Lotizacion Con Indice
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PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
Asignatura: PLANEAMIENTO URBANO Tema: LOTIZACION
Presenta Paola Adheli Torres Chambi Maribel Jazmin Mamani Chipana Docente: Arq. Carlos Vicente Aguilar
Tacna, Perú
Abril, 11 setiembre del 2015
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
INDICE
1. HABILITACIONES URBANAS DEFINICIÓN DE HABILITACIONES URBANAS a
EXCEPCIONES DE HABILITACIONES URBANAS
2. CONCEPTO GENERAL PLANO DE LOTIZACION HABILITACION URBANA
3. CONCEPTOS RELACIONADOS URBANIZACIONES ZONIFICACIÓN LOTE: LOTE MÍNIMO LOTE NORMATIVO MANZANA ÁREA DE EXPANSIÓN URBANA DENSIDAD POBLACIONAL DENSIDAD BRUTA
DENSIDAD NETA APORTES ÁREA ÚTIL LOTIZABLE ÁREAS LIBRES Y CIRCULACIONES: EQUIPAMIENTO BÁSICO RESIDENCIAL: INFRAESTRUCTURA URBANA: FRENTE NORMATIVO DE LOTE: ÁREA LIBRE: ÁREA RURAL: ÁREA URBANA ALTURA DE EDIFICACIÓN: LÍNEA DE PROPIEDAD: LÍNEA MUNICIPAL DE FACHADA:
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
PREDIO: RETIRO MUNICIPAL: CALZADA O PISTA: CONJUNTO RESIDENCIAL: DEMOLICIÓN: FRENTE MÍNIMO: LIMITE DE PROPIEDAD: LIMITE DE EDIFICACIÓN: VIVIENDA UNIFAMILIAR: VIVIENDA MULTIFAMILIAR:
NORMATIVIDAD RELACIONADA
4. NORMATIVIDAD RELACIONADA TITULO II HABILITACIONES URBANAS: CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS HABILITACIONES NORMA GH. 010 CAPITULO I: ALCANCES Y CONTENIDOS. NORMA GH.020 COMPONENTES DE DISEÑO URBANO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO
II III IV: APORTES DE HABILITACION URBANA VIII: NOMENCLATURA SOBRE HABILITACIONES URBANAS.
5. INFORMACION COMPLEMENTARIA URBANIZACIONES TIPOS DE URBANIZACIONES:
7. CRITERIOS DE DIBUJO: IGUALAR EL TIPO DE LOTE CON EL TIPO DE CALLE: INTERACCIÓN SOCIAL DE LOTES:
6. CONTENIDO DEL PLANO. CUADRO GENERAL DE ÁREAS CUADRO DE RESUMEN POR MANZANAS CUADRO DE ÁREAS LOTIZADAS
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
RESUMEN
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
ABSTRACT
AGRADECIMIENTO
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
A nuestro asesor Arq. Carlos Vicente Aguilar por su apoyo en el proceso y culminación de este trabajo.
INTRODUCCION
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
A Dios que me ha dado vida y fortaleza, por darme lo necesario para seguir adelante día a día para lograr 1. HABILITACIONES URBANAS mis objetivos. A mi madre por haberme apoyado en INTRODUCCIÓN todo momento, ejemplo de perseverancia y constancia, por ser la El objetivo del proyecto es brindarles los principales conceptos ligados a las fuerza que me impulso a llegar hasta habilitaciones urbanas. Para ello, nos basaremos en el titulo aquí.II: Norma GH. 010, norma GH 020, norma TH.010, norma TH 020, norma TH A030miy norma 040 del asesorTHArq. Carlos Vicente Aguilar porcontenidas su apoyo en en el proceso y Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE). Las normas técnicas culminación de este trabajo. el RNE se aplicarán a los proceso de habilitaciones de tierras para fines urbanos, en
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION concordancia a las normas de Desarrollo Urbano de cada localidad, emitidas en cumplimiento del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano. DEFINICIÓN DE HABILITACIONES URBANAS
Es el proceso de convertir un terreno rústico en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, distribución de agua y recolección de desagüe, distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas. Adicionalmente podrá contar con redes para distribución de gas y redes de comunicaciones. b
Excepciones de Habilitaciones Urbanas
Según el Art. 4 de la Norma GH 010, las habilitaciones urbanas pueden ejecutarse en todo el territorio nacional, con excepción de las zonas identificadas como: •
De interés arqueológico, histórico y patrimonio cultural.
•
De protección ecológica.
•
De riesgo para la salud e integridad física de los pobladores.
•
Reserva Nacional.
•
Áreas destinadas a inversiones públicas para equipamento urbano.
•
Reserva para obras viales.
•
Riberas de ríos, lagos o mares, cuyo límite no se encuentre determinado por el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, el instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, la marina de Guerra del Perú o por entidades competentes.
CONCEPTO GENERAL
2. CONCEPTO GENERAL PLANO DE LOTIZACION
Es la lámina que muestra los terrenos urbanizables sobre los que se va a asentar una urbanización, se dividen en polígonos, éstos en manzanas urbanas, las cuales deben estar delimitadas por caminos o calles y estas manzanas estarán compuestas por una o más parcelas que tendrán siempre acceso a una calle. Las parcelas podrán poseer
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION con servicio de electricidad, agua potable, alcantarillado, recogida de basura y transporte si es posible. Entre las diversas manzanas es obligatorio reservar zonas de parques y jardines de uso público.
El plano de Lotización consiste en la división en lotes de un terrero, que a su vez son áreas destinadas a la edificación de viviendas. HABILITACION URBANA Las Habilitaciones Urbanas son procesos técnico legales y administrativos, para adecuar un espacio físico a fines urbanos, mediante un sistema de planificación concordante con los planes de desarrollo de la ciudad, con las normas técnicas de diseño y legales pre-establecidas.
CONCEPTOS RELACIONADOS
3. CONCEPTOS RELACIONADOS Urbanizaciones Es el conjunto de construcciones levantadas en un antiguo medio rural. Se denominan también Urbanizaciones a aquellas Habilitaciones Residenciales conformadas por lotes para fines de edificación de viviendas unifamiliares y multifamiliares, así como de sus servicios públicos complementarios y su comercio local.
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Zonificación: Es dividir las tierras en áreas conocidas (distritos). Es limitar un espacio. Es la distribución normativa de los usos de suelo de la ciudad, constituyendo un instrumento básico para el planeamiento de desarrollo urbano. La zonificación se concibe, en la práctica del planeamiento, generalmente como un esquema de subdivisión de un área urbana con propósito de regular sus usos, la densidad de población, tamaño de lotes, tipo de estructuras etc. Lote: Son cada una de las partes en que se divide un terreno destinado a la edificación.Superficie de terreno urbano encerrado en una poligonal, resultante del proceso de subdivisión del suelo como consecuencia de una habilitación urbana, factible de ser inscrito en el registro de la propiedad.
Lote mínimo: Superficie mínima que debe tener un terreno urbano según el uso asignado. Lote normativo: Es la superficie de lote de una habilitación urbana de acuerdo a la zonificación CONCEPTOS RELACIONADOS establecida, densidad y uso del suelo. Manzana Lote o conjunto de lotes limitados por vías vehiculares, vías peatonales o áreas de uso público, parques, etc. En todos sus frentes. Las manzanas estarán conformadas por un lote único o por un conjunto de lotes En los casos de habilitaciones urbanas de lote único, deberán considerarse áreas para la instalación de estaciones de transformación en superficie o subterráneas.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION La longitud mayor de cada manzana en habilitaciones para vivienda taller no debe exceder de 200 Ml., y en otros tipos de habilitaciones para vivienda no deberá exceder de 300 Ml.
Área de Expansión Urbana: Son las áreas señaladas por el Plan Director para cubrir los requerimientos de espacios físicos para el crecimiento poblacional de la ciudad, según los horizontes de planeamiento trazados. Se le denomina también suelo urbanizable. Densidad Poblacional Se denomina densidad de población a la cantidad de habitantes que viven por kilómetro cuadrado. Es el indicador resultante de dividir el número de habitantes del proyecto propuesto para un terreno con uso residencial, entre el área del terreno urbano. Los parámetros normativos aplicables a las edificaciones serán los correspondientes a la Zonificación Residencial del predio, o en su defecto a la Zonificación Residencial compatible. La Densidad Neta Máxima se regirá por el siguiente cuadro: Densidad = población/área = Nº hab/Ha - Zonas Residenciales de Densidad Media R3 y R4: 1,300 Hab/Ha - Zonas Residenciales de Alta Densidad R5, R6 y R8: 2,250 Hab/Ha Para el caso de viviendas unifamiliares, la densidad es de cinco habitantes por vivienda. Para los demás casos, el cálculo de densidades se realizará de la forma siguiente: Unidades de Vivienda Número de Habitantes De un dormitorio 2 De dos dormitorios 3 De tres dormitorios o más 5 Densidad Bruta: Es la población que habita en una determinada área, considerando las manzanas, pistas, veredas, áreas libres urbanas, equipamientos, otros usos, etc. Se aplica para CONCEPTOS RELACIONADOS fines de habilitación urbana y se expresa en hab/Ha bruta. Densidad Neta: Es la población que habita en un área utilizada exclusivamente para vivienda, des contando las áreas ocupadas por vías, parques, equipamiento, otros usos, etc. Se aplica para fines de edificación y se expresa en hab/Ha neta Aportes:
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION Son las contribuciones obligatorias del área total de terreno a ser habilitado que sirven como reserva de áreas para el equipamiento básico. Están establecidos normativamente por el Reglamento Servicios públicos Recreación Parques Nacional de Edificaciones R.N.E. complementarios Tipo pública
1
8%
zonales
Educación
Otro fines
2%
2%
1%
Área Útil Lotizable: Es el porcentaje del área bruta que se dedicará a fines de vivienda. Áreas Libres y Circulaciones: Es el porcentaje del área bruta de terreno que se dedicará a vías interiores, estacionamiento y jardines. Equipamiento Básico Residencial: Corresponde a las áreas locales complementarias a la vivienda destinada para fines recreacionales (parques), educativos (centro de educación inicial, primaria, secundaria, etc.), salud, (posta médica, centro de salud) y a otros fines que requiera la urbanización a la que pertenece. Infraestructura Urbana: Son las instalaciones necesarias para el óptimo desarrollo de las actividades urbanas, comprende básicamente las redes de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, telecomunicaciones y las vías urbanas.
CONCEPTOS RELACIONADOS Frente Normativo de Lote: Longitud mínima recomendable para el frente de lote que da a un espacio público como vías, parques, etc. Área Libre: Porcentaje mínimo de la superficie de lote que no debe estar construida ni techada.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION Área rural: Es el área establecida en los Instrumentos de Planificación Territorial que está fuera de los límites urbanos o de expansión urbana.
El espacio rural, corresponde al sitio donde se desarrollan las actividades del campo y está constituido por los espacios agrícolas, de pastoreo, forestal y de recreo. Área urbana: Es la ciudad propiamente dicha, definida desde todos los puntos de vista – geografía, ecológico, demográfico, social, económico, etc. – excepto el político y el administrativo. En otras palabras, área urbana es el área habitada o urbanizada, es decir, la ciudad misma más el área contigua edificada, con usos de suelo de naturaleza no agrícola Es el área destinada a usos urbanos, comprendida dentro de los límites urbanos establecidos por los Instrumentos de Planificación Territorial.
Altura de Edificación: Es la altura total de una edificación establecida en los planes de desarrollo urbano, para el lote donde se construirá la obra. Se mide desde el nivel medio de la vereda del frente principal de acceso de personas al inmueble a edificar, sobre el límite de propiedad. En caso de no existir vereda, se tomará el nivel de la calzada más 15 cms. En caso que el ingreso sea por una esquina, se tomará el nivel de la esquina. La altura total incluye el parapeto superior sobre el último nivel edificado. RELACIONADOS En caso que exista CONCEPTOS acceso por dos frentes de distinto nivel se tomará el nivel más alto. Coeficiente de Edificación: Índice que multiplicado por el área de lote, permite establecer el máximo de área que se puede construir.
Línea de Propiedad:
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION Es la línea que delimita el lote o predio del espacio público (líneas, parques, etc.). Línea Municipal de Fachada: Es la línea que delimita el plomo de las fachadas en un espacio urbano (calles, plazas, alamedas, etc.). Predio: Es la porción delimitada de terreno. Unidad inmobiliaria independiente.
Pueden ser lotes, terrenos, parcelas, viviendas, departamentos, locales, oficinas, tiendas o cualquier tipo de unidad inmobiliaria plenamente identificable.
Retiro Municipal:
Es la distancia que existe entre el límite de propiedad y el límite de edificación. Se establece de manera paralela al lindero del que se separa. El área de retiro, forma parte del área libre exigida en los parámetros urbanísticos y edificatorios.
Estacionamiento: Número de espacios mínimos para el estacionamiento de vehículos. Estos espacios deberán reservarse dentro de los límites del lote o en zonas expresas de acuerdo a la normatividad.
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CONCEPTOS RELACIONADOS
URBANA-LOTIZACION Calzada o pista: Parte de una vía destinada al tránsito de vehículos.
Conjunto residencial: Conjunto de viviendas bajo el régimen de copropiedad, que pueden estar construidas sobre uno o varios lotes.
Demolición: Es la obra que se ejecuta para eliminar parcial o totalmente una edificación existente. Frente mínimo: Lindero que limita con un acceso vehicular o peatonal. Se mide entre los vértices de los linderos que intersecan con él. Limite de propiedad: Es cada uno de los linderos que definen la poligonal que encierra el área de un terreno urbano o rústico. Limite de edificación: Es la línea que define hasta dónde puede llegar el área techada de la edificación.
Vivienda multifamiliar: Conjunto de viviendas en un lote único. Vivienda unifamiliar: Unidad de vivienda sobre un lote único.
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NORMATIVIDAD RELACIONADA
4. NORMATIVIDAD RELACIONADA Según el REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES debemos tener en cuenta: TITULO II HABILITACIONES URBANAS.
CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS HABILITACIONES
Plano del proyecto de lotización que contendrá: Plano de levantamiento topográfico y perimétrico, diseño de la lotización, vías, aceras, áreas de aportes, curvas de nivel, perfiles longitudinales y vías colindantes, parques y ornamentación.
Memoria descriptiva indicando las áreas de los lotes, numeración y aportes.
Plano que indique los lotes ocupados y la altura de las edificaciones existentes.
NORMA GH. 010 CAPITULO I ALCANCES Y CONTENIDOS.
Artículo 1.-Las normas técnicas contenidas en el presente Título se aplicarán a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos, los cuales deben estar sujetos al Plan Urbano de cada localidad, conforme a la zonificación asignada. La independización de terrenos rústicos, o parcelaciones, ubicados en áreas urbanas o de expansión urbana, aún cuando contasen con vías de acceso o infraestructura de servicios, no constituyen una habilitación urbana. Artículo 2.-Las normas técnicas desarrolladas en el presente Título contienen los elementos necesarios para la habilitación de terrenos que permitan un adecuado desarrollo de las diferentes actividades urbanas propias de una ciudad. Estas normas comprenden lo siguiente: a) La descripción y características de los componentes físicos que integran la habilitación de un terreno rústico, a fin de que se encuentre apto para ejecutar edificaciones, según lo dispuesto en el Plan Urbano de la localidad.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION b) Las condiciones técnicas de diseño y de construcción que se requieren para proveer de acceso, de espacios públicos y de infraestructura de servicios a un terreno por habilitar. c) Los requerimientos de diseño y construcción de las vías públicas con las NORMATIVIDAD RELACIONDA características de las aceras, bermas y calzadas. d) La distribución y dimensionamiento de los lotes, así como los aportes reglamentarios para parques de recreación pública y para el equipamiento social urbano. e) Los diferentes tipos de habilitaciones urbanas destinadas para fines residenciales, comerciales, industriales y de usos especiales, en función a la zonificación asignada. f) Las condiciones especiales que requieren las habilitaciones sobre terrenos ubicados en zonas de riberas y laderas y en zonas de reurbanización. g) El planeamiento integral. h) Las reservas para obras de carácter distrital, provincial y regional, según sea el caso. i) Las servidumbres. j) La canalización de los cursos de agua. k) El mobiliario urbano. l) La nomenclatura general. Artículo 3.-Las normas técnicas del presente Título comprenden también: a) Los Componentes Estructurales que están compuestos por: - Aceras y pavimentos. - Estabilización de suelos y taludes. - Obras especiales y complementarias. b) Las Obras de Saneamiento, que están compuestas por: Captación y conducción de agua para consumo humano. Plantas de tratamiento de agua para consumo humano. Almacenamiento de agua para consumo humano. Estaciones de bombeo de agua para consumo humano. Redes de distribución de agua para consumo humano. Drenaje pluvial urbano. Redes de aguas residuales. Estaciones de bombeo de aguas residuales. Plantas de tratamiento de aguas residuales. Consideraciones básicas de diseño de infraestructura sanitaria. c) Las Obras de Suministro de Energía y Comunicaciones, que están compuestas por: - Redes de distribución de energía eléctrica. - Redes de alumbrado público. - Subestaciones eléctricas. - Redes e instalaciones de comunicaciones Artículo 4.-Las habilitaciones urbanas podrán ejecutarse en todo el territorio nacional, con excepción de zonas identificadas como: a) De interés arqueológico, histórico y patrimonio cultural.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION b) De topografía o calidad de suelo y subsuelo con riesgos de estabilidad. c) Reserva nacional.
d) Parques públicos.
NORMATIVIDAD RELACIONDA
e) Reserva para obras viales. f)
Áreas de aportes para equipamento urbano.
g) Riberas de ríos, lagos o mares, cuyo límite de riesgo no se encuentre determinado por la autoridad municipal. h) De alta dificultad de acceso y dotación de servicios públicos
NORMA GH.020 COMPONENTES DE DISEÑO URBANO CPITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1.-Los componentes de diseño de una habilitación urbana están constituidos por losespacios públicos y los terrenos aptos para ser edificados. Los espacios públicos están, a su vez, conformados por las vías de circulación vehicular y peatonal, las áreas dedicadas a parques y plazas de uso público. Los terrenos edificables comprenden los lotes de libre disposición del propietario y los lotes que deben ser aportados reglamentariamente.
ARTICULO 2.- las habilitaciones urbanas deberán intercomunicarse con un núcleo urbano del que forma parte atraves de una vía pública formalmente recepcionada o de hecho. Cuando se trate de habilitaciones urbanas que hayan desarrollado colindantes a áreas consolidadas que no estén formalmente habilitadas, deberá formularse un planteamiento integral en el que se demuestre su integración al sistema vial previsto para la zona.
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NORMATIVIDAD RELACIONDA CAPITULO III LOTIZACION. ARTÍCULO 25.- Las manzanas estarán conformadas por uno o más lotes y estarán delimitadas por vías públicas, pasajes peatonales o parques públicos.
ARTÍCULO 26.- Todos los lotes deben tener acceso desde una víapública con tránsito vehicular o peatonal. En los casos de vías expresas y arteriales, lo harán atreves de una vía auxiliar. CAPITULO IV APORTES DE HABILITACION URBANA Servicios públicos Parque Recreación complementarios Tipo s Educación Otro pública zonales fines 1 8% 2% 2% 1%
ARTÍCULO 27.- Las habilitaciones urbanas, según su tipo, deberán efectuar aportes obligatorios para recreación pública y para servicios públicos complementarios para educación y otros fines, en lotes edificables. Estos aportes serán cedidos a título gratuito a la entidad beneficiaria que corresponda. El área del aporte se calcula como porcentaje del área bruta deducida la cesión para vías expresas, arteriales y colectoras El área mínima de los aportes será: Para Recreación Pública
1,000 mt2
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION Para Recreación pública (islas rústicas) Ministerio de Educación Otros usos
800 mt2 800 mt2 400 mt2
NORMATIVIDAD RELACIONDA
Cuando el cálculo de área de aporte no tenga el área mínima requerida, el aporte será redimido en dinero. El monto de la redención en dinero se calcula sumando el valor de tasación comercial del metro cuadrado del terreno rústico, más el valor medio de las obras de habilitación urbana entre el número de metros cuadrados habilitados. Este valor se multiplica por el área del aporte por redimir. Artículo 28.- Los parques para recreación pública constituirán un aporte obligatorio a la comunidad y en esa condición deberán quedar inscritos en los Registros Públicos. Estarán ubicados dentro de la habilitación de manera que no haya ningún lote cuya distancia al parque, en línea recta, sea mayor de 300 ml. Pueden estar distribuidos en varias zonas y deberán ser accesibles desde vías públicas. Artículo 29.- El ancho mínimo del aporte para recreación pública será de 25 ml., en el cálculo del área no se incluirán las veredas que forman parte de la sección transversal de la vía. Artículo 30.- Cuando el área por habilitar sea mayor a 10 hectáreas se considerará un parque central con una superficie no menor al 30% del área destinada reglamentariamente para recreación pública. Artículo 31.- No se considerará para el cálculo del área de parque, las áreas comprendidas dentro de los lados de ángulos menores de 45 grados y una línea de 25m. Perpendicular a la bisectriz del mismo, ni las áreas de servidumbre bajo líneas de alta tensión. Artículo 32.- Excepcionalmente, los jardines centrales de vías o bermas de separación central en vías arteriales podrán ser computados como parques, siempre que tengan las dimensiones mínimas establecidas y no constituyan más del 30% de la superficie total destinada para Recreación Pública. Artículo 33.- En casos de habilitaciones en terrenos con pendientes pronunciadas, los parques podrán estar conformados por terrazas o plataformas, con una pendiente máxima de 12% cada una y con escaleras de comunicación entre los diferentes niveles. Artículo 34.- las áreas de recreación publica serán construidos y aportados para uso público y no podrán ser transferidos a terceros. Las áreas de recreación publica tendrán veredas, iluminación, instalaciones para riego y mobiliario urbano. Se podrá proponer zonas de recreación activa hasta alcanzar el 30% de la superficie del área de recreación aportada. Articulo 35.-los aportes se indican en los capítulos correspondientes a cada tipo de habilitación urbana. Las municipalidades provinciales podrán establecer el régimen de aportes de su jurisdicción, ajustada a las condiciones especificas locales y los objetivos
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION establecidos en su plan de desarrollo urbano, tomando como referencia lo indicado en la presente norma. Articulo 36.- los aportes para el ministerio de educación y ortos fines, podrán NORMATIVIDAD RELACIONADA permutarse por edificaciones ubicadas dentro de los límites de la habilitación, que respondan a las necesidades de la población y cuenten con la conformidad de la entidad financiera. El valor de la edificación deberá corresponder al valor de tasación del aporte respectivo.
CAPITULO VIII NOMENCLATURA SOBRE HABILITACIONES URBANAS. ARTICULO 51.- En todas las habilitaciones en que exista participación de la tierra en lotes y agrupamientos de estos en manzanas, deberá establecerse una nomenclatura. Dicha nomenclatura consistirá en letras para las manzanas y números para los lotes, ambos en forma correlativa. ARTICULO 52.- Deberá establecerse una nomenclatura adicional provisional para las vías públicas y áreas de recreación, mediante letras o números o empleando los nombres preexistentes para las vías con las que se empalman.
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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
5. INFORMACION COMPLEMENTARIA URBANIZACIONES Se denominan Urbanizaciones a aquellas Habilitaciones Residenciales conformadas por lotes para fines de edificación de viviendas unifamiliares y multifamiliares, así como de sus servicios públicos complementarios y su comercio local. TIPOS DE URBANIZACIONES: Las Urbanizaciones pueden ser de diferentes tipos, los cuáles se establecen en función a tres factores concurrentes: a) Densidad máxima permisible; b) Calidad mínima de obras y c) Modalidad de ejecución. La densidad máxima permisible se establece en la Zonificación y como consecuencia de ella se establecen las dimensiones mínimas de los Lotes a habilitar, de conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano.
En función de la densidad, se agrupan en seis tipos, de acuerdo al siguiente cuadro: TIPO
2 3 4
CLASE DE DENSIDAD
ÁREA MINIMA DE LOTE
FRENTE MÍNIMO DE LOTE
TIPO DE VIVIENDA
BAJA DENSIDAD (R1)
450 Mt2
15 ML
UNIFAMILIAR
BAJA DENSIDAD (R2)
300 Mt2 160 Mt2 90 Mt2
10 ML 8 ML 6 ML
(*) 450 Mt2
(*) 15 ML
UNIFAMILIAR UNIFAMILIAR UNIFAMILIAR UNIFAM / MULTIFAM MULTIFAMILIAR
2
menor a 1300 Hab/Ha menor a 1300 Hab/Ha
3
1300 Hab/Ha
4
1300 Hab/Ha
DENSIDAD MEDIA (R4)
5
2250 Hab/Ha
D. MEDIA (R3 y R4) ALTA (R5, R6 y R8)
6
2250 Hab/Ha
DENSIDAD ALTA (R5,R6 y R8)
1
1
DENSIDAD POBLACIONAL
DENSIDAD MEDIA (R3)
Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Baja Densidad (R1). Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Baja Densidad (R2). Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Densidad Media (R3). Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Densidad Media (R4).
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION 5
Corresponden a Habilitaciones Urbanas pertenecientes a programas de promoción del acceso a la propiedad privada de la vivienda. No tendrán limitación en el número, dimensiones o área mínima de los lotes resultantes; y se podrán realizar en áreas calificadasINFORMACIÓN como Zonas deCOMPLEMENTARIA Densidad Media (R3 y R4) y Alta Densidad (R5, R6 y R8) o en Zonas compatibles con estas densidades. Para la aprobación de este tipo de proyectos de habilitación urbana deberá incluirse los anteproyectos arquitectónicos de las viviendas a ser ejecutadas, los que se aprobarán simultáneamente. 6 Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Alta Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Alta Densidad (R5, R6 y R8).
De acuerdo a las características de las obras existirán 4 tipos diferentes de habilitación, de acuerdo a lo consignado en el siguiente cuadro: 7 Tipo Calzadas Aceras Agua Desagüe Energía Teléfono (pistas) (veredas) potable eléctrica A Concreto Concreto Conexión Conexión Pública y Público simple domiciliari domiciliari domiciliari domiciliario a a a B Asfalto Concreto Conexión Conexión Pública y Público simple domiciliari domiciliari domiciliari domiciliario a a a C Asfalto Asfalto con Conexión Conexión Pública y Público sardinel domiciliari domiciliari domiciliari a a a D Suelo Suelo Conexión Conexión Pública y Público estabilizad estabilizad domiciliari domiciliari domiciliari o o con a a a sardinel
La calidad mínima de obras en las Urbanizaciones para fines multifamiliares será la tipo B. De acuerdo a la modalidad de ejecución las Urbanizaciones podrán ser: a) Urbanizaciones Convencionales o simplemente Urbanizaciones. b) Urbanizaciones Progresivas. c) Urbanizaciones con Construcción Simultánea. Las Urbanizaciones Convencionales, o simplemente Urbanizaciones, son aquellas que cumplen con la ejecución de las obras mínimas según su tipo, cumpliendo con el procedimiento de recepción de obras, de manera previa a la venta de lotes. Las Urbanizaciones Progresivas son aquellas en las que se difiere la ejecución de las calzadas y/o aceras y que, cumpliendo con la ejecución de las demás obras mínimas, podrán solicitar la recepción de las obras de manera parcial.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION Las Urbanizaciones Tipo 5 y 6, no pueden ser declaradas como Urbanizaciones Progresivas. Las Urbanizaciones con Construcción Simultánea son aquellas en las que la edificación de viviendas se realiza de manera simultánea a la ejecución de obras de INFORMACION COMPLEMENTARIA habilitación urbana. Las Habilitaciones Urbanas Tipo 5, se declararán necesariamente como Urbanizaciones con Construcción Simultánea, donde se podrá realizar la recepción de obras de habilitación urbana, quedando pendientes las obras de edificación a ser ejecutadas por el mismo habilitador o por un tercero. También se le define como el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas. Adicionalmente, el terreno podrá contar con redes para la distribución de gas y redes de comunicaciones.
SIMBOLOGÍA: En todas las habilitaciones en que exista partición de la tierra en lotes y agrupamientos de éstos en manzanas, deberá establecerse una nomenclatura. Dicha nomenclatura consistirá en letras para las manzanas y números para los lotes, ambos en forma correlativa. Deberá establecerse una nomenclatura provisional para las vías públicas y áreas de recreación mediante letras o números o empleando los nombres persistentes para las vías con las que se empalman.
MANZANA
A
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION LOTE VIA
1 CALLE
CRITERIOS DE DIBUJO
6. CRITERIOS DE DIBUJO: La realización de la gráfica o el plano de lotización se efectúa sobre un plano de planta a escala 1/2000, donde se podrá apreciar tanto las manzanas, así como los lotes, calles, y áreas públicas.
Las líneas representativas en el plano se deberán hacer con un determinado número de plumilla o grosor de línea, como se menciona a continuación:
Las delimitaciones de los lotes se hará con un grosor de línea de 0.2
Las delimitaciones de las manzanas urbanas se harán con un grosor de línea de 0.6
Las delimitaciones de veredas se hará con un grosor de línea de 0.4
Para obtener un mejor diseño en el plano de lotización debemos considerar el principio fundamental de diseños de lotes: a) Igualar el tipo de lote con el tipo de calle: Los lotes residenciales de menor densidad pertenecen preferentemente a calles colectoras; los usos de mayores densidades deben estar localizados a lo largo de calles arteriales. Esto es básicamente para evitar un congestionamiento en peatonal y vehicular.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION b) Interacción social de lotes: Los diseños de lotes son totalmente inseparables de los asuntos mayores de la planificación de sitios. El esquema total del tamaño del desarrollo, influenciado por una serie de factores, determinará qué partes del sitio pueden ser utilizadas para lotes residenciales, qué densidad de desarrollo es factible y qué porción de la tierra puede ser utilizada. El diseño de lotes es completamente inseparable de las decisiones acerca del trazado de las calles, ya que las formas y los tamaños de los lotes deben de depender de los espacios entre calles y posiblemente entre calles y callejones.
CONTENIDO DEL PLANO
7. CONTENIDO DEL PLANO. El Plano de Lotización viene a representar gráficamente todos los elementos que constituye la Habilitación Urbana, este plano tiene que estar bien detallado en todo su aspecto geométrico que establecen las normas ,por ejemplo sus acotaciones, áreas, etc. El plano tiene que estar completa, suficiente y conciso, con el fin de dar toda la información necesaria por medio del plano para poder ejecutar la obra del proyecto en la forma más concreta posible y sin dar información inútil o innecesaria. En su contenido del plano encontraremos los elementos y simbología de las Habilitaciones Urbanas, tales como:
Lotes.
Manzanas.
Vías Públicas (calles).
Orientación.
Aportes como Parques, hospitales, colegios, etc.
Los planos de lotización presentan un innumerable de detalles en todos los elementos que conforma este, tal razón es de gran importancia especificar los datos que contienen los lotes, manzanas, vías, etc.; con el objetivo de distribuir bien el territorio en particiones de elementos que conforman detalladamente las Habilitaciones Urbanas en la vida real. Los detalles de los elementos que más resaltan son las siguientes:
Cuadro General de Áreas.
Cuadro de Resumen por Manzanas.
Cuadro de Áreas Lotizadas.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
Secciones (calles).
CONTENIDO DEL PLANO
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
CONTENIDO DEL PLANO
Cuadro General de Áreas:Es el cuadro de detalles que especifica las áreas en general de vías, aportes, comercio, etc., donde todos estos sumaran el total de Área del Terreno.
Cuadro de Resumen por Manzanas: Es el cuadro de detalles que especifica simplemente las áreas decada manzana y el numero de lotes que lo constituye.
Cuadro de Áreas Lotizadas : Es el cuadro de detalles que especifica claramente a cada uno de los lotes que conforma a todo el plano.
Secciones (calles): Son cortes de calles que detallan las medidas de veredas, pistas, jardines, etc., que están limitadas por territorios de propietarios.
En la sección de calles, tiene elementos que están representados por un símbolo que son los siguientes:
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
VEREDAS
V
PISTAS
P
JARDINES
J
OTROS
HABILITACIÓN URBANA (Lotización) METODOLOGIA A.PLANIFICACIÓN 1. Estudio de MERCADO (Detección de necesidades) B.PROGRAMACIÓN 2. Determinar las dimensiones de los lotes y su proporción. Elaborar programa. C.DISEÑO 3. Formular criterios de agrupación de lotes y orientación. 4. Proponer alternativas de lotización según criterios: Definir Imagen Urbana Consultar zonificación del terreno y Consultar sistema vial y esquemas de circulación 5. Evaluar alternativas en función de: Optimización del terreno Infraestructura Interrelaciones funcionales 6. Seleccionar las alternativas que aporten las mayores ventajas: Funcionales Económicas Paisajistas Otras D.COMERCIALIZACION 7. Formular Estrategia de Desarrollo y Comercialización
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION HABILITACION URBANA (Lotización)PRINCIPIOS GENERALES DE DISEÑO 1. Fortalecer una Imagen Urbana adecuada que articule los espacios al lugar y a sus atributos naturales. “Debe buscarse la interrelación de espacios urbanos, uniendo armónicamente el origen de los recorridos (vivienda) con los destinos (equipamiento, lugares de trabajo) creando secuencias visuales interesantes” 2. Adaptar al medio natural trabajando: topografía, morfología, suelos, vientos, asoleamiento, hidrografía, vegetación, vistas. 3. Articulación con urbanizaciones colindantes. 4. Buscar estructuración del espacio estableciendo un ordenamiento en el uso del suelo y actividades por zonas. 5. Propiciar la interrelación de actividades a través de diversas modalidades de circulación: vehicular, peatonal, ciclista y otras. 6. Consideración de las redes de servicio: Factibilidades Puntos de conexión Líneas de distribución y colectores Eficiencia de la Red 7. Dimensionamiento: Se busca ofrecer el mayor número de lotes bajo las condicionantes físiconaturales del terreno Con el dimensionamiento se busca establecer un patrón urbano que ofrezca condiciones similares a todos los lotes (acceso, orientación, pendientes) para lo cual se considerará de antemano: a.Un prototipo de lotes: rangos de superficie y dimensiones, establecidas previamente de acuerdo a las necesidades del mercado b.Un tipo de agrupación de lotes (patrón) que debe predominar de acuerdo con las características de las relaciones funcionales y espaciales.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
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Otro PLANO DE LOTIZACION
CONTENIDO DEL PLANO
1. CONTENIDO DEL PLANO. El Plano de Lotización viene a representar gráficamente todos los elementos que constituye la Habilitación Urbana, este plano tiene que estar bien detallado en todo su aspecto geométrico que establecen las normas ,por ejemplo sus acotaciones, áreas, etc. El plano tiene que estar completa, suficiente y conciso, con el fin de dar toda la información necesaria por medio del plano para poder ejecutar la obra del proyecto en la forma más concreta posible y sin dar información inútil o innecesaria. En su contenido del plano encontraremos los elementos y simbología de las Habilitaciones Urbanas, tales como:
Lotes.
Manzanas.
Vías Públicas (calles).
Orientación.
Aportes como Parques, hospitales, colegios, etc.
Los planos de lotización presentan un innumerable de detalles en todos los elementos que conforma este, tal razón es de gran importancia especificar los datos que contienen los lotes, manzanas, vías, etc.; con el objetivo de distribuir bien el territorio en particiones de elementos que conforman detalladamente las Habilitaciones Urbanas en la vida real. Los detalles de los elementos que más resaltan son las siguientes:
Cuadro General de Áreas.
Cuadro de Resumen por Manzanas.
Cuadro de Áreas Lotizadas.
Secciones (calles).
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
CONTENIDO DEL PLANO
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CONTENIDO DEL PLANO
Cuadro General de Áreas: Es el cuadro de detalles que especifica las áreas en general de vías, aportes, comercio, etc., donde todos estos sumaran el total de Área del Terreno.
Cuadro de Resumen por Manzanas : Es el cuadro de detalles que especifica simplemente las áreas de cada manzana y el numero de lotes que lo constituye.
Cuadro de Áreas Lotizadas: Es el cuadro de detalles que especifica claramente a cada uno de los lotes que conforma a todo el plano.
Secciones (calles):
Son cortes de calles que detallan las medidas de veredas, pistas, jardines, etc., que están limitadas por territorios de propietarios.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION En la sección de calles, tiene elementos que están representados por un símbolo que son los siguientes: VEREDAS
V
PISTAS
P
JARDINES
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CONTENIDO DEL PLANO
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION
INFORMACION ADICIONAL
2. INFORMACION ADICIONAL URBANIZACIONES Se denominan Urbanizaciones a aquellas Habilitaciones Residenciales conformadas por lotes para fines de edificación de viviendas unifamiliares y multifamiliares, así como de sus servicios públicos complementarios y su comercio local. TIPOS DE URBANIZACIONES: Las Urbanizaciones pueden ser de diferentes tipos, los cuáles se establecen en función a tres factores concurrentes: d) Densidad máxima permisible; e) Calidad mínima de obras y f) Modalidad de ejecución. La densidad máxima permisible se establece en la Zonificación y como consecuencia de ella se establecen las dimensiones mínimas de los Lotes a habilitar, de conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano.
En función de la densidad, se agrupan en seis tipos, de acuerdo al siguiente cuadro: TIPO
2 3
CLASE DE DENSIDAD
ÁREA MINIMA DE LOTE
FRENTE MÍNIMO DE LOTE
TIPO DE VIVIENDA
BAJA DENSIDAD (R1)
450 Mt2
15 ML
UNIFAMILIAR
BAJA DENSIDAD (R2)
300 Mt2 160 Mt2 90 Mt2
10 ML 8 ML 6 ML
(*) 450 Mt2
(*) 15 ML
UNIFAMILIAR UNIFAMILIAR UNIFAMILIAR UNIFAM / MULTIFAM MULTIFAMILIAR
2
menor a 1300 Hab/Ha menor a 1300 Hab/Ha
3
1300 Hab/Ha
DENSIDAD MEDIA (R3)
4
1300 Hab/Ha
DENSIDAD MEDIA (R4)
5
2250 Hab/Ha
D. MEDIA (R3 y R4) ALTA (R5, R6 y R8)
6
2250 Hab/Ha
DENSIDAD ALTA (R5,R6 y R8)
1
1
DENSIDAD POBLACIONAL
Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Baja Densidad (R1). Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Baja Densidad (R2). Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Densidad Media (R3).
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION 4 5
Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Densidad Media (R4). Corresponden a Habilitaciones Urbanas pertenecientes a programas de promoción del acceso a la propiedad privada de la vivienda. No tendrán limitación en el número, dimensiones o área mínima de los lotes resultantes; y INFORMACION se podrán realizar en áreas calificadas como Zonas de DensidadADICIONAL Media (R3 y R4) y Alta Densidad (R5, R6 y R8) o en Zonas compatibles con estas densidades. Para la aprobación de este tipo de proyectos de habilitación urbana deberá incluirse los anteproyectos arquitectónicos de las viviendas a ser ejecutadas, los que se aprobarán simultáneamente. 8 Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Alta Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Alta Densidad (R5, R6 y R8).
De acuerdo a las características de las obras existirán 4 tipos diferentes de habilitación, de acuerdo a lo consignado en el siguiente cuadro: 9 Tipo Calzadas Aceras Agua Desagüe Energía teléfono (pistas) (veredas) potable eléctrica A Concreto Concreto Conexión Conexión Pública y Público simple domiciliari domiciliari domiciliari domiciliario a a a B Asfalto Concreto Conexión Conexión Pública y Público simple domiciliari domiciliari domiciliari domiciliario a a a C Asfalto Asfalto con Conexión Conexión Pública y Público sardinel domiciliari domiciliari domiciliari a a a D Suelo Suelo Conexión Conexión Pública y Público estabilizad estabilizad domiciliari domiciliari domiciliari o o con a a a sardinel
La calidad mínima de obras en las Urbanizaciones para fines multifamiliares será la tipo B. De acuerdo a la modalidad de ejecución las Urbanizaciones podrán ser: d) Urbanizaciones Convencionales o simplemente Urbanizaciones. e) Urbanizaciones Progresivas. f) Urbanizaciones con Construcción Simultánea. Las Urbanizaciones Convencionales, o simplemente Urbanizaciones, son aquellas que cumplen con la ejecución de las obras mínimas según su tipo, cumpliendo con el procedimiento de recepción de obras, de manera previa a la venta de lotes. Las Urbanizaciones Progresivas son aquellas en las que se difiere la ejecución de las calzadas y/o aceras y que, cumpliendo con la ejecución de las demás obras mínimas, podrán solicitar la recepción de las obras de manera parcial.
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION Las Urbanizaciones Tipo 5 y 6, no pueden ser declaradas como Urbanizaciones Progresivas. Las Urbanizaciones con Construcción Simultánea son aquellas en las que la edificación de viviendas se realiza de manera simultánea a la ejecución de obras de INFORMACION ADICIONAL habilitación urbana. Las Habilitaciones Urbanas Tipo 5, se declararán necesariamente como Urbanizaciones con Construcción Simultánea, donde se podrá realizar la recepción de obras de habilitación urbana, quedando pendientes las obras de edificación a ser ejecutadas por el mismo habilitador o por un tercero. También se le define como el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas. Adicionalmente, el terreno podrá contar con redes para la distribución de gas y redes de comunicaciones. ¿POR QUÉ ZONIFICAMOS?
La Teoría del valor de la propiedad
La teoría de la planificación
La Teoría del valor de la propiedad sostiene que el valor de una propiedad y su uso están determinados por la dinámica del mercado. Que la dinámica del mercado en una economía libre determina las tendencias del uso del suelo, sin importar la zonificación en vigencia. En este sentido se sostiene que la zonificación seria por ello sólo un mecanismo de freno en desuso e históricamente inútil. De acuerdo con estas premisas cada propiedad deberá tener un uso tal que asegure que la suma de todas las propiedades dé el máximo valor para una zona, tal como se desea en una economía de libre mercado. Mediante la zonificación lo que se hace es prohibir construcciones que son estorbos para este objetivo, entendiendo que son estorbos o interferencias cualquier uso que perjudique el valor de otras propiedades en un grado significativamente mayor a lo que aporta al valor de la propiedad en la cual está localizada. En esta teoría para cada terreno existe una clasificación adecuada de zonificación. De este modo para cada ciudad existe un plano de zonificación “ideal o platónico” esperando a ser puesto en vigencia. En esta teoría la zonificación solo serviría para proteger al libre mercado de las imperfecciones que se pudiesen presentar en los procesos de oferta y demanda urbana. Cuando se argumenta que el valor de la propiedad será afectado ante la presencia de un proyecto determinado, quiere decir que existe algún factor del cual la comunidad (demanda) no gusta y que esto tiende a resultar en una reducción del número de
PLANOS DE HABILITACION URBANA-LOTIZACION personas interesadas en comprar una propiedad en la zona afectada haciendo que los precios bajen. De acuerdo con la Teoría Planificadora se prepara un Plan Integral para la comunidad que refleje la idea de lo que se desea para el futuro, y se establece una serie de pasos para implementar el Plan, pe. Programa económico, leyes que INFORMACION ADICIONAL controlen la subdivisión y habilitación, etc. Y una ordenanza de zonificación, la cual desde el punto de vista del planificador la zonificación es un instrumento más para la ejecución de un Plan Municipal integral. Sin embargo solo cuando la comunidad tiene su plan maestro debidamente formulado, y expuesto a consulta y escrutinio público especialmente en cuanto a sus metas y deseos, sólo entonces puede ser requerido un árbitro para deslindar la discusión y las disputas sobre el uso del suelo y medir la razonabilidad de las ordenanzas municipales. Por esta razón nace el principio de que una ordenanza debe estar basada en un Plan.
Este Plan prevé todos los usos que el cuerpo legislativo municipal decide que es apropiado para su ubicación en algún ámbito del área municipal.
Prevé las intensidades de uso que la legislación considere apropiadas.
Señala las ubicaciones que la legislación considere para el uso.
Además, este Plan debe sostener en forma consistente los objetivos de desarrollo de la comunidad.
Para que la zonificación sea válida, debe ser coherente con este Plan Municipal, para ello es necesario en primer lugar hacer públicos los objetivos municipales, para asegurar un trato justo a todos los individuos que resulten afectados por el Plan. Este Plan así sirve de barrera interna a las regulaciones municipales y es imperativo como medio para brindar coherencia e imparcialidad en las decisiones administrativas locales entre los residentes de la municipalidad. Un plan municipal puede ser tan arbitrario e irresponsable como una regulación municipal de zonificación si solo refleja los deseos arbitrarios de un municipio. Si el plan ignora su responsabilidad con sus vecinos municipales y con los propietarios que viven fuera de sus límites, entonces esa ordenanza de zonificación no tendrá mayor validez ni sustento que una ordenanza de zonificación sin base en un Plan Municipal.
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