Jurisprudencia de Los Contratos de Trabajo Sujetos A Modalidad
February 5, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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JURISPRUDENCIA JURISPRUDE NCIA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD No procede el pago de indemnización por días, debe ser calculada por meses completos
Casación Laboral N° 460-2006-Lima del 1/10/2007
La desnaturalización de los contratos sujetos a modalidad sólo afecta las cláusulas referidas al plazo, pero no afecta las demás, es una nulidad parcial
Casación Laboral N° 3329-97-Arequipa del 15/6/99 y Casación Laboral N° 229297 del 3/3/99
Se quiebra el principio de continuidad en el caso de recontratación en el caso de contratos de trabajo a plazo fijo, si la recontratación se produce después de los treinta días.
Casación Laboral Laboral N° 2048-2015-LORETO 2048-2015-LORETO Publicada el 1/2/16
En la contratación a plazo determinado, para que existan dos vínculos distintos deben transcurrir 20 días.
Casación Laboral 6734-2016-LIMA
La condición resolutoria, no sólo opera en los contratos modales sino en los contratos a plazo indeterminado. Es requisito que se pacte en forma expresa, que no sea contraria a las normas de orden público, buenas costumbres y que se respete el derecho a la indisponibilidad de derechos contenidos en la Constitución.
Casación Laboral 4936-2014-Callao. 1. CONTRATO DE OBRA O SERVICIO ESPECIFICO PROCEDE CONDICIONAR LA CAUSA OBJETIVA DE CONTRATACIÓN A LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO POR SERVICIO ESPECIFICIO U OBRA DETERMIANDA A LA CELEBRTACIÓN DE UN CONTRATO COMERCIAL: POSICIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DE LA SUNAFIL.
El contrato por servicio específico, puede ser celebrado sobre la base de una licitación ganada por la empresa, así sea labores propias del giro de la misma.
Sentencia del TC 06553-2013-PA/TC del 21/03/2015 Procede contratar a un trabajador por servicio específico para realizar labores objeto de una tercerización de servicios.
Sentencia del TC 02508-2014-PA/TC Procede presentar como documento que sustente la contratación de un
trabajador por servicio específico el contrato civil o comercial que sustente su contratación.
Ver Protocolo de Fiscalización de los Contratos de Trabajo Sujetos a Modalidad. Aprobado por Resolución de Superintendencia de Fiscalización Laboral N° 071-2016-SUNAFIL.
Para que unciertos contrato modalformales, por servicio sea válido, deben cumplir con requisitos entreespecífico, ello, consignar la causaseobjetiva de la contratación; en caso contrario se produce la desnaturalización convirtiéndose en un contrato a plazo indeterminado. Se trata de una contratación que tiene como motivo una intermediación laboral por servicios complementarios.
Casación Laboral 18057-2017-TUMBES
PLAZO MAXIMO DE CONTRATACIÓN Los contratos por obra o servicio específico deben celebrarse por un plazo máximo de 8 años, luego de lo cual se convertirán en un contrato a plazo indeterminado.
Casación 1809-2004 del 30 de enero del 2006.
2. CONTRATO DE INCREMENTO DE ACTIVIDADES ES DISTINTO QUE EL CONTRATO POR NECESIDADES DEL MERCADO
El contrato por necesidades del mercado no tiene la misma causa objetiva de contratación que el contrato por incremento de actividades
Sentencia del Tribuna Tribunall Consti Constitucional tucional 02055-2010-PA/TC
El contrato por necesidades del mercado es coyuntural, y obedece a factores externos, una mayor demanda de los bienes y servicios producidos, en forma imprevisible, es de una clase. Por el contrario el contrato por inicio o incremento de actividades, comprende las siguientes sub clases: 1) Inicio de las actividades productivas de la empresa; 2) comercialización o producción de un nuevo producto, 3) Apertura de nuevos locales o tiendas; y 4) incremento de las actividades normales de la empresa como consecuencia de una mayor demanda.
Protocolo de Fiscalización de los Contratos de Trabajo Sujetos a Modalidad
Se produce un incremento de actividades si la empresa ha decidido evaluar la conveniencia de que determinadas labores que integran el proceso productivo en el área de mantenimiento especificamente labores de soldadura de quipos de mina pasen a ser desarrolladas directamente por la contratante. En el caso del contrato por necesidades del mercado, se justifica porque el precio de los minerales, incluido el oro, viene exprimentado un sostenido incremento en su cotización, comparado con sus valores históricos, lo que condiciona que la sociedad emplazada deba aprovechar el alza de la cotización del oro en el mercado a través de incrementos coyunturales de la producción.
Expediente N° 00173-2012-PA/TC . 3. CONTRATO DE TRABAJO INTERMITENTE El contrato intermitente son labores permanentes pero discontinuas propias del giro del negocio, y están e stán en función de factores externos.
Sentencia Tribunal Constitucional El contrato del temporal bajo la modalidad00471-2011-PA/TC de intermitente debe tener períodos de suspensión para ser válido
Casación Laboral N° 08951-2006-PA/TC-MOQUE 08951 -2006-PA/TC-MOQUEGUA. GUA. Del 22 de enero del 2008. 4. CONTRATO DE SUPLENCIA
No es posible que el trabajador suplente realice labores distintas que las pactadas en el contrato, esto es las que realizaba el trabajador suplido, sea en forma total o parcial.
Sentencia del Tribunal Constitucional 001931-20 001931-2012-PA/TC 12-PA/TC No es posible efectuar rotaciones del puesto del personal contratado por suplencia, se desnaturliza. Sentencia del Tribunal Constitucional 0002331-2013-PA/TC
El trabajador a reemplazar debe ser estable en la empresa, esto es contratado a plazo indeterminado. Por ello no se puede recurrir a esta modalidad para cubrir otros trabajadores sujetos a modalidad. El trabajador suplente que tiene la relación suspendida en forma temporal, puede ser reemplazada por otro a través de un contrato de trabajo innominado. Para que se pueda utilizar el contrato de suplencia debe existir un trabajador contratado a plazo indeterminado que por razones administrativas sea
cambiado temporalmente a otro puesto. Podría ser utilizado para reemplazar a cualquier trabajador sea estable o no, porque en este supuesto se hace alusión al puesto de origen que sea estable y no al trabajador. No se puede contratar por contrato de suplencia para cubrir una plaza mientras no sale a concurso y se incorpore el titular elegido.
5. Contrato CAS Se desnaturalizan los CAS, suscritos con posterioridad a la desnaturalización de los contratos de locación de servicios, y en consecuencia la existencia de una relación laboral a plazo indeterminado, no obstante no procede la reposición sino sólo la indemnización. Casación 5057-2013-PA/TC-JUNIN.
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