Inscripcion y Rectificacion de Partdas

August 14, 2018 | Author: italo99 | Category: Marriage, Justice, Crime & Justice, Government, Politics
Share Embed Donate


Short Description

Download Inscripcion y Rectificacion de Partdas...

Description

PROCESOS NO CONTENCIOSOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS







Rectificación de Partidas : Es la acción judicial o notarial que tiene por objeto corregir errores y/o omisiones de nombres, apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio o defunción. Salvat sostiene que la rectificación de una partida consiste en todo cambio, supresión o adición destinado a salvar las irregularidades que contenga. Ripert y Boulanger apuntan que rectificar  un acta es realizar cambios, adiciones o supresiones para hacerla concordar con la verdad. La rectificación supone por lo tanto que existe un acta inscrita en los registros y que se la modifica.

Competencia: . La competencia de los Juzgados de Paz Letrados es exclusiva para conocer los procesos de inscripción de partidas (parte inicial del tercer párrafo del articulo 750 CPC)  Los procesos de rectificación de partidas podrán ventilarse ante los Juzgados de Paz Letrados o ante Notario".(parte final del tercer párrafo del articulo 750 CPC)  Además debemos considerar el artículo 23 del código procesal civil que nos dice que en los procesos no contenciosos de inscripción y rectificación de partidas es competente el Juez del lugar del domicilio de la persona que lo promueve o en cuyo interés se promueve. 

 Así, en la vía judicial es  procedente , según el código procesal civil: (art. 826 CPC)  La inscripción de las partidas de matrimonio y de defunción cuando no se practicó dentro del plazo que señala la ley o cuando el Juez considere atendible el motivo. La solicitud de inscripción de partida de nacimiento se rige por la ley de la materia. ( ley Nº 26497 y decreto supremo Nº 01598-PCM) rectificación de las partidas de nacimiento,  La matrimonio y de defunción procede cuando el Juez considere atendible el motivo. es ese sentido si se  justifica debidamente y el juzgador lo aprueba, puede rectificarse cualquier error u omisión en la partida respectiva, debiendo indicarse con precisión lo que solicita cuando se trate de rectificación del nombre, sexo fecha del acontecimiento o estado civil. 

 





INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO : Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil LEY 26497  Artículo 46º.- Las inscripciones de los nacimientos producidos en los hospitales del Ministerio de Salud y del Instituto Peruano de Seguridad Social se realizarán obligatoriamente dentro del tercer día de producido el nacimiento, en las oficinas de registros civiles instaladas en dichas dependencias. Las inscripciones de los nacimientos no contemplados en el párrafo anterior, se efectuarán dentro de un plazo de treinta (30) días y se llevarán a cabo preferentemente en la dependencia del registro bajo cuya jurisdicción se ha producido el nacimiento o del lugar donde reside el niño

INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO: DS. NRO 015-98-PCM   Artículo 44.- La autoridad que celebre un

  

matrimonio, de acuerdo a lo establecido en el Código Civil, deberá remitir bajo responsabilidad, dentro de los 15 días posteriores a su celebración, copia del acta a la Oficina Registral más cercana a su localidad.

 

INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIONES: Inscripción De Defunción  –  Ordinaria:  Es aquella defunción que se inscribe dentro del plazo legal de dos días útiles posteriores al fallecimiento.





El DS. NRO 015-98-PCM nos dice al respecto  de la defunción:   Artículo 49.- En el acta de defunción se inscriben: a) Las defunciones. b) La muerte presunta declarada por resolución  judicial firme. c) El reconocimiento de existencia de la persona, declarada por resolución judicial firme.









Ripert Y Boulanger dicen que la rectificación  es necesaria cuando:  El acta es incompleta : no contiene todas las enunciaciones que debiera y corresponde realizar una o varias adiciones. El acta es inexacta : hay errores de ortografía en los nombres, o bien enuncia hechos falsos, poco importa que esto haya sido inconcientemente o por error; se debe hacer la corrección(…) Entran dentro de esta categoría las rectificaciones que resultan de un cambio de nombre autorizado por decreto ; El acta contiene enunciaciones prohibidas : se debe ordenar la supresión de esas menciones.

  





 Artículo 827.- Legitimidad activa.-  La solicitud será formulada por: 1. El representante legal del incapaz y, a falta de

aquél, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, para la rectificación de la partida de nacimiento. 2. La persona cuya partida de nacimiento se trata de rectificar, si es mayor de edad, y, si ha fallecido, por sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. 3. Cualquiera de los cónyuges o, por fallecimiento de éstos, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, para la inscripción o rectificación de la partida de matrimonio.





 

4. Cualquiera de los parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del fallecido, para la inscripción o rectificación de la partida de defunción. 5. Por el Ministerio Público cuando el fallecido no tiene parientes. En este caso no se requiere de publicación, salvo que la actuación del Ministerio Público se origine a pedido de interesado.

 Artículo 828.- Publicación.-  La publicación del extracto de la solicitud se practicará por una sola vez en la forma prevista en los Artículos 167 y 168 de este Código en lo que fueren aplicables. Los documentos que contienen los edictos serán autorizados por Abogado, como requisito para su publicación

 





 Artículo 829.- Trámite especial.Las personas cuyos nacimientos se hayan inscrito en los Registros del Estado Civil de las Municipalidades de la República y Consulados del Perú, en cuyas partidas figuren por error entre sus nombres y apellidos la palabra "de" o las letras "y", "i", "e" o "a", u otro error manifiesto de ortografía, de sexo o similar que fluya del propio documento, podrán pedir su rectificación. El Juez, sin observar el trámite del Artículo 754, dispondrá de plano la rectificación correspondiente.





Decisión judicial en el proceso de  inscripción o rectificación de partida  La resolución que ampara la solicitud dispondrá la inscripción o rectificacion de la partida, según el caso para lo cual se cursaran los partes judiciales respectivos

RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EN LA  VIA NOTARIAL.



Se tramitaran ante notario las rectificaciones de partidas del Registro de Estado Civil que tengan por objeto:  Corregir errores y omisiones de nombres y apellidos.  Fecha de nacimiento, de matrimonio, de defunción.  Otros que resulten evidentes del tenor de la propia partida. 

No se podrá en ningún caso, seguir el trámite notarial para cambiar el nombre de la persona o sus apellidos (tampoco se podrá suprimir nombres u apellidos), el sexo u otra información contenida en la partida que no surja de un error evidente.   Asimismo, no se podrá cambiar el estado civil, ni realizar el reconocimiento de paternidad. relación a la rectificación de partida de  En nacimiento, deberá solicitarla el representante legal del incapaz y, a falta de aquél, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. 







Si la persona interesada es mayor de edad, la solicitará él mismo; si se encontrase en el extranjero deberá otorgar poder específico por escritura pública El poder debe estar debidamente inscrito en los Registros Públicos. Si ha fallecido el titular de la partida de nacimiento, podrán solicitar la rectificación sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. En el caso de rectificación de partida de matrimonio, podrá solicitar la rectificación cualquiera de los cónyuges, o por fallecimiento de éstos, cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.



   

 

Finalmente, la rectificación del acta de defunción la solicitará los parientes del fallecido hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. La solicitud de rectificación será efectuada en forma de minuta, indicándose: El motivo de la solicitud El derecho que asiste al solicitante El fundamento legal: Ley 26662. Las generales de ley del solicitante: nacionalidad, L.E., D.N.I., estado civil (si es casado se indicará los nombres y apellidos del cónyuge), ocupación y domicilio. Se precisará el objeto del pedido. Se acompañará a la minuta la partida que se pretende rectificar y el documento que acredita el pedido.

Si los errores se encuentran en los rubros padre o madre de las partidas de nacimiento, matrimonio o acta de defunción, deben rectificarse a mérito de las partidas de nacimiento o bautismo de los padres, no siendo suficiente la partida de matrimonio. dentro del trámite de rectificación se deben   Asimismo, realizar dos publicaciones con un extracto de la solicitud en el Diario Oficial El Peruano y otro diario de amplia circulación.  Finalmente, transcurrido el plazo de 10 días útiles desde la última publicación, el Notario elevará la minuta a Escritura Pública, insertando los documentos que acrediten el pedido y se cursará partes al Registro del Estado Civil de la Municipalidad respectiva.  Debemos tener en cuenta que es requisito indispensable (del tramite notarial) el consentimiento unánime de los interesados alguno de ellos, en cualquier momento de la tramitación manifiesta oposición, el notario debe suspender inmediatamente su actuación y remitir lo actuado al juez correspondiente, bajo responsabilidad. (art.6n de la ley 26662) 





Distinción entre rectificación de nombre o cambio o adición de nombre Salvat al respecto nos dice: puede ocurrir que el nombre de una persona, tal cual resulta de la partida, este mal escrito; es un error que se presenta algunas veces y que da lugar a la rectificación del nombre. Ahora bien la rectificación no debe ser confundida con el cambio o adición de nombre; aparte que una y otro tienen un objeto diferente, existe entre ellos la siguiente diferencia fundamental: la rectificación constituye un derecho para el individuo; comprobado el error con que su nombre aparece en las partidas, la rectificación no puede serle negada; el cambio o adición del nombre, por el contrario, es una mera concesión de la autoridad publica, la cual acordarlo o negarlo, según considere justificadas o no las causas que el interesado invoque.







Distinción entre proceso de rectificación de partida y juicio de estado Llambías señala que el juicio de rectificación de partida no debe ser confundido en los juicios de estado que pueden dar lugar también a la rectificación de alguna partida. Se diferencian por su finalidad: mientras el juicio de rectificación tiende simplemente a subsanar una irregularidad obrante en la partida, los juicios de estado consiguen el reconocimiento de estado del accionante o el desconocimiento del estado que se atribuye el demandado.. En los juicios de estado debemos tener en cuenta a las cuestiones de filiación.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF