La Administración tributaria.ppt

March 3, 2019 | Author: Donaldo Karoy Chavez | Category: Taxes, Venezuela, Social Institutions, Sociedad, Government Information
Share Embed Donate


Short Description

Download La Administración tributaria.ppt...

Description

LA ADMINIST ADMINISTRACIÓN RACIÓN TRIBUTARIA Mario J. Pires A

 AGENDA Tributación. Sistea Tributario. Derec!o Tributario.  A"inistración Tributaria Tributaria  A"inistraciones Tributarias Tributarias en #ene$ue%a. #ene$ue%a. &unciones "e %a A"inistración Tributaria. &acu%ta"es "e %a A"inistración Tributaria. Deberes "e %a A"inistración Tributaria.

TRIBUTACIÓN

Sistea Tributario Derec!o Tributario  A"inistración Tributaria Tributaria

SISTEMA TRIBUTARI'

Con(unto "e tributos )i*entes en un +a,s en un oento "eterina"o.

DISTRIBUCIÓN DEL PODER PÚBLICO EN VENEZUELA MAPA DE VENEZUELA

A) PODER NACIONAL B) PODER ESTADAL C) PODER MUNICIPAL

TRIBUTOS DEL PODER NACIONAL A) Es de la competec!a del Pode" P#$l!co Nac!oal% Nac!oal A"t!c&lo '(* N&me"al '+, -CRBV)   “La creación, organización, recaudación, administración y control de los !mp&estos so$"e la "eta , sobre sucesiones, doac!oes y demás ramos conexos, el cap!tal, la p"od&cc!., el /alo" a0"e0ado , los hidrocarburos y minas; de los 0"a/1mees a la !mpo"tac!. 2 e3po"tac!. de $!ees 2 se"/!c!os ; de los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco; y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta onstitución o por la ley!

B) Es de la competec!a e3cl&s!/a de los Estados% A"t!c&lo '4* N&me"al 4,   "#$%&“La organización, recaudación, control y administración de los "amos t"!$&ta"!os  propios, seg'n las disposiciones de las leyes nacionales y estadales(

N&me"al 5,  La creación, organización, recaudación, control y administración de los "amos de papel sellado* t!m$"es 2 estamp!llas So !0"esos de los Estados % A"t!c&lo '5* N&me"al +, “Las tasas  por el uso de sus  bienes y ser)icios, multas y sanciones, y las que le sean atribuidas!

N&me"al (, “Los dem1s !mp&estos* tasas 2 cot"!$&c!oes espec!ales 6&e se les as!0e po" le2 ac!oal, con el fin de promo)er el desarrollo de las

TRIBUT'S DEL P'DER ESTADAL

TRIBUTOS DEL PODER MUNICIPAL C) So !0"esos de los M&!c!p!os % A"t!c&lo '57* N&me"al + ( “Las tasas  por el uso de sus  bienes y ser)icios, las tasas administrati)as por licencias o autorizaciones; los !mp&estos so$"e act!/!dades

eco.m!cas de !d&st"!a* come"c!o* se"/!c!os* o de 8dole s!m!la", con las limitaciones establecidas en esta onstitución; los impuestos sobre !m&e$les &"$aos , /e9!c&los, espectáculos p'blicos, *uegos y apuestas licitas, p"opa0ada 2 p&$l!c!dad come"c!al ; y la contribución especial sobre plus)al+as de las propiedades generadas por cambios de uso o de intensidad de apro)echamiento con que se )ean fa)orecidas por los planes de ordenación urbanistica(

N&me"al :, “El !mp&esto te""!to"!al o so$"e p"ed!os "&"ales* la participacuión en la contribución por me*oras y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme a las leyes de creación de dichos tributos!

SISTEMA TRIBUTARI' #ENEUELA Impuestos

Poder Nacional 

I.S.L.R I.V.A I.D.B ADUANAS TELECOM HIDROCARBUROS

ADUANAS REGISTRO LICENCIAS

REGISTRO LICENCIAS PEAJES

Poder Estadal 

Poder  Municipal 

Tasas

I.S.A.E.D.I.C.S I.S.I.U I.S.V I.S.P.Y.P

REGISTRO LICENCIAS

Contribuciones Especiales

SEGURO SOCIAL SEGURO DE PARO F AHORRO HABITACIONAL INCE

DEREC;' TRIBUTARI'

Princi+io "e Le*a%i"a" Tributaria /No +o"r0n cobrarse i+uestos1 tasas1 ni contribuciones 2ue no est3n estab%eci"os en %a %e-1 ni conce"erse e4enciones reba(as1 ni otras 5oras "e incenti)os 5isca%es1 sino en %os casos +re)istos en %a %e-67 Art. 89: CRB#

 ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Ór*ano o ente "e% +o"er +ub%ico< naciona%1 esta"a% o unici+a% cu-o ob(eti)o +rior"ia% es %a recau"ación "e %os tributos atribui"os a su co+etencia +or an"ato "e %a Constitución - %a %e-.

Base %e*a% "e %a A"inistración Tributaria Constitución "e %a Re+=b%ica Bo%i)ariana "e #ene$ue%a<  Art. 89> /E% sistea tributario67 /6+ara e%%o se sustentar0 en un sistea e5iciente +ara %a recau"ación "e %os tributos.

Base %e*a% "e %a A"inistración Tributaria Constitución "e %a Re+=b%ica Bo%i)ariana "e #ene$ue%a<  Art. 89: /La A"inistración Tributaria Naciona% *o$ar0 "e autono,a t3cnica1 5unciona% 5inanciera "e acuer"o con %o a+roba"o +or %a  Asab%ea Naciona% - su 04ia autori"a" ser0 "esi*na"a +or e% Presi"ente o Presi"enta "e %a Re+=b%ica1 "e con5ori"a" con %as noras +re)istas en %a Le-

¿A que tribut! " re#$%i&e! 'ur()i%$! )eri*$)$! )e e##!+ !& $,#i%$b#e! #$! )i!,!i%i&e! )e# C&)i- Or-&i% Tribut$ri/ Tributos Naciona%es< Tributos a"uaneros<

A %as re%aciones (ur,"icas "eri)a"as "e e%%os Me"ios "e e4tinción "e %as ob%i*aciones Recursos a"inistrati)os Recursos (u"icia%es Deterinación "e intereses Noras +ara %a a"inistración "e ta%es tributos De0s e5ectos se a+%icar0 con car0cter su+%etorio.

Tributos Esta"a%es<

Se a+%icar0n en 5ora su+%etoria

Tributos Munici+a%es<

Se a+%icar0n en 5ora su+%etoria

Para %os tributos - sus accesorios "eterina"os +or A"inistraciones Tributarias e4tran(eras1 cu-a recau"ación sea so%icita"a a %a Re+=b%ica "e con5ori"a" con %os res+ecti)os trata"os internaciona%es1 este Có"i*o se a+%icar0 en %o re5erente a %as noras sobre e% (uicio e(ecuti)o.

Po"er Naciona%

Ministerio "e Ciencia - Tecno%o*,a

Ministerio "e In"ustrias B0sicas

Ministerio "e &inan$as

SENIAT

Ministerio "e In5raestructura

Ministerio "e% Traba(o

C'NATEL

I#SS

Gobernación "e #ar*as

Gobernación "e M3ri"a

Po"er Esta"a%

Gobernación "e Lara

Gobernación "e% u%ia

Gobernación "e Miran"a

Distrito Ca+ita% Po"er Munici+a%

Munici+io C!acao

Munici+io Baruta

Munici+io Sucre

Munici+io Liberta"or 

Munici+io E% ;ati%%o

OBLIGACI1N TRIBUTARIA ART. 36

HECHO IMPONIBL E

RELACI1N JURIDICO TRIBUTARIO

SUJETO ACTIVO 0 ADMINISTRACI1N TRIBUTARIA2 ART. 34 COT

SUJETO PASIVO ART 35. COT

&UNCI'NES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ? Dirección ? Coor"inación ? Su+er)isión NI#EL DIRECTI#'

NI#EL N'RMATI#'

NI#EL 'PERATI#'

? P%ani5icación ? 'r*ani$ación ? Su+er)isión

? E(ecución ? Contro%

FACULTADES GENERALES DE LA ADMINISTRACI7N TRIBUTARIA ART. 383 COT La actuación de la dministración -ributaria debe regirse, en primer lugar, por las disposiciones que de manera muy clara y expresa, consagra la onstitución de la #ep'blica $oli)ariana de %enezuela( s+, cualquier acto que contrar+e el esp+ritu y  propósito de estas normas fundamentales estar+a )iciado de nulidad, como bien lo establece una antigua .urisprudencia de la orte /ederal0 “((( 1orque la dministración 1'blica, como órgano de la acti)idad estatal, no  puede e*ercitar sus funciones sino dentro de los precisos l+mites del derecho positi)o,  pues la demarcación de estos constituye la garant+a establecida en beneficio de los  particulares o administrados contra las posibles arbitrariedades de la autoridad e*ecuti)a, máxime cuando se trata de la llamada dministración reglada, cuyos actos están su*etos a las definiciones de Ley, #eglamento o cualquier otra norma administrati)a(! orte /ederal y de asación 2entencia de fecha 34 de octubre de 5678(

FACULTADES GENERALES DE LA ADMINISTRACI7N TRIBUTARIA "535 -& ? La super)isión, control, fiscalización de los tributos de su competencia; 9 La recaudación de los tributos de su competencia; 9 La aplicación e interpretación de las leyes tributarias; 9 El registro de contribuyentes; 9 El otorgamiento de licencias y permisos especiales; 9 La :i)ulgación e información; 9 La recopilación de datos económicos y estad+sticos(

FACULTADES GENERALES DE LA ADMINISTRACI7N TRIBUTARIA L$ !u,er*i!i9&+ %&tr#+ :i!%$#i;$%i9& )e #! tribut! )e !u %
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF