Informe Con Precalificación de Aportes No Dinerarios

December 5, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Informe con precalicación de aportes no dinerarios El informe de precalicación de aportes no dinerario debe ser emido por graduado en ciencias económicas y presentarse en el caso de que la integración del capital se produzca por aportes disntos al dinero como podrían ser aportes de bienes registrables, aportes de bienes muebles, tulos valores y aportes de fondos de comercio. Para que su registración sea efecva y autorizada antes el organismo de control deben cumplirse las siguientes indicaciones según el arculo 70 de la Resolución General N° 7/15 de la Inspección General de Juscia en lo referido a “dictámenes de precalicación”: la inscripción prevenva a nombre de la fundación, comprobar la tularidad del bien en cabeza del aportante a través de la vericación en el registro automotor y por úlmo la valuación del bien mediante rma de profesional habilitado quien deberá ser independiente, es decir, sin relación con la Sociedad.

Señores socios accionista  de La Nonna SA

1. Objeto del encargo He sido contratado por La Nonna SA para emir un informe de cumplimiento de los requerimientos de precalicación del trámite de constución de la Sociedad mediante la integración del capital con aporte no dinerario, de acuerdo con lo requerido por el arculo 50, inc. 2, de la Resolución General N° 7/15 de la Inspección General de Juscia en lo referido a “dictámenes de precalicación”, y en relación con los requerimientos dispuestos en el arculo 70 de la RG R G 7/15 para dicho trámite según la información contenida en el Anexo I adjunto. Dicha información ha sido rmada por mí con propósitos de idencación y, en adelante, será referida como “la Información objeto del encargo”.

2. Responsabilidad del Consejo de Administración de la Fundación El Consejo de Administración de la Fundación será el responsable de la preparación y presentación de la Información objeto del encargo, según lo requerido por el arculo 70 de la RG 7/15, y del cumplimiento de las normas establecidas en el Código Civil y Comercial

 

de la Nación y de la IGJ respecto al trámite de constución de la Fundación mediante la integración del capital social con aporte no dinerario.

3. Responsabilidad del Contador Público Mi responsabilidad consiste en la emisión del presente informe de cumplimiento, basado en mi tarea profesional, que se detalla en el párrafo siguiente, para cumplir con los requerimientos de la IGJ indicados en el párrafo 1 del presente informe.

4. Tarea profesional Mi tarea profesional fue desarrollada de conformidad con las normas establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argenna de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y con las normas parculares establecidas en la Resolución MD N° 816/15 de la Mesa Direcva de dicha Federación, adoptada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Resolución CD N° 59/15, y consisó en la ulización de procedimientos que he considerado sucientes para los propósitos del regulador en relación con el cumplimiento por parte de la Sociedad con los requerimientos de la IGJ mencionados en el párrafo 1 del presente informe. La RT 37 exige que cumpla los requerimientos de éca, así como que planique y ejecute mi tarea de forma tal que me permita emir el presente informe de cumplimento. Los procedimientos realizados consiseron en:

a) Vericar el cumplimiento por parte de la sociedad de los requerimientos establecidos por el arculo 70 de la RG 7/15, de acuerdo con lo manifestado en el Anexo I por el consejo de administración de la sociedad, para lo ccual ual he tenido en cuenta la siguiente documentación: i. Primer tesmonio de escritura pública N° xxx que protocoliza el acta constuva de la sociedad y la integración del capital social con aporte no dinerario y efecvo; ii. Cercado expedido por el Registro de la Propiedad Automotor que acredite la tularidad y condición de dominio del Rodado aportado; iii. Primer tesmonio de escritura pública N° 20341 con fecha 02 de agosto de

 

2020, que acredita la compra del rodado por parte del socio aportante; iv. Tasación praccada por perito matriculado con fecha 10 de marzo de 2020 que asigna el valor al Rodado aportado; b) Vericar la tularidad del Rodado en cabeza del aportante. c) Vericar la inscripción prevenva del Rodado a nombre de la Fundación en formación. d) Vericar que la integración del Capital Social por $ 2.000.000 (pesos dos millones) ha sido realizada parcialmente con el aporte de un Rodado por un valor de $ 1.000.000 (pesos un millón) de acuerdo a los comprobantes de valuación y en efecvo por $ 2.000.000 (pesos dos millones) 5. Manifestación profesional Sobre la base del trabajo realizado, en mi opinión, la Fundación Río Quequén cumple con los requerimientos establecidos por las normas de la IGJ en relación con el trámite de informe de precalicación de aporte no dinerario. 6. Restricción de uso del informe de cumplimiento Mi informe de cumplimiento ha sido preparado exclusivamente para uso del Consejo de Administración de la Fundación y para su presentación ante la IGJ, en relación con los requerimientos dispuestos para aportes no dinerarios y, por lo tanto, no debe ser ulizado, hacerse referencia a él o ser distribuido con c on ningún otro propósito.

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