Manual de Las Comisiones de Convivencia y Conciliación de Los Organismos Comunales

November 24, 2018 | Author: HELEN | Category: Conflict (Process), Mediation, Toleration, Rights, Decision Making
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Manual de las Comisiones de Convivencia y Conciliación de los Organismos Comunales

CONTENIDO Presentación Convivencia Vivir en comunidad Derechos y deberes fundamentales y comunales La convivencia: una tarea de todos Principios básicos de la convivencia El conflicto ¿Por qu se presenta el conflicto! "iveles del conflicto ¿#u hacer para no $enerar conflicto! Esquema del conflicto Para tener en cuenta %e$las de &ue$o' opciones y acuerdos (ecanismos para la resolución de conflictos )usticia formal y mecanismos alternativos de solución de conflictos Conciliación Conciliador  Comisión de convivencia y conciliación *nte$rantes de la Comisión de convivencia y conciliación ¿#uin puede ser conciliador comunal!

Perfil del conciliador comunal +unciones de la Comisión de convivencia y conciliación ¿#u es un proceso! Etapas de un proceso Para tener en cuenta Debido proceso ¿#uin conoce qu! Procesos que conoce la Comisión de convivencia y conciliación Proceso declarativo Proceso conciliador  %uta del proceso declarativo Proceso de revisión secretarial %uta del proceso conciliador  E&emplo proceso conciliador  Proceso disciplinario %uta del proceso disciplinario E&emplo proceso disciplinario La impu$nación E&emplo proceso de impu$nación Competencias *nstancias y tiempos Decisiones de la Comisión de convivencia y conciliación  ,utos +allos Citación "otificaciones %ecursos de reposición y apelación E&emplo de reposición y apelación +irme-a de fallo y sanciones E&emplo firme-a de fallo *mpedimentos y recusaciones Principios que ri$en a una Comisión de convivencia y conciliación +ormalidades para llevar un e.pediente Libros que lleva la Comisión /ecretario de la Comisión  ,cta de empalme %uta de empalme  ,ne.os0

PRESENTACIÓN0 Los Los conf conflic licto toss son son inhe inhere rent ntes es a la natu natura rale le-a -a del del ser ser huma humano no00 /in /in emba embar$ r$o' o' no toda todass las las form formas as empleadas para resolverlos han sido las más eficaces para mantener la armon1a' el respeto y la solidaridad0 Los or$anismos comunales no son a&enos a esta situación y' por ello' formar di$natarios2as3 y l1deres2as3 en el tema tema de la convi convive venci ncia a y concil conciliac iación ión'' si$nif si$nifica ica contar contar con facili facilitad tadore oress y multip multiplica licador dores es en condiciones de resolver conflictos e impulsar la convivencia' la tolerancia y el respeto por la diferencia en sus territorios0 Convivencia es la herramienta fundamental en la solución de conflictos0 Este manual apunta a ser una $u1a para quienes estn dispuestos a coadyuvar en una de las tareas más dif1ciles de todos los tiempos y de nuestra historia: ser hacedores de convivencia' traba&ar para que prime el inters y no se impon$a mi ra-ón por encima de la verdad0 La 4o$otá Positiva quiere de forma didáctica' lle$ar a las Comisiones de convivencia y conciliación' CCC' de las )untas de ,cción Comunal' ),C' de ,so&untas y a quienes contribuyan con soluciones al conflicto interno de los or$anismos comunales de la ciudad para que sea entendible el conflicto y la diferencia como una forma de crecimiento y no como el prete.to de la violencia en nuestros barrios y veredas0

Perfil del conciliador comunal +unciones de la Comisión de convivencia y conciliación ¿#u es un proceso! Etapas de un proceso Para tener en cuenta Debido proceso ¿#uin conoce qu! Procesos que conoce la Comisión de convivencia y conciliación Proceso declarativo Proceso conciliador  %uta del proceso declarativo Proceso de revisión secretarial %uta del proceso conciliador  E&emplo proceso conciliador  Proceso disciplinario %uta del proceso disciplinario E&emplo proceso disciplinario La impu$nación E&emplo proceso de impu$nación Competencias *nstancias y tiempos Decisiones de la Comisión de convivencia y conciliación  ,utos +allos Citación "otificaciones %ecursos de reposición y apelación E&emplo de reposición y apelación +irme-a de fallo y sanciones E&emplo firme-a de fallo *mpedimentos y recusaciones Principios que ri$en a una Comisión de convivencia y conciliación +ormalidades para llevar un e.pediente Libros que lleva la Comisión /ecretario de la Comisión  ,cta de empalme %uta de empalme  ,ne.os0

PRESENTACIÓN0 Los Los conf conflic licto toss son son inhe inhere rent ntes es a la natu natura rale le-a -a del del ser ser huma humano no00 /in /in emba embar$ r$o' o' no toda todass las las form formas as empleadas para resolverlos han sido las más eficaces para mantener la armon1a' el respeto y la solidaridad0 Los or$anismos comunales no son a&enos a esta situación y' por ello' formar di$natarios2as3 y l1deres2as3 en el tema tema de la convi convive venci ncia a y concil conciliac iación ión'' si$nif si$nifica ica contar contar con facili facilitad tadore oress y multip multiplica licador dores es en condiciones de resolver conflictos e impulsar la convivencia' la tolerancia y el respeto por la diferencia en sus territorios0 Convivencia es la herramienta fundamental en la solución de conflictos0 Este manual apunta a ser una $u1a para quienes estn dispuestos a coadyuvar en una de las tareas más dif1ciles de todos los tiempos y de nuestra historia: ser hacedores de convivencia' traba&ar para que prime el inters y no se impon$a mi ra-ón por encima de la verdad0 La 4o$otá Positiva quiere de forma didáctica' lle$ar a las Comisiones de convivencia y conciliación' CCC' de las )untas de ,cción Comunal' ),C' de ,so&untas y a quienes contribuyan con soluciones al conflicto interno de los or$anismos comunales de la ciudad para que sea entendible el conflicto y la diferencia como una forma de crecimiento y no como el prete.to de la violencia en nuestros barrios y veredas0

La cartilla inicia con un recorrido definitorio y aclaratorio del concepto convivencia que $arantice unas bases m1nimas de actitud y de comportamiento' para asumir conflictos' especialmente los más comunes en los or$anismos comunales0  ,similado el concepto de convivencia' la cartilla se adentra en los mecanismos y procedimientos establecidos por la ley y las normas vi$entes' como herramienta 5nica y válida' para acometer y solucionar conflictos en los or$anismos comunales' presentada de una forma didáctica' que facilite su me&or comprensión0 6ambin se reali-a un repaso por la conciliación en equidad' uno de los mecanismos alternativos de solución de conflictos a que puedan lle$ar los conciliadores comunales' previo cumplimiento de requisitos establecidos en la normatividad vi$ente0

CONVIVENCIA Conceptos Es la capacidad de vivir &untos respetándonos y acatando normas básicas0 básicas0 7Es la capacidad de interactuar unas personas con otras y los diferentes $rupos entre s1 de manera asertiva' respetando los derechos de todos y manteniendo relaciones fruct1feras y $ratificantes80 Es respetarnos unos a otros y' en caso de desavenencias' incomprensiones o conflictos' acudir a mtodos pac1ficos para resolverlos0 • •



VIVIR EN COMNIDAD Para conse$uir una convivencia pac1fica en comunidad es necesario conocer y valorar nuestros derechos' los derechos de los demás y tambin cumplir con nuestros deberes0 Estos derechos y deberes están reco$idos en la Constitución Pol1tica de Colombia' en la Ley Comunal 9; 9;>=' >=' sus sus decre decretos tos re$lam re$lament entari arios os =;?>>; >>; y @A> @A>>@ >@ y en los estatu estatutos tos de la respec respectiv tiva a or$ani-ación comunal0 DEREC!OS "NDAMENTA#ES DE(ERES CONSTITCIONA#ES ART$ %% A# &% CONSTITCIÓN PO#'TICA DE ART$ )*$ CONSTITCIÓN PO#'TICA DE CO#OM(IA CO#OM(IA El derecho a la vida0 %espetar los derechos a&enos y no abusar de los  El derecho al reconocimiento a la personalidad propios Bbrar conforme al principio de solidaridad social0  &ur1dica0 El derecho a la intimidad personal y familiar y al %espetar y apoyar a las autoridades democráticas buen nombre0 debidamente constituidas0 El derecho a la libertad de e.presar y difundir su Defender y difundir los derechos humanos como pensamiento y opiniones fundamento de la convivencia pac1fica0 El derecho a la honra0 Participar en la vida pol1tica' c1vica y comunitaria 6oda persona es libre0 del pa1s0 El derecho al debido proceso0 Propender el lo$ro y mantenimiento de la paEl derecho a la libre l ibre asociación0 Cola Colabo bora rarr con con el buen buen func funcio iona nami mien ento to de la El dere derech cho o a part partic icip ipar ar en la conf confor orma maci ción ón''  &usticia0 Prote$er los recursos culturales y naturales del e&ercicio y control del poder pol1tico' entre otros0 pa1s0 •



















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DEREC!OS COMNA#ES #E+ ,&-$ ART$ ART$ .. Ele$ir y ser ele$ido para desempear car$os dent dentro ro de los los or$a or$ani nism smos os comu comuna nale less o en representación de stos0 Participar y opinar en las deliberaciones de la asam asambl blea ea $ene $enera rall y ór$a ór$ano nos' s' a los los cual cuales es pertene-ca' y votar para tomar las decisiones correspondientes0 +iscali-ar la $estión económica0 Participar en los beneficios de la or$ani-ación'







DE(ERES COMNA#ES #E+ ,&-$ ART$ .& Estar inscrito y participar activamente en los comits y comisiones de traba&o0 Conocer y cumplir los estatutos' re$lamentos y resoluciones de la or$ani-ación y las disposiciones le$ales que re$ulan la materia0  ,sistir a la asamblea $eneral y participar en sus delib delibera eracio ciones nes'' votar votar con con respon responsab sabili ilidad dad y trab traba& a&ar ar activ activam amen ente te en la e&ec e&ecuc ució ión n de los los planes acordados por la or$ani-ación0

entre otros0

#A CONVIVENCIA/ NA TAREA DE TODOS Participar en las decisiones de nuestro $rupo de ami$os' respetando la opinión de los demás0 /er comprensivos con los problemas de los demás0 Cumplir con responsabilidad nuestros deberes en casa y en nuestra comunidad0 %espetar los derechos de los demás y recha-ar las discriminaciones0 • • • •

PRINCIPIOS (0SICOS DE #A CONVIVENCIA %1 El Res2e3o/ es el valor moral que faculta al hombre para el reconocimiento' aprecio y valoración de las cualidades de los demás y sus derechos' ya sea por su conocimiento' e.periencia o valor como persona0 El respeto ayuda a mantener una sana convivencia con las demás personas' se basa en normas que pueden variar entre las diferentes sociedades e instituciones' pero siempre los principios que lo ri$en serán los mismos0 .1 Tolerancia/ el trmino 7tolerancia8 proviene del lat1n tolerare que si$nifica sostener' soportar0 Este principio define el $rado de aceptación frente a las cosas que son contrarias a nuestras creencias y valores0 eneralmente la tolerancia define la capacidad de un individuo de aceptar al$o con lo que no se está de acuerdo0 La tolerancia es complementaria al respeto' ya que no puede e.istir la una sin el otro0 -1 Solidaridad: trmino que proviene del lat1n solidus' que si$nifica sólido0 Es decir' firme' permanente' duradero' maci-o y consistente0 La solidaridad no se limita solamente a $estos solidarios' sino a una actitud que nos da la capacidad para transformar el entorno y tender la mano a otros para que puedan caminar solos tampoco es un acto esporádico' debe ser practicada de manera permanente0 &1 Tra4a5o en e6ui2o/ se refiere a las estrate$ias' procedimientos y metodolo$1as que utili-a un $rupo humano para lo$rar las metas propuestas0 *1 Ac3i3ud/ es la forma de predisposición relativamente estable del comportamiento humano' que nos hace reaccionar ante determinados ob&etos' situaciones o conocimientos de una forma concreta0 La actitud implica un estado permanente de optimismo' de iniciativa' de autoestima y de superación personal que conducen a los individuos a convertir en posibles aquellas cosas que para otros son imposibles ya que carecen de esta cualidad0 E# CON"#ICTO El trmino conflicto proviene del vocablo latino conflictus' que quiere decir' chocar contra' luchar' colisión' turbar' combate y confrontación0 Como vemos' su sentido es bastante amplio y podemos definirlo como una situación en la que dos o más personas o $rupos pretenden poseer el mismo ob&eto' ocupar el mismo espacio con la misma posición e.clusiva y &u$ar papeles incompatibles' en la consecución de ob&etivos' obstaculi-ándose el uno al otro0 7POR 89 SE PRESENTA E# CON"#ICTO: Por falta de comunicación Carencia de tiempo' espacios' recursos' equipo' compromiso' etc0 +ormas diferentes de pensar' creer y &u-$ar  +alta de valores • • • •

NIVE#ES DE CON"#ICTO Con;lic3o in3erno/ obedece a la confusión que tiene una persona consi$o misma para decidir sobre cuál inters satisface primero' pues es imposible suplirlos al mismo tiempo0 Con;lic3o in3er2ersonal/ cuando dos o más personas tienen intereses diferentes y enfrentados0 Con;lic3o in3ergru2al/ cuando dos o más $rupos tienen intereses diferentes0 Lo que para uno es benfico' para el otro es lesivo0 789 !ACER PARA NO horas sobre normatividad comunal0 • • • • • •

PER"I# DE# CONCI#IADOR COMNA# Capacidad para escuchar0 /er imparcial0 /er propositivo0 /er prudente0 6ener reconocimiento y respeto por parte de la comunidad0 /er ecuánime con los tiempos otor$ados a las partes0 6ener valores ticos y morales0 /er refle.ivo y tener equilibrio sobre lo escuchado y visto0 /er respetuoso0 /er abierto a los consensos y decisiones0 6ener compromiso y disposición para ser facilitador de un proceso0 6ener confian-a en s1 mismo para dar se$uridad a las partes0 /er creativo y tener iniciativa0 • • • • • • • • • • • • •

"NCIONES DE #A COMISIÓN DE CONVIVENCIA + CONCI#IACIÓN a3 Construir y preservar la armon1a en las relaciones interpersonales y colectivas dentro de la comunidad a partir del reconocimiento y respeto de la diversidad' para lo$rar el ambiente necesario que facilite su normal desarrollo b3 /urtir la v1a conciliatoria de todos los conflictos or$ani-ativos que sur&an en el ámbito del correspondiente or$anismo de acción comunal c3 ,vocar' mediante procedimiento de conciliación asuntos que sean susceptibles de transacción' desistimiento' querella y conciliación0 Pará$rafo HI0 Las decisiones reco$idas en actas de conciliación' prestarán mrito e&ecutivo y trascienden a cosa &u-$ada0 789 ES N PROCESO: /erie de fases o pasos preestablecidos que se deben se$uir en estricto orden' durante su desarrollo' ya sea al inicio o a lo lar$o del mismo' con el ob&eto que se pueda avan-ar correctamente hacia el lo$ro de un resultado esperado0 ETAPAS DE N PROCESO  ,vocamiento de conocimiento 6raslado de la demanda • •

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Estudio y práctica de pruebas Evaluación de las pruebas Conclusión y fallo "otificación del fallo a los inters %ecursos

PARA TENER EN CENTA /i no se cumple con las etapas' en un proceso' se incurrir1a en causal de nulidad' que puede ser  subsanada mediante el saneamiento del proceso' que consiste en declarar la nulidad de todo lo actuado a partir de la etapa viciada' devolviendo el proceso' para rehacer lo incorrecto0 Este procedimiento se reali-a de oficio o a petición de parte0 E# DE(IDO PROCESO  ,rt0 =A Constitución Pol1tica de Colombia La Constitución Pol1tica define el debido proceso como un derecho fundamental' por lo tanto debe tener  observancia dentro de los casos que se adelanten en las instancias comunales' con la plenitud de las formas que le son propias0 Consiste en que' la Comisión de convivencia y conciliación' $uarde las debidas instancias' etapas y tiempos procesales otor$ados por la ley es decir' que a la persona se le respeten sus derechos' entre otros' el de la defensa0  ,s1 mismo' en las actuaciones de la Comisión de convivencia y conciliación debe prevalecer el principio de la presunción de inocencia' se$5n el cual toda persona se considera inocente y debe ser tratada como tal' mientras no se produ-ca un fallo definitivo en contra y ste quede en firme

78I9N CONOCE 89: Comisión de convivencia y conciliación de las =AC> son de su com2e3encia/ • •

Proceso declarativo0 Proceso conciliatorio0

En3idad 6ue e5erce ins2ección> con3rol y vigilancia so4re las =un3as> 2ara (ogo3B es el IDPAC •

Es la se$unda instancia en materia de impu$naciones de las )untas de ,cción Comunal' es decir' resuelve el recurso de apelación0

Comisión de convivencia y conciliación de las Asociaciones de =un3as de Acción Comunal> conoce/ • • • •

Proceso conciliatorio de su or$anismo o proveniente de las &untas de su &urisdicción0 Demandas de impu$nación' para lo cual es la primera instancia0 %ecurso de reposición de las impu$naciones conocidas por esta comisión0 Procesos disciplinarios de las )untas de ,cción Comunal0

Comisión de convivencia y conciliación de la ;ederación comunal de (ogo3B/ • •

Es la primera instancia en materia de impu$naciones' proveniente de las ,so&untas de su &urisdicción0 Es la se$unda instancia en materia de proceso disciplinario' proveniente de las ,so&untas o de las )untas cuando la Comisión de convivencia y conciliación de la ,so&untas respectiva se le han a$otado los trminos para conocer el proceso0

PROCESOS 8E CONOCE #A COMISIÓN DE CONVIVENCIA + CONCI#IACIÓN DE #OS OR>;

PROCESO DE REVISIÓN SECRETARIA# Es el proceso mediante el cual el secretario2a3 de la ),C mantiene actuali-ado el libro de re$istro de afiliados2as30 "o requiere de la Comisión de convivencia y conciliación0 (ás de un re$istro para un mismo afiliado 2a3 El secretario2a3 debe anular los re$istros repetidos y de&ar aquel que conten$a la información más actuali-ada' teniendo en cuenta que la doble afiliación puede ser posterior al cumplimiento de una sanción0 %e$istros incompletos' 2el nombre' apellido' n5mero de orden' fecha de afiliación' comisión de traba&o30 El secretario2a3 de la ),C debe procurar por la consecución de la información incompleta0 Carecer de firma o de huella0 E.cluir del libro de afiliados 2as3 los re$istros que adolecen de firma0 ,ntes de hacerlo se debe tener en cuenta: afiliaciones ante personer1a o el ente de inspección control y vi$ilancia y de =>>@' as1 como tener en cuenta el 4olet1n )ur1dico "o0 ?>9 del *DP,C de (á.imos y m1nimos' para impartir &usticia comunal0

E=EMP#O PROCESO DISCIP#INARIO La secretaria y el fiscal de la ),C del barrio El Limonar' ante la inasistencia de los afiliados a la convocatoria de ,sambleas $enerales' iniciaron el proceso de actuali-ación del re$istro' encontrando que de forma consecutiva mas de J> afiliados han faltado a las 5ltimas tres convocatorias por ello' deciden

solicitar a la Comisión de convivencia y conciliación de la ,sociación de )untas de su Localidad' iniciar  proceso disciplinario contra estos afiliados' entre ellos' al /r0 /andoval quien será nuestro e&emplo en este caso0 Fna ve- el /ecretario recepciona la solicitud' se la entre$a a la comisión quien se re5ne y decide si es de su competencia0 ,l definir que si lo es' se asi$na a uno de los conciliadores' como ponente' quien anali-a la documentación ane.a y considera que es procedente llamar a conciliación a las partes' por lo cual produce auto de apertura de proceso conciliatorio0 El conciliador ponente inicia proceso conciliador' citando de forma escrita a audiencia de Conciliación' para lo cual fi&a fecha' lu$ar y hora' indicando i$ualmente el asunto a tratar0 /i las partes acuden a la audiencia y e.iste voluntad de conciliación' se firma acta estableciendo los acuerdos a que se lle$ó' dando por terminado el proceso0 El acta firmada cobra mrito e&ecutivo y pasa a cosa &u-$ada' es decir' no podrá iniciarse otro proceso que trate del mismo asunto y los compromisos adquiridos en esta conciliación pueden hacerse e.i$ibles ante un )ue- de la %ep5blica0 De no e.istir conciliación' se debe continuar con el disciplinario' para lo cual es necesario que el conciliador2a3 ponente elabore el ,uto de ,pertura del proceso y entre$ue al secretario2a3 para su respectiva notificación personal o en su defecto por edicto0 Durante los H? primeros d1as hábiles o como determinen los estatutos' el conciliador ponente solicita las pruebas adicionales que considera necesarias' como documentos' testimonios' etc0' las que deberán ser  recepcionados por el secretario2a3 de la Comisión0 Fna ve- finali-ada esta etapa' el conciliador ponente con toda la información tanto verbal como escrita' formula plie$o de car$os contra el /r0 /andoval por considerar que si hubo violación de normas le$ales' estatutarias o re$lamentarias' el cual debe notificase de la misma forma que se hi-o con el auto de apertura de proceso0 %espetando el debido proceso el conciliador ponente cita a descar$os al /r0 /andoval' para lo cual tendrá un trmino má.imo de cinco 2?3 d1as hábiles o como determinen los estatutos si$uientes a la notificación del mencionado plie$o de car$os0 En esta oportunidad' podrá aportar pruebas en su defensa ante el secretario2a3 de la Comisión y oponerse a las presentadas por quien radicó la que&a0 /i no acude a la citación o presenta descar$os por escrito' se considerará como un indicio $rave en su contra0 /i por el contrario el /r0 /andoval solicita pruebas' stas deberán decretarse dentro de los tres 2;3 d1as hábiles si$uientes' o como se estable-ca en los estatutos e.pidiendo el ,uto correspondiente pasado este tiempo' se contin5a con el proceso0 De acuerdo con las pruebas presentadas por las partes y los descar$os de la parte investi$ada' el conciliador ponente proyecta el fallo' el cual debe someterse a consideración de la sala en pleno o a la mayor1a' representada por la mitad más uno de sus inte$rantes' para su aprobación0 Dicho fallo debe notificarse por parte del secretario2a3 de la Comisión al seor /andoval' de forma personal' sino no fuera imposible hacerlo se podrá notificar a travs de edicto' en el que en su parte resolutiva debe contener la decisión' al i$ual que los recursos de reposición y apelación a que tiene derecho0 Fna ve- e&ecutoriado el fallo' y establecida su firme-a se comunicará al secretario de la ),C para los fines pertinentes0 El anterior procedimiento debe reali-arse con los otros ?A afiliados dentro de la solicitud reali-ada por el secretario2a3 y el fiscal de la ),C del barrio El Limonar0

IMP>=  ,rt1culo @ de la Ley @A> de =>>@30 ?0 Conoce en se$unda instancia de los procesos de impu$nación que adelanta la ,so&untas en contra de las decisiones de las ),C' dentro de los cuales podrá suspender  o cancelar los re$istros y con$elar los fondos de la or$ani-ación0 J0 Cuando la CCC de la ,so&untas declare nulidad de las elecciones en las ),C' el *DP,C podrá conocer en se$unda instancia' si es interpuesto y concedido por la ,so&untas el correspondiente recurso de apelación0

Conciliación previa frente a conflictos or$ani-ativos0 .$ CCC de la Aso5un3as/ /e$unda instancia dentro de los procesos declarativos0 *mpu$nación de las decisiones de la asamblea en primera instancia Procesos disciplinarios en contra de afiliados2as3 y di$natarios2as3 para suspender o cancelar los re$istros del libro correspondiente0 %eali-a los procesos declarativos de las ),C de su localidad cuando estas no ten$an comisión de convivencia y conciliación0  ,delanta el proceso declarativo al interior de la  ,so&untas0 •









INSTANCIAS + TIEMPOS Proceso declara3ivo Hra0 *nstancia CCC de cada or$anismo comunal H? d1as para avocar conocimiento y ? d1as para fallar  Proceso conciliador  Hra0 *nstancia CCC de cada or$anismo comunal H? d1as para avocar conocimiento y ? d1as para hallar fórmula conciliatoria Im2ugnaciones Hra0 *nstancia CCC de la ,so&untas respectiva  meses =a0 *nstancia Entidad de inspección control y vi$ilancia *DP,C "o e.iste un tiempo establecido para fallo Proceso disci2linario Hra0 *nstancia CCC de la ,so&untas respectiva H? d1as para avocar conocimiento y ? d1as para fallar  =a0 *nstancia CCC de la +ederación Comunal 4o$otá H? d1as para avocar conocimiento y ? d1as para fallar  PARA TENER EN CENTA$ Ins3i3u3o Dis3ri3al de la Par3ici2ación y Acción Comunal &% Las actuaciones conciliatorias que realice la CCC deben consi$narse en actas' firmadas por las partes0 •

Estas prestan mrito e&ecutivo y trascienden a cosa &u-$ada es decir' que las obli$aciones y@ A4solu3orios E.onera de toda culpa al afiliado0 CITACIÓN Para reali-ar una notificación' se debe citar a las partes para que compare-can a la sede de la CCC y se notifiquen' ya sea del auto o fallo respectivo' mediante comunicación escrita diri$ida al domicilio re$istrado en el libro de afiliados0 NOTI"ICACIONES No3i;icación 2ersonal/ se reali-a de forma personal' hacindole saber a las partes o implicados en el proceso' las decisiones tomadas por la CCC' ya sean ,utos o +allos0 /e valida a travs de la firma en la constancia de notificación0

Por edic3o/ cuando no fue posible la notificación personal para hacerle saber a una de las partes las decisiones de la CCC' ya sea porque pese a la comunicación enviada y vencidos los trminos' no se hace presente para la notificación personal u otra ra-ón0 789 ES N EDICTO: Fna publicación que se fi&a en un lu$ar p5blico' dando a conocer la decisión de la CCC' la cual debe contener: La parte resolutiva del fallo •

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+echa de fi&ación y de desfi&ación "ombre y firma de quien lo fi&a %ecursos a que tiene derecho

RECRSOS Re2osición/ en el caso de fallos declarativos' este recurso se interpone ante la instancia que emitió el fallo que para este caso es la CCC de la ),C0 En cuanto a las impu$naciones y procesos disciplinarios' lo asume y resuelve la CCC del or$anismo de $rado superior que emitió el fallo' es decir' la CCC de la ,so&untas0 PARA TENER EN CENTA 78u es un recurso de re2osición y a2elación: Es el derecho que le asiste a las partes para que' se$5n el caso' se aclare' modifique' adicione' revoque o ratifique la decisión tomada por la CCC del or$anismo comunal respectivo0 Estos recursos deben ser interpuestos dentro de los d1as establecidos en la respectiva decisión o de acuerdo con los estatutos de la or$ani-ación A2ela A2elació ción/ n/ este recurso debe ser interpuesto ante la instancia que profirió el fallo' para que sta lo conceda y lo resuelva el superior inmediato de conformidad con lo que se establece a continuación: M Para el caso de las impu$naciones de elección de las ' lo asume y resuelve la entidad que e&erce inspección' vi$ilancia y control del or$anismo comunal que conoció en primera instancia' para el caso de 4o$otá' respecto a las ),C' es el *DP,C0 *DP,C0 M Para procesos disciplinarios la apelación es conocida por la instancia comunal de $rado superior en donde se conoció0 Por e&emplo' el proceso disciplinario que se le inició al tesorero saliente de una ),C por retención de los libro de tesorer1a' la instancia de apelación es la CCC de la +ederación0 E5em2lo de re2osición El /r0 /andoval fue sancionado por la CCC de la  ,so&untas de su localidad' porque de&o de asistir a tres tres asam asambl blea eass $ene $enera rale les s con con su inas inasis iste tenc ncia ia estaba faltando a los deberes que tiene un afiliado con su ),C' as1 como era parte de los obstáculos que que impe imped1 d1an an se llev llevar ará á a cabo cabo la asam asambl blea ea $ene $enera rall de afili afiliad ados os2a 2as3 s3 en la que que se debe deber1a r1an n tomar tomar decisi decisione oness de $ran $ran import importanc ancia' ia' como como la apro aproba baci ción ón de real realii-ar ar cont contra rato toss por por un mont monto o supe uperior rior al esta estab blec lecido ido estatu tatuta tari ria ament mente e al Presidente0 Dentro del proceso que se le si$uió al /r0 /andoval' no pudo &ustificar sus faltas y se estableció que stas' eran por su desinters a la or$ani-ación por  ello' la CCC lo sancionó con desafiliación del libro de afiliados por el trmino de = meses0 El sr0 /andoval haciendo uso de sus derechos ante la CCC de la ,so&untas' interpuso el recurso de reposición con subsidio de apelación' a los cinco d1as d1as'' como como dice dicen n sus sus esta estatu tuto tos' s' de habe habers rse e notifi ificado el fallo' cuya uya pretensión era la reconsideración de la sanción ya que no le parec1a  &usta0 La CCC CCC de ,so&u so&un ntas tas dentr entro o de los los H? d1as 1as si$u si$uie ient ntes es avoc avocó ó dich dicha a repo reposi sici ción ón'' estu estudi dió ó la ar$umentación del sr0 /andoval' y falló'

E5em2lo de a2elación Como el /r0 /andoval en el mismo recurso de %eposición hab1a solicitado subsidiariamente el de apelación' al mantenerse la sanción' era obli$ación de la CCC darle traslado a la se$unda instancia comunal0 La CCC de la +ederación recibido el e.pediente y el recurso' nombra conciliador ponente para que resuelva dicho recurso' para lo cual es potestativo del conciliador llamar o solicitar nuevas pruebas o testimonios por ello' escuchó al secretario2a3 y al fiscal de la ),C que interpuso la que&a' as1 como al sr0 /andoval' para determinar si el fallo se a&ustaba a la $ravedad de la falta0 El conciliador ponente proyectó fallo resolviendo el recurso de apelación y lo discutió en sala es decir' con con la may mayor1a r1a de la comi comisi sió ón' en dond onde se contempló que la desafiliación del libro de afiliados se debe imponer cuando la falta es $rave0 Por  e&emplo' cuando se atente contra la or$ani-ación' sus recursos' o se pon$a en tela de &uicio las actuaciones de la misma0 ,unque incumplió con uno de sus deberes como afiliado' no es de tal ma$nitud la falta para imponer la má.ima sanción' por lo cual cual se rec recons onside ideró la desa esafili filiac ació ión' n' otor$ándole como sanción' H= meses de suspensión del libro de afiliados de su ),C0

manteniendo la sanción' por lo cual dio traslado a La sala sala estu estuvo vo de acue acuerd rdo o y se firm firmó ó el fall fallo' o' la instancia superior' la CCC de la +ederación' para notificando a las partes' a$otándose las instancias que conociera el recurso subsidiario solicitado' la comunales para dicho caso0 apelación0

PARA TENER EN CENTA "irmea de ;allo Las decisiones o fallos de las CCC quedan en firme cuando: H /on conciliaciones que las partes han estado de acuerdo y firman el acta correspondiente0 = Cuando en primera instancia se ha resuelto el caso y no se hace uso de los recursos de reposición y apelación o se interponen fuera de trminos0 ; Cuando se han resuelto los recursos de ley en la instancia competente y por lo tanto la v1a $ubernativa y comunal está a$otada' por lo cual no proceden otros recursos0 SANCIONES /i bien es cierto que las sanciones o suspensiones son a criterio de las CCC' tambin lo es' que stas deben ser de acuerdo a la $ravedad de la falta0 2,rt0A Decreto @A>@3' E&emplo: Fna persona que ha de&ado de asistir a tres asambleas $enerales consecutivas no se le podr1a aplicar una sanción de cancelación de la afiliación del libro de afiliados por = meses' en comparación con un di$natario que se le sancionó por malos mane&os de los bienes de la &unta' para lo cual deber1a aplicarsele la má.ima sanción0 En la aplicación de la sanción no habr1a equidad' imparcialidad' &usticia y sano criterio en la CCC' si para los dos casos e.puestos' se aplicará el mismo tiempo' para ello se recomienda tener en cuenta el 4olet1n )ur1dico "o0 ? de =>>9 del *DP,C *DP,C respecto a má.imos y m1nimos0 E=EMP#O DE "IRMEFA DE "A##O Fna Fna veve- a$ot a$otad adas as las las inst instan anci cias as comu comuna nale less y resu resuel elto toss los los recu recurs rsos os de repo reposi sici ción ón y apel apelac ació ión n respectivamente' si se presentaron' el fallo quedará en firme0 El procedimiento a se$uir es la e.pedición de un documento por parte de quien emitió el fallo en 5ltima instancia que' para nuestro e&emplo del /r0 /andoval fue la CCC de la +ederación Comunal de 4o$otá' que certifique el d1a en que el fallo quedó en firme0 Dicha comunicación debe ser notificada a las partes y enviada a la entidad que e&erce inspección' control y vi$ilancia0 Para el caso 4o$otá' es el *DP,C0 *DP,C0 4o$otá' D0C0 +echaNNNNNNN  +echaNNNNNNN  /eores *DP,C  ,tn: ,suntos ,suntos Comunales Ciudad %ef: +irme-a de +allo %esp %espet etad ados os /eo /eore res2 s2as as3: 3: cord cordia ialm lmen ente te nos nos perm permititim imos os info inform rmar arle less que que la que& que&a a inte interp rpue uest sta a en fechaNNNNpor los seores2as3NNNNNNNNNN secretaria y NNNNNNNNNNfiscal de la ),CNNNNNNNNNN contra el sr0 /andoval' afiliado a la misma &unta' ha sido resuelta mediante fallo "o0NNNN de fecha NNNNNNel cual esta comisión conoció en recurso de apelación0 Por lo anterior y a$otada la instancia comunal para el caso' ste queda en firme' con sanción de desafiliación al /r0 /andoval de H= meses de la or$ani-ación comunal' o a partir de la e.pedición del mismo es decir' a partir del d1a NNNNdel mes NN del aoNNNN0  ,tentamente' Comisión de Convivencia y Conciliación +ederación Comunal de 4o$otá

IMPEDIMENTOS Es la manifestación que hace uno o más conciliadores para que se le releve del conocimiento de un determinado caso' por considerar que su imparcialidad se encuentra comprometida' por tener con una de las partes v1nculos de consan$uinidad' afinidad' matrimonio o unión libre' amistad o animadversión RECSACIONES

Es la manifestación de una de las partes' mediante la cual solicita se releve a uno o más conciliadores del conocimiento de un determinado caso' por considerar que su imparcialidad se encuentra comprometida por tener con una de las partes v1nculos de consan$uinidad' afinidad' matrimonio o unión libre' amistad o animadversión

PARA TENER EN CENTA Los impedimentos y recusaciones se presentan ante la directiva del or$anismo comunal correspondiente' quien los admitirá o recha-ará0 En caso de admitir el impedimento o la recusación' nombrará al o a los conciliadores2as3 para que cono-can 5nicamente dicho caso0 PRINCIPIOS 8E RIO3 de sus miembros salvo los casos de e.cepción previstos en los estatutos c3 #uórum supletorio: si no se conforma el quórum decisorio' el d1a sealado en la convocatoria' el ór$ano deberá reunirse' por derecho propio dentro de los quince 2H?3 d1as si$uientes' y el quórum decisorio' sólo se conformará con no menos del =>O de sus miembros: d3 Valide- de las decisiones: por re$la $eneral' los ór$anos de dirección' administración' e&ecución' control y vi$ilancia tomarán decisiones válidas con la mayor1a de los miembros con que se instaló la reunión0 /i hay más de dos alternativas' la que obten$a el mayor n5mero de votos será valida si la suma total de votos emitidos' incluida la votación en blanco' es i$ual o superior a la mitad más uno del n5mero de miembros con que se formó el quórum deliberatorio0 En caso de empate en dos votaciones válidas sucesivas sobre el mismo ob&eto' el comit de convivencia y conciliación determinará la forma de dirimirlo e3 E.cepciones al quórum supletorio: solamente podrá instalarse la asamblea de afiliados o dele$ados' con no menos de la mitad más uno de sus miembros y se requiere el voto afirmativo de por lo menos los dos tercios 2=>= y para efectos de la constitución de los or$anismos comunales se requiere: a3 La &unta de ,cción Comunal que se constituya por barrio' con&unto residencial' sector o etapa del mismo' en las capitales de Departamento y en la ciudad de 4o$otá D0 C0' requiere un n5mero m1nimo de setenta y cinco 29?3 afiliados b3 La )unta de ,cción Comunal que se constituya en las divisiones urbanas de las demás cabeceras de municipio y en las de corre$imientos e inspecciones de polic1a' requiere un n5mero m1nimo de cincuenta 2?>3 afiliados c3 La )unta de ,cción Comunal que se constituya en las poblaciones en que no desista delimitación por  barrios' requiere un n5mero m1nimo de treinta 2;>3 afiliados d3 La )unta de ,cción Comunal que se constituya en los caser1os o veredas requiere un n5mero m1nimo de veinte 2=>3 afiliados0 e3 Las )untas de Vivienda Comunitaria requieren un n5mero de die- 2H>3 familias afiliadas0 f3 Las ,sociaciones de )untas de ,cción Comunal requieren para su conformación un n5mero plural superior del sesenta por ciento 2J>O3' de las )untas de ,cción Comunal e.istentes en su territorio0 El mismo porcenta&e se requerirá para la creación de +ederaciones Departamentales y Distritales en relación con las ,sociaciones de )untas de ,cción Comunal y para la Confederación "acional en relación con las +ederaciones0

ARTIC#O .$ Cons3i3ución de mBs de una =un3a de Acción Comunal en un mismo 3erri3orio$ Las entidades de inspección' control y vi$ilancia autori-arán la constitución de ás de una )unta de ,cción Comunal en un mismo territorio' siempre y cunado se den las si$uientes condiciones: a@ #ue la nueva )unta cuente con el n5mero m1nimo de afiliados requeridos para la constitución del or$anismo comunal' sin que ello afecte la e.istencia de la )unta previamente constituida' y 4@ #ue la e.tensión del territorio dificulte la $estión del or$anismo comunal e.istente' que las necesidades de la comunidad que constituya la nueva )unta de ,cción Comunal sean diferentes de alas del resto del territorio' o que e.ista una barrera de tipo f1sico que dificulte la interacción comunitaria0 PAR0O3' del requerido para su constitución0 %especto a los or$anismos de se$undo' tercer y cuarto $rado' estos no podrán subsistir con un n5mero plural inferior del sesenta por ciento 2J>O3' de las or$ani-aciones afiliadas requerido para su constitución0 PAR0>= e@ Poseer documento de identificación0 PAR0=' se contarán a partir del momento de la presentación de la solicitud ante la Comisión de convivencia y Conciliación que contará con quince 2H?3 d1as para determinar si el conflicto puesto a su consideración es o no de su competencia0 La solicitud deberá presentarse por escrito y ane.ando las pruebas que las partes consideren pertinentes0 En el evento de avocarse conocimiento del conflicto' la Comisión tendrá un trmino má.imo de cuarenta y cinco 2?3 d1as para adelantar las audiencias conciliatorias y recaudar los elementos de &uicio que estime necesarios a fin de intentar que las partes lle$uen a un acuerdo conciliatorio0

ART'C#O %-$ Ci3ación$ En el momento en que se avoque conocimiento de conflicto' la Comisión citará a las partes a audiencia indicando el ob&eto' hora y fecha de la misma0 En el evento de que una de las partes o ambas no asistan a la audiencia conciliatoria la Comisión fi&ará nueva fecha y hora para su reali-ación0 La inasistencia a esta se$unda audiencia sin &ustificación hará presumible la ine.istencia de ánimo conciliatorio y la comisión ordenará por medio de acta el archivo de la solicitud0

En caso de &ustificarse la inasistencia a la audiencia conciliatoria' la Comisión de Convivencia y Conciliación podrá fi&ar una tercera y 5ltima fecha para la reali-ación de la misma' siempre y cuando no se e.ceda el trmino de cuarenta y cinco 2?3 d1as que tiene la Comisión para procurar el acuerdo conciliatorio0

ART'C#O %&$ Desarrollo de la audiencia %eunidas la Comisión de Convivencia y Conciliación y las partes' estas 5ltimas tendrán la palabra para e.poner los hechos que ori$inaron el conflicto y las pruebas que sustentan su versión0 , continuación la Comisión anali-ará las declaraciones y los elementos de prueba y e.pondrá una fórmula conciliatoria de arre$lo0 Las partes tendrán la facultad de aco$er en todo o parcialmente la fórmula e.puesta o de recha-ar  totalmente la fórmula conciliatoria0 /i las partes aco$en en su totalidad la fórmula presentada por la Comisión' suscribirán un acuerdo de compromiso y se dará por terminado el procedimiento conciliatorio0

PAR0=' deben ser  re$istrados por las or$ani-aciones comunales en las respectivas entidades de inspección' control y vi$ilancia0 PAR0 de la Ley 9; de =>>=0 =0 Velar porque se respeten los derechos e los afiliados a las or$ani-aciones comunales y cumplan con sus deberes0 ;0 Velar porque la or$ani-ación ten$a sus estatutos actuali-ados0 0 Velar porque se conformen los cuadros directivos0 ?0 Velar por el cumplimiento de las funciones de los distintos ór$anos de la or$ani-ación comunal0 J0 Velar porque los procesos que ten$an a su car$o las or$ani-aciones comunales se realicen de acuerdo con el procedimiento establecido y respetando los derechos de los afiliados0 90 Velar por la conservación del patrimonio de la or$ani-ación comunal0 @0 Velar porque la or$ani-ación ten$a un plan de traba&o anual para cada ór$ano0 A0 Velar porque los diferentes ór$anos de las or$ani-aciones comunales rindan informes semestrales de $estión a sus afiliados00 H>0 Promover actividades con los afiliados encaminadas a sensibili-arlos para que participen activamente en el me&oramiento de la or$ani-ación0

Ar3Gculo -J$ +inalidades de la inspección0 La inspección tiene las si$uientes finalidades: H0 Gacer recomendaciones a las or$ani-aciones comunales en orden al cumplimiento debido del ordenamiento &ur1dico de acuerdo a los resultados de las auditor1as0 =0 Determinar la situación le$al y or$ani-ativa de la or$ani-ación comunal' para adoptar oportunamente medidas eficaces en defensa de los intereses de los afiliados0 ;0 Velar porque las que&as' peticiones y reclamos de la comunidad que se formulen en inters del buen funcionamiento de la entidad' sean atendidas oportuna y adecuadamente 0 Propender porque los procesos de liquidación se realicen de acuerdo con las disposiciones le$ales y ase$urando los derechos de los afiliados y de los acreedores y deudores de la or$ani-ación0

?0 Llevar un re$istro actuali-ado de los recursos económicos y de otros órdenes de las or$ani-aciones comunales' que se encuentren en inventarios' cuentas corrientes' de ahorro etc0

Ar3Gculo &J$ +inalidades del control0 El control tiene las si$uientes finalidades: H0 %establecer los derechos de los afiliados que hayan resultado vulnerados0 =0 ,se$urar el buen funcionamiento de la or$ani-ación' velando por la preservación de la naturale-a  &ur1dica' en orden a hacer prevalecer sus valores' principios y caracter1sticas esenciales0 ;0 Evitar que se presenten violaciones a las normas le$ales y estatutarias0 0 Prote$er los intereses de los asociados de las or$ani-aciones comunales' de los terceros y de la comunidad en $eneral0 ?0 Velar por la correcta destinación de los recursos de las or$ani-aciones comunales0 J0 Velar por el cumplimiento del propósito socioeconómico no lucrativo que ha de $uiar la or$ani-ación y funcionamiento de las entidades vi$iladas0

CAPIT#O III Au3oridades com2e3en3es 2ara e5ercer vigilancia> ins2ección y con3rol Ar3Gculo *J$ "iveles0 E.isten dos niveles de autoridades que e&ercen vi$ilancia' inspección y control sobre los or$anismos comunales' de acuerdo al $rado al que pertene-can: Primer nivel/ Lo e&erce (inisterio del *nterior y de )usticia' sobre las federaciones departamentales y municipales de acción comunal y la Confederación Comunal "acional0 Segundo nivel/ Lo e&ercen las correspondientes dependencias de los departamentos' distritos y municipios' sobre las &untas y asociaciones de acción comunal0 Ar3Gculo J$ Entes competentes para adelantar la investi$ación y aplicar la sanción0 En e&ercicio de las facultades que otor$a el art1culo ?> y demás normas de la Ley 9; de =>>=' la investi$ación administrativa consi$uiente y la aplicación de la sanción que corresponda será competencia de la respectiva dependencia estatal de inspección' control y vi$ilancia' de conformidad con el procedimiento previsto en este decreto' en concordancia con el Códi$o Contencioso ,dministrativo0

CAPIT#O IV "acul3ades de las en3idades 6ue e5ercen la vigilancia> ins2ección y con3rol Ar3Gculo ,J$ +acultades0 Para desarrollar las anteriores finalidades las dependencias estatales de inspección' vi$ilancia y control tendrán las si$uientes facultades: H0 %evisar los libros contables' de actas y de afiliados de las or$ani-aciones comunales0 =0 /olicitar copia de los informes presentados a la asamblea0 ;0 Disear y aplicar instrumentos que permitan reali-ar revisiones periódicas al cumplimiento de la ley y los estatutos de las or$ani-aciones0 0 *nvesti$ar y dar trámite a las peticiones' que&as y reclamos que las personas presenten' relacionadas con las or$ani-aciones comunales0 ?0 %eali-ar auditor1as a las or$ani-aciones comunales' cuando lo considere necesario' de oficio o a petición de parte0

J0 Practicar visitas de inspección a las or$ani-aciones comunales' con el fin de determinar su situación le$al y or$ani-ativa' para adoptar oportunamente medidas eficaces en defensa de los intereses de los afiliados0 90 Verificar la conformación de los cuadros de di$natarios de las or$ani-aciones comunales0 @0 Verificar que los procesos de disolución por voluntad de los miembros de la or$ani-ación se realicen de conformidad con la normatividad vi$ente0 A0 %evisar' e.cepcionalmente y a petición de parte' las actuaciones de las comisiones de convivencia y conciliación cuando se presenten de manera notoria y ostensible violaciones al debido proceso y>@0 (O#ET'N =R'DICO$ M0HIMOS + M'NIMOS 4o$otá' D0C0' ,$osto de =>>90 D*%**D,: )F"6, D*%EC6*V,' D*%ECC*S" E"E%,L' /EC%E6,%*, E"E%,L' /F4D*%ECC*S" DE  ,/F"6B/ CB(F",LE/' /F4D*%ECC*S" DE +B%6,LEC*(*E"6B DE L, B%,"*T,C*S" /BC*,L U /F4D*%ECC*B" DE P%B(BC*S" DE L, P,%6*C*P,C*S"' B+*C*", ,/E/B%, DE PL,"E,C*S" U B+*C*", ,/E/B%, DE CB"6%BL *"6E%"B DEL *"/6*6F6B D*/6%*6,L DE L, P,%6*C*P,C*B" U  ,CC*B" CB(F",L0  ,/F"6B: B4)E6B DE L,/ /,"C*B"E/ U (K*(B/ U (W"*(B/ DE L,/ (*/(,/' E" EL %X*(E" D*/C*PL*",%*B CB(F",L0 El )efe de la Bficina ,sesora )ur1dica en uso de las atribuciones conferidas por el ,cuerdo >>= de =>>9' modificado por el ,cuerdo >>J de =>>9' e.pedidos por la )unta Directiva del *nstituto Distrital de la Participación y ,cción Comunal' en especial la plasmada en literal d0 del art1culo ?' procede en el presente 4olet1n dado que el e&ercicio de la inspección' vi$ilancia y control sobre los or$anismos comunales' incluye la facultad de imponer sanciones' a anali-ar dos aspectos relevantes del r$imen disciplinario propio de una )unta de ,cción Comunal: ob&eto de las sanciones y los má.imos y m1nimos de las mismas0 Debemos sealar primero que la le$islación comunal' si bien seala las sanciones que se pueden imponer a los afiliados a una )unta de ,cción Comunal' e incluso permite que en los estatutos de cada or$ani-ación se estable-can las que se estimen convenientes' no precisa cuál es el ob&eto de las mismas0 Veamos' las principales disposiciones que re$ulan la materia:  ,rt1culo =J de la Ley 9; de =>>=0 Desafiliación0 ,demás de los que determinen los estatutos' la calidad de afiliado a una or$ani-ación de acción comunal' se perderá por: a3 ,propiación' retención o uso indebido de los bienes' fondos' documentos' libros o sellos de la or$ani-ación b3 Fso arbitrario del nombre de la or$ani-ación comunal para campaas pol1ticas o beneficio personal c3 Por violación de las normas le$ales y estatutarias0

ParBgra;o$ La sanción procederá una ve- e.ista un fallo de instancia competente' previo debido proceso08 Literal $ del pará$rafo uno del art1culo H@ de la Ley 9; de =>>=: Contempla que los estatutos de cada )unta de ,cción Comunal deben contener: 7Causales de sanción' sanciones y procedimientos08  ,rt1culo H@ de la %esolución =>9> de H0A@9: 7/anciones0 /e$5n la $ravedad de la falta y las modalidades del hecho' las sanciones pueden ser: a0 /uspensión hasta por tres 2;3 meses0 b0 Desafiliación hasta por veinticuatro 2=3 meses80

El literal b0 del pará$rafo uno del art1culo ;= de la Ley 9; establece que cuando la elección de di$natarios no se efect5a dentro de los trminos le$ales' la autoridad competente puede imponer la si$uiente sanción: 7Desafiliación de los miembros o di$natarios08  ,nte el vac1o de la le$islación comunal' la Directora del *nstituto Distrital de la Participación y ,cción Comunal' mediante %esolución =A9 de &unio =9 de =>>9' mediante la cual se resolvió un proceso disciplinario contra el di$natario de una )unta de ,cción Comunal' se ocupó del tema y sealó: 7Yindependientemente del tipo de sanción' lo esencial es que en adelante el sancionado se absten$a de proceder en la forma en que lo hi-o y que la sanción impuesta sirva de e&emplo a los demás afiliados a la )unta de ,cción Comunal para prevenir nuevas violaciones al r$imen comunal0 8 En consecuencia' son dos los fines que buscan las sanciones de la acción comunal:

a1 El individual$ 41 El colec3ivo o social$ a1 El individual>  orientado a que la persona que violó el r$imen comunal no vuelva a incurrir en conductas indebidas que afecten el normal desarrollo de la or$ani-ación' es decir' que el infractor corri&a su proceder y se aparte de lo ile$al0 En 5ltimas' el fin individual de la sanción está determinado por un componente personal1simo encaminado a que el afiliado me&ore su comportamiento' abandone lo ile$al e incorpore en su actuar los correctivos necesarios para hacer de l' el ser humano que tanto la )unta de  ,cción Comunal como lo sociedad esperan0 Esto permite concluir que la sanción no puede concebirse como un simple casti$o o una forma de tomar ven$an-a que a la postre $enerar1an violencia y la desinte$ración de la comunidad' al tiempo que desconocer1an uno de los ob&etivos fundamentales de la acción comunal condensado en el literal i0 del art1culo HA de la Ley 9; de =>>= en los si$uientes trminos: 7Construir y preservar la armon1a en las relaciones interpersonales y colectivas' dentro de la comunidad' a partir del reconocimiento y respeto de la diversidad dentro de un clima de respeto y tolerancia08 41 El colec3ivo o social está diri$ido a todos los miembros de la or$ani-ación' incluso a todos aquellos que sin pertenecer a la misma' de al$una forma tenemos que ver con la acción comunal' como quiera que toda sanción' una ve- conocida en la colectividad $enera diversa reacciones0 (ás allá de los comentarios de recha-o o satisfacción que puedan darse' lo esencial es que la comunidad or$ani-ada entienda que no se debe incurrir en violación del r$imen comunal como factor esencial del desarrollo0 En otras palabras' el fin social o colectivo de la sanción comunal busca la prevención efectiva de las conductas indebidas que tanto dao causan al individuo y al $rupo de asociados0  ,nte lo e.puesto' resulta imprescindible estudiar' cuáles son las sanciones má.imas y m1nimas que se pueden imponer a los afiliados a una )unta de ,cción Comunal que resulten responsables de al$una acción u omisión violatoria del r$imen comunal0 Para resolver este interro$ante hay que remitirse a los diferentes tipos de sanción que ya referimos en el presente documento 2desafiliación hasta por  veinticuatro meses o suspensión de la afiliación hasta por  tres meses3 o revisar los estatutos de las diferentes )untas en los cuales se estipulan dichos l1mites0 /in embar$o' como la le$islación comunal no hace referencia a las circunstancias determinadas que debe considerar el &u-$ador para imponer una sanción concreta que responda a las e.i$encias de la acción comunal y' sobre todo' a una eficaadministración de la &usticia' lo procedente es acudir por analo$1a a otros ordenamientos que de al$una manera re$ulan situaciones similares para llenar el vac1o0 Por tanto' la instancia competente para surtir un proceso disciplinario deberá considerar' entre otras' las si$uientes circunstancias al momento de aplicar  una sanción a los afiliados a la )unta de  ,cción Comunal' e impondrá' se$5n el caso' un má.imo o un m1nimo:

a1 Son circuns3ancias 6ue dan lugar a la mBima sanción/

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