Es la privación de la capacidad negocial en razón de un estado de defecto intelectual grave o de condena penal. A consecuencia de ello el entredicho queda sometido en forma continua a una incapacidad negocial plena, general y uniforme. Dispone el articulo 393 del Código Civil !El mayor de edad y el menor emancipado que se encuentren en estado ha"itual de defecto intelectual que los haga incapaces de proveer a sus propios intereses, ser#n sometidos a interdicción, aunque tengan intervalos lucidos$ C%A&E& DE '()E*D'CC'+( Eisten dos clases de interdicción la -udicial y la legal. %a in inte terd rdic icci ción ón -u -udi dici cial al req equi uier ere e de decl clara arato tori ria a de la au auto tori rida dad d -udi -udici cial al medi me diant ante e el pr proc oced edim imie ient nto o co corr rres espo pondi ndien ente te prev previs isto to en el Códi Código go de /rocedimiento Civil. %a interdicción legal aquella que deriva de la condenatoria a presidio, conforme al articulo 012 de C.C !El entredicho por condenación penal queda sometido a tutela$, interdicción esta que constituye una pena accesoria a la de presidio, conforme a lo dispuesto en el articulo 43 de Código /enal. %a interdicción legal deriva entonces de la condenatoria a presidio, como una pena accesoria, que no puede imponerse separadamente de aquella. %a declaratoria de interdicción, en este caso, no requiere de un procedimiento especial para o"tener el pronunciamiento -udicial, pues ser# declarada en la mism mi sma a se sent nten enci cia a de de5n 5nit itiv iva a del del -u -uic icio io pe pena nall po porr la cu cual al se co cond nden ene e al procesado a la pena de presidio. Diferencias entre am"os tipos de interdicción El reo queda sometido al r6gimen penitenciario, por lo que el go"ierno de su persona no lo e-erce el tutor. El entredi diccho por condena penal puede real aliizar algunos act actos estrictamente personales, como cele"rar matrimonio, otorgar testamento, reconocer hi-os, etc. En materia de derecho de autor, puede realizar cualquier acto -ur7dico relativo a la o"ra creada por el y e-ercer las acciones que otorga la %ey &o"re Derecho de Autor. Ana 8. 8ill#n, ulio :14:
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