La Ley, La Jurisprudencia y La Doctrina
August 10, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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La Ley En los sistema sistemass jurídi jurídicos cos actuales actuales las leyes leyes es el com common mon law, la fuente fuente primo primordi rdial al es la jurisprudencia. El Common Law (ley común) es el sistema jurídico actual en México así como en países de tradición anglosajona, anglosajona, da nombre a toda toda una tradición jurídica jurídica o familia del Derecho. Derecho. El sistema jurídico es generado por por el reino de Inglaterra tras la conquista normanda normanda alrededor del año 1066, lo llamó common ( común) porque pasó a ser el Derecho de aplicación para todos en todo el reino, los tribunales del rey tenían que aplicar lo mismo, evitando tomar en cuenta las tradiciones o costumbres anteriores de cada pueblo de ahí que se crean el mismo conjunto de principios y reglas jurídicas. En el ambien ambiente te legal legal Common Common Law, Law, se ide ident ntifi ifica ca al sis sistem temaa legal legal basado basado en las decisi decisione oness adoptadas por los tribunales, en contraste con los sistemas de Derecho Civil (o tradición romanogermánica), como el nuestro, donde la principal fuente de Derecho es la Ley. Para aclarar el vocablo ley, es toda toda norma dictada por una autoridad competen competente, te, no únicamente por el Poder Legislativo, también puede ser a parte de la Constitución Política, las diferentes leyes que de ella emanan, también son las ordenanzas munici municipales, pales, los decretos del Poder Poder Ejecutivo, los edictos policiales, entre otras. La ley es la norma emanada del Poder Legislativo, exclusivamente y estas son fuentes de Derecho, y sus características son: son: la generalidad de su alcance, alcance, es decir no para ciertos individ individuos uos sino para todos tod os los ciudad ciudadano anoss
o par paraa gru grupos pos con det determ ermina inadas das caract caracterí erísti sticas cas comune comuness (profe (profesor sores, es,
conduc con ductor tores, es, estudi estudiant antes, es, servi servidor dores es púb públic licos, os, com comerc ercian iantes tes,, etc.), etc.), y la obliga obligato torie riedad dad de su observancia es para cada habitante del pueblo, ciudad o nación y estos no podrán justificar su falta por desconocimiento. desconocimiento. Las leyes son permanentes hasta que que sean derogadas por una ley posterior, posterior, cuando no es clara en su interpretación, o no se adecua a los cambios o nuevas situaciones diferentes a cuando se estableció
o impuso impuso la ley, ley, deb debee rec recurr urrirs irsee a otras otras fuente fuentess com como o creado creadoras ras de normas normas,, tal tales es como como la jurisprudencia y la doctrina. doctrina.
La Jurisprudencia La jurisprudencia la define como expresa el Digesto, (deriva del latín digestum, derivado a su vez de digerere, que significa distribuir, ordenar). Su origen se remonta remonta al 530 D.C. tomando en
cuenta las palabras de Ulpiano, Ulpiano, como “el conocimiento de las cos cosas as divinas y humanas. Cienc Ciencia ia de lo justo y de lo injusto”, injusto”, esto es considerar considerar la ciencia del del derecho para la posible dec decisión isión de los los juristas. Entonces así es como aparece el jurista, como la persona autorizada para decidir sobre lo justo y lo no justo, basado en su conocimiento producto de la ciencia. Esto es resultado por continuar con la postura de los filósofos griegos que argumentaban y defendían que las decisiones debían ser tomadas por los sabios, ya que se consideraban como los únicos con la capacidad de llegar a la verdad. Actualmente, la jurisprudencia es el conjunto de sentencias concordantes concordantes,, dictadas por los jueces en casos similares. Cuando un juez dicta una decisión sobre una situación deja y se asienta un precedente que puede ser utilizado después por alguien que reclama un derecho semejante, y el Juez, el mismo u otro, en su nueva sentencia puede utilizarla.
La Doctrina Se le conoce o se hace referencia al conjunto conjunto actividades co con n enfoque académico y cient científico ífico que realizan los juristas acerca del derecho, ya sea únicamente con enfoque teórico para sistematización de sus preceptos, o con la finalidad de interpretar las normas y señalar las reglas de su aplicación. aplicación.
En México la doctrina no tiene gran valor jurídico, toda vez que no es obligatorio para los jueces y magistrados apegarse a los que ésta señala, más bien la utilizan para documentar y ampliar el conocimiento de los estudiosos del Derecho. Los doctrinarios doctrinarios son los conocedores conocedores y estudiosos estudiosos del Derecho, Derecho, y son reconocidos reconocidos por el resultado de sus publicaciones las cuales constituyen la doctrina. Si bien no puede usarse exclusivamente para sustentar la defensa de un abogado, ni menos aún la sentencia de un Juez, es usual que se utilice para apoyar el sustento de la interpretación de la ley aplicada en el caso. En México es considerada una fuente delegada.
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