UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS CARRERA DE DERECHO Título: La Peruta Alu!a: María Angélica Valverde Hilasaca
Cate"r#t$%o: Dr. Juan Pablo Cabrera
R$o&a&a ' E%ua"or ()*+
La ,eruta En la antigüedad el hombre utilio el true!ue de mercancías" #a !ue el uso de la moneda" a$n no se inventaba" de este modo surgi% el contrato de la &ermuta el mismo !ue consiste en el intercambio de una cosa &or otra. 'iendo uno de los &rimeros contratos en utiliarse.
De-$!$%$.! Art. ()*+. C%digo Civil Ecuatoriano. ,-a &ermuta o cambio es un contrato en !ue las &artes se obligan mutuamente a dar dar una es&ecie o cuer&o cierto &or ootro. tro.
'/nche 0om/n -o de1ine como un contrato &rinci&al" consensual" bilateral" oneroso" conmutativo o traslativo de dominio" &or el cual dos &ersonas se obligan a trans1erir mutuamente el dominio de una o varias cosas !ue" al celebrar la &ermuta" &ertenecían a cada una de ellas.
Cara%terí/t$%a/ "el %o!trato "e la ,eruta 2
Tra/lat$0o "e "o$!$o: 'irve &ara transmitir la &ro&iedad.
1
Pr$!%$,al2
1
B$lateral2
2
O!ero/o: Es ne nece cesa sari rioo un inte interc rcam ambi bioo # si no se serí ríaa do dona naci ci%n %n de bi bien enes es.. Co!utat$0 Co! utat$0oo 34e!erale 34e!erale!te !te34 Ambas bas &art rtes es su suel eleen te tene nerr la lass mism mismas as obligaciones # derechos.
2
Co!/e!/ual: El contrato se &er1ecciona &or el mero consentimiento.
2
E5%e,%$o!ale!te E5%e,%$o!al e!te /ole!e: cuando se a&lica a inmuebles
D$-ere!%$a e!tre la ,eruta 6 la %o,ra0e!ta D$-ere!%$a e!tre la ,eruta 6 la %o,ra0e!ta Peruta
Co,ra0e!ta
En la Permuta se cambian los bienes entre En la Com&raventa uno es el !ue vende una dos &ersonas" directamente.
cosa # el otro da en com&ensaci%n o cambio" dinero.
Amba Am bass &a &arte rtess cons conser erva vann una una &e &er1e r1ect ctaa -as obligaciones del vendedor son unas # las igualdad de derechos # obligaciones.
del com&rador son otras.
El art$%ulo *78) C2C2 /e9ala:
Naturalea ;urí"$%a En nuestro C%digo Civil con1igura la &ermuta como un contrato consensual
'i la &a &art rtee !u !uee se &a &aga ga en dine dinero ro su&er u&eraa el va valo lorr de la co cosa sa"" se &r &rod oduc ucee un unaa com&raventa" mientras !ue si el valor de las cosas no es tan di1erente # la com&ensaci%n monetaria es in1erior" entonces solo se considera como &ermuta Art. (+** CC. Por su naturalea" el cambio es un contrato &rinci&al no accesorio. Al igual !ue la com&raventa" com&raventa" el cambio es titulo tra traslativo slativo de la &ro&ieda &ro&iedad. d.
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.