La Vulneración de Apdayc A Los Derechos de Autor y El Rol de Indecopi en Su Prevención

September 16, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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LA VULNERACIÓN DE APDAYC A LOS DERECHOS DE AUTOR Y EL ROL DE INDECOPI EN SU PREVENCIÓN

1.  PROBLEMA: Cobros indebidos por derechos de autores y compositores no registrados en APDAYC. 2.  DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA 

APDAYC, Asociación Peruana de Autores y Compositores, fundada en 1952 que representa y defiende a los autores y compositores nacionales e internacionales, es la única institución miembro de la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) como Asociación de Gestión Colectiva, a la que le corresponde recibir el pago por derechos de autor en el contexto local, tanto de sus asociados como de no asociados. Los autores y compositores tienen el derecho de asociarse en esta y otras asociaciones de gestión colectiva y quienes no están registrados podrían pagar, luego registrarse y cobrar sus regalías en un futuro, ya que las leyes internacionales de derechos de autor permiten eso, con la idea de que los autores y compositores de cada lugar se organicen en este tipo de asociaciones para defender sus derechos, sin embargo, el PROBLEMA es que Apdayc durante años exigió y logró cobrar cob rar por canciones no registradas, tocadas por ssus us compositores en sus propios conciertos, logrando esto a partir de una interpretación del decreto Legislativo 822 (Ley sobre el Derecho de Autor) que se aprovecha de la ignorancia de los músicos y además Apdayc está lejos de representar a la totalidad de autores y compositores peruanos,  pero pese a ello, intenta cobrar por todos éstos, implicándose de esta manera en cobros indebidos al perjuicio de los mismos; además no paga regalías a todos los autores por los que cobra y ni siquiera paga regalías a todos sus asociados en proporción a los ingresos que generan.

3.  REALIDAD PROBLEMÁTICA

Existen testimonios de músicos que han hecho música para la televisión, siendo socios de APDAYC y a pesar de que los medios pagan tasas en montos fijos por pago de derechos de autor, no les han pagado sus regalías; tal es el caso de la hija de Chabuca Granda, a quien se le pagaba con vales de pollo a la brasa, en lugar de pagarle el dinero que cobraban en todo el  país por derechos de autor de la música compuesta por su madre, también casos como de los cantautores extranjeros Camilo Sesto y Roberto Blades, quienes expresaron su queja contra

 

Apdayc por no recibir las regalías correspondientes por los espectáculos realizados en nuestro  país, ni por el uso de sus temas en los medios de comunicación. Además, el mismo estatuto del Apdayc sostiene que para calificar a los autores en los distintos niveles de socio se necesita producir en recaudación entre ¾ y 9/5 de una UIT, es decir 2700 soles para ser socio Pre Activo y 6480 soles para ser socio Activo, y a su vez consta que de lo que recaudan se cobran casi la mitad por diversos gastos administrativos y descuentos de ley. Los gastos administrativos se van en el funcionamiento del sistema de cobro, el pago de pensiones para asociados vitalicios, fundadores, principales, ex presidentes, ex miembros de órganos de gobierno y una serie de servicios culturales que incluyen adelantos, préstamos, servicios de atención médica, fondos de ayuda a yuda mutua, fondo de sepelio,  becas, servicio servicio de promoción artística, artística, bonos de 500 dólares por disco original editado, bonos de auspicios a homenajes artísticos, bonos de discapacidad, cobro de regalías en el extranjero, acceso a salas de ensayo y al antiguo estudio de IEMPSA, que es la primera y una de los mejores fábricas de disco del Perú. Haciendo otro análisis, este estatuto busca que la asociación de gestión colectiva local para derechos de autores y compositores, funcione como un buen sistema de pensiones para los socios antiguos, que son en su mayoría algunos músicos de canción criolla q que ue llegaron a los medios, así como músicos de la nueva ola con varios años a cuestas, con la finalidad de  buscar que los músicos tengan cierta estabilidad laboral, y eso en principio, está muy bien,  pero el problema es que se busque recaudar lo más posible, tratando tratando de aprovecharse de todos los músicos, dentro y fuera de los inscritos en la asociación, ya que consta a muchos cantautores que buscan cobrar por sus propias canciones y se tiene el testimonio de autores registrados que murieron en la pobreza como Lucha Reyes entre otros, y aun así se cobrara  por ellos.

4.  Características de la realidad Problemática 

La agencia informativa INFOS en el mes de setiembre del año 2013, publicó una serie de informaciones que dan cuenta sobre una cantidad insólita de manejos, o mejor dicho, irregularidades en Apdayc. APDAYC si bien es cierto, es una agencia colectiva cuyo cu yo objetivo es cobrar por los derechos de autor de las composiciones musicales emitidas públicamente, incluyendo medios de comunicación, eventos públicos, emisiones por internet y hasta la música ambiental de una telenovela que se emite muchas veces; recaudó en ese mimos año, un total de 55 millones 726 mil soles por conceptos de derechos de autor, cuyo dinero debió ser repartido  principalmente entre los los artistas peruanos y la pregunta que nos hacemos es la siguiente: ¿Se

manejó adecuadamente ese dinero?

 

Debemos tener en cuenta que la misión de Apdayc es cobrar sólo por la autoría de la melodía y la letra, y los derechos de interpretación, la producción fonográfica fono gráfica y la audiovisual de cada canción está a cargo de otras sociedades de gestión, sin embargo, Apdayc monopoliza todo lo mencionado teniendo planes que exceden aquellos de su misión original, lo cual INDECOPI ha dado resoluciones que sancionan sancionan a esta entidad por los excesos previstos,  pero pese a ello, las sanciones no se ejecutan y los responsables de esas infracciones siguen en sus puestos. El director ejecutivo de Apdayc, Armando Massé, reconoció que existen “excesos” de su institución al momento de cobrar por los derechos de las canciones que se utilizan en algunas actividades, y su argumento se basa en que “LA MUSICA ES UN TRABAJO, QUE LA

MÚSICA CUESTA, QUE LA MÚSICA TIENE DUEÑO Y QUE LA MÚSICA SE PAGA”. El detalle más importante de todo esto es que la interpretación de la ley que se aplica, está  planteada desde la lógica en la cual las artes, la música y la cultura son formas de mero entretenimiento en relación mercantil. No concibe que se pueda realizar música en relaciones no mercantiles fuera del ámbito doméstico, ni considera que las creaciones puedan ser colectivas, ya que siempre debe haber UN autor. Pero lo más lamentable es que no considera que los intérpretes sean compositores de su propio repertorio.   Es decir, cuando un representante de Apdayc llega a cobrar, lo hace asumiendo que quienes están tocando no han compuesto su propia música.

Finalmente, se establece que Apdayc no registra sus gas gastos tos en una planilla e indicó que el 25% de los 50 millones de soles que ingresan al año a la institución, se quedan en esta sin saber en qué se gasta.

5.  Análisis de las Características 

En base a nuestra información solicitada, estamos de acuerdo que Apdayc vive v ive de la plata de muchos autores, compositores, músicos; y es momento de que sea intervenido judicialmente. Además compartimos la indignación de los músicos y oyentes por la vulneración de sus derechos, esto es, debido a que Apdayc es una institución que debería ser una herramienta  justamente para defender los derechos de los artistas (en estos casos músicos, autores y compositores) pero termina siendo la principal arma para aprovecharse de ellos y que día a día es una realidad que muchos pasan de desapercibida.

 

En tanto a las regalías de los autores, músicos y compositores; si bien es cierto que tienen un gran prestigio debido a su trayectoria profesional, miles de seguidores y la mayoría de ellos suenen en las radios, Apdayc sólo les otorga regalías que, a veces, con suerte sobrepasan los 20 soles, lo cual es muy indignante.

6.  JUSTIFICACIÓN 

Este tema ha sido elegido porque despertó la curiosidad en nosotros para investigar si es utilizado adecuadamente los egresos de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (Apdayc) ya que se han visto y hay ha y noticias que fundamentan las irregularidades que comete esta asociación contra los autores, músicos y compositores, que en vez de defender sus derechos, se aprovechan extremadamente y nuestra problemática está relacionada con el uso de obras protegidas por el derecho de autor que tiene una consecuencia legal  –   por ejemplo, el pago de las regalías — , y el dilema que surge es que legislativamente nadie ha cuestionado lo que establece esta ley en el Perú. Por ello, se dan casos en los cuales cualquier uso o difusión pública de estas obras puede implicar el pago de las regalías, por absurdos que sean. El beneficio de este trabajo, está basado en ayudar a reducir la ignorancia de mucha gente implicada hoy en día en la música, como los jóvenes de hoy que tienen ilusiones de formar sus bandas independientemente, y es por ello que es necesario e importante que sepan sobre esta lamentable realidad problemática que existe en nuestro país y que el Estado hace caso omiso de ello. La importancia de este trabajo es que el tema de la vulneración a los Derechos de Autor, se  plantea dado al interés que se tiene de conocer con ocer cuáles son aquellos factores que influyen en la infracción al Decreto Legislativo 822 (Ley de Derecho de Autor). Así mismo, cabe señalar las implicancias que tiene este hecho, tanto en la creación artística musical, cómo en la economía de los mismos. Se justifica esta investigación en la medida que se conoce que existen situaciones que permiten la infracción a estos derechos, las cuales deben ser identificadas en la realidad a partir del cual será posible recomendar y adoptar acciones legales correctivas a efectos de frenar la vulneración al Derecho de Autor en sus diversas modalidades, producto de la piratería, plagio, reprografía ilegal entre otros y por último, es necesario conocer si la labor que cumple INDECOPI a través de la Oficina de Derechos de Autor, ha contribuido a frenar este tipo de infracciones.

7.  PREGUNTA

¿Cuáles son las perspectivas, y alternativas para erradicar el abuso de apdayc en base a la vulneración de los derechos de autor?

 

8.  OBJETIVO GENERAL  

Determinar cuáles son los factores o causas que influyen en la infracción al Decreto Legislativo 822 (Ley de Derecho de Autor).

 

9. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 

1.  Conocer las modalidades más frecuentes de infracción a los Derechos de autor. 2.  Señalar las implicancias que tiene este hecho, tanto en la creación artística musical, cómo en la economía de los mismos. 3.  Determinar los mecanismos de solución de INDECOPI para evitar que siga dándose la vulneración a los derechos de autor. 4.  Conocer el porqué del Ministerio de Cultura no sanciona las irregularidades de Apdayc frente a los derechos de autor.

 

  UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO

Facultad de Derecho y Ciencias políticas políticas Escuela profesional de Derecho DOCENTE: 

 

MARY COLINA MORENO  MORENO 

TEMA: 

“ Planteamiento Planteamiento

 AÑO :

2 “B”

de la Realidad  problemática en base a la vulneración de los derechos de autor ocasionados por Apdayc ””  

Lambayeque, febrero - 2015

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