Instructivo Contable

November 19, 2018 | Author: Ingrid Alvarez Abrella | Category: Accounting, Taxes, Politics, Government, Economies
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OBJETO Que las entidades del Sector Público cuenten con los procedimientos para la contabilización adecuada de los "Documentos Cancelatorios - Tesoro P úblico".

DOCUMENTOS CANCELATORIOS AUTORIZA LA EMISIÓN DE DOCUMENTOS DOCUMENTOS CANCELATORIOS Según el ARTICULO N º2 DE LA LEY QUE AUTORIZA  TESORO PUBLICO (Ley N.º 29266) son aquellos documentos que se utilizan para: –  TESORO 1. El pago de la deuda tributaria del referido Pliego derivada de las contrataciones que correspondan al objeto de la presente Ley, por concepto de: a) El Impuesto General a las Ventas que como contribuyente le corresponda abonar al fisco por las operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país. b) El Impuesto a la Renta que como agente de retención le corresponda abonar al fisco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados. 2. El pago del Impuesto General a las Ventas que le fuera trasladado al Pliego Ministerio de Defensa en las operaciones de adquisición local de bienes o servicios por contrataciones que correspondan al objeto de la Ley. Los cuales tienen un monto máximo según el  ART Nº3 DE LA LEY AUTORIZA LA EMISIÓN DE

DOCUMENTOS CANCELATORIOS –  TESORO  TESORO PÚBLICO (Ley N.º 29266) como sigue: 1. La emisión de Documentos Cancelatorios  – Tesoro Público a que se contrae la presente Ley será hasta por los montos siguientes: o

Impuesto a la Renta: Cuatrocientos Ochenta y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 485 000 000,00)

o

Impuesto General a las Ventas: Quinientos Noventa y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 595 000 000,00)

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2.

Los Documentos Cancelatorios  –  Tesoro Público tendrán carácter de no negociable y su caducidad se producirá a los cuatro (4) años de su emisión.

FINALIDAD Establecer el procedimiento contable de los documentos y valores denominados "Documentos Cancelatorios - Tesoro Público".

BASE LEGAL 

Ley N.º 24680 Sistema Nacional de Contabilidad.



Resolución CNC. N.º 010-97-EF/93.01 que aprueba el Nuevo Plan Contable Gubernamental.



D.S. N.º 230-90-EF se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público emitir documentos valorados.

ALCANCE Comprende a las entidades del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas del Sector Público. Al respecto podemos decir que el Gobierno Central está constituido con (33) treinta y tres entidades; (18 ) diez y ocho Ministerios, (11) once entidades que representan a los Poderes y Otras entidades del Estado y (04) cuatro entidades captadoras); (36) treinta y seis Universidades Nacionales; (01) uno Asamblea Nacional de Rectores; (03) tres Organismos Descentralizados Autónomos; (60) sesenta Instituciones Públicas Descentralizadas las que incluyen la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y el Fondo Consolidado de Reserva; (102) ciento dos Sociedades de Beneficencia Pública; (05) cinco Entidades de Tratamiento Empresarial - ETES.

CONTENIDO El registro contable por la emisión y entrega de los Documentos Cancelatorios  – Tesoro Público, se elabora de la siguiente manera:

1. La Dirección General de Tesoro Público los siguientes asientos: a. Por la emisión y entrega de los documentos cancelatorios debe efectuarse el registro contable en cuentas de orden. 05 Valores y Documentos

XX

05.02 Especies y Documentos Valorados Emitidos 06 Valores y Documentos en Circulación y Custodia

06.02 Especies y Documentos Valorados en Circulación

XX

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b. Por la entrega de los documentos cancelatorios a las entidades beneficiarias. 30 Transferencias y Remesas de Capital

XX

302 Transferencias Entregadas 302.01 Tesoro Público XX

42 Cuentas por Pagar

429 Cuentas por Pagar Diversas c.

Por el importe de los documentos cancelatorios recibidos del Banco de la Nación en pago de tributos según Nota de Cargo respectiva. 42 Cuentas por Pagar

XX

429 Cuentas por Pagar Diversas XX

30 Transferencias y Remesas de Capital

301 Transferencias Recibidas 301.01 Tesoro Público Dirección Nacional de Contabilidad Pública 2. En las entidades del Sector Público excepto Empresas.

a. Por la recepción de los documentos cancelatorios 11 Valores Negociables

XX

115 Otros Valores Negociables XX

75 Transferencias Corrientes Recibidas

753 En Documentos Valorados 753.01 Tesoro Público Los que deberán ser conciliados en forma permanente. b. El pago del adeudo, mediante la entrega del documento cancelatorio 42 Cuentas por Pagar

XX

429 Cuentas por Pagar Diversas 11 Valores Negociables

XX

115 Otros Valores Negociables 3. Paralelamente las entidades procederán a registrar la incidencia presupuestaria de la ejecución del gasto. 95 Asignaciones Comprometidas 97 Ejecución de Gastos

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