M22 Da U2 S5 Maca

February 20, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download M22 Da U2 S5 Maca...

Description

 

 MARÍA CATALINA MARGARITA CALDERA ARROYO MATRÍCULA: ES1911001378

MÓDULO 22 CONTENIDOS PARTICULARES DEL CAMPO ELEGIDO: DERECHO AMBIENTAL UNIDAD 2 ABORDAJE METODOLÓGICO SESIÓN 5 ESTATUTO JURÍDICO DE LAS PARTES ACTIVIDAD 1 LAS AUTORIDADES COMPETENTES ACTIVIDAD 2 GENERADORES DEL DAÑO AMBIENTAL ACTIVIDAD INTEGRADORA. TERCEROS AFECTADOS DOCENTE: MAESTRA DANELLY ITZELL AYALA MONTILLA Fecha de entrega 6 de Agosto del 2022

 

INDICE Desarrollo…………………………………………………………………………………………….. Introducción …………………………………………………………………………………………..

 ACTIVIDAD 1. LAS AUTORIDADES COMPETENTES……………………………………….. 1. Lee el apartado “Autoridades competentes” del texto de apoyo. 2. En un documento de texto y con base en los cuerpos normativos correspondientes, responde las siguientes preguntas:  ¿De qué medida de control derivaría el caso de estudio?  ¿A qué nivel de gobierno corresponde la autoridad competente?  ¿Es la misma autoridad a la que le corresponde la ejecución de los procedimientos administrativos?  ¿Qué papel desempeña la SEMARNAT en el caso?

ACTIVIDAD

2.

GENERADORES

DEL

DAÑO

AMBIENTAL…………………………………… 1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. Con base en el tema de tu cas caso, identifica  la no norma rmativ tivida idad d qu que e se seña ñalan lan las obligaciones que incumplieron los generadores de daño ambiental. 3. En el mismo documento documento de la actividad actividad anterior, anterior, explica  el vínculo jurídico de los generadores de daño ambiental con la normatividad identificada. 4. Señala las obligaciones de los particulares, respecto al tema ambiental abordado.

ACTIVIDAD INTEGRADORA. TERCEROS AFECTADOS……………………………………. Indicaciones 1. Con base en los terceros afectados reconocidos en tu caso por el presunto daño ambiental, investiga la normatividad que les sea aplicable. 2. En un document documento o de texto, texto, señala las obligaciones del generador o generadores de daño ambiental para con los terceros afectados.

CONCLUSIONES……………………………………………………………………………………

 

ACTIVIDAD 1. LAS AUTORIDADES COMPETENTES INTRODUCCIÓN: El régimen jurídico al que están sometidas las personas involucradas en un asunto en materia ambiental dependerá de la naturaleza jurídica a la cual pertenezcan, ya que el trata tra tamie miento nto su suele ele ser difer diferen ente te para para los su sujet jetos os regul regulad ados os po porr el Derec Derecho ho Públ Público ico (autoridades) y para los regulados por el Derecho Privado (gobernados).

Competencia de la unidad: Concluye el protocolo de investigación, con base en los avances de las sesiones anteriores, para consolidar el objeto de investigación.

Competencia de la sesión: Identifica el estatuto jurídico de las partes involucradas en el caso objeto de estudio en el proyecto de intervención, de acuerdo a las especificidades contemp cont emplada ladas s sobre sobre la autorida autoridad d compete competente, nte, el generad generador or o generad generadores ores del daño daño ambiental y terceros afectados, para determinar sus derechos y obligaciones.

ACTIVIDAD 1. LAS AUTORIDADES COMPETENTES PROPÓSITO:  Identificación de Autoridades competentes. PROPÓSITO:  ACTIVIDAD 2. GENERADORES DEL DAÑO AMBIENTAL PROPÓSITO: PROPÓSITO: Reconocer la forma en que deberán proceder las autoridades, ACTIVDAD INTEGRADORA.- TERCEROS AFECTADOS Identific tificar ar y examina examinarr el o los ordenamien ordenamientos tos aplicab aplicables les a los terceros terceros PROPÓSITO:   Iden afectados en el daño ambiental.

DESARROLLO: ACTIVIDAD 1. LAS AUTORIDADES COMPETENTES

1. Lee el apartado “Autoridades competentes” del texto de apoyo. 2. En un documento de texto y con base en los cuerpos normativos correspondientes, responde las siguientes preguntas:

a) ¿De qué medida de control derivaría el caso de estudio de tu proyecto de intervención? R= Pa Para ra mi Pr Proy oyec ecto to de In Inte terv rven enci ción ón yo su sugi gier ero o la me medi dida da de co cont ntro roll la Eliminación: porque se toma una medida para suprimir el riesgo o el peligro. En este caso, es la basura en mi localidad ya que en cada esquina la gente tira la basu ba sura ra en la ca call llee pr prov ovoc ocan ando do ma mall ol olor or,, an anim imal ales es,, in infe fecc ccio ione nes, s, pe peli ligr gro o de enfermedades a mí localidad y mala impresión al turismo.

 

b) ¿A qué nivel de gobierno corresponde la autoridad competente? R= Al Gobierno Federal en este caso la SEMARNAT, y al Gobierno de la Ciudad de México. c) ¿Es la mism isma au auto tori rida dad d a la que le co corr rres espo pon nde la eje jecu cuci ció ón de los procedimientos administrativos? R= No, de losMéxico, proced pro cedim imien ientos tos admin adm inist istrat rativo ivossCuauhtémoc. le cor corres respon ponden den al Gob Gobier ierno no de la Ciudad en este caso a la Alcaldía d) ¿Qué papel desempeña la SEMARNAT en tu caso de estudio? R= La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno de México (SEMARNAT) desarrolla las competencias de educación y sensibilización ambiental, y su finalidad es "incrementar la capacidad de gestión de la sociedad y elevar sus niveles de bienestar, a través de la educación y la capacitación para propiciar su   participación corresponsable, acorde con los cambios que implica el desarrollo sustentable" .

FUENTES: TEXTO DE APOYO ChemHat. ChemH at.ORG ORG.. (20 (2022) 22).. jer jerarq arquía uía de las med medida idass de con contro trol. l. 3 agosto agosto 202 2022, 2, de ChemHat.ORG Sitio web: https://www.chemhat.org/es/chemhat-y-la-jerarqu %C3%ADa-de-las-medidas-de-control   %C3%ADa-de-las-medidas-de-control

SEMARNAT. (2022). Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México. 3 agosto 2022, de Vicepresidencia Tercera de Gobierno Sitio web: https://www.miteco.gob.es/es/ceneam/recu rsos/quien-es-quien/quien27.aspx uien27.aspx   https://www.miteco.gob.es/es/ceneam/recursos/quien-es-quien/q

 

ACTIVIDAD 2. GENERADORES DEL DAÑO AMBIENTAL

1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. Con base en el tema de tu caso de estudio, identifica la normatividad que señalan las obligaciones que incumplieron los generadores de daño ambiental. 3. Explica el vínculo jurídico de los generadores de daño ambiental con la normatividad identificada. 4. Señala las obligaciones obligaciones de los particulares, respecto al tema ambiental abordado en el caso de estudio de tu proyecto de intervención.

2. CON BASE EN EL TEMA DE TU CASO, IDENTIFICA LA NORMATIVIDAD QUE SEÑALAN SEÑA LAN LAS OBLIG OBLIGACIO ACIONES NES QUE INCU INCUMPLIE MPLIERON RON LOS GENER GENERADO ADORES RES DE DAÑO AMBIENTAL. R= LE LEY Y GE GENE NERA RAL L PA PARA RA LA PR PREV EVEN ENCI CIÓN ÓN Y GE GEST STIÓ IÓN N IN INTE TEGR GRAL AL DE LO LOS S RESIDUOS Artículo 68.- Quienes resulten responsables de la contaminación de un sitio, así como de daños a la salud como consecuencia de ésta, estarán obligados a reparar  el daño causado, conforme a las disposiciones legales correspondientes. Toda persona física o moral que, directa o indirectamente, contamine un sitio u ocasio oca sione ne un dañ daño o o afe afecta ctació ción n al amb ambien iente te com como o res result ultado ado de la gen genera eració ción, n, manejo o liberación, descarga, infiltración o incorporación de materiales o residuos peligrosos al ambiente, será responsable y estará obligada a su reparación y, en su caso, a la compensación correspondiente, de conformidad a lo previsto por la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. 3. EN EL MISM MISMO O DO DOCU CUME MENT NTO O DE LA AC ACTI TIVI VIDA DAD D AN ANTE TERI RIOR OR,, EX EXPL PLIC ICA A EL VÍNCUL VÍN CULO O JUR JURÍDI ÍDICO CO DE LOS GEN GENERA ERADOR DORES ES DE DAÑ DAÑO O AMBIEN AMBIENTAL TAL CON LA NORMATIVIDAD IDENTIFICADA.

R= NMX-AA-61-1985: Protección al ambiente - Contaminación del suelo - Residuos sólidos municipales - Determinación de la generación. La prese presente nte Norma Mexic Mexicana ana espec especifica ifica un métod método o para determinar determinar la generación generación de res residu iduos os sól sólido idoss mun munici icipal pales es a par partir tir de un mue muestr streo eo est estadí adísti stico co ale aleato atori rio, o, subdividiendo los residuos sólidos municipales en domésticos y en no domésticos. Para promover y estimular el cumplimiento de las leyes, las NOM, los programas y demás materias de su competencia, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales.

 

En su caso, inicie los procedimientos de inspección correspondientes, imponer las sanc sa ncio ione ness ne nece cesa sari rias as y or orde dena narr la lass me medi dida dass de se segu guri rida dad d qu quee re resu sult lten en procedentes. 4. SEÑALA LAS OBLIGACIONES DE LOS PARTICULARES, RESPECTO AL TEMA AMBIENTAL ABORDADO. Artí Artículo culo 10.- LEY FEDERAL DE RESPONSABIL RESPONSABILIDAD IDAD AMBIENTAL AMBIENTAL..- Toda persona persona física o moral que con su acción u omisión ocasione directa o indirectamente un daño al ambiente, será responsable y estará obligada a la reparación de los daños, o bien, cuando la reparación no sea posible a la compensación ambiental que proceda, en los términos de la presente Ley. De la misma forma estará obligada a realizar las acciones necesarias para evitar  que se incremente el daño ocasionado al ambiente.

FUENTES: TEXTO DE APOYO Cámara de Diputados. (2002). LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTE IN TEGR GRAL AL DE LO LOS S RE RESI SIDU DUOS OS.. 3 de ag agos osto to de dell 20 2022 22,, de Di Diar ario io Of Ofic icia iall de la Federación Sitio web: https://www.d https://www.diputados.gob.m iputados.gob.mx/LeyesBiblio/pd x/LeyesBiblio/pdf/263_180121.pdf  f/263_180121.pdf   Cámara de Diputados. (2013). LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL. 3 agosto 2022, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: https://www.diputados.gob.m x/LeyesBiblio/pdf/LFRA_200521.pdf  f/LFRA_200521.pdf   https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pd Organizac Organi zación ión de las Nac Nacion iones es Uni Unidas das.. (20 (2022) 22).. NMX-AA NMX-AA-61-61-198 1985: 5: Pro Protec tecció ción n al ambi am bien ente te - Cont ntam amin inac ació ión n de dell su suel elo o - Res esid idu uos sól sólidos idos mun unic iciipa pale less Determinación de la generación.. 3 agosto 2022, de Base de datos FAOLEX Sitio etails/es/c/LEX-FAOC051942/   web: https://www.fao.org/faolex/results/d https://www.fao.org/faolex/results/details/es/c/LEX-FAOC051942/

 

ACTIVIDAD INTEGRADORA. TERCEROS AFECTADOS

Indicaciones 1. Con base en los terceros afectados reconocidos en tu caso por el presunto daño ambiental, investiga la normatividad que les sea aplicable. 2. En un documento de texto, señala las obligaciones del generador o generadores de daño ambiental para con los terceros afectados.

1. CON BASE EN LOS TERCEROS AFECTADOS RECONOCIDOS EN TU CASO POR EL PRESUNTO DAÑO AMBIENTAL, INVESTIGA LA NORMATIVIDAD QUE LES SEA APLICABLE. R= Artículo 125.- LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESI RESIDUOS DUOS..- Toda persona, grup grupo o socia social, l, orga organizac nización ión no gube gubernam rnamental ental,, asociación y sociedad podrá denunciar ante la Secretaría, todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico, daños al ambiente, a los recursos naturales o a la salud en relación con las materias de esta Ley y demás ordenamientos que de ella emanen. La tramitación de la denuncia popular a que se refiere este precepto, se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

2. EN UN DOC OCU UME MEN NTO DE TE TEXT XTO O, SE SEÑ ÑALA LAS OBLIGA GAC CION IONES DE DEL L GENE GE NERA RADO DOR R O GE GENE NERA RADO DORE RES S DE DA DAÑO ÑO AM AMBI BIEN ENTA TAL L PA PARA RA CO CON N LOS TERCEROS AFECTADOS. R= De con confor formid midad ad con los pri princ ncipi ipios os amb ambien iental tales, es, tod todas as las per person sonas as tie tienen nen derecho a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, por  lo que la afectación en esta materia se considerará de alguna forma colectiva y difusa, es decir, no es necesario que de manera muy precisa se determine quiénes está es tán n si sien endo do afe afect ctad ados os po porr la co cont ntam amin inac ació ión, n, tal y co como mo se es esta tabl blec ecee en la siguiente tesis aislada: PROCEDIMIENTO JUDICIAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL PREVISTO EN LA LEY FEDERAL DE LA MATERIA. SU FINALIDAD Y CARACTERÍSTICAS. La Ley Federal de Responsabilidad Ambiental surgió en el marco de los principios 10, 13 y 16 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, los cuales consignan el compromiso de los Estados de desarrollar una legislación re rela lati tiva va a la yre resp spon onsa sabi bili lida dad d y a la y, inde in demn mniz izac ació ión de la lass4º,ví víct ctim imas aspárrafo, de la contaminación otros daños ambientales conforme aln artículo quinto

 

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual prevé que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque, en términ tér minos os de lo dis dispu puest esto o leg legalm alment ente. e. En est estas as con condic dicion iones, es, el pro proced cedimi imient ento o  judicial de responsabilidad ambiental previsto en la ley mencionada, que se sustancia ante los Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, tiene como co mo fi fina nali lida dad d la re repa para raci ción ón y co comp mpen ensa saci ción ón de lo loss da daño ñoss oc ocas asio iona nado doss al ambiente, así como el pago de la sanción económica que corresponda, en aras de garantizar la preservación y restauración del ambiente y el equilibrio ecológico, para hacer efectivo el derecho humano a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las personas. Asimismo, constituye una nueva alternativa de acceso a la justicia en materia ambiental, que no pretende ni debe ser excluyente de los mecanismos de justicia administrativos, civiles o penales vigentes, en los casos de daños ambientales; sobre todo, porque la reparación del daño ambiental debe abordarse abord arse desde una ópti óptica ca disti distinta nta al sistem sistemaa de resp responsab onsabilid ilidad ad civi civill ordi ordinario nario,, que resulta para ello ineficaz e insuficiente, porque se trata de un daño social y difuso, ya que recae sobre bienes que son objeto de interés general y colectivo, y que puede o no concretarse concretarse sobr sobree derec derechos hos individuales, individuales, aunado a que mediante dicho procedimiento se busca la restauración o la descontaminación del entorno dañ da ñad ado, o, y só sólo lo an ante te su imp mpo osi sib bil ilid idad ad té técn cnic icaa o mat ater eria iall, pro roce ced de un unaa compensación, que no necesariamente debe fijarse en términos pecuniarios, sino en función de los servicios ambientales perdidos (Tesis: II.2o.A.5 A [10a.]). CONCLUSIONES: El Derecho es un instrumento que protege determinados valores sociales y que se impone a las perso persona nas s para para hacer hacerse se respo responsa nsable bles s de sus co cond nduct uctas, as, mante mantenie niend ndo o de es esa a manera el orden social. Es por ello que, en el análisis de cualquier asunto jurídico, es importante identificar con precisión quiénes intervienen activamente en un caso concreto para, posteriormente, reconocer el marco aplicable a su actuación, subsumiendo su hacer  con el cu cumpl mplimi imien ento to de los los princ principi ipios os y regla reglas s es estab tablec lecida idas s en los los or orde dena namie miento ntos s legisl leg islati ativos vos y reglam reglamen entar tarios ios.. De esta esta manera manera,, en mate materia ria ambie ambienta ntall es import importan ante te distinguir el régimen aplicable a las personas involucradas en un caso, con base en las hipótesis narrativas expuestas expuestas de cada asunto en particular, lo cual permite identificar las obligaciones que corresponden a los particulares y la forma en que deberán proceder las autoridades en relación con la normatividad aplicable. Cabe recordar además que, la autoridad ambiental está facultada para actuar de oficio salvaguardando el adecuado cumplimiento del sistema jurídico. Sin embargo, conforme a la CPEUM, al ser el medio ambiente un derecho humano, cualquier persona tiene la facultad de acudir a la autoridad autoridad competente y dar a conocer los hechos que se presumen en contra de sus derechos fundamentales

FUENTES: TEXTO DE APOYO

 

Cámara de Diputados. (2002). LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTE IN TEGR GRAL AL DE LO LOS S RE RESI SIDU DUOS OS.. 3 de ag agos osto to de dell 20 2022 22,, de Di Diar ario io Of Ofic icia iall de la Federación Sitio web: https:// www.diputados www.diputados.gob.mx/Le .gob.mx/LeyesBibli yesBiblio/pdf/26 o/pdf/263_1801 3_180121.pdf 21.pdf

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF