Ley de Contrataciones Del Estado Grupo
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Ley de contrataciones del estado de Guatemala...
Description
GRUPO
Universidad de San Carlos De Guatemala
No. 7
Facultad de Ingeniería Legislación 2 Lic. Oscar Segura
L E Y D E CONTRATACÓN D E L ESTADO
NOMBRE
CARN
PUNTUA TUACI N
Marvin Cristobal Sipac Yos
2010-20595
10/10
Diana Selene Merida Schaad
2011-14167
10/10
Otto Ariel Toj Martin
2011-14477
10/10
José Pablo García Cán
2011-14767
10/10
Samuel Estuardo Eguizábal León
2011-23093
10/10
Guatemala 23 de junio de 2014
Tabla de contenido 1. INTRODUCCION.......................... ......................... .......................... ......................... ................ 4 2.
OBJETIVOS ........................ .......................... ......................... .......................... ........................ 5
3.
LEY DE CONTRATACION DEL ESTADO ....................... ........................... ......................... ........... 6
4.
TITULO III .......................... .......................... ......................... .......................... ........................ 6 Artículo 38. Monto. .................................................................................................................... 6 Interpretación ........................................................................................................................ 6 Artículo 39. Procedimiento de cotización. .................................................................................. 6 Interpretación ........................................................................................................................ 7 Artículo 39 bis. Modificaciones de las bases de cotización. ......................................................... 7 Interpretación ........................................................................................................................ 8 Articulo 40. Aprobación del Formulario y de Documentos para Cotización. ................................ 8 Interpretación ........................................................................................................................ 8 Artículo 41. Presentación de Cotizaciones. ................................................................................. 8 Interpretación ........................................................................................................................ 9 Procedimiento de cotización .................................................................................................. 9 Generalidades ........................................................................................................................ 9 Invitación a cotizar ................................................................................................................. 9 Aclaraciones de los documentos........................................................................................... 10 Metodología para obtener los Documentos.......................................................................... 10 Contenido de la Plica .......................... ......................... ......................... .......................... ..... 10 Criterios de calificación ........................................................................................................ 14
5.
TITULO IV .......................... .......................... ......................... .......................... ...................... 16 Articulo 46. Contrato Abierto. .................................................................................................. 16 Interpretación ...................................................................................................................... 17 Que son los contratos Abiertos............................................................................................. 18 ¿Qué beneficios brinda el Contrato Abierto al Estado? Estado? ................................................ ......... 18 Artículo 47. Suscripción del Contrato........................................................................................ 19 Interpretación ...................................................................................................................... 20 Ejemplo ................................................................................................................................ 20 Artículo 49. De la Forma del Contrato....................................................................................... 21
Tabla de contenido 1. INTRODUCCION.......................... ......................... .......................... ......................... ................ 4 2.
OBJETIVOS ........................ .......................... ......................... .......................... ........................ 5
3.
LEY DE CONTRATACION DEL ESTADO ....................... ........................... ......................... ........... 6
4.
TITULO III .......................... .......................... ......................... .......................... ........................ 6 Artículo 38. Monto. .................................................................................................................... 6 Interpretación ........................................................................................................................ 6 Artículo 39. Procedimiento de cotización. .................................................................................. 6 Interpretación ........................................................................................................................ 7 Artículo 39 bis. Modificaciones de las bases de cotización. ......................................................... 7 Interpretación ........................................................................................................................ 8 Articulo 40. Aprobación del Formulario y de Documentos para Cotización. ................................ 8 Interpretación ........................................................................................................................ 8 Artículo 41. Presentación de Cotizaciones. ................................................................................. 8 Interpretación ........................................................................................................................ 9 Procedimiento de cotización .................................................................................................. 9 Generalidades ........................................................................................................................ 9 Invitación a cotizar ................................................................................................................. 9 Aclaraciones de los documentos........................................................................................... 10 Metodología para obtener los Documentos.......................................................................... 10 Contenido de la Plica .......................... ......................... ......................... .......................... ..... 10 Criterios de calificación ........................................................................................................ 14
5.
TITULO IV .......................... .......................... ......................... .......................... ...................... 16 Articulo 46. Contrato Abierto. .................................................................................................. 16 Interpretación ...................................................................................................................... 17 Que son los contratos Abiertos............................................................................................. 18 ¿Qué beneficios brinda el Contrato Abierto al Estado? Estado? ................................................ ......... 18 Artículo 47. Suscripción del Contrato........................................................................................ 19 Interpretación ...................................................................................................................... 20 Ejemplo ................................................................................................................................ 20 Artículo 49. De la Forma del Contrato....................................................................................... 21
Interpretación ...................................................................................................................... 21 Artículo 58. Anticipo. ................................................................................................................ 21 Interpretación ...................................................................................................................... 22 6.
TITULO v........................ ......................... .......................... ......................... ........................... 22 Artículo 64: De sostenimiento de oferta. .................................................................................. 22 Interpretación ...................................................................................................................... 23 Ejemplo ................................................................................................................................ 23 Artículo 65: De cumplimiento. .................................................................................................. 23 Artículo 66: De anticipo. ........................................................................................................... 23 Interpretación Arts. 65 y 66 .................................................................................................. 24 Ejemplo ................................................................................................................................ 24 Artículo 67: De conservación de obra o de calidad o de funcionamiento. ................................. 24 Interpretación ...................................................................................................................... 25 Ejemplo ................................................................................................................................ 25 Artículo 68. De saldos deudores. .............................................................................................. 25 Interpretación ...................................................................................................................... 26 Ejemplo ................................................................................................................................ 26 Artículo 69. Formalidades......................................................................................................... 26 Interpretación ...................................................................................................................... 26 Ejemplo ................................................................................................................................ 26 Artículo 70. Garantías. .............................................................................................................. 27 Interpretación ...................................................................................................................... 27 Ejemplo ................................................................................................................................ 27
7.
SISTEMA DE CONTABILIDADAD INTEGRADA – INTEGRADA –SICOINSICOIN-......................... ......................... ......... 27
EJEMPLO: CÓMO USAR EL SISTEMA DE CONTABILIDADAD INTEGRADA – INTEGRADA –SICOINSICOIN- ......................... 29 8.
CONCLUSIONES.......................... ......................... .......................... ......................... .............. 49
9.
BIBLIOGRAFIA......................................... .......................... .......................... .......................... 50
LEGISLACION 2
1.
INTRODUCCION
En la vida de las personas se presentan muchas ocasiones donde se ven en la necesidad de satisfacer una necesidad a través de un servicio o un documento de crédito por los cuales se deben extender documentos importantes llamados contratos para tener todos los detalles de manera legal y segura para las partes involucradas. Conocer el manejo manejo de las leyes y los procesos por los cuales se deben realizar los contratos beneficiará a las personas y les dará un mejor apoyo al momento de afrontar incumplimiento de alguna parte establecida en el contrato. Es por ello que que se presenta una parte de toda el área de documentación pública como lo son la ley de contrataciones del estado y sus normas, dentro de las cuales se encuentran artículos que establecen la manera de operar y demás deberes y derechos que posee cada ciudadano. Una pequeña guía que ayudará a que las personas entiendan diferencias y tomen en cuenta muchas cualidades que las benefician y las defienden defienden ante un juicio. juicio. Si se respetan las diferentes normas y se cumplen a cabalidad todos estaremos satisfechos de recibir y obrar por lo que pactamos.
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LEGISLACION 2
2.
OBJETIVOS
General:
Conocer en materia legal cada una de las leyes para la debida contratación que se celebre, entre el estado de Guatemala y nuestra entidad contratada.
Específicos
Cumplir con todos los requisitos en cuanto a documentación para la contratación administrativa, celebrado en un contrato con el estado.
Verificar cada uno de los formularios y documentos que serán presentados, de acuerdo con esta ley, para poder satisfacer el contrato y la pronta aprobación de este.
Acatar cada una de las disposiciones disposiciones indicadas en la ley de contrataciones contrataciones del Estado, para que se pueda cumplir con el contrato que se celebre.
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LEGISLACION 2
3.
LEY DE CONTRATACION DEL ESTADO 4.
TITULO III CAPITULO II
REGIMEN DE COTIZACION
Artículo 38. Monto. Cuando el precio de los bienes, de las obras, suministros o remuneración de los servicios exceda de noventa mil quetzales y no sobrepase los siguientes montos, la compra o contratación podrá hacerse por el sistema de cotización así: a) Para las municipalidades, que no exceda de novecientos mil Quetzales (Q.900, 000.00). b) Para el estado y otras entidades, que no exceda de novecientos mil Quetzales (Q.900,000.00) En el sistema de cotización, la presentación de las bases, designación de la junta y aprobación de la adjudicación, compete a las autoridades administrativas que en jerarquía le siguen a las nominadas en el artículo 9 de esta Ley. Si los bienes, suministros o remuneración de los servicios se adquieren a través del contrato abierto, entonces no procederá la cotización. De realizarse la misma, será responsable el funcionario que la autorizo.
Interpretación El artículo anterior nos habla que las entidades del estado tienen un monto específico para realizar sus actividades, las cuales no se pueden exceder ya que si se hace no se podrá realizar.
Artículo 39. Procedimiento de cotización. 6
LEGISLACION 2 El procedimiento de cotización consiste en solicitar, mediante concurso público a través de GUATECOMPAS, ofertas firmes a proveedores legalmente establecidos para el efecto y que estén en condiciones de vender o contratar los bienes, suministros, obras o servicios requeridos. Los interesados deberán adquirir las bases en el papel o en medio electrónico descargándolas de GUATECOMPRAS. En el caso que las obras, bienes o servicios requieran documentos que no pueden ser incluidos en GUATECOMPRAS, tales como planos no elaborados por medios electrónicos o cualquier otro que por su naturaleza no lo permita, se deberá pagar únicamente el costo de reproducción de los mismos. Entre la publicación de la convocatoria y base en GUATECOMPRAS y el día fijado para la presentación y recepción de ofertas, deberá mediar un plazo mínimo de ocho (8) días hábiles. La entidad contrastante no deberá fijar especificaciones técnicas o disposiciones especiales que requieran o hagan referencia a determinadas marcas, nombres comerciales, patentes, diseños, tipos, orígenes específicos, productores o proveedores, salvo que no existan otra manera suficientemente precisa y comprensible para describir los requisitos de la adquisición y siempre que en tales casos se incluyan en las especificaciones, requisitos y documentos de cotización, expresiones como: o equivalente, o semejante, o similar o análogo.
Interpretación Este artículo indica que toda persona individual o empresa legalmente constituida puede participar o solicitar ofertas a través de GUATECOMPRAS para vender o contratar bienes o servicios del estado.
Artículo 39 bis. Modificaciones de las bases de cotización. La entidad contratante en el curso de una cotización y antes de la representación de ofertas, pueden modificar las bases de cotización, para lo cual debe de publicar las modificaciones en GUATECOMPRAS. A partir de la 7
LEGISLACION 2 publicación de la modificación, las personas interesadas contaran con un plazo no menor de ocho (8) días hábiles para presentar sus ofertas. Los ofertantes, concursantes y proveedores que estén participando en la cotización y que reciban as modificaciones, contaran con un tiempo razonable, no menor de ocho (8) días, para modificar y volver a presentar sus ofertas.
Interpretación Este artículo hace referencia a que las personas o empresas concursantes de bienes o servicios pueden modificar sus propuestas en un tiempo establecido, ya que pasándose este quedara inmodificable.
Articulo 40. Aprobación del Formulario y de Documentos para Cotización. El formulario y los documentos indicados en el artículo anterior, deberán ser aprobados por la autoridad superior de la entidad contratante, antes de requerirse las ofertas.
Interpretación Que para los respectivos documentos generados para la aprobación del formulario que indique la cotización deben de cumplir con las normas y reglamentos que se estipule en Guatecompras. Estos documentos se pueden encontrar en Guatecompras y sus reglamentos.
Artículo 41. Presentación de Cotizaciones. Los interesados presentarán sus ofertas por escrito, en sobre cerrado, en el formulario que les fue entregado, acompañando los documentos que les fueron entregados, fotocopia de su patente de comercio y/o patente de sociedad y copias de otros documentos que se les soliciten. Los precios unitarios y totales que
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LEGISLACION 2 figuren en las ofertas deberán ser fijos, expresados en quetzales, tanto en cifras como en letras. No se aceptará ninguna oferta fuera del plazo que se estipule.
Interpretación para la debida presentación de estos documentos y papeleria en general de estas cotizaciónes dependiendo del proyecto que pueda darse, se debe tomar en cuenta que debe ser por escrito, formulario complete, documentos formales, fotocopias de patente precio exactos y fijos, todo debe ser en el plazo fijado de entrega debidamente selllado. A continuación se dará una breve explicación del procedimiento de cotización.
Procedimiento de cotización Generalidades Para todos los efectos de estos documentos: a)
El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita
b)
entregada físicamente ante la entidad que se trate con prueba de recibido; “Día” significa día hábil.
Invitación a cotizar La invitación a cotizar será publicada en el portal guatecompras juntamente con los documentos de cotización. . 1.3 RETIRO DE LOS DOCUMENTOS Los interesados podrán retirar estos documentos sin costo alguno desde el portal guatecompras según el nog que se indica en la ficha del proceso.
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LEGISLACION 2 VISITA DE EVALUACIÓN Los interesados, deberán realizar una visita a las instalaciones de la municipalidad, si así se indica en la ficha del proceso, en el día y hora allí dispuesto. En dicha visita se podrá evaluar lo que sea pertinente. En esta visita se dará la constancia de participación que se deberá incluir en la plica si se solicita en el numeral “contenido de la plica”, de las disposiciones especiales, sección dos de
estos documentos.
Aclaraciones de los documentos Los interesados que así lo requieran, deberán solicitar a través del portal guatecompras, las aclaraciones que estimen pertinentes, hasta el día indicado en el cronograma del proceso que se encuentra en la sección dos de estos documentos. la municipalidad aclarará por la misma vía, hasta la fecha establecida en el cronograma del proceso. Si de la aclaración surge alguna modificación y/o ampliación a los documentos, la misma se publicará en el portal guatecompras, asimismo, la municipalidad, hasta antes de la recepción de las ofertas, podrá emitir modificaciones y/o ampliaciones a los documentos que considere necesarias.
Metodología para obtener los Documentos Los interesados en participar en el proceso de cotización podrán obtener los documentos de la siguiente forma:
Se podrán obtener los documentos descargándolos de guatecompras, en la dirección www.guatecompras.gt, consultado el número de operación guatecompras (nog) que se indica en la ficha del proceso
Contenido de la Plica
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Plica: Sobre cerrado y sellado en que se reserva algún documento que no debe publicarse hasta fecha u ocasión determinada
Requisitos Fundamentales a) FORMULARIO DE COTIZACIÓN En el anexo no. 1 de los documentos se encuentra el modelo, identificado como “formulario de cotización”, que deberá incluirse en la
plica debidamente completado y firmado por el propietario, representante legal o mandatario del oferente y de acuerdo a lo que establece el numeral 2.8 de las bases.
b) GARANTÍA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA Formalizada por medio de fianza por una suma equivalente del 1% al 5% del monto total de la oferta presentada, de acuerdo a lo que se establece en el numeral 2.8 de la base.
c) DECLARACIÓN JURADA Declaración Jurada contenida en Acta Notarial, de no más de tres (3) meses de haber sido elaborada, en donde conste lo siguiente: i)
Que el oferente no es deudor moroso del estado ni de las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la ley.
ii)
Que el oferente no está comprendido en ninguna de las prohibiciones que establece el artículo 80 de la ley.
iii)
Que el oferente tiene la capacidad de ejecutar el objeto y que asume todas las responsabilidades administrativas, civiles y penales que se deriven de la ejecución. 11
LEGISLACION 2
iv)
Que el oferente leyó, estudió, aceptó y se somete expresamente a cada una de las condiciones, requisitos y demás estipulaciones establecidas y exigidas en estos documentos, notas aclaratorias y cualquier modificación y/o ampliación que de ellas surjan.
Requisitos No Fundamentales a)
CARTA DE PRESENTACIÓN Carta de presentación firmada por el OFERENTE, su Representante Legal o Mandatario, según el caso, en la cual indique domicilio y datos de contacto para recibir notificaciones referentes al PROCESO.
b)
DOCUMENTOS
QUE
ACREDITAN
PERSONALIDAD
Y
PERSONERÍA JURÍDICA Fotocopia legalizada de los siguientes documentos:
i)
Si el oferente es una persona individual: -
Patente de Comercio de Empresa, que indique el giro comercial afín al objeto de esta cotización.
-
ii)
Cédula de vecindad del propietario (completa).
Si el oferente es una persona jurídica: -
Testimonio de la Escritura de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones si las hubiere, debidamente
inscritas en el
Registro Mercantil. -
Documento que acredite el nombramiento del Representante Legal o Mandatario, debidamente inscrito en los registros correspondientes. 12
LEGISLACION 2 -
Cédula de Vecindad del Representante Legal o Mandatario.
-
Patente de Comercio de Sociedad.
-
Patente de Comercio de Empresa, que indique el giro comercial afín al objeto.
c) DOCUMENTOS QUE ACREDITAN EXPERIENCIA DEL OFERENTE Resumen de experiencia: 1)
incluir un formulario de acuerdo con el modelo adjunto en el anexo ii de estos documentos identificado como “formulario para
evaluación de experiencia”, en el que se deberán indicar los contratos y/o negociaciones afines al objeto, ejecutados por el oferente en los últimos tres años.
2)
declaración jurada contenida en acta notarial, en la que el oferente indique que la información consignada en el “formulario para evaluación de experiencia” es verídica.
Para que la información contenida en el anexo ii sea tomada en cuenta por la junta para la calificación de la experiencia del oferente, deberá acompañarse la documentación de respaldo de haber prestado a satisfacción el servicio indicado, en dicha documentación se deberán ver reflejados los proyectos realizados con características iguales o superiores al objeto.
La documentación de respaldo deberá ser cualquiera de los siguientes, en fotocopia legalizada: 13
LEGISLACION 2 Cartas de referencia
Contratos
Finiquitos y constancias de no tener reclamos pendientes
Actas de recepción Facturas
a) Constancia de inscripción en Guatecompras: Deberá
presentar
Constancia
de
Inscripción
en
el
Sistema
Guatecompras, ya que toda persona individual o jurídica que tenga Número de Identificación Tributaria puede obtenerla automática y gratuitamente a través del registro de proveedores de Guatecompras. Dicha Constancia se compone de 4 páginas, las cuales deberán presentarse debidamente firmadas por el Propietario, Representante Legal o Mandatario según el caso y se puede obtener siguiendo las instrucciones detalladas en el link del portal GUATECOMPRAS. Se advierte que NO se aceptará el documento denominado: “Datos del
Pr oveedor”, como sustituto de la Constancia en mención
Criterios de calificación Precio para la calificación del precio, la junta tomará como base el formulario de cotización, que llenará las formalidades tal cual lo estipula el numeral 7.1 inciso a) de las disposiciones especiales. Se calificará con cuarenta (50) puntos a la oferta que cotice el precio más bajo. el resto de las ofertas se calificarán en forma inversamente proporcional con respecto a la oferta que obtuvo 50 puntos Para la calificación inversamente proporcional, la junta deberá tomar en cuenta la siguiente fórmula: 14
LEGISLACION 2 precio más bajo x 50 puntos: precio n precio n= cada precio total subsiguiente al precio más bajo
experiencia: Se calificará con un total de de 50 puntos al oferente que demuestre haber suscrito más contratos o negociaciones, durante los últimos 3 años; los demás oferentes tendrán una calificación directamente proporcional a la oferta que obtuvo 50 puntos.
Adjudicación De conformidad con el artículo 33 de la ley de contrataciones del estado, a junta adjudicará la negociación, al oferente que cumpla con las especificaciones técnicas y generales solicitadas y obtenga el mayor punteo de la sumatoria de los criterios de calificación definidos en el numeral 8, siempre y cuando el precio no exceda la asignación presupuestaria autorizada y sea conveniente a los intereses de la municipalidad. Se podrá adjudicar en forma parcial o total, según convenga a los intereses de la municipalidad.
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LEGISLACION 2
5.
TITULO IV CAPITULO I CONTRATOS
Articulo 46. Contrato Abierto. Es un sistema de compra y contratación coordinado por el Ministerio de Finanzas Públicas a través de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con el objeto de seleccionar proveedores de bienes, suministros y servicios de uso general y constante, o de considerable demanda, previa calificación y adjudicación de los distintos rubros que se hubieren convocado a concurso público, a solicitud de dos o más instituciones de las contempladas en el artículo 1 de esta Ley, para el cumplimiento de sus programas de trabajo.
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LEGISLACION 2 Para los efectos del contrato abierto deberá tomarse en cuenta la compra por volumen que incide en mejores precios y la estandarización de especificaciones que hacen más económica y práctica la adquisición. El Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debe mantener un registro de los precios de referencia de los bienes, suministros y servicios objeto del contrato abierto, para garantizar que las compras que se lleven a cabo bajo esta modalidad se hagan con eficiencia, efectividad y calidad, y además respondan a los intereses del Estado. Queda exonerada de los requisitos de licitación y cotización, la compra y contratación de bienes, suministros y servicios que lleven a cabo las entidades a las que se refiere el artículo 1 de esta Ley, quienes lo podrán hacer directamente con los proveedores seleccionados por medio de contrato abierto por el Ministerio de Finanzas Públicas.
Interpretación Basicamente los contratos abiertos son una forma que se celebra entre el estado y cualquier empresa proveedora de suministros o servicios, basicamente existe una serie de convenios y solicitudes para que dicho contrato se estipule, y queda al pendiente por el ministerio de finanzas públicas.
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LEGISLACION 2 A continuación se dará a conocer más a fondo con respecto a los contratos abiertos.
Que son los contratos Abiertos Son contratos celebrados entre el Estado de Guatemala y determinadas empresas para la provisión masiva de bienes y suministros a todo el sector público. Un Contrato Abierto establece determinados precios y condiciones de compra durante un período de tiempo definido. Las entidades del sector público pueden comprar en forma directa y sin necesidad de realizar licitaciones ni cotizaciones, la cantidad que necesiten de cualquiera de los productos disponibles en un Contrato Abierto, sin límites de montos.
PASO 1: A lo largo del año, la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del Ministerio de Finanzas Públicas, convoca a concursos para la provisión de diferentes tipos de bienes y suministros de uso frecuente en los organismos públicos.
PASO 2: Los proveedores que presentan las mejores ofertas son adjudicados y firman un Contrato Abierto con el Ministerio de Finanzas Públicas eventualmente otras entidades públicas también participan de la firma del contrato.
PASO 3: Los productos incluidos en los Contratos Abiertos son incluidos en el Catálogo Electrónico de Contrato Abierto disponible en GUATECOMPRAS.
PASO 4: Cualquier entidad pública puede comprar en forma directa y sin licitación ni cotización, la cantidad que necesite de los productos disponibles en el Catálogo Electrónico.
¿Qué beneficios brinda el Contrato Abierto al Estado? Reduce la burocracia. Las entidades del Sector Público pueden comprar en forma directa y sin necesidad de realizar licitaciones ni cotizaciones, la cantidad que 18
LEGISLACION 2 necesiten de cualquiera de los productos disponibles en un Contrato Abierto, sin límites de montos. No hay fraccionamiento. Los compradores del Sector Público pueden efectuar repetidas compras de un mismo producto a un mismo proveedor, como si fuera una "compra directa", sin caer en la práctica prohibida del "fraccionamiento". Evita el desabastecimiento y el sobreabastecimiento. Los compradores del Sector Público pueden satisfacer sus necesidades reales. Elimina costos de almacenamiento. Se transfieren al proveedor. Dichos costos incluyen el almacenaje, la custodia, el conteo de inventario, el extravío, el robo, la obsolescencia, el deterioro por caídas, golpes, incendios, humedad, inundaciones, etc.
Artículo 47. Suscripción del Contrato. Los contratos que se celebren en aplicación de la presente ley, serán suscritos dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la adjudicación definitiva en representación del Estado cuando las negociaciones sean para las dependencias sin personalidad jurídica por el respectivo ministro del ramo. Dicho funcionario podrá delegar la celebración de tales contratos, en cada caso, en los viceministros, directores generales o directores de unidades ejecutoras. Cuando los contratos deban celebrarse con las entidades descentralizadas y las municipalidades, serán suscritos por la autoridad que corresponda de acuerdo con su Ley Orgánica o conforme el Código Municipal, supletoriamente en aplicación del párrafo primero del presente artículo.
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LEGISLACION 2 Cuando se trate de negociaciones que deban efectuar las dependencias de la Presidencia de la República, serán suscritos por el secretario general, quien podrá delegar dicha facultad, en cada caso, en los titulares de las citadas dependencias. Para las negociaciones de los organismos Legislativo y Judicial, del Tribunal Supremo Electoral y Corte de Constitucionalidad, el contrato deberá ser suscrito por el presidente de cada organismo.
Interpretación En este artículo 47 nos remarca que los contratos que se lleven a cabo aplicando esta ley tienen que suscribirse dentro de los 10 días de haberse celebrado las mismas. Y si en caso que los contratos son celebradas con las entidades descentralizadas y las municipalidades, serán suscritos de acuerdo con su Ley, descartando lo que diga el párrafo anterior. Y Cuando se trate de negociaciones que deben hacer las dependencias de la Presidencia de la República, este contrato será suscrito por el secretario general, quien podrá delegar a alguien más para quien ejerce dicha facultad. Para las negociaciones de los organismos Legislativo y Judicial, del Tribunal Supremo Electoral y Corte de Constitucionalidad, el contrato deberá ser suscrito por el presidente de cada organismo.
Ejemplo Cuando el MICIVI (Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Viviendas) quiere construir, reparar una carretera esta, la publica en el diario de mayor circulación, y en el portal de guate compras para la licitación respectiva, luego llenan todos los requerimientos de ley, ésta pasa a ser adjudicada. 20
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Artículo 49. De la Forma del Contrato. Los contratos deberán fraccionarse en papel membretado de la dependencia interesada o en papel simple con el sello de la misma. Cuando tengan que inscribirse o anotarse en los registros, deberán constar en Escritura Pública, autorizada por el Escribano de Gobierno. Sin embargo, el contrato podrá autorizarlo otro notario, siempre que los honorarios profesionales que se causen no sean pagados por el Estado.
Interpretación En el Artículo anterior nos explica de como deberán realizarse los contratos por escritos, nos dice que los contratos deberán estar escritos en papel membretado de la dependencia interesada o en papel simple con el sello de la misma. Cuando esta tiene que inscribirse el notario del gobierno, los honorarios profesionales que esta genera no los paga el estado de Guatemala
Artículo 58. Anticipo. En construcción de obras puede otorgarse un anticipo supervisado hasta del veinte por ciento (20%) del valor del contrato. El porcentaje anterior se calculará sobre el valor original del contrato sin tomar en cuenta el valor del equipo que se adquiera mediante cartas de crédito abiertas por la entidad contratante.
Podrá otorgarse anticipo supervisado hasta del veinte por ciento (20%) en contrataciones de bienes por fabricar localmente y hasta del diez por ciento (10%) cuando se trate de servicios de consultoría.
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LEGISLACION 2 Los porcentajes se calcularán sobre el valor original ajustado del contrato conforme lo establece el reglamento de esta ley. Cuando se trate de obras con financiamiento externo se estará a lo que se establezca en los convenios respectivos, pero sin reducir los porcentajes establecidos en este artículo. El contratista amortizará el anticipo mediante la deducción que se le haga en cada pago, de acuerdo con el procedimiento establecido en el reglamento. Si el contratista no inicia la obra e invierte el anticipo recibido, dentro de los términos contractuales, pagará el interés legal (tasa activa), sobre el anticipo recibido, en favor del Estado o reintegrará el anticipo.
Interpretación El
estado a través de este articulo faculta que cuando se trate de
construcciones la empresa adjudicada puede tener o pedir un 20% de anticipo de la obra, este porcentaje se tomará siempre sobre el valor original de la obra, la cual se descontará por amortizaciones del valor original de la obra a ejecutar, este anticipo será supervisado por parte del a licitadora, si ésta no cumple con lo establecido devolverá al estado esa suma o deberá pagar la tasa de interés activa como sanción al incumplimiento del contrato, pero esta varia cuando nos movemos en el ámbito de la consultoría del cual es el 10% siempre con las características anteriores.
6.
TITULO v CAPITULO UNICO
GARANTIAS O SEGUROS Artículo 64: De sostenimiento de oferta. La firmeza de la oferta se caucionará con depósito en efectivo o mediante fianza, por un porcentaje no menor del uno por ciento (1%) ni mayor del cinco por
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LEGISLACION 2 ciento (5%) del valor del contrato. Cubrirá el período comprendido desde la recepción y apertura de plicas, hasta la aprobación de la adjudicación y, en todo caso, tendrá una vigencia de ciento veinte (120) días. Sin embargo, con el adjudicatario puede convenirse su prórroga.
Interpretación Este artículo indica que toda oferta se efectuará mediante un depósito en efectivo o fianza con un porcentaje no menor de 1% ni mayor de 5%. Su período de validez equivale a 120 días desde la recepción y puede darse prorroga haciendo convenio con el adjudicatario.
Ejemplo Cuando una constructora da un precio de oferta para realizar un edificio, la parte interesada le brinda del 1 al 5% del precio total para asegurar el contrato y que la constructora le mantenga ese precio
Artículo 65: De cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, el contratista deberá prestar fianza, depósito en efectivo o constituir hipoteca en los porcentajes y condiciones que señale el reglamento. Para el caso de obras, además esta garantía cubrirá las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del contrato, antes de que se constituya la garantía de conservación.
Artículo 66: De anticipo. Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto de un cien por ciento 23
LEGISLACION 2 (100%) del mismo. La garantía podrá reducirse en la medida que se amortice el valor del anticipo cubriendo siempre el máximo del saldo deudor y estará vigente hasta su total amortización. El reglamento establecerá el procedimiento de reducción y lo concerniente en los casos de rescisión, resolución y terminación de contrato.
Interpretación Arts. 65 y 66 Los dos artículos anteriores se refieren a un anticipo donde el que recibe el anticipo debe proveer bienes o títulos de crédito para fianzar el valor total del anticipo y quedar obligado a cumplir con la parte del contrato que le corresponde.
Ejemplo Cuando una persona le da un adelanto a un mecánico para que inicie la reparación de su vehículo, este anticipo se convierte en el 100% del precio total de la reparación en forma de fianza (para comprometer que va a pagar) y mediante se pague el trabajo, se salda el compromiso.
Artículo 67: De conservación de obra o de calidad o de funcionamiento. El contratista responderá por la conservación de la obra, mediante depósito en efectivo, fianza, hipoteca o prenda, a su elección, que cubra el valor de las reparaciones de las Tallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra. Tratándose de bienes y suministros, deberá otorgarse garantía de calidad y/o funcionamiento, cuando proceda. La garantía de conservación de obra, o de calidad y/o funcionamiento, deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra, bien o suministro. 24
LEGISLACION 2 El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al contratista de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo de cinco (5) años, a partir de la recepción definitiva de la obra.
Interpretación Al retener por más tiempo de lo estipulado en el contrato una obra, el contratista deberá responder por los daños ocasionados durante la conservación de la obra durante los 18 meses contados desde el inicio de la obra para cubrir la garantía de conservación o de calidad de funcionamiento incluyendo los bienes y suministros de la misma que equivale al 15% del valor del contrato, y si por culpa del contratista la obra sigue conservada al terminarse los 18 meses el contratista tiene la obligación de seguir cubriendo la garantía por 5 años desde que se inició la obra.
Ejemplo Cuando una constructora se atrasa en la entrega de una casa, todos los desperfectos o fallas que sufra la casa en el tiempo que esta permanezca en manos de la constructora deberán ser suplidos por la constructora y entregarla según lo pactado en el contrato.
Artículo 68. De saldos deudores. Pará garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor del Estado, de la entidad correspondiente o de terceros en la liquidación, el contratista deberá prestar fianza, depósito en efectivo, constituir hipoteca o prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la de conservación de obra como requisito previo para la recepción de la obra, bien o suministro. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía. 25
LEGISLACION 2
Interpretación La empresa contratada para realizar la obra, está obligada a dar la seguridad de que si existieren saldos por pagar hacia el Estado o personas individuales, efectivamente se pagarán, de no contar con liquidez se hará uso de la fianza, deposito, hipoteca o prenda que se haya constituido para así hacer efectivos los pagos.
Ejemplo Si debieran devolver al Estado algo, Si se debiere realizar algún pago de salarios a trabajadores contratados temporalmente, si afectan a algún tercero y reciben una demanda por daños y perjuicios, etc.
Artículo 69. Formalidades. Las fianzas a que se refiere este capítulo, deberán formalizarse mediante póliza emitida por instituciones autorizadas para operar en Guatemala. Cuando la garantía consistiere en depósitos, deberá hacerse en quetzales o por medio de cheque certificado. Cuando sea hipoteca o prenda a través de Escritura Pública, debidamente registrada. En todo caso quedará a criterio del contratista la garantía a proporcionar.
Interpretación Todas las garantías mencionadas en estos artículos deben ser constituidas legalmente con todas las formalidades de ley, de lo contrario no hay contratación.
Ejemplo Si existieren fianzas están deben de darse por afianzadoras inscritas y autorizadas en Guatemala, si se trata de hacer depósitos deben de hacerse en una institución bancaria, en moneda de curso legal, si son cheques igual por bancos autorizados y certificados; en hipotecas o prenda igualmente por instituciones que operen legalmente en el país. 26
LEGISLACION 2
Artículo 70. Garantías. El contratista deberá garantizar mediante seguro, depósito en efectivo, hipoteca o prenda, que cubran los riesgos a que estén sujetos los bienes, suministros u obras, según se indique en las bases. Tales garantías cubrirán los riesgos que se determinen en el contrato.
Interpretación La empresa contratada para realizar la obra, está obligada a dotarla de mayor seguridad, ya que si dadas las circunstancias algo surgiera de imprevisto, se pueda tener la tranquilidad de contar con garantías las cuales no evitaran el problema pero ayudaran a minimizar los daños o pérdidas provocados por este.
Ejemplo Si están en plena construcción de la obra y el material sufre daños, la obra se suspendiera por condiciones adversas, se produce un hundimiento, si afectan algún servicio público, etc.
7.
SISTEMA DE CONTABILIDADAD INTEGRADA –SICOINUn sistema de contabilidad, agrupa el conjunto de procedimientos aplicados
para obtener, registrar, dar cuenta y razón de las operaciones de un ente económico, presentar información de carácter general sobre la entidad económica mediante estados financieros, así como lo relativo al plan de cuentas, comprobantes y formularios, libros de contabilidad, controles y en general cuanto sea necesario para el mejor funcionamiento de las entidades. El SICOIN incorpora en sus programaciones clasificadoras presupuestarias y planes de cuentas integrados, de acuerdo a metodologías establecidas para el
27
LEGISLACION 2 sector público guatemalteco y en el momento de cada registro relaciona dichos clasificadores para capturar los aspectos de cada transacción. En enero de 2000 la SAT comenzó a utilizar la herramienta informática del Proyecto SIAF-SAG denominada SICOIN, conocido también como SIAF-Central, y fue utilizada para formular y ejecutar el presupuesto general de ingresos y egresos a partir de dicho año. moderna,
con
La SAT como una Entidad descentralizada nueva y
autonomía
funcional,
económica,
financiera,
técnica
y
administrativa, con personalidad jurídica y recursos propios, y con una importante misión para el desarrollo del país, se constituyó en la Entidad descentralizada pionera en la implantación de dicho Sistema. La integración de la información de las transacciones económico-financieras de la SAT fue posible a partir de la implantación del SICOIN en el año 2000, y de esa manera proporcionar información financiera de forma oportuna para la toma de decisiones hacia los diferentes niveles gerenciales. El Sistema opera bajo las normas de eficacia, eficiencia, economía y transparencia y bajo los principios de centralización normativa y descentralización operativa en la administración financiera.
El modelo contable desarrollado a
través del SICOIN, fue hecho apuntando a que logre su máxima eficiencia, a través de la integración de la información presupuestaria, financiera patrimonial y económica, a partir del registro único de cada transacción, con incidencia económica y financiera, que se realice.
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LEGISLACION 2
EJEMPLO: CÓMO USAR EL SISTEMA DE CONTABILIDADAD INTEGRADA – SICOINPara utilizar este sistema se accede manera siguiente:
Se procede a llenar los campos de Usuario y Clave y luego click en el botón Ingresar
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LEGISLACION 2
Gestión de Contratos
1. Crear el contrato 2. Ingresar los renglones de trabajo 3. Programación Financiera y Asignación de Estructuras 4. Ingresar los documentos de respaldo 5. Ingreso de situación Inicial (Únicamente para contratos de arrastre). 6. Aprobar Contrato
1. Crear el contrato Para la creación de un contrato nuevo en el sistema Sicoin GL, se debe ingresar en el menú “Gestión-Contratos-Registro”.
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LEGISLACION 2 Esto desplegará una pantalla en la cual se deberá dar clic en el botón de “Crear”
Posteriormente se deberá ingresar la información general del contrato, tal y como se irá explicando a continuación de la pantalla siguiente:
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LEGISLACION 2 No. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14
Nombre Clase de Contrato Método de Com ra Ti o de Contrato Número de Contrato Fecha de Suscripción Fecha de Inicio Fecha de Finalización Fecha de Presentación de la Oferta Contratista Encargado de la Obra Monto Contratado Porcentaje de anticipo Objeto o Descripción del Contrato
Descripción
NOG de referencia
Luego de haber ingresado toda la información anteriormente descrita, se procede a dar clic en el botón de “Crear”.
2. Ingresar los renglones de trabajo Para realizar el ingreso de los renglones de trabajo del contrato anteriormente creado, se deberá seleccionar el contrato de la lista de contratos creados en la pantalla que se muestra a continuación y dar clic en el botón de “Asignar proyecto SMIP”:
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LEGISLACION 2 Esta acción presentará una pantalla, en la cual se deberá dar clic en el botón “Asociar” con el fin de lograr asociar el proyecto al contrato.
En la pantalla que se muestra a continuación, se deberá seleccionar el proyecto a asociar. En la barra de “Fase”, aparecen 2 opciones, si el proyecto está en fase de estudio, se deberá seleccionar “Preinversión”, y si el proyecto ya está ejecutándose físicamente, se deberá seleccionar “Ejecución”, y por último, clic en el botón de “Crear”.
En la pantalla siguiente, ya aparece el proyecto asociado, se debe seleccionar el mismo y luego dar clic en el botón “Renglones”.
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LEGISLACION 2 En la siguiente pantalla se deberá dar clic en el botón “Crear” para crear un nuevo renglón.
En la pantalla siguiente, se debe describir el nombre del renglón su monto total, luego dar clic en el botón “Crear”.
NOTA: Este procedimiento se deberá repetir la cantidad de veces necesaria, según la cantidad de renglones que se desean crear para este Proyecto.
3. Programación Financiera y Asignación de Estructuras Programación Financiera Para realizar esta programación y asignación de estructuras, como primer paso, se debe seleccionar el contrato y dar clic en el botón “Asignar proyecto SMIP”.
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LEGISLACION 2 En la pantalla que se muestra a continuación, se debe seleccionar el proyecto y luego dar clic en el botón “asignar Estructuras”.
Esto desplegará la siguiente pantalla, en la que se deberá seleccionar el ejercicio en el que se desea realizar la programación financiera, luego se debe dar clic en el botón “Modificar”, para agregar lo que se pagará en ese ejercicio fiscal.
En la pantalla anterior, se deberá ingresar el monto que se pagará en el ejercicio fiscal que se indica en el recuadro “Ejercicio”. Posteriormente se debe dar clic en el botón “Modificar”. 35
LEGISLACION 2 Luego se deberá seleccionar nuevamente el ejercicio fiscal Vigente y dar clic en el botón “Asignar Estructuras” tal y como se muestra a continuación:
Se deberá seleccionar la estructura de la que se desea comprometer el presupuesto, se debe ingresar el monto a pagar de esta estructura y dar clic en el botón de “Modificar”.
NOTA: El monto que se debe ingresar en la estructura, debe ser
exactamente el mismo que el monto que se asignó en la Programación Financiera.
4. Ingresar los documentos de respaldo Garantías de Recepción:
Para realizar esta acción, se debe estar en la pantalla inicial de la Opción de “Registro” del menú de “Contratos”, se debe seleccionar el contrato al que se
desea ingresar los documentos de respaldo, y luego dar clic en el botón de 36
LEGISLACION 2 “Garantías de Recepción”.
Esto desplegará la pantalla siguiente, en la que se deberá dar clic en la opción de “Crear”.
En la opción siguiente, se deberá registrar los datos de la Garantía de Recepción que se ingresará.
Para la opción de “Tipo de Garantía”, existen 5 opciones, de las cuales, para este caso, que son documentos de Recepción, se deben ingresar lo primeros 3 que son: 37
LEGISLACION 2
De sostenimiento de Oferta
De cumplimiento
De anticipo
Para la opción de Tipo de Documento, se deberá seleccionar el tipo de documento que está ingresando para cada una de las opciones anteriores, según lo que haya presentado el contratista, estos pueden ser:
Depósito en efectivo
Fianza
Hipoteca
Prenda
Depósito en Cheque
Luego se deberá ingresar la descripción general de cada uno de los documentos que se ingresaron, adjuntar el archivo en la opción “Examinar” y por último dar clic en “Crear”. Garantías de Liquidación: Para llevar a cabo el ingreso de las Garantías de Liquidación, se debe seleccionar el Contrato y luego dar clic en la opción de “Garantías de Liquidación”.
Esto desplegará la siguiente pantalla en la que se deberá dar clic en la opción de “Crear”.
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LEGISLACION 2
En la siguiente pantalla se deberá ingresar los documentos de Garantías de Liquidación:
En esta opción se deberá hacer la misma acción que para el ingreso de Garantías de Recepción, con la diferencia que en el recuadro de “Tipo de Garantía” se deberán ingresar, los documentos que corresponden a:
De Conservación de la Obra
De saldos deudores
5. Ingreso de situación Inicial (Únicamente para contratos de arrastre). Para indicarle al sistema que un contrato sea de arrastre deberá de seleccionar la opción contrato de arrastre al momento de crear el contrato.
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LEGISLACION 2
Para poder ingresar la situación inicial del contrato de arrastre deberá presionar el botón situación inicial
Le aparecerá la pantalla que a continuación se muestra situación inicial
Luego de dar clic en esta opción, se desplegará la siguiente pantalla, en la cual se deberá ingresar todo lo que se solicita con respecto a la situación inicial del contrato para el nuevo ejercicio fiscal y posteriormente se deberá dar clic en el botón de “Crear”.
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LEGISLACION 2
Nombre del campo
Descripción
Monto Original Monto Vigente
Ingresar el monto original que fue suscrito el contrato Ingresar el monto vigente si el contrato hubiera sufrido alguna modificación a los términos del contrato. Monto por el cual fue constituido el anticipo del contrato. Monto que se ha pagado del total del anticipo generado
Monto Anticipo
Monto Pagado del Anticipo Saldo Anticipo Saldo pendiente de pago del anticipo Monto Pagado por Monto total acumulado pagado al 31 de diciembre del Estimaciones año pasado más el monto pagado del anticipo. Luego se debe aprobar la estimación acumulada al 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior
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LEGISLACION 2
Se debe en esta pantalla ingresar el porcentaje de avance físico acumulado al 31 de diciembre del año anterior. Deberá de ingresar las observaciones del pago
acumulado al 31 de
diciembre del año anterior. Deberá de ingresar la justificación del pago acumulado al 31 de diciembre del año anterior. Luego presionar el botón “aprobar” en la situación inicial, tal y como se muestra en la siguiente pantalla:
6. Aprobar Contrato Para realizar la aprobación del contrato, se deberá seleccionar el contrato y posteriormente dar clic en el botón de “Aprobar” tal y como se muestra a continuación:
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LEGISLACION 2
Pago de Estimaciones y Anticipo
1. Crear la estimación 2. Verificar porcentajes de avance y aprobar el pago de la estimación 3. Crear el anticipo 4. Aprobar el anticipo 1. Crear la estimación Para realizar la creación de las estimaciones se deberá ingresar en la siguiente opción:
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LEGISLACION 2 Esto desplegará la siguiente pantalla en la que se deberá seleccionar el contrato y dar clic en el botón de “Registro de solicitud de pago”.
Se deberá dar clic en el botón de “Crear”.
Se deberá ingresar la fecha de solicitud de la estimación, el porcentaje de avance solicitado y una breve descripción, luego dar clic en el botón de “Crear”.
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LEGISLACION 2
2. Verificar porcentajes de avance y aprobar el pago de la estimación Para realizar esto, se deberá seleccionar la estimación y dar clic en el botón de “Aprobar”.
A continuación aparecerá una pantalla en la que se deberá ingresar varia información a partir de los datos que esta nos muestra. Es necesario hacer notar que lo que se muestra a continuación aparece en la pantalla real con una barra para ubicar cada información hacia arriba y abajo.
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LEGISLACION 2 Como se puede observar, se deberá ingresar: 1. El porcentaje de pago aprobado, según el porcentaje de avance que se muestre en la pantalla: 2. Monto de sobrecosto (esto es en el caso que los materiales utilizados según el INE hayan tenido un alza en sus precios). 3. Observaciones y justificaciones con respecto a este pago. 4. Seleccionar la estructura presupuestaria y la fuente de financiamiento de la cual se amortizará el anticipo. 5. Clic en “Aprobar”.
NOTA: Después de realizar la aprobación, se debe ingresar la factura que justificará este pago, este proceso es de la misma forma que cualquier otro pago en el sistema.
3. Crear el anticipo Para realizar la creación de anticipo se deberá ingresar en la siguiente opción:
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LEGISLACION 2 Se debe seleccionar el contrato y dar clic en el botón de “Detalle”.
Dar clic en el botón de “Crear”.
Se deberá ingresar una breve descripción del anticipo, seleccionar el tipo de documento, que es el documento de respaldo del módulo de contratos, se selecciona la clase del documento que se presenta (fianza), se deberá ingresar el número del documento y el NIT del contratista. Por último dar clic en el botón de “Crear”.
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LEGISLACION 2
4. Aprobar el anticipo Para realizar la aprobación, primero se debe seleccionar el anticipo y dar clic en el botón de “Detalle”, para ingresar la escritural de la cual se debitará el pago.
En la siguiente pantalla se deberá ingresar la escritural de la cual se desea debitar parte o la totalidad del monto, ingresar el monto y clic en “Modificar”. Este proceso se debe realizar la cantidad de veces que sea necesaria hasta llegar al monto total que se debe cancelar.
Luego se debe seleccionar el anticipo y dar clic en el botón “Aprobar
NOTA: Después de realizar la aprobación, se debe ingresar la factura que justificará este pago, este proceso es de la misma forma que cualquier otro pago en el sistema. 48
LEGISLACION 2
8.
CONCLUSIONES
La ley de Contrataciones del Estado es un documento que sirve como base legal para la contratación de obras que atiendan las necesidades y servicios de la administración pública.
Para poder trabajar en una obra a favor del Estado se debe de seguir un procedimiento determinado que va desde el lanzamiento de la convocatoria, presentación de ofertas, hasta la elección del candidato ideal y firma del contrato.
Se debe de conocer la ley, para así estar informado y saber qué tipo de compromiso se está asumiendo, tanto el Estado como el contratista, los cuales tendrán sus derechos y estarán sujetos a obligaciones que deberán de seguir y cumplir en su totalidad desde el momento que se firma el contrato.
Entre las disposiciones a cumplir que fija la ley de contrataciones del Estado se encuentran: monto de la obra, proceso de cotización a través del portal Guatecompras, formularios y documentos requeridos, adjudicación, tipo y forma de contrato, anticipos y garantías tanto del Estado como del contratista.
Un sistema de contabilidad ayuda a una empresa a llevar un mejor control de todas las operaciones económicas realizadas, informa sobre el estado financiero de manera fácil, rápida y eficiente.
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