Libro Test Leyes 39 y 40 2015 Procedimiento Administrativo Común 2017 Muestra

September 4, 2017 | Author: TEMARIUM | Category: Public Law, Constitution, Institution, State (Polity), Statutory Law
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Descripción: Libro de Test de Leyes 39/2015 y 40/2015...

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ÍNDICE

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

1. Resumen Ley…………………………………………………………….. 2 2. Normativa…………………………………………………………………. 29 3. Cuadro comparativo de las modificaciones (Resumido)…………. 33 4. Cuadro comparativo de las modificaciones (Por arts.)……………. 37 5. Esquemas…………………………………………………….........……… 129 6. Tabla de equivalencias…………………………………………………... 151 7. Libro de Test…………………………………………………………….. 161 8. Soluciones……………………………………………………………….. 247 9. Preguntas y Respuestas Sobre los aspectos más destacados de la nueva Ley 39/2015………………………………… 250 10. Texto Íntegro…………………………………………………………….. 291

LIBRO LEY 39/2015

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas

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LIBRO LEY 39/2015

LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES. RESUMEN DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, Del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas. INTRODUCCIÓN Se parte de la base de que una economía competitiva exige administraciones públicas eficientes, transparentes y ágiles. La reforma se articula en dos ejes: las relaciones > de las administraciones con los ciudadanos y las relaciones de la administración con el resto de administraciones e instituciones del Estado. Para ello se impulsan dos nuevas leyes en las que se asentará el Derecho Administrativo Español: La Ley de Procedimiento Administrativo Común Y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Constitucionalmente, la ley regula los derechos y garantías mínimos que corresponden a los ciudadanos respecto de la actividad administrativa, tanto en su vertiente del ejercicio de la potestad de autotutela, como potestad reglamentaria e iniciativa legislativa. Y en lo que se refiere al procedimiento administrativo, con su regulación no se agotan las competencias estatales o autonómicas para establecer especialidades, sino que su carácter común resulta aplicable a todas las administraciones públicas y respecto de todas sus actuaciones.

ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Al margen de la ley de Azcárate de 19 de octubre de 1889, la primera regulación completa del procedimiento administrativo fue la contenida en la ley de procedimiento administrativo de 17 de julio 1958. Con la Constitución de 1978 aparece un nuevo concepto de Administración sometida a la ley y al derecho y por ello la ley 30/1992, de 26 de noviembre fue un hito en la evolución del derecho administrativo en el nuevo marco constitucional. La ley 4/1999, de 13 de enero modificó la anterior en aspectos sustanciales del procedimiento administrativo. También la ley 11/2007, de 22 de junio de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

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LIBRO LEY 39/2015

CUADRO COMPARATIVO DE LAS MODIFICACIONES OPERADAS EN MATERIA DE REVISIÓN DE LOS ACTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA (RESUMIDO)

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CUADRO COMPARATIVO DE LAS MODIFICACIONES OPERADAS EN MATERIA DE REVISIÓN DE LOS ACTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA (RESUMIDO) LEY 30/1992 TÍTULO VII. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO PRIMERO. Revisión de oficio

LEY 39/2015 TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio

Artículo 102. Revisión de disposiciones y actos nulos

Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos

1. Las Administraciones públicas, en cualquier momento, por iniciativa propia o a solicitud de interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si los hubiere, declararán de oficio la nulidad de los actos administrativos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los supuestos previstos en el art. 62.1.

1. Las Administraciones Públicas, en cualquier momento, por iniciativa propia o a solicitud de interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere, declararán de oficio la nulidad de los actos administrativos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los supuestos previstos en el artículo 47.1.

2. Asimismo, en cualquier momento, las Administraciones públicas de oficio, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma si los hubiere, podrán declarar la nulidad de las disposiciones administrativas en los supuestos previstos en el art. 62.2.

2. Asimismo, en cualquier momento, las Administraciones Públicas de oficio, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma si lo hubiere, podrán declarar la nulidad de las disposiciones administrativas en los supuestos previstos en el artículo 47.2.

3. El órgano competente para la revisión de oficio podrá acordar motivadamente la inadmisión a trámite de las solicitudes formuladas por los interesados, sin necesidad de recabar dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma, cuando las mismas no se basen en alguna de las causas de nulidad del art. 62 o carezcan manifiestamente de fundamento, así como en el supuesto de que se hubieran desestimado en cuanto al fondo otras solicitudes sustancialmente iguales. 4. Las Administraciones públicas, al declarar la nulidad de una disposición o acto, podrán establecer, en la misma resolución, las indemnizaciones que proceda reconocer a los interesados, si se dan las circunstancias previstas en los arts. 139.2 y 141.1 de esta Ley; sin perjuicio de que, tratándose de una

3. El órgano competente para la revisión de oficio podrá acordar motivadamente la inadmisión a trámite de las solicitudes formuladas por los interesados, sin necesidad de recabar Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma, cuando las mismas no se basen en alguna de las causas de nulidad del artículo 47.1 o carezcan manifiestamente de fundamento, así como en el supuesto de que se hubieran desestimado en cuanto al fondo otras solicitudes sustancialmente iguales. 4. Las Administraciones Públicas, al declarar la nulidad de una disposición o acto, podrán establecer, en la misma resolución, las indemnizaciones que proceda reconocer a los interesados, si se dan las circunstancias previstas en los artículos 32.2 y 34.1 de la ley de régimen jurídico del sector público sin perjuicio de que, tratándose de una disposición, subsistan los actos firmes dictados en aplicación de la misma.

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LIBRO LEY 39/2015

CUADRO COMPARATIVO DE LAS MODIFICACIONES OPERADAS EN MATERIA DE REVISIÓN DE LOS ACTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA (COMPLETO)

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LIBRO LEY 39/2015

CUADRO COMPARATIVO DE LAS MODIFICACIONES OPERADAS EN MATERIA DE REVISIÓN DE LOS ACTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA (COMPLETO) LEY ANTERIOR

LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE

Título preliminar Del ámbito de aplicación y principios generales

TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto de la Ley. La presente Ley establece y regula las bases del régimen jurídico, el procedimiento administrativo común y el sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas, siendo aplicable a todas ellas.

Artículo 1. Objeto de la Ley. 1. La presente Ley tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. 2. Solo mediante ley, cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley. Reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.

1. Se entiende a los efectos de esta Ley por Administraciones Públicas: a) La Administración General del Estado. b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. c) Las Entidades que integran la Administración Local.

1. La presente Ley se aplica al sector público, que comprende: a) La Administración General del Estado. b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. c) Las Entidades que integran la Administración Local. d) El sector público institucional.

2. Las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública. Estas Entidades sujetarán su actividad a la presente Ley cuando ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto

2. El sector público institucional se integra por: a) Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. b) Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las TEMARIO PARA

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ESQUEMAS

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LIBRO DE TEST y CUESTIONARIO

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LIBRO LEY 39/2015

Test Título Preliminar Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (1) 1. La presente Ley tiene por objeto regular: (señala la incorrecta) a) los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos b) el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas c) las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas d) los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria 2. Cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley: a) solo mediante ley b) reglamentariamente c) mediante ley o reglamentariamente d) ninguna es correcta 3. Podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar: a) solo mediante ley b) reglamentariamente c) mediante ley o reglamentariamente d) ninguna es correcta 4. La presente Ley se aplica al sector público, que comprende (señala la incorrecta): a) la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas b) las Entidades que integran la Administración Local c) el sector público institucional d) el sector privado corporativo 5. El sector público institucional se integra por: a) cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas b) las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas c) las Universidades públicas d) todas son correctas 6. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas: a) quedarán sujetas a lo dispuesto en todas las normas de esta Ley b) quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas c) no están sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley, salvo cuando ejerzan potestades administrativas d) no están sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley TEMARIO PARA

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LIBRO TEST LEY 40/2015

LEY 40/2015

RESUMEN

Ley 40/2015 de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

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LIBRO TEST LEY 40/2015

LEY 40/2015

1. LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES. LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS: COMPETENCIA. ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN. 1.1. LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO El Legislador en 2015 elabora dos Leyes Administrativas nuevas: Una reguladora del Procedimiento Administrativo que integra las normas que rigen la relación de los ciudadanos con las Administraciones (Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), Y otra donde se desarrolla el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, donde se incluyen las disposiciones que disciplinan el Sector Público Institucional (Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público). De este modo, se aborda una reforma integral de la organización y funcionamiento de las Administraciones articulada en dos ejes fundamentales: la ordenación de las relaciones ad extra de las Administraciones con los ciudadanos y empresas, y la regulación ad intra del funcionamiento interno de cada Administración y de las relaciones entre ellas. Haciendo una breve referencia al ámbito de aplicación y el contenido de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, LRJSP, vemos que abarca, por un lado, la legislación básica sobre Régimen Jurídico Administrativo, aplicable a todas las Administraciones Públicas; y por otro, el Régimen Jurídico específico de la Administración General del Estado, donde se incluye tanto la llamada Administración Institucional, como la Administración Periférica del Estado. Dicho texto legal establece y regula las bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, en coherencia con el mandato constitucional recogido en el artículo 149.1.18 de la Carta Magna, así como los principios del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de la potestad sancionadora, y la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de su Sector Público Institucional para el desarrollo de sus actividades.

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LIBRO TEST LEY 40/2015

LEY 40/2015

ESQUEMAS

Ley 40/2015 de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

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TABLA DE EQUIVALENCIAS

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LIBRO TEST LEY 40/2015

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LIBRO TEST LEY 40/2015

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LIBRO TEST

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

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LIBRO TEST LEY 40/2015

LEY 40/2015

Test 1 Título preliminar Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público 1. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece y regula (señala la incorrecta): a) Las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas b) Los principios del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de la potestad sancionadora c) El procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas d) La organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de su sector público institucional para el desarrollo de sus actividades 2. La presente Ley se aplica al sector público que comprende (señala la incorrecta): a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las Entidades que integran la Administración Local d) El sector público y privado institucional 3. El sector público institucional se integra por: a) Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas b) Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas c) Las Universidades públicas d) Todas son correctas 4. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas: a) No quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley, salvo, cuando ejerzan potestades administrativas b) No quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley, ni siquiera, cuando ejerzan potestades administrativas c) Quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas d) Quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, excepto, cuando ejerzan potestades administrativas 5. Las Universidades públicas se regirán por: a) Las previsiones de la presente Ley y supletoriamente por su normativa específica b) Su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de la presente Ley c) Exclusivamente por su normativa específica d) Exclusivamente por las previsiones de la presente Ley 6. Tienen la consideración de Administraciones Públicas (señala la incorrecta): a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las Entidades que integran la Administración Local d) Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público o privado vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas

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