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INTRODUCCION En el libro “Sobre la paz perpetua”, Kant propone unas teorías sobre como los
hombres podríamos entablar la paz para siempre. Pero al llevarlos a la práctica, nos damos cuenta que son solo utopías, porque se corrompen en la actividad humana. Se menciona en forma de burla, que la único forma de alcanzar la paz perpetua sería en un cementerio, cuando no hayan intereses de por medio para entablar una guerra. Los ideales que se van a exponer posteriormente se basan principalmente en la asociación de estados, que por medio de disposiciones mutuas se logre un acuerdo donde se garanticen los derechos de cada cual. De igual manera internamente los estados también deben implantar unas leyes basadas en una forma de gobierno republicano para poder funcionar correctamen correctamente. te. Igualmente Kant plantea que la razón práctica es la que nos impulsa a contrarrestar los impulsos egoístas del ser humano, implantando deberes que conducen al cumplimiento de un fin moral. Lo más interesante de la obra de Kant que fue terminada en 1795, es la vigencia que tiene hasta ahora, como si estas pautas fueran leyes universales. Lastimosamente no fueron tomadas en cuenta por algunos gobernantes de las grandes guerras del siglo XX, pero si lo hubieran hecho, se habrían dado muchos problemas. En el siguiente informe se mostraran los 6 artículos preliminares que los Estados deberían tener en cuenta antes de implantar los 3 artículos definitivos para la paz perpetua. Y por último, se expondrán 2 suplementos que los Estados deberían analizar para la completa ejecución del tratado. CONCEPTOS BÁSICOS Derecho de gentes: Es un derecho que determinaría que es justo según máximas unilaterales de poder y no según leyes exteriores limitantes de la libertad del individuo de validez universal. Relaciones mutuas en cuanto formando estados diferentes que no deben fundirse en uno solo. Derecho Público: Según Kant es la unión del derecho de gentes y el derecho cosmopolita para poder llegar a la paz perpetua. Recula las relaciones entre las personas y entidades con los órganos del poder público. Estado: Es la voluntad unida que hace posible el derecho orden jurídico y que solo se lleva a cabo con un orden objetivo de convivencia. El estado entonces se entiende como la condición autónoma del derecho y la libertad. Federación: Es una agrupación institucionalizada de entidades sociales relativamente autónomas. Despotismo: Es el principio de la ejecución arbitraria por el estado de leyes que un gobernante se ha dado por él mismo, a partir de esto la voluntad pública comienza a ser manejada por el gobernante como su voluntad particular. Derecho a la guerra: Es la última herramienta que podría ser eficaz para hacer valer los derechos. Es decir cuando la manera que tendría una comunidad para hacer valer sus derechos sería solo la guerra.
SOBRE EL CONCEPTO DE REPÚBLICA Kant propone como mejor forma de gobierno el republicanismo. El republicanismo es lo que se basa en los principios de libertad y de igualdad de los ciudadanos y cuenta con una separación de poderes y representación. También rige unos principios en su constitución, los derechos individuales en cuanto a los hombres, igualdad de súbditos y en cuanto a los ciudadanos. Esta forma de gobierno va en contra del despotismo y parte de unos principios para que se dé acabo: 1. Estado de derecho, donde Estado es la voluntad unida que hace posible el derecho y es lo que garantiza el derecho. Se entiende por Estado como la condición de derecho y de libertad. Es concebida como la autodeterminación racional del hombre, por lo tanto, la naturaleza del Estado consiste en ser la garantía del derecho. 2. Sistema de representación. El republicanismo tiene un ideal representativo, que es una división de poderes que deriva de representar la sociedad poniendo unas pautas que ayudan a controlar o determinar las leyes de una constitución republicana. ARTÍCULOS PRELIMINARES 1. «No debe considerarse válido ningún tratado de paz que se haya celebrado con la reserva secreta sobre alguna causa de guerra en el futuro.» (Kant, 1795, p. 5) Según Kant, no se puede firmar ningún tratado de paz en la guerra sin que se hayan eliminado todas las hostilidades que ella conlleva, porque de lo contrario, lo que se estaría haciendo sería simplemente un armisticio o aplazamiento de las hostilidades que después causarían nuevamente una guerra. 2. « Ningún Estado independiente podrá ser adquirido por otro mediante herencia, permuta, compra o donación » (Ibid. p. 6) Según Kant, “un estado no es un patrimonio, es una sociedad de hombres sobre las que nadie más que ella misma tiene derecho a mandar y disponer” (Ibid. p. 6). Otro estado no lo podría adquirir porque significaría eliminar su existencia como persona moral y pasaría de ser un Estado independiente a ser una cosa. 3. «Los ejércitos permanentes deben desaparecer totalmente con el tiempo. La amenaza es el primer paso para la agresión.» (Ibid. p. 7) Con la formación y mejoramiento de una fuerza militar permanente, un Estado demuestra que en cualquier momento estará preparado para una guerra y representaría una amenaza contra los otros Estados. Muchas veces, los Estado con un ejército preparado, por el simple hecho de liberarse de la carga de todo su acondicionamiento para la guerra, deciden emprender una guerra corta, que quedarse en la paz sin demostrar su poder. Otro punto importante, es la disposición de “instrumentos” que se les atribuye a los soldados, pues muchas veces son manejados
como máquinas para obtener un fin particular del Estado y no para defender su patria. 4. «No debe emitirse deuda pública en relación con los asuntos de política exterior.» (Ibid. p. 8)
La creación de un sistema financiero de crédito ayudaría a los Estados al mejoramiento de su economía, fomentando actividades para el desarrollo. Pero si este sistema de crédito es manejado por un Estado potencia, podría aprovecharse del carácter de deuda de los otros Estados para desatar una guerra. Además si el Estado que da créditos cae en bancarrota, podría afectar a los Estados prestamistas sin ellos haber tenido la culpa. 5. “Ningún Estado debe inmiscuirse por la fuerza en la constitución y gobierno de otro”
(Ibid. p. 9) Todos los Estados tienen a ser distintos, en cuanto a cultura, leyes, derechos, etc. Por lo tanto, cuando existe un conflicto interno otro Estado no puede intervenir en ese problema diciendo que debe hacer frente a eso; ni mucho menos imponer sus leyes o derechos sobre el otro Estado porque esto sería una violación a los derechos del pueblo que combate una “enfermedad interna” como le llama Kant. La intervención de
un agente externo será justificada siempre y cuando tenga el objetivo de restaurar el orden. En caso contrario, la intervención sería innecesaria, por lo que atentaría con la integridad del Gobierno establecido y consecuentemente con la paz. 6. “Ningún estado en guerra con otro debe permitirse tales hostilidades que hagan
imposible la confianza mutua en la paz futura, como el empleo en el otro estado de asesinos, envenenadores etc.”. (Ibid. p. 9)
Según Kant, en la guerra, a pesar de todo debe existir confianza en el pensamiento del enemigo. Puesto que si no existe dicha confianza sería imposible alcanzar la paz; además Kant determinó a la guerra como el medio por el cual se consigue la afirmación del derecho por la fuerza, por ende ningún enemigo puede ser considerado injusto, sino que el resultado entre las lateralidades decide de qué lado está el derecho. ARTÍCULOS DEFINITIVOS Primer Artículo definitivo “La constitución civil de todo Estado debe ser republicana” (Ibid. p. 15)
La constitución republicana es aquella establecida de conformidad con los principios: 1. De la libertad de los miembros de una sociedad 2. De la independencia de todos respecto a una única legislación común 3. De la conformidad con la de la ley de igualdad. En esta constitución son los ciudadanos quienes deciden si hay o no guerra. No se debe confundir la constitución republicana con la democrática. Kant plantea dos vías para ello: 1. La forma de la soberanía y esta la posee solo uno, algunos relacionados entre sí o todos los que forman la sociedad civil (poder del príncipe, la nobleza, el pueblo) 2. La forma de gobierno. Se refiere al modo como el Estado hace uso de la plenitud de su poder, modo basado en la constitución (republicana o despótica). Entre menos personas hayan en el poder estatal más difícil será controlar dicha constitución y entre más personas hayan en el poder estatal será más fácil controlar la constitución republicana que plantea Kant como mejor forma de gobierno. Segundo artículo definitivo:
“El derecho de gentes debe fundarse en una federación de Estados libres” (Ibid. p. 21)
Los pueblos con su simple afán de convivir se perjudican unos a otros. Para la seguridad de cada uno, se debe exigir entrar en una constitución con el otro, que se parezca un poco a la constitución civil, pero defendiendo principalmente la garantía de los derechos entre Estados. Con esto se formaría una federación, que sería un conjunto de Estados donde cada uno tenga su soberanía, pero que usen la libertad de forma racional para el cumplimiento de los derechos. Se diferencia de un Estado de pueblos porque no existe un superior ni un súbdito, tampoco es un tratado de paz, porque no le pondría fin a una mala situación y sino a todas. La necesidad de la creación del derecho se da porque se necesita una disposición moral para dominar el principio malo del hombre. La única forma que tienen los Estados para que su derecho sea respetado es la guerra, porque hay una situación sin leyes a nivel exterior, por eso debería haber una federación de la paz que busque acabar con todas las guerras, garantizando la libertad y ejecución de los derechos de los Estados por medio del derecho de gentes. Tercer artículo definitivo “El derecho cosmopolita debe limitarse a las condiciones de la hospitalidad universal”
(Ibid. p. 27) 1. Aquí el derecho cosmopolita se trata del derecho que tiene un extranjero a ser tratado con igualdad y respeto al llegar a otro territorio. 2. Cuando un extranjero es tratado con hospitalidad pueden establecerse relaciones buenas y sobre todo pacíficas. Ayudando a la consecución de un constitución global y cosmopolita. 3º.El derecho cosmopolita es un complemento de la paz perpetua, al constituirse en condición para una continua aproximación a ella. SUPLEMENTOS 1. De la garantía de la paz perpetua Quien da esta garantía es la creadora de la naturaleza. Existe algo que no podemos comprender, que nos prescribe y va en contra de nuestra voluntad, es el destino. Este es el que predetermina el mundo y por más que haya un antagonismo entre los hombres, surgirá una armonía. Pero la naturaleza no nos impone que hagamos algo, pues esto lo hace la razón práctica, sino que ella mismo lo hace, querámoslo o no, y es por esto que nos dará un escenario para que podamos ejecutar las funciones: a. Un lugar donde los hombres puedan vivir. b. A través de la guerra a llevado a los hombres a poblar la tierra y a diferenciarlos. c. La guerra hace que los hombres se relacionen legalmente, con unos motivos, con una igualdad, porque si no fuera así sería un sometimiento ¿Pero que es lo que la naturaleza hace para ayudar a que se cumplan los deberes que la razón humana nos impone para satisfacer el fin moral sin quitarle su libertad? Esto lo garantiza con el derecho público que está fundado en tres relaciones: a. Derecho político: Consiste en la formación de leyes internas para la construcción de
un Estado preferencialmente republicano, que garantice el buen funcionamiento de este interna y externamente. La naturaleza llega como la voluntad fundada en la razón para combatir las tendencias egoístas que solo las leyes pueden eliminar. De esta manera el hombre está obligado a ser un buen ciudadano aunque no a ser bueno moralmente. b. Derecho de gentes: Es la paz que se garantiza con el equilibrio de las fuerzas en una viva competencia, es decir, fundar los Estados independientemente, no convertirlos todos en uno porque sería una monarquía universal, donde las leyes perderían su buen funcionamiento por aumentar la cantidad de personas que acogen. La naturaleza misma ha querido que los estados se diferencien, haciendo uso de dos elementos fundamentales en cada cultura: las lenguas y la religión. Aunque las diferencias podrían llevar a la guerra, son estas mismas las que apoyan para que haya un equilibrio conduciendo a la paz. c. Derecho cosmopolita: Es el derecho que une a los pueblos, protegiéndolos de la violencia y la guerra en su relación. Aquí la naturaleza actúa como el espíritu comercial, que no puede coexistir con la guerra y que es necesario en cada pueblo para desarrollarse económicamente con el dinero o para subsistir. De esta manera los gobiernos están obligados a mantener una buena relación con los otros por las negociaciones. 2. Artículo secreto para la paz perpetua «Las máximas de los filósofos sobre las condiciones de posibilidad de la paz pública y deben ser tomadas en consideración por los Estados preparados para la guerra» (Ibid. p. 42). Según Kant los súbditos deben buscar en los filósofos una enseñanza, por lo tanto el Estado los dejara hablar libremente acerca de los principios de la guerra y de establecimiento de la paz sin que se les prohíba y que puedan ser escuchados. Así mismo el Estado requerirá de los filósofos en silencio y esto se tomara como un secreto. El fin de este decreto sería el establecimiento de una justicia, donde personas que no pertenezcan al gobierno funcionen como una especie de balanza para denunciar cualquier movimiento no objetivo por parte de los miembros del gobierno. “La posesión del poder daña inevitablemente el libre juicio de la razón”. (Ibid. p.43)
CONCLUSIONES - Kant plantea 3 bases definitivas para la paz perpetua entre los Estados: que todos los Estados se rijan de una constitución republicana, se debe instaurar una federación de Estados independientes que respalden el derecho de gentes y expresarse el derecho cosmopolita en todos los lugares del mundo. - La situación de guerra es necesaria en la sociedad para garantizar su derecho. Se debe ejecutar entre dos entidades con igual de condiciones, para que no se cometa la injusticia. - La paz no se da de forma natural, tiene que ser instaurada por la razón práctica, para contrarrestar los instintos egoístas y conseguir el fin moral del hombre. - El Estado debe proteger la libertad de sus súbditos, pero aquellos deben aceptar
depender de una legislación que regulará el buen comportamiento de la sociedad. - La garantía que da la naturaleza para que se cumpla la paz perpetua se expresa en las 3 relaciones del derecho público: derecho político, con la razón que conduce al buen comportamiento del ciudadano; derecho cosmopolita, con la necesidad de ejercer el comercio y el derecho de gentes, con el equilibrio de las diferencias que brindan las religiones y las lenguas. - En todos los Estados es necesario dejar hablar libre y públicamente a los súbditos sobre los principios generales de la guerra, establecimiento de la paz y el análisis de las leyes existentes; con el motivo de evaluar desde diferentes puntos de vista OTRO RESUMEN Immanuel Kant escribió esta obra nada menos que en 1795. Hoy han pasado más de 210 años. No fue el primero en hablar sobre paz perpetua pero sí el primero, al menos que yo sepa, que trató el tema con rigor, analizándolo no como una utopía sino como una posibilidad. Sobre la paz perpetua es un tratado en el que se analizan algunos puntos clave que
deben darse para poder hablar de paz perpetua. No en vano, comienza con una de las frases más famosas de Kant: “no debe considerar se válido ningún tratado de paz que se haya celebrado con la reserva secreta sobre alguna causa de guerra en el futuro” . La propuesta de Kant para lograr la paz perpetua se basa en la creación de una federación de Estados independientes. Cada uno de éstos, a su vez, debe ofrecer las garantías de un Estado de Derecho y sustentarse en una constitución republicana, es decir, que garantice la libertad de sus ciudadanos, asegure la dependencia de todos respecto a una misma legislación, y defienda la igualdad de sus súbditos. De estas ideas, se puede deducir una idea que aparece constantemente a lo largo de la obra: la paz no es el estado natural del hombre y, en consecuencia, debe ser instaurada. En un interesante argumento sobre la ciudadanía activa y el republicanismo, Kant dice que el ciudadano debe actuar como colegislador, tomando parte en la dirección de la sociedad a la que pertenece. Cierto es que algunas afirmaciones del texto deben leerse con prudencia y no interpretarse literalmente, dado que las circunstancias sociopolíticas del siglo XVIII no son las mismas que las del siglo XXI. Uno de los puntos clave que señala Kant, es que “ningún Estado debe inmiscuirse por la fuerza en la constitución y gobierno de otro” . No puedo evitar que esta frase me traiga a la cabeza las estrategias de EEUU en Irak, donde ha establecido a su antojo un gobierno títere, que sin duda servirá a sus intereses en el mercado de los hidrocarburos como ya hicieran las repúblicas bananeras en el mercado agrario. Han pasado más de dos siglos desde que Kant estudiase las bases para la paz perpetua. La federación de Estados parecía una utopía. No obstante, hoy existe la ONU que, pese a ser una organización “mejorable” (en especial su Consejo de
seguridad), es un punto de partida. Quizá sean necesarios aún otros doscientos años para que la paz perpetua, que muchos vemos ya como una posibilidad y no como una utopía, sea vista de igual manera de forma extendida.
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