K064093 - 1
February 18, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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MINUTA SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender Sírvase extender en su REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS UN CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DE LOTE DE TERRENO que otorga: o
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LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VALLE CHILLON; representado por JUAN DE LA CRUZ PEREZ PERE Z CARDENAS CARDENAS, id 10413895, PEPE ROBERTO ROBERTO CHAVEZ CHAVEZ iden entitififica cado do con con DNI N° 10413895 ROMERO, identificado con DNI N° 27045171 y FELIX ABEL DIAZ ANZUALDO , identificado con DNI N° 06132754, 06132754, según poder debidamente inscrito en la PARTIDA REGISTRAL Nº 01858750 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LIMA, con domicilio fiscal en la Mz. J, Lote Lote 7 de la Asociación Asociación de Viviend Vivienda a Valle Chillón, Chillón, Distrito Distrito de Puente Puente Piedra, Prov Provin inci cia a y Depa Depart rtam amen ento to de Li Lim ma, a quie quien n en adela delant nte e se le deno denomi mina nara ra “LA ADJUDICANTE”; a favor de; JORGE ANTONIO ANAYA QUISPE , de nacionalid nacionalidad ad peruana, peruana, identifi identificado cado con DNI N° 48296326, de ocupación independiente con domicilio ubicado en la Asoc. De Viv. Valle chillon, Mz E, Lt. 16, Distrito de Puente piedra, Provincia y Departamento de Lima; a quien ADJUDICATARIO” en los siguient en ad adel elan ante te se le de deno nomi mina nara ra “EL ADJUDICAT siguientes es términ términos os y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES: PRIMERA.- LA ADJUDICANTE es PROPIETARIA (TITULAR REGISTRAL) REGISTRAL) del del lote de terreno ubicado en la ASOCIACION DE VIVIENDA VALLE CHILLON MZ F LOTE 28, DISTRITO DE PUENTE PIEDRA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, cuyas áreas, linderos y medidas ARTIDA IDA REGIST REGISTRAL RAL N° P01279 P01279737 737 DEL pe peri rimé métr tric icas as se en encu cuen entra tran n insc inscri rita tass en la PART REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA. SEGUN SE GUNDA. DA.-- Asimismo, LA ADJUDICANTE, declara que el lote de terreno descrito en la cláusula cláu sula primera, primera, fue indepe independ ndiza izado do en merito merito a la Habilitación Urbana de Oficio, que se desar desarrol rolló ló con el aporte aporte de todos todos sus asocia asociado dos, s, el mis mismo mo que que fue ap aprob robada ada mediante mediante RESOLUCIÓN N° 2472-2000-COFOPRI/GT de fecha 17/11/2000, y PLANO DE TRAZADO Y LOTIZACION N°3002-COFOPRI-2000-GT de fecha 17/11/2000, los cuales corren inscritos en el Asiento 00001 de la Partida Registral N° P01279737 del Registro de Predios de Lima. OBJETO DEL CONTRATO: TERCERA.- Que, mediante el presente contrato LA ADJUDICANTE, otorga vía adjudicación la transferencia el lote de terreno descrito en la cláusula primera del presente contrato, a favor de EL ADJUDICATARIO; correspondiéndole sus usos, costumbres, servidumbres, entradas, salidas, y todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda sin reserva ni limitación alguna , toda vez que la finalidad del presente contrato es que surta sus efectos legales de conformidad al Código Civil y demás normas vigentes de nuestro ordenamiento jurídico. CUARTA.- Que, Que, LA ADJUDICANTE decla declara ra que que como como socios socios y confor conforme me a su estatuto estatuto EL cumplido o con el pa pago go total total de sus aport aportes; es; por lo que, mediante el ADJUDICATARIO, ha cumplid presente contrato se procede a formalizar la transferencia del lote de terreno descrito en la cláusula primera, más no la construcción , ello de conformidad conformidad a la documentación que obran en el arch archiv ivo o de la as asoc ocia iaci ción ón,, ello ello a fifin n de in insc scri ribi birr el Dere Derech cho o de Pr Prop opie ieda dad d de EL ADJUDICATARIO, en el Registro de Predios de Lima (SUNARP). PRECIO, FORMA Y LUGAR DE PAGO: QUINTA .- LA ADJUDICANTE, declara que EL ADJUDICATARIO, adquirieron el Lote de Terreno por la suma de asce ascenden ndente te a S/. 500.00 (QUINIENTOS (QUINIENTOS CON 00/100 SOLES), suma que fue cancelada con anterioridad a la suscripción del presente contrato; por lo que en señal de conformi conf ormidad dad con el pago pago total total recibido recibido a su favor, favor, LA ADJUDICANTE procede a suscribir la presente Minuta, Escritura Pública y demás documentos que sean necesarios a fin de que EL ADJUDICATARIO inscriban su Derecho de Propiedad en el Registro de Predios de Lima, y/o demás entidades entidades públicas y privadas que corresponda y ejercer su dominio de conformidad a los dispuesto por el artículo 923° del Código Civil.
SEXTA.SEXT A.- Las partes contratantes declaran que el precio por la transferencia descrito en la cláusula quinta es el que realmente corresponde al lote de terreno objeto del presente contrato, existiendo entre aquellas y éste perfecta equivalencia, en consecuencia se hacen recíproca donación de cualquier diferencia y renuncian a cualquier acción o excepción que por dicha causa pudieran interponer para invalidar los efectos del presente contrato, así como a los plazos para interponerla. ENTREGA DEL BIEN: SÉPTIMA.- LA ADJUDICANTE, declara que la entrega física y real del lote de terreno materia del presente contrato se realizó con anterioridad a la celebración del presente contrato, por lo que a part partir ir de el ello lo,, el cuid cuidad ado o y/ y/o o admi admini nist stra raci ción ón del del pr pred edio io lo vi vie ene asum asumid ido o EL ADJUDICATARIO; raz razón ón por la cual el Lote Lote de Terr erreno eno objet objeto o del del presen presente te contrat contrato o se encu encuen entra tra regist registrad rado o en la Munic Municipa ipalid lidad ad Distri Distrital tal de Puen Puente te Piedra Piedra,, bajo bajo el código código de CONTRIBUY CONT RIBUYENTE ENTE N° 0000143360 0000143360 y el CÓDIGO DE PREDIO N° 0000016455 , a favor de EL ADJUDICATARIO.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES: OCTAVA.- LA ADJUDICANTE, declara que sobre el inmueble materia del presente contrato, pesa un gravamen, gravamen, inscrito en el asiento 00002 00002 de la partida partida electrónica electrónica Nº P01 P01281 281893 893 del Registro de Predios de Lima. NOVENA.- EL ADJUDICATARIO, declaran que asume los gastos que irrogue la formalización del presente contrato mediante Escritura Pública, pago de alcabala si estuviere afecto. Asimismo, LA ADJUDICANTE, declara que se solidariza con el pago de cualquier impuesto que se hayan generado con anterioridad a la suscripción del presente contrato frente a entidades públicas y/o privadas. APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA NORMA – COMPETENCIA JURISDICCIONAL: DECIMA.- Que, en todo lo no previsto en el presente contrato ambas partes se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás normas que sean aplicables, así mismo declaran que en el supuesto que surja cualquier diferencia diferencia o controversia en relación al presente contrato, tanto en su interpretación interpretación como en su ejecución, las partes partes tratarán de solucionarlo directamente directame nte y de común acuerdo, caso contrario las partes se someten a la competencia competencia de los Jueces y Tribunales de Lima Norte. CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN DE LAS PARTES CONTRATANTES : DECIMA PRIMERA.- Que, las partes contratantes declaran aceptar todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente contrato, expresando que suscriben la misma bajo libre expresión de su voluntad, no habiendo mediado presión, dolo, violencia u otro medio ilícito análogo,, renunciando a cualquier acción legal ulterior destinado a enervar los efectos legales del análogo presente contrato. Agregue usted usted Señor Notario las demás demás cláusulas de Ley, Ley, y sírvase cursar el parte notarial en su oportunidad al Registro de Predios de Lima para su correspondiente inscripción. Lima, 23 de Mayo del AÑO 2019. “EL ADJUDICATARIO”
………………………..……………………………….…… JORGE ANTONIO AN TONIO ANAYA ANAYA QUISPE DNI N° 48296326
“LA ADJUDICANTE”
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