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May 2, 2019 | Author: Rafael Meza García | Category: Business, Economies, Science (General), Ciencia, Business (General)
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Introducción al derecho...

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Nombre: Matricula: Grupo: Materia: Profesora: Trabajo:

Concepción Isabel Aguilar Vázquez ES1521206874 GAP-GIDE-1602-B2-017 Introducción al Derecho Mtra. Elizabeth Sánchez Martínez

Fecha:

7 de Noviembre de 2016

Evidencia de Aprendizaje El Derecho en las Organizaciones

INTRODUCCIÓN

La importancia del café en la dieta del ser humano es algo complejo, debido a la forma multifacética como el grano se ha interrelacionado e influido en aspectos económicos, culturales, políticos e institucionales de la sociedad en nuestro país. En gran parte del estado de Puebla (sobre todo todo destacando la parte serrana) el sector cafetero ha actuado como el motor de la economía. Gracias al café, desde el siglo pasado, Puebla junto con el sureste de México pudo hacer la transición de una economía basada en las mulas y el tabaco hacia la industria, el comercio, la banca y en general sentar las bases para su despegue económico. El café ha sido ya por más de un siglo uno de los principales productos de la economía nacional y por tanto uno de los que mayor incidencia ha tenido en el desarrollo económico del Estado de Puebla. La importancia no se ha limitado a su impacto en el crecimiento económico a través del aumento de las exportaciones, sino que su influencia ha transcendido otros sectores y otras variables claves del desarrollo nacional. Se debe recordar su interrelación con el transporte interno, su vínculo con el empleo y la situación social, su relación con el empleo y las finanzas, su impacto en el desarrollo industrial y en la conformación del mercado interno, su incidencia en el desarrollo institucional y aun sus vínculos con la política nacional.

INCISO A.

CREACIÓN

DE

LA

EMPRESA

GRUPO

CAFETERO

“RAFACONY”. COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÒN Y SERVICIO AL DETALLE.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ¿Cambiaría el concepto que tiene la sociedad sobre los productos 100% naturales como lo es en sí nuestro café?; y ¿que tanto se puede lograr o hacer para ayudar a los comercializadores de menores recursos?.

JUSTIFICACIÓN La empresa busca incursionar en el mercado del café, con la oferta de un producto en el que la sociedad obtenga mayor satisfacción, con una excelente calidad y apoyando a que la comunidad productora-consumidora del café se beneficie económicamente de la creación de esta empresa. Por lo tanto, es la respuesta a los habitantes menos favorecidos del país que se dedican a la plantación, recolección y venta del grano de café; así como a los consumidores finales quienes ven disminuidas sus oportunidades de consumir éste alimento natural y en ambos casos buscando siempre fomentar el desarrollo económico, cultural y social de los mismos.

OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL  AFETERO “ R A F A C O N Y ” LA CREACIÓN DE LA EMPRESA GR UPO C   .

Compra-venta-distribución y servicio al detalle. Es comprar el mejor grano de café al mismo tiempo que su costo sea redituable al esfuerzo-producto del agricultor primario logrando con esto un equilibrio esfuerzo-ganancia al mismo tiempo que ofrecer a la sociedad (consumidor final) un producto 100% natural que resalte la calidad del grano con el que se procesa.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1.- Reconocer al café como uno de los productos de consumo que en la actualidad han adquirido una gran importancia como generador de divisas y fuente de empleo. 2.- Elaborar un producto que cubra las expectativas de la comunidad de San Martin Texmelucan, Puebla, y por ende en sus comunidades aledañas 3.- Lograr un mayor avance en el desarrollo económico e industrial de la población y en su caso en las comunidades cercanas y de menores recursos a la ciudad de San Martín Texmelucan, Puebla, al adquirir a precios justos el producto base de esta empresa.

MARCO TEÓRICO Nosotros tomamos como base la siguiente empresa: “Real de L una”; ésta microempresa de café, ubicada en la Cabecera Municipal de la población de San Martín Texmelucan es una de las empresas que compran directamente su producto y es aquí de donde tomamos como referencia el proceso y desarrollo de cómo el café siendo solo eso, llega a ser una bebida tan importante para la sociedad.

MARCO LEGAL CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD. LA EMPRESA G R U PO CAFETERO “RAFACONY”.

COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÒN Y SERVICIO AL DETALLE,  será una sociedad anónima de capital variable, se constituirá por medio de escritura pública ante notario público para que posteriormente deba ser inscrita en el registro público de la propiedad y el comercio del estado de Puebla y publicada en un periódico de gran circulación en el estado. La sociedad anó nima “GRUPO CAFETERO “RAFACONY”  COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÒN Y SERVICIO AL DETALLE “, podrá variar el contenido de la escritura social, atendiéndose a las mismas reglas que han sido señaladas para su constitución.

TODO SOCIO TENDRÁ DERECHO A RECIBIR DE LA SOCIEDAD UN CERTIFICADO SUSCRITO POR LOS ADMINISTRADORES, EN EL QUE SE HARÁ CONSTAR: EL NOMBRE DE LA SOCIEDAD. EL CAPITAL SOCIAL. NOMBRE DEL SOCIO. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN DEL SOCIO, EXPRESADO EN VALORES, CON INDICACIÓN, EN SU CASO, DE LAS SUMAS ABONADAS Y DE LA FECHA EN QUE EL APORTE DEBERÁ SER COMPLETO. EL CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA PODRÁ SER AUMENTADO O REDUCIDO POR MEDIO DE REFORMAS DE SU ESCRITURA CONSTITUIDA.

OBJETIVO SOCIAL EL OBJETIVO SOCIAL DE LA EMPRESA GRUPO CAFETERO “RAFACONY”.

COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÓN Y SERVICIO AL DETALLE. Principalmente es la compra, venta y distribución de café en sus diferentes presentaciones sin preparación (grano bruto, natural, procesado sin moler o molido, no mezclado o hidratado para consumo final) y el servicio de cafetería para comercialización de café 100% natural en sus diversas presentaciones con venta al detalle.

RAZÓN SOCIAL GRUPO CAFETERO “RAFACONY”.

COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÓN Y SERVICIO AL DETALLE.

1.- NOMBRE DE LA EMPRESA GRUPO CAFETERO “RAFACONY” 

COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÒN Y SERVICIO AL DETALLE.

2.- FECHA DE CONSTITUCION LEGAL. OCTUBRE 11 DE 1997.

3.- RÉGIMEN FISCAL. PERSONA MORAL. Para ser específicos en este punto, cabe mencionar que la secretaría de Hacienda y Crédito público, a través del servicio de Administración Tributaria, en el portal de Internet http://sat.gob.mx/informacion_fiscal/obligaciones_fiscales/personas_morales/Pagin as/default.aspx, brinda al público en general diversa información y explica: Que la Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil. Pero, para el presente caso y de acuerdo con su objeto social, la persona moral que denominada GRUPO CAFETERO RAFACONY, debe tributar como una persona moral de régimen general, y hace mención que dentro de las obligaciones fiscales de la misma se encuentran: 1) Inscripción o alta en el Registro Federal de Contribuyentes, 2) Expedir comprobantes Fiscales, 3) Llevar contabilidad, 4) Presentar declaraciones y pagos mensuales, además de la declaración anual, 5) Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, 6) Presentar la declaracion Informativa de operaciones con terceros, 7) Presentar declaraciones informativas anuales, 8) Otras obligaciones. 9) Mantener actualizados sus datos en el registro Federal de Contribuyentes.

4.- UBICACIÒN. EL DOMICILIO FISCAL DE LA EMPRESA ES CALLE FERROCARRIL NÚMERO 5, COLONIA CENTRO EN SAN MARTÌN TEXMELUCAN DE L. PUEBLA. Debemos puntualizar que de conformidad con la fracción II del artículo 10 del Código Fiscal de la Federación, el Domicilio Fiscal es:

Artículo 10.- Se considera domicilio fiscal: II. En el caso de personas morales: a) Cuando sean residentes en el país, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio.

b) Si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, dicho establecimiento; en el caso de varios establecimientos, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio en el país, o en su defecto el que designen. Cuando los contribuyentes no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, o hubieran designado como domicilio fiscal un lugar distinto al que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este mismo precepto o cuando hayan manifestado un domicilio ficticio, las autoridades fiscales podrán practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades o en el lugar que conforme a este artículo se considere su domicilio, indistintamente. 5.- TAMAÑO DE LA EMPRESA. SE UBICA DENTRO DE LA CLASIFICACIÓN DE PEQUEÑA EMPRESA. (SEGÙN CLASIFICACIÓN PyMES).

6.- PERSONALIDAD JURÍDICA. SOCIEDAD ANÓNIMA.  A este respecto y para mejor proveer, es importante mencionar que doctrinariamente existen diversos conceptos de lo que es una sociedad anónima y que a continuación se mencionan: a)

b)

La sociedad anónima (abreviatura: S. A.)1 es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la obtención de un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado. Existen sociedades anónimas tanto de capital abierto como de capital cerrado La sociedad anónima es una sociedad mercantil con personalidad jurídica en la que el capital está dividido según las aportaciones de cada socio. La denominación debe de incluir la indicación de “Sociedad Anónima” o las abreviaturas “S.A”. El capital que constituye la base de la sociedad anónima se distribuye mediante acciones que confieren a su titular la condición de socio.  La característica fundamental de la sociedad anónima es que el socio solo aporta el capital y no responde de forma personal las deudas sociales arriesgando únicamente el aporte de las acciones suscritas sin comprometer su patrimonio social, es decir, las obligaciones

sociales están garantizadas por un capital determinado y los socios están obligados por el monto de su acción .Las acciones otorgan derechos económicos y políticos dentro de la empresa a los accionistas y, se diferencian unos de otros por el valor nominal de las acciones o los tipos de derechos que conceden cada acción.  Ahora bien, cabe destacar que los artículos 87 y 88 de la Ley General de Sociedades Mercantiles conceptualizan a la sociedad anónima de la siguiente manera: Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus “Artículo 87. -

acciones”

Artículo 88.- La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”.

Por lo tanto en México y por cuanto hace a los requisitos para la constitución de la sociedades Anónimas, las acciones, administración de la sociedad, vigilancia, información financiera, y de las asambleas de los accionistas, todas estas se rigen por lo establecido de los artículos 89 al 206 de la precitada ley General de sociedades Mercantiles.  Así mismo los Códigos civiles de los diversos Estados que conforman la República Mexicana, reconocen los diferentes tipos de personas jurídicas y la capacidad de las mismas, que para el caso en concreto del estado de Puebla, entre otros, dicha disposición es contemplada en los artículos 172 y 173 del Código Civil Vigente, que a la letra dice: “ ARTICULO 172.- SON PERSONAS JURIDICAS:

I.- EL ESTADO DE PUEBLA Y LOS MUNICIPIOS DEL MISMO ESTADO; II.- LAS ASOCIACIONES CIVILES; III.- LAS SOCIEDADES CIVILES; IV.- LAS FUNDACIONES; V.- LAS DEMAS QUE RECONOZCA LA LEY.

 ARTICULO 173.- en el Estado de Puebla se reconoce la capacidad de las personas jurídicas, creadas de acuerdo con las leyes federales o de los demás Estados de la República M exicana…”

7.- GIRO COMERCIAL. COMPRA Y VENTA DE GRANO DE CAFÈ.

8.- PRODUCTO O SERVICIO. COMPRA, VENTA, DISTRIBUCIÒN Y SERVICIO AL DETALLE DE GRANO DE CAFÈ.

9.- DETERMINAR SI EXPORTA SUS PRODUCTOS Y A QUE PAÌS LOS EXPORTA. NO EXISTE TRÀFICO COMERCIAL DEL PRODUCTO POR PARTE DE LA EMPRESA.

10.- PRODUCTO O SERVICIO QUE EXPORTA. NO LO HAY.

11.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA. LA SOCIEDAD ANÒNIMA DENOMINADA GRUPO CAFETERO “ R A F A C O N Y ”  .

COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÒN Y SERVICIO AL DETALLE. ESTA CONSTITUIDA POR UNA ORGANIZACIÒN PIRAMIDAL DE LA QUE DESPRENDEMOS LA SIGUIENTE INFORMACIÒN:

 S OC IO S .-

EL CAPITAL SOCIAL SE FORMA POR 1,500 ACCIONES AL PORTADOR DE $1,000.00 M.N. (UN MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL CADA UNA), DICHAS ACCIONES ESTAN TOTALMENTE SUSCRITAS Y PAGADAS POR:

SOCIO

Nº DE ACCIONES

MONTO.

JUAN BARRAGÀN

495

$495,000.00 M.N.

ENRIQUE SIERRA

281

$281,000.00 M. N.

JOSÈ RODRÌGUEZ

251

$251,000.00 M.N.

ENRIQUE FERNÀNDEZ

101

$101,000.00 M.N.

LUIS SALINAS

351

$351,000.00 M.N.

 ARMANDO MARTÌNEZ

21

$21,000.00

 ___________________ TOTAL

__________ 1,500

_________________ $1, 500,000.00 M.N.

DEL C ONSE J O DE ADMINISTRACIÒN:

JUAN BARRAGAN

PRESIDENTE

ENRIQUE FERNÀNDEZ

VICE-PRESIDENTE.

LUIS SALINAS

SECRETARIO.

 ARMANDO MARTÌNEZ

TESORERO

ENRIQUE SIERRA

VOCAL

LA EMPRESA GRUPO CAFETERO “RAFACONY”. COMPRA-VENTADISTRIBUCIÒN Y SERVICIO AL DETALLE, cuenta con los siguientes departamentos administrativos. FINANZAS: El departamento de finanzas tiene a su cargo gestionar las actividades financieras de la empresa, proponiendo políticas y estrategias que permitan aumentar el ingreso y optimizar los gastos.

VENTAS: El departamento de ventas es el que se encarga de la distribución y venta de los productos y dar seguimiento día a día de las diferentes áreas de clientes para garantizar la cobertura total y abastecimiento a los locales comerciales. PRODUCCIÓN: Es en el departamento de producción donde se solicita y controla el material del que se va a trabajar, se determina la secuencia de las operaciones, las inspecciones y los métodos, se piden las herramientas, se asignan tiempos, se programa, se distribuye y se lleva el control del trabajo y se logra la satisfacción del cliente tanto de cafetería como de abastecimiento de café. INFORMÁTICO: Capturan datos de ventas, ingresos, egresos, programa ventas y pedidos de materia prima tanto a clientes en bruto como ventas a detalle.

ORGANIGRAMA.-

12.- TIPO DE CONTRATACION DE PERSONAL En México se acostumbra que las contrataciones laborales se hagan solo de palabra, sin ningún contrato de por medio, por lo que en aras de que eso quedara regulado se implementó la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual fue publicada el 30 de noviembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación  (DOF), y entró en vigor al día siguiente de haberse hecho pública. En ella se reconoce el derecho al trabajo tanto para los hombres como para las mujeres, el cual no estaba admitido en su totalidad; se regula la subcontratación de personal; se limita el trabajo para los menores, el cual no se encontraba regulado y quedó estipulado en jornadas no mayores de seis horas; se garantiza el acceso a la seguridad social; se reconoce la licencia de paternidad, entre otros.  Ante la entrada en vigor de la reforma laboral, a continuación se presentan las principales consideraciones al respecto de las formas de contratación de capacitación y la contratación por temporada con que contamos en nuestra empresa.

CONTRATO DE CAPACITACIÓN INICIAL Es aquel mediante el cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios durante un lapso específico bajo la dirección o mando de su patrón con la finalidad de adquirir los conocimientos o habilidades indispensables para realizar la actividad para la cual se le contrataría en forma definitiva. El contrato puede tener una duración de tres a seis meses tratándose de puestos directivos o de labores técnicas o profesionales especializadas, lapso que es improrrogable, por lo que a su término si el colaborador no demuestra haber adquirido los conocimientos necesarios, el patrón podría dar por concluida la relación de trabajo sin ninguna responsabilidad.

POR TEMPORADA Las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo, en los casos de actividades de temporada o que no exijan la prestación de servicios toda la semana, el mes o el año. En cualquiera de los dos tipos de contratación con que contamos en nuestra empresa se observarán los siguientes puntos: 









El salario y la seguridad social serán conforme al puesto que se desempeñe. Si el trabajador no reúne los requisitos o el conocimiento necesario a juicio del patrón o la comisión mixta de productividad, capacitación y adiestramiento, se dará por terminada la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, según sea el caso. Los contratos laborales tienen que constar por escrito y brindar seguridad social al trabajador. El contrato no puede aplicarse de forma sucesiva, aun cuando haya ascensos, puestos distintos o concluya una relación. El tiempo generado, aun en periodo de prueba, podrá ser tomado como antigüedad.

13.- TIPO DE SEGURIDAD SOCIAL. La Seguridad Social a la cual estarán sujetos los empleados será la proporcionada por ley y la cual está reglamentada en la Ley Federal del Trabajo vigente en toda la República Mexicana. Esto es afiliación obligatoria al Instituto Mexicano del Seguro Social.

INCISO B. constitución hipotética de la empresa GRUPO CAFETERO “RAFACONY”, COMPRA-VENTA-DISTRIBUCIÓN Y SERVICIO AL DETALLE, se debió contar con las actividades realizadas para llevar a cabo el cumplimiento de requisitos y trámites legales obligatorios ante autoridades gubernamentales, privadas y sociales. Para la

 ALGUNAS DE LAS DEPENDENCIAS A LAS QUE DEBIÓ ACUDIRSE Y LOS TRÁMITES QUE SE REALIZARON FUERON ANTE:

1. SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES. La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), por medio de la Dirección General de Permisos, en el artículo 27 constitucional, autoriza la constitución de una sociedad. Aquí la SRE resuelve si la denominación o razón social no fue registrada con anterioridad y autoriza la determinación del objeto social.

2. NOTARIO PÚBLICO / REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO. La constitución de la sociedad se formaliza mediante un contrato social denominado escritura constitutiva, que establece los requisitos y reglas a partir de las cuales habrá de funcionar la sociedad. Entre otros aspectos contienen: 1. Los nombres, nacionalidades y 8. La manera conforme a la cual ha de domicilio de las personas físicas o administrar la sociedad y las facultades de morales que constituyan la sociedad. los administradores. 2. El objeto de la sociedad. 9. El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social. 3. Su razón social o denominación. 10. La manera de ejercer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad. 4. Su duración. 11. El importe del fondo de reserva. 5. El importe del capital social. 12. Los casos en que la sociedad ha de disolverse con anticipación. 6. La expresión de lo que cada socio 13. Las bases para practicar la liquidación aporte en dinero o en otros bienes; el de la sociedad y el modo de proceder a la valor atribuido a éstos y el criterio seguido elección de los liquidadores, cuando no para su valorización. Cuando el capital han sido designados con anticipación. sea variable, así se expresará, indicándose el mínimo que se fije. 7. El domicilio de la sociedad.

3.- SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales deben solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público . Es el trámite mediante el cual se lleva a cabo la inscripción ante la SHCP, para efecto de cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes. También la SHCP mantiene el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Federal, al que deben registrarse las empresas o personas que deseen efectuar transacciones comerciales con las diferentes dependencias de la  Administración pública.

4. GOBIERNO MUNICIPAL. Ciertas actividades o giros de negocio requieren de una licencia de funcionamiento expedida por el gobierno municipal de la localidad en la que se asienta que deberá mantenerse siempre a la vista.

5. SECRETARÍA DE SALUD. Las actividades relacionadas con la salud humana requieren obtener, en un plazo no mayor de 30 días, de la Secretaría de Salud o de los gobiernos estatales, una autorización que podrá tener la forma de: Licencia sanitaria, permiso sanitario,

registro sanitario, tarjetas de control sanitario. Esta licencia tiene por lo general una vigencia de dos años y deberá revalidarse 30 días antes de su vencimiento.

6. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. El patrón (la empresa o persona física con actividades empresariales) y los trabajadores deben inscribirse en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dentro de un plazo no mayor de cinco días de iniciadas las actividades. Al patrón se le clasificará de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Empresas y denominación del Grado de Riesgo del Seguro del Trabajo, base para fijar las cuotas que deberá cubrir.  Artículo 132 de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO.  Artículo 15 de la Ley General del IMSS

7. INSTITUCIÓN BANCARIA. En el banco seleccionado se abre la cuenta de cheques y se recurre a solicitar financiamiento, se paga todo tipo de impuestos (al igual que servicios tales como electricidad, teléfonos y gas entre otros) y se presentan declaraciones, aun cuando no originen pago. De igual manera, el patrón y los trabajadores deben inscribirse ante el Sistema de  Ahorro para el Retiro (subcuentas IMSS e Infonavit, forma SAR-01-1, SAR-01-2, SAR-04-1 o sus equivalentes en medios magnéticos). En el banco, más adelante se depositarán en forma bimestral las aportaciones correspondientes.

8. SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL MEXICANO. De acuerdo con la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, todas las tiendas, comercios, fábricas, talleres o negocios deberán registrarse en el Sistema Empresarial Mexicano (SIEM) con lo cual tendrán la oportunidad de aumentar sus ventas, acceder a información de proveedores y clientes potenciales, obtener información sobre los programas de apoyo a empresas y conocer sobre las licitaciones y programas de compras del Gobierno. El registro al SIEM es obligatorio conforme lo establece la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones  publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2005, en sus artículos 28 y 29. Para que la promoción de negocios sea efectiva es necesario, en primera instancia, contar con

una cobertura verdaderamente amplia, que permita alcanzar los objetivos de planeación, orientación y consulta que establece la Ley de Cámaras para este sistema. En esa medida, la promoción puede llegar a más empresas, dar más alternativas y detectar espacios en los que los programas de promoción del sector público deben incidir.

9. SECRETARÍA DE ECONOMÍA. Esta secretaría (SE) verifica y autoriza todos los instrumentos de medidas y pesas que se usan como base u objeto de alguna transacción comercial. Reglamenta y registra las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que son obligatorias para ciertos productos como son los instrumentos de medición y prueba, la ropa y calzado, salud y contaminantes, entre otros. También existen normas opcionales, cuya adopción permite la autorización para el uso del sello oficial de garantía, siempre y cuando se cumplan con las especificaciones de un sistema de control de calidad. Además puede emitir, a petición y según previa comprobación, un certificado oficial de calidad. Cuando la empresa ya cuenta con accionistas o socios extranjeros se deberá inscribir en el Registro Nacional. El artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje. marcado o etiquetado y las que se le refieran a su cumplimiento o aplicación y la Norma mexicana (NMX) que también es aplicada por la Secretaría de Economía, conforme el artículo 54 de la LFMN, prevé para uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un

producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje marcado o etiquetado.

10. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. Todos los negocios deben cumplir con el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo y Normas Relativas a las instalaciones y servicios auxiliares de las empresas.

INCISO C.Se realizará una entrevista a un empresario de la comunidad, a quien se le harán unas preguntas con respecto al tema: Repercusión en la toma de decisiones de las organizaciones que se encuentran bajo un marco jurídico. Metodologia: pregunta directa. Formato de la entrevista Señor entrevistado: la presente entrevista tiene como fin ver cuán importante es que la toma de decisiones en las empresas se encuentren bajo un marco jurídico acorde con las leyes actuales. NOMBRE_Rafael Meza García_ DIRECCIÓN _Blvd. Jalisco #513. San Martín Tex; Pue._ TELÉFONO_2225362214_ NOMBRE DE LA EMPRESA QUE DIRIGE_Boutique en Piel_ Y CARGO QUE OCUPA DENTRO DE DICHA EMPRESA:__Administrador__.

1.- ¿QUÈ OPINA USTED DE LA NUEVA LEY PARA EMPRESAS EN UN SOLO DIA?

APERTURA DE

Es una gran noticia pues dejarán de hacer dar vueltas a la gente con trámites y trámites. RESPUESTA: LA CÁMARA DE DIPUTADOS APROBÓ EL 9 DE FEBRERO LA FIGURA DENOMINADA SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (SAS).

ENTRE LOS BENEFICIOS QUE PROMETE ESTÁ EL REGISTRO DE EMPRESAS EN UN SOLO DÍA, A COSTO CERO Y POR INTERNET.

2.- ¿POR QUÉ CREE QUE DEBIESE EXISTIR LA LEY PARA APERTURA DE EMPRESAS EN UN SOLO DIA? Porque si el gobierno otorga las facilidades necesarias, mucha gente no estaría dejando de cumplir con sus obligaciones fiscales. RESPUESTA: MÉXICO ESTÁ EN EL LUGAR 65 DENTRO DEL INFORME DOING BUSINESS 2016   DEL BANCO MUNDIAL EN LA CATEGORÍA DE  APERTURA DE EMPRESAS CON MAYOR FACILIDAD. EN 2015 ESTABA EN EL LUGAR 63. DE ACUERDO CON EL REPORTE, LAS ECONOMÍAS DONDE ES MÁS FÁCIL REALIZAR NEGOCIOS SON AQUELLAS CUYOS GOBIERNOS CUENTAN CON UN SISTEMA REGULATORIO “INTELIGENTE”, CON REGLAS

DISEÑADAS PARA SER EFICIENTES, ACCESIBLES A TODO EL QUE NECESITE RECURRIR A ELLAS, SOBRE TODO LAS QUE SON SENCILLAS DE  APLICAR Y DE BAJO COSTO.

3.- ¿CUÁL ES EL ASPECTO QUE TRATA DE RESOLVER ESTA NUEVA LEY PARA APERTURA DE EMPRESAS EN UN SOLO DIA? La falta de contribución por parte de muchas personas que trabajan de manera informal. RESPUESTA: LA INFORMALIDAD, SEGÚN LA ENCUESTA NACIONAL DE OCUPACIÓN Y EMPLEO DEL ÚLTIMO TRIMESTRE DE 2015, MOSTRÓ QUE HAY 30 MILLONES DE MEXICANOS EN LA INFORMALIDAD, LO QUE REPRESENTA 58.2% DE LA POBLACIÓN OCUPADA.

4.- ¿QUIÉNES PARTICIPARON EN LA CONCEPCION DE LA IDEA DE LEGISLAR UNA LEY PARA APERTURA DE EMPRESAS EN UN SOLO DIA? No tengo la menor idea. RESPUESTA: ESTA INICIATIVA FUE CONCEBIDA INICIALMENTE POR EL  ASEM Y EL TECNOLÓGICO DE MONTERREY. ADEMÁS, SE PERFECCIONÓ DURANTE EL AÑO DE DISCUSIÓN CON EL ACOMPAÑAMIENTO Y APOYO DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA (SE), EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA (SAT), EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) Y EL INSTITUTO NACIONAL DEL EMPRENDEDOR (INADEM).

5.-¿QUÉ VENTAJAS SE OBSERVAN DE MANERA NOTORIA ANTE LA  ANTERIOR LEY? Que los empresarios se interesan ahora más por trabajar en la formalidad. RESPUESTA: ANTES DE ESTA REFORMA, REGISTRAR UNA EMPRESA PODÍA COSTAR ENTRE 6,000 Y 30,000 PESOS, DEPENDIENDO DEL PROCESO A SEGUIR, Y DEL TIEMPO QUE TOMABA REGISTRARLA, QUE PODRÍA SER DE UNA SEMANA HASTA 72 DÍAS. ESTO PERMITE A LOS EMPRENDEDORES ESTAR DENTRO DE UN MECANISMO DE CONSTITUCIÓN LEGAL QUE FUERA SEGURO, RÁPIDO Y GRATIS.

6.- ¿QUÉ OPINION O CALIFICATIVOS LE HAN OTORGADO ALGUNOS DE LOS INTERESADOS EN LA CREACION DE ESTA LEY QUIENES SE OPONEN A LA MISMA? Lo desconozco. RESPUESTA: EL PRESIDENTE DEL COLEGIO NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO (CNNM), SEÑALÓ QUE DEBIDO A LAS OMISIONES Y DEBILIDADES DETECTADAS, ESTA MINUTA QUE APRUEBA LAS SAS PUEDE RESULTAR RIESGOSA Y REGRESIVA.

7.- ¿CUÁL ES LA RAZÓN POR LA QUE EL PRESIDENTE DEL COLEGIO NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO SEÑALA QUE LA CITADA LEY PUEDE RESULTAR RIESGOSA Y REGRESIVA? RESPUESTA: PORQUE OMITE CUALQUIER CORROBORACIÓN DE IDENTIDAD AL DEPENDER ÚNICAMENTE DE LA IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. NO OTORGA MEDIOS PARA QUE EL CONTRIBUYENTE PUEDA REFUTAR SU CONSENTIMIENTO EN CUANTO AL USO DE SU FIRMA ELECTRÓNICA. CARECE DE BLINDAJE CONTRA LA COMISIÓN DE DELITOS, LIMITANDO LA ACCIÓN DE LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA

ILÍCITA, Y VULNERA LA SEGURIDAD JURÍDICA Y ABRE UNA VENTANA DE OPORTUNIDAD PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS FANTASMA.

INCISO D.INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS. De acuerdo con las cifras del centro para el desarrollo de la competitividad empresarial, 75% de las nuevas empresas cierran antes de cumplir dos años de vida y 90% de ellas ya no existen cinco años después de haberse constituido y lo que se busca con esta ley, que de paso cabe mencionar toda ley es perfectible, es la de tomar la ventaja de que por cada 1,000 empresas que se constituyan en el portal en línea, los emprendedores se podrían ahorrar 15 millones de pesos, y por estas mismas empresas que se constituyen se podrían estar ahorrando 82 años de burocracia.

INCISO E. IDENTIFICACIÓN DE LOS ASPECTOS QUE HA RESUELTO EL PROBLEMA PROTOTÍPICO Y LO QUE FALTA POR RESOLVER LO BUENO DE LA LEY (Aspectos Resueltos): 

En tan sólo un día se podrán crear empresas a cero costos por internet.



Se podrá inscribir en el registro público de comercio.



Se podrá obtener el registro federal de contribuyentes de manera simple.



Se podrá realizar la constitución administrativa de la sociedad.



Se podrá operar de forma inmediata en la formalidad.



Se podrán crear empresas de manera unipersonal.

LO MALO DE LA LEY (Aspectos por Resolver): 

Crea un vacío en cuanto al responsable de realizar procedimientos tales como verificar la información e integrar el expediente para la unidad de inteligencia financiera de la secretaría de hacienda y crédito público (shcp).



Cuando se habla del supuesto “costo cero”, éste no es real: sólo se traslada

el costo al erario; es decir, al bolsillo de todos los mexicanos. No se ha considerado el impacto en los ingresos de los estados al dejar de recibir el pago de derecho a los registros públicos de comercio. 

En lo que se refiere a la supuesta reducción de tiempos en la constitución de una empresa es importante señalar que la iniciativa no modifica el trámite de obtención de la denominación, el cual lleva cuatro días.



Deja de lado la orientación especializada del fedatario público, tanto notarios como corredores, lo que incrementará decisiones incorrectas y costos posteriores para quienes decidan emprender un negocio.

INCISO F.REFLEXIÓN Un rasgo indudable de esta nueva era es la importancia sin precedentes que adquiere el conocimiento, aprendizaje y su aplicación práctica. Son claras las tendencias que indican que ingresamos en la “era del conocimiento”. Como dicen los estudiosos del tema : “todos los sistemas del desarrollo social actual descansan sobre una ‘base de conocimientos aplicativos” .

En particular el desarrollo de las empresas depende de la existencia previa del derecho y la aplicación del marco legal para una correcta inclusión y beneficio que aporte a la construcción social. A diferencia del capital, el trabajo y la tierra, aspectos netamente contables y administrativos, el derecho corporativo no debe ser desdeñado por economistas y ejecutivos cuando determinan las aportaciones precisas para la producción porque éstas deben estar acorde con el marco  jurídico. Es la aplicación del marco legal en sus distintas fases el más importante de todos los aspectos que entran en juego para la conformación de una empresa, porque es el más humano y es el que le da razón de existir para y por bien de la sociedad. La aplicación del derecho en formas hipotéticas o de práctica hacen que el ser humano estudioso del derecho aprenda que dentro de una organización jerárquica el derecho y marco legal completo hace que tenga un desarrollo democrático

dentro de la sociedad la creación y formación de dichas empresas. Por la razón de otorgar para todos los servicios o fines que la empresa tenga por objeto final.  A diferencia de las fuentes de poder tradicionales (la fuerza, el dinero, la tierra) o las de técnicas y destreza (contabilidad y administración) el derecho es infinitamente aplicable. Su aplicación no lo desgasta sino que, al contrario, puede producir más conocimiento y regulación del fin mismo de la empresa. Un mismo derecho, puede ser utilizado por muchas personas y su observancia faculta la libertad, intercambios, críticas constructivas y diálogos entre el recurso más importante de una empresa, el personal. Una sociedad respetuosa del derecho se perfila, entonces, como una forma social superadora de las actuales problemáticas y divergencias entre los seres humanos, a condición de que el derecho -que es la base- sea un bien que está disponible para todos. Esta es la nueva forma en que se debe de estudiar el derecho y la ley, aplicándolo de manera practica en situaciones que se dan en la vida real. El derecho aplicado así es una oportunidad de vivir mejor al alcance de todos, distribuido de tal manera que garantice igualdad de oportunidades.

CONCLUSIÓN  A lo largo del desarrollo de la humanidad, el instrumento pacífico más potente para lograr el progreso de los pueblos, ha sido el comercio; por lo que en la actualidad en nuestro país, el gobierno federal, pretende impulsar la economía a través de diversos programas sociales que lleguen a todos los sectores, contemplando preferencialmente a aquellos denominados “emprendedores y/o microempresarios”, por lo que en el presente trabajo me he dado a la tarea de

crear una micro empresa enfocada a compra-venta-distribuciòn y servicio al detalle, busca incursionar en el mercado del café de la comunidad de San Martín Texmelucan; Puebla, ofreciendo un producto en el que la sociedad obtenga mayor satisfacción, con una excelente calidad a bajos costos, y apoyando a que la comunidad productora-consumidora del café se beneficie económicamente de la creación de esta empresa.

Referencias Bibliográficas: UNAM (1983). Diccionario Jurídico Mexicano. Tomo III. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM – Porrúa.

Tamayo y Salmorán, R. (1976). Sobre el sistema jurídico y su creación . México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.

Estas páginas fueron consultadas por última vez el 10 de noviembre de 2016 Ley General de sociedades Mercantiles http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144_140316.pdf 

Código Fiscal de la Federación http://cmas.siu.buap.mx/portal_pprd/wb/contraloria/codigo_fiscal_de_la_fed eracion_2016

Ley Federal del Trabajo http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/junta_federal/secciones/consultas/ley  _federal.html

Ley del Seguro Social http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/junta_federal/secciones/consultas/ley  _federal.html

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