de creación
España
Madrid
1989
35 valores
España
Madrid
2000
12 valores
1999
34 valores
1885
30 valores de empresas industriales
1957
500 valores más representativos
1971
valores de empresas tecnológicas
1949
225 valores
1998
400 valores
1935
30 valores
1984
100 valores
España
Dow Jones Industrials Wall S&P’500
EEUU
Street (Nueva York)
Nasdaq NIKKEI Japón
Tokio
TOPIX Financial Times 30 (FT-30) Financial Times SE 100 (Footsie)
Número de valores
Gran Bretaña
Londres
DAX
Alemania
Frankfurt
1987
30 valores
CAC-40
Francia
Paris
1987
40 valores
MIB-TEL30
Italia
Milán
1992
30 valores
EUROSTOXX50
Europa
1998
500 valores
1.1. Ibex 35 El índice más importante y conocido de las bolsas españolas es el IBEX 35. Fue calculado por primera vez, el día 29 de diciembre de 1989, y se le asignó una base de 3.000 puntos. Se trata de un índice de los que se denominan largos, por que su duración excede al año, que sería la de los índices cortos, y que vienen a expresar las variaciones que han sufrido los valores incluidos en el índice a lo largo del año natural, de enero a diciembre. La evolución que desde esa fecha han sufrido los valores incluidos en el cálculo del IBEX 35 se va expresando en puntos.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
289
Curso Básico De Gestión Financiera Para el cálculo del índice, se tiene en cuenta el precio pagado por el valor de las compañías que forman parte del IBEX, y el volumen de títulos que esa compañía, según los parámetros fijados, y la capitalización que estos títulos han experimentado. Para el cálculo de este índice se utilizan 35 títulos de diferentes compañías del mercado bursátil español. El IBEX 35 es un índice largo, que lleva en funcionamiento desde el año 1989, por lo que, a lo largo de todo este tiempo los valores de referencia del IBEX han cambiado, empresas que han desaparecido, que se han fusionado con otras, han aparecido nuevas a tener en cuenta de cara al cálculo del índice… Por todo esto, se ha estipulado un periodo de control y revisión del IBEX, en el que se examinan los valores que forman parte del índice, así como los que no pero que tras la revisión pueden llegar a integrarlo. Este periodo de control tiene una duración de 6 meses, pudiendo no obstante realizar revisiones extraordinarias, si el comité lo estima oportuno. Los valores que integran el cálculo del IBEX 35, serán de cualquier compañía que cotice en las cuatro bolsas españolas, que hayan sido los de mayor liquidez durante el periodo de control y revisión del índice. Es decir, aquellos valores que pueden, fácilmente, convertirse en dinero efectivo.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
290
Curso Básico De Gestión Financiera
Índice
ACCIONES DEL IBEX 35 Jueves, 22 de Marzo de 2007 (11:52) Anterior Último Dif. (%) Máximo
IBEX-35
14.310,50
Nombre
Últ.
14.454,80
Dif. (%) Máx.
1,01
14.541,00
Mín.
Volumen
Efectivo (miles)
Mínimo 14.452,90
Fecha
Hora
ABERTIS SE.A
23,55
1,2 23,86 23,38 5
502.124
11.861,59
22/03/200 11:3 7 6
ACCIONA
159,0 1,9 160,4 158,5 5 2 0 5
36.639
5.848,39
22/03/200 11:3 7 6
ACERINOX
19,07
0,7 19,30 19,02 9
746.318
14.295,83
22/03/200 11:3 7 6
ACS
44,62
1,1 44,90 44,54 8
299.816
13.409,67
22/03/200 11:3 7 6
AG.BARNA A 26,06
1,0 26,39 26,01 1
59.501
1.560,22
22/03/200 11:3 7 6
ALTADIS
47,28
0,3 267.341,0 22/03/200 11:3 47,55 47,10 5.634.760 8 7 7 6
ANTENA 3 TV. 16,88
0,2 17,03 16,87 4
BA.POPULAR 15,35
1,2 22/03/200 11:3 15,40 15,26 1.348.860 20.685,54 5 7 6
BA.SABADELL 36,62
2,1 36,89 36,35 2
409.380
14.966,72
22/03/200 11:3 7 6
263.463
4.471,46
22/03/200 11:3 7 6
BANESTO
17,68
0,8 17,85 17,65 0
172.930
3.069,27
22/03/200 11:3 7 6
BANKINTER
60,00
0,7 60,50 59,95 6
247.812
14.910,01
22/03/200 11:3 7 6
BBVA
18,50
1,8 153.451,8 22/03/200 11:3 18,61 18,46 8.286.714 7 5 7 6
BSCH
13,59
1,7 19.328.14 262.997,4 22/03/200 11:3 13,66 13,57 2 5 7 7 6
CINTRA
13,73
1,5 13,77 13,59 5
ENAGAS
18,73
0,5 22/03/200 11:3 18,76 18,66 1.278.336 23.917,03 9 7 6
ENDESA
22/03/200 11:3 38,64 0,0 38,70 38,58 1.424.351 55.087,38 7 6 3
776.185
10.641,35
22/03/200 11:3 7 6
FCC
76,10
1,4 77,00 76,10 0
119.551
9.157,96
22/03/200 11:3 7 6
FERROVIAL
75,45
1,4 75,70 75,10 8
169.279
12.764,57
22/03/200 11:3 7 6
GAMESA
24,90
1,4 25,05 24,84 3
443.391
11.069,94
22/03/200 11:3 7 6
GAS NATURAL
34,11
0,2 34,42 34,04 9
283.116
9.695,64
22/03/200 11:3 7 6
GR.INMOCARA L
5,27
0,3 8
1.544.622
8.171,52
22/03/200 11:3 7 6
IBERDROLA
34,82
0,6 101.808,7 22/03/200 11:3 34,97 34,75 2.920.776 6 9 7 6
IBERIA
3,77
1,8 9
INDITEX
44,93
1,9 22/03/200 11:3 45,40 44,81 1.185.103 53.461,38 3 7 6
INDRA A
18,73
1,6 18,78 18,63 8
MAPFRE 3,76 Unidad 8. Introducción a la bolsa
1,9 0
5,32
3,88
3,77
5,25
3,73
3,74
METROVACES 86,40 0,3 87,10 86,20 A 5
12.189.29 22/03/200 11:3 46.159,43 1 7 6
413.709
7.735,95
22/03/200 11:3 7 6
1.282.734
4.818,65
22/03/200 11:3 7 6
19.082
1.658,20
22/03/200 11:3 7 6
291
Curso Básico De Gestión Financiera
1.2. Ibex nuevo mercado (IBEX NM) El Ibex nuevo mercado, es un índice bursátil en el que tienen representación los valores de las principales compañías tecnológicas o las de alto crecimiento. Son empresas por lo tanto cuyos valores tienen un alto nivel de riesgo. Fue creado el 10 de abril de 2000, y tiene base de 10.000 puntos. A diferencia del IBEX 35, que está compuesto por 35 valores, el IBEX NM no impone límites al número de valores para el cálculo. ACCIONES DEL NUEVO MERCADO Jueves, 22 de Marzo de 2007 (11:52) Anterior Último Dif. (%) Máximo
Índice IBEX-NM
3.728,60
3.771,00
1,14
Mínimo
3.803,20
3.767,00
Últ.
Dif. (%)
Máx.
Mín.
Fecha
Hora
ABENGOA
31,60
0,64
31,88
31,45
268.328
8.489,47
22/03/2007
11:35
AMPER
11,89
0,59
12,00
11,83
173.457
2.066,95
22/03/2007
11:35
AVANZIT
7,15
2,14
7,22
7,11
1.700.646
12.185,40
22/03/2007
11:35
BEFESA
32,76
0,65
33,50
32,76
9.129
303,98
22/03/2007
10:45
INDRA A
18,73
1,68
18,78
18,63
413.709
7.735,95
22/03/2007
11:36
INDRA RESC.C
8,14
-
-
-
-
-
INDRA RESC.D
-
-
-
-
-
-
0,63
1,61
0,64
0,62
-
-
-
-
NATRACEUTICA
1,82
1,11
1,84
1,80
1.526.365
PULEVA BIO.
2,45
0,41
2,48
2,45
37.357
TECNOCOM
12,48
Nombre
JAZZTEL JAZZTEL P.
Efectivo (miles)
Volumen
15.204.508 -
9.591,24
22/07/2003 22/03/2007
11:35
2.775,94
22/03/2007
11:34
91,95
22/03/2007
11:24
-
2,38
12,50
12,35
53.559
664,16
22/03/2007
11:35
TPI
8,48 -0,24
8,50
8,48
118.333
1.003,50
22/03/2007
11:34
ZELTIA
6,93
7,05
6,91
1.080.121
7.536,06
22/03/2007
11:35
0,43
Precios expresados en euros. Efectivo expresado en miles de euros. Volumen y Efectivo no incluyen operaciones en el mercado de bloques ni operaciones especiales. Fuente: Bolsa de Madrid
1.3. Dow jones Uno de los índices más conocidos es el americano Dow Jones de la Bolsa de Nueva York. Es más antiguo, ya que fue realizado por primera vez en 1896, aunque la forma de cálculo, y los valores admitidos fueron reformados en 1997.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
292
Curso Básico De Gestión Financiera
CONCEPTOS IMPORTANTES INTRODUCCIÓN A LA BOLSA Mercado primario: es aquel en el que se colocan los títulos por primera vez. Resulta de la venta de los títulos mobiliarios en el momento de su emisión. Mercado secundario: es aquel en el que los títulos que se negocian ya han sido emitidos y colocados con anterioridad en el mercado primario. El principal mercado secundario es la Bolsa. SIBE (Sistema de Interconexión Bursátil Español): es el sistema tecnológico que permite operar a las cuatro bolsas españolas en un mercado común. Segundo mercado: mercado secundario que ha adaptado sus exigencias a las dimensiones de las pequeñas y medianas empresas para facilitar el acceso de estas a los recursos de la Bolsa. Sistema de Corros: sistema tradicional de contratación de valores utilizado en las bolsas, por el que se negocia el precio y las órdenes de compra y venta a viva voz. Orden o propuesta de compraventa: son las instrucciones que un inversor da a un intermediario financiero para que ejecute en el mercado secundario. Estas órdenes pueden ser de compra o de venta de valores. Propuesta de ejecutar o anular: es aquella orden, que un inversor da a su intermediario para que la lleve a cabo en el mercado. Si no es posible ejecutarla en su totalidad, el intermediario debe anular el resto que no ha sido posible comprar o vender. Propuesta de ejecución mínima: el inversor impone un número mínimo de títulos al intermediario para que ejecute la orden. Propuesta por todo o nada: el inversor está interesado en ejecutar la totalidad de la orden. Si no es posible, implica que no se ejecute nada. Propuesta con un volumen oculto: las órdenes llevan un cierto volumen de títulos que no se da a conocer al mercado. Propuestas limitadas: en este tipo, el inversor pone limitaciones al intermediario en cuanto a los precios de los valores a comprar. Propuestas de mercado: en éstas, el inversor asume el precio de mercado para llevar a cabo la operación. Propuestas por lo mejor: el inversor no impone restricciones en cuanto al precio, se deja al mercado que lo ejecute en el momento que encuentre la mejor contrapartida. Índice bursátil: instrumento estadístico creado para conocer la evolución de los mercados secundarios.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
293
Curso Básico De Gestión Financiera Ibex 35: principal índice de las bolsas españolas, que se calcula a partir de la evolución de los valores de las 35 principales compañías que cotizan en el mercado español.
Unidad 8. Introducción a la bolsa
294
Curso Básico de Gestión Financiera
UNIDAD 9 LOS VALORES MOBILIARIOS 1. Concepto, características ................................................................................................... 297 2. Clasificación ........................................................................................................................ 297 3. Valores de renta fija ............................................................................................................ 299 3.1. Deuda pública .............................................................................................................. 300 3.1.1. Letras del Tesoro .............................................................................................. 300 3.1.1.1. Caso práctico: letras del tesoro ....................................................................... 302 3.1.2. Bonos y Obligaciones ...................................................................................... 303 3.1.2.1. Caso práctico: cálculo de la rentabilidad en Obligaciones y Bonos ....................... 304
3.1.3. Repos .............................................................................................................. 304 3.1.4. Strips ............................................................................................................... 305 3.1.5. Ventajas e inconvenientes de la deuda pública ............................................. 305 3.1.6. Fiscalidad de la deuda pública ........................................................................ 306 3.2. Renta fija privada ......................................................................................................... 307 3.2.2. Pagarés de empresa ....................................................................................... 307 3.2.3. Bonos y obligaciones ...................................................................................... 308 3.2.3.1. Caso práctico: la rentabilidad en obligaciones y bonos de cupón variable ............ 309
3.2.4. Obligaciones convertibles y/o canjeables ....................................................... 310 3.2.4.1. Caso práctico: obligaciones convertibles ............................................................. 310 3.2.5. Cédulas hipotecarias ....................................................................................... 311 3.2.6. Ventajas e inconvenientes de los valores de renta fija privada ...................... 312 4.
Renta variable .................................................................................................................... 312 4.1. Las acciones ................................................................................................................ 313 4.2. Los derechos preferentes de suscripción .................................................................... 316 4.2.2. Caso práctico: ampliación de capital y derechos de suscripción .................... 317 4.3. La rentabilidad de las acciones ................................................................................... 319 4.3.2. Caso práctico: rentabilidad de las acciones .................................................... 321 4.4. La fiscalidad de los valores de renta variable .............................................................. 322 4.5. Ventajas e inconvenientes de la renta variable ........................................................... 322
Unidad 9. Los valores mobiliarios
295
Curso Básico de Gestión Financiera
OBJETIVOS
Conocer las características de la renta fija y la renta variable Conocer los principales valores de renta fija, tanto pública como privada Interpretar las principales características de las acciones Conocer los derechos del accionista Ser capaz de analizar la rentabilidad de los distintos valores
Unidad 9. Los valores mobiliarios
296
Curso Básico de Gestión Financiera
Concepto, características Podemos definir valor o título mobiliario al documento representativo de una deuda contraída por una entidad pública o privada, o de una parte de capital social de una empresa. Como podemos deducir de la definición, tenemos dos grandes tipos de valores diferentes: los que representan una parte del capital, y los que representan una parte de una deuda. Como veremos más adelante, los valores de una parte del capital de la empresa van a corresponder con los de renta variable, porque la retribución que va a recibir su propietario por la inversión en este tipo de títulos va a estar en función del resultado de la empresa, mientras que los valores representativos de deuda, van a tener una retribución fija, que se conoce, generalmente, como interés, por lo que se denominarán de renta fija. La principal característica que tienen los valores mobiliarios es la transmisión a través del mercado bursátil, es decir, la posibilidad de ser traspasados a través de una operación de compraventa a otro propietario, a cambio del precio del mercado. Además los valores mobiliarios son negociables, que en función de la situación que atraviesen tanto la empresa como el mercado, pueden verse revalorizados, o por el contrario ver su precio reducido. Por lo tanto, el precio o valor económico de los valores mobiliarios puede verse alterado, a lo largo del tiempo. Además de estos dos grandes grupos de valores, los que representan una parte del capital social, y los que lo hacen de un préstamo contraído por la empresa, podemos realizar diferentes clasificaciones, atendiendo a diversos criterios.
Clasificación El inversor que adquiere un valor mobiliario espera, a cambio de su inversión una remuneración a su capital aportado, pues bien, en función del tipo de retribución que lleve aparejada, los podremos clasificar en títulos de renta fija y variable. •
Los valores de renta fija serán aquellos títulos que son retribuidos con un interés fijo, y en unos plazos establecidos en el momento de la emisión. El interés que percibe el propietario del título es establecido, generalmente, en el momento de la emisión, y viene expresado en tanto por cien. Así, la retribución que el titular del valor mobiliario recibirá por su inversión será el re-
Unidad 9. Los valores mobiliarios
297
Curso Básico de Gestión Financiera sultado de aplicar el tipo de interés sobre el valor nominal 1 del título mobiliario. Ejemplos de este tipo son los Bonos, Obligaciones y la Deuda del Estado, que sólo dan a su propietario derechos económicos, es decir, derecho a recibir una retribución en función del capital invertido. •
Los valores de renta variable, no garantizan al inversor una rentabilidad en el momento de su emisión, sino que la retribución de esta clase de títulos va a estar en función del resultado de la entidad emisora, es decir, del
beneficio
que
obtenga
ésta.
Esta
remuneración
se
conoce,
generalmente, como dividendo. El principal valor de renta variable son las acciones, que no sólo aportan derechos económicos, sino el propietario va a tenerlos también de decisión dentro de la empresa, tendrá derecho a voto en la Junta General de Accionistas. El propietario también va a tener derecho preferente de suscripción en el caso de que la empresa haga una ampliación de acciones. Otra manera de clasificar los valores mobiliarios, es atendiendo al emisor de los mismos. Así podemos encontrarnos con: •
Valores públicos: son los títulos emitidos por organismos públicos, el Estado, las Comunidades Autónomas, Ayuntamientos,… El ejemplo más común que tenemos en este caso es la deuda pública.
•
Valores privados: son aquellos emitidos por las empresas privadas. En este
caso
podemos
encontrar
principalmente
las
acciones
y
obligaciones. Los valores mobiliarios pueden llevar incorporado el nombre del titular o simplemente ser al portador. •
Los valores que llevan explícitamente el nombre del titular en el documento, serán valores nominativos.
•
Los valores que no llevan ninguna designación del titular en el documento son conocidos como valores al portador.
1
Valor nominal: es el valor monetario que figura en el título.
Unidad 9. Los valores mobiliarios
298
Curso Básico de Gestión Financiera
Clasificación de los valores
Retribución
Emisor
Designación explícita
Renta fija
Públicos
Nominativos
Renta variable
Privados
Al portador
Valores de renta fija Como hemos dicho son, principalmente, obligaciones y bonos, por lo que son valores representativos de una deuda contraída por la empresa, y en la que el propietario de cada obligación se convierte en acreedor de la compañía, en la proporción que representa el número de obligaciones que posea. El inversor de renta fija, va a tener derecho a percibir una retribución por su inversión, y la devolución de la misma en una fecha pactada con la empresa. La retribución que va a recibir el propietario de un valor de renta fija es, como hemos dicho, el interés. Éste no tiene por que ser fijo, puede variar en su importe dentro de unas condiciones pactadas en el momento de su emisión, aunque, como estamos hablando de productos de renta fija, el inversor va a recibir una retribución segura. Lo que se asegura es el cobro de una renta, independientemente de la suerte que corra la empresa, es decir, aunque ésta no alcance los beneficios esperados, el propietario de un valor de renta fija recibirá su retribución. Cabe destacar también, la situación jurídica del poseedor de un título de renta fija frente a uno de renta variable. El primero va a ser acreedor de la empresa, ya que su título representa un préstamo o deuda contraída por la empresa, mientras que el propietario de un valor de renta variable es accionista de la empresa, lo que lo convierte en propietario de la misma, en relación al número de acciones que posea.
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Deuda pública La deuda pública está formada por todos aquellos valores que son emitidos por el Estado, las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos o cualquier otro organismo público. La principal característica es que al ser emitidos por el Estado, o por otra entidad pública ofrecen al inversor la absoluta seguridad de que al término del plazo previsto, obtendrá la rentabilidad acordada y podrá recuperar su inversión, ya que cuentan con la garantía y solvencia que brinda la administración pública. En contraprestación a esta garantía de solvencia, los valores de renta fija de la deuda pública suelen tener un interés inferior a los que emiten las entidades privadas. Como en cualquier operación financiera, la rentabilidad está en proporción directa con el riesgo, por lo tanto, en la deuda pública, al contar con la garantía del Estado, la rentabilidad es inferior a la que pueden ofrecer los valores emitidos por empresas privadas pero que llevan aparejado un mayor riesgo.
Letras del Tesoro Uno de los principales valores de la deuda pública son las Letras del Tesoro. Las Letras son valores de renta fija a corto plazo. En la actualidad, el Tesoro Público emite Letras a 12 o a 18 meses. El valor nominal de éstas, en este momento, es de 1.000 €. Actualmente, son representadas, únicamente, como anotaciones en cuenta, no existiendo ningún documento físico que acredite su existencia o titularidad. Las Letras son valores emitidos al descuento, es decir, el inversor que adquiere una, paga por ella un precio de adquisición inferior al valor nominal o de reembolso que recibirá pasado el plazo de vencimiento de la Letra. La diferencia entre el precio de adquisición y el valor de reembolso será el rendimiento o interés generado por la Letra durante su periodo de inversión. La emisión de las Letras se realiza mediante un procedimiento denominado “subasta”. En este procedimiento, los inversores lanzan ofertas sobre cuanto están dispuestos a pagar por una, y cuántas desean adquirir. En la oferta lanzada por el inversor debe estar expresado el precio en tanto por cien sobre el nominal. El Tesoro ordena, estas ofertas, de mayor a menor precio de adquisición ofrecido. Una vez determinado el volumen de Letras a emitir, las ofertas, se van aceptando en orden a su precio de adquisición comenzando por las de mayor importe, y se decide el precio mínimo que acepta recibir. Éste se denomina precio marginal. Así, las ofertas que tie-
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Curso Básico de Gestión Financiera nen un precio igual o superior a éste son aceptadas, siendo rechazadas las ofertas de los inversores que estén por debajo de dicho mínimo. Es decir, los inversores, que conocen el valor nominal de las Letras (1.000 €), lanzan ofertas al Tesoro por debajo de este valor, por que, como acabamos de mencionar, éstas son emitidas al descuento, y de la diferencia entre el precio de adquisición y del valor nominal, saldrá el rendimiento para el inversor. Por lo tanto, a éste le interesa obtener el menor precio de adquisición posible. Por otro lado, el Tesoro, no puede aceptar cualquier oferta, sino que, en función de las que tiene y el volumen de títulos que desea emitir, debe fijar un precio de adquisición mínimo, que resulte atractivo para el inversor, pero que le permita obtener los recursos previstos por la operación. Por lo tanto, por medio de este procedimiento de subasta, se miden las fuerzas entre el precio de adquisición ofrecido por los inversores, y los precios mínimos que hacen rentable la operación para la entidad. Una vez fijado el precio marginal, se calcula el precio medio ponderado, entre los precios ofrecidos por los inversores cuyas ofertas han sido aceptadas en la subasta. Así, conocido el precio medio ponderado resultante de las ofertas aceptadas, aquellas que tengan un precio de adquisición superior al precio medio ponderado serán adjudicadas por este último, mientras que las que estén entre el precio marginal y el precio medio ponderado, serán adjudicadas por el precio ofrecido por el inversor en su oferta. Esta clase, en la subasta de Letras, se denominan ofertas competitivas. Son llevadas a cabo por inversores experimentados en el mercado de la deuda pública, pues se trata de lanzar una oferta con un precio de adquisición que se ajuste lo más posible al precio marginal, ya que, cuanto más próximo esté a éste, mayor será la rentabilidad de la Letra, pero que no puede quedar por debajo, ya que la oferta sería rechazada por el Tesoro. Existe otra modalidad de ofertas que se denominan no competitivas, en las que el inversor indica, únicamente, el número de Letras que desea, asumiendo la compra de éstas, al precio medio ponderado resultante de la subasta. Las Letras no sólo pueden se adquiridas mediante la subasta, sino que también están disponibles en el mercado secundario, es decir, en la Bolsa, de tal manera, que permite al inversor variar los plazos de inversión de la Letra, ya que como es adquirida en un momento posterior a su emisión, el plazo para él será menor. También es importante que las Letras sean negociadas en el mercado secundario para los inversores que las adquieren en la subasta, ya que, de esta manera pueden recuperar su inversión antes del plazo previsto, si es que lo necesitan. No obstante, como se trata de valores a corto plazo, las variaciones de precio en el mercado secundario suelen ser reducidas.
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Curso Básico de Gestión Financiera La retribución de las Letras radica en la diferencia entre el precio de adquisición pagado por ella, y su valor nominal que recupera el inversor una vez pasada la fecha de vencimiento de la letra. Esta diferencia estará expresada en unidades monetarias (euros), pero para poder calcular efectivamente la rentabilidad obtenida por una letra, nos interesa conocer el interés que esta ha producido en tanto por cien. Conociendo el interés, podemos comparar la rentabilidad que ofrece la Letra, con la de otras inversiones, y así decidir cual es la que más nos conviene en cada momento. Para calcular el tipo de interés obtenido en una Letra, debemos aplicar las siguientes fórmulas, según sea el plazo de la inversión: ● Si el plazo en el que el inversor tiene la letra es inferior al año, la fórmula será:
Donde tenemos: PV = precio de venta o valor nominal de la letra, es decir, 1.000 € PA = precio de adquisición T = tiempo en días ● Si por el contrario, el plazo supera el año, la fórmula a aplicar será la siguiente:
3.0.0.1. Caso práctico: letras del tesoro Un inversor acude a la subasta de Letras del Tesoro y adquiere 250, con un vencimiento a 12 meses, por un importe de 973 € cada una. El inversor sabe que pasados 12 meses recibirá por ellas 250.000 €, pero desea saber cual ha sido realmente su rentabilidad. Solución: Como se trata de una inversión a 12 meses, para calcular la rentabilidad o tipo de interés obtenido por el inversor, aplicaremos la fórmula de corto plazo. De esta manera, no tenemos más que sustituir cada elemento por su valor, para obtener el tipo de interés de la operación.
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Así pues, la rentabilidad obtenida por el inversor en cada una de las Letras adquiridas es del 2,77 %
3.1.2. Bonos y Obligaciones Tienen un funcionamiento similar al de las Letras, pero los Bonos y Obligaciones son emitidos a medio y largo plazo, a diferencia de las Letras que lo son a corto plazo. Al igual que éstas, son emitidos a través del procedimiento de subasta. Tienen, como las Letras, un valor nominal de 1.000 €. El inversor que lo desea puede acudir a la subasta, con ofertas competitivas o no; también puede adquirir los Bonos y Obligaciones en el mercado secundario, a través del SIBE. En las Letras, el plazo de vencimiento es de 12 ó 18 meses, mientras que en el caso de los Bonos va a ser de 3 ó 5 años, y en las Obligaciones de 10 ó 30 años. El plazo de recuperación de la inversión en este tipo valores es muy largo, por lo que a diferencia de las Letras, el inversor no va a tener que esperar para recibir su retribución al momento de vencimiento del título, sino que van a tener un pago periódico de intereses en forma de cupón corrido devengado. De esta forma, se estimula al inversor a invertir en este tipo de valores, ya que, con un funcionamiento como el de las Letras, sería muy difícil que los Bonos y Obligaciones resultase una inversión atractiva para los inversores. Para calcular la rentabilidad de este tipo de inversión, ya no nos sirve la expresión utilizada para las Letras, ya que, las Obligaciones y Bonos no son emitidos al descuento, y además van retribuyendo al inversor periódicamente a través de los cupones, y no, únicamente, al final como sucedía en el caso de las Letras. Una expresión que nos da una aproximación a la rentabilidad obtenida en un Bono o en una Obligación es la siguiente:
r=
I PA x t
x
100
Donde tenemos que: r: es la tasa de rentabilidad obtenida por la inversión I: es la suma de los cupones generados por el título, más la prima de reembolso caso de que éstas fueran emitidas al descuento
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Curso Básico de Gestión Financiera PA: es el precio de adquisición del título t: es el tiempo que dura la inversión expresado en años 3.1.2.1. Caso práctico: cálculo de la rentabilidad en Obligaciones y Bonos Carmen tiene una pequeña tienda de arreglos de ropa. En 2003 tenía un excedente monetario, por lo que decidió invertir en Obligaciones del Tesoro. El 15 de octubre de 2003 adquirió 5 Obligaciones con un valor nominal de 1.000 €, a 989,24 € cada una. El plazo de amortización de estas Obligaciones es de 10 años. Por esta inversión recibe un cupón anual del 3,56 % del nominal. Calcula la rentabilidad total de la Obligación. Para el cálculo de la rentabilidad generada a lo largo de toda la vida de ésta, utilizaremos la expresión que acabamos de ver. Para ello debemos saber cual es el importe anual de cada cupón. Cupón = i x VN = 3,56 % x 1.000 = 35,60 € I = suma de los 10 cupones + prima de reembolso = (35,60 x10) + (1.000 989,24) = 356 + 10,76 = 366,76 € Ahora aplicamos la expresión de la rentabilidad:
r=
I PA x t
x
100=
366,76 989,24 x 10
x
100 = 3,707%
3.1.3. Repos Son adquisiciones temporales de valores del Tesoro. Mediante esta operación, el inversor adquiere títulos del Tesoro (Letras, Bonos u Obligaciones), a una entidad financiera, que a su vez se compromete a recomprárselos al cabo de un tiempo determinado para cada operación. Este plazo de tiempo suele ser generalmente inferior al año, por lo tanto, las Repos, son operaciones financieras a corto, o muy corto plazo, ya que en ocasiones, éste puede consistir en semanas o incluso días. En el pacto, se acuerda también el precio por el que los valores serán recomprados una vez que transcurra el tiempo fijado. Como el precio de compra y el de venta (precio de recompra por la entidad financiera) son conocidos por el inversor al principio de la operación, éste sabe la rentabilidad que va a obtener, pudiendo decidir de esta manera, si le interesa la operación o no.
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3.1.4. Strips A partir de julio de 1997, el Estado puso en marcha la emisión de Bonos y Obligaciones denominados “segregables”. Estos títulos van a incorporar una serie de características que los emitidos hasta el momento no tenían. La principal es la posibilidad de segregación o separación de cada título en tantos valores, como pagos de derecho va a recibir. Cada una de estas partes es lo que se denomina Strips. Si por ejemplo, una Obligación a 10 años con cupón anual, se puede separar en 11 Strips, una por cada cupón de interés, y una más por la devolución del principal al cabo de los 10 años. Así, un título a 10 años queda dividido en 11 valores, que pueden ser negociados de forma diferenciada del resto que formaron la Obligación. El plazo de vencimiento de estos nuevos valores coincidirá con el de cada cupón y el del principal con el plazo de vencimiento de la Obligación. Cabe la posibilidad de realizar la operación a la inversa, es decir, reconstruir a partir de las Strips, el título que fue segregado.
3.1.5. Ventajas e inconvenientes de la deuda pública Sin duda alguna, la principal ventaja de invertir en cualquiera de las modalidades de la deuda pública es la seguridad que éstas proporcionan al inversor de que va a recibir los pagos a los que tenga derecho en los plazos estipulados, ya que estos valores cuentan con la garantía y solvencia del Estado. Actualmente, gracias a la diversificación y a la aparición de los nuevos productos (Strips, Repos), el inversor que desea invertir en deuda pública, tiene un amplio abanico para poder elegir la opción que mejor se adapte a sus expectativas de rentabilidad y a los recursos que quiere destinar. El inversor tiene a su disposición diversos plazos de tiempo, desde las Repos en las que es muy corto, a los 30 años de las Obligaciones; así como la posibilidad de invertir desde pequeñas cantidades por medio de las Strips, a realizar grandes inversiones de capital adquiriendo un gran número de valores. Otra gran ventaja es la facilidad de ser adquiridos los títulos, ya que, en estos últimos años, el Tesoro se ha esforzado en dar difusión a estos valores, y facilidades al inversor para el acceso, actualmente, pueden ser adquiridos a a cualquier intermediario o entidad financiera, a través del Banco de España, y lo que es más fácil e inmediato, por Internet, mediante la página del Tesoro. De esta forma, cualquiera que desee adquirir alguno de los productos de la deuda pública, puede acceder a ellos sin más requisitos que disponer de un ordenador conectado a la Web, y un certificado digital. Unidad 9. Los valores mobiliarios
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Otra ventaja importante, es la reducción fiscal del 40% sobre los rendimientos obtenidos en Bonos y Obligaciones en un periodo superior a 2 años. Con este tratamiento fiscal, la rentabilidad de la inversión se ve incrementada, ya que el coste fiscal es menor. Podemos señalar como un inconveniente de la inversión en deuda pública, con relación a la renta fija emitida por las empresas privadas, que la rentabilidad es sensiblemente inferior. Ésta va en relación con la mayor seguridad de que los cobros serán efectivos en los plazos previstos, aunque, los valores de renta fija emitidos por las empresas privadas también cada vez ofrecen mayor seguridad, siendo la rentabilidad, en general, superior a la de la deuda pública.
3.1.6. Fiscalidad de la deuda pública El rendimiento generado por las Letras y las operaciones de Repos, es decir, la diferencia entre el precio de adquisición y el valor nominal de la misma, no está sujeto a retención por el IRPF, por lo que el inversor, lo recibirá íntegro, una vez transcurrido el plazo de vencimiento. No obstante, estos rendimientos si que tributan en el IRPF, teniendo la consideración de rendimientos del capital mobiliario. Unidad 9. Los valores mobiliarios
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Curso Básico de Gestión Financiera Por el contrario, los intereses generados por Bonos y Obligaciones, si que están sometidos a retención del IRPF. Ésta es del 21 % sobre el importe del interés generado. Además, estos intereses, entran a formar parte de la base imponible del IRPF como rendimientos del capital mobiliario. Los rendimientos obtenidos en la amortización o venta de estos valores, si han sido generados a lo largo de un periodo superior a los 2 años, tendrán una reducción a efectos del IRPF, de un 40 % sobre el total generado. Por su parte, los rendimientos procedentes de Strips, tienen el mismo tratamiento fiscal que las Obligaciones y Bonos, es decir una retención del 21 % en el IRPF sobre los rendimientos generados, con una reducción del 40 %, si éste lo ha sido en un periodo superior a dos años.
3.2. Renta fija privada Son todos aquellos títulos emitidos por empresas privadas representativos de una deuda o préstamo, y por los que el inversor va a recibir una retribución fija o interés. Las empresas que desean realizar una emisión de títulos de renta fija, están obligadas a editar y registrar en la CMNV un folleto informativo de la operación, a fin de comunicar al inversor las características y las condiciones de la emisión.
3.2.2. Pagarés de empresa Estos son valores cupón cero 2, de renta fija emitidos por empresas privadas, y con un plazo de vencimiento que oscila entre los 7 días y los 25 meses. Por tanto, se trata pues de valores a corto plazo. Los más frecuentes son uno, tres, seis, doce y dieciocho meses. Los pagarés de empresa son valores emitidos al descuento, de tal manera que la rentabilidad de este tipo de títulos radica en la diferencia entre el precio de adquisición pagado por el inversor en el momento de la compra, ya sea en el proceso de emisión o en el mercado secundario, y el valor nominal que recibirá en el momento de su vencimiento. Por tanto, vemos que el funcionamiento, en esencia, es similar al funcionamiento de las Letras del Tesoro pero los pagarés de empresa, presentan mucha más variedad que aquellas, ya que, cada empresa que realiza una emisión de pagarés, impone sus condiciones, y características, de tal manera, que podemos encontrarnos 2
Valores cupón cero: son aquellos valores en los que no se abonan intereses periódicamente, sino que se cobra al momento de vencimiento junto al principal.
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Curso Básico de Gestión Financiera con valores de diferente nominal, plazo de vencimiento, rentabilidad… en función de las condiciones que haya establecido la empresa emisora. A diferencia de las Letras que cuentan con el respaldo y la solvencia del Estado, los pagarés de empresa, cuentan con la garantía de la compañía emisora, para el cobro de la retribución y el reintegro del capital, por lo que, dependiendo de la solvencia de ésta, el pagaré llevará implícito un riesgo mayor o menor. Dado que la compañía tiene que proporcionar la garantía suficiente a los inversores para que adquieran sus valores, esta forma de financiación es utilizada principalmente por grandes empresas, que cuentan con el prestigio y la solvencia necesarios para acometer este tipo de operación. Por este motivo las emisiones de pagarés que vamos a encontrar más frecuentemente son emitidos por grandes empresas de transportes, energías o comunicaciones, principalmente. El inversor que quiere adquirir estos valores, puede hacerlo en el momento de emisión de los mismos, o en el mercado secundario. La emisión se realiza, generalmente, en colaboración con una entidad bancaria, de forma que es ésta la que se encarga de ponerlos a disposición de los posibles inversores. También se pueden adquirir estos valores en el mercado secundario de AIAF Mercado de Renta Fija SA, o en los mercados secundarios de renta fija de las bolsas. En cuanto al valor nominal que suelen presentar, es frecuente que lo hagan con un importe de 1.000 €, que es el propio de las Letras del Tesoro, de esta manera, se asemejan así los valores de renta fija a corto plazo de las empresas privadas y el Estado. Esto es una tendencia, pero no representa ninguna norma en la emisión de renta fija, por lo que podemos encontrar títulos con un valor nominal distinto de 1.000 € que sean pagarés de empresa, y por tanto valores de renta fija a corto plazo.
3.2.3. Bonos y obligaciones En la renta fija privada, tenemos valores a corto plazo, que son los pagarés, y valores a medio y largo plazo, que son los bonos y obligaciones. Al igual que en la deuda pública, éstos se diferencian entre sí en el plazo de vencimiento, siendo éste de entre 3 y 5 años para los bonos, y superior para las obligaciones. La operación de emisión de estos títulos se denomina empréstito. Las características de los bonos y obligaciones pueden variar considerablemente de una empresa emisora a otra, incluso la misma puede lanzar un Empréstito con distintas características y condiciones. Las diferencias a las que nos referimos
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Curso Básico de Gestión Financiera son, entre otras, los plazos de vencimiento, la rentabilidad o tipo de interés, la periodicidad del cobro de los cupones, el valor nominal de los títulos… Como el plazo de amortización de los bonos y obligaciones es muy largo, estos valores suelen retribuirse al inversor en forma de cupones periódicos. Éstos constituyen el interés o remuneración que le corresponde al inversor según las condiciones en las que el título fue emitido, pueden incluir el pago de un cupón fijo, o variable. El primero estará compuesto por un porcentaje sobre el nominal, de tal manera, que como el nominal es el mismo a lo largo de todo el periodo, el importe del cupón será el mismo, hasta la amortización del título. Si las condiciones de la emisión señalan que el cupón será variable, quiere decir que, para el cálculo de la retribución al inversor, el porcentaje a aplicar sobre el nominal puede variar de un periodo a otro. Variará, generalmente, en función de algún índice económico, como puede ser el IBEX, el IPC, el Euribor… En estos valores, hay que tener en cuenta, que al riesgo de solvencia de la empresa en cuanto al pago periódico de los cupones, se suma el riesgo de la evolución del índice al que estén ligados, de tal manera, que si la evolución es desfavorable para el inversor, puede verse la rentabilidad del valor seriamente mermada. 3.2.3.1. Caso práctico: la rentabilidad en obligaciones y bonos de cupón variable Una pequeña empresa de montaje y reparación de equipos informáticos, tiene un excedente financiero al que quiere sacar rendimiento. Para ello y tras buscar y comparar entre diversos productos se decide por adquirir obligaciones a 10 años emitidas por RENFE. El valor nominal de cada obligación es de 1.000 €, y son emitidas al descuento, por lo que, debe pagar por cada una de ellas, 978,58 €. Estas obligaciones son referenciadas con el IBEX 35 de tal manera, que el importe del cupón será el 45% de la revalorización que experimente este índice, desde la fecha de emisión, hasta la de devengo del cupón, sobre el nominal de la obligación. La fecha de emisión fue el 30 de abril de 2004, y en esa fecha el valor del IBEX 35 fue de 8.109 puntos. Teniendo en cuenta que el cupón es anual, y que en la fecha del devengo, el IBEX alcanzó los siguientes niveles: 30/04/2005 9.001 puntos 30/04/2006 11.892 puntos Calcula el importe del cupón que cobró en el 2005 y en el 2006. Para realizarlo debemos saber primero cual ha sido la revalorización experimentada por el IBEX, desde la fecha de emisión hasta de devengo.
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Sustituyendo tenemos que:
3.2.4. Obligaciones convertibles y/o canjeables En la emisión de obligaciones, la empresa puede establecer que éstas sean convertibles, es decir, que pueda transformarse en otro tipo de valor, generalmente, acciones, o que ésta sea canjeable, es decir, que a cambio de la obligación el propietario reciba otro título, que por lo general van a ser acciones. La diferencia entre que una obligación sea convertible o sea canjeable, radica en la creación o no de nuevos títulos para entregar por la obligación. Cuando ésta es convertible, la empresa debe realizar una ampliación de capital para entregar a los propietarios acciones nuevas, mientras que en el caso de las obligaciones canjeables no es necesaria la ampliación de capital, y se entregan acciones viejas pertenecientes al emisor, a cambio de las obligaciones. Debemos señalar, que está condición de convertibilidad o de canje, es sólo una opción para el obligacionista, que llegada la fecha de optar al cambio, puede ejercitarla o seguir con la obligación hasta otra fecha de canje o conversión, o hasta la fecha de vencimiento de la misma. Las condiciones de conversión o canje, estarán determinadas y recogidas en el folleto de emisión de las obligaciones. En ellas se deberá señalar la fecha en las que se podrá optar a dicha conversión o canje, así como el número de acciones que se entregarán por cada obligación. Es frecuente que en estas operaciones, las empresas apliquen alguna prima de conversión sobre las acciones, de tal manera, que el valor nominal de la inversión, una vez realizada la conversión o canje, será inferior al que tenía la inversión antes de ese momento. 3.2.4.1. Caso práctico: obligaciones convertibles Marta adquirió hace algún tiempo 25 obligaciones convertibles de una conocida empresa de comunicaciones, con un valor nominal cada una de ellas de 1.000 €. Esta semana ha recibido en su casa una carta de la empresa anunciándole la inminente ampliación de capital que van a llevar a cabo, e informándole de su opción de convertir sus obligaciones en acciones. Unidad 9. Los valores mobiliarios
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Curso Básico de Gestión Financiera Las condiciones de la conversión son las siguientes: •
Por cada obligación, la empresa ofrece 15 acciones.
•
El precio de cada acción, para los obligacionistas que acuden a la conversión, es de 80 €.
¿Cuánto va a tener que pagar Marta, si desea realizar la conversión de sus obligaciones? Solución: Ella, a cambio, entrega sus obligaciones, que son tasadas por la empresa a su valor nominal. 25 obligaciones x 1.000 € = 25.000 € en obligaciones Si realiza el cambio, Marta va a recibir 25 obligaciones x 15 acciones = 375 acciones nuevas 375 acciones x 80 € = 30.000 € es el coste de las nuevas acciones Entrega sus obligaciones valoradas en 25.000 €, por lo que tendrá que pagar 5.000 €. Teniendo en cuenta que el valor nominal de cada nueva acción es de 75 € ¿cuál será la prima por conversión? La prima por conversión, la podemos calcular por la diferencia entre el precio pagado y el valor nominal de la acción. Prima conversión = precio pagado – valor nominal = 80 – 75 = 5 € por acción
3.2.5. Cédulas hipotecarias Son valores de renta fija emitidos exclusivamente por las entidades de crédito. Para la emisión de éstos, las entidades utilizan como cobertura su cartera de préstamos hipotecarios. El volumen de estas cédulas hipotecarias no puede exceder el 90% de los capitales no amortizados de sus créditos hipotecarios. El plazo de amortización de este tipo de valores suele estar en el medio plazo, es decir, entre unos 2 y 5 años, aunque, como ocurre en todos los valores de la renta fija privada, las condiciones y características pueden variar considerablemente de una emisión a otra, y de una empresa emisora a otra.
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3.2.6. Ventajas e inconvenientes de los valores de renta fija privada Si bien la emisión de valores de renta fija como medio de financiación queda reservada para las grandes empresas, las pequeñas y medianas, pueden encontrar en este tipo de valores un medio de inversión donde colocar sus excedentes financieros y obtener una rentabilidad por ellos. En la renta fija privada, la rentabilidad ofrecida es mayor que en la pública, pero, el inversor, deberá tener en cuenta el riesgo asociado de cada valor, ya que en función de la empresa emisora, éste puede ser mayor o menor. El inversor de renta fija privada, es acreedor de la empresa, por lo que en caso de que ésta no pueda hacer frente a sus obligaciones, cobrará antes que los propietarios o socios. El inversor debe renunciar a una parte de su renta, para destinarla a la inversión, durante un periodo de tiempo determinado. Así, cuanto más largo sea el plazo, mayor será el periodo de tiempo que debe renunciar a emplear esos recursos para otro fin.
4. Renta variable Para entender mejor qué es la renta variable, debemos empezar por acercarnos al concepto de la Sociedad Anónima. Podemos definir la Sociedad Anónima como aquella sociedad mercantil, en la que el capital social esta dividido en partes iguales, y cada una de ellas se conoce como acción. Las aportaciones monetarias, realizadas a través de la compra de acciones, son realizadas íntegramente por los socios. En este tipo de sociedad mercantil, los socios o accionistas no responden personalmente por las deudas de la compañía, sino únicamente por el capital aportado cada uno. Este capital social debe ser de, al menos, 60.101,21 €, y no es necesario que sea desembolsado en su totalidad en el momento de la creación de la sociedad, sino que puede desembolsarse el 25%, y dejar el resto para un momento posterior al de la creación. Como podemos observar, se trata de una cifra de capital social bastante elevada, por lo que, por lo general, las compañías que adoptan este tipo de sociedad, suelen ser grandes empresas. Pueden ser socios o accionistas de una Sociedad Anónima tanto personas físicas como jurídicas.
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Curso Básico de Gestión Financiera El órgano supremo es la Junta General de Accionistas, y en ella van a estar representados todos los accionistas de la compañía, que van a poder intervenir con su voto, en la toma de decisiones de la sociedad. Posteriormente veremos, que no todas las acciones de las tienen las mismas características, ni aportan los mismos derechos a los accionistas.
4.1. Las acciones El capital social de las sociedades anónimas está dividido en partes iguales llamadas acciones. Por lo tanto, podemos definir acción como aquel valor mobiliario de renta variable, que representa una parte alícuota del capital social de una Sociedad Anónima. Las acciones pueden estar representadas por un título físico o por una anotación en cuenta. Si las acciones cotizan en Bolsa, ya no se puede representar mediante documento físico, sino que, actualmente, sólo es admitido el formato de anotación en cuenta. La posesión de uno de estos valores da a su propietario la condición de accionista de la compañía. Esta condición, como hemos dicho anteriormente, le confiere una serie de derechos. Algunos son los siguientes: •
Derecho a percibir dividendos: es sin duda uno de los más atractivos para el accionista, ya que de esta manera, ve retribuida su inversión en la compañía. Los dividendos son la parte de los beneficios obtenidos durante el ejercicio económico por la sociedad, y que mediante la Junta General de Accionistas, se acuerda repartir entre los socios. El importe de beneficio obtenido, es diferente cada año, así como el porcentaje de éste que se dedica al reparto de dividendos, por tanto, de ahí que las acciones sean valores de renta variable, ya que la retribución que va a obtener el propietario del título, va a depender de la capacidad de la empresa para generar beneficios, del acuerdo de la Junta General de Accionistas de repartirlos, y de la cuantía en que éstos lo sean.
•
Derecho de suscripción preferente: más adelante desarrollaremos profundamente este derecho, pero en esencia, éste lo que confiere al titular del valor, es el derecho a suscribir acciones de la compañía en una ampliación de capital, antes que terceros ajenos a la empresa.
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Curso Básico de Gestión Financiera •
Derecho a participar en la liquidación de la sociedad, en caso de que ésta sea disuelta, el accionista tendrá el derecho de recibir la parte correspondiente a su porcentaje de participación en la misma.
Los derechos que hemos enumerado son los que podríamos denominar derechos económicos del accionista. Enumeramos a continuación los derechos políticos: •
Derecho a la asistencia a las Juntas Generales de Accionistas: en condición de socio propietario de la empresa, siempre que cuente con el porcentaje de participación suficiente establecido en los estatutos de la Sociedad.
•
Derecho a voto en las Juntas Generales de Accionistas: este derecho se deriva del derecho anterior, porque para poder votar, el accionista tiene que tener derecho a asistir a ella, y por lo tanto estar en posesión del porcentaje suficiente que de derecho a voto. Éste es de los denominados derechos políticos, ya que mediante su voto, el accionista puede participar en las decisiones que toma la Junta General de Accionistas.
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Derecho de información: para poder ejercer el derecho a voto con responsabilidad es necesario contar con la información suficiente sobre la marcha de la empresa, por lo que los accionistas tienen este derecho, por medio del cual pueden solicitar una copia de las cuentas anuales y del informe de gestión de la compañía, así como cualquier otro documento que vaya a ser sometido a aprobación. Además, el accionista que lo desee podrá pedir las aclaraciones o informes que precise antes de acudir a la Junta General de Accionistas.
Estos derechos son los principales que suelen otorgar las acciones a sus propietarios, pero no todas, confieren los mismos derechos a sus propietarios, sino que en función del tipo de que se trate, éstas, incorporarán unos derechos u otros. Los principales tipos de acciones que podemos destacar son los siguientes: •
Acciones ordinarias: son las más habituales en la emisión de valores en nuestro país. Éstas otorgan al titular del valor, todos los derechos que hemos señalado anteriormente, económicos (dividendos, suscripción preferente, liquidación) y políticos (asistencia y voto en Junta General de Accionistas)
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Acciones privilegiadas: incorporan derechos económicos adicionales, tales como una participación mayor en beneficios que las demás acciones. No es frecuente encontrar este tipo en nuestro mercado.
•
Acciones sin voto: otorgan al titular los mismos derechos que las ordinarias a excepción del derecho a voto en las Juntas Generales de Accionistas. A cambio de esta renuncia, las acciones sin voto, suelen garantizar el cobro de un dividendo mínimo, adicional al distribuido a todas. Éste es preferente y acumulativo, lo que significa que se paga antes que el dividendo ordinario, y que si un año no se puede pagar por falta de liquidez de la empresa, se debe repartir entre los accionistas sin voto en los cinco años posteriores.
•
Acciones rescatables: por norma general, no tienen un plazo de amortización, sino que su emisión se hace con la expectativa de que su inversión se mantenga a lo largo del tiempo, ya que en caso de que el inversor que ha adquirido esa acción quiera recuperar su inversión, no tiene más que venderla a otro inversor. Esta operación de compra-venta de los valores, no afecta a la empresa, ni a la vida de la acción. Este tipo de acciones pueden ser amortizadas o rescatadas, por la sociedad emisora, por lo tanto, a diferencia de todas las demás que tienen una duración indeterminada, éstas van a ser emitidas por un periodo determinado, ya que en el momento de emisión se fijarán las condiciones, características y plazos para el rescate, que tendrá que ser como mínimo posterior a 3 años desde la emisión de los títulos.
Como decimos, las acciones provienen de las aportaciones realizadas por los socios al capital de la empresa en el momento de la creación. Así, de la división del importe del capital entre el número de acciones emitidas, obtendremos el valor nominal de la acción. Éste es el que figura en el título físico de la, cuando ésta tiene ese formato. No obstante, a la hora de transmitir las acciones, éstas pocas veces son transmitidas por su valor nominal, sino que, sobre todo cuando cotizan en Bolsa, van a tener un valor de mercado. Éste se determinará principalmente por las fuerzas del mercado, pero también se verá influido por otra serie de factores externos a la empresa como pueden ser la situación de la economía, las decisiones políticas que se toman, las expectativas de desarrollo y expansión de la empresa, la situación de la competencia… En ocasiones ocurre, que una falsa noticia sobre la intención de compra de unas determinadas acciones por otra empresa, puede repercutir en el propio valor de cotización de las mismas.
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4.2. Los derechos preferentes de suscripción La cifra inicial de capital de una compañía no tiene por que seguir siendo la misma durante toda la vida de la sociedad, sino que las empresas, pueden llevar a cabo ampliaciones de capital para así incrementar el valor patrimonial de la empresa, o por el contrario, también pueden realizar reducciones, en caso de que sea necesario. La forma más habitual de realizar una ampliación de capital es por medio de la emisión de nuevas acciones de la compañía. Al realizarla éstas pueden ser suscritas por el público en general, por lo que, para salvaguardar la posición de los antiguos accionistas se crearon los derechos preferentes de suscripción. Con ellos se reconoce su prioridad a suscribir acciones en la nueva emisión frente a terceros ajenos a la compañía. Los derechos de suscripción son valores negociables en Bolsa. Un accionista, recibe derechos preferentes de suscripción, en función del número de acciones que posee de la compañía. Estos valores, son negociables y transmisibles en Bolsa, por que no siempre los accionistas van a estar interesados en acudir a la ampliación de capital, o puede ser que deseen suscribir un menor número de acciones del que les otorgan sus derechos, por lo que por medio de la venta de estos valores, pueden obtener una renta y ver incrementada de esta forma la rentabilidad de sus acciones. Además, la adquisición de estos derechos preferentes puede ser muy ventajosa para aquel accionista que desea adquirir acciones en un número mayor del que le permiten sus derechos de suscripción, o para un tercero ajeno a la empresa que desea acudir a la ampliación de capital para convertirse en accionista de la sociedad, ya que a través de la compra de estos derechos preferentes ve mejorada su posición en la nueva adjudicación de acciones. Desde el momento en que es anunciada la ampliación de capital hasta que ésta es realizada, efectivamente, los derechos de suscripción pueden ser comprados o vendidos en el mercado. Pero estos derechos, a diferencia de las acciones, no tienen un valor nominal, ni de emisión. El precio que van a alcanzar se va a fijar en el mercado, y al igual que el valor de cotización de las acciones, va a estar en función de muchos factores, tales como las expectativas que cree la empresa sobre la ampliación, la situación económica, la política de dividendos llevada a cabo… Pero, aunque el precio vendrá determinado por estos factores, al inversor le interesa conocer cual es
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Curso Básico de Gestión Financiera el valor teórico del derecho de suscripción, para saber si su cotización está alta o baja. Para calcularlo, podemos aplicar la siguiente expresión:
VT =
Nn x ( Vv - Vn Nv + Nn
Donde tenemos: VT: valor teórico del derecho de suscripción Nn: número de acciones nuevas que se emiten en la ampliación Nv: número de acciones viejas Vv: valor de cotización de las acciones viejas Vn: valor de emisión de las acciones nuevas
4.2.2. Caso práctico: ampliación de capital y derechos de suscripción La empresa Limpiezas Brillantes, SL, está formada por tres socios, y se dedica a la limpieza integral de edificios y naves industriales. La empresa, a su vez, es accionista de Inditex, ya que posee 150 acciones de esta compañía. Inditex ha anunciado que va a realizar una ampliación de capital. Actualmente, tiene en el mercado, 1.500.000 títulos, y a través de la nueva emisión va a poner en circulación 250.000 más. Las nuevas acciones, van a ser emitidas con un valor nominal de 30 €. La cotización actual de las acciones de Inditex es de 36,95 €. Calcula el valor teórico de los derechos de suscripción. Solución: Para hacerlo no tenemos más que ir sustituyendo los datos que tenemos en la expresión que hemos visto anteriormente: Nn: 250.000 acciones Nv: 1.500.000 acciones Vv: 36, 95 € Vn: 30 €
( ( Nn x ( Vv - Vn 250.000 x( 36,95 -30 = = 0,99 € VT = Nv + Nn 1.500.000 + 250.000
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Curso Básico de Gestión Financiera Reunidos los tres socios de Limpiezas Brillantes, barajan las siguientes opciones: 1) Acudir a la ampliación adquiriendo todas las acciones que les permite su derecho de suscripción preferente. 2) Acudir a la ampliación y adquirir 5 acciones nuevas, y vender los derechos que no emplea a 1,07 €. 3) No acudir a la ampliación y vender los derechos a 1,07 €. Calcula la repercusión que tiene cada una de estas opciones en la tesorería de la empresa. Solución: 1) Para saber cuántas acciones nuevas pueden comprar, debemos calcular la proporción en la que realiza la emisión, dividiendo el número de acciones nuevas por el número de viejas.
Proporción =
Nº acciones viejas Nº acciones nuevas
Una vez que sustituimos tenemos:
Proporción =
Nº acciones viejas 1.500.000 6 = = 250.000 Nº acciones nuevas
Esta proporción nos indica el número de acciones nuevas que se pueden adquirir, es decir, por cada 6 antiguas, se puede adquirir una nueva. Esta proporción se suele expresar 1 x 6, donde 1 es el número de acciones nuevas, y 6 el número de antiguas. La empresa Limpiezas Brillantes tiene 150 acciones por lo que, como cada 6 viejas se puede adquirir una nueva, el resultado es: Acciones nuevas = 150 / 6 = 25 acciones Como el precio de emisión es de 30 €, si Limpiezas Brillantes desea suscribir todas las acciones a que tiene opción, tendrá que entregar sus 150 derechos, y el importe de las nuevas acciones por el precio de emisión. Importe = Nº acciones x precio emisión = 25 x 30 = 750 € 2) Si sólo adquieren 5 acciones nuevas, no van a necesitar todos los derechos, por lo que podrán venderlos. Para la adquisición de las 5 acciones, van a necesitar los siguientes derechos:
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Curso Básico de Gestión Financiera Derechos para 5 acciones = 5 acciones x 6 derechos = 30 derechos Importe adquisición acciones = precio emisión x nº acciones Importe adquisición acciones = 30 € x 5 acciones = 150 € Como sólo ha empleado 30 derechos, podrá vender los que no necesita y obtener así una renta. Renta derechos = nº derechos x precio derecho = 120 x 1,07 € = 128,4 € 3) Si no acude a la ampliación, como dispone de 150 derechos, para calcular lo que obtiene por ellos no tenemos más que multiplicar. Renta derechos = 150 derechos x 1,07 € = 160,5 €
4.3. La rentabilidad de las acciones Una de las principales formas de retribución de las acciones, son los dividendos. Actualmente las compañías disponen de dos formas: La primera opción para el reparto de estos dividendos, es esperar a conocer el beneficio del ejercicio, y una vez sabido y pagados los impuestos correspondientes, aplicar la política de reparto de beneficios establecida por la empresa. En función de la fase en que se encuentre la empresa, ésta destinará un porcentaje mayor o menor al reparto de beneficios entre sus accionistas. Por ejemplo, si la empresa está en fase de crecimiento es frecuente que no destine un porcentaje alto al reparto de beneficios, sino que, suele destinar esos recursos a la inversión y la autofinanciación para poder llevar a cabo una mayor expansión y asentamiento en el mercado. Si por el contrario, se trata de una empresa asentada y consolidada, puede destinar un porcentaje mayor de estos beneficios a retribuir a sus accionistas. El ejercicio económico de las empresas coincide, por lo general, con el año natural. De esta manera, los accionistas reciben una única retribución en forma de dividendos, atendiendo a los resultados anuales. Para hacer más atractiva la inversión en la empresa, muchas de ellas optan por repartir dividendos a cuenta. Éste es el pago que realizan las empresas a sus accionistas, en concepto de anticipo o a cuenta de los beneficios esperados durante un periodo de tiempo futuro. Una vez que sea determinado, la empresa pagará el dividendo complementario, que consiste en la diferencia entre el dividendo total que se ha determinado para el ejercicio económico, y el o los dividendos a cuentas, que la empresa haya ido pagando a lo largo del mismo.
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Curso Básico de Gestión Financiera Como podemos observar, independientemente de la política de dividendos que adopte la empresa, el importe va a estar siempre en función del beneficio generado por la empresa en el ejercicio, por lo que es difícil que sea el mismo en distintos ejercicios, de ahí que las acciones sean conocidas como valores de renta variable. Para calcular la rentabilidad obtenida por un valor de renta variable a través de los dividendos, en términos porcentuales, podemos aplicar la siguiente expresión.
r = D x 100 PA Donde tenemos: r: es la rentabilidad obtenida por la acción en términos porcentuales D: es el importe del dividendo PA: es el precio de adquisición pagado por la acción Otra manera de la que el inversor puede rentabilizar sus acciones es mediante las plusvalías. El valor de mercado o de cotización, es el precio que se paga por una acción en un momento dado. Un inversor puede obtener una plusvalía cuando al vender un título de renta variable, el valor efectivo o de cotización es superior al de adquisición que pagó en su momento. Así, si el inversor aprovecha a vender sus acciones, en el momento en que el valor efectivo es sensiblemente superior al precio al que las adquirió, puede obtener sustanciosas plusvalías. No obstante, para obtener éstas hay que ser un inversor experimentado, y conocer muy profundamente el funcionamiento de la Bolsa, y tener en cuenta los factores que determinan la evolución de los títulos en el mercado. Además, cuando decide vender el título, puede ser que el valor efectivo en ese momento sea inferior al precio de adquisición, por lo que, en vez de plusvalías, el inversor realizará la venta con perdidas, ya que obtendrá un menor importe monetario por las acciones que el que pagó en su día. Si queremos conocer la rentabilidad o la pérdida obtenida en la venta de una acción en términos porcentuales, podemos aplicar la siguiente expresión:
r = PV - PA x 100 PA Donde tenemos: r: es la rentabilidad obtenida por las plusvalías PV: es el precio de venta
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Curso Básico de Gestión Financiera PA: es el precio de adquisición Si aplicamos la fórmula, y obtenemos un valor positivo de la venta de las acciones tenemos una plusvalía o beneficio, y si por el contrario, el valor es negativo, hemos obtenido una minusvalía o pérdidas. Cuando el precio de venta y el precio de adquisición son iguales, el valor de la fórmula, será cero, y no habremos obtenido ni plusvalías, ni pérdidas. A través de estas dos expresiones, podemos calcular por separado cual ha sido la rentabilidad de las acciones a través de dividendo o a través de plusvalías. Si nos interesa calcular cual ha sido la rentabilidad global de la acción, a través de los dividendos y de las plusvalías podemos hacerlo por medio de la siguiente expresión:
( (PV - PA x100 + D R= PA x t Donde tenemos: R: rentabilidad global de la acción D: suma de dividendos obtenidos PV: precio de venta o valor efectivo o de cotización PA: precio de adquisición t: tiempo de la inversión (en años) Además de mediante los dividendos y las plusvalías, no debemos olvidar que las acciones pueden generar rentabilidad a través de los derechos de suscripción preferente en las ampliaciones de capital, cuando el accionista no desea acudir a la ampliación, y vende éstos en el mercado.
4.3.2. Caso práctico: rentabilidad de las acciones Enchufes y Bombillas SCV, es una pequeña empresa propiedad de dos socios, se dedica a realizar y reparar instalaciones eléctricas a domicilio. Para rentabilizar el excedente financiero, los propietarios, decidieron invertir en valores de renta variable, y adquirieron 500 acciones de Telecinco, de un valor nominal de 15 € a un precio de 18,45 € cada una.
Al año de la compra Telecinco decidió repartir, una vez conocido el beneficio del ejercicio, un dividendo bruto de 1,18 € por acción entre sus accionistas.
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Curso Básico de Gestión Financiera Para calcular la rentabilidad de las acciones a través de los dividendos, debemos aplicar la fórmula que hemos visto, es decir, dividir el importe del dividendo, por el precio de adquisición de la acción. r = dividendo / precio de adquisición = 1,18 / 18,45 = 0,0639 Si lo multiplicamos por 100, ya tendremos el porcentaje que representa, por lo que la rentabilidad obtenida en dividendos por las acciones de Telecinco ha sido del 6,39 % Si queremos saber el importe que han recibido, sólo tenemos que multiplicar el dividendo obtenido por acción, por el total de acciones suscritas de Telecinco. Importe dividendos = Nº acciones x dividendo por acción Importe dividendos = 500 x 1,18 = 590 € Teniendo en cuenta que el valor actual de cotización es de 20,22 €, calcula la rentabilidad global de las acciones de Telecinco, durante este primer año de inversión.
( ( - PA x100 1,18 + ( 20,22-18,45 (x R= D+ PV 100=15,99 % = PA x t 18,45 x 1
4.4. La fiscalidad de los valores de renta variable Los dividendos obtenidos por una persona física a través de la inversión en valores de renta variable, están sujetos al 21 % de retención en el IRPF. Además, estos dividendos pasarán a integrar la base imponible del IRPF en concepto de rendimientos del capital mobiliario. Para las plusvalías obtenidas por la venta de acciones generadas en un periodo superior a dos años, la Ley establece una deducción del 40 %, aplicable sobre la plusvalía obtenida, es decir, por la diferencia entre el precio que se pagó por la acción, y el obtenido en la venta.
4.5. Ventajas e inconvenientes de la renta variable Ventajas: Una de las principales que podemos destacar de la inversión en valores de renta variable, es que éstos confieren al titular la condición de socio o propietario, en el porcentaje que representen sus títulos en la sociedad en cuestión. Con esta cualidad de socio, el inversor puede participar en las decisiones que se tomen en la Junta General de Accionistas ejerciendo su derecho al voto.
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Curso Básico de Gestión Financiera Además, mediante su inversión pasa a formar parte de la empresa emisora de los valores, integrándose en una gran organización. la rentabilidad que se puede obtener mediante los valores de renta variable es mayor que la que se obtiene mediante la renta fija, pero como decimos siempre, ésta está ligada proporcionalmente al riesgo, por lo que éste, en los valores de renta variable, también es superior al de los de renta fija. No todos los inversores que lo hacen en valores de renta variable, obran con la única intención de obtener una rentabilidad, sino que, como éstos llevan asociados derechos políticos, puede invertir con el fin de hacerse con la mayoría suficiente de acciones que le permita controlar la compañía. Inconvenientes: Uno de los principales inconvenientes que vemos a la inversión en renta variable, es la incertidumbre inicial que tiene el inversor, ya que no puede saber a priori cual va a ser su retribución, con lo cual, en ese momento no puede planificar los cobros que va a percibir. Otro inconveniente destacable de la renta variable es la posibilidad que existe de que la empresa no obtenga beneficios, por lo que no pueda repartir dividendos, y el inversor se quede sin retribución ese año. si a esto sumamos el riesgo de que el inversor necesite recuperar los fondos invertidos y venda los valores por un precio inferior, lo cual le llevaría a un resultado de pérdidas. Debemos señalar como un inconveniente que para obtener rendimientos, exclusivamente a través de las plusvalías, por medio de la venta de las acciones, el inversor debe tener unos conocimientos avanzados del sistema bursátil, de la posición de las compañías y de la evolución de la economía en general, además de estar al tanto de la actualidad económica y política del entorno en que opera la empresa emisora, ya que todos estos factores, van a influir notablemente en la evolución del precio de cotización de la acción, y con ello en la posible obtención de plusvalías.
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CONCEPTOS IMPORTANTES LOS VALORES MOBILIARIOS Valor negociable: es aquel que puede ser transmitido de un propietario a otro, al precio que ellos acuerden, independientemente del valor nominal del título. Valor de renta fija: es un título mobiliario representativo de una parte de una deuda contraída por la entidad emisora del mismo. Valor de renta variable: es un título mobiliario representativo de una parte del capital social de la empresa emisora. Valor mobiliario público: es aquel emitido por un organismo público. Valor mobiliario privado: es todo aquel que ha sido emitido por una entidad privada. Valor nominativo: es aquel en el que el nombre del titular figura en su documento representativo. Valor al portador: es todo aquel en el que no figura nombre alguno en su documento representativo o anotación en cuenta. Deuda pública: es el conjunto de los valores emitidos por los organismos públicos. Letras del Tesoro: son valores de renta fija, emitidos por el Estado, con un plazo de amortización que oscila entre los 12 y los 18 meses. Bonos del Estado: son valores de renta fija, emitidos por el Estado, con un plazo de amortización que oscila entre los tres y los cinco años. Obligaciones del Estado: son valores de renta fija, emitidos por el Estado, cuyo plazo de amortización oscila entre los 10 y los 30 años. Repos: son adquisiciones temporales de valores del Tesoro. Son operaciones a corto o muy corto plazo, en las que el inversor, tiene un pacto de recompra del valor, por parte de una entidad financiera. Strips: es cada una de las partes en que se puede dividir una Obligación o Bono segregable. Pagarés de empresa: son los valores de renta fija que emiten las entidades privadas a corto plazo. Bonos de empresa: son los valores de renta fija emitidos por empresas privadas como medio de financiación, que tienen un plazo de amortización que oscila entre los 3 y los 5 años. Obligaciones de empresa: son los valores de renta fija emitidos por empresas privadas, que representan la parte de una deuda contraída por la misma, y cuyo plazo de amortización suele ser superior a 10 años.
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Curso Básico de Gestión Financiera Cupón: es la retribución periódica que recibe el inversor de un Bono o de una Obligación. Obligación convertible: es aquella emitida por una empresa, que da derecho a llegada una fecha y en condiciones determinadas, cambiarla por acciones nuevas, procedentes de una ampliación de capital. Obligación canjeable: es aquella emitida por una empresa, que confiere a su titular el derecho, de cambiarla por acciones de la autocartera de la propia compañía, en las condiciones y plazos establecidos. Cédulas hipotecarias: son valores de renta fija emitidos exclusivamente por las entidades de crédito, utilizando como cobertura su cartera de préstamos hipotecarios. Acción: es el valor de renta variable que representa una parte del capital social de la empresa. Dividendo: es la parte de los beneficios que le corresponde a cada acción, como retribución de la inversión del accionista. Acciones ordinarias: son aquellas que confieren a sus titulares los principales derechos de los accionistas, tales como derecho a voto, y dividendos. Acciones privilegiadas: son aquellas que confieren a sus titulares mayores derechos económicos que las ordinarias. Acciones sin voto: el titular de éstas renuncia al derecho a voto en las Juntas Generales de Accionistas a cambio, generalmente, de un dividendo adicional. Acciones rescatables: son aquellas en la que la empresa se reserva el derecho a amortizarlas al final de un plazo estipulado. Derecho de suscripción preferente: es el que da al accionista prioridad a la hora de suscribir nuevas acciones en una ampliación de capital, frente a terceros ajenos a la empresa. Dividendo a cuenta: es un anticipo que la empresa paga a sus accionistas, antes del reparto de beneficios. Dividendo complementario: cuando una empresa ha repartido un dividendo a cuenta entre sus accionistas, y éste ha sido inferior al correspondiente del ejercicio, realiza, un dividendo complementario, hasta alcanzar el importe que corresponde a éste. Plusvalía: decimos que hemos obtenido una plusvalía, cuando al vender un valor, el precio es superior. Minusvalía: cuando al vender un valor, el precio es inferior al que se pagó en la adquisición.
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UNIDAD 10 LOS FONDOS DE INVERSIÓN Y LOS PRODUCTOS DERIVADOS 1. Los Fondos de Inversión ..........................................................................................................328 1.1. Introducción y conceptos básicos ....................................................................................328 1.2. Tipos de Fondos de Inversión ..........................................................................................330 1.3. El riesgo .............................................................................................................................332 1.4. Aspectos a tener en cuenta en la suscripción de un Fondo de Inversión.....................333 1.5. La rentabilidad ...................................................................................................................335 1.5.1. Caso práctico I: rentabilidad de los Fondos de Inversión ...................................336 1.5.2. Caso práctico II: rentabilidad de los Fondos de Inversión ..................................337 1.6. Fiscalidad de los Fondos de Inversión ............................................................................338 1.7. Ventajas e inconvenientes de invertir en Fondos de Inversión ....................................339 2.
Los productos financieros derivados ....................................................................................340 2.1. Introducción .......................................................................................................................340 2.2. Opciones ............................................................................................................................341 2.2.1. Opciones de compra – call ....................................................................................343 2.2.2. Opciones de venta – put........................................................................................343 2.2.3. Caso práctico: Opción call.....................................................................................344 2.2.4. Caso práctico: Opción put .....................................................................................344 2.3. Mercado de Futuros Financieros .....................................................................................345 2.3.1. Contrato de Futuros Financieros con posición de compra .................................346 2.3.2. Contrato de Futuros Financieros con posición de venta .....................................347 2.3.3. Caso práctico de Futuros Financieros con Opción de compra...........................348 2.3.4. Caso práctico de Futuros Financieros con Opción de venta. .............................350 2.4. Warrants.............................................................................................................................351 2.4.1. Caso práctico: Warrants call .................................................................................351 2.4.2. Caso práctico: Warrants put ..................................................................................352 2.5. Ventajas e inconvenientes de los productos derivados .................................................353
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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OBJETIVOS Conocer el funcionamiento de los fondos de inversión Distinguir y conocer las principales características de los fondos de inversión garantizados Identificar que son los productos derivados Conocer el funcionamiento y las características de algunos de los principales productos derivados
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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1. Los Fondos de Inversión 1.1. Introducción y conceptos básicos Las instituciones de inversión colectiva captan fondos del público en general, y los integran, conformando un patrimonio, que a su vez invierten para obtener una rentabilidad por él en su conjunto, y poder retribuir así a las personas, físicas o jurídicas, que han aportado los fondos que lo integran. Así, un Fondo de Inversión será un patrimonio, formado por las aportaciones que han ido realizando un conjunto de inversores, sin personalidad jurídica, y que es colocado a su vez, en distintos productos financieros por gestores profesionales. Para poder entender mejor qué es y cómo funcionan los Fondos de Inversión, debemos aclarar en primer lugar, los elementos que lo conforman. •
La sociedad gestora: va a realizar todas las labores de administración y representación del Fondo de Inversión. También se va a encargar de tomar las decisiones sobre la inversión del patrimonio, y realizará las gestiones necesarias para llevarla a cabo. Las labores de la sociedad gestora, van a ser muy importantes para el buen funcionamiento del fondo, ya que, deberá buscar y decidir entre las distintas opciones de inversión que ofrece el mercado, hacia cual va a dirigir el patrimonio del fondo. Una de las obligaciones de las sociedades gestoras, es la elaboración y publicación de un folleto informativo, en el que debe incluir las características, condiciones, política de inversión, evolución, y riesgos asociados al fondo.
•
La entidad depositaria: las aportaciones realizadas por los Partícipes, se invierte en distintos valores, según la política de inversión del fondo. Así, a lo largo de la vida de éste, se irán acumulando distintos valores en forma de acciones, obligaciones, pagarés… además de dinero en efectivo. La entidad depositaria es la encargada de la guardia y custodia de todos estos valores y efectivo que conforman el patrimonio del fondo. Los gastos en que incurra, tanto la sociedad gestora, como la entidad depositaria suelen ser cargados directamente al fondo en forma de comisiones. Éstas deberán estar recogidas en el folleto explicativo emitido por la sociedad gestora.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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Curso Básico De Gestión Financiera •
El Partícipe: es aquella persona física o jurídica, que realiza aportaciones a un Fondo de Inversión. Como el patrimonio está formado por las aportaciones de todos y cada uno de los Partícipes, éstos van a ser copropietarios del mismo, en la medida en que cada uno de ellos haya aportado fondos para su formación. Las personas que deciden colocar sus ahorros en un Fondo de Inversión en un momento dado, es porque pueden prescindir de ellos durante un periodo de tiempo. No obstante, el Partícipe tiene derecho al reembolso de sus fondos, en el momento que lo solicite, y según las condiciones que se establezcan. En los Fondos de Inversión no existen limitaciones a la entrada o salida de Partícipes. La entrada de uno nuevo se realiza a través de la compra o adquisición de participaciones. A esta operación se la denomina suscripción. Por el contrario, cuando un Partícipe del fondo desea salir y recuperar su inversión mediante la venta de su participación, se le denomina reembolso. Éste puede ser por la totalidad de los fondos aportados, o por parte de ellos, por lo que sería un reembolso parcial. La aportación que cada Partícipe realiza al plan está formada por una serie de participaciones, siendo cada una la unidad de inversión. Éstas van a tener un valor de mercado que vendrá determinado por la división entre el patrimonio del fondo y el número total de participaciones que tiene. Como el valor del patrimonio va a experimentar cambios a lo largo del tiempo, el de las participaciones también, por lo que las entidades gestoras tendrán que realizar este cálculo periódicamente. Generalmente, se realiza a diario, aunque dependiendo de las características del fondo esta periodicidad puede ser superior, y debe ser difundido a través de los medios adecuados.
•
El patrimonio del Fondo de Inversión estará formado por todas las aportaciones realizadas por los Partícipes, más los rendimientos que la inversión de estos recursos haya generado. Así pues, los rendimientos que se obtienen mediante la inversión de las aportaciones en activos financieros del tipo al que se dedique el fondo, son a su vez reinvertidos en la adquisición de nuevos valores. Al patrimonio del fondo, habrá que restarle los gastos de la sociedad gestora y de la entidad depositaria, necesarios para la gestión y custodia del fondo.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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1.2. Tipos de Fondos de Inversión Aunque presentan características y funcionamientos iguales o similares, no todos los que existen actualmente en el mercado funcionan de la misma manera, ni tienen la misma retribución, ni los mismos criterios a la hora de invertir el patrimonio. Se pueden realizar muchas clasificaciones, pero la principal, es la política de inversión adoptada por el fondo. Ésta deberá quedar perfectamente definida y determinada en el folleto explicativo de cada fondo, para que así, la persona que desee convertirse en Partícipe a través de la suscripción disponga de la información necesaria para asumir el riesgo asociado a la inversión que se lleva a cabo. •
Fondos de Inversión de renta fija: son aquellos que invierten su patrimonio en valores de renta fija. Dentro de este grupo, debemos destacar los FIAMM (Fondos Inversión de Activos del Mercado Monetario). Éstos invierten su patrimonio en valores de renta fija a corto plazo, con un plazo de reembolso inferior a 18 meses, por lo tanto, la inversión suele realizarse en Letras del Tesoro, y Pagarés de Empresa, principalmente. Al ser valores de renta fija, y con un plazo tan corto de amortización, el riesgo no es elevado, y por lo tanto, la rentabilidad tampoco. Los FIM (Fondos de Inversión Mobiliaria) de renta fija invierten, en general, la totalidad del patrimonio en valores de renta fija, no a un plazo tan corto como los FIAMM, también pueden incluir en su cartera Bonos y Obligaciones del Estado, y bonos y obligaciones de empresas.
•
Fondos de Inversión de renta variable: los Fondos de Inversión Mobiliaria (FIM) de renta variable, son aquellos que destinan más del 70% del patrimonio a la inversión en valores de renta variable. En estos fondos suelen establecerse categorías, según sea la naturaleza u origen de los valores de renta variable que conforman su Cartera de Inversión. Así por ejemplo se pueden establecer Fondos de Inversión integrados por valores mobiliarios del sector tecnológico, del sector inmobiliario,… o por zonas geográficas, así se establecen fondos con valores de la zona euro, de España, de EEUU,… Señalar, que al igual que ocurre con los valores de renta variable, el riesgo asociado a este tipo de inversión es superior, al que tiene una inversión en renta variable, pero, la rentabilidad que se puede llegar a obtener es también sensiblemente mayor.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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Curso Básico De Gestión Financiera •
Fondos de Inversión mixtos: éstos tienen Carteras de Inversión formadas tanto por valores de renta fija como variable. No obstante, dependiendo del porcentaje que destinen a cada tipo de renta podremos distinguir entre FIM mixtos de renta fija y variable: los primeros destinan entre el 75 y el 100% de sus recursos a la inversión en este tipo de renta, mientras que los FIM mixtos de renta variable, destinan entre el 30 y el 75 % de sus recursos a la adquisición de valores en esa modalidad.
Tipo de fondo FIAMM FIM RENTA FIJA
Renta fija
Renta variable
100 % corto plazo 100 %
FIM RENTA VARIABLE FIM MIXTO RENTA FIJA
+ 70% 75 – 100 %
FIM MIXTO RENTA VARIABLE
30 - 75 %
Además de la clasificación que acabamos de realizar, en función de la política de inversión seguida por cada fondo, han aparecido, cada vez con más frecuencia en el mercado español, los Fondos de Inversión garantizados. Esta modalidad presenta una serie de características diferenciales con el resto. La principal es que aseguran, como mínimo, al Partícipe que recuperará la inversión inicial o parte de la misma, en una fecha determinada. Debemos destacar que la garantía es para una fecha determinada, por lo que si un inversor realiza un rescate, antes de la fecha señalada, de un fondo garantizado, recibirá el valor liquidativo o de mercado que corresponda en ese momento a cada participación. Si éste es igual o superior al valor de mercado cuando suscribió el fondo, el Partícipe recuperará su inversión, pero si es inferior, la garantía no es aplicable. El plazo de vencimiento de esta garantía se suele fijar entre 1 y 6 años, por lo que es recomendable, que el inversor que desee suscribir este tipo de fondos, se informe del plazo, ya que, es aconsejable no realizar rescates del fondo hasta el vencimiento. Otra de las características diferenciales de este tipo de fondos, es que no están diseñados para facilitar la entrada y salida de suscriptores. Éstos suelen tener un periodo inicial de comercialización, durante el que los Partícipes pueden suscribir participaciones sin comisiones, y con todas las garantías ofrecidas en el folleto informativo. Una vez pasado este periodo de comercialización, si un nuevo inversor quiere
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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Curso Básico De Gestión Financiera suscribir participaciones de un fondo garantizado, la operación estará sujeta a comisión. Lo mismo ocurre en el momento de reembolso. En el momento de vencimiento, el suscriptor puede retirar sus ahorros, sin penalización alguna, pero antes de esta fecha, suele estar penalizado con una comisión de reembolso. Estas comisiones, de suscripción y reembolso, pueden llegar hasta el 5 % del capital invertido. El momento de vencimiento de este tipo de fondos es determinante para el suscriptor. En este momento, la sociedad gestora se pondrá en contacto con el suscriptor informándole de la situación en la que va a continuar el fondo y que puede ser: •
La sociedad gestora ofrece una nueva garantía: para ello deberá informar de las condiciones y del nuevo plazo de vencimiento del fondo. Si el suscriptor no manifiesta su intención de efectuar un reembolso de sus ahorros, la sociedad gestora entenderá que desea continuar con la inversión hasta el nuevo plazo de garantía. Por lo tanto es importante que el suscriptor de un fondo garantizado esté atento al plazo de vencimiento, ya que si no responde a la entidad en ese momento, y la sociedad gestora continua garantizando el fondo, se verá sujeto a un nuevo plazo de vencimiento, con lo que ello conlleva.
•
El fondo pasa a ser un fondo normal no garantizado: el suscriptor ya no tendrá garantizado un mínimo en el momento del reembolso, pero tampoco encontrará trabas para llevar a cabo el mismo.
1.3. El riesgo Como acabamos de ver, no todos los Fondos de Inversión van a llevar implícito el mismo riesgo. Es importante que el inversor que desea suscribir participaciones, consulte y lea detenidamente el folleto, para conocer cual es la política de inversión del fondo, que valores forman su Cartera de Inversión, y cual ha sido la evolución de ésta en los últimos meses. No todos los suscriptores que acuden a un Fondo de Inversión tienen las mismas expectativas ni la misma capacidad de asumir riesgos. Para ello, el mercado ofrece tal variedad, que aquel suscriptor que pueda asumir un riesgo mayor a cambio de obtener una mayor rentabilidad por sus ahorros podrá decantarse por los FIM de renta variable, mientras que aquel suscriptor más conservador, que no desee asumir apenas riesgos, será más recomendable que suscriba participaciones de un FIAMM, aunque a cambio de una mayor seguridad obtendrá una menor rentabilidad. Aquel inversor que no desee asumir ningún riesgo, actualmente tiene en el mercado los Fon-
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Curso Básico De Gestión Financiera dos de Inversión garantizados, que dependiendo del tipo, va a tener garantizada la recuperación de la inversión en una fecha determinada, o un mínimo de rentabilidad. La cartera de valores de los Fondos de Inversión está formada por un gran número de ellos, diversificando de esta forma el riesgo, pero no haciéndolo desaparecer, ya que, no puede excluirse la posibilidad de sufrir pérdidas. Además de la naturaleza de los valores que conforman la Cartera de Inversión, existen otra serie de factores que van a influir en el riesgo que tiene un fondo. •
La divisa en la que esté la Cartera de Inversión. Existe un riesgo sobre las posibles fluctuaciones que puede sufrir el cambio al euro.
•
La zona geográfica de los valores. Por ejemplo la inversión en países emergentes conlleva un riesgo adicional, por los acontecimientos políticos y sociales que pueden afectar a la inversión.
•
El plazo de vencimiento de los valores. Con uno largo, éstos pueden verse afectados por un mayor número de factores, que los a corto plazo.
1.4. Aspectos a tener en cuenta en la suscripción de un Fondo de Inversión Como hemos dicho anteriormente, cada persona que se acerca a un Fondo de Inversión tiene unas expectativas, unas necesidades y unas disposiciones distintas. Antes de suscribir participaciones se debe tener en cuenta, entre otros, los siguientes factores: •
Riesgo asociado y política de inversión del fondo: como hemos estado explicando en el punto anterior, el riesgo asociado a un Fondo de Inversión va a estar en función de múltiples factores. Es recomendable conocer estos riesgos antes de la contratación del fondo, y determinar cual es el riesgo que se está dispuesto a asumir, teniendo en cuenta que éste y la rentabilidad van estrechamente ligados. Toda esta información debe estar a disposición de las personas que deseen suscribir participaciones del fondo, en el folleto explicativo.
•
Tiempo estimado de la inversión: el Partícipe de un Fondo de Inversión debe plantearse a la hora de la contratación, el plazo en que va a mantener su inversión, ya que, dado el tratamiento fiscal que recibe este producto, es aconsejable, como norma general, que este periodo de tiempo sea superior al año. En el folleto informativo aparecerá el horizonte temporal recomendado para cada fondo, y si el rescate antes de esa fecha lleva asociado al-
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Curso Básico De Gestión Financiera guna comisión por reembolso. Observar este plazo, es especialmente recomendable en el caso de los fondos garantizados, ya que éstos penalizan a los suscriptores que rescatan su fondo antes de esta fecha, además de no beneficiarse de la garantía ofrecida, ya que como hemos explicado, ésta sólo es aplicable una vez transcurrido el plazo estipulado. Por lo tanto, el suscriptor de un Fondo de Inversión, deberá plantearse la renuncia a utilizar los ahorros durante el periodo de tiempo recomendado por el fondo, y sobre todo, por el plazo estipulado si se trata de uno garantizado. •
Comisiones: dependiendo de las características y condiciones del fondo, éste puede llevar aparejadas una serie de comisiones y gastos, por determinados operaciones o servicios. Existen dos tipos de comisiones propias del funcionamiento de los Fondos de Inversión: la comisión de gestión y la comisión de custodia. Éstas son la remuneración que reciben la sociedad gestora y la entidad depositaria por su trabajo están implícitas, es decir, se cargan directamente sobre el patrimonio del fondo, de tal manera, que ya están descontadas en el valor liquidativo de cada participación. La comisión de gestión puede establecerse como un porcentaje sobre el patrimonio, sobre los rendimientos o sobre ambos. La Ley establece unos límites máximos para la comisión de gestión, de forma, que en ningún caso una sociedad gestora podrá cobrar un importe superior al máximo legal, por la gestión de un fondo. Los límites legales son los siguientes: A aplicar sobre
FIM
FIAMM
Patrimonio
2,25 %
1%
Resultado
18 %
10 %
1,35 % sobre patrimonio
0,67 % sobre patrimonio
9 % sobre resultados
3,33 % sobre resultados
Ambos
La comisión de custodia, es la cantidad que cobra la entidad depositaria por la guardia y custodia de los valores. Ésta se aplica sobre el patrimonio, y el máximo legal establecido es del 2 por mil anual. Otras comisiones que pueden llevar los Fondos de Inversión, son las comisiones por suscripción y por reembolso. Éstas no las imponen todos los fondos, pero si que es habitual encontrarlas en los garantizados. Son comisiones explicitas, por lo que ya no se cargan al patrimonio del fondo, sino que se van a cargar directamente al Partícipe, en el momento en que rea-
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Curso Básico De Gestión Financiera liza la operación. Vienen expresadas como un porcentaje, y también se ha establecido un máximo legal del 5 % para ambas. Éste se aplica sobre el importe que el Partícipe desea suscribir o rescatar. La información referente a las comisiones que lleva aparejadas el fondo, estará recogida en el folleto informativo. •
Rentabilidades obtenidas: cuando un suscriptor desea entrar a formar parte de un Fondo de Inversión, es recomendable observar la rentabilidad que éste ha ido obteniendo a lo largo de su trayectoria. Estas rentabilidades obtenidas en el pasado no garantizan que vayan a ser iguales en el futuro, ya que, la evolución de los valores está sometida a múltiples factores. No obstante, este dato puede facilitarnos la comparación entre fondos que tengan Carteras de Inversión con valores de la misma naturaleza, y ayudar al inversor a decidir entre uno u otro.
Como conclusiones podemos decir, que quien desea suscribir un Fondo de Inversión, debe tener muy en cuenta el folleto informativo emitido a tal fin. En él, encontrará la información necesaria sobre el riesgo, comisiones, plazos, política de inversión y cartera de valores que integran el fondo. Es importarte poner en relación esta información con las expectativas y necesidades personales, para suscribir el fondo que mejor se adapte a ellas.
1.5. La rentabilidad Para el cálculo de la rentabilidad de un Fondo de Inversión, debemos tener en cuenta que la unidad de medida es la participación. Como también hemos dicho, el patrimonio del fondo está integrado por las aportaciones realizadas por los Partícipes, invertidas en activos financieros, más las revalorizaciones que éstos han podido experimentar, más las retribuciones de los valores mobiliarios que han pasado a integrar el patrimonio, menos los posibles gastos que han podido tener la sociedad gestora y la entidad depositaria. También debemos tener en cuenta, que dependiendo del tipo de fondo, sobre todo si se trata de los que se invierten en valores de renta variable, pueden perder valor u obtener minusvalía, por lo que también debe valorarse a la hora de calcular la rentabilidad. A partir de estos cambios en el valor del patrimonio, va a variar también el valor de mercado de la participación. Éste, llamado también valor liquidativo, vendrá definido por la siguiente expresión:
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Curso Básico De Gestión Financiera
Donde tenemos: VL: es el valor liquidativo de cada participación Valor del patrimonio: es el importe del mismo en el momento del cálculo Nº de participaciones: es el que hay, del fondo, en circulación en el momento del cálculo Conociendo el valor liquidativo de la participación en el momento de suscripción del fondo, y en el del reembolso, podemos calcular la rentabilidad, en términos relativos mediante la siguiente expresión:
R= VLf - VLi VLi
x
100
Donde tenemos: R: es la rentabilidad del fondo en términos relativos VLf: es el valor liquidativo de cada participación en el momento del reembolso o rescate del fondo VLi: es el valor liquidativo de la participación en el momento en que fue suscrito el fondo
1.5.1. Caso práctico I: rentabilidad de los Fondos de Inversión Los padres de Alberto, suscribieron un Fondo de Inversión hace 5 años, con el fin de que éste contase con unos ahorros para ir a la universidad. Suscribieron 100 participaciones del Fondo de Inversión Univer, a un precio de 375 € cada una. Este año, Alberto, va a ir a estudiar a la universidad por lo que sus padres van a proceder al rescate del fondo. Al acudir a la entidad financiera en la que suscribieron el fondo, les dicen que el valor liquidativo de cada participación es de 457 €. Calcula la rentabilidad obtenida en el Fondo de Inversión durante este periodo. Solución: Para calcular la rentabilidad que se ha producido durante el periodo en el Fondo de Inversión, no tenemos más que aplicar la expresión que hemos visto anteriormente:
R= VLf - VLi VLi
x
100 = 457 - 375 375
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100 = 21,87 %
x
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Curso Básico De Gestión Financiera Para hallar la rentabilidad anual que se ha obtenido a través del fondo, debemos dividir este resultado por 5, ya que el periodo ha sido de 5 años. R anual= R / 5 = 21,87 % / 5 = 4,37 %
1.5.2. Caso práctico II: rentabilidad de los Fondos de Inversión El Hotel Dulces Sueños, ha tenido una ocupación del 100 % durante todo el mes de agosto, por lo que ha generado un excedente financiero. Como prevé que no lo va a necesitar hasta, por lo menos, el principio de la temporada siguiente, decide invertirlo en un Fondo de Inversión. Para ello, acude a su entidad financiera habitual, y se decide por el fondo RTU, del que suscribe 500 participaciones a un valor de mercado de 148 € cada una. Durante el mes de enero, tienen que realizar una pequeña reforma en la cocina del hotel, para lo que decide rescatar parte del capital depositado en el fondo. Rescata, 350 participaciones, a un valor de 151 €. La temporada alta del Hotel Dulces Sueños, comienza en junio, fecha en la que realizar el rescate total del Fondo de Inversión. En ese momento, los mercados han evolucionado a la baja, y el valor liquidativo de cada participación es de 146 €. Calcula ambas rentabilidades, es decir, la obtenida en enero y en junio. Solución: Para calcular la rentabilidad en enero, debemos aplicar la expresión anterior, sustituyendo el VLi y VLf, obtenidos. Así, la rentabilidad en enero será:
R= VLf - VLi VLi
x
100 = 151 - 148 x100 = 2,02 % 148
Y en junio será:
R= VLf - VLi VLi
x
100 = 146 148 148
100 = -1,35 %
x
Como vemos, si la evolución del mercado es a la baja, los Fondos de Inversión pueden producir rentabilidades negativas o pérdidas, ya que el valor que obtenido por cada participación, es inferior al valor pagado por ella. Si queremos conocer la rentabilidad global de la operación, debemos calcular, el importe total invertido, y el de cada uno de los rescates. Importe total invertido = 500 participaciones x 148 € = 74.000 € Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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Curso Básico De Gestión Financiera Rescate enero = 300 participaciones x 151 € = 45.300 € Rescate junio = 200 participaciones x 146 € = 29.200 € Así, la retribución que ha obtenido por la operación, es la diferencia entre el importe pagado, y la suma del valor de los rescates. Retribución= (45.300 € + 29.200 €) – 74.000 € = 500 € Y en términos relativos, la rentabilidad de la operación es:
R =(45.300 + 29.200) 74.000 74.000
100 = 0,67 %
x
A través de los cálculos, vemos, que aunque en el segundo rescate, la empresa ha obtenido pérdidas, en el conjunto de la operación, la rentabilidad ha sido positiva.
1.6. Fiscalidad de los Fondos de Inversión Uno de los aspectos más atractivos de los Fondos de Inversión, es la beneficiosa fiscalidad que éstos tienen. Como principal aspecto de la fiscalidad, debemos señalar, que el Partícipe de un fondo, no tributa, hasta que realice un rescate, bien total o bien parcial, de su participación. Por lo tanto, el Partícipe que mantenga su inversión durante años, sólo tributará en el momento en que realice el rescate de la inversión, y no durante todo el periodo en que ha mantenido sus ahorros. También debemos destacar, que si lo que hace es traspasar los ahorros que tiene en un Fondo de Inversión a otro distinto, no deberá declararlos en el IRPF, ya que no tributan, aunque haya obtenido plusvalías en la inversión. Lo hacen, únicamente, cuando los ahorros dejan de estar invertidos. Cuando se realiza el rescate del Fondo de Inversión, la diferencia entre el importe invertido y el rescatado, es decir, la retribución del fondo, va a estar sujeto a una retención a cuenta del 15% para el IRPF, independientemente de la antigüedad que tenga el fondo, o de la cuantía obtenida. La fiscalidad de las plusvalías obtenidas mediante la inversión de los ahorros en fondos, va a depender principalmente de la duración de ésta, de tal manera, que debemos distinguir entre las plusvalías generadas durante un año o menos, y las de más de un año. Así, las primeras, tributarán al tipo marginal de la declaración que le corresponde al contribuyente, es decir, si éste lo hace al 17%, tributarán al 17%, y si es al 32 %, lo harán al 32%. Por el contrario, las plusvalías generadas durante un pe-
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Curso Básico De Gestión Financiera riodo de inversión superior al año, tributarán, al 15%, independientemente del tipo marginal a que lo haga el contribuyente o Partícipe del fondo. Evidentemente, si el Partícipe del Fondo de Inversión no ha obtenido plusvalías, sino que ha incurrido en pérdidas al realizar el rescate, no deberá pagar impuestos. Los rendimientos se van a integrar en la base imponible, como rendimiento patrimonial, y no del capital mobiliario. Esta consideración permite al Partícipe del fondo, poder compensar las ganancias con las pérdidas, es decir, que cuando un Partícipe obtiene 1.000 € de rendimiento al rescatar un fondo, y pierde 300 € al rescatar otro, únicamente deberá pagar impuestos por la diferencia, es decir, por 700 €. Para compensar pérdidas con ganancias, éstas deben ser del mismo tipo, esto es, ganancias de más de un año con pérdidas de más de un año, y las ganancias de menos de un año, con las pérdidas de menos de un año.
1.7. Ventajas e inconvenientes de invertir en Fondos de Inversión Los Fondos de Inversión se han convertido en los últimos años, en el principal producto financiero de los pequeños ahorradores en nuestro país. Esto es debido a las ventajas que proporciona, frente a los demás productos de captación de ahorro. Ventajas: Una de las principales es el ventajoso tratamiento fiscal que reciben. El pequeño inversor que coloca sus ahorros en un fondo, no deberá tributar por ellos hasta que realice un rescate. Si éste lo realiza con posterioridad al año, desde que efectuó la suscripción, los rendimientos obtenidos tributarán a un tipo fijo del 15 %. Además, el inversor que traslade sus ahorros de un fondo a otro, no deberá tributar por las plusvalías, hasta que no lleve a cabo el rescate del nuevo fondo. El tratamiento fiscal también prevé las pérdidas en los Fondos de Inversión, y permite que éstas sean compensadas con las ganancias. La administración de los Fondos de Inversión, es llevada por una sociedad gestora, formada por profesionales financieros, expertos en mercados bursátiles y valores mobiliarios, y dedicados íntegramente a la gestión de Carteras de Inversión. Esto permite al pequeño inversor, optimizar el resultado, sin necesidad de conocimientos de los mercados financieros, ni tener que recopilar información sobre la evolución de los valores. Las Carteras de Inversión de los fondos, están formadas por un gran número de valores. Éstos pertenecen a distintas empresas, y pueden ser de diferente naturaleza, como hemos visto en el caso de los fondos mixtos, de tal manera que el riesgo
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Curso Básico De Gestión Financiera asociado a la inversión queda diversificado, ya que aunque un valor pueda evolucionar desfavorablemente, otros pueden compensar esas pérdidas. La diversificación existente en la actualidad en cuanto a los Fondos de Inversión, es una gran ventaja para quien quiere rentabilizar sus ahorros mediante este producto, ya que, puede encontrar el que le ofrezca una rentabilidad interesante para el nivel de riesgo que esté dispuesto a asumir. Así, aquel inversor que quiere obtener una alta rentabilidad puede encontrar su fondo, en los FIM de renta variable, y el más conservador, que no quiere asumir grandes riesgos, puede suscribir participaciones en un FIAMM o en un fondo garantizado. Otra ventaja destacable de los Fondos de Inversión, es la flexibilidad que éstos tienen, ya que permiten al Partícipe hacer aportaciones a los mismos, en la medida que crea conveniente, y realizar rescates cuando necesite esos recursos, atendiendo siempre, a las condiciones particulares del fondo en cuestión. Inconvenientes: No obstante, los Fondos de Inversión también tienen algún inconveniente para los Partícipes. Uno de los que queremos destacar es el plazo de inversión de éstos. Es recomendable que el inversor los observe con detenimiento para así poder obtener la rentabilidad esperada. Además, la no observación de estos plazos, sobre todo en los fondos garantizados, está penalizado con comisiones de reembolso, además de no beneficiarse de la garantía ofrecida. El Partícipe debe tener en cuenta el plazo recomendado en el folleto informativo del fondo, ya que si desea obtener la ganancia esperada, deberá renunciar a utilizar esos fondos durante el tiempo señalado. Si el suscriptor tiene un gasto imprevisto, siempre podrá realizar un rescate de sus ahorros, con el valor liquidativo de la participación en ese momento.
2. Los productos financieros derivados 2.1. Introducción Los productos derivados son instrumentos financieros cuyo valor procede de la evolución de los precios de otros activos denominados activos subyacentes. Éstos pueden ser muy variados, desde acciones, obligaciones, divisas, tipos de interés, índices bursátiles… hasta, incluso, materias primas.
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Curso Básico De Gestión Financiera En los productos derivados, ya no se da un intercambio de capitales por valores en el momento de la contratación, sino que mediante éstos, se pactan compras, ventas e intercambios futuros, en los que las condiciones se pactan hoy, pero la transacción queda para una fecha futura. Estos productos derivados tienen su origen en el siglo XIX, en los contratos que se celebraban sobre el trigo y el maíz. Así por ejemplo, un comprador se comprometía a adquirir la producción de maíz de un agricultor a un precio fijado, antes de que éste dispusiera físicamente de la producción. Llegado el momento de la recolección, el agricultor vendía su producción al comprador con el que la tenía contratada, al precio que habían fijado. Si en esa fecha, el precio del mercado era superior al que ellos fijaron, el comprador salía beneficiado, ya que podía adquirir la producción por debajo del precio de mercado, mientras que si era más bajo que el precio que ellos pactaron, el agricultor sería beneficiado, ya que obtiene un precio superior al de mercado. En esta operación, el activo subyacente sería el maíz. Pues, bien, en los productos financieros derivados, los activos subyacentes son valores mobiliarios, tales como acciones, obligaciones… Los productos financieros derivados, son productos sofisticados, que cuando no son utilizados como cobertura conllevan riesgo de pérdida total de la inversión. Por lo tanto, para operar con éstos, se requieren conocimientos específicos, y capacidad de asumir un nivel de riesgo elevado, además de tiempo para llevar el seguimiento que precisan.
2.2. Opciones Una Opción, es un contrato que otorga a su comprador el derecho, pero no la obligación, a adquirir o vender, una determinada cuantía del activo subyacente, a un precio determinado, llamado precio de ejercicio, en un periodo de tiempo estipulado o vencimiento. Para entenderlo mejor, podemos ilustrarlo con un ejemplo práctico, que no constituye un contrato de Opción, pero que puede enseñar el funcionamiento de este tipo de contratos. Enrique y su esposa están pensando en ir a Zaragoza con motivo de las fiestas del Pilar. Como este año, el día 12 de Octubre es jueves, y Enrique tiene puente, no trabaja el viernes. Decide realizar una reserva de una habitación doble para los dos en un céntrico hotel de la ciudad. El precio es de 100 €, más 10 de señal, por noche.
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Curso Básico De Gestión Financiera Enrique no tiene claro que vayan a poder acudir a Zaragoza, pero no obstante realiza la reserva, ya que, en esas fechas será muy difícil encontrar una habitación disponible en la ciudad, y si todo se complica, y por fin no pueden acudir, la pérdida se limitará a la señal entregada. Llegada la fecha de vencimiento, Enrique puede decidir si acude o no a Zaragoza, y por lo tanto, si va a emplear su reserva, o por el contrario, la va a cancelar. La fecha de vencimiento sería el 12 de octubre, momento en el que deberá decidir si ejercita su Opción. El hotel, por su parte, tiene obligación de reservarle la habitación a Enrique, ya que además de realizar la reserva, en el tiempo y forma adecuadas, ha pagado una señal por la habitación. En los contratos de Opciones, es importante distinguir entre la situación de comprador y de vendedor. El comprador de una Opción tiene el derecho, pero no la obligación, de comprar o vender al vencimiento, mientras que el vendedor de la Opción está obligado a comprar o vender si el comprador decide ejercer su derecho. En el ejemplo que hemos visto, el comprador de la Opción sería Enrique, mientras que el hotel, sería el vendedor. El comprador de una Opción adquirirá o venderá el activo subyacente sólo si le beneficia, ya que tiene el derecho pero no la obligación, aunque si no lo hace pierda la prima que pagó por ella, mientras que el vendedor de una Opción está obligado a llevar a cabo la operación si el comprador lo desea, ya que a cambio de la misma, recibió la prima. El precio de la Opción es lo que el comprador paga por tener el derecho a realizar la operación, y se denomina prima. Además del precio de la propia Opción, debemos señalar el precio de ejercicio o Strike, que es por el que el comprador de la Opción tiene derecho a comprar o vender el activo subyacente en el momento de vencimiento. Las Opciones tienen un vencimiento, fecha en la que el comprador, comparando el precio de ejercicio y el de mercado del subyacente, deberá decidir si desea ejercer su derecho a comprar o vender, o si por el contrario no lleva a cabo la operación. En cuanto al plazo, debemos distinguir entre las Opciones europeas y las americanas. En las primeras, el derecho de compra o venta, pueden ser ejercido, únicamente, en una fecha concreta; mientras que en las americanas, el derecho puede
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Curso Básico De Gestión Financiera ejercerse en cualquier momento desde la adquisición de la Opción hasta el momento de vencimiento de ésta.
2.2.1. Opciones de compra – call En éstas, el comprador, adquiere mediante el pago de la prima, el derecho y no la obligación, a comprar un activo subyacente a un precio determinado en una fecha concreta, mientras que el vendedor, asume la obligación de realizar la venta del activo, a cambio del cobro de la prima. El comprador de una Opción call, espera que el valor del activo subyacente sobre el que se deriva la misma aumente en el mercado, para que así, llegada la fecha de vencimiento, pueda ejercer su derecho a compra por un precio inferior al precio de mercado. Cuando, llegada esta fecha, el precio del valor subyacente no ha evolucionado como esperaba el comprador, y el precio de mercado es inferior al pactado, no le conviene al comprador ejercer su derecho de compra, por lo que perderá el precio pagado por la Opción, es decir, la prima. Por su parte, el vendedor de una Opción call, se compromete a vender el activo siempre que el comprador ejerza su derecho. El vendedor está obligado mediante el contrato de Opción y, a cambio, va a recibir la prima, que en caso de que el comprador no ejerza su derecho, va a ser su ganancia. La ganancia del vendedor de una Opción call está limitada por la prima, y las pérdidas pueden ser ilimitadas según como evolucione el precio del activo subyacente en el mercado, mientras que la posición del comprador es al revés, sus pérdidas están limitadas a la prima pagada, ya que si el mercado no evoluciona favorablemente no ejercerá su derecho, mientras que las ganancias son ilimitadas si la evolución le es favorable.
2.2.2. Opciones de venta – put En éstas, el comprador de la Opción adquiere el derecho, en ningún caso la obligación, de vender el activo subyacente a un precio fijado en la fecha de vencimiento pactada. El vendedor de la Opción put, asume la obligación de comprar el activo en la fecha de vencimiento, siempre que el comprador de la misma decida ejercer su derecho de venta. El comprador de una Opción put, la adquiere, esperando que el valor del activo subyacente evolucione a la baja, de tal manera, que mediante la Opción, se asegura un precio por el activo. Si llegada la fecha de vencimiento de ésta, el precio del subyacente ha bajado, y es inferior al precio de ejercicio, el comprador estará interesado en
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Curso Básico De Gestión Financiera ejercer el derecho de venta del activo, mientras que si la evolución del mercado no ha sido la esperada, el comprador de la Opción, no acudirá a ejercer su derecho de venta, y declarará como perdida la prima pagada por ella. El comprador de una Opción put, puede obtener ganancias ilimitadas si la evolución del mercado le es favorable, mientras que sus pérdidas están limitadas al precio pagado por la Opción, es decir la prima, ya que en caso de que llegada la fecha de vencimiento, el precio del subyacente no le interese, no tiene obligación de vender. Por el contrario, el vendedor de una Opción put, puede obtener ganancias limitadas, en caso de que al comprador no le interese realizar la operación, y él se quede con la prima, mientras que las pérdidas pueden ser ilimitadas.
2.2.3. Caso práctico: Opción call Las acciones de la compañía H2O. S. A. cotizan actualmente a 150 €. Las expectativas del mercado son alcistas, y se espera que lleguen a cotizar a 200 €, dentro de 6 meses. Un inversor desea adquirir acciones de esta compañía, pero actualmente no dispone del dinero suficiente. Para la adquisición de éstas a 150 €, contrata Opciones call para dentro de 6 meses, pagando una prima de 30 €, por cada acción. 1) Pasados los 6 meses, las acciones de la compañía H2O. S. A. cotizan a 198,74 €. ¿Le interesa al inversor ejercer su Opción? 2) Pasados los 6 meses, las acciones de la compañía H2O. S. A. cotizan a 154,87 €. ¿Le interesa al inversor ejercer su Opción? Solución: 1) Si que le interesa ejercer su derecho, pues mediante la Opción él va a adquirir las acciones a 180 €, mientras que el precio de mercado es de 198,74 €. El total que él paga, 180 €, es la suma del precio de ejercicio más la prima pagada por la Opción. 2) No le interesa al comprador ejercer su derecho, ya que, el precio de las acciones es inferior al que él las adquiere mediante la acción, ya que ya ha pagado 30 € de prima.
2.2.4. Caso práctico: Opción put Juan tiene unas acciones de la compañía RPT. S. A., que actualmente cotizan a 57 €. Quiere emplear los fondos de su inversión en la realización de un viaje dentro de cuatro meses. La evolución del mercado indica que el precio de sus acciones va a
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Curso Básico De Gestión Financiera bajar, por lo que decide comprar una Opción put, para asegurarse el mantenimiento del valor de sus acciones. La Opción put de sus acciones tiene una prima de 5 €, y un precio de ejercicio por su Opción de 57 €, dentro de 4 meses. 1) Las expectativas bajistas sobre la evolución de las acciones de RPT. S. A. se han cumplido, y el precio de las acciones se ha desplomado, hasta 38 €. ¿Le interesa a Juan ejercer su Opción? 2) La evolución del mercado no ha sido bajista, sino que, las acciones de RPT. S. A. incluso están por encima del valor alcanzado hace cuatro meses. ¿Le interesa a Juan ejercer su Opción? Solución: 1) Si que le interesa ejercer su Opción, y vender sus acciones por 57 €, ya que aunque ha pagado una prima de 5 €, el precio obtenido todavía es superior al de mercado. 2) No le interesa ejercer su Opción, ya que, puede conseguir un precio superior al de ejercicio de la Opción, aunque la prima que ha pagado, será una pérdida.
2.3. Mercado de Futuros Financieros El comprador de un Futuro Financiero contrae la obligación de comprar o vender un activo subyacente a un precio determinado, en la fecha indicada en el contrato. Por lo tanto, en la misma definición tenemos la principal diferencia existente entre Opción y Futuro Financiero: la obligación de ejercer la operación en la fecha de vencimiento. Mientras que la Opción representa un derecho para el comprador, que llegada la fecha valorará si le conviene o no ejercitarla, el Futuro Financiero es una obligación, que llegada la fecha de vencimiento, el comprador deberá ejercitar. Los Futuros Financieros son contratos de compra venta, en los que el plazo de entrega se deja para un momento posterior, en el que se cerrará con el pago total del importe. Las condiciones de entrega, y sobre todo el precio se fijan en el momento en que se celebra o compra el Futuro Financiero, de tal manera, que al tratarse de valores mobiliarios, el precio del valor será distinto en el momento del vencimiento del contrato, pero, a través del Futuro Financiero, se deberá respetar el precio marcado. Las condiciones de estos contratos están estandarizadas y son negociados en mercados organizados.
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Curso Básico De Gestión Financiera El comprador de un Futuro Financiero, debe aportar garantías al mercado, de tal manera, que llegada la fecha de vencimiento cumpla con su obligación. Éstas suelen ser una señal, o un porcentaje sobre el importe de la operación. En el mercado de Futuros Financieros, este contrato puede conllevar la obligación de comprar o de vender el activo subyacente a la fecha de vencimiento.
2.3.1. Contrato de Futuros Financieros con posición de compra Cuando se adquiere un Futuro Financiero con posición de compra, el comprador se compromete a adquirir un activo subyacente sobre el que se realiza el contrato, a la fecha del vencimiento. Cuando se piensa que unas acciones van a experimentar una fuerte subida, es cuando se puede adquirir un Futuro Financiero sobre esa acción, para poder adquirirla al precio actual. Si llegada la fecha de vencimiento, el valor de la acción ha evolucionado al alza, el comprador del futuro, obtendrá beneficios cuanto más se separe el precio de la acción del fijado en el contrato. Ejemplo. Si adquirimos un Futuro Financiero, sobre una acción que cotiza a 85 €, y lo adquirimos a 86,45 €, previendo que el valor de la misma subirá, obtendremos beneficios, siempre que el precio de la acción esté por encima de los 86,45 €. Para verlo mejor vamos a ilustrarlo con un gráfico. Futuros Financieros con posición de compra
Precio de la acción
Precio del Futuro Financiero
Beneficio o pérdida
80,00 €
85,46 €
5,46 €
81,00 €
85,46 €
4,46 €
82,00 €
85,46 €
3,46 €
83,00 €
85,46 €
2,46 €
84,00 €
85,46 €
1,46 €
85,00 €
85,46 €
0,46 €
86,00 €
85,46 €
0,54 €
87,00 €
85,46 €
1,54 €
88,00 €
85,46 €
2,54 €
89,00 €
85,46 €
3,54 €
90,00 €
85,46 €
4,54 €
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
346
Curso Básico De Gestión Financiera
Beneficio o pérdida 6,00 € 4,00 € 2,00 € Beneficio o pérdida
-
Beneficio
€
78,00 € -2,00 €
80,00 €
82,00 €
84,00 €
86,00 €
88,00 €
90,00 €
92,00 €
Pérdida
-4,00 € -6,00 €
Precio del valor
Por lo tanto, cuando las acciones tengan un precio por encima de 85,46 €, el comprador del Futuro Financiero obtendrá beneficio, mientras que si el precio se mantiene por debajo, sufrirá perdidas, y a diferencia de las Opciones deberá ejercitarlo, aunque el precio del subyacente no le sea favorable.
2.3.2. Contrato de Futuros Financieros con posición de venta Cuando la previsión es que el precio de cotización de las acciones sea a la baja, será conveniente tener una posición de venta en el contrato de Futuro Financiero, para que así, caso de que el valor de las acciones baje, mediante éste se puede realizar la venta del subyacente a un precio superior al de mercado. Si retomamos el ejemplo anterior, la posición vendedora, será la posición simétrica a la posición de compra, ya que, el beneficio obtenido por el comprador del Futuro Financiero, empezará cuando el precio de la acción, esté por debajo del precio de éste.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
347
Curso Básico De Gestión Financiera
Futuros Financieros con posición de venta Precio de la acción
Precio del Futuro Financiero
Beneficio o pérdida
80,00 €
85,46 €
5,46 €
81,00 €
85,46 €
4,46 €
82,00 €
85,46 €
3,46 €
83,00 €
85,46 €
2,46 €
84,00 €
85,46 €
1,46 €
85,00 €
85,46 €
0,46 €
86,00 €
85,46 €
0,54 €
87,00 €
85,46 €
1,54 €
88,00 €
85,46 €
2,54 €
89,00 €
85,46 €
-3,54 €
90,00 €
85,46 €
4,54 €
Beneficio o pérdida 6,00 € 4,00 € 2,00 € Beneficio - € o 78,00 € pérdida -2,00 €
Beneficio 80,00 €
82,00 €
84,00 €
86,00 €
88,00 €
90,00 €
92,00 €
Pérdida
-4,00 € -6,00 €
Precio del valor
2.3.3. Caso práctico de Futuros Financieros con Opción de compra Las acciones de la compañía DHH. S. A. están experimentando una evolución alcista, se prevé que se mantenga durante los próximos 6 meses. Rafa, ha adquirido un futuro sobre estas acciones, en las que se compromete a adquirirlas, dentro de 5 meses, a un precio de 58,47 €. Calcula el beneficio o pérdida que va a tener, teniendo en cuenta que el valor de cotización de las acciones, en la fecha de vencimiento sea:
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
348
Curso Básico De Gestión Financiera
Precio de la acción 50,00 € 51,00 € 52,00 € 53,00 € 54,00 € 55,00 € 56,00 € 57,00 € 58,00 € 59,00 € 60,00 €
Solución: Para calcular el beneficio o pérdida, que obtendrá Rafa con el Futuro Financiero, debemos restar, el precio de cotización del valor, menos el precio que va a pagar por él, es decir, el precio del futuro. Si el valor resultante es negativo, obtendrá pérdidas, y si el valor es positivo serán beneficios. Precio de la acción
Precio del Futuro Financiero
Beneficio o pérdida
50,00 €
58,47 €
-8,47 €
51,00 €
58,47 €
-7,47 €
52,00 €
58,47 €
-6,47 €
53,00 €
58,47 €
-5,47 €
54,00 €
58,47 €
-4,47 €
55,00 €
58,47 €
-3,47 €
56,00 €
58,47 €
-2,47 €
57,00 €
58,47 €
-1,47 €
58,00 €
58,47 €
-0,47 €
59,00 €
58,47 €
0,53 €
60,00 €
58,47 €
1,53 €
Como podemos observar, Rafa no obtendrá beneficios por su Futuro Financiero, a partir de que el precio de la acción esté por encima de 59 €. Recordamos, que aunque obtenga pérdidas por la operación, está obligado a realizar la adquisición de acciones.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
349
Curso Básico De Gestión Financiera
2.3.4. Caso práctico de Futuros Financieros con Opción de venta. Se espera que las acciones de la compañía de comida rápida FAST FOOD. S. A., experimenten una bajada espectacular, en los próximos meses. Fernando tiene acciones de esta compañía, y ante las noticias sobre la evolución de los valores, decide comprar un Futuro Financiero de venta de acciones. Mediante éste se compromete a venderlas a un precio de 96,45 €, dentro de 8 meses. Calcula el beneficio o pérdida obtenido por Fernando, si el valor de cotización de las acciones de FAST FOOD. S. A., es el siguiente: Precio de la acción FAST FOOD. S. A. 90,00 € 91,00 € 92,00 € 93,00 € 94,00 € 95,00 € 96,00 € 97,00 € 98,00 € 99,00 € 100,00 €
Solución: Fernando obtendrá beneficio, siempre que el precio de cotización de las acciones de FAST FOOD. S. A., esté por debajo del valor de su Futuro Financiero. Precio de la acción
Precio del
Beneficio
FAST FOOD. S. A.
Futuro Financiero
o pérdida
90,00 €
96,45 €
91,00 €
96,45 €
5,45 €
92,00 €
96,45 €
4,45 €
93,00 €
96,45 €
3,45 €
94,00 €
96,45 €
2,45 €
95,00 €
96,45 €
1,45 €
6,45 €
96,00 €
96,45 €
0,45 €
97,00 €
96,45 €
-0,55 €
98,00 €
96,45 €
-1,55 €
99,00 €
96,45 €
-2,55 €
100,00 €
96,45 €
-3,55 €
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
350
Curso Básico De Gestión Financiera En la tabla vemos, como las pérdidas comienzan en el momento en que el valor de cotización llega a los 97 €, recordemos que en este caso tenemos una posición de venta, y lo que nos interesa es que el valor de cotización se mantenga por debajo del precio de nuestro Futuro Financiero.
2.4. Warrants Los Warrants son una modalidad de contratos de Opciones. Otorgan el derecho a ejercer una posición de compra (call) o de venta (put), pero en ningún caso la obligación de ejercerla. Este tipo de contrato, tiene una prima o precio por el Warrant, y un precio de ejercicio o Strike, que es el que se pagará por el activo subyacente en el caso de que se decida ejercitar la Opción de compra o de venta. Existen Warrants call y put, en función de cual sea la posición de compra o de venta del comprador del mismo. La principal diferencia entre los Warrants y las Opciones radica en la paridad. En los primeros, para ejercer de derecho de compra o venta del activo subyacente se va a establecer una paridad, que indicará el número de Warrants necesarios para la adquisición o venta de un activo subyacente. Por ejemplo, puede establecerse una paridad de 25 a 1, lo que significa que para la adquisición o venta de una acción, en una fecha y a un precio determinado, se necesitan 25 Warrants, por lo que, si se desean adquirir 100, el inversor necesitará 2.500. Son emitidos por entidades financieras, y suscritos o comprados por inversores particulares. Pueden ser negociados en la Bolsa. El valor de cotización, estará en función de la posición que tenga, es decir, si se trata de un Warrant call o put, y del activo subyacente del que deriva, ya que si se trata de un Warrant call, cotizará más, cuanto mayor sea el valor de cotización del subyacente y más se aleje este valor del precio de ejercicio del Warrant, y al revés, en un Warrant put, su cotización será mayor, cuanto más baje el valor de cotización del subyacente y mayor sea la diferencia con el precio de ejercicio.
2.4.1. Caso práctico: Warrants call El Banco Mentor lanza un Warrant call, sobre acciones de la compañía CocaCola. Tiene un precio de ejercicio de 44 € por acción, y para poder adquirir una de la compañía se necesitan 5 Warrants.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
351
Curso Básico De Gestión Financiera El contrato es del tipo americano, es decir, se puede ejecutar en cualquier momento anterior a la fecha de vencimiento del mismo. En la actualidad, el precio de las acciones de Coca-cola está en 39,58 €, pero se espera que el precio suba en los próximos meses. La prima o precio del Warrant, en la Bolsa, es de 1,04 €, y la fecha de vencimiento es dentro de 2 años. Paula, quiere invertir en acciones de Coca-cola, pero en la actualidad no cuenta con el dinero suficiente para realizar la inversión. En previsión de la subida de los precios de las acciones, decide adquirir 500 Warrants, para que cuando tenga el dinero suficiente para la inversión, y si se cumplen los pronósticos de subida de precio de las acciones, pueda acceder a la adquisición, al precio de ejercicio del Warrant. En el momento en que Paula cuenta con el dinero suficiente para acometer la inversión, el precio de las acciones de Coca-cola, es de 52,45 €. ¿Le conviene a Paula ejercer su derecho a compra? Solución: Si que le conviene ejercer su derecho a compra, ya que su precio de ejercicio es de 44 €, más la prima pagada por los Warrants. Como para la adquisición de cada acción necesita 5, el coste que va a tener por acción es el precio de ejercicio más la prima de los 5 Warrants. Precio acción = precio ejercicio + prima Warrants Precio acción = 44 € + (5 x 1,04 €) = 44 € + 5,2 € = 49,2 € < 52,45 € que es el precio de cotización de la acción. Con los Warrants que tiene Paula, puede adquirir 100 acciones de la compañía, que a un precio de ejercicio de 44 €, le supondrán un desembolso de 4.400 €.
2.4.2. Caso práctico: Warrants put El Banco Mentor, ha lanzado Warrants put sobre acciones de la compañía ADIDAS. El Warrant tiene un precio de ejercicio de 25 € por acción, y para proceder a la venta se necesitan 3. Luis tiene acciones de la compañía ADIDAS, y ante los rumores de bajada de las mismas, decide comprar Warrants, ya que piensa vender las acciones dentro de un par de años, y prefiere asegurarse el precio.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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Curso Básico De Gestión Financiera La prima del Warrant es de 0,71 €, son del tipo americano, y el plazo de vencimiento es dentro de 3 años. En el momento en que Luis quiere proceder a la venta de sus acciones para recuperar su inversión, el precio de cotización está en 24,78 €. ¿Le conviene ejercer el Warrant? Solución: El precio de ejercicio del Warrant es de 25 € por acción. Si le restamos el coste de los Warrants necesarios para ejercer la Opción de venta, tenemos que el precio será el siguiente: Precio = precio de ejercicio – prima Warrants = 25 – (3 x 0,71) = 22,87 € Como el valor de cotización es de 24,78 €, a Luis no le conviene ejercitar sus Warrants, le es más ventajoso venderlo en el mercado secundario, y sus acciones al precio de cotización.
2.5. Ventajas e inconvenientes de los productos derivados Los productos derivados son sofisticados, requieren conocimientos específicos de su funcionamiento, además de un pormenorizado seguimiento y una capacidad importante de asumir riesgos. Generalmente son utilizados en operaciones de cobertura, en la que se posee el activo subyacente, y se quiere una cierta protección sobre la evolución que éste puede tener en el mercado. En los productos derivados de tipo americano (Opciones y Warrants) el factor temporal siempre juega en contra del inversor, ya que, llegada la fecha de vencimiento, si la evolución del mercado ha sido desfavorable, el inversor no podrá vender su producto derivado, o si lo vende obtendrá un precio menor que el que pagó en su momento.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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Curso Básico De Gestión Financiera
CONCEPTOS IMPORTANTES LOS FONDOS DE INVERSIÓN Y LOS PRODUCTOS DERIVADOS Institución de Inversión Colectiva: entidad cuya actividad consiste en la captación de ahorros, en forma de fondos de los inversores, con el fin de gestionarlos, retribuyéndolos a los inversores, en función de los resultados obtenidos. Sociedad gestora: entidad que gestiona y administra el patrimonio de una Fondo de Inversión, y cuya misión consiste en representar al fondo que gestiona, y decidir la política de inversión que se lleva a cabo en el fondo. Entidad depositaria: se encarga de la custodia de los valores que integran el patrimonio del fondo. Partícipe: es la persona física o jurídica que tiene suscrita una o más participaciones de un Fondo de Inversión. Participación: es la unidad en un Fondo de Inversión. Su valor viene definido por la división del importe total del patrimonio entre el número de participaciones. Patrimonio: el conjunto de las aportaciones realizadas a un Fondo de Inversión. FIAMM (Fondos de Inversión de Activos del Mercado Monetario): son fondos en los que el patrimonio está invertido íntegramente en valores de renta fija a corto plazo. Fondos Inversión Mobiliaria (FIM) de renta fija: son aquellos en los que el patrimonio del fondo está invertido en valores de renta fija, tanto a corto como a largo plazo. Fondos Inversión Mobiliaria (FIM) de renta variable: son aquellos fondos en los que se destina más del 70 % del patrimonio a la inversión en activos de renta variable. Fondos Inversión Mobiliaria (FIM) mixtos: el patrimonio del fondo está integrado tanto por activos de renta fija, como variable. Fondos garantizados: son aquellos Fondos de Inversión, que garantizan en una fecha determinada, la recuperación de la inversión, y/o un mínimo de rentabilidad. Activo subyacente: en los mercados de derivados, futuros y opciones, se denomina activo subyacente al activo objeto del contrato. Opción: es un producto financiero derivado, que otorga al comprador el derecho de ejecutar la Opción de compra o de venta, del activo subyacente del que deriva, en la fecha de vencimiento Opción call: es aquel contrato de Opción, en el que la Opción a ejecutar es de compra. Opción put: es aquella en la que llegada la fecha de vencimiento, el comprador de la misma, decide si le interesa ejercitar su derecho de venta o no.
Unidad 10. Los fondos de inversión y los productos derivados
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Curso Básico De Gestión Financiera Futuro Financiero: es aquel contrato, mediante el cual, el comprador se compromete a realizar la compra o la venta de un activo subyacente, en una fecha determinada, y a un precio convenido. Futuro Financiero con posición de compra: es aquel contrato, en el que el comprador se compromete a comprar el activo subyacente, en la fecha de vencimiento, al precio convenido. Futuro Financiero con posición de venta: es aquel contrato, en el que el comprador se obliga a comprar un activo subyacente, en la fecha de vencimiento, a un precio previamente convenido. Warrant: contrato de Opción, en el que para ejercitar la Opción de compra o venta, es necesaria una paridad, previamente establecida. Warrant call: contrato Warrant, en el que la Opción a ejecutar, es la Opción de compra del activo subyacente. Warrant put: contrato de Warrant, en el que la Opción a ejecutar, es la Opción de venta del activo subyacente.
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