Iuris Gentium

August 27, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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DELITOS IURIS GENTIUM DERCHO PRIVADO INTERNACIONAL 1.  INTRODUCCION:  Los delitos contra el derecho de gentes (delicta juris gentium) vienen de la lucha solidaria de la comunidad civilizada contra el crimen. Que se manifiesta dentro del principi prin cipio o de la represió represión n univ universal ersal,, principi principio o basado basado en la posibil posibilidad idad de juzgar juzgar al delincuente en el lugar de su aprehensión (forum loci deprehensionis), cualquiera que haya sido el lugar donde el crimen haya sido cometido y la nacionalidad del autor. ara este principio, si la acción ha sido cometida en el territorio del !stado " y el autor  es arrestado en el territorio del !stado #, este $ltimo !stado es el que lo juzgar% por la acció acc ión n cometi cometida da en otro otro lugar lugar.. &icho &icho autor autor es consi consider derad ado o en enemi emigo go de toda toda la comunidad internacional, internacional, por ello ser% perseguido pues su acto es calificado de nocivo por toda la comunidad internacional. !l principio de represión universal no se aplica a todas las infracciones, sino sólo a aquell aqu ellas as qu que e son consid considera erada das s como como partic particula ularme rmente nte nociva nocivas s por la comun comunida idad d internacional donde se vean amenazados los intereses, ya sean de orden material o moral (delitos contra el derecho de gentes). !l hecho mismo de que las infracciones de esta est a categ categor' or'a a sean sean pu punib nibles les atesti atestigu gua a que eiste eiste una concie concienci ncia a jur'd jur'dica ica de la comunidad internacional civilizada.

2. MARCO TEORICO: 2.1 CONCEPTO: *+ -!/*0 significa en latin1 2&erecho de las -entes3. !n +oma se daba el nombre de &erecho de -entes a las normas que regulaban las relaciones jur'dicas en las cuales los etranjeros pod'an ser parte, por oposición al Ius Civile (&erecho 4ivil), que era el &erecho para, solamente, los ciudadanos romanos. !n la actualidad, la locución Ius Gentium o Gentium o &erecho de -entes se emplea, mas no del todo correctamente, como sinónimo de &erecho nternacional $blico. !s

ta tamb mbi5 i5n n conoc conocid ida a

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cr crim imen en contr contra a la huma humani nida dad d o cr crim imen en de lesa lesa

enal humanidad recogida en el !statuto de +oma de la 4orte nternacional,, comprende nternacional las conductas tipificadas como asesinato, eterminio,, deportación  eterminio deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, tortura,violación, violación , prostitución forzada, prostitución forzada, esterilización forzada, persecuc pers ecución ión por motivos motivos pol'ticos pol'ticos,, religios religiosos, os, ideológ ideológicos icos,, raciales raciales,, 5tnicos 5tnicos u otros definidos epresamente, desaparición desaparición forzada, forzada, secuestro  secuestro o cualquie cualquierr acto inhumano inhumano que cause graves sufrimientos o atente contra la salud mental o f'sica de quien los sufr sufre, e, si siem empr pre e que que dich dichas as cond conduc ucta tas s se come cometa tan n como como parte parte de un at ataq aque ue generalizado o sistem%tico contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. !stos actos !stos actos tambi5 tambi5n n se denomi denominan nan cr'men cr'menes es de lesa lesa hu human manida idad. d. Le Leso so si signi gnific fica a agraviad agra viado, o, lastimad lastimado, o, ofendido ofendido66 de all' que crimen crimen de lesa humanida humanidad d aluda aluda a un crimen que, por su aberrante naturaleza, ofende, agravia, injuria a la humanidad la humanidad en  en su conjunto.

 

2.2. ANTECEDENTES HISTORICOS: 2.2.1 En roma.Ius gn gn!"u !"um m o #us gn!"um, el $r $r%& %&o o $ gn gn!s !s, comprend comprende e las instituci instituciones ones del derecho romano de las que pueden participar los etranjeros (peregrini) que ten'an tratos con +oma con +oma y  y sus ciudadanos sus ciudadanos (cives),  (cives), por lo que supone una complementación del del iu ius s civi civile le (c (con onju junt nto o de re regl glas as que que re regu gula laro ron n las las rela relaci cion ones es entr entre e to todo dos s los ciudadan ciudadanos os romanos romanos), ), para para apli aplica carl rlo o co con n indi indivi vidu duos os que que no oste ostent ntar aran an la ciudadan'a romana.  "l principio sólo eist'a un pretor , pero cuando +oma comienza a epandirse y a tener  relaciones con otros pa'ses, se ve la necesidad de crear otro, as' en el a7o 898 a. 4. 4. se  se crea la magistratura del raetor eregrinus, que atend'a los casos en los que eclusiv ecl usivamen amente te intervin interviniera ieran n no ciudadan ciudadanos. os. "l crearse crearse esta nueva nueva magistra magistratura tura comenzó a llamarse al anterior pretor como raetor *rbanus, dedicado a juzgar los asunto asu ntos s en los qu que e pa parti rticip cipase asen n ciudad ciudadan anos os romano romanos. s. Lo Los s casos casos tratad tratados os eran eran bastan bas tante te variad variados, os, pero pero la mayor' mayor'a a deriva derivaba ban n de asunto asuntos s comerc comercial iales. es. "s', "s', las relaciones comerciales obligaron a la creación del precedente del llamado derecho contractual, un derecho ultro citroque obligatio (que obliga a ambas partes), a partir del cual nace el ius gentium. !n un sentido amplio, el derecho de gentes trata de las rg'as a('"%a)'s a !o$as 'as %o'on"as * (ro+"n%"as romanas, $s"gnan$o 'a (ar! $' $r%&o (,)'"%o (,)'"%o rr"$a  rr"$a

a 'as r'a%"ons $ Roma %on s!as 'os !ra!a$os $ (a/ o $ a'"an/a * 'as normas $ 'a gurra0, es decir, el equivalente al :derecho : derecho internacional internacional:, :, aunque no se puede hablar propiamente de tal, toda vez que en +oma no se conoc'a el concepto de nación..

A (ar!"r $ Gro%"o Gro%"o s  s n!"n$ (or $r%&o $ gn!s 'a norma no s%r"!a u rgu'a 'as r'a%"ons n!r 'os Es!a$os o 'as r'a%"ons n!r 'os %"u$a$anos $ $"rn!s Es!a$os o sa ' $r%&o na!ura' "n!rna%"ona' "n!rna%"ona'.. 2.2.2 En ' $r%&o "n!rna%"ona'.Gno%"$"o. La evolución histórica de los cr'menes contra la humanidad resulta inescindible de la del delito delito de genoci genocidio dio,, si siend endo o luego luego este este $ltim $ltimo o un una a especi especie e de dell g5nero g5nero lesa lesa humanidad. !l "cuerdo o 4arta de Londres de Londres de ;  ; de agosto de agosto de , , que estableció el !statuto del /r /rib ibuna unall de $rem $rembe berg rg,, defi defini nió ó co como mo :c :cr' r'me mene nes s co cont ntra ra la huma humani nida dad: d: el :asesinato, eterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o pol'ticos, cuando dichos actos o persecuciones se hacen en coneión con cualquier cualquier crimen contra la paz o en cualquier crimen de guerra:. !n
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