Informática - Resumen Capítulo 10

October 14, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Universidad autónoma de Santo Domingo (UASD) Facultad de Ciencias

Maestro Emeterio Rijo

Asignatura

Introducción Introducció n A La Informática

Sección 108

Estudiante Gabriela Elizabeth Sánchez Flaquer

Matrícula 100575148

Fecha 27 de febrero de 2020

Crímenes y delitos de computadora y alta tecnología en la era de los convergentes

 

Nos en Nos enfr fren enta tamo mos s a un tipo tipo de de deli linc ncue uenc ncia ia cu cuya ya in inte teli lige genc ncia ia se encuen enc uentra tra rel relaci aciona onada da de man manera era dir direct ectame amente nte pro propor porcio cional nal a la gravedad de sus efectos y debemos responder en consecuencia. En esta sociedad todos estamos relacionados con las computadoras o tenemos la oportunidad de interactuar con ellas: nuestras cuentas de agua, luz, teléfono, récords médicos y otros servicios son manipulados por un computador. El cambio hacia la sociedad basada en la información amenaza a aquél que ofrezca resistencia a su paso. Las computadoras y otros dispositivos vinculados llegaron y siguen llegando a nuestras vidas de mane ma nera ra in inop opin inad ada a pa para ra qu qued edar arse se y po porr ello ello ha hay y qu que e pr prot oteg eger er al público de su exposición al mal uso que pueda hacerse de ellas. Poco a poco se ha ido aumentando la cantidad de crímenes informáticos y la agresividad de sus ataques. Aunque los delitos de alta tecnología son altamente dinámicos, la ley 53 - 07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología en la República Domini Dom inican cana a los def define ine com como o aqu aquell ellas as con conduc ductas tas ate atenta ntator torias ias a los bienes jurídicos protegidos por la Constitución, las leyes, decretos, regl re glam amen enttos y re reso solu luc cio ion nes re rela laci cio onad ada as a lo los s sist sistem emas as de información. Se entenderán comprendidos dentro de esta definición los delitos electrónicos, informáticos, telemáticos, cibernéticos y de telecomunicaciones. Será tarea del juez establecer el nivel de conciencia informática del autor del delito si las infracciones en las cuales estos dispositivos electrónicos son manipulados o atacados con métodos convencionales (robo de un servidor, robo de circuitos integrados y tarjetas madres, destrucción de las computadoras por medios físicos y otros similares, son delitos de computadora y de alta tecnología y por ende incriminados y penalizados por leyes especiales o si sin conciencia conci encia tecno tecnológica lógica o inten intención ción de favor favorecer ecer o causa causarr un daño de carácter informático, se trata de la perpetración de delitos clásicos cómo es robo la destrucción de propiedad privada que hayan tenido como objetivo de delito a una computadora u otros dispositivos afines o vinculados; de estoscon últimos podría decirse que son “delitos relacionados computadoras ”; pero que nosimplemente son “delitos de computadoras y alta tecnología”. El pr prob oble lema ma es qu que, e, sin sin sa sabe berl rlo, o, un clic clic “b “bie ien n in inte tenc ncio iona nado do” ” no nos s podría involucrar en un delito de alta tecnología por qué acciones simples cómo copiar una foto o bajar una canción “sin permiso” están penadas por la ley 53-07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología, aprobada el 10 de abril del año 2007 Por el Congreso nacional de la República Dominicana.

Regulacion Regula ciones es de los delitos delitos informá informático ticos s en la Repúbli República ca Dominicana

 

Esta ley se aplicará en todo el territorio dominicano, a toda persona fí fís sic ica a o mo mora ral, l, nac acio ion nal o ex extr tran anje jera ra y que co come metta un hec echo ho sancionado por sus disposiciones. La ley ya mencionada tiene por objetivo la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información y comunicación y su contenido, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos cont co ntra ra es esto tos s o cu cual alqu quie iera ra de su sus s co comp mpon onen ente tes s o los los co come meti tido dos s durante el uso de dichas tecnologías en perjuicio de persona física o mora mo rale les, s, en lo los s térm términ inos os pr prev evis isto tos s en es esta ta ley, ley, in inte tegr grid idad ad de los los sistem sis temas as de inf inform ormaci ación ón y sus com compon ponent entes, es, la inf inform ormaci ación ón o los datos, las transacciones y acuerdos comerciales, o de cualquier otra ín índo dole le y la co conf nfid iden enci cial alid idad ad de es esto tos, s, so son n todo todos s bien bienes es ju jurí rídi dico cos s protegidos (artículo 1).

Denominaciones de los delitos de alta tecnología Los términos comúnmente usados para referirse a conductas ilegales que utilizan dispositivos electrónicos como medios o fines delictivos son cib ciberc ercrim rimen, en, cib ciberd erdeli elitos tos,, com compud pudeli elitos tos,, del delito itos s ele electr ctróni ónicos cos,, inform inf ormáti áticos cos,, tel telemá emátic ticos, os, y de tel teleco ecomun munica icacio ciones nes.. Est Estos os act actos os pued pu eden en in incl clui uir, r, en entr tre e otro otros, s, ac acce ceso so ilíc ilícit ito, o, us uso o de disp dispos osit itiv ivos os o prog pr ogram ramas as frau fraudu dule lent ntos os,, inte interc rcep epta taci ción ón in inte terv rven enci ción ón de da dato tos s o señales, así como daño o alteración de datos e información. No im impo port rta a la de deno nomi mina naci ción ón qu que e se us use e pa para ra los los de deli lito tos s de alta alta tecn tecno olo log gía ía,, es esttos ya es esttán co cont ntem emp plado lados s y re reg gul ulad ados os por la le legi gisl slac ació ión n do domi mini nica cana na;; po porr lo qu que, e, su de desc scon onoc ocim imie ient nto o o no intencionalidad no libera al autor intelectual o material de las penas y sanc sa ncio ione nes s qu que e es esta tabl blec ece e la ley ley so sobr bre e cr crím ímen enes es y de deli lito tos s de alta alta tecnología en la República Dominicana.

Clasificación de los crímenes y delitos de alta tecnología Esta ley clasifica estos actos delictivos en: 1. Cr Crím ímen enes es y de deli lito tos s co cont ntra ra la co conf nfid iden enci cial alid idad ad,, in inte tegr grid idad ad y disponibilidad de datos y sistemas de información. 2. Del Delito itos sd de ec cont onteni enido. do. 3. Delit Delitos os de p propie ropiedad dad int intelectu electual al y afi afines. nes. 4. Delit Delitos os cont contras ras teleco telecomunic municacion aciones. es. 5. Críme Crímenes nes y deli delitos tos con contra tra la nac nación ión y acto actos s de terror terrorismo. ismo.

Delitos de alta tecnología más frecuentes o comunes Los casos más frecuentes, según el departamento de investigación de crímenes y delitos de alta tecnología (DICAT) de la Policía Nacional, corresponden a:  

Difamación y amenaza vía telefónica (SMS) Difamación y amenaza vía e-mail e internet

 

        

Phishing Fraudes electrónicos Fraudes a bancas de lotería  Terminación ilegal de llamadas Hacking Robo de e-mail Clonación de cajas de cable MODEM Robo de identidad a empresa Acceso ilícito y sabotaje

De fo form rma a ex extr trao aofi fici cial al ta tamb mbié ién n se cita cita a ni nive vell na naci cion onal al,, de deli lito tos s o clonación de tarjetas de crédito, estaba en procesos de pago on-line, virus informáticos, juegos de azar para menores, pornografía infantil, enga en gaña ñas s co con n co corr rreo eos s elec electr trón ónic icos os,, acce acceso so ilíc ilícit ito o a in info form rmac ació ión n confidencial o privada, piratería, entre otros.

Personas u informáticos

organizaciones

vulnerables

a

delitos

   Toda persona u organización que use internet y/o redes de computadoras públicas puedes ser víctima de compudelincuentes que buscan busc an caus causar ar daño daños s físico físicos, s, psicológic psicológicos, os, moral morales es y/o econó económicos micos contra las personas; así como cometer hechos ilícitos vs los sistemas de teleco telecomunic municacion aciones, es, elect electrónic rónicos, os, telem telemático áticos s e info informátic rmáticos os de las org organi anizac zacion iones es ata atacan cando do su sus s com compon ponent entes es más vul vulner nerabl ables es o frágiles. Son también vulnerables los que producen horas musicales, películas y programas afines. Esto es así porque, aunque existen regulaciones que protegen la propiedad intelectual y el derecho de autor es una práctica muy común copiar o reproducir, sin autorización, programas protegidos. Este tipo de delito es conocido como piratería y parece pasar pas ar des desape aperci rcibid bida a por los enc encarg argos os de con contro trolar lar dic dicha ha prá prácti ctica ca delictiva.

Disminución del riesgo de los delitos informáticos Aunque se tienen instrumentos que regulan y sancionan delitos de comput com putado adoras ras y de alt alta a tec tecnol nologí ogía a cor corres respon ponde de a cad cada a per person sona a y organización prevenir, disminuir o eliminar los riesgos de ataques de los que pudiesen ser objeto. En lo per person sonal, al, se sug sugier iere e ser cau cautel teloso oso a rea realiz lizar ar tra transa nsacci ccion ones es banc ba ncar aria ias s el elec ectr trón ónic icas as,, ev evit itan ando do a toda toda co cost sta a la divu divulg lgac ació ión n información privada y la revelación de contraseñas de acceso. Una práctica muy usual de los ciberdelincuentes solicitar, a través de emails, información financiera de los usuarios de sistemas bancarios. Este compudelincuentes usan el nombre, logo, formato e imágenes de dic dichas has instit tituci ucione s entid fin financ ancier ieras; as; por que que,, fác fácilm ilment ente e pue pueden enga engañar ñar al ins clien cliente te ones de la entidad ad banc bancaria aria lo solicitán solicitándole dole actualiza actualizar r den sus

 

datos dato s pe pers rson onal ales es.. es esta ta mo moda dali lida dad d de de deli lito to es co cono noci cida da co como mo “phi “p hish shin ing” g”,, la reco recome mend ndac ació ión n ge gene nera rall es no se segu guir ir en enla lace ces s mi di dire recc cció ión n es en envi viad ada a a co corr rreo eos s el elec ectr trón ónic icos os so sobr bre e su supu pues esta tas s in inst stit ituc ucio ione nes s ba banc ncar aria ias. s. Lo idea ideall es ab abri rirr un una a nu nuev eva a co cone nexi xión ón a internet y nunca seguir los citados enlaces o links.

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