Impuestos Que Se Pagan en Honduras

December 24, 2018 | Author: Tilo Castillo | Category: Taxes, Income Tax, Foods, Comida y vino, Finance (General)
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Documento donde se refiere a los impuestos pagaderos en Honduras...

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1. Impues Impuestos tos que que se paga pagan n en Hondu Honduras ras El impuesto es una clase de tributo regido por derecho público. Se caracteriza por  no re requ quer erir ir un una a co cont ntra rapr pres esta taci ción ón di dire rect cta a o de dete term rmin inad ada a po porr pa part rte e de la administración hacendaria (acreedor tributario). Los imp impuest uestos os en la may mayoría oría de leg legisl islaci aciones ones sur surgen gen excl exclusi usiame amente nte por la !potestad tributaria del Estado"# principalmente con el ob$etio de %inanciar sus gastos.. Su princi gastos principio pio rector rector## denomi denominado nado !&apac !&apacidad idad &ontri &ontributia butia"# "# sugiere que quienes m's tienen deben aportar en mayor medida al %inanciamiento estatal# para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad. Entre los impuestos que se pagan est'n •

Los impuestos unicipales.



*mpuestos Estatales.

1.1 Impue Impuestos stos Munici Municipales pales Estos impuestos son los que se pagan a las municipalidades y que por lo general se deuelen con obras hacia los ciudadanos.

1.1.1 1.1 .1 El impue impuesto sto sobre sobre Bien Bienes es Inmue Inmueble bles. s. El impuesto sobre +ienes *nmuebles graa el alor del patrimonio inmobiliario ubicado dentro de los límites del t,rmino municipal# sin considerar el domicilio del propietario o del que lo posea con 'nimo de due-o. ara los e%ectos del pago de este impuesto# tambi,n reisten la condición de contribuyentes las personas personas usu%ru usu%ructu ctuari arias as a título título gratui gratuito# to# los bene%i bene%iciar ciarios ios del derecho derecho de habitación o que tuieren el uso y goce de los bienes inmuebles. En la misma condición estar'n las personas su$etas al r,gimen de comunidad de bienes inmuebles# según el /rtículo 011 de la Ley Le y de unicipalidades

1.1.2 1.1 .2 El Impue Impuesto sto Pers Persona onall o Vec Vecina inal. l. El *mpuesto ersonal o 2ecinal es un graamen que pagan las personas naturales sobre los ingresos anuales percibidos en un t,rmino municipal.

ara los e%ectos de este /rtículo se considera ingreso toda clase de sueldo#  $ornal# honorario# ganancia# diidendo# renta# intereses# producto o proecho# participación# rendimiento y en general cualquier percepción en e%ectio# en alores o en especie# esto según lo estipulado en el /rtículo 034 de la Ley de unicipalidades.

1.1.3 El Impuesto sobre Industrias, Comercio  !er"icios. El *mpuesto sobre *ndustrias# &omercios y Sericios# es un graamen mensual que recae sobre los ingresos anuales generados por las actiidades de producción# entas de mercaderías o prestación de sericios. En consecuencia# est'n su$etas a este *mpuesto las actiidades *ndustriales# mercantiles# mineras# agropecuarias# constructoras de desarrollo urbanístico# casinos# aseguradoras# de prestación de sericios públicos o priados# de comunicación electrónica# las instituciones bancarias de ahorro y pr,stamo# y en general cualquier otra actiidad lucratia# según lo estipula el /rticulo 0 563 de la Ley de unicipalidades.

1.1.# El Impuesto sobre E$tracci%n  E$plotaci%n de &ecursos. El *mpuesto de Extracción o Explotación de 7ecursos# es el que pagan las personas naturales o $urídicas por la explotación o extracción de los recursos naturales# renoables y no renoables# dentro de los límites del territorio de su municipio# ya sea la explotación temporal o permanente. or consiguiente# estar'n graados con este *mpuesto# independientemente de la ubicación de su centro de trans%ormación# almacenamiento# proceso o acopio o cualquier  otra disposición que acuerde el Estado# las operaciones siguientes a) La extracción o explotación de canteras# minerales# hidrocarburos# bosques y sus deriados8 b' La caza# pesca o extracción de especies en mares# lagos# lagunas y ríos. En los mares y lagos

1.1.( El Impuesto Pecuario. El *mpuesto ecuario es el que pagan las personas naturales o $urídicas a las unicipalidades por cada cabeza de ganado que dentasen o sacri%iquen dentro de un t,rmino municipal# ya sea para consumo priado o comercial. ara e%ectos de este impuesto# se entender' como a) 9anado mayor El ganado acuno# caballar# asnal# mular.

b' 9anado menor 9anado porcino# caprino y oino.

1.2 Impuestos Estatales 1.2.1 Impuesto !obre la &enta. Se establece un impuesto anual denominado *mpuesto sobre la 7enta# que graa los ingresos proenientes del capital# del traba$o o de la combinación de ambos# según se determina por esta Ley. Se considera ingreso toda clase de rendimiento# utilidad# ganancia# renta# inter,s# producto# proecho# participación# sueldo# $ornal# honorario y# en general# cualquier  percepción en e%ectio# en alores# en especie o en cr,dito# que modi%ique el patrimonio del contribuyente. Sanciones por incumplimiento del *S7. or no presentar declaración en tiempo8 multa de un cinco por ciento hasta un :;< del impuesto no pagado8 en caso no cause impuesto un salario mínimo promedio. La %alta de pago un 4< mensual hasta un 4=< por cada mes de retraso# sobre el impuesto adeudado.

1.2.2 Impuesto al acti"o neto. )&*+C- 1. &r,ase un impuesto anual al /ctio >eto radicado en ?onduras de las personas naturales y $urídicas que tengan el car'cter de comerciantes según los t,rminos del &ódigo de &omercio. )&*+C- 2.  El impuesto se pagar' sin tener en cuenta la nacionalidad o domicilio de los titulares del actio# la región del aís en que ,ste se localiza# el bene%iciario de su uso o goce u otras circunstancias an'logas. )&*+C- 3. or actio neto y para los e%ectos de este @ecreto se entiende el alor monetario de los actios que %iguran en el +alance 9eneral del contribuyente# menos las reseras por cuentas por cobrar y las depreciaciones acumuladas permitidas por la Ley de *mpuesto Sobre la 7enta. )&*+C- #. La tasa del impuesto ser' del uno por ciento (5 SCL*@/7*/ AEC7/L del cinco por ciento (;o es deducible del *S7. Su %orma de presentación y pago en el mismo %ormulario del *S7# le aplica disposiciones de pagos a cuenta con encimientos iguales al *S7.

1.2.# Impuesto a las /anancias de Capital. Gn impuesto sobre las ganancias de capital es un impuesto sobre el bene%icio (plusalía) obtenido por la enta de un actio) que %ue comprado a un determinado costo que era in%erior al importe obtenido posteriormente con la enta. Las ganancias de capital m's comunes se realizan a partir de la enta de acciones# bonos# metales preciosos y de propiedades. >o todos los países

aplican un impuesto sobre las ganancias de capital y la mayoría tienen di%erentes impuestos para personas %ísicas y corporaciones. ara acciones (e$. acciones)# que es un e$emplo de un actio popular y líquido# la legislación nacional y estatal a menudo tiene una gran ariedad de obligaciones %iscales# que deben ser respetadas# en cuanto a las ganancias de capital. Los impuestos se cargan directamente por el Estado sobre las transacciones# diidendos y ganancias de capital en el ercado de alores. Sin embargo# estas obligaciones %iscales pueden ariar de una $urisdicción a otra. 9raa con un 56< sobre las ganancias de aquellas operaciones que no son el giro habitual del contribuyente. Le aplican retenciones del :< cuando un hondure-o pague a un no residente. Su presentación de la declaración es el 46 de abril. El pago debe hacerse dentro de los 56 días siguientes a la realización de la operación. Las p,rdidas de capital no son deducibles del *S7. Hona libre turística *slas +ahía8 paga D< en ez del 56o se incluyen las presentaciones enlatadas o en enases tipo NouchN. :4=. Leche de soya en polo :41.&haramuscas o topogigios# y minutas de hielo :4.aletas de hielo de las comúnmente denominadas paletas de asito ?arina de residuos de soya :43. Pnicamente &a%, negro serido azucarado o no azucarado# o con :D6. leche de aca (ca%, con leche) (sin adiciones de saborizantes# licores# cremas# suced'neos de leche y especias). Se excluyen las presentaciones tales como &a%, helado# granitas# capuchinos . D.: Items no alimenticios :D5. ?ipoclorito de calcio :D:. ?ipoclorito de sodio :D4.&loro :DD.2elas :D;.(&andelas) :D=.+otiquines equipados para primeros auxilios :D1.Fós%oros :D. Exclusiamente pilas secas de 5.; oltios utilizadas en linternas de mano y radios port'tiles# de los tipos //# ///# & y @8 y pilas secas de 3 oltios (cuadraditas). Se exceptúan las pilas alcalinas y las recargables de los tipos identi%icados. D.4 Ptiles Escolares

:D3. +orradores de pl'sticos +orradores de caucho :;6. :;5. &uadernos @iccionarios# enciclopedias (incluso en %ascículos) :;:. Libros escolares de lectura Folletos t,cnicos o did'cticos :;4. :;D. Libros ilustrados o grabados de estampas preparados para los rudimentos del al%abeto o del ocabulario &uadernos in%antiles para dibu$ar o colorear  :;;. Es%eras para uso educatio :;=. :;1.  /tlas apas geogr'%icos# hidrogr'%icos o astronómicos :;. 7eglas# escuadras# transportadores# compases# para uso escolar  :;3. :=6. +olígra%os con cubierta pl'stica para uso escolar  arcadores punta %ina de %ieltro para uso escolar  :=5. L'pices de gra%ito y de colores con %unda de madera para uso :=:. escolar  lastilina o plasticina de uso escolar  :=4. :=D. &artulina corriente de uso escolar  &artulina (blanca y de colores) :=;.  /cuarelas de agua de uso escolar  :==. :=1. Aiza izarras :=. arcadores para pizarra de %ormica :=3. Laminas educatias :16. &rayones o crayolas :15. D.D Sericios de Aransporte :1:.Sericio de %lete de productos destinados a la exportación :14.Sericios de transporte de productos deriados del petróleo

Conclusiones 5. >uestra legislación establece arios tipos de impuesto aplicables a la economía nacional a que est'n su$etos tanto personas naturales como  $urídicas# con el ob$etio de obtener ingresos con los cuales poder su%ragar  todas las demandas que exige nuestro pueblo. :. &ada Ley sobre los impuestos est'n respaldados por el &ódigo Aributario que es la Ley que rige todo tipo de impuestos en nuestro país. En cada uno se identi%ican y explican de una en que consiste y cu'les son los procedimientos para calcular dichos impuestos.

Bibliogra6a 5. httpOOQQQ.se%in.gob.hnOQpBcontentOuploadsO:655O6:OLEMB*S7B  /&AG/L*H/@/BalB:65:B>5.pd%  :. httpOOQQQ.poder$udicial.gob.hnO$urisOLeyesOLey
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