Lucha No Armada

September 27, 2017 | Author: Víctor José Yánez | Category: Military, Venezuela, Nation, State (Polity), International Relations
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Descripción: Defensa Integral...

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Funciones de relaciones de los puestos de dirección. 1.

Asegurar el dominio de los espacios vitales que permitan la circulación

de los flujos de personas y bienes entre las distintas regiones del país y del entorno internacional. 2.

Defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de

las actividades de los diferentes ámbitos: económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencial invasor. 3.

Resistir ante la ocupación del país por fuerzas militares invasoras

incluyendo acciones de prevención frente a fuerzas hostiles que muestren esa intención. 4.

Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de los

países latinoamericanos y caribeños para los fines de la integración dentro de las condiciones que se establezcan en los tratados, convenios y acuerdos correspondientes, previa aprobación de la Asamblea Nacional. 5.

Formar parte de misiones de paz constituidas dentro del marco de las

disposiciones de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas, previa decisión del Jefe del Estado y la aprobación de la Asamblea Nacional. 6.

Actuar como sujeto en apoyo de instituciones gubernamentales a nivel

nacional, regional o local, para la ejecución de tareas vinculadas al desarrollo económico y social de la población, y en operaciones de protección civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes. 7.

Contribuir con las fuerzas del orden nacional, estadal y municipal para

preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisión del Jefe de Estado. 8.

Organizar, operar y dirigir el sistema de inteligencia, así como de

contrainteligencia de la Fuerza Armada Nacional.

9.

Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo, que

contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación, así como las necesarias para el ejercicio pleno de sus funciones. 10. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y reglamentos de la República.

Exigencias de los puestos de dirección. La Fuerza Armada Nacional actúa de acuerdo con la doctrina de la consolidación del Poder Militar, el fortalecimiento de la integración cívico- militar y la movilización popular mediante la defensa militar, dentro del concepto de la defensa integral de la Nación; la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, en sus ámbitos geográfico, político, económico, social, ambiental, cultural y militar. Actuación condicionada por la situación político-geoestratégica y el estado de la ciencia y la tecnología militar en la coyuntura. El modo de actuar será definido mediante el concepto estratégico de la Nación, presentado a la Asamblea Nacional al inicio de cada período constitucional, su organización y el costo estimado para su aplicación, según se establece en la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.

Estructura de los puestos de dirección. El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico. A tales efectos, le corresponde también establecer el concepto estratégico de la Nación. Presidido por el Presidente o Presidenta de la

República,

lo

conforman,

además,

el

Vicepresidente

Ejecutivo

o

Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral

Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones.

Composición y niveles donde se crean los puestos de dirección. La Fuerza Armada Nacional está integrada por sus cuatro componentes, el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, los cuales funcionan de manera integral y se complementan con la Reserva Nacional y la Guardia Territorial, para cumplir con la defensa militar y participar en la defensa integral de la Nación. Cuenta con su organización operacional, administrativa y funcional, adecuada a su misión; cada componente militar tiene su respectiva Comandancia General. Las unidades operativas del Ejército están integradas por armas y servicios organizados en grandes unidades de combate, unidades superiores, tácticas,

fundamentales,

básicas

y

elementales,

necesarias

para

el

cumplimiento de las misiones operacionales que se le asignen o correspondan, así como también las unidades destinadas a la participación activa en el desarrollo nacional. Las unidades operativas de la Armada están compuestas por comandos navales, zonas navales, comandos operativos, unidades y servicios navales, aeronavales, de guardacostas y de infantería de marina, necesarias para el cumplimiento de las misiones operacionales que le correspondan o se le asignen, así como también las unidades destinadas a la participación activa en el desarrollo nacional. Las unidades operativas de la Aviación Militar son los comandos aéreos, zonas aéreas, grupos aéreos, escuadrones, escuadrillas y patrullas, los servicios y las unidades necesarias para el cumplimiento de las misiones y operaciones que le correspondan o se les asignen, así como también las unidades destinadas a la participación activa en el desarrollo nacional.

Las unidades operativas de la Guardia Nacional están constituidas por comandos territoriales, comandos regionales, destacamentos, unidades fundamentales y básicas, funcionales de servicios generales, especializados y de apoyo, necesarias para el cumplimiento de las misiones operacionales que le correspondan o se le asignen, así como también las unidades destinadas a la participación activa en el desarrollo nacional. La Reserva Nacional está constituida por todos los venezolanos y venezolanas mayores de edad que no estén en servicio militar activo, que hayan cumplido con el servicio militar o que voluntariamente se incorporen a las unidades de reservas que al efecto sean conformadas. Esta organización es un cuerpo especial que cuenta con una Comandancia General de la Reserva Nacional y de la Movilización Nacional y los órganos operativos y administrativos funcionales necesarios para el cumplimiento de su misión. La Guardia Territorial está constituida por los ciudadanos y ciudadanas que voluntariamente se organicen para cumplir funciones de resistencia local ante cualquier agresión interna o invasión de fuerzas extranjeras. Estos grupos deben ser debidamente registrados por la Comandancia General de la Reserva Nacional y de la Movilización Nacional, quedando bajo su mando y conducción. Los ascensos militares se obtienen por mérito, escalafón y plaza vacante. Son competencia exclusiva de la Fuerza Armada Nacional y estarán regulados por la ley respectiva.

Centro de dirección. Se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena

cobertura

para

la

comunidad

nacional.

El

principio

de

la

corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar.

Redes

de

los

puestos

de

dirección

que

se

crean

en

correspondencia en periodos o etapas de surgimiento y desarrollo de la guerra. Para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará: 1. Un cuerpo uniformado de policía nacional. 2. Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas. 3. Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter 4. Una organización de protección civil y administración de desastres. Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna. La función de los órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los Estados y Municipios en los términos establecidos en esta Constitución y en la ley.

Vinculación con los puestos de comando de las agrupaciones territoriales y el papel que debe desempeñar el comité militar de enlace. El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional cooperará en el

desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. La Fuerza Armada Nacional podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley.

Introducción. La Seguridad de la Nación venezolana está fundamentada en el desarrollo integral y en la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad Civil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económicos, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, correspondiéndole al Fuerza Armada Nacional como expresión militar del poder nacional en Venezuela, garantizar la independencia, soberanía nacional y el respeto a los más sublimes principios y valores expresados en el preámbulo y texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, que consolide la libertad, la independencia, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de la ley y el mantenimiento de la paz. La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Público Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las políticas correspondientes a la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo integral del país, da origen y formula el presente Concepto Estratégico Militar, con la finalidad de proporcionar la dirección estratégica para el funcionamiento y desarrollo de la institución.

Conclusión. El Estado tiene la responsabilidad de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y marítimos, preservando la integridad territorial, la soberanía, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la integración. Atendiendo la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales. El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico. A tales efectos, le corresponde también establecer el concepto estratégico de la Nación. Presidido por el Presidente o Presidenta de la República, lo conforman, además, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones. Los órganos de seguridad nacional no solo tienen la responsabilidad de mantener la seguridad en nuestro país también venezolanos y venezolanas también deberán colaborar para defender la paz, la independencia, la soberanía y el espacio geográfico de nuestro país siendo el legado de nuestro Comandante eterno Hugo Chávez.

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