Manual de Certificación y Sistemas de Control Interno para Quinua Ecológica _ R.Miranda

July 24, 2018 | Author: Rubén Miranda | Category: Organic Farming, Sustainable Development, Quality (Business), Agriculture, Biodiversity
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Descripción: Con este manual podremos hacer un seguimiento a nuestra parcela ecológica, parece ampuloso, pero simplement...

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MANUAL DE CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO INTERNO PARA QUINUA ECOLÓGICA ECOLÓGICA

MANUAL DE CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO PARA QUINUA ECOLÓGICA

EJECUTADO EJECUTADO P OR:

 ASOCIACIÓN DE ORGANIZACI ONES DE PRODUCTORES ECOLÓGICOS ECOLÓGICOS DE BOLIVI A - AOPEB Calle Landaeta Nº 554, esq. c/ Luís Crespo (zona San Pedro) Teléfonos: 591 - 2 - 2490686 / 2490691 / 2129287 Fax. : 591 - 2 - 2129286 Casilla Postal: 1872 Pagina web: www.aopeb.org E mail: [email protected] / [email protected] La Paz, Bolivia.

COORDINADO POR:

FUNDACION ATUAPO - EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Tarija: Calle Sevilla (Plaza Uriondo) Telf: 591-4-6641676-6114208 Potosí: Calle Weceslao Alba s/n. Telf: 591-2-6229094 La Paz: Jacinto Benvente # 2190. Telf: 591-2-2118036 / 2112025 Oruro: Calles La Plata (Plaza 10 de Febrero), Ed Betto 2do Piso. Telf: 591-2-5250733 Sucre: Calle Kilómetro 7 # 298. Telf. 591-4-645682 Santa Cruz : Av. Pirai esq. Aruma casi 2do Anillo. Telf: 591-3-3596228 Holanda: Geldershofstraat 5/6663 KN LENT/ Telf: +31-243294696 Estados Unidos: 4562 MTHWY 35/KALISPELL, MT 59901. Telf: 1-406-7559389 España: Calle Ricote # 17/30394 Canteras, Murcia. Telf: +59-968162584 www.fundacionautapo.org Email: [email protected]

FINANCIADO POR:

EMBAJ ADA REAL DE LOS PAÍSES BAJOS Esta publicación es el resultado del Proyecto de Fortalecimiento de los Sistemas de Control Interno – Estrategia de Apoyo a la Certificación Ecológica de la Quinua, que forma parte del Programa de Apoyo a la Cadena de la Quinua del Altiplano Sur.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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MANUAL DE CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO INTERNO PARA QUINUA ECOLÓGICA ECOLÓGICA

M ANUAL ANU AL DE CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN Y SIST SI STEM EMAA DE CONTROL INTERNO PAR A QUINUA E COLÓ CO LÓGICA GICA

Elaboración Elaboración y edición: Ing. Nelson C. Ramos Santalla. Jefe del Departam ento Técnico Técnico de AOPEB. Experto en P roducción, certificación y comercio de productos ecológicos.

La Paz – Bolivia.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g



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CONTENIDO

CAPITULO I AGRICULTURA CONVENCIONAL, PROBLEMÁTICA DE LA PRODUCCIÓN MUNDIAL DESARROLLO SOSTENIBLE Y PRODUCCIÓN ECOLÓGICA. 1. LA AGRICULTURA MODERNA O CONVENCIONAL. 2. LA CRISIS MUNDIAL MEDIOAMBIENTAL. 3.CUMBRES MUNDIALES UNDIALES DE LAS NNUU SOBRE MEDIO EDIO AMBIENTE BIENTE Y DESARROLLO (CNUMAD): (CNUMAD): 4. LA AGRICULTURA ECOLÓGICA

CAPITULO II SISTEMA DE CALIDAD Y CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA 1. CONCEPTOS BÁSICOS DE SISTEMAS DE CALIDAD Y CERTIFICACIÓN. 2. LA CALIDAD Y SELLOS DE CALIDAD. 3. SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD. 3.1. LA NORMALIZACIÓN 3.2. LAS NORMAS TÉCNICAS. 3.3. LA CERTIFICACIÓN. 3.4. LA ACREDITACIÓN .

4. LAS NORMAS DE PRODUCCIÓN Y CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA 4.1. NORMAS O REGLAMENTOS DE LA AGRICULTURA ECOLÓGICA. a) Reglamento EN 2092/91. b) Programa Orgánico Nacional del USDA (Organic Foods Production Act of California of 1990). c) Norma para la Agricultura Japonesa (JAS). d) Directrices del Codex Alimentarius. e) Normas privadas de agricultura ecológica. 4.2. CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA. 5.NORMAS NACIONALES PARA LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA. 5.1. NORMA AOPEB. 5.2. MARCO NORMATIVO EN BOLIVIA: LEY 3525: REGULACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL NO MADERABLE ECOLÓGICA 5.3. SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA 5.4. NORMAS O REGLAMENTOS ESPECÍFICOS.

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CAPITULO III. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO . 1. EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO COMO UN SISTEMA DE CALIDAD. 2. ROL DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. 3. PRINCIPALES ELEMENTOS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. 3.1. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. 3.2. RECURSOS NECESARIOS. 3.3. NORMAS INTERNAS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA 3.4. MANUAL DE FUNCIONES DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. 3.5. PROCEDIMIENTOS DE CONTROL, SANCIÓN Y CERTIFICACIÓN INTERNA. 3.6. REGLAMENTO INTERNO DE FALTAS Y SANCIONES. 3.7. INSTRUMENTOS DE CONTROL DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. 3.7.1. CONTRATO O COMPROMISO MORAL. 3.7.2. CODIFICACIÓN DEL PRODUCTOR. 3.7.3. MAPA Y CROQUIS DE UNIDADES PRODUCTIVAS (PARCELAS). 3.7.4. KARDEX INDIVIDUAL DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PARCELAS. 3.7.5. DIAGNÓSTICO DE UNIDADES PRODUCTIVAS (PARCELAS). 3.7.6. PLAN DE TRABAJO Y SEGUIMIENTO. 3.7.7. INFORMES DE INSPECCIÓN INTERNA 3.7.8. INFORME DE EVALUACIÓN DEL COMITÉ DE CERTIFICACIÓN INTERNA. 3.7.9. REGISTRO TOTAL DE PRODUCTORES. 3.7.10. KARDEX INDIVIDUAL DE ACOPIO. 3.7.11. REGISTRO DE COMPRA O INTERNACIÓN. 3.7.12. KARDEX DE RECEPCIÓN Y ALMACEMAMIENTO EN LA PLANTA DE BENEFICIADO O TRANSFORMACIÓN. 3.7.13. KARDEX DE BENEFICIADO Y PROCESAMIENTO. 3.7.14. KARDEX DE VENTAS Y EXISTENCIAS

DEFINICIONES ANEXOS

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PRESENTACION La producción de quinua es una actividad fundamental para la economía de las comunidades campesinas, especialmente para el Altiplano Sur de Bolivia (Oruro y Potosí), que contribuye entre 55 a un 85 % de los ingresos de cerca de 17 mil productores campesinos. Estos productores se encuentran organizados en asociaciones, cooperativas y empresas, y actualmente la quinua se constituye en uno de los rubros de producción mas importante dentro las exportaciones que han logrado posicionarse en mercados exigentes de Europa, Estados Unidos y Japón, Aprovechando su la calidad ecológica, para la cual debe ser sometido a procesos de certificación bajo normas ecológicas internacionales. En este marco se identificó a la quinua como uno de los rubros de producción con mayor potencial y perspectivas, por lo cual se desarrolló mediante procesos participativos de consulta, el “Plan de Fortalecimiento para la Cadena de la Quinua”, firmándose el Acuerdo Boliviano de Competitividad de la Quinua – ABC de la Quinua que busca fortalecer la producción ecológica de la quinua real. El gobierno de Bolivia, con el apoyo de la Embajada Real de los Países Bajos, implementó el programa de Apoyo de la Cadena de la Quinua del Altiplano Sur, designando a la Fundación AUTAPO – Educación para el Desarrollo, como entidad coordinadora – ejecutora. Una de las acciones que se priorizó dentro del mencionado programa, fue el apoyo a la mejora del funcionamiento de los sistemas de control y certificación de la quinua ecológica, para lo cual se contrató a la Asociación de Organizaciones de Productores Ecológicos de Bolivia (AOPEB), para desarrollar el proyecto de fortalecimiento de los Sistemas de Control Interno – Estrategia de Apoyo a la Certificación Ecológica de la Quinua, con el objetivo de fortalecer los Sistemas de Control Interno (SCI) de las asociaciones de productores y empresas, mediante su adecuación a las exigencias actuales ( estructura, funciones, herramientas y mecanismos de control) que lo consoliden hacia sistemas de calidad eficientes. A nombre de Fundación AUTAPO y al Asociación de Organizaciones de Productores Ecológicos de Bolivia, en el marco del Programa de Apoyo a la Cadena de la Quinua del Altiplano Sur, como parte de los resultados del proyecto de Fortalecimiento de los Sistemas de Control Interno – Estrategia de Apoyo a la Certificación Ecológica de la Quinua, se hace la presentación del presente Manual de Certificación y Sistema de Control Interno Para Quinua Ecológica. El presente manual es un documento técnico de consulta para apoyar la implementación y el funcionamiento de los Sistemas de Control Interno, con la finalidad de convertirlos en verdaderos sistemas de calidad que garanticen en control, seguimiento y certificación interna de la unidades de producción ecológica (desde el cultivo hasta su comercialización final, mediante herramientas y procedimientos claros, confiables y transparentas, que sean suficientes par consolidar la certificación ecológica, mediante la demostración del cumplimiento de las normas ecológicas.

Ricardo Guzmán Gutiérrez Coordinador Programa Quinua Fundación AUTAPO

Gustavo Birbuet Díaz Gerente General AOPEB

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INTRODUCCION La producción ecológica en Bolivia, en estos últimos 5 años ha tenido una evolución muy dinámica, lo cual ha permitido incrementar el número de productores, áreas de producción y volúmenes de productos certificados como ecológicos, habiéndose habiéndose estimado estimado que el año 2006 se han certificado mas de 1.069.000 1.069.000 has, con un volumen de producción por encima de las 21.000 toneladas toneladas métricas, principalmente principalmente de cultivos como la quinua, café, castaña, cacao, frijoles, amaranto y otros, lo cual ha determinado que se constituya en uno de los nuevos sectores de generación de ingresos que benefician espacialmente a pequeños productores campesinos e indígenas organizados. organizados. Este desarrollo ha sido iniciado y protagonizado protagonizado por organizaciones de productores campesinos e indígenas, que están aglutinados dentro la Asociación de Organizaciones de Productores Ecológicos de Bolivia (AOPEB), mediante el cual han logrado posicionar los productos ecológicos bolivianos en mercados exigentes como la Unión Europea, Estados Unidos y Japón. También en estos últimos años se está promoviendo el consumo nacional. Por otro lado las exigencias de las normativas internacionales dentro el mercado de productos ecológicos, se están incrementando, como es el caso de la Unión Europea y Estados Unidos, quienes exigen que los procesos de control y certificación sean más claros y eficientes. El presente Manual de Certificación y Sistema de Control Interno para Quinua Ecológica, nace de la necesidad de crear y fortalecer mecanismos de control y certificación interna dentro las organizaciones y empresas, para garantizar los objetivos y fines que se persigue la producción ecológica, mencionadas en las regulaciones regulaciones internacionales internacionales y nacionales; nacionales; con la implementación,, implementación,, desarrollo y consolidación del funcionamiento de los sistemas de control interno, en verdaderos sistemas de calidad, que garanticen en control, seguimiento y certificación certificación interna, en todo el sistema de producción que se se quiere certificar como ecológico (desde la implementación del cultivo hasta la comercialización final del mismo), mediante mecanismos, herramientas y procedimientos claros, confiables y transparentes, que garanticen el buen manejo físico y documental de los productos ecológicos El sistema de control interno, es el pilar y la base fundamental para obtener la certificación ecológica, ya que su buen funcionamiento y eficiencia, garantiza el obtener la certificación ecológica por un organismo de control reconocido (Certificadora) que verifica el cumplimiento de las normas ecológica garantizando y avalando la calidad ecológica de los productos, que es requisito obligatorio para acceder a mercados de la Unión Europea, Norte América y Japón, y a partir de la promulgación de la Ley No 3525 obligatorio en Bolivia. El presente manual pretende clarificar diferentes apreciaciones existentes sobre la producción y certificación ecológica, y constituirse en un documento de apoyo técnico para consolidar el trabajo de los sistemas de control interno, en verdaderos sistemas de calidad. Por otro lado, este mismo sistema sirve a las organizaciones o empresas para mejorar su sistema de gestión integral, ya que genera información primaria y actualizada de los procesos que están ocurriendo en la producción, beneficiado, procesamiento y comercialización de sus productos, en base del cual se pueden realizar proyecciones y evaluación en detalle. Agradecer a los técnicos y promotores de las organizaciones y empresas, con los cuales intercambiamos y construimos estás propuestas, así como también a la Fundación Autapo que ha permitido canalizar este apoyo que beneficiara directamente a los productores y sus organizaciones de quinua en el Altiplano Sur.

Nelson Ramos Santalla Experto en Producción y Certificación Ecológica Jefe Departamento Técnico de AOPEB.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g



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CAPITULO I AGRICULTURA CONVENCIONAL, PROBLEMATICA DE LA PRODUCCION MUNDIAL, DESARROLLO SOSTENIBLE Y PRODUCCION ECOLOGICA. 1. LA AGRICULTURA MODERNA O CONVENCIONAL. A partir de los años 60, la producción agropecuaria tuvo grandes cambios, con la denominada “Revolución Verde”, bajo el principio de incrementar rendimientos y volúmenes de producción de alimentos, basado en tecnologías de producción a través del uso intensivo de la mecanización agrícola, monocultivos, uso extensivo e intensivo del suelo, uso de grandes cantidades de agroquímicos (Plaguicidas, fertilizantes y otros), riego suplementario, uso de variedades mejoradas y otros, especialmente dirigidos a cereales. En la mayoría de los círculos agrícolas científicos, se ha llegado a la percepción general de que la agricultura moderna enfrenta una crisis ambiental (Conway y Barbier, 1990). La raíz de esta crisis radica en el uso de prácticas agrícolas intensivas basadas en altos insumos que llevan a la degradación de los recursos naturales a través de procesos de erosión de suelos, salinización, contaminación con pesticidas, desertificación y pérdida de la biomasa, lo que finalmente repercute en reducciones progresivas de la productividad. La pérdida de rendimiento por plagas en muchos cultivos, a pesar del incremento substancial en el uso de pesticidas es un síntoma de esta crisis (Pimentel y otros, 1980). Los cultivos han sido seleccionados para altos rendimientos y alta palatabilidad haciéndolos más susceptibles a las plagas. Por otro lado, la mayoría de las prácticas agrícolas afectan negativamente a los enemigos naturales, los que a su vez no encuentran los recursos ambientales necesarios en los monocultivos para dar una respuesta funcional efectiva (Price, 1989). El desarrollo del concepto de Agricultura Sostenible o sustentable es una respuesta relativamente reciente a estos aspectos de luchar contra la degradación de los recursos naturales asociada a la agricultura moderna o convencional. Este concepto busca una agricultura concebida como un sistema tanto económico, como social y ecológico, donde se requiere entender y valorar la relación entre la agricultura y el ambiente global, ya que el desarrollo agrícola depende de la interacción de subsistemas biofísicos, técnicos y socioeconómicos. Este concepto ha provocado mucha discusión y ha promovido la necesidad de realizar ajustes en la agricultura convencional para que esta se vuelva ambiental, social y económicamente viable y compatible (Edwards y col, 1990). La idea es desarrollar agroecosistemas con mínima dependencia de altos insumos agroquímicos y energéticos y que enfaticen las interacciones y sinergismos entre los varios componentes biológicos de los agroecosistemas, mejorando así la eficiencia biológica, y económica y también la protección del medio ambiente (Altieri, 1987). En los países en vías de desarrollo, como Bolivia, la adopción de este tipo de agricultura moderna o convencional ha sido reducida en comparación con otros países vecinos. No obstante que se realizó transferencia de estos paquetes tecnológicos, que en su mayor parte no tuvo éxito, pues no tomó en cuenta las diferencias y peculiaridades existentes en los agroecosistemas y las características sociales, culturales, económicas y de cultivos tradicionales, que por otro lado tendían a la escasa participación activa de los productores, donde inclusive se impuso cultivos no propios y técnicas desconocidas, ya que los sistemas de producción tradicional (Ancestrales) eran considerados ineficientes y poco productivos. Estos paradigmas que aun se consideran base del desarrollo económico en los países del mundo, que junto con el desarrollo de la revolución industrial y agroindustrial, han   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g



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demostrado no ser sostenibles en el tiempo y más al contrario son responsables directos de la pérdida de la biodiversidad, cambios climáticos, desertización, incremento de plagas y enfermedades, erosión y pérdida de la fertilidad de suelos, contaminación del medio (agua, aire y suelo), incremento de los problemas de salud tanto de productores y consumidores; tendencia que va en crecimiento en todos los países del mundo, con el correspondiente incremento de problemas económicos, sociales y culturales, que han originado el incremento de la pobreza, especialmente de los pequeños productores campesinos. 2. LA CRISIS MUNDIAL MEDIOAMBIENTAL. Los aspectos mencionados anteriormente, han determinado que se generen grupos de ecologistas y medio ambientalistas, que han exigido el tratamiento de estos temas como problemas, que influyen directamente en la vida del hombre y su futuro. Las Naciones Unidas mediante el documento conocido como la Agenda 21 (Rió de Janeiro, 1992) mencionan los siguientes indicadores: Perdida de la Biodiversidad, o sea la pérdida de las plantas, animales, microorganismos,

genes, conocimiento local y ecosistemas, por que en el Mundo se desforestan 5.500 Has/día (1 Has/seg) con cada especie forestal se pierde conjuntamente otras 30 especies, 2/3 partes de la biodiversidad de plantas cultivadas y un 5% de la diversidad animal. También se pierde el conocimiento local en el uso de esta biodiversidad, 1/3 parte de Latinoamérica ha perdido el conocimiento y el habla de lenguas nativas.

Cambios Climáticos globales , debido al incremento de emisión gases: CO2, metano y

otros, ocasionan el efecto invernadero, pérdida de la capa de ozono y lluvias ácidas, originan sequías, inundaciones, huracanes, enfermedades, plagas y hambre en el mundo. El año 1997, fue el más caliente en 600 años.

Desertización de ecosistemas , (perdida de la productividad de ecosistemas agrícolas y

naturales) con consecuencias ecológicas, socioculturales y económicas, ocasionan pobreza generalizada. El Mundo es afectado el 70% de las tierras a secano (3.800 millones de Has), ¼ parte de la superficie de la tierra, la degradación del 73% de los pastizales (3.300 millones de Has.), ocasionando la pérdida de la fertilidad del 47% de las tierras a secano y el 30% de las tierras con riego.

Contaminación  de aguas superficiales y subterranéas, del aire, los suelos, que también

inciden en la calidad de vida del hombre y ecosistemas.

Uno de los aspectos fundamentales de los problemas que estamos viviendo ahora, es la forma de concebir el desarrollo o crecimiento de la humanidad dentro los países, donde existe 2 tipos de visiones: Visión Antropocéntrica: Explotación de los Visión Cosmocéntrica: Convivencia con la RR NN. Naturaleza. •

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El humano es el centro del mundo y dueño de la naturaleza, Explotación extractiva Los recursos deben satisfacer las necesidades del hombre en los centros urbanos crecientes El desarrollo desarrollo se mide por la generación generación de dinero dinero y capital.







El hombre es parte de la naturaleza, y debe convivir con armonía. Se debe aprovechar los recursos en forma sostenible. El desarrollo debe se integral (Económico, social y ambiental)

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Dentro el informe de PNUD/WRI: 2000 – 2001 sobre “Población y Ecosistemas los Hilos de la Red de la Vida”, indican los siguientes aspectos importantes: – – – – – – – –

Ecosistemas boscosos, dulceacuícolas, hábitat costeros marinos, pastizales y tierras agrícolas muestran graves signos de deterioro por la acción humana. El 50% de los humedales del mundo se han perdido en el siglo pasado. Los océanos tienen un 40 % de sobre pesca. El 80 % de los pastizales presentan suelos degradados. El 20% de los ecosistemas áridos están en proceso de desertización. Más del 40 % de las tierras agrícolas tienen serios procesos de erosión y degradación. La población humana ha utilizado el 54% del agua dulce disponible. Excepto Rusia y Canadá las naciones desarrolladas han clareado casi todos sus bosques originales. La selva lluviosa está desapareciendo rápidamente.

En Bolivia también se mencionan algunos indicadores similares de las amenazas a la Biodiversidad. – – – – – – – –

Entre 1990 y 1995 la deforestación alcanzó a 2.907.000 has. (promedio anual de 581.000 has (FAO). Deforestación anual aproximadamente 2.300.000 has para fines agropecuarios. 55 % de la superficie del país en proceso de desertización. 275.544 Km2 presentan erosión fuerte a muy grave y 110.423 Km2 erosión ligera a moderada 8% de vertebrados y 2 % de plantas superiores del país se encuentran en elevado riesgo. Especies amenazas: 336 especies de vertebrados: 114 mamíferos, 157 aves, 20 reptiles, 3 anfibios y 42 peces. 254 especies de plantas amenazadas. 472 millones de toneladas/año de tierra erosionada a ríos, 1mm de espesor del suelo fértil del 70 % de los valles) Por cada m3 de madera cosechada se destruye 7m3 de vegetación

3. CUMBRES MUNDIALES DE LAS NNUU SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO (CNUMAD): 1972 (Estocolmo), I Cumbre Mundial sobre Desarrollo y Medio Ambiente, se inicia el análisis de problemas mundiales sobre medio ambiente y desarrollo. 1983: NNUU, forman la Comisión Brundtland para el análisis real e imparcial sobre la situación mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo. El año 1987, se hace conocer el informe Brundtland (informe de Nuestro Futuro Común), donde se dan los primeros lineamientos y aparece el concepto de desarrollo sostenible. 1992 (Río de Janeiro), II Cumbre Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo, donde se logran consensuar los siguientes aspectos:  

Declaración de Rió sobre Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, con 27 principios de derechos y responsabilidades de las naciones Agenda 21, plan de acción para el siglo XXI para el logro del desarrollo Sostenible (social, económico y ecológico).

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Declaración de principios para orientar la gestión, la conservación y el desarrollo sostenible de los bosques u Convenio Marco de las NNUU sobre el Cambio Climático. Convenio sobre la preservación de la Diversidad Biológica.

2000: Cumbre del Milenio de las NNUU, donde se establecen los 8 objetivos de desarrollo del milenio con sus respectivas metas, que abarcan: erradicar ka pobreza y el hambre, universalización de la educación primaria, equidad de genero, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir enfermedades infecciosas (VIH/SIDA, malaria, etc), garantizar la sostenibilidad del medio ambiente y desarrollar una alianza global para el desarrollo. 2002 (Johannesburgo), III Cumbre Mundial para la revisión de 10 años sobre la CNUMAD de 1992, donde se lograron establecer: La declaración Política sobre Desarrollo Sostenible acordada a nivel de jefes de estado y gobierno; Plan de Acción para alcanzar el desarrollo sostenible como medio para erradicar la pobreza, reducir la deforestación y detener la pérdida de la biodiversidad de los bosques, mejorar la seguridad alimentaría y el acceso a agua limpia para beber y la energía disponible. Se presentan iniciativas a nivel regional, como de LA y C (Brasil, Octubre 2001). Bolivia es reconocida como país mega diverso. El desarrollo sustentable suele definirse como 'el desarrollo que cubre las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras de cubrir sus propias necesidades' (Comisión Brundtland, 1987). El proceso de Río cambió el paradigma previo, centrado en lo económico, de un 'crecimiento económico sostenido', al del 'desarrollo sustentable'. Así se reconoció de una manera amplia la doble responsabilidad de satisfacer las necesidades de la generación presente, y la protección del medio ambiente, al igual que los derechos y necesidades de las generaciones futuras (Declaración de Río, principios 1 al 4, UNCED 1992a, Principios Forestales 2b a 2d y 3c, UNCED 1992b) La FAO definió el desarrollo sostenible como la ordenación y conservación de la base de recursos naturales y la orientación de cambio tecnológico e institucional de tal manera que se asegure la continua satisfacción de las necesidades humanas para las generaciones presentes y futuras (FAO). 4. LA AGRICULTURA ECOLÓGICA. De los antecedentes históricos podemos indicar que el uso contemporáneo del término AGROECOLOGIA data de los años de 1970, pero la práctica de la agro ecología, es tan antigua, como los orígenes de la misma agricultura, por que en un principio todo era natural o ecológico, no se utilizaban agroquímicos, ni técnicas productivas que degradan los agroecosistemas. Las agriculturas indígenas se consideraron, las reliquias agroeconómicas mas antiguas, ya que ellas encierran muchos secretos relacionados a la práctica agrícola con los fenómenos naturales, en base a esta sabiduría muchas culturas han desarrollado sistemas agrícolas, acomodando los cultivos a las variables del medio ambiente natural, lo que significa la administración de otros recursos además del cultivo propio. La agricultura ecológica se define como la ciencia y el arte empleado para la obtención de productos agropecuarios y forestales; sanos y altamente nutritivos. La agricultura ecológica se basa basa en un manejo racional y sostenible de los recursos naturales y el medio medio ambiente,   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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que produzca rendimientos estables. El proceso productivo se beneficia de los ciclos ecológicos, prescinde de pesticidas, fertilizantes sintéticos y OMG’s (transgenicos). La agricultura ecológica responde a normas de producción y normas de calidad, mediante las cuales se diferencia de la agricultura tradicional y agricultura agricultura convencional. La agricultura ecológica deberá ser: ambientalmente sana, socialmente justa, económicamente viable, culturalmente aceptable y políticamente reconocida. La agricultura ecológica, en Bolivia, toma como base y se complementa con la agricultura tradicional de pueblos indígenas y campesinos de las culturas andinas y amazónicos, las mismas revalorizan el conocimiento y tecnologías ancestral y locales, que siempre tienden a estar en armonía con la naturaleza y el hombre forma parte de ella.

La agricultura ecológica tiene un manejo y enfoque holistico, cuyos principios son los siguientes: 1. Proteger y promover promover la salud en general (Productores, consumidores y la biodiversidad), mediante el mantenimiento de la integridad e inocuidad de alimentos y productos, los cuales son avalados por su certificación. 2. Proteger el medio ambiente evitando y reduciendo al mínimo la contaminación del suelo, agua, aire, para mantener su equilibrio con la naturaleza. 3. Manejar el suelo como un organismo vivo, manteniéndolo manteniéndolo sano y fértil a largo plazo, mediante la optimización de la actividad biológica y el reciclaje de materiales para garantizar la productividad en forma sostenible. 4. Favorecer la conservación de la biodiversidad (animales, plantas, microorganismos, microorganismos, genes y conocimiento). 5. Respetar la capacidad de carga de los ecosistemas ecosistemas naturales (productividad primaria), en función de las características propias del ecosistema. 6. Maximizar la capacidad del uso múltiple de los agroecosistemas y una alta diversidad biológica y genética, creando condiciones optimas para un manejo integral y equilibrado (Sistemas Agrosilvopastoril y diversificados). 7. Garantizar la conservación de los recursos renovables renovables pero sin ninguna forma de contaminación (tóxicos). 8. Incentivar la producción local de las especies nativas muy bien adaptadas al entorno ecológico natural, social y cultural.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / tecnic [email protected] / info @aopeb.org @aopeb.org Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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9. Generar en la misma unidad de producción sus propios insumos básicos de producción. (Independencia de producción). 10. Promover el desarrollo local sostenible, en base del rescate del conocimiento y tecnologías locales y/o ancestrales, donde el productor se convierte en el actor principal de su desarrollo, bajo en enfoque holistico (económico, social, ecológico y cultural). Entonces la agricultura ecológica rescata los sistemas tradicionales de producción, que cumpliendo normas de producción ecológica, pueden acceder a la certificación y el sello ecológico para diferenciarse de otros productos convencionales. En las normas los términos de agricultura “ecológica”, “orgánica” y “biológica” se consideran equivalente y sinónimos, pero todas ellas busca implementar el equilibrio entre la agricultura y los ecosistemas. Esta equivalencia de términos, está en concordancia con el Reglamento CEE No. 2092/91 de Europa, la Norma Básica para la Producción y el Procesamiento Ecológico de la Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Ecológica IFOAM, el Programa Orgánico Nacional NOP-USA, los Estándares de la Agricultura Japonesa JAS y el Codex Alimentarius. Enfoque de la agricultura ecológica, tradicional y convencional Parámetros de Comparación Rendimientos en la producción Rendimiento en el mercado Cumplimiento de normas Conocimientos del productor Valoración del saber ancestral Utilización de insumos químicos Alimentos sanos Etiquetado inequívoco Justicia social Producción integral Sostenibilidad ecológica Sostenibilidad económica Sostenibilidad social Diversificación en la producción Impacto ambiental

Ecológico + ++ ++ ++ + ++ + + ++ ++ ++ ++ ++ -

Tradicional ++ + ++ + ++ ++ ++ ++ -

Convencional ++ ++ ++ + ++

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CAPITULO II SISTEMA DE CALIDAD Y CERTIFICACION ECOLOGICA 1. CONCEPTOS BÁSICOS DE SISTEMAS DE CALIDAD Y CERTIFICACION. CERTIFICACION. Los hábitos de consumo están cambiando a nivel mundial, ahora el consumidor quiere comprar productos con calidad integral o calidad total, que ocasiona una evolución muy dinámica en los mercados, donde el consumidor ahora quiere comprar productos con características específicas que le satisfagan, posean la calidad exigida y le brinde la confianza necesaria para poder identificarlo en el mercado, ya sea mediante sistemas de etiquetado, origen, marca, naturaleza del producto, quién lo produce y otros, información que respalda la garantía de la calidad de un producto. Por otro lado los problemas de salud a nivel mundial (Transmisión de enfermedades, intoxicaciones y otros), han determinado que el consumidor exija a sus gobiernos sistemas de control que garantice la inocuidad y calidad de los productos. La certificación de productos es el sistema establecido por muchos gobiernos y grupos de consumidores, como herramienta que ayuda a resolver estos problemas.

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2. LA CALIDAD Y SELLOS DE CALIDAD. La calidad de un producto es el resultado de su proceso de elaboración a lo largo de toda la cadena productiva y comercial. En el caso de un producto alimenticio esta cadena se resume comúnmente como desde la granja hasta la mesa (Ablan, 2000). Para analizar la calidad en este tipo de productos, se pueden distinguir las siguientes categorías (Ablan, 2000; Niño de Zepeda, et.al) La calidad de inocuidad, inocuidad , es el alimento que no causa daño a la salud de las personas que lo consumen, es un nivel básico de un producto alimenticio y es controlado a nivel de estado o país, para resguardo de la salud pública de los ciudadanos. La calidad nutricional, nutricional , es la aptitud del alimento para satisfacer necesidades del organismo en términos de energía y nutrientes, que cada vez adquiere gran relevancia para el consumidor informado que conoce sobre el potencial preventivo de una dieta saludable o equilibrada. La calidad definida por atributos de valor , que son factores que están por sobre la calidad básica de inocuidad de un alimento y diferencian los productos de acuerdo a sus características organolépticas, composicionales y a la satisfacción del acto de alimentarse ligada a tradiciones ecológicas, socio-culturales, educación y conveniencia. En la última década se valoran factores como: el respeto al medio ambiente a lo largo de toda su cadena productiva (productos orgánicos); el respeto a las leyes sociales de los trabajadores encargados de la producción (comercio justo); y el respeto a las tradiciones (alimentos elaborados por métodos tradicionales) entre otros. En este contexto los sellos de calidad de productos alimenticios, van dirigidas a identificar estos atributos de valor diferenciadores, para que el producto pueda distinguirse, diferenciarse y garantizarse de otros productos similares por esta característica diferenciadora que esta por sobre la calidad sanitaria o de inocuidad. A nivel mundial el grado de exigencia de los consumidores, se ha elevado y diversificado, en virtud del aumento de la información disponible y ante la oferta de una gran variedad de productos, es una tendencia creciente que se observa hoy en los mercados de todo el mundo, especialmente por los países más desarrollados como la Unión Europea, los Estados Unidos y el Japón. Este consumidor consciente es muy selectivo al momento de realizar sus compras. Se interesa por conocer aspectos sobre la naturaleza del producto, métodos de producción y/o transformación y respaldo de las características específicas que le ofrece el producto alimenticio. Asimismo, cuando le ofrecen garantías de que el producto corresponde a lo que él busca, este consumidor está dispuesto a pagar un precio más alto (Cantarelli, 2000). Para garantizar al consumidor que un producto alimenticio presenta efectivamente uno o más atributos de valor diferenciadores existen sistemas privados y gubernamentales de control de estos atributos de valor como por ejemplo la calidad ecológica, comercio justo, Buenas Practicas Agrícolas, etc. Estos sistemas consisten en el establecimiento de una entidad u organismos de control que verifica y controla que el producto responde a los atributos de valor que ostenta. La forma visible como el producto muestra que ha sido verificado, es mediante la presencia en la etiqueta de un sello, símbolo de calidad o logotipo. Los beneficios de la presencia de un sello de calidad son, entre otros, mejorar la diferenciación del producto en el punto de venta, proporcionar confianza al consumidor y otorgarle una garantía de conformidad con estándares locales o internacionales.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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3. SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD. Para garantizar la calidad de cualquier atributo de valor en productos o servicios, se debe de implementar un sistema de gestión de calidad, que se define como, en conjunto de medios establecidos por la dirección de una organización para fijar las directrices y alcanzar los objetivos relativos a la calidad de dicho producto o servicio. El Sistema de Gestión de Calidad es una herramienta encaminada a: garantizar la calidad de los productos o servicios, prevenir los riesgos, optimizar los recursos, regularizar la producción y disminuir los costos de producción. Un sistema de calidad se pueda aplicar a cualquier área, no solamente en las empresas, ya que en cualquier parte que se trabaje siempre de alguna forma tenemos un cliente o beneficiario que satisfacer, se puede certificar la gestión de productos y servicios, en fábricas, universidades, instituciones financieras, hidrocarburos y de otros sectores. Para implementar un sistema de calidad se requiere realizar los siguientes principios basados en la Norma ISO 9.001: -

Principio 1: Enfoque al cliente o beneficiario. Principio 2: Liderazgo Principio 3: Participación del personal Principio 4: Enfoque basado en procesos Principio 5: Enfoque de sistema para la gestión Principio 6: Mejora continua Principio 7: Enfoque basado en hechos para la toma de decisión Principio 8: Relaciones mutuamente beneficiosas con el proveedor

3.1. LA NORMALIZACIÓN La normalización es toda actividad que aporta soluciones para aplicaciones repetitivas que se desarrollan en el ámbito de la ciencia, la tecnología tecnología y la economía, con el fin de conseguir una ordenación óptima en un determinado contexto. De acuerdo a la ISO, “La normalización es el proceso de formular y aplicar reglas para un enfoque metódico de una actividad especifica, establecida con la cooperación y el consenso de las partes interesadas para conseguir un beneficio a la comunidad y en particular para la promoción de una óptima   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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economía integral, teniendo debidamente en cuenta las condiciones funcionales y requisitos de seguridad”. La normalización esta basada en los resultados consolidados de la ciencia, la tecnología y la experiencia; no determina solo las bases para el desarrollo presente, sino también para el futuro, debiendo avanzar a la par del progreso. Los Objetivos de la Normalización, son de: Fijar niveles de calidad: especifica los requisitos que deben cumplir los productos y servicios, con los cuales se fija la calidad de los mismos. – Reducir la diversificación de modelos: reduce los tipos de un producto a un número capaz de cubrir las necesidades que prevalecen en una época dada. Simplificar es reducir modelos. – Asegurar intercambiabilidad: fija ciertos requisitos de los productos con el fin de hacer posible la complementación e intercambiabilidad entre ellos. Unificar es definir requisitos. –

Qué importancia tiene la Normalización: – – – – – –

Facilita la planificación en la producción Racionaliza los procesos y las operaciones Promueve calidad con economía Facilita el intercambio comercial nacional e internacional Simplifica la comunicación y la relación cliente-proveedor Inspira confianza en los productos para su uso

3.2. LAS NORMAS TÉCNICAS. Las normas son descripciones y guías técnicas para la caracterización e identificación ya sea de productos, servicios o procesos en su profundidad requerida, en base de lineamientos formales (normas o reglas) reconocidos y aceptados por individuos o empresas, cuya violación amerita una penalidad sujeta a un marco nacional o internacional. Estas Normas sirven para homogeneizar los productos o servicios y los hacen comparables para ámbitos diferentes y para el intercambio de los mismos (Entre países, mercados, sistemas de acreditación, etc.). Son la definición de un producto o de un servicio. Cualquier concepto de calidad de cualquier producto o servicio se mide mediante normas técnicas que deben definir dicha calidad. 3.3. LA CERTIFICACIÓN. CERTIFICACIÓN. La Certificación se define como el procedimiento mediante la cual un organismo de control reconocido da una la conformidad de garantía por escrito, de que un producto, un proceso o un servicio esta conforme a los requisitos especificados (Norma y reglamentos preestablecidos). Un organismo certificador debe reunir las siguientes condiciones: -

Tener una estructura establecida (oficina, equipos, contabilidad, personería jurídica, etc.); Tener una metodología profesional para verificar el cumplimiento de la norma y un procedimiento válido para otorgar el certificado (sistema de certificación). Además respetar la confidencialidad de los datos estudiados;

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Tener un personal profesional y competente para evaluar el cumplimiento de las normas durante el proceso de certificación; Garantizar un proceso de certificación independiente, transparente y eficiente. Ser imparcial en los procesos de evaluación y de certificación. Debe estar acreditado a una instancia superior de control o fiscalización, criterios normados por la norma Guía ISO-65, generalmente.

La certificación es una herramienta interesante para apoyar el desarrollo del comercio de productos con calidad proveniente de una zona determinada y los beneficios se obtiene con la certificación: -

Proporciona una relación de confianza productor – consumidor (Es una herramienta Ética). Mejora la competitividad mediante la validación de la calidad frente a otros productos similares. Aporta transparencia en la gestión de producción. Facilita el acceso a los mercados exteriores y evita barreras técnicas y fronterizas. Evita y disminuye las evaluaciones sobre los productos y/o sistemas. Protege la seguridad y confianza del consumidor (Evita el engaño). Facilita la compra al consumidor por su fácil identificación mediante un sello dentro del mercado.

En fin, la certificación aparece como una respuesta moderna a la complejidad del manejo de la antigua relación oferta/demanda, que le otorga al consumidor satisfacción de las características explícitas e implícitas; confianza para no ser engañado; y le permite identificar o reconocer el producto que busca, que no implica conocer todos los procedimientos de certificación, normas y trazabilidad involucrados, solamente identificarlo en el mercado. 3.4. LA ACREDITACIÓN . La acreditación es el procedimiento en el cual un organismo acreditador reconoce la competencia técnica y confiabilidad de: organismos de evaluación de la conformidad; laboratorios de calibración y ensayo; organismos de certificación; y organismos de inspección. La instancia internacional que debe reconocer la competencia del organismos acreditador es el IAF (Foro Internacional de Acreditación) o en su caso ser reconocido por la autoridad competente de un país (USDA AMS para USA, MAFF de Japón) o un mercado regionalizado (EN 45011, para Europa). La acreditación significa que el organismo certificador u organismo de control, realiza los procedimientos de control, inspección y de certificación en conformidad con dicha norma que corresponde. La acreditación no es obligatoria en todos los casos, pero permite identificarse frente a una oferta diversa, además que las certificadoras sean más confiables. El estado puede, mediante varios reglamentos o leyes, también garantizar el funcionamiento leal y honesto de una certificadora, sin llegar a la implementación de un sistema de acreditación. Las condiciones mínimas para la aplicación de la acreditación son: alta especialización, desarrollo de la producción y el comercio, condiciones jurídicas, condiciones tecnológicas y un sistema institucional competente. Para que sirve la acreditación: -

Reconocimiento formal de competencia a un organismo o persona.

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Contribuye al entendimiento mutuo de las partes que concurren. Estimula la competencia, la producción especializada y el comercio internacional. Regula las competencias de los concurrentes y equivalentes, mediante normas (Legislación).

4. LAS NORMAS DE PRODUCCIÓN Y CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA La producción ecológica es un sistema de producción amigable con el medio ambiente, debe ser certificado y cumplir normas de producción, actualmente es practicada en el mundo por más de 120 países. Estudios realizados por la Fundación de Ecología y Agricultura (SOEL) y la Federación Internacional del Movimiento de Agricultura Orgánica (IFOAM), indican que el año 2000 el área de producción ecológica era de cerca de 8 millones de has, y el año 2006 se incrementó a 51,2 millones de has, de las cuales, 31.5 millones de has corresponden a agricultura ecológica y 19, 7 millones de has a productos de recolección silvestre, y para el año 2007 se incrementó a 92,5 millones de has, de las cuales, 30,5 millones de has corresponden a agricultura ecológica y 62 millones de has a productos de recolección silvestre Las normas internacionales para la producción ecológica, fueron elaboradas para reglamentar toda la cadena productiva ecológica, desde la habilitación de las parcelas, el cultivo, beneficiado, transformación y comercialización. Estas normas se elaboraron debido al acelerado incremento de consumidores demandantes de productos ecológicos. Actualmente existen normas y/o reglamentos de producción ecológica, las cuales se diferencian de las normas gubernamentales y privadas (voluntarias). La agricultura ecológica se ha incrementado por el crecimiento de la concientización y exigencias de los consumidores de productos sanos, limpios, saludables, que mejoren la calidad de vida, salud y protección del medio ambiente, lo que impulsó al crecimiento de mercados ecológicos, los productos certificados como ecológicos garantizan el producto. En este ámbito los gobiernos también ingresan a la promoción y control de la agricultura ecológica, por la demanda de consumidores y productores quienes crean sistemas específicos para la agricultura ecológica y promueven la producción local y exportación de los citados productos con los mecanismos siguientes: a) Sistema de Fomento para la producción producción ecológica: Mediante promulgación de leyes leyes y políticas, programas y proyectos dirigidos a reconvertir la producción convencional en producción ecológica. b) Sistema de Control de la producción ecológica: Mediante sistemas de regulación gubernamental, como la: Unión Europea (Reglamento EN 2092/91 y EN1804/99), Estados Unidos (Programa Orgánico Nacional - NOP), Japón (Estándares de la Agricultura Japonesa - JAS), Argentina, Colombia, Brasil, Bolivia, Costa Rica, Panamá. Este sistema fiscaliza la producción, certificación y comercio de productos ecológicos. La producción ecológica mundial, pasa de un sistema de certificación privada, a un sistema de control por alguna instancias de gobierno, para lo cual se ha aprobado normas gubernamentales que controlan a operadores (productores, procesadores y comercializadores) y organismos de control (certificadoras), para garantizar la calidad ecológica a los consumidores.

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SISTEMAS DE CONTROL O REGULACION GUBERNAMENTAL. GOBIERNO: “CONTROL DEL CONTROL“  (Autoridad Competente o de Control) (ACREDITADORAS) CERTIFICADORAS PRODUCTORES 

4.1.

NORMAS O REGLAMENTOS DE LA AGRICULTURA ECOLÓGICA.

Para fines normativos; los términos: ecológico, orgánico y biológico se consideran sinónimos, por lo cual su uso es indiferente según los países y mercados de destino. Debido a exigencias de los consumidores, los gobiernos se vienen involucrando en el control y fiscalización de la producción, procesamiento, certificación, comercializadores e importación de productos ecológicos. Actualmente las normas más usuales a efectos del comercio externo para la producción ecológica son los siguientes: -

Unión Europea (25 países), el reglamento CEE 2092/91 Estados Unidos, mediante el reglamento NOP (Programa Orgánico Nacional). Japón, mediante el reglamento JAS (Estándares para la Agricultura Japonesa). En Latinoamérica, países como Argentina, Bolivia, Perú, Ecuador, Chile, Colombia, Brasil, y Paraguay han desarrollado normas o reglamento de gobierno dirigidos a la agricultura ecológica. Otros países en África y Asia, tienen normativas similares.

Actualmente se estima que alrededor de 60 países en el mundo han desarrollado normativas gubernamentales dirigidas a la agricultura ecológica.

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a) Reglamento EN 2092/91. Este reglamento es de cumplimiento obligatorio en todos los países miembros de la Comunidad Económica Europea (CEE), que reglamenta la producción, transformación y comercialización de productos provenientes de sistemas de producción ecológicos al interior de los países miembros de la CEE. También menciona reglamentos específicos para la importación de productos ecológicos de países terceros (No miembros de la CEE), para su libre circulación y comercialización como productos ecológicos dentro la UE, hace referencia tanto a productos agrícolas y pecuarios. Además incluye el marco legal para su etiquetado. Este reglamento es constantemente revisado y actualizado, en base de reportes e investigaciones sobre los efectos de los productos e insumos permitidos dentro del sistema de producción ecológico, tanto en el medio ambiente, biodiversidad y la salud. Este reglamento fue elaborado por: • • •





Existir una demanda creciente Necesidad de establecer equilibrio entre oferta y demanda Presencia indiscriminada de productos pseudo-ecológico, transparencia y control normado en todas fases de producción hasta la comercialización. Algunos estados ya contaban con reglamentos propios, por lo que su homogeneización era necesaria para la circulación de los productos. Falta de definición estricta de la agricultura agricultura ecológica ecológica y protección del medio ambiente.

b) Programa Orgánico Nacional del USDA (Organic Foods Production Act of California of 1990). Esta Norma reglamenta toda la cadena productiva de productos ecológica dentro de los Estados Unidos de Norte América, mediante el Acta de California que incluye tanto el rubro agrícola como el pecuario. En base a este se desarrollo el Programa Orgánico Nacional Nacional (NOP), bajo la dirección del Servicio de Agricultura y Mercadeo (AMS); desarrollado por el Departamento de Agricultura (USDA). Asisten al Programa NOP, la NOSB (Desarrollo de las normas); EPA (Protección ambiental); FDA y el FSIS (regulaciones de substancias prohibidas y/o permitidas El NOP, es la Regulación Federal con el Código 7 CFR 205.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Quienes deben cumplir las regulaciones del NOP/USDA: Agencias de certificación que deberán acreditarse y certificar bajo las regulaciones del NOP/USDA. Importador o Exportador a USA. c) Norma para la Agricultura Japonesa (JAS). El JAS es una Norma a nivel nacional para el Japón, regulada por el Ministerio de Agricultura, Silvicultura Silvicultura y Pesca (MAFF). Alcance de la regulación del JAS: Productos agrícolas orgánicos. Alimentos procesados con productos agrícolas (mezcla mayor al 95%). d) Directrices del Codex Alimentarius. El Codex Alimentarius es un programa conjunto de FAO FAO y OMS, tiene por objeto proteger la salud de los consumidores y asegurar prácticas equitativas en el comercio de alimentos aceptadas internacionalmente y presentadas de modo uniforme. El Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos, elaboró un documento base en 1999 y el mismo que fue revisado el año 2001, sobre Directrices para la Producción, Elaboración, Etiquetado y Comercialización de Alimentos Producidos Orgánicamente  teniendo en cuenta el incremento de la producción y comercio internacional de alimentos producidos orgánicamente. El objetivo de las Directrices es facilitar la armonización de requisitos para los productos orgánicos a nivel internacional, y también pueden asesorar los gobiernos que desean establecer reglamentos nacionales en esta área. Las Directrices incluyen secciones generales con respecto al concepto de producción orgánica y el ámbito de aplicación del texto; descripciones y definiciones; etiquetado y declaraciones de propiedades (incluyendo los productos en transición/conversión); reglas de producción y preparación; sistemas de inspección, certificación y control de las importaciones. Se considera que a mediano plazo, las normas de producción ecológica, puedan ser reguladas por una sola instancia, en este caso el Codex Alimentarius, que actualmente constituye la referencia internacional en muchos países. e) Normas privadas de agricultura ecológica. Son criterios establecidos por grupos de ecologistas, consumidores o productores, no tienen ninguna vinculación obligatoria en los países, pero por su prestigio adquirido hace que sea buscado por los consumidores, entre estos se encuentran las Normas de certificadoras o grupos de productores o consumidores, como: IFOAM (Federación Internacional del Movimiento de la Agricultura Orgánica), Demeter, BCS, Ecocert, OCIA, Naturland, y otros. 4.2.

CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA.

La certificación ecológica se define como el proceso de control, seguimiento, evaluación y calificación del manejo de todo el sistema de producción ecológica (parcelas, recolección silvestre, plantas de procesamiento, almacenes, transporte y otros que tengan contacto con los productos ecológicos), en base del cumplimiento y la aplicación efectiva de las Normas   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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de Producción Ecológica ya sea en el ámbito local, nacional e internacional, esta a cargo de un organismo de control (cuyo funcionamiento se basa en la Guia ISO 65) con la finalidad de realizar las inspecciones anunciadas y no anunciadas, en base del cual emite el certificado ecológico, que es la garantía por escrito, de que un producto, proceso o servicio esta conforme a los requisitos especificados dentro la Norma Ecológica, y le da derecho a identificar mediante el uso del sello ecológico que da confianza y satisfacción al consumidor que realmente esta adquiriendo un producto ecológico certificado. Bajo estas normativas y criterios se puede producir, certificar y comercializar como producto ecológico: -

Productos de recolección silvestre (Del Bosque natural o de la Biodiversidad). Productos y subproductos de origen agrícola (Cultivos). Productos y subproductos de origen pecuario (Ganadería) Productos procesados en base de materias primas de los anteriores rubros

Actualmente se conoce las siguientes categorías de operadores o proveedores para la certificación ecológica: -

-

Grupo de pequeños productores (GPP), productores con personería jurídica, con actividad agrícola (una o más actividades), pecuaria, recolección, procesamiento, transformación y comercialización Productor individual (PI) (Productor mediano, grande) productor con personería  jurídica, con actividad agropecuaria, producción de materia prima, procesamiento Procesador (Industria). Con personería jurídica, cuya actividad incorpora mayor valor agregado transformación, embalaje, nueva identidad de los productos. Procesador contratado. Con personería jurídica cuya actividad es transformar para uno o más operadores de productores de materia prima. Entidad comerciante. Con personería jurídica cuya actividad es comercializar, exportar, importar c/s cambiar la identidad.

La certificación ecológica se puede realizar mediante 2 formas: -

Certificación directa mediante la inspección al 100% de unidades de producción. Certificación mediante la evaluación de los Sistema de Control Interno de grupos de productores que realizan el 100% de inspección interna de sus unidades de producción, y la certificadora verifica mediante una inspección al azar del 10 al 30 % de esas mismas unidades productivas.

En muchos países se están desarrollando los sistemas de certificación participativa o alternativa, que esta dirigidos a promover la producción y la comercialización nacional y local de productos ecológicos, que incluso están incluidos dentro de las normas de los gobiernos como es el caso de Brasil, Bolivia y Chile. Existen también iniciativas privadas en Perú, Uruguay, y otros países. La IFOAM creo un grupo de trabajo para promover estos sistemas alternativos de certificación ecológica . 5.

NORMAS NACIONALES PARA LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA.

5.1. NORMA AOPEB. La Norma AOPEB, es la primera norma establecida en Bolivia como Norma Básica para la Producción Ecológica en Bolivia, regula la producción agrícola, pecuaria, la recolección   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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silvestre, el procesamiento, etiquetado y comercialización de productos ecológicos. Tiene equivalencia a las Normas Internacionales como de la Unión Europea 2092/91 y la IFOAM, tomando como base los sistemas de producción tradicional del pequeño productor y adaptado a la realidad boliviana. Contiene normas específicas para el cultivo de la quinua, café, miel de abeja y toma en cuenta las directrices sociales. En base de la Norma AOPEB y las experiencias referente a los procesos de certificación y comercio de productos ecológicos bolivianos promovidos por la AOPEB, en coordinación con entidades publicas y privadas se han establecido en Bolivia las normas gubernamentales de control de la producción ecológica, mediante el Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica, a partir del cual como en otros países la producción ecológica esta regulada por el gobierno. A partir de la norma AOPEB, se ha aprobado el reglamento de la Norma Técnica Nacional de Producción Ecológica, misma que fue aprobada mediante Resolución Ministerial Ministerial del MDRAyMA Nº 280. 5.2. MARCO NORMATIVO EN BOLIVIA: LEY 3525: REGULACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL NO MADERABLE ECOLÓGICA Después de un amplio proceso de cabildeo, reuniones y talleres de concertaciones promovidas por AOPEB, se presenta la propuesta de proyecto de Ley, el año 2003. Posteriormente con el apoyo de los Ministerios de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, Ministerio de Producción y Microempresa, SENASAG, FNMCB-BS, CSCB y otras, se se logra la aprobación de la Ley Nº 3525 de Regulación y Promoción de la Producción Agropecuaria y Forestal No Maderable Ecológica, aprobado el 19 de octubre por la Cámara de Diputados y posteriormente el 15 de noviembre por la Cámara de Senadores promulgado oficialmente por el ejecutivo el 21 de noviembre de 2006.

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Esta Ley declara de interés y necesidad nacional promover la producción ecológica en Bolivia, y tiene el objeto de: Regular, promover y fortalecer sosteniblemente el desarrollo de la Producción Agropecuaria y Forestal no Maderable Ecológica en Bolivia, la misma se basa en el principio que para la lucha contra el hambre en el mundo no solo basta producir mas alimentos sino que estos sean de calidad, innocuos para la salud humana y biodiversidad, asimismo sean accesibles y estén al alcance de todos los seres humanos; y los procesos de producción, transformación, industrialización y comercialización no deberán causar impacto negativo o dañar el medio ambiente. Además establece: 1. La creación del Consejo Nacional Nacional de Producción Ecológica (CNAPE), como instancia operativa, responsable de planificar, promover, normas, gestionar y apoyar la promoción y desarrollo de la producción ecológica, conformada por representantes del sector público (MREC, MDRAMA, MPD, MPM y Universidad) y el sector privado (AOPEB, CSUTCB, CSCB, CANEB Y CONFEAGRO). También establece la creación de Comités Departamentales y Municipales de fomento para la producción ecológica. 2. Crea el Sistema Nacional Nacional de Control de la producción ecológica, mediante la designación del SENASAG, como autoridad nacional competente, cuya función es el registro y control de la producción, certificación y comercio de productos ecológicos. Se reconoce dos tipos de certificaciones para el comercio de productos ecológicos: a) Para el comercio internacional o exportación, a través de organismos de certificación reconocidos bajo la Guía ISO 65, que fortalecerá las exportaciones. b) Para el comercio nacional nacional y local, a través de sistemas sistemas alternativos de garantía de calidad, evaluados y controlados por el SENASAG, que impulsará el comercio nacional de productos ecológicos certificados, garantizando su calidad, pero que sean accesibles tanto para productores y consumidores bolivianos. Dentro la Ley se destaca el capitulo de fomentos e incentivos a la producción ecológica, donde se establece que: •





Que los gobiernos municipales y prefecturas departamentales incorporen en sus Planes de Desarrollo programas y/o proyectos de desarrollo de la producción ecológica. Que el Ministerio de Educación y Culturas, y Universidades incorporen dentro su currícula la producción ecológica. Que el CNAPE promueva la aprobación del Plan Nacional Estratégico de fomento a la Producción Ecológica, y creación de Centros Especializados de Investigación e Innovación Tecnología Ecológica

E incentivos a la producción ecológica: •







Las Prefecturas Departamentales priorizarán la concurrencia solicitada por los Gobiernos Municipales para la ejecución de programas y proyectos de agropecuaria ecológica. Los Gobiernos Municipales priorizarán el apoyo y el cofinanciamiento para la ejecución y el desarrollo de proyecto ecológicos. Las instituciones que administran recursos públicos priorizarán la adquisición de productos ecológicos, para lo cual considerarán un puntaje adicional para los mismos en las bases y términos de referencia de los procesos de licitación. El gobierno nacional priorizará normas y regulaciones que faciliten y promuevan la producción, transformación, industrialización, comercialización y exportación de productos ecológicos.

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5.3. SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA Dentro el marco de la Ley 3525, se implementa el Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica en Bolivia, mediante la designación del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaría (SENASAG) como Autoridad Nacional Competente del Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica. Su función será el registro, reconocimiento y control (fiscalización) de operadores (productores, procesadores y comercializadores) y organismos de control. Para el funcionamiento operativo del nuevo Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica se han aprobado los siguientes reglamentos: 1. Reglamento del Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica, Ecológica, aprobada aprobada bajo Resolución Administrativa del SENASAG 217/06. 2. Reglamento de la Norma Técnica Nacional de Producción Ecológica, aprobado bajo Resolución Ministerial 280/06 del MDRAyMA. Flujo del Proceso del Sistema Nacional Nacional de Contr Contr ol de la Produ Produ cción Ecológ ica

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El Sistema Nacional de Control de la producción ecológica (SNCPE), a través del SENASAG, es la instancia operativa del gobierno que se constituye en la Autoridad nacional competente de la producción ecológica, que controlara a operadores (productores, transformadores y comercializadoras) y organismos de control (certificadoras) el cumplimiento del Reglamento de la Norma Técnica Nacional de Producción Ecológica, a través de su Reglamento del Sistema Nacional de Control. El cumplimiento a estos reglamentos da derecho al uso del Sello Nacional de “Producto Ecológico” y “Producto En transición”, transición”, mediante el cual se comercializara los productos con la calidad ecológica, tanto en el mercado nacional como para la exportación. Productos etiquetados como ecológicos que no cumplan estos reglamentos serán retirados del mercado, e incluso podrán recibir otro tipo de sanciones establecidas dentro de los reglamentos establecidos en el Sistema Nacional de Control de la producción ecológica.

5.4. NORMAS O REGLAMENTOS ESPECÍFICOS. La Norma Especifica de producción ecológica, es un protocolo de especificaciones técnicas dirigidas a un rubro especifico, que puede ser elaborada por el operador en base de los criterios establecidos en el Reglamento de la Norma Técnica Nacional de Producción Ecológica, donde se establece los criterios a cumplirse bajo las condiciones locales existentes y deben ser conocidos por todo el personal involucrado en los procesos de producción ecológica. Para cada rubro o producto cada operador podrá sugerir la elaboración de Normas específicas para su especialidad de producción, recolección silvestre o procesamiento, el mismo que deberá ser revisado y aprobado por el Consejo Nacional de Producción Ecológica (CNAPE), quien remitirá dicha propuesta al Ministerio de Agricultura (MDRAyMA) para su aprobación como Norma Técnica Nacional Especifica de Producción Ecológica, las mismas que deben enmarcarse en los requisitos y condiciones establecidas en el Reglamento de la Norma Técnica Nacional de Producción Ecológica y otras normativas equivalentes. En caso de no existir esta Norma Específica, se aplicara el Reglamento de la Norma Técnica Nacional de Producción Ecológica, como base para el cumplimiento de los procesos de producción y certificación ecológica.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Por lo tanto cada asociación o grupo de productores puede definir sus propias normas internas o específicas para la producción prod ucción agropecuaria, recolección y procesamiento. Estas normas internas son de cumplimiento obligatorio por todos los productores inscritos dentro del programa de certificación, deberán ser comprensibles en función del nivel de formación promedio de los productores y tomándose en cuenta el nivel de lectoescritura e idioma de los productores. 6. PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOS ECOLÓGICOS. El mercado de productos ecológicos, tiene peculiaridades diferentes al mercado convencional, por que debe existir instancias que garanticen el origen y la calidad del producto ecológico. Ese nexo de confianza entre el productor y el consumidor ecológico, constituye la certificación del producto , en base del cumplimiento de las normas de producción ecológica. Esta certificación es la Garantía de Calidad como producto ecológico.

OFERTA PRODUCTOR ECOLOGICO

CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN (Calidad, Garantía y confianza del Producto) (Herramienta de comunicación y ética)

DEMANDA CONSUMIDOR ECOLOGICO

Los reglamentos ecológicos se aplican a todo producto que lleve indicaciones referentes al método de producción ecológico, orgánico o ecológico, ya sean de origen animal o vegetal, productos transformados y no transformados a partir de uno o más ingredientes. También se aplica a productos que lleven indicación como diminutivos de Bio, Eco, antes o después de una palabra, como Bio yogurt, Eco café, quinua Bio, etc. El organismo de control (certificadora), es el encargado de efectuar las inspecciones anunciadas y no anunciadas a todo el sistema de producción, para la verificación y cumplimiento de todas las condiciones especificados en las Normas o reglamentos de producción ecológica. El proceso de certificación, se desarrolla en 2 fases: -

La Inspección , consiste en la visita de inspección de un Inspector capacitado

-

La Certificación , lo realiza un Comité de Certificación que funciona al interior de la

(profesional en ciencias agronómicas o similar) debe realizar a todas las unidades productivas registradas dentro el programa de certificación (parcelas, finca, planta de beneficiado y/o procesamiento u otros) para verificar el cumplimiento de las Normas de Producción Ecológica, mediante el auditaje y control de toda la cadena productiva: cultivo, cosecha, post cosecha, beneficiado, transformación y comercialización, que debe realizar tanto físico como documentalmente.

certificadora, conformado por profesionales expertos e idóneos, este cuerpo cuenta con un manual de procedimientos y calidad, mediante el cual realiza el análisis y la evaluación de los informes de inspección emitidos por los inspectores, sobre el

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programa inspeccionado, para luego emitir el falló de aprobación o desaprobación, para la posterior emisión o no del Certificado Ecológico , documento mediante el cual se puede comercializar los productos como ecológicos. Mediante este proceso de certificación se garantiza a los consumidores, la imparcialidad, la calidad y el origen del producto ecológico, por lo cual la certificación, resulta ser el nexo de garantía entre el consumidor y el productor, característica que hace diferente a la comercialización de los productos convencionales. El organismo de control (certificadora) deberá reunir las siguientes condiciones: -

-

Tener una estructura establecida y reconocida por la autoridad competente de control de la agricultura ecológica nacional o internacional. Tener una metodología de procedimientos profesional para verificar el cumplimiento de las normas y un sistema de certificación valido (Manual de garantía de calidad, manuales de procedimientos, manuales de sanciones, manual de apelaciones, etc). Tener personal profesional capacitado para garantizar procesos de certificación imparcial, transparente y eficiente. Estar acreditado o reconocido por algún sistema de acreditación (Guía ISO 65, EN 45011. IAF, etc.) En el caso de Bolivia se establece que los organismos de control para el comercio nacional y local deban ser evaluados y reconocidos por el SENASAG.

El proceso de certificación de productos ecológicos puede realizar de 2 formas: Certificación directa y Certificación mediante Sistemas de Control interno. 6.1. LA CERTIFICACIÓN DIRECTA. La Certificación Directa Directa consiste consiste en contratar un organismo de control (Certificadora) reconocida o acreditada a la autoridad de competente de control de la producción ecológica del mercado de destino donde se quiere comercializar el producto. Esta certificadora en base de su Manual de Garantía de Calidad, Reglamentos, Criterios, Procedimientos y otros, desarrollan el proceso de inspección mediante un cuerpo de Inspectores capacitados, que proceden a inspeccionar el 100% de las unidades productivas registradas dentro del programa de certificación (parcelas, fincas integrales, plantas de beneficiado y/o procesamiento, almacenes y otros donde el producto ecológico a certificarse tenga contacto). En esta inspección se realiza el control, seguimiento, verificación, calificación y evaluación directa in situ  (en el lugar) mediante visitas a las unidades productivas, desarrollan la evaluación de los operadores, recolectan muestras y otros, mediante registro documentales, proceso del cual se emite el respectivo informe de inspección, para su consideración por el Comité de Certificación. Este tipo de certificación resulta ser costoso y poco accesible a los pequeños productores y sus organizaciones. El costo de inspección para exportación oscilan entre 150 a 220 $us/día, por otro lado las unidades productivas normalmente se encuentran diseminadas por una amplia área y cuentan cuentan con poca accesibilidad accesibilidad (caminos), los cuales repercuten en costos elevados de inspección y certificación.

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Ejemplo: Una organización de productores con 600 productores ecológicos, el día de  inspección le cueste 220 $us/día por inspector externo, podría alcanzar a visitar 10  productores al día, por lo que requerirá 60 días. Costo de inspección seria de 13.200 $us., sin tomar en cuenta los otros costos (pasajes, alojamientos, certificado, informes, etc.) que  pueden superar los 15.000 $us por año.

6.2. LA CERTIFICACIÓN MEDIANTE SISTEMAS DE CONTROL INTERNO En este caso un grupo de productores, implementan el Sistema de Control Interno dentro de la organización de productores o empresa. Este SCI es el que controla, inspecciona, evalúa y garantiza internamente el cumplimiento tanto físico como documental de las normas o reglamento de producción ecológica en el 100% de las unidades de producción (Parcelas, almacenes, planta de procesamiento, acopio, ventas) y todo el sistema de producción correspondiente: desde la habilitación de cultivo, labores de producción, cosecha, post cosecha, acopio, beneficiado, almacenaje, procesamiento y comercialización. La inspección es realizada por inspectores internos, cuyos informes son analizados y evaluados por el Comité de Certificación Interna (CCI) o Comité Dirimidor, instancia que reevalúa y emite los correspondientes fallos de aprobación o desaprobación de certificación interna caso por caso de los productores registrados. En este caso la certificadora solamente hace una evaluación del funcionamiento del SCI y una verificación al azar entre el 10 al 30 % de las unidades de producción y productores registrados dentro del proceso de certificación dentro la organización o empresa. Este sistema de certificación es el que normalmente se encuentran implementado dentro las Organizaciones de Productores Ecológicos (OPE’s), y han demostrado ser mas accesibles para los pequeños productores ya que resulta ser una alternativa para reducir los costo de la Certificación.

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CAPITULO III. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. Los sistemas de control interno desde su aparición desde la década de los años 90, se han constituido en una real alternativa para reducir los costos de certificación y mejorar la gestión dentro las organizaciones de productores, además de promover el involucramiento directo de los productores desde los procesos de producción, certificación, procesamiento y comercio de sus productos. En este marco estos sistemas de control interno, hasta la fecha han tenido una evolución muy dinámica debido al incremento del nivel de exigencias tanto de las normas ecológicas, las certificadoras y las autoridades de control de la producción ecológica en todo el mundo. Han empezado con delegación de uno o dos personas al registro y control de parcelas, hasta convertirse en sistemas de control con estructuras y roles definido. Por lo tanto hoy en día, los sistema de Control Interno (SCI), han evolucionado de tal forma en constituirse en sistema de calidad que funciona dentro la organización de productores o empresa, que controla, inspecciona, evalúa y garantiza internamente el cumplimiento tanto físico como documental de las norma de producción ecológica al 100% de las unidades de producción (Parcelas, almacenes, planta de procesamiento, acopio, ventas) y en la cadena productiva (habilitación cultivo o producción, cosecha, post cosecha, acopio, beneficiado, almacenaje, procesamiento y comercialización). Para estos tienen personal propio capacitado para realizar las inspecciones internas, comités de certificación, comités de apelación, una estructura propia e incluso esta reconocido dentro los estatutos de las organizaciones o empresas. Entonces un SCI tiene una estructura similar a la certificadora (inspección y certificación), posee un sistema de control, registros y documentación clara y transparente, accesible, verificable, archivada y centralizada. 1. EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO COMO UN SISTEMA DE CALIDAD. En este marco el Sistema de Control Interno (SCI), funciona como un sistema de calidad al interior de la organización de productores o empresa, que controla, inspecciona, evalúa y garantiza internamente el cumplimiento tanto físico como documental de las norma de producción ecológica. Para esto el SCI cumple con los principios de funcionamiento de un sistema de gestión de la calidad, los mismos que están referidos a: Principio 1: Enfoque al cliente o beneficiario , que esta dirigido a satisfacer la demanda de los consumidores por la calidad ecológica de los productos. Principio 2: Liderazgo, Liderazgo , se promueve dentro la organización de productores o empresa el concepto de generar el liderazgo en garantizar la calidad ecológica, frente a otras organizaciones o empresas similares. Principio 3: Participación del personal, promueve el involucramiento y capacitación de todo el personal que esta en contacto directo e indirecto con los productos ecológicos, y crea capacidades para garantizar el manipuleo y control de la calidad ecológico de los productos. Principio 4: Enfoque basado en procesos , toma en cuenta todos los procesos que se desarrolla dentro la organización o empresa, desde la habilitación del cultivo, cultivo,   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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cosecha, postcosecha, beneficiado, transformación y comercialización, donde se garantiza el cumplimiento de las normas ecológicas. Principio 5: Enfoque de sistema para la gestión , se toma a las unidades productivas como un sistema de gestión, donde se evalúa y controla todos los ingresos y egresos generados. Principio 6: Mejora continua, continua , dentro los proceso de control e inspección interna y externa se identifican no conformidades (puntos críticos), en base del cual se establecen acciones correctivas para la mejora continua de los procesos de gestión de la calidad ecológica, en base de los requerimientos establecidos en las normas ecológicas, con el objetivo de tener a un determinado tiempo toda la unidad en manejo ecológico. Principio 7: Enfoque basado en hechos para la toma de decisión , el control y la inspección se realiza al 100 % de las unidades de producción donde se establecen hechos concretos y en el lugar (in situ) del grado de cumplimiento de las normas ecológicos, en base del cual se realiza el proceso de certificación caso por caso. Principio 8: Relaciones mutuamente beneficiosas con el proveedor , mediante el funcionamiento del sistema de control interno se tienen un control directo del cumplimiento de los productores registrados en el programa de certificación, en base del cual la certificadora externa verifica dicho funcionamiento y cumplimiento de las normas ecológicas, para poder acceder a la certificación ecológica mediante le cual puede comercializarse en los mercados como producto ecológico. Los Sistemas de Control Interno (SCI), tienen similar estructura que los organismos de control (certificadoras), que deben reunir las siguientes condiciones: -

Tener una estructura establecida y reconocida por autoridad competente. Tener funciones claras del personal encargado. Tener una metodología de procedimientos para verificar el cumplimiento de las normas y un sistema de certificación valido. Tener personal capacitado para garantizar procesos de certificación imparcial, transparente y eficiente. Tener instrumentos de control para garantizar el cumplimiento de las normas. Sistema de Calidad 

Manual de Funciones (Garantía de calidad) Manual de procedimientos Formularios (Fichas de inspección, Auditorías, Registros, Informes

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2. ROL DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. El Sistema de Control Interno cumple una función muy importante dentro la certificación y comercialización de productos ecológicos, cuya responsabilidad y transparencia deberá estar bien definida, ya que garantiza la cadena de confianza entre el productor y el consumidor ecológico. Entonces el Sistema Sistema de Control Interno, tiene como objetivo: Garantizar y controlar el cumplimiento de las normas y/o reglamentos de producción ecológica, de los productos producidos por todos los miembros de una organización o empresa, en toda la cadena productiva empezando desde la habilitación del terreno, cultivo, cosecha, post cosecha, sistemas de acopio, prebeneficiado, beneficiado, almacenaje, procesamiento y comercialización final del producto. La Federación Internacional del Movimiento de la Agricultura Orgánica (IFOAM), define a un Sistema Interno de Control (SIC) es un sistema documentado de aseguramiento de calidad, que permite a la entidad externa de certificación delegar la inspección anual de los miembros de un grupo de productores, a una instancia identificada y definida dependiente del operador certificado. Por lo tanto el Sistema de Control Interno deberá poseer un sistema de control, registros y documentación clara y transparente, accesible y verificable por la certificadora. Toda la documentación pertinente al Sistema de Control Interno, deberá archivarse en forma centralizada y periódica, de modo que se pueda consultar en cualquier momento. El Sistema de Control Interno debe inspeccionar al 100% de las unidades de producción de todos los productores registrados en el proceso de certificación, por lo menos una vez al año, mediante inspectores internos capacitados y designados para este fin. Estos inspectores internos emiten informes de inspección, en base a: el control, seguimiento, evaluación y calificación del cumplimiento cumplimiento de normas y reglamentos internos. Estos informes son analizados y evaluados por el Comité de Certificación Interna, (formado al interior de la organización), que es la instancia que emite los correspondientes fallos de aprobación o desaprobación para cada caso de los productores registrados. En resumen en cada organización, el Sistema de Control Interno deberá tener una estructura similar al de una certificadora externa. En base del trabajo desarrollado por el Sistema de Control Interno, la Certificadora Externa (Organismos de Control), realiza un análisis y evaluación periódica del funcionamiento, competencia y credibilidad del Sistema de Control Interno, en base de los informes, registros y documentación que se genera en los procesos de control, inspección y certificación interna, que previamente se envía a la certificadora a cargo. La certificadora mediante sus manuales de procedimientos califica y evalúa el funcionamiento del Sistema de Control Interno, en base del cual establece criterios específicos de control e inspecciones externas anunciadas y no anunciadas, para lo cual se realiza muestreos al azar entre el 10% al 30 % de las unidades productivas e incluso más si considera pertinente.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Cada miembro y socio de la organización tiene la obligación de permitir el acceso libre e irrestricto al personal e inspectores del Sistema Sistema de Control Interno y/o a la Certificadora Externa, para que realice el control, seguimiento y verificación del cumplimiento de las normas, sistema de control del cual por lo menos una vez al año deberá ser visitado por la Certificadora Externa. Para la implementación de un Sistema de Control Interno dentro una organización o empresa, se justifica y favorece cuando existen los siguientes aspectos: -

Cantidad de productores mayor a 30. Unidades productivas diseminadas en una amplia área de producción y poco accesibles. Conocimientos limitados del tipo de producción del inspector externo. Excesiva distancia física física de la certificadora certificadora a las unidades productivas. productivas. Necesidad de conocer la cadena de producción agroecológica en detalle para su certificación, tanto física como documentalmente. Establecer instrumentos necesarios para documentar los procesos de producción, beneficiado, transformación y comercialización. Además este mismo sistema sirve a la organización, como herramienta de planificación, control de flujo, comercialización y una mejor gestión.

3. PRINCIPALES ELEMENTOS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. 3.1. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. El Sistema de Control Interno, deberá poseer una estructura sólida y funcional, para garantizar registros de documentos regulares, transparentes, comprobable y confiables, en todos los niveles del sistema de producción ecológica comenzando desde la producción hasta la comercialización, debiendo garantizar en cualquier momento el manejo y control del flujo del producto ecológico, claramente separados física y documentalmente de otros productos no ecológicos. Dentro este marco los sistemas de control han evolucionado constituyéndose en sistemas de calidad con estructuras reconocidas por los estatutos y reglamentos internos de las organizaciones y empresas, que permite garantizar su funcionamiento, transparencia en imparcialidad dentro los procesos de control, inspección y certificación velando el cumplimiento de las normas ecológicas. Por otro lado estos mismos SCI permiten a las organizaciones o empresas en mejorar su gestión integral, ya que mediante la información recolectada y generada se puede conocer los movimientos de producción, acopio, procesamiento y comercialización, en forma precisa y detallada, la misma que permite hacer proyecciones y planificaciones futuras en base de la información primaria generada por el SCI. También le permite tomar decisiones en caso de algunos imponderables que pudiesen ocurrir dentro los procesos que se desarrollan en la organización o empresa. Entonces un SCI debe contar con la siguiente estructura; que incluso debe estar reconocida por la organización o empresa: -

Comité de Certificación Interna o Comité Dirimidor Responsable del Sistema de Control Interno. Inspectores Internos

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Responsables por cada área (Acopio, Transporte, beneficiado, Procesado, Comercialización y otros).

3.2. RECURSOS HUMANOS. Las organizaciones o empresas en coordinación con la AOPEB, deberán consolidar la formación de recursos humanos capacitados para que puedan llevar adelante la implementación y el funcionamiento del Sistema de Control Interno. Estas personas después de un proceso de formación, capacitación (periódica), evaluación, serán los encargados de desarrollar el trabajo de control, seguimiento, inspección y certificación interna al interior de la organización, siendo los responsables directos para garantizar la calidad de todo el sistema de producción ecológica dentro la organización o empresa. Para ello el SCI deberá contar con el siguiente personal mínimo: -

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-

Responsable del Sistema de Control Interno: Persona capacitada, e idónea con experiencias preferentemente independiente a la organización o empresa. Inspectores Internos: Persona capacitada que controla e inspecciona físicamente las unidades de producción en el lugar, el cumplimiento de las normas de producción ecológica. Comité de Certificación Interna: También conocido como Comité Dirimidor, es un cuerpo colegiado conformado por representantes de productores, responsable del SCI y representación de instancias independientes (Consumidores, ONGs, colegios u otros), que evalúan los informes de inspección interna.

Para garantizar el desarrollo de las actividades dentro el SCI, la organización o empresa debe contar con medios de transporte mas adecuado a su zona para garantizar las visitas de   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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inspección periódicas a todas las programa de certificación.

parcelas y unidades productivas inscritas dentro el

Es conveniente e importante que se desarrolle un sistema de capacitación e información constante a los productores ecológicos y en transición, donde se hagan conocer los principios, normas, reglamentos internos y requerimientos mínimos dentro la producción ecológica para acceder a la certificación, mediante boletines u otros medios de comunicación, que deberán ser distribuidos a todos los productores, ya que también este es un parámetro de evaluación dentro la certificación externa. Adicionalmente es muy beneficioso que la organización o empresa cuente con promotores de asistencia técnica, mediante personas capacitadas para dar asistencia técnica y capacitación a los productores, para que ellos puedan desarrollar su plan de trabajo en cumplimiento con las normas normas de producción, para cumplir las exigencias exigencias y así acceder acceder a la certificación. También viabiliza o proporciona los insumos y herramientas necesarias para desarrollar el plan de trabajo comprometido. Los promotores no deberán asumir asumir la tarea de inspectores simultáneamente. 3.3. NORMAS INTERNAS INTERNAS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA Las normas técnicas de producción ecológica, ya sean desarrollas por los gobiernos (EN 2092/91, NOP, JAS, RM MDRAyMA 280) o entidades privadas (IFOAM, Naturland), son muy difíciles de leer, y además han sido redactadas en forma general y para las situaciones existente en cada país. Ellas no pueden ser fácilmente entendidas por los productores locales, y muchas veces no se adecuan a las condiciones locales y especificas de los rubros de producción. Por lo tanto el SCI debe definir sus propias normas de producción ecológica internas y adaptarlas para las condiciones condiciones locales y específicas del rubro de producción existente. Estas normas nunca pueden ser menores ni ser contradictorias a las exigencias establecidas a las normas gubernamentales. La norma interna deberá definir los criterios de manejo dentro el sistema de producción desde la habilitación de las parcelas, manejo del cultivo, cosecha, prebeneficiado, beneficiado, acopio, almacenamiento, procesamiento, transporte y comercialización de los productos, normas que los productores y la organización deberán cumplir en forma obligatoria, para ser reconocidos y certificados como productores ecológicos. El incumplimiento total o parcial de la Norma es pasible a sanciones a las que deberán de someterse los productores infractores, establecidos dentro los reglamentos El objetivo de la norma y reglamento interno: es el de hacer conocer a los productores con exactitud los lineamientos y requerimientos mínimos para ser reconocidos por su organización como productores ecológicos y así poder acceder a la certificación, además de ser la base del acuerdo formal entre el productor productor y su organización para el desarrollo de la producción ecológica. El contenido de la norma interna de producción ecológica deberá contemplar los siguientes alcances: -

Objeto de la norma. El campo de aplicación, aplicación , esta dirigido hacia toda la organización y sus estructuras internas involucradas dentro la cadena de producción agroecológica.

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Las Unidades Productivas, Productivas , deberán incluir al cultivo principal, los cultivos secundarios, la crianza de animales, los cuales deberán cumplir estas normas o estar en proceso de transición. Deberá estar escrito en forma clara, clara , haciéndose notar claramente las obligaciones y condiciones que deberán cumplir tanto productores y manipuladores de la organización, aspecto que se garantiza mediante la firma de un contrato o compromiso moral entre ambas partes. Determinar tipos y niveles de faltas y sanciones , por el incumplimiento parcial o total de las normas y reglamentos, además de poseer un sistema de apelación

La Norma deberá contener minimamente los siguientes criterios técnicos dentro de la habilitación de parcelas, el cultivo, cosecha, prebeneficiado, beneficiado, procesamiento y mercadeo: a) Condiciones para la producción: - Condiciones claras para la habilitación de unidades productivas. - Uso de especies y variedades adaptadas a las condiciones del lugar. - Semillas y material de reproducción. - No deberá existir la producción paralela, que el productor tenga un cultivo ecológico y convencional simultáneamente. - Criterios para el Manejo ecológico de suelos con énfasis en prácticas de rotación o asociación de cultivos, siembra de leguminosas, labranza mínima, etc. - Mantenimiento de la fertilidad del suelo mediante el uso de abonos orgánicos y otros, descritos en el Reglamento de la Norma (RM MDRAyMA 280). - Criterios para el Manejo ecológico de plagas y enfermedades, sobre la base de la implementación de prácticas preventivas, donde se permiten el uso de productos enunciados en la Norma ecológica (RM MDRAyMA 280). - Almacenamiento diferenciado o separado de productos de origen convencional y ecológico, garantizando la no mezcla entre ellos. - Identificación tanto física como documental de la calidad (ecológica, en transición, convencional) en todas las etapas de producción. - Prebeneficiado, beneficiado y transformación mediante la utilización de equipos y materiales, que garanticen la calidad ecológica, la no contaminación y la separación con otros productos no ecológicos. - Transporte de productos con identificación clara y cerrada para que no se permita intercambiar el producto o reemplazarlo. - Etiquetado para la identificación mediante códigos por lotes de origen: departamento, organización, región, comunidad productor y parcela (Ej.: tarjetas en cada saco). b) Condiciones para los productores ecológicos: - Cumplir con las normas de producción dentro de toda su unidad productiva. - Dar acceso sin restricción a inspectores internos y/o externos a su unidad productiva (parcelas, depósitos e infraestructuras relacionadas al cultivo, beneficiado o transformación). - Tener disponible toda la documentación con información verídica sobre el manejo de la producción, especialmente sobre la compra y uso de bioinsumos, venta de productos ecológicos y otros, mediante flujos de ingresos ing resos - egresos y saldos. - Conocer claramente las sanciones del incumplimiento de la norma como en el caso de aplicación de productos no permitidos, donde el productor nuevamente pasa al periodo de transición, según la evaluación del Sistema de Control Interno (tipo de producto utilizado, toxicidad, dosis, número de aplicaciones), en todas las parcelas donde se aplico el producto prohibido.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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c) Compromiso de la organización o empresa: -

Compromiso formal de acopiar los productos certificados de los productores inscritos en el programa de acuerdo a criterios establecidos. Establecer criterios de calidad y precios diferenciados para productos ecológicos, en transición y convencionales.

3.4. MANUAL DE FUNCIONES DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. Se debe establecer claramente los roles, funciones y el nivel de responsabilidad de todo el personal involucrado en el Sistema de Control Interno y los niveles que trabajan en la organización con la producción, acopio, manipulación, procesamiento o el manejo de los productos ecológicos. A continuación se mencionan las principales funciones que deben cumplir el personal y personas involucradas dentro los diferentes procesos de la certificación ecológica, entre ellos se encuentran: -

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Comité de Certificación Interna: También conocido como Comité Dirimidor,para garantizar la transparencia y evitar el conflicto de interés en los procesos de control y certificación, el CCI debe ser un cuerpo colegiado conformado por representantes de productores, responsable del SCI y representación de instancias independientes (Consumidores, ONGs, colegios u otros). Es el máximo instancia de decisión dentro el Sistema de Control Interno, que después de un proceso de evaluación y calificación, aprueba o niega la certificación de los productores inscritos dentro el programa de certificación, caso por caso. Responsable del Sistema de Control Interno: Persona capacitada e idónea, preferentemente independiente a la organización o empresa, esto con el fin de evitar que no existan conflictos de intereses dentro de los proceso de control, inspección y certificación. Es el responsable directo de todos los procesos de control dentro la certificación ecológica, que debe coordinar acciones con los diferentes niveles operativos y directivos. Inspectores Internos: Persona capacitada que controla e inspecciona físicamente en las unidades de producción el cumplimiento de las normas de producción ecológica, mediante el cumplimiento del plan de trabajo ecológico. Actúa como crítico de las actividades desarrolladas por el productor y emite recomendaciones futuras que deberá cumplir, para la conversión total de la unidad productiva al sistema ecológico. Es el que emite el informe de inspección al Comité de Certificación Interna para su evaluación y aprobación. Se recomienda que un inspector pueda realizar un maximo de 50 productores inspeccionados. Por razones de objetividad y para garantizar una inspección transparente, los inspectores sólo controlarán e inspeccionará a productores que no sean de su comunidad y que no cuenten con alguna relación familiar. También deberá implementarse lo que se conoce como inspecciones cruzadas (inspector de la comunidad A, inspecciona a los productores de la comunidad B, C, D, etc.).

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Productores: Personas inscritas dentro el programa de certificación ecológica de la organización o empresa, que se comprometen al cumplimiento de las normas de producción ecológica dentro todas sus unidades productivas (parcelas, depósitos, infraestructura de beneficiado, etc). Estos deben recibir capacitación periódica sobre las técnicas de producción y normas ecológicas. Responsable de acopio: Persona capacitada para realizar el acopio de los productos producidos bajo las normas ecológicas, que debe velar el cumplimiento de las normas de transporte, almacenamiento e identificación tanto física como documental de los productos ecológicos certificados, de otros no ecológicos. Estas actividades deben ser coordinadas con el responsable del SCI. Responsable de procesamiento: Persona capacitada para realizar el procesamiento de los productos producidos bajo las normas ecológicas, que debe velar el cumplimiento de las normas ecológicas en todas las etapas etapas y procesos que será sometido el producto, evitando cualquier tipo de contaminación o mezcla con productos prohibidos o contaminantes, mediante mecanismos de control tanto físico como documental de los productos ecológicos certificados, de otros no ecológicos. Estas actividades deben ser coordinadas con el responsable del SCI. Responsables de comercialización: comercialización : Persona capacitada para realizar la comercialización de productos producidos bajo las normas ecológicas, mediante el cual debe diferenciar y controlar los volúmenes de productos ecológicos comercializados, mediante mecanismos de control tanto físico como documental de los productos ecológicos certificados, de otros no ecológicos. Estas actividades deben ser coordinadas con el responsable del SCI. Dirigentes de la organización: Personas elegidas por la asamblea de socios, cuyo rol es de facilitar y coadyuvar todos los procesos de control, inspección y certificación interna para el cumplimiento de las normas ecológicas en todos los procesos que se establecen dentro la organización o empresa. No deben interferir en la toma de decisiones específicas referentes al trabajo del SCI. y otras instancias, que se involucren directamente en el manipuleo de los productos ecológicos, con la finalidad de que no exista interferencia dentro del trabajo del Sistema de Control Interno, en caso de anormalidades o fallas de cualquier nivel se tendrá definido la responsabilidad y la sanción.

Por otro lado mencionar que un sistema de control empieza a funcionar y ser tomado en cuenta cuando se implementan sanciones a las personas que cometen infracciones. 3.5. PROCEDIMIENTOS DE CONTROL, SANCIÓN Y CERTIFICACIÓN INTERNA. El Comité de Certificación Interna, también conocido como Comité Dirimidor, es el máximo órgano de decisión dentro del Sistema de Control Interno, con el fin de garantizar y evitar conflictos de interés en los procesos de certificación debe conformarse como un equipo colegiado que debe tender equilibrio de intereses, intereses, con la incorporación de miembros   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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representando a los intereses del productor , consumidor, Institutos educativos, ONGs y gobierno locales. Es la instancia encargada de recepcionar los reportes e informes de inspección del Sistema de Control Interno (inspectores internos, responsable del Sistema de Control Interno, etc.), los cuales son analizados, evaluados y calificados, caso por caso, para luego proceder a emitir los fallos individuales de aprobación o reprobación de los productores inscritos dentro del programa de certificación, además de delinear las futuras condiciones obligatorias a cumplir el próximo ciclo de producción para continuar con las certificaciones futuras. También pueden revisar y aprobar los Manuales de funciones, procedimientos del SCI, debe reunirse periódicamente (mínimo una vez por año). Pueden verificar los controles de flujo de productos comercializados, verificar documentación e informes realizados por el SCI en cualquier momento, evaluar al personal del SCI, registrar fallos en actas de reunión y recepcionar y evaluar las apelaciones apela ciones remitidas por productor u otras instancias. Una vez concluidos estos procesos de evaluación y certificación, los resultados deben ser publicados al interior de la organización, para el conocimiento y la conformidad de los productores. En caso de disconformidad, los productores pueden observar, apelar o denunciar anomalías en cualquier nivel dentro del Sistema de Control Interno y/o de la organización, mediante solicitud dirigida al Comité de Certificación Interna. El Comité en estos casos deberá iniciar la implementación de procesos internos, mecanismos mediante los cuales pueda averiguar, analizar y evaluar los hechos, para luego emitir los correspondientes fallos, que en este caso ya son inapelables. Los miembros del Comité de Certificación Interna, deberán ser personas idóneas, experimentadas y con amplio conocimiento de las normas y reglamentos de la producción ecológica, con un conocimiento experimentado de las características del sistema de producción. No deberán tener ningún conflicto de interés que pueda impedir realizar un trabajo imparcial y transparente, para garantizar una calificación, evaluación y emisión de fallos idóneos dentro la certificación certificación interna (Ej.: no deberá existir parentesco con dirigentes y miembros del Sistema de Control Interno). Este comité puede estar conformado por los siguientes representantes: 1. 2. 3. 4.

Un representante del directorio de la organización o empresa (Directorio). (Directorio). Un representante de los productores de base (No dirigente). Gerente o Administrador de la organización ó responsable de comercialización. comercialización. Representantes de organismos independientes (municipio, sub-alcaldía, sub-alcaldía, instituto de formación profesional o técnico, sindicato, ONGs, etc.). 5. Responsable del Sistema de Control Interno. Todos los miembros del Comité de Certificación Interna, tienen derecho a voz y voto, a excepción del Responsable del Sistema de Control Interno quien solamente tiene derecho a voz, para informar detalles de los procesos que se han desarrollado. Las decisiones a ser tomadas dentro del comité deberán ser por mayoría relativa en caso de divergencia o empate el presidente del comité definirá el asunto. Todos los actos y reuniones desarrolladas por el CCI deben ser documentadas mediante actas y resoluciones que deberán ser archivadas. Para la emisión de fallos referente a apelaciones presentadas deberán ser aprobadas por 2/3 de voto por los miembros del comité. Para el buen funcionamiento funcionamiento del CCI sus miembros elegirán un directorio por un periodo establecido y convencido en forma interna, este directorio estará compuesto de:   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Presidente. Vicepresidente. Secretario. Vocal.

3.6. REGLAMENTO INTERNO DE FALTAS Y SANCIONES. En base del Manual de Funciones y las Normas Internas de Producción, se deberá implementar el Reglamento de Faltas y Sanciones, que deberá contener y establecer niveles claros de faltas y sanciones, para todo el Sistema de Control Interno, productores y las personas involucradas dentro la producción, acopio, procesamiento y el manejo de productos ecológicos (productores, dirigentes, responsables de áreas, etc.), lo que permitirá que exista una mayor responsabilidad y cuidado dentro el manejo y control en toda la cadena productiva ecológica en la organización. Para orientación se recomienda establecer los siguientes niveles de faltas, en base del cual se podrá identificar el tipo de falta, para establecer los niveles de sanción. Los mismos están dividas en: Faltas leves (Tipo A): A) : Son infracciones o incumplimientos que no influyen directamente o indirectamente al método de producción ecológico, calidad del producto y/o la administración del control del producto ecológico. Ejemplo: Falta de firma o renovación de los contratos de producción ecológica, Falta de documentos extendidos por el Sistema de Control Interno y la certificación Faltas Medias (Tipo B): Son infracciones o incumplimientos que afectan indirectamente al método de producción ecológico, calidad del producto y/o la administración del control del producto ecológico dentro la Organización. Ejemplo: Falta de declaración total de sus unidades de producción, sean estos orgánicos o en transición, Cambio de nombres de los productores titulares, por el de familiares Faltas Graves (Tipo C): Son infracciones o incumplimientos que afectan directamente al método de producción ecológico, calidad del producto y/o la administración del control del producto ecológico dentro de la Organización. Ejemplo: Internación o mezcla de productos provenientes de otras unidades de producción no certificadas o sin seguimiento, uso de productos prohibidos como agroquímicos. En caso de reincidencia en faltas leves en forma repetitiva, estas posteriormente se podrán considerar en faltas medias o graves, según lo analice en CCI. Lo mismo la reincidencia de falta medias, se podrá constituir en falta grave. En muy importante que el CCI establezca con el apoyo del responsable del SCI un sistema de archivo para el seguimiento del cumplimiento de la aplicación de estas faltas por los diferentes niveles de infractores. 3.7. INSTRUMENTOS DE CONTROL DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. Se denominan instrumentos de control a todo aquel registro, kardex, documentos que se utiliza para registrar y controlar documentalmente las acciones realizadas dentro los proceso de control, inspección, certificación y comercio de productos ecológicos.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Para la transparencia, verificación y el buen funcionamiento del Sistema de Control Interno, se utilizarán instrumentos de control a nivel interno de cada organización, mediante los cuales se demuestra y garantiza el registro, control, seguimiento y certificación interna en toda la cadena de producción agroecológica, de todas las unidades productivas dentro el programa de certificación. Sin estos registros no se podrá obtener la certificación, ya que la base de la certificación mediante el Sistema de Control Interno, es la verificación y evaluación de los registros, informes y documentos que demuestren el cumplimiento de las normas y el manejo ecológico en todo el sistema de producción. A continuación mencionaremos y describiremos estos instrumentos de control requeridos dentro del Sistema de Control Interno. 3.7.1. CONTRATO O COMPROMISO MORAL. El contrato o compromiso moral se constituye en el documento formal y legal entre el productor registrado y la organización o empresa, mediante el cual el productor se compromete ante la organización, a cumplir las Normas de Producción Ecológica y dar libre acceso a su unidad productiva (parcelas); por otro lado la organización se compromete en apoyar al productor para este fin y el acopio de la cosecha ecológica. Esta deberá estar firmada por el productor, el responsable del Sistema de Control Interno y con visto bueno del directorio. La duración del contrato es relativo según las características del cultivo o rubro de producción, se recomienda realizarlo por periodos amplios (2 a 3 años), donde anualmente se renueva el mismo mediante un sello, de lo contrario deberá ser renovado anualmente, por cada ciclo de producción agrícola (Ver anexos). Es importante realizar contratos diferenciados para los productores ecológicos y para productores en transición, donde deberá estar claro las condiciones o exigencias que deberán cumplir minimamente los productores para acceder a la certificación de sus productos. En caso de que el productor no sea letrado se puede proceder a asumir un compromiso formal, por ejemplo mediante la declaración ante una autoridad comunal. Esta hoja de compromiso es equivalente a un contrato de productor. Se deberá establecer anualmente un control estricto y revisión de los productores registrados para evitar confusión en la habilitación de nuevas áreas y nuevos productores en el programa de certificación, para lo cual este trabajo deberá ser desarrollado por el responsable del Sistema de Control Interno, y remitir un informe a los inspectores para su verificación en campo. Para la admisión de nuevos productores ecológicos, se recomienda establecer el siguiente procedimiento: -

Periodos y requisitos mínimos para la presentación de nuevas solicitudes (admisión de nuevos productores al programa de certificación). Diagnostico de la unidad productiva, evaluación de las condiciones mínimas dentro del manejo del cultivo (labores culturales, insumos, etc.). Declaración y registro total de todas sus unidades productivas (ecológico, transición, descanso, producción, virgen, etc.).

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Documentación que respalde el tiempo de conversión (periodo de transición), e inicio dentro del programa ecológico que deberá ser comprobada por la inspección interna y verificado por la inspección externa (el agricultor deberá poseer un historial individual del manejo de su unidad productiva).

3.7.2. CODIFICACIÓN DEL PRODUCTOR. La codificación consiste en darle a cada productor una identidad mediante códigos con letras y números (Alfa numéricos), se recomienda emplear un sistema de codificación empezando de lo general a lo especifico. Estos códigos servirán para la identificación individual de los productores, especialmente resultan importantes para realizar el control de los volúmenes de acopio en la cosecha y así hacer un seguimiento en las otras fases de producción, con el objetivo de determinar en cualquier momento su origen (trazabilidad del producto). A continuación se propone la siguiente codificación que puede ser adoptada. Código 1 Código 2 Departamento u Provincia o Organización Región

Código 3 Comunidad o Colonia

Código 4 Productor

Código 5 Parcela

Ejemplo: Organización: ANAPQUI Departamento: OR = Oruro Provincia o región: En vez de Provincia se codifica la regional: COPROQUIRC = 101. Comunidad: Comunidad: cada comunidad de dicha regional tiene un código: 1, 2, 3, ...24. Productor: Productor: Cada productor en su su comunidad tiene un código, que no puede cambiarse: 1, 2, 3, 4, .....50. Parcela: Cada parcela tiene un código, que también puede identifica el lugar donde se encuentra por ejemplo: c del cerro, p de la pampa, entonces se tendrán 1p, 2c, 3c, ........10c. ........10c. El siguiente código: OR-101-1- 12- 1p, 3p, 4c. Significa que el productor pertenece a Oruro, regional COPROQUIRC, comunidad 1 que es Irpani, el productor 12, que es Juan Nina, y tiene 3 parcelas en producción: 1p en la pampa, 3p en la pampa y 4c en el cerro. Este sistema de codificación permite poder habilitar en cualquier momento, ya sea un nuevo departamento, provincia o regional, comunidad o colonia, productor y parcelas sin alternar o modificar la codificación anteriormente existente. 3.7.3. MAPA Y CROQUIS DE UNIDADES PRODUCTIVAS (PARCELAS). Mapa general: Se debe elaborar un mapa general identificando el lugar de ubicación de las unidades productivas al interior de las comunidades, del o las parcelas en producción ecológica, en transición, en producción, en descanso y otras áreas, mencionando los productores ecológicos, en transición y convencionales. En muchos casos se puede utilizar los mapas comunales, de la colonia, o del municipio, en base del cual se pueden delimitar y ubicar las parcelas registradas, con participación del productor y el personal de SCI, sobre el cual se pueden identificar estas parcelas, utilizando puntos conocidos como rios, caminos, cerros. Cuando no existe este mapa base, es recomendable que dicha tarea sea realizada   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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por los propios productores ya que son ellos los que conocen en detalle este aspecto, pero previo un asesoramiento de promotores, promotores, técnicos o responsable del SCI. Este mapa general nos debe servir ubicar la distribución de las parcelas. Deben tener puntos de referencia claros, como la misma comunidad, cerros, ríos, caminos, etc., la orientación del Norte Magnético, que sirven para ubicar fácilmente la o las parcelas registradas en proceso de certificación Croquis de Parcelas: Estos croquis sirven para conocer el estado individual de las parcelas como ubicación, estado de producción (ecológico, transición, en producción, en descanso) tipo de parcelas vecinas, peligrosos de contaminación y cultivos o variedades sembradas, y otros factores que caracterizan su tipo de cultivo y manejo. Estos croquis se puede elaborar en forma individual (Por parcelas de cada productor) o en forma conjunta, por comunidades o por colonia (Aynoqas o adjudicaciones). Deben tener puntos de referencia claros, como la misma comunidad, cerros, ríos, caminos, etc., la orientación del Norte Magnético, que sirven para ubicar fácilmente la o las parcelas registradas en proceso de certificación En ambos casos (individuales o comunales), cada parcela debe ser identificada con los 2 o 3 últimos códigos del productor (Comunidad, productor y parcela), para que se puedan identificar y diferenciar las parcelas o lotes entre productores, así como también el estado estado de las parcelas: (Ecológico o En Transición, en producción o descanso) Se debe de levantar una sola vez el croquis de las parcelas de cada uno de los productores, tomando en cuenta las parcelas registradas en el Kardex Individual de Control y Seguimiento de Parcelas. Posteriormente se puede adicionar nuevas parcelas, indicar ampliaciones o transferencias que puedan suceder, para lo cual se debe modificar el anterior croquis, previa solicitud y aprobación del SCI. Es obligatorio que cada productor haga conocer este tipo de modificación. 3.7.4. KARDEX INDIVIDUAL DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PARCELAS. Este kardex se considera el más importante dentro el Sistema de Control Interno, por que resulta ser la base del control y seguimiento de parcelas, desde su habilitación dentro del programa de certificación a la cosecha de los productos ecológicos por ciclos de producción. Funciona como un historial de todas las parcelas registradas por cada productor, en base del cual podemos conocer el periodo de habilitación de cada una de las parcelas, las modificaciones que ocurrieron, los ciclos de producción y descanso, las sanciones o hechos mas importantes que ocurrieron por cada parcela. En este kardex se deberá registrar todas las parcelas que posee el productor en forma obligatoria, ya sean sus parcelas en producción, descanso, ecológicos, en transición y convencionales (solamente en el primer registro, ya que deberán obligatoriamente entrar en transición) con sus correspondientes códigos, nombre de parcela o lugar de ubicación, área o extensión, producción por ciclo de producción (Ver anexos). Posteriormente los productores al primer registro no deberán poseer parcelas convencionales. Los códigos a las parcelas se asignaran siempre en forma ascendente, empezando del 1, 2, 3,...., etc., de modo que cuando se habilite o se inscriba una nueva parcela, se le asigne el número siguiente que corresponde, independientemente de que se trate de una parcela ecológica o en transición, o este en descanso o producción, de este modo no se duplicará parcelas con el mismo código. Si la cantidad de parcelas resulta ser numerosa se pueda utilizar varios kardex adicionales. Para fines de control se deberá registrar, el año o ciclo de producción en que una o varias parcelas habrían sido sancionadas por incumplimiento de las normas, colocando el motivo y   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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el periodo de sanción, para que el o los próximos ciclos de cultivo, estas parcelas deberán pasar obligatoriamente un nuevo periodo de transición transición y sean registradas en el nuevo kardex como parcelas en transición (perdiendo la calidad ecológica). De igual manera deberán registrarse las parcelas que se encuentran en transición, el año de inicio para posteriormente habilitarlos según Normas como ecológico el año o ciclo de producción correspondiente y nuevamente incluirlo en el sector destinado para las parcelas ecológicas. De esta forma se tiene un historial completo de todas las parcelas de los productores dentro del programa de certificación, en base del cual se puede anticipadamente estimar y hacer proyecciones de las áreas de producción habilitadas, volúmenes de producción para próximos ciclos agrícolas, recursos necesarios para poder satisfacer la cobertura futura, planificación de sistemas de acopio, etc. Esta información resulta ser necesaria para los procesos de planificación de cada organización (proyección de la demanda futura en asistencia técnica y certificación, volúmenes de acopio, recursos financieros) para poder iniciar los contactos necesarios para la comercialización y otros. Cada nuevo ciclo de producción, se deberá revisar y actualizar esta información individual en el kardex (actualizar extensiones de parcelas, por adición de áreas, transferencia de parcelas por divisiones familiares, etc.) y revisar simultáneamente las condiciones o exigencias, como proyecciones de la producción ecológica por productor, comunidad y de la organización, tomando como base la revisión del historial individual. Todos estos kardex deberán archivarse en forma centralizada y ser ordenadas siguiendo la codificación establecida anteriormente, para tener una consulta y acceso fácil. 3.7.5. DIAGNÓSTICO DE UNIDADES PRODUCTIVAS (PARCELAS). A todas las parcelas que están ingresando por primera vez dentro del programa de producción ecológica (Certificación), se deberá realizar obligatoriamente el diagnostico respectivo del o las unidades productivas mediante una evaluación del sistema de producción del o los cultivos que se desarrollan dentro de las unidades productivas además de un historial de los cultivos anteriores. En este diagnostico se deberá registrar las características de las nuevas parcelas, como la ubicación, tipo de suelo, pendiente, incidencia y presencia de plagas o enfermedades, insumos utilizados principalmente agroquímicos (tipos, dosis, frecuencia de aplicación, etc.), labores culturales, niveles de erosión, manejo de suelos, años de producción, disponibilidad de la mano de obra o maquinaria agrícola, etc.,y la relación con la actividad pecuaria (ganadería) y otros sectores que influyan directamente con las actividades que se desarrollan dentro las unidades productivas (Ver anexo). Este diagnostico se deberá realizar para cada parcela ya que las características de una a otra son generalmente diferentes, además que se deberá archivar dentro del historial de las parcelas, que se constituye en el documento inicial dentro del control interno mediante el cual se demuestra documentalmente la habilitación o incorporación de las unidades productivas. En base a este diagnóstico, se deberá proponer y formular un plan de trabajo mediante el cual se realice las adecuaciones pertinentes para lograr la conversión de la unidad productiva en forma paulatina al sistema de producción ecológico, mediante prácticas ecológicas obligatorias. Este diagnostico se deberá de realizar solamente en las nuevas parcelas que están ingresando dentro del programa de certificación.

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3.7.6. PLAN DE TRABAJO Y SEGUIMIENTO. En base del diagnóstico (para parcelas nuevas) y los planes de trabajo e informes de inspección internas de las unidades productivas registradas dentro del programa de certificación de ciclos agrícolas agrícolas anteriores (parcelas antiguas), antiguas), se deberán elaborar los planes de trabajo de cada una de las parcelas registradas que ingresan en producción (por ciclo agrícola) conjuntamente con el productor, preferentemente por cada parcela si las condiciones entre parcelas son diferentes. En el plan de trabajo se deberá tomar muy en cuenta las recomendaciones y exigencias de los informes de inspección de ciclos anteriores, que deberán ser incorporadas y cumplidas en forma obligatoria dentro del nuevo ciclo agrícola de producción, proceso mediante el cual se desarrollará la conversión paulatina y total de las unidades productivas al sistema de producción ecológico. El plan de trabajo, también deberá servir para realizar simultáneamente el control y seguimiento del manejo de las unidades productivas mediante el registro de los trabajos y prácticas que se realizan durante el ciclo de producción dentro las parcelas y la verificación del cumplimiento de los trabajos planificados y comprometidos, tanto para las parcelas en producción ecológica y en transición. En este registro también se deberá registrar los insumos utilizados como ser tipo de semilla, plántulas, bioinsecticidas, abonos, etc. (en el cual se deberá registrar el periodo de uso, tipo de producto, dosis y frecuencia de aplicación, etc.), además de las practicas agroecologicas desarrolladas (tipos de herramientas o maquinarias utilizadas y otros), registros mediante el cual se demostrarán el cumplimiento de las normas de producción ecológica (Ver anexos). anexos). Se deberá otorgar una copia del plan de trabajo a cada productor, para que el mismo productor tenga siempre presente las prácticas ecológicas a las que está comprometido a cumplir en cada ciclo de producción, además que el mismo plan de trabajo le servirá al productor para registrar en forma periódica las actividades que desarrolla y los insumos que va utilizando, que será ratificado y verificado por el inspector interno. Esta información resulta fundamental para demostrar el manejo ecológico de los cultivos dentro de las unidades productivas por parte de los productores, que serán verificados nuevamente por los inspectores de las certificadoras externas. Estos planes de trabajo servirán también para el proceso de seguimiento, calificación y categorización de los productores registrados, en función de la evaluación de los trabajos comprometidos y desarrollados por los productores, en el cual el Sistema de Control Interno deberá realizar la categorización de productores. Para ello se dispone una sección específica para ello donde se debe registrar las actividades realizadas, los insumos utilizados (tipo, cantidad o dosis, frecuencia), los jornales utilizados y otra información que demuestre cuantitativamente el cumplimiento de métodos de producción ecológica. 3.7.7. INFORMES DE INSPECCIÓN INTERNA Los informes de inspección interna, son los documentos con los cuales se demuestra y valida el control, seguimiento, calificación e inspección interna del manejo ecológico de la unidad productiva (parcelas) por parte de los productores durante todo el ciclo productivo. Esta inspección deberá ser realizado por los inspectores internos, los mismos que deberán ser capacitados y seleccionados dentro la organización.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Los inspectores internos deberán visitar e inspeccionar al 100% las unidades productivas ecológicas (parcelas) de todos los productores inscritos dentro del programa de certificación, plantas de beneficiado, ambientes de procesamiento y otras infraestructuras productivas, Equipos que tienen contacto directo con los productos ecológicos en la misma organización u otras plantas privadas que se subcontratan, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas de producción ecológica. Las inspecciones de las parcelas deberán realizarse y coincidir con momentos claves dentro la producción, donde existan altas probabilidades para el incumplimiento de la Norma o que se deban desarrollar practicas agroecologicas obligatorias, ej.: siembra, abonado; podas sanitarias o preventivas; periodos de ataque de plagas o enfermedades (verificar el no uso de agroquímicos); cosecha (verificar la calidad y no mezcla del producto), lugares de almacenamiento, prebeneficiado, beneficiado y procesamiento en los cuales el productor desarrolla trabajos con el producto ecológico. Se deberá realizar una evaluación y calificación de los trabajos realizados en base al plan de trabajo comprometido entre el productor, la organización y el Sistema de Control Interno, mediante una verificación in situ (en el lugar). En cada ciclo productivo, preferentemente se deberá desarrollarse 2 inspecciones por cada unidad productiva, pero obligatoriamente debe existir por lo menos una por año, los cuales deberán documentarse, archivarse, y estar firmadas por el inspector interno y el productor, para ser considerados posteriormente por el Comité de Certificación Interna. Evaluación del manejo de la parcelas ecológicas, en transición y convencionales (si existe) Evaluación del uso insumos y rendimiento Calidad de depositos o almacenes

El inspector interno debe evaluar

Evaluación del uso insumos y rendimiento

Evaluación de áreas de beneficiado y/o procesamiento Manejo de animales Manejo de otros cultivos Evaluar las parcelas y productores colindantes

Evaluación de fuentes de contaminación y calidad de agua

En base a la observación y verificación física realizada, el inspector interno deberá evaluar el manejo integral de las unidades productivas, para que posteriormente en base de esta información puedan realizar las recomendaciones futuras que deberá cumplir el productor inspeccionado. Los inspectores internos son los ojos de los SCI, mediante el cual empieza la cadena de garantía y confianza de los procesos de certificación ecológica. El objetivo del proceso de certificación ecológica, es convertir paulatinamente todas las unidades de producción bajo un manejo de normas ecológicas. El informe deberá incluir los sitios visitados, uso de insumos, manejo de otros cultivos, manejo de animales, estimación de la cosecha por parcelas, el nombre del inspector y firma del inspector y productor (Ver anexo). Para garantizar los procesos de inspección interna se recomienda que los inspectores designados y seleccionados, no inspeccionen sus comunidades o a sus familiares, para ello se recomienda realizar las inspecciones de la siguiente manera:   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / tecnic [email protected] / info @aopeb.org @aopeb.org Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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1. Inspecciones Cruzadas (entre comunidades, zonas o regiones), el inspector interno designado de la zona A, inspecciona las comunidades de la zona B y viceversa. Existe una evaluación y control reciproco entre los inspectores de diferentes zonas, en base a la inspección interna local anteriormente realizada, mediante el cual se verifica y convalida la inspección. 2. Inspecciones Cruzadas entre Organizaciones (Siempre que manejen similar sistema de documentación dentro del Sistema de Control Interno), el inspector de una organización o empresa inspecciona a los productores de otra organización o empresa, y viceversa. Dentro de estos niveles de inspección, el responsable del Sistema de Control Interno de la organización, es el responsable de coordinar todos estas visitas de inspección y realizar la evaluación de los informes y verificar su calidad y transparencia, mediante inspecciones sorpresas en cualquier momento del ciclo productivo, para una evaluación y monitoreo del funcionamiento del Sistema de Control Interno (documentos, informes de inspectores internos y otros). Estos aspectos permiten desarrollar una mejora continua en los procesos de control, inspección y certificación. Otro nivel de control que apoya a la inspección, es la designación de responsables de Control Comunal (Comunidad o colonia), que son conocidos como Comités Comunales, que trabajan estrechamente con los inspectores internos para el control a los productores de las comunidades, se designan a personas idóneas y lideres, para hacer un control social al interior de las comunidades, para esto se puede trabajar en forma coordinada con la autoridades comunales, ya que estos niveles son mejor reconocidos y desarrollan un mecanismo de control mas eficiente. Los inspectores internos deben crear mecanismos para verificar los trabajos realizados por parte de los productores en sus unidades productivas en función de los planes de trabajo inicialmente comprometidos, para informar el cumplimiento total o parcial del plan de trabajo, donde además deberá incluir las recomendaciones y condiciones futuras que deberá cumplir el productor en el futuro, cuyo objetivo es la conversión paulatina de las parcelas al sistema de producción ecológico. 3.7.8. INFORME DE EVALUACIÓN DEL COMITÉ DE CERTIFICACIÓN INTERNA. Si bien esta ficha esta incluida dentro de la ficha de inspección interna, esta parte debe ser trabajada por los miembros del Comité de Certificación Interna, dentro su reunión ordinaria, que es la parte final del proceso de certificación interna. Para garantizar un proceso transparente, confiable e imparcial, y con el fin de evitar y demostrar que no existe conflicto de intereses el CCI debe estar conformada por representantes de distintos intereses: productor, consumidor y ciencia. Estos 2 últimos representan al interés de los consumidores y se busca que desarrollen mecanismos para mejorar el trabajo del SCI. Para hacer esta evaluación el responsable del SCI deberá presentar todos los instrumentos de control generados en el proceso de control e inspección que se realizaron, en forma ordenada y archivada por cada productor, consistente en: contrato, croquis de parcela, plan de trabajo, ficha de inspección interna y otros documentos. El comité de certificación interna realizara la revisión individual de cada caso. Inicialmente debe verificar que cada productor tenga todos sus documentos al día, y estén firmados por   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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las instancias correspondientes. Posteriormente deben realizar una evaluación en función de la norma específica de producción ecológica de la organización o empresa, para verificar el cumplimiento o no de las actividades comprometidas por los productores en función de sus planes de trabajo y el informe de inspección interna. En caso de existir dudas el responsable del SCI debe ampliar la información correspondiente. Si acaso existiera información confusa o no clara, el comité puede solicitar la reverificación de dichas informaciones disponiendo un plazo maximo para su ejecución. En base de la información evaluada y su análisis servirán para el proceso de seguimiento, calificación y categorización de los productores registrados, en función de la evaluación de los trabajos comprometidos y desarrollados por los productores, en el cual deberán realizar la categorización de productores, de la siguiente forma: •





Productores certificados sin condiciones, condiciones , a los productores que cumplieron con la totalidad o casi la totalidad de su plan de trabajo comprometido y exigido. Productores certificados con condiciones, condiciones , a los productores que cumplieron parcialmente con su plan de trabajo comprometido y exigido. Estos productores deberán ser sujetos de cumplir el 100% de sus condiciones en el próximo ciclo de producción, en forma obligatoria. Productores no certificados, certificados , a los productores que no cumplieron con su plan de trabajo comprometido y exigido, y/o incumplieron con las normas de producción, casos en los cuales se deberá mencionar y registrar en forma detallada el motivo de la no certificación, sanciones establecidas y periodos que deberá revertir dicha situación el productor, para ser nuevamente considerado dentro el próximo ciclo de certificación.

Para este sistema de calificación el SCI deberá generar minimamente 3 listas diferentes de productores, para demostrar el nivel de control, seguimiento y certificación de los productores que deben archivarse, para que sirva de referencia para los futuros planes de trabajo de las unidades productivas en los próximos ciclos de producción y certificación, en cual se deberá dar cumplimiento a las condiciones y exigencias registradas en forma obligatoria. El comité de certificación interna deberá realizar los informes respectivos de los procesos de certificación interna realizados, mediante actas donde firmen y aprueben todos sus miembros. También deberán publicar las listas finales de los procesos de certificación interna, mencionado los nombres de los productores, comunidades, áreas de producción y volumen certificado, así como también la lista de los productores no certificados, mencionando los motivos. En base de estas listas los productores que consideren no estar conforme con estos procesos y evaluaciones, tienen que tener un periodo límite de poder hacer llegar sus observaciones o demandar su revisión de estos fallos, mediante el cual pueden apelar mediante notas dirigidas al CCI, para que este realice un nuevo análisis de sus casos. En estos casos en CCI se transforma en el comité de apelaciones que consideran nuevamente los casos que fueron apelados, para que posteriormente después de un proceso de reevaluación se emitan los informes finales, que en estos casos ya no pueden ser apelados nuevamente. Para la aplicación de sanciones el CCI debe remitirse a lo establecido en el reglamento de falta y sanciones. En caso de observar incoherencia o fallos en el reglamento el CCI puede   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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realizar modificaciones o mejoras, previa aprobación por el mismo CCI. También puede modificar las normas de procedimientos de control y certificación ecológica, los mismos que no deben ser contradictorias con las normas ecológicas gubernamentales. Mayores detalles del trabajo y funciones del CCI pueden encontrarlo en el manual de funciones del SCI. 3.7.9. REGISTRO REGISTRO TOTAL DE PRODUCTORES. PRODUCTORES. En base de toda la información y los registros anteriores, se deberá de realizar en forma periódica un registro total de todos los productores inscritos dentro el programa de certificación, pero en forma separada tanto para productores ecológicos como en transición, el mismo que servirá para hacer un seguimiento periódico y global de la certificación por cada ciclo de producción. En este registro se deberá incluir la totalidad de los productores y las áreas globales de producción, mencionando la condición en que se encuentra, ecológico en transición, además de tener una estimación probable de la cosecha, que paulatinamente será ratificado por las inspecciones internas y la certificación externa. También deberá incluir las observaciones puntuales para poder remitirse a otros documentos específicos, para cualquier duda. Este registro también servirá para el acopio correspondiente de la producción una vez concluido el proceso de certificación de un ciclo agrícola, el cual deberá ser manejado obligatoriamente por los responsables del Sistema de Control Interno, acopiadores y los responsables de procesamiento (Ver anexo). Este registro viene a ser un resumen que deberá ser remitido a las instancias superiores para la planificación logística de los procesos de control, seguimiento y certificación de la organización, como también a la certificadora que esta realizando la certificación externa. Este registro total deberá desarrollarlo el responsable del Sistema de Control Interno, mediante el cual se informa en forma periódica a las instancias pertinentes como a la certificadora. Para garantizar la transparencia del proceso de certificación, la lista final de los productores aprobados, con sus áreas de producción y volúmenes certificados, deberán ser publicados anticipadamente para que los productores puedan dar su conformidad. En caso de que algún productor no este de acuerdo con los resultados puede apelar mediante nota dirigida al responsable del SCI, para que el asunto ser considerado por el CCI, que en este caso actúa como comité de apelaciones. El productor debe demostrar mediante documentación respaldatoria su apelación. El CCI se reunirá específicamente para tratar todas apelaciones recibidas, para analizar lo caos presentados, para lo cual emitirá un nuevo fallo el mismo que esta vez no tendrá apelación. 3.7.10. KARDEX INDIVIDUAL DE ACOPIO. Una vez que se concluye con el control, seguimiento y certificación de las parcelas de producción hasta la cosecha, se conoce los volúmenes de producción de los productos ecológicos certificados, los cuales deberán ser acopiados por lotes y con identificación de origen del producto, ya que normalmente los productores venden su producción en forma paulatina, para lo cual es obligatorio implementar un kardex de acopio individual. El kardex individual de acopio, nos sirve para registrar y controlar los volúmenes de acopio o entregas parciales del producto ecológico certificado, de parte del productor hacia su organización, ya sea a nivel comunal o a la planta beneficiadora, según corresponda. Deberá   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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existir un kardex por cada productor ecológico, en el cual se registra inicialmente la producción estimada por ciclo de producción, descontándose paulatinamente las entregas por fechas y volúmenes (en quintales, libras o kilogramos), mediante el cual se pueda controlar que no exista un acopio mayor a la cantidad estimada por la certificación (Ver anexo). Este control es fundamental e importante para garantizar el acopio solamente de la calidad ecológica de los productores prod uctores certificados, además de evitar que no exista mezcla con productos convencionales. Este Kardex deberá revisarse en forma constante especialmente para conocer los saldos de cada productor. Se recomienda que el productor realice también un control propio de la venta del producto ecológico a su organización (también conocido como internación), para que exista un control mutuo entre el productor, su organización y el Sistema de Control Interno. Por otro lado se recomienda a los responsables de acopio emitir una nota o boleta de acopio a los productores por cada volumen de compra con las firmas respectivas del productor y el responsable de acopio. Esta boleta deberá ser guardada en forma obligatoria por el productor y el responsable de acopio para demostrar en cualquier momento los volúmenes vendidos o comprados y así verificar verificar los saldos, verificación verificación que normalmente se realiza en la certificación externa. Esta nota de acopio deberá tener varias copias: una para el productor, una para el Sistema de Control Interno y una para la organización. Mediante estas boletas periódicamente se deberán hacer un control de flujo de acopio, beneficiado y procesamiento, según corresponda para garantizar la calidad y la no mezcla con otros productos, además de emitir los informes respectivos a las instancias superiores y a la certificadora externa. Estos mecanismos sirven para tener un control por parte del productor, la organización y el Sistema de Control Interno, mediante el cual existe un control múltiple que sirve para verificar y demostrar el origen de los productos mediante el control de flujo desde el acopio, almacenamiento, beneficiado, procesamiento y comercialización por lotes. Cuando los volúmenes y número de productores es elevado, es recomendable desarrollar un control automático mediante una base de datos, en el cual deberá registrarse a todos los productores certificados y programarse descuentos automáticos de los volúmenes acopiados y procesados, ya sea en EXCEL, ACCES u otro. 3.7.11. REGISTRO DE COMPRA O INTERNACIÓN. El registro de compra o internación sirven para registrar y documentar el acopio de un determinado lote de compra de varias colonias o comunidades y varios productores, compra realizada en la comunidad o en la planta de beneficiado o procesamiento, en donde deberá anotarse el nombre del productor, comunidad o colonia perteneciente, volumen comprado o acopiado, precio y la firma del productor vendedor y el responsable de acopio (Ver anexo). Estas notas de internación deberán registrarse por lotes, preferiblemente en función del volumen requerido que se comercializará, como ser un contenedor (20 toneladas métricas) para lo cual se requerirá determinada cantidad de producto en bruto (sin procesar), tomándose muy en cuenta las mermas promedios que se tienen al beneficiarse o procesarse, ya que cuando se requiera obtener el certificado de control se deberá presentar una copia del registro de compra a la certificadora, que demostrara el origen del producto ecológico (trazabilidad). El acopio del producto ecológico deberá hacerse en envases diferenciados a los productos en transición y convencionales. Si existe mucho volumen de productos y la cobertura de la organización abarca a muchas regiones o zonas y el producto ecológico permanecerá por un   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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buen tiempo en almacenamiento, es conveniente que en el acopio de los sacos colocar una tarjeta de identificación, en que indique: región, zona, o comunidad, nombre del productor, cantidad, fecha y firma del responsable del Sistema de Control Interno y/o el responsable de acopio. Incluso cuando existen muchas cosechas de diferentes ciclos estas tarjetas deberán diferenciarse mencionando la cosecha correspondiente, para que en el beneficiado o procesamiento, se pueda identificar por lotes de procesamiento y no puedan mezclarse diferentes calidades y cosechas distintas. 3.7.12. KARDEX DE RECEPCIÓN Y ALMACEMAMIENTO EN LA PLANTA DE BENEFICIADO O TRANSFORMACIÓN. El control de los productos ecológicos no termina hasta la cosecha y el acopio, sino que continua hasta la comercialización final, por lo cual dentro del beneficiado y procesamiento se deberá tener un control del flujo por lotes de comercialización, los mismos que servirá para la obtención del certificado de control, documento con el cual se otorga la calidad ecológica a los productos, además de ser un requisitos exigido por la autoridades de control de productos ecológicos, sin los cuales no se pueden comercializar como tales.. Los mecanismos de control deberán comenzar desde la recepción o entrega de los productos ecológicos a la planta, en el cual deberá registrarse el lote correspondiente (origen), cantidad recepcionada, fecha, calidad, volumen, cosecha y otros (Ver anexo). Es importante conocer el origen de cada lote, que se verifica mediante las notas de internación, boletas de compra individual, tarjetas en sacos debidamente firmados por el o los responsables del Sistema de Control Interno, mediante el cual podemos conocer las comunidades, productores e incluso parcelas de las que proviene el producto que se procesara. No se deberá procesar lotes de producto que no cuenten con documentos que respalden su origen y/o no cuenten con las firmas correspondientes de los productores y responsables del Sistema de Control Interno. Una ves en la planta, estos lotes deberán almacenarse por orden de recepción y estar identificados, no se deberán mezclar diferentes lotes, además que el procesamiento deberá efectuarse por orden de recepción. De igual forma si del procesamiento se obtienen varias clases de productos, en base del producto en bruto, estos deberán almacenarse en forma ordenada, mediante registros y con identificación. En todos los procesos procesos y ambientes donde el producto ecológico tiene contacto, se deberá de cumplir estrictamente las Normas de producción ecológica, pues durante la inspección externa, los inspectores también verificarán el cumplimiento de estas condiciones, además de revisar los registros y kardex mediante control de flujo y la verificación de los saldos o existencias en los almacenes, mediante el cual se demuestra y garantiza la separación física y documental de los productos ecológicos, en transición y convencionales si existen. 3.7.13. KARDEX DE BENEFICIADO Y PROCESAMIENTO. Todo producto para su comercialización final requiere desarrollar procesos de beneficiado y/o procesamiento, actividades para las cuales se deberá elaborar los correspondientes kardex de control para cada una de las operaciones dentro de los procesos de beneficio y de procesamiento, con el objetivo de tener un control de flujo de los volúmenes de producto ecológico certificado en función de las mermas y los tipos de productos que se obtienen de los procesos. Esto también permitirá realizar el almacenamiento de los subproductos, para su posterior transformación como productos ecológicos, garantizando la calidad ecológica de los mismos, mediante una separación física y documental. (Ver anexo).   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Dentro de la planta se deberá contar con un plan de beneficiado y/o procesamiento, en especial si se manejan otras calidades de productos, a parte de los productos ecológicos. Dentro de este plan se deberá de garantizar la limpieza periódica de las maquinarias, herramientas, ambientes y toda la infraestructura en donde existe contacto con los productos ecológicos, y en forma obligatoria si anteriormente se estaba procesando un producto convencional, antes de iniciar el procesamiento de los productos ecológicos. Nunca se puede beneficiar o procesar simultáneamente productos ecológicos y convencionales al mismo tiempo. En esta fase se puede establecer un nuevo mecanismo de control del producto ecológico, especialmente si existe un gran volumen de producto en los almacenes y resulta complicado poder procesar por lotes de recepción, se puede utilizar tarjetas de identificación en cada saco. Este kardex de procesamiento también puede servir para acompañar al lote a comercializarse, para la obtención del Certificado de Control, que deberá ser firmado por las instancias de control pertinentes de la planta de beneficiado. Cuando se subcontrata los servicios de una Planta no propia, esta deberá cumplir similares exigencias a las descritas anteriormente ya que la certificadora también verificara el cumplimiento de las normas ecológicas. En el procesamiento o beneficiado se obtendrán diferentes tipos de productos a partir del producto en bruto, como ser: primera, segunda, tercera, mermas, impurezas, por lo cual se deberá realizar un control másico de flujo, que se resume en la siguiente formula: Ejemplo: Producto Bruto = Primera + segunda +...........+ Mermas (perdidas) + Impurezas. 100% 63 % 22 % 9% 6% Para los productos procesados se parte de uno de los tipos de producto que se obtienen en el beneficiado, al cual se puede añadir otros insumos pero en calidad ecológico que se pueden comprar de otros productores ecológicos certificados. De igual forma que en el beneficiado se deberá de elaborar un plan de procesamiento para garantizar la calidad y el flujo del producto. 3.7.14. KARDEX DE VENTAS Y EXISTENCIAS En base de los kardex anteriores se deberá de tener un kardex de existencia o de almacén por secciones, donde se pueda registrar los ingresos (entradas) y egresos (salidas) de los productos ecológicos, y realizar periódicamente un control físico de saldos de los diferentes tipos de productos y por calidades (Ver anexo). En el kardex de ventas deberá desarrollarse un registro de los volúmenes de venta, el cual también deberá registrarse e identificarse el lote procesado (origen de producto), número de factura, volumen, fecha de venta, calidad, precio y otros. Periódicamente dentro la Planta de beneficiado o procesamiento, se deberán realizar un control del flujo global, de todas las operaciones que se desarrollan dentro del beneficiado o procesamiento del producto ecológico, por el o los responsables del Sistema de Control Interno y de comercialización, comercialización, este control de flujo deberá realizarse en forma trimestral trimestral (3 meses), que es verificado por la certificadora externa.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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DEFINICIONES Dentro el Reglamento de la Norma Técnica Nacional de Producción Ecológica, con R.M 280 del MDRAyMA, se establece las siguientes definiciones. Agropecuaria Convencional. Es el sistema de producción agropecuaria que no cumple con los requisitos de la presente Norma, que generalmente se basa en una explotación intensiva y/o extensiva del suelo y el uso de agroquímicos e insumo no permitidos dentro la presente Norma. Agropecuaria Ecológica. Es el sistema holístico de producción agropecuaria que fomenta y mejora la salud del agroecosistema y en particular la biodiversidad, los ciclos biológicos y la actividad biológica del suelo; y que cumple con los requisitos de la presente Norma. Agropecuaria Tradicional Es el sistema de producción basado en el conocimiento y saberes de los pueblos originarios y la aplicación de técnicas ancestrales, como la labranza mínima, reciprocidad en el trabajo, rotación de cultivos y/o parcelas; uso de insumos locales; técnicas culturales colectivas en el cuidado de los cultivos, recolección y/o crianza de animales; medidas precautorias colectivas en el cuidado de suelos y/o praderas de uso común. Es el sistema de producción en el cual no se emplearon y no se emplean productos o técnicas prohibidas por la presente Norma. Autoridad Nacional Competente de Control de la Producción Ecológica Autoridad delegada al Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaría SENASAG por la Autoridad del Estado, para fiscalizar la correcta aplicación de la presente Norma y el buen funcionamiento del Sistema Nacional de Control de Producción Ecológica. Comercialización La tenencia o exposición para la venta, la entrega o cualquier otra forma de introducción en el mercado. Certificación Ecológica. Proceso de inspección, verificación y control del cumplimiento de los requisitos de la presente Norma a las unidades de producción de operadores, a cargo de un organismo de control reconocido por la Autoridad Nacional Competente de la Producción Ecológica Etiquetado. Las leyendas, menciones, indicaciones, marcas de fábrica o de comercio, imágenes o signos que figuren en envases, documentos, letreros, etiquetas, anillas o collarines que acompañan o se refieren a productos ecológicos; producidos en cumplimiento a los requisitos de la presente Norma. Ingredientes Materiales y sustancias de origen vegetal y/o animal, incluidos los aditivos usados en el procesamiento de productos producidos ecológicamente y que están presentes en la forma modificada del producto final.

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Organismo de Certificación Organismo de control reconocido por la Autoridad Nacional Competente de la Producción Ecológica, con estructura definida y competente para el control y certificación de la producción de productos ecológicos, con procedimientos claros que deben cumplir los requisitos nacionales y/o internacionales. Organismos Genéticamente Modificados (OGM) También conocido como organismos transgenicos, se refiera a la planta, animal o microorganismo que se ha transformado mediante técnicas de biología molecular (tales como la recombinación del DNA), por las cuales el material genético de plantas, animales, microorganismos, células u otras unidades biológicas, es alterado de manera que el resultado no puede ser obtenido por métodos naturales de apareamiento y reproducción o recombinación genética natural. La presente Norma prohíbe totalmente el uso de OMGs. Operador Persona física o jurídica que produce, recolecta, procesa y/o comercializa productos ecológicos, cuya administración de la unidad de producción, cumple con los requisitos de la presente Norma. Período de Transición. El periodo comprendido entre el inicio al método de producción ecológica de las unidades de producción hasta la obtención de la certificación ecológica de cultivos y/o cría de animales. Producción Ecológica Es la ciencia y el arte empleados para la obtención de productos agropecuarios, de recolección silvestre y/o procesados; sanos y altamente nutritivos, mediante sistemas holisticos de producción ecológica planificada, que fomenta y mejora la salud del agroecosistema, basado en el manejo racional y sostenible de los recursos naturales, biodiversidad y el medio ambiente, la no utilización de agroquímicos y otros, para que se produzca rendimientos estables, y cumpla los requisitos de la presente Norma. Producto Ecológico. Producto producido en cumplimiento de la presente Norma, que cuenta con el seguimiento y evaluación de un organismo de control reconocido por la Autoridad Nacional Competente, que le da derecho al uso del sello nacional de “Producto Ecológico”. Producto En Transición. Producto producido en cumplimiento de la presente Norma, que cuenta con seguimiento y evaluación de un organismo de control reconocido por la Autoridad Nacional Competente, cuyo sistema de producción se encuentra en proceso de conversión a la producción ecológica, y que le da derecho al uso del sello nacional de “Producto En Transición”. Producción Paralela Es la producción ecológica y convencional de la misma especie, por un mismo productor agrícola. La presente Norma no acepta la producción paralela de las mismas especies difícilmente diferenciables. Producción convencional Método de producción intensivo y extensivo, con el uso de maquinaria, insumos sintéticos (Fertilizantes, insecticidas, fungicidas, herbicidas, etc.); métodos y técnicas no aceptados por la presente Norma.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Recolección Silvestre. Toda especie de planta o porción de una planta que crece naturalmente y de forma espontánea en zonas naturales y/o agrícolas, donde el hombre únicamente interviene en la recolección o cosecha y realiza algunas labores de protección de la especie. Sistema Alternativo de Garantía de Calidad. Organismo de control reconocido por la Autoridad Nacional Competente de la Producción Ecológica, con estructura definida y competente para el control de la producción de productos ecológicos para el comercio nacional y local, con procedimientos claros que deben cumplir los requisitos establecidos dentro el Reglamento del Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica. Unidad de Producción o Finca Conjunto de Unidades de Producción administrados y bajo el control de una sola persona o colectividad de productores, que pueden incluir unidades de: Producción, Recolección, Procesamiento, Comercialización, hasta puede tener Producción Convencional. Unidad de Producción Ecológica Es la unidad de producción, recolección silvestre, procesamiento y/o crianza que cumple con las disposiciones de la presente Norma. Unidad de Procesamiento Ecológico. Es la unidad donde se procesa y/o transforma únicamente productos agropecuarios y forestales no maderables contemplados en la presente Norma. Unidad de Procesamiento de productos ecológicos y convencionales Es la Unidad dónde se procesan y/o transforman tanto productos ecológicos como convencionales, que deben estar claramente diferenciables. Debe existir una separación de ambientes definitivos o temporales. Los procesos de conservación y/o transformación, se deben diferenciar envases, registros y etiquetados. Esta separación debe demostrarse en cada fase del procesamiento, tanto física como documentalmente. Unidad de Comercialización Ecológica. Es la unidad donde se comercializan únicamente productos agropecuarios y forestales no maderables contemplados en la presente Norma. Unidad de Comercialización de Productos Ecológicos y convencionales. Es la Unidad dónde se comercializan tanto productos ecológicos como convencionales, que deben estar claramente diferenciables. Debe existir una separación de ambientes de venta, diferenciación de envases, registros y etiquetados, tanto físicos como documentalmente. Unidad de Recolección Silvestre Ecológica. Es la Unidad donde se hace la recolección de toda especie de planta o porción de una planta que crece naturalmente y de forma espontánea en zonas naturales y/o agrícolas

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ANEXO 1 NORMA PARA LA PRODUCCIÓN DE LA QUINUA ECOLÓGICA. ECOLÓGICA. 1. INTRODUCCIÓN. La agricultura ecológica está basada en una relación estrecha entre seres humanos, agricultura y las condiciones ecológicas locales, en compatibilidad con los ciclos naturales y sistemas vivos a través de la relación del suelo, las plantas y los animales, bajo manejo integral del sistema de producción. Para este fin la agricultura ecológica, debe ser implementada a través de técnicas e insumos adecuados a las condiciones y peculiaridades existentes en forma local, en equivalencia con las normas ecológicas nacionales e internacionales, que en ningún caso pueden ser contradictorios a las mismas. La elaboración de las presente Norma nace de la necesidad que se tienen hoy en día las organizaciones de productores en implementar, desarrollar y consolidar sistemas de control, seguimiento y certificación interna y/o externa dentro toda el sistema de producción ecológica (desde habilitación de las parcelas, manejo del cultivo, cosecha, pos cosecha, procesamiento, hasta su acondicionamiento para la comercialización final). Estas normas se verifican su cumplimiento a través de mecanismos, herramientas y procedimientos claros, confiables y transparentes, que garantizan el buen manejo físico y documental de los productos ecológicos en todas estas fases del sistema de producción. Para la elaboración de la presente norma, se toma como base el Reglamento de la Norma Técnica nacional de Producción Ecológica, la Norma AOPEB, y otras equivalentes en función al mercado de destino de los productos ecológicos (Norma IFOAM (Federación Internacional del Movimiento de la Agricultura Orgánica), Reglamento EN 2092/91 de la Unión Europea, Reglamento NOP (Programa Nacional Orgánico de Estados Unidos y otros). Dentro el marco normativo se establece que lo términos ecológico, biológico y orgánico son sinónimos.

2. OBJETIVO DE LA NORMA. El objetivo es normar todo el proceso de producción, beneficiado, procesamiento y comercialización de la quinua real, bajo criterios específicos adecuados a las condiciones locales, que sean equivalentes a lo establecido en el Reglamento de la Norma Técnica nacional de Producción Ecológica, la Norma AOPEB, Norma IFOAM, RAE UE 2092/91, NOP, JAS. Por otro lado mediante la aplicación de la presente norma de producción Ecológica de la quinua, se aspira a una transformación completa completa de las Unidades Productivas hacia la Agricultura Agricultura Ecológica, o sea, en todos los cultivos, infraestructura, equipos de cada uno de los socios.

3. REGISTRO E INFORMACIÓN DEL PRODUCTOR. Los registros e información deberán ser registrados en todos los formularios emitidos por el SCI, que debe ser archivado durante 5 años año s por el productor. La pérdida debe ser informada al SCI. Los siguientes son los documentos o registros que debe poseer cada productor en su proceso de certificación en forma anual: Plan de Manejo o producción ecológica. Cada productor deberá elaborar su plan de manejo donde se explique claramente las actividades, procedimientos y prácticas a realizarse dentro la unidad de producción a certificar, cultivos de autoconsumo, producto que no se certificará, la ganadería existente, uso de infraestructura e instalaciones, maquinarias equipos, herramientas, materiales e insumos a utilizar en la unidad productiva. Esta debe ser elaborada en forma anual y el productor debe registrar sus actividades realizadas y el uso de insumos utilizados   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Contrato de producción. Cada unidad de producción deberá firmar un contrato de producción de quinua orgánica, estableciendo los criterios mínimos a ser cumplidos por el productor y la organización. Evaluación o diagnóstico de parcelas, para el registro inicial de productores o parcelas nuevas, en base del cual se elabora el plan de manejo. Plano y/o croquis. El croquis o plano referencial que contiene información de la ubicación y características de las parcelas en su totalidad. Informe de Inspección Interna. Cada productor deberá tener una copia del proceso de inspección que realizo el SCI, con su firma y visto bueno. Registros de Acopio y ventas, ventas, cada productor debe guardar una copia de todas las ventas de quinua ecológica certificada que realizó.

4. PROTECCION DEL MEDIOAMBIENTE Y LA NATURALEZA. Las áreas de las parcelas de quinua, deberán conservar un 20% de coberturas vegetales de especies nativas, como barreras antierosivas. El sistema de producción deberá promover la protección y conservación de la mayor diversidad de la flora y fauna silvestre, con mínimo el 7% de área del total de la unidad productiva. Las áreas de producción deben estar libres de materiales tóxicos (pilas, baterías) y de materiales no degradables (plásticos, latas, etc) y de otros materiales que puedan contaminar el suelo o la planta. Los materiales usados dentro el cultivo para fines de cobertura de suelo, control o protección de plagas y otras labores que no son biodegradables, deberán ser retirados después de su uso en forma obligatoria.

5. NORMAS EN LA PRODUCCIÓN DEL CULTIVO. 5.1. TRANSICIÓN Parcelas en las cuales han sido aplicados agroquímicos (plaguicidas, fertilizantes químicos) o sustancias no permitidas en las normas ecológicas, tienen que ser habilitadas para el cultivo ecológico, mediante un periodo de transición de 24 meses (conversión de 2 años) desde el último uso de productos no permitidos, normalmente la tercera cosecha podría ser considerada como producto ecológico, siempre y cuando haya cumplido con los procedimientos mínimos de la presente norma. Parcelas en las cuales se ha verificado que tienen un manejo bajo los criterios establecidos de la agricultura tradicional para cultivos anuales (según definición de la presente Norma), previo seguimiento del sistema de control interno y el organismo de control de 12 meses durante el ciclo de producción, pueden ser certificadas la primera cosecha como ecológico. Parcelas con inactividad productiva por más de 24 meses (2 años), están habilitadas inmediatamente para el cultivo ecológico, previo seguimiento del sistema de control interno y el organismo de control de 12 meses durante el ciclo de producción, pueden ser certificadas la primera cosecha como ecológico. Plantas de beneficiado o de transformación no requieren pasar un período de transición, siempre y cuando que las materias primas y/o ingredientes in gredientes del producto, estén en conformidad con la presente Norma. En casos específicos como el reglamento NOP (Estados Unidos), cualquier tipo de parcela requiere ingresar obligatoriamente a un periodo de transición de 3 años, para lo cual debe cumplirse esta exigencia si se comercializará al mercado de Estados Unidos de América.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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5.2. USO DE TRACTORES. Debido a la incidencia directa del uso de tractores en los procesos de degradación y erosión de los suelos, cada organización en función de cada zona de producción debe establecer criterios mínimos para regular el uso de tractores, tomando como referencia los criterios establecidos a continuación de la presente norma.

5.3. HABILITACIÓN DEL TERRENO La selección y habilitación de tierras para el cultivo de quinua ecológica ecológica debe considerar todos los factores de producción, en especial la adecuada provisión de agua, nutrientes y prácticas de conservación del suelo, que contemplen la prevención de la erosión y mantenimiento de la capacidad productiva. La habilitación de suelos en áreas en las que normalmente no son zonas productoras de quinua está permitida previa planificación para su habilitación, las mismas no deben interferir con el normal desarrollo de especies silvestres y animales. Se deberá mantener la vegetación nativa en espacios libres, como componentes del sistema sistema ecológico de la zona. zona. En la habilitación del terreno no se permite el desthole (plantas arbustivas) en su totalidad. No se permite el cultivo de parcelas en suelos marginales, excepto que se pueda demostrar claramente que existen actividades para el mejoramiento mejoramiento de las características físicas y químicas del suelo. Las parcelas con cultivo ecológico deberán estar separadas de las parcelas con manejo convencional (Uso de agroquímicos) con una separación mínima de 30 metros, en caso de parcelas no registradas pero con manejo tradicional esta separación se puede reducir según evaluación de los inspectores. Esta prohibido la habilitación de parcelas próximas a ríos, zanjas o caminos vecinales, debiendo dejar una zona de protección de por lo menos 10 metros con cobertura vegetal nativa. Se deberá reducir el uso de maquinaria agrícola para el barbecho, en caso de uso de maquinaria se deberá utilizar implementos como arado de cincel. El arado de disco no está permitido, excepto que el barbecho sea en forma de franjas transversales a la pendiente y se abone abon e adecuadamente.

5.4. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA FERTILIDAD DEL SUELO El suelo debe considerarse como un organismo vivo, al que debe alimentarse y protegerse, por lo cual esta prohibido el uso de cualquier tipo de fertilizante químico sintético. La quema indiscriminada para la habilitación del terreno, barbecho y otros dentro las parcelas están prohibidas. Se deberá aplicar el principio de labranza mínima o labranza tradicional en la preparación de tierras y de siembra para proteger la superficie contra la erosión y degradación. En Terrenos con pendientes pronunciadas o en serranías sólo se practicará la labranza mínima o en forma tradicional. El cultivo se deberá realizar en la planicie o serranía en forma adecuada, impidiendo la erosión eólica e hídrica (franjas transversales, barreras muertas y cultivos de cobertura, en el entorno de las parcelas ecológicas). No está permitida la producción continua de las parcelas. Es obligatorio el descanso de las parcelas de quinua, por lo menos 1 año o ciclo agrícola, para garantizar el mantenimiento de la fertilidad de los suelos, o se debe implementar la rotación de cultivos con especies de leguminosas entre cada campaña de cultivo de quinua. Para la conservación y el mantenimiento de la fertilidad de los suelos se pueden realizar las siguientes actividades:   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Abonado, se deberá utilizar él estiércol descompuesto, compost (descomposición de restos vegetales y estiércol), bioles (fermentación anaeróbica), que deben ser fermentados o descompuestos durante 12 meses como mínimo. También se puede utilizar Humus de lombriz. Para el uso de abonos comerciales o elementos minerales naturales, se debe requerir la aprobación del sistema de control interno.



Incorporación de prácticas mecánicas: se debe realizar la siembra en sentido de las curvas de nivel. En terrenos con pendiente pronunciada se debe implementar la construcción de terrazas de formación lenta, y/o zanjas de infiltración.



Incorporación de abono verde: se puede sembrar especies gramíneas o leguminosas, en el periodo de descanso de las parcelas, para luego incorporarlo como abono verde en el barbecho, especialmente en parcelas con más de 3 años de producción.

Deben existir barreras vivas entre las parcelas vecinas, para evitar la erosión del suelo, la conservación de la fertilidad del suelo, hábitat para la biodiversidad, regulación de microclima. En terrenos con tres años de explotación deberá necesariamente incorporarse abonos orgánicos para recuperar la fertilidad y el contenido de materia orgánica del suelo. Las áreas de praderas nativas, begales, áreas de vertientes y toda cobertura vegetal de amortiguación en las zonas de cultivo; deberán ser conservadas, y no pueden ser habilitados como parcelas. Los terrenos con seis años de explotación deberán entrar en descanso por lo menos de 5 a 8 años consecutivos para su recuperación y el repoblamiento con especies nativas. Deberá existir una distancia mínima de cerco vivo, entre cultivos ecológicos y convencionales que impida la contaminación de la parcela ecológica, así también en parcelas vecinas a carreteras u otro tipo de márgenes, se debe mantener franjas de vegetación de árboles y arbustos de acuerdo a sus características. Se prohíbe la quema de especies nativas para la habilitación de tierras, así como también el pastoreo excesivo de los rastrojos para evitar la pérdida del contenido de materia orgánica del suelo.

5.5. MANEJO DEL CULTIVO 5.5.1. La Siembra Se debe utilizar semillas provenientes de producción orgánica y propia de la zona del Altiplano Sud, para preservar y mantener la diversidad genética. El origen de la semilla semill a deberá estar documentado. No se permite el uso de maquinaria en la siembra, excepto cuando se pueda tener cuidado en su uso como: siembra en sentido transversal a la pendiente, abonado suplementario, técnicas para prevenir el compactado. En ninguno de los casos se permite el uso de variedades transgénicas. Se debe utilizar semilla seleccionada de quinua real proveniente de parcelas ecológicas y de buena calidad (variedades sobresalientes y adaptadas al medio), libre de cualquier tipo de contaminación. No está permitida la utilización de otras variedades de procedencias desconocidas y con riesgos de contaminación.

5.5.2. Labores culturales Para reducir el crecimiento de las hierbas que puedan perjudicar el normal desarrollo de la planta de la quinua, se deberá realizarse en forma manual (con uso de herramientas manuales).

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Para mejorar el desarrollo de la quinua se permite técnicas tradicionales como el pisnado (sobreado) y raleo de plántulas de quinua.

5.5.3. El Riego Se permite el agua para riego, cuando se utiliza para garantizar la siembra en periodos de sequía, el mismo no debe ocasionar el agotamiento de los recursos hídricos para otros fines (consumo humano o animal). Se deberá manejar con criterio técnico el agua de riego, El riego se aplicará cuando sea necesario, el agua para el riego no deberá ser tratado con productos químicos que pueda alterar la composición química de la solución del suelo. Se debe prevenir la erosión y salinización del suelo.

5.5.4. Plagas y Enfermedades El agroecosistema debe manejarse de tal forma que favorezca y proteja el desarrollo de los enemigos naturales de plagas y reduzca la incidencia de enfermedades. El uso de pesticidas químicos y sintéticos está completamente prohibido. Las estrategias de control y proliferación de plagas, deberán realizarse mediante controles preventivos y oportunos, empleando un conjunto de métodos de control permitidos dentro la producción orgánica, descritos en el plan anual de trabajo, entre los cuales esta permitido: –



Control de polillas: Campañas de trampas de luz por las noches, recolección física de larvas del suelo, uso de extractos naturales (muña, ñaka, tholas, ajo) con autorización del SCI, SCI, uso de bioinsecticidas (piretro, rotenona), con autorización del SCI, uso de controladores biológicos (hongos, bacterias, predatores y parasitoides), Control de roedores, en base de prácticas tradicionales (kipas, panas, llipis), trampas de agua, cercos.

En el control de plagas está prohibida la quema de vegetación natural de los alrededores de las parcelas de quinua, porque es perjudicial para la naturaleza. Esta terminantemente prohibido el uso de mochilas fumigadoras contaminadas con residuos tóxicos, aunque el producto a utilizar para el control de plagas sea la recomendada.

6. LA COSECHA Y TRILLA Arrancar la planta con sus raíces está completamente prohibido. Para la cosecha de la quinua, se debe realizar mediante el corte con hoz, segadora mecánica u otra herramienta que permita cortar la quinua. Además favorece a obtener el grano de quinua con menos tierra y piedrecillas. El emparve debe realizarse en la forma adecuada que impide la mezcla del grano con impurezas y/o restos de cosecha. La trilla de panojas deberá realizarse de manera tradicional (frotación manual) o semimecanizada encima de una lona, carpa o telas de yute, de tal forma que no hay riesgos de contaminación, principalmente las impurezas (tierras, piedrecillas, etc). Esta permitido el uso de trilladoras mecánicas, tomando en cuenta que estas deben estar en buenas condiciones, también se debe prevenir la no contaminación con carburantes o aceites.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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El venteado puede realizarse en forma tradicional, cuidando la no contaminación de la quinua con productos tóxicos. También se permite la utilización de equipos mecánicos pero se debe debe tener las máquinas en buenas condiciones, donde debe garantizarse la no contaminación con carburantes o aceites.

7. MANEJO POST-COSECHA El grano deberá ser manejado con cuidado, evitando la posible contaminación o mezcla con impurezas. En lugares donde se realiza el pre-procesamiento y/o procesamiento; se deben tomar medidas contra la contaminación de suelos y/o aguas superficiales o subterráneas, por residuos o aguas provenientes de esta actividad. La quinua ecológica obtenida de la cosecha deberá ser guardada en envases de sacos o silos metálicos familiares libres tipo de contaminación, luego deberá ser almacenado en un ambiente o almacén adecuado para conservar la integridad y la calidad del grano de quinua.

7.1. ACOPIADO El producto ecológico para su acopio deberá ser envasado en envases diferenciados, imposibilitando toda mezcla con quinua no producida bajo estas normas. Los envases deberán llevar el código del productor o número de lote respectivo acompañado de las planillas de acopio debidamente llenados y firmados. Cuando existen varios centros de acopio por zonas, regiones o sub-regiones pertenecientes a un mismo operador, la central deberá mantener registros que identifiquen i dentifiquen el lugar de origen del producto. Para evitar contaminaciones involuntarias al producto final, los envases deben ser verificados y garantizar la no presencia de residuos que contaminen en el contacto con el producto.

7.2. ALMACENADO El producto ecológico deberá ser claramente identificado en almacén. Las bolsas bolsas de empaque deberán llevar necesariamente el código de identificación del productor o numero de lote para poder verificar el origen, tipo y calidad del producto en cualquier de sus fase. Está prohibido en la unidad productiva, el almacenamiento de insumos prohibidos por esta norma y de productos no producidos de acuerdo a ella (convencionales), excepto si están debidamente empacados y con su respectivo signo de Identificación y físicamente separados en l os ambientes. Se deberá asegurar asegurar que los almacenes estén libres libres de plagas, residuos de pesticidas y que los mismos sean apropiados para los productos ecológicos. Contra el ataque de plagas en el almacén se recomienda utilizar métodos preventivos, técnicas y productos enunciados en la norma ecológica nacional. Toda técnica o productos no enunciados en este anexo están prohibidos.

En almacenes de materias primas y/o productos terminados ecológicos, está prohibido almacenar productos o materiales sintéticos. 7.3. TRANSPORTE El transporte deberá ser adecuado, limpio y libre de cualquier tipo de contaminación (aceites, combustible, estiércol de animales u otros)

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Productos convencionales y ecológicos no deben ser transportados juntos, excepto si son debidamente empacados, con su respectivo signo de identificación (código del productor o No de lote) y documentación que respalde cada una de las calidades, según origen y tipo de producto. Cuando las distancias sean largas se deberá proteger contra polvos y vientos, u otros contaminantes.

7.4. VENTAS Y SEPARACIÓN. El productor está obligado de registrar las ventas realizadas a la organización u otras instancias. Esta prohibido la venta de quinua no certificada, quinua de otras personas o la mezcla de quinua convencional o en transición con la quinua ecológica. La quinua certificada deberá ser comercializada hasta la fecha que determine la organización, mediante comunicación oficial. En caso de vender a otro comprador, el productor deberá informar y solicitar permiso para poder comercializar la quinua ecológica.

7.5. BENEFICIADO Y PROCESAMIENTO El productor está obligado entregar a su organización quinua bruta, en base de los registros y los volúmenes certificados por el SCI y la certificadora externa. La organización o empresa es responsable del cumplimiento de las normas ecológicas en el beneficiado, por lo cual debe designar a un responsable directo de este proceso. Preferentemente se debe tener una planta específica para el beneficiado de la quinua ecológica. Debe existir una clara separación tanto física como documental de los lotes beneficiados o procesados, en base de un plan anual de beneficiado o procesamiento aprobado por el responsable con el visto bueno del responsable del SCI. También debe existir un plan de limpieza de todos los equipos y maquinarias utilizados, donde su utilicen productos o técnicas permitidas dentro la norma ecológica, en el cual se debe especificar los productos, periodos y cantidades utilizados. Si la planta beneficia o procesa 2 calidades: ecológico y convencional, debe existir un plan anual donde en ningún momento se puedan trabajar simultáneamente la calidad ecológica y convencional en un mismo periodo. También debe existir un plan de limpieza de todos los equipos y maquinarias utilizados, que además incluya cuando se cambie el beneficiado o procesamiento de quinua convencional a quinua ecológica, un volumen de quinua ecológica que haga la limpieza total de las maquinarias en los procesos establecidos que debe descartarse y ser considerado como convencional. Este volumen debe estar registrado dentro de los controles de flujo periódicos. Se recomienda que debe existir un almacén específico para la quinua ecológica, y otro para la quinua convencional. Si en la planta se almacenan y se manipulan la quinua ecológica, en transición y convencional simultáneamente, debe existir una diferenciación visible ya sea mediante sacos de diferentes colores para cada calidad, y/o identificación clara escrita. También debe existir una separación clara física y documental en función de los lotes acopiados, beneficiados y procesados. En función de las características de las maquinarias y los procesos realizados, el responsable de la planta debe calcular en los diferentes procesos que se realiza los porcentajes de mermas y obtención de tipos de productos que se obtienen, en base del cual debe realizar los controles de flujo periódicos en forma bimensual. Está prohibido en el beneficiado o procesamiento la mezcla voluntaria o involuntaria de la quinua ecológica, la quinua en transición o la quinua convencional. El responsable de beneficiado o procesamiento debe velar por su cumplimiento.

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Las maquinarias y equipos de beneficiado o procesamiento, deben tener un plan de mantenimiento anual, que debe estar contemplado en el plan de producción. Se debe verificar en forma periódica el estado de las mismas. Esta prohibida la adición de lubricantes u otras sustancias contaminantes en el momento que están beneficiando o procesando la quinua. Las plantas de beneficiado y procesamiento deben contar con Manuales de Buenas Prácticas de Manipulación de Quinua Ecológica, o Manuales HACCP (Puntos Críticos), en base de los criterios establecidos en las normas de procesamiento ecológico. También se debe establecer un reglamento de sanciones para operadores o trabajadores de la planta, en base del cual se pueda verificar y sancionar el incumplimiento o la negligencia. El personal de la planta debe conocer y ser capacitado en la aplicación de estos manuales y reglamentos en forma periódica, la misma que puede ser verificada en los procesos de inspección. Los responsables de cada proceso deben registrar en forma obligatoria todas las actividades y hechos desarrollados dentro su área, y en caso de presentarse presentarse problemas o incumplimiento incumplimiento de la norma deben informar inmediatamente al responsable superior. Todos los trabajadores de la planta deben contar con los materiales, equipos e indumentaria necesaria para garantizar, la manipulación correcta para garantizar la no contaminación de la quinua ecológica. Es obligatorio que los trabajadores antes de ingresar a la realización de sus actividades deban realizar su higiene personal y colocarse obligatoriamente la indumentaria respectiva. El responsable de la planta debe tener un control del estado de salud de sus trabajadores, y en caso de existir enfermedad de su personal, establecer mecanismos de cuarentena de los trabajadores. Toda la planta debe de contar con avisos distintivos para sus trabajadores y visitantes, que delimiten e informen los peligros, las condiciones que deben cumplir en función de lo establecido en las normas ecológicas. Se deben establecer procedimiento para la recepción de visitantes a la planta.

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ANEXO 2: PROPUESTA DE MANUAL MANUAL DEL SISTEMA DE CONTROL CONTROL INTERNO A. NIVELES DE LA ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN. A continuación se mencionan las funciones de los diferentes componentes de la estructura orgánica de la Cooperativa y su relación con el SCI, los mismos que deben estar establecidos en su reglamento y estatuto por los siguientes niveles:

1. NIVEL DE DECISIÓN. Asamblea General de Socios. Es la Asamblea general de todos los afiliados, es el órgano de deliberación y la máxima autoridad de la Cooperativa, teniendo a su cargo la aprobación de las grandes estrategias y políticas. Se reúne cada 3 meses y elige el Consejo De Administración y Vigilancia de entre sus miembros.

2. NIVEL EJECUCIÓN Y DE FISCALIZACIÓN. Consejo de Vigilancia. Directorio, elegido democráticamente en Asamblea, es un cuerpo colegiado que esta compuesto por 3 miembros, y es el órgano de control control y fiscalización en representación de la Asamblea. Consejo de Administración. Directorio, elegido democráticamente en Asamblea, es un cuerpo colegiado que esta compuesto por 5 miembros, y es el órgano de dirección y representación de la cooperativa, que se encarga del cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea. Comité de Certificación Interna (Comité Dirimidor). Cuerpo colegiado cuya función es recibir y evaluar los informes de inspección realizados por los inspectores internos, para después de un proceso de calificación emitir la conformidad o no conformidad del cumplimiento de la Norma internas de producción ecológica de la Quinua. Da la autorización y la certificación interna a los productores ecológicos inscritos, como advertencias, amonestaciones y sanciones. Los representantes serán elegidos por el directorio de la organización, una vez constituidos goza de autonomía de decisión y calificación de los proceso de certificación ecológica.

3. NIVEL OPERATIVO. De Acopio. Es la instancia responsable de realizar todas las actividades de acopio de los productos ecológicos desde las parcelas o comunidades de los productores hasta la planta de beneficiado o procesamiento.

De Comercialización. Es la instancia encargada de la búsqueda y consolidación de mercados para la comercialización de productos ecológicos, en transición y/o transformados de los asociados a la organización. De Beneficiado y/o Transformación.   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Es la instancia encargada de realizar los procesos de beneficiado y/o transformación en una planta autorizada por un organismo de control competente, que cumpla las condiciones mínimas para este propósito y de acuerdo a las normas ecológicas. De apoyo a la producción ecológica. Es la instancia que apoya en la asistencia técnica, asesoramiento y capacitación sobre técnicas permitidas en las normas de producción ecológica, para su aplicación con los productores. Cuenta Cuenta con Técnicos que dan la asistencia técnica y seguimiento a los productores en temas de producción agrícola y técnicas adecuadas de control de sus cultivos Del Sistema de Control Interno Es la instancia responsable de todo el control, inspección y certificación interna, en base del cumplimiento de las normas ecológicas en todas las unidades de producción ecológica de la organización, y es responsable de coordinar estas acciones con las diferentes direcciones. Cuenta con personal para la Inspección Interna (Inspectores Internos), formados bajo un sistema de capacitación, en base del cual se realiza la selección, capacitación y contratación en función de los periodos de inspección dentro la organización. Son los encargados para realizar las inspecciones sobre la unidad de producción y realizar controles regulares anuales y no anunciados a los productores que tienen contrato.

B. MANUAL DE FUNCIONES DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO B.1. NIVELES OPERATIVOS COMPLEMENTARIOS AL SCI. Dirección de Comercialización. -

Apoya a la búsqueda y consolidación de mercados para la comercialización de productos ecológicos y transformados de los asociados.

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Es responsable de realizar todos los trámites de comercialización que se requieren para cumplir las normas de productos ecológicos.

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Buscar nuevos mercados favorables para la comercialización de productos ecológicos a buenos precios.

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Conocer todas las normas de producción ecológica desde el cultivo, acopio, transporte, beneficiado, transformación y comercialización.

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Elaborar y remitir informes periódicos al SCI, Comité de certificación Interna y certificadora externa, sobre el control de flujo de todas las calidades, tipos, productos, subproductos que se obtienen a partir de la materia prima de productos ecológicos, mediante procedimientos transparentes, demostrando la separación física como documental de estas calidades.

Dirección de Beneficiado y/o Transformación. -

Es responsable directo del proceso de transformación de los productos ecológicos.

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Realizar control documental de todo todo el proceso de transformación mediante registros, kardex y otros.

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Es responsable directo de garantizar la buena calidad del producto transformado.

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Coordinar permanentemente con los responsables de acopio, comercialización y el resp. del Sistema de Control Interno.

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Dar libre acceso a las inspecciones de control de calidad de acuerdo a las normas normas ecológicas.

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Controlar el ingreso de la materia prima a la planta de procesamiento bajo un registro, así mismo la salida del producto procesado debidamente empacado de acuerdo al pedido y con sello de certificación.

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Elaborar y emitir emitir el informe al comité de certificación certificación Lípez con documentos documentos debidamente debidamente respaldados.

Dirección de Acopio. -

Coordinar con el responsable del SCI, el acopio y transporte de los productos ecológicos y en transición con su respectiva documentación de origen.

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Es responsable directo del manejo del acopio y control físico del producto ecológico dentro el almacén.

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Es responsable de garantizar la buena calidad del producto ecológico durante el acopio de las comunidades, teniendo la decisión de bajar el precio si no existe buena calidad o rechazar los productos.

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Es responsable de hacer cumplir las recomendaciones y normas de manejo, acopio, almacenaje y transporte del producto calificado como ecológico.

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Dar libre acceso a las inspecciones, verificaciones y control del cumplimiento de normas ecológicas al SCI o certificadoras externas.

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Emitir informes periódicos y solicitados por el responsable de SCI, Comité de certificación, certificadora y otros según requerimiento.

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Realizar un plan de acopio en función del mercado de ventas en coordinación con el Resp. SCI.

Programa de apoyo a la producción ecológica. Apoya en temas de asistencia técnica, asesoramiento asesoramiento y capacitación sobre técnicas permitidas en las normas de producción ecológica, para su aplicación con los productores. Cuenta con técnicos o promotores que dan la asistencia técnica y seguimiento a los productores en temas de producción agrícola y técnicas adecuadas de control de sus cultivos, para ello cumplen las siguientes funciones: -

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Realizar cursos, cursillos, charlas técnicas y otros sobre los temas que se relacionan con la producción ecológica. Realizar prácticas demostrativas adecuadas conforme a las exigencias de las normas de producción ecológica en los campos de cultivo según los recursos disponibles dentro la organización.

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Proporcionar asistencia técnica permanente en el aspecto agrícola a los productores ecológicos inscritos dentro del programa de certificación de la organización.

-

Apoyar a los productores en el llenado de formularios de registros de producción agrícola en coordinación con el responsable de control interno.

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Coordinar en la realización de visitas de intercambio de experiencias, cursos, inspecciones y otros eventos a realizarse.

-

Distribuir insumos agropecuarios autorizados según la norma, así como también de su cobro bajo registros y previo conocimiento de la entidad certificadora.

Directorio de la Organización. -

Controlar el uso adecuado y mantenimiento de los equipos, materiales y otros de los diferentes programas o proyectos de la organización.

-

Dar el visto bueno y conoce los trabajos que desarrolla el SCI.

-

Viabilizar el cumplimiento de todas las recomendaciones, exigencias e instructivos, determinaciones del SCI y conocer las normas de producción ecológica.

-

Proporcionar y viabilizar apoyo logístico a todo el SCI.

-

Coadyuvar el cumplimiento de las normas de producción ecológica: cultivo, acopio, almacenamiento, transporte, beneficiado y comercialización.

-

Promocionar un precio justo y atractivo en función de la calidad del productos ecológico.

-

Realizar periódicamente reuniones de coordinación con el SCI y responsables de las áreas del sistema de producción ecológica.

B.2. NIVELES OPERATIVOS DEL SCI. 1. RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. Persona capacitada, mejor si es externa o ajena a la organización, que tenga conocimiento de las normas y procesos de certificación de productos ecológicos, capacitada en cursos impartidos por la AOPEB u otros, que es responsable directo del funcionamiento, control y seguimiento de todo el Sistema de Control Interno (SCI) y la coordinación con las otras instancias que se involucran directamente en el manipuleo de los productos ecológicos. Debe de cumplir las siguientes funciones: -

-

Coordinar actividades de control, seguimiento, inspección interna, inspección externa, verificación y control del flujo de la producción ecológica, en transición y convencional durante todo el ciclo agrícola del cultivo. Coordinar con los responsables de acopio de materia prima, jefe de planta, comercializador, gerente y dirigencia de la organización, la buena aplicación de las normas de producción ecológica.

-

Realizar visitas periódicas de control, seguimiento y supervisión del trabajo de los inspectores internos en las diferentes zonas y comunidades.

-

Solicitar los respectivos informes a los responsables de otras áreas, y realizar controles periódicos en especial el control de flujo de productos.

-

Coordinar la realización de cursos, cursillos, seminarios, charlas técnicas y otros eventos de capacitación a nivel productores, promotores, inspectores internos, dirigentes y personal contratado por la organización sobre temas relacionados con las Normas de Producción Ecológica y los procesos de certificación, ya sea en forma directa e indirecta.

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-

Presentar informes periódicos al Comité de Certificación Interna y el directorio de la organización, sobre el control, seguimiento y certificación interna. Presentar informes aprobados a la certificadora externa. Proporcionar a los inspectores apoyo logístico en equipos, materiales, insumos y otros necesarios para la inspección interna y externa, dentro de todo el sistema de producción ecológicos y en transición.

-

Responsable directo del control, verificación, centralización de registros, manejo de documentación y archivos del Sistema de Control Interno en toda la organización.

-

Responsable de la planificación anual, ejecución y evaluación de resultados del sistema de control interno en coordinación con el directorio directorio de la organización.

-

Responsable de la selección y designación de inspectores internos, así como también del control y la evaluación de su trabajo, con el visto bueno de los dirigentes.

-

Responsable de realizar el control del flujo de acopio individual por productor, en coordinación con el encargado de comercialización.

2. INSPECTORES INTERNOS. Inspector Interno , es la persona que controla, verifica e inspecciona el cumplimiento del plan de

trabajo de las unidades de producción en función de las normas de producción ecológicas internas. Actúa como crítico de las actividades desarrolladas por el productor y emite recomendaciones futuras que debe cumplir el productor, para la conversión total de la unidad de producción al sistema ecológico. Es el que emite el informe de inspección al CCI. Cumple las siguientes funciones: -

Verificar el cumplimiento a las normas de producción orgánica, en las unidades de producción agrícolas en base al plan de trabajo establecido al 100% de los productores registrados en el ciclo agrícola vigente.

-

Elaborar un informe general clara de las inspecciones y presentar a la dirección de certificación Lípez dentro del plazo establecido.

-

Presentar informes periódicos de las inspecciones realizadas en las unidades de producción y otros informes según requerimientos de responsable de SCI.

-

-

Están obligados a participar de todos los cursos de capacitación sobre normas, procedimientos de inspección ecológica, que la organización u otras instituciones puedan desarrollar. Evitar todo tipo de conflicto de intereses con los productores inscritos dentro del programa de certificación (coimas).

NO asumir tareas de asesorias o trabajos de promotores de asistencia técnica simultáneamente dentro la organización. OJO: OJO: Por razones de objetividad y para garantizar una inspección transparente, los inspectores sólo controlarán a productores que no sean de su comunidad o que no cuenten con alguna relación familiar. También puede implementarse lo que se conoce como inspecciones cruzadas cruzadas (Inspector de la Comunidad A, inspecciona a los productores de la comunidad B, C, D, etc.), los promotores no deben asumir la tarea de inspectores simultáneamente. -

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4. COMITÉ DE CERTIFICACIÓN INTERNA (CCI). El Comité de Certificación Interna, también conocido como Comité Dirimidor, es el máximo órgano de decisión dentro el Sistema de Control Interno. Es Es la instancia encargada de recepcionar los reportes e informes de inspección (Inspectores internos, responsable del SCI, etc.), los cuales son analizados, evaluados y calificados, caso por caso, para luego proceder a emitir los fallos individuales de aprobación o reprobación de los productores inscritos dentro del programa de certificación, además de delinear las futuras condiciones obligatorias a cumplir el próximo ciclo de producción para continuar con las certificaciones futuras. Una vez concluidos estos procesos de evaluación y clasificación, los resultados son publicados al interior de la organización, para el conocimiento y la conformidad de los productores. En caso de disconformidad, los productores pueden observar, apelar o denunciar anomalías en cualquier nivel dentro del SCI y/o de la organización, mediante solicitud dirigida al Comité de Certificación Interna. El Comité en estos casos debe iniciar la implementación de procesos internos, mecanismos mediante los cuales pueda averiguar, analizar y evaluar los hechos, para luego emitir los correspondientes fallos, que en este caso ya son inapelables. Los miembros del Comité de Certificación Interna, deben ser personas idóneas, experimentadas y con amplio conocimiento de las normas y reglamentos de la producción ecológica y con conocimiento experimentado de las características del sistema de producción. No deben tener ningún conflicto de interés que puedan impedir realizar un trabajo imparcial y transparente, para garantizar una calificación, evaluación y emisión de fallos idóneos dentro la certificación certificación interna (Ejm. No debe existir parentesco con dirigentes y miembros de SCI). El comité debe estar conformada por los siguientes representantes: 1. Un representante representante del directorio directorio de la organización (Dirigente, con derecho a voz y voto). 2. Un representante representante del comité de vigilancia (Con derecho a voz y voto) 3. Representantes de instancias independientes de la organización (colegio, ONGs, iglesia, alcaldía, corregimiento, etc) (con derecho a voz y voto) 4. Responsable del SCI (Con derecho a voz) Las decisiones a ser tomadas dentro del comité de certificación deben ser por mayoría relativa, además de ser documentadas mediante actas y resoluciones que deben ser archivadas. Para la emisión de fallos referente a apelaciones presentadas deben ser aprobadas por 2/3 de miembros del comité. Funciones del CCI: -

-

Aprobación, modificación del manual de procedimientos del Comité de certificación interna y sus reglamentos. Revisar la documentación y herramientas del SCI, para su evaluación detallada, para emitir luego los fallos de aprobación o reprobación. Además de emitir recomendaciones o condiciones según los casos de evaluación a productores, responsables de área, personal de todo SCI, personal técnico que tiene relación directa o indirecta con la producción, beneficiado, procesamiento, transporte, almacenamiento y comercialización de los productos ecológicos. Tratamiento de apelaciones y/o recepción de quejas u observaciones respecto a proceso de control, seguimiento y certificación interna dentro la organización. Recepción de informes periódicos para el control de flujo de materia prima y documentación, desde el acopio a la venta final, para garantizar la calidad del producto ecológico. Debe tener autonomía propia de sus decisiones y acciones, ya que es el responsable de todo el sistema de calidad dentro la organización, bajo un reglamento de funciones aprobado por la organización.

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Estructura del CCI. Para el funcionamiento el CCI debe elegir un directorio conformado por un presidente, secretario de actas y vocal. Se establece un periodo de duración de 2 gestiones, con la posibilidad de ser reelectos según decisión de los miembros del directorio del consorcio. Requisitos mínimos para la composición del CCI son: -

El directorio debe invitar a personas con conocimientos suficientes sobre producción ecológica. No tener conflicto de intereses al interior de la organización y el SCI, Representar a un sector para el equilibrio de intereses y otros si fueran necesarios. Cada miembro de CCI debe tener un memorando de designación firmado por el directorio de la organización.

El directorio debe elabora anualmente un plan de trabajo POA, en función de las actividades previstas dentro del SCI. Funciones del Presidente: -

Elaborar el POA conjuntamente con el directorio del CCI y el SCI. Responsable de hacer cumplir el POA anual, además de coordinar actividades con el SCI y la organización según los casos que se requiera. Convocar a los miembros del Comité para las reuniones pertinentes. Dirigir las reuniones dentro CCI, de modo que exista una participación amplia de todos los sectores. Representar al CCI ante las instancias pertinentes que lo requieran. Firmar las comunicaciones del CCI a nombre del comité. OJO. los fallos de certificación y apelaciones deben ser firmados por todos los l os miembros del CCI. Recibir y hacer que toda la comunicación que llegue al CCI, sea conocido por todos los miembros. Registrar y archivar toda la información, fallos, comunicaciones manuales, reglamentos u otros que se generen o que se utilizan dentro del CCI.

Funciones del Secretario de Actas: -

Coordinar todas las actividades del CCI con el directorio y presidente. Levantar el acta de todas las reuniones que realiza el CCI. Archivar y registrar todas las actas resoluciones y otros documentos que se generan dentro el CCI. Abrir un libro de actas numerado, para el registro, control y archivo de todas las actividades que realiza el CCI.

Funciones del vocal: -

Reemplazar las funciones del presidente en caso de ausencia, permiso o retraso. Es responsable que todas las comunicaciones, fallos y otros generados dentro del CCI, sean conocidos por las instancias correspondientes. Representar al CCI en casos delegados por el presidente, con atribuciones similares a este. Fiscalizar el cumplimiento integro de los manuales, reglamentos dentro del CCI.

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REGLAMENTO DE FALTAS Y SANCIONES PARA LA PRODUCCIÓN Y CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA. 1. INTRODUCCIÓN. Para el funcionamiento del Sistema de Control Interno (SCI), no solamente es necesario la elaboración de normas internas y la verificación de su cumplimiento, sino también amerita tener un sistema de clasificación y aplicación de las faltas cometidas por diferentes componentes del Sistema de Control Interno, productores y personal que tiene contacto directo con el manejo físico y documental de los Productos Ecológicos, mediante el cual se puedan aplicar diferentes niveles de sanciones a los infractores, infractores, todo esto con el propósito y finalidad de aplicar medidas correctivas en forma oportuna al personal, productor y/o responsable de procesos o áreas que no cumpla lo dispuesto dentro las Normas, Reglamentos y Procedimientos Internos. Este Reglamento esta diseñado y elaborado para su aplicación dentro la Organización para el tratamiento de Faltas y Sanciones que se aplicaran en todos lo niveles que involucra el contacto directo físico y documental de los Productos Ecológicos, ya sea por el Productor, Responsable del Sistema de Control Interno, Inspectores, Responsables de Procesos y otros, con el fin de garantizar la Producción Ecológica dentro la Unidad Productiva en su conjunto, esto con el fin de garantizar la calidad Ecológica del Producto hacia el Consumidor.

2. OBJETIVOS A través del presente Reglamento de Faltas y Sanciones del Sistema de Control Interno se pone en conocimiento la clasificación de los diferentes tipos de Faltas y las correspondientes Sanciones que se deben aplicar dentro toda la estructura del Sistema de Control Interno a los Operadores o Responsables que tiene contacto directo con los Productos Ecológicos con la finalidad de garantizar el sistema de calidad Ecológico de los cultivos y Productos Ecológicos y en Transición que se produce dentro la Organización, mediante la aplicación oportuna de medidas correctivas a los niveles correspondientes para garantizar la calidad Ecológica Ecológica de los Productos en todo momento. momento.

3. PROCEDIMIENTOS PARA LA CALIFICACIÓN Y APLICACIÓN APLICACIÓN DE SANCIONES SANCIONES 3.1. CLASIFICACIÓN DE FALTAS Y SANCIONES Las Faltas y Sanciones se han clasificado de acuerdo a la gravedad que estas tienen en afectar la calidad física de los productos ecológicos. a) Faltas Leves (A): Son infracciones o incumplimientos que no influyen directamente o indirectamente al método de producción ecológico, calidad del producto y/o la administración del control del producto ecológico. b) Faltas Medias (B): Son infracciones o incumplimientos que afectan indirectamente al método de producción ecológico, calidad del producto y/o la administración del control del producto ecológico dentro la Organización c) Faltas Graves (C): Son infracciones o incumplimientos que afectan directamente al método de producción ecológico, calidad del producto y/o la administración del control del producto ecológico dentro de la Organización.

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3.1.1. A NIVEL DE PRODUCTORES. PRODUCTORES. a) Faltas Leves (A): A nivel productores

Sanciones

Falta de firma o renovación de los contratos Estas faltas serán sancionadas mediante memorandum de producción ecológica. de llamadas de atención, la primera llamada de atención (leve) deberá deberá ser cumplida dentro del lapso de Falta de documentos extendidos por el 15 días a partir de la fecha de emisión del mismo, la Sistema de Control Interno y la segunda llamada atención (severa) deberá ser certificación. solucionada en un tiempo de treinta días a partir de la fecha de emisión. Falta de información sobre normas al interior de la familia. Las medidas correctivas impuestas deberán ser resueltas por el productor en los tiempos establecidos No estar presente o delegar personas para por el Inspector del Sistema de Control Interno y el la inspección interna o externa. Comité de Certificación Interna, en la cual el productor debe demostrar física y/o documentalmente el Déficit en la calidad de presentación de los cumplimento de las medidas correctivas. croquis o mapeo personal de las parcelas En caso de no cumplimiento por el productor de las dos llamadas de atención este será suspendido temporalmente de la compra de su producto, hasta que demuestre el cumplimiento de las medidas correctivas a la falta cometida.

b) Faltas Medias (B) A nivel Productores Falta de declaración total de sus unidades de producción. Sean estos orgánicos o en transición Cambio de nombres de los productores titulares, por el de familiares. Incumplimiento a las condiciones de almacenamiento o transporte de los productos ecológicos. No presentar la documentación solicitada a tiempo. No llevar en los envases. No de registro asignado a cada productor. La no participación parcial o total en los eventos de capacitación sobre temas relacionados con la producción ecológica Esta prohibido participar en estado de ebriedad en eventos de capacitación y asistencia técnica.

Sanción Las medidas correctivas impuestas por el Sistema Control Interno y/o el Comité de Certificación Interno deben ser sancionados con una arroba de Quinua orgánica certificado y deben ser resueltos por los productores en el plazo inmediato máximo de 30 días. En casos de incumplimiento parcial de las faltas tipo B por el productor podrán ser reclasificadas como infracciones tipo (C), se comunicara al productor un plazo adicional máximo de 10 días para la superación de dichas faltas. En caso de incumplimiento a este plazo el productor no podrá obtener, mantener y/o renovar la Certificación interna de sus productos. Si cumpliera satisfactoriamente en cualquiera de los plazos el cumplimiento de las medidas correctivas, el productor podrá obtener, mantener y/o renovar la Certificación Interna Ecológica.

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c) Faltas Graves (C) A nivel Productores

Sanciones

Producción paralela. Interacción o mezcla de productos provenientes de otras unidades de producción no certificadas o sin seguimiento. Uso de insumos o productos prohibidos o sin autorización o visto bueno de los inspectores internos y/o Sistema de Control Interno Fraudes en contenido de documentación (documentos falsos). Mezclas en cualquier fase con productos no permitidos o contaminantes. Esta prohibido el uso de semillas transgenicos. Dar datos falsos erróneos sobre su Unidad Productiva. Esta prohibido el uso de productos químicos dentro de sus parcelas y cultivos a certificarse. En caso que la contaminación química y toxica que provenga de agentes externos (fumigaciones de vecinos, agua de riego, etc.), el productor no será sancionado por este aspecto, pero debe de notificar y establecer medidas futuras de prevención.

En estos casos el infractor (productor) no podrá obtener, mantener y/o renovar la Certificación de sus productos ecológicos de las Unidades Productivas inscritas dentro del programa de certificación del Sistema de Control Interno de la Organización. En casos excepcionales se pueden plantear medidas correctivas impuestas por el Sistema de Control Interno y/o Comité de Certificación Interna, cuando se vean que puedan ser resueltos en tiempo prudente por el productor, en un plazo inmediato máximo de 15 días, determinado por el Sistema de Control Interno y/o Comité de Certificación Interna, como ultima instancias para poder obtener mantener y/o renovar la Certificación Interna ecológica. En casos de reincidencias a las faltas graves, el productor debe ser excluido del programa orgánica definitivamente sin objeción ni reclamo alguno.

3.1.2. FALTAS Y SANCIONES A NIVEL DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO INTERNO Y PERSONAL DE APOYO A LOS PROCESOS GENERADOS DENTRO LA ORGANIZACIÓN. Es atribución del Comité de Certificación Interna sancionar y hacer cumplir a cabalidad las sanciones impuestas al responsable del Sistema de Control Interno, Inspector, Responsables de procesos y otros por las faltas que haya podido cometer durante durante su trabajo. En el caso del personal del Sistema de Control Interno que hubiese cometido las faltas se aplican:

a) Faltas Leves (A) A nivel del Sistema de Control Interno

Sanciones

Archivos desorganizados o falta de archivos de En el caso del personal del Sistema de certificaciones anteriores. Control Interno que hubiese cometido las Déficit en la calidad de presentación de los faltas tipo A, estos serán sancionados responsables del Sistema de Control Interno. mediante llamadas de atención, multas Retrasos en la presentación de informes sobre el económicas, suspensión temporales. control, inspección y seguimiento del personal del Sistema de Control Interno. No estar presente en las visitas organizadas por el Comité de Certificación Interna.

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b) Faltas Medias (B) A nivel del Sistema de Control Interno

Sanciones Sanciones

Déficit o falta de información clara y en contenido de la documentación del sistema de control interno como ser: Lista productores no completa. Diferencias en el número de productores controlados. Errores en la identificación de parcelas. Registros incoherentes de acopio. Sumatorias erradas de flujo. Fichas de inspección deficitarios. Declaración de los productores diferentes a los archivos del Sistema de Control Interno. Falta de actualización de cambios dentro las unidades de producción

Estas faltas serán sancionados mediante llamadas de atención severas y/o multas económicas, equivalentes al valor de dos arrobas de Quinua certificada o suspensión temporal, degradación de sus cargos u otros similares, que precautelen la no reiteración de dichas faltas en el futuro.

c) Faltas Graves (C) A nivel del Sistema de Control Interno

Sanciones

Falta de herramientas total o parcial para el control de todo o alguna parte del proceso de certificación No existencia de documentación y/o extravió. Fraudes en el etiquetado y/o falta de control claro en los mismos. (Encubrimiento o alteración de la información).

En caso de reincidencia en faltas similares o del mismo tipo serán excluidos de sus funciones y responsabilidades inmediatamente, pudiéndose adicionalmente someter a procesos internos dentro la Organización cuando se tratan de aspectos que hayan afectado enormemente al funcionamiento, economía, administración y sostenibilidad de la Organización.

4.

APELACIONES, RECLAMOS Y DISPUTAS.

4.1. PROCEDIMIENTOS PARA APELACIONES Y RECLAMOS Los reclamos demandados u observados por los productores en proceso de certificación o por terceros, son atendidas mediante nota formal remitida a al responsable del Sistema de Control Interno y/o al Comité de Certificación Interna, mencionando las razones y justificaciones técnicas del mismo, acompañados con toda documentación pertinente y referente al mismo, para que esta sea considerado como reclam justificada y viable, para poder someterlo para su consideración, revisión y fallo por el Comité de Certificación Interna. También pueden incluir dentro de estas justificaciones las declaraciones juradas por personas que respaldan dichas denuncias o reclamos. Estas notas formales de reclamos y/o apelaciones deben llegar a las oficinas del Sistema de Control Interno de la Organización en un periodo máximo de 15 días, después que el Sistema de Control Interno y el Comité de Certificación Interna hayan hecho conocer en forma pública los fallos sobre la certificación interna o cualquier otro proceso referente al mismo. Una ves evaluada la factibilidad y justificación técnica de los argumentos de la apelación el responsable del Sistema de Control Interno, convoca a la Comité de Certificación Interna, el mismo que analiza y ve pertinente su tratamiento por ellos mismos o delega el proceso a personas profesionales peritos en el tema a tratarse, en este caso nombrando eventualmente una Comisión de Apelación, evitando en cualquier momento generar conflicto de intereses entre los componentes del Sistema de Control Interno y los productores denunciantes. Dicha resolución de tratamiento de la apelación o denuncia es comunicada al productor denunciante o apelante, para que mande una nota

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de conformidad firmada sobre los miembros del cuerpo de apelación y los costos estimados del mismo. En caso de objeción del productor apelante, que debe ser remitida en un plazo máximo de 7 días, se modificara hasta 2 veces dicha composición, y una vez realizada la nota de conformidad se fijara día y hora para la realización de la sesión de apelación. Si el apelante no firmó su conformidad, el Sistema de Control Interno no podrá regularizar el proceso de apelación. La documentación del apelante y la documentación requerida por la Comisión de Apelación, será transferida a este cuerpo y planificada día y hora de la sesión de Apelación. La documentación e informe presentado a la Comisión de apelación es la siguiente: • • •

Documentación del apelante, incluyendo anexos y otros documentos. Informes del Personal del Sistema de Control Interno e Inspector. Explicación del apelante (en casos requeridos: oral y/o escrito).

4.2. PROCEDIMIENTO Y DICTAMEN La Comisión de Apelación, se reúne y hace el análisis, revisión y deliberación del caso y en conformidad y comparación de la Norma y Reglamentos Internos de la Organización, requisitos y procedimiento de la Certificadora Interna, en base del cual emite el fallo sobre la Apelaciones presentada, el mismo que debe tener la decisión por mínimo 2/3 de votos, de los integrantes de la comisión. El Fallo final de la Comisión de Apelaciones es inapelable. El responsable del Sistema de Control Interno, en base a este fallo mantiene o modifica su decisión anterior anterior y/o los productores apelantes y/o en disputa reciben el fallo, mediante nota formal en forma personal, con especificaciones de cumplimiento y plazos. En casos conflictivos o no muy claros, la Comisión de Apelación podrá solicitar información adicional, análisis o inspecciones extras, en base del cual deberá dictaminar su fallo definitivo, con los nuevos insumos proveídos. Toda la documentación, incluido los resultados de Apelación; son archivados en oficina del Sistema de Control Interno, con el código de registro de Apelaciones, y el código del productor para llevar el control respectivo para una futura inspección.

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INSTRUMENTOS DE CONTROL ANEXO 3: CONTRATO O COMPROMISO MORAL PRODUCTOR: CODIGO: SUPERFICIE TOTAL:

ORGANIZACIÓN: COMUNIDAD: AÑO:

La Organización......................, firma el presente contrato con el productor de quinua arriba mencionado, los cuales se comprometen a cumplir las siguientes cláusulas: De las obligaciones del productor: 1. El productor se compromete a cumplir íntegramente las NORMAS ESPECIFICAS ESPECIFICAS de producción de Ecológica, mediante el cumplimiento del plan de trabajo individual por parcelas. 2. El productor ecológico esta prohibido en realizar la producción paralela (Ecológico y convencional simultáneamente), todas sus parcelas deben ser ecológicas o en proceso de Transición. Debe declarar en todas sus parcelas: años de producción, estado, ubicación, extensión y tener un croquis de sus parcelas. 3. El productor productor se compromete compromete a entregar el producto ecológico certificado certificado organización base, identificando su origen de parcela o parcelas.

de.............., de.............., a su

4. El productor productor se compromete compromete a dar libre acceso en su unidad productiva registrada, a los promotores e inspectores de la organización e inspectores de certificadoras externas y dar información real (verídica). 5. El productor se compromete a beneficiar en forma rigurosa su producto después de la cosecha, y acepta la calificación de su producto en base a la norma de la organización. De las obligaciones de la organización: 6. La Organización........., se compromete a dar la asistencia técnica, asesoramiento, control y seguimiento de la producción ecológica del cultivo de la quinua, así como cursos de capacitación. 7. La Organización........., Organización........., se compromete a dar envases diferenciados para el acopio del producto ecológico, con su correspondiente identificación de origen respaldado por el productor. 8. La Organización........., en caso de fraudes e incumplimiento de las Normas de Producción ecológica, anulará inmediatamente toda la producción y podrá aplicar sanciones mayores según la falta cometida. 9. El presente contrato para el cultivo de................ ecológica tiene vigencia de un ciclo agrícola, debiendo ser renovado obligatoriamente por parte del productor el próximo ciclo agrícola. 10.En aceptación de los puntos anteriores firma al pie del presente contrato:

PRODUCTOR

RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Vo Bo DIRECTORIO

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ANEXO 4 CROQUIS Y DESCRIPCION DE LA UNIDAD PRODUCTIVA (PARCELAS) PRODUCTOR: CODIGO: SUPERFICIE TOTAL:

ORGANIZACIÓN: COMUNIDAD: AÑO:

MAPA GENERAL DE UNIDADES PRODUCTIVAS

CROQUIS DE LAS UNIDADES PRODUCTIVAS (PARCELAS)

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ANEXO. 5 A.O.P.E.B. KARDEX DE CONTROL Y SEGUIMIENTO INDIVIDUAL DE PARCELAS  PARCELAS  ORGANIZACIÓN

PRODUCTOR

COMUNIDAD

CODIGO

SUPERFICIE TOTAL

CULTIVO (S)

1. PARCELAS ECOLOGICAS: EN PRODUCCION O EN DESCANSO CODI CODIGO GO

NOMBRE DE

AREA AREA

PARCELA

LA PARCELA

Has

AÑOS ÑOS DE PROD PRODUC UCCI CION O N O DESC DESCAANSO NSO TRANSICION

INHA INHABI BILI L I-

MOTIVO

TACION

OBSERVACION

2. PARCELAS EN TRANSICION : EN PRODUCCION O EN DESCANSO CODI CODIGO GO

NOMBRE DE

AREA AREA

PARCELA

LA PARCELA

Has

AÑOS ÑOS DE PROD PRODUC UCCI CION O N O DESC DESCAANSO NSO HABILITACION

PRODUCTOR

INSPECTOR

ECOLOGICO

I NTERNO

INHA INHABI BILI L ITACION

MOTIVO OBSERVACION

Vo Bo DIRIGENTE

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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Anexo. 6 DIAGNÓSTICO DE UNIDADES PRODUCTIVAS (PARCELAS) PRODUCTOR: CODIGO: SUPERFICIE TOTAL: NOMBRE DE LA PARCELA

AREA (Ha)

ORGANIZACIÓN: COMUNIDAD: AÑO: TIPO DE SUELO

PENDIENTE

ZONA O PISO ECOLOGICO

AÑOS DE PRODUCCION

1 2 3 4 EVALUACION DE ACTIVIDADES REALIZADAS

PERIODO REALIZADO

HERRAMIENTAS O PRODUCTOS

TIPO O FORMA BREVE DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

1. PREPARADO Y HABILITACIÓN DE PARCELAS DESTHOLADO ROTURA DE SUELO (BARBECHO) INCORPORACIÓN DE ABONO USO DE ABONO 2. SIEMBRA SEMILLA Y VARIEDAD TIPO DE SIEMBRA ORIGEN DE SEMILLA 3. PRACTICAS DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE SUELOS

4. PRACTICAS CULTURALES DESHIERBE INCORPORACIÓN DE BIOABONO FERTILIZACIÓN 5. CONTROL DE PLAGAS Y ENFERMEDADES TICONAS POLILLA DE LA QUINUA APLICACIÓN DE INSECTICIDAS CONTROL DE ROEDORES 6. COSECHA Y POST COSECHA COSECHA SECADO DE PLANTAS (EMPARVADO) TRILLADO O DESGRANADO DE PANOJAS ALMACENADO ACOPIO Y VENTA (TRANSPORTE)

ESTADO GENERAL DE LA PARCELA

OBSERVACIONES INSPECTOR INTERNO

PROMOTOR

VoBo

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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ANEXO 7 PLAN DE TRABAJO Y SEGUIMIENTO DEL CULTIVO PRODUCTOR: COMUNIDAD: CICLO AGRICOLA:

ACTIVIDADES RESUMEN DE ACTIVIDADES PARA EL CULTIVO

CODIGO: RESPONSABLE DEL SCI: PROMOTOR:

PLAN DE TRABAJO LUGAR DE MES A CUMPLIR APLICACION LA ACTIVIDAD (Donde) (Cuando)

SEGUIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO

METODO DE APLICACION Y/O EJECUCION DE LA ACTIVIDAD (como)

COMO SE HIZO E L TRABAJO HERRAMIENTA O EQUIOPO UTILIZADO (Evaluación)

CANTIDAD APLICADA

# DE JORNALE S

1. PREPARADO Y HABILITACION DE PARCELAS DESTHOLADO ROTURA DE SUELO (BARBECHO) INCORPORACION DE ABONO ESTIERCOL COMPOST HUMUS INCORPORACION DE ABONO VERDE

2. SIEMBRA SELECCIÓN DE TERRENO SELECCIÓN DE SEMILLA VARIEDAD (ES) ORIGEN DE SEMILLA ABONADO EN LA SIEMBRA

3. PRACTICAS DE PROTECCIÓN Y CONSERVACION DE SUELOS ESTABLECIMIENTO DE LINDEROS BARRERAS VIVAS Y MUERTAS ESTABLECIMIENTO DE ZONAS DE AMORTIGUAMIENTO ESTABLECIMIENTO EN TERRAZAS PREPARACION DE ABONOS BIOABONO CAMAS PARA LOMBRICES (HUMUS) BARRERAS VIVAS O MUERTAS CULTIVOS EN CURVAS DE NIVEL ZANJAS DE DRENAJE O INFILTRACION

4. PRACTICAS CULTURALES PISNADO RESIEMBRA DESHIERBE INCORPORACION DE BIOABONO FERTILIZAC FERTILIZACII N (BIOLES, (BIOLES, HUMUS HUMUS DE LOMBRIZ)

5. CONTROL DE PLAGAS Y E NFERMEDADES USO DE TRAMPAS DE LUZ PREPARACION PREPARACION Y APLICACI CACI N DE INSECTICIDAS CASERAS COMPRA Y APLICACIÓN DE BIOINSECTICIDAS CONTROL DE ROEDORES

6. COSECHA Y POST COSECHA CORTE Y SEGADORA SACADO DE PLANTAS (EMPARVADO) TRILLADO O DESGRANADO DE PANOJAS SELECCIÓN DE GRANO EMVASADO Y ETIQUETADO ALMACENADO ACOPIO A ALMACEN (TRANSPORTE) 7. CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE MANEJO DE BASURA ORGÁNICA RESTO DE PLANTAS, RESTO DE CULTIVO, ETC) ESTABLECIMIENTO DE FOSAS DE RECICLAJE MANEJO DE BASURA INORGÁNICO (NYLON, PLÁSTICOS, LATAS, ETC). PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (ARBOLES, AGUA SUELO)

OBSERVACIONES:

PRODUCTOR

PROMOTOR

VoBo/Cooperativa

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ANEXO. 8 FICHAS O INFORMES DE INSPECCIÓN INTERNA PRODUCTOR: CODIGO: SUPERFICIE TOTAL:

ORGANIZACIÓN: COMUNIDAD: AÑO:

1. DOCUMENTOS DEL PRODUCTOR SI

NO

OBSERVACIONES

CONTRATO DE PRODUCCION CROQUIS DE UBICACIÓN REGISTROS PLAN DE TRABAJO NORMAS REGLAMENTO MANUAL DE FUNCIONES

2. DATOS DE LA UNIDAD PRODUCTIVA SUPERFICIE TOTAL DE LA FINCA O LOTE DEL PRODUCTOR: Nombre de la Parcelas y/o tipo de Cultivo. (Incluir todas las parcelas en producción y en descanso)

Especie Variedad O Línea. Superficie por Cultivo en (______)

Edad del cultivo O años de producción de la parcela

Año de inicio en la producción Ecológica (Historial de Parcela)

___________ Has

Estado actual de Cosecha Venta de la Estimaci la Producción año anterior Cosecha ón de la (_____) año anterior Cosecha (Ecológico, .............. (_____) Actual Transición, .............. (______) tradicional o convencional) ................

1. 2. 3. 4. 5. Área de pastoreo Área incultivable o reserva TOTAL (Has.) Descripción de las parcelas vecinas y alrededores. (Fuentes de contaminación)

Al Este: Al Oeste Al Norte: Al Sur: Observaciones:

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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3. MANEJO DEL CULTIVO TECNICAS Y ACTIVIDADES REALIZADAS POR CULTIVO CUMPLIMIENTO CALIFICACION DEL DEL TRABAJO MANEJO MES Y AÑO B R M NA

COMO LO HIZO OBSERVACIONES

1. PREPARADO Y HABILITACION DE PARCELAS DESTHOLADO ROTURA DE SUELO (BARBECHO) INCORPORACIÓN DE ABONO ESTIÉRCOL COMPOST HUMUS INCORPORACIÓN DE ABONO VERDE 2. SIEMBRA SELECCIÓN DE TERRENO SELECCIÓN DE SEMILLA VARIEDAD (ES) ORIGEN DE SEMILLA ABONADO EN LA SIEMBRA 3. PRACTICAS DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE SUELOS ESTABLECIMIENTO DE LINDEROS BARRERAS VIVAS Y MUERTAS ESTABLECIMIENTO DE ZONAS DE AMORTIGUAMIENTO ESTABLECIMIENTO EN TERRAZAS PREPARACIÓN DE ABONOS BIOABONO CAMAS PARA LOMBRICES (HUMUS) BARRERAS VIVAS O MUERTAS CULTIVOS EN CURVAS DE NIVEL ZANJAS DE DRENAJE O INFILTRACIÓN 4. PRACTICAS CULTURALES PISNADO RESIEMBRA DESHIERBE INCORPORACIÓN DE BIOABONO FERTILIZACIÓN (BIOLES, HUMUS DE LOMBRIZ) 5. CONTROL DE PLAGAS Y ENFERMEDADES USO DE TRAMPAS DE LUZ PREPARACIÓN Y APLICACIÓN DE INSECTICIDAS CASERAS COMPRA Y APLICACIÓN DE BIOINSECTICIDAS CONTROL DE ROEDORES

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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MANUAL DE CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO INTERNO PARA QUINUA ECOLÓGICA ECOLÓGICA 6. COSECHA Y POST COSECHA CORTE Y SEGADORA SACADO DE PLANTAS (EMPARVADO) TRILLADO O DESGRANADO DE PANOJAS SELECCIÓN DE GRANO ENVASADO Y ETIQUETADO ALMACENADO ACOPIO A ALMACEN (TRANSPORTE) 7. CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE MANEJO DE BASURA ORGÁNICA RESTO DE PLANTAS, RESTO DE CULTIVO, ETC) ESTABLECIMIENTO DE FOSAS DE RECICLAJE MANEJO DE BASURA INORGÁNICO (NYLON, PLÁSTICOS, LATAS, ETC). PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (ARBOLES, AGUA SUELO) B = BUENO R = REGULAR

M =MALO

NA = NO APLICA

4. RECOMENDACIONES GENERALES DEL INSPECTOR INTERNO

PRODUCTOR CODIGO…………………...

INSPECTOR INTERNO NOMBRE…………………………

5. EVALUACIÓN DEL COMITÉ DE CERTIFICACIÓN CERTIFICACIÓN INTERNA FALLO DEL COMITÉ DE CERTIFICACIÓN INTERNA APROBADO SIN CONDICIONES JUSTIFICAR:

SI O NO

CULTIVOS

VOLUMENES

APROBADO CON CONDICIONES JUSTIFICAR: RECHAZADO CON SANCIÓN JUSTIFICAR: FUTURAS RECOMENDACIONES Y/O CONDICIONES A CUMPLIR PARA EL PRÓXIMO CICLO MOTIVOS DE SANCIÓN QUE EMITE EL COMITÉ DE CERTIFICACIÓN INTERNA

FIRMADO POR EL COMITÉ DE CERTIFICACION INTERNA PRESIDENTE VICEPRESIDENTE SECRETARIO GENERAL VºBº DIRECTORIO

SELLO

FECHA………………………………………………   AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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ANEXO. 9 REGISTRO TOTAL DE PRODUCTORES ORGANIZACIÓN: COMUNIDAD: AÑO: CODI GO

NOMBRE DEL PRODUCTOR

COMUNI DAD

SUPERFICIE DE PRODUCCION (…..Has) Ecol.

Trans.

Desc.

Total

PRODUCCIÓN (qq) Ecol.

Trans.

Total

Rend (qq/Ha).

OBSERVACI ONES

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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ANEXO.10 COMPROBANTE DE ACOPIO

COMPROBANTE DE ACOPIO

No………

Lugar y fecha, .............................. ................................de ..de 200.....

Organización:……………………………………………………………………. Nombre del Productor: ......................... ....................................... ........................... .......................... ........................... .............. Comunidad: .......................... ....................................... ........................... ........................... .......................... .......................... ................. .... Código según SCI: .......................... ....................................... .......................... ........................... ........................... ................... ...... Volumen de Acopio: Producto Calidad Volumen Precio Total (Bs) (qq o libras) Unitario (Bs)

Entregué Conforme Firma del productor: ........................ ........................

Recibí Conforme Nombre del acopiador: ....................... ............................. ...... Firma:………………………….

TARJETAS DE CONTROL

TARJETA DE CONTROL PRODUCTO ECOLÓGICO Lugar y fecha,................................de fecha,................................de 200..... Organización:…………………………………………………………… Nombre del Productor: ........................... ......................................... .......................... ......................... ............... Comunidad: ......................... ....................................... ........................... .......................... ........................... ................... ..... Código según SCI: ........................... ......................................... .......................... .......................... .................... ...... Volumen de Acopio: …………………………………………………… Firma del SCI Nombre: ........................ ............. ...........

Firma del Productor .

TARJETA DE CONTROL PRODUCTO EN TRANSICIÓN Lugar y fecha,................................de fecha,................................de 200..... Organización:…………………………………………………………… Nombre del Productor: ........................... ......................................... .......................... ......................... ............... Comunidad: ......................... ....................................... ........................... .......................... ........................... ................... ..... Código según SCI: ........................... ......................................... .......................... .......................... .................... ...... Volumen de Acopio: …………………………………………………… Firma del SCI Nombre: ........................

Firma del Productor .

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / tecnic [email protected] / info @aopeb.org @aopeb.org Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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ANEXO 11 KARDEX INDIVIDUAL DE ACOPIO PRODUCTOR: CODIGO: SUPERFICIE TOTAL: FECHA DE ENTREGA

ESTIMACION TOTAL Cosecha Volumen (qq)

ORGANIZACIÓN: COMUNIDAD: AÑO: CANTIDAD ENTREGADA Quintales Libras

TOTAL ACOPIO Quintales Libras

OBSERVACIONES

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ANEXO 12 KARDEX GENERAL DE REGISTRO DE COMPRA (INTERNACIÓN) ORGANIZACIÓN: REGIÓN: COMUNIDAD: AÑO: No.

FECHA

NOMBRE DEL PRODUCTOR

COMUNIDAD

CANTIDAD Quintales Libras

Precio Unitario

Importe Total

FIRMA

OBSERVACIONES

RESPONSABLE DE ACOPIO

RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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ANEXO 13 KARDEX DE RECEPCIÓN Y ALMACEMAMIENTO EN LA PLANTA DE BENEFICIADO O TRANSFORMACIÓN ORGANIZACIÓN: REGIÓN: COMUNIDAD: AÑO: Nº

FECHA

NOMBRE DEL PRODUCTOR

REGIÓN/ COMUNIDAD

CÓDIGO

CANTIDAD Quintales/Libras

Nº DE LOTE A ASIGNAR

OBSERVA CIONES

OBSERVACIONES

RESPONSABLE DE RECEPCIÓN

RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

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ANEXO. 14 KARDEX DE BENEFICIADO Y PROCESAMIENTO ORGANIZACIÓN: REGIÓN: COMUNIDAD: AÑO: Nº

FECHA

NOMBRE DEL PRODUCTOR

REGIÓN/ COMUNIDAD

CANTIDAD Quintales/Libras

Nº DE LOTE A ASIGNAR

OBSERVACIONES

OBSERVACIONES

RESPONSABLE DE BENEFICIADO

RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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ANEXO. 15 KARDEX DE VENTAS O SALIDAS ORGANIZACIÓN: AÑO: UNIDAD: FECHA

Nº DE LOTE

COMPRADOR/DESTI NO

CANTIDAD VENDIDA POR CALIDAD 1 ra 2 da 3ra

TOTAL ACUMULADO VENDIDO POR CALIDAD 1 ra 2da 3ra

AUTORIZA DO POR

OBSERVACIONES

RESPONSABLE DE VENTAS

RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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ANEXO 16 KARDEX DE EXISTENCIA ORGANIZACIÓN: PRODUCTO: CALIDAD O TIPO: UNIDAD: AÑO/PERIODO: Nº

FECHA /PERIODO

INGRESOS DEL BENEFICIADO Parcial

Total

EGRESOS (VENTAS O SALIDAS) Parcial Total

Nº DE LOTE DE SALDOS

Ingreso

Egreso

AUTORIZACIÓN DE INGRESOS Y SALIDAS

OBSERVACIONES RESPONSABLE DE ALMACENA

RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

  AOPEB Calle Landaeta No 554 Esq. Calle l. Crespo Email: nelramos 11@gmail 11@gmail .com / [email protected] / [email protected] Telfs : 2129286 – 2129287 – 2490686 – 2490691 Fax: (591- 2) 2129286 Web sit e: www .aopeb .org .or g

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