Manual Del Supervisor de Obra 120826013107 Phpapp01
May 6, 2017 | Author: Luis Bejar | Category: N/A
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mm mm m m Supervisar una obra es examinar la misma a través de una persona capacitada denominada supervisor, para concluir y dictaminar si la obra o fase en construcción, esta correcta o no, de acuerdo a diseño preestablecido en los documentos del proyecto, debiendo recomendar al ejecutor o unidad responsable las medidas correctivas pertinentes en tiempo oportuno. m mm m Conforme a las condiciones operativas vigentes para la industria de la construcción, el supervisor debe ser un profesionista en cualquiera de las carreras relacionadas con la construcción, con capacidad suficiente para vigilar el cumplimiento de los compromisos contractuales y controlar el desarrollo de los trabajos; en atención a estos requerimientos se deduce que el supervisor debe ser un profesional con las siguientes características: Experiencia. La suficiente para comprender e interpretar todos los procedimientos constructivos contenidos en las especificaciones y planos de proyecto a utilizarse. Capacidad de organización. La necesaria para ordenar todos los controles que deben llevarse para garantizar una obra a tiempo, de acuerdo a la calidad especificada y al costo previsto. Seriedad . Para representar con dignidad al contratante en todo lo que respecta al desarrollo de la obra. Formalidad. Para cumplir con todas las obligaciones que adquiere al ocupar el cargo. Conviene señalar el compromiso de informar oportuna y verazmente al contratante sobre los avances e incidentes del desarrollo de los trabajos. Honestidad. Ya que habrá de autorizar obras y el pago de los trabajos realizados. Criterio técnico. Para distinguir acertadamente entre alternativas, cual es la más adecuada y propia sin perder de vista los intereses de quien nos ha contratado. Ordenado. Para poder controlar toda la documentación que requiere la función encomendada. m
mm m Por lo que se refiere a controles de tiempo, debemos implementar de común acuerdo con nuestro coordinador de supervisión un procedimiento a seguir. En caso de detectarse desviaciones en el programa de trabajo, este procedimiento debe operar de la siguiente manera: Al primer síntoma de desviación proceder a efectuar un análisis de las causas que lo generan ya que estas pueden ser producto de una incongruencia en el programa debido a un error de planeación o de apreciación en la elaboración del programa: en este caso bastará con asentar los detalles en el diario de obra y efectuar la corrección correspondiente al programa. Ahora bien, cuando se trata de una desviación verdadera por atraso de obra, debemos determinar las causas probables o definitivas y como tales asentarlas
en la bitácora, inmediatamente se informa al coordinador de obra y se espera dentro del plazo concedido la respuesta del constructor en la bitácora, una vez lograda, dialogamos con el representante para determinar las causas verdaderas, así como las soluciones factibles y obligamos al establecimiento de un compromiso formal para la rectificación del desvío detectado en el programa, este compromiso es preciso anotarlo en la bitácora para constancia. Por último habrá que darle seguimiento a las medidas adoptadas hasta la corrección total. En caso de que el retraso persista, repetir el procedimiento. Actuando conforme a lo descrito, protegemos los intereses del cliente o contratante. Cuando las causas de desviación en tiempo no son imputables al constructor y si se tratará de condiciones climatológicas, debemos cerciorarnos de la magnitud del problema. El resultado de nuestras investigaciones y observaciones debemos hacerlo del conocimiento del coordinador de obra y acordar con él sobre el tiempo a conceder, asentándolo en la bitácora. Si las causas de desviación no son por condiciones climatológicas pero tampoco imputables al constructor, debemos investigar motivos, dimensionar el problema e inclusive medir posibles consecuencias o persistencia del problema y con estos elementos proceder conforme a como se describió en el párrafo anterior. m m
mm m El parámetro comparativo para efectuar el control de los costos de obra es ´El presupuestoµ que emitido por el contratante a manera de catálogo de precios unitarios autorizados sirve de base para efectos de pago y liquidación de la obra, es importante que el presupuesto sea vigente en las fechas de las distintas revisiones; el fundamento sobre el que se inicia la labor de revisión es el presupuesto cuyo importe total corresponde con el monto del contrato de obra. Al inicio de la obra y una vez recibidos los ´Anexos técnicosµ debemos proceder a revisar el presupuesto que debe ser verificado en sus cuatro columnas, la primera corresponde al catálogo de conceptos, es importante verificar que esté completo ya que cualquier omisión generará obras extras con todas las consecuencias que resultan en contra del programa financiero de la obra y las complicaciones a la supervisión, en sus actividades de control, representando más trabajo para el supervisor. Conviene señalar las omisiones para que se consideren desde el principio del proceso constructivo, simultáneamente debemos cerciorarnos de que los conceptos estén claramente redactados, contengan todos los elementos de cada actividad del proceso constructivo y que sea compatible con los elementos correspondientes del catálogo de precios unitarios. La siguiente columna es la de las unidades, es suficiente con asegurarse que sea la unidad correcta en cada caso. Si hay duda, hay que fijarse si se trata de un error de mecanografía o un error de elaboración. En el primer caso, basta con tachar y corregir y en el segundo, se amerita hacer la observación por los conductos adecuados hasta clarificar la situación.
La siguiente columna es la de cantidad y debe contener el resultado de las cuantificaciones de proyecto. Estas es necesario que se anexen al presupuesto con objeto de que podamos revisar y clarificar todas las dudas y asegurarnos de que todo está correcto. Si las diferencias detectadas en la revisión son poco trascendentes basta con tomar nota de ellas y considerarlas cuando comparemos los generadores de obra ejecutada con los de proyecto para determinar las obras extraordinarias o las deductivas según el caso. Ahora bien, si encontramos que existen muchas diferencias y errores o insuficiencias debemos proceder a rechazar el documento pues no tiene validez ni es confiable, anotamos lo correspondiente en la bitácora y regresamos el presupuesto con un oficio, poniendo previamente en conocimiento al coordinador de supervisión y las oficinas centrales de la empresa por su intermedio. A mi juicio propio por ningún motivo se deberá aceptar un presupuesto cuyos generadores de proyecto no tienen validez y en caso de vernos obligados a servirnos de semejante documento es importante hacer de conocimiento que estamos trabajando una obra en tales condiciones y no perder ocasión de recalcar o recordar la situación dejando todas las constancias posibles. La siguiente columna corresponde a los ´Precios Unitariosµ y como ya dijimos, debemos estar seguros de que estos corresponden a los del catálogo de conceptos. La última columna es la de importe y sobre esta, a la supervisión solo le resta verificar las operaciones aritméticas, para este fin recomiendo como el procedimiento más adecuado efectuar todas las operaciones en miles de pesos de manera que un error menor podrá pasar desapercibido pero un gran error se detectará de inmediato. Desde luego esta revisión deberá ser más detallada cuando se trata de un presupuesto unitario prototipo repetitivo que después habrá de ser multiplicado decenas o centenas de veces. Como última revisión es la verificación de que el importe total del presupuesto corresponda con el monto del contrato. Es aconsejable que en la columna de importe se desglose en los elementos de su estructura (material, mano de obra y equipo), esto facilita el control y forma una estadística invaluable de las obras. Por lo que se refiere al finiquito, por una parte pienso que deberíamos hacer una reflexión: si hemos trabajado con sistema y orden durante el desarrollo de los trabajos y sobre todo al inicio, habremos logrado el control de la obra cuando sea hora de elaborar el finiquito, solo tendremos que realizar un trabajo de recopilación de documentos; con esto queremos decir que la mejor manera de asegurar el control es ir finiquitando conceptos una vez que estos se van terminando en su realización o en otras palabras, trabajar un poco más al principio y no muchísimo más al final, sobre todo que de esta segunda forma habrá muchas situaciones imposibles de reconstruir y entonces estaremos inventando los datos necesarios para cerrar el ejercicio de la obra.
Dentro de la supervisión se encuentran actividades que se realizan antes de iniciar la obra, durante la obra y al terminar la obra. m m m m m mm mmm mmmmmm mm m mm m m m mmmm La dirección de obras obtendrá el proyecto ejecutivo de la dirección de proyectos, así como las especificaciones generales y particulares, estudios de mecánica de suelos, levantamientos topográficos, memorias descriptivas y catálogo de conceptos. La dirección de obras turnará a través de la coordinación de la obra con quince días de anticipación al inicio de la obra a la gerencia de supervisión asignada, toda la información del proyecto ejecutivo para su revisión y complementación con el propósito de: a). Que los boletines técnicos expedidos por la Dirección de Proyectos estén integrados al proyecto. b). Revisión y evaluación del proyecto, siguiendo un orden lógico de planos; iniciando con los topográficos, arquitectónicos, estructurales, instalaciones y acabados, marcando las anotaciones que se identifiquen como errores, dudas o faltantes. m mm mm m Cotejar que exista congruencia entre memorias descriptivas, especificaciones, normas de construcción, materiales a utilizar y procedimientos constructivos contra los planos de proyecto. Así mismo, proponer simplificaciones o cambios convenientes para la obra, factibilidad de realizarse de acuerdo al programa financiero y de tiempo. Una vez revisado el proyecto y las especificaciones, turnar por escrito a la Coordinación de la obra, la lista de observaciones apoyando a la Dirección de Proyectos en la entrega, coordinación y cambios al proyecto, con la contratista; proponiendo e instrumentando procedimientos para agilizar la elaboración y aprobación de planos. Una vez contratada e iniciada la construcción, y de existir aún aclaraciones o adecuaciones al proyecto, la Gerencia de Supervisión apoyará a la Dirección de Proyectos para agilizar y resolver los pendientes. La Gerencia de Supervisión elaborará en los formatos correspondientes, el informe ejecutivo semanal, el cual contemplará todo lo relativo a revisión de proyectos, así como faltantes, adecuaciones y soluciones en obra, apoyado en la bitácora correspondiente y turnándolo oportunamente a la Coordinación de obra para su autorización y conocimiento. m
mm mm mmm mm mmm La Gerencia de Supervisón analizará el presupuesto entregado por la Dirección de Obras de acuerdo al siguiente procedimiento: a). Revisión del catálogo de conceptos con base en la revisión previa del proyecto y sus especificaciones. Verificará que todos los conceptos de obra estén incluidos en el catálogo y que su descripción sea completa y precisa. b). Verificar los precios unitarios del presupuesto con los presentados en los análisis de precios respectivos. c). Cuando se detecten diferencias en precios unitarios, importes y cantidades parciales o totales, se turnarán por escrito a la Coordinación de obra, indicando los ajustes necesarios que deberán hacerse en le presupuesto. Así mismo, si se detectan precios unitarios altos o bajos respecto al mercado, los señalará para un posterior análisis por la Subdirección de obras. d). Cuando se determine la existencia de conceptos de obra fuera de catálogo se informará a la Coordinación de obra, proporcionándole una relación de estos, así como su volumen, costo estimado y justificación técnica; la Coordinación de obra turnará a la subdirección de precios unitarios los conceptos y análisis para su revisión y/o aprobación. Una vez autorizados los conceptos y precios unitarios, la Gerencia de Supervisión actualizará el presupuesto el cual controlará durante el desarrollo de la obra. m mm m mm mm La Gerencia de Supervisión verificará que el programa maestro de obra entregado por la contratista a la Subdirección de obras contenga: a). Volumen de obra. b). Conceptos por partidas con su porcentaje respectivo. c). Unidades de tiempo en días calendario. d). Recursos. e). Erogaciones mensuales. f). Personal y equipo por mes. g). Holguras parciales y totales. h). Rendimientos. i ). De la revisión del programa resultaran incongruencias, por no corresponder al programa de cada actividad con los recursos y rendimientos, se harán del conocimiento de la Coordinación de obra por escrito, para efectuar las correcciones necesarias. La Gerencia de Supervisión elaborará el programa maestro de obra y el de equipamiento del inmueble y lo presentará a la Coordinación de obra para su revisión y aprobación; este será realizado mediante el sistema de ruta crítica. La Gerencia de Supervisión con la Dirección de equipamiento (en su caso), realizará la relación de equipo y mobiliario que se utilizará. El programa maestro de obra deberá permanecer actualizado semanalmente y servirá como base para el establecimiento de sanciones. m mm mm
De acuerdo al programa maestro, se elaborará uno de erogaciones, la Gerencia de Supervisión revisará las cantidades, importes y operaciones numéricas parciales y totales que respaldan al programa, verificando que coincidan con el presupuesto base. La Gerencia de Supervisión entregará por escrito sus observaciones a la Coordinación de obra, indicando en su caso, las incongruencias detectadas y las correcciones que deban efectuarse, solicitando su autorización para llevarlas a cabo. m ! mm mm m mm m" #m#m $ La Gerencia de Supervisión recabará ante la Dirección de Proyectos los requisitos que exigen las dependencias para otorgar las licencias y permisos, iniciando el trámite de acuerdo a la prioridad para la ejecución de las obras, para lo cual deberá contar con copia de las escrituras del predio o documentos que acrediten la propiedad. Se deberá investigar la factibilidad de servicios de agua, drenaje, energía eléctrica, teléfono, bomberos, etc. Se realizarán trámites para la obtención de: *Predial *Uso del suelo *Alineamiento y número oficial *Licencia de construcción *Permisos (si se requieren) para ocupación de la via publica *Licencias para conexión de redes municipales de agua y drenaje. *Autorización de C.F.E. *Autorización de Teléfonos de México *Autorización de la Secretaria de Comercio para proyecto de instalación de gas y generación de energía eléctrica *Autorización de sistema contra incendio La Gerencia de Supervisión, para la tramitación y obtención de estos permisos y licencias verificará con la Dirección de Proyectos, que estos se hayan realizado de acuerdo con el reglamento de construcciones del D.F. o el vigente local tomando en consideración como excepción, el tipo de suelo, vientos y zonas sísmicas. La Gerencia de Supervisión gestionará ante la Dirección de Proyectos las firmas de peritos responsables necesarias así como el seguimiento de pago de las cuotas y contribuciones para licencias y permisos. Una vez obtenidos los documentos, firmas de perito y copias de pagos, iniciarán los trámites hasta obtener la aprobación de estos. Se informará por escrito a la Coordinación de la obra semanalmente del estado que guardan los trámites. m %mmm mm m m mmm
La Gerencia de Supervisión hará entrega del proyecto ejecutivo completo a la residencia de la empresa constructora levantando para tal efecto una minuta, o a través de la bitácora de obra. m
mm La Gerencia de Supervisión deberá contar en campo con una copia de todo el proyecto ejecutivo así como de los planos de detalles constructivos, que se vayan quedando durante el proceso constructivo. Para tal fin se deberá contar en obra con un planero en donde puedan agrupar todos aquellos planos que correspondan a un mismo diseño (estructural, arquitectónico, aire acondicionado, etc.). Los planos deben tener de origen una clave o nomenclatura la cual puede ser dada por los proyectistas y servir para su identificación. Independientemente de lo anterior se debe contar con un listado en donde estén referidos todos los planos del proyecto ejecutivo. En el caso de sustitución de planos por cambios importantes al proyecto, al plano original se le deberá colocar en forma visible el letrero de anulado y fecha de anulación así como la indicación de que plano lo sustituye. Se deberá llevar un control en planos de las modificaciones que se lleven a cabo; en forma aparte una codificación de los cambios por plano, indicando en que consistió la modificación, quien la ordenó y la fecha de la misma, así mismo se deberá indicar en forma sintetizada las consecuencias de dicho cambio (costo, incremento de precio, tiempo de ejecución, etc.). m ! mm mm La Gerencia de Supervisión revisará el contrato de obra a fin de conocer los alcances del mismo y poder verificar los siguientes puntos: *Autorización de la inversión *Convocatoria del concurso *Acta primera y segunda (apertura y adjudicación) *Tabla comparativa de precios unitarios de las propuestas técnicas *Dictamen y justificación del fallo *Contrato y convenio realizados en su caso *Fianza de garantía del anticipo otorgado *Presupuesto original o modificado en su caso *Especificaciones generales y especificaciones de la obra *Programa de construcción *Presupuesto de construcción Con toda la información anterior la Gerencia de Supervisón dará un informe completo a la Coordinación. m ! mm mm& La Gerencia de Supervisión integrará un archivo en sus oficinas centrales y de obra, que contenga toda la información recibida al principio de la obra y durante su realización y manteniéndolo actualizado para su entrega al término de su gestión.
El archivo se integrará conteniendo lo siguiente: Directorio y organigrama de la empresa o dependencia contratante, contratistas, dependencias, Gerencia de Supervisión y cualquier otro que tenga relación con la obra. Contratos: todos los contratos vigentes de la obra, así como las fianzas certificando que los datos concuerden. Programas y documentación de seguimiento y control relacionada. Especificaciones generales, particulares y boletines. Presupuestos originales, catálogo de precios unitarios actualizado, convenios ampliatorios, rendimientos observados. Laboratorio. Todos los reportes de pruebas, agrupados de acuerdo a su tipo, con los comentarios y conclusiones de cada uno. Circulares y oficios. En orden cronológico, todos aquellos que se reciban en la obra o sean enviados por la supervisión. Minutas, borradores y minutas definitivas y firmadas por los participantes en cada junta periódica, ordinaria o extraordinaria. Informes de obra (semanales y mensuales). Administración interna, administración y correspondencia internas de la Gerencia de Supervisión. Currículo del personal. Este archivo deberá estar clasificado y señalizado por separadores, indicando su contenido o clave correspondiente.
Al presentarse a la obra, deberá portar: un juego completo de planos, las especificaciones técnicas de ejecución y el cronograma de ejecución de obra, obtenidos de las oficinas relacionadas con la supervisión o bien el juego de estos documentos que siempre debe existir en el lugar de la obra y que debe proporcionar el encargado de la misma con la finalidad de: *Utilizar los planos en forma sustancial para comparar el proyecto diseñado con lo realizado realmente en obra, incluyendo sus detalles *Comprobar el cumplimiento de las especificaciones, calidad de materiales y mano de obra *Comprobar el avance de obra contra el cronograma de programación de la misma, para establecer un avance físico en función de los criterios técnicos *Verificar el suministro y la calidad de los recursos, maquinaria, mano de obra, materiales, equipo entre otros. *Detectar problemas técnicos, laborales, de suministro de materiales y calidad *Hacer recomendaciones para la próxima o siguientes etapas de ejecución de la obra *Anotar en el libro o bitácora todas las observaciones y recomendaciones planteadas al ejecutor o contratista *Comprobar en próximas visitas si se hicieron correcciones pertinentes de acuerdo a recomendaciones planteadas. m
mm mmm mm mmmm m m m m ' mm mm mmm La Gerencia de Supervisión recabará de la Coordinación de la obra la bitácora para su utilización en el control de la obra. De no contar la Coordinación con bitácora, la Gerencia de Supervisión la proporcionará. El libro de bitácora debe cumplir con los siguientes requisitos básicos: Las hojas originales deben estar foliadas. Se debe contar con un original y al menos dos copias; una para el contratista y otra para el contratante Las hojas deberán ser desprendibles, no así la original. En las primeras hojas debe haber espacio para anotar los datos indicativos del contrato del que forma parte la bitácora, el mínimo de datos requeridos son: nombre de los contratistas, fecha de contrato, alcances, monto y plazo de ejecución. En el margen izquierdo deberá existir una columna para anotar el número de nota y la fecha Sobre el margen derecho conviene destinar un espacio para dibujar un croquis explicativo, cuando así lo requiera la nota. En la parte superior de cada hoja es recomendable que haya dos renglones para anotar el nombre del frente de obra y el número de contrato. Todas las notas deben seguirse consecutivamente, respetando el orden sin excepción Todas las notas de bitácora deben estar fechadas en el día en que se efectúa el asiento No se deben aceptar notas con tachaduras o enmendaduras, una nota con estas irregularidades se debe considerar nula. Firmas: Es necesario que legalmente las primeras firmas sean las de las personas que firman el contrato. La segunda consideración se refiere a aquellos que son responsables superiores de la obra. Por una parte nos referimos al Jefe de Supervisión y por otra al Superintendente o Gerente de Construcción, que son los que firman la bitácora para abrirla y cerrarla, para autorizar a los supervisores y residentes responsables de cada contrato. La tercera consideración se refiere al supervisor y al residente responsables del contrato en cuestión, que son aquellos que usarán cotidianamente la bitácora de obra. m %mmm mm m m mm ( *Manual del Supervisor *Control de bitácora *Diario de obra *Libreta de campo
*Directorio de la obra *Archivo de obra m ) mm mm m mmmm La Gerencia de Supervisión conjuntamente con un representante del contratante, procederá a llevar a cabo la entrega al contratista del terreno donde se realizará la obra. Para tal fin se levantará una minuta. A la entrega física del terreno se adjuntará un levantamiento en donde se marquen las condiciones topográficas del lugar, se indiquen bancos de materiales, bancos de nivel y accesos a los servicios municipales. m
mm m m& mm La Gerencia de Supervisión registrará diariamente y por cada frente de trabajo las cantidades y categorías de personal, así como cantidades y características del mismo para verificar que la ejecución de la obra se realice con los recursos programados, elaborando un registro de los rendimientos observados para establecer causas de desviación y medidas correctivas. Verificará que el arribo de los materiales a la obra corresponda con fechas y cantidades programadas, llevando a cabo su registro y en caso de observar diferencias que incidan negativamente en la obra, ordenará a la contratista su corrección. La Gerencia de Supervisión analizará la sustitución de materiales, atendiendo a especificaciones, costo y plazo de entrega, en beneficio de la obra. Verificará la utilización adecuada de materiales y equipos suministrados por la Subdirección de obras. m *mm Las juntas de obra se deben preparar cuidadosamente, en particular cuando se trate de obras en las que participan en las juntas numerosos grupos de especialistas. En cualquier caso es preciso elaborar una orden del día en la que se mencionen los temas que habrán de tratarse en la reunión. Al elaborar la lista de temas no hay que olvidar incluir los pendientes que quedaron asentados en la reunión anterior y para complementar la lista, se sugiere se coloque en algún lugar apropiado, una hoja blanca con un título que diga ´Temas que se desean tratar en la próxima junta de obraµ. Una vez elaborada la orden del día de la junta, con los puntos que se van a tratar, es importante que el supervisor a cargo de ella tenga preparados todos los elementos que se necesitan en cada reunión, como planos, minutas de obra, juntas, cuantificaciones, etc. Es importante que para tales juntas se cuente con un local adecuado, así como que en él se encuentre lo necesario, un número adecuado de sillas, papelería, y desde luego, copias del acta anterior en cantidad suficiente, así como lo necesario para elaborar la minuta. No hay que olvidar que las juntas son responsabilidad de la supervisión. Hay que recordar que el supervisor es el defensor de los intereses de quien lo contrató
para representarlo al frente del proceso constructivo de un inmueble de su propiedad. La Gerencia de Supervisión de acuerdo con las políticas de la Dirección de obra, acordará la periodicidad y día en que se realizarán las reuniones de trabajo en obra pero como mínimo se deberá tener una junta de obra semanal. Independientemente de las juntas de trabajo en obra, la Gerencia de Supervisión llevará a cabo semanalmente reuniones de trabajo con el coordinador de la obra y en las oficinas de la Dirección de Proyectos y Subdirección de obras para revisar y resolver dudas de proyecto, situaciones de la ejecución de obra, control presupuestal y trámites administrativos, levantando la minuta correspondiente, haciendo el seguimiento de los puntos tratados hasta su cumplimiento. m
mm mm mm La Gerencia de Supervisión, realizará semanalmente un análisis comparativo entre las cantidades de obra ejecutada, sus importes y avances, con relación a las cantidades de obra programadas, indicando la detección de diferencias, cuantificando la magnitud y estudiando su causa. En caso de que la obra presente atrasos por causas imputables a la contratista, la Gerencia de Supervisión con base al contrato y a la ley y Reglamento de Obras Públicas calculará la sanción y la turnará a la Coordinación, presentando alternativas de solución a las desviaciones, formulará pronósticos y ordenará a la contratista las acciones que deberá tomar, notificando todo esto por escrito a la Coordinación.Deberá asistir a la Coordinación de obras en la solicitud de reprogramación de contratista y proveedores, en la investigación de soportes legales y técnicos para hacer un ajuste en tiempo. De acuerdo a los resultados, turnará a la Coordinación de obra sus observaciones para su revisión y aprobación. El programa actualizado deberá permanecer en la residencia de la supervisión en un tablero a la vista y turnará una copia a sus oficinas centrales. m ! mm Será un informe que presentará a la Coordinación la Gerencia de Supervisión, en forma tabular del estado de avance programado y real de obra y financiero. El informe semanal contendrá la siguiente información: Fecha oficial de inicio de obra, fecha real del inicio, tendencia de terminación y desviaciones al programa. Contendrá datos básicos de información, recursos, calidad, proyectos, precios unitarios, estimaciones y avances porcentuales. Informe de producción. Contendrá el programa de obra por partidas, porcentajes de las partidas, porcentajes de avances, recursos humanos y materiales, reporte diario de mano de obra directa e indirecta y equipo disponible en obra. Reporte de días y horas de lluvia y desviaciones al programa por actividad. Informe financiero. En este informe se deberá indicar el monto del contrato, importe total programado, valor real de la obra a la fecha y desviaciones al
programa financiero. Se deberá informar de anticipos, estimaciones, precios unitarios y tendencias durante el desarrollo de la obra. Se integrará en este informe las observaciones trascendentales de acuerdo a: Proyecto, programa de obra, avance, calidad de la obra y observaciones gerenciales. m ! m+m La Coordinación de obras definirá la estructura, forma, tamaño y contenido del informe para unificar el criterio en todas y cada una de las obras. Se presentará los días 30 de cada mes incluyendo los formatos de resumen, control administrativo, de contratos, avance físico de la obra, avance financiero, así como una sección de conclusiones. Se presentará un informe fotográfico así como un vídeo casete con duración de 3 a 5 minutos, mostrando lo más relevante y el avance global de la obra. Dentro del informe se integrarán los conceptos, importes y períodos por estimación de cada obra y contrato. Como documentación complementaria se anexarán copias de hojas de bitácora, minutas, memorandums, resultados de laboratorio, control de trámites oficiales, generadores y estimaciones. m , mm) m 1). La Gerencia de Supervisión verificará las medidas físicas exactas de los diferentes conceptos de obra ejecutada, cerrándolas al quedar terminada cada actividad, preferentemente los realizará al mismo tiempo con la contratista, firmando ambos de común acuerdo. 2). Los volúmenes excedentes se oficializarán en bitácora con la autorización correspondiente por parte de la Coordinación, indicando claramente su justificación. La Gerencia de Supervisión actualizará las cantidades de obra del presupuesto incorporando las excedentes. 3). Respecto a conceptos fuera de catálogo, la Gerencia de Supervisión procederá de la siguiente manera: Serán autorizados únicamente por la Coordinación, considerando la opción de la Dirección Arquitectónicas y de Instalaciones. Anotar en bitácora el concepto y la razón de su ejecución. Realizar una descripción detallada del concepto y sus especificaciones. Revisar las cantidades de obra y precios unitarios de los conceptos fuera de catálogo calculados por la contratista y en su caso llevar a cabo su conciliación. Presentar por escrito a la Coordinación la relación de conceptos solicitando su autorización. Notificar oficialmente a la contratista la autorización de ejecución de los conceptos fuera de catálogo para que dé inicio a los trabajos. Actualizar las cantidades de obra del presupuesto agrupando los conceptos nuevos. La Gerencia de Supervisión asumirá la responsabilidad de autorizar conceptos fuera de catálogo, cuando el procedimiento antes descrito origine la suspensión
de la obra, incidiendo negativamente en su desarrollo, turnando de inmediato a la Coordinación de obras el justificante técnico. La Gerencia de Supervisión cotejará las cantidades de obra ejecutada durante cada período, contra los volúmenes que presente la contratista en las estimaciones, verificando su correspondencia. La Gerencia de Supervisión incorporará los conceptos fuera de catálogo, autorizados por la supervisión de obras para actualizarlo. La Gerencia de Supervisión llevará a cabo el seguimiento de las estimaciones en revisión en las oficinas del contratante. m %mmm La Gerencia de Supervisión, dentro de sus alcances de control de calidad, llevará a cabo acciones preventivas que tienen por objeto prever resultados tanto en materiales como en procedimientos constructivos, para lo cual deberá realizar lo siguiente: 1). Verificará la bodega del contratista para certificar que los materiales se encuentren bien estibados y protegidos. 2). Seleccionar las muestras y la ejecución de pruebas en los materiales naturales o elaborados por la contratista. A manera enunciativa pero no limitativa se relacionan los siguientes materiales: *Acero de refuerzo *Agregados para la elaboración de concreto (cemento, arena, grava y agua). *Tabique, tabicón o bloque. *Tubería de concreto para drenaje *Tubería de asbesto para agua potable *Materiales para rellenos *Materiales para base o subbase de pavimentos *Concreto premezclado *Concreto hecho en obra *Estructura de acero. Radiografía de soldaduras *Asfalto para pavimento *Entre otros 3). Revisará los resultados de las pruebas, verificando que cumplan los requerimientos de calidad establecidos en los planos y especificaciones del proyecto y normas nacionales o internacionales aplicadas. Verificará que en los resultados se anoten las observaciones necesarias. 4). Cuando los resultados de las pruebas indiquen que los materiales no son satisfactorios, informará a la Coordinación y a la contratista el rechazo de estos con el debido respaldo técnico, indicando la necesidad de retiro, reemplazo o corrección y en su caso, el plazo para su ejecución, estableciendo que será por parte de la contratista. 5). Aprovechará o rechazará en su caso, los bancos de materiales para terracerías y pavimentos antes de su envío a la obra. 6). Entregará oportunamente los resultados del laboratorio de materiales.
). Cuando se considere que existen dudas respecto a algún material visitará conjuntamente con la contratista la fábrica o distribuidor para verificar sus instalaciones y el proceso de elaboración. 8). Adjuntará a los reportes para la Subdirección de obras el original de los resultados de laboratorio y asignará una copia para el archivo de obra. 9). Control presupuestal. La Gerencia de supervisión llevará el control presupuestal de acuerdo a lo siguiente: Supervisar y controlar los contratos establecidos. Establecer y mantener un control presupuestal por contrato. Elaborar cuadros informativos por partida del costo total de la obra actualizado a pesos de acuerdo a los incrementos que se presenten, así como el concentrado de estimaciones de conceptos. Mantener actualizados el programa de erogaciones, el programa financiero y actualizar los mismos periódicamente para cada contrato de obra. Estimar y controlar el posible cambio de los montos de contratos y órdenes decambio, notificando a la Coordinación las variaciones, evaluar y efectuar recomendaciones cuando existan reclamaciones del contratista. Supervisar, controlar y conciliar con los contratistas los precios unitarios extraordinarios considerando la mano de obra, materiales, equipo y herramienta, conforme a lo que dispone la Ley de Obras Públicas y su reglamento, así como las Reglas Generales para la contratación de servicios relacionados con la Obra Pública. Revisar, evaluar y dictaminar los estudios de ajustes y precios unitarios conforme a la Ley de Obras Públicas y su reglamento (en su caso). Solicitará a la contratista las estimaciones con la periodicidad que indique la Dirección de obras de acuerdo al avance de la obra, sin rebasar el período que indica la Ley de Obras Públicas (30 días naturales). Estas irán acompañadas por una memoria fotográfica y generadores.Si la contratista no presenta estimaciones, la supervisión las elaborará y turnará a la Subdirección de obras. Manejar otros costos de ingeniería de servicios que puedan ser necesarios, después de haber complementado el presupuesto definitivo. Elaboración de reporte mensual en función de las actividades desarrolladas, así como también, se entregarán las solicitudes ya evaluadas de ajuste de precios y obras complementarias en un plazo no mayor a 10 días calendario después de su presentación. mm mmm m mmmm m mm Faltando el 5% para concluir la obra, La Gerencia de Supervisión deberá solicitarle a la contratista presente por escrito la terminación de obra. Contando con dicha solicitud, la Gerencia de Supervisión se abocará a llevar a cabo las siguientes acciones: m m
%m m mm mmm m&m m Se recorrerá la obra para verificar que esté totalmente terminada, en este recorrido estarán presentes la Coordinación de la obra, representantes del contratante, la Gerencia de Supervisión, la Constructora y proveedores de equipos (en su caso). En caso de que se detecten conceptos inconclusos o equipos que no queden bien, conjuntamente con la contratista o proveedor harán el levantamiento correspondiente y se exigirá un programa para concluirlos al que se dará seguimiento diario. Verificará que los equipos suministrados por el contratante y por los contratistas se encuentren instalados. Planeará, coordinará y verificará que los equipos, sistemas e instalaciones se les hagan las pruebas pre operacionales, elaborando una lista de deficiencias y un programa para su ajuste. Comunicará al personal de operación y mantenimiento, así como a los proveedores, las modificaciones y ajustes necesarios al equipo, instalaciones y sistemas. Se levantará una minuta de los puntos que pudieran quedar pendientes y de esta forma poder llevar un seguimiento diario de ellos. Se formulará un programa de detalles pendientes. m 'mm mm mm m La Gerencia de Supervisión deberá atender y dar trámite a las inconformidades que se pudieran presentar con la terminación de obra, elaborando para tal efecto un informe a la Coordinación de la obra y anexando su punto de vista sobre las mismas. m mmm mmm mmm- En caso de presentarse al termino o liquidación de obra la existencia de deductivas o multas originadas con responsabilidad de la contratista, será obligación de la Gerencia de Supervisión aplicar dichas deductivas y multas mediante un respaldo técnico o administrativo. Así mismo, la Gerencia de Construcción deberá verificar si existen adeudos de la contratista con el contratante a fin de proceder a su análisis para la liquidación de obra. m m&mmm La Gerencia de Supervisión notificará a la Coordinación de obras cuando cada uno de los contratistas y proveedores hayan completado satisfactoriamente su trabajo y se elaborará y coordinará el programa para la recepción de los trabajos: obra civil, acabados, instalaciones, pruebas y prácticas de los equipos y sistemas. La anterior recepción se llevará a cabo incluyendo personal de supervisión de obra y del área operativa de la dirección de mantenimiento. Para tal efecto se levantará un acta de entrega de los trabajos al contratante. m
mm m m La Gerencia de Supervisión preparará y turnará a la Subdirección de obras el reporte final de terminación de obra en el cual incluirá: *La verificación de que las instalaciones han sido desmanteladas y las zonas que ocupaban se encuentren limpias y acondicionadas. *Entrega de bitácora cerrada. * Entrega de diario de obra cerrado. * Estimación de liquidación autorizada. * El balance de materiales y/o equipos suministrados por el contratante, aprobados. * Entrega de planos autorizados de cómo se efectuó la obra, dibujando las modificaciones sobre planos originales. * Relación y entrega de llaves y materiales. * Memoria descriptiva sobre el desempeño de la contratista. * Copia de permisos oficiales. * Estado financiero (estimaciones). * Comprobantes de liquidaciones cubiertas al IMSS e INFONAVIT. * Expediente de pruebas de laboratorio. * Expediente de órdenes de cambios. m +mm mm Para cada uno de aquellos equipos especiales adquiridos para su instalación en obra, la supervisión recabará el manual de mantenimiento en el cual estarán las características y especificaciones de sus componentes, así como el modo de operar dicho equipo. m mm Una vez elaborada el acta de recepción, la Gerencia de Supervisión solicitará por escrito el acta de finiquito de sus servicios. Es obligación de la Gerencia de Supervisión obtener del proyectista y los contratistas y entregar al contratante, todos los documentos oficiales necesarios que le amparen en cualquier momento para salir a salvo de cualquier contingencia. m m m m m m
m -m m m m m m m m .m m m m m m m m mm m mm m /012m),0342m 4)m1'm 1'3)' !53#m 2,'+' !53m6m )0 0)' !53m
' /012m !+)2m ,)3)'1!4'4)m '7 m89mEn la planeación de las obras y servicios, las dependencias y entidades, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos, deberán considerar, además de lo previsto en la Ley, lo siguiente: I. La coordinación con otras dependencias y entidades que realicen trabajos en el lugar de ejecución, o bien, que cuenten con instalaciones en operación, con el propósito de identificar aquellos trabajos que pudieran ocasionar daños, interferencias o suspensiones de los servicios públicos. Para tal efecto, las dependencias o entidades delimitarán los alcances de los trabajos que a cada una de ellas les corresponda realizar, debiendo establecer el programa de ejecución que contemple una secuencia de actividades, de forma tal que se evite la duplicidad o repetición de conceptos de trabajo; II. Las acciones que conforme a los lineamientos que en esta materia pueda expedir la Secretaría, cuando los trabajos rebasen un ejercicio presupuestario, permitan contar con los recursos necesarios durante los primeros meses de cada nuevo ejercicio, a efecto de no interrumpir la debida continuidad de la obra o servicio de que se trate; III. Los avances tecnológicos en función de la naturaleza de las obras y servicios y la selección de aquellos procedimientos de seguridad del personal e instalaciones, construcción, materiales, productos y equipos que satisfagan los requerimientos técnicos, ambientales y económicos del proyecto; IV. La prioridad a la continuación de las obras y servicios en proceso; V. Los análisis de factibilidad de acuerdo a los estudios de costo beneficio; VI. Los trabajos de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles, tanto los capitalizables como los no capitalizables; VII. Las obras que deban realizarse por requerimiento o afectación de otras dependencias o entidades, así como las correspondientes al desarrollo regional a través de los convenios que celebren el Ejecutivo Federal y los gobiernos estatales, cuando sea el caso, y
VIII. Además de las anteriores, en las obras por administración directa, la disponibilidad del personal adscrito a las áreas de proyectos y construcción, así como los recursos, maquinaria y equipo de su propiedad, conforme a los términos señalados en el artículo 0 de la Ley. '7 m:9mLa Secretaría de Economía establecerá un sistema informático mediante el cual las dependencias y entidades deberán remitir a la propia Secretaría, a través de medios electrónicos, los programas anuales de obras públicas y servicios, así como sus respectivas modificaciones. Cuando se establezcan requisitos de contenido nacional en los términos del último párrafo del artículo 30 de la Ley, la Secretaría de Economía podrá solicitar a la dependencia o entidad convocante, la información necesaria para verificar el cumplimiento del contenido de fabricación nacional de los materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente que deban ser utilizados en la ejecución de obras, de conformidad con las reglas de carácter general que para estos efectos emita dicha Secretaría. '7 m;9mPara los efectos del artículo 18 de la Ley, las dependencias coordinadoras de sector deberán establecer una base de datos que les permita organizar la información que les remitan las entidades sobre estudios o proyectos de obras. Las entidades deberán remitir la información correspondiente dentro de los treinta días naturales siguientes al que se haya concluido el estudio o proyecto de que se trate. Las entidades que hayan realizado los estudios o proyectos, tendrán la obligación de proporcionarlos directamente a las dependencias o entidades que los soliciten. En los casos en que un estudio o proyecto satisfaga las necesidades de las dependencias o entidades y sólo se requiera de trabajos de adecuación, actualización o complemento, se deberá elaborar la justificación a través del dictamen correspondiente según las circunstancias que concurran, debiendo contar con la autorización del titular del área responsable de los trabajos. Las dependencias coordinadoras de sector deberán proporcionar a las entidades que lo requieran, la información que esté a su disposición, dentro de los veinte días naturales siguientes a la solicitud correspondiente, concluido este plazo sin que exista respuesta, se considerará que no existe información alguna. '7 m9mLas bases podrán ser entregadas a los interesados a título gratuito. Cuando se establezca un costo para su adquisición, el costo de venta deberá determinarse dividiendo el monto de los gastos en que haya incurrido la dependencia o entidad, exclusivamente por concepto de publicación de la convocatoria en el 4 m2mmm y de reproducción de los documentos que integran las bases, entre el número de interesados que estima las adquirirán. Dichos gastos no considerarán los costos derivados de los estudios, proyectos, asesorías, materiales de oficina, servicios de mensajería y cualquier otro originado con motivo de la preparación de las bases. El pago se hará en la forma y en el lugar indicado en la convocatoria. A todo interesado que pague el importe de las bases se le entregará un comprobante y tendrá derecho a participar en la licitación. Los convocantes establecerán en las bases de licitación que los licitantes deberán incluir en el sobre de la propuesta técnica, copia del recibo de pago de las bases respectivas, ya que en caso contrario no podrá admitirse su participación. '7 mB=9mLa visita al sitio donde se realizarán los trabajos será optativa para los interesados, pero en su propuesta deberán incluir un escrito en el que manifiesten que conocen el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al contrato por este motivo. Al sitio de realización de los trabajos, podrán asistir los interesados y sus auxiliares que hayan adquirido las bases de licitación, así como aquéllos que autorice la convocante. A quienes adquieran las bases con posterioridad a la realización de la visita, podrá permitírseles el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos, siempre que lo soliciten con anticipación de por lo menos veinticuatro horas a la conclusión del periodo de venta, aunque no será obligatorio para la dependencia o entidad designar a un técnico que guíe la visita. '7 mBB9mLa junta de aclaracionesdeberá ser posterior a la visita al sitio de realización de los trabajos. Las dependencias y entidades podrán celebrar el número de juntas de aclaraciones que se consideren necesarias, atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos a realizar, debiendo comunicar a los asistentes en cada junta, la nueva fecha de celebración.
En las juntas los licitantes que hubieran adquirido las bases, podrán asistir y solicitar aclaraciones o modificaciones a las bases, sus anexos y a las cláusulas del modelo de contrato, las cuales serán ponderadas por las dependencias y entidades. De toda junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes y las preguntas formuladas por los licitantes y las respuestas de la dependencia o entidad y, en su caso, los datos relevantes de la visita al sitio de realización de los trabajos; debiendo entregar copia a los presentes y ponerse a disposición de los ausentes, en las oficinas de la convocante o por medios de difusión electrónica. Las dependencias y entidades podrán recibir preguntas adicionales con posterioridad a la junta de aclaraciones, a las que deberán dar contestación antes de que termine el último día de la venta de bases. '7 mBC9mLos licitantes prepararán sus propuestas conforme a lo establecido en las bases, así como en las aclaraciones y modificaciones que, en su caso, afecten a aquéllas. El licitante deberá firmar cada una de las fojas que integren su proposición. La propuesta será entregada en sobres por separado, claramente identificados en su parte exterior y completamente cerrados. '7 mBD9mLas dependencias y entidades deberán requerir a los licitantes que acompañen a sus propuestas los siguientes documentos: I. Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aun las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto; II. Escrito mediante el cual declare que no se encuentra en alguno de los supuestos que establece el artículo 51 de la Ley; III. Declaración fiscal o balance general auditado de la empresa, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, con el que se acredite el capital contable requerido por la convocante. El capital contable requerido para los trabajos en que se considere el suministro de equipo de instalación permanente o en los que el licitante deba fincar pedidos de insumos especiales, deberá ser cuando menos igual al monto que considere necesario para fincar los pedidos, en el primer ejercicio; IV. Identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas, y
V. Escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes: a. De la persona moral: clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó; asimismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, y b. Del representante: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que los protocolizó. En las bases de las licitaciones públicas e invitaciones deberán indicarse que previamente a la firma del contrato, el licitante ganador presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente. Tratándose de personas extranjeras, se deberá verificar que los documentos cuenten con la legalización o apostillamiento correspondiente. En su caso, una vez llevado a cabo el cotejo, la convocante devolverá al interesado los documentos originales o certificados, conservándolos en copias simples. La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado. Para los interesados que decidan agruparse para presentar una propuesta, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados, además de entregar una copia del convenio a que se refiere el artículo 28 de este Reglamento. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá hacerse por el representante común. '7 mBE9mEl registro previo de participantes a que alude el artículo 36 de la Ley, solamente podrá utilizarse para agilizar los procedimientos de contratación, por lo que en ningún caso será considerado como una preselección o precalificación de licitantes.
'7 mB89mLas dependencias y entidades podrán requerir que la propuesta técnica de los licitantes contenga los siguientes documentos, los que podrán adecuarse atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos: I. Descripción de la planeación integral del licitante para realizar los trabajos, incluyendo el procedimiento constructivo de ejecución de los trabajos. Las dependencias y entidades podrán establecer las restricciones técnicas que procedan conforme a los proyectos; II. Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos, tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado, con o sin opción a compra, deberá presentar carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad en el caso de que resultare ganador; III. Curriculum de los profesionales técnicos al servicio del licitante, identificando a los que se encargarán de la ejecución y administración de la obra, los que deben tener experiencia en obras de características técnicas y magnitud similares; IV. Identificación de los trabajos realizados por el licitante y su personal, que acrediten la experiencia y la capacidad técnica requerida, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según el caso; V. Manifestación escrita de conocer los proyectos arquitectónicos y de ingeniería; las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que la dependencia o entidad les hubiere proporcionado; las leyes y reglamentos aplicables y su conformidad de ajustarse a sus términos; VI. Manifestación escrita en la que señale las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en las bases de la licitación. Las dependencias y entidades podrán solicitar la información necesaria que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que se subcontratarán; VII. Manifestación escrita de conocer y haber considerado en la integración de su propuesta, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionará la convocante, así como el programa de suministro correspondiente;
VIII. Manifestación escrita de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales, así como de haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a las bases de licitación; IX. Manifestación escrita de conocer el contenido del modelo del contrato y su conformidad de ajustarse a sus términos; X. Cuando se requiera de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente de origen extranjero de los señalados por la Secretaría de Economía, manifestación escrita de que los precios consignados en su propuesta no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o de subsidios; XI. Declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten de que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia o entidad convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes, y XII. Documentos que acrediten la capacidad financiera, los cuales deberán integrarse al menos por los estados financieros auditados de los dos años anteriores y el comparativo de razones financieras básicas, salvo en el caso de empresas de reciente creación, las cuales deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de la propuesta. A. Tratándose de obras a precios unitarios, podrán solicitar además los documentos siguientes: I. Análisis de los conceptos de trabajo que representen al menos el ochenta por ciento del monto de la propuesta, describiendo el concepto a desarrollar, su unidad de medida y cantidad, así como la relación de los materiales con sus correspondientes consumos y de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos, sin considerar costos e importes. Los conceptos que en conjunto representen al menos el porcentaje citado, serán definidos por el contratista, o bien, por las dependencias o entidades en las bases de licitación; II. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta, señalando los materiales más significativos y equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, y sus respectivas unidades de medición;
III. Análisis, cálculo e integración del factor de salario real conforme a lo previsto en este Reglamento; IV. Programa calendarizado de ejecución general de los trabajos, dividido en partidas y subpartidas, indicando por mes las cantidades de trabajo por realizar, y V. Programas cuantificados y calendarizados, dividido cada uno en partidas y subpartidas de suministro o utilización mensual de los siguientes rubros: a. De la mano de obra, expresadas en jornadas e identificando categorías; b. De la maquinaria y equipo de construcción, expresados en horas efectivas de trabajo, identificando su tipo y características; c. De los materiales más significativos y de los equipos de instalación permanente, expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos, y d. De la utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos. B. Tratándose de obras a precio alzado, podrán solicitar además los documentos siguientes: I. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta, agrupando los materiales más significativos y equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción de cada uno de ellos; tratándose de proyectos integrales o llave en mano, el licitante señalará las normas de calidad y especificaciones técnicas a que se sujetará, los cuales deberán apegarse a los establecidos por la convocante en las bases de licitación; II. Programa calendarizado de ejecución general de los trabajos, indicando por mes el porcentaje de avance de cada actividad y, en su caso, subactividad, y III. Programas cuantificados y calendarizados en actividades y, en su caso, subactividades de suministro o utilización mensual de los siguientes rubros: a. De la mano de obra, expresadas en jornales e identificando categorías; b. De la maquinaria y equipo de construcción, expresados en horas efectivas de trabajo, identificando su tipo y características; c. De los materiales más significativos y de los equipos de instalación permanente, expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos, y
d. De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos. '7 mB:9mLas dependencias y entidades podrán requerir que la propuesta económica de los licitantes contenga los siguientes documentos, los que podrán adecuarse atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos: A. Tratándose de obras a precios unitarios: I. Análisis de los precios unitarios de los conceptos de trabajo que representen al menos el ochenta por ciento del monto de la propuesta, determinados y estructurados de acuerdo con lo previsto en este Reglamento. Los conceptos que en conjunto representen al menos el porcentaje citado, serán definidos por el contratista, o bien, por las dependencias o entidades en las bases de licitación. El licitante ganador dentro de los quince días naturales siguientes a la emisión del fallo, deberá entregar el complemento de los análisis de los precios unitarios, los que deberán ser congruentes con el presupuesto presentado; II. Relación y análisis de los costos básicos de los materiales que se requieran para la ejecución de los trabajos. Cuando existan insumos de los señalados en la fracción X del artículo 26 de este Reglamento, se deberá señalar el precio ofertado por el licitante; III. Tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios; IV. Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, debiendo considerar éstos, para efectos de evaluación, con costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos; V. Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales; VI. Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento; VII. Utilidad propuesta por el licitante; VIII. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta, agrupando por materiales más significativos y equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la
descripción de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes; IX. Catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto y del total de la propuesta. Este documento formará el presupuesto de la obra que servirá para formalizar el contrato correspondiente; X. Programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y cuantificado mensualmente, dividido en partidas y subpartidas, de los conceptos de trabajo que representen al menos el ochenta por ciento del monto de la propuesta, debiendo existir congruencia con los programas presentados en la etapa técnica, así como los que se mencionan en la fracción siguiente. El licitante ganador dentro de los quince días naturales siguientes a la emisión del fallo, deberá entregar el programa de ejecución general de los trabajos que considere todos y cada uno de los conceptos que integran la propuesta, utilizando preferentemente redes de actividades con ruta crítica y diagramas de barras. Con base en este programa y cuando la magnitud de los trabajos lo requiera, el superintendente de construcción procederá a elaborar, dentro de un plazo no mayor de cuarenta y cinco días naturales siguientes al inicio de los trabajos, el programa detallado y definitivo que se aplicará al contrato dentro del marco de referencia pactado, y XI. Programas de erogaciones calendarizados y cuantificados en partidas y subpartidas de utilización mensual para los siguientes rubros: a. De la mano de obra; b. De la maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características; c. De los materiales más significativos y de los equipos de instalación permanente, y d. De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos. B. Tratándose de obras a precio alzado: I. Red de actividades calendarizada, indicando las duraciones y la ruta crítica; II. Cédula de avances y pagos programados, calendarizados y cuantificados mensualmente por actividades a ejecutar;
III. Programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y cuantificado mensualmente, dividido en actividades y, en su caso, subactividades debiendo existir congruencia con los programas que se mencionan en la fracción siguiente. Éste deberá considerarse dentro del contrato respectivo, como el programa de ejecución de los trabajos a que hace referencia el artículo 195 de este Reglamento; IV. Programas calendarizados de erogaciones, describiendo las actividades y, en su caso, subactividades de la obra, así como la cuantificación de la utilización mensual de los siguientes rubros: a. De la mano de obra; b. De la maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características; c. De los materiales y equipo de instalación permanente, y d. De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos, y V. Presupuesto total de los trabajos, el cual deberá dividirse en actividades de obra, indicando con número y letra sus importes, así como el monto total de la propuesta. '7 mB;9mPara participar en una licitación, dos o más interesados podrán agruparse para presentar una sola proposición cumpliendo los siguientes requisitos: I. Bastará la adquisición de un solo ejemplar de las bases; II. Deberán celebrar entre sí un convenio privado, el que contendrá lo siguiente: a. Nombre y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales de la agrupación; b. Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación; c. Definición de las partes del objeto del contrato que cada persona se obligaría a cumplir; d. Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones;
e. Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado con la propuesta, y f. Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. III. En el acto de presentación y apertura de propuestas el representante común deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción anterior se incluirá en el sobre que contenga la propuesta técnica. La convocante deberá revisar que el convenio cumple con los requisitos exigidos, y IV. Para cumplir con el capital contable mínimo requerido por la convocante, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes. )
!53m!!m ' 2m4)m ))3' !53m6m' )0'm4)m 2 2! !23)m '7 mB9mLa garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, no podrá ser menor al diez por ciento del monto total autorizado al contrato en cada ejercicio. Esta garantía deberá ser entregada a la dependencia o entidad en el primer ejercicio, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que reciba la notificación por escrito del fallo de la licitación, pero invariablemente antes de la firma del contrato; para ejercicios subsecuentes deberá ser entregada dentro de igual plazo, contado a partir de la fecha en que se notifique por escrito al contratista, el monto de la inversión autorizada. '7 m8=9mCuando los trabajos se realicen en más de un ejercicio presupuestario, la garantía de cumplimiento deberá sustituirse en el o los siguientes ejercicios, por otra u otras equivalentes al importe de los trabajos faltantes por ejecutar, actualizando los importes de acuerdo con los ajustes de costos autorizados y modificaciones contractuales. A petición del contratista, la dependencia o entidad podrá acceder a que no se sustituya la garantía otorgada en el primer ejercicio, siempre que continúe vigente y su importe mantenga la misma proporción que la del primer ejercicio, en relación con el valor actualizado de los trabajos faltantes por ejecutar en cada ejercicio subsiguiente.
'7 m8B9mLa garantía de cumplimiento otorgada en el primer ejercicio, en caso de que no haya sido sustituida, o la garantía otorgada en el último ejercicio de ejecución de los trabajos, se liberará una vez que haya sido constituida y entregada a la dependencia o entidad la garantía a que alude el artículo 66 de la Ley. '7 m8C9mCuando los trabajos se realicen en más de un ejercicio presupuestario, las garantías de los anticipos deberán entregarse por el contratista, para el primer ejercicio, dentro del plazo de quince días naturales contado a partir de la fecha de notificación de la adjudicación del contrato o fallo, y para los ejercicios subsiguientes, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha en que la dependencia o entidad le notifique por escrito al contratista, el monto del anticipo que se otorgará, conforme a la inversión autorizada al contrato para el ejercicio de que se trate. Estas garantías solamente se liberarán cuando se hayan amortizado totalmente los anticipos otorgados. '7 m8D9mLa garantía a que alude el artículo 66 de la Ley, se liberará una vez transcurridos doce meses, contados a partir de la fecha del acta de recepción física de los trabajos, siempre que durante ese periodo no haya surgido una responsabilidad a cargo del contratista. '7 m8E9mCuando apareciesen defectos o vicios en los trabajos dentro del plazo cubierto por la garantía, la dependencia o entidad deberá notificarlo por escrito al contratista, para que éste haga las correcciones o reposiciones correspondientes, dentro de un plazo máximo de treinta días naturales, transcurrido este término sin que se hubieran realizado, la dependencia o entidad procederá a hacer efectiva la garantía. Si la reparación requiere de un plazo mayor, las partes podrán convenirlo, debiendo continuar vigente la garantía. '7 m889mSi la garantía por defectos y vicios ocultos de los trabajos y por cualquier otra responsabilidad fue constituida mediante fianza, su liberación estará a lo previsto en la póliza de garantía que se otorgue en los términos del artículo 68 de este Reglamento. Si se constituyó mediante aportación líquida de recursos en un fideicomiso, transcurrido el plazo a que hace referencia el artículo 66 de la Ley, el contratista podrá retirar su aportación, además de los rendimientos obtenidos, para lo cual la dependencia o entidad instruirá lo procedente a la institución fiduciaria. En caso de haberse expedido carta de crédito irrevocable, el contratista procederá a su cancelación inmediata.
'7 m8:9mPara los efectos del artículo 48 de la Ley, las dependencias y entidades podrán seleccionar el tipo de garantía que más se ajuste a sus necesidades y que les permita tener la mayor certeza de que las obligaciones estarán debidamente respaldadas, debiendo considerar en todos los casos las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar. '7 m8;9mCuando la forma de garantía sea mediante fianza, se observará lo siguiente: I. La póliza de garantía deberá prever como mínimo las siguientes declaraciones: a. Que la fianza se otorgará atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la dependencia o entidad; c. Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y d. Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida; II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del contrato, se deberá obtener la modificación de la fianza; III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del contratista y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, las dependencias y entidades deberán liberar la fianza respectiva, y IV. Cuando se requiera hacer efectivas las fianzas, las dependencias deberán remitir a la Tesorería de la Federación, dentro del plazo a que hace referencia el artículo 143 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, la solicitud donde se precise la información necesaria para identificar la obligación o crédito que se garantiza y los sujetos que se vinculan con la fianza, debiendo acompañar los documentos que soporten y justifiquen el cobro; tratándose de entidades, en el mismo plazo se remitirá al área correspondiente. )
!53m!!!m +24!! ' !23)m'm12m 23'2m
'7 m8E9mEl pago de los ajustes de costos en los contratos sólo procederá para los contratos a base de precios unitarios o la parte de los mixtos de esta naturaleza. Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea al alza, será el contratista quien lo promueva; si es a la baja, será la dependencia o entidad quien lo realice. Los contratistas dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al periodo que los mismos indiquen, deberán presentar por escrito la solicitud de ajuste de costos a la dependencia o entidad. En el contrato se estipulará que transcurrido dicho plazo, precluye el derecho del contratista para reclamar el pago. La dependencia o entidad dentro de los sesenta días naturales siguientes a la recepción de la solicitud, deberá emitir por escrito la resolución que proceda. En caso contrario, la solicitud se tendrá por aprobada. '7 m=>89mEl pago de los ajustes de costos y del costo por financiamiento se efectuará en las estimaciones siguientes al mes en que se haya autorizado el ajuste concedido, aplicando al importe de las estimaciones el incremento desglosado correspondiente a dichos factores a cada tipo de ajuste; debiéndose aplicar los últimos que se tengan autorizados. Todos los factores de ajuste concedidos deberán acumularse. '7 m=>:9mLa autorización del pago de los gastos no recuperables deberá constar por escrito, acompañado de la documentación que acredite su procedencia, sin necesidad de celebrar convenio alguno. El pago de las estimaciones autorizadas de gastos no recuperables debidamente comprobados se realizará conforme a los términos y condiciones del segundo párrafo del artículo 54 de la Ley.
A los importes que resulten no les será aplicable costo adicional alguno por concepto de indirectos, financiamiento, ni utilidad. )
!53m!%m 12m'3! ! 2m '7 m=>;9mEl pago del anticipo podrá realizarse en una sola exhibición o en varias parcialidades, en este último caso, las dependencias y entidades deberán señalarlo dentro de las bases de licitación y en el contrato respectivo. Para determinar el porcentaje de los anticipos que se otorgarán, las dependencias y entidades deberán tener en cuenta las características, complejidad y magnitud de los trabajos, los que tendrán por objeto el apoyar la debida ejecución y continuidad de las obras y servicios. '7 m=>9mLa dependencia o entidad deberá notificar al contratista, a través de su representante legal o su superintendente de construcción, la fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el finiquito; los contratistas tendrán la obligación de acudir al llamado que se haga por escrito, en caso contrario, se procederá a su elaboración en el plazo y la forma que para el efecto se hubiere determinado en el contrato, debiendo comunicar su resultado conforme lo establece el tercer párrafo del artículo 64 de la Ley. '7 m=D=9mEl documento donde conste el finiquito de los trabajos, formará parte del contrato y deberá contener como mínimo, lo siguiente: I. Lugar, fecha y hora en que se realice; II. Nombre y firma del residente de obra y, en su caso, del supervisor de los trabajos por parte de la dependencia o entidad y del superintendente de construcción del contratista;
III. Descripción de los trabajos y de los datos que se consideren relevantes del contrato correspondiente; IV. Importe contractual y real del contrato, el cual deberá incluir los volúmenes realmente ejecutados de acuerdo al contrato y a los convenios celebrados; V. Periodo de ejecución de los trabajos, precisando la fecha de inicio y terminación contractual y el plazo en que realmente se ejecutaron, incluyendo los convenios; VI. Relación de las estimaciones, indicando cómo fueron ejecutados los conceptos de trabajo en cada una de ellas, y los gastos aprobados, debiendo describir cada uno de los créditos a favor y en contra de cada una de las partes, señalando los conceptos generales que les dieron origen y su saldo resultante, así como la fecha, lugar y hora en que serán liquidados; VII. Datos de la estimación final; VIII. Constancia de entrega de la garantía por defectos y vicios ocultos de los trabajos y cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, y IX. La declaración, en su caso, de que el contratista extiende el más amplio finiquito que en derecho proceda, renunciando a cualquier acción legal que tenga por objeto reclamar cualquier pago relacionado con el contrato. Cuando la liquidación de los saldos se realice dentro de los quince días naturales siguientes a la firma del finiquito, el documento donde conste el finiquito podrá utilizarse como el acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones de las partes en el contrato, debiendo agregar únicamente una manifestación de las partes de que no existen otros adeudos y por lo tanto se darán por terminados los derechos y obligaciones que genera el contrato respectivo, sin derecho a ulterior reclamación, al no ser factible el pago indicado, se procederá a elaborar el acta administrativa prevista en el último párrafo del artículo 64 de la Ley. '7 m=DB9mSi del finiquito resulta que existen saldos a favor del contratista, la dependencia o entidad deberá liquidarlos dentro del plazo a que alude el segundo párrafo del artículo 54 de la Ley. Si del finiquito resulta que existen saldos a favor de la dependencia o entidad, el importe de los mismos se deducirá de las cantidades pendientes por cubrir por concepto de trabajos ejecutados y si no fueran suficientes éstos, deberá exigirse su reintegro conforme a lo previsto por el artículo 55 de la Ley. En caso de no obtenerse el reintegro, la dependencia o entidad podrá hacer efectivas las garantías que se encuentren vigentes.
'7 m=DC9mEl acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones formará parte del contrato y deberá contener como mínimo lo siguiente: I. Lugar, fecha y hora en que se levante; II. Nombre de los asistentes y el carácter con que intervienen en el acto; III. Descripción de los trabajos y de los datos que se consideren relevantes del contrato correspondiente; IV. Relación de obligaciones y la forma y fecha en que se cumplieron, y V. Manifestación de las partes de que no existen adeudos y, por lo tanto, de que se dan por terminadas las obligaciones que genera el contrato respectivo, sin derecho a ulterior reclamación.
' /012mI0!32m )1m'*0)m4)m 22m )
!53m!m ,)3)'1!4'4)m '7 m=DD9mLa autorización del ajuste de costos deberá efectuarse mediante el oficio de resolución que acuerde el aumento o reducción correspondiente, en consecuencia, no se requiere de la formalización de convenio alguno. El procedimiento de ajuste de costos no podrá ser modificado durante la vigencia del contrato. '7 m=DE9mLos índices base que servirán para el cálculo de los ajustes de costos en el contrato, serán los que correspondan a la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Los precios originales de los insumos considerados por el licitante, deberán ser los que prevalezcan al momento de la presentación y apertura de las propuestas y no podrán modificarse o sustituirse por ninguna variación que ocurra entre la fecha de su presentación y el último día del mes del ajuste. '7 m=D89mPara los efectos del tercer párrafo de la fracción I del artículo 58 de la Ley, y con el objeto de actualizar los precios de la propuesta a la fecha de inicio de los trabajos, el contratista podrá solicitar, por una sola ocasión, la determinación de un primer factor de ajuste de costos, el cual deberá calcularse conforme al procedimiento de ajuste que se haya establecido en las bases de licitación y en el contrato correspondiente, debiendo sujetarse a lo establecido en este capítulo. Este factor de actualización no deberá afectarse por la entrega
de anticipos. Esto no aplicará en las obras o servicios que inicien dentro de los treinta días naturales siguientes a la presentación de las propuestas. Las dependencias y entidades, previa justificación, autorizarán dicho factor, el que será aplicado a cada estimación y repercutirá durante todo el ejercicio del contrato, independientemente de los ajustes de costos que le sucedan. '7 m=D:9mSi al inicio de los trabajos contratados o durante el periodo de ejecución de los mismos se otorga algún anticipo, el o los importes de ajustes de costos deberán afectarse en un porcentaje igual al de los anticipos concedidos. )
!53m!!m
H1 012m4)m12m'*0)m4)m 22m '7 m=D;9mPara la revisión de cada uno de los precios que intervienen en el cálculo de los ajustes de costos conforme a los procedimientos señalados en las fracciones I y II del artículo 5 de la Ley, los contratistas deberán acompañar a su solicitud la siguiente documentación: I. La relación de los índices nacionales de precios productor con servicios que determine el Banco de México o, en su caso, los índices investigados por las dependencias y entidades los que deberán ser proporcionados al contratista; II. El presupuesto de los trabajos pendientes de ejecutar, de acuerdo al programa convenido, en el periodo en el cual se produzca el incremento en los costos, valorizado con los precios unitarios del contrato; III. El presupuesto de los trabajos pendientes de ejecutar, de acuerdo al programa convenido, en el periodo en el cual se produzca el incremento en los costos, valorizado con los precios unitarios del contrato, ajustados conforme a lo señalado en la fracción III del artículo 58 de la Ley; IV. El programa de ejecución de los trabajos pendientes por ejecutar, acorde al programa que se tenga convenido; V. El análisis de la determinación del factor de ajuste, y VI. Las matrices de precios unitarios actualizados que determinen conjuntamente el contratista y la dependencia o entidad, en función de los trabajos a realizar en el periodo de ajuste. '7 m=DD9mA los procedimientos de contratación y ejecución de los servicios les serán aplicables, en lo procedente, las disposiciones establecidas en la Ley y este Reglamento. )
!53m!!m !3),' !53m6m)%'10' !53m4)m1'm 2 0)'m '7 mB>E9mLas propuestas de servicios podrán contener los siguientes documentos, los que podrán adecuarse atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los servicios: A. Tratándose de la parte técnica: I. Curriculum de los profesionales técnicos a su servicio, identificando a los que se encargarán de la ejecución de los trabajos, los que deben tener experiencia en trabajos similares; II. Señalamiento de los servicios que haya realizado y que guarden similitud con los que se licitan o de aquellos que se estén ejecutando a la fecha de la licitación, anotando el nombre del contratante, descripción de los servicios, importes ejercidos y por ejercer, y las fechas previstas de sus terminaciones, en su caso; III. Organigrama propuesto para el desarrollo de los servicios; relación del personal anotando especialidad, categoría y número requerido, así como las horas-hombre, necesarias para su realización por semana o mes;
IV. Programa calendarizado de ejecución general de los servicios, que refleje el porcentaje del avance en la ejecución de los trabajos o en la entrega del producto esperado; V. Programas calendarizados y cuantificados en partidas o actividades de suministro o utilización mensual para los siguientes rubros: a. De la maquinaria o equipo requerido, incluyendo el científico, de cómputo, de medición y, en general, el necesario para proporcionar el servicio, anotando características, número de unidades y total de horas efectivas de utilización, y b. Del personal que se empleará para realizar los servicios, indicando la especialidad, número requerido, así como las horas-hombre necesarias para la prestación de los servicios; VI. Relación de los bienes y equipos científicos, informáticos e instalaciones especiales que, en su caso, se requieran, indicando sus características; VII. Metodología de trabajo propuesta, señalando sistemas, tecnologías, procedimientos por utilizar, alternativas por analizar, profundidad del estudio y forma de presentación de los resultados, según el caso; VIII. Manifestación expresa y por escrito de conocer los términos de referencia y las especificaciones generales y particulares del servicio a realizar, y su conformidad de ajustarse a sus términos, y IX. Los demás documentos requeridos por la convocante en las bases. B. Tratándose de la parte económica: I. Cuando se trate de servicios que consideren precios unitarios, el catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes parciales y totales de la propuesta, debiendo presentar una relación de conceptos de trabajo más significativos, de los cuales deberán presentar análisis; II. Cuando se trate de servicios a base de precio alzado, red de actividades, cédula de avances y de pagos programados, calendarizados y cuantificados mensualmente por actividades a ejecutar y programa de ejecución general de los trabajos; III. Presupuesto total de los servicios, según el tipo de contrato que se requiera; IV. Datos básicos de costos del personal a utilizar, sólo cuando se trate de precios unitarios;
V. En su caso, porcentaje o datos básicos de costos de la herramienta y del equipo científico y de seguridad que utilizará el personal en la prestación del servicio, sólo cuando se trate de precios unitarios; VI. Programas de erogaciones calendarizados y cuantificados en partidas o actividades de utilización mensual para los siguientes rubros: a. Maquinaria y equipo requerido, incluyendo el científico, de cómputo, de medición y en general, y b. Personal que se propone para proporcionar los servicios, indicando la especialidad, y VII. Los demás documentos requeridos por la convocante en las bases. '7 mB>89mLas dependencias y entidades para realizar la evaluación legal, técnica y económica de las propuestas que presenten los licitantes para la ejecución de un servicio, deberán considerar, además de los criterios que establece la Ley y este Reglamento, las características técnicas, especialidades, grado de complejidad y magnitud de los trabajos, metodología, transferencia de conocimientos o tecnología, plazos y programas de ejecución propuestos y la formación y experiencia del personal clave asignado directamente a la ejecución de los servicios, los que deberán definirse en las bases de licitación, sobre todo si se considera la utilización de puntos y porcentajes. '7 mB>:9mCuando por las características, magnitud y complejidad de las obras o servicios se justifique, las dependencias y entidades podrán contratar servicios de asesoría y consultoría para la evaluación y seguimiento de los proyectos, con sujeción a las disposiciones previstas en la Ley y este Reglamento. )
!53m!!!m +) '3!+2m4)m 032m6m 2 )3'*)m '7 mB>;9mLas dependencias y entidades para utilizar mecanismos de puntos o porcentajes en la evaluación de las propuestas, deberán considerar en las bases de licitación e invitaciones, los aspectos siguientes: I. Definición de los rubros técnicos y económicos de selección que se tomarán en cuenta para evaluar las propuestas; II. Asignación de valores numéricos o porcentajes a cada uno de los rubros solicitados en una escala de 1 a 100; III. Determinación de los rubros indispensables, sin los cuales las propuestas no podrán considerarse como solventes, y de aquellos rubros que de acuerdo a la
experiencia de la dependencia o entidad implique un valor agregado a la propuesta; IV. Señalamiento del porcentaje o puntaje mínimo que se tomará en cuenta para aceptar como solvente una propuesta, y V. Definición de los demás criterios de selección complementarios que sean necesarios para llevar a cabo la evaluación de la propuesta. '7 mB>=>==K>>m 4mm m(mEl desmonte es la remoción de la vegetación existente en el derecho de vía, en las zonas de bancos, de canales y en las áreas que se destinen a instalaciones o edificaciones, entre otras, con objeto de eliminar la presencia de material vegetal, impedir daños a la obra y mejorar la visibilidad. +m (m Verificar que se encuentren los equipos necesarios para realizar el trabajo, revisar que este equipo cumpla con la calidad especificada para el proyecto y de los rendimientos necesarios para terminar en tiempo y forma los trabajos. +m % (m Revisar que no existen restos de ramas dentro del las áreas de desmonte, así como arboles dañados, solo se cortaran las ramas que queden a menos de 8 metros sobre la corona de la carretera, y que la disposición de los residuos del desmonte se haya realizado en forma y sitio indicados en el proyecto por la Secretaria. m
mm m Para este concepto se debe procurar que la maquinaria se encuentre en buen estado ya que su rendimiento es la base para que el trabajo se efectué en el tiempo establecido de acuerdo al programa de obra del proyecto. Si llegase a haber una desviación elel programa de obra por este motivo, deberá comunicarse al constructor para buscar una solución, dimensionar el problema y corregirlo. Si las causas de desviación no son por condiciones climatológicas pero tampoco imputables al constructor, debemos investigar motivos, dimensionar el problema e inclusive medir posibles consecuencias o persistencia del problema. m
m
mm m La mejor manera de asegurar el control es ir finiquitando conceptos una vez que estos se van terminando en su realización, esto quiere decir que una vez terminado el concepto, se coteja la cantidad con respecto al contrato, una vez que vemos que las cantidades están dentro del margen se finiquita el concepto para que al final no tengamos que inventar cantidades para hacer que nuestras cifras concuerden con el costo final de la obra. (m m 7 (m7m
(m m 3 (m3 '=>=>==K>>m 4mm (mEl relleno es la colocación de materiales seleccionados o no, en excavaciones hechas para estructuras, obras de drenaje y subdrenaje, cuñas de terraplenes contiguos a estructuras, así como en trincheras estabilizadoras. +m (Verificar que se encuentren los equipos necesarios para realizar el trabajo, revisar que este equipo cumpla con la calidad especificada para el proyecto y de los rendimientos necesarios para terminar en tiempo y forma los trabajos. Revisar que los materiales cumplan con establecido en las Normas N.CTM.1.01, Materiales para terraplén asi como en las Normas aplicables de la CMT. Revisar que el material proceda del banco especificado. Revisar que el material no sufra alteraciones el momento de su transporte. m +m% (mCuando la construcción de terraplenes en los accesos a los puentes y estructuras de pasos a desnivel, no se lleve hasta los apoyos, como se ilustra en las Figuras 1 y 2 de esta Norma, la construcción posterior de las cuñas de terraplén contiguas a estos apoyos, incluyendo los derrames cuando proceden, se hará considerando lo señalado en la Norma N·CTR·CAR·1·01·009, Terraplenes. m
m Verificar que los espesores de las capas no sean mayores de los que pueden ser compactados con el equipo seleccionado. Verificar que el grado de compactación sea el especificado. Verificar que durante el proceso de relleno no se dañen las paredes de la excavación y tubería existente
mm m Para este concepto se debe procurar que la maquinaria se encuentre en buen estado ya que su rendimiento es la base para que el trabajo se efectué en el tiempo establecido de acuerdo al programa de obra del proyecto. Si llegase a haber una desviación elel programa de obra por este motivo, deberá comunicarse al constructor para buscar una solución, dimensionar el problema y corregirlo. Si las causas de desviación no son por condiciones climatológicas pero tampoco imputables al constructor, debemos investigar motivos, dimensionar el problema e inclusive medir posibles consecuencias o persistencia del problema. m m
mm m La mejor manera de asegurar el control es ir finiquitando conceptos una vez que estos se van terminando en su realización, esto quiere decir que una vez terminado el concepto, se coteja la cantidad con respecto al contrato, una vez que vemos que las cantidades están dentro del margen se finiquita el concepto para que al final no tengamos que inventar cantidades para hacer que nuestras cifras concuerden con el costo final de la obra. (m m 7 (m m
(mmm@m 3 (m3 '=>D>>BK>>m 4 (m m (mCapa de materiales pétreos seleccionados que se construye sobre la subrasante, cuyas funciones principales son proporcionar un apoyo uniforme a la base de una carpeta asfáltica o a una losa de concreto hidráulico, soportar las cargas que éstas le transmiten aminorando los esfuerzos inducidos y distribuyéndolosadecuadamente a la capa inmediata inferior, y prevenir la migración de finos hacia las capas superiores.m m @(mCapa de materiales pétreos seleccionados que se construye generalmente sobre la subbase, cuyas funciones principales son proporcionar un apoyo uniforme a la carpeta asfáltica, soportar las cargas que ésta le transmite aminorando los esfuerzos inducidos y distribuyéndolos adecuadamente a la capa inmediata inferior, proporcionar a la estructura de pavimento la rigidez necesaria para evitar deformaciones excesivas, drenar el agua que se pueda infiltrar e impedir el ascenso capilar del agua subterránea. +m (Verificar que se encuentren los equipos necesarios para realizar el trabajo, revisar que este equipo cumpla con la calidad especificada
para el proyecto y de los rendimientos necesarios para terminar en tiempo y forma los trabajos. Revisar que los materiales cumplan con establecido en las Normas N.CTM.4.04, Materiales para Bases salvo que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaria. m +m% (mRevisar que los materiales pétreos procedan de los bancos especificados en el proyecto. En caso de mesclar dos materiales o más de bancos diferentes, verificar que se mesclen con las proporciones necesarias para obtener un material uniforme. Verificar que el material que se extienda en capas sucesivas no tenga un espesor mayor que aquel que el equipo sea capaz de compactar al grado indicado del proyecto. Revisar que la compactación se haga longitudinalmente de las orillas hacia el centro de las tangentes y del interior al exterior, en las curvas, con un traslape de cuando menos la mitad del ancho del compactador en casa pasada. m
mm m Para este concepto se debe procurar que la maquinaria se encuentre en buen estado ya que su rendimiento es la base para que el trabajo se efectué en el tiempo establecido de acuerdo al programa de obra del proyecto. Si llegase a haber una desviación elel programa de obra por este motivo, deberá comunicarse al constructor para buscar una solución, dimensionar el problema y corregirlo. Si las causas de desviación no son por condiciones climatológicas pero tampoco imputables al constructor, debemos investigar motivos, dimensionar el problema e inclusive medir posibles consecuencias o persistencia del problema. m m
mm m La mejor manera de asegurar el control es ir finiquitando conceptos una vez que estos se van terminando en su realización, esto quiere decir que una vez terminado el concepto, se coteja la cantidad con respecto al contrato, una vez que vemos que las cantidades están dentro del margen se finiquita el concepto para que al final no tengamos que inventar cantidades para hacer que nuestras cifras concuerden con el costo final de la obra. m
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