Informe de Investigación de Accidente Bulldozer - Faena Cerro Grande

September 5, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL INFORME DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTE COMPAÑÍA MINERA LOS PIONERSO FAENA CERRO GRANDE LTDA. INFORME DE ACCIDENTE LEVE N°1 / AÑO 2021 FAENA MINERA: CERRO GRANDE EMPRESA MANDANTE: COMPAÑÍA MINERA LOS PIONEROS LTDA.

 

FECHA DE EMISIÓN

ESTUDIANTES

DOCENTE

08/11/2021 

Camila Castro Orellana  Aracelly Ferrada Gárate  Sebastián Leal Catalán Tomás Ortega Garcia Angélica Orostegui Castillo

Luis Guerra Godoy 

 

INFORME DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

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1.- DATOS DEL ACCIDENTE. Fecha y hora del accidente

:  26 octubre 2021 ; 11:55 horas

Fecha de aviso al Servicio Fecha de inicio de la investigación por el Servicio

:  26 octubre 2021 :  26 octubre 2021

Descripción del lugar preciso :  Fase 9, Banco 2330, Faena Minera Cerro Grande  del accidente.

2.- ANTECEDENTES DE LA (S) VÍCTIMA (S) O LESIONADO (S):  Nombre Cédula Nacional de Identidad  Nacionalidad, estado civil Cargo de desempeño Tipo de relación laboral Ocupación al momento del accidente Capacitación y entrenamiento (recibido  para el cargo)

: : : : : : :

Cesar Pacheco Quintanilla. 13.897.000-5 Chilena, soltero.  Operador Operador Operador de Bulldozer Cuenta con cursos de entrenamiento y charlas respecto a la labor desarrollada como Operador de Bulldozer. Con sus respectivas licencia Clase A-2-4 y D vigentes. Descripción de lesiones según parte : Golpe en la frente lado derecho ocasionando médico o protocolo de autopsia corte profundo en la ceja. Equipo de protección personal que usaba el : Sin información. trabajador al momento de accidentarse Asumiendo que el operador no se encontraba utilizando los equipos de protección personal.

3 ANTECEDENTES GENERALES DE LA EMPRESA O PRODUCTOR MINERO Y CONTRATISTA INVOLUCRADO: .-

3.1.-

INDIVIDUALIZACIÓN DE LA EMPRESA O PRODUCTOR MINERO

Empresa o Productor Minero (razón social o nombre completo, según corresponda)   R.U.T. o C.N.I. Representante Legal Gerente de Producción Domicilio Empresa

: Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

:  : : : 

94.621.000-5 Ángel González Torres Jorge Rivas Tacussi Avda. Esmeralda N° 340, Piso 3, Iquique. Región de Tarapacá.  Nombre de la Faena :  Cerro Grande Ubicación en coordenadas (U.T.M. Datum :  Norte 7.783.500 metros (m), Este 473.500 PSAD 56) de algún punto relevante de la metros (m), Cota 2.600 m.s.n.m. faena (señalar a qué corresponde)

 

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Ubicación de la faena (sector, comuna, :  Comuna de Pozo Almonte, Provincia del  provincia y región) Tamarugal, Región de Iquique. Dotación : 2.100 trabajadores propios.

3.2.-

DESCRIPCIÓN DE LA FAENA

La faena minera Cerro Grande, de propiedad de la Compañía Minera Los Pioneros Ltda., se encuentra ubicada en la comuna de Pozo Almonte, provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá, I Región. La Empresa explota un yacimiento de cobre, mediante el método de explotación a Rajo Abierto. Como resultado de la exploración, explotación y procesamiento de mineral el cual se procesa en las Plantas correspondientes a la faena minera. Los minerales oxidados son chancados y  procesados a partir de lixiviación en pilas, cuya solución pasa a las plantas de extracción por solventes para su enriquecimiento y limpieza, posteriormente a electrodeposición para la obtención final de cátodos de cobre. Los minerales sulfurados de cobre son acopiados al interior de un Rajo antiguo para un futuro procesamiento.

 Ilustración 1: Esquema Método Abierto.   Método de Explotación Rajo Abierto.

3.3.-

ANTECEDENTES GENERALES DE LA EMPRESA MANDANTE EN MATERIA DE SEGURIDAD MINERA

a.  Asesor en Prevención de Riesgos de la Faena.  Nombre Profesión Categoría Experto Sernageomin Frecuencia de labores en faena

:  : : :

Manuel Tapia Carrasco Ingeniero Civil en Minas Calificación Sernageomin Jornada Completa

b.  Comité Paritario de Higiene y Seguridad. (CPHS)  La Compañía Minera Los Pioneros Ltda., cuenta con un Comité Paritario de Orden, Higiene y Seguridad de la faena Cerro Grande.

 

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4.- DEL ACCIDENTE: 4.1.-

SUPERVISIÓN PRESENTE AL MOMENTO DEL ACCIDENTE: 

 No se informa en la descripción del accidente.

4.2.-

DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE O ACCIDENTE

El día 26 de Octubre 2021; a las 11:55 horas, en la faena minera Cerro Grande, Gr ande, durante el segundo turno del proceso de extracción con equipo Bulldozer CAT N°209, en fase 9, banco 2330. El operador ejecutaba la labor de soltar y remover bolones del disparo, dispa ro, al ejecutar la remoción de una roca de gran tamaño con el Ripper del equipo, este engancha la parte superior de la roca y al realizar el movimiento frontal se desprende la roca, impactando está en el parabrisas trasero quebrándolo he impactando al trabajador en la frente lado derecho ocasionando un corte profundo en la ceja.

4.3.-

OTROS ANTECEDENTES

a)  Antecedentes Bulldozer. El equipo Bulldozer marca Caterpillar, modelo D-10T no presenta protecciones adicionales para impacto de rocas en sus parabrisas. Dicho equipo se encuentra con su programa de mantención al día.

b) Antecedentes Condiciones Físicas Ambientales. La faena se emplaza en un ambiente diurno, con polución ambiental. Presenta una superficie en  buen estado, sin co congestión ngestión de tráfico en el áre área. a. La pared del banco ban co en el cual se desprendió el  bolón presenta una condición estructural de regular r egular a mala.

c)  Antecedentes Faena. La faena ha implementado un sistema de monitoreo monitore o de estructuras presentes en la mina, pero en el sector del accidente no está considerado dentro de los programas actuales.

5.- CONCLUSIONES Y CAUSAS 5.1.-

CONCLUSIONES

El desprendimiento de la roca se originó por la deficiente tronadura efectuada en la fase fas e 9 banco 2.330 producto de la presencia de agua en los tiros incluyendo la protección de la pared de los  bancos, produciendo una cantidad de material de gran tamaño, ignorando la granulometría debido a la falta de supervisión en terreno.

5.2.-

CAUSAS DIRECTAS O INMEDIATAS

a.  Actos inseguros o subestándar 1)  No usar EPP o uso inadecuado.

 

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Equipo Bulldozer no presenta protecciones adicionales para impactos de rocas en sus  parabrisas.

2)  Posicionamiento inadecuado para labor. Al ejecutar la tarea de remoción de roca con Ripper del Bulldozer, este se engancha en la parte superior de la roca. Produciendo el desprendimiento de la roca y su  posterior impacto al equipo y operador.

3)  Omitir el análisis de riesgos de la tarea. Se omitió el Análisis de Riesgos en los trabajos de soltar y remover bolones del disparo.

b.  Condiciones inseguras o subestándar 1)  Sistema de advertencia/monitoreo deficiente. En el sector del accidente no fue considerado dentro del sistema de monitoreo estructural presentes en la mina.

2)  Condiciones ambientales peligrosas. Condición estructural de la pared del banco donde se desprende el bolón es clasificada de regular a mala.

5.3.-

CAUSAS BÁSICAS O DE ORIGEN

a.  Factores personales 1)  Motivación incorrecta.  incorrecta.  Generada por lo sencillo que resultaría la tarea de soltar y remover bolones del disparo.

2)  Falta de competencias del operador. Operador ejecuta remoción de roca sin tener las competencias y además no toma los resguardos necesarios para la labor.

3)  Falta de concentración. Debido a la falta de concentración del operador engancha parte superior de la roca realizando un movimiento frontal, provocando el desprendimiento de está impactando en el parabrisa y posteriormente al operador.

b.  Factores del trabajo 1)  Supervisión inadecuada.

 

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La supervisión permite que el Operador asignado a la tarea no tiene dominio de la técnica de remoción de rocas. No revisa si el operador está ejecutando bien la labor, no advierte de la dimensión de la roca, no realiza inspección que hubiera permitido  predecir el desprendimiento de la roca.

2)  Criterio inadecuado de diseño. Ingeniería inadecuada con relación a explotación del banco mediante el diagrama de disparo.

3)  Elección incorrecta de explosivo. La elección correcta de explosivo hubiese permitido una tronadura eficiente a pesar de la aparición de agua en los tiros.

4)  Implementación insuficiente de monitoreo de estructuras.  No se priorizó la instalación de sistemas de monitoreos de estructuras es tructuras en la zona del accidente.

5)  Falta de inspección en lugar. Posterior a la tronadura efectuada no se revisó el lugar que se encontraba con posibles desprendimientos.

6.- FALLAS DE CONTROL ADMINISTRATIVO   La Empresa Mandante no realiza una correcta supervisión del área de trabajo.   Falla de ejecución del programa institucional “Plan de Administración de Riesgos”.  





7.- HALLAZGOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS A CONSECUENCIA DE LA INVESTIGACIÓN. Instalación Hallazgo N°1

Medidas Correctivas

Estado de la medida correctiva

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. No usa EPP o uso inadecuado.  No se supervisó el uso de Equipos de Protección Personal para la realización de remoción de rocas. Además, no se consideró  protecciones adicionales en equipo Bulldozer  para prevenir impactos de rocas. La Empresa debe recapacitar a su personal sobre el uso de Equipos de Protección Personal. Igualmente, la empresa debe evaluar la implementación de protecciones adicionales en equipos en general. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

 

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Instalación Hallazgo N°2

Medidas Correctivas

Estado de la medida correctiva Instalación Hallazgo N°3

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Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Posicionamiento inadecuado para labor. El Operador no cumplió con el protocolo de remoción de rocas debido a un inapropiado  posicionamiento provocando el desprendimiento de la roca. La Empresa deberá redefinir el perfil de competencias para trabajadores y supervisores en trabajos de remoción de rocas, con el objetivo de cumplir protocolos. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Medidas Correctivas

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Omitir el análisis de riesgos de la tarea. La cuadrilla omitió realizar el Análisis de Riesgos en los trabajos de soltar y remover  bolones del disparo. La Empresa deberá realizar reinstrucción en

Estado de la medida correctiva

 personal sobre el cumplimiento de Análisis de Riesgos de la Tarea, seguido de un seguimiento de evaluación. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Instalación Hallazgo N°4

Medidas Correctivas

Estado de la medida correctiva Instalación Hallazgo N°5

Medidas Correctivas

Estado de la medida correctiva

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Sistema de advertencia/monitoreo deficiente. En el sector del accidente el sistema de monitore de estructuras no estaba considerado dentro de los programas de la faena. La Empresa deberá implementar el sistema de monitoreo de estructuras en todos los sectores de la mina. Compañía Minera Los Pioneros Ltda. Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Condiciones ambientales peligrosas. La pared del banco desde donde se desprende el bolón presenta una condición estructural de regular a mala. La Empresa deberá realizar un análisis geomecánico de los bancos con el objetivo de obtener información de las falencias presentes en el macizo rocoso. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

 

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Instalación Hallazgo N°6

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Motivación incorrecta. Trabajador ejecuta la labor de soltar y remover  bolones posteriores a disparo sin considerar los riesgos que dicha tarea puede traer, generada  por lo sencillo que resultaría.

Medidas Correctivas

La Empresa deberá motivar al personal mediante charlas laborales, compartiéndoles la visión de la empresa y el rol de cada uno para alcanzar los objetivos. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Estado de la medida correctiva Instalación Hallazgo N°7

Medidas Correctivas

Estado de la medida correctiva Instalación Hallazgo N°8

Medidas Correctivas

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Falta de competencias del operador. Operador ejecuta soltar y remover bolones sin tener las competencias y además no toma los resguardos. La Empresa deberá controlar las competencias del personal que realice trabajos de soltar y remover rocas. Compañía Minera Los Pioneros Ltda. Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Falta de concentración. El Operador se encuentra distraído al momento de ejecutar su labor designada, por lo tanto, este engancha la roca provocando el desprendimiento y posterior impacto. La Empresa deberá implementar charlas respecto al trabajo realizado por cada operador, advirtiendo de los posibles riesgos  presentes en las labores.

Estado de la medida correctiva

Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Instalación Hallazgo N°9

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Supervisión inadecuada.  No se realizó supervisión para verificar si el operador tiene el dominio de la técnica de remoción de rocas, omitiendo la advertencia de las dimensiones de los bolones. La Empresa deberá elaborar una planilla de inspección e implementarla para inspeccionar sectores que se concluyó el trabajo de detonación, de tal forma percatarse de las dimensiones de los bolones y así poder advertir adver tir al operador. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Medidas Correctivas

Estado de la medida correctiva

 

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Instalación Hallazgo N°10

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Medidas Correctivas

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Criterio inadecuado de diseño. La ingeniería aplicada a la explotación de  bancos es inadecuada. La Empresa deberá rediseñar la ingeniería

Estado de la medida correctiva

aplicada para la explotación de bancos considerando las condiciones geomecánicas y geotécnicas. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Instalación Hallazgo N°11

Medidas Correctivas

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Elección incorrecta de explosivo. Dado a la elección inapropiada de explosivo la tronadura efectuada resulta deficiente debido a la aparición de agua en los tiros y protección de la pared de los bancos. La Empresa deberá evaluar el macizo rocoso antes de realizar alguna elección de explosivo.

Estado de la medida correctiva

Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Instalación Hallazgo N°12

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Implementación insuficiente de monitoreo de estructuras.  No se priorizó la instalación del sistema de monitoreo de estructuras en todas las zonas de la mina o en aquellas que la calidad de la roca es regular. La Empresa deberá implementar en todos los sectores de la faena el sistema de monitoreo de estructuras con la finalidad de evitar futuros accidentes.

Medidas Correctivas

Estado de la medida correctiva

Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Instalación Hallazgo N°12

Banco 2330/ FAENA CERRO GRANDE. Falta de inspección en lugar. Debido a la ausencia de inspección en el sector de la labor no se revisó ni advirtió sobre  posibles desprendimiento de rocas.

Medidas Correctivas

La Empresa deberá inspecciones posterior a tronadura para verificar la granulometría del material con el objetivo de prevenir desprendimientos de rocas. Compañía Minera Los Pioneros Ltda.

Estado de la medida correctiva

 

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8.-CONSTATACIONES OBSERVADAS POR EL SERVICIO EN RELACIÓN CON LA NORMATIVA DE SEGURIDAD MINERA VIGENTE.

 

Además de lo anterior, es conveniente indicar que, a raíz de la investigación realizada a consecuencia del accidente, se entiende que la Empresa Mandante ha incurrido en las siguientes contravenciones al D.S. N° 72, de 1985, del Ministerio de Minería, Reglamento de Seguridad Minera (RSM), cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el artículo quinto del D.S. N° 132, del 2002, del Ministerio de Minería.

Artículo 237, Capítulo IV, Explotación de minas a Rajo Abierto. “Las minas a rajo abierto ya sean de minerales metálicos o no metálicos, debe n ser explotadas mediante un sistema de “graderías” o “bancos”, cuyo ancho, alto y ángulos de taludes, serán determinados de tal forma que garanticen los mejores estándares de seguridad para las operaciones, tomando en consideración, entre otros aspectos, factores tales como comportamientos geomecánicos de la roca, envergadura de los equipos de trabajo,  planificación de expansiones, carpetas de rodados”. 

Artículo 238, Capítulo IV, Explotación de minas a Rajo Abierto. esarrollen en las proximidades de lagos, ríos, mares y “En las minas a rajo abierto, que se d esarrollen otros afluentes, se deberán determinar las distancias mínimas a éstos, que aseguren la estabilidad de las excavaciones.  La Administración deberá realizar estudios tendientes a determinar las distancias antes mencionadas y establecerá los sistemas de monitoreo que garanticen un control permanente  sobre esta condición”. 

Artículo 239, Capítulo IV, Explotación de minas a Rajo Abierto. “La empresa minera deberá presentar, para la aprobación del Servicio, los respectivos  Reglamentos que definan estándares de trabajo, a lo menos de las siguientes operaciones: a)  Tránsito de vehículos y personas en la mina. b)  Perforación y tronaduras. c)  Carguío y transporte de material. d)  Sistemas de emergencias.  El Servicio tendrá un plazo de treinta (30) días para responder la solicitud, desde la fecha de  presentación de ella en la Oficina de Parte”. 

Artículo 240, Capítulo IV, Explotación de minas a Rajo Abierto. “En la explotación de materiales estructuralmente no consolidados, el diseño de los bancos deberá estar en concordancia con la dimensión de los equipos, estableciéndose que el alto de los bancos no podrá exceder la altura a la que se encuentra la cabina de dell operador, y el ángulo de talud no superior al ángulo de reposo.  En la explotación de “placeres” por medios hidráulicos se deberán tomar las medidas de  protección para evitar deslizamientos o derrumbes”. 

Artículo 244, Capítulo IV, Explotación de minas a Rajo Abierto. “No permitirá el trabajo simultáneo de equipos carguíorepresenten en bancos, ubicados a diferente cota se sobre una misma vertical, cuando dichos de trabajos un peligro para la integridad de las personas y/o equipos”.  

 

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Artículo 245, Capítulo IV, Explotación de minas a Rajo Abierto. “Se deberá mantener un control permanente en los frentes de trabajo, respecto del desmoronamiento y desprendimiento de rocas susceptibles de generar accidentes, como asimismo de la estabilidad de las pared es es y “crestas” de los bancos.  La operación de acuñadura acuñad ura de bancos, deberá hacerse mediante un procedimiento proce dimiento preparado  por la empresa para tales fines, utilizando personal entrenado y con equipamiento que  garantice una plena eficiencia de la operación”.  

Artículo 258, Capítulo IV, Explotación de minas a Rajo Abierto. “La cabina o habitáculo de los vehículos y/o equipos que operan en una mina a rajo abierto, deben ofrecer como condiciones mínimas a sus operadores; seguridad, confort, y otras tales como: a)   Aislamiento acústico, que garantice niveles de ruido conforme a las normas establecidas. b)   Buenas condiciones condicion es de sellado para p ara evitar filtraciones de polvo y gases. Si S i es preciso se deberán considerar sistemas de presurización y acondicionamiento de aire. c)   Asientos con diseño ergonómico. d)  Climatización de acuerdo a las condiciones del lugar de trabajo. e)   Instrumental y mandos de operación de acuerdo a diseños ergonómicos y con instrucciones en idioma español.  f)   Buena visibilidad (alcance visual).  La cabina de los camiones debe ser construida de acero y con resistencia suficiente para  proteger efectivamente al chofer de eventuales lesiones causadas por la pala o por rocas que se proyectan durante la operación de carguío.  En el llenado de los neumáticos debe considerarse con siderarse la recomendación recomenda ción del fabricante de ellos, en cuanto al uso de nitrógeno (N) comprimido u otro gas comprimido ”.

Artículo 569, Capítulo III, Perforación y Tronadura. “ Las tronaduras se avisarán por medio de procedimientos específicos, que alerten a los trabajadores tanto la iniciación de los tiros como la cesación del peligro. Todo lo anterior, debe estar indicado en el procedimiento interno de tronaduras de la Empresa ”.

Artículo 571, Capítulo III, Perforación y Tronadura. “ Nadie podrá retornar al área de disparo mientras ello no sea permitido por el Supervisor a cargo, quien instruirá por algún medio de comunicación o señales estandarizadas para tal efecto”.

 

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ANEXO DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTE FOTOGRAFÍAS DEL LUGAR DEL ACCIDENTE

 

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Fotografía 1: Interior de Cabina.

Fotografía 2: Roca que provoca la lesión.

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CROQUIS U OTROS ELEMENTO DEL ACCIDENTE 1.- APRENDIZAJE OBTENIDO DE LA INVESTIGACIÓN. Al momento de suceder un accidente, como fue en este caso de la Faena Minera Cerro Grande, se debió a caboa partir una investigación conloselhechos objetivo de determinar han sido lasPor causas que lo hanllevar provocado del análisis de o curridos ocurridos para sucuales materialización. lo tanto,  para cumplir con los requisitos legales del Reglamento de Seguridad Minera es necesario llevar a cabo una exhaustiva investigación de todos los accidentes de trabajo, tanto los daños provocados a trabajadores ya sean leves, graves o fatales, como también los incidentes. Es decir, se debe investigar los accidentes con consecuencias nocivas para los trabajadores, asi como las consecuencias potencialmente dañinas. A través de esta investigación de accidente queda demostrado que el objetivo de su realización es determinar las causas que los han provocado, para adoptar las medidas correctivas necesarias y evitar que se repitan, mediante una análisis de los hechos acontecidos a partir de la información aportada por el accidentado, por testigos, por los daños materiales y la empresa permitiendonos conocer los hechos que han tenido lugar para que se materialice el accidente, evitar que la misma causa vuelva a provocar accidentes, detectar las medidas correctivas, aprender de los errores y aprovechar experiencia adquirida para la mejora continua del sistema del plan de administración de riesgos olasistema de prevención. Cabe mencionar que las causas que provocan un accidente estan ligadas con actos inseguros de los de los trabajadores y con condiciones inseguras de los sectores, instalaciones, equipos, etcetera. Dichos factores estan asociados a errores u omisiones del sistema de prevención de las empresas. Quedando como aprendizaje, una mejora en la investigacion inve stigacion de accidentes que nos permite ampliar el conocimiento de prevencion e ir más allá de los acontecimientos, tomando en cuenta los factores causales de situaciones diferentes pero que tienen factores de riesgos similares al investigado, a fin de tomar medidas para controlarlo antes de que se produzcan otros accidentes. En palabras mas simples, la investigación de accidente es una herramienta preventiva eficaz y fundamental para garatizar la mejora continua del sistema de prevención de accidentes. Asimismo, como futuros Ingenieros Civiles en Minas debemos ser capaces de apreciar en detalle que lo que no esta en los  planes consecu encias, por en ende, de, debemos responsables y adesempeñar una correcta labor, velandodeja porconsecuencias, el bienestar humano vigilandoserconstantemente los empleados del recinto, verificando si cumplen con los equipos de protección personal, generando un ambiente seguro, etcetera. Preparadonos frente a cualquier adversidad ante eventuales accidentes laborales.

2.- MARCO TEÓRICO PARA DETERMINACIÓN DE LAS CAUSAS DEL CASO. En nuestro pais los accidentes están regulados por la Ley 16.744; para los efectos de esta ley se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produza incapacidad o muerte. Un accidente esta determinado por múltiples factores intervienetes que, desde el purno de vista  preventivo, deben ser investigados, analizados y corregidos para prevenor que un hecho de las mismas caracteristicas o similares vielva a ocurrir. Este proceso denominado Investigación de Accidente constituye una de las herramientas claves de la gestión preventiva.

 

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La investigación de accidente puede ser desarrollada en base a distintos métodos, siendo el más  popular el análisi causal. caus al. La metodología de análisis de causas son herramientas sistemáticas que guían a los investigadores a encontrar las causas de origen del accidente e indicentes desde una  perspectiva objetiva y profunda, de la siguiente manera: En primer lugar se procedió a la recolección de datos del accidente tales como; fecha y hora en que ocurrió,fecha de aviso al Servicio Nacional de Geología y Minería, fecha de inicio de la investigación y descripción del lugar en la que ocurrió el incidente. Una vez registrados estos datos se procede a recolectar información sobre la victima o lesionado  producto del accidente, recopilando datos como: nombre, nacionalidad, domicilio, ingreso a la faena, cargo en el cual se desempeña, tiempo en el cargo que se desempeña, capacitación y entrenamiento de la víctima, descripción de las lesiones, ocupación al momento del accidente, si  poseía todos lo equipos de protección personal al momento del incidente, entre otros. o tros. Terminado la recopilación de dicha información se procede a realizar la recolección de datos correspondientes correspondi entes a la empresa o productores mineros y contratista involucrada en el accidente. Entregando datos como: representante legal, nombre del gerente de producción, domicilio de la empresa, nombre de la faena, dotación de sus trabajadores y su RUT respectivo, que, junto con estos datos, se procede a realizar una breve descripción de la faena f aena con tal de conocerla un poco mas a fondo f ondo con respecto a características generales de esta que no se hayan detallado en la recopilación de datos de la empresa. Posteriormente, se reunió la información perteneciente a los antecedentes generales de la empresa mandante en materia de seguridad minera con datos como el experto a cargo de la prevención de riesgos de la faena, su Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS), verificar si cumplían con los reglamentos y procedimientos de seguridad aplicables al caso investigado, revisar su plan o  programa de control de riesgos de la empresa y el inventario de operaciones criticas que representaran un alto potencial de riesgos. Por último, recopilada toda la información necesaria de la empresa se procede a realizar una descripción detallada del accidente que implica los antecedentes del equipo en el que ocurrió, los antecedentes de las condiciones físicas ambientales del momento y los antecedentes de la faena  para finalmente poder sacar una conclusión de lo sucedido su cedido y cuales fueron sus principales causas, causas , las que se dividen en dos Causas Directas o Inmediatas y Causas Básicas o de Origen. La primera contempla los Actos Inseguros y Condiciones inseguros, correspondiente a conductas inseguras o ejecutada manera causa, inadecuada problema o circunstancia peligrosa del ambiente de trabajo. Ladesegunda abarcay los Factores Perosnales y física Factores de Trabajo, los cuales explican por qué la gente no actúa como debe y por qué existen o se crean condiciones anormales, fallas en el control administrativo, constataciones observadas por el servicio en relación a las normativas de seguridad minera vigentes, junto con una descripción breve de hallazgos y medidas correctivas que se descubrieron en el desarrollo y transcurso de la investigación del caso de este accidente.

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