Informe Sobre Inseguridad Ciudadana en Relacion Al Patrimonio en El Peru

September 21, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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  INFORME SOBRE INSEGURIDAD CIUDADANA EN RELACION AL PATRIMONIO EN EL PERU

INTRODUCCION La inseguridad ciudadana se define como el temor a posibles agresiones, asaltos, secuestros, violaciones, de los cuales podemos ser víctimas. Hoy en día, es una de las principales características de todas las sociedades modernas, y es que vivimos en un mundo en el que la extensión de la violencia se ha desbordado en un clima generalizado de criminalidad. A continuación, presentamos la vertiginosa transición de la delincuencia en el país y las causas que originan esta incertidumbre en la sociedad. Entre las causas de inseguridad que se detectan, está el desempleo que vive una gran cantidad de personas; las personas que atentan contra los bienes y la integridad física de los ciudadanos lo hacen, frecuentemente, por no tener un empleo estable que les garantice ingresos suficientes para mantener a su familia. También, se identificó a la pobreza como otra causa que puede generar agresividad y que causa, además, altos índices de delincuencia que, generalmente, se ubican en las zonas marginales de la ciudad. La falta de educación es otra causa. La escasa (y, muchas veces, inexistente) educación de los ciudadanos genera delincuencia, agresividad y, por supuesto, inseguridad en aquellas personas que se mantienen al margen, pero que son los que sufren las consecuencias de esta situación. Asimismo, la cultura tan pobre de nuestra población genera altos índices delictivos y de agresividad contra las personas. Puede afirmarse que, cuanta menos educación y cultura tengan las personas, más propensas a la delincuencia y al crimen serán. En conclusión, la inseguridad ciudadana puede ser superada si el Estado crea un sistema educativo que disminuya las cifras de deserción escolar que inciden en la criminalidad, y que, además, ofrezca oportunidades laborales a todos los sectores de la sociedad, ahora hablaremos sobre uno de  los delitos más influentes contra el patrimonio en nuestra sociedad LA EXTORCION.

 

EL DELITO DE EXTORCION EN EL PERU INTRODUCCION

En la actualidad nuestro país está inmerso de falta de valores morales y éticos, aumento de maltratos físicos y psicológicos, y una realidad preocupante como la delincuencia que ya sea por robo, hurto, lesiones, violaciones, extorsiones, etc. actúan de una forma violenta contra la paz y armonía de una sociedad. Una de las tantas modalidades de esta delincuencia existente y que es polémica en la actualidad es la extorsión en el Perú; pues a raíz de este problema social, observamos a diario la cantidad de personas violentadas en su libertad, tranquilidad y paz tanto personal como social que por una suma de dinero emplean esta modalidad perjudicando la integridad de la misma persona o de algún miembro de su familia. Nuestro país si aún no está preparado para enfrentar actos de violencia de tal magnitud de forma constante, es al parecer necesario que la ciudadanía asuma un papel protagónico y decisivo, pues el peruano debe pasar de espectador a actor, con ojos vigilantes y acción directa colaborando con la policía en la identificación de los extorsionadores, pues éstos utilizan diversos tipos de extorsión q se vinculan en su mayoría con intersecciones telefónicas. Es por eso, que este trabajo tiene por finalidad dar a conocer algunos puntos de referencia para el conocimiento de este modo alarmante en la sociedad peruana. El delito de extorsión en el Perú” ha sido elegido por considerarlo un problema más dado en la sociedad de manera

constante mediante amenazas q se observan y escuchan, teniendo como consecuencias los asesinatos a las personas que son víctimas de esta forma delincuencial, principalmente dada en nuestro país. Por lo que ha sido, de mucha importancia enfocar casos que en la actualidad tienen polémica y siembran terror en la población. REFERENCI S TEORIC S

El delito de extorsión es un problema social que no escapa del debate de las autoridades de nuestro país, pues atenta contra la seguridad de toda una población dedicada al progreso para el logro del bien común. Es por esto que el autor JULIO PEREDES INFANZON en su obra “DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO” citando a Francisco CARRARA, señala: “La extorsión, en el sentido jurídico actual, recibe los lo s caracteres de su especialidad de un u n intervalo de tiempo que

debe transcurrir (aunque sea breve) breve ) entre la amenaza de un mal y su ejecución, o bien entre la amenaza del mal y el apoderamiento apoderamien to de la cosa”1 

Así mismo, el jurista peruano Dr. RAUL PEÑA CABRERA, doctor en Derecho Penal, fiscal superior adjunto de Lima  y docente asociado asociado de la Academia Academia Nacional de la Magistratura; Magistratura; por su parte, parte, en su obra “TRATADO DE DERECHO DERECHO PENAL – PARTE ESPECIAL II-A: DELITOS CO NTRA EL PATRIMONIO”, al hacer un análisis comparativo del

delito de extorsión con los delitos contra la libertad apunta: “El delito de extorsión, es un caso de coacción calificada; como tal es también un delito contra la libertad, pero su

carácter distintivo es alcanzar una ventaja de orden patrimonial, a la cual el autor no tiene derecho. En la extorsión lo que se busca es una u na ventaja de carácter económico ”, el mismo autor agrega: “El delito de extorsión tiene una íntima relación con el secuestro…, porque en muchos casos se comete delito de d e extorsión privando de la libertad a la víctima, pero el móvil determinante no es este sino el lucro.

 

Citemos al CODIGO PENAL DEL PERÚ de 1991, que en su Artículo 200°, define al delito de extorsión como: “El que mediante violencia o amenaza obliga a una persona o a una institución pública o privada a otorgar al agente o

a un tercero una ventaja económica indebida u otra ventaja de cualquier cu alquier otra índole, será repr reprimido imido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años”  La sistemática de la extorsión en el Derecho Romano se mantiene en las legislaciones, determinada por las características ambivalentes de esa infracción, las cuales por un extremo determinan una estrecha vinculación con los delitos contra la libertad y por otra con los delitos contra la propiedad. Tan manifiesto es ese vínculo que la extorsión podría definirse como el resultado complejo de esos dos tipos simples: es un atentado a la propiedad cometido mediante una ofensa a la libertad. L EXTORSIÓN Y LOS DELITOS CONTR EL P TRIMONIO a) Respecto al hurto

Cita el Art. 185 del C.P. que se define como: “El que, para obtener provecho, se apodera ilegítimamente de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar donde se encuentra,…” 

Aquí se muestra una diferencia entre este termino de hurto con extorsión, pues si bien el hurto es el apoderamiento ilícito de una cosa; la extorsión es entregar una cosa mediante med iante la violencia e intimidación. b) Con relación al robo

Mediante el Art. 188 del C.P. “El que se apodera ilegítimamente de un bien mueble total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de él

sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, empleando violencia contra la persona o amenazándola con un peligro inminente para su vida o integridad física,…”  Ambas figuras contienen la violencia y la intimidación, por ello las diferencias resultan difíciles de distinguir. En el derecho comparado por la naturaleza del delito de extorsión ha sido difícil y controvertido realizar una clara diferenciación con el robo; en dicho contexto se conoce que de un lado está el sistema latino y francés caracterizado por entender el delito de extorsión como una agravante del robo, pero permitiendo la existencia del delito de chantaje; y de otro, el denominado sistema germánico que concibe a la extorsión de manera más amplia, pero que absorbe dentro de ella al chantaje. No obstante la intimidación y la violencia de la extorsión tienen matices distintos a los del robo. c) Con la estafa

Según el Art. 196 del C.P. “El que procura para sí o para otro un provecho ilícito en perjuicio de tercero, induciendo o manteniendo en error al agraviado mediante engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta,…” 

Este delito en comparación con la extorsión se realiza mediante engaños para aprovecharse ilícitamente de una persona; pero en la extorsión, mediante amenazas y violencia se obliga a una persona o a varias, a otorgar una ventaja económica, sin engaños como se define en la estafa.

 

TIPOS DE EXTORSIÓN EN L

CTU LID D

* Extorsión mediante secuestro de vehículos

En esta modalidad el delincuente roba un vehículo y le exige al dueño un monto de dinero específico para devolvérselo. Si este no accede a dar el monto indicado por los delincuentes en el plazo que estos establecen, el vehículo puede ser desmantelado y en extremos hasta pueden ser quemados. * Extorsión mediante pago de cupos

Esta forma de extorsión va dirigida principalmente a los moto taxistas, en obligarles a pagar semanalmente cupos para que su herramienta de trabajo no sea robada y para que su vida no esté en peligro. Es el caso en la ciudad de Trujillo donde la ola delincuencial y criminal está a la orden del día, donde las personas que trabajan de moto taxistas son presionados por hampones en pagar 7 soles semanales para que su vehículo no sea robado. Se dice que cuando el chofer se niega a pagar el cupo está en grave riesgo de perder no solo su herramienta de trabajo sino también su vida. A la semana, 22 de estos vehículos son despojados de sus dueños y para rrecuperarlos, ecuperarlos, los propietarios tienen que pagar entre 500 a 1000 soles a los extorsionadores. * Extorsión mediante violencia o amenaza

El extorsionador que conoce sus pasosdey estas le exige cupos mensuales para no matarlo. Esta modalidad es muyconvence conocida aenla elvictima país, pues siempretodos son victimas extorsiones las personas involucradas en el mundo artístico, pero también los grandes empresarios que muchas veces por miedo siguen este “juego” que

plantean los extorsionadores, exigiendo más de lo debido y hasta pueden apoderarse de bienes importantes para su empresa, o atentan contra la tranquilidad de su familia amenazando con secuestrarlos. * Extorsión mediante el empleo de explosivos

Este tipo de extorsión, en la mayoría de los casos se da en Trujillo. Aquí se intenta presionar a la victima dejando explosivos en la puerta de su domicilio; es esta modalidad algo conocido pues inicia con llamadas telefónicas, y si los miembros de la familia no presta atención a esta intimidación, los delincuentes optan por interrumpir la tranquilidad que tienen en sus hogares arrojando explosivos que sirven de advertencia del atentado contra la vida de los miembros de la familia. * Extorsión sexual mediante imágenes

Expertos de la División de Secuestros y Extorsiones (Divinsec) señalan que estas nuevas modalidades aumentan debido al avance de la tecnología y a la exposición de la privacidad. En tanto, las extorsiones con uso de explosivos  y detonantes cobran más victimas en Lima y Callao. Este “secuestro virtual o extorsión telefónica”. Consiste en elegir una víctima de clase media o alta, reunir sus

datos personales (nombre de sus padres, hermanos) y conseguir su teléfono y dirección. Luego buscan el momento ideal para llamar a su familia y simular un secuestro por teléfono. Esta modalidad se inició en Colombia y México entre los años 2000 y 2001. El delincuente un rescate lenguajeenagresivo, a veces simulando la voz del supuesto secuestrado que se intenta obligar al pago usa de un unas pocas horas. Por lo general los delincuentes dentro deenlaselcárceles tienen ayuda del exterior (pueden ser familiares o amigos) para completar el fraude.

 

PRINCIP LES RECOMEND CIONES

La extorsión es un problema social que no mide raza, sexo o condición social de las víctimas de este delito, es por eso que especialistas peruanos recomiendan: * En una llamada telefónica no usual, lo mejor es colgar el teléfono ya sea celular o de casa, anotar el número y denunciarlo. * Tener cuidado en la entrega de tarjetas de presentación. * No apagar responder a cuestionarios telefónicos entrega dea tarjetas deen crédito. el teléfono, pue s podrían pues estar para extorsionando su familiar ese momento. * No siga rutinas. Trate de ser impredecible en sus rutas y horarios. * Si se realiza un viaje, lo mejor es no anunciarlo por Facebook o redes sociales. Los delincuentes pueden aprovecharse y llamar a su familia. * En las redes sociales se debe ser selectivo a la hora de agregar contactos en su Facebook, jamás colocar su ubicación o el lugar donde está, el nombre de sus hermanos, en dónde estudia. Se recomienda no mostrar datos personales.

 

ENSAYO SOBRE EL CASO DE LA PARADA: EL JUEZ, LA INJUSTICIA Y LA POLICÍA Los jueces y el sistema de justicia tienen sentido en la medida que protegen derechos y resuelven conflictos entre intereses contrapuestos. La teoría nos dice que ellos administran justicia, imparten soluciones, porque son personas independientes y capaces. Tanto así que sus decisiones pueden alcanzar calidad de cosa juzgada, es decir decir ser fallos inmodificables y que deben cumplirse cumplirse a raja tabla. Sin embargo, lo que hemos visto en el caso La Parada, con la aberrante sentencia del juez Malzon Urbina, es todo lo contrario. Los peruanos hemos observado estupefactos las grandilocuentes imágenes de los dos operativos de La Parada, tanto del miércoles 24 como del sábado 27 de octubre de 2012. La policía tenía el encargo de recuperar La Parada, como parte de un plan mayor por ordenar el abasto de productos en Lima y generar mejores condiciones de salubridad y seguridad. Y hemos visto que, más allá de los problemas del primer operativo, decenas de efectivos de la PNP se enfrentaban contra delincuentes contratados para generar caos y sangre. Delincuentes contratados enfrentándose a una PNP que buscaba la mejora de la ciudad. Ambos operativos, que generaron decenas de heridos, miedo, asaltos, daño e inclusive muertos, no habrían servido de nada, ordena para el con juezdesparpajo Malzon Urbina. Al juez no le importan los muertos, y con argumentos cantinflescos, cuestiones tan absurdas como notificar al Congreso respecto de la actuación del Ministro Pedraza o deja constancia de que no destituyó a la Susana Villarán por respeto a la voluntad popular. Pero lo peor es la bomba de tiempo que ha sembrado el juez. El estribillo reza que los jueces están para aplicar derecho generando paz social en justicia. Sin embargo, esta sentencia (in)constitucional de hábeas corpus ordena el retiro inmediato de la policía y de los bloques de cemento y la cobertura de las zanjas, dejando la zona de La Parada a merced de aquellos que enfrentaron a la PNP hace 5 meses y genera las condiciones para una protesta social de condiciones similares a las de octubre. Este fallo judicial, que equivale a una molotov jurídica lanzada desde el Palacio de Justicia, pone nuevamente a la PNP en situación de alerta y con el deber de reforzar la vigilancia en la zona, ppuesto uesto que están dadas las condiciones para un eventual asalto a La Parada y el estallido de una nueva protesta. Además de eso, las autoridades judiciales deben ser conscientes que esta malsana sentencia no solo embarra al equiparable juez Malzon Urbina, sino que alcanza a toda la corporación judicial. Por eso es importante marcar distancia cabalmente y con claridad, dejar de lado mensajes ambiguos y trabajar por corregir este desbarajuste. El más directo mensaje que pueden enviar a la ciudadanía, y que a la vez desactivaría la bomba de tiempo, es que la correspondiente sala de la Corte Superior asuma el caso el mismo día en que se presente la apelación y que, sin esperar que se cumplan los plazos legales, y pronuncie justicia.

Jorge Cárdenas C.

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