M22 Da U1 S2 Maca

January 30, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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 MARÍA CATALINA MARGARITA CALDERA ARROYO MATRÍCULA: ES1911001378

MÓDULO 22 CONTENIDOS PARTICULARES DEL CAMPO ELEGIDO: DERECHO AMBIENTAL UNIDAD 1 ABORDAJE DISCIPLINAR SESIÓN 2 INSPECCIÓN Y VIGILANCIA FEDERAL EN MATERIA AMBIENTAL ACTIVIDAD 1 APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO GENÉRICO DE INSPECCIÓN AMBIENTAL ACTIVIDAD 2 MEDIDAS DE SEGURIDAD ACTIVIDAD INTEGRADORA. ANÁLISIS DE UN CASO DOCENTE: MAESTRA DANELLY ITZELL AYALA MONTILLA Fecha de entrega 22 de julio

 

INDICE Desarrollo…………………………………………………………………………………………….. Introducción…………………………………………………………………………………………..

 ACTIVIDAD 1. APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO GENÉRICO DE INSPECCIÓN AMBIENTAL…………………………………………………………………………………………. 1. Lee hasta el apartado “Procedimiento administrativo genérico de inspección” del texto de apoyo. 2. Inv Invest estiga iga cuáles son las medidas de prevención y control de la contaminación del agua, aire y suelo e indica su fundamentación jurídica conforme a la LGEEPA. 3. En un documento de texto, presenta tus hallazgos. 4. Señala tres ejemplos de actividades económicas que se puedan sujetar a las medidas de prevención y control. Un ejemplo relacionado con la contaminación del agua, otro con la del aire y otro con la del suelo. 5. Identifica una NOM aplicable a cada uno de tus tres ejemplos. 6. Con bas base e en las NOM iden identif tifica icadas das,, señ señala ala cuatro de los parámetros a los que se pueden ejemplos.sujetar los actos de inspección y vigilancia de la autoridad de cada uno de tus

ACTIVIDAD 2. MEDIDAS SEGURIDAD………………………………………………………

DE

1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. Identifica las medidas de seguridad señaladas en la LGEEPA que puede implementar la autoridad. 3. En el mismo documento de la actividad anterior, ejemplifica las medidas aplicables en las actividades económicas señaladas en la actividad anterior. 4. Indica la fundamentación jurídica de las mismas.

ACTIVIDAD INTEGRADORA. ANÁLISIS DE UN CASO……………………………………… Indicaciones 1. Consulta una sentencia en materia ambiental del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y  Administrativa. 2. En un documento de texto señala lo siguiente:  Asunto.  Resolución.

CONCLUSIONES……………………………………………………………………………………

 

ACTIVIDAD 1. APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO GENÉRICO DE INSPECCIÓN AMBIENTAL INTRODUCCIÓN: Las autoridades de carácter administrativo cuentan con atribuciones para realizar visitas de inspección tanto a los establecimientos de particulares como a los que se encuentran a cargo de otras entidades públicas. Desde luego, esta situación no es la excepción en materia ambiental, ya que es importante verificar el cumplimiento de este tipo de normas por sus destinatarios, a fin de garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano. Las actuaciones que realizan los servidores públicos para cumplir su cometido no quedan a su libre arbitrio, sino que deben circunscribirse a una serie de prescripciones para ser   jurídicamente eficaces. 

Competencia de la unidad: Reconoce los mecanismos de protección al ambiente, con base base en la iden identitififica caci ción ón de los los órga órgano noss en ma mate teri ria a ambi ambien enta tal,l, su suss au auto tori rida dade dess y atribuciones, para vincular el derecho sustantivo ambiental con el caso planteado en el proyecto de intervención.  Compete Comp etenc ncia ia de la se sesi sión ón: Anal Analiz iza a la ap aplilica caci ción ón del del pr proc oced edim imie ient nto o ge gené néri rico co de inspección ambiental, con base en la identificación de las medidas de control a observar, para señalar las medidas de seguridad correspondientes. ACTIVIDAD ACTIVIDA D 1. APLI APLICACI CACIÓN ÓN DEL PROC PROCEDIMI EDIMIENTO ENTO GENÉR GENÉRICO ICO DE INSPE INSPECCIÓ CCIÓN N AMBIENTAL. PROPÓSITO:   Identificar los actos de inspección y vigilancia entorno al control de la PROPÓSITO:  contaminación de agua, aire y suelo. ACTIVIDAD 2. MEDIDAS DE SEGURIDAD. PROPÓSITO: Ejemplificar estos actos de Medidas de Seguridad. PROPÓSITO: ACTIVDAD INTEGRADORA.INTEGRADORA.- ANÁLISIS DE UN CASO. PROPÓSITO:  Analizar un caso a partir de una sentencia pública. DESARROLLO: 1. Lee hasta el apartado “Procedimiento administrativo genérico de inspección” del texto de apoyo. 2. Investiga cuáles son las medidas de prevención y control de la contaminación del agua, aire y suelo e indica su fundamentación jurídica conforme a la LGEEPA. 3. En un documento de texto, presenta tus hallazgos.

 

4. Señala tres ejemplos de actividades económicas que se puedan sujetar a las medidas de prevención y control. Un ejemplo relacionado con la contaminación del agua, otro con la del aire y otro con la del suelo. 5. Identifica una NOM aplicable a cada uno de tus tres ejemplos. 6. Con base en las NOM identificadas, señala cuatro de los parámetros a los que se pueden sujetar los actos de inspección y vigilancia de la autoridad de cada uno de tus ejemplos.

2. INVESTIGA CUÁLES SON LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN CONTAMINAC IÓN DEL AGUA, AIRE Y SUELO E INDICA SU FUNDAMENTAC FUNDAMENTACIÓN IÓN JURÍDICA CONFORME A LA LGEEPA. R= CAPÍTULO II PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE O ATMÓSFERA. ARTÍCULO 110.- Para la protección a la atmósfera se considerarán los siguientes criterios: I.La calidad del aire debe ser satisf satisfactor actoria ia en todos los asenta asentamien mientos tos humanos y las regiones del país; y II.Las emisiones de contaminantes de la atmósfera, sean de fuentes artificiales o naturales, fijas o móviles, deben ser reducidas y controladas, para asegurar una calida cal idad d del air airee sat satisf isfact actori oriaa par paraa el bie bienes nestar tar de la pob poblac lación ión y el equ equili ilibri brio o ecológico.

ARTÍCULO 111.- Para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría tendrá las siguientes facultades:  I.- Expedir las normas oficiales mexicanas que establezcan la calidad ambiental de las distintas áreas, zonas o regiones del territorio nacional, con base en los valores de concentración máxima permisible paradelaSalud; salud pública de contaminantes en el ambiente, determinados por la Secretaría II.- In II.Integ tegrar rar y man manten tener er act actual ualiza izado do el inv invent entari ario o de las fue fuente ntess emi emisor soras as de contam con tamina inante ntess a la atm atmósf ósfera era de ju juris risdic dicció ción n fed federa eral, l, y coo coordi rdinar narse se con los gobier gob iernos nos loc locale aless par paraa la in integ tegrac ración ión del inv invent entari ario o nac nacion ional al y los reg region ionale aless correspondientes; III.- Expedir las normas oficiales mexicanas que establezcan por contaminante y por  fuente de contaminación, los niveles máximos permisibles de emisión de olores, gases así como de partículas sólidas y líquidas a la atmósfera provenientes de fuentes fijas y móviles; IV.- Formular y aplicar programas para la reducción de emisión de contaminantes a la atmósfera, con basenacional. en la calidad delprogramas aire que sedeberán determine paralos cada área, zona o región del territorio Dichos prever objetivos que

 

se pre preten tende de alc alcanz anzar, ar, los pla plazos zos cor corres respo pondi ndient entes es y los mec mecani anismo smoss par paraa su instrumentación; V.- Promover y apoyar técnicamente a los gobiernos locales en la formulación y aplicación de programas de gestión de calidad del aire, que tengan por objeto el cumplimiento de la normatividad aplicable; VI.- Requerir a los responsables de la operación de fuentes fijas de jurisdicción feder fed eral al,, el cu cump mpli limi mien ento to de lo loss lí lími mite tess má máxi ximo moss pe perm rmis isib ible less de em emis isió ión n de contaminantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la presente Ley, su reglamento y en las normas oficiales mexicanas respectivas; VII.- Expedir las normas oficiales mexicanas para el establecimiento y operación de los sistemas de monitoreo de la calidad del aire; VIII.- Expedir las normas oficiales mexicanas para la certificación por la autoridad comp co mpet eten ente te,, de lo loss ni nive vele less de em emis isió ión n de co cont ntam amin inan ante tess a la at atmó mósf sfer eraa provenientes de fuentes determinadas; IX. Expedir, en coordinación con la Secretaría de Economía, las normas oficiales mexi me xica cana nass qu quee es esta tabl blez ezca can n lo loss ni nive vele less má máxi ximo moss pe perm rmis isib ible less de em emis isió ión n de contaminantes a la atmósfera, provenientes de vehículos automotores nuevos en planta y de vehículos automotores en circulación, considerando los valores de concen con centra tració ción n máx máxima ima per permis misibl iblee par paraa el ser hu human mano o de con contam tamina inante ntess en el ambiente, determinados por la Secretaría de Salud; X.- Definir niveles máximos permisibles de emisión de contaminantes a la atmósfera porr fu po fuen entes tes,, ár área eas, s, zo zona nass o re regi gion ones es,, de ta tall ma mane nera ra qu quee no se re reba base sen n la lass capacidades de asimilación de las cuencas atmosféricas y se cumplan las normas oficiales mexicanas de calidad del aire; XI.- Promover en coordinación con las autoridades competentes, de conformidad con las disposiciones que resulten aplicables, sistemas de derechos transferibles de emisión de contaminantes a la atmósfera; XII.- Aprobar los programas de gestión de calidad del aire elaborados por los gobier gobi erno noss lo loca cale less pa para ra el cu cump mpli limi mien ento to de la lass no norm rmas as of ofic icia iale less me mexi xica cana nass respectivas; XIII.- Promover ante los responsables de la operación de fuentes contaminantes, la aplicación de nuevas tecnologías, con el propósito de reducir sus emisiones a la atmósfera, y XIV.- Expedir las normas oficiales mexicanas que establezcan las previsiones a que deberá deb erá su sujet jetars arsee la op opera eració ción n de fue fuente ntess fij fijas as que em emita itan n con contam tamina inante ntess a la atmósfera, en casos de contingencias y emergencias ambientales. ARTÍCU ARTÍ CULO LO 11 112. 2.-- En ma mate teri riaa de pr prev even enci ción ón y co cont ntro roll de la co cont ntam amin inac ació ión n atmosférica, los gobiernos de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, de conformidad con la distribución de atribuciones establecida en los artículos 7o., 8o. y 9o. de esta Ley, así como con la legislación local en la materia: Párrafo reformado DOF 13-12-1996

 

I.- Controlarán la contaminación del aire en los bienes y zonas de jurisdicción local, así com como o en fu fuent entes es fij fijas as que fun funcio cionen nen com como o est establ ableci ecimie miento ntoss ind indust ustria riales les,, comerciales y de servicios, siempre que no estén comprendidos en el artículo 111 BIS de esta Ley; II.- Aplicarán los criterios generales para la protección a la atmósfera en los planes de desarrollo urbano de su competencia, definiendo las zonas en que sea permitida la instalación de industrias contaminantes; III.- Requerirán a los responsables de la operación de fuentes fijas de jurisdicción loca lo cal, l, el cu cump mpli limi mien ento to de lo loss lí lími mite tess má máxi ximo moss pe perm rmis isib ible less de em emis isió ión n de contaminantes, de conformidad con lo dispuesto en el reglamento de la presente Ley y en las normas oficiales mexicanas respectivas; IV.- Integrarán y mantendrán actualizado el inventario de fuentes de contaminación; V. Establecerán y operarán sistemas de verificación de emisiones de automotores en circulación; VI.- Establecerán y operarán, con el apoyo técnico, en su caso, de la Secretaría, sistemas de monitoreo de la calidad del aire. Los gobiernos locales remitirán a la Secretaría los reportes locales de monitoreo atmosférico, a fin de que aquélla los integre al Sistema Nacional de Información Ambiental; Ambiental; VII.. Est VII Establ ablece ecerán rán req requis uisito itoss y pro proced cedimi imient entos os par paraa reg regula ularr las emi emisio siones nes del transporte público, excepto el federal, y las medidas de tránsito, y en su caso, la suspensión de circulación, en casos graves de contaminación; VIII. Tom VIII. Tomará arán n las med medida idass pre preven ventiv tivas as nec necesa esaria riass par paraa evi evitar tar con contin tingen gencia ciass ambientales por contaminación atmosférica; IX. Elaborarán los informes sobre el estado del medio ambiente en la entidad o munici mun icipio pio cor corres respon pondie diente nte,, que con conven vengan gan con la Sec Secret retarí aríaa a tra través vés de los acuerdos de coordinación que se celebren; X.- Impondrán sanciones y medidas por infracciones a las leyes que al efecto expidan las legislaturas locales, o a los bandos y reglamentos de policía y buen gobierno que expidan los ayuntamientos, de acuerdo con esta Ley; XI.- Formularán y aplicarán, con base en las normas oficiales mexicanas que expida la Fe Fede dera raci ción ón pa para ra es esta tabl blec ecer er la ca cali lida dad d am ambi bien enta tall en el te terr rrit itor orio io na naci cion onal al,, programas de gestión de calidad del aire, y XII.- Ejercerán las demás facultades que les confieren las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. ARTÍCULO 113.- No deberán emitirse contaminantes a la atmósfera que ocasionen o puedan ocasionar desequilibrios ecológicos o daños al ambiente. En todas las emisiones a la atmósfera, deberán ser observadas las previsiones de esta Ley y de las disposiciones reglamentarias que de ella emanen, así como las normas oficiales mexicanas expedidas por la Secretaría.

 

ARTÍCULO 114.- Las autoridades competentes promoverán, en las zonas que se hubi hu bier eren en de dete term rmin inad ado o co como mo ap apta tass pa para ra us uso o in indu dust stri rial al,, pr próx óxim imas as a ár área eass habitacionales, la instalación de industrias que utilicen tecnologías y combustibles que generen menor contaminación.

CAPITULO III.- PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA Y DE LOS ECOSISTEMAS ACUÁTICO ACUÁTICOS. S. ARTÍCULO 117.- Para la prevención y control de la contaminación del agua se considerarán los siguientes criterios: I. La prevención y control de la contaminación del agua, es fundamental para evitar  que se reduzca su disponibilidad y para proteger los ecosistemas del país; II. Corresponde al Estado y la sociedad prevenir la contaminación de ríos, cuencas, vasos, aguas marinas y demás depósitos y corrientes de agua, incluyendo las aguas del subsuelo; III. El apr III. aprove ovecha chamie miento nto del agua agua en act activi ividad dades es pro produc ductiv tivas as sus suscep ceptib tibles les de produ pro ducir cir su con contam tamina inació ción, n, con conlle lleva va la res respon ponsab sabili ilidad dad del tra tratam tamien iento to de las descargas, reintegrarla enequilibrio condiciones adecuadas para su utilización en otras actividades para y para mantener el de los ecosistemas; IV. Las aguas residuales de origen urbano deben recibir tratamiento previo a su descarga en ríos, cuencas, vasos, aguas marinas y demás depósitos o corrientes de agua, incluyendo las aguas del subsuelo; y V. La participación y corresponsabilidad de la sociedad es condición indispensable para evitar la contaminación del agua. ARTÍCULO 118.- Los criterios para la prevención y control de la contaminación del agua serán considerados en: I.- La ex I.expe pedi dici ción ón de no norm rmas as of ofic icia iale less me mexi xica cana nass pa para ra el us uso, o, tr trat atam amie ient nto o y disposición de aguas residuales, para evitar riesgos y daños a la salud pública; II.- La formulación de las normas oficiales mexicanas que deberá satisfacer el tratamiento del agua para el uso y consumo humano, así como para la infiltración y desc de scar arga ga de ag agua uass re resi sidu dual ales es en cu cuer erpo poss re rece cept ptor ores es co cons nsid ider erad ados os ag agua uass nacionales; III.Los convenios que celebre el Ejecutivo Federal para entrega de agua en bloque a loss si lo sist stem emas as us usua uari rios os o a us usua uari rios os,, es espe peci cial alme ment ntee en lo qu quee se re refi fier eree a la determ det ermina inació ción n de los sis sistem temas as de tra tratam tamien iento to de agu aguas as res residu iduale aless que deb deban an instalarse; IV. El establecimiento de zonas reglamentadas, de veda o de reserva en términos de la Ley de Aguas Nacionales; V. Las asignaciones, permisos general autorizaciones que deban obtene obt enerconcesiones, r los con conces cesion ionari arios, os, asi asigna gnatar tarios ios yo en permi per misio sionar narios ios,, y en gen genera eral l los

 

usuarios de las aguas propiedad de la nación, para infiltrar aguas residuales en los terr te rren enos os,, o pa para ra de desc scar arga garl rlas as en ot otro ross cu cuer erpo poss re rece cept ptor ores es di dist stin into toss de lo loss alcantarillados de las poblaciones; y VI. La organización, dirección y reglamentación de los trabajos de hidrología en cuencas, cauces y álveos de aguas nacionales, superficiales y subterráneos. VII.La cla clasif sifica icació ción n de cue cuerpo rposs rec recept eptore oress de des descar carga ga de agu aguas as res residu iduale ales, s, de acuerdorecibir. a su capacidad de asimilación o dilución y la carga contaminante que éstos puedan ARTÍCULO 119.- La Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas que se requieran para prevenir y controlar la contaminación de las aguas nacionales, conf co nfor orme me a lo di disp spue uest sto o en es esta ta Le Ley, y, en la Le Leyy de Ag Agua uass Na Naci cion onal ales es,, su Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables. ARTÍCULO 119 BIS.- En materia de prevención y control de la contaminación del agua, corresponde a los gobiernos de los Estados y de los Municipios, por sí o a través de sus organismos públicos que administren el agua, así como al del Distrito Federal, de conformidad con la distribución de competencias establecida en esta Ley y conforme lo dispongan sus leyes locales en la materia: I.- El control de las descargas de aguas residuales a los sistemas de drenaje y alcantarillado; II.- La vigilancia de las normas oficiales mexicanas correspondientes, así como requerir a quienes generen descargas a dichos sistemas y no cumplan con éstas, la instalación de sistemas de tratamiento; III.- Determinar el monto de los derechos correspondientes para que el municipio o autoridad autor idad estatal respectiva, respectiva, pueda llevar a cabo el trata tratamien miento to necesario, necesario, y en su caso, proceder a la imposición de las sanciones a que haya lugar, y IV.- Llevar y actualizar el registro de las descargas a los sistemas de drenaje y alcantarillado que administren admin istren,, el que será integrado integrado al regis registro tro nacional nacional de descargas a cargo de la Secretaría. ARTÍCULO 120.- Para evitar la contaminación del agua, quedan sujetos a regulación federal o local: I.Las descargas de origen industrial; II. La II. Lass de desc scar arga gass de or orig igen en mu muni nici cipa pall y su me mezc zcla la in inco cont ntro rola lada da co con n ot otra rass descargas; III.Las descargas derivadas de actividades agropecuarias; IV. Las descargas de desechos, sustancias o residuos generados en las actividades de extracción de recursos no renovables; V. La aplicación de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas; VI. Las infiltraciones que afecten los mantos acuíferos; y

 

VII.- El vertimiento de residuos sólidos, materiales peligrosos y lodos provenientes del tratamiento de aguas residuales, en cuerpos y corrientes de agua. CAPÍTULO IV PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO ARTÍCULO 134.- Para la prevención y control de la contaminación del suelo, se considerarán los siguientes criterios: I. Corresponde al estado y la sociedad prevenir la contaminación del suelo; II. Deben ser controlados los residuos en tanto que constituyen la principal fuente de contaminación de los suelos; III.- Es necesario prevenir y reducir la generación de residuos sólidos, municipales e industriales; incorporar técnicas y procedimientos para su reuso y reciclaje, así como regular su manejo y disposición final eficientes; IV.- La uti IV.utiliz lizaci ación ón de pla plagu guici icidas das,, fer fertil tiliza izante ntess y sus sustan tancia ciass tóx tóxica icas, s, deb debee ser  compatibl comp atiblee con el equil equilibri ibrio o de los ecosi ecosistema stemass y cons considera iderarr sus efectos sobre la salud humana a fin de prevenir los daños que pudieran ocasionar, y V.- En lo V.loss su suel elos os co cont ntam amin inad ados os po porr la pr pres esen enci ciaa de ma mater teria iale less o re resi sidu duos os peligr pel igroso osos, s, deb deberá erán n ll lleva evarse rse a cab cabo o las acc accion iones es nec necesa esaria riass par paraa rec recupe uperar rar o restablecer sus condiciones, de tal manera que puedan ser utilizados en cualquier  tipo de actividad prevista por el programa de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que resulte aplicable. ARTÍCULO 135.- Los criterios para prevenir y controlar la contaminación del suelo se consideran, en los siguientes casos: I.La ordenación y regulación del desarrollo urbano; II. La operación de los sistemas de limpia y de disposición final de residuos municipales en rellenos sanitarios; III.- La generación, manejo y disposición final de residuos sólidos, industriales y peligrosos, así como en las autorizaciones y permisos que al efecto se otorguen. IV. El otorgamiento de todo tipo de autorizaciones para la fabricación, importación, utilización y en general la realización de actividades relacionadas con plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas.

4. SEÑALA TRES EJEMPLOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS QUE SE PUEDAN SUJE SU JETA TAR R A LA LAS S ME MEDI DIDA DAS S DE PR PREV EVEN ENCI CIÓN ÓN Y CO CONT NTRO ROL. L. UN EJ EJEM EMPL PLO O RELACIONADO CON LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA, OTRO CON LA DEL AIRE Y OTRO CON LA DEL SUELO. EJEMPLO CONTAMINACIÓN DEL AGUA: Los princ pr incipa ipales les con contam tamina inante ntess del aguaa fosfatos, agu incluy inc luyen enplásticos bacter bac terias ias, , vir virus, us, par parási ásitos tos,y, fertilizantes, pesticidas, fármacos, nitratos, plásticos, , desechos fecales

 

hasta sustancias radiactivas. Estos elementos no siempre tiñen el agua, haciendo que la contaminación hídrica resulte invisible en muchas ocasiones. Los factores naturales, como la filtración del mercurio presente en la corteza de la Tierra Tie rra,, pue pueden den con contam tamina inarr los océ océano anos, s, río ríos, s, lag lagos, os, can canale aless y emb embals alses. es. Sin embarg emb argo, o, lo hab habitu itual al es que el det deteri erioro oro del agu aguaa pro proced cedaa de las act activi ividad dades es humanas y sus consecuencias. EJEMPLO CONTAMINACIÓN DEL AIRE: La contaminación es la presencia en el ambiente de agentes químicos, físicos o biológ bio lógico icoss no nociv civos os par paraa los ser seres es viv vivos os.. La con contam tamina inació ción n del air aire, e, tam tambié bién n contamina aminación ción atmos atmosféric férica a, se pr llamada cont prod odu uce co com mo co con nse secu cuen enci ciaa de la lass emis em isiion ones es de gas ases es tó tóxxic ico os, como el dióxido de carbono. Por   ejemplo: combustibles fósiles, deforestación, pesticidas. Ejemplos de contaminación del aire 1. El transport transportee. Los autos, camiones y autobuses, así como los aviones, generan grandes cantidades de gases nocivos. Esto se debe a que su combustible son los hidrocarburos hidrocarburos (derivados  (derivados del petróleo). Si bien estos se concen con centra tran n en esp espaci acios os urb urbano anos, s, se dis disper persan san por tod todaa la atm atmósf ósfera era,, afectando diversos ecosistemas. 2. Combustible Combustibless fósiles fósiles.. Existe Existen n diver diversas sas forma formass de obten obtener er energ energía. ía. Algunas son limpias, es decir que provocan la mínima cantidad de contaminación duran du rante te su consumo consumo,, como la ene energí rgíaa eól eólica ica,, solar  o  o hidroeléctrica hidroeléctrica.. Sin emb em bar arg go, gr gran an par arte te de la en ener erg gía que uti tilliz izam amo os pro rovi vien enee de de comb co mbus usti tib ble less fó fósi sile less co como mo el ca carb rbón ón,, el pe petr tról óleo eo y el ga gass na natu tura ral, l, provocando no sólo la contaminación del aire, sino también del agua y del suelo. 3. Desf Desfor ores esta taci ción ón.. La de desf sfor ores esta taci ción ón no es dir irec ecta tame ment ntee un unaa fo form rmaa de contamina conta minación ción.. Sin emba embargo, rgo, los bosques bosques  con consum sumen en dió dióxid xido o de car carbon bono o (gas (g as no noci civo vo)) y pr prod oduc ucen en ox oxíg ígen eno, o, qu quee es in indi disp spen ensa sabl blee pa para ra nu nues estr traa existencia y la de otros seres vivos. Cuantas menos superficies verdes existan en el planeta, mayor será la contaminación y menor la producción de oxígeno. 4. Pesticidas. Pesticidas. Los Los pesticidas pesticidas contami contaminan nan principal principalmente mente el suelo, suelo, y en algunos algunos casos incluso los alimentos que intentan proteger. Sin embargo, al aplicarse pueden diseminarse por el aire, en especial si se utilizan avionetas para hacerlo. A esto se debe que las poblaciones poblaciones cercanas  cercanas a plantaciones, donde se ut util iliz izan an pe pest stic icid idas as no noci civo vos, s, su sufr fran an en enfe ferm rmed edad ades es as asoc ocia iada dass a la contaminación. 5. Indust Industri rias as “ch “chime imenea nea”. ”. Alg Alguna unass industrias industrias  dep depend enden en de la fab fabric ricaci ación ón de productos en fábricas. En ellas suelen utilizarse hornos que contaminan el aire ai re.. Es Este te ti tipo po de co cont ntam amin inac ació ión n se ve di dism smin inui uida da po porr la ut util iliz izac ació ión n de energía eléctrica en eléctrica en lugar de carbón o petróleo.

 

EJEMPLO CONTAMINACIÓN DEL SUELO. La contaminación del suelo se produce cuando se liberan en un terreno productos y sustan sustancias cias quím químicas icas  qu quee su sue suelo lo no pue puede de des descom compon poner. er. Est Estas as sus sustan tancia ciass contaminan y degradan el suelo y vuelven infértil su tierra. La contaminación de los suelos pone en peligro el ecosistema ecosistema y  y la salud de todos los seres vivos. vivos. Las su Las sussta tan nci cias as o el eleeme men nto toss que co cont ntam amin inan an lo loss suel suelos os pue ued den se serr de tipo sólido sólido,, líquido líquido o  o gaseoso gaseoso  y no son biodegradables biodegradables.. Po Porr ej ejem empl plo: o: pesticidas,  plásticos, derivados del del petróleo.

La mayoría de las sustancias contaminantes llegan al suelo como producto de la actividad humana, ya sea a través de los desechos que se producen en los hogares; o los desechos de las actividades industriales, agrícolas y mineras. Ejemplos de contaminantes del suelo 1. Ba Basu sura ra ur urba bana na.. 2. De Deri riva vado doss del del petr petról óleo eo.. 3. Plagu Plaguicida icidas: s: insectic insecticidas, idas, herbi herbicidas cidas,, fungicid fungicidas. as. 4. Bo Botel tellas las y envas envases es plás plástic ticos. os. 5. Metal Metales es como el mercurio mercurio,, el plomo plomo,, el arsénico arsénico,, el cromo. cromo. 6. Mi Micro croorg organi anismo smoss pató patógen genos. os. 7. Ác Ácid idos os y so solv lven entes tes.. 8. De Dese sech chos os nu nucl clea eare res. s. 9. Gases prod producido ucidoss por las industr industrias ias y el transpo transporte. rte. 10. Gases producidos producidos en incendios incendios y volcanes. volcanes.

5.IDENTIFICA UNA NOM APLICABLE A CADA UNO DE TUS TRES EJEMPLOS.

NORMA APLICABLE A LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA NORMA OFIC NORMA OFICIAL IAL MEXIC MEXICANA ANA NOM NOM-001-SE -001-SEMARN MARNAT-199 AT-1996, 6, QUE ESTAB ESTABLECE LECE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES EN LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES EN AGUAS Y BIENES NACIONAL NACIONALES ES NORMA APLICABLE A LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE NOM-085-ECOL-19 NOM-085-EC OL-199402/1 9402/12/199 2/19944 Conta Contamina minación ción atmosféri atmosférica-Fu ca-Fuentes entes fijas- Para fuente fue ntess fij fijas as que uti utiliz lizan an com combu busti stible bless fós fósile iless só sólid lidos, os, líq líquid uidos os o gas gaseos eosos os o cualquiera sus combinaciones, que particulas establece los niveles máximos de emisiónde a la atmósfera de humos, suspendidas totales,permisibles bioxido de

 

azufre y oxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles maximos permis per misibl ibles es de emi emisió sión n de bió bióxid xido o de azu azufre fre en los equ equipo iposs de cal calent entami amient ento o directo

por co por comb mbus usti tión ón.. (M (MOD ODIF IFIC ICAC ACIÓ IÓN N SEMARNAT-SENER-SCFI-2005

D.O. D. O.F. F.

11-N 11 -NOV OVIE IEMB MBRE RE

-199 -1 997). 7).NO NOMM-08 0866-

NORMA APLICABLE A LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO NORMA Oficial Mexicana NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004, Que establece criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, níquel, plata, plomo, selenio, talio y/o vanadio.

6. CON BASE EN LAS NOM IDE DENT NTIF IFIC ICA ADAS, DAS, SE SEÑ ÑALA CUATR TRO O DE LOS PARÁMETROS A LOS QUE SE PUEDEN SUJETAR LOS ACTOS DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD DE CADA UNO DE TUS EJEMPLOS. PARÁMETROS AGUA

 

PARÁMETROS AIRE

PARÁMETROS SUELO

 

FUENTES: TEXTO DE APOYO CÁMARA DE DIPUTAD CÁMARA DIPUTADOS. OS. (1988). (1988). LEY GENERA GENERAL L DEL EQUILI EQUILIBRI BRIO O ECOLÓG ECOLÓGICO ICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE. 18 JULIO 2922, de DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Sitio web: https://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos https://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/DOFsr/148.pdf  /Ciga/agenda/DOFsr/148.pdf  IBERDROLA. (2022). La contaminación del agua: cómo no poner en peligro nuestra fuente de vida. 18 julio 2022, de IBERDROLA Sitio web: https://www.iberdrola.com/sostenibilidad/contaminaciondel-agua#:~:text=Los%20principales%20contaminantes%20del%20agua,resulte%20invisible%20en %20muchas%20ocasiones.. %20muchas%20ocasiones María Estela María Estela R.. R.. (2021) (2021).. Contam Contaminac inación ión del Air Aire. e. 18 julio20 julio2022, 22, de EJEMPL EJEMPLOS OS Sit Sitio io web: web: https://www.ejemplos.co/12-ejemplos-de-contaminacion-del-aire/  https://www.ejemplos.co/12-ejemplos-de-contaminacion-del-aire/  "Contaminac "Cont aminación ión del suelo". suelo". Autor: Autor: María María Estela Estela R.. De: Argentina. Argentina. Para: Concepto.de. Disponible en: https://www.ejemplos.co/ejemplos-de-contaminacion-del-suelo/. Última edición: 30 de junio de 2022. Consultado: 18 de julio de 2022 Recuperado de https://www.ejemplos.co/ejemplos-de-contaminacion-del-suelo/ https://www.ejemplos.co/ejemplos-decontaminacion-del-suelo/#ixzz7ZQ1d5uaf  #ixzz7ZQ1d5uaf  Centro de Información Ambiental de la Ciudad de México.. (2012). Normas Oficiales Mexicanas en mate ma teri ria a ambi ambien enta tal.l. 18 julio julio 20 2022 22,, de Tierr Tierra a de Ideas Ideas Sitio Sitio web: web: http://www.limaa.org.mx/pdfmexico/NOM%20EN%20MATERIA%20AMBIENTAL.pdf   Semarnat y Conagua. (1996). Normas Oficiales Mexicanas. 18 julio 2022, de CONAGUA Sitio web: http://www.conagua.gob.mx/conagua07/publicaciones/publicaciones/sgaa-15-13.pdf   Secretaría de Gobernación. (2007). NORMA Oficial Mexicana NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004. 18 julio 2022, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4964569&fecha=02/03/2007#gsc.tab=0   https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4964569&fecha=02/03/2007#gsc.tab=0

 

Secretaría de Desarrollo Social. (1993). NORMA Oficial Mexicana NOM-085-ECOL-1994. 18 julio 2022, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/wo69211.pdf   Secretaría de Gobernación. (2007). NORMA Oficial Mexicana NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004. 18 de julio 2022, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4964569&fecha=02/03/2007#gsc.tab=0 

ACTIVIDAD 2. MEDIDAS DE SEGURIDAD 1. Concluye la lectura del texto de apoyo.

 

2. Identifica las medidas de seguridad señaladas en la LGEEPA que puede implementar la autoridad. 3. En el mismo documento de la actividad anterior, ejemplifica las medidas aplicables en las actividades económicas señaladas en la actividad anterior. 4. Indica la fundamentación jurídica de las mismas.

2. IDENTIFICA LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SEÑALADAS EN LA LGEEPA QUE PUEDE IMPLEMENTAR LA AUTORIDAD AUTORIDAD.. R=  R= CAPITULO III Medidas de Seguridad:  ARTÍCULO 170.- Cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusio reper cusiones nes pelig peligrosas rosas para los ecosistemas, ecosistemas, sus componentes componentes o para la salud pública, la Secretaría, fundada y motivadamente, podrá ordenar alguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad: I.- La clausura temporal, parcial o total de las fuentes contaminantes, así como de las ins instal talaci acione oness en que se man maneje ejen n o alm almace acenen nen esp especí ecímen menes, es, pro produc ductos tos o subproductos especies que de flora o de fauna silvestre, recursos forestales, o se desarrollen las de actividades den lugar a los supuestos a que se refiere el primer  párrafo de este artículo; II.- El aseguramiento precautorio de materiales y residuos peligrosos, así como de especímenes, productos o subproductos de especies de flora o de fauna silvestre o su ma mate teri rial al ge gené néti tico co,, re recu curs rsos os fo fore rest stal ales es,, ad adem emás ás de lo loss bi bien enes es,, ve vehí hícu culo los, s, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que da lugar a la imposición de la medida de seguridad, o III.- La neu III.neutra traliz lizaci ación ón o cua cualqu lquier ier acc acción ión aná análog logaa que imp impida ida que mat materi eriale aless o residuos peligrosos generen los efectos previstos en el primer párrafo de este artículo. Asimismo, la Secretaría podrá promover ante la autoridad competente, la ejecución de alguna o algunas de las medidas de seguridad que se establezcan en otros ordenamientos. ARTÍ AR TÍCU CULO LO 17 1700 BI BIS. S.-- Cu Cuan ando do la Se Secr cret etar aría ía or orde dene ne al algu guna na de la lass me medi dida dass de seguri seg uridad dad pre previs vistas tas en est estaa Ley Ley,, ind indica icará rá al in inter teresa esado, do, cua cuando ndo pro proced ceda, a, las acciones que debe llevar a cabo para subsanar las irregularidades que motivaron la imposición de dichas medidas, así como los plazos para su realización, a fin de que una vez cumplidas éstas, se ordene el retiro de la medida de seguridad impuesta.

3. EN EL MISMO DOCUMENTO DE LA ACTIVIDAD ANTERIOR, EJEMPLIFICA LAS MEDIDAS APLICABLES EN LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS SEÑALADAS EN LA ACTIVIDAD ANTERIOR.

 

 

 

 

 

 

R= Realizar actividades con materiales o residuos peligrosos que dañen la salu sa lud d pú públ blic ica, a, la fl flor oraa y fa faun unaa si silv lves estr tre, e, lo loss re recu curs rsos os na natu tura rale less o lo loss ecosistemas. Descar Desc arga garr co cont ntam amin inan ante tess a la at atmó mósf sfer era, a, qu quee oc ocas asio ione nen n da daño ñoss a lo loss recursos naturales. Descargar aguas residuales, desechos o contaminantes en los suelos, aguas marinas, ríos, lagunas y aguas subterráneas que ocasionen daños a la salud pública, la flora y fauna silvestre, los recursos naturales o los ecosistemas. Destruir o rellenar pantanos, humedales, lagunas, esteros o manglares. Introducir al país o comerciar con recursos forestales, flora y fauna que padezca enfermedades contagiosas o plagas.

 

Destruir o talar árboles sin la autorización correspondiente. correspondiente.

 

Provocar incendios en bosques o selvas.

 

 

 

Cap aptu turrar ar,, da dañ ñar o mat atar ar to torrtu tug gas ma marrina nass mamíf ífer ero os ma marrin inos os,, o comercializar con sus productos. Comerciar con especies endémicas o en peligro de extinción. Introducir, comerciar y manejar organismos genéticamente modificados en contravención con la legislación

4. INDICA LA FUNDAMENTAC FUNDAMENTACIÓN IÓN JURÍDICA DE LAS MISMAS.  R= Artículos del 414 al 423.Del Código Penal Federal

FUENTES: TEXTO DE APOYO CÁMARA DE DIPUTAD CÁMARA DIPUTADOS. OS. (1988). (1988). LEY GENERA GENERAL L DEL EQUILI EQUILIBRI BRIO O ECOLÓG ECOLÓGICO ICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE. 18 JULIO 2922, de DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Sitio web: https://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos https://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/DOFsr/148.pdf  /Ciga/agenda/DOFsr/148.pdf 

Chapitre. (2003). Resumen del Derec Chapitre. Derecho ho Ambie Ambiental. ntal. 19 julio 022, de moose moose.cec .cec.org .org Sitio web: https://moose.cec.org/moose/lawdatabase/mxdoc.cfm?varlan=espanol&topic=4  https://moose.cec.org/moose/lawdatabase/mxdoc.cfm?varlan=espanol&topic=4 

 

ACTIVIDAD INTEGRADORA. INTEGRADORA. ANÁLISIS DE UN CASO Indicaciones 1. Consulta una sentencia en materia ambiental del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y  Administrativa. 2. En un documento de texto señala lo siguiente:  ASUNTO.

La par parte te act actora ora sos sostuv tuvo o med medula ularme rmente nte,, que la res resolu olució ción n im impug pugnad nadaa es ile ilegal gal porque en ninguna parte de ella la demandada indica la pruebas con sustento en las cualess demu cuale demuestre estre que realizó el derri derribo bo de arbo arbolado lado de 239 árboles de encin encino o y la plantación de 800 plantas de aguacate en el predio denominado “*** *****”* ** ** *********** ******** ** ****** ********* ****** ** **** ********* ** ******* *********  RESOLUCIÓN. R E S U L T A N D O 1°.- Por escrito ingresado en la Oficialía de Partes de la Sala Espe Es peci cial aliz izad adaa en Ma Mate teri riaa Am Ambi bien enta tall y de Re Regu gula laci ción ón el 02 de ju juli lio o de 20 2021 21,, compareció el C. ****** ********* ****, por su propio derecho, para demandar la nulidad de la resolución número PFPA/22.5/2C.27.2/00155-2021, de 14 de junio de 2021, dictada dentro del expediente administrativo número PFPA/22.3/2C.27.2/00303-2019 mediante la cual el Encargado de Despacho de la Delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el Estado de Michoacán, le impuso dos multas en cantidad total de $236,149.55 por contravenir lo dispuesto en el artículos 72,, 93 y 15 72 155, 5, fr frac acci cion ones es II IIII y VI VIII de la Le Leyy Ge Gene nera rall de De Desa sarr rrol ollo lo Fo Fore rest stal al Sustentable Susten table..- Así mismo se le orden ordenó ó el cump cumplimi limiento ento de las medi medidas das correctivas correctivas especificadas es el Considerando VIII, letras B y E.

COMENTARIOS. Los arboles constituyen uno de los recursos más importantes de la naturaleza. Cuidarlos y protegerlos debe ser tarea de todos, pero son muchas las personas que día a día los des destru truyen yen med median iante te la tal talaa ind indisc iscrim rimina inada. da. La tal talaa de árb árbole oless es el proceso mediante el cual se trozan los árboles, induciendo así a la deforestación y consecuentemente a daños al medio medio ambiente y a la diversidad, pues los los árboles aportan incontables beneficios para los ecosistemas y proveen al ser humano el oxígeno vital para la vida.

CONCLUSIÓN: La prote rotecc cciión del am ambi bien ente te,, ha da dad do lug lugar a la ex exis iste ten nci ciaa de norm rmas as supran sup ranaci aciona onales les amb ambien iental tales, es, com como o las Dir Direct ectiva ivass y los Reg Reglam lament entos. os. Est Estas as categorías de leyes, han logrado resultados notables y evidentes, sobre todo ante las respuestas obtenidas a través de los órganos jurisdiccionales quienes han

 

contribuido con sus sentencias al esclarecimiento y solución de los problemas ambientales. FUENTES: Tri Tribun bunal al Federa Federall de Justic Justicia ia Admini Administr strati ativa. va. (2021) (2021).. SALA SALA ESPECIA ESPECIALIZ LIZADA ADA EN MATERI MATERIA A  AMBIENTAL Y DE REGULACIÓN.. 20 julio 2022, de Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sitio web: http://sentencias.tfjfa.gob.mx:8080/SICSEJLDOC/faces/content/public/ consul tasentencia.xht consultasenten cia.xhtml;jses ml;jsessionid sionid=7UcT_K =7UcT_KXs8 Xs8 4s-uawI 4s-uawIcJ32T_Y cJ32T_YjYaZ2Z jYaZ2ZWn-nUzfv Wn-nUzfvpApA5TuYfzTROXKt!-1794142498   5TuYfzTROXKt!-1794142498

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