Ley 39-2015 Título I de Los Interesados

September 24, 2017 | Author: rocio | Category: Statutory Law, Virtue, Government Information, Justice, Crime & Justice
Share Embed Donate


Short Description

Descripción: Diapositivas titulo I...

Description

Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común Curso On-Line del Excmo. Ayuntamiento de Baeza

Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común › Título Preliminar. Disposiciones Generales › Título I. De los interesados en el procedimiento

› Título II. De la actividad de las AAPP › Título III. De los actos administrativos › Título IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. › Título V. De la revisión de los actos en la vía administrativa.

› Título VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 3. Capacidad de obrar – Personas físicas o jurídicas con arreglo a las normas civiles. – Menores de edad sin tutor cuya actuación permita el ordenamiento jurídico. – Cuando la Ley lo declare los grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 4. Concepto de interesado › Titular › Afectados

› Asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales. › Relación jurídica transmisible.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 5. Representación › Los interesados pueden actuar por medio de representante. › Las personas físicas o jurídicas pueden actuar como representante siempre que ello esté previsto en sus estatutos. Formular solicitudes Presentar dec. responsables › Deberá acreditarse la representación Interponer recursos Desistir de acciones Renunciar a derechos Los interesados pueden actuar por medio de representante. Acreditación mediante medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna Personal Inscripción reg. Electrónico de Apud acta Electrónica apoderamientos.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 5. › Deberá incorporarse la acreditación de representante y sus poderes. › La falta o insuficiente acreditación de la representación, no impedirá que se tenga por realizado el acto (plazo de 10 días o superior si así se estima para aportarla) › Las AAPP podrán habilitar a personas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. No obstante, siempre podrá comparecer el interesado por sí mismo en el procedimiento.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 6. Registro electrónicos de apoderamientos › Todas las administraciones dispondrán de un registro electrónico general de apoderamientos. › Todos los registros de apoderamientos deberán ser interoperables, incluidos los registros mercantiles, de la propiedad y de los protocolos notariales. › Información mínima en los registros electrónicos: – a) Nombre y apellidos o la denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del poderdante. – b) Nombre y apellidos o la denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del apoderado. – c) Fecha de inscripción. – d) Período de tiempo por el cual se otorga el poder. – e) Tipo de poder según las facultades que otorgue.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 6. Registro electrónicos de apoderamientos › Tipologías de los poderes que se inscriban en los registros electrónico: – a) Un poder general para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración. – b) Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u Organismo concreto. – c) Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para la realización de determinados trámites especificados en el poder.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 6. Registro electrónicos de apoderamientos Comparecencia electrónica

– Apoderamiento “apud acta”

Comparecencia física

– Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez máxima de 5 años.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 9. Sistemas de identificación – AAPP obligadas a verificar la identidad de los interesados. – Los interesados podrán identificarse electrónicamente mediante:

AAPP

Certificados electrónicos de firma

Sistemas de clave concertada

Certificados electrónicos de sello

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por AAPP – La firma acredita la autenticidad, consentimiento, integridad e inalterabilidad del documento. AAPP

Certificados electrónicos de firma

Certificados electrónicos de sello

– Cuando los interesados utilicen un sistema de firma, su identidad se entenderá ya acreditada mediante el propio acto de la firma.

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 11. Firma en el procedimiento administrativo Las AAPP sólo requerirán a interesados el uso obligatorio de firma: Formular solicitudes Presentar declaraciones responsables o comunicaciones Interponer recursos Desistir de acciones Renunciar a derechos

Título I. De los interesados en el procedimiento › Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados – Las AAPP deben garantizar la posibilidad de relación de los interesados con ellas por medios electrónicos. – Las AAPP asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados que así lo soliciten. – La identificación o firma electrónica podrá ser realizada por el funcionario para aquellos interesados que no dispongan de medios electrónicos. Será necesario que el interesado se identifique ante el funcionario y que preste su consentimiento expreso, debiendo dejar constancia para los casos de discrepancia o litigio. – Las AAPP mantendrán un registro con los funcionarios habilitados para este fin.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF