La Seguridad Social en Los Trabajos de Riesg1

September 14, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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1. LA SE SEGURID GURIDAD AD SO SOCIAL CIAL EN LOS LOS TRA TRABAJOS BAJOS DE RI RIESGO ESGO Como sabemos en nuestro país se ha desarrollado el reglamento de ley Nº 29783, la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tiene como principal objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, también sobre la base de la observancia observancia del deber de prevención de los empleadores, y el rol de fiscaliz fisc alizació ación n y control control del Estado y la particip participació ación n de los trabajadore trabajadores s y sus organizaciones sindicales. Decreto Supremo Nº 009-2005-TR – Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. POLIT POLITICA ICA NA NACIONA CIONAL L DE SEGURI SEGURIDAD DAD Y SALUD SALUD E EN N EL T TRABAJO RABAJO El Estado, junto con las organizaciones organizaciones más representativas representativas de empleadores y de trabajad trab ajadores ores,, tiene tiene la obligac obligación ión de formular formular,, poner poner en práctic práctica a y reexami reexaminar  nar  periódicamente una Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que va tener como finalidad prevenir los accidentes y los daños en la salud que sean consecuencia del trabajo.

3. SISTE SISTEMA MA NA NACIONA CIONAL L DE SEGURID SEGURIDAD AD Y SALUD SALUD EN EL TRA TRABAJO BAJO Se crea el Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores, con el fin de garantizar la protección de todos los trabajadores en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, siendo sus instancias el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo.

4. EL SIS SISTEMA TEMA DE GESTI GESTIÓN ÓN DE LA SEGUR SEGURIDAD IDAD Y SALUD E EN N EL TRA TRABAJO BAJO EN LA EMPRESA

 

Se ha incorporado incorporado la Política del Sistema Sistema de Gestión de la Seguridad Seguridad y Salud en el Tr Trab abaj ajo, o, en dond donde e lo más más dest destac acab able le radi radica ca en que que el empl emplea eado dorr es el encargado de perfilar dicha política por escrito, en consulta con sus trabajadores y sus re repre prese senta ntante ntes s e inclu incluso so se diseñ diseñan an una una serie serie de princ principi ipios os y objet objetivo ivos s fundamentales para la elaboración de la misma, por ello el empleador asegura que los trabajadores y sus representantes sean consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de seguridad y salud en el trabajo relacionados con las labores que realizan, incluidas las disposiciones relativas a situaciones de emergencia, por lo que el empleador debe brindar las facilidades para que los trabajadores y sus representantes dispongan del tiempo y de recurso recursos s para participar participar activam activament ente e en los proceso procesos s de organiza organización ción,, de planificación y de aplicación.

5. SERVI SERVICIOS CIOS DE SE SEGURID GURIDAD AD Y SALUD EN EL TRABA TRABAJO JO Otra novedad que nos ofrece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo es que todo empleador debe organizar un servicio de seguridad y salud en el trabajo propio o común a varios empleadores, cuya finalidad es esencialmente preventiva, en base a los siguientes parámetros : Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar  de trabajo; Vigilancia de los factores del medio ambiente de trabajo y de las prácticas de tr trab abaj ajo o que que pued puedan an afec afecta tarr a la salu salud d de los los trab trabaj ajad ador ores es,, incl inclui uida das s las las instalaciones sanitarias, comedores y alojamientos, , sobre la selección, el mantenimiento y el estado de la maquinaria y de los equipos y sobre las substancias utilizadas en el trabajo; la parti partici cipac pación ión en el desarr desarroll ollo o de progr programa amas s para para el mejor mejorami amien ento to de las prácticas de trabajo, así como en la evaluación de nuevos equipos en relación con

 

la salud; asesoramiento en materia de salud, de seguridad e higiene en el trabajo y de er ergo gonom nomía ía,, así como como en materi materia a de equip equipos os de prote protecc cción ión indiv individ idual ual y colectiva; vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo

RESP RE SPON ONSA SABI BILI LIDA DAD D POR POR IN INCU CUMP MPLI LIMI MIEN ENTO TO A LA OB OBLI LIGA GACI CIÓN ÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES la entidad empleadora principal va a responde directamente por las infracciones que, en su caso se cometan ya sea por el incumpli incumplimien miento to de garanti garantizar zar la segurid seguridad ad y salud salud de los trabaja trabajadore dores, s, personas que prestan servicios, personal bajo modalidades formativas laborales, visitantes y usuarios,  los trabajadores de las empresas y entidades contratistas y subcontratistas que desarrollan actividades en sus instalaciones; asim asimis ismo mo las las empr empres esas as usua usuari rias as de empr empres esas as de serv servic icio ios s temp tempor oral ales es y comp co mple leme ment ntar ario ios s

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infr infrac acci cion ones es

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incumplimiento incumplimi ento de su deber de garantizar garantizar la seguridad seguridad y salud de los trabajadores trabajadores destacados en sus instalaciones.

6. SEGUR SEGURO O COM COMPLEMEN PLEMENTARIO TARIO DE TRABAJO TRABAJO DE RI RIESGO ESGO SCTR 

El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo es el seguro por accidentes de tr trab abaj ajo o y enfe enferm rmed edad ades es prof profes esio iona nale les s crea creado do por por la Ley Ley N 2679 26790, 0, Ley Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, que reemplaza al seguro por  accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (SEGATEP) del Decreto Ley N 18846, Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, derogada, que amparaba exclusivamente a los trabajadores obreros y era administrado por el Instituto Peruano de Seguridad Social, IPSS, ahora ESSALUD.



Oto torg rga a pr pres esta taci cion ones es de sa salu lud d y econ económ ómic icas as por por acci accide dent nte e de trab trabaj ajo o y enfermedades enfermed ades profesionales profesionales a los trabajadores empleados y obreros, que tienen

 

la condición de afiliados regulares del seguro social de salud y que laboran en un centro de trabajo en el que se desarrollan las actividades de riesgos previstos por  Ley. 

El SCTR otorga prestaciones de salud o medico asistenciales y las económicas o de pensiones. Las prestaciones de salud son otorgadas por ESSALUD o por una EPS, mientras que las prestaciones económicas serán contratadas por la entidad empleadora, a su libre elección, con una compañía de seguros o con la ONP.

7. CUAND CUANDO O SE CONTRATA CONTRATA E EL L SEGU SEGURO RO COMP COMPLEMEN LEMENTARIO TARIO DE TRAB TRABAJO AJO DE RIESGO SCTR Según la normativa existen tres situaciones de contratación: 1. Aquello Aquellos s empleado empleadores res que realiza realizan n activid actividade ades s de riesgo riesgo detall detallada adas s en el los traba tra bajad jadore ores s se encue encuentr ntren en expue expuest stos os al riesg riesgo o Anex Anexo o 5 del del DS 009-8 009-87-S 7-SA A respecto de los trabajadores expuestos al riesgo. 2. Contratación Contratación facultativa, facultativa, aquella donde el empleador empleador decide contratar contratar el SCTR para sus trabajadores que no están expuestos al riesgo. 3. Empleado Empleadores res que no realizan realizan actividades actividades riesgo riesgo pero que sin embargo embargo tienen tienen trabajadores que si las realizan.

8. AC ACCI CIDE DENT NTE E DE TRA TRABA BAJO JO:: Lesión orgánica o perturbación funcional. Causada en el centro de trabajo  o con ocasión del trabajo, por acción imprevista, fortuita u ocasional ocasion al de una fuerza externa, repentina o violenta que obra súbitamente súbitamente sobre la persona del trabajador o debida al esfuerzo del mismo. El que que se produ produce ce ante antes, s, du duran rante te o despu después és de la jornad jornada a labor laboral al o en las interrupciones del trabajo, si el trabajador ASEGURADO se hallará por función

de sus obligaciones laborales,   en cualquier centro de trabajo de la Entidad Empleadora, aunque no se trate de un centro de trabajo de riesgo ni se encuentre realizando actividades propias del riesgo contratado. autoridad, Durante la ejecución de órdenes  de la Entidad Empleadora o bajo su autoridad,

 

aun cuando se produzca fuera del centro y de las horas de trabajo.

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