La Extinción de La Pena

December 6, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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LA EXTINCIÓN DE LA PENA

 

CONCEPTO:

La extinción de la pena tiene como presupuestos específicos las circunstancias que sobrevienen después de cometida la infracción penal, y tiene como fundamento la anulación de la ejecución de la pena. Para el sujeto que cometió el delito desaparece la obligación de cumplir la pena consecuencia de su accionar accionar..

 

ARTICULO 87° DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO E!"#$"%# &E L'( )E&"&'( )E& "&'( &E !*'! !*'!')"E#!% &E "#")P+!'LE( La ejecución de la medida de tratamiento se considerarextinguida si se acredita que las condiciones personales del sujeto no corresponden a las que ubieran dado origen a su imposición.

 

CAUSALES DE LA EXTINCIÓN DE LA PENA. En $ódigoporPenal del estado de )éxico se establecen las causales las cuales se extingue la ejecución penal del articulo //0 al 120, siendo las siguientes3 La muerte del condenado la amnistía el indulto la prescripción. El cumplimiento de la pena impuesta. Perdón del ofendido en los delitos de acción privada. •











 



MUERTE DEL INCULPADO 'rtículo // $PE).4 La

muerte del inculpado extingue la pretensión punitiva, incluso la pena impuesta, con excepción del decomiso de los instrumentos y efectos del delito.



AMNISTIA  'rtículo /1 $PE).4 La amnistía extingue la

pretensión punitiva y todas las consecuencias jurídicas del delito, como si éste no se ubiere cometido, sin perjuicio de la reparación del da5o.

 



INDULTO  'rtículo 16 $PE).4 El indulto por gracia de la

pena impuesta en la sentencia irrevocable, la extingue por lo que respecta a su cumplimiento, pero no en sus efectos en cuanto se refiere a la reincidencia ni a la obligación de reparar el da5o. El indultado no podr- abitar en el mismo lugar que el por ofendido, su cónyuge, o descendientes el tiempo que a no ascendientes mediar indulto, debería durar la condena, quedando en caso contrario, sin efecto el indulto concedido .

 



POR PRESCRIPCIÓN.  El pla7o de prescripción de la pena

se empie7a a contar desde la feca de la sentencia de término o de la feca del quebrantamiento de la condena, si est- ubiese comen7ado a cumplirse. no procede la suspensión, sino que 8nicamente la interrupción por •

comisión de nuevo crimen o simple delito. CUMPLIMENTO DE LA PENA. articulo /90 $PE). Las penas y medidas de seguridad se extinguen con todos sus efectos, en el momento en que se agota su cumplimiento o por las que ayan sido sustituidas o conmutadas. 'simismo, la que se ubiese suspendido se extinguir- por el cumplimiento de los requisitos establecidos al otorgarla, en los términos y dentro de los pla7os legalmente aplicables

 



PERDON DEL OFENDIDO 'rtículo 12.4 El perdón del

ofendido extingue la pretensión punitiva y la pena en su caso, respecto de los delitos que se persiguen por querella necesaria. %torgado el perdón y no abiendo oposición a él, no podr- revocarse. !rat-ndose de delitos cometidos con violencia de género que admitan el perdón, éste estarcondicionado a la reparación del da5o, en su caso, a que el indiciado se someta al tratamiento necesario en alguna institución p8blica de salud de la entidad, para evitar conductas reiterativas. Para tal efecto, el )inisterio P8blico deber- vigilar su efectivo cumplimiento. El perdón puede ser otorgado por el ofendido o por su representante legal, si aquél fuese menor de edad o estuviera incapacitado.

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