PORCEDENCIA. Las Contiendas Que No Tenga Tramite Especifico (96CPCYM). Aquellas en que la ley lo dispone expresamente, por ejemplo: oposición en sucesorio intestado (480CPCYM); oposición a declaratoria de incapacidad (410CPCYM); Juicio ordinario posterior a la sentencia del juicio ejecut ejecutivo, ivo, ( 335 CPCYM).
Prueba anticipada
98-105 CPCYM Proceso cautelar.
15 dias para demandar 525 CPCYM
DEMANDA.
ART.50, 63, 61, 79, 106, 107 CPCYM. 159 LOJ
EXCEPCIONES PREVIAS.
Dentro del 6to, día. Art. 116, 120, CPCYM. VIA INCIDENTAL 2-83 Ó 2- 3
1ERA RESOLUCION,
(1er día) ART. 26,109 CPCYM. 142, 143 LOJ
EMPAZAMIENTO NOTIFICACION
138,140 LOJ.
9 días ART. 111 CPCYM.
ACTITUDES DEL DEMANDADO.
Contestar la demanda en sentido negativo. Contestar la demanda en sentido positivo. Excepciones perentorias. Allanamiento. Reconvención (contrademanda). Ninguna actitud, o sea rebeldía (contumacia).
Notificación. Dentro de 15 días 142 bis, LOJ
SENTENCIA. Dentro de 15 días 142 CPCYM
AUTO PARA MEJOR FALLAR.
No más de 15 días 197 CPCYM
APERTURA A PRUEBA. VISTA.
Dentro e 15 dias (196) CPCYM, 142 LOJ
Es de 30 días, con una ampliación de 10 días para poder llevar las pruebas faltantes, y si fueren pruebas del extranjero hasta 120 días.
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.