La Confirmacion Del Acto Juridico

June 12, 2019 | Author: Ya Garcia | Category: Void (Law), Philosophical Science, Ciencia
Share Embed Donate


Short Description

Download La Confirmacion Del Acto Juridico...

Description

LA CONFIRMACION DEL ACTO JURIDICO  

DOCENTE

DEL CURSO: Abog. NATIVIDAD CARRILLO ROMAN

CURSO : ACTO JURIDICO

ALUMNOS : MIGUEL ANGEL CARDENAS CARDENAS MILAGROS LISSETH GARCIA  JOAQUIN  JOAQUIN DOMINGO ALCAHUAMAN HUAMANI MONICA YUFRA MAMANI SUSAN CHIPANA PARI PARI

FACULTAD:  DERECHO Y CIENCIA POLITICA

 ESCUELA ACADEMICA PROFESIONAL:

 DERECHO

 TACNA-PERU  TACNA-PERU 2016

AGRADECIMIENTOS  A Dios, por brindarnos la dicha de la salud y bienestar físico y espiritual.  A nuestros padres, como agradecimiento a su esfuerzo, amor y apoyo incondicional, durante la formación tanto personal como profesional.  A los docentes, por brindarme su guía y sabiduría en el desarrollo de este trabajo



RESUMEN

Una vez vislumbrado el concepto de anulabilidad podemos entender mejor que es la confirmación. ue se define como una forma de convalidación de un acto a nulable, p o r m e di o d e l a c u al e l t i tu l a r d e l a a c ci ó n d e an ul ab ili da d ma ni fie st a e! pr es a o t"citamente su deseo de querer la validez

y

eficacia

definitiva del

acto

anulable. #acon firm aci ón enc uen tra su fun dam ent o e n e l p rin cipi o d e co ns er va ci ó n de l ac to jurídico.#a confirmación implica la renuncia a la acción de anulabilidad $acto negativo%, pero es alg o m"s que una sim ple renuncia, es una manifestación de la voluntad e!presa o tacita de que se quiere mantener el acto libre de toda amenaza de destrucción $acto positivo%.

ABSTRACT

&nce 'e glimpsed the concept of nullity can better understand 'hich is the confirmation. (hich it is defined as a form of validation of a voidable act by 'hich the holder of the action of nullity e!pressly or tacitly e!pressed his desire to the validity and effectiveness of the voidable final act. #a confirmación is founded on the principle of conservation of jurídico. #a act confirmation implies renunciation of  action of nullity $ negative action %, but is more than a simple renunciation , is a manifestation of the e!press 'ill or implied that you 'ant maintain the free act of  any threat of destruction $ positive act %

INTRODUCCIÓN !

)ara conocer m"s profundamente la confirmación del acto jurídico comenzaremos por desarrollar el concepto de anulabilidad que se fundamenta en la protección del inter*s privado+ del legitimado para accionar, de ahí que frente al acto anulable, la parte afectada puede optar, si tiene necesidad en la protección, por demandar   judicialmente para que se declare su nulidad, o , si ya no tiene necesidad de protección, puede convalidarlo mediante confirmación o puede dejar que transcurra el plazo de prescripción para ejercer la acción de anulación $prescripción e!tintiva o liberatoria o sanatoria%, o renunciar a la acción una vez que ha cesado la causal de anulabilidad. Una vez vislumbrado el concepto de anulabilidad podemos entender mejor que es la confirmación. ue se define como una forma de convalidación de un acto anulable, por medio de la cual el titular de la acción de anulabilidad manifiesta e!presa o t"citamente su deseo de querer la validez y eficacia definitiva del acto anulable. #a confirmación encuentra su fundamento en el principio de conservación del acto jurídico. #a confirmación implica la renuncia a la acción de anulabilidad $acto negativo%, pero es algo m"s que una simple renuncia, es una manifestación de la voluntad e!presa o tacita de que se quiere mantener el acto libre de toda amenaza de destrucción $acto positivo%. l acto anulable es eficaz desde su celebración, produce los efectos que le son propios como si se tratara de un acto sano sin defectos o vicios que afecte su validez, aunque est" amenazado de anulabilidad, la confirmación suprime la amenaza de anulación y asegura la validez y eficacia definitiva del acto que ya no podr" ser impugnado de anulabilidad- la e!tinción de la amenaza de destrucción del acto no significa que la confirmación tiene efectos retroactivos, sino que simplemente el acto y sus efectos ya producidos dejan de estar amenazados de ser destruidos mediante anulación. &&/0& 1anuel, Diccionario de 2iencias 3urídicas )olíticas y ociales $#a conveniencia individual de una persona frente a otra. l bien de los particulares contrapuesto al de la colectividad, al social, del stado como persona de Derecho )4blico.

INDICE "

CAPITULO I 6

I.1 DEFINICION: s aquella forma mediante la cual se convalida, reafirma o se solidifica los efectos de determinado acto jurídico, que inicialmente estuvo incurso o llevaba consigo determinada causal de anulabilidad, es decir, nulidad relativa. 2omo se ha se5alado, sólo es factible la confirmación de los actos anulables, mas no se puede hacer e!tensiva esta figura jurídica respecto a aquellos actos que cuentan con una causal de nulidad absoluta.

I.1.1 características de a c!"#ir$aci%" on las siguientes6









s unilateral y recepticia, por cuanto el acto ratificatorio es potestad de qui*n puede ejercer la acción de anulabilidad del acto jurídico y, adem"s la voluntad confirmatoria debe estar dirigida a todo aquel que tenga el legítimo inter*s en mantener o conservar vigente el acto jurídico. Una vez realizada la confirmación, el que lo hace renuncia a cualquier  acción posterior tendiente a cuestionar la validez del acto jurídico vía la anulabilidad del mismo. #a confirmación, al convalidar el acto anulable, se convierte en un acto irrevocable, es decir, inevitablemente se subsanan los defectos que inicialmente mantuvo el acto jurídico. 7enera efecto e!8tunc, es decir se convierte en un acto declarativo, por  cuanto la confirmación retrotrae sus efectos al momento de la celebración del acto jurídico.

#

Del mismo modo l Diccionario De 2iencias )olíticas 3urídicas 9 ociales define a confirmación como6 o n relación con los actos jurídicos, la confirmación no constituye sino la ratificación, que para su eficacia precisa reunir los requisitos e!igidos por la ley- esto es, capacidad, consentimiento, objeto y causa. 2onfirmado un acto, surte el mismo efectos retroactivos, por conceptuarlo v"lido desde el instante de su celebración. )or su parte /afael De )ina en su diccionario de Derecho menciona6 /A# A2AD10A D #A #:7UA )A;&#A, Diccionario de la lengua spa5ola, d. spasa 2alpe 1adrid &&/0& 1anuel, Diccionario de 2iencias 3urídicas )olíticas y ociales, o #a confirmación es un acto jurídico unilateral, mediante el cual la persona interesada en la anulación de un acto de esta naturaleza, manifiesta tenerlo por valido e!presa o t"citamente produci*ndose, en consecuencia, su convalidación. o 1anifestación de la voluntad hecha por la persona a quien corresponde el derecho de impugnarla del vicio que adolece, De lo mencionado podemos deducir  que la palabra confirmación, derivada del verbo confirmar, es conocida o utilizada con diversos sinónimos, a saber6 corroborar, subsanar, remediar, revalidar  convalidar o ratificar y se utiliza para hacer del conocimiento que determinado acto que en principio hubiera podido resultar vicioso o defectuoso, se perfecciona y tiene plena validez por parte del o de los sujetos que intervienen en su celebración.

I.& ELEMENTOS: $

De todo lo antes mencionado podemos mencionar los elementos de la confirmación, son los siguientes6

a. s un acto 3urídico Unilateral b. olo la persona interesada puede confirmar. c. )rocede sobre un acto jurídico anulable. d. #a manifestación puede ser e!presa o tacita. e. )roduce la convalidación o perfección del acto



#a unilateralidad y el inter*s de confirmación devienen del hecho que de acuerdo a los razonamientos e!puestos en el estudio de la ineficacia del acto jurídico, la falta de capacidad, formalidad y ausencia de vicios de la voluntad, produce su nulidad relativa, por ende, solo puede ser invocada por la parte interesada, esto es, la que ha sido perjudicada por esos defectos o vicios. e trate de actos nulos o actos anulables, los 4nicos actos que pueden confirmarse son los de nulidad relativa. D )0:A, &&/0& 1anuel, Diccionario de 2iencias 3urídicas )olíticas y ociales,.  Acto anulable l que cabe dejar sin efecto por haberlo ejecutado quien padecía de incapacidad, o ante la e!istencia de alg4n vicio del consentimiento o de forma. l acto anulable, hasta pedirse o declararse su anulación, surte efectos, e incluso resulta posible su validez plena mediante la confirmación o ratificación, desaparecidas las causas que lo viciaban.



#a nulidad relativa esta impuesta para proteger el inter*s privado, el inter*s de la persona que sufre el vicio, por lo tanto es aceptable que la persona a favor de la cual se estableció la nulidad puede renunciar a ella y confirmar  el acto viciado. ? #a nulidad absoluta, en cambio esta impuesta, en defensa y protección del inter*s p4blico, por eso es que no se permite que ella %

pueda ser confirmable. n cuanto a que procede sobre un acto jurídico anulable debe decirse que la confirmación, por regla general, procede sobre un acto jurídico anulable, que para la procedencia de la confirmación es requisito que sea respecto de algo e!istente, o dicho al contrario, la nada no es definitiva, e!iste casos en que un negocio
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF