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Libros Electrónicos Gerencia de Servicios al Contribuyente Intendencia Lima
CHARLAS TRIBUTARIAS
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Marco Legal Sistemas de Libros Electrónicos (SLE): PLE y PORTAL Sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos Nueva regla para determinar los sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos a partir del 2016 Nuevos Cronogramas de atrasos permitidos 2016 (Registro compras y ventas electrónicos) Novedades de la versión 5.0.0 del Programa de Libros Electrónicos Casos prácticos. Conclusiones.
Marco legal
Libros Electrónicos: normativa vigente Res. de Superintend.
Tema que norma
Fecha
Nº 286-2009
Dictan disposiciones para la implementación del llevado optativo de determinados Libros y Registros de manera electrónica, mediante el Programa de Libros Electrónicos – PLE, a partir del 01/07/2010 Modifican la RS N° 286-2009 determinándose a los PRICOS como sujetos obligados a llevar libros electrónicos mediante el PLE, a partir del 01/01/2013 Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica en SOL (PORTAL) Establece que los sujetos con ingresos mayores a 500 UIT están obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del 01/01/2014. Se aprueba la versión 4.0 del PLE. Se aprueban los plazos de atraso del año 2014 del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas tipo A y B. Crea el "Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica (SLE PORTAL). Sustituye Anexos N° 1, 2, 3 y 4 e incorpora el Anexo N° 5 "Reglas generales de la información de los comprobantes de pago.
30/12/2009
Nº 248-2012 Nº 066-2013 Nº 379-2013
Nº 247-2014
28/10/2012 28/02/2013 29/12/2013
05/08/2014
Libros Electrónicos: normativa vigente Res. de Superintend. Nº 390-2014
Nº 018-2015
Nº 169-2015 Nº 361-2015
Nº 360-2015
Tema que norma
Fecha
Establece que los sujetos con ingresos mayores a 150 UIT están obligados a llevar los 30/12/2014 Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del 01/01/2015. Se aprueban los plazos de atraso del año 2015 del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas tipo A y B. Establece que los sujetos con ingresos mayores a 75 UIT están obligados a llevar los 23/01/2015 Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del 01/01/2016. Modifican la RS N° 286-2009 y N° 066-2013 y aprueba la versión 5.0.0 del PLE 30/06/2015 Precisan sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de 30/12/2015 manera electrónica, establecen nuevos sujetos obligados a llevarlos de dicha manera y modifican las normas que regulan los sistemas a través de los cuales se cumple con la obligación de llevar libros y registros de manera electrónica a fin de facilitar su aplicación. Establecen Cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributaria y las 31/12/2015 fechas máximas de atraso del registro de Ventas e Ingresos y de Compras generados mediante el SLE-PLE o el SLE-PORTAL, correspondientes al año 2016
SISTEMAS DE LIBROS ELECTRÓNICOS (SLE): PLE Y PORTAL
Modelo de Libros Electrónicos PORTAL • El SLE-Portal es un aplicativo en SUNAT Operaciones en Línea – SOL que permite la captura de la información para generar el Registro de Ventas e Ingresos (RVI) y el Registro de Compras (RC) de manera electrónica.
• A los contribuyentes que opten en ser usuarios del Sistema, la SUNAT los sustituirá en su obligación de almacenamiento, archivo y conservación de los Registros Electrónicos generados en el sistema.
• El contribuyente podrá descargar ejemplares de los Registros Electrónicos generados en el Sistema.
Sistemas de Libros Electrónicos – SLE SLE - PORTAL SLE PORTAL Registro de Ventas Portal
Registro de Compras Portal
Registro de Ventas Portal
Registro de Comprobante de Pago Físicos Consultas, modificaciones y bajas de CdP Físicos Importación de Comprobantes de Pago Físico
Generación de Registro de Ventas Electrónico
Descarga de Registro de Ventas Electrónico
Registro de Compras Portal
x
Registro de Comprobante de Pago Físicos
x
Consultas, modificaciones y bajas de CdP Físicos Importación de Comprobantes de Pago Físico
Generación de Registro de Compras Electrónico
Descarga de Registro de Compras Electrónico
Modelo de Libros Electrónicos PLE • El Programa de Libros Electrónicos – PLE no es un software contable.
• Principal insumo: Archivos en formato de texto (TXT).
• No se envía el Libro Electrónico (archivo de texto). • Sólo se envía un Resumen del Libro Electrónico (que incluye el “hash” correspondiente).
• El Resumen del RVI y del RC: incluye el detalle de los CdP que dan derecho al uso de crédito fiscal.
Sistemas de Libros Electrónicos – SLE SLE - PLE CÓD. NOMBRE O DESCRIPCIÓN 1 LIBRO CAJA Y BANCOS 3 LIBRO INVENTARIO Y BALANCES LIBRO DE RETENCIONES INC. E Y F DEL 4 ART. 34 DE LA LIR 5 LIBRO DIARIO 5A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO 6 LIBRO MAYOR 7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS 8 REGISTRO DE COMPRAS 9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES 10 REGISTRO DE COSTOS REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE 12 EN UNIDADES FÍSICAS REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE 13 VALORIZADO 14
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS ELECTRÓNICOS
Resumen de los Sujetos que llevan Libros Electrónicos 1. Incorporados
2. Obligados
3. Obligados
4. Obligados
5. Afiliados PLE
6. Generadores Portal
PRICOS
Ingresos mayores a 500 UIT
Ingresos mayores a 150 UIT
Ingresos mayores a 75 UIT
Voluntarios PLE
Voluntarios Portal
RVI + RC Enero 2013
RVI + RC Enero 2014
RVI + RC Enero 2015
RVI + RC Enero 2016
RVI + RC
RVI + RC
LD + LM Junio 2013
Nuevos obligados
ANUAL: Libro de Inventarios y Balances, Registro de Costos, Registro de Activos Fijos MENSUAL: Registro de Consignaciones, Libro de Inventario Permanente en Unidades Físicas
SEMESTRAL: Libro de Permanente Valorizado
Nuevas obligaciones: PRICOS IPCN con ingresos mayores a 3,000 UITs
Inventario
Obligados
Voluntarios
Sujetos obligados a llevar LE a partir del 2016 OBLIGADOS
Reg. de Ventas y Reg. de Compras
Libro Diario y Libro Mayor
Los obligados son los sujetos que: − No sean PRICOS − No se hayan afiliado al SLE-PLE − Estén acogidos al RG o al RER − Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre los meses de enero a diciembre 2015 La UIT a considerar es la del 2015 (S/ 3,850), por tanto el monto referencial es S/ 288,750. Para tal efecto se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV 621 - Simplificado IGV - Renta Mensual.
Desde Enero 2016
No es obligatorio
PLE o Portal
Se precisa la fecha de las rectificatorias para determinar el universo de obligados A partir del 1 de enero de 2016 en adelante, los sujetos que al 31 de enero de 2016 hayan obtenido en el ejercicio 2015 ingresos iguales o mayores a 75 UIT. Para tal efecto: • Se utiliza como referencia la UIT vigente para el ejercicio 2015. • Se consideran los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 IGV-Renta Mensual y/o la casilla 100 del PDT 621 – Simplificado IGV – Renta Mensual y cuya presentación se hubiera realizado hasta el 31 de enero de 2016, incluyendo las declaraciones rectificatorias de los períodos enero a diciembre de 2015 que se hubieran presentado hasta dicha fecha y que hubieran surtido efecto al 31 de enero de 2016.
Ejemplo: obligados al 2016 Año de la obligación
Año anterior 2015
2016
UIT 2015 = 3,850 75 UIT = 288,750
31 de enero
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT DDJJ Ene. 2015
…..
…..
Registro de Ventas e Ingresos Electrónico
DDJJ Dic. 2015
DDJJ Rectificatorias (+): Efecto: el mismo día
Registro de Compras Electrónico
DDJJ Rectificatorias (-): Efecto 45 días hábiles NOTA: El Art. 88.2 del CT señala que la declaración rectificatoria surtirá efecto con su presentación siempre que determine igual o mayor obligación. En caso contrario, surtirá efectos si dentro de un plazo de 45 días hábiles siguientes a su presentación la Administración Tributaria no emitiera pronunciamiento sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en ella, sin perjuicio de la facultad de la Administración Tributaria de efectuar la verificación o fiscalización posterior.
NUEVA REGLA PARA DETERMINAR LOS SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS ELECTRÓNICOS A PARTIR DEL 2016
Nuevos Sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos OBLIGADOS
Reg. de Ventas y Reg. de Compras
Libro Diario y Libro Mayor
Los que no hayan sido incorporados o se hayan afiliado al SLE-PLE o hayan generado los registros en el SLE-PORTAL, estén acogidos al RG o al RER y que hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre los meses de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior. Para tal efecto, la UIT aplicable es la del año precedente al anterior al del inicio de la obligación. Se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV 621 - Simplificado IGV - Renta Mensual o del FV 621, IGV Renta mensual nueva versión a partir de enero del 2016. Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la obligación
Desde el 1 de Enero de cada año, del 2017 en adelante
No es obligatorio
LE o Portal
Ejemplo: obligados al 2017
Año precedente al anterior
Año anterior
Año de la obligación
2015
2016
2017
UIT 2015 = 3,850 75 UIT = 288,750 Ingresos iguales o mayores a 75 UIT DDJJ Mayo 2015
…..
…..
Registro de Ventas e Ingresos Electrónico
DDJJ Abri 2016
Registro de Compras Electrónico
Ejemplo: obligados al 2018
Año precedente al anterior
Año anterior
Año de la obligación
2016
2017
2018
UIT 2016 = 3,950 75 UIT = 296,250 Ingresos iguales o mayores a 75 UIT DDJJ Mayo 2016
…..
…..
Registro de Ventas e Ingresos Electrónico
DDJJ Abri 2017
Registro de Compras Electrónico
NUEVOS CRONOGRAMAS DE ATRASOS PARA REGISTROS DE COMPRAS Y VENTAS 2016
Cronograma tipo A: para contribuyentes que llevan libros electronicos antes del 2016 MES AL QUE CORRESPONDE LA OBLIGACIÓN (*) ENERO 2016
FEBRERO 2016
MARZO 2016
ABRIL 2016
MAYO 2016
JUNIO 2016
JULIO 2016
AGOSTO 2016
FECHA MÁXIMO DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO NÚMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC ) 0
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15-febrero-2016
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13-enero-2017
Cronograma tipo B: para contribuyentes que deben llevar libros electronicos a partir del 2016 MES AL QUE CORRESPONDE LA OBLIGACIÓN (*) ENERO 2016
FEBRERO 2016
MARZO 2016
ABRIL 2016
MAYO 2016
JUNIO 2016
JULIO 2016
AGOSTO 2016
SEPTIEMBRE 2016
OCTUBRE 2016
NOVIEMBRE 2016
DICIEMBRE 2016
FECHA MÁXIMO DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO NÚMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC ) 0
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Formulario Virtual N° 621 IGV - Renta Mensual (R.S. 320-2015/SUNAT) – Uso opcional.
NOVEDADES DE LA VERSIÓN 5.0.0 DEL PROGRAMA DE LIBROS ELECTRÓNICOS
Novedades de la versión 5.0.0 del PLE - Uso obligatorio de la nueva versión: Desde el martes 9 de febrero de 2016 (culminando el vencimiento de la presentación de los Reg. de Ventas y Compras Electrónicos del mes de diciembre 2015 cuyo último dígito vence el viernes 8 de febrero de 2016) - Se sustituye el Anexo N° 2: “Estructura e información de los Libros y/o Registros Electrónicos” de la Resolución de Superintendencia N.° 169-2015/SUNAT. - Se sustituyen los siguientes Anexos de la Resolución de Superintendencia N° 169-2015/SUNAT: o Anexos N° 1: “Estructura de la información del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico” o Anexo N° 2: “Estructura de la información del Registro de Compras Electrónico” .
Nuevas Tablas (Anexo 3 R.S. 169-2015/SUNAT) TABLA 1: TIPO DE MEDIO DE PAGO TABLA 2: TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD TABLA 3: ENTIDAD FINANCIERA TABLA 4: TIPO DE MONEDA TABLA 5: TIPO DE EXISTENCIA TABLA 6: CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA TABLA 10: TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO TABLA 11: CÓDIGO DE LA ADUANA TABLA 12: TIPO DE OPERACIÓN TABLA 13: CATÁLOGO DE EXISTENCIAS TABLA 14: MÉTODO DE VALUACIÓN TABLA 15: TIPO DE TÍTULO TABLA 16: TIPO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES TABLA 17: PLAN DE CUENTAS TABLA 18: TIPO DE ACTIVO FIJO TABLA 19: ESTADO DEL ACTIVO FIJO TABLA 20: MÉTODO DE DEPRECIACIÓN TABLA 21: CÓDIGO DE AGRUPAMIENTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL TABLA 22: CATÁLOGO DE ESTADOS FINANCIEROS TABLA 25 "CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN" TABLA 27: TIPO DE VINCULACION ECONOMICA TABLA 28: PATRIMONIO NETO TABLA 30: CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS ADQUIRIDOS TABLA 31: TIPO DE RENTA TABLA 32: MODALIDAD DEL SERVICIO PRESTADO POR EL SUJETO NO DOMICILIADO TABLA 33: EXONERACIONES DE OPERACIONES DE NO DOMICILIADOS (ART. 19 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA) TABLA 34: CÓDIGO DE LOS RUBROS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS TABLA 35: PAISES
CAMBIOS EN EL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS ELECTRÓNICO
Novedades de la versión 5.0.0 del PLE • Versiones simplificadas del Registro de Ventas y del Registro de Compras Electrónico: Libro
Versión completa
Versión simplificada (para quien tiene solo operaciones gravadas)
Registro de Ventas
34 columnas Formato 14.1
25 columnas Formato 14.2
Registro de Compras
41 columnas Formato 8.1 Formato 8.2
28 columnas Formato 8.3
• Se generará en un mismo momento el Registro de Ventas y el Registro de Compras Electrónico.
• Generación automática de un archivo con información necesaria para proponer la nueva declaración sugerida del IGV-Renta mensual (FV 621) que provenga de la versión completa o simplificada de los registros.
Novedades de la versión 5.0.0 del PLE Registro de Ventas: • Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la pagina web de la SUNAT de: Tipo de cambio SUNAT Registro de Compras: • Inclusión de un nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados (condición necesaria para pertenecer a la OCDE y los compromisos con el Asia Pacífico y Convenios para evitar la doble o nula imposición) • Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la página web de la SUNAT de: Tipo de cambio SUNAT Padrón de No habidos Padrón de RUC que renunciaron a la exoneración del IGV Si el DNI, consignado en la liquidación de compra, ya cuenta con RUC
14.1 Registro de Ventas e Ingresos Versión completa 1
2
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4
5
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8
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10
11
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Código Número Periodo Único de la correlativo Operación del CUO
18
19
Monto de la Operación NO Gravada con el IGV (con efectos en el ratio)
Fecha Fecha de de Tipo Venciemisión miento
20
21
Serie
Número inicial
22
23
Número final (**)
12
13
14
24
25
Número
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16
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Monto de la Operación Gravada con el IGV
Cliente
Tipo de Documento de Identidad
15
Valor Apellidos y facturado nombres, Descuento de la Base denominación o exportación de la Base imponible razón social del Imponible cliente
27
28
29
30
31
32
Monto de la Operación Gravada con el IVAP
IGV
33
Descuento del IGV
34
Moneda Documento modificado Otros conceptos, tributos y Importe Indicador BI de la Error tipo ISC, de cargos que total del Contrato de medio operación 1 (tipo de Estado Importe total Importe total Impuesto a ser el caso gravada con no forman comprobante (*) de pago cambio) de la de la las ventas Tipo de Fecha de parte de la de pago (1 = Si) el Impuesto Código Tipo Serie Número operación operación del Arroz cambio emisión base a las Ventas exonerada inafecta Pilado imponible del Arroz Pilado
Optativo Optativo
Nuevos campos
14.2 Registro de Ventas e Ingresos Versión simplificada Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas 1
2
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11
Comprobante de Pago físico y/o electrónico
Periodo
Código Número Único de la correlativo Operación del CUO Fecha de emisión
15
Fecha de Vencimiento
16
Tipo
Serie
17
Número inicial
18
Moneda Otros conceptos, tributos y Importe total del cargos que no comprobante de Tipo de forman parte de pago Código cambio la base imponible
20
Número
21
22
Apellidos y nombres, denominación o razón social del cliente
23
14
Base imponible
24
IGV
25
Documento modificado
Fecha de emisión
Tipo
Serie
Número
Error tipo 1 Indicador de (tipo de medio de cambio) pago (1 = Si)
Optativo
Nuevos campos
13
Monto de la Operación Gravada con el IGV
Cliente
Tipo de Número Documento final de Identidad
19
12
Estado
CAMBIOS EN EL REGISTRO DE COMPRAS ELECTRÓNICO
8.1 Registro de Compras Versión completa (1/2) 1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Periodo
Código Número Único de la correlaOperación tivo del (CUO) CUO Año Fech Fecha Tipo de a de Nro. de (Tabla Serie emisi emisi inicial Vmto 10) ón ón DUA
24
25
26
Moneda
Código Tipo de Fecha de (Tabla 4) cambio emisión
27
28
29
Nro. final
Serie
Código de la DUA
13
Proveedor
14
30
31
32
Constancia de Depósito de Detracción
Número
Fecha de emisión
Número
15
16
33
IGV
Base imponible
34
IGV
35
Marca del Clasificación comprobant de los e de pago bienes y Contrato sujeto a servicios (*) retención adquiridos (1 si hay (Tabla 30) retención)
Optativo
Nuevos campos
17
18
19
20
21
22
23
Adquisiciones Adquisiciones Base imponible de las gravadas que dan gravadas que dan adquisiciones derecho a crédito derecho a crédito gravadas que no dan fiscal y/o saldo a fiscal y/o saldo a derecho a crédito favor por favor por Base fiscal y/o saldo a exportación, exportación, favor por imponible destinadas destinadas a exportación, por no de las exclusivamente a operaciones gravadas estar destinadas a adquisioperaciones y/o de exportación y a operaciones gravadas gravadas y/o de operaciones no ciones no y/o de exportación exportación gravadas gravadas
Apellidos y Tipo de nombres, Document denomina Base o de Número ción o imponible Identidad razón (Tabla 2) social del proveedor
Documento modificado
Tipo
12
Base imponible
IGV
Otros tributos y cargos que no Importe ISC formen total parte de internas la base y/o de impoimportación nible
36
37
38
39
Error tipo 1
Error tipo 2
Error tipo 3
Error tipo 4
Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo
40
41
Indicador de medio Estado de pago (1 = Si)
8.1 Registro de Compras Versión completa (1/2)
TABLA 30 N° DESCRIPCIÓN
MERCADERIA, MATERIA 1 ENVASES Y EMBALAJES 2 ACTIVO FIJO OTROS ACTIVOS 3 NUMERALES 1 Y 2
NO
PRIMA,
SUMINISTRO,
CONSIDERADOS
EN
LOS
GASTOS DE EDUCACIÓN, RECREACIÓN, SALUD, CULTURALES. REPRESENTACIÓN, CAPACITACIÓN, DE 4 VIAJE, MANTENIMIENTO DE VEHICULO Y DE PREMIOS 5 OTROS GASTOS NO INCLUIDOS EN EL NUMERAL 4 Aplicable solo a los contribuyentes que hayan obtenido ingresos mayores a 1,500 UIT en el ejercicio anterior
8.2 Registro de Compras Versión completa (2/2) Nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados 1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Comprobantes de Pago de sujetos No Domiciliados Código Número Periodo Único de la correlativo Fecha de Operación del CUO emisión
18
19
20
País de resi- Nombre / Domicilio dencia Razón en el (Tabla Social extranjero 4)
Nuevos campos
Tipo
Serie
21 22 Proveedor
23
Otros tributos y cargos que Valor de las no formen Número adquisiciones parte de la base imponible del IGV
Número de Nombre / identifiRazón Número cación Social del de fiscal del benefiIdentifi- beneficiario cación ciario efectivo efectivo de los de los pagos pagos
24
País de residencia del beneficiario efectivo de los pagos (Tabla 4)
25
Vínculo entre el contribuyente y el residente en el extranjero (Tabla 27)
26
27
11
12
13
14
15
Sustento del crédito fiscal
Importe Tipo total (Tabla 10)
Serie
28 29 30 Impuesto a la Renta
Deducción / Costo de EnajeRenta Renta nación bruta Neta de bienes de capital
Año de emisión DUA
31
Convenio para evitar la Tasa Impues doble de to imporeten- rete- sición ción nido aplicable (Tabla 25)
32
16
17
Moneda
Número
33
Retención del Código Tipo de (Tabla IGV cambio 4)
34
35
36
ModaAplicalidad del ción del servicio penExone- Tipo de presta- ultimo ración Renta do por párrafo Estado aplicada (Tabla el no Art. 76° 31) domici(Tabla LIR liado 33) (1 si (Tabla aplica) 32)
8.2 Registro de Compras Versión completa (2/2)
8.2 Registro de Compras Versión completa (2/2)
8.3 Registro de Compras Versión simplificada Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas 1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
Comprobante de Pago físico y/o electrónico
Periodo
Código Único Número de la correlativo del Operación CUO Fecha Fecha de de Venciemisión miento
17
18
Moneda
Código Tipo de (Tabla 4) cambio
19
20
21
Tipo (Tabla 10)
Tipo de Document Número Número Serie o de inicial final Identidad (Tabla 2)
22
Documento modificado
Fecha de emisión
Tipo
Serie Número
23
24
Constancia de Depósito de Detracción
Fecha de emisión
Número
25
12
26
Marca del Clasificación comprode los bante de bienes y pago sujeto servicios a retención adquiridos (1 si hay (Tabla 30) retención) Optativo
Nuevos campos
13
14
15
16
Adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, Proveedor Otros destinadas tributos y exclusivamente a cargos que operaciones gravadas no formen Importe total y/o de exportación parte de la Apellidos y base nombres, imponible denominació Base Número IGV n o razón imponible social del proveedor
27
28
29
Error tipo 1
Error tipo 2
Error tipo 3
Optativo
Optativo
Optativo
30
31
Indicador de medio Estado de pago (1 = Si)
CAMBIOS EN EL LIBRO DIARIO ELECTRÓNICO
5.1 Libro Diario Obligados: PRICOS Periodicidad: Mensual Cambios: Se incluyen nuevos campos
Periodo
Código Único de la Operación
Código del Centro de Tipo de Tipo de Número Código de la Costos, ComproMoneda Código de correlaUnidad de Centro de de origen bante de la Cuenta tivo del Operación Utilidades (tabla 4) Pago o Contable CUO (*) o Centro Documento de Inversión
Número serie del comprobante de pago o documento
Número del Fecha comprobante de contable pago o documento
Fecha de Fecha de la Glosa o vencioperación descripción Glosa miento o emisión de la referencial operación
Movimiento
Debe
Optativo
Optativo Optativo
Optativo Optativo
Optativo
Nuevos campos (*) Económica Administrativa, de Negocio, de Producción, de la Línea, de la Concesión, del Local o del Lote
Campos 1, 2 y 3 del Registro de Ventas e Estado Ingresos o del Registro de Compras
Haber Optativo
5.1 Libro Diario
Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del software contable que identifica de manera unívoca el asiento contable. Sólo se permite la consolidación de operaciones, siempre que se cumpla con las siguientes condiciones: 1. Que sea diaria, y 2. Que por las mencionadas operaciones se mantenga la información detallada que permita efectuar la verificación individual de cada documento. Dicha información detallada deberá ser llevada mediante un sistema de control computarizado y contener como mínimo la misma estructura del presente registro y ser proporcionada mediante medios magnéticos cuando sea requerida por la SUNAT. Los contribuyentes obligados a llevar el Registro de Inventario Permanente Valorizado solo podrán consolidar las operaciones relacionadas con los inventarios hasta el 31/12/2016.
CAMBIOS EN EL LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO ELECTRÓNICO
Libro Diario de Formato Simplificado Electrónico
Libro Diario
LDFS
=
CAMBIOS EN EL LIBRO MAYOR ELECTRÓNICO
6.1 Libro Mayor Libro Diario
Libro Mayor
LDFS
=
=
CAMBIOS EN EL REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO ELECTRÓNICO
Catálogos: estándares globales
Clasificación
Identificación
• Indica relación de un ítem con otros • Identifica de forma única a un Item. ítems, similares o no. • Jerárquico (estructurado)
• Unico
• Estructura de dígitos significativa. • Estructura de dígitos no significativa. Muestra clases y sub clases del cual el • Crea una correspondencia uno a uno ítem forma parte. entre los símbolos e ítems • Búsqueda y ubicación de bienes y • Marketing, distribución, punto de venta. servicios. • Trazabilidad, registro y mantenimiento de • Análisis de actividades, estadísticas. datos.
Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras (CUBSO)
Código estructurado 00
00
00
RUBRO
FAMILIA
CLASE
22 Maquinaria y Accesorios para Construcción y Edificación
10 Maquinaria y equipo pesado de construcción
00 ARTICULO
15 Maquinaria para trabajo de desmonte
01 Cargadoras de entrada
Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras (CUBSO) http://www2.seace.gob.pe/Default.asp?_pageid_=25&_contentid_=101
Código solicitado: • Los 8 primeros dígitos corresponden al código de clasificación. Los primeros 2 dígitos identifican el "Segmento", los 2 siguientes a la "Familia", los 2 siguientes a la "Clase" y los dos siguientes al "Commodity“. • Los 8 últimos dígitos corresponden al Código de identificación del Item establecido por el OCSE. De no existir dicho Item se deberá incluir 8 ceros (00000000).
Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras (CUBSO)
CATÁLOGO ÚNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO 5to. NIVEL: ÍTEM Nro. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
ÍTEM CÓDIGO 2711190800000001 2711190800000002 2711190800000003 2711190800000004 2711190800000005 2711190800000006 2711190800000007 2711190800000008 2711190800000009 2711190800000010 2711190800000011 2711190800000012 2711190800000013 2711190800000014 2711190800000015
CUBSO
Correlativo
TÍTULO PIEDRA ESMERIL REDONDA 8 in X 1 in PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 2" X 10" GRANO GRUESO PIEDRA ESMERIL REDONDA 6 in X 1 in PIEDRA ESMERIL REDONDA 6" X 3/4" PIEDRA ESMERIL REDONDA 8" X 3/4" X 1(31) DELGADA PIEDRA ESMERIL REDONDA 8" X 3/4" X 1(31) GRUESA PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 6" X 1" X 1" GRANO FINO PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 7" X 5/8" GRANO FINO PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 6" X 1" GRANO FINO Y GRANO GRUESA PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 5" X 1" X 1" GRANO GRUESO PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 5" X 1" X 1" GRANO FINO PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 10" X 2" GRANO GRUESO PIEDRA ESMERIL CIRCULAR 12" X 1/2" PIEDRA ESMERIL DE DESGASTE 1" X 5/8" PIEDRA DE ESMERIL 6" X 1/2" X 1"
13.1 Registro Permanente Valorizado
PERIODO
CÓDIGO ÚNICO DE OPERACIÓN (CUO)
NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO CONTABLE
CÓDIGO ESTABLECIMENTO ANEXO
CÓDIGO CATALOGO UTILIZADO
TIPO DE EXISTENCIA (TABLA 5)
CÓDIGO PROPIO DE LA EXISTENCIA
CÓDIGO DE LA EXISTENCIA SEGÚN OSCE (UNSPC)
DOCUMENTO DE TRASLADO, COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO INTERNO O SIMILAR
FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
NÚMERO
Optativo 2210150100000019 2210150100000000
ENTRADAS CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA
CÓDIGO DEL MÉTODO DE VALUACIÓN (TABLA 14)
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALIDAS
COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALDO FINAL
COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
ESTADO COSTO TOTAL
TIPO DE OPERACIÓN EFECTUADA (TABLA 12)
DESCRIPCIÓN DE LA EXISTENCIA
13.1 Registro Permanente Valorizado
Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del software contable que identifica de manera unívoca el asiento contable en el Libro Diario en que se registró la operación. Cuando el CUO proviene de un asiento contable consolidado, se debe mantener la información detallada que permita efectuar la verificación individual de cada documento. Los contribuyentes que llevan el Registro de Inventario Permanente Valorizado solo podrán consolidar las operaciones relacionadas con los inventarios hasta el 31/12/2016. Dicha información detallada deberá ser llevada mediante un sistema de control computarizado y contener como mínimo la misma estructura del presente registro y ser proporcionada mediante medios magnéticos cuando sea requerida por la SUNAT.
CAMBIOS EN EL REGISTRO DE ACTIVO FIJO ELECTRÓNICO
Posición de la Administración
Informe N° 006-2014-SUNAT/4B0000 •
•
• •
El articulo 22° del Reglamento de la LIR, que regula el calculo de la depreciación tributaria, establece porcentajes de depreciación específicos para los bienes afectos a la producción de rentas gravadas de tercera categoría. Para el calculo de la referida depreciación deberán llevar un control permanente de los bienes del activo fijo en el Registro de Activos Fijos. La SUNAT mediante Resolución determinará los requisitos, características, contenido, forma y condiciones en que deberá llevarse el citado registro. La RS N° 234-2006/SUNAT dispone que en el Registro de Activos Fijos deberá registrar anualmente toda la información de los activos fijos, así como la depreciación respectiva. Conclusión: En el Registro de Activos Fijos se debe registrar la depreciación que se determine conforme a la normativa del Impuesto a la Renta.
Registro de Activo Fijo: cambio de estructura DETALLE DEL ACTIVO FIJO
PERIODO
CÓDIGO ÚNICO DE OPERACIÓN (CUO)
NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO CONTABLE
CÓDIGO DEL CATALOGO (TABLA 13)
CÓDIGO PROPIO DEL ACTIVO FIJO
CÓDIGO DEL ACTIVO FIJO SEGÚN OSCE (UNSPSC)
CÓDIGO DEL CÓDIGO DE LA TIPO DE CUENTA ACTIVO FIJO CONTABLE DEL (TABLA 18) ACTIVO FIJO
ESTADO DEL ACTIVO FIJO (TABLA 19)
DESCRIPCIÓN
MARCA DEL ACTIVO FIJO
MODELO
NÚMERO DE SERIE Y/O PLACA
2210150100000019 2210150100000000
DEPRECIACIÓN
ADQUISICIONES O SALDO INICIAL ADICIONES
MEJORAS
RETIROS Y/O BAJAS
OTROS AJUSTES
FECHA DE ADQUISICIÓN
FECHA DE INICIO DEL USO DEL ACTIVO FIJO
CÓDIGO DEL MÉTODO (TABLA 20)
N° DE DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN
PORCENTAJE DE DEPRECIACIÓN
DEPRECIACIÓN ACUMULADA AL CIERRE DEL EJERCICIO ANTERIOR
DEPRECIACIÓN DEL EJERCICIO
ESTADO
CAMBIOS EN EL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES ELECTRÓNICO
3.1 Libro de Inventarios y Balances 3.1 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA 3.2 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
Obligados: PRICOS con ingresos anuales iguales o mayores a 3,000 UIT Periodicidad: Anual
3.3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS Y 13 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – RELACIONADAS
3.4 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES Y GERENTES
3.5 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS TERCEROS O CUENTA 17 - CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - RELACIONADAS
3.6 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 ESTIMACIÓN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA
3.7 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERIAS Y LA CUENTA 21 PRODUCTOS TERMINADOS
Cambios: • Se eliminan 2 sub libros: 3.21 y 3.22 • Se incluyen 2 sub libros: 3.24 y 3.25 • Se modifican los nombres de 2 sub libros: 3.1 y 3.18
3.8 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 30 INVERSIONES MOBILIARIAS 3.9 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 34 - INTANGIBLES 3.11 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR (2)
3.12 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS Y LA CUENTA 43 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS
3.13 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS Y DE LA CUENTA 47 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – RELACIONADAS
3.14 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 - BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES (PCGR) - NO APLICABLE PARA EL PCGE (2)
3.15 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 37 ACTIVO DIFERIDO Y DE LA CUENTA 49 PASIVO DIFERIDO
3.16 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 CAPITAL
3.17 3.18 3.19 3.20 3.21 3.22
3.16.1 DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL 3.16.2 ESTRUCTURA DE LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA O DE PARTICIPACIONES SOCIALES LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE DE COMPROBACIÓN LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO - MÉTODO DIRECTO LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE RESULTADOS LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DE LAS CUENTAS Y/O PARTIDAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
3.23 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS 3.24 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE RESULTADOS INTEGRALES 3.25 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO - MÉTODO INDIRECTO
3.17 Libro de Inventarios y Balances Balance de comprobación Cambios: Se incluyen como campos adicionales en el sub libro 3.17 (Balance de Comprobación), los que se solicitan en la declaración anual del Impuesto a la Renta.
Periodo
Código de la Cuenta Saldo Contable inicial del utilizado en debe el PDT Renta
Nuevos campos
Saldo al 31 Saldo al 31 Transferen Transferen Resultado Resultado Impuesto a Impuesto a Saldo Cuentas de Cuentas Movimentos Movimientos de de cias y cias y por por la renta la renta inicial del balance de balance del debe del haber diciembre diciembre cancelacio cancelacio naturaleza naturaleza diferido diferido haber activo pasivo deudor acreedor nes debe nes haber pérdidas ganancias activo pasivo
Estado
3.1 Libro de Inventarios y Balances Estado de Situación Financiera
Sector Diversos:
Cambios: Los sub libros 3.1, 3.18, 3.19, 3.20, 3.24 y 3.25 (Estados Financieros) son codificados de acuerdo a lo establecido por la SMV (Tabla 34)
3.1 ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CÓDIGO Activos Activos Corrientes Efectivo y Equivalentes al Efectivo 1D0109 Otros Activos Financieros 1D0114 Cuentas por cobrar comerciales y otras cuentas por cobrar 1D0121 Inventarios 1D0106 Activos Biológicos 1D0112 Activos por Impuestos a las Ganancias 1D0117 Otros Activos no financieros 1D0113 Total Activos Corrientes Distintos de los Activos o Grupos de Activos para su Disposición Clasificados como Mantenidos para la Venta o para Distribuir a los Propietarios 1D0118 Activos no Corrientes o Grupos de Activos para su Disposición Clasificados como Mantenidos para la Venta 1D0119 Activos no Corrientes o Grupos de Activos para su Disposición Clasificados como Mantenidos para Distribuir a los Propietarios 1D0120 Activos no Corrientes o Grupos de Activos para su Disposición Clasificados como Mantenidos para la Venta o como Mantenidos para Distribuir a los Propietarios 1D0115 Total Activos Corrientes 1D01ST Activos No Corrientes Otros Activos Financieros 1D0217 Inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas 1D0221 Cuentas por cobrar comerciales y otras cuentas por cobrar 1D0219 Activos Biológicos 1D0216 Propiedades de Inversión 1D0211 Propiedades, Planta y Equipo (neto) 1D0205 Activos intangibles distintos de la plusvalia 1D0206 Activos por impuestos diferidos 1D0207 Plusvalía 1D0212 Otros Activos no financieros 1D0208 Total Activos No Corrientes 1D02ST TOTAL DE ACTIVOS 1D020T
CAMBIOS EN EL REGISTRO DE COSTOS ELECTRÓNICO
10.4 Registro de Costos – Centro de Costos Nuevo sub libro: Centro de Costos Obligados: PRICOS con ingresos iguales o mayores a 3,000 UIT y que tengan un proceso de producción de bienes (Informe N° 135-2015/SUNAT) Periodicidad: Anual
Periodo
Unidad de Operación, de la Unidad Económica Administrativa, de la Centro de Costos, Centro de Unidad de Negocio, de la Utilidades o Centro de Número Unidad de Producción, de Inversión correlativo la Línea, de la Concesión, del Local o del Lote Código
Nuevos campos
Descripción
Código
Descripción
Estado
Versión PLE 5.0
Insumo: Archivos en formato TXT.
Funcionalidad: Validar y Enviar, Verificar e Historial.
Sólo se envía un Resumen (con su Hash correspondiente).
Características Multiplataforma, online.
técnicas: offline y
CASOS PRÁCTICOS
Estados a utilizar en los LE Estado
1 2
6
7
8 9 0
Detalle de la Operación o Documento cuando La operación corresponde al periodo El documento (CdP) ha sido inutilizado (anulado) durante el periodo previamente a ser entregado, emitido o durante su emisión. La fecha de emisión del CdP o del pago del impuesto, por operaciones que otorguen derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce dentro de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda La fecha de emisión del CdP o pago del impuesto, por operaciones que otorgaban derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce luego de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda La operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo la operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo La operación (anotación optativa sin efecto en el IGV) corresponde al periodo, emitidas en el periodo
Reg. de Ventas
Reg. de Compras
Demás Libros
X
X
X
X X
X X
X
X
X
X
X
X
EJEMPLO DE UN LIBRO DIARIO ELECTRÓNICO
Libro Diario y LDFS: se incluye un sublibro adicional 5.1 LIBRO DIARIO
5.3 DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO: Código de la Cuenta Contable desagregada hasta el nivel máximo de dígitos utilizado
• Es obligatorio en el mes de enero cada año o cuando se genera el libro electrónico por primera vez. • En los demás meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modificaciones.
5.2 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
Implica anotar las operaciones de manera individual
5.4 DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO: Código de la Cuenta Contable desagregada hasta el nivel máximo de dígitos utilizado
Situación 1: anotación de una operación de ventas en el Libro Diario 12
Asiento contable por la venta de mercadería: Factura N° 0001-055
40
70
------------------ 0914 -------------------CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 121 Facturas, boletas y otros comprob. por cobrar 1213 En cobranza TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111 IGV - Cuenta propia VENTAS 701 Mercaderías 7011 Mercaderías Por la venta de mercaderías correspondiente a la Factura N° 0001-055
11,800
1ra línea del asiento 0914: M1
1,800
2da línea del asiento 0914: M2
10,000
3ra línea del asiento 0914: M3
05/04/2015
------------------ 0915 --------------------
Libro Diario PLE
20150400|0914|M1|12130|05/04/2015|Venta de mercadería |11800.00| |1| 20150400|0914|M2|40111|05/04/2015|Venta de mercadería | | 1800.00 |1| 20150400|0914|M3|70110|05/04/2015|Venta de mercadería | | 10000.00 |1|
Es el número del asiento contable (CUO)
Es el número de línea del asiento contable. Debe anteponerse la letra "M" pues es un asiento de movimientos del mes.
Estructura del Diario Electrónico (V. 5.0).
Situación 1: Referencia del CUO de una operación de ventas en el RVI
Registro de Ventas e Ingresos del Régimen General 20150400|0914|M1|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1| Es el número del asiento contable (CUO)
Es el número de línea del asiento contable.
Registro de Ventas e Ingresos del Régimen Especial de Renta - RER 20150400|1|M-RER|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1|
Como no hay asiento contable, se debe asignar un número correlativo del mes en el campo 2 y las siglas “M- RER “en el campo 3.
Situación 2: anotación de una operación de compra en el Libro Diario ------------------ 0234 -------------------60
Asiento contable por la compra de mercadería: Factura N° 0001-1313
COMPRAS 601 Mercaderías 6011 Mercaderías manufacturadas TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE 40 SALUD POR PAGAR 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111 IGV - Cuenta propia CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – 42 TERCEROS Facturas, boletas y otros comprobantes por 421 pagar 4212 Emitidas 05/04/2015 Por la compra de mercaderías (Fsct. N° 0001-1313) ------------------ 0235 -------------------20
MERCADERÍAS 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 611 Mercaderías 6111 Mercaderías manufacturadas 05/04/2015 Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén.
Libro Diario PLE
1ra línea del asiento 0234: M1
40,000 7,200
2da línea del asiento 0234: M2
1ra línea del asiento 0235: M1
40,000
2da línea del asiento 0235: M2
40,000
20150400|0234|M1|6011 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes 20150400|0234|M2|40111|05/04/2014|Compra de mercadería del mes 20150400|0234|M3|4212 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes Es el número del asiento contable (CUO)
3ra línea del asiento 0234: M3
47,200
|40000.00 | |1| | 7200.00 | |1| | |47200.00 |1|
Es el número de línea del asiento contable. Debe anteponerse la letra "M" pues es un asiento de movimientos del mes.
Situación 2: Referencia del CUO de una operación de compra en el RC
Registro de Compras del Régimen General 20150400|0234|M3|05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITA SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1|
Es el número del asiento contable (CUO)
Es el número de línea del asiento contable.
Registro de Compras del Régimen Especial de Renta - RER 20150400|1|M-RER |05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITA SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1|
Como no hay asiento contable, se debe asignar un número correlativo del mes en el campo 2 y las siglas “M-RER “en el campo 3.
Estructuras de los LE (V. 5.0) Definición La estructura e información que contendrá el(los) archivo(s) de texto de cada libro electrónico, deberá estar de acuerdo al Anexo 2 de la RS N° 361-2015/SUNAT y normas modificatorias.
Campo 1
Campo 2
Campo 3 Campo 4 Campo 5
Campo 4
Campo 3
Campo 2
Campo 1
Estructuras de los LE (V. 5.0) Aplicación.
Reglas Generales del PLE
Reglas de Nombres de Libros (PLE)
Libro Electrónico (fijo)
RUC del Generador
RUC del Generador: 20131312955 Periodo a generar: Enero 2013 Tipo de Libro: Registro de Ventas e Ingresos No se está cerrando el libro Libro con información Llevado en moneda nacional
Periodo Año Mes Día
Identificador del Libro: 14.1 PLE (fijo) Oportun idad Moneda (sólo Con información LIB) Operación (cierre)
Reglas generales de la información de los comprobantes de pago y/o documentos
Reglas generales de la información de los comprobantes de pago y/o documentos
VALIDACIÓN Y ENVÍO DE LIBROS ELECTRÓNICOS (PLE)
PLE: Validar
PLE: Validar – Información Consistente
PLE: Validar – Reporte de Información Inconsistente
PLE: Enviar
PLE:Enviar – Advertencia del primer envío
PLE: Enviar – Constancia de Recepción
¿DÓNDE UBICO LOS ARCHIVOS QUE CONFORMAN LOS LE – PLE?
Conclusiones • Cada
vez será mayor la cantidad de contribuyentes que deban llevan sus libros de manera electrónica.
• El uso de la información de los libros electrónicos con mayores validaciones permitirá a la SUNAT realizar cruces de información con menores impactos pues se minimizarán los errores.
• El llevado de Libros Electrónicos permite ahorrar costos de papel, impresora, tinta, legalización notarial, horas hombre y de almacenamiento físico.
GRACIAS
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