Ley Municipal 002.2014 Ampliacion de La Mancha Urbana

December 13, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Ley Municipal 002.2014 Ampliacion de La Mancha Urbana...

Description

GOBIERNO MUNICI PAL DE WARN ES PRIMERA SECCION - r ROVINCIA WARNES Santa Cruz - Bolivia LEY MUNICIPAl PRIMERA SECCIÓN MUNICIPAL DE LA PROVINCIA WARNES SANTA CRUZ - BO LIVIA CONSI DERANDO: La jerarquía y supremacía de la Constitución Política del Estado previsto en el art. 410 "Todas las personas naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones se encuentran sometidos a 'la presente constitución". 11 "La constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía· frente a cualquier otra disposición normativa". El bloque de constitucionalidad está integrado por los tratados y convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de · Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales. 1.- Constitución Política del Estado 2 .- Los tratados internacionales 3.- Las leyes nacionales, estatutos autonómicos, las cartas orgánicas, y 'el resto de la legislación departamental, municipal e indígena. 4.- Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes. . Dentro del marco constitucional el art. 272 de la CPE., prevé "La ·autonomía impli!i/i) la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y ciudadanos, la administración de recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus ór ganos del gobierno autónomo en el ámbito· de su jurisdicción y competencias y atribuciones". Constituyendo que la autonomía es una cualidad gubernativa de las en tidades territoriales autónomas de acuerdo a los procedimientos y condiciones establecidos en la Norma Suprema y la~ Ley Marco de Autonomías y Descentralización. Desde ese ámbito conceptua l e~ Concejo Municipal de Warnes, goza de prerrogativa del ejercicio legislativo, como C. es la de crear normas como ente deliberante, dentro de su · ámbito de su ·jurisdicción y competencias. La Constitución en el art. 283 establece "El gobiern o autónomo municipal está constituido por el concejo municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias, y un órgano ejecutivo presidido por la alcaldesa o alcalde".

Que, la Ley NO 031 de 19 de julio de 2010, Ley Marco de Autonomías y Descentralización ( LMAD), en el art. 6 de las definicione$ parágrafo II numeral 3) constituye una cua lidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado y la presente Ley, que implica la igualdad jerárquica o de rango constituciona l entre entidades territoriales autónomas, la elección directa de sus autoridades por los ciudadanas y ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercjcio de facultades legislativas, regla!l"entaria, fiscalizadora y POR

UN

MUNICIPIO

UNIDO ,

LIBRE

Y

REVOLUCIONARIO~

Plaia Principal Cnel. Ignacio Warnes Acera Oeste • Telf.: 923·205S • H. Concejo: 923i2456 • Fax: 923,20~1 · E-mall: munlciplo_warnes@yahoó.es

GOBIERNO MUN ICIPAL DE WARNES PRIMERA SECCION - PROVINCIA WARNES Santa Cruz - Bolivia ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el á~bito de su juris?icc~~n territorial y de las competencias y atribuciones establecidos en la ConstltUCIOn Política del Estado y la ley. · Que, Ley NO 031 (LMAD) establece el a rt . 9 parágraf~s l. La ?~tonomía se ej~rce a través de 3) La facultad legislativa determinando ast las poltttcas y estrategtas de

su gobierno autónomo. Que, el mismo cuerpo·legal en el art. 10 (Régi men Jurídico Aut~nomo) Las normas que regulan todos los aspecto inherentes a las autonomtas se. encuentran contenidas en la Constitución Política del Estado, la presente ley, las leyes que regulen la materia, el estatuto autonómico o carta orgánica correspondiente y la legislación autonómica". Que, el art. 12 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización en el pa rágrafo II señala "La autonomía se organiza y estructura su poder público a través de sus órganos legislativo y ejecutivo. La organización de los gobiernos autónomos está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos". Que, el art. 33 siempre de la Ley 03 1 señala de la condición de la autonomía "Todos los municipios ex.istentes en el país y aquell os que vayan a crearse de acuerdo a ley, tienen la condición de autonom ías municipales, sin necesidad de cumplir, requisitos ni p rocedimiento previo . Disposición normativa conéordante con e l art. 49 de la norma regu latoria, en cuanto al acceso de las entidades territoriales autónomas, I. . Todos los municipios del país gozan de aut onomía munici~ conferida por la Constitución Polít!ca del Estado". · ,..\2l)' Que, el art. 34 de la Ley regulatoria (LMAD), señala del gobierno autónomo municipal está constituido; I Un Concejo Mun icipal con facultad deliberativa~ fiscalizadora y leg islativa, en el ámbito de sus competencias. Está integrado por~ concejalas y concejales electas y electos, según criterios de población, territorio, yQ. equidad mediante sufragio universal. .. " . · Que, el art. 302 - I de la Constitución P olítica del Estado, establece las competencias exclusivas de gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción territorial, constituyéndose así que el Gobierno Autónomo Municipal de Warnes goce de competencias legislativas, reglamenta rias y ejecutivas, conforme a las competencias previstas . Que, por su parte la Ley N° 0 17 de 24 de mayo de 2010, Transitoria para el Funcionamiento de las Entidades Terri toriales Au tónomas en el art. 19 en la parte in fine señala "Los Concejos Municipales podrán ej ercer su facultad legislativa en el ámbito de sus competencias legislativas".

Que, la Constitución Política del Estado prevé los derechos fundamentales y garantías constitucionales, y las decisiones del máximo tribunal contralor de las normas constitucionales sirven de soporte a la implementación de un nuevo periodo municipal, ámbito bajo el cual la normativa constitucional promoverá el

P OK

UN

MUN ICIP IO

UNIDO ,

LI BRE

Y

R EV O L UCIONARIO~ ~

Plaza Principal Cnel. Ignacio Warnes Acera Oeste • Telf.: 923·2055 • H. Concejo: 923";2 56 • Fax: 923·201!1• E·mall: mu nicipio [email protected]

GOBIERNO MUN ICI PAL DE WARNES PRIMERA SECCION - PROVINCIA WARNES Santa Cruz - Bolivia cumplimiento tanto constitucionales.

de

sus

disposiciones

legales

así como

de sent encias

Que, tanto la Constitución Política del Estado, como la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, Ley NO 482 Ley de Gobiernos Aut ónomos Municipa les y la Sentencia Constituciona l NO 2055/2012, de 16 de octubre de 2012, const ituyen fuentes normativas que sustent a las competencias de los gobiernos autónomos municipales, baj o esa égida constituciona l, establecen los postulados que hacen a su interés m unicipal.

J

Que, los qctos · administrativos del Gobierno Autónomo Municipal ·de Warnes, también están sometidas de la Ley de Control Gubernamental o SAFCO N° 1178 y la de Responsabilidad Funcionaria NO 23318-A, DS. 26237, Ley 2341 de Procedim iento Adm inistrativo, Ley NO 341 de Participación y Control Social y otras normas concordantes que regulan el ámbito adm inistrativo mu nicipal en las entidades territoriales autónomas.

Que, mediante el Oficio Interno N° SD-120/2014 de fecha 27/06/2014, del Sr. Mario Cronembold Aponte (H. ALCALDE MUNICIPAL a.i.) , en su Ref. Seña la "SOLICITA SE RECONSIDERE LA AMPLIACION DEL AREA URBANA", remito lo respectivo informes técnico y legal relacionados a la ampliación del área urbana, se tuvo que excluir gran parte de la propuesta inicial por la exigencia del Ministerio del Desarrollo, para la homologación del área urbana, y también al existir problema de límites con el municipio de Santa Cruz, por lo que solicito a . su au torid~ considere la posibilidad de ampliar la mancha urba na, ya que existe u·na aproba~ mediante Ley N° 03/2013 de fecha 13 de mayo de 2014, y homologada mediante Resolución Suprema NO 12192 de fE!cha 10 de junio de 2014.

Que, el Informe legal N° 211/2014 de fecha 27 de junio de 2014, elaborado por el Dr. Boris l. Chavarría Saucedo (ASESOR LEGA L), Vía: Dr. Ronald. Toro Gonzales~ ( DIREC!OR JURIDICO ), dirigido al Sr. Mario Cronembold Aponte ( H. ALCALDE~ MUNICIPAL DE WARNES a.i. ), en su Ref. "IN FORME LEGAL AMPLIACION DEL AREA URBANA", indicando que la carpeta ad ministrativa y el presente inform· e~ legal se adjunt a y se remite a su despacho. Que, mediante el Informe Técnico DCO-INF. N° 028/2014 de fecha 25 de junio de 2014, solicita un informe legal de am pliación de la mancha urbana, y en virtud a la Ley N° 003/2014 de fecha 13 d e mayo de 2104, aprobando la mancha urbana, y homologada por el Resolució n Suprema N ° 12192 de fecha 10 de junio de 2104, quedando áreas urbanas fue ra de la homologación. Que, de acuerdo a la Ley N° 482), de Gobiernos Autónomos Municipales, Art. 16 numera l 11), considerar, analizar y aprobar con carácter urgente la ampliación de la mancha urbana.

PO R

UN

MUN I CI P IO

UN I DO,

L I B R E

Y

R E V OL UCI O NAR I O~

Plaza Principal énel. Ignacio Warnes Acera Oeste • Telf.: 923·2055 • H. Concejo: §'2~·2456 • Fax: 923·20~1· E-mall: munlclpio [email protected]

GOBIERNO MUN ICIPAL DE WARNES PRIMERA SECCION - PROVINCIA WARNES Santa

e,uz - Bolivia

Recomendando a la MAE, aorobar el informe legal v remitir la solicitud de ampliación de Mancha Urbana solicitado por la Dirección de · Catastr~ V Ordenamiento Territorial, al H. Concejo Municipal de Warnes para que pueda dtctar la Ley respectiva de la ampliación de la Mancha Urbana, de los Barrios Y Urbanizaciones y Zonas descritas que se encuentran fuera de la Ley N° 003/2014 de fecha 13 de mavo de 2014, para la otorgación de planos de uso de suelo, certificados catastrales y otros servicios solicita dos por los contribuyentes.

Que, el Informe Técnico DCO-INF.-W-028/20 14 de fecha 25 de junio del 2014, elaborado por el Ing. Ulises Recabado Saa t ( DIRECTOR DE Cj\TASTRO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL), Vía: Alejandro . Suarez de Chazal (SECRETARIO GENERAL) dirigido al Sr. Mario Cronembold Aponte ( H. ALCALDE MUNICIPAL a. i.), en su Ref. "REMITO INFORME REFERENTE A LA AMPLIACION DEL AREA URBANA DE WARN ES". De mi mayor consideración.

'

Como es de su conocimiento el área urbana del Municipio de Warnes ha sido determinada mediante Ley Municipal 003/2013 del 13 de mayo del 2014, la misma que fue homologada mediante Resolución Suprema N° 12192 de fecha 10 de junio del 2014, sin embargo para lograr esta homologación el Gobierno Munici pal tubo . que excluir del área urbana una gran parte de la superficie de la propuesta inicial, toda vez que el Ministerio de Planificación del Desarrollo exigía el cumplimiento de todo lo establecido dentro del Proced imiento Específico de Homologación de la Norma Municipal. que Aprueba la Delimitación del radio o área u·r bana, reglamento que ha sido ·apr:obado mediante Resolución Ministerial N°152 del 30 de agosto del . . 2012.

'

Es importante mencionar que inicialmente el Municipio de Warnes propuso la superficie de 61462.3756 ha. , como área urbana, propuesta que fue observada P'?Q:j el Ministerio de Planificación del Desarrollo arg umentando que la superfic~ propuesta es exagerada e irracional, así m ismo los Técnicos del Ministerio recomendaron reducir la superficie propuesta y excluir toda el área afectada por los conflictos limítrofes con los Municipios colindantes Santa Cruz ·y Montero, en ·atención a esta observación el Gobierno Municipal gestionó la Ordenanza MunicipaiQ 024/2013 a través de la cual se excluía toda el área sobrepuesta por' el Municipio~ de Santa Cruz y de Montero, de tal manera que la nueva Área Urbana formaba un
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF