Informe de Auditoria

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Informe de auditoria Documento preparado por un contador público en donde se expresa la opinión de un profesional independiente sobre el contenido razonable y confiable de los estados financieros de una entidad. El informe ordinario de auditoría en "forma corta", se dirige comúnmente a los accionistas o a los directores bajo el título de "informe del auditor", contiene en lo fundamental los párrafos o secciones en que se expresan el "alcance" y la "opinión"; la forma larga es un informe detallado contenido en una carta que prepara un auditor después de una revisión practicada por él, dirigido a la gerencia o a los directores, puede complementar, contener o sustituir al informe en "forma corta". No existe un modelo establecido para un informe en "forma larga", aún cuando frecuentemente contiene detalles sobre el alcance de la auditoría; comentarios sobre los resultados de las operaciones y la situación financiera; un estado de flujo de fondos; las causas de los cambios en relación con años precedentes y sugerencias sobre procedimientos. TIPOS DE DICTAMEN 3.1 OPINIÓN LIMPIA O ESTÁNDAR CON PÁRRAFO EXPLICATIVO El nuevo dictamen permite que el auditor puede emitir opinión limpia o estándar y, después de ella, un párrafo o comentario adicional de carácter explicativo o de ampliación a la opinión del auditor. Es decir, se mantiene el criterio que toda la información que se incluya en el dictamen, después del párrafo de la opinión, solo sirve de aclaración. Sin embargo, el auditor puede sugerir a la entidad auditada que determinada información se incluya en las notas a los estados financieros y, en ese caso, no seria necesario incluir en el dictamen el cuarto párrafo adicional de carácter explicativo después de la opinión, porque se estaría cumpliendo con la norma de auditoria generalmente aceptada de revelación suficiente. 3.2 OPINIÓN CALIFICADA O CON SALVEDADES Se puede afirmar que el auditor emitirá este tipo de dictámenes cuando por el resultado de su examen, concluya que : Las declaraciones de la gerencia, referida a los estados financieros o sus notas no son satisfactorias al auditor. Es decir una limitación al alcance para la aplicación de los procedimientos de auditoria. Existe incertidumbre sobre algún asunto por resolver en el futuro y que le permitirá obtener evidencia suficiente sobre el resultado. Existe desviaciones a los principios de contabilidad generalmente aceptados o sus procedimientos, que podrían tener un efecto en las estimaciones contables, en los registros o en la preparación de los estado financieros que evalúa. En cualquier de los casos mencionados podría ser necesario que el auditor incluya en su dictamen Un párrafo intermedio antes de la opinión para reflejar la salvedad que afectara su opinión profesional, en forma detallada y completa. Si la salvedad se refiere a una limitación al alcance, esta situación debe mencionarse en el párrafo dos (alcances) y describirse en el párrafo siguiente. 3.3 DICTAMEN CON OPINIÓN NEGATIVA O ADVERSA

En este tipo de dictamen debe mencionarse en el párrafo intermedio, antes de la opinión explicando en detalle las razones principales que lo llevaron a emitir tal opinión así como los efectos principales del asunto que origino la opinión adversa. 3.4 DICTAMEN CON ABSTENCIÓN O DENEGACIÓN DE OPINIÓN El auditor emitirá este tipo de dictámenes en aquellos en que no practicó el examen con el alcance suficiente que le haya permitido formarse una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros examinados. En el dictamen con abstención de opinión, se debe omitir el párrafo del alcance, porque el auditor por determinadas limitaciones al alcance de su examen, no estuvo en condiciones de aplicar los procedimientos de auditoria. Esta omisión se justifica para evitar una confusión con la opinión adversa. 4.1 DICTAMEN LIMPIO O ESTANDAR Dictamen de los Auditores Independientes : A los Señores Accionistas y Directores de el Mercader S.A. Hemos efectuado una auditoria al balance general de El Mercader S.A. al 31 de diciembre de 2002 y a los correspondientes estados de ganancias y perdidas, de cambios en el patrimonio neto 4.2 DICTAMEN INCLUYENDO UNA INCERTIDUMBRE QUE NO MODIFICA LA OPINIÓN LIMPIA Dictamen de los Auditores Independientes : A los Señores Accionistas y Directores de la Compañía Grafitecnia S.A. Hemos efectuado una auditoria al balance general de la Compañía Grafitecnia S.A. al 31 de diciembre dl 2002 y a los correspondientes Opinión sin Salvedad 1) El dictamen estándar de auditoría establece que los estados financieros presentan razonablemente, en todos sus aspectos substanciales, la situación financiera de una entidad a una fecha determinada, los resultados de sus operaciones y los movimientos de su efectivo durante un determinado período, de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general. Esta conclusión debe expresarse solamente cuando el auditor se ha formado tal opinión sobre la base de una auditoría desarrollada de acuerdo con normas de auditoría de aceptación general. 2) El dictamen estándar de auditoría: (a) Identifica los estados financieros que han sido examinados; (b) Describe la naturaleza de una auditoría; y (c) Expresa la opinión del auditor sobre los estados financieros que ha examinado. El mismo se compone de tres partes y siete elementos básicos. Primera Parte a) El título "Dictamen del (de los) Contador(es) Público(s) Independiente(s)". Este título debe omitirse si el contador público no es independiente. b) Destinatario

Segunda Parte c) Un párrafo introductorio en el cual: c1) Se declara que los estados financieros identificados en el informe fueron auditados. c2) Se hace una declaración de que los estados financieros examinados son responsabilidad de la gerencia de la entidad y que la responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre esos estados financieros como resultado de su auditoría.. Tercera Parte d) Un segundo párrafo referente de que el examen fue realizado de acuerdo con normas de auditoría de aceptación general. d1) Se hace una declaración de que el examen fue realizado de acuerdo con normas de auditoría de aceptación general. d2) Se explica que las normas de auditoría de aceptación general requieren que el auditor planifique y desarrolle la auditoría para obtener una seguridad razonable acerca de si los estados financieros están libres de errores o falsedades importantes, dentro del contexto de la materialidad o importancia relativa. 3. Se declara que una auditoría incluye: – Un examen, a base de pruebas, de las evidencias que soportan las cifras y revelaciones en los estados financieros. – Una evaluación de los principios de contabilidad aplicados y de las estimaciones de la gerencia. – Una evaluación de la presentación de los estados financieros como un todo. 4. Una aclaración por el auditor de que su examen provee una base razonable para su opinión. e) Un tercer párrafo explicando que los estados financieros presentan razonablemente en todos sus aspectos substanciales, la situación financiera de la entidad a la fecha del balance general, los resultados de sus operaciones y los movimientos de su efectivo por el período entonces terminado, de conformidad con principios de contabilidad. Cuarta Parte f) El nombre de la firma de contadores públicos (si es una firma), el nombre del Contador Público, la expresión "Contador Público" debajo del nombre, la firma autógrafa y el número de colegiación. Ejemplo: Hernández, Pérez y Asociados

(Firma autógrafa) Lic. Luis Hernández P Contador Público CPC XXX g) La fecha del informe, indistintamente en la parte superior o inferior del informe. Variantes de la forma Estándar de Dictamen Ciertas circunstancias pueden requerir que el Auditor agregue uno o varios párrafos adicionales a su dictamen o frases aclaratorias al mismo, sin que eso afecte su opinión sin salvedad sobre los estados financieros. II Opinión con Salvedad Ciertas circunstancias no permiten que el auditor emita una opinión sin salvedad y por el contrario obligan a que el auditor emita una opinión con salvedad. tal opinión expresa que "excepto por" los efectos de el o de los asuntos a que se refiere la salvedad, los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos substanciales, la situación financiera, los resultados de operaciones y los movimientos del efectivo de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general. Una opinión con salvedad declara que excepto por el(los) efectos a que se refiere la salvedad, los estados financieros presentan razonablemente, en todos sus aspectos substanciales, la situación financiera, los resultados de las operaciones y los movimientos del efectivo de la entidad, de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general. Opinión Adversa Una opinión adversa expresa que los estados financieros no presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones ni los movimientos del efectivo, de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general. Abstención de Opinión Una abstención de opinión declara que el auditor no expresa opinión sobre los estados financieros. Este tipo de opinión es adecuado cuando el auditor no ha efectuado la auditoría con el alcance suficiente para permitirle opinar sobre los estados financieros. Una abstención de opinión no debe expresarse porque el auditor crea, sobre la base de su auditoría, que ha habido una desviación de los principios de contabilidad de aceptación general. Los informes de auditoría se clasifican en dos clases: Informe corto denominado dictamen Informe largo. Los informes cortos o dictámenes se extienden a favor de los accionistas, quienes no administran la empresa y también a favor de los acreedores. Los

informes de auditoría Largos, se extienden a favor de la administración y podrán o no dirigirse a los accionistas, acreedores, analistas de crédito o de inversiones y otras personas interesadas. En muchas compañías resulta probable que el personal de contabilidad de ellas mismas pueda elaborar estados financieros adecuados, comparaciones, análisis, presentar información estadística, calcular razones y hacer comentarios que puedan ser necesarios para la administración y para fines de control. Por lo tanto, en tales casos el informe de auditoría será de tipo corto, conjuntamente con notas adecuadas a los estados financieros. En varias grandes compañías rep7resentantes de los despachos de auditores se encuentran a diario en dichas compañías. En otras compañías el personal del departamento de contabilidad puede no estar muy capacitado; en estos casos la administración dependerá de su auditor no tan sólo para que rinda su opinión con respecto a lo razonable de la presentación de los estados financieros, sino que también se le pedirá que presente análisis, razones, comparaciones, etc. En tales casos se elaborará un informe largo de auditoría. Se ha señalado que el informe extenso de auditoría es de mayor valor que el dictamen, porque dicho informe Largo es más útil para negociar el crédito y obtención de capital y también porque el dictamen no detalla el alcance de la revisión para algunas partidas importantes de los estados financieros. Actualmente la Comisión de Valores está insistiendo en mejores informes financieros, exigiendo que haya una mejor revelación; el lector deberá estar atento a estos avances y a su efecto sobre los informes de auditoría, tanto aquellos que se publican como los que no se publican. En los últimos años se ha incrementado el empleo de un dictamen de auditoría modificado. Este dictamen modificado normalmente contiene todos los elementos de un dictamen normal, sólo que presenta en primer término la sección de opinión. Todos los informes de auditoría deberán contener (1) fecha, (2) dirigidos al cliente y (3) firmados por el auditor. Todos los informes de auditoría deberán dar cumplimiento con las Normas de Auditoría Referentes a la Información. Identificar los Cambios al Dictamen del Auditor Independiente Informes sobre Estados Financieros Auditados . Opiniones Parciales con Ciertas Partidas de los Estados Financieros. En una opinión parcial, un auditor habrá de abstenerse a rendir una opinión o bien podrá rendir una adversa con respecto a los estados financieros tomados en conjunto; sin embargo, él considera que puede dar una opinión buena con respecto a ciertas partidas de los estados financieros. Una opinión parcial debe redactarse de forma tal que no se contradiga a la abstención de opinión o bien a una adversa y deberá presentarse a continuación de la abstención de opinión u opinión adversa de los estados financieros tomados en conjunto. El dictamen deberá contener la opinión del Auditor con respecto a los estados financieros, tomados en conjunto, o bien habrá de indicar que se abstiene de rendir una opinión acerca de ellos. Cuando no se puede rendir una opinión general acerca de éstos, se deberán indicar las razones para ello. En todos los casos en que aparezca el nombre de un auditor en relación con estados

financieros, el informe deberá contener una aclaración del carácter del examen del auditor, y el grado de responsabilidad que está asumiendo.

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