Libro Viii - Prescripcion y Caducidad - Código Civil
July 12, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Libro Viii - Prescripcion y Caducidad - Código Civil...
Description
26/4/2014
- LIBRO VIII - PRESCR IPCION Y CAD UCIDAD - C ódig o C ivil Per uano - Abog ado Per ú
Código Civil LIBRO VIII - PRESCRIPCION Y CADUCIDAD TITULO I - Prescripcion extintiva
Articulo 1989º.- Prescripcion extintiva La prescripcion extingue la accion ac cion pero no el derecho mismo.
Articulo Art iculo 1990º.- IIrre rrenunciabli nunciablidad dad de d e la prescripcion pr escripcion El derecho de prescribir es irrenunciable. Es nulo todo pacto destinado a impedir los efectos de la prescripcion.
Articulo Art iculo 1991º.- R Renuncia enuncia a la prescripcion presc ripcion ganada Puede renunciarse renunciarse expresa o tacitamente t acitamente a la l a prescripcion ya ganada. ganada. Se entiende que hay renuncia tacita cuando resulta de la ejecucion de un acto incompatible con la voluntad de favorecerse con la prescripcion.
Articulo Art iculo 1992º.- Prohibici Prohibicion on de declarar de oficio la prescripcion prescr ipcion El juez no puede fundar sus fallos en la prescripcion si no ha sido invocada.
Articulo Art iculo 1993º.- Computo del plazo prescript prescr iptorio orio La prescripcion comienza a correr desde el dia en que puede ejercitarse la accion y continua contra los sucesores del titular del derecho.
Articulo Art iculo 1994º.- Causales de suspen suspension sion de la prescripcion pr escripcion Se suspende la prescripcion: 1.1.- Cuando Cuando los incapaces no estan es tan bajo la guarda de sus representantes legales. 2.2.- E Entre ntre los c onyuges, durante la v vigencia igencia de la sociedad s ociedad de gananciales. gananciales. 3.3.- Entre Entre las personas comprendidas en el articulo 326. 4.4.- Entre Entre los menores y sus padres o tutores durante la patria potestad o la tutela. 5.5.- Entre Entre los incapaces y sus curadores, durante el ejercicio de la curatela. 6.6.- Durante el tiempo que transcurra entre la peticion y el nombramiento del curador de bienes, en los casos que procede. 7.7.- Entre Entre las personas juridicas y sus administradores, mientras estos continuen en el ejercicio del cargo. 8.8.- Mientras Mientras sea imposible reclamar el derecho ante un tribunal peruano.
Articulo Art iculo 1995º.- R Reanudacion eanudacion del plazo prescript prescr iptorio orio Desaparecida la causa de la suspension, la prescripcion reanuda su curso adicionandose el tiempo transcurrido anteriormente.
Articulo Art iculo 1996º.- IInterrupcion nterrupcion de la prescripcion pr escripcion http://www.abog adoper u.com/codig o- civil- libr o- viii- pr escr i pcion- y- caducidad- titulo- 27- abog ado- leg al.php
1/3
26/4/2014
- LIBRO VIII - PRESCR IPCION Y CAD UCIDAD - C ódig o C ivil Per uano - Abog ado Per ú
Se interrumpe la prescripcion por: 1.1.- Reconocimiento Reconocimiento de la obligacion. 2.2.- Intimacion Intimacion para constituir en mora al deudor. 3.3.- Citacion Citacion con la demanda o por otro acto con el que se notifique al deudor, aun cuando se haya acudido a un juez o autoridad incompetente. 4.4.- Oponer Oponer judicialmente la compensacion.
Articulo 1997º.- Ineficacia de la interrupcion Queda sin efecto la interrupcion cuando: 1.1.- Se Se prueba que el deudor no fue citado con la demanda o no fue notificado con cualquiera de los otros actos a que se refiere el articulo 1996, inciso 3. 2.2.- El El actor se desiste de la demanda o de los actos con los que ha notificado al deudor; o cuando el demandado se desiste de la reconv reconvencion encion o de la exc epcion con la que ha opuesto la compensacion. 3.3.- El El proceso fenece por abandono.
Articulo 1998º.- Reinicio del plazo prescriptorio Si la interrupcion se produce por las causa previstas en el articulo 1996, incisos 3 y 4, la prescripcion comienza a correr nuevamente desde la fecha en que la resolucion que pone fin al proceso queda ejecutoriada.
Articulo Art iculo 1999º.- A Alegacion legacion de suspension e interrupcion interrup cion La suspension y la interrupcion pueden ser alegadas por cualquiera que tenga un legitimo interes.
Articulo Art iculo 2000º.- Principi Principio o de legalidad legalidad en e n plazos prescr prescript iptorios orios Solo la ley puede fijar los plazos de prescripcion.
Articulo Art iculo 2001º.- Plazos pres prescriptorios criptorios de acciones civiles Prescriben, salvo disposicion diversa de la ley: 1.1.- A A los diez años, la accion personal, la accion real, la que nace de una ejecutoria y la de nulidad del acto juridico. 2.2.- A A los siete años, la accion de daños y perjuicios derivados para las partes de la violacion de un acto simulado. 3.3.- A A los tres años, la accion para el pago de remuneraciones por servicios prestados como consecuencia de vinculo no laboral. 4.4.- A A los dos años, la accion de anulabilidad, la accion revocatoria, la que proviene de pension alimenticia, la accion indemnizatoria por responsabilidad extracontractual y la que corresponda contra los representantes de incapaces derivadas del ejercicio del cargo.
Articulo 2002º.- Cumplimiento de plazo prescriptorio La prescripcion se produce vencido el ultimo dia del plazo.
TITULO II - Caducidad
Articulo 2003º.- Efectos de la caducidad http://www.abog adoper u.com/codig o- civil- libr o- viii- pr escr i pcion- y- caducidad- titulo- 27- abog ado- leg al.php
2/3
26/4/2014
- LIBRO VIII - PRESCR IPCION Y CAD UCIDAD - C ódig o C ivil Per uano - Abog ado Per ú
La caducidad extingue el derecho y la accion acc ion correspondiente. correspondiente.
Articulo Art iculo 2004º.- Legali Legalidad dad en plazos de caducidad Los plazos de caducidad los fija la ley, sin admitir pacto contrario.
Articulo 2005º.- Continuidad de la caducidad La caducidad no admite interrupcion ni suspension, salv salvo o el caso c aso previsto previsto en el articulo 1994. inciso 8.
Articulo Art iculo 2006º.- Declaracion de caducidad La caducidad puede ser declarada de oficio o a peticion de parte.
Articulo 2007º.- Cumplimiento del plazo de caducidad La caducidad se produce transcurrido el ultimo dia del plazo, aunque este s ea inhabil.
Algunas tildes han sido omitidas intencionalmen int encionalmente. te. Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posib le. La información inf ormación presentada presentada puede no estar al día. Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo ,
tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista. Ab ogadoPeru.com Abogad oPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información exp expuesta, uesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.
http://www.abog adoper u.com/codig o- civil- libr o- viii- pr escr i pcion- y- caducidad- titulo- 27- abog ado- leg al.php
3/3
View more...
Comments