La Inspección y Residencia de Obras

December 5, 2017 | Author: Francisco Gonzalez | Category: Budget, Engineering, Decision Making, Capital Punishment, Labour Law
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Como afiliado ASME es un compromiso dar cumplimiento a sus programas y actividades, este año ASME OLD GUARD celebra su 7...

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La Inspección y Residencia de Obras En el marco de la Ley de Contrataciones Públicas y el Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas Vigentes

BIENVENIDOS • La presente charla forma parte de las actividades del Quincuagésimo aniversario de la fundación de la Seccional Tamare Colegio de Ingenieros de Venezuela. • Se desarrolla en el marco del Centésimo quincuagésimo aniversario de la fundación del Colegio de Ingenieros de Venezuela y en el del septuagésimo quinto aniversario del ASME Old Guard.

Por la Próxima media hora

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NORMAS DE PARTICIPACIÓN • Preste atención. • Escuche atentamente la ponencia. • Anote su dudas y preguntas para el final de la sesión. • Al final de la sesión participe no se quede callado.

NUESTRA GARANTÍA PARA EL ÉXITO • Trasmisión de la información en un ambiente adecuado. • Óptimo contenido de la ponencia. • Motivación y disposición de los participantes.

Ponente: Francisco J González R • • •

Ingeniero Mecánico Magister Scientiarum Gerencia de Recursos Humanos Diplomado:

• • • •

Gerencia Financiera Formulación y Evaluación de proyectos Gerencia de Operaciones y Producción.

Candidato Prog. Estudios Avanzados en Ciencias y Técnicas de Gobierno.

EXPERIENCIA LABORAL • Supervisor de Taller • Ingeniero Inspector de Obras Navales • Ingeniero de Mantenimiento • Ingeniero Planificador • Ingeniero de Control de Gestión • Ingeniero de Costos y Proyectos • Ingeniero Consultor • Miembro del Comité de Mejoras Operacionales • Facilitador e Instructor • Investigador académico • Asesor

INTRODUCCIÓN • La nueva ley de contrataciones públicas y su reglamento han suscitado una serie de inquietudes sobre los roles y funciones que los profesionales de la ingeniería ejercen; Puesto que se ha derogado el decreto 1.417 que regía sobre las condiciones de obra. • Es por ello que los novedosos instrumentos requiere que el Colegio de Ingeniero y las diversas sociedades que en su seno interactúen sirva como soporte o apoyo a la difusión de las tareas o actividades de que resultan ser de vital importancia para el profesional de la ingeniería.

INTRODUCCIÓN • El origen de la inspección como requisito técnico para asegurar la calidad final de la ejecución de obras, es mas antiguo aún que la escritura, datándose a la construcción de herramientas de sílex por parte de los hombres pre-históricos. • En nuestro país se ha hecho de uso y costumbre asociar la inspección a la ejecución de obras civiles y de infraestructura. • Sin embargo, el mas amplio concepto abarca la construcción de naves, navíos y las referidas obras civiles y de infraestructuras.

El Marco Legal Vigente Las leyes, códigos y normas que se relacionan con el ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones afines.

PIRÁMIDE DE KELSEN

LEYES BÁSICAS Y RELACIONADAS CON EL EJERCICIO • • • •

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (17-11-99) Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines (Decreto 444 del 28-11-58) Código de Ética Profesional Reglamento de las Oficinas Coordinadoras del Ejercicio Profesional (OCEPRO) aprobado por la Asamblea Nacional del C.I.V. en marzo de 1997 Manual de Contratación de Honorarios Profesionales del CIV: Valor de los Servicios Profesionales (VSP) Modelo de Contratación de Residencia de Obras (Campo Laboral) Modelo de Contratación de Residencia de Obras (Campo Mercantil) Ley de la Academia Nacional de la Ingeniería y el Hábitat. Gaceta No. 5263 del 17-09-98

• • • • • • • •

Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Gaceta 37.148 del 28-02-01 Código Civil. Publicado en Gaceta oficial Nº 2990 de fecha 26-07-82 Código de Procedimiento Civil. Gaceta 4.209 DEL 18-09-1990 Código de Comercio. Reforma publicada con fecha 26-07-55 Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Gaceta Oficial Nº 33.868 del 16-12-87 Reglamento de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística: Gaceta Oficial Nº 34.678 de fecha 19-03-91 Ley Orgánica de Régimen Municipal. Gaceta Oficial N° 4.109 de fecha 15 de junio de 1989 Ley Sobre El Derecho de Autor (Área de Proyectos). Gaceta Oficial Nº 4638 del 0110-93

NORMAS RELACIONADAS CON LAS CONTRATACIONES O EJERCICIO DE LA INSPECCIÓN DE OBRAS • Ley Sobre Concesiones de Obras Públicas y Servicios Públicos Nacionales. Decreto Nº 318 del 17-09-99 publicado Gaceta Nº 5.394 Extraordinario del 25-10-99 ▫ Decreto del Valor Agregado Nacional (V.A.N.) Decreto Nº 1892 publicado en la Gaceta No. 37.494 del 30-07-02Condiciones Generales de Contratación para la Ejecución de Obras - CGCEO. Decreto Nº 1417 del 03-07-96, Gaceta Oficial 5096 Extraordinario del 16-09-96 ▫ Condiciones Generales de Contratación para Estudios y Proyectos. Decreto Nº 387 del 03-09-75, Gaceta Oficial 30.875 del 03-09-75

• Ley de Contrataciones Públicas publicada en Gaceta Oficial Nº 39.165 del 24-04-2009. • Modificación de la Ley de Contrataciones Públicas publicada en Gaceta Oficial Nº 39.506 del 06-09-2010. • Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas – Decreto 6.708 publicada en Gaceta Oficial Nº 39.181 del 19-05-2009

LEYES RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Gaceta Oficial Extraordinario N° 5.017 del 13 de diciembre de 1995 • Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Gaceta Oficial Nº 2.818 Extraordinaria de 1º de julio de 1981 • Decreto con Rango y Fuerza de Ley sobre Simplificación de Trámites Administrativos. Gaceta Oficial Ext. N° 5.393 del 22 -10-1999 • Ley sobre El Estatuto de La Función Pública. Gaceta Oficial N° 5557 del 13-11-01 (deroga la Ley de Carrera Administrativa del 13-05-75) • Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial N° 5.637 Extr., del 07-04-2003

LEYES PENALES • Código Penal. Reforma publicada en Gaceta Oficial Nº 5.494 Extraordinario Fecha 20-10-00 • Código Orgánico Procesal Penal (COPP). Reforma Publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.558 Extraordinario del 14-11-01

LEYES TRIBUTARIAS • Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial Nº 4727 Extraordinario del 27-05-94 • Ley de Impuesto Sobre La Renta. Gaceta Oficial Nº 5390 Extraordinario de fecha 22-10-99 • Decreto con Fuerza de Ley de Reforma Parcial del ISLR. Decreto Nº 1544 del 09-11-01, Gaceta Nº 5557 de fecha 13-11-01 • Decreto con Rango y Fuerza de Ley que establece El IVA. Decreto Nº 126 del 05-05-99, Gaceta Oficial Nº 37002 de fecha 28-07-00 • Ley de Impuesto a los Activos Empresariales. Gaceta Oficial Extraordinario N° 4.654 de fecha 01 de diciembre de 1993

LEYES Y NORMAS LABORALES •



Ley Orgánica del Trabajo (LOT). Gaceta No. 5152 del 19-06-97. Reglamento: Gaceta No. 36.949 del 12-05-00 y No. 36.950 del 15-0500)







Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Gaceta Oficial N° 37.504 de fecha 13 de agosto de 2002 ▫ ▫ ▫



Factor de Prestaciones Sociales de acuerdo a la Ley y a la Convención Colectiva de la Industria de la Construcción 2001-2003

Convención Colectiva para los Trabajadores de la Industria de La Construcción (Laudo Arbitral 2010-2012) Tabulador para Trabajadores de la Construcción 2010-2012 (Contenido en la Convención Colectiva) Sindicatos Nacionales que firman la Convención Colectiva o Laudo Arbitral (2010-2012)

Ley de Política Habitacional: Gaceta No. 5392 Ext. del 22-10-99, Gaceta No. 37.066 del 30-10-2000 y Gaceta No. 37.728 del 9 de Julio de 2003

• • • • •

Ley del Seguro Social (IVSS). Gaceta No. 4322 del 3-10-91, Gaceta 5398 del 26-12-99, Gaceta 37.600 del 30-12-2002. Reglamento: Gaceta 2.814 del 25-02-93 Reglamento de Paro Forzoso: Gaceta No. 5.392 Extraordinario del 22-10-99 Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral - LOSSI. Gaceta Oficial N° 37.600 de fecha 30 de diciembre de 2002 Ley Sobre El Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE). Gaceta 34.563 del 28-09-90 Reglamento del INCE Gaceta Oficial N° 34.563 de fecha 28 de septiembre de 1990 Ley Orgánica del Medio Ambiente de Trabajo. Gaceta Oficial N° 3.850 de 18 de julio de 1986 Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. Decreto N° 1.440 del 30 de agosto de 2001

LEYES AMBIENTALES • Ley Orgánica del Ambiente. Gaceta Oficial N° 31.004 del 16 -06-1976 • Ley Penal del Ambiente. Gaceta No. 4358 Extraordinario del 03-01-92 • Ley Forestal de Suelos y de Aguas. Ley aprobada el 14-1265, publicada en la Gaceta No. 1004 del 26-01-1966 • Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable (ZEDES) Gaceta No. 5556 Extraordinario del 13-11-2001

VARIAS • Normas y procedimientos Técnicos de Conservación, administración y aprovechamiento de la Infraestructura Vial – MINFRA- Decreto 1535 • Procedimientos y Formatos Oficiales (SIGECOF-1999) • "Terminología de Las Normas Venezolanas COVENINMINDUR de Edificaciones". COVENIN 2004-98 del 03-121998. Publicación autorizada por su autor Dr. Joaquín Marín

ESTÁNDARES MÍNIMOS SOBRE CONTRATACIONES PÚBLICAS DE TRANSPARENCIA INTERNACIONAL •







• •

Implementar un código de conducta que comprometa a la autoridad contratante y a sus empleados a seguir una estricta política anticorrupción. La política debe considerar los posibles conflictos de interés, proporcionar mecanismos para denunciar la corrupción y proteger a los informantes. Permitir que una empresa participe de una licitación sólo si ha implementado un código de conducta que comprometa a la empresa y sus empleados a seguir una estricta política anticorrupción. Confeccionar una lista negra de empresas de las que se tenga pruebas de sus actos de corrupción; como alternativa se puede utilizar una lista negra preparada por una institución internacional adecuada. Evitar que las empresas de la lista negra participen de licitaciones de proyectos durante un período específico de tiempo. Asegurarse de que todos los contractos entre la autoridad y los contratistas, y proveedores de bienes y servicios exijan que todas las partes cumplan con una estricta política anticorrupción. Esto podría lograrse mejor al exigir el uso del Pacto de Integridad tanto durante la licitación, como en la ejecución del proyecto, comprometiendo a la autoridad y los oferentes a evitar sobornos. Asegurarse de que los contratos públicos por encima de cierto monto sean adjudicados mediante licitaciones públicas abiertas y competitivas. Proporcionar a todos los oferentes, y preferentemente al público en general, un fácil acceso a información sobre todas las fases del proceso de compras, incluyendo la selección y evaluación de procesos, y los términos y condiciones del contrato y sus enmiendas.

ESTÁNDARES MÍNIMOS SOBRE CONTRATACIONES PÚBLICAS DE TRANSPARENCIA INTERNACIONAL • • •









Asegurarse de que ningún oferente obtenga acceso a información privilegiada en ninguna etapa del proceso de contratación, en especial a información relacionada con los procesos de selección. Permitir que los oferentes tengan suficiente tiempo para preparar la licitación y los requisitos de pre-clasificación cuando corresponda. Asegurarse de que los “cambios” en los pedidos del contrato que alteran el precio o descripción del trabajo más allá del umbral acumulativo sean controlados en los altos niveles, preferentemente por los organismos que decidieron la adjudicación del contrato. Asegurarse de que los controles internos y externos y los organismos auditores sean independientes y funcionen efectivamente, y que sus informes sean accesibles al público. Toda demora razonable en la ejecución del proyecto deberá propiciar actividades de control adicional. Separar las funciones clave para asegurar que la responsabilidad de exigir la evaluación, preparación, selección, contratación, supervisión y control de un proyecto, sea asignada a organismos separados Aplicar garantías estandarizadas, tales como el uso de comisiones en la toma de decisiones y la rotación de personal en posiciones sensibles. El personal responsable de procesos de compras debe estar capacitado, y recibir una remuneración adecuada. Promover la participación de organizaciones de la sociedad civil como supervisores independientes tanto de la licitación, como de la ejecución de proyectos

El Proyecto Bases para su Formulación y estimación presupuestaria

REQUISITO DE LEY • LCP Art 51 “No se podrá iniciar las modalidades de selección de contratistas para ejecución de obras, sino existiere un proyecto…”

VALIDEZ DE LA INGENIERÍA DE PROYECTOS • La ingeniería para tener validez requiere de un análisis de las condiciones del área donde se debe ejecutar la obra; esto puede implicar estudios de suelo, estudios topográficos, análisis físico-químico de agua o suelos, análisis de impacto social, ambiental estudios de densidad poblacional, de demanda o de tráfico. • Esto es apenas la base de sobre la cual se oferto y sustento un programa de gobierno, razón por la cual se puede afirmar que todo proyecto tiene una perspectiva social asociada a durabilidad, utilidad y pertinencia que le garantizar el reconocimiento como la solución óptima a la necesidad que le dio origen. • Por lo que debe ser diseñado para ser mantenido a lo largo de su vida útil y debe operar dentro de una serie de parámetros normales.

EL PRESUPUESTO COMO REQUISITO PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATISTAS • De allí que el producto final de la INGENIERÍA DE DETALLES es lo que se va a traducir en forma de partidas, cómputos métricos y presupuesto asociado, es eso lo que se va a utilizar como insumo a la hora de someter un proceso de selección de contratistas o proveedores como parte de un proceso de contratación, razón por la cual un PROYECTO que no cubra con tales requisitos no puede denominarse como tal.

REQUISITO DE LEY • LCP Art 39 “Para todas las modalidades de selección de contratistas establecidas en la presente ley, el órgano o ente contratante deberá preparar un presupuesto base de la contratación,…”

DEFINICIÓN • El PROYECTO es el producto final de la labor de un equipo multidisciplinario de profesionales, nunca la labor aislada de un proyectista, esto sin desmeritar la acción de los excelentes proyectistas que se desempeñan en las múltiples áreas sobre las cuales tiene inherencia los entes de la públicos, solo se busca destacar que PROYECTO como mínimo implica el producto de la interacción de profesionales de la ingeniería y los de las áreas económico y social.

ETAPAS PARA LA FORMULACIÓN DE UN PROYECTO ETAPA

EJEMPLO

INGENIERÍA CONCEPTUAL

La metodología a utilizar para solventar una necesidad dada, por ejemplo: Formulación: ¿Cuál sería el medio o mecanismo óptimo para subir de la planta baja al techo de una casa? Orientaciones para dar con las respuestas: ¿La solución es permanente o temporal, económica o funcional, tecnología de alto o bajo impacto, proveedores locales, nacionales o foráneos? Las opciones para solventar la necesidad, en base a variables de entorno: Fotografía aérea. Escalera de mano. Andamio. Cajas u objetos apilados. Grúa con una cesta. Cuerda para rappel. Escalera permanente. Memoria técnica asociada al Análisis social-técnico-económico de cada opción. Presupuesto base y partidas asociadas para cada opción. Minutas del proceso de toma de decisiones asociadas a la selección de la opción. Bases para la elaboración del pliego de condiciones.

INGENIERÍA BÁSICA

INGENIERÍA DE DETALLES

ETAPAS PARA LA FORMULACIÓN DE UN PROYECTO

RFP = Request for Proposal

EL PRESUPUESTO COMO REQUISITO PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATISTAS • Si lo anterior no se cumple, solo se crean condiciones propicias para la aparición de condiciones durante la ejecución en campo que se traducirían en:

▫ Cambios de alcance, implicando desde aumentos y disminuciones de alcance al cambio de la naturaleza del mismo. ▫ Variaciones de cantidades en partidas. ▫ Cambio en la naturaleza del proyecto. ▫ Paralizaciones de obra por parte de las comunidades circunvecinas; condiciones que apunta a una deficiente ingeniería del proyecto.

• La idea de este enfoque es una visión o perspectiva universal que implica hacer las cosas bien desde el principio, mediante la reducción de la incertidumbre asociada a la toma de decisiones al punto de llevarla a rango aceptable y manejable que permita construir soluciones viables y factibles.

El Ingeniero Inspector Roles y Responsabilidades

ATRIBUCIONES DEL INGENIERO INSPECTOR ART 115 LCP • • •







Elaborar y firmar el Acta de Inicio de los Trabajos, conjuntamente con el Ingeniero Residente y el contratista. Supervisar la calidad de los materiales, los equipos y la tecnología que el contratista utilizará en la obra. Rechazar y hacer retirar de la obra los materiales y equipos que no reúnan las condiciones o especificaciones para ser utilizados o incorporados a la obra. Fiscalizar los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las obras concluidas o en proceso de ejecución, y su adecuación a los planos, a las especificaciones particulares, al presupuesto original o a sus modificaciones, a las instrucciones del órgano o ente contratante y a todas las características exigibles para los trabajos que ejecute el contratista. Suspender la ejecución de partes de la obra cuando éstas no se estén ejecutando conforme a los documentos y normas técnicas, planos y especificaciones de la misma. Recibir las observaciones y solicitudes que formule por escrito el contratista en relación con la ejecución de la obra, e indicarle las instrucciones, acciones o soluciones que estime convenientes, dentro de los plazos previstos en el contrato o con la celeridad que demande la naturaleza de la petición.





• • • •





Informar, al menos mensualmente, el avance técnico y administrativo de la obra y notificar de inmediato, por escrito, al órgano o ente contratante cualquier paralización o anormalidad que observe durante su ejecución. Coordinar con el proyectista y con el órgano o ente contratante para prever, con la debida anticipación, las modificaciones que pudieren surgir durante la ejecución. Dar estricto cumplimiento al trámite, control y pago de las valuaciones de obra ejecutada. Conocer cabalmente el contrato que rija la obra a inspeccionar o inspeccionada. Elaborar y firmar el acta de terminación y recepción provisional o definitiva de la obra conjuntamente con el ingeniero residente y el contratista. Velar por el estricto cumplimiento de las normas laborales, de seguridad industrial y de condiciones en el medio ambiente de trabajo. Elaborar, firmar y tramitar, conforme al procedimiento establecido en estas condiciones, las actas de paralización y reinicio de los trabajos y las que deban levantarse en los supuestos de prórroga, conjuntamente con el ingeniero residente y el contratista. Cualquier otra que se derive de las obligaciones propias de la ejecución del contrato.

ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL INGENIERO INSPECTOR DE OBRAS RECIBIR DEL CONTRATISTA OBSERVACIONES Y SOLICITUDES CONVENIENTES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA. LCP ART 106 RCLP ART 151 Y 167

OBRA

SUSPENDER TRABAJOS POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS TÉCNICAS, PLANOS, DOCUMENTOS, ESPECIFICACIONES. RLCP ART 158 AL 163 Y 166

CONOCER CABALMENTE EL CONTRATO QUE RIJA LA OBRA A INSPECCIONAR. RLCP ART 150, 151 Y 168

FISCALIZAR TRABAJOS Y CALIDAD DE OBRAS CONCLUIDAS O EN PROCESO. RLCP ART 157 Y 167

INFORMAR AVANCE TÉCNICO Y ADM. DE OBRA Y NOTIFICAR POR ESCRITO ONOMALÍAS, PARALIZACIONES. RLCP ART 164 Y 165

CUALQUIER OTRA QUE DERIVE DE LAS OBLIGACIONES PROPIAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. LCP ART 112, 115

ELABORAR Y FIRMAR ACTA DE INICIO DE OBRA CONJUNTAMENTE CON ING. RESIDENTE Y CONTRATISTA. LCP ART 103 RLCP ART 152 Y 164

RECHAZAR / RETIRAR MATERIALES, EQUIPOS FUERA DE ESPECIFICACIONES O CONDICIONES. RLCP ART 166

ELABORAR , FIRMAR Y TRAMITAR LAS ACTAS DE PARALIZACIÓN, PRÓRROGAS Y REINICIO CON ING. RESIDENTE Y CONTRATISTA. RLCP ART 152

ELABORAR Y FIRMAR EL ACTA DE TERMINACIÓN Y RECEPCIÓN PROVISIONAL O DEFINITIVA CON ING. RESIDENTE Y CONTRATISTA. LCP ART 120 AL 128 RLCP ART 180 AL 189

VELAR POR EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y CONDICIONES DE MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. RLCP AT 153 AL 157, 164 Y 173

SUPERVISAR CALIDAD DE MATERIALES / EQUIPOS / TECNOLOGÍA. RLCP ART 166

COORDINAR Y ANTICIPAR CON ENTE CONTRATANTE Y PROYECTISTA POSIBLES MODIFICACIONES DE OBRA. LCP AT 107 AL 111 RLCP At 148, 149

DAR ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL TRÁMITE, CONTROL Y PAGO DE VALUACIONES. LCP ART 116 Y 118 RLCP AT 178

La Ejecución de la Obra Incidencias paso a paso

ACTAS Y CONSTANCIAS DERIVADAS DE LA LCP Y EL RLCP • • • • • • • • •

Constancia de Visita la Obra Acta de Inicio Prórroga de Inicio (Solicitud) Acta de Replanteo (Nueva) Acta de Paralización Acta de Reinicio Prórroga de Ejecución Acta de Terminación Acta para Disposición de Partes de la Obras por Necesidad de Uso (Nueva) • Acta de Aceptación Provisional • Acta de cumplimiento del compromiso de responsabilidad social (Nueva) • Acta de Recepción Definitiva

• La palabra “Acta" viene del latín y significa "los hechos” • Acta: testimonio escrito de hechos ocurridos

CICLO DE VIDA DE LA OBRA EN ACTAS Acta de Recepción Definitiva Art 95 6, 115 - 11, 125 LCP

Constancia de Cumplimiento de la RSE Art 6 – 19, 44 – 14, 95 – 3 LCP y 39, 41 y 44 RLCP Acta de Aceptación Provisional Art 95 -6, 115 - 11, 129, 121, 123 y 124 LCP y 163, 186 y 187 RLCP

Acta de Disposición Art 185 RLCP

Constancia de Visita Art 168 RLCP

Acta de Inicio Art 95 - 1, 103 y 115 - 1 LCP y 152 RLCP

Prórroga de Inicio Art 95 – 5, 103 y 115 - 13 LCP y 152 RLCP

Rescisión

Inicio

Acta de Replanteo Art 154 LCP

Acta de Paralización Art 115 -13 LCP

Acta de Reinicio Art 103 y 115 – 13 LCP

Multa

Acta de Terminación Art 95 -6, 115 - 11, 129, 121 y 124 LCP

Prórroga de Ejecución Art 95 – 5, 115 – 13 y 122 LCP y 180 RLCP

REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO La documentación mínima asociada al Ingeniero Residente:

Documentación para formalizar el contrato (LCP ART 93):

-

-

Solvencia en el CIV. Clasificación según el OCEPRO. Resumen curricular que evidencie la experticia en el área. En cada caso los documentos deben estar vigentes y de reciente emisión.

-

Documentación legal de persona natural o jurídica Pliego de condiciones y ofertas Solvencia y garantías requeridas Cronograma de desembolso de la contratación, necesarios Certificados que establezcan la garantías respectivas y sus condiciones. Constancia de visita.

ETAPA PRECONTRACTUAL ETAPAS CUBIERTAS

-

-

LAPSOS DE TIEMPO

MARCO LEGAL DIRECTO

MARCO LEGAL INDIRECTO

Adjudicación

Con recomendación positiva de la comisión hasta un máximo 3 días a partir del informe de recomendaciones de la comisión. En este punto se solicita a la contratista la consignación de la documentación asociada al ingeniero residente.

LCP ART 84, 114

Firma del Contrato

Según el modelo de contrato Máximo 8 días a partir de adjudicación, se debe consignar entre 5 a 10 la documentación necesaria para formalizar la firma del días hábiles contrato. a partir de adjudicación .

LCP ART 93, 94

PRELIMINARES DE OBRA ETAPAS CUBIERTAS

LAPSOS DE TIEMPO

MARCO LEGAL DIRECTO

MARCO LEGAL INDIRECTO

-

Topografía y Ubicación en planta (si aplica).

RLCP ART 150, 151

-

Revisión del proyecto.

LCP ART 112, 114, 115 RLCP ART 150, 151, 168

-

Revisión del contrato.

Aproximadamente una (1) semana.

RLCP ART 169, 170

-

Control de las cantidades de ejecución de obra y control administrativo de la ejecución (validación de cómputos métricos y alcance).

Se hace una sola vez previo al inicio.

LCP 108 AL 111 RLCP ART 16 (13,14) 167, 168, 169

-

Información con autoridades locales.

RLCP ART 160, 162 Involucra permisos regionales, municipales, parroquiales y vecinales requeridos para la ejecución. Si aplica máximo 15 días continuos a partir de firma contrato

-

Verificación de permisología.

RLCP ART 161, 162

-

Otorgamiento anticipo

-

Ubicación de instalaciones provisionales.

LCP ART 112, 113, RLCP ART 168

-

Valla informativa de la obra

RLCP ART 171, 172

LCP ART 104

INICIOS DE LA OBRA ETAPAS CUBIERTAS -

-

Libro de obra. Formularios de Obra

LAPSOS DE TIEMPO -

Previo a la firma del acta de inicio

-

Según el contrato Notificación de inicio de la contratista al inspector 2 días previo, si no responde Notificación al supervisor 3 días previo Si, no se inicia Prorroga de Inicio Si es imputable al contratista, se aplica multa por día hábil, el mismo criterios aplica para las prórrogas

Firma acta de inicio. -

MARCO LEGAL DIRECTO

MARCO LEGAL INDIRECTO RLCP ART 139, 164 LCP ART 103 RLCP ART 152

Contrato

-

Retraso en ejecución

-

Coordinación de los trabajos.

LCP ART 112 RLCP ART 168

-

Replanteos.

RLCP ART 154

EJECUCIÓN DE LA OBRA ETAPAS CUBIERTAS -

LAPSOS DE TIEMPO

MARCO LEGAL DIRECTO

MARCO LEGAL INDIRECTO

Control de las mediciones de obra ejecutada (inspección y fiscalización diaria de los formatos de medición).

Durante la obra

-

Actualización del programa de trabajo.

Contractual

-

Paralizaciones de obra

Contractual

RLCP 16 (17), 165, 166

-

Control de ejecución de pruebas y ensayos.

Contractual

RLCP ART 157

-

Variaciones de la obra.

Contractual

LCP ART 108 AL 111 RLCP ART 167, 168, 169

-

Control de las valuaciones.

Entre recepción conformación de valuaciones mínimo 5, máximo 45 días; con 8 días para reparos

LCP ART 116 AL 118 RLCP ART 176 AL 178

-

Emergencias en la obra.

-

Elaboración de informes administrativos, técnicos y actas

-

Prorroga de ejecución de obra

-

Penalización por retraso de ejecución

RLCP ART 153, 155, 156, 167, 168, 169 Contrato

RLCP ART 159

Contractual 15 días antes del fecha de terminación de la obra Contractual, si penalización >=15% monto rescindir

Contrato RLCP ART 180 Contrato RLCP ART 181

CIERRE ETAPAS CUBIERTAS -

LAPSOS DE TIEMPO

MARCO LEGAL DIRECTO

MARCO LEGAL INDIRECTO LCP ART 121

Acta de terminación.

10 días antes del fin de la ejecución

-

Mediciones finales para el cierre técnico

En el lapso de los 60 días previos a solicitud de la aceptación provisional

-

Acta de aceptación provisional (Cierre Técnico) Mediciones finales para el cierre administrativo (solo si se aplicaron reparos posteriores al cierre técnico y ejecución de garantías)

En el lapso de 60 días a partir del acta de terminación

-

Recepción de planos finales de construcción

Contractual

-

Acta de recepción definitiva. (Cierre Administrativo)

En el lapso de 30 a partir de la solicitud.

LCP ART 125, 126 RCLP ART 184, 188

-

Finiquito del Contrato.

-

Evaluación de desempeño del contratista

20 días hábiles a partir del fin del periodo contractual

LCP ART 35

-

LCP ART 123 RLCP ART 183, 184, 185 RLCP ART 183, 184, 185 LCP ART 124 RCLP ART 186, 187, 189

Contractual Contrato

Conclusiones Evaluación de las expectativas

REVISIÓN DE LAS EXPECTATIVAS • Interactuar con el conjunto de leyes, códigos, decretos y sus reglamentos que deben ser acatados de manera inexcusable en el desempeño de la Ingeniería en Venezuela y cuyo desconocimiento no justifica su incumplimiento. • Conocimiento del rol como sujeto activo del INGENIERO INSPECTOR. • Conocimiento sobre los componentes básicos de una obra de ingeniería son: el proyecto, la ejecución y la inspección; ellos tienen diferencias cuantitativas, pero en términos cualitativos tienen idéntica importancia

REVISIÓN DE LAS EXPECTATIVAS • La inspección es quizás la etapa más compleja pues involucra los mecanismos para regular las variables; precio, calidad y tiempo, garantizando que el inversionista reciba una obra de calidad conforme a las normas, en el tiempo en que la necesita, sin alteraciones presupuestarias significativas. • Asimismo, uno de los mitos comunes, para justificar una inspección inadecuada, se refiere al costo de la inspección; en realidad ella no representa, bajo ninguna circunstancia, el 5 % del costo de la obra.

INFORMACIÓN ADICIONAL • La contratación en términos generales se rige por normas generales y específicas, algunas de ellas supranacionales, otras nacionales, regionales y municipales. • Se ha toma como base el “manual para los profesionales de las administraciones públicas latinoamericanas que se ven obligados a relacionarse con los privados para la adquisición de bienes o servicios o para la provisión de servicios públicos”. • Según la naturaleza del servicio o bien sujeto a la licitación, en general esto con la finalidad de “conseguir el mejor precio para la administración o para el usuario del servicio y evitar discrecionalidades, arbitrariedades e incluso conductas de corrupción, lo ideal es que se establezcan mecanismos de licitaciones públicas que garanticen la mejor actuación del Estado y la transparencia entre las empresas o personas que compiten por el contrato. • De esta manera, se garantiza la competencia técnica del que ofrece el bien o servicio y un tratamiento igualitario entre todos los competidores”

Ciclo de Preguntas y Respuestas 15 min.

NORMAS

• Una por vez • 2 min. por participante por vuelta • Hasta 3 preguntas

REFLEXIÓN FINAL

•“Un inspector no tiene derecho a exigir más de lo convenido ni autoridad para aceptar menos de lo estipulado”

Gracias por su atención

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