INSPECTOR (Actas de Adjudicacion) of. 1

August 8, 2017 | Author: Gaspar Chiyal | Category: Guatemala, Labour Law, Salary, Politics, Government
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Descripción: Laboral...

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ADJUDICACIÓN N° R-0901-03272-2014 En el municipio y departamento de Quetzaltenango, dieciséis de julio de año dos mil catorce, siendo las nueve horas en punto, constituido el Inspector de Trabajo HECTOR GASPAR CHOCOY SAC, en las instalaciones de la Dirección Departamental del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que se ubican en la Diagonal Cuatro cero guión cuarenta y nueve de la zona tres del municipio y departamento de Quetzaltenango, sección de Visitaduria en el cuarto nivel sección, donde comparece el señor CARLOS MOISES ESCOBAR BULUX , quien es de treinta y uno años de edad, casado, guatemalteco, cocinero, se identifica con el Documento Personal de Identificación de Código Único de Identificación doscientos treinta y ocho millones setecientos noventa y tres dígito verificador dos código departamental cero ocho código municipal cero dos extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, señalando como lugar para recibir notificaciones la quinta avenida cero guión cincuenta de la cuatro del municipio de san Cristóbal Totonicapán, dicha persona comparece a esta inspectoría de trabajo a efecto para Interponer DEMANDA LABORAL en contra del señor IGNACIO MARCO TULIO GOMEZ VASQUEZ, propietario del Restaurante LATINO, ubicado en la Dieciséis Avenida ocho guion cincuenta y dos A zona uno del Municipio y Departamento de Quetzaltenango lugar donde puede ser citado y notificado. Y para los efectos legales que de la presente se deriven se procede de la siguiente manera: PRIMERO: Manifiesta el compareciente que inicio su relación laboral el dos de enero de dos mil siete, devengando un salario mensual de DOS MIL SETECIENTOS QUETZALES EXACTOS, desempeñando el puesto de cocinero, laborando una jornada de diez a veintidós horas de martes a domingo, tomando por descanso los días lunes. SEGUNDO: Continua manifestando el compareciente que finalizó su relación laboral, en fecha catorce de julio de dos mil catorce, en forma directa, cuando al señor Ignacio Marco Tulio Gomez Vasquez, cuando exigió el pago de las horas extraordinarias laboradas en dicha entidad, negándose este a pagarlas aludiendo que dicho restaurante no contaba con los suficientes ingresos para hacer efectivo el pago requerido, dos días después el patrono los cito a su oficina en donde se nos indicó que ya no requería de nuestros servicios laborales porque el restaurante estaba pasando por una crisis económica y no podía seguir costeando nuestro salario. Es por ello que que se vio obligado a acudir a esta inspectoría de Trabajo, para que por este medio se cite a la parte patronal y asi pueda llegarse a un acuerdo por la via Conciliatoria y Administrativa, en cuanto a INDEMNIZACION, VACACIONES, AGUINALDO, BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, VACACIONES, BONIFICACION INCENTIVO, HORAS EXTRAORDINARIAS Y SALARIOS RETENIDOS. TERCERO: Continúa manifestando que al momento de la audiencia pondrá a la vista un certificado médico donde consta que no pudo asistir al trabajo por razón de enfermedad, por lo que el SUSCRITO INSPECTOR DE TRABAJO CITA A, IGNACIO MARCO TULIO GOMEZ VASQUEZ, PROPIETARIO DEL RESTAURANTE LATINO PARA QUE SE PRESENTE A LA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DEL MINISTERIO DE TRBAJO Y PREVISIÓN SOCIAL QUE SE UBICA EN LA DIAGONAL CUATRO CERO GUIÓN CUARENTA Y NUEVE DE LA ZONA TRES DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO, CUARTO NIVEL EL VEINTIUNO DE JULIO DE DOS MIL CATORCE A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS EN PUNTO, que su inasistencia sin causa justificada dará lugar al inicio del incidente por infracciones a las leyes laborales, por lo que se le notifica en el acta al compareciente y a la parte patronal se le hará por los medios legales con que cuenta este Ministerio.

Se finaliza la presente en el mismo lugar y fecha siendo las nueve horas con cincuenta minutos. Leído lo escrito ante el compareciente y enterado de su contenido, objeto, validez y efectos legales, la ratifica, acepta y firma. Seguidamente el Suscrito Inspector de Trabajo que de todo lo relacionado DOY FE.

FIRMA ACTOR HECTOR GASPAR CHOCOY SAC

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL INSPECTOR DE TRABAJO

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ADJUDICACIÓN N°. R-0901-03272-2014 En el municipio y departamento de Quetzaltenango el veintiuno de Julio del año dos mil catorce, siendo las diez horas con treinta minutos, el Inspector de Trabajo HECTOR GASPAR CHOCOY SAC, en las instalaciones de la Dirección Departamental del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que se ubican en la Diagonal Cuatro cero guión cuarenta y nueve de la zona tres del municipio y departamento de Quetzaltenango sección de Visitaduria en el cuarto nivel sección, donde comparece el señor CARLOS MOISES ESCOBAR BULUX , quien es de treinta y uno años de edad, casado, guatemalteco, cocinero, se identifica con el Documento Personal de Identificación de Código Único de Identificación doscientos treinta y ocho millones setecientos noventa y tres dígito verificador dos código departamental cero ocho código municipal cero dos extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, señalando como lugar para recibir notificaciones la quinta avenida cero guion cincuenta de la cuatro del municipio de san Cristóbal Totonicapán y para los efectos legales se procede de la siguiente manera: PRIMERO: Manifiesta el compareciente, que se presenta a esta oficina para continuar con el trámite de la demanda presentada con fecha dieciséis de julio de año dos mil catorce, ya que el mismo fue objeto de Despido Directo y no se le hizo efectivo el pago de sus prestaciones laborales, por el Restaurante Latino, Sociedad Anónima, a través de su propietario, inicio su relación laboral el dos de enero de dos mil siete, devengando un salario mensual de DOS MIL SETECIENTOS QUETZALES EXACTOS, desempeñando el puesto de cocinero, laborando una jornada de diez a veintidós horas de martes a domingo, tomando por descanso los días. Despedido la fecha catorce de julio de dos mil catorce, en forma directa, cuando al señor Ignacio Marco Tulio Gomez Vasquez, cuando exigió el pago de las horas extraordinarias laboradas en dicha entidad, negándose este a pagarlas aludiendo que dicho restaurante no contaba con los suficientes ingresos para hacer efectivo el pago requerido SEGUNDO: Continúa manifestando que, durante todo el tiempo de la relación laboral, no le fueron pagadas las prestaciones laborales de vacaciones, aguinaldo, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, vacaciones, bonificación incentivo, horas extraordinarias y salarios retenidos TERCERO: Manifiesta el compareciente de que se presenta a esta Dirección Departamental del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con el objeto de que el día de hoy se tiene programada la audiencia por lo que después de dar espera de media hora, la parte patronal de la empleadora Restaurante Latino, quien fue citada a través de su dueño con fecha diecisiete de Julio del año dos mil catorce, por medio de cédula de notificación que se entregó a Robert Hernandez, por lo que el señor CARLOS MOISES ESCOBAR BULUX, expone que por no estar presente la parte patronal, solicita que se dé por agotada la vía administrativa en el presente caso; CUARTO: En virtud de lo manifestado y solicitado por el compareciente, el suscrito Inspector de Trabajo DA POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, en el presente caso, indicándole al actor que le asiste el derecho de continuar con el trámite del presente, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de treinta días. El presente expediente se remitirá para que se inicie el incidente correspondiente ante el órgano competente para la imposición por infracción a las leyes de trabajo y previsión social.

Se finaliza la presente en el mismo lugar y fecha cuando son las once horas con quince minutos. Leído lo escrito al compareciente y bien enterado de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, la acepta, ratifica y firma, haciéndolo seguidamente el suscrito Inspector de Trabajo, quien de todo lo relacionado DOY FE.---------

FIRMA ACTOR

HECTOR GASPAR CHOCOY SAC

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL INSPECTOR DE TRABAJO

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