INCOTERMS
March 16, 2021 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CURSO
:
CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA
GRUPO
:
24 – ADMINISTRACIÓN
TEMA
:
INCOTERMS 2010
ELABORADO POR: - OLAZABAL MENDOZA, GUSTAVO V.
2012
" A mis compañeros de grupo, por que sin su ayuda, apoyo, colaboración y fortaleza, no hubiese sido posible el poder realizar este difícil trabajo de investigación. ".
" A mis compañeros de grupo, por que sin su ayuda, apoyo, colaboración y fortaleza, no hubiese sido posible el poder realizar este difícil trabajo de investigación. ".
INTRODUCCION En el mundo globalizado, las transacciones económicas entre países con cada vez mas importantes y las empresas entienden que su mercado es todo el mundo, tanto para comprar como para vender sus producto.
También es una realidad que las transacciones de productos físicos forman parte de la mayoría de las transacciones a nivel internacional, pero también es cierto que el comercio internacional de servicios se está incrementando en forma exponencial, sobre todo por parte de los países más avanzados.
Las reglas Incoterms explican un conjunto de términos comerciales de tres letras que reflejan usos entre empresas en los contratos de compra/venta de mercancías. Las reglas Incoterms describen principalmente las tareas, costos y riesgos que implica la entrega de mercancías de la empresa vendedora a la compradora.
Es válido afirmar que los Incoterms regulan la compra/venta de las mercancías, pero no han sido desarrolladas para regular prestaciones de servicios.
RESEÑA HISTORICA Los Incoterms han sido promulgados por primera vez en el año 1936, y revisados periódicamente por la Cámara de Comercio Internacional (ICC – por sus siglas en inglés), con el objetivo de mantener actualizados de acuerdo al avance tecnológico y económico. La ICC, ha llevado a cabo 8 revisiones para la adecuación y mejor interpretación de los términos comerciales:
1936 1953 1967 1976 1980 1990 2000 2010 – (Entró en vigencia el 01/01/2011)
Por eso, en cumplimiento de este propósito, la referida entidad ha elaborado las reglas Incoterm 2010, las cuales sustituyen a la versión anterior, del año 2000.
DEFINICION Son el conjunto de reglas internacionales, regidas por la Cámara de Comercio Internacional con el propósito de facilitar la interpretación de los términos comerciales frecuentemente utilizados. No son normas oficiales emitidas por la Cámara de comercio Internacional, no son leyes ni normativas legales vinculantes, pues no pertenecen a la legislación nacional, tampoco son contratos ni términos marítimos. Son reglas de aceptación voluntaria por cada una de als partes, y pueden ser incluidas en el contrato de compra/venta internacional.
FINALIDAD Establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados en el Comercio Internacional.
El alcance de los Incoterms se limita a los derechos y obligaciones de las partes en un contrato de compra/venta, y en relación a la entrega de las mercancías vendidas.
Busca eliminar los malentendidos, litigios y procesos, con la subsiguiente pérdida de tiempo y dinero producidos por las distintas prácticas comerciales en diversos países. Dos equivocaciones muy frecuentes son: Se interpreta correctamente que los Incoterms se aplican al contrato de transporte y no al contrato de compra/venta. Se da por sentado erróneamente que regulan todas las obligaciones que las partes deseen incluir en el contrato de compra/venta.
CLASIFIACIÓN Para 2011 se han aprobado las siguiente novedades:
Dos categorías
nuevas: “multimodales” (EXW, FCA, CPT, CIP, DAP y DDP) y “solo marítimos” (FAS, FOB, CFR, CIF y DEQ).
Se recomienda los multimodales para las ventas con contenedor, especialmente el uso de FCA, CPT o CIP frente a los FOB, CFR o CIF porque reducen el riesgo para el vendedor y evitan que se paguen dos veces el mismo concepto.
Se recomienda para las ventas internacionales el uso del FCA en vez del EXW porque incluye la carga del envío en los vehículos y facilita la obtención del DUA de exportación (al realizarse el despacho por el vendedor, si resulta necesario).
Desaparecen los DAF, DES y DDU; y se crea el incoterm DAP (Delivery at place) para las ventas en las que se quiere entregar contratando el transporte principal y entregando en un lugar determinado.
Los Incoterms se agrupan en 4 categorías:
I.
Grupo E. 1. EXW (Ex-Works) - En Fábrica (lugar convenido). Significa que el vendedor entrega cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, fábrica, almacén, etc.), sin despacharla para la
exportación
ni
cargarla
en
un
vehículo
receptor.
Este término representa, así, la menor obligación del vendedor, y el comprador debe asumir todos los costos y riesgos.
Obligaciones del Vendedor: Entrega de la mercadería y documentos necesarios. Empaque y embalaje.
Obligaciones del Comprador: Pago de la mercadería. Flete interno (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes). Flete internacional (de lugar de exportación al lugar de importación).
Seguro internacional. Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Transporte y seguro (lugar de importación a planta).
II.
Grupo F. 1. FCA (Free Carrier) - Libre Transportista (lugar convenido). Significa que el vendedor entrega la mercadería para la exportación al transportista propuesto por el comprador, en el lugar acordado. El lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de las partes. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor este es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga. Este término puede emplearse en cualquier medio de transporte incluyendo el transporte multimodal.
Obligaciones del vendedor: Entrega de la Mercadería y documentos necesarios. Empaque y embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes).
Obligaciones del comprador: Pagos de la mercadería. Flete (de lugar de exportación al lugar de importación). Seguro. Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Flete y seguro (lugar de importación a planta). Demoras.
2. FOB (Free On Board) - Libre a Bordo (puerto de carga convenido). La responsabilidad del vendedor termina cuando las mercaderías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El comprador debe soportar todos los costos y riesgos de la pérdida y el daño de las mercaderías desde aquel punto. El término FOB exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.
Obligaciones del vendedor: Entregar la mercadería y documentos necesarios. Empaque y embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes).
Obligaciones del Comprador: Pago de la mercadería. Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación). Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Flete (lugar de importación a planta). Demoras.
3. FAS (Free Along Ship) - Libre al Costado del Buque (puerto de carga convenido). Significa que la responsabilidad del vendedor finaliza una vez que la mercadería es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de asumir todos los costos y riesgos de pérdida o daño de las mercaderías desde aquel momento. El término FAS exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.
Obligaciones del Vendedor: Mercadería y Documentos Necesarios. Empaque Y Embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos De Exportación (maniobras, almacenaje, agentes).
Obligaciones del Comprador: Pagos de la mercadería. Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación). Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Seguro y flete (lugar de importación a planta). Demoras.
III.
Grupo C. 1. CFR (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido). Para el vendedor los alcances son los mismos que la cotización FOB con la única diferencia de que la empresa debe encargarse de contratar la bodega del barco y pagar el flete hasta destino. El riesgo de pérdida o daño de las mercaderías así como cualquier coste adicional debido a eventos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. El término CFR exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación, este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.
Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercadería y documentos necesarios. Empaque Y Embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes). Flete (de lugar de exportación al lugar de importación).
Obligaciones del Comprador: Pago de la Mercadería. Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Flete y seguro (lugar de importación a planta). Demoras.
2. CIF (Cost, Insurance and Freight) - Costo, Seguro y Flete (puerto de destino convenido). Significa que el vendedor entrega la mercadería cuando esta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercaderías al puerto de destino convenido. En condiciones CIF el vendedor debe también contratar un seguro y pagar la prima correspondiente, a fin de cubrir los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir la mercadería durante el transporte. El comprador ha de observar que el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional. El término CIF exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.
Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercadería y documentos necesarios. Empaque y Embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes). Flete y seguro(de lugar de exportación al lugar de importación).
Obligaciones del Comprador: Pago de la mercadería. Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos).
Flete y seguro (lugar de importación a planta). Demoras.
3. CPT (Carriage Paid To) - Transporte Pagado Hasta (lugar de destino convenido). El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido. El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurrido después de que las mercaderías hayan sido así entregadas. El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal.
Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercadería y los documentos necesarios. Empaque y embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes). Flete (de lugar de exportación al lugar de importación). Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes) "Parcial".
Obligaciones del Comprador: Pago de la mercadería. Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Flete y Seguro (lugar de importación a planta). Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes) "Parcial".
Demoras.
4. CIP (Carriage and Insurance Paid to) - Transporte y Seguro Pago Hasta (lugar de destino convenido). El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido. El CIP exige que el vendedor consiga un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de las mercadería durante el transporte. En consecuencia, el vendedor contrata el seguro y paga la prima del seguro. El comprador desea tener la protección de una cobertura mayor, necesitara acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar un seguro complementario.
Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercadería y los documentos necesarios. Empaque y embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes). Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación). Gastos
de
importación
(maniobras,
almacenaje,
agentes)
"Parcial".
Obligaciones del Comprador: Pago de la mercadería. Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Flete y Seguro (lugar de importación a planta). Gastos
de
"Parcial".
Demoras.
importación
(maniobras,
almacenaje,
agentes)
IV.
Grupo D. 1. DAT (Delivered At Terminal) - Entrega en Terminal. La mercancía es entregada en el terminal asignada en el puerto o lugar de destino, una vez es descargada del medio de transporte de llegada. El DAT exige que el vendedor despache la mercancía para la exportación, cuando sea aplicable. Sin embargo, el vendedor no tiene ninguna obligación de despacharla para la importación o llevar a cabo ningún trámite aduanero de importación.
Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercadería y documentos necesarios. Empaque y embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes). Flete (de lugar de exportación al lugar de importación). Seguro.
Obligaciones del Comprador Pagos de la Mercadería. Seguro (parcial). Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Flete y seguro (lugar de importación a planta). Demoras.
2. DAP (Delivered at Place) - Entregadas en Lugar. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada y preparada para la descarga en el lugar de destino convenido.
Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercadería y documentos necesarios. Empaque y embalaje. Flete (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes). Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación).
Obligaciones del Comprador: Pago de la mercadería. Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Acarreo y seguro (lugar de importación a planta). Demoras.
3. DDP (Delivered Duty Paid) - Entregadas Derechos Pagados (lugar de destino convenido). Significa que el vendedor entrega las mercaderías al comprador, despachadas para la importación, y no descargadas de los medios de transporte utilizados en el lugar de destino acordado. El vendedor debe asumir todos los costos y riesgos ocasionados al llevar las mercaderías hasta aquel lugar, incluyendo los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas para la importación al país de destino.
Obligaciones del vendedor: Entregar la mercadería y documentos necesarios. Empaque y embalaje. Acarreo (de fábrica al lugar de exportación). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes ). Flete (de lugar de exportación al lugar de importación. Seguro. Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ). Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos). Acarreo y seguro (lugar de importación a planta). Demoras.
Obligación del comprador: Pagar la mercadería.
¿Cómo utilizar las reglas Incoterms 2010? 1. Incorpore las reglas Incoterms 2010 al contrato de compraventa. Si quiere que se apliquen las reglas Incoterms 2010 al contrato, debería indicarlo en él con claridad, mediante expresiones como “[ la regla Incoterms elegida, incluyendo el lugar designado, seguido de ]Incoterms® 2010”.
2. Escoja la regla Incoterms apropiada. Es necesario que la regla Incoterms escogida sea la apropiada para la mercancía, para los medios en que se transporte y, sobre todo, para cuando la intención de las partes es imponer obligaciones adicionales tales como, por ejemplo, la obligación, para la empresa vendedora o para la compradora, de organizar el transporte o el seguro. Las Notas de orientación de cada regla Incoterms contienen información que resulta especialmente útil para tomar esta decisión. Con independencia de la regla Incoterms que se elija, las partes deben ser conscientes que la interpretación de su contrato puede estar muy influenciada por las costumbres concretas del puerto o el lugar utilizado.
3. Especifique el lugar o el puerto tan precisamente como sea posible. La regla Incoterms escogida sólo puede funcionar si las partes designan un lugar o un puerto, y lo hará mejor si especifican dicho lugar o puerto tan precisamente como sea posible.
Un buen ejemplo de esta precisión sería:
“FCA 38 Cours Albert 1er, París, Francia Incoterms 2010”.
Según las reglas Incoterms: En Fábrica (EXW), Franco Porteador (FCA), Entregada en Terminal (DAT), Entregada en Lugar (DAP), Entregada Derechos Pagados (DDP), Franco al Costado del Buque (FAS), y Franco a Bordo (FOB), el lugar designado es el lugar donde tiene lugar la entrega y donde el riesgo se transmite de la empresa vendedora a la compradora. Según las reglas Incoterms Transporte Pagado Hasta (CPT), Transporte y Seguro Pagados Hasta (CIP), Costo y Flete (CFR) y Costo, Seguro y Flete (CIF), el lugar designado es distinto del lugar de entrega. Al amparo de estas cuatro reglas Incoterms, el lugar designado es el lugar de destino hasta el cual el transporte está pagado. Puede resultar útil especificar con más detalle las indicaciones sobre el lugar o el destino, indicando un punto preciso en dicho lugar o destino para evitar dudas o discusiones.
4. Recuerde que las reglas Incoterms no le proporcionan un contrato de compra/venta completo. Las reglas Incoterms “ sí
dicen”
cuál de las partes en el contrato de
compraventa tiene la obligación de encargarse del transporte o del seguro, cuándo el vendedor entrega la mercancía al comprador, y de qué costos se responsabiliza cada una de las partes. Las reglas Incoterms, sin embargo, no dicen nada del precio a pagar ni del método de pago. Tampoco se ocupan de la transmisión de la propiedad de la mercancía ni de las consecuencias del incumplimiento del contrato. Normalmente, estas cuestiones se tratan con estipulaciones específicas en el contrato de compraventa o según las leyes que lo rigen. Las partes deben ser conscientes de que las normas imperativas del Derecho nacional pueden invalidar cualquier aspecto del contrato de compraventa, incluida la regla Incoterms escogida.
CONCLUSIONES Los Incoterms determinan:
El alcance del precio. En qué momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador.
El lugar de entrega de la mercadería. Quién contrata y paga el transporte. Quién contrata y paga el seguro. Que documentos tramita cada parte y su costo.
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