Its - Fecma

February 7, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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1. RE RESU SUME MEN NU UNI NIDAD DAD MIN MINER ERA A 1.1. Nombre: Compañia Cupríaurifera SAC

1.2. 1. 2. Titular minero minero:: Empresa Minera FECMA E.I.R.L., es propietaria de la “Compañia Cupríaurifera SAC”, donde procesa minerales (sulfuros de cobre,

minerales auríferos y polimetálicos), mediante el método de flotación.

1.3. Ubicación: Compañia Cupríaurifera SAC, está ubicado en el distrito de Vista Alegre,

provincia de Nasca, región de Ica. Compañia Cupríaurifera SAC,

es de propiedad de la EMPRESA MINERA FECMA E.I.R.L, Geográficamente Geográficament e se localiza a 370 Km de la localidad de Lima en línea recta, a 126 Km de la localidad de lea en línea recta y a 9 km. hacia el Este del km. 468 la carretera Panamericana Sur, en la zona costera del Perú.

1.4. 1. 4. Concesió Concesión n de beneficio :

La Compañia Cupríaurifera SAC, tiene una capacidad actual de 330 TMD, se empla emplaza za

sobre la Concesión de Bene Beneficio ficio FECMA de 8.92

hectáreas, Cuyos vértices que encierran la poligonal del área de la concesión de be beneficio neficio son: COORDENADAS

VE RTICE

 

UTM WGS 84 -Compañia Cupríaurifer Cupríaurifera a SAC NORTE  E STE  AREA (Ha) 



2  3 

4  5  6  7  8  9 

8 345 273.00 

509 641.00 

 

10 

8 345

469.00 

509 685.00 

2. REPRESENTAN REPRESENTANTE TE LEGAL LEGAL Y PROFESIONAL PROFESIONAL QUE ELABORA ELABORA EL ITS

2.1. De

l a  razón s o c i al .

DE LA RAZON SOCIAL  

: MINERA FECMA E.I.R.L : NANCY PAULINA QUEVEDO PICKMAN DE PICKMANN : 20605524789 

EMPRESA REPRESENTANTE LEGAL Nº RUC

2.2. COMPAÑIA   DE LA PLANTA DE BENEFICIO BENEFICIO

NOMBRE DE LA UNIDAD ACTIVIDAD MINERA TIPO DE ACTIVIDAD MINERA TIPO DE MINERAL QUE PROCESA CAPACIDAD APROBADA TIPO DE PRODUCTOR MINERO

2.3. De

l a  Concesión

: COMPAÑIA CUPRIAURIFERA SAC  : COMPAÑIA : PLANTA CONCENTRADORA : SULFUROS DE COBRE : : PPM

de la Compañia.  DE LA CONCESION CONCESION DE BENEFICIO

NOMBRE CODIGO DEL DERECHO MINERO AREA DEL DERECHO MINERO HOJA DE CARTA NACIONAL AREA DEL ITS UBICACIÓN

: COMPAÑIA CUPRIAURIFERA SAC : : : : : ICA  – NASCA  – VISTA ALEGRE

2.4. Nombre del p r o f esi o n al

El profesional que representa es el lng. Silvio Humberto Andia Morales con registro CIP: 168403.

3. OBJETI OBJETIVO VO Y NUMERO NUMERO DEL INFORM INFORME E

 

3.1.  OB J ETIVO.  3.1.1. Ob j et i v o

Pr i n c i p al :  

El objetivo principal del Informe Técnico Sustentatorio (ITS), es la obtención de la autorización, para la Ampliación de Componentes mineros y mejoramiento tecnológico del proceso de flotación de cobre. El objetivo consistirá en la ampliación de una cancha de contención para relaves y reemplazo e incorporación de equipos, para el nuevo sistema de molienda y flotación; tomando como base el manejo ambiental aprobado en el estudio ambiental correctivo, durante las etapas de construcción, operación y cierre de los componentes a modificar; de tal forma que no se generen impactos negativos significativos. Ob j et i vo   es p ec ífi c o :  

3.1.2. ➢

Ampliar el componente minero para contención de relaves en 1.8 ha.



Mejoramiento en el sistema de flotación de minerales, incluyendo la instalación de nuevos equipos.



Evaluar los

impactos

ambientales

generados

por las

actividades propuestas y determinar si estos son "No Significativos". ➢

Establecer las medidas de protección y mitigación de los impactos ambientales generados por las operaciones del proyecto.

3.2. NÚMERO DEL INFORME TÉCNICO SUSTENT ATO RIO:   El presente ITS del proyecto de ampliación de componente de la Compañia Cupríaurifera SAC,

constituye el primer (1er.) ITS. 4. MARC ARCO LEG LEGAL AL

que presenta la Minera FECMA E.I.R.L..

 

4.1.

Mar c o   In s t i t u c i o n al  

En un sentido amplio, la legislación ambiental comprende todas las normas de los diversos niveles existentes (Constitución, leyes, decretos, resoluciones, normas de gobiernos regionales y locales, etc.) que directa o indirectamente conciernen al mantenimiento de un ambiente adecuado para el desarrollo de la vida. Esta normativa aplicable al proyecto proviene de las siguientes entidades: •

Ministerio de Energía y Minas (MEM Ministerio del Ambiente (MINAM)



Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI)



Ministerio de Salud (MINSA)



Ministerio de Cultura (MC)



Gobierno Regional de Ica



Gobierno Local

4.2. Marco L eg al   Gen er al   En un sentido más estricto, la legislación ambiental está conformada por las normas que regulan los elementos que componen el ambiente natural (aire, suelo, agua, diversidad biológica, etc.), el ambiente humano (salud e higiene, residuos sólidos, patrimonio cultural, etc.), y las que se refieren al ambiente en su conjunto. A éstas nos referimos como normas ambientales propiamente dichas y son: •

Constitución Política del Perú, 1993.



Ley General del del Ambiente (Ley Nº 28611) y su modificación (O.L. Nº 1055). Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (Ley Nº 27446), 27446), su modificación (D.L. Nº 1078) y Reglamento (D.S. Nº019-2009-MINAM).



Ley Marco para el Crecimient Crecimientoo de la Inversión Privada (D.L. Nº 757).



Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (Ley Nº 28245).

 



Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (D.S. Nº 008-2005- PCM).



Política Nacional del Ambiente (D.S. Nº 0012-2009-MINA 12-2009-MINAM). M).



Ley del Sistema Nacional de Evaluación Ev aluación y Fiscalización Ambiental (Ley Nº 29325).



Ley de Recursos Hídricos (Ley Nº 29338) y su Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos (D.S. Nº 001-2010-AG).



Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua (R.J. Nº 579- 201 O-ANA O-ANA). ).



Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas (R.J. Nº 224-2013-ANA).



Aprueban Clasificación de Cuerpos de Agua Superficiales y Marino  – Costeros (R.J. Nº 202- 2010-ANA).



Ley General de Salud (Ley Nº 26842). Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley Nº 26834).



Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas (D.S. Nº 038-



2001-AG). •

Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley Nº 26821).



Ley Sobre Conservaci Conservación ón y Aprovechamiento Sostenible de la Biológica (Ley Nº 26839).



Reglamento de la Ley Sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica (D.S. Nº 068-2001-PCM).



Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley Nº 29763).



Aprueban Categorización de las Especies Amenazadas de Flora Silvestre (D.S. Nº 034-2004 034-2004-- AG).



Aprueban Actualizac Actualización ión de la Lista de Categorizació Categorizaciónn de las Especies Amenazadas de Fauna Silvestre Legalmente Protegidas (D.S. Nº 004-2 004-2014014- MINAGRI).



Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación (Ley Nº 28296). Ley General de Comunidades Campesinas (Ley Nº·24656).

 



Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas (D.S. Nº 008-91- TR).



Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económica en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas (Ley Nº 26505), restituida su vigencia mediante el Artículo 3º de la Ley Nº29376.



Reglamento Sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales (D.S. Nº 002-



2009-M I NAM)



Ley General de Residuos Sólidos (Ley Nº 27314) y su modificación (D.L.





Nº1065) y Reglamento (D.S. Nº 057-2004-PCM) Decreto Supremo Nº060-2013-PCM, Aprueban disposiciones especiales para ejecución de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública y privada.



Aprueban Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, (aprobado por Decreto Supremo No. 024-2016-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2016-EM y Decreto Supremo Nº 023-2017-EM).



Protocolos y Guías publicadas por el Sector Minero.

4.3. Marco Legal Es p ec ífi c o   •

Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería (D.S. Nº 014-92EM).



Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad MineroMetalúrgica (D.S. Nº 016-93- EM) y su modificatorias (D.S. Nº 059-93EM y Nº 058-99- EM).



Ley de Cierre de Minas (Ley Nº 28090) y su modificación (Ley Nº 28507) y

 



Reglamento (D.S. Nº 033-2005-EMy las modificaciones de éste (D.S. Nº 035-



2006 y Nº 045 2006-EM).



Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minería (D.S. Nº 055-2010-EM).



Decreto Supremo Nº054-2013-Aprueban disposiciones especiales para



ejecución de procedimientos administrativos.

4.4.  A  Ap p li c ación de  de  l a  R.M. Nº

12 0-2 014-M EM/ DM 

Es importante señalar que las actividades propuestas en el presente Informe Técnico Sustentatorio, se enmarcan en lo dispuesto por la R.M. Nº 120-2014- MEM/DM, debido a que se cumple con los criterios establecidos   en la referida norma, lo cual se detalla a continuación: Impactos ambientales negativos no significativos:   Los impactos

identificados y analizados a partir de las actividades. propuestas, resultan ser no significativos, conforme se describe de manera detallada en el Capítulo 10. Identificación y Evaluación de Impactos del presente Informe Técnico Sustentatorio, por lo tanto, se cumple con el literal A de la R.M. Nº 120-2014-MEM/DM en lo referido al objetivo de la norma. Ubicación dentro del polígono de área área de influencia directa o áre área a efectiva:  Las actividades o instalaciones propuestas se ubican dentro del  .A.C; área de influencia ambiental directa de la Compañia Cupríaurifera S A

en ese sentido se cumple con el primer párrafo del literal B de la R.M. Nº 120-2014-MEM/DM que señala que las modificaciones o ampliaciones o mejoras tecnológicas deben estar ubicadas dentro del polígono del res pectivas áreas de influencia ambiental área efectiva dentro de sus respectivas directa.

 

Instrumento de gestión ambiental aprobado y vigente:   Compañia Cupríaurifera

S.A.C,

donde

se

desarrollarán

las

actividades

propuestas, cuentan con un Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo - IGAC, que se encuentran aprobada, conforme se puede observar en la Tabla relacionado con capitulo antecedente, por lo tanto, se cumple con el primer párrafo del literal B de la R.M. Nº 120-2014- MEM/ DM. Se cuenta con línea base ambiental vigente:   En el área donde

se plantean las actividades del presente Informe Técnico Sustentatorio se han desarrollado diversos estudios como parte de la línea base ambiental de la Compañia Cupríaurifera S.A.C, la cual ha formado parte del IGAC inicial de la Planta, dicha información se presenta en el Capítulo 8. Línea Base Relacionada al Proyecto, por tanto, se cumple con el segundo párrafo del literal B de la R.M. Nº 120-2014-MEM/DM. No impactar cuerpos de agua, bofedales, nevados, glaciares, terrenos de cul tivo, fu ente entess de agua o algún otr otro o ecosistema frágil:   Las actividades actividade s propuestas no generarán impactos sobr sobre e estos

debido a lo siguiente:

No se tienen ecosistemas frágiles en las

áreas de trabajo propuestas, tales como bofedales, nevados o glaciares, como se indica en la línea base ambiental presentada en el Capítulo 8 del presente Informe Técnico Sustentatorio. Así también, las actividades propuestas no afectarán terrenos de cultivo o fuentes de agua debido a que estos se encuentran distantes de las áreas de trabajo propuestas. •

Las actividades o instalaciones propuestas se enmarcan dentro de la   Compañia Cupríaurifera S.A.C, en áreas alejadas de los cuerpos de

agua del área de influencia.

 



En el Capítulo 10, donde se identifican y analizan los impactos, se puede verificar que las actividades propuestas no impactarán ecosistemas que pudieran estar fuera del área de trabajo propuesta.

Por lo tanto, se cumple con lo señalado en el tercer párrafo del literal B de la R.M. Nº 120-2014-MEM/DM. No afectar centros poblados o comunidades nuevas:   Al encontrarse

las actividades propuestas

dentro del terreno

de propiedad de la

Minera FECMA E.I.R.L., o en su área de influencia ambiental directa y considerando

que la magnitud de estas es mínima, no se tendrá

ningún efecto sobre poblaciones que no hayan sido consideradas en el IGAC; se cumple entonces con lo dispuesto en el cuarto párrafo del literal B de la R.M. Nº 120-2014-MEM/DM. No afectar zonas arqueológicas:  conforme se puede verificar en la línea

base ambiental (Capítulo 8), las áreas de trabajo propuestas cuentan con el respectivo Certificado - Plan de Monitoreo Arqueológico - PMA, no se tienen

evidencias arqueológicas en superficie que pudieran verse

afectadas por las modificaciones del presente Informe Técnico Sustentatorio; cumpliéndose con lo señalado en el quinto párrafo del literal B de la R.M. Nº 120-2014-MEM/DM No

afectar

áreas

naturales

protegidas

o

sus

zonas

de amortiguamiento:   el área que se pretender modificar de la Compañia Cupríaurifera S.A.C,

no involucran áreas naturales protegidas

ni zonas de amortiguamiento, por lo tanto, se cumple con lo indicado en el sexto párrafo del del literal B de la R.M R.M.. Nº 120-201 120-2014-MEM/DM. 4-MEM/DM.

 

5. AN ANTE TECE CED DENTE ENTES: S: 5.1.  ANT  ANTECEDENTES ECEDENTES 5.1.1. Mediante

Resolución

ICA/DREM,

del

Directoral

30.05.2014,

Se

Regional aprueba

Nº el

028-2014-GOREInstrumento

de

gestión Ambiental Correctivo (IGAC) de la Compañia Cupríaurifera S.A.C. 5.1.2.

Compañia Cupríaurifera S.A.C, cuenta  TÍTULO DE COMPAÑIA CUPRIAURIFERA,

otorgada mediante Resolución Directoral Regional

Nº 036-2018-GORE-ICA/DREM, 036-2018-GORE-IC A/DREM, del 20.12.2018, a la Minera FECMA E.I.R.L., para una capacidad de 330 TMD, para procesar minerales de sulfuro de cobre, por 8.92 hectáreas de extensión, ubicada en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica.

A continuación, se adjunta Resolución de aprobación de IGAC y Resolución de Título de Concesión de Compañia. 6. ÁREA EFE EFECTIV CTIVA A O ÁREA DE DE IN INFLUEN FLUENCIA CIA AMBIENTAL AMBIENTAL DIREC DIRECTA TA 6.1.  Á r ea  ef ec t i v a.

Las modificaciones planteadas en el presente ITS se encuentran dentro del área efectiva de terreno de propiedad de la Compañia Cupríaurifera S.A.C, 

por lo tanto, el área para efectos del presente ITS está

considerada y aprobada por la autoridad competente en el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo. 6.2.  Á  Árr ea d e in fl u en c i a  am b i en t al  

Las áreas de influencia directa e indirecta ambiental para la Compañia

Cupríaurifera

S.A.C,  corresponden

a aquellas definidas y

aprobadas en la IGAC, esto teniendo en cuenta que las modificaciones propuestas en el presente ITS, son bastante puntuales y se encuentran dentro de estas áreas de influencia.

 

 Área ea de i nflu nf lu enc ia d ir irect ecta. a. 6.2.1.  Ár

El Área de Influencia Directa ha sido definida como aquella área en la que podrían ocurrir los potenciales impactos directos generados por las operaciones de la Minera FECMA E.I.R.L., en la Compañia Cupríaurifera S.A.C

Los impactos directos se relacionan con los efectos que genera la actividad y ocurren generalmente al

mismo tiempo y en el

mismo lugar de ella, cuya extensión es puntual o local. El área de influencia directa se delimita con la superposició superposición n de las instalaciones requeridas y/o utilizadas sobre el ámbito geográfico definido para par a llevarlos a cabo, así como por el área donde se manifestarían los potenciales efectos directos de su construcción, operación y cierre.  Área ea de i nflu nf lu enc ia i nd ir irect ecta. a. 6.2.2.  Ár El Área de Influenc Influencia ia Indirecta corresponde a aquella área cuyos

componentes

ambientales

podrían

ser

impactados

indirectamente por las instalaciones y/o actividades de la Minera FECMA. 6.3.  Ár  Áreas eas d e In fl u en c i a  s o c i al  

El área de Influencia Social (AIS) del proyecto de modificación es la misma que fue definida en el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo. 7. PRO PROYEC YECTO TO D DE E LA MOD MODIFI IFICACIÓ CACIÓN N PARA LA AMPLIACIÓN Descrip scrip ción d el proceso a aprobado probado 7.1. De 7.1.1. Gen er al i da d es  

En la Compañia

Cupríaurifera

S.A.C, 

se realiza el

procesamiento de minerales de cobre, mediante el método de flotación para la obtención de concentrados de cobre.

 

Las

actividades

Compañia,

principales

corresponden

que

al

se

desarrollan

almacenamient almacenamiento o

de

en

la

m minerales, inerales,

procesamiento (chancado, molienda, flotación) y disposición de relaves. Cabe indicar que de la Minera FECMA, no realiza labores de explotación minera propiamente dicha, es decir, no cuenta con áreas de labores para

a

la extracción

tajo de

abierto

o

minerales,

labores siendo

subterráneas su

actividad

principal el procesamien procesamiento to de minerales de diversas empresas y pequeños productores mineros. 7.1.2. Descripción del Proceso Metalúrgico de la Planta de Beneficio FECMA. 7.1.2.1. Se Sección cción de recepción recepción y al m ace n ami en t o . 

El

mineral

extraído

por

los

pequeños

mineros,

son transportados en camiones, cami ones, vol volquetes, quetes, ha hacia cia la Compañia

Cupríaurifera

S.A.C, 

previo pesaje en la

balanza de ccapacidad apacidad de 60TM. El mineral primero pr imero es acumulado en el patio de minerales el cual tiene una extensión aproximada de 60m ancho x 100 metros de largo, formando en cuadrilátero, el cual está en un lugar apartado y seguro,

posteriorment posteriormente e el mineral es

depositado en la tolva de gruesos, el cual está construido de acero con un grosor de Y4" pulgada. Se tiene una tolva de gruesos de 6mx4mx5m.

 

7.1.2.2. Trituración Primer circui to : 

Chancado Primario: El mineral de la tolva de gruesos es alimentado por una faja Nº1

de 18" x 5.5 m que

descarga en la faja Nº 2 de 18" x 10.5m, que descarga el mineral en la 12"x24"

chancadora primaria

de quijada de

con una entrada máxima de 6" de grueso, la

descarga será de 3" a 4" y sserá erá hacia la faja Nº Nº33 de 18" de 20.5m que lleva el mineral hacia la zaranda vibratoria de 3'x8' que cuenta con malla de 1/2", los minerales de -1/2" pasa directamente a la tolva de finos de 150 Tm de capacidad. Chancado Secundario

Los minerales de + %'' pasa a

la faja Nº4 de 18"x 4.9m que alimenta a la chancadora secundaria de quijada de 12" x 20" que debe reducir los minerales gruesos a 1.5" un máximo de 2". Chancado Terciario La descarga de estos minerales va

a la faja Nº 5 de 18" x 12.5 m que alimenta hacia la trituradora cónica de 3" que reduce finalmente el mineral a -1/2" a -1/8", la descarga de la cónica es transportado por la faja Nº 6 de 18" x 8.5m hacia la faja Nº3 haciendo un circuito cerrado de ch ancado. Segundo circuito Chancado Primario El mineral de la tolva de gruesos

es alimentado por una faja Nº1 de 18" x 5.5 m que descarga en la faja Nº 2 de 18" x 10.5m, que descarga el mineral en la chancadora primaria de quijada de 12"x24" con una entrada máxima de 6" de grueso, la descarga será de

 

3" a 4" y será hacia la faja Nº3 de 18" de 20.5m que lleva el mineral hacia la zaranda vibratoria de 3'x8' que cuenta con malla de 1/2", los minerales de -1/2" pasa directamente a la tolva de finos de 100 Tm de capacidad. Chancado Secundario

Los minerales de+ %" pasa a

la faja Nº4 de 18"x 4.9m que alimenta a la chancadora secundaria de quijada de 12" x 20" que debe reducir los minerales gruesos a 1.5" o un máxim máximo o de 2". Chancado Terciario La descarga de estos minerales va

a la faja Nº 5 de 18" x 12.5 m que alimenta hacia la trituradora cónica de 3" que reduce finalmente el mineral a -1/2" a -1/8", la descarga de la cónica es transportado por la faja Nº 6 de 18" x 8.5m hacia la faja Nº3 haciendo un circuito cerrado de chancado. Así mismo en esta sección se contará con un electroimán para evitar evitar el ppaso aso de metales o combos provenientes de la mina, evitando cualquier problema que pueda ocasionar a las chancadoras. 7.1.2.3. Molienda y flotación de sulfuros sulfur os de cobre Primerr cir cuito. Prime

El mineral de la tolva de finos de 21 O a 2250TM 50TM de capacidad se descarga por medio de la faja alimentadora Nº7 de 18" x10.5 que alimenta al molino de bolas M-1 de 6' x6' donde se adiciona los colectores como xantato Z-11 y la

 

cal, a la descarga del primer molino pasa a los hidrociclones 4 048 y 6 068 ,

todo el grueso retorna para una remolienda en el

segundo molino M2 de 5' x 6', en el cual forma un circuito cerrado hasta llegar a una molienda y malla malla sobre 45% malla -200. Luego del reboce del clasificador helicoidal con una malla sobre 45 malla -200 es bombeado con una bomba de pulpa horizontal de 2 %" x 2" hacia el circuito de flotación.

En los molinos se agrega la cal, esto con el fin de controlar la acidez y estar óptimo para la flotación.

Segundo circuito El circuito de Molienda de mineral estará constituido por un molino de bolas de 4' x 6' con motor de 75HP, saliendo el material a un clasificador OSM, OSM, que se encargará separar los materiales de

grano

de

grueso que qu e serán

retornados al molino y el fino enviado a las celdas para su flotación respectiva, cerrándose el circuito, de esa forma teniendo como resultado material triturado en malla
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