La Fase de Ejecución de Sentencias en El Proceso Penal Venezolano

January 19, 2019 | Author: Andrés Molina Mena | Category: Capital Punishment, Punishments, Criminal Law, Evidence (Law), Prison
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Republica Bolivariana de Venezuela Venezuela Ministerio del PP. Para la Educación Superior  Universidad Rafael Urdaneta Derecho Procesal Penal II

La Fase de Ejecución de Sentencias en el Proceso Penal Venezolano

Integrantes:

 ndr!s Molina "I# $%.&&&.'$( $%.&&&.'$( )eonardo Montero "I# $%.**+.,$,

Esquema

+. Introducción $. Principios de la e-ecución de la pena se/n la doctrina 0 la le0. '. Participación del -uez de e-ecución en la fase de e-ecución en la rehabilitación del penado de acuerdo a las co1petencias establecida en el "2PP. 3. Procedi1iento establecido en el "2PP en la fase de e-ecución relacionado al có1puto definitivo de la pena. ,. E4plicar si el principio establecido en la )e0 de R!i1en Penitenciario se/n el cual las penas se orientan a la rehabilitación 0 reinserción del penado es posible de acuerdo a la 5eor6a del aprendiza-e o asociación diferencial de Sutherland. *. Proceso de suspensión condicional de la pena &. 5eor6a de la 16ni1a intervención o pelirosidad dentro de los re7uisitos e4iidos en el beneficio de la suspensión condicional de la e-ecución de la pena. 8. )a fiura del Deleado de prueba en la suspensión condicional de la pena (. 9or1ulas alternativas del cu1pli1iento de la pena 0 e4pli7ue el procedi1iento para su aplicación +%.)a redención -udicial de la pena por el traba-o 0 el estudio ++. Procedi1iento para solicitar la libertad condicional hasta su otoración. +$."entros penitenciarios a nivel nacional: su clasificación: có1o es la distribución de los penados 0 el estado actual de sus instalaciones. +'."ritica personal al siste1a penitenciario 0 al proceso de e-ecución de sentencias establecido en el "2PP +3."onclusión +,.Biblioraf6a

1. Introducción.

Por 1edio de este traba-o se lorar; establecer clara1ente en 7ue consiste el procedi1iento de la e-ecución penal: cuales son los principios: cual es la participación del -uez de e-ecución en la fase de e-ecución en la rehabilitación del penado de acuerdo a las co1petencias establecida en el "2PP: el procedi1iento establecido en el "2PP en la fase de e-ecución relacionado al có1puto definitivo de la pena: e4plicar cual es el principio establecido en la )e0 de R!i1en Penitenciario se/n el cual las penas se orientan a la rehabilitación 0 reinserción del penado es posible de acuerdo a la 5eor6a del aprendiza-e o asociación diferencial de Sutherland: el proceso de suspensión condicional de la pena: la teor6a de la 16ni1a intervención o pelirosidad dentro de los re7uisitos e4iidos en el beneficio de la suspensión condicional de la e-ecución de la pena: la fiura del Deleado de prueba en la suspensión condicional de la pena: cuales son las for1ulas: la redención  -udicial de la pena por el traba-o 0 el estudio: el procedi1iento para solicitar la libertad condicional hasta su otoración: identificar ade1;s los centros penitenciarios a nivel nacional: su clasificación: có1o es la distribución de los penados 0 el estado actual de sus instalaciones 0 por /lti1o una critica personal sobre la situación de estos centros penitenciarios: a 1anera de refle4ión. 5odo esto a desarrollar a1pliar;n nuestros conoci1ientos en 1ateria de derecho procesal penal: parte funda1ental 0a 7ue en si esta es la fase final de todo este laro proceso.

2. Principios de la ejecución de la pena segn la doctrina ! la le!.

a< Principio de e-ecutabilidad# Reconocido en el nu1eral , del rt 33 de la constitución: nor1a se/n la cual nadie continuar; en detención despu!s de dictada orden de e4carcelación por la autoridad co1petente o una vez cu1plida la pena i1puesta. b< Principio de lealidad# =o puede i1ponerse 0 1enos a/n e-ecutarse una pena no prevista previa 0 e4presa1ente por la le0 >rt + del "Pel  -uez de e-ecución< debe proceder a e-ecutarla. e< Principio de 7ue las penas se orientar;n a la reorientación 0 reeducación del penado. Este postulado lo recoe el rt $ de la le0 de r!i1en penitenciario. f< Principio de variabilidad en la duración de las penas privativas de libertad. )a pena puede durar 1enos de lo fi-ado por el tribunal sentenciador: nunca 1;s. Esto podr6a concretarse en los casos de a1nist6a: indulto o cuando el perdón del ofendido tiene efecto e4tintivo de la pena. < Defensa# Se/n el rt 3&8: el condenado podr; e-ercer: durante la e-ecución de la pena: todos los derechos 0 las facultades 7ue las le0es penales: penitenciarias 0 los rela1entos le otoran: planteando ante el tribunal de e-ecución todas las observaciones 7ue: con funda1ento en a7uellas relas: esti1e convenientes. h< 2ralidad 0 publicidad# Pues a tenor de lo dispuesto en el rt 38': el -uez de e-ecución puede convocar la celebración de una audiencia p/blica 0 oral para resolver sobre al/n incidente 7ue tena 7ue ver con la e-ecución o la e4tinción de la pena o la concesión de aluna 1edida de libertad. 5a1bi!n para el e4a1en de las 1edidas de seuridad: se prev! la celebración de una audiencia oral. i< Intervención del Ministerio P/blico# "on la intervención del Ministerio P/blico en esta fase el proceso se refuerza su car;cter de parte de buena fe: pues este funcionario es uno de los leiti1ados para interponer a favor del reo el recurso de revisión: /nico recurso procedente contra la sentencia fir1e.  -< Derecho a recurrir# "ontra las decisiones dictadas por los -ueces de e-ecución procede el recurso de apelación: el 7ue ser; resuelto por las cortes de apelaciones.

". Participación del juez de ejecución en la #ase de ejecución en la re$a%ilitación del penado de acuerdo a las competencias esta%lecida en el &'PP.

"uando el leislador crea las le0es penales: la hace para 7ue los tribunales la apli7uen: lo 7ue 7uiere decir: 7ue los tribunales al sancionar al individuo: est;n aplicando lo 7ue el leislador creó. "uando el -uez de -uicio sanciona penal1ente a un individuo 7ue se ha0a co1probado ser violador de las le0es penales: esta haciendo una especie construcción 1oral  sobre una persona 0 si a esta obra se le su1a la idea 7ue se tiene del derecho penal: en el sentido de 7ue la finalidad ulti1a de las pena es resocializar 0 reeducar al individuo para devolverlo co1o bueno a la sociedad: 7ue 1e-or oportunidad esta: para 7ue el poder -udicial le de seui1iento a su construcción. Es ah6 la función i1portant6si1a de este funcionario: de viilar 0 controlar la e-ecución de lo 7ue establece una sentencia: de arantizar el respeto de los de1;s derechos 7ue le asisten al condenado 0 de evitarle al penado un doble estado de victi1ización. El -uez de la e-ecución de la pena: entre sus otras funciones: tiene la obliación de construir un nuevo ciudadano: de velar por7ue el condenado presente sino de proreso con relación a su co1porta1iento 7ue dio orien a la sanción 0 por v6a de consecuencia devolverlo co1o bueno a la sociedad.

(. Procedimiento esta%lecido en el &'PP en la #ase de ejecución relacionado al cómputo de#initi)o de la pena.

  los efectos de la e-ecución de la pena privativa de libertad el tribunal de e-ecución deber; practicar el có1puto definitivo: con base en las previsiones del rt 3% del códio penal: descontando de la pena a e-ecutar la privación de libertad 7ue hubiere sufrido el penado durante el proceso o la sufrida por el penado en el e4tran-ero: en un procedi1iento de e4tradición con fines de e-ecución penal 0 deter1inar con e4actitud la fecha en 7ue finaliza la condena 0: en su caso: la fecha a partir de la cual el penado podr; solicitar su libertad condicional. )a resolución 7ue dicte deber; notificarla al Ministerio P/blico: al penado 0 a su defensor: 7uienes podr;n hacer observaciones al có1puto dentro del plazo de tres d6as. El có1puto es sie1pre refor1able: a/n de oficio: cuando se co1pruebe un error o nuevas circunstancias lo tornen necesario. Si con ocasión de la e-ecución o e4tinción de la pena: el otora1iento de la libertad condicional u otra 1edida se planteare al/n incidente: el tribunal convocar; a una audiencia oral 0 p/blica: citando a los testios 0 e4pertos 7ue deban infor1ar durante el debate. De no ser necesaria tal convocatoria: el tribunal decidir; dentro de los tres d6as siuientes. "ontra la resolución dictada procede el recurso de apelación: cu0a interposición no suspender; la e-ecución de la pena: a 1enos 7ue as6 lo dispona la corte de apelaciones.

*. E+plicar si el principio esta%lecido en la Le! de ,-gimen Penitenciario segn el cual las penas se orientan a la re$a%ilitación ! reinserción del penado es posi%le de acuerdo a la eor/a del aprendizaje o asociación di#erencial de Sut$erland.

Se/n esta teor6a la conducta cri1inal es aprendida 1ediante la co1unicación social: en el Interior de un rupo restrinido donde se establecen relaciones personales >iual 7ue cual7uier 2tro 1odelo de co1porta1ientoefe de R!i1enF u4iliar de efe de R!i1enF ViilantesEnfer1er6a: 2dontolo6a: Psicolo6a
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