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Omar Daniel Huerta Torres. es162002283. Derecho. Lic. Juan Adrian Guerrero Luna.
Módulo 5. Fundamentos del delito delito y los delitos en particular. Unidad 1. Generalidades del Derecho Penal. Sesión 1. Derecho Penal Mexicano: antecedentes históricos y fundamentales. Actividad 1. Norma, delito y sanción.
Introducción.
En este trabajo se desarrollara la norma, el delito y la sanción, que en la historia del derecho penal surgieron y que se encuentren vigentes en nuestro sistema penal. Definiremos Norma: “una norma es una orden general, dada por quien tiene autoridad,
para regular la conducta de otros1” (Villoro, 1978, pp 857). Delito: El Código Penal Federal en su artículo séptimo, lo define como “acto u omisión
que sancionan las leyes penales”. Mientras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la ha establecido como “conducta del hombre, que consiste en la realización de un acto u omisión, descrito y sancionado por las leyes penales”. Sanción: El Instituto de Investigaciones Jurídicas lo define como: “Castigo impuesto por
autoridad legítima al que ha co metido un delito o falta. Disminución de uno o más bienes jurídicos impuesta jurisdiccionalmente al autor de un acto antijurídico (delito), que no representa la ejecución coactiva, efectiva, real y concreta del precepto infringido, sino su reafirmación ideal, moral y simbólica”. Con estos precedentes podemos dar inicio a la siguiente tabla para su análisis y comprensión.
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Villoro Toranzo, M. 1978, La norma jurídica y sus características. Revista de la Facultad de Derecho, Tomo XXVIII, Septiembre-diciembre, Número 111, p 857-874 Obtenido de http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/111/dtr/dtr9.pdf
Delito.
Controversia entre sus integrantes.
El ataque injusto.
Periodo, cultura y/o momento histórico. Primeros grupos sociales.
Marco normativo de referencia. Costumbre cuya observancia y uso cotidiano los convirtieron con el tiempo en reglas de conducta que posteriormente se vuelven obligatorias para todos los miembros del clan.
Cultura Babilónica.
Ley del talión.
Sanción.
Al presentarse algún tipo de controversia entre sus integrantes resulta necesario que el hombre fuerte o el jefe del clan imponga orden y castigue al transgresor de la norma o costumbre, impartiendo una justicia rudimentaria y en su mayoría de manera inmediata. Provocar al ofensor un daño similar al recibido.
Justificación de la ley y la sanción que está otorgaba. Conforme se desarrolla la sociedad se unen paulatinamente diferentes clanes, creando cada vez núcleos más grandes y organizados, que fomentan la especialización de las actividades humanas; aunado a ello se van unificando las normas de conducta de sus miembros, de tal suerte que empiezan a surgir sistemas de impartición de justicia cada vez más organizados.
Vigencia en el Derecho Penal Mexicano. Cuando la autoridad reconoce expresamente dicha costumbre, la incorpora en la ley, como sucede con el artículo 2º de la Constitución Federal que reconoce el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación, es decir, respetando sus costumbres.
Se establecía dicha ley, para indicar la existencia de un poder superior, fungiendo como moderador para limitar la intensidad de la venganza. Se establecía la sanción indicada, para que el responsable padeciera en carne propia el daño que había provocado a otro.
El sistema penal mexicano se establece como moderador, si bien no en la limitación de la venganza, sí en la impartición de justicia.
Aborto.
Cultura Babilonica.
Infidelidad.
Cultura Babilonica.
Violación de una Virgen
Venganza Divina.
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Código de Hamubari.
Si provocó que la hija de un plebeyo abortara a causa de un golpe que le haya dado, deberá pagar cinco shekels de plata. Código de Hamubari. Si se ha sorprendido a la esposa de un señor acostada con otro hombre, ambos deberán ser atados y arrojados al agua. Si el esposo desea perdonarle la vida a su esposa, entonces el rey, a su vez, habrá de tener misericordia de su súbdito. Ley sobre el altar La imposición del (Israel). castigo al transgresor se realiza en nombre de la divinidad, a efecto de mitigar su descontento y evitar que la misma envíe sobre la sociedad algún castigo en forma de calamidad.
Cada una de las leyes de Hammurabi es muy clara. Todo crimen tiene un castigo apropiado. El principio básico es la “ley del Talión’: “Ojo por ojo y diente por diente.”
En el Código Penal Federal, Capítulo VI, Aborto. Ahora se castiga con cárcel.
Cada una de las leyes de Código Civil Federal, Capítulo X, Hammurabi es muy clara. Todo del Divorcio. Artículo 267.- Son crimen tiene un castigo causales de divorcio: apropiado. El principio básico es I. El adulterio debidamente la “ley del Talión’: “Ojo por ojo probado de uno de los cónyuges; y diente por diente.” (Infidelidad es un término demasiado amplio (…) Esta puede entenderse como tomar la mano, llamarle por teléfono, comunicarse por WhatsApp, un coqueteo, por lo tanto se creyó conveniente que se mantenga en el Código Civil Federal la causal de Adulterio 2.) Como resultado de esta corriente TITULO DECIMOQUINTO de pensamiento, cualquier acto Delitos contra la Libertad y el humano que fuera en contra o Normal Desarrollo Psicosexual. transgrediera dichas Capítulo I. explicaciones s e consideraba Hostigamiento Sexual, Abuso afrenta directa a los dioses, la ira Sexual, Estupro y Violación 3. No de la divinidad sería entonces el solo de una virgen sino de cualquier resultado directo de la comisión persona, ya que es un acto en contra de cualquiera de estos actos. de la voluntad y se castiga con cárcel.
Diego Bravo, 21/04/2015, El Comercio, El adulterio se mantiene en el Código Civil como causal de divorcio. Obtenido de http://www.elcomercio.com/actualidad/adulteriocodigocivil-divorcio-infidelidad-matrimonip.html 3 Código Penal Federal.
Delito descontento de los Dioses.
Venganza Divina.
El delito es apreciado como causa directa del descontento de los dioses.
La imposición del castigo al transgresor se realiza en nombre de la divinidad, a efecto de mitigar su descontento y evitar que la misma envíe sobre la sociedad algún castigo en forma de calamidad.
Venganza.
Venganza Divina.
El delito es apreciado como causa directa del descontento de los dioses.
Venganza: esta era sancionada con la máxima pena, la muerte.
4 5
Tena Ramírez, F. Leyes fundamentales, PP 491. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Como resultado de esta corriente 1. Ley Juárez. de pensamiento, cualquier acto Anterior a la promulgación de la humano que fuera en contra o Constitución de 1857 se expidió transgrediera dichas para coartar el poder e influencia explicaciones s e consideraba del clero en asuntos civiles. Recibió afrenta directa a los dioses, la ira el nombre de de la divinidad sería entonces el Ley Juárez (autoría de Benito resultado directo de la comisión Juárez) sobre administración de la de cualquiera de estos actos. justicia, del 23 de noviembre de 1855. En resumen: suprimió el fuero eclesiástico y el militar en materia civil, y declaró renunciable el primero para los delitos comunes 4. Como resultado de esta corriente Artículo 22 . Quedan prohibidas de pensamiento, cualquier acto las penas de muerte, de mutilación, humano que fuera en contra o de infamia, la marca, los azotes, los transgrediera dichas palos, el tormento de cualquier explicaciones s e consideraba especie, la multa excesiva, la afrenta directa a los dioses, la ira confiscación de bienes y de la divinidad sería entonces el cualesquiera otras penas inusitadas resultado directo de la comisión y trascendentales. Toda pena de cualquiera de estos actos. deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado…
Delitos privados y públicos.
6
Venganza pública.
Se generaban compromisos de tipo civil figurando la víctima como acreedora y el delincuente como deudor. Por otra parte, los delitos públicos (crimina) afectaban el orden social y que eran perseguidos de oficio (no a instancia de parte). Por su comisión, eran perseguidos y castigados con penas públicas.
Se aplicaron los En este momento, los tribunales tormentos como juzgan en nombre de la parte del colectividad con la idea de procedimiento salvaguardar los intereses de penal y como un ésta y permitir la subsistencia preludio a la del Estado. Es por ello que ejecución, la tortura también se imponían penas cada era aplicada vez más crueles e inhumanas. rutinariamente con No se respetaba nada, los la finalidad de sepulcros eran violados en obtener nombre de la justicia y los confesiones. La cadáveres eran llevados a juicio. muerte no era suficiente para expiar las culpas sino que ésta debía ser acompañada de sufrimiento por lo que se idearon formas horribles para aplicar la pena capital. No se buscaba que quien delinquiera, tuviera una consecuencia por su comportamiento, se pensaba más bien que sufriera la consecuencia de su actuar, por ello los azotes, lapidaciones y desmembramiento, eran las penas que imponían los jueces.
Clasificación Mexicana de Delitos 2008, Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía, PP 06. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/documentos/Congreso_Nacional_Legislativo/Doc/CMD_Integrado.pdf
En México se clasifican los delitos de la siguiente manera: Delitos contra las personas. Delitos contra la sociedad. Delitos contra el Estado 6.
Venganza privada y la ley de talión.
Derecho Romano.
El delito era regulado por el Ius Civile
Furtum (hurto).
Derecho Romano.
Ley de las XII Tablas.
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Código Penal Federal.
7 Obligaciones, al La Ley de las Doce Tablas es un Artículo 17 .- Ninguna persona generar en el claro ejemplo de ello, ya que podrá hacerse justicia por sí misma, delincuente un establece claramente la ni ejercer violencia para r eclamar compromiso u represión de los delitos y la su derecho… obligación de imposición de las penas. resarcir el daño causado. En el primer caso Ya la Ley de las XII Tablas TITULO VIGESIMO SEGUNDO. (furtum manifestum reguló el furtum, y sus Delitos en Contra de las Personas o flagrante), si el preceptos, si bien modernizados, en su Patrimonio. ladrón era hombre constituyeron la base de toda la CAPITULO I. libre, era detenido y evolución posterior de la figura. Robo8. Artículo 367.- Comete el llevado ante el Fundamentalmente distingue la delito de robo: el que se apodera de Magistrado, quien Ley entre furtum manifestum o una cosa ajena mueble, sin derecho ordenaba que lo flagrante, cuando el ladrón es y azotasen y se sorprendido en el momento de sin consentimiento de la persona adjudicase a la cometer el delito o llevando que puede disponer de ella con víctima como consigo el objeto robado, y arreglo a la ley esclavo (addictio); furtum nec manifestum u oculto. si el ladrón era esclavo, azotado y condenado a muerte. En el supuesto de furtum nec manifestum, sólo se concedía al perjudicado una acción penal para reclamar el doble del valor de la cosa sustraída.
Parricidio (Asesinato de un padre o un familiar próximo)
Derecho Romano.
Ley de las XII Tablas.
Iniuria (lesiones a la persona)
Derecho Romano.
Ius Civile.
9
Castigo con la muerte.
Se castiga con pena capital al juez que emita una sentencia bajo la influencia de haber recibido alguna compensación económica
CAPITULO IV Homicidio en razón del parentesco o relación 9 Artículo 323 . Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, convivente, compañera o compañero civil, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimiento de esa relación se le impondrá prisión de treinta a sesenta años… El ofendido moral o La Ley de las XII Tablas México, D F, 12 de abril (apro)- El físicamente podía consideraba como delito de presidente Felipe Calderón firmó ejercitar la acción injuria, tanto el golpear con un decreto mediante el cual los de injurias intención de causar una a frenta, delitos de difamación, calumnia e estimatoria, para como el atentar contra el pudor injuria, frecuentemente utilizados conseguir del de mujeres y jóvenes honestos, contra los periodistas y medios de culpable una con insinuaciones, palabras o comunicación, serán eliminados del indemnización en actos inconvenientes. También Código Penal metálico se consideraba injuria las Según el decreto, estos delitos serán proporcional a la palabras infamatorias contra una trasladados al Código Civil para ofensa recibida. Se persona para desprestigiarlo ante eliminar por completo cualquier llama precisamente sus conciudadanos, o el hecho posibilidad de que los profesionales estimatoria porque de componer, escribir o publicar de la información sean sancionados el importe de la libelos difamatorios, etc. con penas de cárcel indemnización no Mediante estas enmiendas, los era fijo, sino castigos contra los periodistas que estimado por el incurran en difamación, calumnia e juez en base a injurias comprobadas deberán circunstancias de reparar el daño moral y, en su caso, tiempo y lugar, a la económico sin pisar la cárcel 10… honorabilidad de la víctima, a la intención del autor de la ofensa, etc.
Código Penal Federal. La Redacción, 13/04/2007, Proceso, Obtenido de http://www.proceso.com.mx/207064/deroga-calderon-del-codigo-penal-la-difamacion-calumnia-e-injurias
10
Damnum iniuria datum (daño injustamente ocasionado).
Derecho Romano.
Aunque ya el antiguo Derecho romano sancionaba algunas especies de daños ocasionadas en las cosas pertenecientes a otra persona, sólo eran disposiciones aisladas sin una directiva general. Una tentativa de sistematización fue propuesta por la Ley Aquilia , un plebiscito con rango de ley propuesto por el Tribuno de la plebe Aquilio Galo, y aprobado sobre el 287 A.C.
De la comisión del acto lesivo nace una obligación entre el autor del daño y la víctima, en virtud de la cual el primero era obligado a resarcirlo.
Del contenido de la ley Aquilia, El primero contemplaba la muerte de los esclavos o animales que normalmente formaban parte del ganado doméstico (quadrupes pecus). Según la ley, los daños son estimados en base al mayor valor que ellos hubiesen alcanzado en el año anterior al delito (Gayo 3, 210; D. 9, 2, 2 pr.). El tercero establecía que aquél que hubiese causado cualquier clase de daño, mediante cualquier medio, a animales, esclavos o cosas inanimadas de otro, estaría obligado a pagar una sanción calculada sobre el mayor valor de las cosas dañadas, alcanzado en el mes que precedió al delito (Gayo 3, 217; D. 9, 2, 27, 5).
CAPITULO VI. Daño en propiedad ajena 11. Artículo 399.- Cuando por cualquier medio se causen daño, destrucción o deterioro de cosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de tercero, se aplicarán las sanciones del robo simple.
Metus (Intimidacio n).
Derecho Romano.
Ius Honorarium.
El pretor daba la acción penal en virtud de la cual el demandado era sancionado con pagar al demandante el cuádruplo del valor de la prestación o de la cosa objeto del negocio, si la acción se intentaba dentro del primer año, y el simplum
Castiga el delito de intimidación (metus), que se presentaba cuando una persona amenazaba a otra con sufrir un perjuicio grave, actual o inminente, con el fin de obligarle a actuar de una determinada manera
CAPITULO VII. Intimidación 12.
11 12
Código Penal Federal. Código Penal Federal.
Dolus Malus (Engaño maliciosos)
Derecho Romano.
Ius Honorarium.
en adelante. Aunque era una Esta acción sólo era concedida acción penal y cuando no existiera otro participaba de las mecanismo para reclamar por el características de perjuicio sufrido y siempre que las mismas, tenía existiera iusta causa. La acción una finalidad era anual en el derecho clásico y restitutoria (era una el período en el que se podía actio arbitraria), la ejercer se empezaba a contar cual, si no era desde el momento en que la atendida, conducía persona que había sido objeto de a que el demandado las maquinaciones hubiera fuera condenado tenido conocimiento de tal por el valor del circunstancia. La condemnatio daño que hubiera implicaba infamia. estimado el demandante.
CAPITULO III. Fraude. Artículo 386.- Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.
¿Qué relación encuentras entre la Sociología y el Derecho Penal?
Podemos establecer que, en general, e l Derecho es un sistema de normas jurídicas, principios e instituciones que regulan la conducta del individuo en sociedad. El Derecho Penal es una parte del Derecho Público, protege las garantías individuales a través de la imposición de penas a quiénes realizan actos u omiten acciones establecidas en la ley. Utiliza conceptos como delito, pena, medidas de seguridad para determinar su acto de competencia. El método de estudio de la Sociología es la sociedad, siendo necesario que el estudio de la Sociología sea parte primordial en el estudio de l Derecho, ya que sin soc iedad estas no podrían existir. Siendo el Derecho consecuencia de la sociedad, para regular los delitos que dañen a esta misma. ¿Consideras que ha habido retroceso en algunos momentos de la historia, en cuanto a la definición de los delitos y sus respectivas penas? ¿Por qué?
Si, en la actualidad el contenido del Derecho Penal es muy variable, dependiendo del lugar y la época. La última visión que representa el mundo contemporáneo, la grave situación por la que atraviesa la sociedad inmersa en violencia, terrorismo, narcotráfico, entre otros, ha dado lugar a un retroceso en materia penal, porque de forma cotidiana se han dado casos de linchamiento y de venganza privada. La solución sería que las personas que cometen actos ilícitos sean rehabilitadas y reintegradas con valores en la so ciedad, sin embargo como no han sido funcionales los instrumentos lo ideal sería la prevención. Conclusiones: Los cambios en las leyes en cada momento histórico, significaron una gran
modificación cultural y social, podemos observar la transformación de sancionar los acto s delictivos. Nuestras leyes penales castigan al infractor, pero no existe un proceso por el cual esta persona sea integrada a la sociedad, en consecuencia sale de la cárcel y comete los mismos delitos, causando una problemática social, provocando a la misma omitir las leyes y sancionar con la ley de talión.
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